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UNIVERSIDAD NORORIENTAL PRIVADA “GRAN MARISCAL DE AYACUCHO” CÁTEDRA: DERECHO LABORAL DEL TRABAJO 5° AÑO SECCIÓN 3 (NOCTURNO).

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UNIVERSIDAD NORORIENTAL PRIVADA “GRAN MARISCAL DE AYACUCHO”

CÁTEDRA: DERECHO LABORAL DEL TRABAJO5° AÑO SECCIÓN 3 (NOCTURNO).

Conceptos de PRUEBAS

“Según Couture, en sentido procesal, la prueba es un medio de verificación de las proposiciones que los litigantes formulan en un juicio. Desde el punto de

vista de las partes, las pruebas es además una forma de crear la convicción del Magistrado.

Para Sentis Melendo, Prueba “es la verificación de las afirmaciones formuladas enel proceso conducentes a la sentencia”

Por Prueba entendemos los hechos personales y materiales en un procesojudicial, y que le sirven al Juez para llegar a la convicción o no de la certeza delhecho desconocido que el va a declarar en su sentencia” (Omar Alfredo MoraDíaz, Derecho Procesal del Trabajo, 2013, Pág. 262)

Objeto de la Prueba: Es demostrar la veracidad y certeza de ciertos hechos afirmados o negados que al ser alegados, llevan consigo la necesidad de determinar su verosimilitud.

Objeto de La Prueba

Hechos que Requieren Prueba: Los hechos controvertidos, si el hecho alegado en la demanda o excepcionado en la contestación no es reconocido, aceptado o admitido en

forma alguna por la parte contraria. Estos se dividen en hechos constitutivos, extintivos, modificativos e impeditivos.

Principio General de la Prueba de los Hechos: Artículo 388 CPC.

NECESIDAD DE LA PRUEBA: Lo que en cada proceso debe ser materia de la actividad probatoria. Los Hechos sobre los cuales versa el debate.

OBJETO DE LA PRUEBA

¿QUE TENEMOS QUE PROBAR EN UN PROCESO?

HECHOS OBJETO DE PRUEBAS

HECHOS NO OBJETO DE PRUEBAS

OBJETO DE LA PRUEBA EN EL DERECHO POSITIVO VENEZOLANO

CODIGO CIVIL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL CODIGO DE COMERCIO

CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL LEY ORGANICA DEL TRABAJO

OBJETO DE LA PRUEBA EN EL DERECHO POSITIVO VENEZONALO

Todo aquello sobre lo cual puede recaer la prueba deviniendo en algo completamente objetivo y

abstracto, extendiéndose tanto a los hechos del mundo interno

como del externo, con tal sean de importancia para el dictamen.

Probatorio del Balance Comercial

El Atraso. (Art. 899 Cco)

La Quiebra.(Art. 926 Cco)

OBJETO

Caso Práctico

Medios de Prueba: Son aquellos instrumentos o vehículos legales, lícitos, relevantes, pertinentes e idóneos. Así como tempestivos, que llevaran al proceso esas razones o argumentos demostrativos de afirmaciones o negaciones que hagan las partes.Ø Ejemplo: En la prueba testimonial, el medio de prueba sería la prueba testimonial como tal, el testigo. Y la prueba sería, la razón o argumento demostrativo de la existencia o no de los hechos controvertidos, es decir, la declaración del testigo.

MEDIOS DE PRUEBAS

Art. 395 CPC

MEDIOS PROBATORIOS EN MATERIA LABORAL

Los Medios de prueba en Materia laboral en Venezuela se establecen en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. (LOPTRA)

MEDIOS PROBATORIOS EN MATERIA LABORAL

ART 70

ART 69

LOPTRATitulo VI

De las Pruebas

MEDIOS PROBATORIOS EN MATERIA LABORAL

Los que determine la Ley Procesal del

Trabajo

Los del Código de Procedimiento Civil.

Los del Código Civil

Otras leyes de la República

Las partes también pueden valerse de cualquier otro medio

de prueba que no sea contraria a la ley.

Quedan excluidas pruebas de posición juradas y juramentos

decisorios

Reconocimiento

de Instrumento

(Art Nº 86 al 91)

Tacha de

Documento

(Art. 83 al

85)

MEDIOS PROBATORIOS EN MATERIA

LABORAL

Medios de Prueba de la LOPTRA

Documentos o

Instrumentos

Exhibición de

Documento (ART Nº

82)

Prueba de Experticia(Art Nº 92 al 97)

A

B

Pruebas por Escrito (Art Nº 77 al 81)

SEGÚN EL CPC SE PUEDE

PROMOVER EN JUICIO

LABORAL

PERICIA EXPERIMENTAL

ART. 109 Y 11O

PRUEBA DE INFORME

ART. 81

RECONSTRUCCION DE LOS HECHOS

ART. 108

REPRODUCCION

ART. 107

Objeto de La Prueba Judicial

Todo aquello que, siendo de interés parael proceso, puede ser susceptible de

demostración histórica (como algo queexistió, existe o puede llegar a existir) y no

simplemente lógica.Son los hechos presentes, pasados y

futuros, y lo que puede asimilarse a éstos(costumbre y ley extranjera)

Objeto de La Prueba Judicial

Hechos Controvertidos

Asimilables a los hechos

CostumbreLey Extranjera

PRESENTES

PASADOS

FUTUROS

“La doctrina reiteradamente ha reconocido la

contratación colectiva como fuente de derecho,

lo cual ha conducido a que la mayoría de

legislaciones se tome a la contratación

colectiva como fuente formal, imperativa e

irrenunciable, al igual que el derecho emanado

del estado, aunque en la mayoría de los casos

supeditada a éste por prelación jerárquica. En

el ordenamiento venezolano ha sido reconocida

así, siempre y cuando no menoscabe los

derechos de los trabajadores que han sido

establecidos por la ley.

“…porque la convención colectiva no es un medio de prueba sino una fuente del

derecho laboral, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 literal a) de la Ley

Orgánica del Trabajo, tal como lo tiene asentado la jurisprudencia pacífica y reiterada

de este alto Tribunal”.

Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en Sentencia N° . R.C.

004-230102-02139, de 23 de enero de 2003. Magistrado ponente Juan Rafael Perdomo

LA PRUEBA DEL CONVENIO

COLECTIVO DE TRABAJO

Definición Contratación Colectiva

La convención colectiva es un acto jurídico plurilateralaprobado y autorizado por la asamblea de los trabajadoresinteresados y que es celebrado entre entidades deagremiación sindical y el patrono o patronos al servicio delos cuales éstos laboran, mediante el cual se acuerdan; lascondiciones bajo las cuales se presta el servicio en el centrode trabajo, se regulan las condiciones mínimas bajo lascuales se podrán desarrollar las relaciones laboralessometidas a su ámbito de aplicación y se establecen losderechos y las obligaciones de los signatarios.

Directas

Indirectas

son aquellas que constituyen el objeto mismo de la verificación,

no necesitándose de intermediarios, o sea, cuando exista la debida

identificación por ser el objeto de la prueba el hecho en sí.

son aquellas donde se llega a la verdad, a través de una operación

mental de lógica, de deducción, mediante el examen de los indicios

o circunstancias que se presentan a la mente del juzgador.

Históricas

son aquellas mediante las cuales, la prueba lleva a la mente del

juzgador, una visión de lo que se tiende a probar, lográndose una

función representativa fijada en el tiempo, y llevada al

conocimiento del juzgador, quien plasma en la presencia de su

sentencia, el hecho pasado, representado en el desarrollo de la

prueba.

Clasificación de las PruebasDe acuerdo con, CARNELUTTI, presenta la clasificación de las pruebas de la

siguiente forma:

Medios de Pruebas

LOPT

Medios de pruebas

Nominados

Prueba por escrito: (Documentos públicos y documentos privados);

Prueba de experticia;

Prueba de testigo;

Declaración de parte;

Reproducciones, copias y experimentos;

Inspección judicial;

Indicios y presunciones.

Medios Innominados: De acuerdo a la Ley Orgánica Procesal del

Trabajo, además de los medios probatorios expresamente regulados en

ella, pueden las partes y el Juez promover y evacuar cualquier medio

probatorio que a pesar de no estar expresamente regulado en ella, no

este expresamente prohibido por la Ley. Ejemplo de estos medios

pueden ser: documentos electrónicos o cibernéticos, video conferencia,

video o reproducciones audiovisuales, grabaciones de conversaciones

personales o telefónicas, etc.

Art. 1356 CCV

DE LA PRUEBA

POR ESCRITO

Concepto

Legal

Art. 77 LOPT

Art. 1355 CCV

Art. 78 LOPT

El instrumento redactado por las partes y contentivo de susconvenciones es sólo un medio probatorio; su validez o sunulidad no tiene ninguna influencia sobre la validez del hechojurídico que está destinado a probar, salvo los casos en que elinstrumento se requiera como solemnidad del acto.

La prueba por escrito resulta de un instrumento público o deun instrumento privado.

Los instrumentos públicos y los privados, reconocidos o tenidoslegalmente por reconocidos, podrán producirse en el proceso enoriginales. …

Los instrumentos privados, cartas o telegramas, provenientesde la parte contraria, podrán producirse en el proceso enoriginales. …

Documento Privado:

DocumentoPúblico

Art. 1357 CCV

Art. 1358 CCV

ART. 1356 CCV

Definición Legal

Instrumento público o auténtico es el que ha sido autorizado con las solemnidades legales por un Registrador, por un Juez u otro funcionario o empleado público que tenga facultad para darle fe pública, en el lugar donde el instrumento se haya autorizado.

El instrumento que no tiene la fuerza de público por incompetencia del funcionario o por defecto de forma es válido como instrumento privado, cuando ha sido firmado por las partes.

El artículo 1356 del Código Civil Venezolano señala que la prueba por escrito resulta de un instrumento público o de un instrumento privado…

Por su parte la Ley Orgánica Procesal del Trabajo ARTICULOS 79; 80 y 81

Art. 1364 CCV

Documentos Privados:

Art. 79 LOPT

Art. 1363 CCV

Art. 81 LOPT

Aquél contra quien se produce o a quien se exige elreconocimiento de un instrumento privado, está obligado areconocerlo o negarlo formalmente. Si no lo hiciere, se tendráigualmente como reconocido.

Los documentos privados, emanados de terceros que no sonparte en el proceso, ni causantes del mismo, deberán serratificados por el tercero, mediante la prueba testimonial.

Las publicaciones en periódicos o gacetas, de actos que la leyordena publicar en dichos órganos, se tendrán comofidedignos, salvo prueba en contrario.

Art. 82 LOPT

El instrumento privado reconocido o tenido legalmente por reconocido, tiene entre las partes y respecto de terceros, la misma fuerza probatoria que el instrumento público en lo que se refiere al hecho material de las declaraciones; hace fe, hasta prueba en contrario, de la verdad de esas declaraciones.

. Cuando se trate de hechos que consten en documentos,libros, archivos u otros papeles que se hallen en oficinaspúblicas, bancos, asociaciones gremiales, sociedades civiles omercantiles e instituciones similares, que no sean parte en elproceso, el Tribunal, a solicitud de parte, requerirá de ellos,cualquier informe sobre los hechos litigiosos que aparezcande dichos instrumentos o copia de los mismos.

PROMOCION DE PRUEBAS

Uno de los aspectos más importantes de la audiencia preliminar, es que constituye la única oportunidad de promover pruebas para ambas partes y no refiriere sobre el lapso ótérmino al efecto. Algunos interpretan que las pruebas deben ser promovidas en la primera actuación dentro de la audiencia preliminar, particularmente cuanto ésta no se limita a un solo acto (conforme la LOPT puede prolongarse hasta por 4 meses, Art. 136).

Artículo 4°:. (Ley sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas (LMDFE)

Actualmente se cuenta como medios de prueba los correos electrónicos, y para que estos tengan validez se debe cumplir con lo estipulado en los siguientes decretos:Gaceta Oficial Nº 37.148 del 28 de febrero de 2001 Gaceta Oficial Nº 5.833 Extraordinaria del 22 de diciembre de 2006.

Art. 1356 CCV

EVACUACION

DE LAS

PRUEBAS

Art. 77 LOPT

Art. 1355 CCV

Art. 78 LOPT

El instrumento redactado por las partes y contentivo de susconvenciones es sólo un medio probatorio; su validez o sunulidad no tiene ninguna influencia sobre la validez del hechojurídico que está destinado a probar, salvo los casos en que elinstrumento se requiera como solemnidad del acto.

La prueba por escrito resulta de un instrumento público o deun instrumento privado.

Los instrumentos públicos y los privados, reconocidos o tenidoslegalmente por reconocidos, podrán producirse en el proceso enoriginales. …

Los instrumentos privados, cartas o telegramas, provenientesde la parte contraria, podrán producirse en el proceso enoriginales. …

Libre Convicción

La TarifaLegal

Es la apreciación directa e inmediata por parte del Juez, de los medios de pruebas evacuadas.Por Libre Convicción se entiende el modo de razonar que no se apoya necesariamente en la prueba que el proceso exhibe al Juez, ni en medios de información que puedan ser fiscalizados por las partes.

La Tarifa Legal: La ley impone al Juez que forma debe aplicar para valorar la prueba.

Artículo 508 CPC

La SanaCrítica

Artículo 507 CPC. A menos que exista una regla legal expresa para valorar el mérito de la prueba, el Juez deberá apreciarla según las reglas de la sana crítica.Artículo 509 CPC.Artículo 10. (LOPT) Los Jueces del Trabajo apreciarán las pruebas según las reglas de la sana crítica; en caso de duda, preferirán la valoración más favorable al trabajador.

Valoración de las Pruebas

DOCUMENTO ELECTRONICO “El documento electrónico es aquelinstrumento que contiene un escrito-mensaje, destinado a durar enel tiempo, en lenguaje convencional (bits), sobre soporte, que podríaser cinta o disco. En otras palabras, es aquel documento queprovenga de cualquier medio de informática o que también seaformado o realizado por ésta” (Peñaranda 1998).

Documento Electrónico Es considerado por la Ley Especial Contra DelitosInformáticos, en su artículo 2, como “El registro incorporado en un sistema en formaescrito, video, audio o cualquier otro medio, que contiene data o información acercade un hecho o acto capaces de causar efectos jurídicos”. (LECDI Art 2).

Peñaranda, H. (1998), como “…aquel instrumento que contiene un escrito-mensaje, destinado a durar en el tiempo, en lenguaje convencional (bits), sobre soporte, que podría ser cinta o disco. En otras palabras, es aquel documento que provenga de cualquier medio de informática o que también sea formado o realizado por ésta” (pag. 18).

No es otra cosa que un mensaje de datos. Definido en el Art. 2 de Ley de Mensaje de Datos y Firmas Electrónicas de Venezuela (LSMDFE) como "toda información inteligible en formato electrónico o similar que pueda ser almacenada o intercambiada por cualquier medio"

Artículo 4.- Los Mensajes de Datos tendrán la misma eficacia probatoria que la ley otorga a los documentos escritos, sin

perjuicio de lo establecido en la primera parte del artículo 6 de este Decreto-Ley. Su promoción, control, contradicción y

evacuación como medio de prueba, se realizará conforme a lo previsto para las pruebas libres en el Código de Procedimiento

Civil. La información contenida en un Mensaje de Datos, reproducida en formato impreso, tendrá la misma eficacia probatoria atribuida en la ley a las copias o reproducciones fotostáticas

EFICACIA PROBATORIA.

El artículo 16 de la LMDFE establece también el principio de equivalencia funcional respecto a la firma electrónica y la firma autógrafa.

“Artículo 16. La Firma Electrónica que permita vincular al Signatario con el Mensaje de Datos y atribuir la autoría de éste, tendrá la misma validez y eficacia probatoria que la ley otorga a la firma autógrafa…” Así tenemos, que la Ley estable los requisitos para la validez de la firma electrónicas y le otorga valor y eficacia probatoria equivalente a la firma autógrafa. A tal respecto, la Ley establece que la firma electrónica debe estar debidamente certificada por un Proveedor de Servicios de Certificación, y cumplir con todos los requisitos legales para otorgarle la eficacia probatoria de la firma autógrafa.

LA FIRMA ELECTRONICA

EVACUACION

DOCUMENTOSELECTRONICOS

IMPUGNACION

PROMOCION

VALORACION

ARTICULO 73 LOPT

La LMDFE en su artículo 4 dispone que la promocióncontrol, contradicción y evacuación como medio de pruebade los Mensajes de Datos.

los artículos 395 del CPC y 70 de la LOPT, el Juez deberáaplicar analógicamente las normas del CC, y del CPC cuandolas pruebas promovidas sean de las denominadas libres…

ART. 70 LOPT

El artículo 4 de la LMDFE. siguiendo lo establecido en laLMDFE de aplicar la analogía en el control y contradicción delos mensajes de datos y los documentos privados, las figurasidóneas para controlar los mensajes de datos serían lasestablecidas en el CPC y en la LOPT .

En cuanto a la valoración de los mensajes de datos, esta se rigepor la normativa prevista en la LMDFE y por el CPC, texto legalaplicable por remisión expresa del artículo 4 de la LMDFE.

Artículo 4 de la LMDFE

Superintendencia de Servicios de Certificación Electrónica, para acreditar, supervisar y controlar a los proveedores de servicios de certificación públicos o privados; inspeccionar y fiscalizar la instalación, operación y prestación de servicios realizados por los proveedores de servicios de certificación y; seleccionar los expertos técnicos o legales que considere necesarios para facilitar el ejercicio de sus funciones.Actualmente, La Superintendencia de Servicios de Certificación Electrónica (SUSCERTE), en uso de las atribuciones conferidas tiene por objeto entre otros, otorgar y reconocer eficacia y valor jurídico a la Firma Electrónica, al Mensaje de Datos y a toda información inteligible, atribuible a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas; y enmarcada en su misión de fortalecer el Sistema Nacional de Seguridad de la Información e impulsar como Órgano Rector, el funcionamiento confiable del Sistema Nacional de Certificación Electrónica