Las Tasas por Manuela Amores

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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR LAS TASAS

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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

LAS TASAS

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Régimen Tributario en el Ecuador. Recursos Municipales (Facultad Tributaria). Qué son los Tributos? (Impuestos, Tasas y

Contribuciones) Qué son las Tasas? Clasificación de las Tasas Municipales. Nuevas Tasas en Quito. Conclusiones.

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El régimen tributario se regirá por los principios de generalidad, progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad, transparencia, suficiencia recaudatoria.

La política tributaria promoverá la distribución y estimulará el empleo, la producción de bienes y servicios y la conductas, ecológicas, sociales y económicas. (Art. 300 Const.P)

Además, en forma clara se consigna que para las contribuciones y las tasas se han de emitir actos normativos (Art. 301 Const. P)

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Corresponde al Estado a través del organismo legislativo crear tributos; y que a los gobiernos autónomos descentralizados, concejos municipales, consejos metropolitanos, consejos provinciales y consejos regionales ostentan una porción de potestad tributaria y pueden crear tributos menores, las tasa y las contribuciones especiales.

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“Art. 120.- La Asamblea Nacional tendrá las siguientes atribuciones y deberes, además de las que determine la ley: …. 7) Crear, modificar o suprimir tributos mediante ley, sin menoscabo de las atribuciones conferidas a los gobiernos autónomos descentralizados” CPE.

“Art. 264.- Los gobiernos municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley… 5) Crear, modificar o suprimir mediante ordenanzas, tasas y contribuciones especiales de mejoras.” CPE

“Art. 63.- La acción del concejo está dirigida al cumplimiento de los fines del municipio, para lo cual tiene los siguientes deberes y atribuciones generales.. 24) 24. Crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales de mejoras que los propietarios están obligados a pagar para costear las obras públicas, de acuerdo con la ley;…” LORM

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Según Fleiner son prestaciones pecuniarias que el Estado u otros organismos de Derecho Público exigen en forma unilateral a los ciudadanos para cubrir las necesidades económicas

Impuestos: Es aquella prestación en dinero realizada por los contribuyentes que por ley están obligados al pago, cuya prestación es exigida por un ente recaudador, que casi siempre es el Estado.

Impuesto a la Renta Impuesto al Valor Agregado

Tasas : Es también una prestación en dinero que debe pagar el contribuyente, pero únicamente cuando recibe la realización de un servicio efectivamente prestado por el ente recaudador, ya sea en su persona o en sus bienes.

Tasa de agua potable

Contribuciones Especiales de Mejoras: Son aquellas sumas de dinero que el Estado o ente recaudador, exige en razón de la ejecución de una obra pública, cuya realización o construcción debe proporcionar un beneficio económico en el patrimonio del contribuyente.

Plazas, parques y jardines

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El primer desarrollo doctrinal sobre la tasa es de Kurt Heinrich Rau en el siglo XIX, quien en 1832 publica su obra: “Principios de Ciencia de la hacienda“.

Posteriormente, la escuela alemana, y que luego es retomada en la actual por la corriente italiana de Griziotti y Pugliese. Llegan a un concepto primero de tasa del cual no se apartan generalmente los distintos autores: "la tasa es la contraprestación por un servicio especial dispensado por él a quien se la abona".

La tasa ha dado origen a varias discusiones en cuanto a los presupuestos jurídicos que la caracterizan. Por otra parte se debe decir que la tasa es el principal recurso tributario utilizado por las municipalidades. 1

1 Gianotti, Germán, Tributos Municipales, Editorial La Ley, p.40

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• La Tasa es una prestación o una contraprestación al servicio público?

• La tasa es individualizada y divisible?• Hecho generador de la tasa.• Diferencia entre precio, tasa e

impuesto.• Facultades de los Municipio para el

cobro de tasas• Sujetos de la relación tributaria.

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• La tasa es una prestación unilateral y coactiva, ya que al considerarla como una contraprestación se le daría un carácter contractual. Pérez de Ayala y González 2

• Montero Trabiel3 sustenta la tesis afirmando que la tasa se paga, no por la prestación de un servicio, sino como ocasión del mismo.

• Troya Jaramillo 4 dice que la tasa es una prestación, no una contraprestación como ocurre con los precios.

• Jiménez González al respecto dice: Prestación y contraprestación dentro de los esquemas contractuales, se vinculan dentro de una relación causa a efecto.

2 José Luis Pérez de Ayala, Eusebio González, Curso de Derecho Tributario, Madrid, Editorial de Derecho Financiero, 1976,p.

215 3 JP Montero Traibel, Derecho tributario Moderno, Montevideo, Fundación de Cultura Universitaria , 1977,p 1644 Troya Jaramillo, José Vicente, Derecho Tributario Internacional, Quito, Corporación Editora Nacional,1990, p. 132

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• Catalina García Vizcaíno define a la tasa como “toda prestación obligatoria, en dinero o en especie, que el estado, en ejercicio de su poder de imperio, exige, en virtud de ley, por un servicio o actividad estatal que se particulariza o individualiza en el obligado al pago. ”– Individualización del servicio– Prestación potencial del servicio

• Tasas: con las que se retribuye la prestación de servicios públicos individualizados y divisibles5

5 Soler, Osvaldo, Derecho Tributario, Ed. La Ley, Argentina,2002, p.78

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• Villegas, 6 dice que la tasa “Es un tributo cuyo hecho generador esta integrado con una actividad del Estado divisible e inherente a su soberanía, hallándose esta actividad relacionada directamente con el contribuyente.”

• La ley española art. 26 - Utilización de bienes del dominio público-Realización del servicio público-La realización por la Administración de una actividad que afecte o beneficie de modo particular al sujeto pasivo.

6 Hector B. Villegas, Curso de Finanzas, Ediciones de Palma, Buenos Aires, 1980, p.72

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Tasa : es una prestación a un servicio publico particular y divisible.Precio: es una contraprestación por servicios o bienes ofrecidos dentro de la actividad privada del Estado, o en general por personas particulares. Impuesto.- financian los servicios públicos generalmente indivisibles. 7

Villegas expone: “La ejecución de actividades inherentes a la soberanía solo pueden dar lugar a tasas, que todas las otras sumas que el Estado exija como contraprestación de un bien, no inherente, da lugar a un precio. ”8

7 Soler, Osvaldo, Op. Cit., p.788 Hector B. Villegas, Op. Cit, p.103

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“La tasa es una prestación exigida unilateral y coactivamente por el Estado con ocasión de la efectiva prestación de un servicio público divisible, y en casos por la utilización y aprovechamiento de los bienes del dominio publico.” José Vicente Troya.

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La relación jurídica tributaria es el vínculo jurídico, entre el sujeto activo (Estado), facultado a exigir el cumplimiento de la obligación tributaria, y el sujeto pasivo, que debe cumplir con la prestación exigida (tributo). 9

COT “Art. 23.- Sujeto activo.- Sujeto activo es el ente público acreedor del tributo.” “Art. 24.- Sujeto pasivo.- Es sujeto pasivo la persona natural o jurídica que, según la

ley, está obligada al cumplimiento de la prestación tributaria, sea como contribuyente o como responsable….”

9 Soler, Osvaldo, Op. Cit., p. 144

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Tasas de agua potable,Tasas de luz y energía eléctrica,Tasas de recolección de basura y aseo

público,Tasas de habilitación y control de

establecimientos comerciales e industriales ,

Tasas de alcantarillado y canalización, yTasas por servicios administrativos

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Nuevas tasas municipales aumentarán el costo de vida en la Capital

Según el Municipio de Quito, el impacto sería para el 30 por ciento de la población, sin embargo, comerciantes, transportistas, y ciudadanos en general aseguran que afectará su economía.

El plan financiero para obras de vialidad en Quito, el cual incluye tasas al consumo de gasolina, peajes, entre otros, aún está en análisis, sin embargo ya genera preocupación y rechazo entre los habitantes de la capital.

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El régimen impositivo en el País se ha establecido con mayor fuerza con la Constitución del 2008, por lo que el cobro de tributos es cada vez mayor.

Los ingresos por cobro de tributos debe ser redistribuido a todos los gobiernos autónomos descentralizados de manera proporcional.

Las tasas deben ser creadas con racionalidad pensando en la capacidad contributiva de las personas como principio constitucional.

No nos parece conveniente el cobro de nuevas tasas para financiar la viabilidad de la ciudad de Quito.

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Gianotti, Germán, Tributos Municipales, Argentina, Editorial La Ley,

Troya Jaramillo, José Vicente, Derecho Tributario Internacional, Quito, Corporación Editora Nacional,1990.

Soler, Osvaldo, Derecho Tributario, Ed. La Ley, Argentina,2002.

Velástegui Enríquez, Darío, Guía de Derecho Tributario Municipal, Quito, 2010.

Constitución de la República del Ecuador