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    LEY N 4.040

    Buenos Aires, 24 de noviembre de 2011.-

    La Legislatura de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires

    sanciona con fuerza de LeyArtculo 1.- De acuerdo con lo establecido en el Cdigo Fiscal, los impuestos, tasas y demscontribuciones de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires correspondientes al ao 2012 se abonanconforme a las alcuotas y aforos que se determinan en el Anexo I que forma parte de la presente Ley.

    Artculo 2.- Las disposiciones de la presente Ley tienen vigencia a partir del 1 de enero de 2012.

    Clusula Transitoria Primera: En caso de verificarse un incremento para el ao 2012, en laContribucin de Patentes sobre Vehculos en General, se liquidar un descuento sobre el impuesto aingresar por ese ao, de tal manera que el posible aumento que se registre no supere en un 8% (ochopor ciento) el monto liquidado para el ao 2011.

    Para obtener este beneficio ser condicin no registrar deuda del ejercicio fiscal 2011 o anteriores, al31/10/11, por la aludida Contribucin o en el Rgimen de Facilidades de Pago Lo dispuesto en elprimer prrafo no es de aplicacin para los vehculos cuya alta en esta jurisdiccin se haya producidoen los aos 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011 o que se produzca durante el ao 2012, las cualestributarn la Contribucin de Patentes sobre Vehculos en General conforme al valor asignado en laTabla de Valuaciones para el ao 2012.

    Clusula Transitoria Segunda: Dispnese la aplicacin de lo establecido en el artculo 65 inciso I b)de la Ley Tarifara para el ao 2010, para los ingresos obtenidos por la actividad industrial desarrolladaen establecimientos radicados en el territorio de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires, debidamentehabilitados por el Gobierno de la Ciudad, cuando la parte del proceso industrial realizado porfaconiers, terceros o confeccionistas no supere el 10% (diez por ciento) del total del proceso

    productivo.

    Dicho porcentaje rige para los aos 2009 y anteriores no prescriptos.

    Clusula Transitoria Tercera: Durante el tiempo que demande implementar las modificaciones alTtulo lII del Cdigo Fiscal vigente y los nuevos tributos fijados en la Ley Tarifaria 2012 y sus normascomplementarias, facltase a la Administracin Gubernamental de Ingresos Pblicos a percibiradelantos a cuenta en funcin de los gravmenes Inmobiliarios vigentes para el ao 2011, los quesern imputados al gravamen que en definitiva corresponda abonar.

    Artculo 3.- Comunquese, etc.

    OSCAR MOSCARIELLOCARLOS PREZ

    LEY N 4.040

    Sancin: 24/11/2011

    Promulgacin: Decreto N 712/2011 del 28/12/2011

    Publicacin: BOCBA N 3824 del 03/01/2012

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    DECRETO N 712/11

    Buenos Aires, 28 de diciembre de 2011

    En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 102 de la Constitucin de la Ciudad Autnoma deBuenos Aires, promulgase la Ley N 4040, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autnoma deBuenos Aires con fecha 24 de noviembre de 2011. Dse al Registro; publquese en el Boletn Oficial dela Ciudad de Buenos Aires; grese copia a la Secretaria Parlamentaria del citado Cuerpo por intermediode la Direccin General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control y remtase, para suconocimiento y dems efectos, a la Administracin Gubernamental de Ingresos Pblicos.

    El presente decreto es refrendado por el seor Ministro de Hacienda y el seor Jefe de Gabinete deMinistros. MACRI - Grindetti - Rodrguez Larreta

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    ANEXOS LEY N 4.040

    Separata del BOCBA N 3824 del 03/01/2012

    ANEXO I

    LEY TARIFARIAPARA EL AO 2012

    TRIBUTOS QUE RECAEN SOBRE LOS INMUEBLESIMPUESTO INMOBILIARIO

    TASA POR PRESTACION DE SERVICIOS

    Artculo 1.- Los montos de los tributos establecidos en el Ttulo III del Cdigo Fiscal se calculan de lasiguiente forma:

    a. El impuesto inmobiliario establecido en el inciso a) del artculo 220 del Cdigo Fiscal: Alproducto de VFH x USC se aplica la tabla del artculo siguiente.b. La tasa por la prestacin de servicios establecida en el inciso b) del artculo 220 del Cdigo

    Fiscal: VFH x USC por alcuota fijada en la presente Ley Tarifaria.

    Artculo 2.-

    a. Fjese en el 0,5% la alcuota de la tasa por la prestacin de servicios establecida en el inciso b)del artculo 220 del Cdigo Fiscal.

    b. Fjese la siguiente tabla para el impuesto inmobiliario:

    VFH x USC Cuota fija Alcuota sobre excedente

    al lmite mnimoDesde Hasta$ $ $ %0 200.000 -.- 0,40

    200.000 400.000 800 0,45400.000 600.000 1.700 0,50600.000 800.000 2.700 0,55800.000 1.000.000 3.800 0,60

    1.000.000 1.200.000 5.000 0,651.200.000 En adelante 6.300 0,70

    El monto del impuesto as determinado incluye el incremento del cinco por ciento (5%) conforme a lodispuesto por el inciso c) del artculo 2 de la Ley N 23.514, el que se destina al Fondo Permanentepara la ampliacin de subterrneos.

    Artculo 3.- Fjese la Unidad de Sustentabilidad en un valor de 4.

    Artculo 4.- Topes de aumento y mnimos: Los tributos inmobiliarios establecidos en el Art. 220 delCdigo Fiscal no podrn tener un incremento mayor de los detallados en la siguiente tabla, respecto delo determinado en el perodo fiscal inmediatamente anterior por esos mismos tributos a los que estosreemplazan.

    En el caso que durante el ejercicio fiscal el tributo determinado variase con origen en cambios en elempadronamiento y/o caractersticas de titularidad, los topes se calcularan sobre la nuevadeterminacin del tributo en funcin de los cambios producidos.

    Para el ejercicio fiscal de implementacin:

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    Relacin ValuacinFiscal/Valuacin de Mercado

    AumentoTope (En %)

    CoeficienteAplicable

    Mayor al 10% 100 2Mayores al 5% y menores al10%

    200 3

    Menores al 5% 300 4

    Para los siguientes ejercicios fiscales:

    Valuacin Fiscal Homognea AumentoTope (En %)

    CoeficienteAplicable

    Hasta $ 150.000 50 1,5Desde 150.000 hasta 300.000 75 1,75Mayores de $ 300.000 100 2

    A partir de la vigencia de la presente Ley, los terrenos que permanezcan ms de 2 (dos) aos sinedificacin incrementarn anualmente el 100% de su gravamen total en forma progresiva hastaalcanzar el 1% de su valor de mercado.

    Esta imposicin operar sobre la partida correspondiente hasta tanto se produzca la incorporacinparcial o total de edificios de acuerdo a lo establecido en el Art. 237 del Cdigo Fiscal.

    Sin perjuicio de los topes establecidos, ninguna partida inmobiliaria podr tener un tributo determinadomenor a $600 (pesos seiscientos), con excepcin de las cocheras, bauleras y otras unidadescomplementarias cuyo mnimo no podr ser inferior a $200 (pesos doscientos).

    Los mnimos establecidos en el prrafo anterior corresponden en partes iguales a cada uno de lostributos establecidos en el artculo 220 del Cdigo Fiscal.

    Para los inmuebles cuyo empadronamiento se realizase en el presente ejercicio fiscal se calcular el

    valor fiscal que le correspondera segn la Ley N 3751, aplicndose los tributos conforme a los topesestablecidos en el presente artculo.

    Artculo 5.- El importe anual a ingresar por los tributos establecidos en el Cdigo Fiscal devengadosen el ejercicio, no podr superar el uno por ciento (1%) del valor de mercado del inmueble.

    En caso que el contribuyente entendiera que as resultare podr interponer, sin efecto suspensivo, elrecurso administrativo correspondiente, debiendo acompaar, sin perjuicio de los restantes elementosde prueba que agregue, escrito en que se fundamente la impugnacin y al menos dos (2) informesrealizados por corredores inmobiliarios matriculados en el Colegio nico de Corredores Inmobiliarios dela Ciudad de Buenos Aires (CUCICBA) creado por la Ley N 2340 o por profesionales matriculados conincumbencia en la materia que contengan una descripcin de la propiedad objeto de la operacin,caractersticas de la zona y valor de mercado estimado. Dichos informes debern contar con lacertificacin de firma de quienes lo suscriben por parte del Colegio de Corredores Inmobiliarios de laCiudad de Buenos Aires (CUCICBA) o del Consejo Profesional respectivo.

    A fin de resolver el planteo, la Administracin Gubernamental de Ingresos Pblicos podr realizar lasverificaciones que entienda necesarias, incluso en el propio inmueble, as como solicitar tasacin alBanco Ciudad de Buenos Aires.

    De igual manera se habr de proceder cuando el contribuyente y/o responsable reclamare respecto dela Valuacin Fiscal Homognea.

    Artculo 6.- Las Valuaciones fiscales de los terrenos de la Ciudad Autnoma de Buenos Airesmantendrn para el ejercicio fiscal 2012, los mismos valores vigentes al ao 2011.

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    A los efectos determinar las valuaciones fiscales de los terrenos que presenten modificaciones en susedificaciones con vigencia al ao 2012, se tomarn los trminos coeficientes de valores zonales,formas de clculo, y Valores unitarios de reposicin de edificios determinados en la Ley 2568.

    Artculo 7.- A los efectos de lo dispuesto en el artculo 227 sexies del Cdigo Fiscal la valuacinactualizada de los edificios se determina en base a los valores de reposicin unitarios que les

    corresponde por sus destinos constructivos, categoras, adicionales por instalaciones tecnolgicas(domticas, inmticas, etc.) y/o fundaciones indirectas con significacin econmica, afectados por elcoeficiente que resulte a la fecha en que los edificios estuvieran en condiciones de ser usados y de suestado de conservacin. Con ese objeto se discriminan a continuacin dichos valores unitarios y seconsignan diversas categoras que se obtienen mediante el uso de planillas de puntajes o denarraciones enumerativas, que en ningn caso deben considerarse como limitativas.

    Dichas planillas y descripciones se refieren a programas arquitectnicos vigentes desde el ao 1960.

    Los casos de construcciones de ndole especial, por su programa arquitectnico o detallesconstructivos excepcionales, pueden ser objeto de estudio particularizado para determinar su avalo.

    Para el tratamiento de las refacciones, se procede segn el caso: a modificar el destino, la categora dela construccin o actualizar el valor del edificio mediante la correccin del coeficiente de actualizacinestablecido en el artculo 8, de tal manera que el nuevo avalo resultante incluya el valor de lasmodificaciones introducidas.

    A ese efecto, se tendr en cuenta todo tipo de trabajos de refaccin y/o conservacin que prolonguenla vida til del inmueble y disminuyan su coeficiente de depreciacin que ser determinado poraplicacin de la siguiente frmula:

    Cdr = (I-PU) + (PU x Cd)

    Siendo:

    Cdr = Coeficiente de depreciacin resultante.PU = Porcentaje utilizable de las construcciones existentes no refaccionadas.Cd = Coeficiente de depreciacin obtenido a partir de la Ley Tarifaria del ao de ejecucin original delas obras.

    El coeficiente de depreciacin resultante se aplicar a la totalidad de las obras existentes en el predio ala fecha del nuevo avalo.

    La determinacin del porcentaje total de las construcciones refaccionadas se efectuar considerandolos porcentuales particularizados de acuerdo a cada tarea, conforme los parmetros y pautas que alefecto dictar la Administracin Gubernamental de Ingresos Pblicos.

    TABLA DE VALORES DE REPOSICION DE EDIFICIOS -AO 2012-( en $/m2 )

    Categora Uni-FamiliarC. velat.01

    Multi-Familiar

    02

    Materialprecario

    03

    Oficinas

    04

    "A" .....$"B" .....$"C" .....$

    "D" .....$"E" .....$"F" .....$

    994652413

    305192-.-

    927604379

    279162-.-

    -.--.--.-

    -.-8566

    1.087848388

    302164-.-

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    Categora NegociosGal. com.Veterin.Caj. aut.Salones

    CinesTeatros

    Edificiosno comunes

    GarajesGuarda-cochesCocheras

    05 06 07 08

    Categora MercadoSuper-mercado

    HotelesResidenc.AlberguesC. pens.Ins. gerit.

    Templos ClubesEstad.Colegios

    Bancos

    09 10 11 12 13

    Categora Ind.FbTaller

    Depsitos HospitalesSanatoriosPoliclnicosInst. md.c/ internac.

    ConsultorioLaboratoriosAnlisisclnicos yradiolgicoss/ internac.

    Estacionesde servicio

    14 15 16 17 18

    "A" .....$"B" .....$

    "C" .....$"D" .....$"E" .....$"F" .....$

    -.-324

    1621306246

    -.-324

    1621306246

    1.1961.000

    468399-.--.-

    805710

    431359-.--.-

    -.-324

    162130-.--.-

    OTROS DESTINOSCATEGORIA

    UNICAUNIDADES POR

    19) Natatorios apoyados en el terreno(cemento alisado)

    $ 90 M3.

    20) Natatorios apoyados en el terreno(c/revestimientos)

    $ 107 M3.

    21) Natatorios apoyados en el terreno(climatizados)

    $ 150 M3.

    22) Tanques industriales $ 136 M3.23) Cmaras frigorficas $ 54 M2.24) Graderas (madera) $ 28 M.25) Graderas (hormign armado) $ 62 M.26) Cocheras descubiertas y/oplayas de estacionamiento y/oespacios destinados a estacionamiento,que posean solado y/o soladosdescubiertos en estaciones de servicio

    $ 23 M2.

    27) Natatorios elevados(cemento alisado)

    $ 136 M3.

    28) Natatorios elevados(con revestimientos) $ 161 M3.29) Natatorios elevados (climatizados) $ 225 M3.

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    Adicionales:

    30) Los edificios que cuenten con sistemas integrados automatizados de las instalaciones con el objetode aportar servicios optimizados de seguridad, comunicacin y/o energa, adicionarn el 3,5% sobre elValor Unitario de Reposicin que les corresponda segn la Tabla descriptiva precedente.

    31) Los edificios que cuenten con fundaciones indirectas en razn de las condiciones del suelo en elque asientan, adicionarn un porcentaje sobre el Valor Unitario de Reposicin que les correspondasegn la Tabla descriptiva precedente y conforme al siguiente detalle:

    a. Con pilotes de hasta ocho (8) metros de longitud, 3%.b. Con pilotes de hasta veinte (20) metros de longitud, 6%.c. Con pilotes de ms de veinte (20) metros de longitud o plateas de hormign, 9%.

    32) Canchas deportivas descubiertas.

    Canchas deportivas descubiertas Categoranica

    Unidades Por

    $ 23 M2

    Artculo 8.- En la determinacin del valor fiscal de las edificaciones y con respecto a las categoras,destinos y usos sobre los que se calcularn los tributos que recaen sobre los inmuebles se aplicarnlas pautas generales que se detallan en este artculo. Tambin se utilizarn en las previsiones del art.227 sexies.

    a) Para los casos de destinos constructivos no especificados, se adopta el ms semejante con arregloa la categora que le corresponde por su valor.

    b) Todas las superficies cubiertas destinadas a albergar las mquinas o instalaciones necesarias parala prestacin de los servicios centrales, como calefaccin, agua caliente, aire acondicionado, sala de

    mquinas, etc., son empadronadas en el mismo destino y categora de aquellas a las que sirven,independientemente del lugar de su emplazamiento y sea cuales fueren sus caractersticasconstructivas.

    c) VARIOS: La adjudicacin de los destinos de los edificios que a continuacin se detallan, sefundamenta en las programaciones arquitectnicas de los mismos, teniendo en cuenta que de ellassurgen los usos potencialmente factibles.

    Las categoras son determinadas en algunos casos, mediante el uso de tablas de puntajes relativos yen otros por medio del cotejo con descripciones generales no taxativas, referidas a caractersticasconstructivas, dimensiones, instalaciones, etc.

    El encasillamiento que resulte de aplicar las tablas de puntajes y/o las descripciones del presenteartculo, puede ser perfeccionado mediante Disposicin fundada que contemple el estudiopormenorizado de materiales, sistemas constructivos, instalaciones y/o diseos especiales, etc., quepor su marcada incidencia, alteren los costos unitarios promedios de reposicin, como por ejemplo:costos de materiales en general, caractersticas especiales de sistemas constructivos, estructurasresistentes, fundaciones, solados, cielorrasos, revestimientos, carpinteras, herreras, tratamientos demuros exteriores, vidrieras, aislaciones hidrulicas, trmicas y/o acsticas, calidad, cantidad y tamaode locales sanitarios, instalaciones contra incendio, de calefaccin o aire acondicionado, densidad delas instalaciones elctricas tanto de alta como baja tensin, escaleras mecnicas, rampas mviles,estructura para puentes gra, aparejos o plumas, pinturas, etc.

    Cuando las instalaciones o terminaciones constructivas incidan en la categorizacin de los destinosconstructivos e involucren una superficie superior al quince por ciento (15%) de las superficies

    comunes complementarias del inmueble a considerar, se ponderarn afectando la categora de latotalidad de la superficie del mismo.

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    Ante la existencia de sistemas de climatizacin central y/o individual central en parte de una unidad deuso, se ponderarn los mismos afectando la categora de la totalidad de dicha unidad.

    d) La base de referencia para la determinacin de los valores unitarios promedio de reposicin de lascategoras de los destinos 01-Viviendas unifamiliares y 02-Viviendas multifamiliares est constituida porla categora "D" de este ltimo, siendo sus caractersticas ms destacables las siguientes: Estructura

    resistente de H A, para un edificio entre medianeras, de un stano, planta baja y 10 pisos altos;considerando la accin del viento en un solo sentido, con un espesor promedio de H A de 20 cm.,cuanta de acero de 100 Kg/m3. y ejecutado con hormigones sin tratamientos a la vista; mamposterade ladrillos huecos de 0,15 m. en medianeras y de 0,10 m. en muros interiores; revoques exteriores enpatios y medianeras a la cal y arena fina; frentes y contrafrentes terminados con enlucidos demateriales de frentes comunes y sencillos en sus formas y detalles carentes de revestimientosespeciales; contrapisos de hormign de cascotes con terminacin de carpetas alisadas para larecepcin de parquets de maderas o alfombras; en locales sanitarios y balcones, solados de baldosascermicas comunes, revestimientos de azulejos comunes con terminaciones en ngulo recto ymuebles, mesadas, griferas, artefactos, accesorios, y plomera gruesa y fina comunes; en carpinteraexterior marcos y hojas de puertas y ventanas ejecutadas en chapa de hierro doblada; hojas de puertasinteriores tipo placa enchapadas con maderas para pintar y herrajes comunes; placares en cantidad ysuperficies mnimas, con sus frentes con puertas tipo placa de madera para pintar e interior de los

    mismos con barral, cajonera y estantes mnimos; enlucidos de yeso en muros interiores y cielorrasoscon terminaciones en ngulo recto, hasta dos circuitos elctricos; portero elctrico y toma de antena deT.V. comunes; una toma de telfono urbano; ascensores comunes; escalera reglamentaria con herreracomn y sin calefaccin, agua caliente ni aire acondicionado central.

    e) 01 - 02 VIVIENDAS UNIFAMILIARES Y MULTIFAMILIARES Y CASAS VELATORIAS.

    Se clasifican en categoras de acuerdo al puntaje que en cada caso se indica, que surge de lavalorizacin de su programa arquitectnico y elementos constructivos, conforme se detalla en lassiguientes tablas:

    TABLA DE PUNTAJE

    Una unidad sanitaria.......................................................................... 1

    Dos unidades sanitarias..................................................................... 2

    Tres unidades sanitarias..................................................................... 4

    Cuatro unidades sanitarias................................................................. 6

    Cinco o ms unidades sanitarias......................................................... 8

    Quedan excluidos los toilettes de recepcin, los toilettes, WC y/ounidades sanitarias de servicio.Sala de estar ntima y/o jardn de invierno........................................... 2

    Por cada bao compartimentado se adicionar al puntaje que lecorresponda por unidad sanitaria........................................................ 1

    Sala de msica y/o juegos.................................................................. 1Escritorios y/o bibliotecas.................................................................. 1

    Sala de estar o living.......................................................................... 1

    Comedor.......................................................................................... 1

    Toilette de recepcin......................................................................... 2

    Living-Comedor................................................................................ 1

    Ambiente nico (Dpto. 1 amb.).......................................................... 1

    Living y/o Comedor y/o Living-Comedor sup. mayor de 42 m2............... 2

    Comedor diario y/u office.......... 1

    Cocina de superficie igual o mayor a 10 m2 y lado igual o mayor a 2.00m..................................................................................................... 1

    Dormitorio en suite, entendindose por tal al dormitorio que cuentecomo mnimo con una unidad sanitaria con acceso directo exclusivo 1

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    a travs del mismo y cuarto de vestir o vestidor con las mismascaractersticas....................................................................................

    Toilette, WC y/o unidad sanitaria de servicio..................................... 2

    Habitacin de servicio y/o cuarto de planchar y/o dep. ensereso similar............................................................................................ 1

    Sauna o similar.................................................................................. 1Una unid. viv. por planta (Piso multifamiliares nicamente).................. 2

    Dos unid. viv. por planta (S.piso multifamiliares nicamente)............... 1

    Asc. en viviendas unifamiliares, cada uno........................................... 2

    Asc. palier privado (perfectamente diferenciado) en viviendasmultifamiliares, cada ascensor............................................................ 1

    Asc. serv. (perfectamente diferenciado) en viviendas multifamiliares.... 3

    Asc. serv. (perfectamente diferenciado) en viviendas multifamiliares, cadaascensor adicional..................................................................... 1

    Ascensor/es automticos en viviendas multifamiliares........................... 2

    Montacargas, cada uno..................................................................... 1

    El sistema hidrulico incrementa en cada caso los puntajesanteriores en..................................................................................... 1

    Calefaccin central y/o individual central, (Aire caliente, losa radiante,convectores para agua caliente, convectores para agua caliente o vapor,multisplits, VRV, VAV, losa radianteelctrica).......................................................................................... 4

    Aire acondicionado central y/o individual central, (Sistemas convectores,y/o Fan-coil, multisplits, VRV, VAV). Fro solamente............................. 4

    Aire acondicionado central y/o individual central, (sist.convectores y/o Fan-coil, multisplits, VRV, VAV, losa radiante elctrica).Fro-calor.................................................. 6

    Estructura independiente de H A.................................................... 1

    Pozos romanos................................................................................. 1

    Velatorios ( 01 ) - con ascensor y/o calefaccin - Categora...................... C

    Casos restantes - Categora................................................................... D

    PUNTAJES TOPES DE CATEGORIAS

    23 puntos o ms.........Categora......... "A"De 18 a 22 puntos......Categora......... "B"De 7 a 17 puntos........Categora......... "C"De 3 a 6 puntos..........Categora......... "D"Menos de 3 puntos.....Categora......... "E"

    f) 03 - MATERIAL PRECARIO

    Para las construcciones comprendidas en este destino no es de aplicacin ninguna tabla de puntaje ys las descripciones que se detallan:

    CATEGORIA: "E"Corresponde en general al tipo de viviendas que por sus materiales, (maderas-chapas de asbestos,cemento-plsticas o metlicas, mampostera escasa) o sistemas de fabricacin poseen una vida tillimitada, pueden poseer servicios sanitarios de material permanente.

    CATEGORIA: "F"

    Corresponde a viviendas de desarrollo constructivo mnimo ejecutadas con material precario.

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    g) 04 OFICINAS

    Se denomina "oficinas" a todos los edificios o parte de ellos cuyos diseos son aptos en forma principalpara el desarrollo de actividades administrativas y/o profesionales.

    TABLAS DE PUNTAJES

    1. Estructura resistente independienteHormign armado.....................................................De acero..................................................................Mixtas......................................................................

    364

    1.1. Luces libres lado menorHasta 5,00 m...........................................................De 5,01 a 9,00 m.....................................................Mayor de 9,00 m.....................................................

    246

    1.2. Alturas de las estructurasHasta 3,00 m...........................................................De 3,01 a 4,00 m.....................................................

    Mayor de 4,00 m.....................................................

    24

    62. Frentes exclusivos de las oficinas

    2.1. Entre medianeras............................................... 2

    2.2. En esquina y/o permetro libre............................ 4

    2.3. Permetro Semilibre 3

    3. Terminacin frentes

    3.1. Lisos, comunes u hormign comn a lavista.........................................................................

    2

    3.2. Artesonados (pilares, molduras, cornisas).......... 4

    3.3. Mrmoles, granitos, piedras, acero inoxidable:Parcial......................................................................Total........................................................................

    46

    3.4. Hormign a la vista especial............................... 6

    3.5. Otros revestimientos de menor costo:Parciales...................................................................Totales.....................................................................

    34

    3.6. Fachada vidriada................................................ 4

    3.7. Courtain wall:Parcial......................................................................Total.........................................................................

    69

    4. Solados interiores

    4.1. Grantico reconstituido, flexiplast, vinlicos,

    calcreos, cermicas comunes, alfombras.................. 14.2. Especiales, de gomas, maderas, mrmoles,granticos, maylicas................................................. 3

    5. Revestimientos paramentos internos

    5.1. Revoques comunes a la cal o yeso, venecita,vinlicos.................................................................... 1

    5.2. Artesonados, molduras, maderas, telas,aluminio.................................................................... 3

    5.3. Granticos, mrmoles, piedras, acero inoxidable,cermicas especiales................................................. 3

    5.4. Otros revestimientos de menor costo................. 2

    6. Cielorrasos6.1. A la cal, yeso, aglomerados acsticos................ 1

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    6.2. Artesonados (casetonados, molduras,cornisas)................................................................... 2

    6.3. Integrales de aluminio comn o acero, aluminioanodizado, acero inoxidable, bronce......................... 3

    6.4. Mixtos, especiales de madera, espejos,etc............................................................................ 3

    7. Servicios centrales para aclimatacin

    7.1. Calefaccin central y/o individual central, (Airecaliente, losa radiante, convectores para agua caliente,convectores para agua caliente o vapor, multisplits,VRV, VAV, losa radiante elctrica)...............................

    15

    7.2. Aire acondicionado central y/o individual central,(Sistemas convectores, y/o Fan-coil, multisplits, VRV,VAV). Fro solamente..................................................

    30

    7.3. Aire acondicionado central y/o individual central,(sist. convectores y/o Fan-coil, multisplits, VRV, VAV,losa radiante elctrica). Fro-calor................................

    35

    7.4. Instalacin elctrica para equipos individualesde aire acondicionado............................................... 3

    8. Ascensores y montacargas

    8.1. Montacargas..................................................... 1

    8.2. Ascensores comunes......................................... 4

    8.3. Ascensores semi automticos (con memoriade parada)............................................................... 5

    8.4. Ascensores automticos (con memoria de parada,apertura y cierre automticos de puertas...................... 7

    PUNTAJES TOPES DE LAS CATEGORIAS

    De 0 a 15 puntos Categora E

    De 16 a 34 puntos Categora D

    De 35 a 59 puntos Categora C

    De 60 a 65 puntos Categora B

    Ms de 65 puntos Categora A

    h) 05 NEGOCIOS-GALERIAS COMERCIALES-VETERINARIAS-CAJEROS AUTOMATICOS-SALONES

    Se denomina negocio a toda construccin cuyo diseo es apto para la venta y/o alquiler de distintos

    productos, as como la prestacin de servicios con acceso directo desde la va pblica.

    Galera comercial es aquella construccin en la que se agrupan varios locales negocios con accesodesde la va pblica y reas de circulacin horizontal y/o vertical comunes a todos ellos.

    Veterinarias son todos aquellos locales negocios cuyos diseos son aptos para el ejercicio de laprofesin veterinaria y/o actividades anexas.

    SALONES: Son aquellas construcciones con diseo apto para fiestas, reuniones, conferencias y/opropsitos afines, que no tienen plateas altas y/o palcos y/o con pendientes pronunciadas.

    TABLA DE PUNTAJES

    1. Estructura resistente independiente

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    Hormign armado.....................................................De acero..................................................................Mixtas......................................................................

    364

    1.1. Luces libres lado menorHasta 5,00 m...........................................................De 5,01 a 9,00 m.....................................................

    Mayor de 9,00 m.....................................................

    24

    61.2. Alturas de las estructurasHasta 3,50 m...........................................................De 3,51 a 5,00 m.....................................................Mayor de 5,00 m.....................................................

    246

    2. Frentes Exclusivos del Local Negocio

    2.1. Entre medianeras............................................... 2

    2.2. En esquina y/o permetro libre............................ 4

    2.3. Permetro Semilibre............................................ 3

    3. Terminacin frentes

    3.1. Lisos comunes y Hormign comn a la

    vista......................................................................... 23.2. Artesonados (pilares, molduras, cornisas).......... 4

    3.3. Mrmoles, granticos, piedras, acero inoxidable:Parcial......................................................................Total........................................................................

    46

    3.4. Hormign a la vista especial............................... 6

    3.5. Otros revestimiento de menor costo:Parciales...................................................................Totales.....................................................................

    34

    3.6. Fachada vidriada................................................ 4

    3.7. Courtain wall:

    Parcial......................................................................Total......................................................................... 69

    4. Solados interiores

    4.1. Grantico reconstituido, flexiplast,vinlicos.................................................................... 1

    4.2. Especiales, de gomas, maderas, mrmoles,granticos, maylicas................................................. 3

    5. Revestimientos, paramentos internos

    5.1. Revoques comunes a la cal o yeso, venecita,vinlicos.................................................................... 1

    5.2. Artesonados, molduras, maderas, telas,aluminio.................................................................... 3

    5.3. Granticos, mrmoles, piedras, aceroinoxidable, cermicas especiales............................... 3

    5.4. Otros revestimientos de menor costo................. 2

    6. Cielorrasos

    6.1. A la cal, yeso, aglomerados, acsticos................ 1

    6.2. Artesonados (casetonados, molduras,cornisas)................................................................... 2

    6.3. Integrales de aluminio comn o acero, aluminioanodizado, acero inoxidable, bronce......................... 3

    6.4. Mixtos, especiales de madera,espejos, etc.............................................................. 3

    7. Servicios centrales para aclimatacin

    7.1. Calefaccin central y/o individual central, (Aire

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    caliente, losa radiante, convectores para agua caliente,convectores para agua caliente o vapor, multisplits,VRV, VAV, losa radiante elctrica) ...............................

    15

    7.2. Aire acondicionado central y/o individual central,(sistemas convectores, y/o Fan coil, multisplits, VRV,VAV). Fro solamente.............................................

    30

    7.3. Aire acondicionado central y/o individual central,(sist. convectores y/o Fan-coil, multisplits, VRV, VAV,losa radiante elctrica). Fro-calor...............................

    35

    7.4. Instalacin elctrica para equipos individualesde aire acondicionado............................................... 3

    7.5. Cortina de aire (Protectora de aireacondicionado)......................................................... 3

    8. Ascensores y montacargas-Escaleras mecnicas

    8.1. Ascensores exclusivos para niveles de local....... 2

    8.2. Ascensores compartidos con otros destinos yniveles...................................................................... 1

    8.3. Ascensores comunes......................................... 38.4. Ascensores semi-automticos (con memoria deparada).................................................................... 4

    8.5. Ascensores automticos (con memoria de parada,apertura y cierre automtico de puertas)........ 6

    8.6. Escaleras mecnicas.......................................... 12

    PUNTAJES TOPES DE CATEGORIAS

    Categora F: Construcciones ejecutadas con materiales precarios y de corta vida til.

    De 0 a 15 puntos Categora EDe 16 a 29 puntos Categora D

    De 30 a 47 puntos Categora C

    De 48 a 53 puntos Categora B

    Ms de 53 puntos Categora A

    Son encasillados como mnimo en la categora "C" los locales negocios que por sus instalaciones ycaractersticas constructivas resultan aptos para la elaboracin de comidas, como restaurantes, bares,confiteras, etc.

    i) 06 - CINES - TEATROS

    CATEGORIA "D"

    Estructura independiente o mixta de H A. Estructura de techos metlicos. Cubiertas de chapas deasbestos, cemento, metlicas o plsticas; ventilaciones permanentes, sin entrepisos o plateas altas opalcos. Cielorrasos suspendidos o aplicados con enlucidos de yeso sin gargantas. Ncleos sanitariosmnimos, tanto en cantidad como en materiales; sin servicios centrales.

    CATEGORIA "C"

    dem categora anterior ms calefaccin central por losa radiante, o por convectores, o mediante airecaliente, o por equipos compactos. Asimismo, en esta categora se ubican todas las construcciones

    que poseen entrepisos y/o plateas altas y/o palcos y que carecen de servicio de calefaccin central.

    CATEGORIA "B"

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    dem categoras anteriores que adems poseen entrepisos y/o plateas altas y/o palcos y que tienenservicio de calefaccin central. Adems son encuadradas aqu aquellas construcciones que noteniendo entrepisos y/o plateas altas y/o palcos, poseen aire acondicionado central, y/o frentes congrandes superficies vidriadas u otros tratamientos con costo equivalente.

    CATEGORIA "A"

    dem categoras anteriores con entrepisos y/o plateas altas y/o palcos, que poseen adems servicio deaire acondicionado central y/o cualquier sistema constructivo o tratamiento decorativo, que por suscostos supere la categora anterior.

    j) 07 - EDIFICIOS NO COMUNES

    Este rubro comprende aquellos edificios o sectores de los mismos que por su diseo especfico odiversidad de usos que incluyen, no pueden ser encuadrados en los restantes destinos contempladosen este ordenamiento.

    CATEGORIA "C"

    Edificios o sectores de edificios sin servicios centrales, o centrales individuales.

    CATEGORIA "B"

    dem, dem anterior; ms calefaccin central o central individual con ascensores o montacargas.

    CATEGORIA "A"

    Edificios o sectores de edificios con estructura resistente para grandes luces libres o grandes cargas, oestructuras especiales, que poseen adems servicios centrales o centrales individuales de aireacondicionado, o ascensor/es, montacarga/s, escalera/s mecnica/s, etc.

    k) 08 - GARAJES - GUARDACOCHES - COCHERAS

    Desgnase como garajes, guardacoches o cocheras a aquellos edificios o parte de ellos, que por suscaractersticas constructivas, tamao, formas y medidas, instalaciones especiales, etc., son aptos enforma principal, para ser destinados a la guarda, custodia o tenencia temporaria o permanente deautomviles, omnibuses, motocicletas, bicicletas, lanchas, etc., exceptuando a los edificios de estascaractersticas que son utilizados como depsitos para el stock, con motivo de venta o fabricacin deestos vehculos.

    CATEGORIA "F"

    Todas las construcciones comprendidas en la categora "E" que tienen menos de dos cerramientoslaterales.

    CATEGORIA "E"

    Estructuras parablicas con cualquier cubierta, con luces libres entre apoyos hasta 25m. y alturas hasta4m., con dos o ms cerramientos laterales.

    Cabriadas de cualquier material o cubierta, con luces libres entre apoyos hasta 10m. y alturas hasta4m., con dos o ms cerramientos laterales.

    Estructuras independientes y/o entrepisos de hormign armado o bovedillas de acero, con luces libres

    entre apoyos hasta 6m. y altura hasta 4m., con dos o ms cerramientos laterales.

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    CATEGORIA "D"

    Estructuras parablicas con cualquier cubierta, para luces entre apoyos mayores de 25m. y/o alturasentre 4 y 6,50 m., con dos o ms cerramientos laterales.

    Cabriadas de cualquier material y cubierta, con luces libres entre apoyos entre 10 y 17,50 m. y hasta

    4m. de altura, con dos o ms cerramientos laterales.

    Estructura independiente y/o entrepisos de hormign armado o bovedillas de acero, con luces libresentre apoyos entre 6 y 10m. y altura hasta 4m., con dos o ms cerramientos laterales.

    CATEGORIA "C"

    Estructuras parablicas con cualquier cubierta, con luces libres entre apoyos mayores de 25m. y/oalturas mayores de 6,50 m., con dos o ms cerramientos laterales.

    Cabriadas de cualquier material o cubierta, con luces libres entre apoyos mayores de 17,50m y/oalturas comprendidas entre 4 y 6,50 m., con dos o ms cerramientos laterales.

    Estructuras de techo autoportantes de cualquier material, para cualquier luz libre y/o altura, con o sincerramientos laterales.

    Estructuras independientes y/o entrepisos de hormign armado o bovedillas de acero, con luces libresentre apoyos entre 10 y 17,50 m. y/o alturas entre 4 y 6,50m., con dos o ms cerramientos laterales.

    Estructura de hormign pretensado o premoldeado, para cualquier luz libre entre apoyos o alturas, cono sin cerramientos laterales.

    CATEGORIA "B"

    Estructura de techo tipo "Shed" o similar de cualquier material y cubierta, para cualquier luz libre yaltura, con o sin cerramientos laterales.

    Cabriadas de cualquier material y cubierta, con luces libres entre apoyos mayores de 17,50m. y/oalturas mayores de 6,50m., con dos o ms cerramientos laterales.

    Estructura independiente y/o entrepisos de hormign armado o bovedillas de acero, con luces libresentre apoyos mayores de 17,50 m. y/o alturas mayores de 6,50m., con dos o ms cerramientoslaterales.

    CATEGORIA "A"

    Se empadronan en esta categora las cocheras que poseen mquinas electromecnicas de "puentegra y ascensor de vehculos tipo Pidgeon Hall"; independientemente de los materiales constructivos,luces libres entre apoyos, alturas y/o cerramientos laterales.

    Asimismo se empadronan tambin en esta categora, todas las playas de estacionamientosubterrneas, bajo paseos, plazas o vas pblicas; cualquiera fuera su caracterstica constructiva.

    NOTAS

    1. Las construcciones que poseen uno o ningn cerramiento son empadronadas en la categorainmediata inferior a la que correspondiera por las caractersticas restantes, salvo aquellascuyas categoras sean independientes del cerramiento lateral.

    2. Para los casos de edificios clasificados en las categoras "E" y "D" y que poseen ascensor omontacargas, se empadronan en la categora inmediata superior, exceptuando los niveles o

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    pisos que no poseen paradas y la planta baja en el caso de aquellos con destino no exclusivode cocheras.

    3. En los edificios que poseen uno o ms entrepisos se debe asignar a cada uno de ellos lacategora que le corresponda.

    4. En caso que en una misma planta, por sus caractersticas constructivas, se puedan diferenciardistintas categoras, se procede a clasificar cada sector con su correspondiente categora.

    5. Para modificar las categoras contempladas se puede tener en cuenta adems otrasinstalaciones, sistemas o mecanismos que signifiquen un incremento de costos unitarios comopor ejemplo: ventilacin forzada, cielorrasos, revestimientos o solados especiales; fosas parainspeccin de vehculos, instalacin hdrica contra incendio; instalacin para lavar vehculos,etc.

    6. Son empadronadas dentro de este destino, aquellas superficies cubiertas, accesorias peronecesarias, como medios de salida o de ingreso son corredores, pasillos, pasajes, rampas, etc.

    7. Los edificios destinados exclusivamente a garaje cuyas estructuras de H A estnconformadas con prticos o losas casetonadas deben reflejar en sus valuaciones la incidenciade las mismas.

    L) 09 - MERCADOS - SUPERMERCADOS

    Estos destinos se concretan en construcciones de caractersticas similares a las de industrias, garajesy depsitos diferencindose de aqullas por la aplicacin de cielorrasos, revestimientos especiales yservicios sanitarios, en consecuencia para las categoras "B" a "F" sirven las mismas descripciones.

    CATEGORIA "A"

    dem categora "B" con el agregado de servicio central para el tratamiento ambiental.

    LL) 10 - HOTELES - HOTELES RESIDENCIALES - APPART-HOTEL - CASAS DE PENSION -ALBERGUES - INSTITUTOS GERIATRICOS

    Desgnase con los destinos precedentes, a aquellos edificios o parte de ellos, que por sus

    caractersticas constructivas y programas arquitectnicos, son aptos en forma principal para elalojamiento o albergue de personas de manera permanente o transitoria. Estos establecimientossuministran a los huspedes: moblaje, ropa de cama y de tocador, y pueden estar capacitados paraproporcionar comidas, bebidas y otros servicios.

    TABLA DE PUNTAJES

    1. Estructura resistente

    1.1. Apoyada en muro de mampostera....................... 0

    1.2. Independiente metlica........................................ 3

    1.3. Independiente de hormign armado..................... 2

    1.4. Independiente mixta............................................ 22. Estructura de hormign armado(Se suma al puntaje del hormign armado indicado en elinc.1)

    2.1. Espesor promedio hasta 22 cm............................ 2

    2.2. Espesor promedio de 23 a 29 cm........................ 3

    2.3. Espesor promedio mayor de 29 cm...................... 4

    3. Fachadas

    3.1. Edificios entre medianeras.................................... 1

    3.2. Edificios en esquina, torre o similares(ms de una fachada).................................................. 2

    3.3. Permetro Semilibre............................................. 34. Caractersticas de fachada y/o contrafrentes

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    (se suma al puntaje indicado en el inc. 3)

    4.1. Revoques comunes de frentes.............................. 2

    4.2. De estilos artesanados......................................... 4

    4.3. Revestimientos especiales parciales...................... 3

    4.4. Revestimientos especiales totales.......................... 4

    4.5. Frentes integrales (tipo Courtain Wall) parciales.... 64.6. Frentes integrales (tipo Courtain Wall) totales....... 9

    5. Baos

    5.1. Habitaciones sin bao privado.............................. 0

    5.2. Habitaciones con bao privado sin baera............ 2

    5.3. Habitaciones con bao privado completo............. 4

    5.4. dem anterior, compartimentado........................... 6

    6. Ascensores

    6.1. Ascensores principales comunes.......................... 3

    6.2. dem anterior semi-automticos (con memoria de

    parada)...................................................................... 46.3. dem anterior automticos (Maniobras y puertasexteriores automticas con memoria de parada, aperturay cierre automtico de puertas)...................................... 6

    6.4. Ascensores de servicio comunes.......................... 2

    6.5. dem anterior semi-automticas (con memoria deparada)...................................................................... 3

    7. Servicios

    7.1. Calefaccin central y/o individual central, (Airecaliente, losa radiante, convectores para agua caliente,convectores para agua caliente o vapor, multisplits, VRV,VAV, losa radiante elctrica) .......................................

    10

    7.2. Aire acondicionado central y/o individual central,(sistemas convectores, y/o Fan coil, multisplits, VRV,VAV) Fro solamente...................................................

    20

    7.3. Aire acondicionado central y/o individual central, (sist.convectores y/o Fan-coil, multisplits, VRV, VAV, losaradiante elctrica). Fro-calor...............................

    25

    8. Otras dependencias

    8.1. Office por piso.................................................... 1

    8.2. Cafetera-Desayuno-Bar-Confitera (Uno o mslocales)....................................................................... 2

    8.3. Restaurante (uno o ms locales)........................... 8

    8.4. Hall-Conserjera-Sala de Estar, con rea sumadamayor de 100 m2....................................................... 5

    8.5. Salas de conferencias, convenciones, reuniones,fiestas, auditorium (una o ms salas)............................ 6

    PUNTAJES TOPES DE CATEGORIAS

    66 puntos o ms Categora A

    De 44 a 65 puntos Categora B

    De 26 a 43 puntos Categora C

    De 14 a 25 puntos Categora D

    De 0 a 13 puntos Categora E

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    M) 11 -12 - TEMPLOS - COLEGIOS - CLUBES

    Atendiendo a la diversidad de los diseos arquitectnicos, que poseen estos tipos de edificios, laasignacin de sus categoras se realiza de acuerdo a sus caractersticas constructivas.

    N) 13 - BANCOS

    Son empadronados como bancos, aquellos edificios o parte de ellos, proyectados para ese fin oaquellos que provenientes de reformas resulten aptos para la misma finalidad y que poseen comomnimo una caja de tesoro y/o cajas de seguridad para el pblico y/o casilla de vigilancia.

    Las categoras de estos edificios son determinadas mediante el auxilio de la siguiente tabla de puntajesy/o aplicacin del artculo VARIOS.

    TABLA DE PUNTAJES

    1. Estructura resistente independienteHormign armado.....................................................De acero..................................................................Mixtas......................................................................

    364

    1.1. Luces libres lado menorHasta 5,00 m...........................................................De 5,01 a 9,00 m.....................................................Mayor de 9,00 m.....................................................

    246

    1.2. Alturas de las estructurasHasta 3,50 m...........................................................De 3,51 a 5,00 m.....................................................Mayor de 5,00 m.....................................................

    246

    2. Frentes exclusivos del local Banco

    2.1. Entre medianeras............................................... 2

    2.2. En esquina o permetro libre............................... 4

    3. Terminacin frentes

    3.1. Lisos comunes u hormign comn a lavista......................................................................... 2

    3.2. Artesonados (pilares, molduras, cornisas).......... 4

    3.3. Mrmoles, granitos, piedras, acero inoxidable:Parcial......................................................................Total........................................................................

    46

    3.4. Hormign a la vista especial............................... 6

    3.5. Otros revestimientos de menor costo:Parciales...................................................................Totales.....................................................................

    34

    3.6. Fachada vidriada................................................ 4

    3.7. Courtain wall:Parcial......................................................................Total.........................................................................

    69

    4. Puertas externas

    4.1. Tambor, giratorias................................................ 2

    4.2. Corredizas, levadizas, neumticas de seguridad...... 3

    4.3. Grandes hojas de abrir, metales o maderas -labradas, portales..................................................... 3

    5. Solados Interiores

    5.1. Grantico reconstituido, flexiplast, vinlicos,calcreos, cermicas comunes, alfombras.................. 1

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    5.2. Especiales, de gomas, maderas, mrmolesgranticos, maylicas................................................. 3

    6. Revestimientos, paramentos internos

    6.1. Revoques comunes a la cal o yeso, venecitas,vinlicos.................................................................... 1

    6.2. Artesonados, molduras, maderas, telas, aluminio,granitos, mrmoles, piedras, acero inoxidable, cermicasespeciales................................................. 3

    6.3. Otros revestimientos de menor costo................. 2

    7. Cielorrasos

    7.1. A la cal, yeso, aglomerados, acsticos................ 1

    7.2. Artesonados (casetonados, molduras,cornisas)................................................................... 2

    7.3. Integrales de aluminio comn o acero, aluminioanodizado, acero inoxidable, bronce......................... 3

    7.4. Mixtos especiales de maderas, espejos, etc. ........3

    8. Servicios centrales para aclimatizacin

    8.1. Calefaccin central y/o individual central, (Airecaliente, losa radiante, convectores para agua caliente,convectores para agua caliente o vapor, multisplits,VRV, VAV, losa radiante elctrica) ...............................

    15

    8.2. Aire acondicionado central y/o individual central,(sistemas convectores, y/o Fan coil, multisplits, VRV,VAV). Fro solamente.............................................

    30

    8.3. Aire acondicionado central y/o individual central,(sist. convectores y/o Fan-coil, multisplits, VRV, VAV,losa radiante elctrica). Fro-calor...............................

    35

    8.4. Aire acondicionado con equipos individualescon locales............................................................... 3

    8.5. Cortina de aire (protectora de aire acondicionado)... 3

    9. Ascensores y montacargas-escaleras mecnicas

    9.1. Ascensores exclusivos para niveles del Banco..... 2

    9.2. Ascensores compartidos con otros destinos yniveles...................................................................... 1

    9.3. Ascensores comunes......................................... 3

    9.4. Ascensores semi-automticos (con memoria deparada).................................................................... 4

    9.5. Ascensores automticos (con memoria de parada,

    apertura y cierre automtico de puertas)..................... 69.6. Montaautos y camiones..................................... 12

    9.7. Escaleras mecnicas.......................................... 12

    10. Locales para cajas de seguridad del pblico

    10.1 Independientemente de su tamao y caractersticasconstructivas............................................................. 3

    PUNTAJES TOPES DE LAS CATEGORIAS

    De 0 a 13 puntos Categora E

    De 14 a 20 puntos Categora D

    De 21 a 54 puntos Categora CDe 55 a 64 puntos Categora B

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    Ms de 64 puntos Categora A

    ) 14 INDUSTRIAS FABRICAS TALLERES

    Se denomina industria, fbrica o taller, a todo edificio o parte de l, que por sus caractersticasconstructivas, programas arquitectnicos, instalaciones, etc. es apto para destinarlo, principalmente, ala ejecucin de tareas manuales y/o electromecnicas necesarias para la reparacin, transformacin,armado o elaboracin de materias primarias, intermedias o finales.

    CATEGORIA B

    Estructura de techo tipo Shed o similar de cualquier material y cubierta, para cualquier luz libre y altura,con o sin cerramiento.

    Cabriadas de cualquier material y cubierta, con luces libres entre apoyos mayores de 17,50 m. y/oalturas mayores de 6,50 m., con dos o ms cerramientos laterales.

    Estructuras independientes y/o entrepisos de hormign armado o bovedillas de acero, con luces libresentre apoyos mayores de 17,50 m. y/o alturas mayores de 6,50 m., con dos o ms cerramientoslaterales.

    Estructuras independientes de hormign armado con prticos, o losas casetonadas, para cualquier luzlibre o altura, con o sin cerramientos.

    CATEGORIA C

    Estructuras parablicas con cualquier cubierta, con luces libres entre apoyos mayores de 25 m. y/oalturas mayores de 6,50 m., con dos o ms cerramientos laterales.

    Cabriadas de cualquier material, con luces libres entre apoyos mayores de 17,50 m. y/o alturascomprendidas entre 4 y 6,50 m., con dos o ms cerramientos laterales.

    Estructuras de techo autoportantes de cualquier material, para cualquier luz libre y/o altura, con o sincerramientos laterales.

    Estructuras independientes y/o entrepisos de hormign armado o bovedillas de acero, con luces libresentre apoyos entre 10 m. y 17,50 m. y/o alturas entre 4 y 6,50 m., con dos o ms cerramientoslaterales.

    CATEGORIA D

    Estructuras parablicas con cualquier cubierta, para luces entre apoyos mayores de 25 m. y/o alturasentre 4 y 6,50 m., con dos o ms cerramientos laterales.

    Cabriadas de cualquier material y cubierta, con luces libres entre apoyos entre 10 y 17,50 m. y hasta 4m. de altura, con dos o ms cerramientos laterales.

    Estructura independiente y/o entrepisos de hormign armado, bovedillas de acero, con luces libresentre apoyos entre 6 y 10 m. y alturas hasta 4 m., con dos o ms cerramientos laterales.

    CATEGORIA E

    Estructuras parablicas con cualquier cubierta, con luces libres entre apoyos hasta 25 m. y alturashasta 4 m., con dos o ms cerramientos laterales.

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    Cabriadas de cualquier material o cubierta, con luces libres entre apoyos hasta 10 m. y altura hasta 4m., con dos o ms cerramientos laterales.

    Estructuras independientes y/o entrepisos de hormign armado y bovedillas de acero, con luces libresentre apoyos hasta 6 m. y alturas hasta 4 m., con dos o ms cerramientos laterales.

    CATEGORIA F

    Todas las construcciones comprendidas en la categora E que tienen menos de dos cerramientoslaterales.

    NOTAS

    1. Las construcciones que poseen uno o ningn cerramiento lateral, son empadronadas en lacategora inmediata inferior a la que correspondiera por las caractersticas restantes, salvoaquellas cuyas categoras son independientes del cerramiento lateral.

    2. Para los casos de edificios clasificados en las categoras E y D y que poseen ascensor omontacargas, se empadronan en la categora inmediata superior, exceptuando los niveles o

    pisos que no poseen parada.3. En los edificios que poseen uno o ms entrepisos se debe asignar a cada uno de ellos lacategora que le corresponda.

    4. En caso que en una misma planta, por sus caractersticas constructivas, se puedan diferenciardistintas categoras, se procede a clasificar cada sector con su correspondiente categora.

    5. Para modificar las categoras contempladas se pueden tener en cuenta adems otrasinstalaciones, sistemas o mecanismos que signifiquen un incremento de costos unitarios comopor ejemplo: estructuras de puentes gra, estructuras resistentes especiales que den lugar afundaciones especiales, calefaccin y aire acondicionado central, ventilacin forzada,instalaciones sanitarias especiales, cielorrasos, revestimientos, solados especiales, fosas parainspeccin de vehculos, planta de tratamiento de lquidos cloacales, instalacin hdrica contraincendios, etc.

    O) 15 DEPOSITOS

    Se designan como depsitos a aquellos edificios o parte de ellos, que por sus caractersticasconstructivas, instalaciones, etc., son aptos para ser destinados en forma principal, a la guardatransitoria o permanente; de todo aquello que sea pasible de almacenamiento o depsito, exceptoaquellos indicados en el rubro GARAGE, COCHERAS Y GUARDACOCHES.

    CATEGORIA B

    Estructura de tipo Shed o similar de cualquier material y cubierta, para cualquier luz libre y altura, cono sin cerramientos laterales.

    Cabriadas de cualquier material y cubierta, con luces libres entre apoyos mayores de 17,50 m. y/oalturas mayores de 6,50 m., con dos o ms cerramientos laterales.

    Estructuras independientes y/o entrepisos de hormign armado o bovedillas de acero, con luces libresentre apoyos mayores de 17,50 m. y/o alturas mayores de 6,50 m., con dos o ms cerramientoslaterales.

    Estructuras independientes de hormign armado con prticos, o losas casetonadas, para cualquier luzlibre o altura, con o sin cerramientos.

    CATEGORIA "C"

    Estructuras parablicas con cualquier cubierta, con luces libres entre apoyos mayores de 25 m. y/oalturas mayores de 6,50 m., con dos o ms cerramientos laterales.

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    Cabriadas de cualquier material o cubierta, con luces libres entre apoyos mayores de 17,50 m. y/oalturas comprendidas entre 4 y 6,50 m., con dos o ms cerramientos laterales.

    Estructura de techos autoportantes de cualquier material, para cualquier luz libre y/o altura, con o sincerramientos laterales.

    Estructuras independientes y/o entrepisos de hormign armado o bovedillas de acero, con luces libresentre apoyos entre 10 m. y 17,50 m. y/o alturas entre 4 m y 6,50 m., con dos o ms cerramientoslaterales.

    Estructura de hormign pretensado o premoldeado, para cualquier luz libre entre apoyos o alturas, cono sin cerramientos laterales.

    CATEGORIA "D"

    Estructuras parablicas con cualquier cubierta para luces entre apoyos, mayores de 25 m. y/o alturasentre 4 m. y 6,50 m., con dos o ms cerramientos laterales.

    Cabriadas de cualquier material y cubierta, con luces libres entre apoyos entre 10 y 17,50 m. y hasta 4m. de altura, con dos o ms cerramientos laterales.

    Estructura independiente y/o entrepisos de hormign armado o bovedillas de acero, con luces libresentre apoyos entre 6 m. y 10 m. y alturas hasta 4 m., con dos o ms cerramientos laterales.

    CATEGORIA "E"

    Estructuras parablicas con cualquier cubierta, con luces libres entre apoyos hasta 25 m. y alturashasta 4 m., con dos o ms cerramientos laterales.

    Cabriadas de cualquier material o cubierta, con luces libres entre apoyos hasta 10 m. y alturas hasta 4

    m., con dos o ms cerramientos laterales.

    Estructuras independientes y/o entrepisos de hormign armado o bovedillas de acero, con luces libresentre apoyos hasta 6 m. y alturas hasta 4 m., con dos o ms cerramientos laterales.

    CATEGORIA "F"

    Todas las construcciones comprendidas en la categora "E" que tienen menos de dos cerramientoslaterales.

    NOTAS:

    1. Las construcciones que poseen uno o ningn cerramiento lateral son empadronadas en lacategora inmediata inferior a la que correspondiera por las caractersticas restantes, salvoaquellas cuyas categoras son independientes del cerramiento lateral.

    2. Para los casos de edificios clasificados en las categoras "D" y "E" y que poseen ascensor omontacargas, se empadronan en la categora inmediata superior, exceptuando los niveles opisos que no posean parada.

    3. En los edificios que poseen uno o ms entrepisos se debe asignar a cada uno de ellos lacategora que le corresponda.

    4. En caso que en una misma planta, por sus caractersticas constructivas, se puedan diferenciardistintas categoras, se procede a clasificar cada sector con su correspondiente categora.

    5. Para modificar las categoras contempladas se pueden tener en cuenta adems otrasinstalaciones, sistemas o mecanismos que signifiquen un incremento de costos unitarios comopor ejemplo: estructura de puentes gra; calefaccin y aire acondicionado central, ventilacinforzada, cielorrasos, revestimientos o solados especiales; fosas para inspeccin de vehculos;instalacin hdrica contra incendio, etc.

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    6. Son empadronados dentro de este destino, aquellas superficies cubiertas, accesorias peronecesarias, como medio de salida o de ingreso son corredores, pasillos, pasajes, rampas, etc.

    P) 16 - HOSPITALES - SANATORIOS - CLINICAS - POLICLINICOS - INSTITUTOS MEDICOS (coninternacin)

    Se adjudica estos destinos a los edificios o parte de ellos, que por sus programaciones arquitectnicas,y caractersticas constructivas, resultan fundamentalmente aptos para el ejercicio de la medicina, ascomo el de sus ramas auxiliares en general.

    TABLA DE PUNTAJES

    1. Estructura resistente1.1. Apoyada en muros de mampostera................................ 01.2. Independiente metlica................................................... 31.3. Independiente de hormign armado................................ 21.4. Independiente mixta........................................................ 2

    2. Estructura de hormign armado2.1. Espesor promedio hasta 22 cm....................................... 22.2. Espesor promedio de 23 a 29 cm................................... 32.3. Espesor promedio mayor de 29 cm................................ 43. Fachadas3.1. Revoques comunes de frente.......................................... 13.2. De estilos artesanados.................................................... 23.3. Revestimientos especiales parciales................................. 23.4. Revestimientos especiales totales..................................... 33.5. Frentes integrales (tipo Courtain Wall) parciales............... 3

    3.6. Frentes integrales totales................................................. 64. Baos4.1. Habitaciones sin bao privado o salas generales............... 04.2. Habitaciones con bao privado....................................... 65. Ascensores-Montacargas-Montaplatos5.1. Ascensores comunes...................................................... 35.2. Ascensores semi-automticos (con memoria de parada).. 45.3. Ascensores automticos (con memoria de parada, apertura ycierre automtico de puertas).............................................. 65.4. Montacargas y/o montaplatos comunes........................... 25.5. Montacargas semi-automticos....................................... 36. Servicios6.1. Aire acondicionado con equipo individual en habitaciones..... 36.2. Calefaccin central y/o individual central, (Aire caliente, losaradiante, convectores para agua caliente, convectores para aguacaliente o vapor, multisplits, VRV, VAV, losa radiante elctrica)...............................

    10

    6.3. Aire acondicionado central y/o individual central, (sistemasconvectores, y/o Fan coil, multisplits, VRV, VAV) Frosolamente.............................................

    20

    6.4. Aire acondicionado central y/o individual central, (sist.convectores y/o Fan-coil, multisplits, VRV, VAV, losa radiante

    elctrica). Fro-calor...............................

    25

    7. Otras dependencias y servicios

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    7.1. Office de mucamas por piso............................................ 17.2. Office de enfermera por piso.......................................... 1

    7.3. Salas de dilisis renal, bomba de cobalto, rayos gamma,o similares, por cada una de las especialidades,independiente de la cantidad de salas que tenga, cada

    especialidad........................................................................... 27.4. Servicios de aire comprimido central, oxgeno central,aspiracin central, o similares, por cada uno de ellos............... 28. Otras instalaciones8.1. Helipuerto....................................................................... 8

    PUNTAJES TOPES DE CATEGORIAS

    51 puntos o ms Categora ADe 38 a 50 puntos Categora BDe 24 a 37 puntos Categora C

    Menos de 24 puntos Categora D

    Q) 17 - CONSULTORIOS EXTERNOS - LABORATORIOS DE ANALISIS CLINICOS -LABORATORIOS RADIOLOGICOS - o similares (sin internacin)

    Desgnase con los destinos precedentes a aquellos edificios o parte de ellos que por suscaractersticas constructivas, y programas arquitectnicos son aptos en forma principal para laconsulta, prevencin, diagnstico o teraputica mdica, sin internacin de los pacientes.

    TABLA DE PUNTAJES

    1. Estructura resistente1.1. Apoyo en muros de mampostera..................................... 01.2. Independiente ( Metlica ) 3

    ( Hormign armado).......................... 2Mixta ( Acero y Hormign armado )............. 22. Estructura de hormign armadoEspesor promedio de ( Hasta 22 cm. )................................. 2

    ( de 23 a 29 cm. )............................... 3Hormign armado ( Mayor de 30 cm. )........................... 43. FachadasEdificio entre medianeras......................................................... 1Edificio en esquina, en torre de permetro libre o semilibre........ 24. Caracterstica de fachadaRevoque comn de frente........................................................ 2De estilo artesanado................................................................ 4Revestimientos parciales especiales......................................... 3Revestimientos totales............................................................. 4Fachada tipo Courtain Wall ( Parcial )..................................... 6

    ( Total )....................................... 95. Consultorios5.1. Consultorios con bao privado......................................... 3

    6. Ascensores ( cuando el o los ascensores sirvan nicamenteal destino arriba mencionado )

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    6.1. Comunes......................................................................... 36.2. Semi-automticos ( con memoria de parada )................... 46.3. Automticos (con memoria de parada, apertura y cierreautomtico de puertas)............................................................ 67. Servicios

    7.1. Calefaccin central y/o individual central, (Aire caliente, losaradiante, convectores para agua caliente, convectores para aguacaliente o vapor, multisplits, VRV, VAV, losa radianteelctrica)..........................................................

    10

    7.2. Aire acondicionado central y/o individual central, (sistemasconvectores, y/o Fan coil, multisplits, VRV, VAV). Frosolamente...................................................................................

    20

    7.3. Aire acondicionado central y/o individual central, (sist.convectores y/o Fan-coil, multisplits, VRV, VAV, losa radianteelctrica). Fro-calor..........................

    25

    8. Locales adecuados para servicios especiales.8.1. Locales de radiologa (cualquiera sea su cantidad)................ 58.2. Laboratorios (cualquiera sea su cantidad)............................ 28.3. Locales para dilisis (cualquiera sea su cantidad)................. 3

    8.4. Locales para bomba de cobalto, cmara gamma, aceleradorlineal o similares, por cada una de las especialidadese independientemente de la cantidad de salas que tenga laespecialidad............................................................................ 78.5. Locales para tomografa computada o similares (cualquierasea su cantidad)...................................................................... 5

    PUNTAJES TOPES DE CATEGORIA

    61 puntos o ms Categora ADe 41 a 60 puntos Categora BDe 21 a 40 puntos Categora CMenos de 21 puntos Categora D

    R) 18 - ESTACIONES DE SERVICIO

    Desgnase como estaciones de servicio a aquellos edificios o partes de ellos que por suscaractersticas constructivas y de diseo, son principalmente aptos para la venta de combustibles paravehculos automotores, pudiendo estar dotados de servicios complementarios como ser lavado,engrase, gomera, etc.

    CATEGORIA "B"

    Estructuras independientes de H A, con luces entre columnas o apoyos mayores de 5,00 m. y/oalturas de apoyos de vigas mayores de 5,00 m.

    Tambin pertenecen a esta categora los edificios resueltos mediante estructuras especiales, como serlosas casetonadas, prticos, etc.

    CATEGORIA "C"

    Estructuras de H A, con luces libres entre columnas, desde 4,00 a 5,00 m. y/o alturas entre 3,50 y

    5,00 m.

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    Adems todas las cubiertas estructurales autoportantes, de cualquier material, con excepcin delHormign Armado.

    CATEGORIA "D"

    Estructuras de H A, con luces libres entre apoyos menores de 4,00 m. y/o alturas menores de 3,50 m.

    y/o voladizos que no superan los 0,90 m. Se empadronan en esta categora todas las superficiescubiertas constituidas por techos parablicos o similares.

    Artculo 9.- De acuerdo a lo establecido por el artculo 225 del Cdigo Fiscal, las alcuotas de lostributos indicados en el artculo 1 de la presente, quedarn fijadas en:

    a. Cincuenta por ciento (50%) cuando se trate de inmuebles que cuenten con una excepcin deuso sin aumento de superficie aprobada por la Legislatura.

    b. Cien por ciento (100%) calculado sobre la superficie del inmueble considerada comoexcepcin, aprobada por la Legislatura.

    c. Cien por ciento (100%) calculado sobre la totalidad de la superficie construida del inmueble quecuente con una excepcin de uso con aumento de la superficie, aprobada por la Legislatura.

    Artculo 10.- Para el ao 2012 son de aplicacin para actualizar la valuacin fiscal las siguientes tablasde coeficientes:

    a. Todos los destinos menos Hoteles (10), Hospitales (16), Sanatorios (16) y Consultorios Externos(17):

    AntigedadAo de

    ConstruccinEstado

    Bueno Regular Malo

    1 2011 1,00 0,75 0,50

    2 2010 1,00 0,75 0,50

    3 2009 1,00 0,75 0,504 2008 1,00 0,75 0,50

    5 2007 1,00 0,75 0,50

    6 2006 1,00 0,75 0,50

    7 2005 1,00 0,75 0,50

    8 2004 1,00 0,75 0,50

    9 2003 1,00 0,75 0,50

    10 2002 1,00 0,75 0,50

    11 2001 1,00 0,75 0,50

    12 2000 1,00 0,75 0,50

    13 1999 1,00 0,75 0,50

    14 1998 1,00 0,75 0,50

    15 1997 1,00 0,75 0,50

    16 1996 1,00 0,75 0,50

    17 1995 1,00 0,75 0,50

    18 1994 1,00 0,75 0,50

    19 1993 1,00 0,75 0,50

    20 1992 1,00 0,75 0,50

    21 1991 1,00 0,75 0,50

    22 1990 1,00 0,75 0,50

    23 1989 1,00 0,75 0,50

    24 1988 1,00 0,75 0,5025 1987 1,00 0,75 0,50

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    27

    26 1986 0,99 0,74 0,50

    27 1985 0,99 0,74 0,50

    28 1984 0,99 0,74 0,49

    29 1983 0,98 0,74 0,49

    30 1982 0,98 0,74 0,49

    31 1981 0,98 0,73 0,4932 1980 0,97 0,73 0,49

    33 1979 0,97 0,73 0,48

    34 1978 0,96 0,72 0,48

    35 1977 0,96 0,72 0,48

    36 1976 0,95 0,71 0,48

    37 1975 0,95 0,71 0,47

    38 1974 0,94 0,70 0,47

    39 1973 0,93 0,70 0,47

    40 1972 0,93 0,69 0,46

    41 1971 0,92 0,69 0,4642 1970 0,91 0,68 0,45

    43 1969 0,90 0,68 0,45

    44 1968 0,89 0,67 0,45

    45 1967 0,88 0,66 0,44

    46 1966 0,87 0,65 0,44

    47 1965 0,86 0,65 0,43

    48 1964 0,85 0,64 0,43

    49 1963 0,84 0,63 0,42

    50 1962 0,83 0,62 0,42

    51 1961 0,82 0,61 0,4152 1960 0,81 0,61 0,40

    53 1959 0,80 0,60 0,40

    54 1958 0,78 0,59 0,39

    55 1957 0,77 0,58 0,39

    56 1956 0,76 0,57 0,38

    57 1955 0,74 0,56 0,37

    58 1954 0,73 0,55 0,36

    59 1953 0,71 0,54 0,36

    60 1952 0,70 0,53 0,35

    61 1951 0,70 0,53 0,35

    62 1950 0,70 0,53 0,35

    63 1949 0,70 0,53 0,35

    64 1948 0,70 0,53 0,35

    65 1947 0,70 0,53 0,35

    66 1946 0,70 0,53 0,35

    67 1945 0,70 0,53 0,35

    68 1944 0,70 0,53 0,35

    69 1943 0,70 0,53 0,35

    70 1942 0,70 0,53 0,35

    71 1941 0,70 0,53 0,35

    72 1940 0,70 0,53 0,3573 1939 0,70 0,53 0,35

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    28

    74 1938 0,70 0,53 0,35

    75 1937 0,70 0,53 0,35

    76 1936 0,70 0,53 0,35

    77 1935 0,70 0,53 0,35

    78 1934 0,70 0,53 0,35

    79 1933 0,70 0,53 0,3580 1932 0,70 0,53 0,35

    81 1931 0,70 0,53 0,35

    82 1930 y anteriores 0,70 0,53 0,35

    b. Hoteles (10), Hospitales (16), Sanatorios (16) y Consultorios Externos (17)

    Antigedad Ao deConstruccin

    EstadoBueno Regular Malo

    1 2011 1,00 0,75 0,502 2010 1,00 0,75 0,50

    3 2009 1,00 0,75 0,504 2008 1,00 0,75 0,505 2007 1,00 0,75 0,506 2006 1,00 0,75 0,507 2005 1,00 0,75 0,508 2004 1,00 0,75 0,509 2003 1,00 0,75 0,50

    10 2002 1,00 0,75 0,5011 2001 1,00 0,75 0,5012 2000 1,00 0,75 0,5013 1999 1,00 0,75 0,5014 1998 1,00 0,75 0,50

    15 1997 1,00 0,75 0,5016 1996 1,00 0,75 0,5017 1995 1,00 0,75 0,5018 1994 1,00 0,75 0,5019 1993 1,00 0,75 0,5020 1992 1,00 0,75 0,5021 1991 1,00 0,75 0,5022 1990 1,00 0,75 0,5023 1989 1,00 0,75 0,5024 1988 1,00 0,75 0,5025 1987 0,99 0,75 0,5026 1986 0,99 0,74 0,50

    27 1985 0,99 0,74 0,4928 1984 0,98 0,74 0,4929 1983 0,98 0,73 0,4930 1982 0,98 0,73 0,4931 1981 0,97 0,73 0,4832 1980 0,96 0,72 0,4833 1979 0,96 0,72 0,4834 1978 0,95 0,71 0,4835 1977 0,94 0,71 0,4736 1976 0,94 0,70 0,4737 1975 0,93 0,70 0,4638 1974 0,92 0,69 0,4639 1973 0,91 0,68 0,4540 1972 0,90 0,68 0,45

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    41 1971 0,89 0,67 0,4442 1970 0,88 0,66 0,4443 1969 0,87 0,65 0,4344 1968 0,86 0,64 0,4345 1967 0,84 0,63 0,4246 1966 0,83 0,62 0,42

    47 1965 0,82 0,61 0,4148 1964 0,80 0,60 0,4049 1963 0,79 0,59 0,3950 1962 0,78 0,58 0,3951 1961 0,76 0,57 0,3852 1960 0,74 0,56 0,3753 1959 0,73 0,55 0,3654 1958 0,71 0,53 0,3655 1957 0,69 0,52 0,3556 1956 0,68 0,51 0,3457 1955 0,66 0,49 0,3358 1954 0,64 0,48 0,3259 1953 0,62 0,46 0,3160 1952 0,60 0,45 0,3061 1951 0,60 0,45 0,3062 1950 0,60 0,45 0,3063 1949 0,60 0,45 0,3064 1948 0,60 0,45 0,3065 1947 0,60 0,45 0,3066 1946 0,60 0,45 0,3067 1945 0,60 0,45 0,3068 1944 0,60 0,45 0,3069 1943 0,60 0,45 0,3070 1942 0,60 0,45 0,3071 1941 0,60 0,45 0,3072 1940 0,60 0,45 0,3073 1939 0,60 0,45 0,3074 1938 0,60 0,45 0,3075 1937 0,60 0,45 0,3076 1936 0,60 0,45 0,3077 1935 0,60 0,45 0,3078 1934 0,60 0,45 0,3079 1933 0,60 0,45 0,3080 1932 0,60 0,45 0,3081 1931 0,60 0,45 0,30

    82 1930 y anteriores 0,60 0,45 0,30

    Artculo 11.- Fjase en $ 75.000,00 de valuacin fiscal el importe al que se refiere el inciso 5 delartculo 246, inciso 5 del artculo 247 y el artculo 249 del Cdigo Fiscal.

    Artculo 12.- Fjase en $ 11.700,00 de valuacin fiscal el importe al que se refiere el inciso a) delartculo 256 del Cdigo Fiscal y entre $ 11.700,01 y $ 23.400,00 el rango a que se refiere el inciso b)del citado artculo.

    CONTRIBUCION POR MEJORAS

    Artculo 13.- De conformidad con lo dispuesto por el artculo 2 inciso b) de la Ley Nacional N 23.514,facltase al Poder Ejecutivo a percibir en carcter de Contribucin de Mejoras a cargo de lospropietarios de los inmuebles comprendidos dentro de la Ley y su Decreto reglamentario N 86/88 del

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    Poder Ejecutivo Nacional, una suma que debe calcularse conforme a lo dispuesto por los artculos 5,6 y 7 de la Ley mencionada y no puede exceder del 15% del valor fiscal homogneo de la propiedad,ni anualmente al 20% del impuesto inmobiliario neto del incremento del 5% establecido por la Ley N23.514 que para cada ejercicio fiscal establece el Gobierno de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires.

    La mencionada Contribucin se percibe en forma conjunta con los incrementos establecidos por los

    incisos c) y d) de la Ley Nacional N 23.514 y se destina al Fondo Permanente para la ampliacin de laRed de Subterrneos.

    DERECHOS POR DELINEACION Y CONSTRUCCION YTASA POR SERVICIO DE VERIFICACION DE OBRA

    Artculo 14.- A los efectos de lo dispuesto en el artculo 263 del Cdigo Fiscal, fjase en el uno porciento (1 %) sobre el valor estimado de las obras, la alcuota de este derecho, salvo aquellos casosespecialmente previstos en esta Ley.

    Quedan exentas del pago de estos derechos las construcciones de viviendas de inters socialdesarrolladas y/o financiadas por Organismos Nacionales o del Gobierno de la Ciudad de Buenos

    Aires.

    Artculo 15.- A los efectos de lo dispuesto en el artculo 263 y ss. del Cdigo Fiscal, fjase en el 500%el recargo sobre los Derechos de Delineacin y Construccin para las obras antirreglamentarias y del250% para las obras reglamentarias, cuyos planos se "Registren" en orden al artculo 6.3.1.2 delCdigo de la Edificacin.

    Artculo 16.- El valor de las obras se determina de acuerdo con los siguientes aforos por cada metrocuadrado de superficie cubierta:

    a) Por las construcciones que se indican a continuacin:

    CategorasClase 1 2 3 4(en $/m2)

    Viviendas multifamiliares y consultorios privados 6.245 4.626 4.099 3.042Viviendas unifamiliares 5.360 3.754 3.041 2.688Sanatorios privados, hoteles, policlnicos y clnicasmutuales

    6.601 5.716 4.627 4.099

    Bancos, clubes, teatros, cine-teatros y cinematgrafos 6.623 5.716 -.- -.-Escritorios, salones de negocios, salones de actos,galeras comerciales

    6.170 5.360 4.099 -.-

    Garajes, mercados , estadios, tinglados, fbricas,depsitos, escuelas, institutos, bibliotecas, museos,hogares, templos, laboratorios y estaciones de

    servicio

    4.465 -.- -.- -.-

    b) En los casos de construcciones que por su ndole especial no estn previstas en la clasificacin queantecede, se abona el 1% del valor estimado de las mismas.

    Artculo 17.- Las construcciones se clasifican de la siguiente manera:

    1.- Viviendas, hoteles, sanatorios, policlnicos y clnicas mutuales.1.1. CUARTA CATEGORIA: Construcciones econmicas: Se tiene en cuenta, en primer trmino, elprograma a desarrollar, en el que no pueden figurar ms ambientes que:1.1.1. Viviendas: Porche o vestbulo; sala de estar o comedor; dormitorios; bao y toilette por cadacuatro locales de primera; cocina, lavadero, garaje, depsito; servicios centrales de calefaccin, agua

    caliente y/o aire acondicionado.1.1.2. Hoteles, sanatorios, policlnicos y clnicas mutuales: los mnimos requeridos para el uso por lasrespectivas reglamentaciones.

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    1.2. TERCERA CATEGORIA: Construcciones confortables: Aquellas que excede por su programa losambientes o locales de la categora anterior:1.2.1. Viviendas: escritorios, ante-cocina o ante-comedor o comedor de diario (siempre que suseparacin con el ambiente principal est perfectamente definida); una habitacin de servicio y un baode servicio; un cuarto de planchar. El living-room y el comedor o el living-comedor no deben exceder enconjunto de 42 m2 de superficie.

    1.2.2. Hoteles, sanatorios, policlnicos y clnicas mutuales: escritorios; sala de estar; baos privados otoilettes para las habitaciones; ante-comedor (o comedor para el personal); cuarto de planchar;depsito.1.3. SEGUNDA CATEGORIA: Construcciones de lujo: Aquellas que exceden por su programa loslocales o instalaciones de la categora anterior:1.3.1. Viviendas: Ascensor en las unifamiliares; ascensor con acceso privado a un solo departamentopor piso; ascensor de servicio, siempre que el mismo est perfectamente caracterizado como tal; hastatres habitaciones y tres baos de servicio; living-room o living-comedor que excedan de 42 m2. desuperficie, sin perjuicio de lo dispuesto con respecto a los ambientes de recepcin en la primeracategora de viviendas.1.4. PRIMERA CATEGORIA: Construcciones suntuosas: Aquellas que reuniendo las caractersticasindicadas en el inciso anterior, tienen su construccin complementada con detalles suntuosos eimportantes ambientes de recepcin, ms de tres habitaciones y tres baos de servicio; pileta de

    natacin, cuerpo independiente para vivienda de servicio; etctera.

    2. Bancos, clubes, teatros, cine-teatro, cinematgrafos, galeras comerciales y salones de actos:2.1. SEGUNDA CATEGORIA: Se incluyen en esta categora toda clase de edificios destinados a losusos especificados pero sin detalles de lujo. Instalacin de calefaccin, aire acondicionado y/oinstalaciones mecnicas.2.2. PRIMERA CATEGORIA: Aquellas que reuniendo las caractersticas indicadas en la categoraanterior, tienen su construccin complementada con detalles de lujo grandes ambientes de recepcin.Instalaciones especiales no exigidas por la reglamentacin pertinente.

    3. Escritorio y salones de negocios:3.1. TERCERA CATEGORIA: Incluye toda clase de edificios sin detalles de lujo.3.2. SEGUNDA CATEGORIA: Aquellas que renen las mismas caractersticas que las indicadas para

    la categora anterior, pero que poseen calefaccin central y/o aire acondicionado.3.3. PRIMERA CATEGORIA: Aquellas que renen las mismas caractersticas de la categora anterior,pero que poseen detalles de lujo.

    4. Garajes, mercados, estadios, galpones y tinglados, fbricas y depsitos, estaciones de servicio,escuelas, institutos, bibliotecas, museos, hogares, templos y laboratorios.4.1. CATEGORIA UNICA: Los edificios destinados a los usos indicados en este inciso, son aforados enuna sola categora.

    Artculo 18.- Por el completamiento de tejido autorizado de acuerdo a lo establecido en el Captulo4.10 del Cdigo de Planeamiento Urbano, se abona $ 450,00 por m2 de proyecto aprobado.

    Artculo 19.- Por las construcciones, reconstrucciones y/o refacciones en cementerios dependientesdel Gobierno de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires se paga:

    1. Bvedas o panteones: el 10% del valor estimado de la obra, segnreglamentacin que dicte el Poder Ejecutivo, con un derecho mnimo de

    $ 218,00

    2. Sepulturas:

    2.1 Monumento tipo cruz simple $ 57,002.2 Monumento tipo cruz eucarstica o lpida ... $ 52,002.3 Monumento tipo capilla o similar... $ 74,002.4 Reconstruccin o traslado de monumentos... $ 50,00

    Por aquellas construcciones no encuadradas en los tipos descriptos $ 218,00

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    precedentemente se paga el 10% del valor estimado de la obra, segnreglamentacin que al efecto dicte el Poder Ejecutivo, con un derechomnimo de

    3. Cementerios Alemn y Britnico: Toda obra paga el 10% de su valorestimado, conforme la reglamentacin que al efecto dicte el Poder

    Ejecutivo, con un derecho mnimo...

    $ 218,00

    4. Construccin y/o conservacin de acera frente a bveda o panten, pormetro cuadrado...

    $ 218,00

    Artculo 20.- Los materiales y caractersticas de los revestimientos, tanto exteriores como de lasentradas de los edificios, no son considerados a los efectos de asignar las categoras establecidas enel artculo anterior.

    Cuando una obra, por el destino o desarrollo del programa de construccin, comprenda ms de unacategora o tratamiento fiscal, se liquidan los derechos efectuando la discriminacin pertinente. En talescasos, la superficie cubierta correspondiente a las dependencias o servicios generales, se liquida en

    proporcin a la que se asigne a cada categora o tratamiento fiscal.

    Artculo 21.- Fjase en $ 3,17 por m2 de construccin del plano presentado el importe de la tasaprevista en el artculo 267 del Cdigo Fiscal.

    GRAVAMENES SOBRE ESTRUCTURAS, SOPORTES O PORTANTES DE ANTENAS

    DERECHO DE INSTALACION Y TASA POR SERVICIO DE VERIFI