Ley Marco para la Gestión de Residuos, … · reutilización, reciclaje y otro tipo de...

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Ley Marco para la Gestión de Residuos, Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje Antofagasta 27 de julio de 2017

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Ley Marco para la Gestión de Residuos,

Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje

Antofagasta

27 de julio de 2017

Economía circular

Jerarquía para el manejo de residuos

Un residuo es un recurso

Distribución

Consumo

Producción Extracción Procesamiento

2 Consumo

1 Cadena de producción y venta

Residuo Residuo

3 Manejo de residuos

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Extendida 1 Responsabilidad

del Productor 2 Consumo

Objeto de la ley

Disminuir la generación de residuos y fomentar su reutilización, reciclaje y otro tipo de valorización, a

través de la instauración de la

responsabilidad extendida del productor y

otros instrumentos de gestión de residuos,

con el fin de proteger la salud de las personas y el medio ambiente

Qué regula la Ley

Establece nuevas competencias al Ministerio para la gestión de residuos:

a) Ecodiseño;

b) Certificación, rotulación y etiquetado;

c) Sistema de depósito y reembolso;

d) Mecanismos de separación en origen y recolección selectiva;

e) Mecanismos para manejo ambientalmente racional de residuos;

f) Mecanismos para prevenir la generación de residuos.

Establece exigencias generales para generadores y gestores de residuos

Crea la Responsabilidad Extendida del Productor (REP)

Obligaciones de generadores

Entregar a gestor autorizado

Entregar a la municipalidad, sin perjuicio de lo establecido para productos prioritarios

• Manejar los residuos de manera ambientalmente racional, aplicando las mejores técnicas disponibles y mejores prácticas ambientales, de acuerdo a la reglamentación vigente.

• Contar con las autorizaciones correspondientes. • Declarar tipo, cantidad, costos, tarifa, origen,

tratamiento y destino de los residuos (SIDREP y SINADER).

Obligaciones de gestores

• Regula el Convenio de Basilea, sobre movimiento transfronterizo de residuos peligrosos y otros residuos

– Prohíbe su importación para eliminación

– Limita exportación para eliminación (capacidad)

– Limita exportación para valorización (países Anexo VII)

• Establece exigencia para exportación de residuos no peligrosos

– Define formulario a acompañar la exportación

– Obliga a informar al término de valorización o eliminación

Movimiento transfronterizo

Seguro gestión residuos peligrosos

REP: qué es

• Es un instrumento económico de gestión de residuos.

• Obliga a los productores de ciertos productos a financiar y organizar la gestión de los residuos derivados de los productos que colocan en el mercado.

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Fabricante e Importador que:

Coloca un PP en el mercado nacional por primera vez;

Coloca un PP en el mercado nacional bajo marca propia adquirido de un tercero que no es el primer distribuidor; o

Importa un PP para su propio uso.

Cumple con la REP a través de un sistema de gestión.

Productor

a) Aceites lubricantes.

b) Aparatos eléctricos y electrónicos.

c) Baterías.

d) Envases y embalajes.

e) Neumáticos.

f) Pilas.

REP: ¿Cuales son los productos que regularemos en Chile?

En caso de envases y embalajes: productos envasados

REP: Por qué estos productos prioritarios

Actores que establece la REP

Productor de producto prioritario (PPP) y sus sistemas de gestión.

Consumidor de PP.

Gestor de residuo de PP (Empresas, Municipios y Recicladores de Base).

Distribuidor y comercializador de PP.

Autoridad.

Obligación del productor

Registrarse en RETC – REP.

Organizar y financiar la recolección y tratamiento de residuos de PP, a través de un sistema de gestión.

Asegurar que el tratamiento de residuos de PP recolectados se realice por gestores autorizados.

Cumplir metas de recolección y metas de valorización de residuos de PP y otras obligaciones asociadas.

Obligación del sistema de gestión

Cada productor puede cumplir sus obligaciones a través de: un sistema de gestión, individual o colectivo.

Cada sistema de gestión debe ser autorizado por el Ministerio.

Sistema colectivo: persona jurídica sin distribución de utilidades, integrado exclusivamente por productores, libertad de incorporación y equidad de participación. Informe del Tribunal de Defensa de la Libre

Competencia.

Obligación del sistema de gestión

Constituir fianza, seguro u otra garantía (asegurar el cumplimiento de metas y mantener continuidad en gestión de residuos en el evento que el sistema falle).

Celebrar convenios con gestores registrados:

Licitación abierta; Licitación por separado;

Recolección. Tratamiento (reciclaje).

Celebrar convenios con municipalidades o asociaciones municipales.

Informar al MMA.

Sistema de Gestión

Sistema de gestión: Nexo entre productor y gestor de residuos

Productor

Cadena de distribución

Consumidor

Cadena productiva

Servicio de transporte

Punto de recolección

Servicio de valorización

Otra forma de recolección

Punto de consolidación

Mercado gestión de residuos

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Sistemas Individuales de Gestión

Persona Jurídica que no distribuya utilidades, con estatutos que eviten “bloqueo”, conforme a criterios del TDLC

Sistemas Colectivos de Gestión

Obligación del consumidor

Separar y entregar el residuo de un PP a un gestor de PP contratado por un sistema de gestión.

Consumidor industrial: puede valorizar por si mismo o través de gestores autorizados (p.e. retail).

Obligación del gestor de residuos

• Como todos gestores: Contar con autorización, declarar, y aplicar manejo ambientalmente racional.

• Estar registrados para actuar en la REP.

• Recicladores de base como gestor: Certificarse (Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales) y registrarse, en plazo de 5 años.

• Municipalidad como gestor: Celebrar convenios con sistemas de gestión y con recicladores de base.

Obligación de distribuidores y comercializadores

Con instalación de una determinada superficie deberán:

Convenir con un sistema de gestión el establecimiento y operación de una instalación de recepción y almacenamiento de residuos de PP.

Aceptar sin costo la entrega de los RPP que comercialice de parte de los consumidores.

Entregar a título gratuito a los gestores contratados por el respectivo sistema de gestión.

Las instalaciones de almacenamiento destinadas a tal efecto no requerirán de una autorización sanitaria adicional a la del mismo establecimiento.

Rol de Municipalidades

Podrán incorporar en sus ordenanzas municipales la obligación de separar los residuos en origen, cuando así lo determina el Decreto Supremo.

Promoverán la educación ambiental sobre prevención y valorización.

Podrán diseñar e implementar estrategias de comunicación y sensibilización.

Podrán diseñar e implementar medidas de prevención.

Utilización de bienes de uso público

Un permiso para utilizar veredas, plazas, parques y otros bienes nacionales de uso público para el establecimiento y/u operación de instalaciones de recepción y almacenamiento.

Las condiciones de operación serán establecidos mediante ordenanza municipal.

La municipalidad otorgará fundadamente el permiso, en caso de no perjudicar uso principal de los bienes.

El plazo del permiso no inferior a cinco años.

El establecimiento, operación y mantención será de responsabilidad del productor o de su sistema de gestión.

Otras Obligaciones asociadas

Etiquetado;

Información a distribuidores o comercializadores, gestores y consumidores, incluyendo la tarifa;

Diseño e implementación de estrategias de comunicación y sensibilización;

Diseño e implementación de medidas de prevención en la generación de residuos;

Separación en origen y recolección selectiva de residuos;

Limitaciones en la presencia de sustancias peligrosas en los productos;

Exigencias de ecodiseño;

Diseño, cobertura y operación de instalaciones de recepción y almacenamiento.

REP: Esquema General

Recolección

Residuos separados

Clasificación

Residuos mezclados

Materiales de otra procedencia

Residuos

Metas de recolección y metas de valorización

Valorización

Material y/o energía valorizado

Materiales de otra procedencia

Residuos

Flujo Operacional REP

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Aparatos Eléctricos y Electrónicos

Aceites, Neumáticos y Baterías

Envases

Productos de larga duración Productos de consumo masivo

SISTEMA DE RECOLECCIÓN PUERTA A PUERTA

Contenedores en la calle

Recolección central

Puntos de recolección , baja densidad

Recolección puerta a puerta

Puntos de recolección, cercanos a los hogares

Autorización Sanitaria + Permiso de Edificación

Regulación específica con procedimiento simplificado, con plazos, condiciones y requisitos para labores de recolección y las instalaciones de recepción y almacenamiento.

Procedimiento simplificado para permisos de edificación para instalaciones de recepción y almacenamiento.

Registro

RETC contendrá información sobre:

a) Los productores de productos prioritarios;

b) Los sistemas de gestión autorizados y sus integrantes;

c) Las instalaciones de recepción y almacenamiento;

d) Los gestores autorizados;

e) El cumplimiento de metas de recolección y valorización;

f) Toda otra información que establezca el respectivo reglamento.

Se establecerá el contenido y funcionamiento del registro, y deberá asegurar la confidencialidad comercial e industrial.

MMA procurará que la información contenida sea difundida en un lenguaje inteligible a través de su web.

Obligaciones del Ministerio

a) Elaborar reglamento que fija procedimiento para dictar decretos de metas.

b) Elaborar decretos REP, con metas para los productos prioritarios.

c) Implementar y administrar sistema de registro y plataforma de información (será parte del RETC).

d) Elaborar reglamento para el fondo de reciclaje, y gestionar su implementación.

e) Elaborar reglamento para movimiento transfronterizo de residuos.

f) Revisar y autorizar planes de gestión.

g) Diseñar e implementar programas de educación ambiental.

Fiscalización

Infracciones:

Gravísimas: no registrarse, no contar con sistema de gestión, entregar a gestores no autorizados

Graves: no cumplir metas, no declarar información, no contar con fianza

Leves

Sanciones: Multas de hasta 10 mil UTA.

Amonestación por escrito.

Considerando: Beneficio económico del infractor.

Conducta del infractor.

Capacidad económica del infractor, excepto en el caso del sistema de gestión colectivo.

Superintendencia del Medio Ambiente

Avances

REGLAMENTOS

- Reglamento del Fondo para el Reciclaje.

- Reglamento de Procedimiento de la Ley Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje.

- Reglamento que Regula el Movimiento Transfronterizo de Residuos.

- Reglamento de un procedimiento simplificado de autorización sanitaria para lugares de recepción y almacenamiento de residuos.

Modificaciones Reglamentarias

- D.S. RETC Nº1/2013 MMA. Reglamento del Registro de Emisiones y transferencia de contaminantes, RETC.

- D.S. Nº47/1992, MINVU (OGUC) Procedimiento simplificado para obtención de permiso de edificación.

Aprobados por CMS

Aprobado CMS

En elaboración

Dictado MINVU

ESTUDIOS

- Aceites - Aparatos eléctricos y electrónicos - Baterías - Envases y embalajes - Neumáticos - Pilas

Diagnóstico Impacto

Implementación AGIES

Declaración (segundo transitorio)

RETC

• Registrar en Ventanilla Única

• Sistema sectorial Responsabilidad Extendida del Productor • Productor • Gestor

GRACIAS

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Economía circular

Jerarquía para el manejo de residuos

Un residuo es un recurso