Licencias de construccion folleto abrevia do y chevere

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etiqueta legal 40 • Año 5 • Nº 28 Obtenga su licencia de construcción Si usted ha decidido abrir, ampliar o modificar su restaurante o establecimiento de servicios alimentarios, el doctor Juan Eduardo García, director de proyectos de la Curaduría Urbana número 2 de Bogotá, le enumera los pasos que debe seguir para obtener una licencia de construcción. Por Liliana Sandoval. Ilustración: Henry González. 1 Verificar si el uso está permiti- do en el sector donde quiere ubicar el restaurante Este dato se corrobora en las normas del plan de ordenamiento territo- rial. Para esta labor, las curadurías prestan dos servicios: un concepto verbal y otro escrito. El primero es gra- tis y uno de los asesores de la oficina revisa el tema. Para obtenerlo por es- crito, lo cual sirve como soporte, hay que hacer la solicitud y pagar un monto por este servicio. Las curadurías son los sitios más adecuados para obtener este tipo de asesorías. Existe otro tipo de concepto para co- nocer más sobre las normas: altura per- mitida, número de estacionamientos, los aislamientos que se permiten y las condiciones que un proyecto debe re- ¡en sólo 8 pasos! unir para que pueda obtener una licencia de construcción; éstas son las condiciones especiales que están contenidas en cada una de las normas del sector. 2 Tener claro el tipo de trabajo que se va a realizar Es necesario definir si va a ser una obra nueva, con demolición total, adecua- ción y modificación, o adecuación y modifi- cación al tiempo, a fin de solicitar la licencia de la modalidad correspondiente. La construcción debe estar ligada a ese uso, pues dependiendo de este aspecto se obtiene la licencia. También hay orienta- ciones que definen si se puede adecuar o no y se explica de acuerdo con lo que la persona quiera hacer. Todas las licencias de construcción son otorgadas por las cu- radurías urbanas.

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40 • • Año 5 • Nº 28

Obtenga su licencia de construcción

Si usted ha decidido abrir, ampliar o modificar

su restaurante o establecimiento de servicios

alimentarios, el doctor Juan Eduardo García,

director de proyectos de la Curaduría Urbana número

2 de Bogotá, le enumera los pasos que debe seguir para

obtener una licencia de construcción.

Por Liliana Sandoval. Ilustración: Henry González.

1Verificar si el uso está permiti-do en el sector donde quiere ubicar el restaurante

Este dato se corrobora en las normas del plan de ordenamiento territo-rial. Para esta labor, las curadurías

prestan dos servicios: un concepto verbal y otro escrito. El primero es gra-tis y uno de los asesores de la oficina revisa el tema. Para obtenerlo por es-crito, lo cual sirve como soporte, hay que hacer la solicitud y pagar un monto por este servicio. Las curadurías son los sitios más adecuados para obtener este tipo de asesorías.

Existe otro tipo de concepto para co-nocer más sobre las normas: altura per-mitida, número de estacionamientos, los aislamientos que se permiten y las condiciones que un proyecto debe re-

¡en sólo 8 pasos!

unir para que pueda obtener una licencia de construcción; éstas son las condiciones especiales que están contenidas en cada una de las normas del sector.

2 Tener claro el tipo de trabajo que se va a realizar Es necesario definir si va a ser una

obra nueva, con demolición total, adecua-ción y modificación, o adecuación y modifi-cación al tiempo, a fin de solicitar la licencia de la modalidad correspondiente.

La construcción debe estar ligada a ese uso, pues dependiendo de este aspecto se obtiene la licencia. También hay orienta-ciones que definen si se puede adecuar o no y se explica de acuerdo con lo que la persona quiera hacer. Todas las licencias de construcción son otorgadas por las cu-radurías urbanas.

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Obtenga su licencia de construcción 3 Cumplir los siguientes requi- sitos básicos • Acreditar la titularidad del predio

(propietario).• Acreditar la representación legal o si es

una persona natural.• Definir el arquitecto o diseñador que

estén acreditados.• Establecer constructor o ingeniero acre-

ditados.• Ingeniero civil (cuando se requiera).• Suelista (cuando se requiera).

El titular consigue los profesionales que necesita, quienes hacen los estudios correspondientes y presentan la debida documentación (planos, estudios y docu-mentación jurídica).

4 Otorgamiento de la licencia Una vez se recopilan los requi sitos básicos, se radican ante la cu-

raduría y entra a estudio arquitectónico, jurídico y de ingeniería. A partir de ese momento se tiene un plazo máximo de 45 días hábiles para pronunciarse sobre las

solicitudes de licencia, contados desde la fecha en que la solicitud se radica en for-ma legal y adecuada. Cuando la solicitud ha sido aprobada, se deben liquidar unas expensas a la curaduría y un impuesto de lineación urbana que se le cancela al Distrito. Luego de estos pagos el curador expide la licencia.

5 La importancia del otorga- miento de la licencia Empezar una obra sin el debido

permiso es un acto de irresponsabilidad, pues se expone a multas impartidas por el Distrito, las cuales pueden oscilar en-tre 20 y 30 millones de pesos; el hecho de pagar este dinero no exime al in-fractor de hacer el debido trámite para conseguirlo. El tema es delicado, porque

en caso de que se sigan ciertos proce-dimientos establecidos, puede darse la demolición de las obras adelantadas.

6 Tipos de vallas La primera valla que se expide es un anuncio a la comunidad de que

se está tramitando una licencia y quien quiera entrar a estudiarla u objetarla, está en todo su derecho. Cuando ya se ha otor-gado la licencia, la valla inicial cambia por una que contiene el número secuencial de la licencia y su fecha de expedición, tipo de permiso y modalidad, vigencia, nombre e identificación del titular de la licencia, al igual que los del urbanizador o del cons-tructor responsable.

7 Vigencia de las licencias Las licencias de construcción tienen una vigencia de 24 meses

prorrogables por una sola vez, con un plazo adicional de 12 meses, contados a partir de la fecha en que queden en firme los actos administrativos por los cuales fueron otorgadas.

La solicitud de prórroga deberá formu-larse dentro de los 30 días calendario ante-riores al vencimiento de la licencia, siempre que el urbanizador o constructor responsa-ble certifique la iniciación de la obra.

8 La norma Para quien desee obtener más información sobre el tema, en el

Decreto 564 de 2006 se reglamentan las disposiciones relativas a las licencias ur-banísticas, el reconocimiento de edifica-ciones y la función pública que desempe-ñan los curadores urbanos. También se puede recurrir al Plan de Ordenamiento Territorial, pero se recomienda consultar preferiblemente a las curadurías para lograr un mejor entendimiento de las normas y sus aplicaciones.

¡en sólo 8 pasos!

Las multas a quienes comiencen una obra sin licencia de construcción pueden ser de 20 a 30 millones de

pesos, y puede llegar hasta la demolición de la obra.