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Leyes de igualdad en Leyes de igualdad en España y Cuba. España y Cuba. Historia do mundo contemporaneo. Historia do mundo contemporaneo. Marta Barros Figueirido Marta Barros Figueirido 1ºBachillerato H 1ºBachillerato H

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España y Cuba.España y Cuba.

Historia do mundo contemporaneo.Historia do mundo contemporaneo.Marta Barros FigueiridoMarta Barros Figueirido

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Índice:

Para España:

¿Qué es la igualdad de género?¿Cuándo fue aprobada en España la ley de igualdad?

Motivos de su creación. Estructura. Algunos de los derechos y deberes. Valoración personal y otros.

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La igualdad de género se puede definir como“La existencia formal y real de los mismos derechos, libertades, oportunidades, alternativas y

responsabilidades para los hombres y las mujeres en todos los grupos de edad, sectores sociales, culturas o etnias”.

1. Qué es y cuando fue aprobada.

Fue aprobada por las Cortes Generales de España, y publicada en el BOE nº 71 de 23/3/2007

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Uno de los motivos que se aportaron para la creación Uno de los motivos que se aportaron para la creación de esta ley fue que; Según el artículo 14 de la de esta ley fue que; Según el artículo 14 de la Constitución española roclama el derecho a la igualdad Constitución española roclama el derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo. y a la no discriminación por razón de sexo.

Gracias a esta y a otras muchas razones se creó la ley de Gracias a esta y a otras muchas razones se creó la ley de igualdad en España que lo que pretende es: igualdad en España que lo que pretende es:

- Promover la adopción de medidas concretas en - Promover la adopción de medidas concretas en favor de la igualdad en las empresas, situándolas en el favor de la igualdad en las empresas, situándolas en el marco de la negociación colectiva, para que sean las marco de la negociación colectiva, para que sean las partes, libre y responsablemente, las que acuerden su partes, libre y responsablemente, las que acuerden su contenido. contenido.

2. Motivos de su creación.

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3. Estructura:

- El Título Preliminar establece el objeto y el ámbito de aplicación de la Ley. - El Título Primero define, siguiendo las indicaciones de las Directivas de referencia, los conceptos y categorías jurídicas básicas relativas a la igualdad, como las de discriminación directa e indirecta, acoso sexual y acoso por razón de sexo, y acciones positivas. Asimismo, determina las consecuencias jurídicas de las conductas discriminatorias e incorpora garantías de carácter procesal para reforzar la protección judicial del derecho de igualdad. - En el Título Segundo, Capítulo Primero, se establecen las pautas generales de actuación de los poderes públicos en relación con la igualdad, se define el principio de transversalidad y los instrumentos para su integración en la elaboración, ejecución y aplicación de las normas. También se consagra el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en las listas electorales y en los nombramientos realizados por los poderes públicos, con las consiguientes modificaciones en las Disposiciones adicionales de la Ley Electoral, regulándose, asimismo, los informes de impacto de género y la planificación pública de las acciones en favor de la igualdad, que en la Administración General del Estado se plasmarán en un Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades. En el Capítulo II de este Título se establecen los criterios de orientación de las políticas públicas en materia de educación, cultura y sanidad. También se contempla la promoción de la incorporación de las mujeres a la sociedad de la información, la inclusión de medidas de efectividad de la igualdad en las políticas de acceso a la vivienda, y en las de desarrollo del medio rural. para la participación institucional en estas materias.

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El El Título IIITítulo III contiene medidas de fomento de la igualdad en los medios de comunicación social, con reglas contiene medidas de fomento de la igualdad en los medios de comunicación social, con reglas específicas para los de titularidad pública, así como instrumentos de control de los supuestos de publicidad de específicas para los de titularidad pública, así como instrumentos de control de los supuestos de publicidad de contenido discriminatorio. contenido discriminatorio.

El El Título IVTítulo IV se ocupa del derecho al trabajo en igualdad de oportunidades, incorporando medidas para garantizar se ocupa del derecho al trabajo en igualdad de oportunidades, incorporando medidas para garantizar la igualdad entre mujeres y hombres en el acceso al empleo, en la formación y en la promoción profesionales, y la igualdad entre mujeres y hombres en el acceso al empleo, en la formación y en la promoción profesionales, y en las condiciones de trabajo. Se incluye además, entre los derechos laborales de los trabajadores y las en las condiciones de trabajo. Se incluye además, entre los derechos laborales de los trabajadores y las trabajadoras, la protección frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo. trabajadoras, la protección frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo.

El El Título VTítulo V, en su Capítulo I regula el principio de igualdad en el empleo público, estableciéndose los criterios , en su Capítulo I regula el principio de igualdad en el empleo público, estableciéndose los criterios generales de actuación a favor de la igualdad para el conjunto de las Administraciones públicas y, en su Capítulo generales de actuación a favor de la igualdad para el conjunto de las Administraciones públicas y, en su Capítulo II, la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los nombramientos de órganos directivos de la II, la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los nombramientos de órganos directivos de la Administración General del Estado, que se aplica también a los órganos de selección y valoración del personal y Administración General del Estado, que se aplica también a los órganos de selección y valoración del personal y en las designaciones de miembros de órganos colegiados, comités y consejos de administración de empresas en en las designaciones de miembros de órganos colegiados, comités y consejos de administración de empresas en cuya capital participe dicha Administración. El Capítulo III de este Título se dedica a las medidas de igualdad en cuya capital participe dicha Administración. El Capítulo III de este Título se dedica a las medidas de igualdad en el empleo en el ámbito de la Administración General del Estado, en sentido análogo a lo previsto para las el empleo en el ámbito de la Administración General del Estado, en sentido análogo a lo previsto para las relaciones de trabajo en el sector privado, y con la previsión específica del mandato de aprobación de un relaciones de trabajo en el sector privado, y con la previsión específica del mandato de aprobación de un protocolo de actuación frente al acoso sexual y por razón de sexo. Los Capítulos IV y V regulan, de forma protocolo de actuación frente al acoso sexual y por razón de sexo. Los Capítulos IV y V regulan, de forma específica, el respeto del principio de igualdad en las Fuerzas Armadas y en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad específica, el respeto del principio de igualdad en las Fuerzas Armadas y en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. del Estado.

El El Título VITítulo VI de la Ley está dedicado a la igualdad de trato en el acceso a bienes y servicios, con especial de la Ley está dedicado a la igualdad de trato en el acceso a bienes y servicios, con especial referencia a los seguros. referencia a los seguros.

El El Título VIITítulo VII contempla la realización voluntaria de acciones de responsabilidad social por las empresas en contempla la realización voluntaria de acciones de responsabilidad social por las empresas en materia de igualdad, que pueden ser también objeto de concierto con la representación de los trabajadores y materia de igualdad, que pueden ser también objeto de concierto con la representación de los trabajadores y trabajadoras, las organizaciones de consumidores, las asociaciones de defensa de la igualdad o los organismos trabajadoras, las organizaciones de consumidores, las asociaciones de defensa de la igualdad o los organismos de igualdad. Específicamente, se regula el uso de estas acciones con fines publicitarios. de igualdad. Específicamente, se regula el uso de estas acciones con fines publicitarios.

El El Título VIIITítulo VIII de la Ley establece una serie de disposiciones organizativas, con la creación de una Comisión de la Ley establece una serie de disposiciones organizativas, con la creación de una Comisión Interministerial de Igualdad entre mujeres y hombres y de las Unidades de Igualdad en cada Ministerio. Junto a lo Interministerial de Igualdad entre mujeres y hombres y de las Unidades de Igualdad en cada Ministerio. Junto a lo anterior, la Ley constituye un Consejo de participación de la mujer, como órgano colegiado que ha de servir de anterior, la Ley constituye un Consejo de participación de la mujer, como órgano colegiado que ha de servir de cauce para la participación institucional en estas materias. cauce para la participación institucional en estas materias.

3. Estructura:

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''DerechoDerecho Art. 1: Las mujeres y los hombres son iguales en dignidad humana, e iguales en derechos y deberes. Art. 1: Las mujeres y los hombres son iguales en dignidad humana, e iguales en derechos y deberes. Art.2: Todas las personas gozarán de los derechos derivados del principio de igualdad de trato y de la prohibición Art.2: Todas las personas gozarán de los derechos derivados del principio de igualdad de trato y de la prohibición

de discriminación por razón de sexo. de discriminación por razón de sexo. Art.3 El principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres supone la ausencia de toda discriminación, Art.3 El principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres supone la ausencia de toda discriminación,

directa o indirecta, por razón de sexo, y, especialmente, las derivadas de la maternidad, la asunción de directa o indirecta, por razón de sexo, y, especialmente, las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil. obligaciones familiares y el estado civil.

Art. 4: La igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres es un principio informador del Art. 4: La igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres es un principio informador del ordenamiento jurídico y, como tal, se integrará y observará en la interpretación y aplicación de las normas ordenamiento jurídico y, como tal, se integrará y observará en la interpretación y aplicación de las normas jurídicas. jurídicas.

Art. 5. Igualdad de trato y de oportunidades en el acceso al empleo, en la formación y en la promoción Art. 5. Igualdad de trato y de oportunidades en el acceso al empleo, en la formación y en la promoción profesionales, y en las condiciones de trabajo. profesionales, y en las condiciones de trabajo.

Art.6: Se considera discriminación directa por razón de sexo la situación en que se encuentra una persona que Art.6: Se considera discriminación directa por razón de sexo la situación en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación comparable. comparable.

Art. 7. Acoso sexual y acoso por razón de sexo.Art. 7. Acoso sexual y acoso por razón de sexo. Constituye acoso por razón de sexo cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona, Constituye acoso por razón de sexo cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona,

con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante u con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo.ofensivo.

Art. 8. Discriminación por embarazo o maternidad.Art. 8. Discriminación por embarazo o maternidad. Constituye discriminación directa por razón de sexo todo Constituye discriminación directa por razón de sexo todo trato desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad.trato desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad.

Art. 9. Indemnidad frente a represaliasArt. 9. Indemnidad frente a represalias También se considerará discriminación por razón de sexo cualquier trato adverso o efecto negativo que se También se considerará discriminación por razón de sexo cualquier trato adverso o efecto negativo que se

produzca en una persona como consecuencia de la presentación por su parte de queja, reclamación, denuncia, produzca en una persona como consecuencia de la presentación por su parte de queja, reclamación, denuncia, demanda o recurso, de cualquier tipo, destinados a impedir su discriminación y a exigir el cumplimiento efectivo demanda o recurso, de cualquier tipo, destinados a impedir su discriminación y a exigir el cumplimiento efectivo del principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres.del principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres.

Art. 12. Tutela judicial efectiva.Art. 12. Tutela judicial efectiva. Cualquier persona podrá recabar de los tribunales la tutela del derecho a la igualdad entre mujeres y hombres, Cualquier persona podrá recabar de los tribunales la tutela del derecho a la igualdad entre mujeres y hombres,

de acuerdo con lo establecido en el artículo 53.2 de la Constitución, incluso tras la terminación de la relación en de acuerdo con lo establecido en el artículo 53.2 de la Constitución, incluso tras la terminación de la relación en la que supuestamente se ha producido la discriminación.la que supuestamente se ha producido la discriminación.

4. Algunas de las leyes que abarca:

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A mi parecer esta ley es imprescindible y A mi parecer esta ley es imprescindible y prescindible a la vez por las siguientes prescindible a la vez por las siguientes razones:razones: Imprescindible porque dada la sociedad en la Imprescindible porque dada la sociedad en la

que vivimos y los acontecimientos pasados, que vivimos y los acontecimientos pasados, es necesario crear una ley que fomente la es necesario crear una ley que fomente la igualdad entre hombres y mujeres; (pero esta igualdad entre hombres y mujeres; (pero esta ley también tiene algunos “agujeros”, ya que ley también tiene algunos “agujeros”, ya que no todo el mundo la cumple)no todo el mundo la cumple)

5. Valoración personal:

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Prescindible: Porque si desde la antigüedad Prescindible: Porque si desde la antigüedad no se hubiera considerado a la mujer como no se hubiera considerado a la mujer como objeto esta ley sería ahora innecesaria, objeto esta ley sería ahora innecesaria, porque todos seríamos hipotéticamente porque todos seríamos hipotéticamente iguales.iguales.

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Este texto aparece en 20minutos.esEste texto aparece en 20minutos.es Los políticos y las feministas dicen que en el mismo puesto un hombre Los políticos y las feministas dicen que en el mismo puesto un hombre

y una mujer tienen que tener el mismo salario. Me parece bien si la y una mujer tienen que tener el mismo salario. Me parece bien si la productividad es la misma, pero en caso contrario, ¿por qué han de productividad es la misma, pero en caso contrario, ¿por qué han de ganar lo mismo? Este principio de igualdad que se quiere aplicar para ganar lo mismo? Este principio de igualdad que se quiere aplicar para todos los casos con igual categoría, ¿por qué no se aplica a los puestos todos los casos con igual categoría, ¿por qué no se aplica a los puestos con diferente categoría, ya que la categoría depende en la mayoría de con diferente categoría, ya que la categoría depende en la mayoría de los casos del amiguismo, el físico o la suerte? Mi marido tiene el título los casos del amiguismo, el físico o la suerte? Mi marido tiene el título de administrativo, pero como no encontraba trabajo empezó a trabajar de administrativo, pero como no encontraba trabajo empezó a trabajar de chófer y repartidor, lleva 17 años en eso, y cuando se jubiló una de de chófer y repartidor, lleva 17 años en eso, y cuando se jubiló una de las oficinistas de su empresa pensó que la iba a sustituir pero le dieron las oficinistas de su empresa pensó que la iba a sustituir pero le dieron ese puesto a una niña de 20 años que sólo es auxiliar y cuyo principal ese puesto a una niña de 20 años que sólo es auxiliar y cuyo principal mérito es ser bonita. Como mi marido trabajó en tres empresas mérito es ser bonita. Como mi marido trabajó en tres empresas diferentes y lo tuvieron dos años sin cotizar, no tiene antigüedad, y la diferentes y lo tuvieron dos años sin cotizar, no tiene antigüedad, y la jovencita como tiene más categoría, haciendo un trabajo más cómodo jovencita como tiene más categoría, haciendo un trabajo más cómodo gana más. ¿Qué dicen a esto las feministas? Los que quieran igualdad gana más. ¿Qué dicen a esto las feministas? Los que quieran igualdad y justicia social, la tendrán que buscar en otro sistema socioeconómico, y justicia social, la tendrán que buscar en otro sistema socioeconómico, no en este. no en este.

Debate sobre el texto.Debate sobre el texto.

6. Texto a destacar:

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Todos somos iguales.Todos somos iguales.