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ÍNDICE

1. PRESENTACIÓN ................................................................................................... 211

2. PERFIL DEL ENTE FISCALIZADO ......................................................................... 213

3. RESULTADO DE LA FASE DE COMPROBACIÓN ................................................ 214

3.1. Evaluación de la Eficiencia del Control Interno ...................................................... 215

3.2. Gestión Financiera .................................................................................................. 217

3.2.1. Cumplimiento de Disposiciones ..................................................................... 217

3.2.1.1. Observancia del Marco Jurídico y Normativo ............................................... 217

3.2.1.2. Cumplimiento de los Postulados Básicos y Normas de Contabilidad

Gubernamental............................................................................................. 219

3.2.2. Evaluación del Ejercicio del Presupuesto Autorizado ..................................... 220

3.2.2.1. Integración y Cambios en el Patrimonio ....................................................... 223

3.2.2.2. Deuda Pública Municipal .............................................................................. 223

3.2.3. Evaluación del Cumplimiento Programático ................................................... 224

3.3. Resultado .............................................................................................................. 226

3.3.1. Observaciones ................................................................................................. 227

3.3.2. Recomendaciones ........................................................................................... 233

3.3.3. Conclusión ....................................................................................................... 237

211 LA PERLA, VER.

1. PRESENTACIÓN

Este documento revela el resultado de la Fiscalización Superior en su fase de comprobación

que fue aplicada al contenido de la Cuenta Pública 2014 del Municipio de La Perla, Ver., la

información que se muestra aborda los principales temas de un proceso que involucra el

análisis, la evaluación, la revisión documental, la confirmación y verificación de evidencias

físicas y operativas dentro de un marco técnico metodológico que permite certezas en función

de los procedimientos aplicados y respecto de las muestras que fueron determinadas para este

efecto.

El ORFIS, al ejercer sus facultades atiende el objetivo medular de la Fiscalización Superior, al

efectuar la revisión integral de la Gestión Financiera, considerada esta como el proceso que

implica: a) el ejercicio del presupuesto expresado en los ingresos, egresos y deuda pública, b)

la administración, ministración, manejo, custodia y aplicación de los recursos financieros y

bienes públicos, c) el buen uso de los recursos públicos para la ejecución de los planes y

programas aprobados y la consecución de las metas y los objetivos contenidos en estos y d) la

generación de información suficiente y competente para la rendición de cuentas con oportunidad

y transparencia, en cumplimiento de las disposiciones legales y normativas que regulan el

quehacer público.

La Fiscalización Superior en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave se da dentro del

siguiente proceso:

A. La Cuenta Pública del H. Ayuntamiento de La Perla, Ver., es presentada por su Titular

ante el H. Congreso del Estado, dicho documento contiene la información del gasto

público contemplado en el Presupuesto de Egresos.

B. El H. Congreso del Estado, a través de la Comisión Permanente de Vigilancia, entrega

la Cuenta Pública al Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Veracruz de Ignacio

de la Llave (en adelante, ORFIS), para su revisión a través del ejercicio técnico de la

Fiscalización Superior.

C. El ORFIS, con base en lo dispuesto por los artículos 28, 29, 30, 32, 33, 34 y 35 de la

Ley número 252 de Fiscalización Superior para el Estado de Veracruz de Ignacio de la

Llave, desarrolla el procedimiento de Fiscalización Superior en su Fase de

Comprobación, e inicia este con la notificación de las órdenes de auditoría de alcance

integral, procediendo a verificar si la gestión financiera se ajustó a la legislación

observable y en consecuencia, comprobar si se aplicaron adecuadamente los recursos

públicos o se causaron daños o perjuicios en contra del erario municipal.

212 LA PERLA, VER.

D. En esta fase, el ORFIS emite Pliegos de Observaciones a los servidores públicos y, en

su caso, a los ex servidores públicos responsables para que presenten documentación

y hagan las aclaraciones pertinentes a efecto de solventar las inconsistencias o

irregularidades que se hayan detectado.

E. Finalmente, en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 36.3 y 37 de la Ley 252 de

Fiscalización Superior para el Estado y con base en las auditorías efectuadas, en la

documentación e información justificativa y comprobatoria presentadas, actas

circunstanciadas, papeles de trabajo relativos, pliegos de observaciones,

solventaciones y aclaraciones presentadas, el ORFIS determina y genera el Informe

del Resultado de la Fase de Comprobación correspondiente a la Fiscalización

Superior de la Cuenta Pública 2014.

La acción fiscalizadora que desarrolla el ORFIS encuentra su fundamento jurídico y normativo

en:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 116, fracción II,

párrafo sexto.

Ley de Coordinación Fiscal, artículo 49 fracción III.

Convenio de Coordinación y Colaboración para la Fiscalización Superior.

Sistema Nacional de Fiscalización.

Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, artículos 26,

fracciones I, inciso c) y II, inciso a), 33, fracción XXIX y 67, fracción III.

Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave,

artículo 6, fracciones I, inciso c), y II, inciso a) y 18, fracción XXIX.

Ley número 252 de Fiscalización Superior para el Estado de Veracruz de Ignacio

de la Llave; artículos 1, 2, fracciones IV, V, VI, VII y VIII, 3, 4, 6.1, 6.2, 7, 11, 12, 13, 14,

15, 16, 17, 18, 20, 21, 22, 23, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, fracción II, 35, 36, 37, 62, 63.1,

fracciones I, II, III, IV, V, VI, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXII, XXIII, XXIV y XXVI,

64, 65, 69.1, fracciones I, II, V, XII, XIII, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XXI, XXII, XXIV y XXV

y 74, fracciones I, II y III.

Reglamento Interior del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Veracruz

de Ignacio de la Llave; artículos 1, 16, fracciones XV, XVI, XVII, XVIII, XIX y XX, 17,

fracciones VIII, X y XIII y 43, fracción VI.

Reglas Técnicas de Auditoría para el Procedimiento de Fiscalización Superior en

el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, publicadas en la Gaceta Oficial del

Estado el día diez de abril del dos mil quince con número extraordinario 144.

Código de Procedimientos Administrativos para el Estado de Veracruz de Ignacio

de la Llave, artículos 37, fracción I, 38, 39 y 43, fracciones I y II.

213 LA PERLA, VER.

2. PERFIL DEL ENTE

FISCALIZADO

DENOMINACIÓN

MUNICIPIO DE LA PERLA, VER.

ORIGEN

Nomenclatura

Su nombre fue tomado de la ranchería que le dio origen. Por Decreto de 28 de abril de

1827 se erige en pueblo, la ranchería La Perla.

PERFIL SOCIODEMOGRÁFICO Según datos publicados en el Anuario Estadístico y Geográfico de Veracruz de Ignacio

de la Llave elaborado por el INEGI para el año 2014, el Municipio tiene una población

de 25,617 habitantes que representa un 0.32% del total del Estado, distribuidos en 48

localidades.

INFORMACIÓN SOCIOECONÓMICA

Grado de rezago social: Alto

Lugar que ocupa en el contexto nacional: 135

Población en situación de pobreza: 18,690

Porcentaje de personas en situación de pobreza 93.4%

Población en situación de pobreza extrema 12,504

Porcentaje de personas en situación de pobreza extrema 62.5%

UBICACIÓN FÍSICA

Calle Rodolfo Lozada s/n, Zona Centro, C.P. 94150.

Teléfono: 272 7216377

TITULAR DURANTE EL EJERCICIO 2014

C. Joel Javier Vázquez Lucas, Presidente Municipal.

ÁREAS DE CONTACTO PARA LA REVISIÓN

Tesorería, Contabilidad, Obras Públicas y Órgano de Control Interno.

214 LA PERLA, VER.

3. RESULTADO DE LA FASE

DE COMPROBACIÓN

La revisión se efectuó de acuerdo a las Normas Internacionales de Auditoría y Reglas Técnicas

de Auditoría Pública para el Procedimiento de Fiscalización Superior en el Estado. Dichas

normas exigen que se cumpla con requisitos éticos, así como que se planifique y ejecute la

auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que los estados financieros están

libres de incorrección material; que las cifras y revelaciones de los estados integrantes de la

Cuenta Pública estén integradas de acuerdo a las bases contables utilizadas; así como a las

leyes y normativa vigentes para el ejercicio 2014.

Con base en lo anterior se determinaron las muestras de auditoría, que representan los

porcentajes revisados que a continuación se mencionan, respecto del total de los recursos

obtenidos y ejercidos:

MUESTRA DE AUDITORÍA FINANCIERA A

INGRESOS PROPIOS

CONCEPTO INGRESOS EGRESOS

Universo $14,712,784.38 $14,917,419.46

Muestra Auditada 14,335,098.74 10,260,690.13

Representatividad de la muestra 97.43% 68.78%

Fuente: Cuenta Pública del Ayuntamiento correspondiente al ejercicio 2014 y papeles de trabajo de auditoría.

MUESTRA DE AUDITORÍA FINANCIERA AL FONDO DE APORTACIONES PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL Y DE LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES

DEL DISTRITO FEDERAL (FISMDF)

Nota: Otros Ingreos por $1,500,000.00 corresponden a Aportación de Sedesol (CONAGUA) Fuente: Cuenta Pública del Ayuntamiento correspondiente al ejercicio 2014 y papeles de trabajo de auditoría.

CONCEPTO FONDO INTERESES APORTACIÓN

DE

BENEFICIARIOS OTROS SUBTOTAL

REMANENTE DE

EJERCICIOS

ANTERIORES TOTAL

Universo de Recursos Ejercidos

$36,245,977.02 $ 0.00 $ 0.00 $ 1,500,000.00 $37,745,977.02 $ 0.00 $37,745,977.02

Muestra Auditada 32,745,016.42 0.00 0.00 1,500,000.00 34,245,016.42 0.00 34,245,016.42

Representatividad de la muestra

90.34% 0.00% 0.00% 100.00% 90.72% 0.00% 90.72%

215 LA PERLA, VER.

MUESTRA DE AUDITORÍA FINANCIERA AL FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIOS Y DE LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES

DEL DISTRITO FEDERAL (FORTAMUNDF)

Fuente: Cuenta Pública del Ayuntamiento correspondiente al ejercicio 2014 y papeles de trabajo de auditoría.

En la revisión de la muestra auditada de los ingresos obtenidos del Fondo de Aportaciones para

la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal y

Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones

Territoriales del Distrito Federal, fueron analizados al 100%.

De la auditoría técnica a la obra pública ejecutada por el Municipio de La Perla, Ver., la muestra

de auditoría fue la siguiente:

MUESTRA DE AUDITORÍA TÉCNICA

CONCEPTO MONTO NO. DE OBRA

Obra Pública Ejecutada $42,968,962.62 46

Muestra Auditada 35,000,438.91 20

Representatividad de la muestra 81.46% 43.48%

Fuente: Cuenta Pública del Ayuntamiento correspondiente al ejercicio 2014 y papeles de trabajo de auditoría.

3.1. EVALUACIÓN DE LA EFICIENCIA DEL

CONTROL INTERNO

El Control Interno es la herramienta que induce acciones para propiciar la eficacia y eficiencia

en el desarrollo de las operaciones; un ambiente de confiabilidad respecto de las cifras y de la

información financiera y operativa, en un espacio de cumplimiento de las leyes y normatividad

aplicable.

La administración pública que ejercen las Entidades Federativas y los Municipios, debe

coadyuvar más que nunca a fortalecer los conceptos de transparencia y rendición de cuentas.

Vigilar el adecuado destino de los recursos públicos asignados en el Presupuesto, alcanzar las

metas y cumplir los objetivos de los planes y programas, deben ser premisas de cumplimiento.

Los mecanismos de Control Interno son la fortaleza que se debe robustecer para alcanzar a

todas las actividades y operaciones en donde estén involucrados en su concepto más amplio

los recursos públicos.

CONCEPTO FONDO INTERESES APORTACIÓN DE

BENEFICIARIOS OTROS SUBTOTAL

REMANENTE DE

EJERCICIOS

ANTERIORES TOTAL

Universo de Recursos Ejercidos

$ 12,039,013.11 $ 0.00 $ 0.00 $ 0.00 $ 12,039,013.11 $ 0.00 $ 12,039,013.11

Muestra Auditada 12,039,013.11 0.00 0.00 0.00 12,039,013.11 0.00 12,039,013.11

Representatividad de la muestra

100.00% 0.00% 0.00% 0.00% 100.00% 0.00% 100.00%

216 LA PERLA, VER.

El cumplimiento de la normativa de Control Interno reduce los riesgos y aumenta la seguridad

en el buen desempeño de las acciones de la administración pública. El ORFIS, para la

evaluación de la eficiencia del Control Interno aplica el cuestionario respectivo y elabora la

matriz correspondiente, en donde se aprecian los aspectos de protección de activos,

confiabilidad de la información financiera, aplicación de medidas preventivas y, en su caso,

correctivas para el cumplimiento de las normas, lineamientos, sistemas y demás instrumentos

utilizados en el manejo del Gasto Público, así como la calidad de la comunicación entre las

áreas que integran el Ente Fiscalizable.

La evaluación del Control Interno se concentra en los siguientes elementos:

1. Ambiente de Control; 2. Administración de Riesgos; 3. Actividades de Control; 4. Información y Comunicación; y, 5. Supervisión.

RESULTADO DE LA EVALUACIÓN

Como resultado de la evaluación antes citada, se determinó que si bien las medidas aplicadas

no cumplen en su totalidad con los objetivos de control de la administración, ofrecen una

seguridad razonable, en todos los aspectos, para prevenir o detectar errores o irregularidades

en el curso normal de sus operaciones.

De la aplicación del cuestionario y de la matriz de evaluación correspondiente, se le concluye

que el Control Interno del Municipio de La Perla, Ver., fue Medio. En el fortalecimiento del control

existen ventanas de oportunidad que en general hemos identificado en la práctica de la

Fiscalización Superior a Municipios y que mencionamos a continuación como referencia de

aquellas que pueden aplicarse en el corto plazo para consolidar el sistema de Control Interno.

VENTANAS DE OPORTUNIDAD:

a) Evaluación al cumplimiento de los objetivos de cada uno de los Fondos y

Programas, a través de la identificación de indicadores.

b) Contratación de obras y adquisiciones de bienes y servicios, se realizará con las

mejores condiciones en cuanto a precio, calidad y oportunidad, en cumplimiento

a la normatividad aplicable en la materia.

c) Evitar el sobre o subejercicio presupuestal, a través del control eficaz y eficiente

de los recursos públicos.

d) Ejercicio de recursos presupuestales a través de políticas y lineamientos

definidos.

e) Cumplimiento de obligaciones fiscales en función de controles y lineamientos

específicos.

f) Planeación Financiera para la adecuada gestión de ingresos y egresos durante

el ejercicio fiscal.

217 LA PERLA, VER.

g) Correcta integración de expedientes de obras y acciones observando las reglas

de operación y lineamientos de los distintos Fondos y Programas.

h) Supervisión y seguimiento en el ejercicio y ejecución de las obras programadas

durante el ejercicio fiscal correspondiente.

EVALUACIÓN

Derivado de la evaluación de las oportunidades detectadas en el proceso de

Fiscalización Superior, del total de las ventanas señaladas se advierte como aplicables

las siguientes:

a) Evaluación al cumplimiento de los objetivos de cada uno de los Fondos y

Programas, a través de la identificación de indicadores.

b) Contratación de obras y adquisiciones de bienes y servicios, se realizará con las

mejores condiciones en cuanto a precio, calidad y oportunidad, en cumplimiento

a la normatividad aplicable en la materia.

c) Evitar el sobre o subejercicio presupuestal, a través del control eficaz y eficiente

de los recursos públicos.

d) Ejercicio de recursos presupuestales a través de políticas y lineamientos

definidos.

e) Cumplimiento de obligaciones fiscales en función de controles y lineamientos

específicos.

3.2. GESTIÓN FINANCIERA

3.2.1. CUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES

3.2.1.1. OBSERVANCIA DEL MARCO JURÍDICO Y NORMATIVO

Los principales ordenamientos legales que definen el marco jurídico y normativo

que deben observar los Entes Públicos, se mencionan a continuación:

Normatividad de Ámbito Federal:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece entre otras

las bases generales para el Gobierno Municipal.

Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, tiene por

objeto reglamentar en materia de revisión y fiscalización de la Cuenta Pública.

Ley General de Contabilidad Gubernamental, establece los criterios de la

contabilidad gubernamental y la emisión de información financiera.

Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, tiene por objeto

reglamentar la programación, presupuestación, aprobación, ejercicio, control

y evaluación de los ingresos y egresos públicos federales.

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, tiene

por objeto reglamentar las adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles

y prestación de servicios de cualquier naturaleza que se realicen.

218 LA PERLA, VER.

Ley de Coordinación Fiscal, establece la distribución de las aportaciones

federales y los rubros en los que se aplicarán por cada tipo de Fondo.

Ley del Impuesto Sobre la Renta y Código Fiscal de la Federación, establecen

las principales obligaciones de los Entes Fiscalizables en materia tributaria.

Ley del Seguro Social y su Reglamento, regula las obligaciones de los Entes

Fiscalizables en lo que respecta a la seguridad social de los trabajadores.

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas y su

Reglamento, regula la planeación, programación, presupuestación,

contratación, gasto, ejecución y control de las obras públicas, así como de los

servicios relacionados con las mismas.

Normatividad de Ámbito Estatal:

Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, establece

las bases de organización política del Municipio.

Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la

Llave, establece las bases de la organización y funcionamiento de las

Dependencias Centralizadas y Entidades Paraestatales.

Ley de Planeación del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, establece

las bases para la aprobación, ejecución y publicación del Plan Municipal de

Desarrollo, del Plan Sectorial o Programa Operativo Anual.

Ley 252 de Fiscalización Superior para el Estado de Veracruz de Ignacio de

la Llave, señala disposiciones relativas a la revisión de las Cuentas Públicas

y el procedimiento de Fiscalización Superior.

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de

Bienes Muebles del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, señala las

bases de planeación, programación, adquisición, almacenaje, enajenación,

baja y control de bienes muebles, así como la contratación de arrendamientos

y servicios relacionados, para desarrollar sus atribuciones.

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con ellas del Estado de

Veracruz de Ignacio de la Llave, establecen las acciones relativas a la

planeación, programación, presupuestación, ejecución, conservación,

mantenimiento, demolición y el control de obras públicas.

Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado de

Veracruz de Ignacio de la Llave, regula la actuación del servidor público para

que en el ejercicio de sus funciones se conduzcan salvaguardando la

legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de

su empleo, cargo o comisión.

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de

Veracruz de Ignacio de la Llave, establece el derecho de acceso a la

información y las obligaciones en la materia y las modalidades de su

cumplimiento para los Entes Fiscalizables.

Código Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, tiene

por objeto regular la planeación, programación y presupuestación de las

acciones de gobierno, la administración financiera y tributaria de la Hacienda

Estatal, la administración de los recursos humanos, financieros y materiales.

219 LA PERLA, VER.

Código de Procedimientos Administrativos para el Estado de Veracruz de

Ignacio de la Llave, regula las bases generales de los actos y procedimientos

de la Administración Pública en relación con los particulares.

Decreto número 7 del Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de

Veracruz para el Ejercicio Fiscal 2014, establece el ejercicio y control del

gasto público estatal para el año 2014.

Ley número 6 de Ingresos del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio

de la Llave para el Ejercicio Fiscal de 2014, establece los ingresos que

percibirá el Estado y que serán destinados a cubrir los gastos públicos.

Normatividad de Ámbito Municipal:

Ley Orgánica del Municipio Libre, establece las disposiciones

constitucionales relativas a la organización y funcionamiento del Municipio,

así como las facultades y obligaciones de los servidores públicos del

Ayuntamiento.

Ley de Ingresos del Municipio del ejercicio fiscal correspondiente, desglose

de los ingresos para el ejercicio fiscal del año correspondiente y la forma en

que serán destinados a cubrir los gastos públicos, en las cantidades

estimadas en pesos.

Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz o similares para

aquellos Municipios que cuenten con su propio ordenamiento, reglamenta la

planeación, programación y presupuestación del gasto público; la

administración financiera y tributaria de la Hacienda Municipal.

EVALUACIÓN

Se verificó el cumplimiento de las disposiciones legales aplicables al ejercicio de los recursos

públicos. De la revisión efectuada se detectó incumplimiento a disposiciones de carácter federal,

estatal y municipal, que dieron lugar a la formulación del pliego de observaciones

correspondiente y que no fue debidamente solventado en esta fase del Procedimiento de

Fiscalización Superior.

3.2.1.2. CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS Y NORMAS DE

CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

La Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), establece los criterios que

rigen la emisión de información financiera de los Entes Públicos, con el fin de lograr la

adecuada armonización en el registro de los activos, pasivos y el patrimonio así como

del ingreso y el gasto, contribuyendo a la medición de la eficacia, economía y eficiencia

en el uso de los recursos públicos.

“Los postulados básicos son los elementos fundamentales que configuran el Sistema

de Contabilidad Gubernamental, teniendo incidencia en la identificación, el análisis, la

interpretación, la captación, el procesamiento y el reconocimiento de las

transformaciones, transacciones y otros eventos que afectan el Ente Público; sustentan

220 LA PERLA, VER.

de manera técnica el registro de las operaciones, la elaboración y presentación de

estados financieros; basados en su razonamiento, eficiencia demostrada, respaldo en

legislación especializada y aplicación de la Ley General de Contabilidad Gubernamental,

con la finalidad de uniformar los métodos, procedimientos y prácticas contables”.

Conforme al artículo 22 de la LGCG los Entes Públicos deben aplicar los postulados

básicos de forma tal que la información que proporcionen sea oportuna, confiable y

comparable para la toma de decisiones.

Al efectuar la revisión a la Cuenta Pública del ejercicio 2014, el ORFIS verificó que los

registros de las transacciones y la emisión de información financiera se realizarán

conforme a los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental, así como el avance

que en materia de armonización el Ente Fiscalizable tenía al 31 de diciembre del

ejercicio en revisión.

Lo anterior se basó principalmente en la normatividad emitida por el Consejo Nacional

de Armonización Contable (CONAC), así como en el convenio de colaboración

celebrado entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de la Función

Pública y la Auditoría Superior de la Federación, mediante el cual las entidades de

fiscalización superior promoverían y verificarían el avance en materia de armonización

contable.

EVALUACIÓN

Al revisar el cumplimiento en la adopción e implementación de los documentos técnicos

contables emitidos por el CONAC, se detectó que durante el ejercicio 2014 el cumplimiento de

esta obligación y de los postulados básicos de contabilidad gubernamental se encontraba en

proceso de realizarse, razón por la cual en el apartado de recomendaciones, se señala al Ente

Fiscalizable que debe adoptar e implementar las disposiciones emitidas por el CONAC.

3.2.2. EVALUACIÓN DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO AUTORIZADO

Ingresos Propios

El H. Congreso del Estado, publicó en la Gaceta Oficial del Estado número extraordinario 514

de fecha 31 de diciembre de 2013, la Ley de Ingresos del Municipio de La Perla, Ver., en la que

se estimó que recibiría un monto de $20,739,509.66 para el ejercicio 2014, por concepto de

ingresos ordinarios; no obstante, de acuerdo a las cifras presentadas en la Cuenta Pública 2014,

los ingresos obtenidos al 31 de diciembre fueron de $14,712,784.38, lo que representa un

29.06% inferior al total estimado.

A partir de la información contenida en los estados financieros y presupuestales, así como de

la documentación presentada por los servidores públicos del Municipio de La Perla, Ver., como

parte de la revisión de la Gestión Financiera se efectuó el análisis de los ingresos y egresos,

como se muestra a continuación: (Gráficas 1, 2 y Cuadro 1)

221 LA PERLA, VER.

GRÁFICA 1 INGRESOS

Otras aportaciones: Aportaciones CONAFOR $84,000.00, Aportaciones SORIANA $589,470.03.

Fuente: Cuenta Pública del Ayuntamiento correspondiente al ejercicio 2014 y papeles de trabajo de auditoría.

Ejercicio del Gasto

Los conceptos que integran el presupuesto ejercido por el Municipio de La Perla, Ver.,

son los que se presentan en la gráfica 2, donde aplicó sus recursos para el pago

principalmente de Obra Pública y Acciones, y Servicios Personales.

GRÁFICA 2 EGRESOS

Fuente: Cuenta Pública del Ayuntamiento correspondiente al ejercicio 2014 y papeles de trabajo de auditoría.

0.00

2.00

4.00

6.00

8.00

10.00

12.00

14.00

Impuestos Derechos Contribucionespor mejoras

Productos Aprovecha-mientos

Participacionesfederales

Otrasaportaciones

Otros ingresos

AUTORIZADO 228,785.82 189,469.94 0.00 44,900.00 6,526,204.59 13,459,589.00 0.00 290,560.31

OBTENIDO 327,934.18 316,245.26 22,500.00 2,700.00 53,758.35 13,271,598.43 673,470.03 44,578.13

Mill

on

es

0.00

1.00

2.00

3.00

4.00

5.00

6.00

7.00

Serviciospersonales

Materiales ysuministros

Serviciosgenerales

Ayuda,subsidios ytransferen-

cias

Bienesmuebles

Bienesinmuebles

Obra públicay acciones

Deuda pública Convenio decolaboraciónadministra-

tiva

Previsiónfiduciaría

Otros

AUTORIZADO 6,084,087.17 2,716,676.57 2,829,183.36 1,565,242.32 11,253.12 0.00 6,907,652.12 0.00 0.00 625,416.00 0.00

EJERCIDO 6,715,193.99 3,210,144.62 3,201,033.95 457,688.40 26,340.63 0.00 589,470.02 0.00 0.00 717,547.85 0.00

Mill

on

es

222 LA PERLA, VER.

CUADRO 1 RESULTADO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014

CONCEPTO INGRESOS / EGRESOS

Total de Ingresos $14,712,784.38

Total de Egresos 14,917,419.46

Resultado en Cuenta Pública -$ 204,635.08

Fuente: Cuenta Pública del Ayuntamiento correspondiente al ejercicio 2014 y papeles de trabajo de auditoría.

EVALUACIÓN

Al evaluar el ejercicio del presupuesto del Ente Fiscalizable correspondiente al ejercicio 2014,

de acuerdo a las cifras presentadas en la Cuenta Pública entregada al H. Congreso del Estado

y a la documentación soporte de la misma, se derivan las siguientes conclusiones:

Al 31 de diciembre de 2014, el Ente Fiscalizable ejerció un importe de $14,917,419.46, que

comparado con los recursos recaudados y transferidos provenientes de su Ley de Ingresos por

$14,712,784.38, refleja un resultado por -$204,635.08.

Aportaciones Federales Ramo 33

En lo que respecta a las aportaciones federales del Ramo 33, de acuerdo a la Gaceta Oficial

número extraordinario 043 de fecha 30 de enero de 2014, el Ayuntamiento recibió los siguientes

recursos para los Fondos que a continuación se señalan:

Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones

Territoriales del Distrito Federal (FISMDF) y su remanente.

Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las

Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUNDF).

Los importes relativos se mencionan en el Cuadro 2:

CUADRO 2

APORTACIONES FEDERALES RAMO 33

CONCEPTO INGRESOS EGRESOS RESULTADO

Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del

Distrito Federal (FISMDF) $ 36,245,980.00 $ 36,245,977.02 $ 2.98

Intereses 0.00 0.00 0.00

Aportación de Beneficiarios 0.00 0.00 0.00

Otros 1,500,000.00 1,500,000.00 0.00

Subtotal $ 37,745,980.00 $ 37,745,977.02 $ 2.98

Remanentes de Ejercicios Anteriores 9,312.62 0.00 9,312.62

Total $ 37,755,292.62 $ 37,745,977.02 $ 9,315.60

Fuente: Cuenta Pública del Ayuntamiento correspondiente al ejercicio 2014 y papeles de trabajo de auditoría.

223 LA PERLA, VER.

CONCEPTO INGRESOS EGRESOS RESULTADO

Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales

del Distrito Federal (FORTAMUNDF) $ 12,039,012.00 $ 12,039,013.11 - $ 1.11

Intereses 0.00 0.00 0.00

Aportación de Beneficiarios 0.00 0.00 0.00

Otros 0.00 0.00 0.00

Subtotal $ 12,039,012.00 $ 12,039,013.11 - $ 1.11

Remanentes de Ejercicios Anteriores 0.00 0.00 0.00

Total $ 12,039,012.00 $ 12,039,013.11 - $ 1.11

Fuente: Cuenta Pública del Ayuntamiento correspondiente al ejercicio 2014 y papeles de trabajo de auditoría.

3.2.2.1 INTEGRACIÓN Y CAMBIOS EN EL PATRIMONIO

El Patrimonio representa el importe total de los bienes y derechos que son propiedad del

Municipio de La Perla, Ver., importe que está constituido con las aportaciones externas

que incrementan su patrimonio adicionales al saldo inicial y la acumulación de resultados

de ejercicios anteriores, incluyendo las aplicadas a reservas, así como el resultado del

ejercicio corriente.

El análisis de la integración y variación del patrimonio del Ente Fiscalizable, por cuanto a

sus principales componentes, se expresa en el cuadro analítico siguiente:

CUADRO 3

INTEGRACIÓN Y VARIACIÓN DEL PATRIMONIO

CONCEPTO SALDO INGRESOS

MUNICIPALES FISMDF FORTAMUNDF OTROS TOTAL

Bienes Muebles

Inicial $1,132,183.64 $ 0.00 $3,732,002.34 $ 0.00 $4,864,185.98

Incremento 26,340.63 0.00 1,752,776.22 0.00 1,779,116.85

Final $1,158,524.27 $ 0.00 5,484,778.56 $ 0.00 $6,643,302.83

Bienes Inmuebles

Inicial $5,041,315.00 $ 0.00 $1,766,466.03 $ 0.00 $6,807,781.03

Incremento 0.00 0.00 150,000.00 0.00 150,000.00

Final $5,041,315.00 $ 0.00 $1,916,466.03 $ 0.00 $6,957,781.03

Total $6,199,839.27 $ 0.00 $7,401,244.59 $ 0.00 $13,601,083.86

Fuente: Cuenta Pública del Ayuntamiento correspondiente al ejercicio 2014 y papeles de trabajo de auditoría.

3.2.2.2. DEUDA PÚBLICA MUNICIPAL

Como resultado de la evaluación y análisis a los saldos iniciales y finales, así como a los

movimientos de la deuda pública que tiene contraída el Municipio durante el ejercicio en

revisión, se pudo constatar, respecto de los saldos finales que muestran los Estados

Financieros y los que son informados por el H. Congreso del Estado y por la Secretaría

de Hacienda y Crédito Público, que se requiere de un proceso de conciliación para

determinar la coincidencia de los importes determinados; en este sentido se generó la

recomendación correspondiente para que al final de cada ejercicio se realice la práctica

de la conciliación de saldos con las instancias mencionadas y operar en su caso las

afectaciones contables que resulten necesarias.

224 LA PERLA, VER.

Nota de referencia:

El ORFIS, en cumplimiento al Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el

26 de mayo de 2015, mediante el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones de

la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Disciplina

Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; y con fundamento en lo

dispuesto por los artículos 73, fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos; séptimo transitorio del Decreto modificatorio, realizó la auditoría

referente al conjunto de obligaciones garantizadas del sector público del Gobierno del

Estado y de los Municipios, generando el Dictamen correspondiente que actualizó la

información y validó los montos informados por las instancias Estatales y Federales.

3.2.3. EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO PROGRAMÁTICO

De acuerdo a lo establecido en la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Veracruz de

Ignacio de la Llave, en su artículo 37 fracción II, y en la Ley de Planeación del Estado de

Veracruz de Ignacio de la Llave, en su artículo 35; la revisión y análisis de las Cuentas Públicas

Municipales deberán enfocarse a la verificación del cumplimiento de los objetivos y metas de

los programas aplicados; así como a la congruencia entre las acciones tomadas y los resultados

obtenidos en la ejecución del Plan Municipal de Desarrollo y los programas derivados de éste.

Para cumplimiento de lo anterior, se verificó que el Ente Fiscalizable elaborara el Plan Municipal

de Desarrollo y su correspondiente seguimiento a través del Programa Operativo Anual,

correspondiente al ejercicio 2014.

Con la revisión efectuada, se determinó lo siguiente:

El Ente Fiscalizable elaboró su Plan Municipal de Desarrollo, fue aprobado y publicado

en la Gaceta Oficial del Estado.

Asi mismo, elaboró y aprobó su Programa Operativo Anual.

En lo que respecta a la evaluación del cumplimiento de metas y objetivos de la aplicación de los

recursos del Ramo 33, se verificó el cumplimiento de lo establecido en la Ley de Coordinación

Fiscal y demás normativa aplicable, determinándose lo siguiente:

Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones

Territoriales del Distrito Federal (FISMDF)

De acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Coordinación Fiscal, la cual señala que el Fondo de

Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del

Distrito Federal (FISMDF), debe ser ejercido en los términos aprobados por el Ente Fiscalizable,

previo acuerdo del Consejo de Desarrollo Municipal y que establece que estos recursos se

deben destinar exclusivamente al financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a

inversiones que beneficien directamente a sectores de su población que se encuentren en

condiciones de rezago social y pobreza extrema, se determinó lo siguiente:

225 LA PERLA, VER.

El Ente Fiscalizable informó a sus habitantes por medio de publicaciones, el monto

de los recursos obtenidos, de su programa de inversión, así como los resultados

alcanzados a través de la publicación del cierre de obras y acciones al término del

ejercicio.

Durante el año se ejerció un monto de $37,745,977.02, que representa el 100.00%

del total de los recursos recibidos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura

Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.

De la revisión financiera a las 24 obras que conforman la muestra de auditoría, se

determinó que se alcanzaron las metas programadas.

El Ente Fiscalizable ejerció los recursos del Fondo en los rubros establecidos por la

Ley de Coordinación Fiscal.

Los recursos de este Fondo fueron aplicados de la siguiente manera:

CUADRO 4

DESTINO DE LOS RECURSOS FISMDF

RUBRO MONTO EJERCIDO REPRESENTA

%

Agua Potable $ 8,431,653.96 22.34

Drenaje, Letrinas y Alcantarillado 12,874,693.59 34.11

Electrificación Rural y de Colonias Pobres 234,878.49 0.62

Infraestructura Básica de Salud 2,562,684.29 6.79

Infraestructura Básica Educativa 6,680,006.18 17.70

Mejoramiento de Vivienda 1,525,163.96 4.04

Caminos Rurales 5,436,896.55 14.40

Total $37,745,977.02 100.00%

Fuente: Cuenta Pública del Ayuntamiento correspondiente al ejercicio 2014 y papeles de trabajo de auditoría.

EVALUACIÓN

Por lo anterior, se considera que el Ente Fiscalizable cumplió en lo relativo a objetivos y metas

programadas.

Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las

Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUNDF)

Del mismo modo y de acuerdo a lo establecido por la Ley de Coordinación Fiscal para el Fondo

de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales

del Distrito Federal (FORTAMUNDF), en el que señala que los recursos deben ser ejercidos en

los términos aprobados por el Ente Fiscalizable y destinados exclusivamente a la satisfacción

de sus requerimientos, dando prioridad al cumplimiento de sus obligaciones financieras, al pago

de derechos y aprovechamientos por concepto de agua y a la atención de las necesidades

directamente vinculadas con la seguridad pública de sus habitantes, se determinó lo siguiente:

El Ente Fiscalizable informó a sus habitantes por medio de publicaciones, el monto de

los recursos obtenidos, de su programa de inversión, así como los resultados

226 LA PERLA, VER.

alcanzados a través de la publicación del cierre de obras y acciones al término del

ejercicio.

Durante el año se ejerció un monto de $12,039,013.11, que representa el 100.00% del

total de los recursos recibidos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de

los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.

De la revisión a las 8 obras y 15 acciones que conforman la muestra de auditoría, se

determinó que se alcanzaron las metas programadas.

El Ente Fiscalizable ejerció los recursos del Fondo en los rubros establecidos por la

Ley de Coordinación Fiscal.

Los recursos de este Fondo fueron aplicados de la siguiente manera:

CUADRO 5 DESTINO DE LOS RECURSOS FORTAMUNDF

RUBRO MONTO EJERCIDO REPRESENTA

%

Estudios y Proyectos $ 907,850.00 7.53

Seguridad Pública 1,989,309.80 16.52

Fortalecimiento Municipal 2,282,492.20 18.96

Planeación Municipal 349,999.99 2.91

Bienes Muebles 170,381.22 1.42

Bienes Inmuebles 150,000.00 1.25

Equipamiento Urbano 605,365.80 5.03

Urbanización Municipal 5,583,614.10 46.38

Total $12,039,013.11 100.00%

Fuente: Cuenta Pública del Ayuntamiento correspondiente al ejercicio 2014 y papeles de trabajo de auditoría. EVALUACIÓN

Por lo anterior, se considera que el Ente Fiscalizable cumplió en lo relativo a objetivos y metas

programadas.

3.3. RESULTADO

Con los resultados obtenidos de la revisión efectuada, el ORFIS elaboró y notificó el Pliego de

Observaciones, asimismo se les dio a conocer las recomendaciones a los servidores y ex

servidores públicos o personas responsables de la solventación, señalando que contaban con

un plazo de 20 días hábiles para que presentaran, dentro del término legal, la documentación

y/o aclaraciones que solventaran las inconsistencias notificadas en dicho Pliego.

Una vez analizada la documentación y/o aclaraciones a los señalamientos del Pliego de

Observaciones, el resultado se informa a continuación.

227 LA PERLA, VER.

RESUMEN DE LAS OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES

TIPO OBSERVACIONES RECOMENDACIONES TOTAL

FINANCIERAS 4 14 18

TÉCNICAS 2 7 9

SUMA 6 21 27

(Los números y las referencias son los que originalmente se asignaron a las inconsistencias en

el Pliego de Observaciones respectivo.)

3.3.1. OBSERVACIONES

OBSERVACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO

Observación Número: FM-127/2014/007 ADM

Se determinó que los estados financieros de la Cuenta Pública del ejercicio del Ente

Fiscalizable, muestran un sobreejercicio presupuestal de $204,635.08, lo que refleja el

incumplimiento a las disposiciones legales aplicables, que establecen que no se podrá hacer

pago alguno que no esté comprendido en el Presupuesto de Egresos autorizado o modificado.

Aunado a lo anterior, existen impuestos por pagar por $109,787.96 generados en el ejercicio

2014, sin que exista disponibilidad para cubrirlos, ya que el saldo en caja y bancos de la cuenta

corriente de Ingresos Municipales es de $90,746.57.

Sujeta a seguimiento en la Cuenta Pública 2015.

Observación Número: FM-127/2014/012 ADM

Se determinó que el Ente Fiscalizable, durante el ejercicio 2014 se causó el Impuesto Sobre

Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal por $149,812.54, por las erogaciones en

efectivo o en especie por concepto de remuneraciones al trabajo personal pagadas; sin

embargo, el Ente Fiscalizable no provisionó contablemente dicho impuesto, puesto que los

estados Financieros integrantes de la Cuenta Pública no reflejan registros o saldos por este

concepto.

FONDO DE DONACIONES PRIVADAS DE FUNDACIÓN SORIANA, S.C

Observación Número: FM-127/2014/014 ADM

Se determinó que el Ente Fiscalizable autorizó la realización de obras bajo la modalidad de

contrato que abajo se citan, mismas que se adjudicaron mediante el procedimiento de licitación

que se señala, del cual no presentaron los documentos que se indican, señalados con las letras

siguientes:

228 LA PERLA, VER.

Licitación por Invitación Restringida.

a) Invitación por escrito a cuando menos tres contratistas.

b) Acta de Visita al Sitio de la Obra.

c) Garantía de seriedad.

OBRA DESCRIPCIÓN DOCUMENTO FALTANTE

201 Const. de un aula didáctica y baños en Esc. Jardín a, b, c

de niños Moctezuma Huilicamina

202 Const. de un aula didáctica en Esc. Prim. Rodolfo Lozada a, b, c

FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIOS Y DE

LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL

Observación Número: FM-127/2014/021 ADM

El Ente Fiscalizable no cumplió con la obligación de que por lo menos el 20% de los recursos

recibidos por el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las

Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF), se hayan destinado a la

atención de necesidades directamente vinculadas con la seguridad pública; ya que de acuerdo

a la documentación presentada sólo aplicó en este rubro un 16.65% de los recursos ejercidos.

TOTAL DE OBSERVACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO: 4

OBSERVACIONES DE CARÁCTER TÉCNICO A LA OBRA PÚBLICA

Observación Número: TM-127/2014/021 ADM

Descripción: Documentación fuera de norma.

Se determinó incumplimiento a la legislación aplicable en cada uno de los Fondos auditados

listados a continuación, por lo que respecta a la realización de los procesos para la ejecución

de las obras a cargo del Municipio.

FONDO DE APORTACIONES PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL Y DE

LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL

Número de Obra Descripción

2014301270001 Rehabilitación de drenaje pluvial 2a etapa, en la Cabecera Municipal.

El contrato de obra se encuentra erróneamente fundamentado.

El finiquito de obra no se encuentra formalizado.

Número de Obra Descripción

2014301270002 Rehabilitación de drenaje pluvial en Av. Rodolfo Lozada, en la Cabecera

Municipal.

229 LA PERLA, VER.

El contrato de obra se encuentra erróneamente fundamentado.

El finiquito de obra no se encuentra formalizado.

Número de Obra Descripción

201430127005 Construcción de sistema integral de alcantarillado sanitario 2a etapa, en

la Cabecera Municipal.

El contrato de obra se encuentra erróneamente fundamentado.

El finiquito de obra no se encuentra formalizado.

El proyecto ejecutivo carece de la validación por la Dependencia Normativa, resolutivo de

impacto ambiental y números generadores de volúmenes de obra.

Las estimaciones de obra carecen de notas de bitácora electrónica de obra pública.

La bitácora de obra pública no presenta oficio de autorización para la excepción del uso

de la Bitácora Electrónica de Obra Pública expedido por la Secretaría de la Función

Pública.

Número de Obra Descripción

201430127007 Rehabilitación de red de agua potable en Chilapa.

El contrato de obra se encuentra erróneamente fundamentado.

El finiquito de obra no se encuentra formalizado.

El proceso de licitación puesto que se llevó a cabo erróneamente por invitación a cuando

menos tres personas, debiendo haber realizado licitación pública y carece de convocatoria

pública y dictamen de excepción a la licitación pública.

Número de Obra Descripción

2014301270008 Rehabilitación de red de agua potable en Rancho Nuevo.

El contrato de obra se encuentra erróneamente fundamentado.

El finiquito de obra no se encuentra formalizado.

El proceso de licitación puesto que se llevó a cabo erróneamente por invitación a cuando

menos tres personas, debiendo haber realizado licitación pública y carece de convocatoria

pública y dictamen de excepción a la licitación pública.

Número de Obra Descripción

201430127011 Construcción de 3 aulas en telesecundaria Miguel Hidalgo y Costilla, en

la localidad de Liundero.

El contrato de obra se encuentra erróneamente fundamentado.

El proyecto ejecutivo carece de la factibilidad por la Dependencia Normativa.

Las estimaciones de obra carecen de las notas de bitácora de obra.

El finiquito de obra no se encuentra formalizado.

Número de Obra Descripción

2014301270021 Construcción de 4 aulas en la escuela primaria Cuauhtémoc, en la

localidad de Xometla.

230 LA PERLA, VER.

El contrato de obra se encuentra erróneamente fundamentado.

El proyecto ejecutivo carece de la factibilidad por la Dependencia Normativa, solo se

autorizó la construcción de 2 aulas.

El finiquito de obra no se encuentra formalizado.

Número de Obra Descripción

2014301270024 Construcción de dispensario médico en la comunidad de Los Fresnos.

El contrato de obra se encuentra erróneamente fundamentado.

El finiquito de obra no se encuentra formalizado.

Número de Obra Descripción

201430127031 Construcción de pisos firmes (mejoramiento a la vivienda), en la localidad

de Zapote.

El contrato de obra se encuentra erróneamente fundamentado.

El proyecto ejecutivo carece de planos, catálogo de conceptos, números generadores de

volúmenes de obra, especificaciones generales y particulares y planos actualizados.

El finiquito de obra no se encuentra formalizado.

Número de Obra Descripción

201430127032 Construcción de dispensario médico en Barrio San Miguel.

El contrato de obra se encuentra erróneamente fundamentado.

El proceso de licitación se encuentra erróneamente fundamentado.

Actas de Entrega-Recepción del contratista al Ayuntamiento y al Comité de Contraloría

Social carecen de firmas.

El convenio modificatorio carece del endoso de la fianza de cumplimiento, dictamen

técnico, reprogramación y proyecto modificado.

Número de Obra Descripción

201430127036 Rehabilitación de camino rural con concreto hidráulico de Xometla a

Rancho los Ladinos; en la localidad de Xometla.

El contrato de obra se encuentra erróneamente fundamentado además de que carece de

convenio modificatorio.

El presupuesto contratado carece de análisis del factor de sobrecosto.

Número de Obra Descripción

201430127038 Rehabilitación de camino rural con concreto hidráulico de La Cuchilla al

Naranjillo; en la localidad de La Cuchilla.

231 LA PERLA, VER.

El contrato de obra se encuentra erróneamente fundamentado.

El proceso de licitación se encuentra erróneamente fundamentado.

Número de Obra Descripción

201430127039 Rehabilitación de camino rural con concreto hidráulico de Chilapa al

Cebadal; en la localidad del Cebadal.

El contrato de obra se encuentra erróneamente fundamentado.

El proceso de licitación se encuentra erróneamente fundamentado.

Número de Obra Descripción

2014301270041 Rehabilitación de drenaje sanitario en la comunidad de La Ciénega.

El contrato de obra se encuentra erróneamente fundamentado.

El finiquito de obra no se encuentra formalizado.

El proceso de licitación puesto que se llevó a cabo erróneamente por invitación a cuando

menos tres personas, debiendo haber realizado licitación pública y carece de convocatoria

pública y dictamen de excepción a la licitación pública.

Número de Obra Descripción

201430127048 Rehabilitación de red de agua potable en Barrio San Miguel.

El contrato de obra se encuentra erróneamente fundamentado.

El proceso de licitación puesto que se llevó a cabo erróneamente por invitación a cuando

menos tres personas, debiendo haber realizado licitación pública y carece de convocatoria

pública y dictamen de excepción a la licitación pública.

El finiquito de obra no se encuentra formalizado.

Número de Obra Descripción

201430127050 Rehabilitación de red de drenaje pluvial en la av. Antonio M. Quirasco en

la Cabecera Municipal.

El contrato de obra se encuentra erróneamente fundamentado.

El finiquito de obra no se encuentra formalizado.

El proceso de licitación puesto que se llevó a cabo erróneamente por invitación a cuando

menos tres personas, debiendo haber realizado licitación pública y carece de convocatoria

pública y dictamen de excepción a la licitación pública.

FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIOS Y DE

LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL

Número de Obra Descripción

2014301270514 Rehabilitación de pavimento Av. R. Lozada, de M. Antonio a M. Hidalgo,

en La Perla, Ver.

232 LA PERLA, VER.

El contrato de obra se encuentra erróneamente fundamentado.

El proceso de licitación se encuentra erróneamente fundamentado.

Número de Obra Descripción

2014301270516 Rehabilitación de pavimento av. R. Lozada de 10 de Mayo a

Independencia en La Perla, Ver.

El contrato de obra se encuentra erróneamente fundamentado.

El proceso de licitación se encuentra erróneamente fundamentado.

Número de Obra Descripción

2014301270529 Rehabilitación de calle 10 de Mayo con pavimento hidráulico de

Independencia a 5 de Mayo, en la Cabecera Municipal.

El contrato de obra se encuentra erróneamente fundamentado.

El proceso de licitación se encuentra erróneamente fundamentado.

El proyecto ejecutivo carece de catálogo de conceptos, números generadores de

volúmenes de obra, especificaciones generales y particulares y planos actualizados de

obra terminada.

El finiquito de obra no se encuentra formalizado.

Número de Obra Descripción

2014301270525 Elaboración del proyecto ejecutivo de drenaje pluvial y muros de

contención en La Barranca Tlamanixco de La Perla, Ver.

El contrato del servicio se encuentra erróneamente fundamentado.

Observación Número: TM-127/2014/022 ADM

Descripción: Situación física de la obra.

Se determinó incumplimiento en la ejecución de las obras siguientes a cargo del Municipio.

FONDO DE APORTACIONES PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL Y DE

LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL

Número de Obra Descripción

201430127011 Construcción de 3 aulas en telesecundaria Miguel Hidalgo y Costilla, en

la localidad de Liundero.

OPERACIÓN DEFICIENTE DE OBRA CONCLUIDA, no contempla adecuaciones de

espacios públicos para personas con capacidades diferentes.

233 LA PERLA, VER.

Número de Obra Descripción

2014301270021 Construcción de 4 aulas en la escuela primaria Cuauhtémoc, en la

localidad de Xometla.

OPERACIÓN DEFICIENTE DE OBRA CONCLUIDA, no contempla adecuaciones de

espacios públicos para personas con capacidades diferentes.

FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIOS Y DE

LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL

Número de Obra Descripción

2014301270514 Rehabilitación de pavimento Av. R. Lozada, de M. Antonio a M. Hidalgo,

en La Perla, Ver.

MALA CALIDAD POR DEFICIENCIAS TÉCNICAS, las banquetas presentan grietas.

Número de Obra Descripción

2014301270529 Rehabilitación de calle 10 de Mayo con pavimento hidráulico de

Independencia a 5 de Mayo, en la Cabecera Municipal.

SIN TERMINAR, faltan los trabajos de reubicación de postes y preparación para

colocación de base para luminaria.

TOTAL DE OBSERVACIONES DE CARÁCTER TÉCNICO A LA OBRA PÚBLICA: 2

3.3.2. RECOMENDACIONES

Además de las observaciones anteriores, por cuanto a los actos y procedimientos

administrativos revisados, se hacen las siguientes recomendaciones:

RECOMENDACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO

Recomendación Número: RM-127/2014/001

Establecer a través del Órgano de Control Interno, políticas y lineamientos definidos que

garanticen el exacto cumplimiento de Leyes y Normas a las que está sujeto el Ente Fiscalizable.

Recomendación Número: RM-127/2014/002

Continuar con la implementación de las mejores prácticas contables nacionales e

internacionales en apoyo a las tareas de planeación financiera, control de recursos, análisis y

234 LA PERLA, VER.

fiscalización, así mismo realizar acciones administrativas, de depuración, actualización y control

para la implementación integral de la armonización contable.

Así mismo, para cumplir con lo establecido por el CONAC y el Consejo Veracruzano de

Armonización Contable (COVAC), el Contralor Interno debe integrar un expediente con la

evidencia documental de los avances que en materia de armonización contable se han

efectuado en el Municipio.

Recomendación Número: RM-127/2014/003

Elaborar y/o actualizar los resguardos de los bienes muebles propiedad municipal.

Recomendación Número: RM-127/2014/004

Regularizar y efectuar el emplacamiento de los vehículos que le fueron otorgados en comodato

por parte de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado.

Recomendación Número: RM-127/2014/005

Realizar periódicamente conciliaciones entre los oficios de las participaciones federales

enviados por SEFIPLAN y los registros contables.

Recomendación Número: RM-127/2014/006

Como sujeto obligado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el

Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, informe al Instituto Veracruzano de Acceso a la

Información (IVAI) respecto al cumplimiento de las siguientes obligaciones:

a) Informar el medio de publicación utilizado por el Ente para cumplir con las obligaciones

de transparencia, ya sea mesa, tablero de información o dirección electrónica.

b) Solicitar el Acuerdo de Validación de no aplicación de las fracciones contenidas en el

artículo 8.1 de la Ley de la materia que no le apliquen al sujeto obligado.

c) Remitir, durante los meses de julio y enero, informes semestrales de solicitudes de

acceso a la información pública.

d) Solicitar la incorporación al Sistema INFOMEX-Veracruz así como la clave de usuario y

contraseña.

e) Solicitar clave de usuario y contraseña del Sistema de Notificaciones Electrónicas.

f) Remitir durante los meses de julio y enero, informe semestral por rubros temáticos del

índice de información clasificada.

Recomendación Número: RM-127/2014/007

Como sujeto obligado de la Ley para la Tutela de los Datos Personales en el Estado de Veracruz

de Ignacio de la Llave, informe al Instituto Veracruzano de Acceso a la Información (IVAI)

respecto al cumplimiento de las siguientes obligaciones:

a) Remitir durante los meses de julio y enero, informe semestral en materia de datos

personales en donde el Contralor Interno debe informar si inició o no procedimientos

administrativos por incumplimiento a la Ley de la materia.

b) Informe anual en materia de datos personales del año 2014.

c) Acuerdo de creación del Sistema de Datos Personales.

235 LA PERLA, VER.

d) Registro electrónico de los Sistemas de Datos Personales.

e) Emisión y aplicación de Declarativas de Privacidad.

Recomendación Número: RM-127/2014/008

Informar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público oportunamente, a través del Sistema de

Formato Único (SFU) mediante los reportes trimestrales, lo relativo al ejercicio, destino y

resultados obtenidos en la aplicación de los Recursos del Ramo 33 y de otros Fondos o

Programas de origen federal; así como la aplicación de los indicadores de desempeño que

permitan evaluar el alcance de metas y objetivos.

Recomendación Número: RM-127/2014/009

Proporcionar a la Entidad Fiscalizadora, toda la documentación, datos, libros e información

justificativa y comprobatoria que ésta solicite en la fase de comprobación, relativa al ingreso y

gasto, así como la demás información que resulte necesaria, para la práctica de la revisión.

Recomendación Número: RM-127/2014/010

Integrar los expedientes de personal con el historial laboral del servidor público, como medida

de control del recurso humano que permita sustanciar las controversias laborales que pudieran

ocurrir.

Recomendación Número: RM-127/2014/011

Realizar a través de su Órgano de Control Interno, una evaluación sobre la creación,

funcionamiento y cumplimiento de los Organismos Descentralizados del Ayuntamiento, los

cuales deben cumplir, entre otros aspectos, con lo siguiente:

Expedir su normatividad especificando las bases de organización, funcionamiento y

atribuciones de sus directores generales o similares y de las áreas que integran la entidad.

Informar al Ayuntamiento los ingresos recibidos y someter a su consideración los

presupuestos respectivos.

Incorporar un Órgano de Control Interno y un Comisario.

Cumplir con sus obligaciones fiscales.

Tener identificado, registrado y resguardado su Patrimonio.

Llevar su propia contabilidad, conforme a lo establecido en la Ley General de Contabilidad

Gubernamental.

Entregar al H. Congreso del Estado y al Órgano de Fiscalización Superior, los Estados

Financieros Mensuales.

Derivado de los resultados obtenidos, se deberá, en su caso, efectuar las acciones

correspondientes para regularizar la situación legal, administrativa y operativa de estas

entidades.

236 LA PERLA, VER.

Recomendación Número: RM-127/2014/012

Llevar a cabo, previo análisis y autorización del Honorable Cabildo y con visto bueno del Titular

del Órgano de Control Interno, una depuración integral de las cuentas por cobrar en general, a

efecto de que los estados financieros reflejen saldos reales susceptibles de recuperación.

Recomendación Número: RM-127/2014/013

Fortalecer los mecanismos de recaudación que permitan la notificación, cobro y/o recuperación

de impuestos, contribuciones y derechos, para ejercer la facultad económico-coactiva, a efecto

de abatir los saldos por rezago que afectan la posición financiera del Municipio.

Recomendación Número: RM-127/2014/014

Efectuar de manera periódica la conciliación de saldos de la deuda pública contratada y

registrada en sus estados financieros, con los reportes emitidos por la institución que otorgó el

crédito, con la Secretaría de Finanzas y Planeación, con el H. Congreso del Estado y con la

Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a fin de que la información financiera refleje la

situación real de las obligaciones contraídas.

TOTAL DE RECOMENDACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO: 14

RECOMENDACIONES DE CARÁCTER TÉCNICO A LA OBRA PÚBLICA

Recomendación Número: RT-127/2014/001

Integrar en el expediente técnico unitario la documentación correspondiente, verificando que los

documentos cumplan con los elementos y requisitos de validez previstos en la norma aplicable

y realizar los trámites a que haya lugar ante las dependencias normativas competentes, a efecto

de garantizar la operación adecuada de la obra.

Recomendación Número: RT-127/2014/002

Verificar que el proyecto ejecutivo cuente con planos detallados de la obra, con adecuaciones

o modificaciones necesarias para facilitar la movilidad, tránsito y acceso de las personas con

capacidades diferentes a lugares de uso común, catálogo de conceptos, números generadores,

especificaciones generales y particulares, programas de ejecución, presupuesto base, análisis

del factor de sobrecosto y planos detallados de la obra.

Recomendación Número: RT-127/2014/003

Realizar el proceso licitatorio para las contrataciones de obra, conforme a lo estipulado en la

normatividad aplicable, garantizando las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad,

financiamiento y oportunidad y verificar la difusión de los procesos en los medios que

corresponda.

Recomendación Número: RT-127/2014/004

Verificar que el contratista registre ante el IMSS, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la

fecha de inicio de los trabajos, la obra contratada; así como se coloque en el sitio el anuncio

237 LA PERLA, VER.

espectacular que especifique el tipo de obra, su ubicación y trabajos a realizar, el monto ejercido

y el beneficio que aportará a la población.

Recomendación Número: RT-127/2014/005

Cumplir correctamente con la normatividad aplicable a cada fuente de financiamiento,

destinando recursos elegibles de acuerdo a la localización y rubro de las obras.

Recomendación Número: RT-127/2014/006

Supervisar la correcta ejecución de los trabajos, a efecto de autorizar para pago solo aquellos

volúmenes de obra verificados previamente en campo y que cuenten con sustento documental,

que cumplan estrictamente con las especificaciones del proyecto y con el periodo de ejecución

de la obra para aplicar las retenciones económicas o en su caso, la pena convencional

correspondiente en las estimaciones que se revisen.

Recomendación Número: RT-127/2014/007

Dar seguimiento a las gestiones y trámites administrativos del Municipio en atención a las obras

cuya operación se haya determinado con operación deficiente.

TOTAL DE RECOMENDACIONES DE CARÁCTER TÉCNICO A LA OBRA PÚBLICA: 7

3.3.3. CONCLUSIÓN

Una vez concluida la fase de comprobación del procedimiento de Fiscalización Superior a la

Cuenta Pública 2014, que se efectuó mediante la práctica de auditoría a pruebas y muestras

selectivas, se determinó que no existen observaciones que adviertan una presunta

responsabilidad resarcitoria de los servidores o ex servidores públicos involucrados por un

posible daño a la Hacienda Pública Municipal.

Primera. No se detectaron irregularidades que hagan presumir la existencia de daño

patrimonial en el Municipio de La Perla, Ver., sin embargo, se detectaron inconsistencias de

carácter administrativo, incluidas en el correspondiente apartado de Observaciones, a las cuales

el Titular del Órgano de Control Interno, conforme a su marco de actuación establecido en la

legislación vigente, deberá dar seguimiento, implementar las medidas correctivas y preventivas

que eviten su recurrencia y, en su caso, sustanciar los procedimientos administrativos que

correspondan.

Segunda. A través de los titulares de las áreas operativas se deben implementar mecanismos

de control en los aspectos señalados en el apartado de Recomendaciones, para garantizar el

cumplimiento de los objetivos, mejorar la gestión financiera, así como fortalecer la transparencia

y la rendición de cuentas, de estas acciones el Titular del Órgano de Control Interno debe

realizar los procedimientos correspondientes para su cumplimiento.

238 LA PERLA, VER.

Tercera. En la segunda fase del procedimiento de Fiscalización Superior de determinación y

fincamiento de indemnizaciones y sanciones, derivado de las pruebas aportadas, podrán

determinarse otras observaciones, siendo sujeto a una nueva notificación.

Cuarta. En apego a lo dispuesto por los artículos 30.2, 32.2, 33.1, 33.2 y 36 de la Ley de

Fiscalización Superior para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, las conclusiones que

emite el Órgano de Fiscalización Superior del Estado relativas a la revisión de la Cuenta Pública

2014 del Municipio de La Perla, Ver., sólo tienen efecto por cuanto a los alcances de auditoría,

porcentajes de revisión y las pruebas o muestras selectivas de las obras y acciones ejecutadas

con los recursos públicos del ejercicio 2014 sobre las que se practicó la Fiscalización Superior,

por lo que las determinaciones de esta autoridad fiscalizadora no liberan a las personas que se

desempeñaron o desempeñan como servidores públicos en el Municipio de La Perla, Ver., de

cualquier otro tipo de responsabilidad, sea de carácter civil, administrativa o penal, ni de

responsabilidades futuras que pudieran surgir con motivo de la atención de quejas y denuncias

de terceros sobre aquellas que no fueron materia de revisión, así como por el ejercicio de las

facultades que ejerzan otros Órganos de Fiscalización facultados.