LICITACIÓN ABREVIADA N° 2018-LA-PC-00014 · LICITACIÓN ABREVIADA N° 2018-LA-PC-00014 ......

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Diagonal Fabini 777 – C.P. 11100 – Tel.: (598 2) 1967 – Montevideo, Uruguay – www.bcu.gub.uy ÁREA GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES LICITACIÓN ABREVIADA N° 2018-LA-PC-00014 OBJETO: contratación de servicios profesionales proporcionados por empresas del área de la salud para la realización de: Renglón 1: certificaciones médicas, odontológicas y psicológicas dirigidas a funcionarios del Banco Central del Uruguay y su núcleo familiar, y otros servicios afines, de acuerdo a las condiciones establecidas en este pliego de condiciones. Renglón 2: promoción de la seguridad y salud de los trabajadores en los lugares de trabajo para el personal que desempeña tareas en el Banco Central del Uruguay, asesoramiento en salud ocupacional y consultas médicas - en general y en el marco del Decreto 127/2014 - y asesoramiento psicolaboral. COSTO DEL PLIEGO: sin costo. RECEPCIÓN DE CONSULTAS Y PRÓRROGA DE APERTURA DE OFERTAS: Hasta las 15:00 horas del día 27 de agosto de 2018 mediante correo electrónico a: [email protected]. No será obligatorio proporcionar aclaraciones respecto a consultas que se formalicen con posterioridad a la fecha de cierre mencionada. APERTURA ELECTRÓNICA DE OFERTAS: A las 15:00 horas del día 4 de setiembre de 2018 en el sitio web de Compras Estatales: www.comprasestatales.gub.uy A efectos del ingreso de la oferta, se podrá consultar el Instructivo en la página web de Compras Estatales https://www.comprasestatales.gub.uy/inicio/capacitacion/capacitacion-manuales- proveedores) o recibir mayor asesoramiento en caso de ser necesario de la Mesa de Ayuda SICE de 10 a 17 horas, llamando al 2903 11 11.

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Diagonal Fabini 777 – C.P. 11100 – Tel.: (598 2) 1967 – Montevideo, Uruguay – www.bcu.gub.uy

ÁREA GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2018-LA-PC-00014

OBJETO: contratación de servicios profesionales proporcionados por empresas del área de la salud para la realización de:

• Renglón 1: certificaciones médicas, odontológicas y psicológicas dirigidas a funcionarios del Banco Central del Uruguay y su núcleo familiar, y otros servicios afines, de acuerdo a las condiciones establecidas en este pliego de condiciones.

• Renglón 2: promoción de la seguridad y salud de los trabajadores en los lugares de trabajo para el personal que desempeña tareas en el Banco Central del Uruguay, asesoramiento en salud ocupacional y consultas médicas - en general y en el marco del Decreto 127/2014 - y asesoramiento psicolaboral.

COSTO DEL PLIEGO: sin costo.

RECEPCIÓN DE CONSULTAS Y PRÓRROGA DE APERTURA DE OFERTAS: Hasta las 15:00 horas del día 27 de agosto de 2018 mediante correo electrónico a: [email protected].

No será obligatorio proporcionar aclaraciones respecto a consultas que se formalicen con posterioridad a la fecha de cierre mencionada.

APERTURA ELECTRÓNICA DE OFERTAS: A las 15:00 horas del día 4 de setiembre de 2018 en el sitio web de Compras Estatales: www.comprasestatales.gub.uy

A efectos del ingreso de la oferta, se podrá consultar el Instructivo en la página web de Compras Estatales https://www.comprasestatales.gub.uy/inicio/capacitacion/capacitacion-manuales-proveedores) o recibir mayor asesoramiento en caso de ser necesario de la Mesa de Ayuda SICE de 10 a 17 horas, llamando al 2903 11 11.

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Contenido

I . OBJETO DEL LLAMADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4

I I . DISPOSICIONES GENERALES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4

1. Requisitos de admisibi l idad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4

2. Del contenido y presentación de las ofer tas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6

2.1 . Del contenido de las ofer tas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6

2.1 .1 . Acreditación de requisitos de admisibi l idad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6

2.2 . Presentación de las ofer tas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7

2.2 .1 . Información Conf idencial y Datos Personales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8

3. Precio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8

4. Ajuste de Prec io . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9

5. Caracter íst icas del procedimiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10

5.1 . Sol ic itud de ac laraciones y prórroga de aper tura de ofer tas . . . . . . . . . . . . . . 10

5.2 . Aper tura e lectrónica de las ofer tas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10

5.3 . Evaluación de ofer tas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10

5.4 . Adjudicación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10

5.5 . Adjudicación a l s iguiente mejor oferente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10

5.6 . Negociaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10

5.7 . Garant ía de Fiel Cumplimiento de Contrato . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10

5.8 . Inalterabi l idad de la O fer ta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10

I I I . CONTRATO .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11

1. Especif icaciones técnicas de los ser vic ios comprendidos en el Renglón 1 11

2. Especif icaciones técnicas de los ser vic ios comprendidos en el Renglón 2 14

3. Altas y Bajas en e l Equipo de Trabajo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15

4. Conformidad de los servic ios br indados y Forma de Pago . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16

5. Cumplimiento de la Normativa Labora l . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16

5. Potestad de Otras Contrataciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17

6. Período de vigencia y renovaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17

7. Incumplimientos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17

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8. Penal idades . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17

9. Rescisión del contrato . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18

10. Conf idenc ial idad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18

IV. VARIOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19

1. Pr incipios de ac tuación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19

2. Normas apl icables y documentación integrante del contrato . . . . . . . . . . . . . . . . 19

3. Aceptación de bases . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19

4. Adecuación al Pl iego . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20

5. Comunicaciones y notif icaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20

6. Const itución de Garant ía de Mantenimiento de Ofer ta y de Fiel Cumplimiento de Contrato . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20

7. Const itución de domicil io . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22

ANEXO I - FORMULARIO DE IDENTIFICACION DEL OFERENTE.. . . . . . . . . . . . . . . . 23

ANEXO II - FORMULARIO DE COTIZACIÓN RENGLÓN 1 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24

ANEXO II - FORMULARIO DE COTIZACIÓN RENGLÓN 2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25

ANEXO III - ACREDITACIÓN DE REFERENCIAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26

ANEXO IV - RECOMENDACIONES PARA EL INGRESO DE OFERTAS EN LÍNEA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27

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I. OBJETO DEL LLAMADO

Contratación de servicios profesionales proporcionados por empresas del área de la salud para la realización de:

• Renglón 1: certificaciones médicas, odontológicas y psicológicas dirigidas a funcionarios del Banco Central del Uruguay y su núcleo familiar, y otros servicios afines, de acuerdo a las condiciones establecidas en este pliego de condiciones.

• Renglón 2: promoción de la seguridad y salud de los trabajadores en los lugares de trabajo para el personal que desempeña tareas en el Banco Central del Uruguay, asesoramiento en salud ocupacional y consultas médicas - en general y en el marco del Decreto 127/2014 - y asesoramiento psicolaboral, de acuerdo a las condiciones establecidas en este pliego de condiciones.

II. DISPOSICIONES GENERALES 1. Requisitos de admisibilidad

1.1 . Del oferente

Se consideran empresas calificadas para ofertar, aquellas que reúnan conjuntamente los siguientes requisitos:

a) Estar inscripto en el Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE) en estado1 “ACTIVO” a la fecha del Acto de Apertura del presente llamado, habiendo completado los datos requeridos en RUPE y aportado los documentos correspondientes.

b) No haber sido sancionado con la eliminación del Registro Único de Proveedores del Estado y no tener una sanción de suspensión vigente en dicho Registro o en el respectivo del BCU, a la fecha del Acto de Apertura del presente llamado.

c) Referencias:

• Renglón 1: deberá poseer al menos tres referencias satisfactorias por prestaciones similares a las de este renglón y que hayan implicado una cobertura mínima de 200 personas cada una. Dichas referencias no podrán tener una antigüedad mayor a 10 años contados a partir del día inmediato anterior a la fecha establecida para el acto de apertura del presente llamado.

• Renglón 2: deberá poseer al menos una referencia satisfactoria por prestaciones similares a las de este renglón y que haya implicado una cobertura mínima de 100 personas. Dicha referencia no podrá tener una

1 R .U .P .E . Reg i s t r o Ún i c o d e P ro veedore s de l E s tado www . compra s e s ta ta l e s . g ub .u y / i n i c i o / p r ov eedo r e s / ru pe /

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antigüedad mayor a 10 años contados a partir del día inmediato anterior a la fecha establecida para el acto de apertura del presente llamado.

d) Constituir garantía de mantenimiento de su oferta por la suma de $ 40.000 (pesos uruguayos cuarenta mil) o su equivalente en moneda extranjera, siempre que el monto total de su oferta (por el período de 12 meses o la cantidad máxima de horas anuales) supere la suma de $ 8.715.000 (pesos uruguayos ocho millones setecientos quince mil), de acuerdo a lo indicado en el numeral 6.1 del capítulo IV.

No se considerarán ofertas de personas físicas, aún cuando partieran de profesionales independientes en el libre ejercicio de su profesión.

1.2. Del Equipo de trabajo propuesto:

La empresa deberá contar con un equipo de trabajo para el cumplimiento de los servicios objeto del presente llamado, cuya integración será como mínimo la que se establece en el numeral 1.2.1 (Renglón 1) y numeral 1.2.2 (Renglón 2).

En todos los casos el período de experiencia se computará a partir del día inmediato anterior a la fecha establecida para el acto de apertura de ofertas del presente llamado.

Todos los profesionales designados deberán estar inscriptos en el Registro de Títulos y Certificados de Profesionales de la Salud del Ministerio de Salud Pública.

1.2.1. Para el renglón 1:

Especialidad Título

Profesional Cantidad de Profesionales

Experiencia Título de Postgrado

Certificaciones médicas

Doctor en Medicina

3 Deberán poseer experiencia en certificaciones médicas no menor a un año.

El profesional que actúe como supervisor deberá contar con título de Postgrado en la especialidad de Salud Ocupacional.

Certificaciones odontológicas

Doctor en Odontología 2

Deberán contar con experiencia previa en certificaciones odontológicas, endodoncia y ortodoncia, no menor a un año.

No se requiere.

Evaluaciones psicológicas y similares

Licenciado en Psicología

2

Deberá contar con experiencia en evaluaciones psicológicas no menor a tres años.

No se requiere.

Adicionalmente, el equipo propuesto deberá disponer de:

• Un supervisor por cada especialidad. Este profesional podrá formar parte del equipo de trabajo. En cualquier caso (forme parte del equipo o no) deberá

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actuar toda vez que sea solicitada por el Banco, cuando se presenten casos que requieran su participación.

• Un suplente por cada especialidad. Dichos profesionales deberán cumplir con los requisitos mínimos exigidos en cada una de ellas.

• Nómina de médicos consultantes, la cual como mínimo estará integrada por un cardiólogo, un psiquiatra, un traumatólogo y un médico internista. El Banco se reserva la potestad de solicitar al adjudicatario, durante la vigencia del contrato, la designación de profesionales en otras especialidades como médicos consultantes. Los médicos consultantes acompañarán al certificador en las Juntas Médicas de acuerdo a la especialidad involucrada.

1.2.2. Para el renglón 2:

Especialidad Título

Profesional Cantidad de Profesionales Experiencia

Título de Postgrado/ Especialidad

Asesoramiento en salud ocupacional y atención de consultas médicas

Doctor en Medicina 1

Experiencia en salud ocupacional no menor a tres años.

Especialidad de Salud Ocupacional

Asesoramiento psicolaboral

Licenciado en Psicología

1

Experiencia en psicología de las organizaciones y el trabajo no menor a tres años.

No se requiere.

Adicionalmente, el equipo propuesto deberá disponer de:

• Un supervisor para la especialidad asesoramiento en salud ocupacional y atención de consultas médicas. Este profesional podrá formar parte del equipo de trabajo. En cualquier caso (forme parte del equipo o no) deberá actuar toda vez que sea solicitada por el Banco, cuando se presenten casos que requieran su participación.

• Dos alternos para la especialidad de asesoramiento en salud ocupacional y consultas médicas, Doctores en Medicina que acrediten estar cursando la especialidad en Salud Ocupacional y experiencia de al menos 3 años en atención médica.

• Un suplente para la especialidad de asesoramiento psicolaboral. Dicho profesional deberá cumplir con los requisitos mínimos exigidos.

2. Del contenido y presentación de las ofertas

2.1. Del contenido de las ofertas

2.1.1. Acreditación de requisitos de admisibilidad

A efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad indicados en el numeral 1 del Capítulo II, las ofertas deberán incluir los siguientes documentos:

− Cartas de referencia emitidas por al menos tres empresas o instituciones con al menos doscientos empleados (en caso del Renglón 1) y al menos una empresa o

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institución con al menos cien empleados (en caso del Renglón2 ), a los que hubiera suministrado servicios similares a las del renglón al que se presente; o formulario Anexo III completo. En cualquiera de los casos (carta de referencia o Anexo III completo) los documentos deberán ser suscritos por las instituciones contratantes. Las cartas deben contener todos los datos solicitados en el Anexo III.

− Declaración Jurada suscrita por la empresa oferente que acredite poseer el equipo de trabajo correspondiente al renglón al que se presenta, así como el cumplimiento por parte de los integrantes del mismo (titulares, alternos y suplentes), de los requisitos de formación y experiencia establecidos en el numeral 1.2. del capítulo II.

− Designación de los profesionales que asumirán el rol de supervisor en las especialidades requeridas.

− Notas firmadas por los profesionales integrantes de los equipos de trabajo expresando su conformidad a la designación practicada.

− Para todos los profesionales del equipo de trabajo propuesto (titulares, alternos y suplentes), así como para los supervisores, deberá presentarse: currículum vitae y título de grado, postgrado o superior, en caso de corresponder.

− Únicamente para el Renglón 1, deberá presentarse nómina de médicos consultantes.

− Constancia de constitución de garantía de mantenimiento de oferta, en caso de corresponder por el monto de la oferta.

En caso de presentarse bajo la modalidad de Consorcio (artículos 501 y siguientes de la Ley 16060) se deberá presentar testimonio notarial del compromiso o contrato de consorcio y su correspondiente inscripción en el Registro Nacional de Comercio.

El Banco se reserva el derecho de solicitar los originales que estime conveniente, respecto de la documentación presentada en la oferta, con las legalizaciones y traducciones que correspondan.

2.1.2. Otra documentación a presentar con la oferta

La oferta deberá contener la siguiente información:

- Los formularios Anexos I, II y III (este Anexo puede sustituirse por cartas emitidas y suscritas por clientes siempre que contengan los datos solicitados en él); que forman parte de este pliego de condiciones, completos y suscritos de la forma en ellos detallada.

2.2. Presentación de las ofertas

Las propuestas serán recibidas únicamente en línea. Los oferentes deberán ingresar sus ofertas (económica y técnica completas) en el sitio web www.comprasestatales.gub.uy. No se recibirán ofertas por otra vía.

La documentación electrónica adjunta a la oferta se ingresará a la web en archivos con formato pdf o jpg, sin contraseñas ni bloqueos para su impresión o copiado. Cuando el oferente deba agregar en su oferta un documento o certificado cuyo original sólo exista en soporte papel, deberá digitalizarlo y subirlo con el resto de su oferta.

Conforme a lo establecido en el Art. 48° del TOCAF, está reservada al oferente que resulte adjudicatario la carga administrativa de la demostración de estar en condiciones formales de contratar.

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2.2.1. Información Confidencial y Datos Personales

Cuando los oferentes entreguen a la Administración información que consideren confidencial al amparo de lo dispuesto en los artículos 10 de la ley n° 18.381 o 65 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera, deberá ser ingresada en el sistema en tal carácter y en forma separada a la parte pública de la oferta.

Si un documento contiene información pública e información confidencial, reservada o secreta, se deberá aplicar el principio de divisibilidad, permitiendo el acceso a los otros oferentes a la parte pública de aquél.

La clasificación de la documentación en carácter de confidencial es de exclusiva responsabilidad del proveedor. Si la información ingresada en carácter confidencial no reúne los requisitos exigidos por la normativa referida, la Administración podrá descalificar la oferta o tomar las medidas que estime pertinentes, entre otras, no considerar esa información a la hora de evaluar las ofertas.

En especial, no se considera información confidencial: la relativa a los precios, la descripción de bienes y servicios ofertados y las condiciones generales de la oferta.

Los documentos que entregue un oferente en carácter confidencial no serán divulgados a los restantes oferentes.

El oferente deberá incluir en la parte pública de la oferta un resumen no confidencial de la información confidencial que ingrese, el cual deberá ser breve y conciso (artículo 30 del Decreto n° 232/010 de 2 de agosto de 2010).

En el caso de que las ofertas contengan datos personales cuyo tratamiento y comunicación requiera el previo consentimiento informado de sus titulares, el oferente deberá recabar el correspondiente consentimiento, de conformidad a lo establecido en la ley nº 18.331, normas concordantes y complementarias.

3. Precio

Las empresas presupuestarán de acuerdo a lo requerido en este pliego de condiciones y a las aclaraciones que surjan de las consultas que puedan ser formuladas.

La oferta económica deberá presentarse en el formulario de cotización que forma parte de este pliego de condiciones (Anexo II). Deberá cotizarse en moneda nacional, en condición “al firme" por 180 días corridos a partir de la fecha establecida para el acto de apertura del presente llamado, en la forma que allí específicamente se indica.

La omisión de cotizar alguno de los servicios detallados en el Anexo II para cada renglón, invalidará la oferta.

• Cotización del Renglón 1:

Las empresas ofertarán un único COSTO TOTAL MENSUAL que incluya el conjunto de los servicios indicados para cada especialidad.

A tales efectos, se proporciona a continuación, un estimado de la cantidad de prestaciones anuales pasibles de realizar, elaborado en base a información histórica del Banco:

Renglón Especialidad Cantidad de prestaciones anuales estimadas

Observaciones

1 Certificaciones 1.300 Montevideo y Costa de Oro

9

médicas 15

Localidades de departamentos limítrofes y próximos a Montevideo

60 por horarios reducidos

24 Juntas médicas

6 Informes Médicos Técnicos

30 Asesoramiento para reintegro de gastos, tratamientos especiales y préstamos de salud

Certificaciones odontológicas

800 Incluidas las relativas a endodoncias y ortodoncias

Evaluaciones psicológicas y similares

80 Psicodiagnósticos, Psicoterapias, Tratamientos Psicomotriz, Psicopedagógico y Fonoaudiológico

La cantidad de prestaciones indicada a los efectos de la cotización del servicio mensual, no obliga al Banco a la realización de las mismas ni a ningún pago adicional al ofertado.

No se cotizarán los timbres profesionales que puedan corresponder. Los mismos deberán ser provistos por el adjudicatario y su importe será incluido en la facturación mensual para su reintegro por parte del Banco.

• Cotización del Renglón 2:

Se cotizará un precio unitario por hora por especialidad, teniendo en cuenta que: para el asesoramiento en salud ocupacional y atención médica se estima un mínimo de 780 horas y un máximo de 1.560 horas anuales; mientras que para el asesoramiento psicolaboral se estima un mínimo de 100 horas y un máximo de 300 horas anuales.

La cantidad de horas indicada a los efectos de la cotización, no obliga al Banco a la realización de las mismas ni a ningún pago adicional al que corresponderá por las horas efectivamente trabajadas.

4. Ajuste de Precio

El Banco sólo reconocerá, a solicitud del adjudicatario y al momento de las renovaciones previstas en el numeral 6 del capítulo III, el ajuste de precios producido a partir del día hábil siguiente al vencimiento de la cotización “al firme” indicado en el numeral anterior.

El ajuste se aplicará en oportunidad de la renovación del contrato, si la hubiere, considerando la siguiente fórmula paramétrica: 50% del precio ofertado ajustado por IPC para el rubro “Cuidados médicos y conservación de la Salud” y 50% del precio ofertado ajustado por el Índice Medio de Salarios.

Será responsabilidad del adjudicatario presentar la solicitud y liquidación del ajuste de precios cuando corresponda, ante la Unidad Administración y Logística de Suministros del Área Gestión de Bienes y Servicios.

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5. Características del procedimiento

5.1. Solicitud de aclaraciones y prórroga de apertura de ofertas

Las consultas y solicitudes de prórroga deberán ser específicas y se recibirán, exclusivamente por escrito, hasta la hora 15:00 del día 27 de agosto de 2018, debiendo ser enviadas a la siguiente dirección electrónica: [email protected].

No será obligatorio proporcionar aclaraciones respecto a consultas que se formalicen con posterioridad a la fecha de cierre mencionada. La prórroga será resuelta por la Administración según su exclusivo criterio.

5.2. Apertura electrónica de las ofertas

La apertura electrónica de ofertas se realizará a las 15:00 horas del día xxx de 2018 en el sitio web www.comprasestatales.gub.uy. La plataforma electrónica recibirá ofertas únicamente hasta el momento fijado para su apertura en la convocatoria respectiva.

Es responsabilidad del oferente el ingreso en tiempo y forma de su oferta en dicho portal, debiendo adoptar los recaudos necesarios a tales efectos. Se sugiere remitirse a las recomendaciones que en la materia se disponen en Anexo IV de este pliego.

5.3. Evaluación de ofertas

Calificarán a la etapa de evaluación únicamente aquellas ofertas que cumplan los requisitos de admisibilidad establecidos para cada renglón en el numeral 1 del capítulo II y lo acrediten conforme a lo exigido en el numeral 2.1.1.

Para la evaluación económica se compararán el precio mensual o unitario según corresponda al renglón cotizado.

5.4. Adjudicación

La adjudicación se realizará por renglón, sobre la oferta que resulte la más económica.

5.5. Adjudicación al siguiente mejor oferente

El Banco se reserva el derecho a hacer uso del orden de prelación en caso de resultar pertinente (art. 70 T.O.C.A.F.)

5.6. Negociaciones

En caso de presentación de ofertas similares, el Banco se reserva el derecho de acudir al instituto de la negociación a fin de obtener mejores condiciones de precio. (Art. 66° del T.O.C.A.F.).

5.7. Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato

Deberá constituirse por un valor equivalente al 5 % del monto total adjudicado, siempre que éste supere la suma de $ 3.486.000 (pesos uruguayos tres millones cuatrocientos ochenta y seis mil), de acuerdo a lo indicado en el numeral 6.2 del capítulo IV de este pliego.

5.8. Inalterabilidad de la Oferta

Por la cantidad establecida en su oferta el adjudicatario está obligado a ejecutar los servicios estipulados de acuerdo a lo establecido en los Pliegos de Condiciones, Especificaciones Técnicas y su oferta, en tanto ésta no se oponga a los mismos; sin que

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le sirva de excusa o derecho alguno, alegar cálculos erróneos u omisiones, en la presentación de la misma.

III. CONTRATO

1. Especificaciones técnicas de los servicios comprendidos en el Renglón 1

Los servicios objeto del llamado deberán cumplirse durante todo el año, los días hábiles, de lunes a viernes, de acuerdo al siguiente detalle:

1.1. Certificaciones médicas (ausencias laborales totales o parciales), Juntas Médicas e Informes Médicas.

El objeto de la certificación de licencia por enfermedad será constatar las ausencias laborales que se produzcan por causas médicas de los funcionarios del Banco y determinar el plazo correspondiente que a criterio del certificador se considere adecuado.

Las Certificaciones Médicas serán realizadas en la zona Metropolitana de Montevideo (todo el departamento Montevideo y un cinturón urbano de 35 km). Excepcionalmente podrá extenderse a localidades de los Departamentos limítrofes y próximos a Montevideo.

Las certificaciones serán solicitadas por el Área Gestión de Capital Humano (en adelante GCH) del Banco hasta las 13:00 horas y deberán ser llevadas a cabo antes de las 20:30 horas del mismo día en que la empresa recibe la comunicación, en el domicilio del funcionario o en su lugar de internación para el caso de la zona Metropolitana y dentro de las 24 horas para el resto del territorio.

El médico certificador deberá efectuar una valoración del paciente, certificando sólo aquellos elementos que haya podido constatar personalmente y que resulten de su propio juicio, actuando con total independencia y sentido crítico respecto de las manifestaciones del paciente o de las certificaciones u opiniones de otros profesionales expresadas por cualquier medio.

El mismo médico certificador no podrá extender más de dos certificaciones de ausencias laborales por razones médicas sucesivas, cada una de las cuales podrá ser expedida como máximo por treinta días.

El adjudicatario deberá informar al Área GCH del Banco por correo electrónico únicamente respecto al período de licencia por enfermedad otorgado, dentro del día hábil siguiente a haberse realizado la certificación y antes de la hora 13:00, o dentro del siguiente día hábil para el caso de certificaciones fuera de la zona Metropolitana.

Asimismo, deberá informar mensualmente al Servicio de Prevención y Salud en el Trabajo del Banco, en formato electrónico, los días de licencia por enfermedad otorgados con el código de enfermedad prevalente.

El objeto de la certificación de horarios laborales reducidos por razones médicas será constatar la cantidad de horas que el funcionario puede asistir al Banco en función de su condición médica y determinar el plazo correspondiente que a criterio del

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certificador se considere adecuado. Esta certificación podrá realizarse en las oficinas del adjudicatario de lunes a viernes en el horario de 10 a 19 horas.

El mismo médico certificador no podrá extender sucesivamente más de dos certificaciones de horarios reducidos por razones médicas, cada una de las cuales podrá ser expedida como máximo por treinta días.

El médico certificador podrá promover ante el Banco, así como el Banco podrá disponerlo cuando lo estime conveniente, la realización de Juntas Médicas. Éstas se llevarán a cabo en el lugar que determine el Banco y estarán integradas por el médico certificador, el médico consultante del adjudicatario en la especialidad requerida, el médico tratante y el Médico del Servicio de Prevención y Salud en el Trabajo del Banco.

Será responsabilidad del adjudicatario la entrega del informe de la Junta Médica al Banco, en un plazo que no supere 5 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al de efectuada la Junta.

1.2. Certificaciones Odontológicas, incluidas las relativas a Endodoncias y Ortodoncias.

El objeto de este servicio será la evaluación y certificación de los trabajos odontológicos, incluidos los relativos a endodoncia y ortodoncia que contratan los beneficiarios de la asistencia otorgada por el Banco con profesionales particulares (inicio/finalización) y la certificación de los costos arancelarios asociados de acuerdo a lo establecido en el numeral siguiente.

Será responsabilidad del adjudicatario realizar un informe anual de actualización de los tratamientos odontológicos y el correspondiente costo asociado que reintegra el Banco, de acuerdo a la codificación utilizada a tales efectos.

En este sentido, el referido informe estará basado en los datos que se desprenden del Arancel de la Asociación Odontológica Uruguaya para el Práctico General – Asesoramiento arancelario, y el Arancel de Orientación Profesional de la Corporación de Protésicos Dentales del Uruguay, y de la correlación entre ambos.

Este servicio deberá ser cubierto, como mínimo, con 4 turnos semanales: 3 vespertinos de 16 a 19 horas y 1 matutino de 8:30 a 11:30 horas, en consultorios radicados en zonas céntricas de Montevideo.

El adjudicatario deberá contar con uno o más consultorios provistos con tecnología adecuada para el mantenimiento de las historias clínicas, que permita ingresar toda la información que le sea brindada por el Banco y la que surja de las certificaciones que realiza.

El adjudicatario asesorará al Banco, cuando éste lo solicite, sobre los tiempos estimados que comprenden los distintos tratamientos.

1.3. Certificaciones en Psicodiagnósticos, Psicoterapias, Tratamientos Psicomotrices, Psicopedagógicos y Fonoaudiológicos.

El objeto de este servicio será la evaluación y certificación de los psicodiagnósticos y tratamientos psicoterapéuticos, psicomotrices, psicopedagógicos y fonoaudiológicos, que contraten los funcionarios con profesionales particulares.

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El beneficiario presentará el informe signado por el profesional particular que ha contratado y una orden emitida por el Banco, que lo identificará como beneficiario junto con la presentación de su documento de identidad.

Luego de realiza la entrevista y dentro de la siguiente semana, el técnico certificador deberá elaborar y presentar un informe dirigido al Área GCH del Banco, indicando únicamente la justificación y adecuación del o de los tratamientos indicados, la duración y periodicidad de los mismos, sin mencionar directa ni indirectamente el diagnóstico u otros datos del paciente que resulten confidenciales.

Conjuntamente con el precedente informe el adjudicatario deberá realizar una valoración pormenorizada y confidencial respecto a la necesidad del tratamiento recomendado, la adecuación de la modalidad terapéutica y el tiempo de duración proyectado, basándose en los elementos que surgen de:

a) los informes realizados por los profesionales a cargo de los tratamientos contratados y/o de las evaluaciones realizadas.

b) la entrevista que deberá realizar al funcionario solicitante o excepcionalmente a su cónyuge o menores a cargo si correspondiera.

Estas entrevistas serán realizadas en el Banco o en el lugar que se acuerde con la empresa.

c) todo otro elemento que contribuya, de manera razonable, a esclarecer la situación inicial y determinar su posterior evolución.

Excepcionalmente el certificador podrá solicitar al Banco, por causas justificadas, entrevistas con el técnico tratante para valorar el tratamiento indicado.

En todo momento, el certificador deberá actuar con total independencia y sentido crítico respecto de las manifestaciones del paciente o de las opiniones de otros profesionales expresadas por cualquier medio.

Cuando la situación ofrezca dudas desde el punto de vista técnico y/o formal, el certificador podrá solicitar una reunión con el equipo técnico del Banco a efectos de valorar la situación y sugerir caminos de acción.

1.4. Asesoramiento en casos excepcionales a solicitud del Área Gestión de Capital Humano

El objeto de este servicio será el asesoramiento ante consultas específicas de dicha Área.

Tanto la contratación como la prestación de todos y cada uno de los servicios detallados precedentemente estarán sujetas a la vigencia de la normativa referente a la Asistencia Médica que presta el Banco a los beneficiarios que en cada caso corresponda.

El Banco quedará eximido de responsabilidad frente a la empresa en caso de que a raíz de modificaciones en la normativa actualmente vigente se elimine alguno o algunos de los servicios objeto de la presente licitación.

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2. Especificaciones técnicas de los servicios comprendidos en el Renglón 2

Los servicios objeto del llamado deberán cumplirse durante todo el año, los días hábiles, de lunes a viernes, de acuerdo al siguiente detalle:

2.1. Asesoramiento en Salud Ocupacional y Consultas Médicas en general y en el marco del Decreto 127/2014

Los servicios objeto del llamado deberán cumplirse por un equipo médico, conformado de acuerdo a los requisitos establecidos en el numeral 1.2 del Capítulo II, los días hábiles, de lunes a viernes, con un mínimo de 15 horas semanales y un máximo de 30 horas, dentro del horario de 9.45 hs. a 17.45 horas. en las instalaciones del Banco Central, según lo que establezca la Unidad Oficina Laboral.

El servicio no incluye las actividades que competen al Asesor en Seguridad e Higiene en el Trabajo.

El equipo médico deberá realizar las siguientes actividades:

- Realizar las funciones descriptas en el artículo 4 del Decreto 127/2014 y demás actividades que se describen en dicho decreto, en coordinación con la Unidad Oficina Laboral.

- Recibir las consultas del personal que desempeña tareas en el Banco y realizar controles médicos y seguimiento de la salud en forma integral de los trabajadores según lo que se estime conveniente.

- Identificar, prever y mantener el stock de insumos necesarios para la atención de las consultas médicas. Trasladar los residuos biológicos al depósito interno que el Banco establezca.

- Coordinar y controlar el mantenimiento, calibración y verificación de los equipos de medición utilizados (Norma ISO9001:2015)

- Operar en tiempo real los sistemas informáticos para el registro de consultas.

- Realizar informes médicos que solicite la Unidad Oficina Laboral. A vía de ejemplo: informes que requiera la Unidad Oficina Laboral sobre la situación sanitaria del personal, preservando la confidencialidad sobre los datos médicos de acuerdo a lo establecido por el Colegio Médico del Uruguay, e informes médicos para la Caja Bancaria. Deberán presentarse en un plazo no mayor a 72 horas hábiles luego de la solicitud, preservando los aspectos vinculados al secreto profesional.

- Realizar un informe estadístico anual (con avances trimestrales) a solicitud de la Unidad Oficina Laboral y con los requerimientos que ésta indique, a partir de los datos que la empresa certificadora de licencias médicas y horarios médicos reducidos aporte y el relevamiento propio que realice el Médico en el Banco. Se deberán presentar en los plazos que fije la Unidad Oficina Laboral.

- Participar en Juntas Médicas: el Banco podrá disponer cuando lo estime

conveniente, la realización de Juntas Médicas. Éstas se llevarán a cabo en el lugar que determine el Banco y estarán integradas además, por el médico

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certificador, un médico consultante y el médico tratante. En caso de que un mismo profesional forme parte de los equipos de trabajo designados para cada renglón y sea convocado para integrar una Junta Médica, deberá ser sustituido por otro profesional en el rol que compete a los servicios comprendidos en el Renglón 2 del presente llamado. Dicho profesional deberá acreditar poseer los requisitos mínimos establecidos en el mismo.

- Diseñar, acompañar y dirigir las campañas de prevención e información de salud en coordinación con la Unidad Oficina Laboral.

2.2. Asesoramiento psicolaboral

Los servicios deberán cumplirse por un Licenciado en Psicología de acuerdo a los requisitos establecidos en el numeral 1.2 del Capítulo II, en días hábiles, hasta 300 horas anuales, en las instalaciones del Banco Central, con un mínimo de 100 horas anuales, a solicitud de la Oficina Laboral.

El asesoramiento psicolaboral implica la realización de las siguientes actividades:

- Asesorar y apoyar en temas de organización del trabajo.

- Atender situaciones en conjunto con el equipo Médico en los casos que se requiera.

- Participar en el diseño de programas de prevención de situaciones de conflicto, acoso u otras discriminaciones.

- Asesorar y recomendar acciones ante situaciones de conflicto, acoso o discriminación y ante otras situaciones que se entienda necesario.

- Acompañar y dirigir entrevistas personales o talleres de trabajo.

- Participar en comisiones mixtas con la empresa por temas relacionados con situaciones de conflicto, acoso u otras discriminaciones.

- Otras actividades de acuerdo a lo establecido en el Decreto 127/2014.

3. Altas y Bajas en el Equipo de Trabajo

En todos los casos el cambio o incorporación de nuevos profesionales deberá ser propuesto por escrito, adjuntando antecedentes del postulante quien deberá reunir las acreditaciones y títulos exigidos como requisito de admisibilidad en numeral 1.2 del Capítulo II y estará sujeto a la aprobación por parte del Banco, quien dispondrá de un plazo de 5 días hábiles para otorgar tal conformidad.

De ocurrir que los postulantes no cuenten con la aprobación del Banco, se considerará que el adjudicatario incurre en incumplimiento contractual pudiendo el Banco proceder a rescindir automáticamente la contratación sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización o compensación alguna conforme lo establecido en el artículo 70 del T.O.C.A.F.

El Banco podrá asimismo exigir la sustitución de cualquier profesional sin expresión de causa. En tal caso, la empresa deberá de inmediato asignar al servicio un nuevo técnico

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en las mismas condiciones exigidas en el presente pliego; quien deberá contar con la previa aprobación del Banco.

4. Conformidad de los servicios brindados y Forma de Pago

Los pagos se efectuarán a mes vencido mediante transferencia bancaria a la Institución, dependencia y número de cuenta registrada por el adjudicatario en el RUPE, luego de obtenida la conformidad del Área Gestión de Capital Humano (si se trata del Renglón 1) o de Planificación y Gestión Estratégica (si se trata del Renglón 2), siempre que no hubiera incumplimientos que pudieran ameritar la aplicación de una sanción económica.

En el caso del Renglón 1 se abonará el precio mensual cotizado mientras que el Renglón 2 se abonará el precio unitario cotizado por la cantidad de horas efectivamente trabajadas en el mes inmediato anterior. A ambos precios se adicionará el ajuste que pudiera corresponder en el marco de lo establecido en el numeral 4 del capítulo II.

El Banco se reserva el derecho de retener en forma transitoria el monto de la multa calculada conforme a lo establecido en el numeral 6 de este capítulo, hasta que determine en forma definitiva su cuantía.

Para hacer efectivo el cobro de las facturas, la empresa deberá cumplir con los requisitos legales, en especial los certificados de BPS y DGI vigentes.

La demora en el pago de las facturas por la no presentación de la documentación requerida, no dará derecho alguno al adjudicatario a reclamar diferencia económica de ninguna especie.

5. Cumplimiento de la Normativa Laboral

Al inicio del contrato, el BCU verificará el cumplimiento de la normativa laboral (seguro de accidentes de trabajo, nómina e BPS, Planilla de MTSS, etc.) y que el adjudicatario disponga de los elementos de seguridad e higiene en el trabajo necesarios para los trabajos de riesgo.

En dicha oportunidad, el adjudicatario deberá presentar la Declaración Jurada que luce en el Anexo VI.

Se estará a lo establecido en las leyes Nº 18.098 de 12 de enero de 2007, Nº 18.099 de 24 de enero de 2007 y Nº 18.251 de 6 de enero de 2008 y en el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 475/005 de 14 de noviembre de 2005. Atento a esta normativa, el BCU Central del Uruguay queda facultado a exigir al adjudicatario, en cualquier momento, y con la regularidad que estime pertinente, la exhibición de:

a) Declaración nominada de historia laboral en BPS b) Certificado que acredite situación regular de pago de las contribuciones

a la seguridad social a la entidad previsional que corresponda c) Constancia del Banco de Seguros del Estado que acredite la existencia

del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales d) Planilla de control de trabajo de MTSS, recibos de haberes salariales y,

en su caso, convenio colectivo aplicable e) Cualquier otro dato personal de los trabajadores comprendidos en la

prestación del servicio, a efectos de realizar los controles que el BCU estime pertinentes.

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Cuando el adjudicatario no logre acreditar oportunamente el cumplimiento de las obligaciones laborales (incluyendo las relativas a las de seguridad e higiene en el trabajo), previsionales o del seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales en la forma señalada, el BCU podrá retener de las obligaciones de pago pendientes que tenga a favor del adjudicatario, el monto correspondiente.

5. Potestad de Otras Contrataciones

El Banco de considerarlo conveniente o necesario se reserva el derecho de contratar a otras empresas o profesionales con el fin de realizar trabajos de iguales o similares características a las del presente llamado durante el período de vigencia, sin que por ello se obligue a ningún tipo de responsabilidad ni deba abonar ningún tipo de importe por cualquier concepto a la firma que resulte adjudicataria del presente llamado.

6. Período de vigencia y renovaciones

La contratación de los servicios correspondientes al Renglón 1 entrará en vigencia a partir del primer día hábil del mes de octubre de 2018 y regirá por el término de 12 meses.

La contratación de los servicios correspondientes al Renglón 2 entrará en vigencia a partir del primer día hábil del mes de enero de 2019 y regirá por el término de 12 meses.

Acaecido el término del primer año de vigencia, la contratación de cada renglón podrá renovarse automáticamente por períodos anuales iguales y consecutivos hasta por un máximo de 4 años, de no mediar comunicación en contrario por alguna de las partes con una antelación mínima de 30 días calendario respecto al vencimiento del período contratado.

7. Incumplimientos

Se considerará incumplimiento contractual la contravención total o parcial a las cláusulas del presente pliego. Sin perjuicio de ello, se considerará incumplimiento, a consideración del Banco la obtención de resultados insatisfactorios respecto del objeto de la contratación.

El Banco podrá deducir el importe correspondiente a aquellos servicios que la empresa no hubiese cumplido de acuerdo a los requisitos establecidos en los pliegos, de acuerdo a lo importes (ajustados de corresponder) indicados en el Anexo II - Cuadro de Cotización; sin perjuicio de poder rescindir la contratación de acuerdo a lo indicado en el numeral siguiente.

La violación de la cláusula establecida en el numeral 10 (Confidencialidad) del capítulo III de este pliego, será causal de rescisión del contrato sin derecho del adjudicatario a reparación ni reclamo de especie alguna y, eventualmente, el monto de la multa por violación de las obligaciones contraídas en el marco de este contrato, según lo establecido en el numeral 8 del capítulo III.

8. Penalidades

Se establece la siguiente escala sancionatoria que se aplicará a criterio del Banco en función de la gravedad del incumplimiento de cualesquiera de las obligaciones emergentes del contrato:

• Observación • Multa de hasta un 10% del precio del contrato

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• Multa de hasta un 20% del precio del contrato

En cada período contractual las multas no podrán exceder al 30% del total adjudicado por dicho plazo. En caso de contratos por períodos mayores a un año el mencionado tope regirá para cada anualidad.

La multa será aplicada previa vista al adjudicatario en los términos del art. 94 del Reglamento Administrativo del Banco y será deducida en forma automática de las facturas presentadas para el cobro, sin que sea necesaria la interpelación judicial o extrajudicial.

En ocasión de aplicar la sanción el Banco tendrá también en cuenta los antecedentes del adjudicatario en la ejecución de la contratación en curso.

En cualquier caso, sin perjuicio de la aplicación de la multa, el Banco se reserva el derecho:

a) a rescindir el contrato sin que por ello incurra en responsabilidad alguna pudiendo incluso promover las acciones reparatorias pertinentes;

b) a suspender al adjudicatario como proveedor del Banco por hasta 5 (cinco) años.

En todo caso estas sanciones serán ingresadas en el Registro Único de Proveedores una vez que adquieran la calidad de actos administrativos firmes.

9. Rescisión del contrato

Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones pecuniarias, en caso de incumplimiento grave de las condiciones contractuales a criterio del Banco, éste tendrá la facultad de declarar rescindido el contrato sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización o compensación de especie alguna y sin perjuicio de las acciones legales que puedan corresponder al Banco (art. 70 del TOCAF). En caso que sea necesario proceder a la rescisión del contrato por incumplimiento grave, el Banco podrá también sancionarlo con una suspensión como proveedor por un período de hasta 5 años y ejecutar la garantía de fiel cumplimiento del contrato o la ejecución de la multa prevista en el artículo 64 del TOCAF, según corresponda.

En caso que el contrato no haya tenido comienzo de ejecución, la Administración se reserva el derecho de proceder a contratar con el siguiente oferente del orden de prelación conforme lo dispuesto en el art. 70 del TOCAF.

10. Confidencialidad

La empresa que resulte adjudicataria queda obligada a mantener en absoluto secreto, absteniéndose de revelar a cualquier tercero sin consentimiento expreso y por escrito del Banco Central del Uruguay, toda información a la que acceda a los efectos o en virtud del cumplimiento del contrato.

Dicha información es de propiedad exclusiva del Banco Central del Uruguay, estando, en consecuencia, estrictamente prohibida su divulgación y utilización para cualquier fin diverso del estricto cumplimiento del contrato, sea en beneficio propio o de terceros.

El adjudicatario se obliga a instruir a sus representantes, directores, accionistas, síndicos, dependientes, auxiliares, así como a toda persona por ella contratada o que para ella preste servicios y que acceda a la información antes referida, sobre su carácter

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secreto y la prohibición de divulgación y utilización de dicha información en los términos precedentes, advirtiéndoles sobre su responsabilidad civil y penal en caso de incumplimiento.

El adjudicatario responderá civilmente y podrá ser sancionado administrativamente hasta con la exclusión del Registro de Proveedores, por todo incumplimiento del referido deber de secreto en que incurra él o cualquiera de sus representantes, directores, accionistas, síndicos, dependientes, auxiliares, así como toda persona por él contratada o que para él preste servicios y que acceda a la información antes referida, sin perjuicio de la responsabilidad penal personal que cupiera a quien incurriere en tal conducta ilícita.

La obligación de guardar secreto permanecerá aún después de haberse cumplido en forma íntegra las prestaciones recíprocas emergentes del contrato o de su rescisión.

Los sujetos mencionados en los párrafos 3 y 4 quedan obligados a suscribir acuerdos de confidencialidad y secreto que eventualmente el Banco Central del Uruguay pueda requerir si lo entiende pertinente.

Si la adjudicataria quisiera efectuar algún tipo de publicidad o divulgación en cualquier medio de difusión invocando el nombre del Banco Central del Uruguay deberá previamente solicitar autorización pertinente a esta institución.

IV. VARIOS

1. Principios de actuación

En aplicación de los principios generales de actuación y contralor en materia de contrataciones establecidas en los art. 65 y 149 del T.O.C.A.F., el Banco se reserva el derecho a otorgar a los proponentes un plazo de 2 días hábiles (para empresas del país) o 4 días hábiles (para empresas del exterior que no tengan sucursal en el país), para salvar defectos, carencias, errores formales o evidentes o de escasa importancia, así como para presentar documentos y/o muestras que atestigüen situaciones que existieran al momento del acto de apertura, siempre que no se altere el principio de igualdad de los oferentes (art. 65 del T.O.C.A.F.).

2. Normas aplicables y documentación integrante del contrato

Por el solo hecho de presentar propuesta los oferentes prestan su conformidad y reconocimiento expreso de someterse a las normas legales y reglamentarias y Tribunales de la República Oriental del Uruguay.

Se considerará como parte integrante del contrato, las especificaciones establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para Contratos de Suministros y Servicios No Personales, el presente Pliego Particular de Condiciones; la resolución de la adjudicación adoptada por el Banco y la oferta presentada por la empresa en todo lo que no se aparte de los requerimientos establecidos en dichos pliegos.

Estará prohibido ceder parcial o totalmente el contrato que resulte de la adjudicación al oferente, salvo autorización expresa del Banco.

3. Aceptación de bases

La presentación de ofertas no confiere derecho alguno a los oferentes e implica la aceptación total de las condiciones estipuladas en las Bases de este llamado.

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El Banco se reserva el derecho de aceptar la propuesta que estime más conveniente o rechazarlas todas, sin expresión de causa.

4. Adecuación al Pliego

Salvo indicación en contrario formulada en la oferta, se entiende que ésta se ajusta a las condiciones contenidas en este pliego y que el proponente queda comprometido al total cumplimiento de éste.

5. Comunicaciones y notificaciones

Las partes convienen que todas las comunicaciones y notificaciones que refieran a aspectos técnicos o comerciales se realizarán mediante nota que se entregará en Unidad Compras 2 del Área Gestión de Bienes y Servicios, o será enviada electrónicamente a la dirección: [email protected] .

Las partes acuerdan dar valor a la comunicación electrónica para todas las comunicaciones legales, excepto aquellas en las cuales la ley exige forma especial.

6. Constitución de Garantía de Mantenimiento de Oferta y de Fiel Cumplimiento de Contrato

Deberán constituirse garantías:

6.1. De mantenimiento de oferta

Los oferentes deberán garantizar el mantenimiento de su oferta, por un plazo no menor a un año, siempre que el monto total de su oferta supere la suma de $ 8.715.000 (pesos uruguayos ocho millones setecientos quince mil), por la suma del $ 40.000 (pesos uruguayos cuarenta mil) o su equivalente en moneda extranjera. La cotización a utilizar para determinar el equivalente en pesos uruguayos es la del día anterior a la constitución de la garantía, publicada en la página web del Banco Central del Uruguay.

El oferente podrá constituir dicha garantía mediante depósito en efectivo o valores públicos, fianza o aval bancario, o póliza de seguros de fianza, en entidades habilitadas por el Banco Central del Uruguay.

La omisión en la constitución de la garantía de mantenimiento de oferta, cuando corresponda, será sancionada con la inadmisibilidad de la oferta.

La nómina de entidades habilitadas por el Banco Central del Uruguay se encuentra publicada en la página web del Banco, http://www.bcu.gub.uy/Servicios-Financieros-SSF/Paginas/Default.aspx.

6.2. De fiel cumplimiento de contrato

La adjudicataria deberá constituir esta garantía por alguno de los medios previstos en el Art. 64 del T.O.C.A.F. ascenderá a un 5% del monto adjudicado (considerando un año de contrato) y será liberada siempre y cuando la adjudicataria no mantenga alguna obligación pendiente con el BCU, principal o accesoria.

Podrá ser constituida en moneda nacional o en su equivalente en moneda extranjera. La cotización a utilizar para determinar el equivalente en pesos uruguayos es la del día anterior a la constitución de la garantía, publicada en la página web del Banco Central del Uruguay.

Asimismo, dicha garantía será retenida en caso que la adjudicataria posea obligaciones pendientes con cualquier otro organismo, u obligaciones de carácter salarial producto

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de la relación laboral mantenida con los empleados asignados al cumplimiento del contrato. Su vencimiento quedará sujeto a que el BCU libere la misma.

Deberá constituirse dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación, cuando el monto total adjudicado al oferente (incluyendo las renovaciones pautadas) supere la suma de $ 3.486.000 (pesos uruguayos tres millones cuatrocientos ochenta y seis mil), por un plazo no menor a un año.

La constitución de la garantía debe efectivizarse en instituciones financieras establecidas en la República Oriental del Uruguay.

En caso de garantías conformadas por aval bancario, éstas deberán constituirse incondicionalmente a favor del Banco Central del Uruguay, estableciéndose expresamente que será suficiente la notificación a la institución bancaria del incumplimiento del deudor para hacer efectivo su cobro, y sin que se tenga que realizar trámite especial, discusión de cobro, o explicitación de las causales que ameritaron la solicitud.

Cuando las garantías se efectúen a través de depósito en efectivo en el Banco Central del Uruguay, conjuntamente con la realización del depósito se deberá instruir al BCU, mediante nota, en qué cuenta bancaria se realizará la eventual devolución del depósito.

De tratarse de una persona jurídica, la nota deberá ser suscrita por representantes con facultades suficientes cuya firma deberá estar debidamente certificada por Escribano Público; en caso de tratarse de una persona física se deberá acompañar de fotocopia de la cédula de identidad del titular.

La autorización deberá contener, además de la identificación de la Licitación, de los datos del oferente y número y Banco de la cuenta, el siguiente texto:

“Por cada acreditación que se efectúe en cuenta bancaria otorgo desde ya carta de pago total en la fecha y por el importe que figure en la transferencia realizada por el Banco Central, exonerándolo de toda responsabilidad por la demora en que pueda incurrir la Institución Financiera a quien se transferirán los fondos o por cualquier otra circunstancia vinculada a la acreditación en cuenta, cuando se comprobare que la transferencia se ha realizado debidamente.

El presente otorgamiento tendrá vigencia y validez hasta que comunique de forma fehaciente y por escrito su revocación a la Gerencia a la cual me dirijo o a la repartición que indique el Banco Central.

Igual validez y vigencia tendrá la identificación de la/s cuenta/s en la/s cual/es se autoriza a realizar la transferencia.

Cualquier modificación de esta declaración deberá ser comunicada por escrito y de forma fehaciente al Banco Central del Uruguay, y la transferencia a las cuentas que se puedan indicar válidamente en el futuro, tendrá el mismo efecto cancelatorio.

Declaro conocer que los fondos depositados en cuentas bancarias tienen el carácter de embargables”.

El Banco Central del Uruguay solicitará, de corresponder, en oportunidad de la ampliación del contrato, la actualización, en idéntica proporción, del monto asegurado con la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de manera que la misma mantenga el porcentaje de cobertura establecida.

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7. Constitución de domicilio

En caso de resultar adjudicataria, las empresas extranjeras que no oferten a través de un representante radicado en nuestro país, deberán constituir, a todos los efectos, domicilio legal en la ciudad de Montevideo (Uruguay). La constitución del domicilio se realizará, de corresponder, en forma conjunta con el otorgamiento de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

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ANEXO I- FORMULARIO DE IDENTIFICACION DEL OFERENTE

LICITACIÓN ABREVIADA No. 2018-LA-PC-00014

RAZON SOCIAL

DE LA EMPRESA

NOMBRE COMERCIAL

DE LA EMPRESA

REGISTRO UNICO TRIBURARIO (RUT) O NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL

(RUT: Número de inscripción en la Dirección General de Imposit iva de Uruguay. Sólo para empresas que deben inscribirse en Uruguay)

CONSTITUCIÓN DE DOMICILIOS A LOS EFECTOS DE LA PRESENTE LICITACION:

Calle : Nº:

Localidad:

Código Postal : País:

Teléfono: Fax:

Domicilio electrónico:

E-mail

Declaro estar en condiciones para contratar con el Estado.

FIRMA/S:

Aclaración de firmas:

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ANEXO II- FORMULARIO DE COTIZACIÓN RENGLÓN 1

LICITACIÓN ABREVIADA No. 2018-LA-PC-00014

Empresa oferente:

Moneda: Pesos Uruguayos

Renglón Especialidad Observaciones Precio mensual por tipo de servicio (IVA incluido)

1

Certificaciones médicas

Montevideo y Costa de Oro

Localidades de departamentos limítrofes y próximos a Montevideo

Por horarios reducidos

Juntas médicas

Informes Médicos Técnicos

Asesoramiento para reintegro de gastos, tratamientos especiales y préstamos de salud

Certificaciones odontológicas

Incluidas las relativas a endodoncias y ortodoncias

Evaluaciones psicológicas y similares

Psicodiagnósticos, Psicoterapias, Tratamientos Psicomotriz, Psicopedagógico y Fonoaudiológico

PRECIO TOTAL MENSUAL DE LA OFERTA POR RENGLÓN 1

Firma p/empresa cliente Aclaración de firma

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ANEXO II- FORMULARIO DE COTIZACIÓN RENGLÓN 2

LICITACIÓN ABREVIADA No. 2018-LA-PC-00014

Empresa oferente:

Moneda: Pesos Uruguayos

Renglón Especialidad Precio unitario por hora

(IVA incluido)

2

Asesoramiento en salud ocupacional y consultas médicas

Asesoramiento psicolaboral

Firma p/empresa cliente Aclaración de firma

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ANEXO III - ACREDITACIÓN DE REFERENCIAS

LICITACIÓN ABREVIADA No. 2018-LA-PC-00014

Nombre de la empresa cliente: ________________________________________

Período de

Prestación

de Servicios

Cantidad de

empleados

cubiertos

Descripción del

servicio

Persona de contacto

(nombre, e-mail y/o

teléfono)

Evaluación del servicio

brindado

(satisfactorio/insatisfactorio)

Firma p/empresa cliente Aclaración de firma

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ANEXO IV - RECOMENDACIONES PARA EL INGRESO DE OFERTAS EN LÍNEA

LICITACIÓN ABREVIADA No. 2018-LA-PC-00014

A los efectos de poder realizar sus ofertas en línea en tiempo y forma aconsejamos tener en cuenta las siguientes recomendaciones:

1. Obtener la contraseña para ingresar al sistema tan pronto tenga conocimiento que van a ingresar ofertas en línea. Para obtener la contraseña se requiere estar registrado en RUPE.

2. Analizar los ítems para los que se va a ingresar cotización para tener la certeza de contar con todos los datos disponibles (precio, cantidad, variante, presentación, etc). Si usted va a cotizar una variante o una presentación que no se encuentran disponibles en el sistema, deberá comunicarse con la Atención a Usuarios de ACCE para solicitar la catalogación de dichos atributos y /o asesorarse acerca de la forma de proceder al respecto. Este tema habitualmente se resuelve en el correr del día salvo casos excepcionales en los que se deban realizar consultas técnicas muy específicas.

3. Preparar los documentos que conformarán la oferta. Separar la parte confidencial de la no confidencial. Tener en cuenta que una clasificación incorrecta en este aspecto, podría implicar la descalificación de la oferta.

4. Ingresar su cotización lo antes posible, para tener la seguridad de que todo funcionó correctamente. Hasta la hora señalada para la apertura usted podrá ingresar a modificar e incluso e liminar las ofertas ingresadas ya que sólo están disponibles con su clave. A la hora establecida para la apertura queda bloqueado el acceso a las ofertas y sólo quedarán incluidas en el cuadro comparativo de ofertas aquellas que usted ya tenga guardadas. Recomendamos ingresar su oferta al menos 24 horas antes de la apertura, ya que de hacerlo a último momento pueden ocurrir otros imprevistos además de los mencionados en los puntos 1 y 2 , que le impidan completar el ingreso de su oferta (fal los en la conexión a Internet, caída de servidores, sistemas lentos por la gran cantidad de personas accediendo a lo mismo, etc.) y que no se podrán solucionar instantáneamente.

5. En www.comprasestatales.gub.uy, en la sección Capacitación \ Manuales y Materiales , podrá encontrar material informativo sobre el ingreso de ofertas. Para realizar consultas comunicarse con ACCE - Atención a Usuarios llamando al 2903 1111 de lunes a viernes de 10 a 17hs, o por correo a [email protected].