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Protocolo de Expatriación

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INTRODUCCIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5

1. OBJETO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9

2. DEFINICIONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9

3. ÁMBITO DE APLICACIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10

4. ASPECTOS GENERALES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10

5. ASISTENCIA PREVIA AL DESPLAZAMIENTO . . . . . . . . . . . . . . 11

6. AYUDA DE VIVIENDA Y MOBILIARIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11

7. AYUDA DE ESTUDIOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12

8. SEGURIDAD SOCIAL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13

9. ASISTENCIA SANITARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13

10. SEGURO DE SECUESTRO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14

11. VACACIONES, PERMISOS, LICENCIAS Y VIAJES . . . . . . . . . . . 14

12. PROCEDIMIENTO Y RETRIBUCIÓNDURANTE LA EXPATRIACIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15

13. FISCALIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17

14. REPATRIACIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18

15. PROPUESTA DE TRASLADO Y CONVENIO REGULADOR . . 19

16. ACCESO A REDES INTERNACIONALES SINDICALES . . . . . . . 23

17. DIRECCIONES DE MCA-UGT . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27

ÍNDICE

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Edita: MCA-UGT

Autor: Secretaría de Política Social e IgualdadMetal, Construcción y Afines de UGT

Título de la Publicación:Protocolo de Expatriación

Diseño, Maquetación e Impresión:Cañizares Artes Gráficas. S.A.

Depósito Legal: M-5867-2013

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INTRODUCCIÓN

La expatriación o loque es lo mismo, el des-plazamiento de trabaja-dores al extranjero duran-te un período más omenos prologando, no esun fenómeno novedoso.Grandes compañías entrelas que se encuentran constructoras, empresas energéticas, industria-les y de telecomunicaciones llevan años trasladando a miembros desus plantillas al extranjero para realizar proyectos concretos o paraabrir nuevos mercados internacionales.

Lo que si resulta más nove-doso es la transformación queha experimentado la figura delexpatriado, que ya no incluyesolo al profesional altamentecualificado y con un perfildirectivo sino que se extiendetambién a personal técnicocualificado con una limitadaresponsabilidad.

Esta ampliación de la figuradel expatriado que, en granmedida se debe a la crisis eco-nómica que ha empujado a lasempresas a buscar negocio enel extranjero, ha tenido comoconsecuencia un considerableaumento en el número de tra-bajadores y trabajadoras quese desplazan y una precariza-ción de las condiciones de tra-bajo de estos profesionales.

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La expatriación, no cabe duda, puede suponer para el trabajadoruna gran oportunidad profesional y económica pero también conlle-va dificultades que no deben ignorarse y que deben valorarse debida-mente antes del desplazamiento.

Para poder realizar una expatriación exitosa (tanto para el trabaja-dor/a como para la empresa) es necesario conocer de antemano larespuesta a determinados interrogantes sobre el desplazamiento,como son: el destino, las funciones que se van a desempeñar, el sala-rio a percibir, el tiempo de expatriación, las condiciones de trabajo,las posibles ayudas, la cobertura médica etcétera y todo ello deberecogerse debidamente en un convenio/contrato de expatriación.

Desde MCA-UGT proponemos un modelo de convenio para laexpatriación que puede servir de guía para la negociación de las con-diciones laborales en una propuesta de traslado internacional.

El convenio puede ser ampliado con aspectos particulares del des-plazamiento y con condiciones específicas y mejoras existentes en laempresa.

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El modelo propuesto presenta una doble modalidad retributiva. Enla primera de las opciones, la retribución se formula en base al sala-rio bruto y en la segunda en base al salario neto.

Esta distinción es fundamental a la hora de fijar las condicionessalariales y las futuras obligaciones tributarias del trabajador que,deberá optar, por aquella modalidad que mejor se adapte a su situa-ción, teniendo en cuenta que la modalidad fijada en neto aporta unainformación más precisa de las condiciones finales en el país de des-tino.

En cualquier caso, para resolver las posibles dudas o cualquierotra consulta sobre este tema se puede consultar con los delegadosde personal y secciones sindicales y con las sedes de MCA-UGT entoda España

También se puede consultar, a través de los enlaces incluidos enel último apartado de esta guía, con las federaciones internacionalesde las que MCA-UGT forma parte.

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1. OBJETO

Regular los traslados de personal a los centros de trabajo ubicadosen el extranjero.

2. DEFINICIONES

■ Expatriado: Es el per-sonal que acepta pres-tar sus servicios fueradel país en el que fuecontratado, por unperíodo de una dura-ción superior al año yque establece su resi-dencia habitual en elpaís en el que prestafísicamente sus servi-cios.

■ Unidad familiar: Losmiembros que consti-tuyen la unidad fami-liar a efectos del des-plazamiento son lossiguientes:

■ Cónyuge o parejade hecho.

■ Hijos/as con dependencia económica de los padres. Loshijos/as menores de 18 años y los mayores de 18 años sin ingre-sos, siempre que se desplacen con el trabajador.

■ Los parientes a su cargo.

Si el estatus familiar del expatriado cambia, se adaptarán los benefi-cios y complementos otorgados. Para ello, deberá comunicar y acreditarlas modificaciones que se produzcan en su unidad familiar.

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3. ÁMBITO DE APLICACIÓN

■ Subjetivo: Todo el personal de la empresa.

■ Material: Es aplicable a todos los desplazamientos, a todas lasempresas, divisiones y negocios del grupo y a todas las regio-nes geográficas en que el grupo desarrolle su actividad.

4. ASPECTOS GENERALES

El traslado al extranjero requiere la firma de un convenio reguladorde expatriación (según modelo adjunto) entre la empresa y el interesadoo interesada. En este convenio se especificarán todas las condiciones deldesplazamiento

Durante la estancia en el extranjero, el salario en España estará some-tido a las revisiones anuales que con criterio general establezca el con-venio colectivo aplicable y/o la empresa.

Dada la diversidad de destinos en el extranjero y de las circunstan-cias de cada uno de ellos se podrán revisar los casos particulares enlos que las condicionesestablecidas en este proto-colo no sean adecuadas.

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5. ASISTENCIA PREVIA AL DESPLAZAMIENTO

■ Información previa al desplazamiento: La empresa pondrá a dis-posición del empleado asignado y de su familia una guía coninformación general del país de destino.

■ Documentación necesaria: Antes de su traslado, el empleadodeberá estar en posesión de un pasaporte válido. Este requisito seaplica también a los familiares acompañantes.

La empresa se hará cargo tanto de las gestiones oportunas como delos costes derivados de la expedición y renovación de visados y permi-sos de residencia y trabajo.

El mismo criterio se aplicará respecto de los permisos de trabajo defi-nitivos (permisos Green Card en EEUU o similares).

Como norma general el expatriado/a deberá estar inscrito en elConsulado General del país de origen

Para cualquier consulta, el interlocutor oficial será el Departamentode RR.HH.

6. AYUDA DE VIVIENDA Y MOBILIARIO

■ País de origen: Si el personal vive en régimen de alquiler y deja suvivienda con motivodel traslado, la empre-sa se hará cargo de losgastos que se ocasio-nen por el transporte yalmacenamiento delmobiliario en el paísde origen. Estos gastosdeben ser previamen-te justificados y auto-rizados.

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■ País de destino: El personal desplazado disfrutará de un comple-mento de ayuda de vivienda en el país de destino adecuada a susituación familiar y al país de destino. Se abonará la cantidad asig-nada para este concepto en el convenio regulador.

Así mismo, la empresa abonará tanto la mudanza de incorporacióndel expatriado/a al país de destino como la de retorno. Dentro de lamudanza se incluirán enseres domésticos habituales.

7. AYUDA DE ESTUDIOS

La empresa contribuirá al coste de la educación de los hijos/as de laspersonas desplazadas. La ayuda para la educación se proporcionarádesde la guardería hasta la obtención del título, hasta el regreso del per-sonal, hasta que loshijos cumplan 25años o hasta queabandonen volunta-riamente los estu-dios.

El importe dedicha ayuda se cal-culará teniendo encuenta el país dedestino, el númerohijos del empleadoasí como la edad delos mismos.

Sólo se abonará la escolarización de los hijos/as que se desplacen alpaís de destino, con los límites establecidos en el párrafo anterior, noabonándose cantidad alguna en concepto de gastos de educación, de losque permanezcan en el país de origen.

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8. SEGURIDAD SOCIAL

Todo el personal expatriado permanecerá dado de alta en laSeguridad Social española. En aquellos casos excepcionales en que losconvenios bilaterales de seguridad social obliguen a dar de baja al per-sonal en la Seguridad Social española, la empresa abonará el coste delconvenio especial de la Seguridad Social española, hasta que regrese delpaís de destino.

Durante la estancia en el extranjero se cotizará por la base máximade la Seguridad Social en España.

9. ASISTENCIA SANITARIA

Antes de la incorpo-ración del personal, elservicio médico deberáinformar sobre lascaracterísticas sanita-rias de dicho país:médicos, hospitales et-cétera. así como esta-blecer el procedimien-to a seguir en caso denecesitar asistenciamédica.

El personal trasladado y sus familiares serán dados de alta en elseguro médico privado que se designe. Este seguro cubrirá las contin-gencias sanitarias que el personal pueda sufrir durante su desplaza-miento incluyendo: hospitalizaciones, pruebas, traslados hospitalariose incluso repatriaciones.

El traslado, por razones médicas, del personal y sus familiares auto-rizados será cubierto por SOS, Europ Assistance o una compañía simi-lar. Pr

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10. SEGURO DE SECUESTRO

La posibilidad de secuestro o extorsión para el rescate es una amena-za a la que se pueden enfrentar los trabajadores y la empresa en determi-nados lugares del mundo. Por este motivo, los trabajadores desplazados azonas de alto riesgo contarán con asesoramiento especializado y una pro-tección adecuada contra estos sucesos a través de un seguro de secuestroque se formalizará antes de la partida del trabajador y su familia al paísde destino.

Para la determinación de las zonas con riesgo se atenderá, entre otrosindicadores, a las valoraciones del país realizadas por el Ministerio deAsuntos Exteriores y de Cooperación Español.

11. VACACIONES, PERMISOS, LICENCIASY VIAJES

VACACIONES

Durante su estancia en el extran-jero, el personal tendrá derecho adisfrutar los días de vacaciones queen su país de origen tuviera estable-cidos y en las mismas condiciones.

El tiempo de viaje a su país de origen, tanto el de ida como el de vuel-ta, no computará como vacaciones.

PERMISOS Y LICENCIAS

En caso de fallecimiento o enfermedad muy grave de sus padres,hijos, hijas, cónyuge o pareja de hecho, la empresa proporcionará a losmiembros de la unidad familiar trasladados billetes de ida y vuelta paraviajar a su país de origen, no interrumpiéndose el abono de sus condi-ciones económicas.

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El tiempo disponible para estos desplazamientos se incrementará entodo caso en 2 días para desplazamientos dentro de Europa y en 4 paradesplazamientos intercontinentales.

VIAJES

El personal y su familia tendránderecho a dos billetes de ida yvuelta al año, en clase turista,cerrados y según las tarifas gestio-nadas por la empresa, entre el paísde destino y el país de origen.

La empresa abonará el coste delexceso de equipaje hasta un máxi-mo de 15 kg. por miembro de lafamilia en viaje aéreo, únicamenteen los casos de incorporación al paísde destino y retorno al de origen.

En el caso de que el personalnecesitase llevar bultos pesados ode gran tamaño (baúles, maletas,cajas de libros y otro tipo de ense-res) el transporte será a cargo de laempresa siempre que el peso total de estos bultos no exceda de 100 kg.para trasladados sin familia y 300 kg. con familia.

12. PROCEDIMIENTO Y RETRIBUCIÓNDURANTE LA EXPATRIACIÓN

Es fundamental a la hora de fijar las condiciones salariales y estable-cer las futuras obligaciones tributarias del expatriado, determinar si laremuneración de la expatriación se pacta en bruto (cantidad antes deaplicar las retenciones y cotizaciones pertinentes) o en neto (remunera-ción efectiva recibida tras practicar las correspondientes retenciones).

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El trabajador deberá optar poraquella modalidad que mejor seadapte a su situación, teniendo encuenta que la modalidad fijada enneto, aporta una información másprecisa de las condiciones finalesen el país de destino.

■ Retribución fija:

La retribución de referenciadel empleado desplazado alextranjero es la RetribuciónFija ya sea Bruta o Neta delPaís de Origen. Esta será lanorma siempre que la expatriación no implique una promoción oun cambio significativo de responsabilidades.

La retribución de referencia se abonará en los conceptos y núme-ro de pagas que la empresa tiene establecidas hasta el momentoen el país de origen mediante transferencia bancaria a la cuentaque el empleado haya comunicado.

La actualización o revisión salarial estará sujeta a los criterios delconvenio colectivo aplicable y a la política habitual de la em-presa.

■ Retribución variable:

En el caso de que se tenga retribución variable, el porcentaje seráel vigente en el momento de la expatriación.

La determinación de su retribución variable se realizará en lamisma fecha que el resto de personal y siguiendo el mismo proce-dimiento.

El pago de la retribución variable, en caso de que proceda, se harádesde la unidad de negocio en la que el expatriado esté dado dealta.

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■ Plus expatriación:

El plus de expatriación consistirá en una compensación por con-diciones adversas, idioma, clima, distancia, peligrosidad, etc.

El plus de expatriación se abonará en bruto/ neto en la moneda delpaís de destino, excepto en aquellos casos que, por circunstanciasexcepcionales, sea necesario su abono en origen. El tipo de cam-bio se revisa a 1 de enero de cada año.

13. FISCALIDAD

Tanto el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas como cual-quier otro impuesto personal sobre las rentas que fuera aplicable en cual-quier país será a cargo del expatriado o expatriada.

El expatriado o expatriada recibirá toda la información y asistencianecesarias para la gestión de su nueva situación fiscal como consecuen-cia de la expatriación.

Cuando el tipo impositivo que resulte en el país de destino, por todossus ingresos, supere el tipo de retención que resultaría en España si no se

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incluyeran los ingresos derivados de la expatriación, la empresa compen-sará la diferencia de tipo impositivo.

La compensación se realizará en un único abono de carácter anual,previa justificación del pago del impuesto correspondiente.

14. REPATRIACIÓN

Seis meses antes de la posiblefinalización de la vigencia de laexpatriación, se comenzará aplanificar el retorno. Una vezfinalizada la expatriación, elempleado regresará al país deorigen a un puesto acorde a sucategoría profesional.

Una vez que el personal haretornado, dejarán de ser deaplicación las condiciones espe-cíficas que ha disfrutado por susituación de desplazado (plus deexpatriación, ayudas en destinoy cualquier otro beneficio aso-ciado a la expatriación) integrán-dose en las políticas de RR.HH.del país de origen.

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15. PROPUESTA DE TRASLADOY CONVENIO REGULADOR

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Nombre y apellidos:

Categoría: Tipo de Contrato:

Puesto:

PROPUESTA DE TRASLADO INTERNACIONAL

EMPLEADO/A

Centro de trabajo:

Salario ∑:

Complementos:

DESTINO ACTUAL

País: Tiempo estimado:

Centro de trabajo:

Puesto / categoría:

Retribucion exterior:

Ayudas en el extranjero:

Vivienda:

Estudios:

DESTINO PROPUESTO

En ………………………, a …… de ………………………. de 20 ……

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CEn………………………., a……. de……………………. de 20…….

REUNIDOS:

De una parte……………………………………………… (en adelantela EMPRESA), con domicilio a estos efectos en ………………………con………………………, representada por D./D.ª.……………………………con DNI ..………………… y de otra, D./D.ª …………………………......,con DNI ………………. domiciliado en ……………………………………

EXPONEN:

I. La EMPRESA está interesada en que D./D.ª ………………….....………………………………………………… preste sus serviciosen [centro de trabajo, lugar, país]

II. D./D.ª ………………………………………….....está dispuesto/aa trabajar en el centro indicado en el punto anterior.

III. Ambas partes acuerdan el presente CONVENIO, que se realizade común acuerdo y se regirá por la normas internas de laEMPRESA y por las siguientes.

CONDICIONES:

PRIMERA: D./D.ª …………………………………………………….....,mediante la firma del presente CONVENIO, acepta expresamente el tras-lado al centro de trabajo indicado en el punto I, en los términos y con-diciones de este documento.

SEGUNDA: La entrada en vigor del presente CONVENIO será el díade su salida de [país de origen], fijado, en principio, para el próximo…...de……………………………………. de 20...…..

TERCERA: La duración estimada del traslado es de…………………..pudiendo prolongarse de común acuerdo. No obstante, la EMPRESApodrá ordenar, antes de la finalización de dicho período, el regreso a

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CONVENIO REGULADOR DE EXPATRIACIÓN

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[país de origen] de D./D.ª……………………………………………….....,siempre que se preavise al menos con UN MES de adelanto.

CUARTA: D./D.ª ……………………………………………………….....se compromete a observar y a prestar toda su colaboración para el cum-plimiento de la legislación vigente del país de destino, así como a cum-plir los trámites y requisitos necesarios para regularizar su situación endicho país.

Por su parte, la EMPRESA se compromete a gestionar, ante las autori-dades del país de destino, la obtención de las autorizaciones y permisosnecesarios para residir y trabajar legalmente en dicho país. A estos efec-tos, D./D.ª ……………………………………………………………………facilitará los documentos que se requieran para este fin.

QUINTA: Las funciones a desempeñar consistirán en………………… y D./D.ª …………………………………………………….....se comprome-te a realizar el trabajo convenido bajo la dirección de la persona enquien la EMPRESA delegue.

SEXTA: Durante el traslado, D./D.ª ………………………………….....recibirá las siguientes retribuciones anuales brutas/netas:

A) En España: …………………………………….….

B) En el país de destino: …………………..…….

Finalizado el traslado, D./D.ª ……………………………………….....solo percibirá la retribución A), sin derecho alguno a la retribución B),que se corresponde directa y exclusivamente con su estancia efectiva enel país de destino.

SÉPTIMA: Se considerarán causas de resolución del presente CON-VENIO:

A) La repatriación dispuesta por las autoridades del país, por inobser-vancia de las leyes y disposiciones vigentes en el país, así comola no concesión o renovación de las autorizaciones de residenciao permisos de trabajo.

B) En general, el incumplimiento por D./D.ª …………………………………………… de las leyes locales que le sean aplicables.

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C) La extinción o suspensión de la actividad de la EMPRESA en elpaís de destino.

D) La baja voluntaria de D./D.ª ………………………………………....

E) El despido de D./D.ª ……………………………………………….....

OCTAVA: Para resolver las diferencias que pudieran surgir en la inter-pretación o aplicación del presente CONVENIO, ambas partes se some-ten a la jurisdicción de los juzgados y tribunales de la ciudad de…………………………………… renunciando a su propio fuero, si otrotuvieren.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman este CONVENIO,por duplicado, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

D./D.ª ……………………………………..... La EMPRESA

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16. ACCESO A REDES INTERNACIONALESSINDICALES

MCA-UGT es la Federación de Metal, Construcción y Afines de laUnión General de Trabajadores. Representamos a todos los trabajadoresde estos sectores y somos, desde nuestra fundación, un sindicato inter-nacionalista y solidario.

MCA-UGT es una federación activa en los órganos de gobierno y detrabajo de las Federaciones Europea y Mundial de Trabajado-res de la Construcción y la Madera (FETCM e ICM) y de las FederacionesEuropea y Mundial de Trabajadores de la Industria (IndustriALL EUropa eIndustriALL GLObal).

Si eres afiliado a MCA-UGT defendemos tus derechos en todo elmundo.

Todos los afiliados de MCA-UGT están cubiertos y protegidos por estared sindical europea y mundial a través de los sindicatos afiliados aIndustriALL Europa, FETCM, ICM e IndustriALL global.

La gran mayoría de los sindicatos nacionales de estos sectores enEuropa y el mundo forman parte de estas cuatro federaciones SindicalesInternacionales y juntos representamos a más de 71 millones de trabaja-dores del metal, la química, minas, energía, construcción, madera y afi-nes de todo el mundo.

Estas redes sindicales tienen su sede central en Bruselas y Ginebra ycoordinan, aúnan y lideran acciones sindicales a favor de los derechosde los trabajadores en los cinco continentes, desde España a Argentinapasando por Australia, África del Sur, Panamá, Suecia, India, Corea yCanadá entre otros.

Constituimos en la práctica y también estatutariamente una impresio-nante red de protección de los derechos de los trabajadores y de solida-ridad operativa en todo el mundo.

Para más información puedes contactar con nosotros en [email protected]. Además te recomendamos que visites nuestra páginaweb www.mcaugt.org y las páginas web de las Federaciones Europeasy Mundiales de Trabajadores de la Industria, Construcción y Madera.

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Avda. de América, 25, 5ª y 6ª plantas28002 MADRIDTel.: 915 897 511- 01Fax: 915 897 524 [email protected] www.mcaugt.org

IndustriAll European Trade UnionBd roi Albert II, 51210 BRUSSELSTel +32 2227 1010www.industriall-europe.eu

Rue Royale 45/31000 BRUSSELS - BELGIUMTel: 0032(0)2 – 2271040Fax: 0032(0)2 – [email protected]

IndustriALL Global Union54 bis, route des Acacias, Case Postale 15161227 GENEVA - SWITZERLANDTel: +41 22 308 [email protected]

BWI54 route des Acacias Building and WoodCH-1227 Carouge GE Worker's InternationalSWITZERLANDwww.bwint.orgTel.: + 41 22 827 37 77 Fax: + 41 22 827 37 70 [email protected]

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17. DIRECCIONES de MCA-UGT

ANDALUCÍA C/ Antonio Salado, 10-12 - 41002 Sevilla 954 50 63 93

ARAGÓN C/ Costa, 1-2º - 50001 Zaragoza 976 70 01 08

ASTURIAS Plza. General Ordóñez, 1, 3ª - 33005 Oviedo 985 25 31 98

BALEARES C/ Font i Monteros, 8, 3º- 07003 P. Mallorca 971 76 19 14

CANTABRIA C/ Rualasal, 8, 4º - 39001 Santander 942 22 79 28

CASTILLA-LA MANCHA C/ Cuesta Carlos V, 1, 1º - 45001 Toledo 925 28 30 19

CASTILLA Y LEÓN C/ Gamazo 13, 2º - 47004 Valladolid 983 32 90 08

CATALUNYA Plaza Vázquez Montalbán, 6, 2ª Planta(Esq. Rambla del Raval, 29-35) - 08001 Barcelona 93 301 83 62

EUSKADI C/ Colón de Larreategui, 46, Bis - 48011 Bilbao 944 25 56 00

EXTREMADURA C/ Marquesa de Pinares, 36 - 06800 Mérida 924 30 09 08

GALICIA C/ Miguel Ferro Caaveiro, nº 12 - 2º15707 Santiago Compostela 981 58 97 43

LA RIOJA C/ Milicia, 1-Bis - 26003 Logroño (La Rioja) 941 27 76 54

LAS PALMAS Avda. 1º de Mayo, 21 - 35002 Las Palmas G.C. 928 36 99 28

TENERIFE Méndez Núñez, 84-4º 38001 Sta. Cruz Tenerife 922 28 89 55

MADRID Avda. América 25, 4ª - 28002 Madrid 91 589 73 50

MELILLA Pza. 1º de Mayo, s/n - Ap. 358 - 52002 Melilla 952 67 26 02

MURCIA Santa Teresa, 10-5º - 30005 Murcia 968 28 12 30

NAVARRA Avda. Zaragoza, 12-1º - 31003 Navarra 948 29 06 24

PAÍS VALENCIANO Arquitecto Mora, 7-4º - 46010 Valencia 963 88 41 10

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Protocolo de

Expatriación

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