Ley Contrataciones

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Seminario: Ley 30225: Nueva Ley de Contrataciones del Estado. Gisella Milagros Sánchez Manzanares [email protected] Abril 2015 www.cepeg.pe

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Seminario: Ley 30225: Nueva Ley de Contrataciones del Estado.

Gisella Milagros Snchez [email protected] 2015www.cepeg.peImportancia de la Contratacin PblicaS/. 50,000 millones (10% del PBI)40% del gasto pblico2,890 entidades142,000 proveedores inscritos en RNP120,000 contratos, 42,000 proveedores2Marco Legal Vigente dela Contratacin Pblica Artculo 76 de la Constitucin:Bienes y obras con utilizacin de fondos o recursos pblicos se ejecutan obligatoriamente por contrata y licitacinContratacin de servicios por concurso pblico Ley establece procedimiento, excepciones y respectivas responsabilidades

3Marco Legal Vigente dela Contratacin PblicaLey de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo N 1017 (modificada por Ley N 29873)Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N 184-2008-EFVigencia: 01 de febrero de 20094Diagnstico Situacional dela Contratacin PblicaCaractersticas:Exceso de regulacin, a nivel de Ley y reglamento - 34 directivas del OSCE.Inadecuada regulacin de la gestin y operacin de las contratacionesVisin formal, legalista y procedimental, con una regulacin detallada y restrictiva del quehacer operativo. 5Diagnstico Situacional dela Contratacin PblicaExceso de procesos de seleccin sin una diferenciacin sustancial entre s Excesivo formalismo y rigidez al que debe someterse la elaboracin de las bases y la evaluacin de propuestas, lo que hace ms compleja la contratacin, define su excesiva duracin y determina condiciones de escasa competencia.6Diagnstico Situacional dela Contratacin PblicaEfectos:Reduccin de la competencia efectiva, - 1.5 postores por proceso.Procesos declarados desiertos - 20%Elevados costos de transaccin, que se generan en la demora de los procesos. actos preparatorios demoran en promedio 53 das hbiles.

7Diagnstico Situacional dela Contratacin PblicaEfectos:Existen 30 regmenes de excepcin, con procedimientos de contratacin ms giles y con reglas particulares.Dificultad de adaptacin de los procedimientos a condiciones del mercado en rpida evolucin, a nuevas tcnicas de contratacin y a tecnologa.

8Diagnstico Situacional dela Contratacin PblicaEfectos:No se promueve la toma de decisiones de tipo estratgico u operativo considerando las razones de oportunidad y conveniencia que se presentan en cada caso, lo que impide lograr la eficiencia y calidad de la compra pblica9Diagnstico Situacional dela Contratacin PblicaEfectos:Procedimientos excesivamente regulados y concentrados en el desarrollo de pasos estrictos y formales, obstaculizan la actuacin del gestor logstico.10Diagnstico Situacional dela Contratacin PblicaSe hace necesario una nueva Ley para:Incorporar nuevas tcnicas de contratacinSimplificar procedimientos hacindolos ms giles, transparentes y que sean capaces de reducir costos de transaccinIntegrar la planificacin de las Entidades con el proceso presupuestal11Diagnstico Situacional dela Contratacin PblicaSe hace necesario una nueva Ley para:Sostener un sistema electrnico de contrataciones con orientacin transaccional e integrado con otros sistemas del gobierno.Promocionar el acceso a la compra pblica y la competencia bajo condiciones de igualdad de trato.

12Evolucin Normativa del Rgimen de Contrataciones del EstadoLEY 26850D.S. 039-98-PCMRULCOPRUAREGACTUO(D.S. 083-2004-PCM)(D.S. 084-2004-PCM)D. LEG 1017D.S. 184-08-EFLEY 29873D.S. 138-2012-EFD.S. 080-2014-EFmbito de aplicacinContratacin de bienes, servicios y obras para cumplimiento de las funciones de la Entidad, en la que sta pago el precio o retribucin.Causales de inaplicacin: Por rgimen especial.Por la naturaleza del bien, servicio u obra.

TIPO DE PROCESOBIENESSERVICIOSOBRASLICITACIN PBLICA>= 400,000>= 1,800,000CONCURSO PBLICO>= 400,000ADJUDICACIN DIRECTAPBLICA< a 400,000> a 200,000< de 400,000> de 200,000< de 1,800,000> de 900,000SELECTIVA= de 40,000= de 40,000= de 180,000ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA< de 40,000> de 11,550< de 40,000>de 11,550< de 180,000>de 11,550MONTOS PARA LOS PROCESOS DE SELECCIN 2015Instrumentos de Gestin de las contratacionesRegistro Nacional de Proveedores- RNP.

Sistema Electrnico de Contrataciones- SEACE.

Catlogo de bienes, servicios y obras.Programacin y Actos PreparatoriosProceso de SeleccinEjecucin contractual y Liquidacin FASES DE UNA CONTRATACINDesde la convocatoriaHasta antes de la suscripcin del contrato17FUNCIONARIOS Y DEPENDENCIAS RESPONSABLES DE LAS CONTRATACIONESTitular de la Entidadrea usuariargano encargado de las contratacionesComit Especial

Funcionarios y rganos encargados de las contrataciones

19TITULAR DE LA ENTIDADEs la ms alta autoridad ejecutiva de la Entidad.Aprueba, autoriza y supervisa los procesos de contrataciones.Ejemplos: Ministerios: MinistroPoder Judicial: PresidenteEmpresas del Estado: Gerente GeneralGobierno Regional: Presidente.Gobierno Local: Alcalde.Delegacin

El Titular de la Entidad no puede delegar:

Autorizacin de exoneraciones.Declaracin de nulidad de oficio. Aprobacin de prestaciones adicionales de obra.Decisin de encargar procesos a entidad privada nacional o internacional

21Ley N 30225 - Nueva Ley de Contrataciones del EstadoPublicada el 11 de julio de 2014Reglamento: plazo mximo para su elaboracin: 180 das calendarioVigencia: 30 das calendario despus de publicado el Reglamento

22Finalidad de la LeyPromover la actuacin bajo el enfoque de gestin por resultados (donde la compra es evaluada en funcin de su contribucin a las metas institucionales) Cumplimiento de fines pblicosCompras eficientes (calidad, precio y oportunidad).Repercusin positiva en condiciones de vida de los ciudadanos23PrincipiosLibertad de ConcurrenciaIgualdad de tratoTransparenciaPublicidadCompetenciaEficacia y EficienciaVigencia TecnolgicaSostenibilidad Ambiental y SocialEquidad24PrincipiosSe reducen de 13 a 9 principiosNo figuran los principios de:de Promocin al Desarrollo Humanode Economa (Libertad de Concurrencia) de Razonabilidad de Moralidad (en Cod. Etica Fun. Pb.)de Imparcialidadde Libre Concurrencia y Competencia (se divide en 2)

25Se reducen de 22 a 14 supuestosContrataciones especficas reguladas por una norma especial que define un procedimiento distinto.Se diferencian supuestos EXCLUIDOS de supervisin de OSCE, respecto de aquellos que s estn sujetos a ella.No son contrataciones de bienes, servicios u obras, sino operaciones de naturaleza y finalidad distinta regulados por normas especficas

Supuestos de Inaplicacin26Monto mnimo para aplicar la Ley sube de 3 UIT (S/. 11,550) a 8 UIT (S/. 30,800). (UIT S/. 3850)Contratacin de servicios pblicos.Contrataciones realizadas de acuerdo a exigencias y procedimientos especficos de un organismo internacional.Contrataciones de Estado a Estado.Contrataciones con proveedores no domiciliados cuando se sustente la imposibilidad de realizar contratacin a travs de los mtodos de la Ley.Supuestos de Inaplicacin sujetos a supervisin27Contratos bancarios y financieros.Contrataciones que realicen los rganos del Servicio Exterior de la Repblica, para su funcionamiento, fuera del Per.Contrataciones que realice el Ministerio de RREE (CUMBRES INTERNACIONALES DECLARADAS DE INTERS NACIONAL, TRANSMISIN DEL MANDO SUPREMO).Contratacin de notarios, conciliadores, rbitros funciones previstas en LCECompra bienes por remate pblico.Locacin de servicios por Presidentes de Directorio

Supuestos de Inaplicacin no sujetos a Supervisin28Los procesos de contratacin son organizados por la Entidad, como destinatario de los fondos pblicos.Una Entidad puede encargar a otra, las actuaciones preparatorias y/o el procedimiento de seleccin. AUTORIDAD RESPONSABLE DEL PROCESO DE CONTRATACIN.Art. 6 Ley 3022529TITULAR DE LA ENTIDAD: PUEDE DELEGAR, EXCEPCIONES LAS MISMAS QUE EL ORDENAMIENTO VIGENTE (EXONERACIONES= CONTRATAC. DIRECTASAREA USUARIA: ADEMS DEL CONCEPTO VIGENTE, SE ADICIONA QUE COLABORA Y PARTICIPA EN LA PLANIFICACIN DE LAS CONTRATACIONES, Y REALIZA LA VERIFICACIN TCNICA DE LAS CONTRATACIONES EFECTUADAS A SU REQUERIMIENTO, PREVIAS A SU CONFORMIDAD.RGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES (OEC): AADE AL CONCEPTO VIGENTE, INCLUIDA LA GESTIN ADMINISTRATIVA DE LOS CONTRATOSCOMITS DE SELECCIN: FACULTATIVO

Funcionarios, dependencias y rganos encargados de las Contrataciones. Art. 8 Ley 3022530Art. 9: Todas personas que intervengan en proceso de contratacin, con independencia a rgimen jurdico que los vincule con Entidad (728, 276, cas, o locador) son responsables de que contratacin sea eficiente cumpliendo la LCE y su Rgto. Sexta disposicin: La facultad para actuar discrecionalmente (decisiones) es pasible de Responsabilidad Administrativa Funcional (Ley 29622, que modific Ley 27785)RESPONSABILIDADESArts. 9 y Sexta Disposicin Complementaria Final de Ley 3022531ANTECEDENTES ILa Ley Nro. 29622 modifica Ley Nro. 27785 Ley Orgnica del Sistema Nacional de Control y de la Contralora General de la Repblica.Amplia facultades de la CGR, para sancionar en materia de responsabilidad administrativa funcional.ANTECEDENTES IILa ampliacin otorgada por Ley Nro. 29622, conlleva la atribucin para procesar y sancionar a los funcionarios y servidores pblicos que incurran en responsabilidad administrativa y funcional, por la comisin de infracciones graves y muy graves, derivada de los informes emitidos por los rganos del SNC (CGR, OCI y SOA).ANTECEDENTES IIICon Decreto Supremo Nro. 023-2011-PCM, se aprob el Reglamento de la Ley Nro. 29622, denominado: Reglamento de infracciones y sanciones para la responsabilidad administrativa funcional derivada de los informes emitidos por los rganos del Sistema Nacional de Control (CGR, OCI y SOA).Cuadro de infracciones y sanciones (anexo del D.S. 023-2011-PCM) Disponer, autorizar, aprobar, elaborar o ejecutar, en perjuicio del Estado e incumpliendo las disposiciones que los regulan, la aprobacin, el cambio o la modificacin de los planes, estipulaciones, bases, trminos de referencia y condiciones relacionadas a procesos de seleccin, concesin, licencia, subasta o cualquier otra operacin o procedimiento a cargo del Estado, incluyendo los referidos a la ejecucin de contratos de cualquier ndole.

GRAVESuspensin temporal en el ejercicio de las funciones, no menor de 180 ni mayor de 360 das, o inhabilitacin no menor de 1 ni mayor de 2 aos.

Cuadro de infracciones y sanciones (anexo del D.S. 023-2011-PCM)Incumplir las disposiciones que regulan la determinacin del valor referencial, dando lugar a precios notoriamente superiores o inferiores a los de mercado, sea en beneficio propio o de terceros, generando perjuicio econmico para el Estado o grave afectacin al servicio pblico.MUY GRAVEInhabilitacin para el ejercicio de la funcin pblica, no menor de 2 ni mayor de 4 aos.Incumplir las disposiciones que regulan las causales y procedimientos para la exoneracin de los procesos de seleccin para la contratacin de bienes, servicios y obras, en aquellos casos que dicho incumplimiento genere perjuicio al EstadoGRAVESuspensin temporal en el ejercicio de las funciones, no menor de 180 ni mayor de 360 das, o inhabilitacin no menor de 1 ni mayor de 2 aos.Cuadro de infracciones y sanciones (anexo del D.S. 023-2011-PCM)Aprobar o ejecutar operaciones o gastos no autorizados por ley o reglamento, o aceptar garantas insuficientes, no solicitarlas o no ejecutarlas cuando estuviera obligado, ocasionando perjuicio al EstadoGRAVESuspensin temporal en el ejercicio de las funciones, no menor de 90 ni mayor de 360 das, o inhabilitacin no menor de 1 ni mayor de 2 aos.Contratar bienes, servicios u obras sin proceso de seleccin, simulando su realizacin o de forma fraudulenta, cuando la normativa prevea su obligatoria realizacin, dando lugar a la generacin de perjuicio al Estado, excepto en los casos en que los montos de la contratacin correspondan a una adjudicacin de menor cuanta.GRAVESuspensin temporal en el ejercicio de las funciones, no menor de 180 ni mayor de 360 das, o inhabilitacin no menor de 1 ni mayor de 2 aos.37Procedimiento Administrativo Sancionador por RAFCon Resolucin de Contralora Nro. 333-2011-CG, de fecha 21 de noviembre de 2011, se aprob la Directiva Nro. 008-2011-CG/GDS denominada Procedimiento Administrativo Sancionador por Responsabilidad Administrativa Funcional, establecindose su aplicacin para hechos observados cometidos a partir del 06 de abril de 2011. ALCANCELas disposiciones de la Directiva 008-2011-CG/GDES, son de obligatorio cumplimiento para:Personal de los rganos que conforman el SNC (CGR, OCI y SOA)Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas.Empleados pblicos - Entidades

DEFINICIN PASEs el procedimiento que comprende las diligencias y actos conducentes a la decisin sobre la existencia de responsabilidad administrativa funcional e imposicin de la correspondiente sancin, por infraccin grave y muy grave.ETAPAS DEL PASPrimera etapa o instancia: Fase instructiva y Fase sancionadora.Segunda etapa o instancia: Tramitacin y resolucin de recursos de apelacin ante el Tribunal Superior.PRESCRIPCINLa potestad sancionadora prescribe a los cuatro aos, contado desde el da en que la infraccin se cometi o desde que hubiera cesado en caso de accin continuada.Se declara de oficio o a solicitud de parte, en este ltimo caso se resolver constatando el plazo cumplido.

CADUCIDADEl Procedimiento administrativo sancionador (PAS) no podr exceder de dos aos, contados desde la notificacin de su inicio.EXIMENTES DE RESPONSABILIDADIncapacidad mentalCaso fortuito o de fuerza mayor.Ejercicio de un deber legal, funcin o cargo o comisin encomendada.Ausencia de una consecuencia perjudicial para los intereses del Estado.Error inducido por la administracin.Orden obligatoria de autoridad competente (debe constar oposicin).Actuacin en caso de catstrofes, afectacin seguridad, salud u orden pblico.

ATENUANTES DE RESPONSABILIDADLa subsanacin voluntaria por parte del administrado del acto u omisin imputado como constitutivo de infraccin, con anterioridad a la notificacin de inicio PAS.La actuacin en priorizando intereses superiores de carcter social o relacionados a la salud u orden pblico.Velar y promover que las Entidades realicen contrataciones eficientes, bajo parmetros de la Ley, su reglamento y normas complementarias, la maximizacin del valor de fondos pblicos y gestin por resultados.

Administrar y operar el Registro Nacional de rbitros y de Secretarios Arbitrales.

Acreditar y supervisar las instituciones arbitrales que organicen y administren arbitrajes de contrataciones del Estado

Funciones del OSCE4646Numeral 15.1. Formulacin PAC:

Elaboracin Cuadro de Necesidades, a partir del primer semestre, deben permitir cumplimiento POI, debern acompaarse de EETT y/o Trminos de referencia.

15.2. Contenido PAC:

Debe incluir totalidad de contrataciones (bienes, servicios u obras) cubiertas con PIA, con independencia del rgimen jurdico aplicable.

PLANIFICACIN DE LA CONTRATACINArt. 15 de Ley 302254747Se elimina valor referencial para bienes y servicios, distintos a consultoras de obras y se reemplaza por valor estimado.

Comit de Seleccin opcional para todos los procesos

Certificacin de crdito presupuestario debe mantenerse desde la convocatoria hasta la suscripcin de contrato.

Actos Preparatorios4848Licitacin Pblica (bienes y obras)Concurso Pblico (servicios)Adjudicacin Simplificada (bienes y servicios, salvo servicios prestados por consultores individuales) Seleccin de Consultores individualesno requiere equipos de personal ni apoyo profesional adicionalrequisitos primordiales: experiencia y calificaciones de la persona natural Mtodos de Contratacin4949Comparacin de Precios - bienes y servicios de disponibilidad inmediata, que sean fciles de obtener o que tengan un estndar en el mercado.

Subasta Inversa Electrnica (se elimina Subasta Inversa Presencial).

Contratacin Directa.

Catlogos Electrnicos de Acuerdo Marco.

Otros que establezca el Reglamento Mtodos de Contratacin5050En la licitacin pblica, el concurso pblico, la subasta inversa electrnica y la seleccin de consultores individuales la Entidad designa un comit de seleccin a fin de que se encargue de la preparacin, conduccin y realizacin del procedimiento de seleccin hasta su culminacin

El rgano encargado de las contrataciones tiene a su cargo la preparacin, conduccin y realizacin de la adjudicacin simplificada, la comparacin de precios y la contratacin directa. Sin embargo, en la adjudicacin simplificada la Entidad puede designar a un comit de seleccin, cuando lo considere pertinente. Mtodos de Contratacin5151Rechazo de ofertas.

Se elimina los encargos de procesos a organismos internacionales.

Recurso de apelacin: valor referencial o valor estimado mayor a 65 UIT (S/. 250,250) lo resuelve el Tribunal, monto menor el Titular de la Entidad. Fase de Seleccin5252Se elimina la garanta por el monto diferencial de la propuesta.

Modificacin del contrato no debe afectar su equilibrio econmico financiero, sino la parte beneficiada debe compensar econmicamente a la parte perjudicada para restablecer el equilibrio.

Junta de Resolucin de Disputas, paso previo al arbitraje de obras. Ejecucin Contractual5353