LEY ORGÁNICA DE TURISMO

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RESUMEN DE LA LEY ORGÁNICA DE TURISMO

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Page 1: LEY ORGÁNICA DE TURISMO

Proyecto de la nuevaLey Orgánica de Turismo

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Declaratoria de interés nacional

Se declara a la promoción y desarrollo de las actividades turísticas en el Ecuador, como Política Política Prioritaria de Estado y de interés nacionalPrioritaria de Estado y de interés nacional.

Objetivos: Conseguir el desarrollo del sector turístico; Consecución del buen vivir de los ecuatorianos; Integrar a los sectores privado, comunitario, público y de

economía mixta, en un solo objetivo: desarrollo de un turismo sostenible y sustentable;

Colaboración del resto de entidades públicas en la ejecución de programas de interés turístico para el país.

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Derechos y garantías constitucionales

Consideración y precautela de derechos reconocidos por la Constitución de la RepúblicaConstitución de la República:

“Art. 24.- Las personas tienen derecho a la recreación y al esparcimiento, a la práctica del deporte y al tiempo libre.”

“Art. 66.- Se reconoce y garantizará a las personas: …

2. El derecho a una vida digna, que asegure … descanso y ocio, … y otros servicios sociales necesarios…”

“Art. 383.- Se garantiza el derecho de las personas y las colectividades al tiempo libre, la ampliación de las condiciones físicas, sociales y ambientales para su disfrute, y la promoción de actividades para el esparcimiento, descanso y desarrollo de la personalidad.”

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Jerarquía de Ley Orgánica

Constitución de la República: 

“Art. 133.- Las leyes serán orgánicas y ordinarias.

Serán leyes orgánicas: …

2. Las que regulen el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales…”

Actualmente, el descanso, el ocio y el esparcimiento son

garantías constitucionales, por tanto, desde esta perspectiva, la nueva Ley de Turismo debería ser orgánicaorgánica.

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Objeto de la Ley

Establecer las bases generales de coordinación de las facultades concurrentes entre los organismos, dependencias, entidades y personas jurídicas que integran el sector público, el ordenamiento turístico del territorio nacional y su descentralización;

Garantizar la protección de los derechos al buen vivir de los ecuatorianos y de los turistas que se encuentren en el territorio nacional;

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Objeto de la Ley

Garantizar el respeto de los derechos de la naturaleza que asegure la preservación y el mantenimiento de los bienes patrimoniales culturales tangibles e intangibles en todo el territorio nacional; y,

Ofrecer mayores oportunidades de empleo e ingreso a través de una oferta de servicios de calidad, operados por la empresa privada, las comunidades, cooperativas y en general, todas las formas constitucionales de organización de la producción.

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Principios del Sistema Nacional de Turismo

Priorización de los principios con sujeción a las nuevas disposiciones constitucionales y orientación hacia el total desarrollo de las actividades turísticas:

Turismo sostenible y sustentable; Distribución equitativa de la riqueza; Inclusión social, económica y cultural; Fomento y participación social; Coordinación; Descentralización; Productividad; Calidad.

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Sistema Nacional de Turismo

Se crea el Sistema Nacional de Turismo como el conjunto de principios, normas, procedimientos, mecanismos y relaciones organizadas, orientadas al fomento, desarrollo, coordinación y control de la prestación de servicios turísticos, estableciendo los mecanismos de concertación, cooperación, asistencia y solidaridad, entre los órganos y entidades del sector público, privado y de la economía popular y solidaria.

Sus integrantes considerarán en sus planes, presupuestos, programas, proyectos y acciones, los requerimientos del sector turístico formulados por el Ministerio de Turismo.

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Nueva propuesta institucional

Ministerio de Turismo:Ministerio de Turismo: ente rector.

Comités Consultivos de Turismo: Comités Consultivos de Turismo: organismos asesores.

Instituto Nacional de Fomento y Promoción del Turismo:Instituto Nacional de Fomento y Promoción del Turismo:

entidad de derecho público, con patrimonio propio e independencia técnica, administrativa y financiera, para la formulación de estrategias y acciones de mercadeo y promoción turística a nivel nacional e internacional.

Organizaciones de Gestión de Destino: Organizaciones de Gestión de Destino: esquemas de cooperación pública, privada, comunitaria, de participación popular y solidaria, viables para la gestión de territorios de desarrollo turístico sostenibles.

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Nuevas formas de turismo

Identificación de nuevas clases de turismo que han surgido, y que son internacionalmente aceptadas:

Ecoturismo; Etnoturismo; Agroturismo; Acuaturismo; Turismo metropolitano; Turismo de aventura; Turismo social; Turismo cultural; Turismo comunitario.

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Turismo social

Inclusión de disposiciones sobre el Turismo como Actividad Social, mediante las cuales se establece que es política del Estado garantizar el derecho al disfrute, recreación y aprovechamiento del tiempo libre a todos los habitantes del país, propiciando los instrumentos y medios a través de los cuales se otorguen facilidades para que las personas residentes, preferentemente de recursos limitados o con discapacidad, desarrollen actividades turísticas en condiciones adecuadas de economía, accesibilidad, seguridad y comodidad.

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Turismo comunitario

Se fomenta la participación colectiva de los sectores cooperativistas, asociativos y comunitarios en el manejo adecuado de los recursos naturales, patrimoniales y culturales, para beneficiarse directamente del desarrollo de las actividades turísticas.

Fortalecimiento de su identidad, historia, tradiciones, cultura, entorno, potencialidad turística y todos aquellos aspectos que por su atractivo, por su interés o por la oportunidad que brindan, permitan el desarrollo del turismo como actividad comunitaria.

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Servicios turísticos

Se sustituye el concepto de “actividades turísticas” por el de “servicios turísticos”, mismos que comprenden las siguientes categorías:

Servicios de intermediación Servicios de operación Servicios de alojamiento Servicios de alimentos y

bebidas Servicios de transporte Demás que se determinen a

través del SNT

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Casinos y salas de juego

Las actividades desarrolladas por los Casinos y Salas de Juegos serán reguladas y controladas en la nueva Ley Ley de Juegosde Juegos, que está siendo desarrollada conjuntamente con el Ministerio de Justicia y Ministerio de Gobierno y Policía.

Se dispone un régimen transitorio, por el que el MINTUR continuará manteniendo sus facultades de control, fiscalización, auditoría y sanción con respecto de estas actividades, hasta que las mismas sean ejercidas por el organismo que para tales efectos sea creado y designado a través de la nueva Ley de Juegos.

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Incentivos Generalesal Sector Turístico

Inclusión en el Catálogo de Oferta Turística Reinversión de utilidades Crédito para el Sector Turístico Capacitación Facilidades para los viajes de estudio e investigación de

estudiantes Devolución del IVA a favor de los turistas Devolución del IVA a favor los prestadores de servicios

turísticos que vendan paquetes de turismo receptivo Depreciación acelerada de activos Deducción de gastos

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Incentivos Especialesal Sector Turístico

Devolución de derechos arancelarios, a favor de personas naturales o las sociedades o empresas turísticas que cuenten con proyectos calificados.

Los municipios y gobiernos provinciales podrán establecer incentivos especiales para inversiones relacionadas con la prestación de servicios de turismo interno y/o receptivo.

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Régimen Sancionador

Inclusión de la suspensión temporal y revocatoria definitiva del Registro de Turismo así como de la Licencia Única Anual de Funcionamiento, como medida ante la comprobación del incumplimiento de las obligaciones generales establecidas por la Ley.

Inclusión del procedimiento administrativo que debería seguir la Autoridad Administrativa en forma previa a la imposición de sanciones, y que garantice el ejercicio del derecho de defensa de los administrados y otras garantías constitucionales del debido proceso.

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Otras innovaciones

Inclusión de los derechos y obligaciones de los prestadores de servicios turísticos, así como de los turistas que visitan el Ecuador.

Sistema de categorización, calidad y certificación.

Zonas de interés turístico y con vocación turística.

Facilidades para el turismo interno.