Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano

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COMUNICACIÓN PARA ESTABLECIMIENTOS GRÁFICOS AUTORIZADOS

Con el objeto de mejorar la cultura tributaria en el país facilitando el pago de impuestos tributarios, a partir del 1ro. de Agosto del 2008 las personas naturales que cumplan con las condiciones y requisitos dispuestos por la Administración, podrán incorporarse al nuevo Régimen Impositivo Simplificado (RISE), este nuevo sistema de inscripción voluntaria reemplaza las declaraciones y pagos de los impuestos como IVA y Renta mediante cuotas mensuales. Otra de las ventajas de este esquema es la facilidad de emisión de comprobantes de venta, ya que como requisitos de llenado sólo se requiere la fecha de emisión y monto de la transacción, sin embargo en caso de requerir sustentar costos y gastos, adicionalmente a los mencionados se deberá identificar al comprador y describir los bienes transferidos o servicios prestados. Los requisitos preimpresos serán los especificados en el Art. 18 del Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios. Por este motivo es necesario que usted como establecimiento gráfico autorizado por el Servicio de Rentas Internas, conozca los cambios relacionados con el sistema de facturación respecto a las solicitudes de comprobantes de venta y documentos para contribuyentes acogidos al RISE.

1. Al realizar una solicitud de impresión para contribuyentes incorporados al Régimen RISE, se tendrá acceso a solicitar únicamente notas de venta, notas de crédito, notas de débito, guías de remisión y liquidaciones de compra de bienes muebles usados .

Los campos de Factura/ Liquidaciones de compra de bienes y prestación de servicios/ Comprobantes de retención y Boletos a espectáculos públicos no se encontrarán habilitados en el sistema de facturación para los contribuyentes incorporados al RISE, en caso de que el contribuyente requiera este tipo de documentos primero deberá acercarse a actualizar el RUC para solicitar un cambio de Régimen.

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2. La solicitud de autorización de impresión registrará los siguientes datos:

Importante: No es necesario imprimir la leyenda “Documento Categorizado”, en ningún tipo

de comprobante.

3. Para los documentos complementarios, es decir notas de crédito, notas de débito, guías de remisión y liquidación de compra de bienes muebles usados se mantienen los formatos establecidos previamente, complementando la leyenda “Contribuyente Régimen Simplificado”

4. Para el caso de las notas de venta a continuación se muestran dos formatos EJEMPLO que

le pueden ser de utilidad:

Recuerde que estos deben contener los mismos requisitos preimpresos actuales y adicionalmente se incorporará la leyenda CONTRIBUYENTE RÉGIMEN SIMPLIFICADO.

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Formato simplificado

Los únicos requisitos de llenado serán: Fecha de la transacción y monto de la transacción.

Formato que sustente costos y gastos

Siempre que identifiquen al usuario y describan los bienes y servicios objeto de la transacción.

Nota: Para mayor información acceder a la página web del Servicio de Rentas Internas

www.sri.gob.ec en el acceso de RISE http://www.sri.gob.ec/web/guest/230@public