LA UI Ó EUROPEA COS EJO DE ES

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PRESA Rue de la Loi, 175 B – 1048 BRUSELAS Tfno.: +32 (0)2 281 6083 / 6319 Fax: +32 (0)2 281 8026 [email protected] http://www.consilium.europa.eu/Newsroom 12959/1/08 REV 1 (Presse 251) 1 ES COSEJO DE LA UIÓ EUROPEA ES 12959/1/08 REV 1 (Presse 251) (OR. fr) COMUICADO DE PRESA Sesión n.º 2891 del Consejo Competitividad (Mercado Interior, Industria e Investigación) Bruselas, 25-26 de septiembre de 2008 Presidente D.ª Valérie PÉCRESSE, Ministra de Enseñanza Superior e Investigación de Francia Hervé OVELLI, Secretario de Estado encargado de Comercio, Artesanía, Pequeña y Mediana Empresa, Turismo y Servicios de Francia D. Luc CHATEL, Secretario de Estado encargado de Industria y Consumo de Francia

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P R E � S A

R u e d e l a L o i , 1 7 5 B – 1 0 4 8 B R U S E L A S T f n o . : + 3 2 ( 0 ) 2 2 8 1 6 0 8 3 / 6 3 1 9 F a x : + 3 2 ( 0 ) 2 2 8 1 8 0 2 6 [email protected] http://www.consilium.europa.eu/Newsroom

12959/1/08 REV 1 (Presse 251) 1

ES

CO�SEJO DELA U�IÓ� EUROPEA

ES 12959/1/08 REV 1 (Presse 251)

(OR. fr)

COMU�ICADO DE PRE�SA

Sesión n.º 2891 del Consejo

Competitividad (Mercado Interior, Industria e Investigación)

Bruselas, 25-26 de septiembre de 2008

Presidente D.ª Valérie PÉCRESSE, Ministra de Enseñanza Superior e Investigación de Francia Hervé �OVELLI, Secretario de Estado encargado de Comercio, Artesanía, Pequeña y Mediana Empresa, Turismo y Servicios de Francia D. Luc CHATEL, Secretario de Estado encargado de Industria y Consumo de Francia

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Principales Resultados del Consejo

El Consejo ha procedido a un cambio de impresiones sobre un plan de acción relativo a la mejora de los modos de consumo y producción sostenibles. A este respecto, ha aprobado unas conclusiones sobre "contratación pública para un medio ambiente mejor".

Al término de un debate, el Consejo ha adoptado una resolución sobre un plan de acción de lucha contra la falsificación.

El Consejo ha adoptado unas conclusiones relativas a la normalización y la innovación.

Asimismo ha adoptado unas conclusiones sobre la mejora de la reglamentación, insistiendo en particular en el acceso a la legislación, en el marco del programa "legislar mejor".

Por otra parte, el Consejo ha procedido a un debate sobre el tema: "Iniciativa en favor de las pequeñas y medianas empresas (un "Small Business Act" para Europa)".

El Consejo ha adoptado una resolución sobre la política espacial europea, aprobada por el Consejo "Espacio" en su quinta sesión.

También ha adoptado una serie de conclusiones en el ámbito de la investigación sobre:

• nanociencias y nanotecnologías;

• mejora de las carreras y de la movilidad de los investigadores en Europa;

• lucha contra el Alzheimer y las enfermedades neurodegenerativas.

En el ámbito del medio ambiente, el Consejo ha adoptado, sin debate, un Reglamento destinado a prohibir las exportaciones de mercurio metálico y a garantizar su almacenamiento seguro.

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1 � En los casos en que el Consejo haya adoptado formalmente declaraciones, conclusiones o resoluciones,

esto se indica en el título del punto correspondiente y el texto va entrecomillado. � Los documentos de los que se da referencia están disponibles en el sitio Internet del Consejo

http://www.consilium.europa.eu. � Los actos adoptados sobre los que se han formulado declaraciones accesibles al público se señalan con un

asterisco; esas declaraciones pueden obtenerse por el procedimiento indicado o acudiendo al Servicio de Prensa.

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�DICE1

PARTICIPA�TES........................................................................................................................ 5

PU�TOS OBJETO DE DEBATE

Pequeñas y medianas empresas: "Small Business Act" .................................................................... 7

Producción y consumo sostenibles .................................................................................................. 8

Normalización e innovación - Conclusiones del Consejo............................................................... 10

Iniciativa "Legislar mejor"- Conclusiones del Consejo .................................................................. 15

Lucha contra la falsificación y la piratería - Resolución del Consejo.............................................. 16

Política Espacial Europea: Quinto Consejo "Espacio" - Resolución del Consejo ............................ 20

Nanociencias y nanotecnologías - Conclusiones del Consejo......................................................... 33

Carrera y movilidad de los investigadores - Conclusiones del Consejo .......................................... 36

Lucha contra el Alzheimer y las enfermedades neurodegenerativas - Conclusiones del Consejo ......................................................................................................................................... 37

Programación conjunta en investigación........................................................................................ 40

VARIOS ....................................................................................................................................... 41

OTROS PU�TOS APROBADOS

RELACIO�ES EXTERIORES

– Relaciones con la República de Moldova .........................................................................................................43

ASU�TOS I�STITUCIO�ALES

– Procedimiento de reglamentación con control - Actos legislativos en codecisión ..............................................43

E�ERGÍA

– Transparencia de los precios aplicables a los consumidores industriales finales de gas y de electricidad ............44

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TRA�SPORTES

– Acuerdo con la India sobre servicios aéreos .....................................................................................................44

EDUCACIÓ�

– Correspondencia de las calificaciones de formación profesional - Derogación ..................................................45

U�IÓ� ADUA�ERA

– UE/Suiza - Productos originarios y cooperación administrativa - Ampliación ...................................................45

– Controles de mercancías en las fronteras ..........................................................................................................45

MEDIO AMBIE�TE

– Mercurio metálico - Exportación y almacenamiento.........................................................................................46

PROPIEDAD I�TELECTUAL

– Legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas...........................................................................46

POLÍTICA SOCIAL

– Protección de los trabajadores asalariados en caso de insolvencia del empresario..............................................47

ESTADÍSTICAS

– Transmisión de informaciones amparadas por el secreto estadístico..................................................................47

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PARTICIPA�TES

Los Gobiernos de los Estados miembros y la Comisión Europea han estado representados de la siguiente manera:

Bélgica: D.ª Sabine LARUELLE Ministra de la Pequeña y Mediana Empresa, Trabajadores

Autónomos, Agricultura y Política Científica D.ª Patricia CEYSENS Ministra Flamenca de Economía, Empresa, Ciencias,

Innovación y Comercio Exterior

Bulgaria: D.ª Nina RADEVA Viceministra de Economía y Energía D. Plamen VATCHKOV Presidente de la Agencia Nacional de Tecnologías de la

información y Comunicaciones

República Checa: D. Ondřej LIŠKA Ministro de Educación, Juventud y Deporte D. Martin TLAPA Viceministro de Industria y Comercio

Dinamarca: D. Helge SANDER Ministro de Ciencia, Tecnología y Desarrollo

Alemania: D. Lutz DIWELL Secretario de Estado, Ministerio Federal de Justicia D. Peter HINTZE Secretario de Estado Parlamentario, Ministerio de

Economía y Tecnología D. Frieder MEYER-KRAHMER Secretario de Estado, Ministerio Federal de Educación e

Investigación

Estonia: D. Gert ANTSU Representante Permanente Adjunto

Irlanda: D.ª Geraldine BYRNE NASON Representante Permanente Adjunta

Grecia: D. Christos FOLIAS Ministro de Desarrollo D. Philippos TSALIDIS Secretario General de Investigación y Tecnología

España: D.ª Cristina GARMENDIA MENDIZÁBAL Ministra de Ciencia e Innovación

Francia: D.ª Valérie PÉCRESSE Ministra de Enseñanza Superior e Investigación D. Luc CHATEL Secretario de Estado encargado de Industria y Consumo;

Portavoz del Gobierno D. Hervé NOVELLI Secretario de Estado encargado de Comercio, Artesanía,

Pequeña y Mediana Empresa, Turismo y Servicios

Italia: D. Giuseppe PIZZA Secretario de Estado de Educación, Universidades e

Investigación

Chipre: D. Antonis PASCHALIDES Ministro de Comercio, Industria y Turismo D. Costas IACOVOU Oficina de Planificación, Investigación

Letonia: D. Mareks GRUŠKEVICS Secretario de Estado, Ministerio de Educación y Ciencia D. Artūrs BERGHOLCS Secretario Parlamentario, Ministerio de Economía

Lituania: D. Vytas NAVICKAS Ministro de Economía D.ª Virginija BŪDIENË Ministra adjunta de Educación y Ciencia

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Luxemburgo: D. Jeannot KRECKE Ministro de Economía y Comercio Exterior, Ministro de

Deporte, Ministro de Transportes Marítimos

Hungría: D. Károly MOLNÁR Ministro sin cartera encargado de Política de Investigación

y de Investigación y Desarrollo

Malta: D. Jason AZZOPARDI Secretario Parlamentario de Renta y Propiedad Pública del

Ministerio de Hacienda, Economía e Inversión

Países Bajos: D.ª Maria VAN DER HOEVEN Ministra de Economía

Austria: D.ª Christine MAREK Secretaria de Estado, Ministerio Federal de Economía y

Trabajo

Polonia: D. Jerzy DUSZYŃSKI Ministro Adjunto de Ciencia y Enseñanza Superior D. Marcin KOROLEC Subsecretario de Estado, Ministerio de Economía

Portugal: D. José Mariano GAGO Ministro de Ciencia, Tecnología y Educación Superior D. Fernando SERRASQUEIRO Secretario de Estado de Comercio, Servicios y Protección

de los Consumidores

Rumanía: D. Anton ANTON Secretario de Estado de Investigación, Presidente del

Consejo Nacional de Investigaciones Científicas, Ministerio de Educación e Investigación

Eslovenia: D.ª Mojca KUCLER DOLINAR Ministra de Enseñanza Superior, Ciencia y Tecnología

Eslovaquia: D. Ivan RYBARIK Secretario de Estado del Ministerio de Economía D. Jozef HABÁNIK Secretario de Estado del Ministerio de Educación

Finlandia: D.ª Tarja CRONBERG Ministra de Empleo

Suecia: D.ª Maud OLOFSSON Viceprimera Ministra y Ministra de Empresa y Energía D.ª Ewa BJÖRLING Ministra de Comercio D. Lars LEIJONBORG Ministro de Enseñanza Superior e Investigación

Reino Unido: D. Ian PEARSON Secretario de Estado de Ciencia e Innovación D.ª Delyth MORGAN Subsecretaria Parlamentaria de Propiedad Intelectual y

Calidad

Comisión: D. Günter VERHEUGEN Vicepresidente D. Janez POTOČNIK Miembro D. László KOVÁCS Miembro D. Charlie MCREEVY Miembro

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PU�TOS OBJETO DE DEBATE

Pequeñas y medianas empresas: "Small Business Act"

El Consejo ha procedido a un cambio de impresiones sobre la comunicación titulada: "Pensar primero a pequeña escala" - "Small Business Act" para Europa: iniciativa en favor de las pequeñas empresas" (11262/08).

El cambio de impresiones ha permitido determinar orientaciones políticas para guiar el examen en los órganos preparatorios del Consejo de un proyecto de conclusiones, con vistas a su adopción en el próximo Consejo de Competitividad de 1 y 2 de diciembre.

Las Delegaciones se han pronunciado en particular a favor de determinar las medidas prioritarias previstas en el "Small Business Act" (SBA) que podrían repercutir rápidamente en el crecimiento en un contexto de desaceleración económica.

Ha quedado patente un amplio consenso sobre los efectos benéficos que podría aportar a las PYME la aplicación de las medidas contenidas en el paquete, y, en particular, facilitando el acceso de las PYME a la financiación, operando sobre la reducción y simplificación de cargas administrativas y favoreciendo el acceso de las empresas al mercado.

La propuesta de crear un SBA para Europa, presentada por la Comisión el pasado mes de junio, fue objeto de un primer debate en la reunión informal de Ministros celebrada en Versalles (Francia) los días 17 y 18 de julio.

Las medidas contenidas en el SBA van acompañadas por una serie de diez principios destinados a guiar la concepción y aplicación de las políticas a escala de la UE y de sus Estados miembros, con el objetivo final de aumentar su crecimiento y su formidable potencial de creación de empleo y de prosperidad.

El SBA propone aplicar medidas legislativas y no legislativas.

El paquete de nuevas medidas legislativas está integrado por:

• un Reglamento general de exención por categoría referente a las ayudas estatales;

• un Reglamento sobre un futuro estatuto de sociedad privada europea;

• una Directiva sobre los tipos reducidos de IVA.

Además, se van a elaborar propuestas en el marco del SBA acerca de la modernización de las disposiciones existentes sobre facturación del IVA con vistas a reducir la carga que soportan las empresas; y la modificación de la Directiva relativa a los retrasos en el pago, con vistas a garantizar que se pague puntualmente a las PYME en toda transacción comercial.

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Producción y consumo sostenibles

El Consejo ha procedido a un cambio de impresiones sobre el plan de acción relativo a la mejora de los modos de consumo y producción sostenibles y de une política industrial sostenible. A este respecto, ha aprobado unas conclusiones sobre "Contratos públicos ecológicos para un mejor medio ambiente".

Plan de acción sobre producción y consumo sostenibles

El cambio de impresiones ha permitido avanzar en la sustancia de un texto de conclusiones con el objetivo de facilitar su adopción por el Consejo de Ministres de Medio Ambiente el próximo 20 de octubre.

El debate se ha centrado en las medidas prioritarias del plan de acción que mejor responden a las ambiciones europeas y a los objetivos en materia de consumo y producción sostenibles y de política industrial sostenible. En particular, en el debate se ha analizado el desafío que supone para la industria europea la transición a una economía que habrá de basarse en modos de producción y consumo sostenibles.

Concretamente, el debate ha permitido evidenciar la necesidad de:

• informar mejor al público sobre los rendimientos medioambientales de los productos; • avanzar hacia una economía de emisiones de carbono de baja intensidad al tiempo que se

mantiene la competitividad de las empresas europeas; • reforzar los instrumentos que contribuyen a fomentar prácticas de producción y consumo

sostenibles; • tomar en consideración la intervención de todos los actores implicados, con especial atención

a los pequeñas y medianas empresas; • establecer medidas de incitación adecuadas que puedan favorecer la eficacia ecológica; • basar todas las acciones que han de realizarse en un justo equilibrio entre las medidas

voluntarias y las reglamentarias, teniendo presente el principio de subsidiariedad; • articular las medidas propuestas en el plan de acción con otros instrumentos comunitarios.

El objetivo del plan de acción consiste en mejorar la integración y la asunción de criterios de sostenibilidad en la producción y el consumo de bienes y servicios en la UE, y a escala internacional.

Aborda varios desafíos para encaminarse hacia modos de producción y consumo inteligentes en términos de eficacia energética y de utilización de recursos, destinados a aminorar la presión sobre el medio ambiente en una economía en crecimiento y a transformar los imperativos de protección del medio ambiente en oportunidades económicas.

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Contratación pública ecológica - Conclusiones del Consejo

Sobre la base del plan de acción para promover une producción y consumo sostenibles, el Consejo ha adoptado las conclusiones siguientes:

"(13067/08) "

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�ormalización e innovación - Conclusiones del Consejo

El Consejo ha adoptado las conclusiones siguientes relativas a la normalización e innovación en Europa:

"EL CONSEJO

RECORDANDO

– las Conclusiones sobre la normalización adoptadas el 21 de diciembre de 2004,

– las Conclusiones de diciembre de 2006 tituladas "Una estrategia amplia de innovación",

CONSIDERANDO

– la Comunicación de la Comisión Europea, de 19 de junio de 2008, titulada "Think Small First": Prioridad a las PYME - Una "Small Business Act" para Europa,

– el hecho de que las normas se elaboran para responder a las necesidades de los protagonistas,

– la contribución esencial que la normalización puede aportar al desarrollo de la innovación y de la competitividad, facilitando el acceso a los mercados, permitiendo la interoperatividad entre los productos, servicios y procedimientos nuevos y existentes, mejorando la protección de los usuarios, generando la confianza de los consumidores y difundiendo los resultados de la investigación,

– el potencial de las normas para fomentar la innovación en ámbitos tales como los servicios,

– el paquete legislativo sobre la libre circulación de mercancías y el papel de las normas para reforzar el mercado interior y apoyar la política de legislar mejor,

– el contexto de globalización creciente en el que los agentes económicos deben ahora actuar y la importancia de la dimensión externa de la competitividad,

ACOGE con satisfacción la Comunicación de la Comisión Europea de 11 de marzo de 2008 relativa a la normalización y la innovación, 5

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ADOPTA las siguientes Conclusiones:

(1) DESEA que los protagonistas de la normalización europea asuman una parte activa en la normalización internacional, con el fin de favorecer el desarrollo de normas mundiales para mercados globales, a efectos de facilitar los intercambios comerciales y las inversiones en interés de la economía europea,

(2) con este ánimo, HACE UN LLAMAMIENTO a la Comisión Europea, a los Estados miembros y a los organismos europeos y nacionales de normalización para que promuevan, de manera coordinada, las normas europeas,

(3) RECOMIENDA a los organismos públicos de investigación y de financiación pública de programas de investigación a niveles europeo y nacional que analicen, en algunas fases decisivas de los proyectos de investigación desde el lanzamiento hasta la evaluación, el interés potencial de que se desarrollen normas para explotar los resultados obtenidos,

(4) RESPALDA la intención de la Comisión Europea de apoyar financieramente el desarrollo de actividades de "observatorio de las tecnologías", permitiendo que se definan los ámbitos donde la normalización podría ayudar a la transferencia de los resultados de la investigación y del desarrollo,

(5) EXHORTA a los responsables de la normalización a que se acerquen a la comunidad de la investigación, con el fin de asociarla a los trabajos de normalización cuando los resultados de la investigación evidencien un interés para el desarrollo de normas,

(6) ALIENTA a los Estados miembros a que procuren que la participación de los investigadores en trabajos de normalización se valore mejor en su carrera profesional,

(7) SOLICITA a los organismos europeos y nacionales de normalización que faciliten aún más la participación en la normalización de todas las partes interesadas, en particular de los representantes de pequeñas y medianas empresas, consumidores, sindicatos de asalariados y organismos representativos de intereses empresariales, y ALIENTA a la Comisión Europea y a los Estados miembros a que fomenten la participación de estas partes implicadas en los trabajos de normalización,

(8) APOYA las actuaciones llevadas a cabo por la Comisión Europea y por los organismos europeos de normalización para realizar estudios sobre todos los obstáculos para la implicación de esas partes en la normalización y para la utilización de las normas, así como sobre las posibles pistas para intentar eliminarlos,

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(9) HACE UN LLAMAMIENTO a la Comisión Europea, a los Estados miembros y a las asociaciones profesionales a que refuercen su apoyo a las pequeñas y medianas empresas para incitarlas a poner en común sus medios y promover sus intereses en los trabajos de normalización,

(10) DESTACA la importancia del principio de delegación nacional y la misión determinante de los organismos nacionales de normalización para garantizar mejor la consideración de los intereses de las pequeñas y medianas empresas en la normalización europea,

(11) EXHORTA a los organismos europeos y nacionales de normalización a que exploten lo mejor posible las potencialidades de las tecnologías de la información y la comunicación, por ejemplo para organizar reuniones virtuales, con el fin de facilitar la participación de todas las partes interesadas y recabar sus opiniones,

(12) DESTACA la importancia de que se disponga de las normas en las lenguas nacionales para garantizar la correcta comprensión de las mismas por todos los usuarios y SOLICITA a los organismos europeos de normalización, en estrecha colaboración con la Comisión Europea, que estudien la posibilidad de recurrir a sistemas de traducción automática, con el fin de facilitar la validación por los organismos nacionales de normalización de las versiones nacionales de las normas europeas,

(13) ALIENTA a la Comisión Europea, en colaboración con los organismos europeos y nacionales de normalización, a que simplifique el modo de financiación para la traducción de normas, en cumplimiento de las normas financieras europeas,

(14) SOLICITA a los organismos europeos y nacionales de normalización que elaboren y validen al mismo tiempo que la norma un resumen de ésta, destinado a ser publicado sin restricción de acceso, y que velen por la claridad y la facilidad de uso de las normas, para mejorar su comprensión y aplicación por los usuarios,

(15) RECOMIENDA a los organismos europeos y nacionales de normalización así como a las asociaciones profesionales que elaboren y difundan guías de ayuda a la utilización adaptadas a los sectores de actividad, con el fin de mejorar la sensibilización al contexto normativo y facilitar la utilización efectiva de las normas,

(16) ALIENTA a los organismos europeos y nacionales de normalización a que proporcionen a los protagonistas del mercado medios para mejorar la valorización de los conocimientos resultantes de sus innovaciones,

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(17) RECONOCE que las normas y las patentes constituyen dos instrumentos de difusión de la innovación y apoya la realización de un estudio por la Comisión Europea para analizar la interacción entre las mismas,

(18) SOLICITA a los organismos europeos de normalización que sean especialmente cuidadosos en el caso de desarrollo de normas basadas en tecnologías protegidas, con el fin de permitir un acceso amplio a todos los usuarios, y HACE HINCAPIÉ en la necesidad de que se apliquen procedimientos destinados a poner a disposición derechos de propiedad intelectual en condiciones justas, razonables y no discriminatorias,

(19) ALIENTA a los organismos europeos de normalización, en concertación con los organismos nacionales de normalización, a que reconsideren su modelo de empresa con el fin de mejorar el acceso a la normalización y el uso de las normas y reducir los costes vinculados al acceso a las normas, garantizando al mismo tiempo su viabilidad financiera,

(20) RECONOCE que los tres organismos europeos de normalización se han comprometido en un proceso de reforma y les SOLICITA que prosigan y profundicen este planteamiento, rápidamente y en estrecha colaboración entre los mismos, con el fin de reforzar la eficacia y la visibilidad de la normalización europea, teniendo al mismo tiempo más en cuenta la convergencia de las tecnologías, y que asocien de manera transparente a este proceso a todas las partes interesadas,

(21) SOLICITA a la Comisión Europea que garantice un seguimiento regular del desarrollo de esta reforma y que informe a los Estados miembros,

(22) SOLICITA a los organismos nacionales de normalización, en coordinación con los organismos europeos de normalización, que estudien la viabilidad de un proceso voluntario de evaluación por los pares, para fomentar la mejora permanente y el intercambio de buenas prácticas,

(23) CONSIDERA útil que los organismos europeos de normalización exploten las posibles sinergias con los foros y consorcios de normalización y RECUERDA su compromiso para que la transformación, por los organismos reconocidos de normalización, de documentos normativos informales en norma formal esté supeditada a una evaluación de las necesidades del mercado, a la realización de una investigación pública y a la búsqueda de un consenso con todas las partes interesadas,

(24) RECUERDA que la aceleración deseable del proceso de normalización no debe hacerse en detrimento de los principios de calidad, transparencia y consenso entre todas las partes interesadas,

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(25) SUSCRIBE la voluntad de la Comisión Europea de apoyar el recurso a las normas en materia de política industrial sostenible, de mercados líderes, de contratos públicos, de tecnologías de la información y de las comunicaciones y de política de legislar mejor,

(26) LLAMA la atención de la Comisión Europea y de todos los protagonistas sobre el potencial de innovación existente en el sector de los servicios y sobre la necesidad de informar a las partes interesadas sobre los posibles beneficios vinculados al desarrollo de normas en este ámbito, como propone la Directiva 2006/123/CE relativa a los servicios en el mercado interior, con el fin de aumentar la calidad de las prestaciones y la competitividad de los servicios europeos,

(27) ALIENTA a los Estados miembros a que den más importancia a la normalización en los programas educativos y los cursos académicos, con el fin de familiarizar a los estudiantes con el interés estratégico y con los retos de la normalización, basándose en las competencias de los organismos de normalización,

(28) RECONOCE la necesidad de que se disponga de recomendaciones estratégicas a medio plazo para la normalización,

(29) SOLICITA a la Comisión Europea que revise el plan de acción para la normalización europea teniendo en mente las presentes conclusiones."

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Iniciativa "Legislar mejor"- Conclusiones del Consejo

En el marco del programa "Legislar mejor", destinado a reducir las cargas administrativas y a mejorar la reglamentación en la UE, el Consejo ha adoptado las conclusiones siguientes:

"(13148/08)"

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Lucha contra la falsificación y la piratería - Resolución del Consejo

El Consejo ha tomado nota de las presentaciones por la Comisión de la comunicación titulada: "Derechos de propiedad industrial: una estrategia para Europa" (12267/08) y del balance del plan de acción de las aduanas en materia de lucha contra la falsificación para el período 2005-2008. Partiendo de dichas presentaciones, el Consejo ha procedido a un cambio de impresiones sobre el tema de la lucha contra la falsificación y la piratería, destacando la necesidad de intensificar la cooperación a escala europea e internacional a fin de frenar dicho fenómeno, que perjudica la competitividad de las empresas.

El Consejo ha adoptado la siguiente resolución sobre un plan europeo global de lucha contra la falsificación y la piratería:

"EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

(1) CONSIDERANDO el informe estratégico de la Comisión1 y el nuevo ciclo de la estrategia de Lisboa renovada para el crecimiento y el empleo (2008-2010) iniciado por el Consejo Europeo del 14 de marzo de 2008;

(30) HACIENDO HINCAPIÉ en el hecho de que la Unión Europea deberá en este marco proseguir sus esfuerzos para reforzar la eficacia del sistema de protección de los derechos de propiedad intelectual para luchar mejor contra la falsificación;

(31) DESTACANDO la necesidad de que se respeten las libertades fundamentales del mercado interior y de que se mejore su funcionamiento;

(32) RECORDANDO el interés, en la lucha contra la falsificación y la piratería, en particular en las fronteras de la Unión Europea, de la armonización de los derechos de propiedad intelectual, en los casos oportunos, y la importancia de los títulos nacionales y comunitarios de propiedad industrial que existen;

(33) CONSIDERANDO los instrumentos comunitarios adoptados para luchar contra la falsificación y la piratería, en particular, la Directiva 2004/48/CE relativa al respeto de los derechos de propiedad intelectual y el Reglamento n.° 1383/2003, relativo a la intervención de las autoridades aduaneras en los casos de mercancías sospechosas de vulnerar determinados derechos de propiedad intelectual;

1 Comunicación de la Comisión al Consejo Europeo "Informe estratégico sobre la estrategia de Lisboa renovada para el crecimiento y el empleo: lanzamiento del nuevo ciclo (2008-2010) Mantener el ritmo del cambio" COM(2007) 803 final.

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(34) CONSCIENTES asimismo de la propuesta modificada de Directiva relativa a las medidas penales destinadas a garantizar el respeto de los derechos de propiedad intelectual;

(35) CONSIDERANDO las iniciativas para luchar contra la falsificación y la piratería desarrolladas en el marco multilateral, en particular en el seno de la Organización Mundial del Comercio (OMC), de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y del G8 (proceso de Heiligendamm);

(36) CONSIDERANDO la Estrategia para garantizar el respeto de los derechos de propiedad intelectual en terceros países1;

(37) CONSIDERANDO el informe de la OCDE sobre las repercusiones económicas de la falsificación y la piratería y, en particular, su estimación del comercio internacional de bienes falsificados o pirateados, evaluado (basándose en las incautaciones aduaneras realizadas en los países de la OCDE), en aproximadamente 200 000 millones de dólares en 2005, lo que indica que el valor total de los intercambios de productos falsificados o pirateados podría superar este importe en varios cientos de miles de millones de dólares, así como su recomendación de que se refuerce la cooperación entre las autoridades públicas y los fabricantes;

(38) CONSCIENTE de la gravedad y de la evolución preocupante del fenómeno de la falsificación y de la piratería, en una economía mundializada, para la competitividad de la Unión Europea, para sus empresas, sus creadores y sus consumidores; consciente de la importancia que alcanza este fenómeno también en la red de Internet; consciente de los riesgos vinculados a la falsificación de productos, que es peligrosa para la salud y la seguridad de los ciudadanos;

(39) DESTACA la importancia que atribuye a la protección de los derechos de propiedad intelectual, elemento fundamental para promover la cultura y su diversidad, así como para explotar la investigación, la innovación y la creación de las empresas europeas, en particular de las PYME, con el fin de apoyar el crecimiento y el empleo en la Unión Europea y de desarrollar la dimensión externa de la competitividad europea;

(40) CONSCIENTE, en este contexto, de la necesidad de dotar a las empresas innovadoras de medios para proteger lo mejor posible sus invenciones y de obtener beneficio de las mismas de manera más eficaz; recuerda el interés de que se disponga de una patente comunitaria y de un sistema judicial para las patentes con el fin de facilitar a los usuarios los medios para lograr que se respeten sus derechos de propiedad intelectual en todo el territorio de la Unión;

1 DO C 129 de 26.5.2005, p. 3.

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(41) DESTACA la necesidad de que se movilicen todos los interesados para reforzar la eficacia del conjunto de los instrumentos de propiedad intelectual y de lucha contra la falsificación y la piratería en el mercado interior y a nivel internacional; recordando que estas actuaciones se enmarcan en el cumplimiento de los derechos fundamentales y de los principios generales del Derecho comunitario, tales como la protección de los datos personales y la protección del derecho de propiedad;

(42) ACOGE favorablemente la Comunicación de la Comisión de 16 de julio de 2008 destinada a aplicar una estrategia de los derechos de propiedad industrial para Europa, en particular, para las cuestiones consagradas al respeto de los derechos de propiedad industrial y del derecho de autor y los derechos conexos:

– las iniciativas aduaneras para luchar contra la falsificación y la piratería en las fronteras y fuera de la Unión Europea;

– las acciones complementarias de las normas legislativas, destinadas a contribuir a un cambio de la percepción del público del fenómeno de la falsificación y de la piratería, a que se progrese en el conocimiento preciso de este fenómeno, a que mejore la cooperación entre el conjunto de las partes implicadas en los Estados miembros, a que se establezca una red eficaz de cooperación administrativa entre los Estados miembros, que permitirá que se lleven a cabo actuaciones de envergadura europea, a que se promuevan acuerdos de asociación entre los sectores público y privado y la celebración de acuerdos entre profesionales a nivel europeo para reducir la piratería y la venta de bienes falsificados en Internet;

– el estudio de las posibilidades de que mejore la ejecución transfronteriza de las sentencias;

– las actuaciones destinadas a que se respeten los derechos de propiedad intelectual en los terceros países, mediante investigaciones regulares, mediante la promoción de una protección eficaz de los derechos en los acuerdos comerciales bilaterales, así como mediante el refuerzo de la cooperación en el marco de diálogos regulares con los Estados terceros, en particular aquéllos en los que se da un importante nivel de falsificación y de piratería;

– los trabajos sobre un acuerdo comercial multilateral de lucha contra la falsificación (ACTA);

(43) SOLICITA a la Comisión que plasme estas orientaciones mediante:

– la creación de un observatorio europeo de la falsificación y la piratería, precisando su método de funcionamiento y los elementos necesarios, incluidos los financieros, para su creación; el observatorio, que deberá apoyarse en las estructuras existentes de la Comisión, deberá permitir que se obtenga, a partir de datos que los sectores público y privado deseen facilitar, una evaluación regular de la magnitud de la falsificación y de la piratería, así como un análisis más preciso de estos fenómenos;

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– la difusión, en particular, por Internet de información sobre el fenómeno de la falsificación y la piratería dirigida a los protagonistas de la lucha contra estos fenómenos;

– el desarrollo de acciones de sensibilización y comunicación dirigidas a los protagonistas de la lucha contra la falsificación y la piratería y a los consumidores, incluidos los más jóvenes, incluso mediante actuaciones llevadas a cabo en una jornada europea de sensibilización a los peligros de la falsificación y mediante la elaboración de guías practicas;

(44) SOLICITA a la Comisión y a los Estados miembros, en el marco de sus competencias respectivas, que apliquen todos los medios adecuados para luchar de manera eficaz contra la falsificación y la piratería, y, en particular, que:

– presenten un plan aduanero de lucha contra la falsificación para los años 2009 a 2012 que favorezca el intercambio de información mediante una plena utilización de los sistemas electrónicos, el desarrollo de la cooperación entre las autoridades interesadas, en particular en la frontera y especialmente con las autoridades aduaneras así como con los titulares de derechos; realicen un inventario de la legislación aplicable en materia aduanera y que evalúen las mejoras que hay que introducir en el marco jurídico con el fin de luchar mejor contra las falsificaciones peligrosas para los consumidores y de permitir que se tome conciencia de los riesgos de este fenómeno;

– establezcan una red de intercambio rápida de información sobre los productos y servicios falsificados, en particular, mediante el refuerzo de la cooperación administrativa transfronteriza basándose en puntos de contactos nacionales y en instrumentos modernos de intercambio de información;

– fomenten la coordinación entre las instituciones implicadas en la lucha contra la falsificación y la piratería, en particular, mediante intercambios de buenas prácticas entre las administraciones nacionales;

– estudien la eficacia del marco jurídico para hacer que se respeten los derechos de propiedad intelectual;

– presenten propuestas adecuadas para favorecer asociaciones entre sector público y sector privado para luchar contra la falsificación y la piratería, para recomendar buenas prácticas relativas, en particular, a la venta en Internet y para promover la colaboración entre profesionales;

– refuercen la protección de los derechos de propiedad intelectual a nivel internacional: fomenten, en los acuerdos bilaterales y multilaterales celebrados por la Unión Europea, la incorporación de medidas relativas a estos derechos en cumplimiento del acervo comunitario y contribuyan al respeto de dichas medidas; participen activamente en las negociaciones para la celebración de un acuerdo comercial multilateral de lucha contra la falsificación, especialmente intentando obtener la creación, en su momento, de un grupo operativo encargado de estudiar la aplicación del acuerdo; promuevan este tema en el diálogo entre la Unión Europea y los terceros países y en el marco de las medidas de cooperación con los terceros países."

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Política Espacial Europea: Quinto Consejo "Espacio" - Resolución del Consejo

Se ha celebrado la quinta sesión del Consejo "Espacio"1, con la presencia de los Ministros encargados del espacio a escala de la Unión Europea y de la Agencia Espacial Europea.

Ha estado presida conjuntamente por D.ª Valérie Pécresse, Ministra de Enseñanza Superior e Investigación de Francia y Presidenta en ejercicio del Consejo de la UE, y por D.ª Maria Van Der Hoeven, Ministra de Economía de los Países Bajos y actual Presidenta del Consejo de la Agencia Espacial Europea.

También ha tomado parte en la reunión D. Jean-Jacques Dordain, Director General de la Agencia Espacial Europea.

El Comisare Günther Verheugen, Vicepresidente de la Comisión Europea, ha presentado el balance intermedio de la aplicación de la política espacial europea (12992/08).

Tras un cambio de impresiones, y con la aprobación previa del Consejo "Espacio", se ha adoptado la siguiente resolución2:

"EL CONSEJO

CONSIDERANDO el Acuerdo marco entre la Comunidad Europea y la Agencia Espacial Europea, que entró en vigor en mayo de 2004, y la cooperación cada vez mayor entre ambas partes,

RECORDANDO las orientaciones impartidas por el Consejo "Espacio" en sus sesiones de los días 25 de noviembre de 2004, 7 de junio de 2005 y 28 de noviembre de 2005,

DESTACANDO la resolución del Consejo "Espacio" de 22 de mayo de 2007, que acogía favorablemente y apoyaba la Política Espacial Europea estableciendo la base de las políticas del espacio en Europa,

OBSERVANDO que la resolución invitaba a la Comisión Europea, al Director General de la Agencia Espacial Europea y a la Unión Europea y los Estados miembros de la Agencia Espacial Europea a efectuar un seguimiento y una evaluación de la aplicación de las medidas dentro del ámbito de aplicación del Acuerdo Marco, en particular la aplicación de las temáticas principales definidas en los anexos de la resolución,

1 Un acuerdo entre la UE y la Agencia Espacial Europea, en vigor desde mayo de 2004, facilita una base común para la definición de una política europea del espacio. El acuerdo prevé reuniones periódicas, conjuntas y concomitantes del Consejo de la UE y del Consejo de la Agencia Espacial Europea a nivel ministerial, en el marco de un Consejo "Espacio", a fin de coordinar y facilitar las actividades de cooperación.

2 La resolución ha sido aprobada por el Consejo "Espacio" y adoptada formalmente por las dos organizaciones siguiendo sus propios procedimientos internos.

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OBSERVANDO que los Estados miembros, basándose en el plan de aplicación de la Política Espacial Europea han reconocido como prioritarios dos ámbitos de acción programáticos que son la aplicación con éxito tanto de Galileo como de la GMES (Vigilancia Mundial del Medio Ambiente y la Seguridad) así como una serie de aspectos horizontales,

RECONOCIENDO el importante avance realizado en estos ámbitos que se refleja en el informe de situación conjunto Agencia Espacial Europea-CE, y ACOGIENDO FAVORABLEMENTE los avances realizados en el establecimiento de una estrategia de relaciones internacionales para el espacio en Europa,

REAFIRMA en este contexto la importancia de que Europa mantenga un acceso autónomo al espacio, un programa científico de nivel mundial, sus servicios pioneros de aplicaciones por satélite en la meteorología operativa y las comunicaciones comerciales así como un una base tecnológica sólida e innovadora,

DESTACA la importancia de fortalecer la coordinación CE-Agencia Espacial Europea en los programas de desarrollo de tecnología espacial, en particular en las tecnologías espaciales determinantes para la no dependencia estratégica de Europa,

RECUERDA los debates entre los ministros europeos responsables del espacio en su reunión informal de Kourou, el puerto espacial de Europa, los días 21 y 22 de julio de 2008,

I – Una perspectiva para Europa en el espacio

RECONOCIENDO que la política espacial europea estableció la perspectiva del fortalecimiento de Europa como líder espacial de categoría mundial respondiendo a las necesidades de las políticas y objetivos europeos, en términos de aplicaciones, servicios e infraestructuras correspondientes, contribuyendo a su influencia social, cultural, económica y científica, desarrollando su potencial industrial y científico y garantizando su autonomía política y tecnológica de manera razonada, coherente y realista;

RECONOCIENDO que esta política, basada en la Unión Europea, la Agencia Espacial Europea y sus respectivos Estados miembros que participan en el Programa Espacial Europeo, debería seguir aplicándose y desarrollándose, manteniendo objetivos ambiciosos dentro de las capacidades disponibles para la investigación y las aplicaciones operativas;

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PONIENDO DE RELIEVE que todas las actividades espaciales europeas contribuyen a los objetivos del Tratado de las Naciones Unidas sobre el Espacio Ultraterrestre y respetan plenamente los principios en él establecidos, en particular:

• la exploración y utilización del espacio ultraterrestre en provecho y en interés de todos los países y el reconocimiento de que el espacio ultraterrestre incumbe a toda la humanidad

• la utilización del espacio ultraterrestre con fines pacíficos; • el fomento de la cooperación internacional en la exploración y la utilización del

espacio ultraterrestre;

y que Europa apoya los esfuerzos en curso de la Comisión sobre la Utilización del Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos (COPUOS) en relación con la reducción y la prevención de los desechos espaciales;

SUBRAYANDO la importancia de reforzar el apoyo público al desarrollo de las tecnologías espaciales, garantizando la complementariedad de las acciones y la maximización de las sinergias con aspectos distintos del espacio;

RECONOCIENDO que la Unión Europea, la Agencia Espacial Europea y sus Estados miembros respectivos son los tres actores clave de la política espacial europea, y DESTACANDO que la Unión Europea está asumiendo responsabilidades cada vez mayores en cuestiones espaciales, especialmente en relación con las aplicaciones espaciales, en coherencia con las que le corresponden como actor global y que está aportando un valor añadido a la Agencia Espacial Europea y a los Estados miembros respetando al mismo tiempo los papeles y las responsabilidades de cada uno de ellos;

CONSIDERANDO que, en estas condiciones y dentro del marco de la política espacial europea, la Unión Europea, así como la Agencia Espacial Europea y sus Estados miembros respectivos, son actores principales en el espacio, y que desarrollarán la posición de Europa como potencia espacial de primer orden en el escenario internacional. En este contexto, DEFINE los siguientes aspectos que deben abordarse:

• Conforme a la estrategia de relaciones internacionales, fomentar un planteamiento coherente de cooperación internacional en programas espaciales dada su naturaleza mundial, al tiempo que se reconoce que Europa debería ser capaz de hacer frente a la competencia mundial. La exploración del sistema solar, el entorno terrestre y el desarrollo sostenible son los ámbitos prioritarios para llevar a cabo la cooperación internacional;

• Garantizar para todos los Estados miembros de la Unión Europa y de la Agencia Espacial Europea un acceso abierto y equitativo a los beneficios de las actividades espaciales en términos de políticas públicas, datos científicos, desarrollo tecnológico, actividades industriales y servicios;

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• Fortalecer los actuales mecanismos de coordinación de la capacidad técnica y las inversiones europeas en materia espacial con financiación de la Comunidad y fuentes intergubernamentales y nacionales así como establecer mecanismos para mejorar las sinergias entre los programas espaciales civil y de defensa, respetando los requisitos específicos de ambos sectores, incluidas sus competencias de decisión y sus sistemas de financiación;

• Garantizar la continuidad de un acceso al espacio autónomo, fiable y económicamente viable en condiciones asequibles para la Unión Europea, la Agencia Espacial Europea y sus Estados miembros respectivos, basándose tanto en la disponibilidad de una serie de lanzadores de nivel mundial adecuados y competitivos como de un puerto espacial europeo operativo;

• Federar en toda la Unión Europa, sobre la base de las necesidades políticas de la misma, de la AEE y de los Estados miembros de la Unión Europa, la demanda de aplicaciones espaciales de todos ellos, mediante un procedimiento transparente que permita a la Unión Europa determinar las necesidades de los usuarios, establecer prioridades y garantizar la continuidad de los servicios. El mantenimiento de las herramientas necesarias para la prestación de estos servicios, incluida su financiación, debería llevarse a cabo cuando sea necesario en colaboración con las partes interesadas y los operadores;

• Fomentar el desarrollo de un marco reglamentario apropiado para facilitar la rápida creación de servicios posteriores innovadores y competitivos, en particular con el objetivo de garantizar un acceso permanente al espectro a todas las aplicaciones basadas en el espacio;

• Organizar la gobernanza del espacio de conformidad con la resolución del cuarto Consejo "Espacio" y con las ambiciones políticas de la Unión Europa, la Agencia Espacial Europea y sus Estados miembros respectivos, en particular la optimización del proceso de toma de decisiones en el ámbito espacial en el Consejo de la Unión Europea así como en otras instituciones de la misma;

• Desarrollar unos instrumentos y sistemas de financiación de la Unión Europa adecuados, teniendo en cuenta las especificidades del sector espacial, la necesidad de fortalecer su competitividad global e industrial y la necesidad de una estructura industrial equilibrada; y permitir un desarrollo comunitario adecuado a largo plazo para la investigación relacionada con el espacio y para el funcionamiento de aplicaciones sostenibles basadas en el espacio en beneficio de Europa y de sus ciudadanos, en particular estudiando todas las consecuencias de la política espacial dentro del marco de las próximas perspectivas financieras;

• Reforzar la cooperación con los países en desarrollo;

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SUBRAYA el valor añadido para los ministros responsables del espacio de la UE y de los Estados miembros de la AEE de reunirse con la frecuencia que sea conveniente a fin de tratar las principales cuestiones políticas basándose en un programa de trabajo adecuado.

II – Prioridades actuales

ACOGE FAVORABLEMENTE los siguientes avances significativos de los programas Galileo y GMES:

• el lanzamiento con éxito y la validación en órbita de GIOVE-B, que permite la demostración de nuevas tecnologías decisivas que son necesarias para el funcionamiento del sistema Galileo;

• las conclusiones del Consejo de la Unión Europea de noviembre de 2007 y la ulterior adopción por parte del Parlamento Europeo y del Consejo del Reglamento sobre la futura aplicación de los programas GNSS europeos, que aclaran la gobernanza pública de la fase de despliegue de Galileo y las operaciones EGNOS así como las consecuencias de las acciones para la financiación de Galileo;

• la decisión de los Estados miembros de la Agencia Espacial Europea de poner en marcha el componente espacio del programa GMES; la celebración del acuerdo CE-Agencia Espacial Europea por el que se aporta la contribución de la Comunidad a este programa y la aportación

• por parte de la CE de una financiación operativa inicial mediante la aplicación de una acción preparatoria GMES en 2008;

• la demostración en el foro GMES de Lille de servicios preoperativos de la GMES;

• el inicio de la asociación entre la GMES y África mediante el "proceso de Lisboa sobre la GMES y África" a fin de servir a los usuarios africanos;

• la propuesta sobre la arquitectura fundamental de la GMES descrita en el plan de acción de

Munich;

REAFIRMA la permanente prioridad de realizar con rapidez tanto Galileo como la GMES.

A. GALILEO

RECONOCIENDO que Galileo constituye el primer programa espacial de bandera de la Unión Europea;

INVITA a la Comisión a que estudie y analice las dificultades del pasado a fin de cosechar plenamente los beneficios de esta experiencia;

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ESPERA CON INTERÉS la creación del panel interinstitucional de Galileo;

SUBRAYA la necesidad de una mayor coordinación entre la Comisión Europea, la Agencia Espacial Europea y sus Estados miembros respectivos, en relación con la investigación y desarrollo sobre sistemas, servicios y aplicaciones de navegación por satélite;

DESTACA la continua cooperación con socios internacionales sobre cuestiones de compatibilidad e interoperatividad de sistemas;

INVITA a la Comisión a abordar los aspectos jurídicos del hecho de que la Comunidad Europea se convierta en propietaria de los activos tangibles e intangibles por ella financiados en relación con las aplicaciones espaciales, tales como los de los programas Galileo y EGNOS, en particular en lo que se refiere a los aspectos de responsabilidad.

B. GMES

RECORDANDO que la GMES es una iniciativa impulsada por el usuario que debería maximizar el uso de los centros, las capacidades y los servicios de observación terrestre tanto espaciales como no espaciales que existen actualmente en Europa, incluidos EUMETSAT, el Centro de Satélites de la Unión Europea…;

DESTACA que las infraestructuras de observación terrestre in situ apoyadas por los Estados miembros, junto con las infraestructuras de observación espacial representan una contribución de primer orden a las capacidades de observación terrestre y deberían ponerse a disposición de la GMES de manera permanente;

DESTACA que la continuidad de los datos y del servicio es indispensable y que dicha continuidad debe estar garantizada por la Unión Europea, en particular mediante una financiación a largo plazo basada en asociaciones para los diversos componentes de la GMES;

REAFIRMA el papel de la Agencia Espacial Europea como organismo de desarrollo y de adquisición para las misiones específicas Sentinel de la GMES, y como coordinador del conjunto del componente espacial de la GMES, incluidas las contribuciones de los Estados miembros, EUMETSAT y otros socios de la GMES;

INVITA a la Comisión a que defina un marco jurídico y una política de datos adecuados para la GMES, con participación, cuando proceda; de la Secretaría General del Consejo y a que estudie las implicaciones de la certificación de los datos captados a distancia mediante satélite;

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DESTACA que muchos de los servicios de información de la GMES tienen naturaleza de bien público europeo y deben ponerse a disposición conforme a un principio de acceso pleno y abierto sometido a algunas limitaciones tales como la seguridad;

RECONOCE la necesidad de elaborar un plan de acción que conduzca a la creación de un programa GMES de la UE destinado a garantizar la continuidad de los servicios de la GMES y de los datos de observación vitales que estos requieren. Este plan de acción debería incluir:

• un planteamiento sobre el conjunto de la gobernanza de la GMES y sus componentes que identifique a los actores pertinentes junto con su papel y responsabilidades y que esté basado en una serie de asociaciones de la GMES así como en dispositivos para una adecuada participación de los Estados miembros de la Agencia Espacial Europea que no son miembros de la Unión Europea;

• un plan de financiación sostenible de la GMES basado en una evaluación de las necesidades globales de financiación de la GMES y la definición de la estrategia presupuestaria a niveles nacional y europeo, teniendo en cuenta las tres fases sucesivas: fase de investigación y desarrollo financiada mediante créditos de investigación y desarrollo, fase de transición con financiación para investigación y desarrollo y operativa, fase operativa con financiación específica para operaciones que impliquen a los usuarios;

• la definición de mecanismos de prestación de servicios operativos para cada servicio de la GMES, incluida la identificación de sus operadores;

• la definición entre la Unión Europea y los Estados miembros de un procedimiento para formalizar sus compromisos y contribuir a la GMES mediante las infraestructuras existentes de observación sobre el terreno y de servicios;

• la determinación del papel de la iniciativa GEO y otras iniciativas intergubernamentales o multilaterales tales como CEOS en el acceso a toda la gama de datos disponibles así como la contribución de la GMES a estos esfuerzos internacionales;

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• un proceso para establecer una política global de datos para todos los datos generados por el sistema de la GMES, incluidos el etiquetado apropiado y una política de seguridad de los datos que garantice de que todos datos sensibles estén completamente protegidos y se mantengan confidenciales.

ACOGE FAVORABLEMENTE

• la propuesta de la Comisión Europea de una nueva acción preparatoria en el anteproyecto de presupuesto para 2009 que allana el camino a una futura financiación de la fase operativa de la GMES;

• la intención de la Comisión de abordar todas estas cuestiones en una comunicación adoptada antes del finales del mes de octubre 2008, previa consulta con las principales partes interesadas, acordando en particular con la Agencia Espacial Europea un planteamiento programático global para el componente espacial de la GMES;

• la intención de la DG AEE, previa consulta con los Estados miembros de la Agencia Espacial Europea y la Comisión, de presentar una propuesta para el programa relativo al segmento 2 del componente espacial de la GMES con vistas a su aprobación por el Consejo Agencia Espacial Europea a nivel ministerial de noviembre de 2008.

III – �uevas prioridades de la política espacial europea

DESTACA que el Consejo Europeo acogió favorablemente el 14 de marzo de 2008 el informe conjunto del Alto Representante y de la Comisión Europea sobre cambio climático y seguridad internacional que recordaba en particular que la mayoría de las peticiones urgentes de ayuda humanitaria por parte de las Naciones Unidas en 2007 estaban relacionadas con el clima e identificaba el efecto multiplicador del cambio climático sobre los riesgos de seguridad;

RECUERDA que el Consejo Europeo pidió al Consejo de la Unión Europea que presentara recomendaciones sobre medidas consecutivas adecuadas en este terreno;

DEFINE a continuación los cuatro ámbitos prioritarios en la aplicación de la política espacial europea para el próximo período.

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A. ESPACIO Y CAMBIO CLIMÁTICO

CONSIDERANDO que los desafíos climáticos a que hace frente la humanidad constituyen una preocupación mundial y que la UE está adaptando su política para hacerles frente;

DESTACA el objetivo de mejorar la comprensión cualitativa y cuantitativa de la extensión del cambio climático y de sus consecuencias y la necesidad de proseguir y expandir las contribuciones europeas a esta comprensión y la elaboración de modelos correspondientes a fin de aportar las pruebas que sirvan de base a las decisiones clave que deben adoptarse en materia de política ambiental;

RECONOCE la contribución única que aportan los programas espaciales, los cuales, mediante su capacidad de observación mundial y su cobertura a largo plazo, proporcionan las series de datos que necesita la comunidad científica para la investigación del cambio climático, complementando a la vez otros instrumentos de observación y de medida;

RECONOCE la contribución del programa Living Planet de la Agencia Espacial Europea y de las misiones espaciales nacionales sobre ciencia de la tierra, de los programas operativos EUMETSAT y de la infraestructura del componente espacial de la GMES para recopilar observaciones que permitan a Europa derivar series cronológicas de parámetros climáticos y comprender los principales procesos climáticos;

APELA a la comunidad científica para que, en conjunción con la Comisión Europea, la Agencia Espacial Europea y EUMETSAT, defina de qué modo el conjunto de servicios de la GMES y los archivos de observación espacial europeos pueden contribuir de la manera más eficaz a suministrar datos que incluyan variables climáticas esenciales para la investigación científica;

INVITA a la Comisión a que lleve a cabo un estudio para evaluar las necesidades con vistas a un pleno acceso a datos normalizados y a una mayor capacidad de computación para satisfacer estas necesidades, teniendo en cuenta las capacidades existentes y las redes constituidas en Europa;

ACOGE FAVORABLEMENTE la preparación conjunta por parte de la Agencia Espacial Europea y EUMETSAT de una propuesta de programa para un Meteosat de tercera generación (MTG) que se presentará al Consejo de la Agencia Espacial Europea de nivel ministerial en noviembre de 2008 y posteriormente al Consejo EUMETSAT; aunque su principal papel está en la meteorología operativa, MTG también contribuirá a la GMES, al seguimiento del clima y por consiguiente a la detección del cambio climático mundial.

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B. CO�TRIBUCIÓ� DEL ESPACIO A LA ESTRATEGIA DE LISBOA

DESTACA que el espacio como ámbito de I+D de alta tecnología y mediante la explotación económica de su resultados puede contribuir a alcanzar los objetivos de Lisboa y con ello a responder a las ambiciones económicas, educativas, sociales y medioambientales de la UE así como las expectativas de sus ciudadanos, alcanzándose de este modo los objetivos en materia de crecimiento y empleo proporcionando nuevas oportunidades de negocio y soluciones innovadoras para distintos servicios en toda Europa, y contribuyendo así a la cohesión territorial;

CONSIDERA que, con la adopción por parte del Parlamento Europeo y del Consejo el 18 de diciembre de 2006 del Séptimo Programa Marco comunitario de investigación, desarrollo tecnológico y demostración y su nuevo capítulo temático dedicado al espacio como parte del programa específico de cooperación, el espacio ha sido reconocido por la UE como una de las prioridades y de los pilares de la sociedad del conocimiento europea;

SUBRAYA que se espera que las aplicaciones espaciales tales como las telecomunicaciones por satélite, los sistemas EGNOS y Galileo y la GMES creen importantes oportunidades de mercado a nivel mundial especialmente para la pequeña y mediana empresa, mediante el desarrollo de servicios posteriores con valor añadido, y que la Unión Europea, la Agencia Espacial Europea y sus Estados miembros respectivos deben por consiguiente maximizar el valor que obtienen de estos activos espaciales. Este crecimiento debería ser fomentado para acelerar el surgimiento de oportunidades económicas y el desarrollo de servicios que integren de manera coherente los sistemas de navegación, observación y comunicación por satélite, combinándolos con las redes terrestres. Para conseguir esto se requiere un marco reglamentario adecuado, un acceso constante al espectro radioeléctrico para aplicaciones espaciales y el desarrollo de normas en las áreas pertinentes;

TOMA NOTA de que, por consiguiente, podría estudiarse la conveniencia de integrar las actividades espaciales en la iniciativa sobre mercados pioneros.

C. ESPACIO Y SEGURIDAD

DESTACA la importante contribución del espacio a la PESC/PESD, incluidas las misiones de Petersberg, y por consiguiente a la seguridad de la ciudadanía europea;

RECUERDA que los activos espaciales se han hecho indispensables para nuestra economía y que debe garantizarse su seguridad; destaca la necesidad de que Europa, conforme a su ambición de fortalecer su estatuto de líder espacial de categoría mundial, desarrolle una capacidad operativa europea para el seguimiento y la vigilancia de su infraestructura espacial y de los desechos espaciales, basada inicialmente en los activos nacionales y europeos existentes, aprovechando las relaciones que pueden establecerse con otros países socios y sus capacidades;

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CONSIDERA que, teniendo en cuenta el carácter internacional y político de esta capacidad, la Unión Europea asumirá, en conexión con la Agencia Espacial Europea y sus Estados miembros respectivos, un papel activo en la creación progresiva de esta capacidad y de una estructura de gobernanza adecuada;

DESTACA la necesidad de que Europa posea la capacidad de detectar incumplimientos en la aplicación de tratados internacionales y de sus obligaciones, lo que constituye un instrumento clave para salvaguardar y fomentar los valores europeos;

ACOGE favorablemente la creación, dentro de los poderes de decisión y de los regímenes de financiación del marco existente, de un diálogo estructurado entre actores institucionales europeos en respuesta a la resolución del Consejo "Espacio" de 2007, con el objetivo de lograr un importante incremento de la coordinación de las actividades relacionadas con el espacio, la seguridad y la defensa, incluyendo a la Comisión Europea, la Secretaría General del Consejo, la Agencia Europea de Defensa, la Agencia Espacial Europea y los Estados miembros;

RECORDANDO que la GMES se basa en algunas capacidades de observación de doble uso y que Galileo, la GMES y los sistemas de comunicaciones por satélite proporcionarán servicios que pueden ser de interés para determinadas aplicaciones de seguridad;

RECONOCE que los usos que haga cualquier usuario militar de Galileo o de la GMES deben ser coherentes con el principio de que Galileo y la GMES son sistemas civiles bajo control civil, y por lo tanto que cualquier cambio en este principio requeriría el examen en el marco del Título V del Tratado de la Unión Europea y en especial de sus artículos 17 y 23, así como en el marco del Convenio de la Agencia Espacial Europea;

DESTACA LA NECESIDAD DE:

• definir el modo y los medios de mejorar la coordinación de los programas espaciales civil y de defensa en dispositivos a largo plazo;

• desarrollar una capacidad para responder a las necesidades del usuario europeo en materia de conocimiento global de la situación del entorno espacial mediante una actividad coordinada dentro de Europa y, posiblemente, con otros socios;

• reconocer la dependencia de Europa con respecto a los suministradores externos en relación con determinadas tecnologías y componentes espaciales de decisiva importancia, de establecer estrategias de reducción para garantizar el acceso de Europa y de adoptar medidas prácticas para seguir reduciendo la dependencia de Europa;

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DESTACA las ventajas de aprovechar las actuales capacidades e infraestructuras tanto a nivel nacional como europeo;

TOMA NOTA de la intención del Director General de Agencia Espacial Europea de presentar una propuesta de programa sobre conocimiento situacional del espacio con vistas a su aprobación en el Consejo de la Agencia Espacial Europea a nivel ministerial en noviembre de 2008, sentando así la base de la capacidad operativa y respetando los papeles de la Agencia Europea de Defensa y de los Estados miembros de la UE y la Agencia Espacial Europea.

D. EXPLORACIÓ� DEL ESPACIO

ACOGE favorablemente el éxito del lanzamiento del laboratorio Columbus de la Agencia Espacial Europea y el éxito en las demostraciones del vehículo automático de traslado "Jules Verne" como genuinos proyectos de desarrollo de tecnología europea y elementos decisivos para garantizar el acceso europeo a la Estación Espacial Internacional (ISS) y su uso permanente;

AFIRMA que la exploración del espacio constituye un esfuerzo político y mundial y que Europa debería emprender su actuación en el marco de un programa a escala mundial sin ningún monopolio ni apropiación por un solo país; los distintos actores participarán con sus propias capacidades y prioridades;

DESTACA la necesidad de que Europa desarrolle una perspectiva común y una planificación estratégica a largo plazo para la exploración, que garantice posiciones clave para Europa basadas, por consiguiente, en sus ámbitos de excelencia; de este modo el necesario diálogo político con los demás Estados participantes en el programa mundial de exploración deberá ser continuado y promovido por la Unión Europea, la Agencia Espacial Europea y sus Estados miembros respectivos, cada uno dentro de su papel, en estrecha coordinación mutua;

ACOGE favorablemente la propuesta de la Comisión de organizar una conferencia política de alto nivel sobre una perspectiva mundial a largo plazo para la exploración del espacio, que inicie un debate público sobre el papel de Europa en este esfuerzo mundial, basada en los estudios preparatorios oportunos coordinados por la Agencia Espacial Europea a fin de evaluar los ámbitos de excelencia europeos, y de elaborar distintas hipótesis para una contribución europea con sus correspondientes costes y planificación;

TOMA NOTA de la Estrategia de Exploración Global destacando la coordinación mundial de los planes de las principales potencias para la exploración humana y robótica, incluida la posibilidad en una fase ulterior de una expedición humana a Marte;

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AFIRMA que Europa, aprovechando su satisfactorio historial de exploración a lo largo de varias décadas, de la que la ciencia ha sido el motor principal, está comprometida a desempeñar un papel importante en el empeño internacional de explorar el sistema solar y de desarrollar un profundo conocimiento de las condiciones para que la vida funcione fuera de nuestro planeta y RECONOCE el hecho de que Europa sólo podrá convertirse en un pilar fundamental de estas actividades mediante una inversión constante;

ES CONSCIENTE de que las tecnologías que deben desarrollarse han de evaluarse atentamente con vistas a la toma de decisiones clave y destaca que estas tecnologías podrán tener una repercusión duradera sobre la percepción de las capacidades científicas y tecnológicas europeas en el mundo y la percepción de sí mismos que tienen los ciudadanos europeos;

DESTACA el valor de la exploración espacial para inspirar a los jóvenes europeos en la elección de una carrera en la ciencia y la tecnología y para fortalecer estas capacidades en Europa."

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�anociencias y nanotecnologías - Conclusiones del Consejo

El Consejo ha adoptado las conclusiones siguientes sobre la investigación responsable en materia de nanociencias y nanotecnologías:

"EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

RECORDANDO sus conclusiones de 24 de septiembre de 2004 tituladas "Hacia una estrategia europea para las nanotecnologías" y de 23 de noviembre de 2007 sobre las nanociencias y las nanotecnologías 1;

TOMANDO NOTA de la Recomendación de la Comisión, de 7 de febrero de 2008, sobre un código de conducta para una investigación responsable en materia de nanociencias y nanotecnologías 2 (en lo sucesivo, "la Recomendación"), y de la comunicación de la Comisión, de 17 de junio de 2008, sobre los aspectos reglamentarios de los nanomateriales 3;

REAFIRMANDO:

– la función y el potencial importantes de las nanociencias y las nanotecnologías ("N+N") en numerosos ámbitos, como su la asistencia sanitaria, las tecnologías de la información, las ciencias de materiales, la fabricación, la instrumentación, la energía, el medio ambiente, la seguridad y el espacio;

– que el papel de las nanociencias y las nanotecnologías es crucial para la mejora de la competitividad de Europa y la calidad de vida de sus ciudadanos, y para alcanzar los objetivos económicos, sociales y medioambientales de la Estrategia de Lisboa renovada;

– que resulta esencial el desarrollo seguro y responsable de las nanotecnologías;

– la necesidad de fomentar las sinergias y la cooperación entre todas las partes interesadas, incluidos los Estados miembros, la Comisión Europea, el mundo académico, los centros de investigación, la industria, los organismos financieros, las ONG y la sociedad en general;

(1) RECONOCE los progresos realizados en Europa en el ámbito de la investigación sobre N+N y su contribución al desarrollo armonioso y coherente del Espacio Europeo de Investigación (EEI) y DESTACA la necesidad de intensificar los esfuerzos de investigación en dicho sector teniendo en cuenta tanto los beneficios socioeconómicos de dichas investigaciones como la necesidad de gestionar los riesgos sanitarios y ambientales que pudieran derivarse;

1 Docs. 12898/04 y 15967/1/07. 2 DO L 116 de 30.4.2008, pp. 46. 3 Doc. 11010/08.

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(45) TOMA NOTA de que los principios reconocidos en los que se funda la investigación responsable, incluidos los principios éticos, son aplicables asimismo a todas las actividades de investigación y, aunque reconoce el principio de libertad científica, toma asimismo nota de que el carácter innovador y las particularidades de determinados ámbitos de investigación, como las N+N, merecen al respecto una atención especial;

(46) TOMA NOTA de la comunicación de la Comisión, de 17 de junio de 2008, sobre los aspectos reglamentarios de los nanomateriales, en la que se examina la legislación vigente, y se concluye, en particular, que "en principio, la legislación actual abarca los riesgos potenciales para la salud, la seguridad y el medio ambiente asociados a los nanomateriales. La protección de la salud, la seguridad y el medio ambiente debe impulsarse ante todo mejorando la aplicación de la legislación vigente";

(47) RECONOCE que deben adoptarse medidas de prevención y gestión de los riesgos potenciales basándose en los principios generales de gestión de riesgos (proporcionalidad, no discriminación, coherencia), incluido el principio de precaución, y en un seguimiento especialmente atento y activo de los resultados de la investigación científica en dicho ámbito; ACOGE con satisfacción el planteamiento propuesto en la comunicación de la Comisión del 17 de junio de 2008 de mejorar la base de conocimientos en las evaluaciones y la gestión de riesgos;

(48) ANIMA a desarrollar actividades de investigación en los ámbitos que fundamentan la evaluación y la gestión de riesgos y la profundización de los conocimientos científicos en todos los ámbitos necesarios para determinar los riesgos potenciales de los nanoobjetos y las nanopartículas para la salud humana y el medio ambiente (incluidas la comprensión de los procesos biológicos fundamentales, la toxicología, la ecotoxicología y la metrología aplicables a los nanoobjetos y las nanopartículas, tanto naturales como resultantes de la actividad humana), y CONSIDERA que los resultados de dichas actividades de investigación deberían llevar a establecer métodos de detección validados para los productos resultantes de las nanotecnologías que puedan producir, directa o indirectamente, un efecto perjudicial potencial para la salud humana o animal;

(49) DESTACA que, en el ámbito de la investigación sobre N+N, la protección de los investigadores y trabajadores potencialmente expuestos a los nanoobjetos y nanopartículas precisa de una atención y esfuerzos especiales;

(50) ANIMA a proseguir un diálogo internacional, en particular en el marco de los trabajos de la OCDE, destinado a definir un marco internacional de directrices para la investigación sobre N+N, con el objetivo de facilitar la cooperación internacional en dicho ámbito, permitiendo en particular que la totalidad de los actores disponga de normas y de una terminología comunes, tanto a escala local como internacional;

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(51) INVITA a los Estados miembros y los demás asociados implicados a que tomen nota de la Recomendación de la Comisión a la luz de lo anteriormente expuesto;

(52) INVITA a la Comisión a que:

– prosiga sus esfuerzos en materia de apoyo a la investigación sobre N+N en Europa y de seguimiento de esa clase de actividades en el mundo entero, con el fin de fomentar la competitividad europea en dicho ámbito, mejorar la seguridad de los investigadores, trabajadores y consumidores, así como proteger el medio ambiente, y determinar las buenas prácticas de gobernanza o de carácter reglamentario para la gestión de riesgos;

– fomente el debate público y favorezca la concienciación pública a través de la difusión de información relacionada con la investigación sobre N+N;

– recoja información sobre las prácticas de los Estados miembros y los demás asociados implicados en materia de investigación responsable sobre N+N, teniendo especialmente en cuenta la necesidad de un desarrollo coherente y equitativo de dichas prácticas en Europa;

– revise y, en su caso, modifique de aquí a febrero de 2010, y posteriormente de forma periódica, en estrecha consulta con los Estados miembros, su Recomendación teniendo en cuenta las consideraciones arriba expuestas y la situación de la competitividad europea en las nanociencias y las nanotecnologías y la evolución producida en dicho ámbito a escalas europea y mundial, e informe posteriormente de forma periódica al Consejo y al Parlamento Europeo;

– tome parte en el trabajo realizado en el marco de las organizaciones internacionales pertinentes en lo que respecta a la terminología aplicable a las nanotecnologías a fin de garantizar en dicho ámbito una coherencia entre el nivel europeo y el mundial."

25.-26.IX.2008

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Carrera y movilidad de los investigadores - Conclusiones del Consejo

El Consejo ha adoptado las conclusiones siguientes con objeto de favorecer las carreras y la movilidad de los investigadores en Europa:

"12854/08"

25.-26.IX.2008

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Lucha contra el Alzheimer y las enfermedades neurodegenerativas - Conclusiones del Consejo

El Consejo ha adoptado las conclusiones siguientes:

"EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

RECORDANDO

– las prioridades de IDT en el 5.º y 6.º Programas Marco de la Comunidad Europea para actividades de investigación, desarrollo tecnológico y demostración (PMIDT) referentes a los estudios sobre las enfermedades y trastornos en la población de edad avanzada, entre los que figura la enfermedad de Alzheimer;

– la prioridad temática "Salud" del Programa específico "Cooperación" por el que se aplica el 7.º programa Marco (2006-2013)1, incluidas las actividades de investigación de translación al servicio de la salud humana orientadas a la investigación sobre el cerebro y sus patologías, en particular las enfermedades vinculadas al envejecimiento cerebral;

– el objetivo estratégico de promover la buena salud en una Europa que envejece, establecido sobre la base del Libro Blanco de la Comisión "Juntos por la salud: un planteamiento estratégico para la UE (2008-2013)"2, que destacó la necesidad de que se intensifique la investigación para los cuidados paliativos y para un mejor conocimiento de las enfermedades neurodegenerativas;

(1) RECONOCE los retos que plantean las enfermedades neurodegenerativas, en las que el aumento del número de casos diagnosticados está estrechamente vinculado al envejecimiento de la población europea; CONSIDERA que las exigencias son de gran envergadura, tanto en términos de sufrimiento humano, como de carga social y sanitaria, además de la complejidad de las respuestas preventivas o curativas que deben darse a este tipo de enfermedades. La preponderancia de la enfermedad de Alzheimer debe destacarse muy especialmente en la medida en que representa un 70% de los casos de demencia;

(2) RECONOCE la necesidad de comprender, detectar, prevenir y combatir mejor los mecanismos fundamentales que conducen al desencadenamiento de las enfermedades neurodegenerativas, en particular la enfermedad de Alzheimer, apoyando la investigación en este ámbito, así como la necesidad de mejorar los servicios asistenciales destinados a las personas que sufren estas enfermedades;

1 DO L 400 de 30.12.2006, p. 86. 2 Doc. 14689/07.

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(3) CONSIDERA que es necesario reforzar de manera significativa en Europa la cooperación y la coordinación de los esfuerzos de investigación, el nivel de inversión financiera en este sector, y el grado de movilidad de los investigadores, con el fin de luchar contra las enfermedades neurodegenerativas, en particular la enfermedad de Alzheimer, que se han convertido en un reto de primer orden al que deben enfrentarse las sociedades europeas;

(4) TOMA NOTA de las distintas iniciativas comunitarias ya existentes y que deberán proseguirse, tales como la iniciativa tecnológica conjunta sobre medicamentos innovadores "IMI", el programa común de investigación y desarrollo titulado "Vida cotidiana asistida por el entorno", los planes ERA-NET "NEURON" y ERA-NET "ERA-AGE", en los que ya participan 12 Estados miembros, la red de excelencia "NeuroNE", así como los demás proyectos referentes a la neurología financiados en el marco del 7.º PMIDT, y SOLICITA a la Comisión que siga facilitando información actualizada sobre los resultados científicos de estas iniciativas;

(5) TOMA NOTA de la Comunicación de la Comisión "Hacia una programación conjunta de la investigación: trabajar juntos para hacer frente con mayor eficacia a los retos comunes";1

(6) ALIENTA un acercamiento reforzado entre los protagonistas pertinentes, incluidas las redes de excelencia, con el fin de crear una verdadera dinámica de cooperación de todos los protagonistas de la investigación en Europa; DESTACA en particular la importancia de que se combine el enfoque psicosocial del envejecimiento con los resultados de la investigación médica y biomédica;

(7) RECONOCE la pertinencia del triángulo del conocimiento - enseñanza superior, investigación, innovación - en el contexto de la lucha contra las enfermedades neurodegenerativas, en particular facilitando y garantizando una movilidad entre disciplinas, transectorial y geográfica;

(8) ALIENTA la preparación de acciones de aplicación inmediata en el ámbito de la investigación para propiciar iniciativas de puesta en marcha en Europa de una extensa prueba para comprender, detectar, prevenir y combatir las enfermedades neurodegenerativas, en particular la enfermedad de Alzheimer; CONSIDERA a este respecto, que conviene establecer cuanto antes estrategias nacionales de I+D de intervención preventiva destinadas a retrasar la edad de manifestación de las enfermedades neurodegenerativas y que es necesaria la movilización coordinada del mayor número posible de Estados miembros con el fin de disponer de los enfoques y recursos suficientes para dar respuesta a estas enfermedades complejas;

1 Doc. 11935/08.

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(9) HACE HINCAPIÉ en la necesidad de que el trabajo emprendido se enmarque en una visión a largo plazo y de que se tome en cuenta la enfermedad en su conjunto;

(10) RECOMIENDA la puesta en marcha de una iniciativa europea que englobe a los Estados miembros, a la Comisión y a las demás partes interesadas, no únicamente con el fin de movilizar y de mantener en Europa a los investigadores disponibles sino también de formar a nuevos especialistas suficientemente numerosos para lograr que retrocedan las enfermedades neurodegenerativas, en particular la enfermedad de Alzheimer;

(11) RECONOCE que las actividades de investigación y desarrollo relativas a la enfermedad de Alzheimer constituyen un ejemplo idóneo para probar formas innovadoras de puesta en común de conocimientos nacionales y de recursos sobre la base del voluntariado en el marco de objetivos conjuntos a escala europea; a este respecto, INVITA a los Estados miembros y a la Comisión a que:

– creen un foro que reúna a los principales protagonistas de la investigación europea y que tenga por objetivos comprender mejor los mecanismos fundamentales de la enfermedad de Alzheimer y encontrar tratamientos que permitan combatirla;

– tengan en cuenta los posibles planes nacionales existentes en este ámbito;

– estudien propuestas en favor de un compromiso de los Estados miembros a fin de establecer una colaboración más estrecha e intensa en este ámbito, entre otras cosas mediante la movilización de los instrumentos adecuados del 7.º PMIDT;

(12) INVITA a la Comisión a que estudie las posibles formas de consulta y cooperación sobre este tema con grupos científicos avanzados a nivel internacional."

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Programación conjunta en investigación

El Consejo ha procedido a un debate orientativo sobre los modos y perspectivas de programación conjunta al término de la presentación por la Comisión de la comunicación "Hacia una programación conjunta en investigación: Trabajar juntos para abordar de forma más eficaz las cuestiones preocupantes comunes" (11935/08).

El debate ha permitido facilitar una contribución útil a la prosecución de las discusiones en los órganos preparatorios del Consejo con vistas a elaborar un proyecto de conclusiones al respecto, que podría ser adoptado por el Consejo "Competitividad" de diciembre (12855/08).

El debate se ha centrado en los aspectos siguientes:

– la adaptación del concepto de programación conjunta en el plano de la investigación para hacer frente a los grandes desafíos sociales que afectan a Europa;

– el equilibrio entre, por una parte, la libertad para cada Estado miembro de participar y, por otra, el compromiso en el tiempo para un trabajo en común de las comunidades científicas en temáticas científicas prioritarias;

– la conveniencia de basar la elección de las temáticas prioritarias en un proceso de toma de decisiones en el que se integren un procedimiento de consulta de las comunidades científicas europeas y de otras partes interesadas a través de los canales adecuados y un procedimiento dependiente, in fine, de las instituciones europeas.

Los Ministros de Investigación procedieron a un cambio de impresiones preliminar sobre la programación conjunta en la reunión informal organizada el 17 de julio en Versalles.

La comunicación de la Comisión presenta un nuevo enfoque para mejorar la utilización de fondos públicos destinados a la investigación y al desarrollo gracias a un refuerzo de la cooperación, con lo que se pretende incrementar la eficacia y el impacto de la financiación nacional de la investigación pública en los ámbitos estratégicos.

25.-26.IX.2008

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VARIOS

El Consejo ha tomado nota de la información sobre los siguientes asuntos:

Seguridad de los juguetes

La Presidencia ha informado sobre el estado des trabajos de un proyecto de revisión de la Directiva 88/378/CEE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre la seguridad de los juguetes.

La Comisión transmitió su propuesta (5938/08) para aumentar la seguridad de los juguetes al Parlamento Europeo y al Consejo el 28 de enero de 2008, e hizo una presentación al Consejo el 29 de mayo de 2008.

Precio de la electricidad

La Delegación polaca ha facilitado información sobre las posibles repercusiones de futuras medidas del paquete "energía-clima" en el nivel y la estabilidad de los precios de la electricidad.

Diálogo trasatlántico sobre economía

El Vicepresidente de la Comisión G. Verheugen ha presentado una información oral sobre las perspectivas del diálogo trasatlántico sobre economía.

Indicador del mercado interior

La Comisaria C. McCreevy ha presentado el indicador del mercado interior numero 17 relativo al estado de transposición y de aplicación de la legislación comunitario en las legislaciones nacionales (11740/08).

Proceso de Liubliana - Definición de una "Visión 2020" para el Espacio Europeo de Investigación (EEI)

La Presidencia ha informado sobre el estado de los trabajos relativos a la definición de una perspectiva para 2020 del EEI, que es un componente esencial del proceso de Liubliana. Está previsto que se adopten unas conclusiones en diciembre (12852/08).

Estrategia de investigación marina y marítima

El Comisario J. Potočnik ha presentado las líneas generales de la comunicación titulada: "Estrategia europea de investigación marina y marítima. Un marco coherente en el Espacio Europeo de Investigación en pro del uso sostenible de océanos y mares", transmitida al Consejo el 5 de septiembre (12699/08).

25.-26.IX.2008

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Infraestructuras de investigación europeas

La Comisión ha presentado el proyecto de Reglamento del Consejo relativo al marco jurídico comunitario para las infraestructuras de investigación europeas (ERI).

La propuesta de Reglamento (12259/08), transmitida al Consejo el pasado 29 de julio, está destinada a facilitar el establecimiento y la utilización comunes de instalaciones de investigación de interés europeo para varios Estados miembros y países asociado al programa marco de la UE para la investigación y el desarrollo, y se ha elaborado para responder a las solicitudes de los Estados miembros y del mundo científico (12259/08).

Cooperación científica y tecnológica internacional

La Comisión ha presentado su comunicación sobre un marco estratégico europeo para la cooperación científica y tecnológica internacional (incluido el apartado "nuclear"). La comunicación responde a las conclusiones del Consejo de febrero de 2008 y es una de las cinco iniciativas de la Comisión sobre el Espacio Europeo de la Investigación.

Evaluación de las estructuras y mecanismos del Consejo Europeo de Investigación

La Comisión ha presentado su comunicación sobre la metodología y los criterios que han de aplicarse a la revisión de las estructuras y mecanismos del Consejo Europeo de Investigación realizada por expertos independientes, prevista en la legislación relativa al Séptimo Programa Marco de Investigación de la UE (12557/08).

Tecnologías para la sociedad de la información

La Comisión ha presentado la comunicación titulada: "Evaluación ex post de la prioridad temática "Tecnologías de la Sociedad de la Información" del Sexto Programa Marco de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Demostración " (12718/08).

Instituto Europeo de Innovación y Tecnología

La Presidencia ha informado sobre la ceremonia de inauguración del Instituto Europeo de Innovación y Tecnología, que se celebró en Budapest (Hungría) el 15 de septiembre de 2008 (13275/08).

25.-26.IX.2008

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OTROS PU�TOS APROBADOS

RELACIO�ES EXTERIORES

Relaciones con la República de Moldova

El Consejo ha aprobado la posición que adoptará la Unión Europea en la novena reunión del Comité de Cooperación UE-Moldova, el próximo 3 de octubre en Bruselas.

Dicha reunión se dedicará en particular a establecer el plan de acción UE-Moldova en el marco del Acuerdo de colaboración y cooperación, y la ayuda que la Comunidad va a facilitar a Moldova.

ASU�TOS I�STITUCIO�ALES

Procedimiento de reglamentación con control - Actos legislativos en codecisión

El Consejo ha adoptado dos Reglamentos por los que se adaptan determinados actos legislativos al procedimiento de reglamentación con control adoptado recientemente.

Dichos Reglamentos tienen por objeto modificar actos en vigor que han de adaptarse al procedimiento de reglamentación con control introducido mediante la Decisión 2006/512/CE.

Uno de los Reglamentos agrupa 59 actos legislativos sobre diversos ámbitos de las políticas comunitarias (3654/08 + COR 2). El otro afecta a cuatro actos legislativos en el ámbito de la justicia y los asuntos de interior, teniendo en cuenta las disposiciones particulares aplicables en dicho ámbito a Dinamarca, Irlanda y el Reino Unido (3655/08 + COR 1).

El objetivo de la adaptación es favorecer un examen eficaz y rápido por parte de los colegisladores (Parlamento Europeo y Consejo).

La Decisión 2006/512/CE modificó la Decisión 1999/468/CE por la que se establecen los procedimientos para el ejercicio de las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión. Aquélla introdujo el nuevo procedimiento para las medidas de alcance general cuyo objeto es modificar elementos no esenciales de un acto de base adoptado por el procedimiento de codecisión (artículo 251 del Tratado CE).

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E�ERGÍA

Transparencia de los precios aplicables a los consumidores industriales finales de gas y de electricidad

El Consejo ha adoptado una Directiva relativa a un procedimiento comunitario que garantice la transparencia de los precios aplicables a los consumidores industriales finales de gas y de electricidad (3647/08).

La Directiva codifica y adapta la legislación en vigor (Directiva 90/377/CEE) al nuevo procedimiento de comité con control1 destinado a usarse para las medidas de alcance general cuyo objeto es modificar elementos no esenciales de un acto de base adoptado por el procedimiento de codecisión. Todas las modificaciones son de carácter técnico y están destinadas hacer más comprensible la legislación comunitaria.

La Directiva en vigor dispone que los Estados miembros adopten las medidas necesarias para que las empresas que abastecen de gas o electricidad a los consumidores finales de la industria comuniquen a la Oficina Estadística de las Comunidades Europeas (Eurostat) los precios y condiciones de venta a los consumidores industriales finales de gas y de electricidad, los sistemas de precios vigentes y la distribución de los consumidores y los volúmenes correspondientes por categorías de consumo.

TRA�SPORTES

Acuerdo con la India sobre servicios aéreos

El Consejo ha adoptado una Decisión relativa a la firma y aplicación provisional de un Acuerdo con la India sobre servicios aéreos.

El acuerdo es fruto de negociaciones en el marco de un mandato dado por el Consejo en junio de 2003 con vistas a ajustar al Derecho comunitario los acuerdos bilaterales en el ámbito de la aviación celebrados entre los Estados miembros y terceros países.

1 El procedimiento de reglamentación con control se introdujo mediante la Decisión 2006/512/CE, que modificaba a la Decisión 1999/468/CE del Consejo por la que se establecen los procedimientos para el ejercicio de las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión.

25.-26.IX.2008

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EDUCACIÓ�

Correspondencia de las calificaciones de formación profesional - Derogación

El Consejo ha adoptado una Decisión por la que se deroga la Decisión 85/368/CEE del Consejo relativa a la correspondencia de las calificaciones de formación profesional entre los Estados miembros de las Comunidades Europeas (3640/08).

La aplicación de la Decisión 85/368/CEE permitió conseguir la correspondencia de las calificaciones profesionales que beneficia a los trabajadores que buscan empleo en otro Estado miembro. Por otra parte, la adopción, en abril de 2008, de la Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la creación del Marco Europeo de Cualificaciones para el aprendizaje permanente1 hizo que aquélla resultara superflua. La derogación de la misma se ajusta al objetivo general de la Comisión de reducir el peso de la reglamentación y suprimir toda legislación obsoleta y no aplicada.

U�IÓ� ADUA�ERA

UE/Suiza - Productos originarios y cooperación administrativa - Ampliación

El Consejo ha adoptado une Decisión por la que se aprueba la posición de la Comunidad en el Comité Mixto del Acuerdo UE/Suiza con objeto de adaptar el Protocolo relativo a los métodos de cooperación administrativa, para tener en cuenta la integración de Bulgaria y Rumanía en la UE, así como la entrada en vigor del sistema armonizado a partir del 1 de enero de 2007 (11088/08).

Controles de mercancías en las fronteras

El Consejo ha adoptado una Decisión por la que se aprueba el nuevo anexo 8 del Convenio Internacional sobre la Armonización de los Controles de Mercancías en las Fronteras, relativo a la agilización de los procedimientos de paso de fronteras para el transporte internacional por carretera, a fin de integrarlo en el ordenamiento jurídico comunitario (11343/08).

1 DO C 111 del 6.5.2008, p. 1.

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MEDIO AMBIE�TE

Mercurio metálico - Exportación y almacenamiento

El Consejo ha adoptado un Reglamento relativo a la prohibición de la exportación de mercurio metálico y al almacenamiento seguro de mercurio metálico a fin de reducir el riesgo de exposición para los seres humanos y el medio ambiente (doc. 3638/08).

En virtud del Reglamento, la exportación de mercurio metálico, mineral de cinabrio, cloruro de mercurio, óxido de mercurio y mezclas de mercurio metálico con otras sustancias, en particular las aleaciones de mercurio, con una concentración porcentual peso por peso de al menos el 95% quedará prohibida a partir de marzo de 2011.

A partir de dicha fecha, el mercurio procedente de las tres principales fuentes, a saber, el sector cloroalcalino, la limpieza del gas natural y la producción de metales no férreos, se considerará un residuo. Por consiguiente, habrá que garantizar su almacenamiento en toda seguridad dentro de la UE de modo que no vuelva a aparecer en el mercado interior.

La toxicidad del mercurio está reconocida a escala mundial, especialmente cuando se transforma, en el curso de su ciclo vital, en metilmercurio.

PROPIEDAD I�TELECTUAL

Legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas

El Consejo ha adoptado una versión codificada de la Directiva relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas (3634/08).

La nueva Directiva sustituye a los diversos actos incorporados en la Directiva 89/104/CEE, preservando íntegramente el contenido de los mismos.

25.-26.IX.2008

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POLÍTICA SOCIAL

Protección de los trabajadores asalariados en caso de insolvencia del empresario

El Consejo ha adoptado una versión codificada de la Directiva relativa a la protección de los trabajadores asalariados en caso de insolvencia del empresario (3630/08).

La nueva Directiva sustituye a los diversos actos incorporados en la Directiva 80/987/CEE, preservando íntegramente el contenido de los mismos.

ESTADÍSTICAS

Transmisión de informaciones amparadas por el secreto estadístico

El Consejo ha adoptado una versión codificada del Reglamento relativo a la transmisión a la Oficina Estadística de las Comunidades Europeas de las informaciones amparadas por el secreto estadístico (3628/08).

El nuevo Reglamento sustituye a los diversos actos incorporados en el Reglamento (Euratom, CEE) n.º 1588/90, preservando íntegramente el contenido de los mismos.