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    La Proteccin Jurdica de losConocimientos Tradicionales:

    Algunos Avances Polticos y

    Normativos en Amrica LatinaManuel Ruiz Muller

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    La designacin de entidades geogrficas y la presentacin del material en este libro no implicanla expresin de ninguna opinin por parte de la UICN o el Bundesministerium fr wirtschaftlicheZusammenarbeit und Entwicklung (BMZ) respecto a la condicin jurdica de ningn pas, territorioo rea, o de sus autoridades, o referente a la delimitacin de sus fronteras y lmites.

    Los puntos de vista que se expresan en esa publicacin no reflejan necesariamente los de laUICN o de BMZ.

    Esta publicacin ha sido posible gracias al financiamiento del proyecto Supporting the GlobalBiodiversity Agenda auspiciado por el el Bundesministerium fr wirtschaftliche Zusammenarbeitund Entwicklung (BMZ).

    Publicado por: UICN, Oficina Regional para Amrica del Sur, Quito, Ecuador.

    Derechos Reservados: Unin Mundial para la Naturaleza / Sociedad Peruana de

    Derecho Ambiental

    Se autoriza la reproduccin de esta publicacin con fineseducativos y otros fines no comerciales sin permiso escrito previode parte de quien detenta los derechos de autor con tal que semencione la fuente.

    Se prohbe reproducir esta publicacin para venderla o para otrosfines comerciales sin permiso escrito previo de quien detenta losderechos de autor.

    Citacin: Ruiz, M. (2006) La Proteccin Jurdica de los ConocimientosTradicionales: Algunos Avances Polticos y Normativos en AmricaLatina, UICN, BMZ, SPDA, Lima - Per.

    Diseo de la cubierta: Pedro Lerma

    Fotografa de la cubierta: Archivo fotogrfico INDEPA

    Fotografa interiores: Daniel Huamn Chang, Archivo fotogrfico SPDA

    Disponible en: http://www.sur.iucn.org/publicaciones/lista_documentos.cfm

    Hecho el Depsito Legal en la Biblioteca Nacional del Per N: 2006-1887

    ISBN: 9972-792-54-4

    Sociedad Peruanade Derecho Ambiental

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    Unin Mundial para la Naturaleza (UICN)

    La Unin Mundial para la Naturaleza, fundada en 1948 agrupa aEstados soberanos, agencias gubernamentales y una diversa gama deorganizaciones no gubernamentales, en una alianza nica: ms de 1000miembros diseminados en 147 pases.

    Como Unin, la UICN busca influenciar, alentar y ayudar a lospueblos de todo el mundo a conservar la integridad y la diversidad de la

    naturaleza, y a asegurar que todo uso de los recursos naturales seaequitativo y ecolgicamente sustentable.

    La Unin Mundial para la Naturaleza fortalece el trabajo de susmiembros, redes y asociados, con el propsito de realzar suscapacidades y apoyar el establecimiento de alianzas globales parasalvaguardar los recursos naturales a nivel local, regional y global.

    http://www.iucn.org

    Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA)

    La SPDA es una asociacin que desde hace casi dos dcadastrabaja en el desarrollo, difusin y promocin del Derecho y Poltica

    Ambiental en el mbito nacional, regional e internacional.

    Se organiza en cuatro programas de trabajo: Conservacin; Asuntos

    Internacionales y Biodiversidad; Defensa del Inters Pblico; Poltica yGestin Ambiental. Asimismo, cuenta con un Centro de Informacin yBase de Datos en materia de poltica y legislacin sobre ambiente,recursos naturales, conservacin y desarrollo sostenible. La SPDAtambin se encuentra impulsando dos iniciativas: la Iniciativa dePrevencin de la Biopiratera y la Iniciativa para la Conservacin Privaday Comunal.

    Su sede se encuentra en Lima, Per.

    http://www.spda.org.pe

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    Agradecimientos

    Agradezco muy especialmente a Maria FernandaEspinosa con quien se concibi la idea de esta publicaciny quien la apoy desde sus inicios.

    Tambin agradezco a Alejandro Argumedo, PamelaFerro, Manuela Gonzlez, Jorge Quezada, Flavia

    Noejovich, Henry Novion, Juliana Velez y Gonzalo Varillasquienes de diferentes maneras facilitando informacin,datos, comentarios han contribuido al logro de estapublicacin.

    Finalmente, agradezco a la Oficina Regional paraAmrica del Sur de la Unin Mundial para la Naturalezaquien, a travs del Bundesministerium fr wirtschaftlicheZusammenarbeit und Entwicklung. (BMZ) de Alemania y

    su proyecto Supporting the Global Biodiversity Agendahan hecho posible esta investigacin.

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    Nota del autor

    La sola referencia a pueblos indgenas, comunidades indgenas,nacionalidades indgenas, etnias indgenas, comunidades nativas,comunidades campesinas y pueblos originarios, como objeto de estudio,plantea retos metodolgicos considerables al momento de desarrollaruna investigacin como la presente.

    Frente a las conocidas similitudes de los contextos sociales,econmicos, culturales, religiosos, polticos y legales que circundan aestas categoras (por ejemplo la exclusin social, econmica y laboral;el aislamiento geogrfico; la pobreza en trminos de ingreso econmico),se presentan tambin considerables diferencias entre ellas.

    Estas diferencias incluyen diversos grados de integracin con lasociedad urbana, moderna, diferentes niveles de conexin con losmercados, mayor o menor asimilacin de patrones culturales forneos,mayor o menor aceptacin de las estructuras jurdicas y sociales formalesexistentes, variados intereses en relacin al tema de los conocimientostradicionales (CT) (por ejemplo un mayor inters por elementos de laartesana o textiles tradicionales frente a una mayor preocupacin porlas plantas medicinales y sus aplicaciones), entre otros.

    Esta situacin un tanto paradjica (de similitudes y diferencias),exige un grado importante de abstraccin para plantear opciones en elmbito poltico y normativo que sean satisfactorias para la generalidadde este sector de la sociedad y que, especialmente, tengan un impactoprctico del cual puedan beneficiarse de manera directa e inmediata.

    En este sentido, muchas de las ideas y propuestas expresadas enesta investigacin pueden ser perfectamente aplicables para ciertosgrupos y absolutamente inconvenientes para otros. Lo que conviene enciertos casos a los Ashaninkas en Per, tal vez no tenga mayor relevanciapara los Kuna en Panam. O lo que resulta relevante e importante para

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    los Yanomani en Venezuela o Mayas en Mxico, puede ser absolu-

    tamente irrelevante para los Mapuche en Chile o los Cogi en Colombia.

    Por ello, no se pretende plantear soluciones universales para todoslos problemas referidos a los CT ni para todos los grupos indgenas porigual. Todo lo contrario, la tesis central de esta investigacin (la posibilidadde establecer un sistema integral de proteccin de los CT) ofreceprecisamente la posibilidad de encontrar alternativas adecuadas quesatisfagan a los diferentes grupos indgenas pero con un gran objetivoen la mira, a saber, ofrecer diferentes medios y alternativas para proteger

    los CT en funcin a sus necesidades especficas.

    Es importante hacer esta breve disquisicin metodolgica, pues esla nica manera de entender la propuesta central de esta investigacin.Curiosamente, la integralidaddel sistema se fundamenta precisamenteen la diversidad de los actores (grupos indgenas) a los cuales estdirigida y cuyos intereses se espera pueda servir.

    Por ltimo, vale la pena mencionar por qu se han incorporado

    algunos pases y excluido otros de esta investigacin. La razn esrelativamente sencilla: en algunos pases se ha avanzado ms que enotros en materia de la discusin poltica y jurdica sobre la proteccinde los CT y, por otro lado, la informacin sobre estos procesos e iniciativasse encuentra bastante ms disponible y accesible en unos que en otros.Es por ello que esta investigacin se refiere a Amrica Latina pero conel sealamiento que no se han abarcado todos y cada uno de los pases.

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    ndice

    Agradecimientos ...................................................................................... 7

    Nota del autor .......................................................................................... 9

    Prlogo .................................................................................................... 15Acrnimos ............................................................................................... 21

    Introduccin ............................................................................................. 23

    CAPITULO PRIMERO ........................................................................... 29

    1. Las comunidades indgenas en Amrica Latina:una aproximacin inicial .................................................................. 29

    2. La importancia y el valor de los conocimientos indgenas ............... 40

    CAPITULO SEGUNDO ........................................................................... 491. El contexto internacional para la proteccin de losconocimientos tradicionales ............................................................ 49

    2. La posicin de los grupos indgenas: frenar la biopiratera ! .......... 56

    CAPITULO TERCERO ............................................................................ 59

    1. El proceso para la proteccin de los conocimientos tradicionalesen la sub-regin andina: un breve repaso histrico 1993 - 2005...... 59

    CAPITULO CUARTO .............................................................................. 69

    1. Algunos procesos de inters: el Protocolo Centroamericanoy el Tratado de Libre Comercio entre EEUU y el Per. .................... 69

    1.1 El Protocolo Centroamericano de Acceso a los Recursos Genticosy Bioqumicos y al Conocimiento Tradicional Asociado (1998) ........ 69

    1.2 El Tratado de Libre Comercio entre EEUU y los pases andinos(Colombia, Ecuador y Per) ............................................................ 72

    CAPITULO QUINTO ............................................................................... 77

    1. Avances en los procesos polticos y normativos de

    algunos pases de Amrica Latina ................................................... 771.1 Avances a nivel de la Comunidad Andina (CAN) ............................. 77

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    1.2 Argentina ......................................................................................... 79

    1.3 Bolivia .............................................................................................. 801.4 Brasil ............................................................................................... 82

    1.5 Chile ................................................................................................ 95

    1.6 Colombia ......................................................................................... 96

    1.7 Costa Rica ....................................................................................... 101

    1.8 Ecuador ........................................................................................... 110

    1.9 El Salvador ...................................................................................... 1121.10 Guyana............................................................................................ 115

    1.11 Mxico ............................................................................................. 1171.12 Panam ........................................................................................... 119

    1.13 Per................................................................................................. 126

    1.14 Surinam ........................................................................................... 136

    1.15 Venezuela ........................................................................................ 137

    CAPITULO SEXTO ................................................................................. 147

    1. Definicin de Derecho Consuetudinariode los pueblos indgenas ................................................................. 148

    2. Reconocimiento del derecho consuetudinario indgenaa nivel internacional ......................................................................... 153

    3. El derecho consuetudinario y la proteccin de losconocimientos tradicionales ............................................................ 161

    4. El derecho consuetudinario en el derecho internacional referidoa la proteccin de los conocimientos tradicionales .......................... 170

    5. Algunos temas a considerar ............................................................ 176

    CAPITULO SEPTIMO ............................................................................. 179

    1. Consideraciones iniciales: privatizar o no privatizar? ..................... 179

    2. Qu son los conocimientos tradicionales? .................................... 180

    2.1 La nocin de conocimientos colectivos ......................................... 183

    2.2 Algunas dificultades y problemas para proteger losconocimientos tradicionales ............................................................ 186

    3. La proteccin de los conocimientos tradicionalescomo un Derecho Fundamental ...................................................... 191

    3.1 Los derechos mnimos: consentimiento, posibilidad de la negacin

    y no impedimentos de uso del CT ................................................... 1933.2 Qu significa la proteccin sui generis de los CT ? ...................... 197

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    4. Elementos bsicos para la proteccin de los conocimientos

    tradicionales: la idea de un sistema integral de proteccin .............. 1984.1 Instrumentos y mecanismos (incluyendo normas) orientadas

    al control y establecimiento de condiciones para el accesoy uso de CT ..................................................................................... 201

    4.2 Instrumentos y mecanismos de gestin orientados a la distribucinjusta y equitativa de beneficios derivados del accesoy uso de los CT ............................................................................... 206

    4.3 Instrumentos y mecanismos de gestin orientados almantenimiento y preservacin de los CT......................................... 207

    5. El marco institucional y la autoridad competente ............................. 2115.1 Funciones y rol del ente coordinador del sistema integral

    de proteccin ................................................................................... 211

    5.2 Designacin o creacin del ente coordinador .................................. 212

    5.3 Coordinacin intrarregional.............................................................. 212

    5.4 Representatividad de las comunidades. .......................................... 213

    Comentarios Finales ................................................................................ 215

    Bibliografa .............................................................................................. 223

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    Prlogo

    El tema de los conocimientos tradicionales relacionados con labiodiversidad ha sido sometido, en los ltimos diez aos, a complicados

    procesos normativos y de establecimiento de polticas especficas deproteccin. Esto se debe a que existe un reconocimiento general sobreel aporte sustantivo de las prcticas e innovaciones tradicionales almanejo ambiental, al desarrollo biotecnolgico y al avance de las ciencias.Existe, adems, un claro inters comercial en los potenciales delconocimiento tradicional para el desarrollo farmacutico, agroindustrial,turstico. Concurren, en torno al tema, posturas no siempre conciliatorias.Por una parte, los pueblos indgenas reivindican la propiedad colectivasobre sus conocimientos ancestrales y los derechos plenos a decidir

    sobre su uso y divulgacin; por otra parte, los Estados, a pesar de haberadquirido el compromiso de reconocer estos derechos a los pueblosindgenas, ya sea por va de la ratificacin del Convenio de DiversidadBiolgica (CDB), del Convenio 169 de la OIT o por legislaciones y marcosconstitucionales nacionales, enfrentan limitaciones institucionales,polticas y jurdicas para el establecimiento de mecanismos efectivosde cumplimiento.

    En el mbito internacional vemos que al interior de la OMC, de laOrganizacin Mundial de Propiedad Intelectual, del CDB, el ForoPermanente de Pueblos Indgenas de Naciones Unidas, la FAO, seestn produciendo dinmicos procesos de discusin y establecimientode marcos normativos para la regulacin y proteccin de losconocimientos tradicionales. Este tema ha sido parte de las discusionesdel TLC relativas a la agricultura, la biodiversidad y la propiedadintelectual.

    El valor y contribucin de estos conocimientos no son solo vitalespara el manejo y conservacin de los ecosistemas, la salud y la seguridadalimentaria, sino, que tienen aplicaciones y usos comerciales en el campo

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    de la medicina y la agroindustria. En un estudio del 2003 la Organizacin

    Mundial de la Salud estableci que ms del 80% de la poblacin mundialdepende de la medicina tradicional para sus necesidades primarias desalud. Actualmente el comercio vinculado a los recursos genticos y alconocimiento tradicional asociado a stos, representa grandes intereseseconmicos. Se trata del comercio de medicinas, semillas, artesanas,productos del bosque no maderables. Aunque es casi imposibleestablecer con certeza el valor monetario de estos productos, hay variosestimados de estudios producidos por la UNCTAD y otras organizaciones

    que establecen que el mercado de plantas medicinales y materias primasasciende a 43 billones de dlares con un crecimiento anual de entre el 5al 15% y que el valor del comercio mundial de productos relacionados alCT podra fcilmente llegar a los 5 trillones de dlares para el ao 2020(Suman Sahai, 2002). Esto explica, parcialmente, los renovadosesfuerzos de proteccin del conocimiento tradicional, los mismos queestn recibiendo una gran atencin a nivel internacional y en laslegislaciones subregionales y nacionales.

    Las discusiones sobre la proteccin de los conocimientostradicionales tienen implicaciones directas en reas estratgicas de laeconoma y la poltica, como el uso sostenible y el manejo de labiodiversidad, la seguridad alimentaria, la salud pblica, el comerciointernacional, la responsabilidad y la tica empresarial, los derechoshumanos, la investigacin cientfica, la distribucin de la riqueza; ensntesis, tenemos un contexto en el que existe una atencin crecientede los sistemas de conocimiento tradicional por su valor econmico actualy potencial.

    Esta preocupacin se ha traducido en esfuerzos regulatorios ynormativos que buscan formalizar el uso de los conocimientostradicionales utilizando parmetros que no necesariamente se ajustana las dinmicas de produccin y conservacin de los mismos nigarantizan la proteccin de los derechos, la participacin, los territoriosy el bienestar de los pueblos indgenas y las comunidades locales.

    Son estas consideraciones las que llevaron a la UICN a incorporar

    un componente especfico sobre conocimiento tradicional en el proyectoque hace posible esta publicacin. El proyecto: Apoyo a laImplementacin de la Agenda Global de Biodiversidad es ejecutado

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    por UICN gracias al apoyo del Ministerio de Cooperacin de Alemania

    BMZ. El proyecto tiene el propsito de contribuir al avance eimplementacin de la agenda global sobre biodiversidad en lo relativo asu conservacin, la distribucin equitativa de los beneficios generadospor la utilizacin y acceso a los recursos genticos, la reduccin de lapobreza, proteccin de los conocimientos tradicionales y lascomunidades locales, el mantenimiento de la integridad cultural de lospueblos indgenas y las comunidades locales. Para cumplir con estosobjetivos el proyecto ha elaborado una serie de insumos tcnicos,

    documentos analticos y recomendaciones para fortalecer los procesosnormativos internacionales y regionales y facilitar la participacin de losactores claves en dichos procesos, adems de ofrecer apoyo a losesfuerzos nacionales de aplicacin de los compromisos internacionales.

    En concordancia con los objetivos del proyecto, esta publicacintiene el propsito de ofrecer un anlisis de los avances normativos en elcontexto internacional, una evaluacin del estado de proteccin de losconocimientos tradicionales en 10 pases de Amrica Latina en base a

    estudios de caso. El documento analiza ejemplos regionales como lainiciativa de la Comunidad Andina de Naciones para el posibleestablecimiento de un rgimen subregional para los cinco pasesmiembros, as como la Propuesta de Protocolo Centroamericano de

    Acceso a los Recursos Genticos y Bioqumicos y al ConocimientoTradicional Asociado, adems de abordar el tema en el contexto de losTratados de Libre Comercio entre Estados Unidos y Ecuador, Per yColombia.

    Este trabajo ofrece tambin una reflexin del rol del derechoconsuetudinario o derecho propio en los diseos normativos deproteccin de los sistemas de conocimiento tradicional. Finalmente, lapublicacin aporta una serie de recomendaciones prcticas, sugieremedidas e instrumentos para contribuir al establecimiento y aplicacinde marcos jurdico-institucionales que favorezcan el mantenimiento yrevitalizacin de los sistemas de conocimiento ancestral.

    El trabajo de la UICN en el proceso de elaboracin de marcos

    regulatorios sobre acceso a los recursos genticos y la distribucin delos beneficios generados por su utilizacin, se ha orientado a promoverla conservacin y uso sostenible de la biodiversidad. De igual manera,

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    los principios de equidad y justicia, la participacin de los actores claves,

    el intercambio de informacin y la transferencia de tecnologa, el respetode los pueblos indgenas y las comunidades locales a su conocimientotradicional, en base al cumplimiento del principio de consentimientofundamentado previo y acuerdos justos de distribucin de beneficios,ha sido la norma conductual que gua a UICN.

    Para la UICN el tema de los pueblos indgenas ha sido fundamentalen su programa de trabajo. En el Tercer Congreso Mundial deConservacin de la UICN celebrado en Bangkok, en noviembre del 2004,

    se aprobaron varias resoluciones que reconocen, promueven y convocana la implementacin apropiada de polticas de conservacin basadasen el respeto de los derechos colectivos, las culturas y el conocimientotradicional de los pueblos indgenas, de acuerdo con su derecho deautodeterminacin.

    Las mencionadas resoluciones hacen referencia especfica a lanecesidad de establecer polticas y prcticas especiales dirigidas a lospueblos indgenas en aislamiento voluntario, para que los gobiernos y

    las organizaciones nacionales y regionales establezcan polticas deproteccin especial.

    Igualmente, las resoluciones confirman, una vez ms, el papel vitalque los pueblos indgenas juegan en las reas protegidas y la necesidadde llevar a cabo acciones sustantivas en los mbitos internacional,nacional y local para promover la implementacin efectiva y loscompromisos del Acuerdo y el Plan de Accin del Congreso Mundial deParques de Durban en el 2003.

    A pesar de los grandes avances que hemos presenciado en losltimos aos en el reconocimiento del rol y los derechos indgenas, losretos son an muy grandes, porque no solo suponen herramientas

    jurdicas adecuadas, sino, un proceso de reconocimiento y ejercicio dederechos que consideren aspectos que permitan contrarrestar unaerosin cultural creciente que tiene efectos directos en el mantenimientode los conocimientos, innovaciones y prcticas de los pueblos indgenas.

    En el estudio de Terra Lingua y WWF del 2001 (Maffi, y Oviedo,2000) por ejemplo, ms de la mitad de las lenguas indgenas que sehablan en el mundo estn en peligro de extincin. La relacin lengua-

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    cultura es fundamental en la prctica cultural y los sistemas de

    conocimiento y, cuando se pierden las lenguas, se pierden las prcticasculturales y, por ende, los sistemas de conocimiento. Cules son lasrazones que explican que 3000 lenguas indgenas que se hablan en elmundo estn en peligro de extincin? Hay varias explicaciones, como lafalta de seguridad territorial y de control de los recursos, el deterioroambiental, los modelos de desarrollo y produccin, las formas deeducacin, los desplazamientos, la violencia, la pobreza, entre otras.

    El tema de la pobreza es muy relevante si consideramos que es

    multi-dimensional y est determinada no solo por bajos ingresoseconmicos, sino por la falta de bienes, capacidades, oportunidades,voces, derechos y seguridad de los medios de vida. A partir de losacuerdos de la Cumbre del Milenio en el 2000, el trabajo y loscompromisos en relacin con el alivio de pobreza y los Objetivos delMilenio son una prioridad en las agendas de desarrollo de nuestrospases. Sin embargo, el cumplimiento de dichos Objetivos no podr serefectivo si no se garantiza el derecho de los pueblos indgenas de tener

    una vida digna, reconocer sus conocimientos y culturas y sobretodovalorar el enorme aporte que ofrecen a la conservacin de la naturalezay al mantenimiento de los servicios ambientales.

    Lograr instrumentos y mecanismos de proteccin del conocimientotradicional es un gran reto jurdico y poltico, pero, sobretodo, suponepolticas pblicas integrales que combinen sistemas eficientes deeducacin bilinge, intercultural, seguridad en la tenencia de tierra,fomento al mantenimiento de estilos de produccin y consumo

    diferenciados, ejercicio de sistemas jurdicos que consideren las formasde derecho consuetudinario o derechos propio. Es justamente estapropuesta de complejidad e integralidad la que ofrece este trabajo deManuel Ruiz, quien comprende a profundidad el desafo que supone elestablecimiento de medidas de proteccin del conocimiento tradicional,que en ltima instancia, es un reconocimiento a los derechos humanosy culturales de nuestros pueblos.

    Mara Fernanda Espinosa

    Directora Regional de UICN para Amrica del SurQuito, Marzo, 2006

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    Acrnimos

    ADPIC Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de PropiedadIntelectual relacionados con el Comercio

    ARCA Alianza Regional para Polticas de Conservacin enAmrica Latina y el Caribe

    CAN Comunidad Andina

    CDB Convenio sobre la Diversidad Biolgica

    CGEN Consejo de Gestin del Patrimonio Gentico

    CONAP Confederacin de Nacionalidades Amaznicas del Per

    CONAPA Comisin Nacional de Pueblos Andinos, Amaznicos y

    AfroamericanosCT Conocimiento(s) tradicional(es)

    IAS UNU Instituto de Estudios Avanzados de la Universidad deNaciones Unidas

    INDECOPI Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de laPropiedad Intelectual

    INDEPA Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos,

    Amaznicos y AfroperuanosOMC Organizacin Mundial del Comercio

    OMPI Organizacin Mundial de la Propiedad Intelectual

    OTCA Organizacin del Tratado de Cooperacin Amaznica

    PIC Consentimiento Fundamentado Previo

    TI FAO Tratado Internacional de Recursos Filogenticos para laAlimentacin y la Agricultura

    UNESCO Organizacin de las Naciones Unidas para la Educacin,Ciencia, Cultura

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    Introduccin

    La proteccin legal de los conocimientos tradicionales (CT) de lospueblos indgenas se ha convertido, en los ltimos diez aos, en un

    tema de gran relevancia en el plano jurdico, econmico, social y culturaly en el contexto del desarrollo de polticas nacionales e internacionales.

    En trminos sencillos, la propiedad intelectual clsica y susdiferentes instrumentos, no han servido o al menos no se hacomprobado que sean necesariamente el medio idneo para cautelarlos diferentes intereses de los pueblos indgenas sobre sus aportes yesfuerzos intelectuales pasados, presentes y futuros. Por razones quesern expuestas a lo largo de esta investigacin, ni las patentes de

    invencin, ni el derecho de autor, ni las marcas, ni los derechos deobtentor, entre los instrumentos ms conocidos, han permitido proteger,reconocer, retribuir y compensar a los pueblos indgenas por estosesfuerzos que se reflejan en creaciones en el campo artstico, artesanal,tecnolgico (identificacin y conocimientos sobre usos y aplicacionesde plantas medicinales), agrcola (conservacin y desarrollo de nuevoscultivos, desarrollo y aplicacin de tcnicas de cultivo), entre otros.

    Ante esta situacin y, especialmente desde la entrada en vigor del

    Convenio sobre la Diversidad Biolgica (CDB) a finales de 1993, se hanmultiplicado los esfuerzos internacionales, regionales y nacionales porimpulsar los debates conceptuales sobre las caractersticas y naturalezade los CT y cmo avanzar en el establecimiento de marcos de poltica ynormatividad orientadas a la proteccin jurdica de los CT.

    A nivel internacional el propio CDB, la Organizacin Mundial parala Propiedad Intelectual (OMPI) y su Comit Intergubernamental sobreRecursos Genticos y Propiedad Intelectual, Conocimientos

    Tradicionales y Folklore (Comit Intergubernamental de la OMPI), laOrganizacin Mundial del Comercio (OMC) y su Consejo del Acuerdo

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    sobre los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el

    Comercio (Consejo ADPIC), la Organizacin de las Naciones Unidaspara la Alimentacin y la Agricultura (FAO por sus siglas en ingls) y suTratado Internacional sobre Recursos Fitogenticos para la Alimentaciny la Agricultura (TI FAO) y la Organizacin de las Naciones Unidas parala Educacin, Ciencia y Cultura (UNESCO por sus siglas en ingls), sonsolamente algunos de los espacios donde el tema de la proteccin delos CT se est discutiendo y donde se estn lanzando iniciativas dedistinta ndole.

    En el plano regional, Amrica Latina ha sido pionera en plantearideas y propuestas especficas en materia de CT y en liderarpolticamente las discusiones en los foros anteriormente mencionados.El antecedente ms cercano, posiblemente pueda rastrearse al procesoandino de negociacin de un rgimen de proteccin de los derechos delos obtentores de nuevas variedades vegetales, a principios de la dcadade los aos 90. Este proceso, que en determinado momento incorporal debate una contraposicin entre conocimientos cientficos y CT

    aplicados al mejoramiento de variedades vegetales, definitivamentecataliz un inters que rpidamente traspas el mbito conceptual en laregin andina y que se ha traducido en importantes avances polticos ynormativos en varios pases.

    Para conocer y entender mejor estos avances, esta investigacinse centra en el anlisis de las normas y propuestas normativas para laproteccin de los CT y de las polticas pblicas existentes sobre la materiaen diferentes pases de Amrica Latina. Como es ya ampliamente

    conocido, Amrica Latina concentra buena parte de la diversidadbiolgica del planeta y congrega a muchos pueblos y comunidadesindgenas con una conexin muy estrecha con esta diversidad. Comoconsecuencia, los CT son un elemento vital en esta conexin y mereceser analizado desde diferentes perspectivas, en este caso la poltica legal.

    Al igual de lo que en su momento hizo la publicacin Proteccin SuiGeneris de Conocimientos Indgenas en la Amazona(2002), esta nueva

    entrega actualiza y amplia la informacin, extendindola al planolatinoamericano y plantea un anlisis ms detallado sobre las diferentes

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    normas y propuestas existentes en cada uno de los pases. Asimismo,

    se ampla la investigacin para incluir un tema de creciente importancia:el rol del Derecho Consuetudinario en la discusin sobre cmo protegerlos CT. Finalmente, se incluye tambin una propuesta de elementosque deben tomarse en cuenta al momento de desarrollar polticaspblicas y normas en esta materia.

    La presente publicacin se ha estructurado de la siguiente manera:el Captulo Primero inicia la investigacin y, para ello, presenta unafotografa de lo que representan los pueblos indgenas para

    Latinoamrica. Se incluyen algunas estadsticas y datos varios quepueden ser de inters para el lector, especialmente en su relacin conlos CT. Seguidamente, se intenta responder a las preguntas por quson importantes los CT ? y por qu merecen ser protegidos legalmente?Este Captulo permitir al interesado ubicarse dentro de un contextosocial, cultural y econmico que, de cierta manera justifica y sustentalos dems captulos del libro. Como seccin final de este Captulo

    En el Captulo Segundo se hace una resea de los avancesinternacionales en el plano poltico para la proteccin de los CT. Sepresenta un poco de la historia reciente sobre el surgimiento de lapreocupacin por los CT y cmo se ha respondido a esta preocupacina partir de polticas pblicas internacionales y en los marcos institu-cionales existentes, incluyendo el CDB, el Comit Intergubernamentalde la OMPI, el Consejo del ADPIC, la FAO y la UNESCO. Asimismo, seincluyen referencias a las posiciones y declaraciones que pueblos ycomunidades indgenas a lo largo de los aos han estado reivindicando

    y planteando. Esto refleja claramente la posicin pro activa que, desdelos propios indgenas, se tiene en relacin a este tema.

    El Captulo Tercero se centra en la proteccin de los CT a nivel dela Comunidad Andina (CAN). La CAN resulta un caso emblemtico eimportante de conocer, pues es a partir de ciertos procesos vinculadosa la propiedad intelectual clsica, que surgen los llamados y la bsquedade consensos para establecer polticas y normas regionales orientadasa la proteccin de los CT. La CAN tambin resulta un caso de inters,

    pues varias de las ideas y propuestas surgidas en los ltimos diez aosen el mbito de sus procesos, son en la actualidad ideas y propuestas

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    que se debaten en el mbito internacional y en procesos nacionales

    alrededor del mundo. Es decir, se ha influido positivamente, desde lasub-regin andina, en las agendas globales y de otros pases. Inclusosi se revisan una serie de propuestas sobre la materia (incluyendo enrelacin al tema del acceso a los recursos genticos) se evidencia lafuerte influencia que ha tenido la sub-regin en exportar muchas desus experiencias y propuestas.

    Un instrumento de especial inters es la Propuesta de ProtocoloCentroamericano de Acceso a los Recursos Genticos y Bioqumicos y

    al Conocimiento Tradicional Asociado, en el cual se incluyen referenciasexplcitas y propuestas sobre la proteccin de los CT. Por otro lado,tambin resulta muy interesante y oportuno revisar los avances en elproceso de negociacin del Tratado de Libre Comercio (TLC) entre EEUUy Colombia, Ecuador y Per donde los CT son parte importante de laagenda poltica pases andinos y verificar su tratamiento e inclusin enel proceso del TLC. La Propuesta de Protocolo y la revisin del TLC seabordan en el Captulo Cuarto de esta investigacin.

    En el Captulo Quinto se hace un anlisis de los desarrollos polticosy normativos a nivel de doce pases de Amrica Latina (y dos que sinserlo Guyana y Surinam , se encuentran en la regin y tienen avancesque vale la pena mencionar). Se han incluido Argentina, Brasil, Bolivia,Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guyana, Mxico,Panam, Per, Surinam y Venezuela porque son pases que, como yase seal anteriormente, en diferentes magnitudes, han avanzado ensus procesos polticos y normativos internos para proteger los CT de los

    pueblos indgenas. La ausencia de referencias a otros pases obedececomo tambin ya se mencion, a que simplemente los procesos sonan incipientes y la informacin sobre los mismos no se encuentrafcilmente disponible.

    El Captulo Sexto hace un anlisis del rol que tiene el DerechoConsuetudinario en la proteccin de los CT y cmo se articula y relacionaeste derecho con el derecho formal (Estatal). Dentro de las prcticassociales de los pueblos indgenas, el Derecho Consuetudinario tiene un

    papel protagnico, al ordenar y definir estructuras sociales y comunitariasy asignar funciones y cuotas de poder entre los pueblos y al interior de

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    CAPITULO PRIMERO

    1. Las comunidades indgenas en Amrica Latina: unaaproximacin inicial

    Es muy difcil pretender caracterizar la situacin social, econmicay poltica de los pueblos y comunidades indgenas de Amrica Latina1.Los ecosistemas donde se concentran las poblaciones indgenas en

    Amrica Latina y las propias culturas indgenas, son vastas, variadas ycomplejas. Como lo indica el Cuadro No. 1, se estima que son unos 400grupos tnicos los que habitan estos diferentes ecosistemas, cada cualcon sus particularidades propias a nivel de organizacin social yeconmica y, especialmente, a nivel cultural. Sin embargo, los pueblos

    y comunidades indgenas presentan rasgos comunes que es posibleidentificar y que definen, en mayor o menor medida, la situacin deestos grupos2.

    1 En este Captulo Primero no se har una revisin exhaustiva y detallada de lasituacin social, econmica, poltica y legal de los pueblos y comunidades indgenasen Latinoamrica. En la medida que no es el objeto central de esta investigacin,nicamente se presentarn los patrones generales de dicha situacin y contexto.En todo caso, hay abundante literatura sobre la materia. Inicialmente, se recomiendarevisar textos tales como: Comisin Amaznica de Desarrollo y Medio Ambiente.Amazona sin Mitos. BID, PNUD, TCA, Editorial Oveja Negra, Colombia, 1994 (2da.Edicin) o Chirif, A., Garca, P., y Smith, R., El Indgena y su Territorio son UnoSlo. Estrategias para la Defensa de los Pueblos y Territorios Indgenas en laCuenca Amaznica. OXFAM Amrica y COICA, Lima, 1991. Comisin Nacionalpara el Desarrollo de los Pueblos Indgenas en Mxico (http.//www.cdi.gob.mx).Hernndez, I. Los Pueblos Indgenas y la Sociedad de la Informacin en AmricaLatina y el Caribe: un Marco para la Accin/ Silcia Calcagno, [s.l.] CEPAL, Institutopara la Conectividad en las Amricas, 2003.

    2 Chirif, A., Garca, P., Smith, R. El Indgena y su Territorio son Uno Slo. Estrategiaspara la Defensa de los Pueblos y Territorios Indgenas en la Cuenca Amaznica.OXFAM Amrica y COICA, Lima, 1991

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    En primer lugar, todos los pobladores indgenas nacen como

    miembros de pueblos diferenciados y en los que encuentran sus races.Asimismo, constituyen pueblos en la medida que tienen una poblacinclaramente definida, una identidad y lengua propia y habitan territoriosque reconocen como propios. Hay en ese sentido, una relacin muyvital entre estos pueblos y las tierras y territorios que habitan.

    En segundo lugar, estos grupos han sufrido procesos muy similaresde invasin, colonizacin, evangelizacin y, en muchos casos, despojode sus territorios y tierras, conllevando ello a una paulatina influencia

    occidental en sus culturas y, en muchos casos, a la prdida decostumbres ancestrales y patrones culturales.

    Finalmente, dado el espacio fsico que ocupan el bosque tropicalfundamentalmente en Mxico y Centro Amrica y la Amazona y regionesmontaosas las comunidades indgenas han desarrollado una grancapacidad de adaptacin a un ambiente particularmente hostil, con unalto grado de equilibrio y racionalidad en el uso de los recursos naturales.Esta misma situacin de permanente adaptacin al medio, les hapermitido desarrollar un enorme bagaje de conocimientos tericos yprcticos sobre su ambiente y sobre la diversidad biolgica que locompone y aplicar dichos conocimientos en la bsqueda de productos yprocesos tiles para su supervivencia. La gran variedad de cultivos yplantas medicinales son los ejemplos tpicos que expresan la existenciade conocimientos tradicionales susceptibles de ser protegidos

    jurdicamente.

    Denevan por ejemplo, calcula que antes de la Conquista, existancuando menos dos mil pueblos indgenas en la Amazona y que supoblacin sobrepasaba los siete millones de habitantes3. Sin duda, lasenfermedades introducidas al medio amaznico y los procesos decolonizacin incluyendo el trabajo forzado durante la era del cauchopor ejemplo, y la aculturizacin subsiguiente, llevaron de maneraimportante a diezmar a estos grupos4 5. En el caso de las culturas Mayas

    3 Denevan, .M. The Aboriginal Population of Amazonia. En: Denevan, \v.E (ed.) TheNative Population of the Americas in 1492. Madison Wisconsin, University ofWisconsin Press, 1976, pp. 205 -234

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    Cuadro No. 1: Poblacin Indgena Estimada en Amrica Latina:

    Grupos tnicos, Comparativo por Pases y PorcentajesPoblacin Grupos Poblacin Ind-

    Pas Nacional tnicos gena Estimada Porcentaje

    Argentina (1) 36.955.182 14 369.551 1,00

    Bolivia (2) 8.329.400 12 5.913.590 71,00

    Brasil (2) 166.113.000 58 332.226 0,20

    Chile (2) 15.211.000 2 1.216.880 8,00

    Colombia (2) 42.975.715 29 785.356 1,83

    Costa Rica (3) 3.644.000 8 36.440 1,00

    Ecuador (2) 12.920.000 10 5.555.600 43,00

    El Salvador (2) 6.122.515 N.D 428.576 7,00

    Guyana (2) 697.286 7 56.294 8,07

    Mxico(4) 100.350.000 62 14.049.000 14,00

    Panam (5) 2.808.268 8 168.496 6,00

    Per (2) 27.013.000 28 12.696.110 47,00

    Surinam (2) 431.303 2 25.878 6,00

    Venezuela (2) 23.542.649 22 470.852 2,00

    Total General 510.508.136 262 48.845.205 15,43

    Fuentes:(1) Grupo Internacional de trabajo sobre asuntos indgenas. El mundo Indgena, 2004.(2) G. K. Hall & Co. Encyclopedia of World Cultures, Boston,1994.(3) http://www.terra.com.gt/proyectos/indigenas/contexto_costa_rica.html(4) http://cdi.gob.mx/(5) http://www.pa/informacion.html

    4 Solamente a modo de ejemplo, el proceso de colonizacin de la Regin Amaznicafue particularmente intenso durante la era cauchera (1840 - 1914 aproximadamente).En Brasil, 300,000 mil colonos migraron hacia la Amazona lo cual increment lapoblacin de unos 140,000 en 1820 a casi 1.217.000 en 1910 con los consiguientesimpactos en los pobladores nativos de la regin. Este patrn, en diferentesmagnitudes tambin se present con iguales o peores efectos en Bolivia, Colombia,Ecuador y Per.

    5 En el caso de la Amazona, luego de la era del caucho, polticas gubernamentalesorientadas a expandir la frontera agrcola, a promover la explotacin maderera y la

    construccin de vas de comunicacin - pistas y carreteras - contribuyeron tambina afectar el modus vivendide las comunidades indgenas amaznicas y, en especial,a reducir sus espacios territoriales.

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    y Aztecas se calcula la presencia de no menos de 7 millones de

    habitantes para la primera y 6 millones para la segunda en sus etapasde apogeo6. A partir de la Conquista los patrones poblacionales y lasformas de vida de estos grupos sufrieron un cambio dramtico.

    Un documento sobre biodiversidad y salud pblica del Tratado deCooperacin Amaznicaes bastante ilustrativo y categrico en relacina la situacin que viven las comunidades indgenas amaznicas7. Enefecto, seala que:

    cualquiera que sea el total de la poblacin indgenaamaznica, su situacin general es crtica, ya que est expuesta

    a las graves y permanentes presiones ejercidas por la expansin

    de las sociedades nacionales que, a travs de la implantacin

    de unas polticas econmicas incompatibles con el desarrollo

    sostenible de la regin, afectan a los aborgenes a travs de

    procesos de aculturizacin violentos que transforman

    rpidamente su vida. Aculturizacin, destribalizacin y prdida

    de identidad tnica; desplazamiento poblacional huda al interior

    de la selva, son opciones de una poblacin acorralada por la

    modernidad, la enfermedad y la violencia

    Es perfectamente factible traslapar esta descripcin a la situacinde pueblos y comunidades indgenas en distintos lugares del mundo con mayores o menores nfasis incluyendo el caso de Mxico y lospases Centro Americanos.

    Contina sealando el documento antes referido que:

    6 Se ha calculado que hacia el ao 1519, la poblacin indgena oscilaba entre los 4,5 y los 25 millones de habitantes. Estas cifras tan divergentes expresan la enormedificultad que han tenido los investigadores para precisar la cantidad de habitantesdel Mxico precolombino. Sin embargo, se estima que en ningn caso la poblacindel imperio azteca puede haber sido inferior a los 7 millones de habitantes. Ver:http://www.puc.cl/sw_educ/historia/conquista/ y http://www.puc.cl/sw_educ/historia/

    conquista/7 Tratado de Cooperacin Amaznica. 1995. Biodiversidad y Salud en las PoblacionesIndgenas de la Amazona. Secretara Pro Tempore, TCA, Lima. p. 24

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    misma del reclamo indgena, cual es la autodeterminacin y el reconocimientopleno a sus derechos territoriales, tiende ms bien a ser obviada o, cuando menos,no genera el mismo entusiasmo entre estos mismos Gobiernos. Sobre este temaver pronunciamiento de la Quinta Reunin Consultiva Indgena de Amrica Latina

    y el Caribe (13 14 de febrero, Cusco, Per) en materia de autonoma yautodeterminacin, tierras y territorios. Esta reunin congreg a 65 dirigentesindgenas representando a 17 pases de Latinoamrica y el Caribe.

    Pas Disposiciones Constitucionales

    Artculo 75 (17). Corresponde al Congreso:

    Reconocer la preexistencia tnica y cultural de los pueblosindgenas argentinos.

    Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a unaeducacin bilinge e intercultural ; reconocer la personera

    jurdica de sus comunidades, y la posesin y propiedadcomunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; yregular la entrega de otras aptas y suficientes para eldesarrollo humano; ninguna de ellas ser enajenable,transmisible ni susceptible de gravmenes o embargos.

    Asegurar su participacin en la gestin referida a sus recursosnaturales y los dems intereses que los afecten.

    Cuadro No. 2 Disposiciones Constitucionales referidas a los

    pueblos y comunidades indgenas en Amrica Latina

    Argentina(ConstitucinNacional de1853,revisin de1994)

    Bolivia(Constitucin

    Poltica de1967)

    Artculo 171. Se reconocen, respetan y protegen en el marcode la ley, los derechos sociales, econmicos y culturales de

    los pueblos indgenas que habitan en el territorio nacional,especialmente los relativos a sus tierras comunitarias deorigen, garantizando el uso y aprovechamiento sosteniblede los recursos naturales, su identidad, valores, lenguas,costumbres e instituciones.

    El Estado reconoce la personalidad jurdica de lascomunidades indgenas y campesinas y de las asociacionesy sindicatos campesinos.

    Las autoridades naturales de las comunidades indgenas de

    las comunidades indgenas y campesinas podrn ejercerfunciones de administracin y aplicacin de normas propiascomo solucin alternativa de conflictos, de conformidad asus costumbres y procedimientos, siempre que no seancontrarias a esta Constitucin y las leyes.

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    Artculo 231. A los indios se les reconocen sus organizaciones

    sociales, costumbres, lenguas, creencias y tradiciones, y losderechos originarios sobre las tierras que tradicionalmenteocupan, siendo competencia de la Unin demarcarlas,protegerlas y hacer respetar todos sus bienes.

    1. Las tierras tradicionalmente ocupadas por los indios,habitadas por ellos de forma permanente, las utilizadas parasus actividades productivas, las imprescindibles para lapreservacin de los recursos ambientales, necesarios parasu bienestar, y las necesarias para su reproduccin fsica y

    cultural, segn sus usos costumbres y tradiciones.

    Brasil(Constitucinde laRepblicaFederativade Brasil de1988)

    Chile No hay disposiciones constitucionales referidas a pueblosindgenas

    Colombia(ConstitucinPoltica de laRepblica de

    Colombia de1991,revisin de1995)

    Artculo 330. De conformidad con la Constitucin y las Leyes,los territorios indgenas estarn gobernados por consejosconformados y reglamentados segn los usos y costumbresde sus comunidades y ejercern las siguientes funciones:

    1. Velar por la aplicacin de las normas legales sobre usosdel suelo y poblamiento de sus territorios

    2. Disear las polticas y los planes y programas de desarrolloeconmico y social dentro de su territorio, en armona conel Plan Nacional de Desarrollo

    3. Promover las inversiones pblicas en sus territorios y velarpor su debida ejecucin

    4. Percibir y distribuir sus recursos

    5. Velar por la preservacin de los recursos naturales

    6. Coordinar los programas y proyectos promovidos por lasdiferentes comunidades en su territorio

    7. Colaborar con el mantenimiento del orden pblico dentrode su territorio de acuerdo con las instrucciones ydisposiciones del Gobierno Nacional

    8. Representar a los territorios ante el gobierno nacional ylas dems entidades a las cuales se integren; y

    9. Las que les sealen la Constitucin y la ley

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    Pargrafo. La explotacin de los recursos naturales en losterritorios indgenas se har sin desmedro de la integridadcultural, social y econmico de las comunidades indgenas.En las decisiones que se adopten respecto de dichaexplotacin, el gobierno propiciar la participacin de losrepresentantes de las respectivas comunidades.

    Artculo 84. El Estado reconocer y garantizar a los pueblos

    indgenas, de conformidad con esta Constitucin y la ley, yel respeto al orden pblico y a los derechos humanos, lossiguientes derechos colectivos:

    1. Mantener, desarrollar y fortalecer su identidad y tradicionesen lo espiritual, cultural, lingstico, social, poltico yeconmico.

    2. Conservar la propiedad imprescriptible de las tierrascomunitarias, que sern inalienables, inembargables eindivisibles, salvo la facultad del Estado para declarar su

    utilidad pblica. Estas tierras estarn exentas del pagodel impuesto predial.

    3. Mantener la posesin ancestral de las tierras comunitariasy a obtener su adjudicacin gratuita, conforme a la ley.

    4. Participar en el uso, usufructo, administracin y conser-vacin de los recursos naturales renovables que se hallenen sus tierras.

    5. Ser consultados sobre planes y programas de prospeccin

    y explotacin de recursos no renovables que se hallen ensus tierras y que puedan afectarlos ambiental oculturalmente; participar en los beneficios que esosproyectos reporten, en cuanto sea posible y recibirindemnizaciones por los perjuicios socio-ambientales queles causen.

    6. Conservar y promover sus prcticas de manejo de labiodiversidad y de su entorno natural.

    7. Conservar y desarrollar sus formas tradicionales de

    convivencia y organizacin social, de generacin y ejerciciode la autoridad.

    Costa Rica No hay disposiciones constitucionales referidas a los pueblosindgenas

    Ecuador

    (ConstitucinPoltica de laRepblicadel Ecuadorde 1992,revisin de1998)

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    Artculo 58. Identidad cultural. Se reconoce el derecho delas personas y de las comunidades a su identidad culturalde acuerdo a sus valores, su lengua y sus costumbres.

    Artcu lo 62. Proteccin al ar te, folklore y artesanastradicionales. La expresin artstica nacional, el arte popular,el folklore y las artesanas e industrias autctonas, debenser objeto de proteccin especial del Estado, con el fin depreservar su autenticidad. El Estado propiciar la aperturade mercados nacionales e internacionales para la librecomercializacin de la obra de los artistas y artesanos,promoviendo su produccin y adecuada a tecnificacin.

    Artculo 66. Proteccin a grupos tnicos. Guatemala est

    formada por diversos grupos tnicos entre los que figuranlos grupos indgenas de ascendencia maya. El Estado

    8. A no ser desplazados, como pueblos, de sus tierras.

    9. A la propiedad intelectual colectiva de sus conocimientosancestrales; a su valoracin, uso y desarrollo conforme ala ley.

    10. Mantener, desarrollar y administrar su patrimonio culturale histrico.

    11. Acceder a una educacin de calidad. Contar con elsistema de educacin intercultural bilinge.

    12. A sus sistemas, conocimientos y prcticas de medicinatradicional, incluido el derecho a la proteccin de loslugares rituales y sagrados, plantas, animales, mineralesy ecosistemas de inters vital desde el punto de vista deaquella.

    13. Formular prioridades en planes y proyectos para eldesarrollo y mejoramiento de sus condiciones econmicasy sociales; y a un adecuado financiamiento del Estado.

    14. Participar, mediante representantes, en los organismos

    oficiales que determine la ley.15. Usar smbolos y emblemas que los identifiquen.

    El SalvadorNo hay disposiciones constitucionales referidas a pueblosindgenas

    Guatemala(ConstitucinPoltica de la

    Repblica deGuatemalade 1985)

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    reconoce, respeta y promueve sus formas de vida,

    costumbres, tradiciones, formas de organizacin social,el uso del traje indgena en hombres y mujeres, idiomasy dialectos.

    Artculo 89. Las Comunidades Campesinas y las Nativastienen existencia legal y son personas jurdicas. Sonautnomas en su organizacin, en el trabajo comunal y enel uso y la libre disposicin de sus tierras, as como en loeconmico y administrativo, dentro del marco que la leyestablece. La propiedad de sus tierras es imprescriptible,salvo el caso de abandono El Estado respeta la identidadcultural de las Comunidades Campesinas y Nativas.

    Per(ConstitucinPoltica dede 1993)

    Mxico(ConstitucinPoltica delos EstadosUnidosMexicanos

    de 1995)

    Artculo 4. La nacin mexicana tiene una composicinpluricultural sustentada originalmente en sus pueblosindgenas. La ley proteger y promover el desarrollo de suslenguas, culturas, usos, costumbres, recursos y formasespecficas de organizacin social, y garantizar a susintegrantes el efectivo acceso a la jurisdiccin del Estado.

    En los juicios y procedimientos agrarios en que aquellos seanparte, se tomarn en cuenta sus prcticas y costumbres

    jurdicas en los trminos que establezca la ley.

    Nicaragua(ConstitucinPoltica deNicaragua de1987)

    Artculo 180. Las Comunidades de la Costa Atlntica tienenel derecho de vivir y desarrollarse bajo las formas deorganizacin social que corresponden a sus tradicioneshistricas y culturales. El Estado garantiza a estascomunidades el disfrute de sus recursos naturales, laefectividad de sus formas de propiedad comunal y la libre

    eleccin de sus autoridades y representantes.

    Panam(ConstitucinPoltica de laRepblica dePanam de1972)

    Artculo 119. El Estado dar atencin especial a lascomunidades campesinas indgenas con el fin de promoversu participacin econmica, social y poltica en la vidanacional Artculo 123. El Estado garantiza a las comunidadesindgenas la reserva de las tierras necesarias y la propiedadcolectiva de las mismas para el logro de su bienestareconmico y social. La ley regular los procedimientos quedeban seguir para lograr esta finalidad y las delimitaciones

    correspondientes dentro de las cuales se prohbe laapropiacin privada de tierras.

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    Art culo 149. Las autoridades de las ComunidadesCampesinas y Nativas, con el apoyo de las RondasCampesinas, pueden ejercer las funciones jurisdiccionalesdentro de su mbito territorial de conformidad con el derechoconsuetudinario, siempre que no violen los derechosfundamentales de la persona. La ley establece las formasde coordinacin de dicha jurisdiccin especial con losJuzgados de Paz y con las dems instancias del PoderJudicial.

    Venezuela(Constitucinde laRepblicaBolivarianade Venezuelade 1999)

    Artculo 119. El Estado reconocer la existencia de lospueblos y comunidades indgenas, su organizacin social,poltica y econmica, sus culturas, usos y costumbres,idiomas y religiones, as como su hbitat y derechosoriginarios sobre las tierras que ancestral y tradicionalmenteocupan y que son necesarias para desarrollar y garantizarsus formas de vida. Corresponder al Ejecutivo Nacional,con la participacin de los pueblos indgenas, demarcar ygarantizar el derecho a la propiedad colectiva de sus tierras,las cuales sern inalienables, imprescriptibles, inembar-

    gables e intransferibles de acuerdo con lo establecido enesta Constitucin y la ley.

    Artculo 120. El aprovechamiento de los recursos naturalesen los hbitats indgenas por parte del Estado se har sinlesionar la integridad cultural, social y econmica de losmismos e, igualmente, est sujeto a previa informacin yconsulta a las comunidades indgenas respectivas. Losbeneficios de este aprovechamiento por parte de los pueblosindgenas estn sujetos a la Constitucin y a la ley.

    Fuente: diferentes pginas web.

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    11 Las fuentes y el acceso a la documentacin etnobotnica y etnofarmacolgicadependen, en muchos casos de las necesidades especficas de los interesados.Sera poco prctico pretender estructurar un listado de las mltiples y diferentesbases de datos y documentos que contienen este tipo de informacin. Sin embargo,para acceder a informacin sobre un sinnmero de sitios web que podran dirigir alos interesados a fuentes de informacin etnobotnica y etnofarmacolgica de origenamaznico se recomienda revisar la seccin final (Useful Contacts and Sourcesof

    Information) del texto de Ten Kate, K., and Laird, S. (1999) The Commercial Use ofBiodiversity. Access to Genetic Resources and Benefit Sharing. EarthscanPublications Ltd, London.

    12 Pearce y Moran han desarrollado metodologas para valorar la biodiversidad y,dentro de ella, a las plantas medicinales en particular. Ver: Pearce, D., and Moran,D. (1994) The Economic Value ofBiodiversity. IUCN, Earthscan Publication Ltd,London. p. 101 -106

    13 Joseph Vogel, de la Universidad de Puerto Rico hizo algunos esfuerzos de valoracinde los CT y, especialmente, de buscar mecanismos prcticos de proteccin. Untexto que de alguna manera ilustra esta situacin es: Vogel, Joseph (Ed.). 2000. El

    Cartel de la Biodiversidad. Transformacin de los Conocimientos Tradicionales enSecretos Comerciales. SAN REM, ECOCIENClA, USAID, CARE. Quito, Ecuador.Documento disponible en: http/ /www.elcarteldebiodiversidad.com

    El Cuadro No. 3 presenta a modo ilustrativo algunos de los ms

    conocidos de los cientos de casos en los cuales CT de pueblos ycomunidades indgenas respecto a cultivos nativos y plantas medicinaleshan pasado a ser documentados y a formar parte de la literaturaespecializada. Ms an, muestra cmo su aplicacin en procesosindustriales o su comercializacin generan beneficios econmicos quemuy rara vez se comparten con los proveedores originales tanto de losrecursos como de los CT asociados a ellos.

    Pero, cul es exactamente el valor no solamente de los recursos

    en s, sino de los conocimientos, innovaciones y prcticas indgenasasociados a estos recursos. La literatura, registra algunos esfuerzospor calcular el valor de la materia prima en s (los recursos materiales,la planta medicinal en s o la semilla como tal) pero es muy escasa, sinoinexistente, en relacin al clculo del valor del conocimientoo aporteintelectual indgena, o CT, alrededor del mundo12. Ciertamente resultamuy difcil establecer el valor de estos conocimientos o aportes, msan cuando no solamente debe considerarse su valor econmico sinotambin el valor cultural o social que pudieran tener y que, de hecho,tienen a nivel de las comunidades que los generan y desarrollan a lolargo del tiempo13.

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    Curare(Chondoden-dron tomen-tosum)

    Quinina(Chinchona

    sp)

    Frijol mexi-cano

    Coca(Erytro-xylum coca)

    Maize (Zeadiploperennis)

    Albahaca demonte(Ocinummicranthum)

    Ua de gato(Uncariatomentosa)

    Croton Le-cheri, (San-gre de grado)

    Dtubocurarina, uti-lizada como rela-

    jante muscular

    Quinina, antima-

    lrica

    Alimento tradicionalde pueblos indge-nas

    Cocana, anestsi-co local y estimu-lante

    Especie silvestre demaz, muy rara, re-sistente a virus yperenne

    Especie cultivada,tradicionalmenteusada por pueblosindgenas

    Anti inflamatorio,an t i concep t i vo ,cancerosttico

    Cicatrizante, anti-diarreico, canceros-ttico

    La industria famacuticase encuentra experimen-tando sobre drogas pararelajacin muscular.

    Base de derivados fama-cuticos (medicamentos

    como cloroquina yprimaquina; Novartis)

    Patentado en EEUU

    Propiedades curativas

    Se comercializa en formaliofilizada en mercadosLatinoamericanos y enEEUU principalmente.

    Shaman Botanicals co-mercializa SB-NormalStool Formula

    Amazona

    Amazona

    Mxico

    Andes

    Mxico

    Mxico

    Amazona

    Amazona

    Cuadro No. 3 Plantas medicinales de Amrica Latina y su

    situacinRECURSO COMPOSICINYUSO SITUACIN ORIGEN

    Elaboracin: SPDA, 2001.Fuentes: Tratado de Cooperacin Amaznica. 1995. Plantas Medicinales Amaznicas: Realidady Perspectivas. Secretara Pro Tempore, TCA, Lima, Per. Meza, EIsa. Latex Medicinal de sangrede Grado en el Mercado Mundial En: Bosques Amaznicos, Junio, 2000. Diferentes pginasweb del Internet.

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    Sin embargo, para efectos del presente trabajo se intentar una

    aproximacin inicial para plantear no tanto cul podra ser el valor exactoo aproximado de estos conocimientos, innovaciones y prcticasindgenas, sino las magnitudes o rangos econmicos en los cuales estoselementos del aporte intelectual indgena podran estar ubicndose entrminos de valor econmico.

    Para ello, utilizaremos las cifras propuestas por Ten Kate y Laird14 yuna metodologa bastante simple y elemental. En su estudio, estasautoras calculan que el valor anual del mercado global de productos

    derivados de recursos genticos y biolgicos (incluyendo extractos,combinaciones, molculas, encimas, etc.) llegara a cifras alrededor deentre US$ 500 y US$ 800 billones, para rubros que incluyen productosfarmacuticos, medicinas botnicas (o botanical medicines ynutraceuticals), los principales cultivos agroindustriales, horticultura,aplicaciones biotecnolgicas (distintas a la agricultura y salud),cosmticos y productos para la proteccin de cultivos (crop protection).

    Si siendo muy conservadores en la estimacin, asumimos comohiptesis que slo 10% de estos US$ 500 US$ 800 billones se derivande recursos respecto de los cuales existen conocimientos indgenasoriginarios que coinciden o no con los usos y aplicaciones modernas,tendramos como resultado que, cuando menos, productos msconocimientos indgenas tienen un valor aproximado de US $50 billonesanualmente. De estos US$ 50 billones, es extremadamente difcil precisarcul sera exactamente el aporte intelectual indgena. Sin embargo, sinuevamente, siendo muy conservadores con los nmeros se asume -

    arbitrariamente- que un 10% del paquete [producto + conocimientosindgenas] corresponde precisamente a la segunda variable(conocimientos indgenas), el valor de este aporte intelectual indgena anivel global llegara a US$ 5 billones anuales. Llevando el ejemplo a unescenario ms comercial, si reducimos el valor de la contribucinintelectual indgena al 10% de la ltima cifra, tendramos un aportecalculado en por lo menos US $ 500 millones, cifra por lo dems muysignificativa, especialmente en el contexto de la situacin social yeconmica de los pueblos indgenas.

    14 Ten Kate, K. y Laird, S. ob.cit

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    En realidad, este ejercicio es un intento muy rudimentario y limitado

    de llamar la atencin en el sentido que los conocimientos, innovacionesy prcticas (los CT) indgenas tienenun valor econmico muy importante.Incluso si como algunos autores sostienen, resulta imposible separarlas variables producto (material biolgico y sus derivados) yconocimientos (aporte cognoscitivo o intangible)15 pues ambas formanparte de un todo indisoluble en el mundo indgena, la importanciaeconmica se acenta an ms.

    Si analizamos el Cuadro No. 3 y reconocemos el uso cotidiano y la

    comercializacin e industrializacin de estos productos a nivel regionale internacional, se confirma el valor econmico de los mismos y,ciertamente, del aporte intelectual que hizo posible su identificacin inicial,su conservacin y mejoramiento (enhancement) y su posteriorinvestigacin y desarrollo (I & D).

    Sobre los procesos de investigacin y desarrollo, especficamenteen el campo de los frmacos, desde un punto de vista utilitario yeconmico (la perspectiva preferida a nivel de los procesos polticos ynormativos regionales e internacionales), se ha comprobado que, enpruebas preliminares utilizando plantas remitidas al Instituto Nacionalde Saludde los EEUU de Norteamrica para su rastreo oscreening enbusca de componentes activos anti HIV; la seleccin no dirigida deplantas medicinales result en un 6% de actividad bioqumica. Encontraste, el uso de plantas utilizadas en la medicina tradicional y sobrelas cuales exista informacin etnobotnica el nivel de actividadbioqumica, aument a un 25%. Los especialistas afirman que la

    15 Singh Nijar es uno de los ms reconocidos exponentes de la idea que - en laconcepcin indgena en general- es imposible una separacin entre lo tangible (elrecurso) y lo intangible (el conocimiento respecto del mismo). Ver: Sing Nijar, G.(1996) TRIPs and Biodiversity: The Threat and Responses, A Third World View.Third World Network. Paper 2. Penang, Malaysia. Los pueblos indgenas, endiferentes foros internacionales han afirmado tambin que la separacin entre CTy el elemento tangible (la biodiversidad) resulta imposible en la concepcin indgena.Por ejemplo, la Asociacin Andes del Cusco propone el concepto de Patrimonio

    Colectivo Bio-Cultural, para referirse a conocimientos, innovaciones y prcticasque se encuentran unidas de manera intrnseca e indisoluble con los territorios yrecursos naturales que en ellos se encuentran.

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    evidencia en estas pruebas no es concluyente respecto de la importancia

    del aporte cognoscitivo indgena, pero denota un rasgo y es que laidentificacin etnobotnica permite de cuatro a cinco veces mayorefectividad en la deteccin de agentes tiles para el proceso deinvestigacin y desarrollo de frmacos cuando se apoyan en informacinaportada por indgenas.

    Si por otro lado, se considera que la inversin en I & D paradesarrollar un nuevo producto farmacutico oscila entre los US $ 500 YUS $ 800 millones (de acuerdo a cifras que la propia industria

    proporciona), la importancia de esta informacin y, por ende, del aporteintelectual indgena se hace evidente e imposible de obviar16

    Otro dato interesante, regularmente presentado, es que cuandomenos un 25% de las prescripciones mdicas entre 1959 y 1980 en losEEUU contenan extractos o principios activos de plantas superiores.Farnsworth calcula que en los aos 90 los consumidores (a nivel mundial)gastaron aproximadamente US $ 8 billones en medicamentosprovenientes directa o indirectamente de plantas, muchas de las cuales,sin lugar a dudas, provenan de lugares en los cuales haban sido (yson) utilizadas regularmente por las poblaciones indgenas17 . Estas cifrasy porcentajes siguen siendo vlidas casi 20 aos despus.

    16 Para mayores datos y precisiones sobre este punto ver: Balick, M.J. 1990.Ethnobotany and the identification of therapeutic agents from the rainforest. En:Chadwick, nJ. (eds). Bioactive Compollnds from Plants. Chichester, UK, Wiley &Sons., p. 22 39. Un documento muy interesante referido a proyectos de

    bioprospeccin en la regin amaznica (y en otros lugares de Latinoamrica y elmundo), donde se han utilizado plantas y sus derivados tradicionalmente utilizadospor poblaciones indgenas es Pharmaceutical Biology. Drug Discovery, EconomicDevelopment and Conservation: the lnternational Cooperative Biodiversity Groups,

    Volume 37, Suplement, 1999, SWETS & ZEITLINGER Publishers, The Netherlands.La mayora de estos proyectos, implican esfuerzos cooperativos entre empresasfarmacuticas, el sector acadmico (universidades), instituciones estatales y laspropias comunidades indgenas a quienes se solicita informacin sobre usosmedicinales de plantas y otros recursos del bosque tropical. El documento verificacmo en pases como Mxico, Per y Surinam (entre otros) muchas de las plantasevaluadas cientficamente coinciden con los usos tradicionales de comunidades.

    17 Farnsworth, N. and Akerele, O. Las plantas medicinales en la teraputica. Boletnde la Oficina Sanitaria Panamericana. Washington, 107 (4).1989. P. 314 - 323

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    Pero como ya se adelant, el valor del aporte intelectual indgena

    (CT) no debe medirse exclusivamente en funcin a intereses utilitariosy en relacin a cunto sirven para el desarrollo de productosfarmacuticos a los que, paradjicamente slo tienen acceso una porcinreducida de la poblacin (a nivel mundial). Solamente en el campo delcuidado primario de salud, se conoce que cuando menos un 75% de lapoblacin mundial satisface sus necesidades bsicas de salud a partirde plantas (ysus componentes) medicinales. De stas, casi la totalidadse conocen y aplican a partir de procesos cognoscitivos y prcticas

    realizadas por comunidades indgenas en el mundo. En Latinoamrica,el 50% de la poblacin tiene poco o ningn acceso a medicamentosconvencionales y, en su gran mayora, recurren a plantas y remediostradicionales para satisfacer sus necesidades de salud. Y qu duda cabeque estas plantas medicinales se emplean en razn de la utilizacintradicional que de ellas han hecho las poblaciones indgenas de lospases y su transmisin a la sociedad en su conjunto.

    Una cuestin que se analizar en mayor detalle ms adelante (ver

    Captulo Sptimo), pero que vale la pena resaltar aqu, es que muchainformacin sobre usos y caractersticas de plantas medicinales y cultivosutilizados por las comunidades indgenas ya se ha hecho pblica y seencuentra plenamente disponible (est en el dominio pblico)18 paraquien quisiera aprovechada para fines de investigacin bsica (sin unfin comercial) o incluso aplicada (directamente orientada a la obtencin

    18 Como seala Correa, en la actualidad, se puede disponer libremente de lainformacin (y acceder a ella) y de los materiales que las comunidades indgenasgeneran. En trminos de la doctrina de los Derechos de Propiedad Intelectualclsicos, pertenecen al dominio pblico y pueden ser utilizados por cualquierasin que medie autorizacin o compensacin previa. Ciertamente, el hecho que seencuentre en el dominio pblico no dice nada respecto del esfuerzo intelectual enlograr generar esta informacin ni sobre su valor real o potencial (que rara vez serefleja en el mercado). Correa, C. Proteccin de la Propiedad Intelectual de losConocimientos Tradicionales Nativos a Recursos Genticos Vegetales. Documento

    distribuido durante el Dilogo sobre Comercio, Propiedad Intelectual y cursosBiolgicos y Genticos en Amrica Latina. SPDA, CEPAL, ICTSD, ANDES, QUNO.Febrero 2000, Cusco, Per.

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    de productos comerciales o industrializados)19 . Si bien los investigadores

    de campo sostienen generalmente que esta informacin ha sido obtenidacon el consentimiento y la colaboracin de las comunidades, la realidades que casi sin excepciones, gran parte de la misma ha sido recolectadasin su consentimiento informado20 y con poca o ninguna retribucin justay equitativa hacia ellas.

    A nivel de plantas de uso agrcola, los clculos se hacen bastantems complicados y en la literatura no existen cifras con fiables y datosexactos sobre el aporte de estos conocimientos asociados en el contexto

    amaznico a la economa regional y mundial. Hay estudios perofocalizados a nivel nacional y no incorporan la variable del conocimientoen el anlisis.

    Sin embargo, en un estudio realizado por el Rural AdvancementFoundation lnternational(RAFI)21 en 1993, se calcula que, por ejemplo:una variedad nativa de papa del Brasil (variedad Polo) se utiliza para lageneracin de nuevas variedades comerciales en Europa; el camoteo papa dulce de la sub-regin Andina se est evaluando paraincorporarse al mercado de los snacks en los EEUU; dos variedadessilvestres de tomates del Per contribuyen con US $ 5 millones al ao alos procesadores de tomate en los EEUU; variedades de algodn nativode color del Per han sido mejoradas en los EEUU y sujetas a patentesde plantas los titulares, se encuentran negociando con Levi Strauss lnc.)entre otros casos. As, hay innumerables ejemplos de cultivos, utilizados

    19 En este punto se presenta una situacin ciertamente complicada pues, por unlado, la comunidad cientfica se premia y beneficia a s misma a travs del procesode publicacin y difusin de los resultados de las investigaciones mientras que,por otro lado, se podran afectar los intereses indgenas en la medida que parte dela informacin proporcionada (a nivel etnobotnico y etnofarmacolgico) por estosgrupos pudiera tener un valor econmico realizable solamente en la medida quedicha informacin se mantenga en reservay pudiera, eventualmente, protegersecomo secretos industriales o comerciales u otra modalidad.

    20 El artculo 8(j)hace referencia a la aprobacin de las comunidades. Sin embargo,en todo caso, esta aprobacin debe estar precedida de la provisin de informacin

    suficiente y pertinente que les permita a estos grupos decidir de manera plenamenteinformada. El proceso y acto decisorio implica una dinmica compleja y lenta anivel de los propios grupos indgenas que debe ser entendida y respetada.

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    ancestralmente por comunidades indgenas, que ahora se encuentran

    en los mercados o a punto de ingresar a ellos con poco reparo por elinters intelectual, moral y econmico indgena.

    Finalmente, la proteccin de los conocimientos indgenas tambinresponde a una necesidad estratgica de los pases en desarrollo. Porun lado, desde la adopcin del ADPlC, la propiedad intelectual se haconvertido para las grandes potencias en una necesidad poltica yeconmica dentro del proceso de globalizacin de la economa. En estecontexto, no proteger los conocimientos indgenas a travs de

    mecanismos o un sistema ad hoc o sui generis, contradice la legitimidadmisma del proceso de extensin del sistema de propiedad tradicional ysus instrumentos (patentes, derechos de obtentor, etc.). Es decir porqu no sera posible proteger el esfuerzo intelectual indgena?

    21 Mooney, Pat. The Conservation and Development of Indigenous Knowledge in theContext of lntellectual Property Systems. RAFI. UNDP Contract - INT /92/209.November, 1993.

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    CAPITULO SEGUNDO

    1. El contexto internacional para la proteccin de losconocimientos tradicionales

    La preocupacin por los CT de los pueblos indgenas no es recienteaunque s lo es desde una perspectiva jurdica. Desde hace muchotiempo, la antropologa, la sociologa y la etnobiologa, entre otrasdisciplinas sociales, han estado trabajando directamente con gruposindgenas y analizando una serie de aspectos, manifestaciones einfluencias de y sobre los CT. Sin embargo, el inters propiamente

    jurdicosobre el CT s es relativamente reciente.

    En trminos cronolgicos, durante la dcada de los aos sesenta,

    se empez a discutir en la Organizacin de las Naciones Unidas para laEducacin, Ciencia, Cultura (UNESCO), cmo proteger legalmente lasexpresiones de folklore, ntimamente ligadas a manifestaciones culturalesde los pueblos y comunidades indgenas y locales y, ciertamente,resultado de importantes esfuerzos intelectuales en el campo del arte(pintura, canto, baile), diseos tradicionales, textiles y artesana,principalmente.

    Como resultado de este proceso orientado a proteger las

    manifestaciones intelectuales ligadas al folklore, fueron desarrolladaspor la UNESCO y la Organizacin Mundial de la Propiedad Intelectual(OMPI) en 1985, unas Disposiciones Modelo para Leyes Nacionalessobre Proteccin de las Expresiones de Folklore contra su ExplotacinIlcita y Otras Acciones Perjudiciales22.

    22 Recientemente la UNESCO aprob la Convencin para la Salvaguardia delPatrimonio Cultural Inmaterial (2003) que tiene por objetivos la salvaguardia, respetoy sensibilizacin sobre el patrimonio cultural inmaterial que incluye, entre otros, los

    conocimientos y usos relacionados con la naturaleza (incluyendo la biodiversidad).En ese sentido, esta Convencin ha incorporado elementos del debate dado en elmbito del CDB, la OMPI y otros foros internacionales.

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    Posteriormente, hacia finales de los aos setenta, algunos analistas

    polticos, economistas y juristas, empezaron a destacar las asimetras ydesequilibrios existentes entre los pases del Norte, industrializados,pobres en biodiversidad y diversidad cultural pero tecnolgicamenteavanzados y promotores de la propiedad intelectual y los pases de Sur,subdesarrollados, con limitaciones tecnolgicas, pero con una granriqueza biolgica y cultural y regularmente proveedores de materialesbiolgicos (y sus CT asociados) hacia el Norte.

    El debate incidi en un primer momento en el flujo de recursos

    fitogenticos para la agricultura y la alimentacin, para luego ampliar sucobertura a todos los recursos genticos e incorporar el tema de los CTasociados a stos y que corran, strictu sensu, la misma suerte, es decir,eran aprovechados y apropiados de manera directa o indirecta a travsde los sistemas de propiedad intelectual que empezaban un proceso defortalecimiento y consolidacin23.

    Con los desarrollos tecnolgicos, estos flujos no compensados yhasta ilegales en algunos casos se hacan mucho ms urgentes paraalimentar las nacientes y crecientes industrias transnacionales agrcolay alimenticia, farmacutica, biotecnolgica, bioremediacin, nutracuticay actividades de investigacin y desarrollo en general. A esta situacinhabra que aadirle el rol jugado por los centros de conservacin exsitu, cuyas colecciones, obtenidas muchas veces de los pases del Sur,pasaban a formar parte de propiedad de los pases o las institucionescorrespondientes24 Todo este panorama, se complica an ms cuandola variable de conocimiento tradicional es agregada.

    23 Pensadores como Pat Mooney, Jack Kloppenburg, Henk Hobbelink, entre otros, einstituciones como Rural Advancement Foundation International (RAFI) y GeneticResources Action International (GRAIN), fueron los primeros en identificar losproblemas polticos, econmicos y jurdicos asociados al control y la apropiacinde los recursos genticos y los CT. Para conocer la historia y antecedentes a deestos temas se recomienda: Pistorious, R. Scientists, Plants and Politics. The Historyof the Plant Genetic Resources Movement. IPGRI, Rome, 1997

    24 En reiteradas oportunidades por ejemplo, el Gobierno de los EEUU ha reiteradoque las colecciones de semillas que se encuentran depositadas en Fort Collins,

    Colorado, son propiedad de los EEUU ms all de dnde fueron recolectadas uobtenidas. Algo similar ocurre en el caso del Jardn Botnico de Londres o delMuseo de Historia Natural de Londres donde, de conformidad con el National

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    Como parte de los debates para la implementacin del Compromiso

    Internacional de Recursos Fitogenticos de la FAO (1983), se empeza discutir sobre el concepto de Derechos del Agricultor, donde, porprimera vez, se hace una referencia muy directa al aporte intelectualindgena asociado en este caso a la conservacin, mantenimiento ydesarrollo de los recursos fitogenticos. La Resolucin FAO 5/89estableci formalmente los Derechos del Agricultor y los defini comoderechos derivados del reconocimiento de los esfuerzos realizados porlos pequeos agricultores del mundo (especialmente de los centros de

    origen y diversificacin) en el mantenimiento, conservacin y desarrollode recursos filogenticos. Pare efectivizar estos derechos, se estableciun fondo internacional que servira para compensar a los agricultores.Sin embargo, este fondo nunca oper. Por otro lado, la naturaleza novinculante del Compromiso tampoco ayud a su consolidacin yaceptacin plena.

    En todo caso, los Derechos del Agricultor en el CompromisoInternacional son el antecedente tal vez ms importante en el cual se

    reconoce expresamente el esfuerzo creativo, innovador y la inversinde los pequeos agricultores en actividades de conservacin y usossostenible de los recursos fitogenticos. En la actualidad, el TI FAO, haretomado el concepto y, ahora s, en un instrumento internacionalvinculante se reconoce que los Derechos del Agricultor deben serimplementados a nivel nacional y que sus contenidos estn asociados ala proteccin de los CT, a la participacin justa y equitativa en losbeneficios derivados de su aprovechamiento y a la participacin en losprocesos polticos y normativos en los cuales se aborden estos temas.

    Cuando se empez a negociar el CDB a principios de los aosnoventa, de un tratado originalmente concebido en trminos verdes,de corte conservacionista netamente, se pas a retomar muchos de los

    Heritage Act, las colecciones que mantienen (ms all de su origen y cmo seobtuvieron) se encuentran bajo un rgimen de propiedad de la Corona del ReinoUnido. Sobre este tema en particular se recomienda, Pooma, R. y Ruiz, M. Going

    home. A manual on the repatriation of information from ex situ conservation andresearch institutions to countries of origin. Royal Botanic Gardens Kew, 2000,London

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    debates legales relativos al status jurdico de los recursos genticos (de

    animales, de plantas, de microorganismos), incluyendo los temas delcontrol, propiedad y posibilidades de beneficiarse de su utilizacin. Muyligado a este debate, se incluyeron referencias a los CT asociados aestos recursos e, incluso, a la propiedad intelectual25.

    Por un lado, el CDB ha cambiado definitivamente el paradigma encuanto a la condicin jurdica de los recursos genticos. Del patrimoniocomn de la humanidad se ha pasado a reconocer que los Estadostienen derechos sobre sus recursos naturales y por ende, tienen la

    facultad de regular cmo y bajo qu condiciones se accede a susrecursos genticos. Este hecho ha generado un movimiento poltico ynormativo muy considerable que tiene sus mximas expresiones en leyesnacionales de acceso a recursos genticos y propuestas para desarrollarregmenes internacionales en materia de recursos genticos y deproteccin de los conocimientos tradicionales.

    Intrnsecamente unido a este cambio en el paradigma, est lasituacin de los CT y, de hecho, el CDB no solamente reconoce suimportancia social, cultural, ecolgica y ambiental, sino que estableceque estos CT (a nivel de conocimientos, innovaciones y prcticas) debenser promovidos, desarrollados y mantenidos con la participacin y elconsentimiento fundamentado previo de las comunidades indgenas ylocales. A partir de este principio general del artculo 8(j) del CDB, sehan desencadenado importantes procesos polticos y normativostendentes a desarrollar mecanismos para la proteccin jurdica de estosCT. La idea de proteger los CT nace, precisamente, del artculo 8(j)

    del CDB.

    Las discusiones en el mbito del CDB en estos tiempos (los aos90), se daban de manera paralela y casi como reaccin a los debates

    25 Para conocer en detalle una serie de normas y propuestas en materia de acceso alos recursos genticos y que incluyen asimismo disposiciones especficas sobreCT, se recomienda revisar: Lapea, I., Ruiz, M. (Eds.) (2004) Acceso a RecursosGenticos. Propuestas e Instrumentos Jurdicos. Sociedad Peruana de Derecho

    Ambiental, Lima, Per. Este documento incluye los textos de ms de una docenade instrumentos y propuestas de instrumentos jurdicos en estos temas, de alcanceinternacional, regional y nacional.

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    en el seno del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio

    (GATT hoy la OMC) y de su Acuerdo sobre Aspectos