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TELECOM ARGENTINA S.A. LEGAJO IMPOSITIVO 2014

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TELECOM ARGENTINA S.A.

LEGAJO IMPOSITIVO

2014

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BUENOS AIRES, 16 de septiembre de 2014

TELECOM ARGENTINA S.A.

Alicia Moreau de Justo 50 - CAPITAL FEDERAL - C.U.I.T.: 30-63945373-8

Sres., de nuestra consideración:

Nos dirigimos a Uds. con el objeto de comunicarles con respecto a la situación impositiva

de Telecom Argentina SA:

C.U.I.T. N° 30-63945373-8

Agencia Grandes Contribuyentes Nacionales

Impuesto al Valor Agregado Inscripto

Impuesto a las Ganancias Inscripto

Actividad Principal Servicios de Telefonía Móvil.

Código de la Actividad Principal 611090 (F.883)

IMPUESTOS NACIONALES

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO:

Telecom Argentina SA se encuentra comprendida dentro del Anexo I del Régimen de

Retenciones de IVA establecido por la R.G. Nro. 2854/2010 (Boletín Oficial de fecha

28/06/2010); por ello no deberán incluir en la facturación que nos emitan la

percepción del 3% establecida por la R.G. N° 2408/08 (ex 3337). Se podrá verificar en la

página de AFIP:

http://www.afip.gob.ar/genericos/tramites/rg18.asp

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SEGURIDAD SOCIAL:

Telecom Argentina SA se encuentra comprendida dentro del Anexo I del Régimen de

Retenciones de IVA establecido por la R.G. Nro. 2854/2010 (Boletín Oficial de fecha

28/06/2010).

Por ello, y según lo establece la RG 1784/2004 AFIP, Telecom Argentina es Agente de

Retención por Aportes y Contribuciones a la Seguridad Social. Por lo tanto, si Ud. no

cumple con las condiciones establecidas en la normativa anteriormente citada o no

presenta un Certificado de Exclusión de Retenciones, podrá ser pasible de sufrir

retenciones por este concepto. Caso contrario por favor remitirnos la información o

documentación correspondiente para la no retención del impuesto.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS R.G. 830/00:

Telecom Argentina SA es Agente de Retención del Impuesto a las Ganancias según RG

830/00 AFIP, por lo cual Ud. puede resultar pasible de retenciones, de acuerdo a la

normativa anteriormente citada o a su condición impositiva.

En caso de poseer certificado de exclusión de retenciones o encontrarse incluido en el

Régimen Excepcional de Ingresos de la citada normativa, o ser un sujeto exento o no

alcanzado por el impuesto, por favor hacernos llegar la documentación correspondiente.

Locaciones de Inmuebles RG 2820 AFIP:

En caso que Ud. haya prestado servicios de locación de inmuebles, por favor remitirnos

la correspondiente “Constancia de Empadronamiento” registrada en AFIP a fin de

verificar y constatar la operación de acuerdo a la normativa en cuestión.

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IMPUESTOS PROVINCIALES

IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS:

Impuestos Provinciales

Impuestos

Pasible de sufrir Agentes

Retención Percepción Retención Percepción

901 - CAPITAL NO NO SI SI

902 - BUENOS AIRES NO SI SI SI

903 - CATAMARCA SI SI SI SI

904 - CORDOBA NO SI SI

905 - CORRIENTES NO NO SI

906 - CHACO SI SI SI SI

907 - CHUBUT SI SI

908 - ENTRE RIOS NO SI

909 - FORMOSA SI NO SI SI

910 - JUJUY NO SI SI SI

911 - LA PAMPA SI SI SI

912 - LA RIOJA NO SI SI

913 - MENDOZA NO SI SI SI

914 - MISIONES SI SI SI

915 - NEUQUÉN NO NO SI

916 - RIO NEGRO NO SI SI

917 - SALTA NO SI SI

918 - SAN JUAN SI SI SI SI

919 - SAN LUIS NO NO SI

920 - SANTA CRUZ SI SI

921 - SANTA FÉ SI NO SI SI

922 - SANTIAGO DEL ESTERO SI SI SI

923 - TIERRA DEL FUEGO SI SI SI

924 - TUCUMÁN NO SI SI SI

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En el caso de ser sujeto pasible de sufrir retenciones/percepciones y estar inscripto en

alguna/s de las jurisdicción/es en la que seamos agente de recaudación a fin de no ser

alcanzado por alícuotas agravadas por la no presentación de su condición impositiva ante

el Impuesto sobre los Ingresos Brutos nos deberían remitir dicha constancia y sus

respectivas modificaciones.

De poseer certificado de exclusión de retenciones/percepciones, o sea un sujeto exento

o no alcanzado o sea sujeto excluido en el impuesto, por favor hacernos llegar la

documentación correspondiente a fin de evitar ser retenido/percibido.

Percepciones:

Capital Federal (Resolución 939/13)

No corresponde que nos practiquen percepción alguna, por encontrarnos en el art 8 de la

Resolución 939/13 (Anexo II).

Provincia de Buenos Aires (Disposición Normativa “B” 1/2004)

Telecom Argentina SA es pasible de soportar percepciones de Ingresos Brutos (5,00%

según el padrón) independientemente de la jurisdicción donde se haga entrega del bien

o se preste el servicio.

Provincia de Córdoba (Decreto 443/04 y RN 1/2011)

Telecom Argentina SA es pasible de soportar percepciones de Ingresos Brutos. El artículo

347 de la Resolución Normativa 1/2011 establece que el coeficiente unificado para no

ser sujeto pasible de percepción debe ser inferior a 0,1000 (Coeficiente unificado

establecido en el CM05 para el año 2013 es de 0,1422).

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Provincia de San Luis (Resolución General 16/07)

No corresponde que nos practiquen percepción alguna por encontrarnos incluidos en el

Anexo I de dicha Resolución (artículo 6 inciso e).

Tampoco correspondería por RG 16/2007, Art. 6, inc. G) (Coeficiente unificado en la

provincia de San Luis inferior a 0,1000).

Provincia de Formosa (Resolución General 23/14)

No corresponde que nos practiquen percepción alguna según lo establecido en el artículo

2 inciso d) de dicha Resolución. (Coeficiente unificado en la provincia de Formosa

inferior a 0,1000).

Provincia de Corrientes (Resolución 165/00)

No corresponde que nos practiquen percepción alguna según lo establecido por el

artículo 7 inciso d) de dicha Resolución. (Coeficiente unificado atribuido a Corrientes

2013 inferior a 0,1000).

Provincia de Jujuy (Resolución General 1328/13)

Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.

Provincia de Neuquén (Resolución General 490/97)

No corresponde que nos practiquen percepción alguna por ser Telecom Argentina SA

agente de Percepción de Ingresos Brutos Neuquén (Articulo 5 inciso c).

Provincia de Catamarca (Decreto 1158/95)

Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.

Provincia de Chaco (RG 1194/94)

Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.

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Provincia de Chubut (Resolución 10/00)

Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.

Provincia de Entre Ríos (Resolución 572/05)

Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.

Provincia de La Pampa (Resolución 28/95)

Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.

Provincia de Mendoza (Resolución 30/99)

Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.

Provincia de Misiones (Resolución 3/93)

Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.

Provincia de Río Negro (Resolución 104/2003)

Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.

Provincia de Salta (Resolución General 6/2005)

Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.

Provincia de San Juan (Resolución General 925/2010)

Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.

Provincia de La Rioja (Resolución Normativa 1/11)

Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.

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Provincia de Santa Cruz (Disposición 218/2010)

Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos, excepto para

facturas por importes inferiores a $ 100.

Provincia de Santa Fé (Resolución 15/97)

Telecom Argentina SA no es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos según RG

15/97 Art.26.

Provincia de Santiago del Estero (Resolución General 17/95)

Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.

Provincia de Tierra del Fuego (Resolución General 152/98)

Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.

Provincia de Tucumán (Resolución General 86/00)

Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.

Sin otro particular saludos a Uds. muy atte.

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IMPUESTOS NACIONALES

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IMPUESTOS PROVINCIALES

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