Las grabaciones de los juicios como herramienta ... · PDF filecondición de magistrado...

download Las grabaciones de los juicios como herramienta ... · PDF filecondición de magistrado suplente en la Audiencia Provincial de Burgos, pero siempre de forma limitada al orden jurisdiccional

If you can't read please download the document

Transcript of Las grabaciones de los juicios como herramienta ... · PDF filecondición de magistrado...

  • II JORNADAS SOBRE DOCENCIA DEL DERECHO Y TECNOLOGAS DE LA INFORMACIN Y LA

    COMUNICACIN

    Las grabaciones de los juicios como herramienta metodolgica para el aprendizaje del Derecho Procesal

    FLIX VALBUENA GONZLEZ

    Derecho Procesal. Universidad de Burgos. Profesor contratado doctor.

    Audiencia Provincial de Burgos. Magistrado suplente

    RESUMEN

    La experiencia previamente adquirida con la utilizacin de grabaciones de juicios reales como material de apoyo para la enseanza del Derecho Procesal, junto a la generalizacin del uso de soporte digitales para el registro de actuaciones en todos los rdenes jurisdiccionales, nos permite formular una propuesta que aprovechando tales recursos- facilite la adquisicin por parte del alumno de las competencias especficas propias de la materia, en titulaciones de Grado y Posgrado adaptadas al Espacio Europeo de Educacin Superior.

    PALABRAS CLAVE

    Derecho Procesal, actuaciones judiciales, grabacin, metodologa docente

    INTRODUCCIN La entrada en vigor -el 5 de mayo del 2010- de la Ley 13/2009, de 3 de

    noviembre, de reforma de la legislacin procesal para la implantacin de la nueva Oficina Judicial, ha supuesto la extensin a los rdenes jurisdiccionales penal, administrativo y laboral, de la obligatoriedad de grabar las vistas, que hasta entonces rega solamente para el orden civil.

    De este modo, ahora, todas las actuaciones orales ante juzgados y tribunales se registran en un soporte apto para la grabacin y reproduccin del sonido y la imagen, que sustituye al antiguo acta escrita, siempre que incorpore la firma electrnica reconocida del Secretario Judicial.

  • Los documentos electrnicos resultantes de estas videograbaciones pueden constituir un material de apoyo muy til para la formacin prctica de los estudiantes en diversas ramas jurdicas.

    Personalmente, con anterioridad a la mencionada reforma normativa, ya haba empezado a experimentar con la utilizacin de videos de juicios reales, incluidos con fines exclusivamente didcticos en algunas publicaciones.

    El trabajo que ahora se presenta persigue el propsito de exponer, y al mismo tiempo reflexionar, sobre la prctica personal seguida en la utilizacin de las grabaciones de juicios como herramienta metodolgica para la enseanza del Derecho Procesal, as como en las posibilidades de futuro abiertas con la generalizacin de la documentacin en soporte electrnico a todos los rdenes jurisdiccionales.

    A tal efecto, se dar cuenta de partida- de la experiencia previamente adquirida en la docencia del Derecho Procesal con el uso de tal recurso didctico; a continuacin, se abordar la incidencia que la ltima reforma procesal ha tenido en la utilizacin de esta tecnologa y, finalmente, se formular una propuesta para su incardinacin en el proceso de enseanza-aprendizaje en titulaciones adaptadas al Espacio Europeo de Educacin Superior.

    1. EXPERIENCIA PREVIA

    Mi experiencia docente con el uso de las grabaciones de juicios se enmarca dentro del plan de estudios de la Licenciatura en Derecho que -an renovado pues data de 2003 y sustituye al antiguo plan de 1953- no se encuentra todava adaptado al Espacio Europeo de Educacin Superior.

    Dicho plan de estudios se estructura en cinco cursos acadmicos y contiene

    otras tantas asignaturas pertenecientes al rea de Derecho Procesal, a saber: Asignatura Curso Carcter Crditos

    Introduccin al Derecho Procesal 3 Troncal 6 Derecho Procesal I 4 Troncal 6 Procesos civiles especiales y arbitraje 4 Optativa 4,5 Derecho Procesal II 5 Troncal 6 Tutelas jurisdiccionales especficas 5 Optativa 4,5

    Durante los tres ltimos cursos acadmicos (2007-2008, 2008-2009, 2009-2010) he asumido la docencia de todas las asignaturas reseadas, excepcin hecha de la asignatura Procesos civiles especiales y arbitraje. A pesar del amplio encargo docente recibido, slo he podido utilizar este tipo de material didctico ante su escasez- en dos de ellas: concretamente, Derecho Procesal I y Derecho Procesal II, dedicadas al estudio del proceso civil y del proceso penal, respectivamente.

  • A tal fin, me he servido del DVD contenido en la obra Practicum de Derecho Procesal, Civil y Penal, de varios autores, entre los cuales figura el profesor Gimeno Sendra, catedrtico de la asignatura. El citado dispositivo contiene las grabaciones, con fines acadmicos, de cinco actuaciones judiciales reales, celebradas ante el Juzgado de Primera Instancia n 1 y la Audiencia Provincial de Alicante. Las cuatro primeras se corresponden con actuaciones procesales civiles, a saber: la audiencia previa y el juicio de un ordinario y dos vistas de sendos juicios verbales; la ltima grabacin corresponde a la vista oral de un procedimiento penal.

    He utilizado asimismo ocasionalmente algunos videos, obtenidos gracias a mi condicin de magistrado suplente en la Audiencia Provincial de Burgos, pero siempre de forma limitada al orden jurisdiccional civil, cuyas actuaciones eran las nicas que se grababan hasta la entrada en vigor de la ltima reforma procesal. Sin embargo, no he conseguido en ningn momento disponer de material anlogo para el proceso administrativo y laboral -ante su inexistencia en el mercado ni tan siquiera con fines acadmicos, salvo error u omisin- a fin de utilizarlo en la asignatura Tutelas jurisdiccionales especficas, que se ocupa de tales materias y tambin he impartido recientemente.

    En cuanto a la metodologa empleada, ha sido siempre muy similar: tras la correspondiente explicacin en el aula de una determinada actuacin judicial (la audiencia previa del juicio ordinario, por ejemplo) procedemos a visionar la grabacin; a tal efecto, nos trasladamos alumnos y profesor- a una sala provista de un equipo de imagen y sonido de altas prestaciones, que cuenta con reproductor de DVD, retroproyector, pantalla grande y altavoces.

    All emplazados, cabe optar por una reproduccin sin cortes con un comentario final, o bien utilizar ocasionalmente la tecla de la pausa del mando a distancia e ir introduciendo apreciaciones parciales al hilo del desarrollo del acto. La primera posibilidad resulta ms adecuada en actuaciones simples (v. gr., vista del juicio verbal) de poca duracin (15-20 minutos mximo); sin embargo, cuando el acto se extiende durante un mayor lapso de tiempo, conviene incluir pausas que, de un lado, permiten mantener la atencin del estudiante y, de otro lado, sirven para realizar las explicaciones oportunas o contestar a preguntas que puedan se formuladas.

    No me gusta, en cualquier caso, renunciar a la reproduccin del contenido ntegro de la vista (con o sin pausas), de manera que pueda tomarse conciencia de la actuacin en todas sus vicisitudes incluidos, en su caso, los aspectos sustanciales que, a veces, son necesarios para entender los procesales-; por ello resulta recomendable disponer, habitualmente, de dos clases seguidas para contar con tiempo suficiente.

    Esta actividad docente persigue que el alumno obtenga una mejor aprehensin de los conocimientos tericos adquiridos en el aula, mediante su relacin con la prctica de los juzgados y tribunales. As, se hace especial nfasis

  • en la funcin que cumplen los distintos sujetos intervinientes y en el desarrollo de los trmites procedimentales.

    El balance de esta experiencia es muy satisfactorio, aunque susceptible de mejora si se contara con mayor cantidad de material audiovisual disponible, que permitiera hacer una utilizacin no slo puntual y limitada al proceso civil, sino ms variada y extensible a todos los rdenes jurisdiccionales. A paliar esta situacin puede venir la ltima reforma procesal en materia de documentacin de actuaciones, que seguidamente examinamos.

    2. LA REFORMA LEGAL EN MATERIA DE DOCUMENTACIN DE ACTUACIONES JUDICIALES

    La Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (LEC), instaur por primera vez en nuestro Estado la obligacin legal de grabar las actuaciones judiciales orales si bien de forma limitada al mbito del proceso civil, frente a la prctica anterior en materia de documentacin, consistente en su transcripcin ntegra en un acta a cargo del Secretario Judicial.

    En efecto, el art. 187 LEC establece que el desarrollo de la vista se registrar en soporte apto para la grabacin y reproduccin del sonido y de la imagen. Ahora bien, al romperse con una larga tradicin de documentacin por escrito y atendiendo a la escasez de medios tcnicos propia de la Administracin de Justicia, se tomaron asimismo algunas precauciones legales.

    De una parte, se admite una grabacin solamente del sonido cuando no fuera posible la audiovisual, en cuyo caso se otorga al juez o tribunal la facultad que ahora ha desaparecido- de unir a los autos una transcripcin escrita de lo registrado en los soportes correspondientes. De otro lado, se mantiene la conveniencia de redactar un acta al menos, sucinta- que se limite a consignar, junto a los datos relativos al tiempo y lugar, las peticiones y propuestas de las partes y las resoluciones que adopte el tribunal, as como las circunstancias e incidencias que no puedan constar en aquel soporte (art. 146.2 LEC en su redaccin originaria). Finalmente, no se descarta la posibilidad de que haya de levantarse acta extensa por escrito del Secretario Judicial si los medios tcnicos no pueden utilizarse por cualquier causa.

    Estas previsiones legales vinieron acompaadas de la dotacin en las salas de vistas de los procedimientos civiles de los correspondientes equipos tcnicos de grabacin, compuestos bsicamente de cmaras, micrfonos y aparato registrador. De esta forma, desde la entrada en vigor de la Ley de Enjuiciamiento Civil el 8 de enero de 2001, la grabacin audiovisual de las actuaciones constituye la prctica comn dentro del mbito civil.

    Sin embargo, recientemente, la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reform