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LIGA DEPORTIVA BARRIAL Y PARROQUIAL Jaime “Carmelo” Galarza Fundada el 10 de Octubre del 1990 Afiliada a la Federación Provincial de Ligas Barriales y Parroquiales del Guayas Mediante acuerdo ministerial No. 165 del 14 de Abril del 2002 Dirección: La Octava No. 735 entre Maldonado y Gómez Rendón - Telf. 04-2367475 0994049726 E-mail: [email protected] - estamos en Facebook REGLAMENTO DE LA COMISION DE FUTBOL - TORNEO INVITACION DE FUTBOL 2014 SEDE Y CONSTITUCION ART. 1.-La Comisión de Fútbol es la encargada de organizar, fomentar, dirigir y controlar la disciplina del fútbol bajo normas técnicas que sean en beneficio y progreso de este deporte, por consiguiente de la LIGA DEPORTIVA bajo sus estatutos y reglamentos. ART. 2.-La Comisión de Fútbol sesionará con sus miembros los Lunes de cada semana a partir de las 09h00 y podrá serlo extraordinariamente cuando lo crea conveniente para el buen desarrollo del campeonato. ART. 3.-La Comisión de Fútbol, sesionará con los delegados de los Clubes participantes los Martes a partir de las 19h30 y publicará en una circular su informe escrito a todos los Delegados, sobre las anomalías y hechos ocurridos en sus canchas deportivas, programación y además dará a conocer el horario de juegos a realizarse aun existiendo el calendario de juego. No habrá notificaciones por teléfono, correo o Facebook, el calendario oficial es el que se entrega en la sede la Liga. ART. 4.-La Comisión de Fútbol tiene su sede y domicilio en la ciudad de Guayaquil, en las calles la Octava # 735entre Maldonado y G. Rendón-Telf.04-2367475-0994049726 DEBERES Y ATRIBUCIONES DE LA COMISIÓN DE FÚTBOL ART. 5.-Corresponde a la Comisión de Fútbol los siguientes deberes y atribuciones: Cumplir y hacer cumplir el estatuto de la Liga Deportiva, los Reglamentos vigentes, las resoluciones del congresillo técnico y a este reglamento. Organizar, controlar y administrar el Campeonato Invitación de Futbol de CategoríasSénior, Máster, Súper Máster. Designará a los Veedores y Vocales que serán miembros del Directorio y de la Comisión de Fútbol que tengan más de dos años de experiencia. Elaborar en el Congresillo Técnico la formación de grupos, calendarios de juegos y sistemas de campeonatos. Controlar en base a una ficha única, a los Jugadores, Entrenadores, Directores Técnicos y Auxiliares que actúan en los diferentes Clubes que intervienen en la LIGA DEPORTIVA. Suspender temporalmente el campeonato respectivo por causas debidamente justificadas para este efecto, se convocará a una Sesión de Delegados. Los demás deberes y atribuciones administrativas que le señale el estatuto y los reglamentos vigentes. DEL CAMPEONATO INVITACION ART. 6.- De conformidad con el ART. 5 literal b) del presente Reglamento, los Campeonatos de Fútbol de la LIGA DEPORTIVA serán organizados, dirigidos y controlados por la Comisión de Fútbol, los encuentros se jugarán en las canchas y con los Árbitros que contrate la Comisión de Fútbol. ART. 7.- En cada partido se disputarán uno o tres puntos respectivamente los cuales serán adjudicados así: Al equipo ganador los tres puntos, ysi hay empate un punto para cada equipo.

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LIGA DEPORTIVA BARRIAL Y PARROQUIAL

Jaime “Carmelo” Galarza Fundada el 10 de Octubre del 1990

Afiliada a la Federación Provincial de Ligas Barriales y Parroquiales del Guayas Mediante acuerdo ministerial No. 165 del 14 de Abril del 2002

Dirección: La Octava No. 735 entre Maldonado y Gómez Rendón - Telf. 04-2367475 0994049726 – E-mail: [email protected] - estamos en Facebook

REGLAMENTO DE LA COMISION DE FUTBOL - TORNEO INVITACION DE FUTBOL 2014

SEDE Y CONSTITUCION

ART. 1.-La Comisión de Fútbol es la encargada de organizar, fomentar, dirigir y controlar la disciplina del fútbol bajo normas técnicas que sean en beneficio y progreso de este deporte, por consiguiente de la LIGA DEPORTIVA bajo sus estatutos y reglamentos. ART. 2.-La Comisión de Fútbol sesionará con sus miembros los Lunes de cada semana a partir de las 09h00 y podrá serlo extraordinariamente cuando lo crea conveniente para el buen desarrollo del campeonato. ART. 3.-La Comisión de Fútbol, sesionará con los delegados de los Clubes participantes los Martes a partir de las 19h30 y publicará en una circular su informe escrito a todos los Delegados, sobre las anomalías y hechos ocurridos en sus canchas deportivas, programación y además dará a conocer el horario de juegos a realizarse aun existiendo el calendario de juego. No habrá notificaciones por teléfono, correo o Facebook, el calendario oficial es el que se entrega en la sede la Liga. ART. 4.-La Comisión de Fútbol tiene su sede y domicilio en la ciudad de Guayaquil, en las calles la Octava # 735entre Maldonado y G. Rendón-Telf.04-2367475-0994049726

DEBERES Y ATRIBUCIONES DE LA COMISIÓN DE FÚTBOL

ART. 5.-Corresponde a la Comisión de Fútbol los siguientes deberes y atribuciones:

Cumplir y hacer cumplir el estatuto de la Liga Deportiva, los Reglamentos vigentes, las resoluciones del congresillo técnico y a este reglamento.

Organizar, controlar y administrar el Campeonato Invitación de Futbol de CategoríasSénior, Máster, Súper Máster.

Designará a los Veedores y Vocales que serán miembros del Directorio y de la Comisión de Fútbol que tengan más de dos años de experiencia.

Elaborar en el Congresillo Técnico la formación de grupos, calendarios de juegos y sistemas de campeonatos.

Controlar en base a una ficha única, a los Jugadores, Entrenadores, Directores Técnicos y Auxiliares que actúan en los diferentes Clubes que intervienen en la LIGA DEPORTIVA.

Suspender temporalmente el campeonato respectivo por causas debidamente justificadas para este efecto, se convocará a una Sesión de Delegados.

Los demás deberes y atribuciones administrativas que le señale el estatuto y los reglamentos vigentes.

DEL CAMPEONATO INVITACION

ART. 6.- De conformidad con el ART. 5 literal b) del presente Reglamento, los Campeonatos de Fútbol de la LIGA DEPORTIVA serán organizados, dirigidos y controlados por la Comisión de Fútbol, los encuentros se jugarán en las canchas y con los Árbitros que contrate la Comisión de Fútbol. ART. 7.- En cada partido se disputarán uno o tres puntos respectivamente los cuales serán adjudicados así: Al equipo ganador los tres puntos, ysi hay empate un punto para cada equipo.

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ART. 8.- El día de la inauguración en el Campeonato Oficial cada Club deberá desfilar correctamente uniformado con un mínimo de 11 jugadores, junto con el Presidente o Delegado. En caso de infringir el presente Reglamento en este artículo, el equipo o los equipos infractores serán multados según el reglamento de la Comisión de Disciplina. ART. 9.- Los Campeonatos de la LIGAS DEPORTIVA comenzarán:

Torneo Oficial de Fútbol de Invierno (apertura) a partir de la Tercerasemana del mes de Febrero en las Categorías Menores, Sénior, Mastery Fútbol Femenino.

Campeonato Oficial de Verano (clausura) para el mes de Agosto en las Categorías Menores, Sénior, Máster y SúperMáster (futbol 8 x 8) Futbol Femenino Sub-15 y Sub-17 y Sénior.

ART. 10.- En los Campeonatos de la LIGA DEPORTIVA, se disputarán los siguientes premios:

Torneos de Fútbol Oficial en las Categoría Menores, Sénior, Máster, Súper Máster y FútbolFemenino trofeos para los cuatro primeros puestos y uno para el mejor uniformado porCategoría.

Un trofeo para el goleador de todo el Campeonato por Categoría.

Un trofeo para la valla menos vencida (arquero) que será disputado entre los arqueros quehayan actuado en más partidos y recibieron menos golesdurante todo el CampeonatoOficial por Categorías.

Un trofeo para el Campeón de la Rueda Eliminatoria.

Una placa o pergamino para el mejor entrenador o mejor dirigente del torneo Oficial porCategoría.

Se entregarán 25 medallas para los jugadores del equipo campeón, 25 medallas para elequipo vicecampeón y 25 medallas para el tercer puesto del Campeonato Oficial porCategorías.

Cualquier otro trofeo, placa o medalla (s) para las categorías serán analizados convenientemente por la Comisión de Fútbol y el Directorio de la LIGA DEPORTIVA.

Los premios para los literales a-b-c se podrán modificar en trofeos más dinero en efectivo, para los Entrenadores, previo análisis de parte de la Comisión de Fútbol de acuerdo a la cantidad de equipos inscriptos por Categoría.

Los premios señalados, serán entregados a los Clubes participantes en una sesión de premiación a los 15 días de haber terminado el Torneo Invitación.

INSCRIPCIONES DE LOS CLUBES Y JUGADORES

ART. 11.-Una vez abierto el registro, se iniciará con los clubes y luego con los jugadores de los clubes y sus dirigentes. Las inscripciones se recibirán en la Secretaría de la LIGA DEPORTIVA hasta 8 días antes del Campeonato a las 18h00. La documentación se la receptará hasta 72 horas antes del Torneo a las 18h00, previo el pago de la carpeta de información cuyo valor es de $ 5.00 (CINCO DÓLARES). ART. 12.- Todo Club o Escuela de Futbol, en las Categorías tendrán que cancelar una garantía de $ 40 (CUARENTA DÓLARES) al momento de la inscripción, cuyo valor es reembolsable, ya que mucho equipos se retiran y la Liga Deportiva se ve perjudicada por varias deudas y arbitrajes.

Los arbitrajes semanales, más deuda por multas y tarjetas amarillasprevio el retiro de los Credenciales de Cancha,serán cancelados obligatoriamente hasta el Viernes de cada semana hasta las 21h00, caso contrario perderán los puntos y para volver a ser programado en la reunión semanal siguiente deberán cancelar todo lo adeudado a la Liga. No se llevara a la cancha los credenciales de cancha.

ART. 13.-Los clubes que se inscriben en esta LIGA DEPORTIVAdeberán presentar los siguientes datos obligatoriamente:

Hoja de solicitud más datos adicionales

Los ficheros con sus fotos a colores actualizadas (no escaneadas)

Fotocopia de la cédula de identidad a color legible y fotocopia del certificado de votación (Febr. 24-2014)

2 fotos nuevas a colores, no escaneadas.

Fotocopia de la cedula de identidad para las Categorías menores

ART. 14.-Los clubes podrán inscribirse hasta un máximo de 35 jugadores en su totalidad o en partes.

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ART. 15.-El Presidente o Representante legal de cada Club son los únicos responsables de firmar la hoja de solicitud y serán los responsables únicos y directos del club tanto en la cancha como en las sesiones, para lo cual deben tomar muy en cuenta los artículos del presente reglamento como pases respectivos de sus deportistas. Todo trámite en esta LIGA DEPORTIVA, tendrá que hacerse en papeles membreteados de su Club y escritos a máquina de escribir con sello y firma de los Directivos del Club, caso contrario no se dará trámite.

ART. 16.-Los partidos de la rueda eliminatoria y segunda etapa se jugará en canchan de arcilla y sintética, los partidos de cuarto de final, semifinales y finales se jugarán en estadio y/o cancha de césped o sintética. ART. 17.- Los partidos considerados como BAE serán cancelados hasta la próxima reunión con todos los que deberían actuar a partir de la fecha en que se informa el retiro de un equipo (s) caso contrario perderán los puntos del partido BAE.con el marcador de 3 x 0. ART. 18.- Cada equipo podrá efectuar 6 cambios de jugadores en cada partido por categoría.

ART. 19.-Los equipos en el Campeonato Invitacion tendrán que jugar obligatoriamente con todo el uniforme completo, es decir con polines, pantalonetas y camisetas del mismo color y modelo, así como con zapatos de futbol para cancha con césped natural, sintética y arcilla prohibido jugar con zapatos de caucho, pupos de aluminio o cambiable. Los Equipos deberán inscribir los números en las camisetas en forma visible, los números en las pantalonetas es optativo. ART. 20.- A cada Club participante se le entregará el Reglamento Interno de la Comisión de Fútbol, previo el pago del valor de las fotocopias o impresiones.

INSCRIPCION DE LOS JUGADORES

ART. 21.-En este Campeonato Invitación por Categoría podrán actuar los siguientes jugadores:

Jugadores Juveniles (19 años) de la Asociación de Fútbol Profesional del Guayas y Asociación Amateur de Fútbol del Guayas.

Jugadores Barriales y Parroquiales

Jugadores Profesionales activos de la Primera Categoría y Primera “B” y Segunda Categoría del Fútbol Ecuatoriano, pero con límite de edad hasta 25 años.

Jugadores inactivos del Futbol profesional por más de dos años, sin límites de edad ART. 22.-Todo jugador para poder actuar el único documento es el CREDENCIAL DE CANCHAdebidamente sellado, firmado y emplastificado, en caso de pérdida jamás podrá jugar con cédula ni otro documento del jugador. ART. 23.-Todos los jugadores extras en el Campeonato Invitación se receptarán en la sede de la LIGA DEPORTIVA y al momento de hacerlo tendrán que entregar dos fotos tamaños carnet a color, fotocopia de cédula a color legible, fotocopia del certificado de votación (Feb. 24-2014) caso contrario no se extenderá la inscripción extra, 72 horas antes de su participación en días y horas hábiles, en la sesión de delegados se comunicara a los Delegados los credenciales extras de los Clubes participantes. No se venderán CREDENCIALES EXTRAS EN LA VOCALÍA.

ART. 24.-Todas las inscripciones extras se podrán realizar hasta antes de la última fecha de la segunda etapa del presente Campeonato o en la fecha que defina la Comisión de Fútbol y los delegados de los clubes participantes. ART. 25.-Todo jugador se inscribirá solamente dos veces en el presente Campeonato, si habrá refuerzo de los jugadores de los equipos eliminados en su Categoría. ART. 26.-Las nuevas inscripciones sólo podrán hacerse comprobado que el jugador pertenece a los registros del Club eliminado, la inscripción se podrá realizara previa autorización del Club de origen mediante oficio y firma de su Presidente o delegado registrado en la Liga, que se sujetarán al Reglamento de la Comisión de Fútbol y con su respectiva credencial de cancha.

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CONTROL Y REALIZACION DE LOS PARTIDOS.

ART. 27.-En cada programación habrá un Vocal de Turno designado por la Comisión de Fútbol, cuyas actuaciones se sujetarán a las disposiciones reglamentarias y a las resoluciones que dicte éste organismo deportivo. ART. 28.-Hasta 15 minutos antes de empezar cada partido, el Veedor o Inspector de juego y los Delegados de los clubes contendores en los respectivos bancos de jugadores o camerinos deberán identificar con los credenciales otorgados por la Comisión de Fútbol y la planilla de juego, que por cada equipo pueden ingresar y permanecer en el campo de juego, a los jugadores titulares y suplentes y las demás personas que por cada equipo deben chequear. Los jugadores deberán chequearse ante el Inspector o Veedor del partido en forma ordenada y correcta, polines alzados, camisetas dentro de la pantaloneta, prohibido presentarse o usar en el partido relojes, aretes, cadenas, adornos etc. El jugador que no cumpla con estas recomendaciones, no será chequeado. Cuando se juegue un partido en estadio o cancha cerrada, dentro del campo de juego y su banca de suplentes solo podrán ingresar totalmente uniformados un total de 22 personas, los 11 jugadores titulares, 8 suplentesuniformados, el entrenador, el asistente de campo y el médico del club previo la presentación de la CREDENCIAL DE CANCHA respectiva. ART. 29.-Cuando la identificación señalada en el artículo anterior no puede realizarse con la totalidad de los jugadores porque estos no se presentan al acto o porque no cuente con el número suficiente de CREDENCIAL DE CANCHA, el partido podrá iniciarse si el club se presenta al campo de juego con un mínimo de siete jugadores debidamente identificados e inscriptos en la planilla de juego. Si durante el desarrollo del partido de que se trata el inciso anterior se presentaren los jugadores y/o el credencial de cancha, se les permitirá completar el equipo siempre y cuando se cumplan todos los requisitos necesarios. El club podrá completar el número de jugadores durante el desarrollo de todo el partido y podrá utilizar indistintamente los jugadores registrados en la planilla y acta de juego como titular y suplente sin que por ello deba considerarse cambio o sustitución.

NORMAS GENERALES

ART. 30.- Los tiempos reglamentarios de los partidos serán:

Categoría Sénior y Máster jugara 2 tiempos de 25 minutos con 5 minutos de descanso para la rueda de eliminatorias. Los tiempos de juego para los cuartos de final, semifinales y finales serán de 35 minutos con 10 minutos de descanso.

Categoría Súper Máster jugara 2 tiempos de 20 minutos con 5 minutos de descanso para la rueda de eliminatorias. Los tiempos de juego para los cuartos de final, semifinales y finales serán de 25 minutos con 10 minutos de descanso, se jugara en mitad cancha futbol 9 (9 vs 9).

ART. 31.-La ubicación de los clubes en cualquier categoría se determinará por la suma de puntos obtenidos por cada uno de ellos en caso de igualdad de puntos la ubicación clasificatoria será determinada por el siguiente procedimiento:

A favor del Club que obtuviere el mejor gol diferencia, la diferencia de goles se calculará restando el número de goles a favor y el número de goles en contra.

A favor del Club que haya marcado el mayor número de goles a su favor.

A favor del Club que haya recibido el menor número de goles en contra.

Si agotados los procedimientos de los literales anteriores se jugara u partido a finish entre los Clubes empatados en el día y hora que designe la Comisión de Fútbol

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ART. 32.-Las Vocalías e Inspectorías de los partidos oficiales serán los miembros dela Comisión de Futbol de la LIGA DEPORTIVA previo el pago de los viáticos (alimentación), en caso de no asistir a los partidos programados serán multados los clubes que representan. Las Inspectorías de los Árbitrosen los Campeonatos Oficiales las realizará los Delegados de los clubes participantes, previo el pago de viáticos (alimentación). En caso de no asistir a los partidos programados serán multados los Clubes que representan. ART. 33.-Los tantos marcados para designar al goleador del torneo son aquellos que se registran en la planilla de juego. ART. 34.-Los capitanes o representantes de cada equipo antes de firmar la acta de juego tendrán que revisar si los tantos marcadores están correctos tanto en su totalidad como el que los marcó, así mismo las tarjetas amarillas y rojas o novedades que se suscitaron y que tengan que denunciar, firmada el acta de juego por el capitán o delegado de los Clubes participantes no habrá, ni se aceptara reclamos posteriores. ART. 35.-Cualquier persona ya sea Dirigente, Entrenador o Jugador de un equipo participante, no tienen derecho a recusar o prohibir la actuación de los árbitros, ni jueces de línea designadas para los partidos programados por parte de la Comisión de Fútbol, cualquier reclamo o denuncia tendrá que hacerlo en papel membretado, firma y sello del club reclamante ante la Comisión de Fútbol o Directorio. ART. 36.-El informe del Juez Central deberá contener la fecha y la hora del partido, el resultado del mismo, los nombres de los Jugadores que consiguieron los goles y cualquier observación o novedad que se hubiera producido y que fuere necesario hacerla conocer, a más de los datos que deber ser consignados de acuerdo con el reglamento vigente.

DE LAS SANCIONES

ART. 37.- El presente título se propone sancionar todo acto que menoscabe el espíritu deportivo, el espectáculo, la integridad física y moral de las personas, el respeto mutuo de cuanto intervienen en una competencia o partido de fútbol y la recta aplicación de las reglas de juego y de otra si diera para su realización. ART. 38.- Los Árbitros, Jueces de Línea, Vocal, Inspector y demás colaboradores de la LIGA DEPORTIVA que son autorizados o interesados tienen la facultad de informar después de 48 horas del día siguiente de la hora cero de haber terminado el partido. ART. 39.- El Club o Clubes que incurrieran en transgresiones o disposiciones reglamentarias, estatutarias o a resoluciones de la Comisión de Disciplina o del Directorio de la LIGA DEPORTIVA con facultad para dictarla, será reprimido con la pena correspondiente según establece en los siguientes artículos.

DE LAS SANCIONES A LOS CLUBES

ART. 40.- El Club debidamente inscrito que no intervenga en el acto inaugural o se retire del Campeonato Oficial de Fútbol, será sancionado con la multa de US $ 40,00 aun sin haber jugado pierde la garantía. ART. 41.- El club que uno o varios jugadores no cumplan en la participación con el uniforme completo (polines, pantalonetas y camisetas del mismo color) zapatos de pupos de futbol con las especificaciones determinadas en el Art. 19 del reglamento, será sancionado con una multa de US $ 30.- (TREINTA DOLARES) y además el jugador o jugadores serán sancionados con suspensión de partidos. ART. 42.- El club que se negare a la realización de la identificación prevista en Art. 28 del reglamento, dentro del tiempo previsto en él, será sancionado con la multa equivalente a US $ 10 (chequeo tarde) para cada reincidencia la multa se incrementará US $10 sobre la inmediata anterior. ART. 43.- El Club que uno o varios jugadores no cumplan con el chequeo ante el Veedor y/o Vocal de Turno y estos actúan en partidos así sea un minuto serán sancionados con una multa de $ 20,00 y además perderán los puntos ganados o empatados.

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ART. 44.- Si un jugador se niega abandonar el campo de juego al ser expulsado después de esperar 5 minutos se dará por terminado el partido y se declarará perdedor al equipo que actúa dicho jugador con el marcador de 3 x 0, previo el informe del árbitro, vocal o veedor; así vaya hasta ese momento ganando el partido y si va perdiendo se mantendrá el marcador. ART. 45.- Si un club no se presenta al campo de juego en el lugar, día y hora fijados para la realización de un partido pagará por los gastos de la organización del partido, debidamente justificados ante la Comisión de Fútbol, la suma de $ 40 (CUARENTA DOLARES) del arbitraje semanal y los puntos en disputa se acreditarán a su adversario con un marcador a su favor de 3 x 0, para volver a programarlo deberá cancelar la deuda total con la Liga hasta el viernes de esa semana. ART. 46.- El Club que no se presente en dos fechas en todo el Torneo será separado del presente Campeonato. ART. 47.- El Club en el que sus aficionados, mascotas, barras o personas no autorizadas ingresen al campo de juego o estén en el banco de suplentes antes, durante o después del partido, serán sancionados con la multa US $ 10.00. por cada reincidencia la multa se incrementará en US $ 20.00 sobre la inmediata superior.

Si las personas que ingresen a la cancha en la forma determinada en el inciso anterior, intentaren agredir a los árbitros, jueces de línea, a los jugadores o a los miembros del cuerpo técnico o hagan reclamos airados sin insultos ante el Vocal o Veedor de los partidos, previo informe de estos la multa prevista en el inciso anterior será de la cantidad de US$ 30.oo (TREINTA DOLARES).

Los Clubes que al término del partido hagan incidentes entre sus jugadores o jugadores contrarios o barras de los Clubes participantes al salir del estadio o escenario deportivo hasta 200 metros serán sancionado con una multa de 50 dólares y la pérdida de tres puntos a los clubes involucrados.

ART. 48.- Los Clubes que por medio de sus Dirigentes, Entrenadores, Barra o varios jugadores reconocidos agreden al árbitro, jueces de línea, vocal, jugadores contrarios o compañeros de su Club, se suspenderá automáticamente el partido y el Club o los Clubes serán multados con $ 50,00 a $ 100,00 dólares, la Comisión resolverá si se juega o no el tiempo de juego que faltare, si reinciden serán suspendidos y se abrirá un expediente para su sanción por la Asamblea General, además perderán todos los derechos ante la Liga Deportiva y no podrán reclamar sus premios que estipula el Art. 10 literales a, b c y d del Reglamento.

a.- Los Clubes que por medio de sus Dirigentes, Entrenadores, Barra o varios jugadores reconocidos agreden al inspector o dirigente de la Comisión de Fútbol, Comisión de Disciplina o Directorio de la Liga Deportiva, serán separados automáticamente del Torneo Oficial, además serán multados con $ 50,00 a $ 100,00 dólares y se abrirá un expediente para su sanción por la Asamblea General, además perderán todos los derechos ante la Liga Deportiva y no podrán reclamar sus premios que estipula el Art. 10 literales a), b) y c) del Reglamento de la Comisión de Fútbol. La Comisión de Disciplina decidirá en resolución si se permite en el próximo torneo de futbol la participación de esteClub.

ART. 49.- El Club que no se presente a jugar por mínimo reglamentario o se quede sin el mínimo reglamentario, en los casos previstos en el Art. 29 y todos sus literales del Reglamento, será sancionado con la pérdida del partido, acreditándose a su contendor con un marcador de 3 x 0, si la misma fuere menor al producirse la suspensión. ART. 50.- El Club participante que, por intermedio de su Delegado sin causa justificada, no asistiera a las sesiones de Delegados de la Comisión de Fútbol en los Campeonatos Oficiales será sancionado con una multa de US $ 10.00 y se acogerá a lo resuelto en la sesión de la Comisión de Fútbol. ART. 51.- En el caso de que un equipo abandone el campo de juego en actitud rebelde, negándose a finalizar el partido en disputa se declarará perdedor del mismo con el marcador de 4 x 0, así vaya ganando el partido y si va perdiendo se mantendrá el marcador a favor del equipo rival. ART. 52.- Si un Club cancela valores de arbitraje semanal o deuda con la Liga Deportiva con cheques sin fondo, perderá los puntos ganados con el marcador de 3 x 0 y si no cancela el total del arbitraje, también perderá los puntos con el marcador de 3 x 0. ART. 53.- Los Club que por intermedio de su barra, dirigentes, cuerpo técnico o jugadores reconocidos hagan reclamos indebidos a los árbitros, jueces de línea, vocal, inspector, dirigentes de la Liga en la mesa de la vocalía o al borde de la cancha de juego serán multados según el reglamento.

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ART. 54.- Se multará con $ 5,00 a los Clubes de las diferentes Categorías por no firmar el acta de juego al término del partido y revisar para cualquier reclamo posterior. ART. 55.- El Club que no presente la banda de capitán o el balón de fútbol acto para jugar ante el veedor o vocal del partido será multado con $ 5,00 (CINCO DÓLARES). ART. 53.- Los Clubes que por intermedio de su barra, Padres de familia, Entrenadores, jugadores o dirigentes reconocidos insulten groseramente o agresiones verbales soez hacia el árbitro central, Juez de Línea, Vocal, Veedor e intento de incidentes por medio de su barra, dirigentes y jugadores reconocidos, para lo cual deberá poner las palabras textuales, los mismos serán multados con $ 30,00 (VTREINTA DÓLARES). ART. 54.- Los que estén ingiriendo bebidas alcohólicas al borde del campo de juego o atrás de los arcos tanto por las barras de los clubes, jugadores, dirigentes o delegados de los Clubes reconocidos por los miembros de la Liga o el Veedor del partido, esto es antes, durante y después del encuentro, serán multados con $ 20,00 (VEINTE DÓLARES). ART. 55.- Si un Club hace actuar a un jugador o jugadores inhabilitado o no habilitado reglamentariamente (expulsado, sin credencial de cancha, credencial sin foto), será sancionado con la perdida de los puntos que haya ganado en los partidos que actuó dicho jugador, que serán acreditados a su contendor con el marcador de 3 x 0 ART. 56.- Si un Club hace actuar a un jugador suplantando la identidad de otro o no registrado en la planilla de juego, perderá los puntos que hubiere ganado, que se acreditarán al Club contendor con el marcador de 3 x 0 y además será sancionado con una multa de US $ 10.00.

DE LAS SANCIONES A LOS DIRIGENTES

ART. 57.- La Comisión Disciplinaria juzgará y sancionará a los Dirigentes deportivos que estén registrados como tales, de acuerdo con lo establecido en este Título, por todo acto que menoscabe el espíritu deportivo, el espectáculo, la integridad física y moral de las personas y el respeto de quienes intervienen en una competencia o partido. ART. 58.- La Comisión Disciplinaria, por faltas cometidas por los Dirigentes, según la gravedad de las mismas o la reincidencia, sancionará a aquellos con amonestaciones o multas de US $10,00 a US $50,00, suspensión de hasta dos años calendario o expulsión definitiva. Los Dirigentes que estando sancionados continúen cometiendo infracciones previstas en el Estatuto y Reglamento de la Liga Deportiva y/o sus organismos, serán expulsados definitivamente y no podrán formar parte de las Comisiones según Art. 41 y del Directorio según Art. 22 y 30 de los Estatutos vigentes. ART. 59.- Los clubes, los dirigentes o las personas señaladas en el Art. 25 de este reglamento, que presenten ante el Directorio de la Liga Deportiva o sus organismos permanentes, denuncia calificada como maliciosa y sin fundamentos, serán sancionados por la Comisión Disciplinaria con una multa de US $10.00.

DE LAS SANCIONES A LOS VEEDORES O INSPECTORES DE ARBITROS

ART. 60.- El Veedor o Inspector de Árbitros que llegue atrasado a una programación será sancionado con la multa de US $5,00. Si reincide, en el mismo año, será suspendido 30 días calendario.

a.- Si el Veedor o Inspector de Árbitros, sin causa justificada no concurre a la programación para la que fue designado, será sancionado con la multa de US $ 10.00. b.-) Si reincide en el mismo año, será eliminado del torneo. c.-) El Veedor o Inspector de Árbitros que emita su informe incompleto o no lo relate completamente, será multado con US $10,00.

DE LAS SANCIONES A LOS JUGADORES POR CATEGORIAS

ART. 61.- Si un jugador en el desarrollo del Campeonato respectivo, se ha hecho acreedor a la cuarta tarjeta amarilla en diferentes partidos, sin merecer expulsión en ninguno de ellos, serásancionado, al completar la sexta amarilla, con la suspensión de un partido.

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a.-) Por cada tarjeta amarilla el Club al cual pertenece el jugador que se ha hecho acreedor, pagará la multa de US $ 1,00. b.-) La suspensión mencionada en el inciso anterior será automática y el jugador no podrá actuar, aunque no reciba la correspondiente notificación, cuando se juegue los partidos los Sábados y Domingos. c.-) Si un jugador es suspendido por haber sido expulsado, se borrarán las tarjetas amarillas y se comenzará con una nueva cuenta con las que se produzcan posteriormente.

ART. 62.- Si un jugador actúa en un partido, a pesar de haber acumulado la cuarta tarjeta amarilla en el partido inmediato anterior, de acuerdo a lo establecido en este reglamento, deberá cumplir necesariamente, la pena de suspensión en el siguiente partido que intervenga su club. ART. 63.- Un jugador será amonestado por el Árbitro cuando cometiera las faltas que se indican a continuación:

a) Actuar con brusquedad durante el partido. b) Discutir las decisiones del Árbitro. c) Portarse incorrectamente con los jugadores del equipo contrario o con sus propios compañeros. d) Abandonar el campo de juego sin permiso del Árbitro. e) Cometer actos de mala conducta.

ART. 64.- EXPULSIÓN DE UN PARTIDO

a) Reclamos indebidos al Árbitro, Jueces de Línea estando dentro del campo de juego. b) Por conducta incorrecta sin insulto o agresión. c) Por acumulación de 4 (cuatro) tarjetas amarillas. d) Reclamos indebidos sin insultos en la mesa de la Vocalía o al Inspector del partido. e) Por reincidir en la misma falta (doble tarjeta amarilla)

ART. 65.- EXPULSION DE DOS PARTIDOS

a) Agresión a un contrario: b) Juego brusco. c) Insultos con palabra grosera o soez a un contrario o compañeros de equipo o barras del Club. d) Cargar violenta o peligrosamente a un rival. e) Jugador o jugadores que ingresan al campo de juego con el uniforme distinto (pantaloneta, polines o

camiseta) a los demás compañeros. f) Burlas al Árbitro, Vocal, Veedor, Dirigente o Miembros de la Comisión de Fútbol, Disciplinaria o

Directorio. g) Los jugadores que al término del partido insulten al Árbitro a espaldas de él, previo informe exclusivo del

Juez de Línea, Veedor, Vocal o cualquier miembro de la Liga. h) Los jugadores que estando sin equiparse, esté o no esté jugando su equipo y que sea reconocido por el

Vocal, Veedor o cualquier miembro de Liga Deportiva, se pase insultando al Árbitro, Jueces de Línea, Jugadores o Compañeros de su Club.

i) Los jugadores que ingresen a jugar sin chequearse en la Vocalía o los que salgan del campo de juego por cambio y su número no coincida con el de la acta de juego, así como también los que juegan con la camiseta del jugador que salió por cambio.

h) Por reincidir en el Art. 64 y todos sus literales. ART. 66.- EXPULSION DE CUATRO PARTIDOS

a.-) Puñetazo, estando o no la pelota en juego entre ambos jugadores (sin lesiones graves). b.-) Puntapié aplicando no estando la pelota en disputa entre ambos jugadores (sin lesiones graves). c.-) Escupir a un contrario o compañero. d.-) Hacer gestos obscenos a compañeros, contrarios, barras, dirigentes de los Clubes. e.-) Por agresión grave a un contrario en disputa del balón y lo imposibilite a jugar. f.-) Rodillazo, cabezazo, tacazo, codazo y planchazo estando o no disputando el balón el jugador que la aplique (sin lesiones graves) g.-) Lanzar tierra, lodo, fundas de hielo, balón u otra cosa de cualquier objeto no contundente a un rival, compañero o delegado, dirigentes de los Clubes.

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h.-) A los que se los vea ingiriendo bebidas alcohólicas de mayor o menor grado de alcohol, si va a jugar o no y si actúan se lo expulsará, previo informe del Veedor, Arbitro o cualquier miembro de la Liga Deportiva. i.-) Los que ingresen a jugar en estado de haber ingerido bebidas alcohólicas, ya sea chuchaqui o borracho, así como también dar muestra o síntomas de haber ingerido sustancias psicotrópicas o alcaloides. j.-) Los que agredan verbalmente dentro del campo de juego al Árbitro, Jueces de Línea con insulto soez y groseros, previo informe del Árbitro y deberá poner textualmente las palabras que dichos jugadores manifestaron e igualmente con la colaboración del Veedor, Vocal o algún miembro de la Comisión Disciplinaria, de Fútbol o del Directorio de la Liga Deportiva Barrial. k.-) Por reincidir en el Art. 65 y todos sus literales.

ART. 67.- EXPULSION DE SEIS MESES CALENDARIO

a.-) La Comisión de Disciplina, sancionará con suspensión de 6 meses calendario al jugador que se lo observe fumando o ingiriendo drogas psicotrópicas (marihuana, base, cocaína, etc.). En caso de reincidencia, será sancionado con suspensión de 2 años calendario. Sólo basta la información del Veedor, Vocal o cualquier miembro de Liga Deportiva Barrial, que será prueba contundente para la aplicación de este artículo. b.-) Los que agredan verbalmente o insulten groseramente a los Dirigentes de los Clubes, Vocal, Veedor (sin calumnias o difamación) y tendrán que poner las palabras textuales que dicho jugador o jugadores manifestaron. c.-) Invitar a pelear a Dirigentes, Jugadores, barra de los equipos esté o no esté expulsado. d.-) Agredir con brutalidad a un contrario produciendo hematomas o sangrado y lo imposibilite a seguir jugando el partido o varios partidos.

ART. 68.- EXPULSION DE UN AÑO CALENDARIO

a.-) Agresión al Árbitro, Jueces de Línea, Juez Suplente. Dirigente de Clubes, Dirigente de Clubes contrarios, se califica como agresión (empujón pechar, poner las manos en su cuerpo, lanzar el balón con violencia). b.-) Provocar incidentes (pelear) estando expulsado o no expulsado, ya sea con los compañeros, jugadores contrarios, dirigentes de su Club o Clubes contrarios, además pagará una multa de $ 50.00 a $ 100.00. c.-) Los que inciten a sus compañeros, a la barra o jugadores contrarios a actos de violencia o incidentes antideportivos que perturben la tranquilidad del sector. d.-) Los que calumnien a los Árbitros, Dirigentes de los Clubes, Jueces de Línea, en la moral y ética de estas personas, deberán poner textualmente las palabras que dicho jugador o varios jugadores manifestaron. e.-) Los que pelean con otro jugadores contrarios o compañeros de su equipo, estando o no la pelota en juego, esté o no alrededor o dentro del campo de juego y que esto origine una batalla campal entre los jugadores y barras, perturbando la tranquilidad de la comunidad, además pagará una multa de $ 100.00 a $ 200.00.

ART. 69.- SUSPENSION INDEFINITIVA DE LA LIGA DEPORTIVA BARRIAL

a.-) Si se comprueba que cualquiera de las personas señaladas en los Art. 25 de este Reglamento de la Comisión de Disciplina indujere al jugador a usar sustancias prohibidas (drogas) para mejorar su capacidad física, serán sancionados el Dirigente y jugador con la expulsión de 2 a 5 años sin perjuicio de las sanciones que prevean las leyes comunes. b.-) Los que agredan o intenten agredir físicamente a los Miembros de la Comisión de Fútbol, Disciplinaria o del Directorio de la Liga Deportiva, alrededor o dentro del campo de juego y/o en la Sede Social de la Liga Deportiva, serán expulsados de 2 a 5 años. c.-) Los que agredan físicamente al Vocal o Veedor del partido, jugador o jugadores contrarios o compañeros de club, alrededor o dentro del campo de juego y/o en la Sede de la Liga serán expulsados de 2 a 5 años de la Liga Deportiva, además pagarán una multa de $ 100.oo a $ 200.oo. d.-) A los Dirigentes o Jugadores que se les compruebe hechos de soborno para arreglos de partidos previo denuncias de dirigentes del Club afectado, así como también de parte del Vocal, Veedor o algún Dirigente de la Liga Deportiva, deberán poner textualmente los hechos de soborno, serán sancionados con la expulsión de 1 a 3 años calendario. e.-) Por difamar y calumniar a los Dirigentes o Miembros de la Comisión de Fútbol, Disciplinaria y del Directorio de la Liga Deportiva Barrial en la moral e integridad personal de cualquiera de estas personas, serán sancionadas con una multa de $100.00 y según la gravedad de la falta con la expulsión de 3 a 5 años calendario.

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f.-) El jugador que actuare en un partido oficial suplantando a otro sin alterar documentos serán sancionados de 1 a 2 años de expulsión. g.-) El jugador que para obtener su registro o inscripción en la Liga Deportiva Barrial, se valiere o permitiere el uso de medios ilícitos, como la alteración de su partida de nacimiento, la falsificación de los documentos de identidad o suplantare la identidad de otra persona, será sancionado de 2 a 5 años de expulsión.

ART. 70.- La suspensión en una pena accesoria de la expulsión, en consecuencia, no habrá suspensión sin expulsión. Salvo en los siguientes casos:

a.-) Si la infracción es cometida después del partido. b.-) Si la infracción es cometida por los jugadores que no estuvieren participando en el juego. c.-) Si el jugador acumula 4 tarjetas amarillas señaladas por el árbitro, y; d.-) Si habiendo cometido el jugador infracción que merezca expulsión de la cancha, ésta no la pudo expresamente decretar el árbitro por ausencia o no comparecida del infractor, cualquiera sea la causa de ello.

ART. 71.- El jugador expulsado en un partido queda automáticamente suspendido de intervenir en el próximo encuentro, sin declaratoria o notificación alguna. Si de la Comisión de Disciplina no puede conocer la causa de la expulsión por no haberla hecho constar el árbitro en su informe, sancionará al jugador con la suspensión respectiva, tomando como base los informes del Veedor o Inspector e impondrá al árbitro la sanción establecida en el reglamento o Contrato de Trabajo.

a.-) Si la Comisión de Disciplina no recibe oportunamente el informe del árbitro, en el que consten las infracciones cometidas por los jugadores, podrá juzgarlos reglamentariamente tomando como base las copias entregadas por el Veedor o Inspector del partido designado. b.-) El partido en que no actuó el jugador por encontrarse suspendido automáticamente será descontado de la sanción que imponga la Comisión de Disciplina una vez conocido el informe arbitral original o su copia.

ART. 72.- Si un partido programado se paraliza y se susciten incidentes tales como la intervención de los espectadores, por gresca entre los jugadores o por no dejar cobrar una infracción decretada por el Arbitro durante la incidencia del partido, el Arbitro antes de suspender definitivamente el partido tratará por todos los medios y con la ayuda del Vocal de Turno, el Veedor del partido y todos los miembros de la Directiva de la LIGA DEPORTIVA, de restablecer las garantías hasta dentro de 20 minutos para que el partido pueda continuar y terminar normalmente. Si transcurrido dicho tiempo no se restablecen las garantías reglamentarias, el Árbitro decretará la suspensión definitiva del partido y comunicará el particular a la Comisión de Fútbol hasta dentro de 24 horas, mediante comunicación escrita. La Comisión de Fútbol en conocimiento del informe, señalará el lugar, el día y la hora de reanudación o no del partido y notificará su resolución a los Clubes contendores, disponiendo que se juegue o no el tiempo que faltaba en el escenario designado por la Comisión de Fútbol, el que ocasionará la conclusión del partido del equipo infractor. Por ningún concepto se jugará un nuevo partido. Si tuviere cambios o al suspenderse el encuentro no haya completado el número de jugadores, al reiniciar el encuentro están facultados para completar o hacer cambios antes o durante el partido. ART. 73.- Si un jugador o jugadores agredan salvajemente y cobardemente a los señores árbitros, jueces de línea, jugadores contrarios o compañero de su club, dirigentes de los clubes o dirigentes de la Liga Deportiva y ocasionaren daños como hematomas, fisuras, fracturas en jugadas mal intencionadas, desleales y agredan con objetos contundentes como palos, hierros, piedras, serán expulsados de por vida de la Liga, además será denunciado por los afectados ante el Juez Civil o penal por intento de asesinato, además de una multa de $ 50,00 a $ 100,00, estos valores serán pagados por el Club que representa a dicho jugador o jugadores y el pago se lo hará dentro de la próxima semana en la sesión de delegados. ART. 74.- Los árbitros, jueces de línea, vocal, inspector o cualquier dirigente de la Liga Deportiva no podrá insultar a ningún jugador, dirigentes o barra de los equipos participantes, si lo hiciera será separado automáticamente del Torneo y deberán pagar una multa de $ 10.00 a 50,00 dólares, dichos valores serán pagados por el Club que representa dentro de la Comisión de Fútbol o del Directorio, en el caso de los árbitros se les descontara de sus haberes semanales.

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ART. 75.- Un jugador suspendido o expulsado en un partido queda automáticamente inhabilitado de intervenir en el próximo partido sin declaratoria o notificación alguna, así haya sido dicha suspensión o expulsión por acumulación de la sexta tarjeta amarilla. Si un jugador es suspendido por acumulación de 4ta. tarjeta amarilla, la suspensión solo la podrá cumplir en la Categoría que se hizo la acumulación de las tarjetas, si es expulsado del campo de juego no podrá jugar en ninguna Categoría que este participando el mencionado jugador. ART. 76.- Todo jugador expulsado del campo de juego implica por lo menos un partido de suspensión.

a.-) Si decreta por el Arbitro la expulsión de un jugador, éste jugador cometiera otra falta más grave sancionada con pena de suspensión la Comisión de Fútbol impondrá al infractor la pena más grave. b.-.) Si un jugador (es) son expulsado (s) en un partido por agresión o insultos éste no podrá jugar en ninguna Categoría en la que participa, ya sea por su propio club o participe en otro club.

ART. 78.- Si un Club no presentare los CREDENCIAL DE CANCHA para su identificación de los jugadores hasta antes del inicio del segundo tiempo del partido programado, perderá los puntos con el marcador de 3 x 0, esta resolución no tiene ninguna apelación.

DE LAS IMPUGNACIONES

ART. 79.- Para impugnar la validez de un partido por la actuación incorrecta de un Club, jugador o jugadores inhabilitados o expulsados se deberá presentar por escrito a la Comisión de Fútbol dentro de 24 horas hábiles posteriores de realizado dicho partido consignado o presentando las pruebas y los fundamentos de la impugnación, se acompañará al escrito la cantidad de $ 50.00 (CINCUENTA DOLARES) dinero en efectivo que será devuelta si se resolviera favorablemente la impugnación. La Comisión de Fútbol deberá conocer y resolver la impugnación en el plazo máximo de 3 días contados desde su fecha de su presentación o puede hacerlo la Comisión de Fútbol en su próxima sesión interna de sus miembros.

a.-) Para que la impugnación tenga su efecto reglamentario, deberá el representante legal o Entrenador registrado dejar asentado en el acta de juego hasta antes del término del partido con su firma de responsabilidad los fundamentos de la impugnación, además deberá remitir a la Comisión de Futbol mediante oficio los documentos de descargo de la impugnación.

ART. 80.- Si la impugnación fuere aceptada por la Comisión de Fútbol, el Club que ha cometido la falta será declarado perdedor del partido y de los correspondientes puntos, los que se acreditarán al Club impugnante de acuerdo al reglamento interno.

DEL RECURSO DE APELACION

ART. 81.- El recurso de apelación de las sanciones o resoluciones de la Comisión de Futbol debe presentarse por escrito en la Secretaría de ésta, conteniendo, necesariamente los fundamentos de hecho y de derecho reglamentario dentro del término de 8 días contados a partir de la fecha del envío de la correspondiente notificación de la sanción o de la resolución, acompañado de la suma de US $50 (CINCUENTA DOLARES)en dinero en efectivo.

a.-) En caso de que el recurso de apelación cumpla con los requisitos señalados en el inciso anterior, la Comisión de Futbol la enviará inmediatamente al Directorio, para que evoque conocimientos de éste y resuelva en segunda y última instancia. b.-) Si la sanción o resolución adoptada por la Comisión de Futbol implica la ubicación de los clubes en la tabla de posiciones o si de ella se derivan circunstancias que impidan el normal desarrollo del campeonato, como sería continuidad de fechas, la apelación se presentará dentro de los 2 días hábiles siguientes a la imposición de la sanción. En estos casos, el Secretario de la Comisión de Futbol, inmediatamente de recibida la apelación la remitirá al Directorio para los efectos contemplados en el inciso anterior. c.-) Si la Comisión de Futbol, al calificar el recurso de apelación estimare que este contiene términos ofensivos o injuriosos, devolverá el mismo al recurrente, quien tiene derecho de interponer la apelación, siempre que se encuentre en los términos reglamentarios. Las sanciones de 6 meses en adelante son inapelables, los sancionados deberán cumplir obligatoriamente el 80% de la sanción, a partir de esa fecha pueden hacer uso de la apelación.

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ART. 82.- El recurso de la apelación será conocido y resuelto por el Directorioen un plazo máximo de 7 días, contados a partir de la fecha de recepción del mismo. ART. 83.- Si la apelación fuere acorde con lo dispuesto en el inciso tercero del Art. 48 literal “B” de este reglamento, la resolverá dentro de los dos días siguientes a su presentación. Sólo cuando deba oírse a los árbitros, jueces de líneas y/o Veedor o Vocal de turno, en su caso, podrá diferirse la resolución hasta por dos días adicionales a lo reglamentario. ART. 84.- Si el Directorio, al resolver el recurso de apelación considera que éste es precedente, dictará la resolución que corresponda, absolviendo o modificando la pena o imponiendo la sanción prevista en el reglamento, si el recurso versa sobre alguna resolución absolutoria dictada por la Comisión de Futbol. En ningún caso, se podrá empeorar la situación del recurrente sancionado. ART. 85.- Si conocido el recurso de apelación se lo niega totalmente, el recurrente perderá el valor acompañado al recurso, el que incrementará los fondos de la Liga Deportiva.

DISPOSICIONES GENERALES

ART. 86.- El presidente o los representantes legales de cada Club, son los únicos responsables de firmar documentos y serán los responsables directos del Club, tanto en la cancha como en las sesiones, para lo cual deben tomar muy en cuenta este reglamento. Todo trámite en esta Liga Deportiva, tendrá que hacerse en papeles membretados y escritos en máquina de escribir con sello y firma de los Directivos del Club, caso contrario no se dará trámite. ART. 87.- Los jugadores que son expulsados de 6 meses en adelante en los Campeonatos Oficiales bajo auspicio de Liga Deportiva no podrá jugar en ninguna Liga filial a la matriz del deporte, el club filial que trasgreda este articulo será sancionada de acuerdo a los Estatutos y Reglamentes Vigentes de la Liga Deportiva. ART. 88.- Si un club o clubes en las etapas 4tos. de final, semifinales y finales es sancionado de acuerdo al artículo 12 literal “A” de este reglamento, perderán todo los derechos ante la LIGA DEPORTIVA y no podrán reclamar su premios estipulados en el artículo 10 y todo sus literales del Reglamento de la Comisión de Fútbol. ART. 89.- La suspensión del Club implicará además de la imposibilidad de ejercer los derechos, la de no poder participar en los Campeonatos de Fútbol de la LIGA DEPORTIVA y en los campeonatos organizados, bajo control de la Comisión de Fútbol de la LIGA DEPORTIVA y Torneos oficiales de FEDELIGAS – GUAYAS. ART. 90.- El Directorio de la Liga Deportiva Barrial y Parroquial, tendrá facultades para resolver todoslos asuntos que no estuvieren previstos en este Reglamento, sea de oficio o como organismo máximo e inclusive aplicar las sanciones establecidas en los Estatutos y Reglamentos de laFederación Provincial de Ligas Barriales y Parroquiales del Guayas. CERTIFICO: Que el presente Reglamento fue discutido y aprobado en sesiones de Directorio con fecha 3 y 10 de Noviembre del 2014.

Prof. Oswaldo Rodríguez Cherrez

PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DISCIPLINA

Prof. Johnny DíazRamírez

PRESIDENTE DE LA COMISIÓN TECNICA

Prof. Alberto Miranda Recalde

COORDINADOR GENERAL DEL TORNEO

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