Le Quitaron La Vida y Ahora Pretende Quitarle Su Gloria(1)
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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELACALABOZO ESTADO BOLIVARIANO DEL GUÁRICO
¡LE QUITARON LA VIDA AL GENERAL SUCRE Y AHORA PRETENDEN
QUITARLE SU GLORIA…
Autor: Licdo. Marín Laya Jesús R.
C.I. 8.615.345
Año: 2015
RESUMEN
El objetivo de la presente investigación documental, es preservar y presentar en una forma coherente e integral y sin subterfugio la verdadera historia local de los hechos ocurridos al final del siglo XX y comienzos del siglo XXI en Calabozo, hoy Estado Bolivariano del Guárico. Para esa época por decreto en Gaceta Oficial Nro 1.897. En Calabozo, a los 17 días del mes de mayo de 1.930.Se crea un parque que tenía el busto y nombre del General Sucre; pero en 1.970 lo quitaron siendo uno de los tantos desaparecidos del punto fijismo. “Al pueblo tratan de quitarle la memoria” por eso eliminaron el Parque Sucre. Con un Decreto solapado y en confabulación con algunas sotanas. Para levantar donde estaba cuatro bustos de obispos, que ahora con despotismo son seis. La máxima “el fin justifica los medios” fue atribuida a Nicolás Maquiavelo por su pensamiento político caracterizado por muchos investigadores como déspota, frío y amoral. Según esta premisa, un gobernante debería utilizar todos los medios disponibles a su alcance, sin limitarse por la moral o la ética, con el objetivo de conseguir una meta que lo merezca. En la carta de Jamaica 6 de septiembre de 1815 "el Libertador nos dejó una guía hacia la libertad y prosperidad”. La vigencia del pensamiento de Bolívar radica además cuando manifiesta que el velo se ha rasgado y hemos visto la luz y se nos quiere volver a las tinieblas: se han roto las cadenas; ya hemos sido libres y nuestros enemigos pretenden de nuevo esclavizarnosExtrapolar este pensamiento de nuestro Libertador Simón Bolívar y llevarlo a esta investigación. Es considerado profética por los alcances visionarios que contenía en lo relativo a la política futura de los países hispanoamericanos. Actualmente es una realidad la ecuación de los conceptos: Educación e Investigación son calificados por los opresores de un verdadero peligro inminente para su causa de mantenernos divididos como objetos inferiores y no sujetos de igualdad. Ya vemos como de una forma supuestamente ingenua y con palabras envueltas en almíbar, nos acostumbraron a ser sumisos. La educación con praxis es lo que verdaderamente nos ha de mantener unidos. De igual modo, la fortaleza significa la resistencia al mal, solamente el valor para enfrentarlo implica una responsabilidad muy singular, aquí reside la importancia de esta virtud; en donde no se les dé cabida a sus pretensiones elitistas, de seguir dominando a las masas de ciudadanos y ciudadanas. Aceptemos el desafío a la dialéctica, nunca más dejemos que se nos trate como objetos de fácil manipulación, decidiendo por nosotros y nosotras y en cambio nos van a encontrar unidos de frente y en alto. Dispuestos a dar la lucha, batalla y victoria en el campo moral, político, educativo, económico, cultural, social, entre otros. Ahora bien de la construcción de una patria grande e igualitaria como reza nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela depende de la unión con las comunidades como lo propuso el Comandante Supremo Hugo Rafael Chávez Frías llevado a la praxis por el presidente
obrerista Nicolás Maduro Moros. La sociedad demanda en verdad “hacer memoria” y eso es hacer patria .Los que hicieron este tipo de acto se olvidaron que el actual Gobernador y los Legisladores del Estado Bolivariano del Guárico, son las semillas de nuestros libertadores. Ahora nada les impide restituir la verdadera historia local que quisieron borrar con mentiras las autoridades para ese entonces. Y a su vez sientan el precedente que los derechos del Soberano son inalienables, imprescriptibles e inembargables y por lo tanto no son negociables.Descriptores: Historia, Memoria, Educación, Derechos.
Reseña Histórica
El 28 de mayo de 1992, según Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 180, el Estado Guárico
fue dividido político – territorialmente en catorce (14) Municipios: Camaguán,
Chaguaramas, El Socorro, Leonardo Infante, Las Mercedes, Julián Mellado, Francisco
de Miranda, Ortiz, José Tadeo Monagas, José Félix Ribas, Juan Germán Roscio, San
José de Guaribe, Santa María de Ipire y Pedro Zaraza. En 1993, surge San Jerónimo de
Guayabal como Municipio autónomo, por lo que hoy en día son quince (15) Municipios
y treinta y nueve (39) parroquias en total.
El actual Municipio Francisco de Miranda está formado por las parroquias:
Calabozo, Guardatinajas, El Calvario y El Rastro, cuya capital es Calabozo.
Calabozo
Fue fundado el 01 de febrero de 1724 por Fray Salvador de Cádiz y Bartolomé de
San Miguel, con el nombre de Villa de Nuestra Señora de La Candelaria y de Todos los
Santos de Calabozo.
Guardatinajas
Fue fundada por el padre Fray Andrés de Granada en abril de 1770. Fue uno de los
tres pueblos del Estado Guárico que tuvo cabildo de indios. Se encuentra a 48 km
aproximadamente de su capital Calabozo.
Al sur de la parroquia Guardatinajas, a 12km del mismo, se encuentra el
asentamiento campesino la Romereña fundado en 1945; conformada por 28.750
hectáreas.
Ahora bien, la relación entre Calabozo y la Romereña nos lleva a la historia de cómo
el busto del General Sucre pasa de un poblado al otro y se pierde ese tránsito de 11 años
en la historia.
El objetivo de la presente investigación documental, es preservar y presentar en una
forma coherente e integral y sin subterfugio la verdadera historia local de los hechos
ocurridos en una parte del siglo XX y XXI en Calabozo, estado Guárico.
Por lo antes expuesto; voy a tomar prestada parte de la “Canción Bolivariana” del
Cantautor Venezolano Alí Primera y graficar con una técnica del parafraseo lo que
ocurrió:
Un niño tuvo una conversación con el General Sucre y le dijo lo
siguiente: “Sucre, en Calabozo allá en Guárico; por 1.930 existía
un parque que tenía tu busto y llevaba tu nombre, alma
impertérrita. Creíamos que tu nombre nunca se perdería en el
olvido”.
Ahora Sucre le contesta ¿y qué pasó carajito?
El niño: gua pues, para 1.970 te lo quitaron siendo uno de los
tantos desaparecidos “al pueblo tratan de quitarle la memoria”
por eso te exiliaron y de paso también te excomulgaron. Para
levantar donde tú estabas cuatro bustos de obispos, que ahora
son seis.
Sucre le contesta, “el resultado está claro la burguesía es hija de
la colonia y viceversa”
El niño responde: para que veas que nuestras leyes las dictan los
de la política representativa y algunas sotanas. Contra los
descamisados.
Sucre le contesta: “Y se olvidan que yo di mi vida para que hoy
tuvieran patria”
Ahora bien, juntos “corramos a romper las cadenas de la insensatez y de ser tan sumiso
a la cual nos tienen sometidos por la ignorancia de los deberes y derechos
constitucionales”
Tras esta exposición de la historia, trayéndola a la actualidad surge el interés de
investigar los hechos a fondo, sin tergiversación, ni manipulación de la evidencia en los
documentos escritos en el pasado que nos dan trascendencia e identidad a una sociedad
en particular para la conformación solida de la memoria del pueblo.
El desarrollo de la investigación, fue realizando las siguientes preguntas ¿Cómo tras
estar un busto del General Sucre por 40 años desaparece y pocos lo recuerdan? ¿Cómo
pasa el parque Sucre a llamarse plaza del obispado? ¿En qué fecha y en que decreto se
aprueba la creación de la plaza del obispado de Calabozo?
Así pues, comienza la travesía en busca de la verdadera historia y comenzando por
medio de entrevistas a la comunidad circundante de la plaza Sucre, continuando en el
ateneo de Calabozo, Biblioteca Ana Luisa Llovera. En los archivos generales de la
Gobernación del Estado Bolivariano del Guárico, localizada en San Juan de los Morros
y las oficinas del Concejo Municipal del Municipio Francisco de Miranda.
Quedando muchas dudas en el aire; la investigación me hizo pensar en la parte legal
como ciudadanos y ciudadanas, en el cumplimiento de nuestros deberes y derechos y de
como en este caso fueron omitidas y transgredidas todas las leyes por parte de los jefes
de gobierno locales y regionales así como también de la iglesia católica en sus propios
intereses, por haber realizado ese acto público que colide con nuestra constitución.
Tras revisión de la Constitución del año 1.961 y la actual existen deberes y derechos que
fueron transgredidos por este acto público. Cito los artículos:
Constitución de Venezuela de 1.961
TÍTULO III
De los deberes, derechos y garantías
Art. 46.Todo acto del poder público que viole o menoscabe los derechos garantizados
por esta constitución es nulo, y los funcionarios y empleados públicos que lo ordenen o
ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, según los casos, sin
que les sirvan de excusa órdenes superiores manifiestamente contrarias a la constitución
y a las leyes.
CAPÍTULO II
Deberes
Art. 51.Los venezolanos tienen el deber de honrar y defender la patria, y de resguardar y
proteger los intereses de la nación.
CAPÍTULO IV
Derechos sociales
Art. 83.El estado fomentará la cultura en sus diversas manifestaciones y velará por la
protección y conservación de las obras, objetos y monumentos de valor histórico o
artístico que se encuentren en el país, y procurará que ellos sirvan al fomento de la
educación.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
(Publicada en gaceta oficial del jueves 30 de diciembre de 1999, número 36.860)
TÍTULO III
De los derechos humanos y garantías, y de los deberes
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Art. 25.Todo acto dictado en ejercicio del poder público que viole o menoscabe los
derechos garantizados por esta constitución y la ley es nulo, y los funcionarios públicos
y funcionarias públicas que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal,
civil y administrativa, según los casos, sin que les sirvan de excusa órdenes superiores.
CAPÍTULO VI
De los derechos culturales y educativos
Art. 99.Los valores de la cultura constituyen un bien irrenunciable del pueblo
venezolano y un derecho fundamental que el estado fomentará y garantizará,
procurando las condiciones, instrumentos legales, medios y presupuestos necesarios. Se
reconoce la autonomía de la administración cultural pública en los términos que
establezca la ley. El estado garantizará la protección y preservación, enriquecimiento,
conservación y restauración del patrimonio cultural, tangible e intangible, y la memoria
histórica de la nación. Los bienes que constituyen el patrimonio cultural de la nación
son inalienables, imprescriptibles e inembargables. La ley establecerá las penas y
sanciones para los daños causados a estos bienes.
Gaceta Oficial del Estado Guárico Extraordinaria Nro 126 14 de Diciembre de
2011
Constitución del Estado Bolivariano del Guárico
Capítulo III
De los deberes
Art. 68. Toda persona tiene el deber de honrar y respetar los símbolos patrios y valores
nacionales, regionales y locales del Estado Guárico y deberán participar activamente
para coadyuvar a la promoción y defensa de los mismos.
Art 71. Es deber de todos los habitantes del Estado Bolivariano del Guárico, la
protección, preservación, enriquecimiento, conservación, difusión y restauración de su
patrimonio cultural y de su memoria histórica.
Por lo antes expuesto; constituye en sí misma una vulneración a la ley, que como tal,
debe ser restablecida en protección de los derechos individuales y colectivos en juego.
TITULO IV
Cadena de sucesos de la Historia en Orden Cronológico.
1810
Declaración de la Independencia de Venezuela
1815
Carta de Jamaica
1830
4 junio, asesinato del General Sucre en Berruecos
1930
Creación del parque SUCRE, GACETA OFICIAL 1.897 DEL 17 DE
MAYO.
Centenario del Asesinato del General Sucre.
1961
Constitución de Venezuela
1964
Decreto Nº 14 del 04 de Marzo de 1.964 publicado en gaceta oficial 31 de
Marzo de 1.964, Gobernador de Guárico Ricardo Montilla, autorización de
instalación de 3 bustos obispales en el parque Sucre. Donde ocurre el
solapamiento del Decreto del año 1.930.Obviado con premeditación la
existencia de este.
Bibliografías: Lugares y Gente de Mi Pueblo. Jesús José Loreto Loreto
1970
Bibliografías: La Plaza Episcopal de Calabozo. Blas Loreto Loreto, 06
de Abril
Traslado y confinamiento del busto del General Sucre, 11 de Abril.
11 de Abril Inauguración Plaza Obispal con 3 bustos más uno no
autorizado. (Despotismo). Plana mayor del ejecutivo Nacional y
eclesiástico.
1981
Instalación del busto del General Sucre en la Plaza la Romereña ( 11
años después de estar abandonado en un depósito del Concejo Municipal,
(oculto)
2013
05 de Marzo fallecimiento de Nuestro Comándate Eterno Hugo Rafael
Chávez Frías.
09 de Marzo, instalación de 2 bustos más en la plaza usurpadora de los
Obispos (Legalmente parque Sucre), uno de los bustos es de Miguel
Antonio Salas, promotor para la creación de la plaza obispal. Como
también la excomulgación y exilio del busto del General Sucre. El ego.
(Quítate tú para ponerme yo).
TITULO V
Limitantes
Algunos empleados públicos que no tienen el pudor de ser servidores públicos.
Falta de tiempo y recursos para el investigador.
TITULO VI
CONCLUSIONES
Si la constitución de la República Bolivariana de Venezuela se incumple en
forma grave, sin existir reacción se convertirá en letras muertas. Dentro de ella
existen 2 factores: los deberes y los derechos. Activándolo en una oración ¡si
cumples con tus deberes, exige tus derechos!
Antes de realizar condecoraciones, distinciones y nominaciones nacionales,
regionales y locales se debe investigar profundamente a quien se le otorgará.
La mentira repetida una y otra vez crea una falsa imagen de legalidad en un acto
público, cuando se defiende este tipo de actos con la verdad intentan
banalizarlas.
Reflexión:
¡SI LOS MILLONES SE EMPIEZA POR UNO!El ‘’Yo’’ deja de existir para crear un ‘’Nosotros’’.
BASES DEL CONCURSO
1.- Las y los concursantes presentarán un ensayo histórico que aborde las ideas planteadas por Bolívar en la Carta de Jamaica, respecto a la realidad y prospectiva de América Latina y su relación con el presente Latinoamericano y Caribeño. Los ensayos deberán estar debidamente fundamentados y documentados lo cual debe evidenciarse en el aparato crítico presente en el trabajo.
2.- Los ensayos tendrán una extensión mínima de 40.000 caracteres y máxima de 80.000 caracteres, escritas en letra Times New Roman a 12 puntos con interlineado de 1,5. Se consignarán un (1) original y dos (2) copias en físico y una copia en digital en formato PDF.
3.- Las y los participantes concursarán con un seudónimo y entregarán junto al ensayo (en sobre sellado) una síntesis curricular, que especifique todos los datos personales.
4.- Se otorgarán tres premios en metálico: 1er premio Bs. 100.000,00, 2do premio Bs. 50.000,00 y el 3er premio Bs. 25.000,00. Adicionalmente, los organizadores publicarán los ensayos ganadores. El jurado otorgará menciones especiales.
5.- La convocatoria estará abierta desde la fecha de publicación de las presentes bases hasta el día 15 de octubre de 2015.
6.- Las y los concursantes podrán entregar los ejemplares en la sede del Centro Nacional de Historia: final de la Av. Panteón, Foro Libertador, edificio Archivo General de la Nación, planta principal o en su defecto podrán ser remitidos a través de correo certificado (IPOSTEL, entre otros) a nombre del Centro Nacional de Historia en la misma dirección; de lunes a viernes en los horarios comprendidos de 09:00 am a 12:00 m, y de 02:00 pm a 04:00 pm. (Coordinación de Operaciones)
7.- El jurado calificador estará formado por tres especialistas quienes emitirán el veredicto el 4 de noviembre de 2015, a través de la página web: www.cnh.gob.ve.
Para mayor información:
Tlfs: 0212-5095794 / 0212- 5095832
Portal Web: www.cnh.gob.ve / Facebook: Centro Nacional de Historia / Twitter: @CNH_VEN
Correo electrónico: [email protected]