Las políticas alimentarias

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LAS POLÍTICAS ALIMENTARIAS…! Materia.- Economia y política alimentaria. Carrera.- Licenciatura en Nutricion. Alumno.- Acuña Villarreal Jonathan David. Profesor.- Dra. Rocio margarita uresti marin. Ciudad victoria Tamaulipas a 13 de Noviembre del 2016

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LAS POLÍTICAS ALIMENTARIAS…!

Materia.- Economia y política alimentaria.Carrera.- Licenciatura en Nutricion.Alumno.- Acuña Villarreal Jonathan David.Profesor.- Dra. Rocio margarita uresti marin.Ciudad victoria Tamaulipas a 13 de Noviembre del 2016

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Las políticas alimentarias.-

Es el conjunto de acciones e iniciativas del estado desarrolladas para presupuestos e instituciones, relacionadas con .-

El hambre La desnutrición La pobreza

La malnutrición

Las políticas alimentarias deberían estar encimadas a alcanzar la seguridad alimentaria y nutricional y la soberanía alimentaria. Ello implica buscar que todas las personas tengan, en todo momento, acceso físico, social y económica a alimentos suficientes, inocuos y nutritivos para satisfacer sus necesidades energéticas diarias y preferencias alimentarias y llevar una vida activa y sana.

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Las reformas estructurales y políticas de apertura han ido reduciendo la capacidad de la política publica de incidir en los patrones de oferta alimentaria pues buena parte del instrumental del pasado, como.-

los subsidios

los tipos de cambio diferenciados

las franquicias

los poderes de compra de las empresas estatales

las fijaciones de precios a productos básicos

prácticamente han desaparecido y las políticas sectoriales han quedado subordinadas al logro de los equilibrios macroeconómica.

Algunas de las primeras acciones realizadas en materia de política alimentaria fueron de carácter caritativo y asistencial: se impulsaban como un apoyo al consumo de la población mas desprotegida, por medio de desayunos escolares y apoyos a consumidores en zonas urbanas.

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La constitución política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917 es la norma fundamental o carta magna, establecida para regir jurídicamente al país, fijando los limites y definiendo las relaciones entre los poderes de la federación: poder legislativo, ejecutivo y judicial, entre los tres niveles diferenciados del gobierno (el federal, estatal y municipal).

Una Norma Oficial Mexicana regula determinada condición que debe de reunir un servicio, persona o bien y que no se encuentra contemplada en la ley federal.

Una ley federal regula una actividad o acto a nivel federal y del cual se puede señalar normas como un complemento.

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Fundamento de Políticas Alimentarias.-

La importancia de las alimentación y de las actividades económicas inherentes a ella ha hecho que Estados y sociedades realicen acciones para satisfacer las necesidades alimentarias de pueblos y naciones.

Las políticas de alimentación y nutrición son “aquellas que tienen como principal objetivo garantiza que la población pueda tener acceso a alimentos que le permitan satisfacer sus necesidades y cumplir con los requerimientos nutritivos para una vida saludable según el Instituto Nacional de Salud Publica.

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Para conocer cual es la política alimentaria en México, es necesario revisar:

El marco legal existente en la materia

Los planes

Programas

Presupuestos definidos para dar cumplimiento al marco legal yLos resultados de los programas existentes

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Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos…

En México, el 29 de Abril de 2011 el pleno de la Cámara de Diputados por fin aprobó el reconocimiento del derecho a la alimentación en el articulo 4° constitucional, vinculado con una adición al articulo 27 fracción XX.

Las modificaciones aprobadas son las siguientes:

• Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El estado lo garantiza.

Articulo 4°

• El desarrollo rural integral y sustentable al que se refiere el párrafo anterior, también tendrá entre sus fines que el Estado garantice el abasto suficiente y oportuno de los alimentos básicos que la ley establezca.

Articulo 27 fracción XX

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Antes de esta reforma constitucional, existía el reconocimiento parcial del derecho a la alimentación de los niños y las niñas, así como de la población indígena.

• Los niños y niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Los ascendentes, tutores y custodios tienen el deber de preservar estos derechos

Articulo 4°

•B. La federación, los estados y los municipios establecerán las instituciones y determinaran las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades.

• III.- Así como apoyar la nutrición de los indígenas mediante programas de alimentación, en especial para la población infantil.

Articulo 2°

• Los estados partes reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para si y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados.

Articulo 11

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Leyes federales…

Se han identificado varias leyes que regulan el derecho a la alimentación en cuatro sentidos:

Presentación entre particulares

• Por las relaciones que las personas tienen entre ellas.

Asistencia social

• Como acciones del Estado para mejorar los niveles de bienestar de cientos sectores de la población

Presentación social

• Se incluyen las contra presentaciones que se otorga a los trabajadores por su trabajo.

Derecho social

• Derechos subjetivos cuyos titulares son sectores sociales determinados que pueden exigir se les cumplan satisfactoriamente.

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La reciente aprobación del derecho a la alimentación, que obliga al estado a garantizarlo a través del desarrollo rural integral y susceptible, con base en el abasto suficiente y oportuno, implica que se deba revisar el conjunto de leyes federales relacionadas a fin de estipular de manera clara las obligaciones de las diversas instancias del estado para que se cumpla este derecho humano fundamental.

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!!!LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS!!!

Son elaboradas por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación Sanitario las cuales establecen.-

Las reglas

Especificaciones

Atributos

DirectricesCaracterísticas aplicables a un

producto

Proceso

Instalación

Sistema Actividad

Sistema o método de

producción u operación

Así como aquellas

relativas a

Terminología Simbología

Embalaje

Marco o etiquetado

Y las que se refieren a su cumplimiento o aplicación en materia de control y fomento sanitario.

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Norma Oficial Mexicana NOM-043-SSA2-2012, Servicios Básicos de Salud. Promoción

y educación para la salud en materia alimentaria. Criterios para brindar

orientación.

El propósito fundamental de esta Norma es establecer los criterios generales que unifiquen y den congruencia a la Orientación Alimentaria dirigida a brindar a la población, opciones practicas con respaldo científico, para la integración de un alimentación correcta que pueda adecuarse a sus necesidades y posibilidades.

La orientación alimentaria es prioritaria y debe proporcionarse a toda la población, es conveniente que atienda a los intereses del publico en general, de los grupos vulnerables en especial y que tome en cuenta a la industria y a otros grupos interesados.

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Los niños y niñas desde su gestación hasta la pubertad, las mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, los adultos mayores y las personas con actividad física intensa, se identifican como grupos que requieren mayor atención por el riesgo de presentar alteraciones en su estado de nutrición.

La falta de educación en materia de nutrición en la población, la pobreza, agravada por la perdida del poder adquisitivo, el encarecimiento de los alimentos y el contexto sociocultural, en muchas ocasiones restringe el acceso a una dieta correcta.

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Objetivo y campo de aplicación.-

Esta Norma Oficial Mexicana establece los criterios que deben seguirse para orientar a la población en materia de alimentación.

Disposiciones generales.-

• Las actividades operativas de orientación alimentaria deben ser efectuadas por personal capacitado o calificado, cuyo soporte técnico debe ser derivado de la presente norma.

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Criterios generales de alimentación.-

Los alimentos se agrupan en tres grupos: Verduras y

frutas Cereales,

Leguminosas y alimentos de origen animal.

Al interior de cada grupo

se debe identificar

los alimentos y sus

productos conforme a

la herramienta

grafica El Plato del

Bien Comer.

Se debe recomendar el consumo de cereales,

de preferencia

de grano entero y sus

derivados integrales sin azúcar

adicionada y tubérculos.

Se debe recomendar el consumo de

pescado, aves como pavo y

pollo sin piel y carne magra,

así como leche semidescremada o descremada

por su menor contenido en

grasa saturada.

En el caso de la población adulta, se

debe recomendar la moderación en el consumo de alimentos de origen animal

por su alto contenido de colesterol y

grasa saturada, excepto

pescado, pavo, pollo sin piel, cerne magra y

leche descremada.

Se debe recomendar que en cada tiempo de comida se incluyan

alimentos de los tres grupos.

Se debe descartar la importancia de combinar cereales con leguminosas para mejorar la calidad de las proteínas

y el índice glucémico.

Se debe insistir en la importancia

de la moderación

en la alimentación considerando la frecuencia

en el consumo y el

tamaño de las

porciones.

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Norma Oficial Mexicana NOM-169-SSA1-1998, para la asistencia social alimentaria a grupos

de riesgo.-

En México, hay programas derivados de la política de asistencia social alimentaria, dirigidos a los grupos vulnerables de las comunidades de alta y muy alta marginación, que en su mayor parte constan de protección civil, desarrollo comunitario y subsidio, abasto y orientación alimentaria, cuyo componente principal es la ayuda alimentaria directa, que llevan a cabo las instituciones publicas y organismos no gubernamentales, todos con propósito de mejorar los niveles de alimentación y bienestar.

INTRODUCCION.-

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Objetivo.-Esta Nor4ma Oficial Mexicana establece los criterios de operación de los programas de asistencia social alimentaria dirigidos a grupos de riesgo y a grupos vulnerables.

Campo de aplicación.-La aplicación de la Norma es obligatoria en el territorio nacional para las localidades e instalaciones de los sectores publico, social y privado que brinden atención alimentaria a grupos en riesgo y grupos vulnerables, fundamentalmente.-

Niños

Adultos

Ancianos

Familias con alguna vulnerabilidad

por condiciones socioeconómicas adversas, fenómenos naturales, situaciones extraordinarias e incapacidad.

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Generalidades.-

El otorgamiento de la asistencia social alimentaria debe ser indistinta, tener como fin apoyar a los grupos en riesgo y grupos vulnerables de manera temporal.

Cada institución responsable de la operación de un programa con ayuda alimentaria directa, determina la temporalidad con estricto apego a sus objetivos, recursos y situación especifica.

La ayuda alimentaria directa debe dotar oportunamente a los sujetos de atención con despensas, raciones alimenticias y dotaciones familiares.

Los programas de asistencia social alimentaria dirigidos a la población con riesgo de desnutrición .

Los responsables de la distribución de alimentos deberán asegurar la calidad y buen estado de estos cuando se entreguen a los beneficiarios.

Fomentar la divulgación de la información a los beneficios sobre la calidad sanitaria e inocua de los alimentos, así como la correcta utilización y almacenamiento.

Establecer mecanismos adecuados para el transporte y almacenamiento de los alimentos a fin de que no se ponga en peligro la vida de los beneficiarios.

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Promoción de una nutrición adecuada

Saneamiento básico

Atención materno-infantil, planificación familiar y salud reproductiva

Orientación alimentaria basada en identificación de los problemas de la comunidad relacionados a la alimentación y nutrición

La producción de alimentos para autoconsumo que considere promoción, capacitación e instalación de huertos, hortalizas, crías de especies menores y acuacultura.

El apoyo para la utilización de excedentes cuando la producción sea mayor al consumo familiar, a través de incentivar mecanismos de conservación y comercialización.

La conservación y mantenimiento del medio ambiente.

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Norma Oficial Mexicana NOM-008-SSA2-1993, Control de la nutrición, crecimiento y desarrollo del niño y del adolecente. Criterios y procedimientos para la

presentación del servicio.

INTRODUCCION.-

El crecimiento y desarrollo del niño implica un conjunto de cambios somáticos y funcionales, como resultado de la interacción de factores genéticos y las condiciones del medico ambiente en que vive el individuo.

Dentro de los factores que influyen en el crecimiento y desarrollo, se pueden señalar.-

La multiparidad

Periodos integrativos breves

Embarazos en los extremos de la vida

reproductiva

Aspectos nutricionales de la

madre y el niño

Bajo peso al nacimiento

La estatura de los padres

Factores socioeconómicos

Antecedentes de exposición tóxicos

Enfermedades infecciosas y deficiencias mentales u hormonales.

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Los avances científicos comprueban que el cuidado integral del niño dentro dentro de sus primeros cinco años de vida constituye la base para lograr la incorporación del individuo a una vida productiva.

Objetivo.-Establecer los criterios para vigilar el estado de nutrición, crecimiento y desarrollo de la población de menores de un año, uno a cuatro años, cinco a nuevo año y adolescentes.

Campo de aplicación.-Se aplica en los servicios de salud de los sectores públicos, social y privado a nivel nacional, que brinden atención al niño y al adolecente.

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Especificaciones.-Disposiciones generales.-

La vigilancia del estado de salud y nutricional del menor de un año, 1-4, 5-9 y 10-19 años, debe apoyarse en un

estudio clínico minucioso y el uso de datos

antropométricos.

Clasificación:•El niño en relación con la edad y su proceso biológico, se clasifican en:

•Menor de 28 días (recién nacido)

•Menor de 1 año (lactante o infante)

•1-4 años (lactante mayor: 1-1año 11 meses y preescolar: 2-4 años)

•5-9 años (escolar)•10-19 años (adolescente)

Somato temía:-Longitud, talla: la longitud debe medirse en los niños menores de 2 años utilizando el infantimetro; la talla debe medirse a partir de los 2 años utilizando el estadiómetro.

Peso: la medición de la masa

corporal en los niños menores de 2 años debe realizarse

utilizando una bascula pesa bebe. El pesaje debe realizarse

sin ropa y expresarse en Kg

La medición del perímetro cefálico: debe realizarse por lo menos hasta los tres meses de edad, con cinta métrica metálica flexible de 0.5 milímetros de ancho, debido ser

expresada en cm.

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CONSULTAS:

El menor de 28 días debe recibir 2

consultas; la primera a los 7

días y la segunda a los

28.

El menor de 1 año debe recibir

5 consultas, durante los

subsiguientes 11 meses (2, 4,

6, 9, y 12 meses).

El de 1-4 años debe recibir una consulta cada 6

meses.

El de 5-9 años y el de 10-19 años deben recibir una

consulta anual.

En cada consulta se

debe verificar.-

• Edad en años y meses(en el menor de 1 año, meses y días)

• Talla• Peso • Perímetro cefálico • Desarrollo en el infante, preescolar y escolar (lenguaje,

social, coordinación y motora); en el adolecente.- adaptiva, social así como la maduración sexual.

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Valoración de la nutrición y crecimiento

del niño menor de 1 año y de 1-4

años.-

El estado de nutrición se debe valorar utilizando como mínimo los siguientes índices antropométrico.

Valoración peso/talla, se

debe utilizar las tablas 1 y 2 del

apéndice B

Valoración peso/talla, se

debe utilizar 1 y 2 del apéndice C

Una vez realizada la comparación de peso-talla-edad, se debe

clasificar según los cuadros 1, 2 y 33 del apéndice

D.

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Valoración del desarrollo

psicomotor del menor de un año

y de 1-4 años:

La valoración del desarrollo psicomotor

del menor de 1 año y de 1-4 años, se debe

realizar utilizando los parámetros de normalidad del

apéndice F.

Promoción de la salud en el menor de 1 año y de 1-4 años. El personal

de salud debe de realizar las siguientes

acciones:

Promover la alimentación al seno

materno en el menor de un año.

Orientar a la madre.

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Valoración de la nutrición y

crecimiento de los 5-9 anos y de

10-19 años:

El estado de nutrición debe valorar

fundamentalmente utilizando la clínica, antropométrica con

tablas de normalidad.

Valoración del desarrollo de los 5-9 años y de los

10-19 años:

La evaluación del desarrollo del escolar y

adolecente, se debe llevar a cabo de acuerdo con los indicadores del

apéndice L.