Ley Orgánica de Municipalidades..pptx

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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE CHOTA CARRERA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD SEMESTRE ACADÉMICO 2014-II III CICLO TEMA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES ALUMNOS CHÁVEZ MASLUCÀN HEBER WÌLSON. ESTELA HEREDIA BRAYAN. GUEVARA GUERRERO JOSÉ MÉLSER. MENDOZA CULQUI EDINSON NESTOR. YDROGO BAUTISTA LUZ NERY. DOCENTE ABOG. JOSÉ LUIS SAAVEDRA SÁNCHEZ. CHOTA – PERÚ 2014

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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE CHOTA

CARRERA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD

SEMESTRE ACADÉMICO 2014-II

III CICLO

TEMA

LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES

ALUMNOS

CHÁVEZ MASLUCÀN HEBER WÌLSON.

ESTELA HEREDIA BRAYAN.

GUEVARA GUERRERO JOSÉ MÉLSER.

MENDOZA CULQUI EDINSON NESTOR.

YDROGO BAUTISTA LUZ NERY.

DOCENTE

ABOG. JOSÉ LUIS SAAVEDRA SÁNCHEZ.

 CHOTA – PERÚ

2014

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Introducción

Las Municipalidades (Órganos de Gobierno Local que proceden de la voluntad popular) ejercen sus derechos en conformidad a normas emitidas por el Gobierno Central, estas normas buscan el Desarrollo e Integración de los Municipios (Conjuntos de familias que viven en una determinada jurisdicción unidas por lazos de vecindad y que tienen necesidades elementales y aspiraciones comunes). Considerando las diferencias que existen entre tal o cual municipio, las propuestas de mejoramiento deben referirse a una variedad de temas, planes y proyectos dentro de los cuales un Gobierno Local (Unidad Básica de la Organización Política y Administrativa del Estado, a través de la cual se brindarán servicios básicos y elementales) tendrá que considerar el más necesario para planearlo, ejecutarlo y supervisarlo.

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Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº27972

Preliminar

Gobiernos Locales

Los gobiernos locales son entidades, básicas de la organización territorial.

Por tal motivo gozan de autonomía política, económica y administrativa.

Representatividad del vecindario, la presentación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción.

El artículo IV menciona que la finalidad del gobierno local es:

Las relaciones entre los tres niveles de

gobierno local, regional y nacional es de cooperación y

de integración

Considerando la planeación local como la base principal de la participación ciudadana.

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TITULO IEL OBJETO Y ALCANCE DE LA LEY, Y TIPOS DE

MUNICIPALIDADES

Objeto

Tipos de municipalidades

Clasificación de municipalidadesLa presente ley

establece normas sobre la creación, origen, naturaleza, autonomía, régimen de municipalidades,etc.

Las municipales según el artículo 2 son provinciales o distritales.

Función de su jurisdicción.

Régimen especial1.Municipalidad

provincial.2.Municipalidad distrital.3. La municipalidad de centro poblado, cuya jurisdicción la determina el respectivo concejo provincial, a propuesta del concejo distrital.

1.Metropolitana de Lima.2. Fronterizas, las que funcionan en las capitales de provincia y distritos ubicados en zona de frontera.

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TITULO IILA ORGANIZACIÓN DE LOS GOBIERNOS LOCALES

Consejo Municipal

Son órganos de gobierno local las municipalidades provinciales y distritales siendo su estructura orgánica de las municipalidades, el concejo municipal y la alcaldía.

Los órganos de los gobiernos locales

Integrado por el alcalde y el número de regidores que establezca el Jurado Nacional de Elecciones

Conformación Sesiones

Las sesiones del consejo municipal son publicas salvo cuando se refieran a asuntos que puedan afectar los derechos fundamentales

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Atribuciones del consejo MunicipalConsejo Municipal

Aprobar planes de desarrollo y presupuesto participativo.

Aprobar, monitorear y controlar el plan de desarrollo institucional y el programa de inversiones.

Aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local.

Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana; las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales

Aprobar el desarrollo urbano. Y Otros que la ley disponga.

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La alcaldía

La alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local, siendo el alcalde el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa.

Órganos de alcaldía

1. El Consejo de Coordinación Local Provincial.2. El Consejo de Coordinación Local Distrital.3. La Junta de Delegados Vecinales.

Atribuciones del alcalde.

Defender y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y los vecinos.

Ejecutar los acuerdos del concejo municipal, bajo responsabilidad.

Proponer al concejo municipal proyectos de ordenanzas y acuerdos.

Entre otros.

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Vacancia del cargo de alcalde o regidor.

Suspensión del cargoEl ejercicio del cargo de

alcalde o regidor se suspende por los siguientes motivos:1. Por incapacidad física o mental temporal.2. Por licencia autorizada por el concejo municipal, por un período máximo de treinta (30) días naturales.3. Por detención.4. Por sanción impuesta por falta grave de acuerdo al reglamento interno del concejo municipal.5. Por sentencia judicial condenatoria.

1. Muerte o enfermedad.2. Asunción de otro cargo proveniente de mandato popular.3. Ausencia de la respectiva jurisdicción municipal por más de treinta (30) días consecutivos, sin autorización del concejo municipal.4. Cambio de domicilio fuera de la respectiva jurisdicción municipal.5.Nepotismo, y otros que la ley determine.

La alcaldía

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La administración municipal busca el cumplimiento de las diferentes normas.Las empresas municipales son creadas con el fundamento de brindar desarrollo social.

Las normas, ordenanzas y las sanciones y multas municipales se imponen ante el incumplimiento de las mismas buscando el equilibro del gobierno local.

TITULO IIILOS ACTOS ADMINISTRATIVOS Y DE ADMINISTRACIÓN

DE LAS MUNICIPALIDADES

Administración Municipal Las Normas municipales y los procedimientos administrativos.

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Los presupuestos de losGobiernos municipales deben sustentarse en el equilibrio real de sus ingresos y egresos.La aprobación del mismo esta dado por el concejo municipal.

El patrimonio municipal esta conformado por todas las rentas, bienes y derechos de cada municipalidad. En caso de donación de una propiedad o bien se debe informar a la contraloría general de la republica.

TITULO IVEL RÉGIMEN ECONÓMICO MUNICIPAL

El Presupuesto El patrimonio Municipal

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Son rentas municipales: • Los tributos creados

por ley a su favor. • Las contribuciones,

tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por su concejo municipal, los que constituyen sus ingresos propios.

• Los recursos asignados del Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN).

• Las asignaciones y transferencias presupuestales del gobierno nacional.

El sistema tributario de las municipalidades, se rige por la ley especial y el Código Tributario en la parte pertinente. Las municipalidades pueden suscribir convenios con la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), orientados a optimizar la fiscalización y recaudación de sus tributos, tasas, arbitrios, licencias y derechos

Conformado por las caja de ahorro y crédito siendo las mismas creadas por una o mas municipalidades.

Las cajas municipales de ahorro y crédito operan preferentemente dentro de los territorios provinciales en que las autoriza la Superintendencia de Banca y Seguros.

Las Rentas Municipalidades

El sistema Tributario municipal

La Banca Municipal

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En marcado dentro de este aspecto podemos detallar las funciones especificas municipales, la delegación de competencias y la avocación en cuanto a este aspecto: Las municipalidades distritales,

ante la falta de cobertura o imposibilidad temporal de prestar algún servicio público de su competencia, pueden solicitar de manera excepcional a la municipalidad provincial, cubrir de manera temporal la demanda de dicho servicio público.

Dentro de las funciones especificas tanto provinciales y distritales encontramos: saneamiento, salubridad, salud,

educación, cultura, deportes y recreación.

Las municipalidades, en materia de educación, cultura, deportes y recreación, tienen como competencias y funciones específicas compartidas con el gobierno nacional y el regional.

TITULO VLAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES ESPECIFICAS DE

LOS GOBIERNOS LOCALES

Las Competencias y las Funciones Generales

Las Competencias y las Funciones Especificas

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Las municipalidades distritales y/o provinciales, deben velar por el uso de la propiedad inmueble en armonía con el bienestar común.

Las zonas en proceso de convertirse a zonas rurales, debe estar aprobadas por:

Funciones de las municipalidades.

Así mismo nos dice que la expropiación debe ser por el consejo provincial de su jurisdicción.

la municipalidad distritales

y/o provinciales. Reglamento

Nacional de Construcciones

Ordenar las demoliciones por no contar con la licencia de construcción o por sobrepasar las alturas máximas establecidas, etc.

TITULO VIUSO DE LA PROPIEDAD EN ARMONÍA CON EL BIEN

COMÚN

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Consejo de Coordinación Local Provincial es el que, decidirá y planteará el Plan de Desarrollo Municipal y su Presupuesto Participativo.En dichos plan deberá estar concretado los principios de participación así como de transparencia, gestión, imparcialidad, equidad, eficacia y eficiencia.

Es un órgano de coordinación de las municipalidades, representado por el alcalde distrital y representantes de las diferentes organizaciones vecinales.

Se reúnen dos veces al año de manera ordinaria y una en forma extraordinaria, entre sus funciones están:

Coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Municipal y dar a conocer Presupuesto Participativo Provincial, entre otras.

TITULO VIILOS PLANES DE DESARROLLO MUNICIPAL

CONCERTADOS Y LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN

Plan de desarrollo Municipal Concertado

Consejo de Coordinación

local provincial

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Es un órgano de coordinación y concertación de las Municipalidades Distritales, por integrado por el Alcalde Distrital y comuna al igual que los alcaldes de los centros poblados y su junta directiva, y los representantes de organizaciones comunales.Coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado y el Presupuesto Participativo Distrital. Proponer la elaboración de proyectos de inversión y de servicios públicos locales, entre otras.

Es un órgano de coordinación integrado por los representantes de las agrupaciones urbanas y rurales, organizadas como juntas vecinales para promover el desarrollo local y la participación vecinal. Se reunirá cuatro veces al año de manera ordinaria.

Entre las funciones que tiene son las siguientes: y proponer las prioridades de gasto e inversión

dentro del distrito y lo Concerniente a los centros poblados.

Proponer las políticas de salubridad. Fiscalizar la ejecución de los planes de desarrollo

municipal, entre otras.

Consejo de Coordinación

local distrital

La Junta de delegados vecinales Comunales

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El artículo 122 menciona que el mandato de los alcaldes y regidores es irrenunciable conforme a ley y revocable de acuerdo a las normas previstas en la Constitución Política y la ley en la materia.

1. Revocatoria de autoridades municipales. 2. Demanda de rendición de cuentas.

Los vecinos plantean al gobierno local la adopción de una norma legal municipal de cumplimiento obligatorio por todos, iniciativa requiere el respaldo mediante firmas, certificadas por el RENIEC. Además que el referéndum es un instrumento de participación directa del pueblo, convocado por el JNE. Además que los vecinos pueden cooperar y participar mediante sus comités de gestión.

Los vecinos de una jurisdicción municipal actúan en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno municipal a través de unidades de participación vecinal de conformidad con la Constitución y la respectiva ley de la materia.

Participación y Control Vecinal

La participación de los vecinos en el gobierno local.

Los derechos de control vecinal a los gobiernos locales.

TITULO VIIILOS

DERECHOS DE

PARTICIPACIÓN Y CONTROL VECINAL

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Las Relaciones con el Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales.Estas relaciones implican respeto mutuo y atención a las solicitudes que se formulen recíprocamente, para esto la policía tiene la obligación de prestar el apoyo que requiera las autoridades municipales.

Las Relaciones entre Municipalidades.Tienen muchos aspectos en común, así como ejecución de obras o prestación de servicios; también que pueden tener algunas representaciones como organizaciones municipales.

Los Conflictos de Competencias.Los problemas que se presenten entre gobiernos ya sea municipales o regionales con rango constitucional son resueltos por el Tribunal Constitucional.

TITULO IXLAS RELACIONES Y CONFLICTOS DE

COMPETENCIAS

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Las Municipalidades de los Centros Poblados.Serán creados bajo ordenanza de la municipalidad provincial, pero para que se de su creación debe cumplir una serie de requisitos. La solicitud del comité de gestión deberá estar suscita por un mínimo de mil habitantes mayores de edad con domicilio en dicho centro poblado, el centro poblado no se debe estar en la zona urbana del distrito al que pertenece.

Si la municipalidad del centro poblado se crea este estará conformado por un alcalde y cinco regidores cuyo periodo que ejercerán será de 4 años contados a partir de su creación.

TITULO IXLAS MUNICIPALIDADES DE CENTRO POBLADO Y LAS FRONTERIZAS

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Las Municipalidades Fronterizas. Son aquellas que funcionan en las provincias o los distritos limítrofes con un país vecino.Las municipalidades limítrofes podrán relacionarse entre. pero bajo la asistencia del consejo nacional de descentralización o con participación del ministerio de relaciones exteriores.

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Son aquellas que se desarrollan en las capitales ya sea de un distrito o en una provincia, cuya población no es mayor al 50% de la población total.

Competencias y Transferencias.Son consideradas para efecto de la distribución del FONCOMUN, canon u otras transferencias de recursos a favor de ellas. tienen a su cargo las relaciones con la promoción de gestión sostenible de los recursos naturales, como son: agua, suelo, flora, fauna, etc.Las municipalidades de zonas rurales deben promover a las organizaciones sociales de base, vecinales o comunales, y a las comunidades nativas y afroperuanas, respetando su autonomía.

Publicación de Normas Municipales.

Para efecto de exigencia las publicaciones de dichas normas se deben realizar mediante carteles, emisoras radiales u otros medios similares para así se pueda cumplir a cabalidad tales requisitos.

TITULO XLA PROMOCIÓN DEL DESARROLLO MUNICIPAL EN

ZONAS RURALES.

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Transparencia fiscal y portales

electrónicosManejo de los recursos públicos y la rendición de cuentas mediante portales de transparencia en Internet, o se deberá publicar la información respectiva a través de otro medio de comunicación.

Transparencia funcional

Los alcaldes, regidores, funcionarios y servidores están prohibidos de ejercer actividades inherentes a su cargo y obligados a actuar imparcialmente; los alcaldes y regidores presentarán su declaración jurada de bienes y rentas.

Neutralidad políticaLos funcionarios públicos, tienen la obligación de velar por el desarrollo de los procesos electorales sin interferencias ni presiones.Los funcionarios y servidores están prohibidos de realizar actividad política partidaria o electoral durante los procesos electorales o en los horarios de oficina.Está absolutamente prohibido el uso de recursos del Estado para realizar actos políticos.

DISPOSICIONES GENERALES

TÍTULO XIILA TRANSPARENCIA FISCAL Y LA NEUTRALIDAD POLÍTICA

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TÍTULO XIIILA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA

Disposiciones generales

• Régimen especial de la capital de la República.

• La capital de la República es sede de la Municipalidad Metropolitana de Lima.

• El consejo: la alcaldía y la asamblea.

• Órganos de asesoramiento: Junta de planeamiento, Junta de cooperación.

• La municipalidad metropolitana ejerce jurisdicción sobre las municipalidades distritales.

El concejo metropolitano

• Integrado por el alcalde y los regidores.

• Aprueba estatutos, dicta ordenanzas, vela por el respeto de la constitución y su autonomía.

• Aprueba planes, presupuestos, normas y programas.

• Aprueba la participación de la municipalidad en empresas y planes ambientales.

• Fiscaliza a la alcaldía y empresas, organismos y entes municipales y municipalidades municipales.

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TÍTULO XIIILA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA

La alcaldía metropolitana

• Es el órgano ejecutivo, su organización y funciones las aprueba el concejo metropolitano.

• Posee competencias en materia de administración económica y financiera, en planificación y urbanismo, en educación, cultura y recreación, en saneamiento ambiental.

• Regula y promueve el desarrollo de las organizaciones, asociaciones y juntas de vecinos, delega fusiones a sus municipalidades, nombra representantes y resuelve asuntos derivados del ejercicio de sus funciones.

Las competencias y funciones metropolitanas especiales

• En materia de planificación, desarrollo urbano y vivienda.

• En materia de promoción del desarrollo económico social.

• En materia de abastecimiento de bienes y servicios básicos.

• En materia de industria, comercio y turismo.

• En materia de población y salud.

• En materia de saneamiento ambiental.

• En materia de transportes y comunicaciones.

• En materia de seguridad ciudadana.

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TÍTULO XIIILA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA

La asamblea metropolitana

• Órgano consultivo y de coordinación para la eficiente ejecución de las funciones, desarrollo de planes y cumplimiento de fines.

• Está presidida por el Alcalde Metropolitano e integrada por los alcaldes distritales y por representantes de la sociedad civil de la provincia.

Los órganos de asesoramiento metropolitano

• Junta de planeamiento metropolitano: en formulación y evaluación de la planificación del desarrollo integral y la gestión de servicios públicos.

• Junta de cooperación metropolitana: gestión del desarrollo integral de una jurisdicción.

• Camisones especiales de asesoramiento: órganos de asesoría sin retribución constituidos por el alcalde.

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TÍTULO XIIILA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA

Las rentas metropolitanas

especiales

• Las que genere el Fondo Metropolitano de Inversiones (INVERMET).

• El íntegro de las rentas que por concepto del cobro de peaje.

Disposiciones complementarias

• SUNARP regula la prescripción adquisitiva de dominio de bienes y servicios.

• El poder ejecutivo distara normas especiales acorde a la realidad de las municipalidades.

• Transferencia de recursos económicos del gobierno nacional a los gobiernos locales.

• Inscripción de predios municipales en el Registro de predios.

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Conclusiones

La vigente ley de municipalidades nos permite:

Conocer cuáles son los roles de los gobiernos locales y cómo deben desempeñarse

dentro de una municipalidad sin cometer errores, ya que esta establecidos por la

ley y en caso de ser infringidos se exigirá las sanciones correspondientes.

Identificar a un gobierno que está operando en conformidad con esta ley y si los

funcionarios desarrollan sus actividades con responsabilidad respetando las normas.

Tener un alcance de como se debe administrar, organizar y ejecutar los programas

locales de lucha contra la pobreza, promoviendo desarrollo social e integración de

los pueblos.

Conocer que el estado promueve acciones en la materia de educación, cultura,

deportes y recreación; velando así por el desarrollo humano, económico, social,

cultural y ecológico.