LECTRÓNIC A DEL NIDOS Democracia · nuestro Editor Colaborador David Pitts. Devine cree firmemente...

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Democracia t e m a s d e l a P UBLICACIÓN E LECTRÓNICA DEL D EPARTAMENTO DE E STADO DE E STADOS U NIDOS A G O S T O D E 2 0 0 0 V OLUMEN 5 N ÚMERO 2 LA RESPONSABILIDAD GUBERNAMENTAL

Transcript of LECTRÓNIC A DEL NIDOS Democracia · nuestro Editor Colaborador David Pitts. Devine cree firmemente...

D e m o c r a c i at e m a s d e l a

P U B L I C A C I Ó N E L E C T R Ó N I C A D E L D E P A R T A M E N T O D E E S T A D O D E E S T A D O S U N I D O S

A G O S T O D E 2 0 0 0

V O L U M E N 5 N Ú M E R O 2

L A

R E S P O N S A B I L I D A D

G U B E R N A M E N T A L

EN SU CÉLEBRE DISCURSO ENGettysburg, pronunciado en 1863 durante laguerra civil estadounidense, el presidenteAbraham Lincoln habló de la importancia del"gobierno del pueblo, por el pueblo y para elpueblo". Lincoln, al igual que los padres dela patria, autores de la Constitución, creíaque para que el pueblo pudiera mandar, elgobierno debía ser responsable por sus actos,no sólo mediante las elecciones, sino por unamiríada de salvaguardias, algunas de lascuales fueron incorporadas en laConstitución y muchas otras evolucionaronpaulatinamente a medida que los esta-dounidenses adquirieron un mejorconocimiento de lo que significaba su com-promiso con la democracia.

En esta publicación electrónica explo-ramos las ramificaciones de la responsabili-dad del gobierno en una democracia moder-na. Un tema central de la publicación es queuna constitución escrita para garantizar la

rendición de cuentas no es una garantía sufi-ciente — que el fomento de la responsabili-dad gubernamental requiere además de cadageneración la reafirmación de su propósito alir respondiendo a sus circunstancias cam-biantes. El gobierno estadounidense, porejemplo, es mucho más democrático, muchomás responsable ante el pueblo que cuandose formó la república hace más de 200 años.¿Cómo sucedió esto? ¿Qué cambios serealizaron y por qué? Estas son las interro-gantes esenciales exploradas en las páginassiguientes.

En nuestro artículo principal Robert S.Barker, profesor de leyes en la Facultad deDerecho de la Universidad Duquesne, exami-na los componentes de fondo de la rendiciónde cuentas en el sistema de Estados Unidos.Aborda la separación de poderes entre eljudicial, el legislativo y el ejecutivo; larevisión judicial; y la Declaración deDerechos, particularmente la Primera

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D e l o s E d i t o r e s

La Responsabilidad Gubernamental

Enmienda que garantiza la libertad de expre-sión. A pesar de la excelente labor de lospadres de la patria, Barker concluye que ase-gurar la rendición de cuentas por el gobierno,tanto como garantizar la libertad, "requiereeterna vigilancia".

No obstante, hacer responsable al gobi-erno es difícil sin la información esencial, sinla capacidad para evaluar la conducta oficial.Esta es una razón clave por la cual los actosdel gobierno deben ser transparentes, hastadonde sea posible. La importancia de latransparencia y de un gobierno abierto esexplorada en un artículo de Robert Vaughn,profesor de leyes en la Facultad de DerechoWashington en la American University. Elanaliza las leyes del país sobre la libertad deinformación, aprobadas hace relativamentepoco en la historia del país; las leyes de la"luz solar" que requieren al gobierno que seaabierto, la legislación que protegen a los"whistleblowers", o sea los denunciantes y lafunción de la protección de la intimidad y lasgarantías éticas.

No importa cuánto una administraciónparticular cumpla con sus principios, o cuanpersistentes sean los ciudadanos particularesen el escrutinio de su gobierno, pero losobservadores externos han llegado a ser unaherramienta esencial en supervisar los actosdel gobierno. Robert Schmuhl, profesor deEstudios Americanos y director del programaJohn Gallivan de Periodismo, Etica yDemocracia en la Universidad Notre Dame,analiza la función de varias organizacionesno gubernamentales (ONG) en el cumpli-miento de esta importante labor de super-visión. Hace énfasis en la prensa — una

prensa diversa — y examina también la fun-ción de grupos que abogan en favor de intere-ses ciudadanos, como Causa Común.

Los denunciantes, individuos osadosdispuestos a arriesgar su reputación y susten-to por revelar hechos delictivos en el gobier-no, desde hace largo tiempo son una carac-terística del panorama estadounidense.Desafortunadamente, algunos realmentepagaron un elevado precio por su entrega a laintegridad en el gobierno --razón principalpor la cual en 1989 se aprobó la Ley deProtección del Denunciante. Thomas Devine,director legal del Proyecto deResponsabilidad Gubernamental, grupoindependiente y no lucrativo que defiendelos derechos de empleados que "pitan el sil-bato" ante actos ilícitos del gobierno, hablasobre la legislación en una entrevista connuestro Editor Colaborador David Pitts.Devine cree firmemente que las leyes de pro-tección de los denunciantes son útiles paratodas las democracias, no sólo para EstadosUnidos.

Ningún gobierno, no importa cuándemocrático o eficiente sea, puede ser eficazpor mucho tiempo si es corrupto — si lasinstituciones o individuos carecen de integri-dad y los motiva el interés propio y la ganan-cia personal, en lugar del bien público. JaneS. Ley, directora adjunta para relacionesgubernamentales y proyectos especiales en laOficina para la Etica Gubernamental, delgobierno de Estados Unidos, aborda el vitaltema de la ética en el gobierno. Analiza elmarco legal, que ha evolucionado con losaños para fomentar la conducta ética — entemas como códigos de conducta, conflicto de

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intereses y divulgación de informaciónfinanciera. Concluye que el sistema actual, conlo complejo que es, "tendrá que seguir adap-tándose a los nuevos desafíos".

Uno de los legados del MovimientoProgresista, período de grandes cambiossociales a principios del siglo pasado empeña-do en hacer a Estados Unidos más democráti-co, fue la adopción del sistema de medidassometidas a votación por una cantidad cre-ciente de estados. Fue un experimento endemocracia directa o responsabilidad directa— permitiendo a los ciudadanos no sólo eligirdirectamente a sus funcionarios, sino tambiéndecidir directamente los asuntos. Actualmente26 de los 50 estados permiten medidas porvotación. Nuestro Editor Colaborador DavidPitts presenta un caso particular — unareciente medida sometida a voto en el condadoLee, la Florida. Explica cómo funcionan en lapráctica las medidas sometidas a voto y analizalas ventajas y desventajas de las medidas porvotación, particularmente desde un punto devista constitucional.

Esta publicación cierra con una variedadde fuentes de consulta, libros, artículos y sitiosen la Internet — que permiten perspectivasadicionales en la cuestión vital de la responsa-bilidad del gobierno.

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temas de la Democracia

C o n t e n i d o

Agosto de 2000

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L A R E S P O N S A B I L I D A D G U B E R N A M E N TA L Y S U S L Í M I T E S

Robert S. Barker, profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad Duquesne, revisa los componentes

claves de la rendición de cuentas en el sistema de gobierno en Estados Unidos.

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T R A N S PA R E N C I A — L O S M E C A N I S M O S :G O B I E R N O A B I E R TO Y R E N D I C I Ó N D E C U E N TA S

Robert G.Vaughn, profesor de leyes en la Facultad de Derecho Washington, de American University, se

refiere a cómo el concepto de transparencia en el gobierno incorpora los valores subyacentes en la

rendición de cuentas democrática.

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R E N D I C I Ó N D E C U E N TA S P O R E L G O B I E R N O Y

O B S E R V A D O R E S E X T E R N O S

Robert Schmuhl, profesor de Estudios Americanos y director del Programa John Gallivan de Periodismo,

Etica y Democracia en la Universidad de Notre Dame, examina acontecimientos pasados y se refiere a

acontecimientos recientes que como nunca antes permiten a los ciudadanos vigilar a su gobierno.

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L A L E Y D E P R OT E C C I Ó N D E L D E N U N C I A N T E

El editor contribuyente David Pitts conversa con Thomas Devine, director de asuntos legales del Proyecto

de Responsabilidad Gubernamental, una entidad no lucrativa, no partidista y de interés público que

defiende los derechos de los empleados que "pitan el silbato" cuando perciben actividades ilegales o

potencialmente peligrosas en las agencias de gobierno.

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S I S T E M A S D E I N T E G R I D A D Y E T I C A E N E L G O B I E R N O

D E E S TA D O S U N I D O S

Jane S. Ley, directora adjunta para relaciones gubernamentales y proyectos especiales,

en la Oficina Nacional de Etica se refiere a la manera en que el gobierno federal se autorregula, y

explora el sistema y cómo éste ha evolucionado con el tiempo.

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C O N D A D O L E E , F L O R I D A : E S T U D I O D E R E N D I C I Ó N

G U B E R N A M E N TA L D E C U E N TA S

El editor colaborador David Pitts examina un caso de estudio sobre cómo operan las medidas sometidas a

voto, cuando los ciudadanos pueden responsabilizar directamente al gobierno por los actos que realiza.

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B I B L I O G R A F Í A

Artículos y libros sobre la rendición de cuentas por el gobierno (en inglés y español).

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S I T I O S E N L A I N T E R N E T

Lista de sitios en la Internet con información sobre la responsabilidad en el gobierno.

Las opiniones expresadas en otros sitios de la Internet no necesariamente representan

los puntos de vista del gobierno de Estados Unidos.

DIRECTORA Judith Siegel

ED ITOR Anthony W. Sariti

ED ITORA GERENTE Andrea McGlinchey

EDITOR ASOCIADO Wayne Hall

EDITORA DE INTERNET

Y TEXTOS Deborah M.S. Brown

EDITORES COLABORADORES Estelle Baird

Mona Esquetini

Charla Hatton

David Pitts

ESPEC IAL I STA CONSULTORA Andrea McGlinchey

JUNTA EDITOR IAL Diane Woolverton

AYUDANTE DE GRÁF IC AS Sylvia Scott

JUNTA EDITOR IAL Howard Cincotta

Judith Siegel

Leonardo Williams

La Oficina de Programas de Información Internacional del Departamento de Estado de Estados Unidos ofrece productos y servicios que explican las políticas estadounidenses al público extranjero. Laoficina publica cinco periódicos electrónicos que analizan los principales temas que Estados Unidos y la comunidad internacional encaran. Los periódicos — Perspectivas económicas, Cuestiones mundi-ales, Temas de la democracia, Agenda de la Política exterior de Estados Unidos y Sociedad & Valores Estadounidenses — ofrecen análisis, comentario e información de antecedentes en sus respectivas áreastemáticas.Todos los periódicos aparecen en versiones en francés, inglés y portugués; algunos temas seleccionados aparecen también en árabe, español y ruso. • Cada tres a seis semanas se publicaun número en inglés. Las traducciones de cada número se publican dos a cuatro semanas después. Las opiniones expresadas en los periódicos no reflejan necesariamente los puntos de vista o políti-cas del gobierno de Estados Unidos. El Departamento de Estado de Estados Unidos no asume responsabilidad por el contenido y acceso constante a los sitios en la Internet relacionados con los per-iódicos electrónicos; tal responsabilidad recae totalmente en los proveedores. Los artículos pueden reproducirse y traducirse fuera de Estados Unidos, a menos que haya restricciones específicas dederechos de autor. Los números actuales o atrasados de los periódicos pueden encontrarse en la página de la Oficina de Programas de Información Internacional del Departamento de Estado deEstados Unidos en la World Wide Web: http://www.usia.gov/journals/jourspa.htm.También están disponibles en varios formatos electrónicos para facilitar su lectura en la pantalla, transferencia, descar-ga e impresión. • Se agradece cualquier comentario en la oficina local de la Embajada de Estados Unidos (Att: Sección Diplomacia Pública) o en las oficinas editoriales. • Editor, Issues of Democracy,Democracy and Human Rights — IIP/T/DHR, U.S. Department of State, 301 4th Street, S.W., Washington, D.C. 20547, United States of America.. • Es posible también comunicarse vía email a:[email protected]

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T E M A S D E L A D E M O C R A C I A

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El genio de la libertad republicana parecedemandar... no solamente que todo el poderdebe derivar del pueblo, sino que a quienes selo confíen deben seguir dependiendo delpueblo…

— James Madison, El Federalista, No. 37

…la concentración del poder y el sometimien-to de los individuos aumentará en las nacionesdemocráticas... en la misma proporción que suignorancia.

— Alexis de Tocqueville, Democracia en América, Parte II, Libro IV

LA RESPONSAB IL IDAD GU-BERNAMENTAL— es decir, el deberde los funcionarios públicos a rendir cuenta desus acciones ante los ciudadanos, y el derechode los ciudadanos de actuar contra los funcio-narios cuya conducta consideren insatisfacto-ria — es un elemento esencial de la democra-cia, quizás el más esencial. El propósito deeste artículo es revisar algunos aspectos de la

L a R e s p o n s a b i l i d a d G u b e r n a m e n t a l

La Responsabilidad Gubernamental y sus Límites

Por Rober t S . Bar ker

En Estados Unidos, como en toda democracia,

la garantía más importante para la responsabi-

lidad del gobierno es el derecho de los ciu-

dadanos de controlar su gobierno por medio

de elecciones. Pero las elecciones no son la

única manera de hacer que los funcionarios

públicos respondan por sus acciones. El profe-

sor de leyes Robert S. Barker, de la Facultad de

Derecho de la Universidad de Duquesne, que

ha escrito y disertado ampliamente sobre el

tema, discute los componentes clave de res-

ponsabilidad en este artículo sobre el sistema

estadounidense

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responsabilidad gubernamental sobre la ma-nera en que se refleja en las constituciones,leyes, historia y tradiciones políticas deEstados Unidos.

La Const i tuc ión en Estados Unidos

La Constitución de Estados Unidos contienevarias provisiones que tratan directamente conla responsabilidad gubernamental. Por ejemplo,la Sección 5 del Artículo I requiere que cadacámara del Congreso "mantenga un Diario deProcedimientos, y que de vez en cuandopublique el mismo, excepto las partes que a sujuicio pudieran requerir secreto; y por el deseode una quinta parte de los presentes, seinscribirán en el diario los sí y los no [es decir,los votos a favor y los votos en contra] de losmiembros de cualquier cámara sobre cualquierasunto". Se requiere que el presidente, "de vezen cuando" le proporcione al Congreso"Información sobre el Estado de la Unión", yque cuando quiera que vete cualquier proyectode ley aprobado por el Congreso, declare sus

objeciones y que las mismas deban ser publi-cadas en el diario de la Cámara en la cual seoriginó el proyecto. La Constitución tambiénrequiere que "... de vez en cuando... sepublique una Declaración y Cuentas de losIngresos y Gastos de los Dineros públicos". LaSexta Enmienda provee que el acusado en uncaso penal "tendrá el derecho a un... juiciopúblico". Es importante que todos los funciona-rios civiles de Estados Unidos están sujetos aser separados de sus cargos por mala conductatras ser sometidos a juicio político por laCámara de Representantes y condenados por elSenado. Finalmente, la Constitución garantizala responsabilidad al imponer términos fijos ensus cargos de quienes ejercen los poderes ejec-utivo y legislativo federales. Todas estas garan-tías promueven la responsabilidad al requerirque el gobierno dé a conocer sus actividades yal proveer medios ordinarios y extraordinariospara separar de sus cargos a los funcionariospúblicos. Las constituciones de los 50 estadoscontienen diversas provisiones comparables alas encontradas en la Constitución nacional.

Estatutos y Ordenanzas

Además de las garantías constitucionales men-cionadas, existen muchos estatutos federales yestatales y ordenanzas locales que promuevendirectamente la responsabilidad, por ejemplo,al dar a los ciudadanos el derecho de inspec-cionar los registros públicos, requerir que losfuncionarios públicos descubran sus fuentes deingresos, requerir que los candidatos a cargospúblicos revelen los nombres de quienes con-tribuyen a sus campañas, y requerir que lassesiones legislativas sean abiertas al público.(El término "estatuto" se refiere a una ley pro-mulgada por el Congreso de Estados Unidos o

Robert S. Barker

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por la legislatura de uno de los estados. El tér-mino "ordenanza" se refiere a una ley promul-gada por una ciudad, condado u otro gobiernolocal). Estas y otras provisiones promueven laresponsabilidad de una manera directa y obvia.Desde luego, esas provisiones son importantes;sin embargo, son igualmente importantes lasgarantías indirectas de responsabilidad queemanan de la estructura del gobierno esta-dounidense y de la historia de la política deEstados Unidos.

Gobierno Loca l

Hace algunos años, el reportero de un pe-riódico preguntó al alcalde de una gran ciudadde Estados Unidos: "(r)Qué es más importante,la política nacional o la política local?". Y elalcalde, citando al ex presidente de la Cámarade Representantes Thomas P. O'Neil, respondióde inmediato: "¡Toda la política es local!". Teníarazón, y su respuesta identificó una de las ca-racterísticas de la tradición política esta-dounidense que promueve la responsabilidadgubernamental. Desde las épocas coloniales elgobierno local ha sido la base de la partici-pación de los ciudadanos en el gobierno. Entodas partes en las 13 colonias originales loscolonos se organizaron en municipios, loscuales a su vez se agruparon en condados.Cuando los colonos establecieron sus legisla-turas coloniales, generalmente siguieron lapráctica de que cada municipio o condadoeligiera un representante a la cámara baja de lalegislatura de esa colonia.

En aquellos días el derecho a votar estabapor lo general severamente restringido: no seles permitía votar a los esclavos, a las mujeresni a quienes no poseían tierras. Muchas cues-

tiones importantes eran decididas por la Coronamás que por los colonos, y los sistemas colo-niales de gobierno local y de representaciónlegislativa echaron los cimientos de la respon-sabilidad permanente: los funcionarios localeseran conocidos por sus vecinos y dependían deellos, por lo que la responsabilidad era natural.La práctica de elegir legisladores por distritosde un solo miembro significaba que cada legis-lador era elegido e identificado con una comu-nidad particular, definida, ante la cual era res-ponsable, asegurando con ello un algo grado deresponsabilidad.

Aunque cada estado determina por símismo, mediante su propia constitución yleyes, la medida precisa de poder de sus go-biernos locales, la función del gobierno localsiempre ha sido en todas partes muy impor-tante, tanto legal como políticamente.

Separ ac ión de Poderes

Cuando las colonias se declararon inde-pendientes, los nuevos Estados Unidos deAmérica retuvieron los cimientos de gobiernolocal establecidos durante la era colonial yconstruyeron sobre ellos un sistema de sepa-ración vertical y horizontal de poderes paracontinuar garantizando la responsabilidadgubernamental. A este respecto, las palabras deThomas Jefferson en un tratado anterior sobreel estado de Virginia, son al mismo tiempodescriptivas y proféticas:

"La concentración de [todos los poderesdel gobierno] en las mismas manos es precisa-mente la definición del gobierno despótico... Elgobierno por el cual luchamos fue uno que nosólo se fundaba en principios libres sino que enel cual los poderes del gobierno estarían tan

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divididos y equilibrados entre varios cuerposde magistratura... que nadie podría trascendersus límites legales sin ser efectivamente contro-lado y contenido por los otros... Por esta razón...los departamentos legislativo, ejecutivo y judi-cial deberían ser separados y distintos, a fin deque ninguna persona debería ejercer lospoderes de más de uno de ellos al mismo tiem-po".

"Deberíamos... organizar nuestro gobiernoen (1) una república federal general, para todolo concerniente con el extranjero y lo federal;(2) la del estado, para lo que se relaciona connuestros propios ciudadanos exclusivamente;(3) las repúblicas de los condados, para losdeberes y asuntos del condado, y (4) lasrepúblicas del municipio, para los asuntospequeños pero no obstante numerosos e intere-santes del vecindario. Por lo tanto en el gobier-no, así como en cada otra actividad de la vida,todo lo que importa puede manejarse a la per-fección solamente por división y subdivisión dedeberes, grandes y pequeños".

La "separación de poderes" descrita porJefferson tiene por lo menos tres dimensiones:primero, la adjudicación del poder del gobiernoentre ramas separadas (esto es, una "separaciónde poderes" en el sentido estricto); segundo, ladivisión de ese poder de tal manera que laautoridad de una rama en un asunto dado estélimitada por la autoridad de otra rama sobre elmismo asunto o uno que esté relacionado almismo. (A esto generalmente se le llama "frenosy contrapesos". Se trata, en esencia, de un sis-tema de responsabilidad intragubernamental).El tercer aspecto de este arreglo es la divisiónvertical del poder del gobierno de tal maneraque cada tarea gubernamental sea asignada a launidad de gobierno más pequeña y local quepueda desempeñarla. Este es el principio de

subsidiaridad, que desde luego abarca al fede-ralismo.

Todos esos aspectos de la separación depoderes están reflejados en la Constitución deEstados Unidos elaborada en Filadelfia en1787. La Constitución otorga al gobierno fede-ral (o "nacional") ciertas facultades, como elpoder de conducir las relaciones exteriores,decidir en cuestiones de guerra y de paz, yreglamentar el comercio entre los estados y conotras naciones. Estas facultades enumeradas, ytodos los poderes implícitos en ellas, puedenser ejercidas por el gobierno federal. Todas lasfacultades que no han sido delegadas al poderfederal por la Constitución, en las palabras dela propia Constitución, están "reservadas a losestados respectivamente, o al pueblo". Estadivisión del poder, hecha explícitamente por laDécima Enmienda a la Constitución, estableceel principio del federalismo.

El poder del gobierno federal está divididoentre tres ramas, la legislativa, la ejecutiva y lajudicial, estableciendo por lo tanto la "sepa-ración de poderes" en el sentido estricto. Másaún, el ejercicio de poder por cualquiera de lastres ramas del gobierno federal está limitada dediversas maneras por los poderes otorgados alas otras ramas, estableciendo por lo tanto elprincipio de frenos y contrapesos.

Este método para la separación de poderestambién ha sido efectuado dentro de cada esta-do en su propia constitución estatal a través dela división del poder entre tres ramas dentro delgobierno del estado; la creación de una va-riedad de frenos y contrapesos entre las tresramas del gobierno; y la adjudicación demuchas facultades gubernamentales a dos nive-les inferiores de gobierno local, los condados ymunicipalidades.

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Uno de los resultados de estas divisionesdel poder es que en mi propio estado,Pensilvania, y en la mayoría de los otros, todoslos años son año de elección, es decir, durantecada año se llena mediante comicios algúncargo municipal, del condado, del estado ofederal. Esto significa que el ciudadano tiene laoportunidad de ir a las urnas dos veces al año:primero, en las elecciones internas, paraescoger los candidatos de su partido, y después,en las elecciones generales, para escoger entrelos candidatos de los diversos partidos. Desdeun punto de vista práctico, esto significa que elgobierno está sujeto a escrutinio constante y,por lo tanto, está sujeto a un proceso perma-nente de rendición de cuentas. (La mejor fuenteindividual de información sobre gobiernoestatal es The Book of the States (El Libro delos Estados), que publica anualmente elConsejo de Gobiernos Estatales, en Lexington,Kentucky).

Rev is ión Jud ic ia l

De una manera muy importante, la responsabi-lidad gubernamental es ejercida y hechacumplir por los tribunales a través del procesoconocido como "revisión judicial", que comenzócon la decisión histórica de la Corte Supremade Estados Unidos en 1803 en el caso deMarbury vs. Madison. En ese caso, en los últi-mos días de su gestión, el presidente JohnAdams había nombrado a William Marburycomo juez de paz en el Distrito de Columbia.Sin embargo, la "comisión" de Marbury (esdecir, el documento de certificación de su nom-bramiento) no le había sido entregada antes dela expiración del período presidencial deAdams. El nuevo presidente, Thomas Jefferson,ordenó que no se entregara la comisión.

Marbury vs. Madison estableció el princi-pio de que todas las leyes y otras accionesgubernamentales deben conformarse a laConstitución, y que cualquier individuo quecrea que sus derechos constitucionales son vio-lados por cualquier nivel del gobierno — fede-ral, estatal o local —, podría obtenerreparación mediante un litigio apropiado. Comotal, todos los años las cortes federales yestatales de Estados Unidos deciden cen-tenares de casos en los cuales se requiere quefuncionarios del gobierno defiendan la consti-tucionalidad de sus acciones.

Tres decisiones famosas de la CorteSuprema ilustran cómo este proceso de revisiónjudicial sirve de instrumento de responsabili-dad:

En 1952, durante la guerra de Corea, elsindicato de obreros siderúrgicos anunció suintención de ir a la huelga contra los princi-pales fabricantes de acero de Estados Unidos.Pocas horas antes de que comenzara la huelga,el presidente Harry Truman emitió un decretocolocando las plantas siderúrgicas bajo el con-trol del gobierno federal, para mantenerlas enfuncionamiento. Las compañías siderúrgicas deinmediato iniciaron juicio contra el gobiernofederal, argumentando que el presidente habíaexcedido las facultades que le otorga laConstitución. En su decisión, la Corte Suprema,por votación de 6 a 3, llegó a la conclusión deque en efecto el presidente había excedido susfacultades constitucionales. El gobierno deinmediato devolvió el control de las plantassiderúrgicas a sus propietarios, conforme a ladecisión de la Corte.

Quizás el ejercicio más famoso de revisiónjudicial en décadas recientes fue la decisión dela Corte Suprema en 1954 en el caso de Brown

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vs. Junta de Educación, en la cual la Corte sos-tuvo que las leyes que establecían segregaciónracial en las escuelas públicas violaban lasgarantías constitucionales de "igual protecciónde las leyes". La decisión en el caso Brown ynumerosas otras decisiones sobre "igual protec-ción" posteriores, han establecido el principiode que el gobierno es responsable ante todo elpueblo, no solamente ante quienes constituyanuna "mayoría" en un momento dado.

En 1974 la Corte Suprema se enfrentó conun caso de gran importancia constitucionalderivado del escándalo de Watergate. Dos añosantes, habían entrado intrusos a la sede delComité Nacional Demócrata, en un edificioconocido como "Watergate". Pronto quedó enclaro que el robo había sido organizado por per-sonas allegadas al presidente Richard Nixon, yque después del robo, varios asesores del pre-sidente, y probablemente el propio Nixon,habían conspirado para impedir la investi-gación del delito. Varios ex miembros del per-sonal del presidente fueron acusados de delitosrelacionados con el robo y "ocultamiento" deWatergate. En el curso de su juicio, la cortepenal federal ordenó al presidente entregar altribunal ciertas grabaciones de conversacionespresidenciales que según se afirmaba eran per-tinentes al caso. El presidente se negó,aduciendo que tenía derecho de preservar elsecreto de las comunicaciones presidenciales.

La Corte Suprema, en una votación uná-nime en el caso Estados Unidos vs. Nixon, fallócontra el presidente y le ordenó que entregaralas grabaciones a la corte penal. La Corterazonó que aunque el presidente goza de un"privilegio ejecutivo" que le permite mantenerla confidencialidad de las conversaciones pre-sidenciales, dicho privilegio no es absoluto,

sino que en cada caso debe ser ponderado con-tra el interés compensatorio de su revelación.La Corte llegó a la conclusión de que el presi-dente Nixon no había establecido ningunanecesidad particular para guardar el secreto,por lo cual sus intereses eran superados por lanecesidad obvia de mantener la integridad delproceso penal. El presidente entregó rápida-mente las grabaciones a la corte penal.

L iber tad de Expres ión

Las reglas, prácticas y decisiones anteri-ores para asegurar la responsabilidad guberna-mental habrían sido, y lo serían ahora, inefi-caces si no hubiera sido por otro conjunto deprincipios enraizado profundamente en la his-toria y el derecho de Estados Unidos: la liber-tad de expresión, de prensa, de asamblea, depeticionar y de asociación, que están garanti-zadas por la Primera Enmienda de laConstitución y las cuales, en su conjunto, sonllamadas frecuentemente "libertad de expre-sión". Los detalles de estas libertades de laPrimera Enmienda exceden el ámbito de estebreve artículo. No obstante, hay un caso en par-ticular que ilustra sobre la estrecha relaciónentre la libertad de expresión y la responsabili-dad del gobierno.

A comienzos de la década de 1960, eldiario The New York Times publicó un anunciopolítico que hacía ciertas acusaciones de malaconducta contra un funcionario municipal en elestado de Alabama. El funcionario le hizo juicioa The New York Times por difamación. En eljuicio se estableció que las acusaciones eranfalsas, y la corte ordenó al Times a pagar dañosy perjuicios al funcionario difamado. En laapelación, la Corte Suprema de Justicia revirtióla decisión, sosteniendo que el derecho de

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criticar al gobierno es tan importante que inclu-so las falsas acusaciones contra funcionariospúblicos están protegidas constitucionalmente.Por lo tanto, concluyó la corte, un funcionariopúblico puede ser compensado por daños por ladifamación sólo cuando el que habla (ya sea unindividuo o un periódico) sabe que ladeclaración difamatoria es falsa o actúa condesconsideración irresponsable por la verdad.Esta decisión, The New York Times vs.Sullivan, estableció el principio de que la liber-tad de expresión está más protegida cuando secritica al gobierno y a funcionarios del gobier-no y, por el contrario, que los funcionariospúblicos gozan de muy poca protección contralas críticas, incluso cuando las críticas se fun-den en error.

A menos que los ciudadanos puedanhablar abiertamente, publicar y debatir susideas, y organizarse en grupos conforme a suspropios criterios y principios, no pueden posi-blemente reclamar que los funcionarios públi-cos rindan cuenta de sus actos.Afortunadamente, Estados Unidos tiene unalarga tradición de respeto a estas libertades.

Los L ími tes de laResponsab i l idad

La responsabilidad tiene sus límites. Comoreconoció la Corte Suprema en el casoWatergate, los intereses del gobierno en prote-ger la seguridad nacional o mantener la confi-dencialidad de las comunicaciones diplomáti-cas, por ejemplo, podrían superar, en unasituación dada, a las razones para revelar lossecretos. La propia Constitución, aunquerequiere que el Senado y la Cámara deRepresentantes mantengan y publiquen regis-tros de sus procedimientos, acepta expresa-

mente "Partes que a su juicio pudieran requerirSecreto".

Más aún, las cortes han decidido que laobligación constitucional del gobierno federalde publicar "cuentas de los ingresos y gastos",no requiere la publicación de información quepudiera comprometer la seguridad nacional, yque la garantía constitucional de un juiciopúblico podría estar limitada en casosextremos, si esa limitación fuese necesaria paraasegurar que el acusado recibirá un juicioimparcial.

En Estados Unidos, como en cualquierdemocracia, la garantía más importante de res-ponsabilidad gubernamental es el derecho delos ciudadanos de controlar la dirección de lapolítica del gobierno y la identidad de quienesejercen las facultades del gobierno, por mediodel proceso electoral. Todas las otras provi-siones constitucionales y estatutarias no sonotra cosa que medidas auxiliares. El gobiernoresponsable depende últimamente de ciu-dadanos responsables o, más precisamente, deelectores responsables, que toman seriamentelos asuntos públicos, se informan sobre lostemas y los candidatos, debaten vigorosamente,votan regularmente, y tienen el criterio moralpara distinguir entre lo que está bien y lo queestá mal. Los requisitos de informar y revelar ylas leyes de reuniones públicas tienen su lugar,pero carecen de sentido para una ciudadaníacomplaciente, cínica o que se permite excesos.La responsabilidad, al igual que la libertad,requiere vigilancia eterna.

Temas de la Democracia, Periódico Electrónico del Departamento de Estado

de Estados Unidos,Vol. 5, No. 2, Agosto de 2000

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L a R e s p o n s a b i l i d a d G u b e r n a m e n t a l

LOS FUNDADORES de EstadosUnidos reconocían la relación que hay entre lademocracia, la rendición de cuentas y el acce-so a la información gubernamental. JamesMadison, que luego llegaría a ser el cuarto pre-sidente de Estados Unidos, captó la importan-cia de esta relación en su frecuentemente cita-da advertencia: "Un gobierno popular sin infor-mación popular o los medios de adquirirla, noes sino un prólogo de una farsa o una tragediao, tal vez, de ambas a la vez".

Hoy, varias leyes garantizan los derechos de losciudadanos de observar, entender y evaluar lasdecisiones y conducta de los funcionarios delgobierno. El acceso a la información permite alos ciudadanos impugnar los actos guberna-mentales con los cuales están en desacuerdo, ybuscar reparaciones de la mala conducta ofi-cial. El acceso a la información también disua-de de la mala conducta oficial al recordarles alos funcionarios públicos que deben rendircuentas. El concepto de transparencia incorpo-

Transparencia — Los Mecanismos: Gobierno Abierto y Rendición de Cuentas

Por Rober t G . Vaughn

Varias leyes norteamericanas garantizan los

derechos de los ciudadanos de observar,

entender y evaluar las decisiones y con-

ducta de los funcionarios del gobierno. El

acceso a la información permite a los ciu-

dadanos impugnar los actos gubernamen-

tales con los cuales están en desacuerdo, y

buscar reparaciones de la mala conducta

oficial. El acceso a la información también

disuade de la mala conducta oficial al

recordarles a los funcionarios públicos que

deben rendir cuentas. En este artículo

sobre el gobierno abierto y la rendición de

cuentas, Robert G.Vaughn, profesor de

derecho en el Colegio de Derecho de la

American University, discute cómo el con-

cepto de transparencia incorpora estos

mismos valores que subyacen la rendición

de cuentas democrática, valores a los que

en Estados Unidos se hace comúnmente

referencia mencionándolos con el término

de "gobierno abierto".

15

ra estos mismos valores que subyacen la rendi-ción de cuentas democrática, valores a los queen Estados Unidos se hace comúnmente refe-rencia mencionándolos con el término de "gobi-erno abierto".

La más conocida y efectiva de estas provi-siones de gobierno abierto es la Ley de Libertadde Información, que es federal. Además, otrasprovisiones de gobierno abierto requieren pro-cedimientos gubernamentales abiertos y accesoa documentos e información del gobierno. Lapublicación de las finanzas de los funcionariosde gobierno y servidores públicos en las ramasejecutiva, legislativa y judicial del gobiernofederal busca también darles a los ciudadanossuficiente información para que juzguen si esprobable que los actos de esos funcionarios hansido influidos de modo impropio por sus pro-pios intereses financieros.

Las provisiones de gobierno abierto que sehacen notar más arriba a menudo entran enconflicto con otros valores, particularmente losde la intimidad personal. Este conflicto, sinembargo, puede considerarse también como la

manera mediante la cual el acceso a la infor-mación que posee el gobierno y la protección dela información personal definen las políticas deinformación de los regímenes que sondemocráticos más bien que autoritarios.

La revolución electrónica ha afectado elacceso a la información. Encierra la promesa deque el gobierno puede convertirse en un dise-minador de información, reivindicando así losvalores que ahora apoyan las provisiones degobierno abierto. Al mismo tiempo, puede ame-nazar la intimidad personal de modos que soca-van las instituciones democráticas, en lugar derespaldarlas.

Leyes de L iber tad deIn formac ión

Aunque la Ley de Libertad de Informaciónes la más conocida de tales provisiones, todoslos cincuenta estados cuentan con alguna formade ley de libertad de información que se aplicaa algunos documentos y registros gubernamen-tales. Una discusión de la ley federal, sinembargo, alcanza a captar los aspectos mássalientes de estas leyes estatales.

La Ley de Libertad de Informaciónrequiere que algunos tipos de documentos esténdisponibles sin necesidad de solicitarlo, y secoloquen en salones de lectura públicos. Talesdocumentos incluyen las reglas y regulacionesde los departamentos y agencias del gobierno,las opiniones finales que resuelven procedimi-entos administrativos llevados a cabo por lasagencias, y guías y manuales relevantes queafectan directamente a personas del público.Mediante este requerimiento, el Congresoprocuró evitar que los funcionarios federalesapliquen una "ley secreta", y garantizar que

Robert G. Vaughn

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cualquier persona pueda examinar las normasque controlan el ejercicio del poder público poresos funcionarios.

Como mínimo, el imperio del derechorequiere tener acceso a las normas aplicadaspor funcionarios gubernamentales. Si las nor-mas legales han de restringir la discreción ofi-cial, esas normas deben conocerse. En ausen-cia del conocimiento de estas normas, es difícilcreer que puedan limitar de modo significativoel poder de los funcionarios públicos.

Con la Ley de ProcedimientosAdministrativos, el Congreso procuró tambiénasegurar que personas y grupos conozcan lasreglas gubernamentales y tengan la oportu-nidad de formular comentarios sobre ellas. Lasagencias que proponen nuevas reglas debenpublicarlas en el Boletín Federal, periódicoimpreso por la Oficina de Imprenta delGobierno y que es fácil de obtener en las bib-liotecas y por suscripción. Además, las agen-cias deben publicar información acerca de suorganización y procedimientos para permitirleal público entender cómo puede buscarse unareparación dentro de las agencias.

Todos los otros documentos y registros delgobierno se consideran públicos y tienen queestar disponibles cuando se lo solicite. La Leyde Libertad de Información crea la presunciónde que cualquier persona tiene derecho deconocer documentos del gobierno. Las personasque solicitan estos documentos no necesitandar ninguna razón de por qué los quieren oexplicar qué uso les darán.

La Ley de Libertad de Información con-tiene nueve excepciones a la revelación. Estasincluyen algunas que se refieren a documentos:(1) declarados secretos, apropiadamente, en el

interés de la defensa nacional o la política exte-rior, (2) consistentes en guías o directivas inter-nas que discuten estrategias de ejecución de laley, cuya publicación podría dar oportunidad deevadir la ley, (3) cuya revelación está específi-camente prohibida por otras leyes, (4) que con-tengan información comercial o financiera con-fidencial o privilegiada, (5) protegidos por cier-tos privilegios de litigio judicial, (6) cuya reve-lación constituiría una invasión evidente einjustificada de la intimidad personal, (7) com-pilados con propósitos de ejecución de la ley,cuya revelación podría, razonablemente, espe-rarse que creara riesgos de causar ciertosdaños, (8) contenidos en la supervisión de insti-tuciones financieras por una agencia encargadade la regulación o supervisión de tales institu-ciones, o relacionados con dicha supervisión,(9) que contengan información geofísica ogeológica concerniente a pozos de petróleo.

Los tribunales interpretan estas excep-ciones de una manera estricta, que favorece larevelación de los documentos que tengan rele-vancia. Los tribunales examinan las decisionesadministrativas de mantener reservados docu-mentos que han sido solicitados, con más rigorque el que emplean con otros tipos de deci-siones administrativas. En la mayoría de loscasos, las excepciones autorizan a una agenciaa retener documentos cubiertos por alguna delas excepciones, pero no lo requieren. (El pre-sidente Clinton y la secretaria de Justicia JanetReno han dado instrucciones a las agenciasfederales de no alegar excepciones a menos quepuedan demostrar que la revelación de losdocumentos protegidos perjudicaría el interéspúblico). Los dos principales ejemplos de casosen los que pueden alegarse una excepción sonla información de seguridad nacional y docu-

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mentos cuya publicación invadiría la intimidadpersonal.

La rendición de cuentas política se basa enel derecho a la libre expresión y el derecho a lalibre asociación. Estos derechos les permiten alos ciudadanos organizarse, defender causas eimpugnar las decisiones del gobierno que losrepresenta; estos derechos les permiten afectarel cambio político. En el caso del discursopolítico, la falta de información acerca de laspolíticas gubernamentales que se discutenreduce la credibilidad del orador y disminuyeel valor del derecho de hablar. En ausencia deinformación acerca de las decisiones del gobi-erno y de las implicaciones de estas decisiones,el ímpetu de la asociación también queda limi-tado.

De la misma forma, la rendición de cuen-tas legal, a través del recurso a los tribunales,requiere información acerca de las políticas yprácticas del gobierno. Por ejemplo, los docu-mentos obtenidos de acuerdo con la Ley deLibertad de Información han promovido variasimpugnaciones exitosas de la conducta de fun-cionarios gubernamentales, conducta queinfringía los derechos civiles de ciudadanosestadounidenses.

La revolución electrónica le promete alciudadano mayor acceso a la información enpoder del gobierno, y una función mejorada delgobierno como diseminador de información. LaLey de Libertad de Información Electrónica de1996 procura cumplir estas promesas. Lossalones de lectura públicos se convierten en"salones de lectura virtuales", en los que lainformación disponible es accesible paracualquiera que tenga una computadora y unmodem. A las agencias se les requiere proveer

acceso electrónico a documentos que se refie-ran a "temas de gran interés", documentos quese soliciten comúnmente o que es probable quesean de interés para otros solicitantes poten-ciales. Ya no hay que solicitar específicamenteciertos documentos o registros; una agenciafederal los pone a disposición electrónica-mente. Además, algunas agencias permiten quelas solicitudes de documentos y registros queno entran en esta categoría se hagan electróni-camente, y a menudo la respuesta puede sertambién electrónica.

Lo que es más importante, Ley de Libertadde Información Electrónica mejora significati-vamente los mecanismos de acceso al recalcarla función del gobierno como diseminador deinformación. Muchos documentos y bancos dedatos gubernamentales están disponibles en laInternet. De manera creciente, la rama ejecu-tiva del gobierno federal ha mejorado al accesoen la Internet de los sitios que las agenciasfederales tienen en la Web. (Por ejemplo, véasefirst.gov, el portal que da acceso inmediato avarios sitios del gobierno federal en la Web.

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Otras Leyes de GobiernoAbier to

Varias otras leyes de gobierno abierto,aplicables al gobierno federal, ofrecen tambiénmodos de entender y evaluar la conducta de losfuncionarios gubernamentales. Estas otras pro-visiones incluyen la Ley de Luz Solar en elGobierno, la Ley de Protección de losDenunciantes y, paradójicamente, la Ley deIntimidad Personal. Con excepción de la Ley dela Comisión Asesora Federal, la mayoría de losestados norteamericanos tienen provisionessimilares a estas leyes federales. De hecho, laLey de Luz Solar en el Gobierno y las provi-siones de revelación financiera pública sebasan en ejemplos tomados de la ley estatal.

La Ley de Luz Solar en el Gobierno es unaley sobre reuniones abiertas, que requiere quelas reuniones de cuerpos colegiados como lascomisiones y juntas, que contengan dos o másmiembros, se celebren en público. Al públicose le debe notificar de estas reuniones en elBoletín Federal y también deben ponerse a sudisposición transcripciones u otras constanciasde las deliberaciones. La ley presume, consujeción a excepciones en cierto modo simi-lares a las contenidas en la Ley de Libertad deInformación, que las deliberaciones de los gru-pos de individuos responsables de estos cuer-pos colegiados están sujetas al escrutinio públi-co. Como ocurre con la Ley de Libertad deInformación, estas excepciones se interpretande manera estricta.

Las justificaciones de las reuniones abier-tas son similares a las que apoyan el acceso alos documentos y registros del gobierno. Dehecho, la Ley de Luz Solar en el Gobierno, quees federal, y las leyes estatales similares

derivan sus nombres de una cita famosa deljuez del Tribunal Supremo Louis Brandeis:"Dicen que la luz solar es el mejor de los desin-fectantes".

La ley federal de reuniones abiertas cubrela rama ejecutiva del gobierno federal. Los pro-cedimientos de las otras ramas también estásujetos a la observación pública. Una combi-nación de provisiones de derecho constitu-cional y derecho consuetudinario determinaque los juicios civiles estén abiertos al público.Muchos tribunales han extendido el principiode los juicios abiertos para incluir el acceso delpúblico a los dictámenes y órdenes que dispo-nen la litigación y los documentos que apoyanesos dictámenes. Las sesiones de la cámara deRepresentantes y el Senado están abiertas alpúblico. De conformidad con las reglas de pro-cedimiento relevantes, la mayoría de las audi-encias y muchas de las deliberaciones de lascomisiones son también abiertas.

Así como la Ley de Luz Solar en elGobierno se aplica a las deliberaciones de loscuerpos colegiados, tales como juntas o comi-siones, la Ley de Comisiones AsesorasFederales regula las comisiones asesoras queincluyen a ciudadanos particulares. Estascomisiones son asesoras pero las usa el gobier-no para formular normas y procedimientos ofi-ciales. Uno de los métodos principales de regu-lación es la provisión de que las reunionesabiertas se realicen previa notificación antici-pada en el Boletín Federal. Además, la Ley deComisiones Asesoras Federales requiere quehaya acceso a la información relativa a losmiembros, actividades y decisiones de talescuerpos. Debido a que estas comisiones puedendesempeñar una función significativa en la for-mulación de políticas gubernamentales, su res-

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ponsabilidad requiere que se conozcan susactividades.

De modo similar, la justificación racionalde las leyes de gobierno abierto se aplica a laLey de Protección a los Denunciantes. Esta leyprotege de las represalias a los empleados fede-rales que revelan información relativa a la con-ducta oficial que los empleados, razonable-mente, creen evidencia una violación de unaley, regla o regulación, un grave despilfarro defondos, mala administración en grado sumo, unabuso de autoridad o un peligro específico ysubstancial para la salud y la seguridad públi-cas. Como otras leyes de gobierno abierto, laprotección a los denunciantes ayuda a asegurarque las personas cuenten con la informaciónnecesaria para hacer uso significativo de losderechos de libre expresión y asociación, dere-chos que son el fundamento de la rendición decuentas política.

La protección a los denunciantes reivindi-ca el derecho a la libre expresión. El momentoen que la información queda disponible es tanimportante como el hecho mismo de que lainformación esté disponible. La protección a losdenunciantes aumenta tanto la disponibilidadcomo la oportunidad de la información. Debidoa que los denunciantes pueden sacar a luzinformación oculta y hacer añicos el encubri-miento de la mala conducta, proveen informa-ción en un momento en que es posible respon-der significativamente. El derecho a la libreexpresión no protege simplemente la crítica;garantiza también el derecho de usar procedi-mientos democráticos para cambiar los actos yla política del gobierno. Las protecciones a losdenunciantes complementan las leyes de liber-tad de información al asegurar el acceso a infor-mación importante antes de que alguien se

entere, mediante otro recurso, de la necesidadde solicitar documentos y registros del gobier-no.

La Ley de Intimidad Personal, a pesar delas connotaciones que tiene su título, proveeacceso a documentos y registros del gobierno.Una persona puede utilizar la ley para examinarconstancias concernientes a esa misma personaque pueden obtenerse mediante alguna identi-ficación particular, tal como un nombre o unnúmero del seguro social. Una persona tienederecho de examinar esos registros y, en ciertascircunstancias, puede procurar que esos regis-tros se corrijan o enmienden. Los tribunaleshacen valer estos derechos de acceso y enmien-da. El acceso a estos registros le permite a lapersona evaluar si el gobierno ha cumplido consus obligaciones, establecidas por esta ley, deasegurar que tales registros son exactos, opor-tunos, relevantes y completos. Esta ley regulatambién cómo una agencia obtiene, mantiene,protege, usa y disemina tales registros.

La Ley de Etica en el Gobierno requiereque los miembros del Congreso, los juecesfederales y ciertos funcionarios ejecutivos,entre ellos los empleados públicos de altorango, sometan información financiera que sepone a disposición del público. Se incluyen enestos informes financieros el ingreso de dife-rentes fuentes, inclusive dividendos, intereses,rentas y ganancias de capital; otras formas deingreso, que incluyen los honorarios, deben serinformadas con más detalle. También estánincluidos los regalos y la información sobreactivos y pasivos. Las provisiones de la ley soncomplicadas y algunas revelaciones, como lasque conciernen a los activos, se hacen tambiéndentro de rangos de valor amplios. Con todo,queda a disposición del público una cantidad

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significativa de información financiera perso-nal.

El Congreso justificó estas invasiones de laintimidad personal basándose en la necesidadde garantizarle al público la integridad de losaltos funcionarios. Los ciudadanos particularespueden examinar estos informes para asegu-rarse de que los funcionarios del gobierno notienen conflictos de interés entre sus obliga-ciones para con el público y sus interesesfinancieros personales. La revelación públicade los intereses financieros de los funcionariosdel gobierno es una vigorosa declaración en loque concierne a la responsabilidad de losempleados públicos para con el público al quetienen que servir.

Acceso e Int imidad Per sona l

Aunque las leyes de revelación financierapública dan un ejemplo conspicuo del conflictoentre acceso e intimidad personal, todas lasleyes de gobierno abierto enfrentan este con-flicto. Considérese, por ejemplo, la Ley deLibertad de Información. Mucha de la informa-ción contenida en documentos gubernamen-tales no la genera el gobierno, sino que, másbien, se la proveen al gobierno terceras per-sonas. Además, la información generada por elgobierno puede concernir a actividades o carac-terísticas de los individuos. En consecuencia,es probable que muchos documentos y registrosdel gobierno contengan cantidades substan-ciales de información que tiene implicacionesen la intimidad personal de los individuos.

La Ley de Libertad de Información atiendeeste conflicto entre acceso e intimidad personalautorizando la retención de documentos cuya

publicación constituiría una invasión clara-mente injustificada de la intimidad personal.Esta excepción protege la intimidad personal,pero crea un equilibrio en favor del acceso amateriales que permiten examinar las opera-ciones del gobierno; porque la excepciónrequiere demostrar que la revelación debe con-ducir a una invasión claramente injustificadade la intimidad personal. Debido a la relaciónexistente entre la Ley de Libertad deInformación y la Ley de Intimidad Personal, lamayoría de las autoridades considera que lainformación cubierta por la excepción por moti-vo de intimidad personal que establece la Leyde Libertad de Información, también quedacubierta por las protecciones de la Ley deIntimidad Personal. Por lo tanto, los funciona-rios federales carecen de discreción para publi-car documentos cubiertos por la excepción deintimidad personal.

La revolución electrónica puede ser vistacomo una amenaza a la conciliación entre acce-so e intimidad personal. La facilidad de accesoque ofrece la Internet y la función del gobiernocomo diseminador de información puedenaumentar la probabilidad de que haya viola-ciones de la intimidad personal. Algunos críti-cos sostienen que la Ley de Libertad deInformación Electrónica reduce las protec-ciones legales y prácticas de la intimidad per-sonal. La resolución legal del conflicto entreintimidad personal y acceso requiere una eva-luación cuidadosa del alcance de la protecciónde la intimidad personal y las justificacionesdel acceso. La solución, sin embargo, puede serimposible de alcanzar si el conflicto se consi-dera una opción entre valores inconmensu-rables.

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Desde otra perspectiva, tanto el acceso comola intimidad personal son importantes para larendición de cuentas democrática. La protecciónde la intimidad personal le plantea al individuola opción de hablar y de cómo hablar, en diferen-tes lugares y en diferentes ocasiones y, por ende,respalda el derecho a la libre expresión. La pro-tección de la intimidad personal también sostieneel derecho a la libre asociación. Por ejemplo,durante el movimiento de los derechos civiles enel sur de Estados Unidos en la década de 1960,la revelación pública de las lista de miembros dela Asociación Nacional por el Progreso de lasPersonas de Color habría desalentado la afilia-ción a ese grupo y socavado el derecho a la libreasociación, que es uno de los fundamentos de larendición de cuentas política.

En "Intimidad Personal y Libertad", libroque marca un hito en esta materia, Alan Westinpone de relieve la relación que hay, en los gobi-ernos democráticos, entre acceso e intimidadpersonal. De hecho, define la democracia y elautoritarismo en términos de la política de infor-mación. A los gobiernos autoritarios los identifi-can el acceso fácil a la información sobre activi-dades de los ciudadanos y las extensas limita-ciones a la capacidad de los ciudadanos deobtener información acerca del gobierno. En con-traste, los gobiernos democráticos se destacanpor las restricciones significativas a la capacidaddel gobierno de obtener información acerca desus ciudadanos y por el acceso fácil de los ciu-dadanos a la información sobre actividades delgobierno. En lugar de estar inexorablemente enconflicto, el acceso y la intimidad personal seentrelazan ambos con la rendición de cuentasdemocrática.

Temas de la Democracia, Periódico Electrónico del Departamento de Estado

de Estados Unidos,Vol. 5, No. 2, Agosto de 2000

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La Ley sobre Desempeño y Resultados en el

Gobierno de 1993 es una importante pieza legisla-

tiva diseñada para mejorar la rendición de cuentas

en el gobierno con la medida de los resultados —

el resultado de los programas y servicios prestados

por todas las agencias y departamentos del gobier-

no federal. Su propósito era mejorar la efectividad

de los programas al promover un nuevo enfoque

sobre los resultados, calidad del servicio, y satisfac-

ción del cliente.

Por ejemplo, ¿es que un programa a cargo de una

agencia encargada de salvaguardar la innocuidad ali-

mentaria efectivamente mejora la innocuidad del

alimento? De hacerlo, ¿de qué manera y por cuán-

to? ¿Y cuanto vale la mejora en relación al costo del

programa? Este es el tipo de mediciones prácticas

que se propone la GPRA.

De acuerdo a la ley, las agencias están obligadas a

desarrollar planes estratégicos para varios años,

planes para el desempeño anual, e informes sobre

el desempeño anual. La Oficina de Contaduría

General (GAO) hará la evaluación de los planes de

desempeño tanto de los departamentos del

Gabinete así como de las agencias independientes.

Los primeros informes sobre el desempeño de las

agencias, de acuerdo a la Ley, fueron requeridos con

plazo al 31 de mazo de 2000. Por ello es demasia-

do pronto para determinar cuan efectivos pueden

ser. Pero se espera que como resultado de la

GPRA, mejore la toma de decisiones en el

Congreso porque se dispondrá de más información

objetiva sobre la efectividad relativa y la eficiencia y

gastos en los programas federales. Esa información

también será utilizada para administrar más efecti-

vamente a las agencias.

Ley Sobre Desempeño y Resultados en el Gobierno (GPRA)

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L a R e s p o n s a b i l i d a d G u b e r n a m e n t a l

EN SU LIBRO LA DEMOCRA-C IA EN AMÉRIC A , el estudio sobre elsiglo XIX, considerado el análisis más agudo yperdurable sobre Estados Unidos jamás escrito,Alexis de Tocqueville afirma: "Mientras másobservo los efectos principales de la prensalibre, más me convenzo de que, en el mundomoderno, la libertad de prensa es la principal yen cierto modo el elemento constitutivo de lalibertad". Y más adelante añade: "En Américano hay límites en cuanto a la libertad de aso-ciación para fines políticos".

Por sus viajes y agudas observaciones,Tocqueville se percató fácilmente de la conex-ión entre "prensa libre" y "libertad de aso-ciación para fines políticos". Desde las décadasde 1960 y 1970, cuando el periodismo se hizomás investigativo en relación al gobierno, lasasociaciones de ciudadanos y organizacionesno gubernamentales se han multiplicado portodo Estados Unidos para actuar como obser-

Rendición de Cuentas Por el Gobierno y Observadores Externos

Por Rober t Schmuh l

Para cualquier sociedad que aspire a tener

un gobierno que rinda cuentas, es de suma

importancia la existencia de observadores

externos e independientes. En este ensayo

sobre los observadores norteamericanos,

la prensa y los organismos no-guberna-

mentales (ONG), Robert Schmuhl, profe-

sor de Estudios Americanos y director del

Programa John Gallivan de Periodismo,

Etica y Democracia en la universidad de

Notre Dame, analiza acontecimientos

pasados y recientes que permiten que los

ciudadanos puedan supervisar más que

nunca a su gobierno

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vadores y críticos del manejo de los negociospúblicos y de aquellas personas nombradas oelegidas para cumplir esas funciones de gobier-no.

Asociaciones como Common Cause (CausaComún), Public Citizen (Ciudadano Público) yel Centro para la Integridad Pública han hechode la actividad pública — o de su inactividad— el foco de su atención, divulgando el resul-tado de sus investigaciones a los asociados ensus organizaciones y por medio de la prensa alos ciudadanos en general. En este sentido losgobiernos federal, estatal y local están ahorasometidos a un constante escrutinio, de unmodo continuo que nunca antes se había dado.

Las Organizaciones deEscrutinio Público comoObser vadoras

Common Cause, fundada en 1970, constaen la actualidad con más de 250.000 socios (y

una plantilla de 50 personas en Washington),utiliza consignas como: "Responsabilizando alpoder". Dicha organización, comprometida conuna política y gobierno ética y abierta, ha ayu-dado a iniciar una ley para reformar el finan-ciamiento de las campañas presidenciales, paraestablece leyes "para la luz solar" para asegurarque los negocios públicos se hagan en público— y no entre bambalinas — para acabar conlos regalos y honorarios lucrativos que miem-bros del Congreso reciben por participar enconferencias patrocinadas por distintos gruposde interés, y para que se impongan requisitosde divulgación para los cabilderos que buscaninfluir en la ley y en las agencias del gobierno.

Mientras Common Cause se dedica al temade la reforma política y gubernamental, la orga-nización observadora Public Citizen se planteauna agenda más amplia. Fundada en 1971 porel activista en favor del consumidor RalphNader, se concentra más en temas que afectanal consumidor norteamericano -en especial loreferente a la calidad de los alimentos y fárma-cos, el cuidado médico y la conservación deenergía. Sin embargo, una rama de PublicCitizen, conocida como Congress Watch, tam-bién supervisa que el gobierno y las empresascorporativas cumplan sus responsabilidades, elproceso de reforma del financiamiento de lascampañas electorales, la enseñanza pública, yla investigación e impacto de los medios decomunicación. Nader y sus colegas desem-peñaron un papel decisivo en el proceso leg-islativo que llevó a la creación de la Oficina dela Seguridad y Salud en el Trabajo (OSHA) y ala creación de la Comisión sobre Seguridad deProductos de Consumo.

Un enfoque algo diferente es el del Centrode Integridad Pública, fundado en 1990, que

Robert Schmuhl

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combina las metodologías de las ciencias políti-cas y las técnicas de investigación periodísticahaciendo investigaciones y divulgando densosinformes sobre las contribuciones dudosas enlas campañas presidenciales y para elCongreso; los peligros de no contar conreglamentación adecuada para insecticidas; yla disminución de la intimidad a medida que latecnología avanza. Lo que distingue al Centrode Integridad Pública es su énfasis en el perio-dismo investigativo y su asociación con institu-ciones periodísticas. Por ejemplo, su análisissobre las contribuciones a las campañas de losmiembros de la asamblea general del Estado deIndiana dio como resultado una serie de artícu-los divididos en fascículos que se publicaron enel Indianapolis Star en 1996 y que fueron pre-sentado también en una serie televisada de unasemana de duración.

En esos y otros casos, un grupo observadorindependiente está ofreciendo ayuda especial-izada en materia de investigación a los mediosde comunicación, para que la utilicen en su tra-bajo. Cuando algunas instituciones alegan queno pueden afrontar el costo de las investiga-ciones en casos complejos, el Centro para laIntegridad Pública ayuda con los gastos de lainvestigación, y la información generada saleen última instancia en los principales mediosde comunicación. En suma, las institucionesperiodísticas y el Centro logran objetivoscomunes, y el público se beneficia de esteesfuerzo conjunto.

La Prensa como Obser vadora

Poco antes de su muerte en 1836 JamesMadison escribió una carta en la que decía:"Un pueblo que pretenda gobernarse a sí mismoha de armarse con el poder que el conocimien-to le brinda". Lo que el cuarto presidente ypadre de la Constitución de Estados Unidos nopudo prever era la existencia de un mundo conla variedad de fuentes de información que haceque hoy llegar al conocimiento que conduzca alpoder requiere mucho más esfuerzo que antes.

Aunque el acceso a las noticias guberna-mentales y políticas es relativamente fácil, elvolumen de información que diariamente haypara escoger, presenta un problema grave ypotencialmente un debilitante problema para elciudadano común. Los medios de comunicacióntransmiten tantos mensajes para elegir que lamayoría de la gente necesita buscar informa-ción cívica de manera razonada y activa. Yteniendo en cuenta la constante transmisión deinformación por los canales de televisión, pren-sa y ciber espacio, ya no se puede esperar quecualquiera comparta una fuente de informacióncomún sobre la vida cívica.

La utilización de los medios de comuni-cación de ninguna manera ha decaído en losúltimos años. Lo que sucede es que la variedadde los medios de comunicación ha resultado enuna menor atención a otro medios noticiosostradicionales, obligando a los norteamericanosque quieren informarse sobre asuntos públicosa asumir una mayor iniciativa para enterarse delo que pasa. Hoy los ciudadanos involucradosestán obligados a acudir a las fuentes periodís-ticas que brindan la información política yestatal que se necesita para la toma de deci-siones, por ejemplo, para una votación o para

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influir o cambiar la política publica. Y la mul-tiplicidad de medios disponibles requiere undominio previo de numerosos datos. De otromodo, el resultado puede ser una sensación desobrecarga de información o un dilema personalsobre el rumbo apropiado a tomar.

Pero tal labor requiere un sentido de pers-pectiva y un reconocimiento de las limitacionesque existen si uno se apoya solamente en losmedios de comunicación para que le guíen. Talcomo dijo el famoso periodista norteamericanoWalter Lippman "la prensa no es un substitutode las instituciones. Es como el haz de luz deuna linterna que se mueve lado a lado, alum-brando primero un episodio y luego otro deentre la oscuridad. Las personas no pueden lle-var a cabo la labor del mundo sólo con esta luz.No pueden gobernar a la sociedad por episo-dios, incidentes y erupciones. Sólo cuando laprensa trabaja con una luz constante y propia,la luz se vuelve hacia ella y revela unasituación suficientemente inteligible para quepueda tomarse una decisión popular".

Mantener "una luz constante" con la que sepueda ver los puntos fuertes y débiles de losdiversos niveles del gobierno es el primer pasopara que exista una ciudadanía responsable. Deahí surge la acción particular y colectiva quebusca corregir o mejorar ciertos aspectos de lapolítica y la gobernabilidad.

Sobretodo, desde las décadas de los sesen-ta y setenta, la cobertura noticiosa norteameri-cana del gobierno ha adquirido un carácter másconfrontacional. La guerra de Vietnam y elescándalo de Watergate no sólo disminuyeron laconfianza y la fe del ciudadano en la labor delgobierno. Aquellos dos hechos forzaron a losmedios de comunicación y al público en gene-

ral a poner en entredicho la fiabilidad del gobi-erno y de sus funcionarios, lo que hizo a losperiodistas más agresivos en sus reportajessobre los asuntos públicos y las autoridadesgubernamentales de cualquier nivel. En parti-cular, los reportajes sobre Watergate y el gobi-erno de Nixon, de los periodistas BobWoodward y Carl Bernstein, del WashingtonPost, cambiaron el carácter del periodismo,dando lugar a la indagación, a la coberturainvestigativa y al análisis.

Lo que hoy es diferente, aparte del estiloperiodístico agresivo de Woodward y Bernstein,es el nuevo ambiente noticioso, con mayorescanales de difusión y fuentes de Internet. Todasestos portales de información requieren unconstante suministro de información, que haceque los medios de comunicación tengan mayo-res oportunidades para desempeñar el papel deobservadores. Cómo se desempeñen las dife-rentes instituciones es un asunto que se debateampliamente tanto fuera como dentro delámbito periodístico, pero los hechos de lanueva ética y ambiente son críticos para com-prender la relación contemporánea entre elgobierno y los medios de comunicación.

En las últimas tres décadas, los medios decomunicación han proliferado y se han vueltomás agresivos, las instituciones y los organis-mos estatales a cualquier nivel están más sen-sibles a la percepción que el público tiene desu labor. Circulan hoy tantos mensajes compe-titivos en los reportajes sobre temas impor-tantes que formarse una opinión razonada basa-da en los hechos y en una justa interpretaciónde éstos, es cada vez más difícil. El conocidoperiodista de la cadena de televisión ABC, TedKoppel, señaló en una reciente conferencia:"Hay por lo menos dos tipos de ignorancia

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extrema. Durante siglos hemos conocido elprimer tipo: una ignorancia que cubría casitodo el mundo como una nube negra; una igno-rancia que existía en un vacío, en el que nohabía ninguna información. El segundo tipo esun fenómeno más reciente, uno que se presentacomo una paradoja. Este segundo tipo de igno-rancia existe en el mundo de la anarquía elec-trónica, en el que abunda tanta información quela mente no sabe qué ha de creer. La informa-ción no siempre conduce al conocimiento; y elconocimiento rara vez basta para alcanzar lasabiduría."

En este nuevo ambiente informativo, en elque las autoridades intentan asegurarse que sele preste atención a la lógica de su política y sulabor, la tensión entre el gobierno, en todos losniveles, y los medios de comunicación esinevitable. La primera enmienda a laConstitución que asegura la libertad dereligión, expresión, prensa, asamblea y pide alEstado reparación por los agravios sufridos, estanto un escudo como una espada para losperiodistas que informan sobre asuntos públi-cos.

Un enfrentamiento mayor entre el gobiernoy la prensa ocurrió en 1971, cuando el gobier-no del presidente Richard Nixon intentóimpedir la publicación de documentos sobre laintervención de Estados Unidos en la guerra deVietnam. El proceso conocido como "Los docu-mentos del Pentágono" (oficialmente la querel-la del New York Times contra el gobierno fede-ral de los Estados Unidos (403 U.S. 713), fue elprimero en que el gobierno federal intentóimponer censura previa a los medios impor-tantes de prensa, el New York Times y elWashington Post, alegando que ponían en peli-gro la seguridad nacional.

Sin embargo, la votación de 6 a 3 delTribunal Supremo, no permitió el intento delgobierno para reprimir a la prensa, y se pro-cedió con la publicación de los Documentos delPentágono. Este importante pleito decidido enplena guerra del Vietnam y en el que estabainvolucrado el presidente de Estados Unidos ydos importantes medios periodísticos, resultóen una victoria que influyó favorablemente a laprensa en su relación con el gobierno. La afir-mación de la Primera Enmienda por el TribunalSupremo hace tres décadas sigue repercutiendoen la prensa hoy.

El Obser vador Perpetuo

En su segundo discurso inaugural, ThomasJefferson señaló que "la artillería de la prensaapunta contra nosotros, cargada con cualquiercosa que su desenfreno pueda ingeniar u osar".Aunque años antes cuando empezaba, Jeffersonhabía proclamado que si hubiera tenido queescoger entre "un gobierno sin prensa o unaprensa sin gobierno, no hubiera dudado ni porun momento escoger lo segundo".

De los diferentes puntos de vista queJefferson tenía sobre la prensa se pueden sacarvarias lecciones que siguen siendo relevantespara cualquiera que quiera entender la relaciónentre el gobierno y el periodismo o, en general,entre el gobierno y observadores externos queexijan que éste rinda cuenta en los quehaceresde los asuntos públicos.

Desde el principio Jefferson se dio cuentade la importancia de la prensa para el autogo-bierno y la libertad ciudadana, pero más tarde,al ser presidente se encontró con que el repor-taje y las críticas perjudicaban sus propiosesfuerzos de gobernar. Jefferson no ha sido ni el

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primero ni el último de los ocupantes de la CasaBlanca en quejarse abiertamente del maltratoque su gobierno recibió de la prensa.

Pero las quejas de Jefferson, junto con las delas demás autoridades de gobierno a través de lostiempos, es lo que aviva el fuego para manteneral público bien informado. La mera sospecha deque el poder del gobierno se entrometa en lalibertad personal siempre ha sido una caracterís-tica netamente norteamericana. De hecho, losPadres Fundadores crearon tres ramas de gobier-no — la ejecutiva, la legislativa y la judicial —que proliferaron a nivel nacional, estatal y localpermitiendo los "frenos y contrapesos" sobre losórganos y autoridades públicos. De modo extrao-ficial, pero importante, los medios de comuni-cación, los grupos públicos de interés y los ciu-dadanos — ya sea actuando solos o colectiva-mente — observan lo que sucede en el gobiernoy tratan de que haya cambios cuando consideranque son necesarios. Al comprometerse en sulabor diaria y multifacética, el trabajo de estosobservadores — en obligar al gobierno a quecumpla sus responsabilidades y sea fiel a losideales de la nación — ayuda a que EstadosUnidos se mantenga en una interminable sendahacia una democracia más representativa y defirmes propósitos.

Temas de la Democracia, Periódico Electrónico del Departamento de Estado

de Estados Unidos,Vol. 5, No. 2, Agosto de 2000

29

SR. PITTS: ¿En qué consiste la Ley de

Protección de Denunciantes de 1989 y porqué

se la promulgó?

SR. DEVINE: Es un estatuto gubernamental

que pone en práctica la protección de la liber-

tad de expresión, estipulada en la Primera

Enmienda, de los empleados que objetan una

conducta que traiciona la confianza pública. La

ley protege también las denuncias relacionadas

con el abuso de autoridad, despilfarro grave,

mala administración o substancial y peligros

específicos para la salud o la seguridad públi-

ca.

El Congreso aprobó esta ley como parte de

un mandato unánime, bipartidario para lograr

buen gobierno. De hecho sus principales

patrocinadores indicaron que ésta pudo

haberse titulado, más acertadamente, "Ley de

Protección del Contribuyente". Lo cual explica

porqué la ley fue aprobada unánimemente en

1989 y luego consolidada, también unánime-

mente, en 1994. Rara vez el Congreso aprueba

unánimemente una ley importante una vez,

mucho menos dos veces.

Hace poco David Pitts, editor colaborador,

habló con Thomas Devine, director jurídico

del Government Accountability Project

(GAP) [Proyecto de Responsabilidad

Gubernamental], grupo independiente de

interés público y sin fines lucrativos, cuya

labor es defender los derechos de los

empleados que denuncian actividades ilíci-

tas o potencialmente perjudiciales en las

dependencias del gobierno. A continuación

una traducción extraoficial de la transcrip-

ción revisada.

L a R e s p o n s a b i l i d a d G u b e r n a m e n t a l

La Ley de Protección del Denunciante

30

SR. PITTS: ¿En qué forma se reforzó la ley

en 1994?

SR. DEVINE: Las enmiendas de 1994

ampliaron el alcance de la ley y abrogaron los

precedentes judiciales desfavorables que inter-

pretaban esta legislación en forma tal que ame-

nazaba cancelar su viabilidad.

SR. PITTS: ¿Porqué era necesaria tener esa

ley cuando ya existe la Primera Enmienda de la

Constitución?

SR. DEVINE: La Primera Enmienda, que

cobija a todos los ciudadanos, es la luz verde en

cuestiones de libre expresión que afectan el

gobierno. El Congreso, por medio de leyes, ha

asignado normas más detalladas para la apli-

cación de prácticamente todos los derechos

constitucionales. Normalmente estos derechos

son declaraciones generales de principios.

Habitualmente contamos con el Congreso para

que les de cuerpo, para que solidifique estos

valores por medio de estatutos que establezcan

parámetros más tangibles que los ciudadanos

puedan confiar y cumplirlos. Y ese era el obje-

tivo de la Ley de Protección de Denunciantes:

aplicar la Primera Enmienda donde afecta más

con los empleados gubernamentales que

quieren libertad para actuar como servidores

públicos, no como burócratas limitados a seguir

órdenes. La ley se concentra en los derechos a

la libertad de expresión de los empleados fede-

rales, pero también permite que ciudadanos

privados o contratistas del gobierno presenten

denuncias de conducta burocrática fraudulenta.

SR. PITTS: ¿Hay alguna categoría de

empleados federales excluida de la ley?

SR. DEVINE: Si. Los empleados de las enti-

dades de inteligencia y de la Oficina Federal de

Investigaciones (FBI) están fuera de la protec-

ción que ofrece esta ley, como lo está el perso-

nal del Congreso y del sistema judicial.

SR. PITTS: ¿Por qué se excluyeron esas

categorías?

SR. DEVINE: Los parámetros de la ley con-

cuerdan con el alcance del sistema de la

administración pública y las normas propias de

la vía de derecho que han existido desde la

década de 1880 para empleados federales con

el equivalente a la tenencia de un cargo en el

escalafón. Tradicionalmente se ha excluido a

los empleados en las ramas judicial y legislati-

va de las normas y regulaciones de la Comisión

de Administración Pública.

En mi opinión, sin embargo, todos esos

empleados deberían incluirse en el campo de

aplicación de la Ley de Protección de

Denunciantes, ya que las obligaciones dentro

de la administración pública son tan fuertes, e

incluso más imperiosas, que las del personal de

organismos federales. Pero esos son los

parámetros legales actuales.

Thomas Devine

31

SR. PITTS: ¿Cuan eficaz ha sido esta ley

desde su promulgación y sus enmiendas poste-

riores?

SR. DEVINE: Probablemente la ley nunca

ha sido más eficaz en términos del apoyo que

recibe el Consejo de Protección a Sistemas de

Mérito que, según la ley, que adjudica las audi-

encias administrativas. Ha demostrado un com-

promiso incondicional con los principios del

sistema de méritos que son la base de esta ley

y los ha aplicado en forma imparcial, lo cual le

ha ganado el respeto de todas las partes.

Esta ley la administra también la Oficina

del Asesor Legal Especial, que lleva a cabo

investigaciones informales de presuntas viola-

ciones del sistema de reconocimiento por méri-

to. Desde 1998 esta oficina ha hecho impor-

tantes progresos, revirtiendo cuestiones con su

credibilidad.

Desafortunadamente la ley está enfrentan-

do probablemente la prueba más difícil desde

su creación, dada la implacable hostilidad en

las interpretaciones judiciales por una corte

que tiene monopolio en la revisión, la Corte de

Apelaciones del Circuito Federal. El Congreso

está considerando legislación para abrogar otra

vez precedentes insostenibles de ese tribunal y

ampliar la revisión judicial para que estos inci-

dentes no se repitan.

SR. PITTS: ¿Podría mencionar uno o dos

ejemplos destacados del éxito de esta ley?

SR. DEVINE: Un ejemplo de la influencia

que puede tener la Ley de Protección de

Denunciantes es el caso de objeciones por mal

cumplimiento del deber por el fallo de la

Comisión Fiscalizadora Nuclear para hacer

cumplir los requisitos de seguridad pública en

instalaciones bajo construcción.

Las revelaciones hechas por denunciantes

en una planta en Ohio, por ejemplo, llevó a la

cancelación de una instalación nuclear casi ter-

minada, porque se habían violado sistemática-

mente las leyes de seguridad nuclear. Luego de

intensas investigaciones, motivadas por las

revelaciones de denunciantes, los propietarios

convirtieron la planta en una instalación a car-

bón que actualmente funciona en forma segura.

Otro ejemplo sería la defensa de emplea-

dos contra represalias. Un agente de policía en

un hospital de la Administración de Veteranos

denunció la conducta sádica y racista contra los

veteranos por parte del jefe de policía local. El

jefe despidió al agente de policía pero éste ejer-

ció sus derechos e hizo que se anulara su despi-

do. Eventualmente el jefe de policía perdió su

puesto y se le forzó a declararse culpable de

una serie de felonías en sus delitos.

Esos son ejemplos de la manera en que

esta ley permite que los empleados puedan

comprometerse con la verdad y sobrevivir. En el

Proyecto de Responsabilidad Gubernamental

decimos que los empleados federales están

comprometidos con la verdad cuando hacen

denuncias porque a menudo se les trata como si

hubieran cometido un crimen. Esos son dos

ejemplos de la razón por la cual la gente corre

esos riegos y del valor de sus acciones.

SR. PITTS: ¿Esta ley de Protección de

Denunciantes es el tipo de legislación que

podría funcionar igualmente bien en otros paí-

ses?

SR. DEVINE: Sin duda alguna, aunque el

alcance y la naturaleza del desafío variará

enormemente. Los denunciantes son el factor

32

humano que es el talón de Aquiles para la cor-

rupción burocrática. Estos estatutos para la

libre expresión son leyes del derecho a saber,

no sólo por parte del público, sino por los legis-

ladores y los administradores de agencias

responsables de mantener a las entidades

sociales en funcionamiento y de defender sus

mercados.

En un sentido muy real, las leyes que pro-

tegen al denunciante son el nervio vital que

permite a los administradores captar alertas

oportunas de problemas lo que les permite una

buena probabilidad de limitar el daño antes de

que ocurra un desastre evitable.

El Consejo de Europa, por ejemplo, está

pidiendo a sus países miembros que pro-

mulguen leyes de protección para los denun-

ciantes, dentro de su convención contra la cor-

rupción. Y la Convención Interamericana

Contra la Corrupción estipula que los países

miembros de la Organización de los Estados

Americanos (OEA) se preparen para adoptar

legislación sobre la protección de los denun-

ciantes, como escudo para quienes rinden testi-

monio contra la corrupción.

El GAP fue seleccionado por la OEA para

ayudar a diseñar y propugnó en favor de la

adopción de leyes modelo para la protección de

denunciantes en los países miembros de la

OEA. Este otoño participaremos en un progra-

ma piloto en cinco países de América Central

con ese propósito.

SR. PITTS: ¿Cuál es su función en el GAP

y en qué consiste la organización?

SR. DEVINE: Como director jurídico

desempeño la labor de experto en nuestra orga-

nización en derechos de los denunciantes y

dirijo campañas para fortalecer las leyes

respectivas, además, superviso el conjunto de

casos que tramitamos.

El GAP ha existido desde 1977. Somos un

grupo de interés público independiente, sin

fines lucrativos, dedicado a defender los dere-

chos de los testigos que defienden al público.

Realizamos nuestra misión mediante asesoría y

representación de individuos que están en el

proceso de defenderse contra represalias, tal

como lo hace un bufete regular de abogados,

pero sin el factor lucrativo.

Nuestra segunda función es hacer investi-

gaciones para ayudar a los denunciantes a cam-

biar las cosas mostrando los encubrimientos,

buscando el cumplimiento de responsabili-

dades y corrigiendo los problemas denunciados

por quienes ejercen sus derechos de libre

expresión.

La tercera piedra angular de la labor de

nuestra organización consiste en dirigir esfuer-

zos para crear y fortalecer las leyes sobre

denunciantes a nivel estatal y local.

El Congreso, por ejemplo, ha aprobado

leyes para proteger a los empleados en las

industrias nuclear y de transporte aéreo, de las

cuales fuimos paladines con otros grupos.

El cuarto pilar de la labor del GAP son las

publicaciones sobre los derechos de los denun-

ciantes: que pueden esperar los empleados

cuando toman estos riesgos y la forma en que

pueden tener una influencia considerable.

Nuestras publicaciones incluyen desde libros

hasta artículos académicos en revistas jurídi-

cas. Por ejemplo, en 1997 publicamos una

"Guía de Supervivencia para el Denunciante:

Valor sin Martirio", una guía jurídica para

33

empleados que resume sus opciones legales.

Encierra 20 años de lecciones aprendidas en el

GAP para que otros puedan evitar algunas de

las penas por las que pasaron los pioneros que

trabajaron con nuestra organización.

El año pasado publicamos un artículo

básico que explica todos los recovecos de la

Ley de Protección de Denunciantes para la

revista de derecho administrativo de la

Asociación Americana de Abogados.

Quisiera regresar por un momento al punto

acerca de si la protección del denunciante

puede funcionar y ser un factor significativo

internacionalmente.

No hay duda de que los países en todo el

mundo se están dando cuenta de que son indis-

pensables los empleados que atestiguan en bien

del público.

En los Países Bajos a los denunciantes se

les llama "campaneros", pues recuerdan a los

que tañían las campanas de las iglesias cuando

algún peligro amenaza la comunidad. En

algunos países se les conoce como guardafaros,

cuyas alertas son similares a las señales que

avisan de rocas y lugares peligrosos que pueden

hacer zozobrar las embarcaciones.

El factor común es que estas son personas,

por el motivo que sea, que ejercen su derecho

de libre expresión para alertar al público sobre

amenazas a la sociedad. Son los pioneros del

cambio. Son empleados que desafían la tradi-

ción convencional, bien sea en el campo cientí-

fico, político o de los negocios. Impiden que la

sociedad se estanque.

Y los beneficios de la denuncia en ningún

sentido se limitan a una cultura en particular o

a un tipo de sistema político. La información es

un pre-requisito esencial para el ejercicio res-

ponsable de la autoridad, no importa cuál sea la

ideología.

Desde el año pasado nuestra organización,

conforme a esa visión, ha venido ampliando su

labor, de defensa en la esfera interna a la pro-

tección internacional del denunciante. Lo que

me lleva nuevamente a contestar su pregunta

sobre la naturaleza de nuestro trabajo.

En la arena internacional tenemos también

cuatro piedras angulares en nuestros esfuerzos.

La primera es suministrar asesoría técnica

especializada a líderes gubernamentales y del

sector privado interesados en sembrar la semil-

la en sus países.

Hemos recibido solicitudes de asesoría de

Argentina, Australia, Canadá, Corea del Sur,

Eslovaquia, Gran Bretaña, Rusia, Sudáfrica y

numerosas delegaciones auspiciadas por el

Departamento de Estado han visitado

Washington.

En el seguimiento de una de estas visitas

en septiembre haremos presentaciones en

México para demostrar que el gobierno puede

actuar con su mandato contra la corrupción.

El segundo punto en el cual nos concen-

tramos son las reuniones con representantes de

organizaciones multinacionales, desde el Banco

Mundial a grupos como la OEA, en busca de un

mandato más amplio para el principio de los

derechos de los denunciantes, tanto dentro

como fuera de estas organizaciones.

La tercera iniciativa en el GAP ha consis-

tido en realizar investigaciones jurídicas con-

stantes para conocer el alcance total y la natu-

raleza de los derechos de los denunciantes

internacionalmente. Por ejemplo, en nuestro

34

lugar de la WEB hemos incluido globos

regionales con los que se sigue el curso de leyes

existentes y las nuevas propuestas relacionadas

con denunciantes.

Por último, estamos a la mira de casos que

sientan jurisprudencia para establecer el prece-

dente de la protección del denunciante como un

derecho humano, en tribunales como la

Comisión Interamericana de Derechos

Humanos y la Corte Europea de Derechos

Humanos. Mientras tanto hemos comenzado

recién un programa de publicar los casos de

jurisprudencia en la página internacional de

nuestro sitio en la Web, como un microcosmos

que ilustre la necesidad de los derechos inter-

nacionales para los denunciantes.

Consideramos que las represalias contra

los que denuncian frontalmente la corrupción

son una violación de los derechos humanos.

Además, la defensa tradicional de los derechos

humanos se fortalecerá con la existencia de

protecciones viables para quienes delatan vio-

laciones y abuso de poder.

Esta es la campaña por la responsabilidad

que abarca desde la integridad de los mercados

hasta el respeto a la sociedad civil, incluso en

países con características de abuso como las

que se han visto en Chile. Es uno de los fenó-

menos más poderosos que existe hoy en día.

Los denunciantes son piedra angular

indispensable para que hayan pesos y con-

trapesos para institucionalizar la responsabili-

dad y establecer una esperanza de credibilidad

favorables para el objetivo de crear una

sociedad civil. En repetidas ocasiones la liber-

tad de expresión ha cambiado el rumbo de la

historia en Estados Unidos y es uno de los prin-

cipios que define a una democracia auténtica.

Este valor tiene que estar en la línea frontal en

la mundialización. Para el GAP ha sido muy

alentador que hasta la fecha líderes interna-

cionales actualmente consideran esa premisa

como un hecho dado.

SR. PITTS: Una pregunta final. ¿Quién

financia su organización?

SR. DEVINE: Nuestra financiación consiste

principalmente en subvenciones otorgadas por

una variedad de pequeñas fundaciones familia-

res. También aceptamos pagos por honorarios

de abogados cuando hay fallos en nuestro favor

en casos que sientan jurisprudencia o en liti-

gios convencionales. Sin embargo, rara vez

vamos más allá de cobrar el costo o una parte

del tiempo dedicado a representar al denun-

ciante. También tenemos un modesto programa

para recaudar fondos por correo directo.

SR. PITTS: ¿Si alguien en el exterior

quisiera comunicarse con ustedes para los ser-

vicios o publicaciones que ofrecen, cuál sería el

mejor método?

SR. DEVINE: Por medio de nuestro sitio en

la Web www.whistleblower.org

SR. PITTS: Muchas gracias señor Devine.

SR. DEVINE: Gracias.

Temas de la Democracia, Periódico Electrónico del Departamento de Estado

de Estados Unidos,Vol. 5, No. 2, Agosto de 2000

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L a R e s p o n s a b i l i d a d G u b e r n a m e n t a l

ESTA ESTRUCTURA LEGAL sinembargo, no ha sido creada de la noche a lamañana. Muchos de sus componentes básicossurgen de acontecimientos que causaron grantensión nacional: nuestras guerras revolu-cionaria y civil, y asesinatos y renuncias presi-denciales. Los refinamientos de los compo-nentes básicos han ocurrido históricamente yprobablemente continuarán ocurriendo enrespuesta a escándalos y crisis políticas.

La base firme para la autorregulación en elgobierno estadounidense es la Constitución deEstados Unidos. A fines del siglo XVIII,después de la Guerra Revolucionaria, losredactores de la Constitución fueron influidosgrandemente por su percepción de que los sis-temas de gobierno europeos con los que esta-ban más familiarizados eran corruptos. Losautores de la Constitución consideraron que erapeligrosa la concentración de demasiado poderen manos de cualquier cuerpo de gobierno. LaConstitución de Estados Unidos comienza con

Sistemas de Integridad y Etica en elGobierno de Estados Unidos

Por J ane S . Ley

En la actualidad el gobierno de Estados

Unidos tiene a nivel federal una estructura

altamente desarrollada de leyes y

reglamentaciones destinadas a prevenir,

detectar y remediar la conducta negligente

de agencias y funcionarios del gobierno

que no responda al interés público. El

ambicioso propósito este marco legal es

promover la integridad institucional así

como la integridad personal de cada uno

de los empleados federales. En este ensayo

acerca de cómo se autorregula el gobier-

no federal, Jane S. Ley, directora adjunta

para relaciones gubernamentales y proyec-

tos especiales de la Oficina Nacional de

Etica Gubernamental, explora el sistema y

la manera en que ha evolucionado con el

transcurso del tiempo

36

la frase: "Nosotros, el Pueblo... ", lo cual sig-nifica que desde el principio mismo el gobiernoestadounidense es establecido por y para elpueblo y debe rendir cuentas a todos sus ciu-dadanos. Esa es la razón por la cual en EstadosUnidos se describe con frecuencia a losempleados del gobierno como "servidorespúblicos" y, cuando actúan en nombre de lavoluntad colectiva, como "depositarios de laconfianza pública".

La Constitución de Estados Unidos separael gobierno federal en tres ramas diferentes(judicial, legislativa y ejecutiva), con un sis-tema de "frenos y contrapesos" entre suspoderes. También permite la retención deimportantes poderes por los estados dentro deun sistema federal. Aunque esta difusión delpoder podría parecer ineficiente en algunasmaneras, los autores de la Constitución consid-eraron fuertemente que esta era la mejor mane-ra de garantizar que "Nosotros el Pueblo" no

quedáramos sujetos a un solo poder tiránicodentro del gobierno ni que el gobierno quedaradominado por un pequeño grupo tiránico depersonas que sirvieran sus propios interesesespeciales.

In tegr idad Inst i tuc iona l

Esta separación constitucional está recu-bierta por leyes y reglamentaciones que impo-nen los requisitos generales de procedimiento atodos las agencias y tribunales del gobiernopara asegurar que las acciones gubernamen-tales se conduzcan de una manera imparcial yuniforme y a la luz del escrutinio público. Estaconsistencia y transparencia de los procedimi-entos públicos es un componente clave de laautorregulación del gobierno.

Por ejemplo, durante la primera mitad delsiglo XX el Congreso promulgó una serie deleyes, incluso la Ley de ProcedimientosAdministrativos y la Ley del Gobierno a la LuzSolar (Sunshine Act), que requieren de lasagencias que cumplan normas de procedimien-to para actividades administrativas como laelaboración de reglas y la aplicación de nor-mas, y que dichas actividades se efectúen en unforo público. El Congreso también promulgóuna Ley de Libertad de Información que per-mite amplio acceso público a los registros einformación del gobierno. Los procedimientosde las agencias que no se conducen conforme alos procedimientos escritos corrientes o que nose efectúan en el foro público apropiado puedenser contestados por el público ante los tri-bunales e invalidados. Además, todos los liti-gios civiles y penales en las cortes federalesdeben efectuarse conforme a reglas publicadasuniformes.

Jane S. Ley

37

Finalmente, a través de una serie deestatutos, el gobierno también ha desarrolladoun sistema tipificado, competitivo y públicopara emitir contratos gubernamentales. Y deuna manera más general, tiene normas y proce-dimientos para gastar el dinero del gobiernoadjudicado por el Congreso. Un organismo delCongreso, la Oficina General de Auditoría,puede examinar y evaluar los programas de lasagencias para ayudar a asegurar que el gasto yla rendición de cuentas del dinero del gobiernose efectúa de una manera apropiada.

In tegr idad Ind iv idua l

Sin embargo, las actividades de todo gobi-erno son desempeñadas por individuos, por locual las calificaciones y conducta del empleadotambién han sido un área de reglamentaciónconstante. En los comienzos de la historia esta-dounidense, tener un empleo del gobierno sebasaba en el sistema de "prebendas", y la con-ducta individual en ese puesto no se controlabaestrictamente. Al ser elegido, cada presidentellevaba consigo individuos que habían apoyadosu elección y que esperaban que se les dieranpuestos en el gobierno. Los individuos coninfluencia en la administración de un nuevopresidente podían comerciar con su capacidadpara conseguir empleos para otros por un por-centaje de su salario, y quienes estaban dis-puestos a pagar lo hacían esperando reembol-sarse ellos mismos de otras maneras del erariopúblico. Los empleos en mayor demanda eranaquellos que permitían al funcionario cobrarfondos del público. La integridad o la compe-tencia no eran de importancia primordial parala selección de estos empleados. Por ejemplo,en la década de 1830 Samuel Swartwout fuedesignado Cobrador del Puerto de Nueva York.

Durante su primer término se descubrió quefaltaban 210.000 dólares, pero habiendo apoy-ado al siguiente candidato presidencial triun-fante, Swartwout fue designado nuevamente enel puesto. Durante ese término desapareció enEuropa con más 1.250.000 dólares de fondosdel gobierno. No parece una suma muy grandeen la actualidad, pero a comienzos del sigloXIX representaba una enorme porción de todoel tesoro federal.

Este servicio federal enormemente corrup-to se convirtió en un escándalo nacional. Se ini-ciaron campañas de reforma pero no lograrondespertar suficiente indignación del públicopara forzar un cambio significativo. Finalmenteel catalítico para esta reforma fue el asesinatodel presidente James Garfield en 1881, por unindividuo que sentía que el presidente le debíaun puesto específico. El público hizo susdemandas de reforma durante las eleccioneslegislativas de 1882. En 1883 el nuevoCongreso promulgó la primera ley amplia delservicio civil — la Ley Pendleton — queestablecía un examen de aptitud y competen-cia, promociones en base a mérito y un sistemaimparcial de requisitos de empleo y salario parael servicio civil. Los sistemas administrados enla actualidad por la Oficina Nacional deAdministración de Personal (siglas en inglésOPM) y la Junta de Protección del Sistema deMérito se basan en esos cimientos y ahoraincluyen procedimientos administrativos están-dar para tratar con la incompetencia y la con-ducta impropia. Ahora se acepta sin cuestionaren el nivel federal un sistema civil basado enméritos y pagado con salarios justos y adecua-dos, como componente clave de cualquier pro-grama exitoso de protección contra la corrup-ción.

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Act iv idades Pol í t i cas de losEmpleados

Las restricciones para limitar las actividadespolíticas de los empleados del gobierno tam-bién comenzaron a ponerse en práctica amediados del siglo XX. A estas restricciones selas llama popularmente con el nombre de laprimera ley general promulgada al respecto, laLey Hatch. Estas restricciones tienen unpropósito doble: proteger a los empleados desolicitudes de quienes buscan cargos electivospara que los ayuden en sus comicios, y protegeral público contra empleados del gobierno queusen su autoridad y los recursos de su cargopara ayudar a ciertos candidatos. Las prohibi-ciones iniciales eran muy restrictivas; lasenmiendas más recientes a la Ley Hatch per-miten alguna participación personal en lasactividades políticas por la mayoría de losempleados. La Ley Hatch, sin embargo, sigueprohibiendo actividades como usar la autoridado influencia oficial para interferir en una elec-ción; solicitar o aceptar contribuciones políti-cas en beneficio de un candidato; participar enactividades políticas mientras se está de servi-cio, en locales federales o en uniforme del gobi-erno; o solicitar o desalentar la actividad políti-ca de cualquier persona que realice trámitesante la agencia del empleado. En la actualidadla aplicación de esta ley es supervisada por unapequeña agencia en el poder ejecutivo, laOficina Nacional del Asesor Especial (siglas eninglés OSC) y la penalidad por violarla es laseparación del servicio o, bajo ciertas circuns-tancias, una suspensión sin sueldo de no menosde 30 días.

Protecc ión a losDenunc iantes

La Oficina del Asesor Especial también es res-ponsable por la aplicación de la Ley deProtección del Denunciante de 1989, uno delos componentes más recientes en la estructurade autorregulación. El término "denunciante"se refiere a la persona de una organización querevela actividades corruptas al público o sobrepersonas en cargos de autoridad. Conforme aesta ley, la OSC provee un canal seguro por elcual un empleado puede proporcionar pruebasde una violación de cualquier ley, regla oreglamentación, flagrante mala administración,derroche de fondos, abuso de autoridad o peli-gro sustancial y específico a la salud y laseguridad pública sin temor a represalias y sinrevelar la identidad del empleado sin el con-sentimiento de esa persona. La autoridad de laOSC también se extiende a proteger a losdenunciantes contra represalias porque hayanhecho estas revelaciones protegidas.

Conf l i c tos de Interés y Ét ica

Durante más de un siglo y medio los con-flictos de interés y cuestiones personales de"ética" de funcionarios y empleados del gobier-no fueron tratados casi exclusivamente medi-ante estatutos y procedimientos penales. Unade las primeras prohibiciones fue vedar elofrecimiento y aceptación de sobornos por fun-cionarios públicos. A medida que surgieronotras clases de escándalos, se fueron prohibien-do actividades adicionales. Los primeros escán-dalos involucraron a funcionarios que presenta-ban reclamos infundados contra el tesoro delgobierno o se beneficiaron personalmente

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durante la Guerra Civil con contratos porbienes que nunca llegaban o eran defectuosos(causando por lo tanto muertes y bajas adi-cionales). Estos escándalos dieron lugar a lapromulgación de una serie de leyes penalesdirigidas a prohibir que funcionarios del gobi-erno se beneficiaran personalmente por su par-ticipación en decisiones y procedimientos delgobierno. Las prohibiciones básicas de estosestatutos siguen en vigencia en la actualidad.

A comienzos de la década de 1960, elrenovado interés en el servicio público comouna profesión respetada, generado en parte porla retórica electoral del presidente John F.Kennedy, comenzó a cambiar el énfasis de lassimples prohibiciones penales a normas másambiciosas. Primero, sin embargo, los estatutospenales federales fueron redactados nueva-mente para usar términos corrientes y se codifi-caron en un solo documento en las leyes deEstados Unidos. El gobierno de Kennedy tam-bién comenzó un proyecto para establecer uncódigo de conducta administrativo (no penal)para los funcionarios del poder ejecutivo que nosolamente se refiere a conflictos de interesessino también a actividades que presentan laapariencia de esos conflictos. Este nuevoenfoque se basó en la convicción de que la con-fianza del público en el gobierno estaba dañadacuando surgía la apariencia de conflicto deintereses. Por lo tanto el código administrativoabarcó una gama mucho más amplia de activi-dades que las prohibidas por el código penal.

En 1965, el presidente Lyndon Johnsoncontinuó el proyecto después de la muerte deKennedy y emitió la Orden Ejecutiva 11222estableciendo seis principios de conducta bási-cos que iban a ser la base del servicio público.Esa Orden Ejecutiva declaró expresamente el

principio previamente implícito de que elempleado debía evitar toda acción que puedaresultar, o crear la apariencia, en (1) usar elcargo público para ganancias privadas; (2) dartratamiento preferencial a cualquier organi-zación o persona; (3) impedir la eficiencia oeconomía del gobierno; (4) perder la indepen-dencia completa o imparcialidad de acción; (5)tomar una decisión del gobierno fuera de loscanales oficiales, o (6) afectar adversamente laconfianza del público en la integridad del gobi-erno.

Las violaciones de estas normas no resul-tarían en prisión o multas, sino en sancionesadministrativas como reprimenda, suspensión odespido. Por lo tanto, las expectativas sobre laconducta oficial se colocaron mucho más alto ylos principios, aunque aplicables, tambiéntenían una dimensión más ambiciosa.

A mediados de la década de 1970, estasactividades asociadas con los trámites para eljuicio político y la renuncia del presidenteRichard Nixon, debilitaron severamente la con-fianza del público en sus gobernantes. En parte,la respuesta del Congreso fue crear un organis-mo interno de supervisión conocido como"Inspectores Generales". Sin embargo, tambiénse reconoció que la mera aplicación de las leyesque rigen la conducta institucional y de losempleados no era suficiente. También erannecesarias medidas preventivas. En 1978,junto con la Ley del Inspector General, elCongreso aprobó la Ley de Etica en el Gobiernoque creó la Oficina Nacional de EticaGubernamental (siglas en inglés OGE). Estaentidad, a diferencia de muchas agenciasgubernamentales del mundo que tiene la tareade tratar con conflictos de intereses y ética, nofue pensado, y no lo es, coma agencia encarga-

40

da de aplicación de la ley con respecto a la con-ducta individual. En cambio, la OGE es res-ponsable de un programa de prevención (reve-lación financiera pública, asesoramiento y edu-cación) y de determinar la política ética paratodo el poder ejecutivo. Las investigaciones yaplicación de la ley son efectuadas por otrasagencias en el poder ejecutivo, como las ofici-nas de los Inspectores Generales y elDepartamento de Justicia. De esta manera, laOGE no desempeña simultáneamente las fun-ciones de "asesor" y de "policía".

En la rampa legislativa del gobierno, laConstitución hace a cada cámara — Senado oCámara de Representantes — responsables pordeterminar las calificaciones de sus propiosmiembros. Cada una tiene una comisión de"ética" específica integrada por sus propiosmiembros y cada una ha establecido suspropias reglas de conducta que complementanlos estatutos penales. Estas comisiones propor-cionan asesoramiento a los miembros delCongreso, reciben denuncias y, si es necesario,formulan recomendaciones de sanciones a susrespectivas cámaras. A pesar de haber sidoelegido, cualquier miembro de la Cámara deRepresentantes o del Senado puede ser expul-sado por el resto de los miembros por mala con-ducta.

La rama judicial ha establecido códigos deconducta para los jueces federales y otrosempleados de ese poder y tiene comisiones queproporcionan asesoramiento con respecto a esoscódigos. También tiene un procedimientoestablecido para oír denuncias contra los juecesfederales. En casos graves de mala conducta,los jueces pueden ser retirados de sus cargospor el Senado mediante un proceso de juiciopolítico y convicción y procesados por el

Departamento de Justicia por violacionespenales. En casos menos graves de mala con-ducta, podrían imponerse sanciones comoreprimendas públicas o privadas o un cambioen la asignación de casos.

Conf l i c tos de InteresesPena les

En general, los estatutos penales de conflictode intereses prohíben a los funcionarios yempleados de las tres ramas del gobierno acep-tar sobornos o propinas, actuar como represen-tantes de individuos particulares en trámitesante el gobierno, y compartir un reclamo contrael gobierno. Los funcionarios del poder ejecuti-vo tienen prohibido actuar en cualquier asuntodel gobierno en el que tengan un interésfinanciero ellos, su cónyuge o un hijo o ciertostipos de organizaciones en las que ellos tenganuna relación fiduciaria o de empleo. Tambiéntienen prohibido aceptar de fuentes privadaspagos o un suplemento del salario como com-pensación por sus servicios gubernamentales.Finalmente, los ex funcionarios y ex empleadosde las ramas ejecutiva y legislativa estánrestringidos por ciertos períodos después quedejan el servicio del gobierno de representar aotros ante el gobierno sobre ciertos tipos deasuntos. Los estatutos penales tienen unapenalidad máxima de una multa de 250.000dólares y/o cinco años de cárcel, pero losinfractores también pueden ser acusados dedelitos civiles.

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Reve lac ión F inanc ier a

Los funcionarios gubernamentales de altonivel de las tres ramas del gobierno tienen laobligación de presentar informes de revelaciónfinanciera que se ponen a disposición decualquiera que los solicite en el mundo. Estosinformes se requieren para entrar al servicio delgobierno federal, cuando se postula la candi-datura para un cargo federal, anualmente y alterminar el servicio federal. De esta manera, elpúblico tiene una oportunidad de juzgar por símismo si el funcionario puede ser imparcial, haincurrido en algún conflicto de intereses o si esveraz acerca de sus tenencias financieras yobligaciones. Por lo general estos informesrequieren la revelación de la mayor parte de losbienes y orígenes de ingresos, deudas, regalos,empleos o cargos fiduciarios que se desem-peñan, arreglos de continuidad con exempleadores, compras, ventas e intercambiosde ciertos bienes y, para quienes presentan losinformes por primera vez, los nombres de susclientes principales si han participado en laprovisión de servicios por honorarios antes desu empleo en el gobierno. Los funcionarios denivel medio en el poder ejecutivo presentan uninforme de revelación financiera más limitadocon las agencias que los emplean que no sedivulga al público.

La revelación financiera por los funciona-rios y empleados federales le brinda al gobier-no uno de sus mejores instrumentos de preven-ción. El examen de los informes le permite algobierno la oportunidad de anticipar conflictospotenciales entre los intereses y actividadesfinancieras del empleado y sus obligacionesoficiales. Las agencias pueden entonces aseso-rar a los empleados con respecto a las medidas

que deben tomar para evitar la ocurrencia deconflictos. Estas acciones pueden incluirrecusación, despojo de nombramiento, renun-cia de empleos o posiciones privadas oestablecimiento de un fondo de fideicomisocerrado. Desde luego, los informes también sepueden emplear para aplicar la ley si la infor-mación en el informe revela la violación dealgún estatuto o si se determina que el autor delinforme ha presentado datos faltos. Noobstante, el sistema federal de revelaciónfinanciera no está dirigido a detectar elenriquecimiento ilícito, pues no requiere larevelación del valor neto.

Códigos de conducta

La gama de actividades cubiertas por los códi-gos de conducta de las tres ramas del gobiernopuede incluir restricciones sobre la aceptacióny solicitud de regalos de fuentes fuera del gobi-erno así como de otros empleados; empleo yotras actividades fuera del gobierno; interesesfinancieros conflictivos; parcialidad en eldesempeño de las funciones oficiales; búsque-da de otro empleo; uso indebido del cargo (porejemplo, usar el cargo público para gananciasprivadas, uso indebido de información que noes pública, uso indebido de propiedad del gobi-erno y uso indebido del tiempo del gobierno).El código de conducta del poder ejecutivo abar-ca a todos los funcionarios políticos y de carrerade esa rama. En la medida en que no todas lasnormas son iguales, el código es más severopara los empleados de mayor jerarquía. Laspenalidades en la rama ejecutiva por violaciónde estas normas abarca desde reprimenda adespido, y cuando se trata de un empleado civilde carrera, estas sanciones deben aplicarse

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usando los procedimientos del código administra-tivo del servicio civil.

Conclus ión

A partir de la propia Constitución, EstadosUnidos ha desarrollado un sistema interdependi-ente de leyes y reglamentaciones que promueveny requieren la autorregulación. Este sistema estádirigido a promover la integridad institucionalpor medio del establecimiento de procedimientosconsistentes, imparciales y públicos para desem-peñar las actividades del gobierno y para pro-mover la integridad individual de los empleadosmediante el establecimiento de normas impar-ciales, uniformes y aplicables de conducta ética.Es un sistema que ha evolucionado con el trans-curso del tiempo y debe seguir adaptándose a losnuevos desafíos, como la función y alcance cam-biantes del propio gobierno y el efecto y algunasveces la presión de las nuevas tecnologías en losprocedimientos del gobierno.

Temas de la Democracia, Periódico Electrónico del Departamento de Estado

de Estados Unidos,Vol. 5, No. 2, Agosto de 2000

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L a R e s p o n s a b i l i d a d G u b e r n a m e n t a l

El condado Lee, una zona en auge en la

costa sudoeste de la Florida, es uno de

muchos lugares en Estados Unidos donde

los ciudadanos pueden hacer responsabi-

lizar directamente al gobierno, por medio

de iniciativas sometidas a votación, pro-

puestas específicas que se aprueban o

rechazan por voto. La última medida deci-

dida por votación en el condado Lee

tuvo lugar el 14 de marzo de 2000 — día

en que el estado celebró la elección pri-

maria presidencial. David Pitts, editor

colaborador, examina el tema que los

votantes enfrentaron allí, un caso de estu-

dio sobre cómo operan las medidas deci-

didas por votación.

Condado Lee, Florida: Estudio deRendición Gubernamental de Cuentas

Por Dav id P i t t s

J IM WOOD, POR LARGO TIEMPO

residente del condado Lee, la Florida, supoinmediatamente cómo votaría cuando se enteróde que la Junta de Comisionados (la rama eje-cutiva del condado) propuso poner a votaciónuna medida para obtener la aprobación delelectorado para aumentar el impuesto sobre lasventas de seis a siete por ciento durante unperíodo de cinco años. El 14 de marzo de2000, el día en que el estado celebró la pri-maria presidencial en la Florida, Wood fue avotar en contra de la propuesta. Más del 80 porciento de los que ese día fueron a las urnas enel condado Lee votaron de la misma manera. Elaumento propuesto del impuesto sobre las ven-tas pasó a la historia. "Creo que la mayoría dela gente de aquí pensó igual que yo", afirmaWood. "El gobierno, de ser necesario, deberíarecaudar el dinero de otra manera".

El condado Lee es una de miles de comu-nidades en los Estados Unidos donde soncomunes las medidas decididas por votación.En los 26 estados, incluyendo la Florida, quelas permite, los votantes pueden votar directa

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mente sobre cuestiones locales o estatales, ypueden obligar a funcionarios elegidos a rendircuentas de su actuación en general. Las medi-das decididas por votación son un ejemplo de loque se conoce por "democracia directa" o "res-ponsabilidad directa". Si bien algunos expertosen ciencias políticas ponen en tela de juicio lavalidez de las medidas decididas por votaciónen un sistema de gobierno representativo, lasencuestas indican que más de dos tercios de losvotantes las apoyan

La Apuesta en Juego con e lTema de l Impuesto Sobre lasVentas

La propuesta de aumentar el impuestosobre las ventas en el condado Lee "fue unabatalla cuesta arriba que desde su comienzo sefue cuesta abajo", afirma Mike Hoyem,reportero que cubrió la situación para el News-Press, el principal periódico del condado, consede en Fort Myers, su ciudad más grande. La

junta propuso el aumento del uno por cientopara generar 310 millones de dólares durantecinco años, para ser divididos entre el condadoy sus ciudades para una miríada de proyectos,entre ellos la construcción de parques,caminos, bibliotecas, refugios en casos de hura-canes y una expansión de la cárcel del conda-do, explica. "Pero no la propugnaron con muchafirmeza, ni muy bien", agrega.

Los defensores del plan calificaron lapropuesta de aumento tributario como unainversión necesaria en el futuro del condado yla mejor manera de recaudar los fondos nece-sarios. Pero sus opositores adujeron que lacarga financiera debía ser aplicada directa-mente sobre los urbanizadores que propugna-ban la necesidad de nuevos servicios en el con-dado. En lugar de un aumento del impuestosobre las ventas, sus opositores favorecíanaumentar los cobros por los permisos de con-strucción de nuevas obras de urbanización y, deser necesario, la emisión de bonos para finan-ciar los proyectos. La manera de financiar loscostos de la infraestructura relacionada con lasurbanizaciones privadas es un tema que afectaa muchas comunidades en Estados Unidos y elresto del mundo. En el condado Lee, losvotantes influyen directamente en el asunto.

"Voté en favor del aumento del impuestosobre las ventas porque era estratégicamenteimportante para esta comunidad", dice SteveTirey, presidente de la Cámara de Comercio delsuroeste de la Florida. "Pero no solo fueron loscomerciantes los que votaron a favor delaumento. La gente que comprendió los comple-jos argumentos involucrados también votó afavor". Si bien "este condado tiene buena plan-ificación, necesita inmediatamente 200 mil-lones de dólares para nuevos proyectos de

Jim Wood, antiguo residente del condadoquién, junto a la mayoría de los votantes, votóen contra del aumento del impuesto sobre lasventas.

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infraestructura", añade Tirey. Había otrasopciones, además de aumentar el impuestosobre las ventas para financiarlos, "pero ningu-na que daría resultados tan buenos". Tireypredice que en el futuro habrá un aumento delimpuesto sobre la propiedad para cubrir la faltade fondos necesarios y afirma que el aumentodel impuesto sobre las ventas hubiera sido unaopción más justa, puesto que todos los grupos— dueños de propiedades, inquilinos, visi-tantes y residentes, habrían contribuido.

La campaña en los MediosIn format ivos

Tanto los defensores como los opositoresdel aumento del impuesto sobre las ventas pre-sentaron su caso a los medios informativoslocales para exponer sus puntos de vista a losresidentes del condado. Los defensores organi-zaron un comité, llamado "Comité para el plan

por centavos para el futuro de Lee", para impul-sar la campaña para obtener la aprobación delelectorado. Gail Markham, presidenta delcomité, dice "estoy absolutamente convencidade que el aumento del impuesto sobre las ven-tas es la mejor manera de proceder. Los cobrospor los permisos de urbanización han sidoaumentados hasta donde lo permite la ley. Nogenerarán los ingresos necesarios". Markhamconfirma que su agrupación recaudó 200.000dólares de la Dirección del DesarrolloIndustrial (IDA), una institución del condado,para financiar la propuesta en favor delimpuesto, cosa que según sus opositores, pusouna mancha en su esfuerzo.

Seis semanas antes de la elección se inicióuna campaña publicitaria de televisión. Peroésta dio resultados negativos al sugerir que elaumento del impuesto sobre las ventas era unabuena manera de recaudar el dinero necesariodado que afectaba igualmente a los turistas quevisitaban el área y también a aquellos quevivían todo el año en el condado Lee. Muchosresidentes del condado se resintieron por lo queconsideraron un intento de igualarlos con las"aves que escapan de la nieve" — visitantes deafuera del área que forman una parte vital de laeconomía local. En 1999, casi dos millones deturistas visitaron el condado y, según fuentesgubernamentales, dejando 1.200 millones dedólares a la economía local.

Hasta algunos que favorecían el aumentotributario calificaron los "anuncios" televisadosde "tácticas engañosas para infundir miedo y uninsulto a los turistas", dice Mike Hoyem delNews-Press. "Simplemente hicieron una cam-paña mala". Markham concuerda en que elesfuerzo "publicitario" fue inefectivo. "Se con-trató un consultor de Washington para dirigir la

Brian Griffin. Liderizó la oposición al aumentodel impuesto a las ventas.

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campaña 'publicitaria', que insultó a la comu-nidad y me insultó a mí", dice ella. "Los anun-cios se televisaron justo cuando las aves de lanieve estaban aquí". En lo que respecta a laparte impresa de la campaña, las autoridadeselectorales del estado le impusieron una multade 400 dólares por distribuir literatura políticailegal. Esto sucedió como resultado de unaqueja presentada por un ciudadano particular,H.R. Blanchette, quien alegó que la literaturade la campaña era distribuida sin incluir lafrase obligatoria de "publicidad política paga-da".

Brian Griffin, presidente del Consejo deasociaciones cívicas, una red con más de 100asociaciones cívicas y de propietarios de casasen todo el condado, concuerda. "El que IDAasignara 200.000 dólares para apoyar elaumento del impuesto constituyó una uti-lización inapropiada de los fondos públicos",dijo. Fuentes gubernamentales del condado nie-gan la acusación, diciendo que el dinero vinode fuentes privadas, no de los contribuyentes.Pero Griffin dice que presentó una demanda enel departamento de Etica de la Florida, alegan-do que la decisión de IDA "violó las leyes paralas leyes sobre la luz solar del estado, querequieren que las reuniones en que se decidegastar fondos del condado sean abiertas alpúblico y se notifique previamente".

En lo que respecta a los gastos incurridospor su agrupación, que promovió el aumentotributario, Griffin dice "gastamos solamente 12dólares en volantes. Nuestra organizacióndependió de la difusión gratuita en los mediosnoticiosos, utilizando técnicas como 'cartas a laredacción' y entrevistas de prensa". Afirma quesu agrupación no se pudo dar el lujo de "anun-cios pagados", y que de todas maneras no

fueron necesarios porque "los anuncios 'de losotros' enajenaron a los votantes en lugar de con-vencerlos". En lo que respecta a la coberturapor los medios informativos generales, particu-larmente la de News-Press, Griffin la calificade "excelente, más que justa".

Sin embargo, Steve Tirey, de la cámara decomercio, afirma que la cobertura por losmedios informativos fue "injusta" para aquellosa favor del aumento del impuesto sobre las ven-tas. El periódico "tenía una perspectiva editori-al particular que no estaba en favor del aumen-to", anota. Esta predisposición "fue más evi-dente aun en las páginas de noticias". En lo querespecta a la publicidad pagada, Tirey afirmaque la información concreta sobre la elecciónrespalda la conclusión de que "los anuncios noinfluyeron en el resultado de la elección ni deuna manera u otra".

Reg lamento par a las MedidasDec id idas por Votac ión

Por lo general, los votantes pueden hacerque se incluya una medida en las papeletasmediante una campaña de petición, en la quese reúne una cantidad especificada de firmas.Mary Pat Lenithan, supervisora adjunta de elec-ciones, señala que éste también es el caso en laFlorida. "Se requiere un porcentaje específicode firmas de votantes de la elección anterior —un cinco por ciento", explica Lenithan."Aquellos en favor de una medida decidida porvotación deben utilizar tarjetas para recolectarlas firmas y expresar en ellas exactamente supropuesta", añade. La oficina electoral del con-dado verifica las firmas y notifica los resultadosa los comisionados.

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Sin embargo, en el caso del propuestoaumento del impuesto sobre las ventas, la pri-mavera pasada, no se necesitó que los mismosvotantes llevaran a cabo una campaña en favorde la medida porque la junta estaba obligada aincluirla en las papeletas. En esencia, la juntase impuso a sí misma la responsabilidad. Estose debe a que en la Florida, el estado requiereque todo impuesto optativo local sobre las ven-tas debe ser sometido a los votantes para suaprobación o rechazo, explica Tirey. "En estecaso, la junta no tuvo ninguna alternativa.Necesitaba la aprobación del público paraaumentar el impuesto local sobre las ventas",explica.

Los procedimientos que se emplean paralas medidas decididas por votación varían deun estado al otro, señala Kurt Wenner, expertoen asuntos impositivos de Florida Tax Watch,organización privada y sin fines de lucro en elestado, consagrada a salvaguardar los intereses

de los contribuyentes en la Florida. "En laFlorida, el gobierno del estado fija los paráme-tros para las medidas decididas por votación enlas localidades así como las reglas para quepueda sostenerse la misma. Los votantes tam-bién pueden enmendar la constitución del esta-do mediante un proceso de plebiscito", agrega.Por ejemplo, "hace algunos años, los votantesde la Florida aprobaron una medida que limita-ba los aumentos locales del impuesto sobrebienes a un tres por ciento anual en todo elestado".

Las medidas decididas por votación per-miten "a los ciudadanos la oportunidad — enimpuestos como en muchos otros asuntos —para responsabilizar directamente en formaoportuna al gobierno", señala Wenner. El recha-zo del propuesto aumento del impuesto sobrelas ventas en el condado Lee "es un ejemplo deello — una de las derrotas más grandes de unapropuesta gubernamental que yo jamás hayaescuchado". Pero, para que quede constancia,Wenner dice que su organización ha comparadolos impuestos locales y estatales de la Floridacon los de los otros 49 estados y que los mismosson "más bajos que el promedio".

La His tor ia de las MedidasDec id idas por Votac ión

La referenda y las medidas decididas porvotación para responsabilizar directamente algobierno datan de los primeros años de larepública, especialmente las dos primerasdécadas del siglo pasado, el apogeo delMovimiento Progresista, dedicado a queEstados Unidos fuese más democrático. Si bienlas reglas para realizarlos varían de un estado alotro, las autoridades de la Florida, así como sus

Steve Tirey, presidente de la Cámara de Comerciodel Sudoeste de Florida, que votó en favor delaumento del impuesto a las ventas.

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contrapartes de otros lados, toman precau-ciones para asegurar que sean transparentes yprecisos. Esto en parte es necesario porque enEstados Unidos toda medida decidida porvotación — en efecto, toda legislación — estásujeta a revisión judicial.

Los expertos en ciencia política norteam-ericanos hacen una distinción entre una medi-da decidida por votación, que permite al elec-torado votar sobre propuestas específicas, y unreferéndum, en el que las legislaturas de losestados someten a los votantes una ley propues-ta o existente para su aprobación o rechazo,señala Thomas Cronin, autor de DirectDemocracy. Estas prácticas de democraciadirecta requieren un electorado informado y elacceso de todos los puntos de vista a los mediosnoticiosos, agrega.

En el caso del condado Lee, igual que enla mayoría de las jurisdicciones de EstadosUnidos, el acceso a los medios informativos noes un problema. No solamente que la Primera

Enmienda garantiza la libertad de prensa, sinoque también los medios informativos locales,tanto transmitidos como impresos, son unafuerte tradición norteamericana. En el condadoLee, las difusoras locales afiliadas a las princi-pales cadenas transmisoras llegan a todos losresidentes del condado, lo mismo que al princi-pal periódico allí, el News-Press. Todos losmedios locales informaron extensamente acercade la cuestión del impuesto sobre las ventas.Las estaciones locales de televisión transmi-tieron también "anuncios" controvertidos, paga-dos por proponentes del aumento del impuestosobre las ventas.

Venta jas y Desventa jas de lasMedidas Dec id idas porVotac ión

Los proponentes de las medidas decididaspor votación las consideran "un control útil deactos mal concebidos o peligrosos de parte de lalegislatura o rama ejecutiva y una expresión dedemocracia directa", dicen Jack Plano y MiltonGreenburg, autores del American PoliticalDictionary. Aquellos que se oponen a ellas "lasconsideran un control innecesario impuesto algobierno representativo, que debilita la respon-sabilidad legislativa", añaden.

Las opiniones acerca de las medidas deci-didas por votación difieren también entre losperitos constitucionales. La democracianorteamericana destaca la separación depoderes entre la rama ejecutiva, la legislatura yel poder judicial. La rendición de cuentasdirecta está reñida con la tradición de gobiernorepresentativo en Estados Unidos, segúnestablecido por los fundadores del país. Esta esuna de las razones por las que están limitadas a

Gail Markham. Ella liderizó la campaña enfavor de la aprobación del aumento delimpuesto sobre las ventas.

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los gobiernos estatales y locales y por que losexpertos en ciencias políticas destacan quelas medidas decididas por votación no debenser un sustituto de los actos de los legis-ladores, sino un suplemento en circunstanciaslimitadas.

Aun así, al proliferar las medidas decidi-das por votación en los últimos veinte años,también ha aumentado la oposición a las mis-mas por varios destacados académicos yperiodistas. La acusación más reciente einfluyente contra las medidas decididas porvotación se encuentra en un libro de DavidBroder, veterano periodista del WashingtonPost. El califica las medidas decididas porvotación "extrañas al espíritu de laConstitución y a su cuidadoso sistema depesos y contrapesos".

En el condado Lee, sin embargo, lamayoría de los residentes no tienen esas reser-vas en cuanto a estas medidas. Todos los quefueron consultados gustan de ellas. En el casode la medida que proponía un aumento delimpuesto sobre las ventas, no solamente quesus opositores apoyan esta herramienta dedemocracia directa, sino que también la apoy-an sus proponentes, que perdieron en formatan abrumadora. Las medidas decididas porvotación son "básicamente saludables; todosdeberían participar en ellas", si bien que lasiniciativas que proponen aumentos tributarios"sean mucho más difíciles de ser aprobadas",dice Steve Tirey en la cámara de comercio.

Gail Markham, del Comité para el planpor centavos para el futuro de Lee en favor dela propuesta, concuerda. "Las medidas decidi-das por votación — las apoyo completa-mente". Markham es impertérrita en lo que

respecta al rechazo de su causa en las urnaselectorales este año, y dice que seguirá tratan-do de convencer a los votantes de la necesidadde aumentar el impuesto sobre las ventas. "Esuna buena idea. Es necesario que los votantespiensen de esta manera". Destaca tambiénque, cuando se trata de aumentos deimpuestos, los proponentes deben preparar elterreno cuidadosamente. La junta "no identi-ficó con cuidado y en forma específica losproyectos para los que se utilizaría el dinero",dice, punto de vista con que su opositor, elciudadano activista Brian Griffin, está deacuerdo.

"La gente debe saber por lo que vota",dice Griffin. "En el cercano condado deCharlotte se incluyó una propuesta paraaumentar el impuesto sobre las ventas que fueaprobada en 1994 porque el condado tenía unpropósito muy específico para los ingresospúblicos. Pero aquí en el condado Lee, lajunta no identificó debidamente los proyectospara los que necesitaba el dinero. Los aumen-tos impositivos pueden ser aprobados aquí, yalo han sido antes, si los votantes conocenespecíficamente cómo se va a gastar el dineroadicional".

Pero, hasta Griffin, que respalda firme-mente las medidas decididas por votación,cree que este proceso no debe utilizarse enexceso. "No debemos legislar en forma ruti-naria por medio de medidas decididas porvotación", dice. "No se puede microadminis-trar al gobierno de esta manera. Pero cuandose trata particularmente del bolsillo de losciudadanos, las medidas decididas porvotación desempeñan un papel". Con respectoal éxito de su campaña en contra del aumentodel impuesto sobre las ventas en el condado

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M e d i d a S o m e t i d a a Vo t o S o b ree l I m p u e s t o a l a Ve n t a

"¿Debe aprobarse la Orden 99-21 del Condado Lee

creando un impuesto a las ventas por un centavo por

cada dólar entre el 1 de enero de 2000 al 31 de

diciembre de 2005 sin extensión sin previa

aprobación de los votantes; los ingresos servirían al

Condado Lee y las ciudades para construir y mejorar

carreteras, recreación juvenil, justicia juvenil, biblioteca,

seguridad pública, evacuación por huracanes e instala-

ciones para preparativos, con una comite ciudadano

asesor para la supervisión de los gastos, como autor-

iza la Sección 212.055(2) de los Estatutos de Florida?

L a L e y d e l a L u z S o l a r e nF l o r i d a

La tradición de apertura en el gobierno en Florida

comenzó en 1909 con la promulgación de la Ley de

Registros Públicos, Capítulo 119 de los estatutos del

estado. Esta ley establece que cualquier registro hecho

o recibido por una agencia pública en el curso de sus

actividades oficiales sea abierto al público para su

inspección, a menos que esté específicamente excep-

tuado con nombre por la legislatura estatal.

En 1967 se aprobó la ley Gobierno de Florida a la Luz

Solar, Capítulo 286 de los estatutos estatales, una de

las muchas leyes parecidas en el resto el país. La ley de

la Luz Solar establece el derecho básico de acceso a

la mayor parte de las entidades de gobierno en las

agencias estatales y locales. Inicialmente la legislatura

no estaba cubierta bajo la Ley de la Luz Solar. Pero, en

1990, los votantes de Florida aprobaron por abru-

madora mayoría una Enmienda Constitucional

estableciendo reuniones abiertas en la rama legislativa

del gobierno estatal. En 1992, otra Enmienda

Constitucional fue aprobada ampliándola a la rama

Judicial.

Lee, Griffin es filosófico. "En esta lucha, en tér-minos de dinero, éramos la gente pequeña. Perola gente pequeña fue la que ganó", dice.

Por cierto que éste es el punto de vista de losresidentes del condado, como Jim Wood. "Aquí senos aplica impuestos como locos", dice. "Creoque las medidas decididas por votación son unabuena idea, especialmente si se trata de algo queafecta al bolsillo. Desearía que más personas par-ticiparan en aquello que los afecta directamentey que no tomen a la democracia como una conce-sión".

Temas de la Democracia, Periódico Electrónico del Departamento de Estado

de Estados Unidos,Vol. 5, No. 2, Agosto de 2000

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La misión del Centro de Integridad Pública esofrecer al público norteamericano el resultado desus investigaciones y análisis sobre el serviciopúblico, responsabilidad gubernamental y temasrelacionados con la ética por medio de libros,informes y cartas informativas.

Citizens Against Government Waste (CAGW)

http://www.govt-waste.org/

La organización Citizens Against GovernmentWaste es una entidad privada, no partidista y nolucrativa, dedicada a educar a los norteamericanossobre el despilfarro, mala administración, y la inefi-ciencia en el gobierno federal.

Common Cause

http://www.commoncause.org/

Common Cause es una organización ciudadana decabildeo, no partidista y no lucrativa, para la pro-moción del gobierno abierto, honesto y responsa-ble. Con el respaldo de cuotas y contribuciones demás de 250.000 afiliados en cada estado de lanación, Common Cause representa la voz unifica-da del pueblo en contra de la corrupción en elgobierno y los intereses especiales con muchodinero.

Congressional Accountability Project

http://www.essential.org/orgs/CAP/CAP.html

Entidad no lucrativa, exenta de impuestos, fundadaen 1982 por Ralph Nader, que ofrece informaciónal público sobre temas importantes desapercibidospor los medios masivo de prensa y por los encar-gados de diseñar políticas.

S i t ios en l a In ter net Re lac ionados

con l a Responsab i l idad Gubernamenta l

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Florida Government Accountability Report

http://www.oppaga.state.fl.us/government/

El Informe sobre la Responsabilidad del Gobiernode Florida describe lo que hace el gobierno estatalde Florida y su efectividad para atender las necesi-dades de los ciudadanos de Florida. Los legis-ladores y el público tienen ahora acceso gratuito ydirecto a un servicio en la Internet que supervisalas actividades y desempeño de casi 400 agenciasy programas del gobierno estatal.

Proyecto para la Responsabilidad Gubernamental(GAP)

http://www.whistleblower.org/

La misión del GAP es proteger el interés público ypromover la rendición de cuentas por parte delgobierno y las corporaciones al favorece la liber-tad de expresión ocupacional, defender a losdenunciantes y en favor de más facultades para losciudadanos activistas.

Enlaces con entidades observadoras del gobierno

http://www.hillnews.com/resources/links/watchdog.html

Una amplia lista de enlaces con organizacionesnogubernamentales cuya principal misión es infor-mar sobre la responsabilidad y rendición de cuen-tas por el gobierno de Estados Unidos.

Informe GPRA: Noticias y Análisis sobre la Leysobre Desempeño y Resultados en el Gobierno(GPRA)

http://www.ombwatch.org/gpra/gpra1.html

Historia, análisis y datos informativos e informaciónsobre antecedentes por parte de la Oficina deAdministración y Presupuesto (OMB).

The National Whistleblower Center

http://www.whistleblowers.org/

El Centro Nacional del Denunciante es una orga-nización educacional no lucrativa dedicada a laprotección del medio ambiente, la seguridadnuclear, derechos civiles, responsabilidad guberna-mental y protección de los derechos de losempleados que hacen denuncias.

Archivo de Seguridad Nacional (UniversidadGeorge Washington)http://www.hfni.gsehd.gwu.edu/~nsarchiv/

El Archivo de Seguridad Nacional fue fundado en1985 por un grupo de periodistas y académicosque habían logrado documentación del gobiernode Estados Unidos al amparo de la Ley deLibertad de Información y buscaban un lugar paracentralizar esos materiales. Con los años, elArchivo se ha convertido en la biblioteca másgrande del mundo con documentos no-guberna-mentales hechos públicos.

Open Secrets.org: Fuente Electrónica Para DatosSobre Dinero en Política en

http://www.opensecrets.org/home/index.asp

Información sobre reportes financieros proce-dentes del Centro para Política Responsable.También ver el enfoque especial sobre las con-tribuciones a la elección nacional 2000 enhttp://www.opensecrets.org/2000elect/lookup/AllCands.htm

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Tarjeta para Informar sobre Desempeño: ¿QuéAgencias Federales Informan al Público?

http://www.mercatus.org/scorecard/index.html

Informes requeridos por la Ley sobre Desempeñoy Resultados en el Gobierno (GPRA), evaluadospor el equipo investigador del Centro deInvestigaciones Mercatus de la Universidad GeorgeMason.

Project on Government Oversight (POGO)

http://www.pogo.org/

El Proyecto para la Supervisión del Gobierno(POGO) es un grupo sin fines de lucro dedicadoa observar al gobierno, cuya misión es investigar,denunciar y remediar el abuso del poder, la malaadministración y el servilismo con los interesesespeciales por parte del gobierno federal.

Public Citizen

http://www.citizen.org/

Fundado por Ralph Nader en 1971, Public Citizenes una entidad que sirve a los consumidores deojos y oídos en Washington. Lucha por medica-mentos e instrumental médico más seguros,fuentes de energía más limpias y seguras, unmedioambiente más limpio, comercio justo y ungobierno más abierto y democrático.

Oficina de Información y Privacidad delDepartamento de Justicia de Estados Unidos(OIP)

http://www.usdoj.gov/oip

La Oficina de Información y Privacidad es el con-tacto principal dentro la rama ejecutiva paraasesoramiento y orientación en políticas en asun-tos relacionados a la administración de la Ley deLibertad de Información.

Departamento de Trabajo de Estados Unidos,Biblioteca de Leyes para Jueces en la Oficina deLey Administrativa: Colección Whistleblower

http://www.oalj.dol.gov/libwhist.htm

Una base de datos donde se pueden hallar docu-mentos sobre la responsabilidad del gobierno.

Oficina de Etica Gubernmental de EstadosUnidos (OGE)

http://www.usoge.gov/

La OGE evita y resuelve los conflictos de interés ypatrocina elevadas normas éticas entre losempleados federales, así como fortalece la confian-za pública sobre las actividades del gobierno, deque son conducidas con imparcialidad e integridad.

Temas de la Democracia, Periódico Electrónico del Departamento de Estado

de Estados Unidos,Vol. 5, No. 2, Agosto de 2000

D e m o c r a c i at e m a s d e l a

P U B L I C A C I Ó N E L E C T R Ó N I C A D E L D E P A R T A M E N T O D E E S T A D O D E E S T A D O S U N I D O S

V O L U M E N 5 N Ú M E R O 2A G O S T O D E 2 0 0 0

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R E S P O N S A B I L I D A D

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