La Nacionalidad

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LA NACIONALIDAD NACIONALIDAD

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la nacionalidad , concepto caracteristicas

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LA NACIONALIDAD

NACIONALIDAD

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CONCEPTO GENERAL

La regulación normativa corresponde a la legislación interna

de cada estado.

Vínculo jurídico y político entre la

persona y el Estado

La doctrina y la jurisprudencia

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ADQUISICIÓN DE LA NACIONALIDAD

Ius sanguinis

Ius soli Ius domicili

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MARCO LEGALConstitución Política Colombiana de 1991.

Ley 43 de 1993 Adquisición, renuncia, perdida y recuperación de la nacionalidad colombiana

Decreto 1869 de 1994 reglamenta la Ley 43

Decreto 207 de 1993 reglamenta recuperación de la nacionalidad colombiana

Otros ley 71 de 1979, decreto 3541 e 1980, ley 638 de 2001, decreto 2762 de 2002. Puntos

específicos a España

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FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL

Artículo 96 Constitución Política, modificado por el

artículo 1 del Acto Legislativo 01 de 2002

Por nacimiento

Por adopción

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Además… Ningún colombiano puede

ser privado de su nacionalidad.

La nacionalidad colombiana no se pierde por adquirir otra.

Nacionales por adopción no obligados a renunciar.

Renuncia a la nacionalidad readquirirla con acuerdo a la ley.

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COMPETENCIA EN MATERIA DE

NACIONALIDADNacionalidad

colombiana por nacimiento

Presidencia ,Por delegación Min R.E,

nacionalidad colombiana por

adopción

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Por nacimiento

Los naturales de Colombia

Padre o madre

naturales o nacionales

Hijos de extranjeros domiciliados en Colombia

al nacimiento

Los hijos de padre o madre colombianos

Nacidos en el extranjero , que luego se domicilien en Colombia o se registren en la

oficina consular

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LEY 43 DE 1993 (Art 1 – 3)

En cuanto a los requisitos de la nacionalidad colombiana

por nacimientoPrueba de la nacionalidad

Nacidos dentro de los limites art 101 Const.

Ppio de 2ble nacionalidad hijo de colombianos en el extranjero

Residencia Código Civil. Mas PRUEBA DEL

DOMICILIO (cuando sea necesario)

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Por adopción

Los extranjero

s

*Solicitan*Obtengan

carta de naturalización

Latinoamericanos y del Caribe

* Por nacimiento domiciliado

s en Colombia

*Autorización del

Gobierno

Pueblos Indígenas

*Territorio fronterizo

* Aplicación del principio

de reciprocidad

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NATURALIZACIÓN

Ley 43 de 1993 , Art 4 “es un actosoberano y discrecional del

Presidente dela República, en virtud del cual se

concede la nacionalidad colombiana a

quienes la solicitan y cumplan con los

requisitos que para tal efecto disponen la

Constitución Política y las leyes”

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REQUISITOS

Latinoamericanos, del Caribe domiciliados en Colombia 1 año antes

de presentar la solicitud

Españoles domiciliados en Colombia 2 años antes de presentar la solicitud

Demás domiciliados en Colombia 5 años antes de presentar la solicitud o

2 años en caso de tener cónyuge, compañero permanente o hijo

colombiano.

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SOLICITUD Memorial dirigido al Ministerio de Relaciones Exteriores , el cual debe hacerse la solicitud motivada

con el fin de obtener la nacionalidad colombiana

Fotocopia autenticada de la Cedula de Extranjería y la visa de residente vigente.

Documento idóneo en el que conste fecha y lugar de nacimiento expedida por la autoridad competente de su país o fotocopia autentica de la página del pasaporte vigente. En caso de no tener este documento podrá allegar la partida de nacimiento o registro civil conforme el artículo 259 del código de procedimiento civil. (legalizado por el cónsul)

Acreditar la profesión u oficio mediante certificación de la empresa donde trabaja.

Si el solicitante es profesional independiente deberá allegar copia del RUT (registro único tributario)

En caso de ser socio o propietario de un establecimiento de comercio, deberá allegar el certificado de cámara de comercio, con una expedición no superior a 6 meses.

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En caso de que el solicitante dependa económicamente de otra persona deberá demostrarlo mediante declaración.

Acreditar conocimientos básicos: constitución política, historia, geografía y castellano, conforme lo dispuesta en la ley 43 de

Registro civil de matrimonio si es casado con colombiano, prueba de la unión marital de hecho y registros civiles de nacimiento en caso de tener hijos colombianos.

Compromiso escrito en el que conste que definirá su situación militar o presente definición militar de su país de origen expedida por la autoridad competente, excepto mujeres y mayores de 50 años.

Cinco fotos recientes, fondo azul, tamaño 4 X 5 cm.

Consignar el valor correspondiente al trámite de la nacionalidad.

A juicio del Ministerio de Relaciones Exteriores, se podrá realizar una entrevista al solicitante.

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Latinoamericanos, del Caribe y Españoles

Se expide Resolución de Inscripción

Acto del juramento o protesta solemne

Alcalde

Demás Extranjeros

Se expide la carta de naturaleza

Acto del juramento o protesta solemne

Gobernador

FINALIZADO EL TRAMITE…

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RENUNCIA A LA NACIONALIDAD COLOMBIANA

1. Es un derecho .2. Mediante manifestación

escrita presentada ante el Ministerio de Relaciones Exteriores o los consulados de Colombia, cumpliendo con la documentación y requisitos requeridos.

3. Se expide Acta de Renuncia

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RECUPERACION DE LA NACIONALIDAD COLOMBIANA

1. Por quienes renunciaron a ella o la perdieron en vigencia de la Const 1886.

2. La solicitud debe tramitarse ante las oficinas de consulares de Colombia en el exterior o en el Ministerio de Relaciones Exteriores.

3. Se expedirá el acta de recuperación de la nacionalidad colombiana notificara al peticionario

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NACIONALIDAD ALEMANA

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NACIONALIDAD ALEMANA

1870-1914

1914-2000

2000-HOY

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NACIONALIDAD ALEMANA

ANTES DE 1870

NO NACIONALIDAD ALEMANA

CIUDADANOS PERTENECÍAN A SU

PRINCIPADO, DUCADO, REINO ETC.

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Nacionalidad alemana

PEQUEÑOS REINOS,

DUCADOS PRINCIPADOS

ADOPTAN NACIONALIDAD

ALEMANA

CREA NACIONALIDAD AELMANA

DESPUES

DE 1870

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NACIONALIDAD ALEMANA

NO RETROACTIVIDA

D

CÓDIGO DE NACIONALIDAD

HA SIDO REFORMADO

SE BASA EN EL IUS SANGUINIS

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ADQUISICIÓN

DESCENDENC

IA

•HIJOS MATRIMONIALES

•HIJOS NO MATRIMONIALES

NATURALIZAC

IÓN

•DE DERECHO

•FACULTATIVA

•ADOPCIÓN

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DESCENDENCIA

HIJOS MATRIMONIALES

ANTES DEL 1 DE ENERO DE

1975DESDE EL 1 DE

ENERO DE 1975

RUSTAGÄNDG DE 1974

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DESCENDENCIA

HIJOS NO MATRIMONIALES

ANTES DEL 1 DE ENERO DE 1993

SOLO LA MADRE PUEDE TRANSMITIR

NACIONALIDAD

MATRIMONIO ANTES DEL 1 DE JULIO DE

1998, PADRE PUEDE TAMBIÉN

(LEGITIMACIÓN)

DESPUÉS DEL 1 DE ENERO DE 1993

AMBOS PUEDEN RECONOCERLO, EL

PADRE DEBE HACERLO CONFORME

A LAS REGLAS DEL DERECHO ALEMÁN

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NATURALIZACIÓN

DE DERECHO

SE HA DADO LA DESNATURALIZACIÓN

CONDICIÓN RACIAL,

POLÍTICA, RELIGIOSA

30 ENERO 1933- 8

MAYO 1945

VERORDNUNG ZUM REICHSBÜRGERGESETZ DEL 25 DE NOVIEMBRE

DE 1941

DESNATURALIZACIÓN DE JUDÍOS

DESENDIENTES PUEDEN

RECLAMAR AL ESTADO

AUNQUE PADRES NO LO HAYAN

HECHO

ART. 116, C.A

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NATURALIZACIÓN

RESIDENTE LEGAL EN ALEMANIA MÍNIMO 8 AÑOS

RENUNCIAR A NACIONALIDAD ANTERIOR

EXISTENCIA DE UN INTERÉS PUBLICO EN SU NATURALIZACIÓN

MANEJO AMPLIO DEL IDIOMA ALEMÁN

DEMOSTRAR SOLVENCIA ECONÓMICA

MANTENER LAZOS INTENSIVOS E ININTERRUMPIDOS CON ALEMANIA

FACULTATIVA

EXTRANJEROS PORTADORES DE OTRA NACIONALIDAD

CUMPLAN DETERMINADOS REQUISITOS

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NATURALIZACIÓN

ADOPCIÓN

PADRES ALEMANES CON HIJOS

EXTRANJEROS

HIJO NO TENER MAS DE 18 AÑOS

POSTERIOR A 1-ENERO-1977

Page 30: La Nacionalidad

PERDIDA DE LA NACIONALIDAD

ADQUISICIÓN DE NACIONALIDAD EXTRANJERA POR VOLUNT

AD PROPIA

ESTADÍA NO LEGITIMADA EN EL

EXTRANJERO

MATRIMONIO CON CIUDADANO EXTRANJERO

OTRAS CAUSAL

ES

PERDIDA

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ADQUISICIÓN DE OTRA NACIONALIDAD POR PROPIA VOLUNTAD

PERDIDA AUTOMÁTICA DE LA NACIONALIDAD ALEMANA

HIJOS NACIDOS DESPUÉS DE LA PERDIDA, NO SON ALEMANES; HIJOS NACIDOS ANTES, CONSERVAN LA NACIONALIDAD

EXCEPCIÓN

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ESTADÍA NO LEGITIMADA EN EL EXTRANJERO

LEY DE NACIONALIDAD Y PERTENENCIA AL IMPERIO ALEMÁN

DEL 1 DE JUNIO DE 1870

CASTIGA A CIUDADANOS QUE

NO ESTABAN LEGÍTIMAMENTE EN

OTRO ESTADO

1 DE ENERO DE 1914-REICHS- UND

STAATSANGEHÖRIGKEITSGESETZ

FIGURA AUN ES IMPORTANTE

ADQUISICIÓN DE NACIONALIDAD ALEMANA POR

MEDIO DE ANTEPASADOS

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ESTADÍA NO LEGITIMADA EN EL EXTRANJERO

10 AÑOS EN EL EXTERIOR

NO REGISTRO EN MATRICULAS

CONSULARES

NO SOLICITAR PASAPORTE

ALEMÁN, O NO REGRESAR A

ALEMANIA

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MATRIMONIO CON CIUDADANO EXTRANJERO

SOLO APLICA PARA MUJERES

MATRIMONIO CON CIUDADANO NO

ALEMA, ASÍ RESIDA EN ALEMANIA

31 DE MARZO DE 1953

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OTRAS CAUSALES

ADOPCIÓN POR PADRES EXTRANJEROS (ART. 17-27 C.A)

INGRESO A FF.MM DE OTRO ESTADO (ART. 17-28 C.A)

RENUNCIA VOLUNTARIA A LA NACIONALIDAD ALEMANA (ART. 17 Y 26 C.A)

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NACIONALIDAD

ESPAÑOLA

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¿QUE IMPLICACIONES TIENE TENER DOBLE NACIONALIDAD?

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Nacionalidades compatibles con la españolaHaití,

Jamaica, Trinidad

y Tobago, Guayan

a

Filipinas Portugal Iberoamericanos Puerto Rico

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¿Es posible carecer de nacionalidad?

Art 15 Declaración Universal de

Derechos Humanos

Apátrida ej. (guerra civil)

RD 865 DEL 20 DE JULIO DE

2001 (GARANTIAS

MINIMAS)

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¿COMO OBTENER LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA?

I. ResidenciaII.Carta de Naturaleza

III.Para españoles de origen

IV. Por opción

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Residencia

10 años, extranjero 5 años, refugiado 2 años,

Iberoamericano 1 año, nacido en

territorio español, casado (a), o viudo (a).

• Buena conducta cívica

• Grado de integración con la comunidad española

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El interesado Registro civil del domicilio

El representant

e legal

Modelo de solicitud,

registro civil, pasaporte

etc.

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Nacionalidad carta de naturaleza

Presentar en el consulado si no se vive en España.

Entidad encargada. Subdirección de nacionalidad y estado civil.

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Adoptados menores de 18 años o

mayores de 18

Hijos de apátridas

Padre o

madre

español

ESPAÑOLES DE ORIGEN

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TRAMITES A REALIZAR LUEGO DE ADQUIRIR LA NACIONALIDAD

Mayor de 14 años

Renuncia a la anterior

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POR OPCION

SUJETOS A PATRIA

POTESTAD

PADRES ESPAÑOLE

S Y NACIDOS

EN ESPAÑA

LEY DE MEMORIA HISTORICA

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¿Cómo perder la nacionalidad española? Renuncia para

adquirir otra. Ejercer cargos

políticos o militares a favor de otra Nación, con expresa prohibición del gobierno.

Sentencia que pruebe falsedad para adquirir la nacionalidad.

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NACIONALIDAD ESTADO UNIDENSE

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Ciudadanía de los Estados Unidos: La ciudadanía de USA normalmente es adquirida al nacer, ya sea

cuando el niño nace dentro del territorio de los Estados Unidos, de acuerdo a la enmienda 14 de la Constitución de Los Estados Unidos, o al nacer en cualquier territorio extranjero pero de padre(s) americano(s) que cumplan ciertos requisitos para poder transmitir la ciudadanía a su hijo. De esta forma hay niños que por solo nacer dentro de EE.UU. son americanos automáticamente al nacer, aun cuando sus padres no sean ciudadanos americanos ni residentes, aun cuando los padres tengan un estado migratorio indocumentado dentro de Estados Unidos

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XIV ENMIENDA DE LA CONSTITUCION DE E.E.U.U.

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Sección 1. Toda persona nacida o naturalizada en los Estados Unidos, y sujeta por ello a tal jurisdicción, es ciudadana de los Estados Unidos y del Estado en que resida. Ningún Estado podrá crear o implementar leyes que limiten los privilegios o inmunidades de los ciudadanos de los Estados Unidos; tampoco podrá ningún Estado privar a una persona de su vida, libertad o propiedad, sin un debido proceso legal; ni negar a persona alguna dentro de su jurisdicción la protección legal igualitaria.

Sección 2. Se deberá designar representantes dentro de los diferentes Estados de acuerdo con sus respectivos números, contando el número total de personas de cada Estado, excluyendo a los Indios que no paguen impuestos. Pero cuando el derecho a votar en cualquier elección por un candidato, para Presidente o Vicepresidente de los Estados Unidos, Representantes del Congreso, oficiales de estado del poder Ejecutivo o Judicial, o cualquier miembro del poder Legislativo, es denegado a cualquier habitante masculino de determinado Estado, teniendo veintiún años de edad, y ciudadanos de los Estados Unidos, o de cualquier forma limitado, excepto por participar en una rebelión, u otro crimen, la base de representación de tal Estado se reducirá proporcionalmente al total de ciudadanos masculinos de veintiún años en tal Estado.Sección 3. Ninguna persona podrá ser Senador o Representante en el Congreso, ni electores del Presidente y Vicepresidente, o ocupar cargos, civiles o militares, en los Estados Unidos, o en cualquier estado, si es que previamente ha prestado juramento, como miembro del Congreso, o como oficial de los Estados Unidos, o como miembro de cualquier legislatura de algún Estado, o como oficial del poder ejecutivo o judicial, para defender la Constitución de los Estados Unidos, si ha incurrido en insurrección o rebelión contra los mismos, o ha dado auxilio o consuelo a sus enemigos. Pero el Congreso puede votar por dos tercios de cada Cámara, para retirar tal inhabilidad.

Sección 4. La validez de la deuda pública de los Estados Unidos, autorizada por ley, incluyendo deudas contraídas para el pago de pensiones y recompensas para suprimir insurrecciones o rebeliones, no deberá ser cuestionada. Pero ni los Estados Unidos, ni ningún otro Estado podrá asumir deudas u obligaciones producidas por ayudas a la insurrección o rebelión en contra de los Estados Unidos, o cualquier reclamo por el costo de la pérdida o emancipación de sus esclavos; sino, tales deudas, obligaciones y reclamaciones serán tenidas por ilegales y nulas.Sección 5. El Congreso tendrá el poder hacer cumplir, mediante una legislación apropiada, las menciones de este artículo.

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¿Cómo se obtiene la ciudadanía americana?

Hay varios caminos para obtener la ciudadanía americana. En comparación con otros países, Estados Unidos tiene una política muy generosa. Reconoce la ciudadanía por ius solis, es decir, por nacimiento en territorio estadounidense y también por ius sanguinis, por ser descendiente de un americano. Y, por supuesto, también admite la naturalización de los extranjeros residentes permanentes legales que cumplen con todos los requisitos legales y que aprueban un examen sobre conocimientos cívicos y de inglés.

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Naturalización: La Naturalización es el proceso por medio del cual un ciudadano de un país extranjero se convierte en ciudadano de Estados Unidos de América. Existen varios requisitos y trámites para poder convertirse en ciudadano y lograr hacer el trámite de naturalización correctamente y convertirse en ciudadano americano.

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Acerca de la Guía de Solicitud de la Ciudadanía de Estados Unidos:  La Guía de Solicitud de la Ciudadanía de Estados Unidos fue

desarrollada para ayudar a los extranjeros a tramitar su solicitud para la Ciudadanía de EE.UU. La guía incluye instrucciones para el trámite de solicitud, procedimientos y acceso a los formularios de solicitud necesarios para realizar sus trámites migratorios de ciudadanía y naturalización exitosamente. Además está disponible la Guía del Examen de Ciudadanía que le da información especifica sobre como realizar y aprobar el Examen de Ciudadanía y examen de Inglés que son parte del los requisitos para naturalizarse ciudadano de Estados Unidos. También puede ordenar ambas guía, la Guía de Ciudadanía, y la Guía del Examen de Ciudadanía, juntas en un solo paquete que incluye las dos Guías, llamado el Paquete de Ciudadanía. Este paquete lo guiará con información práctica sobre todo el trámite de como hacerse ciudadano americano, como naturalizarse y como convertirse en ciudadano de Estados Unidos.

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Requisitos de Elegibilidad para Obtener la Ciudadanía:

Todos los solicitantes del proceso de naturalización deben demostrar buen carácter moral. Los otros requisitos de naturalización pueden ser modificados, o no ser exigidos para ciertos solicitantes, como los esposos(as) de Ciudadanos de EE.UU. o individuos que estén sirviendo en el Servicio Militar de los Estados Unidos. Los requisitos adicionales incluyen:

Ser residente con un Green Card y tener un periodo de residencia continua y presencia física en los Estados Unidos por el tiempo mínimo requerido.La capacidad de leer, escribir y hablar Inglés (con la excepción de personas de cierta edad mayor)Buen carácter moralConocimiento de los principios de la Constitución de los EE.UU. y principios cívicos.Disposición favorable hacia los Estados UnidosAprobar el Examen de Ciudadanía de USA y Examen de Inglés. Nota: El periodo de residencia en EE.UU. requerido para obtener la Ciudadanía de EE.UU. disminuye si el solicitante ha estado casado con un Ciudadano Americano por cierto tiempo

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La Guía de Solicitud de Ciudadanía Incluye Instrucciones y Formularios para Iniciar el Proceso de Naturalización El Manual de Información y Solicitud de la Ciudadanía de Estados Unidos incluye:  Descripción de la Ciudadanía de EE.UU. Beneficios de la Ciudadanía de Estados Unidos Responsabilidades de un ciudadano de USA Entendiendo el proceso de naturalización de EE.UU. Información de elegibilidad a la Ciudadanía Requisitos para la solicitud Waivers, Excepciones y casos especiales Información acerca de la entrevista Muestras de preguntas y respuestas del examen de ciudadanía (para información

adicional refiérase a la Guía de Estudio del Examen de Ciudadanía) Conocimiento del gobierno y la historia de EE.UU. Juramento de Lealtad Lista de las oficinas del USCIS nacionalmente Lista de embajadas y consulados de los Estados Unidos en el mundo La Guía de Información y Solicitud de Ciudadanía incluye información para

acceso a los formularios de solicitud de Ciudadanía Formularios de Naturalización Instrucciones de Formularios de Ciudadanía y Formularios de Naturalización

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¿Cómo se prueba la ciudadanía americana? Varios documentos sirven para probar que una persona es ciudadana de los Estados

Unidos. Para los nacidos en la Unión Americana se puede utilizar el certificado de nacimiento. Los que son americanos por tener un progenitor estadounidense pero que han nacido en el extranjero pueden presentar como prueba el Certificado Consular en el que se ha registrado su nacimiento.

  Los naturalizados pueden presentar el certificado de naturalización que se les

entrega tras finalizar la ceremonia del juramento de lealtad a los Estados Unidos. Este es un documento muy delicado que no puede fotocopiarse ni enmarcarse. Y se intentará no doblarlo para evitar que se dañe y ciertas partes del mismo no puedan ser leídas.

Para todos los ciudadanos, sin importar cómo han obtenido la ciudadanía, pueden mostrar como prueba un pasaporte americano válido.

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Pérdida de la nacionalidad americana Es extraordinariamente infrecuente perder la ciudadanía americana, pero es posible. Básicamente por realización de forma voluntaria de ciertos actos penados por la ley con la pérdida de la condición de estadounidense o por decisión personal.Si se renuncia motu propio debe hacerse en el extranjero, en una oficina consular y la decisión es irreversible. Evitar los pagos al IRS suele ser una de las razones para tomar esta decisión. Y es que Estados Unidos es único en el mundo al exigir cumplir con las obligaciones tributarias a sus ciudadanos sin importar donde estos residan. Hay casos en los que a falta de tratados bilaterales de doble tributación los americanos expatriados están obligados a pagar importantes cantidades en concepto de impuestos simultáneamente en los Estados Unidos y en el país en el que residen habitualmente

Page 59: La Nacionalidad

Doble nacionalidad La doble nacionalidad significa que una misma persona posee simultáneamente la ciudadanía de dos países. Es una situación tolerada por Estados Unidos pero no fomentada por los problemas y conflictos que esta doble lealtad puede acarrear.Las personas con doble nacionalidad deben tener claro que esta condición puede afectar negativamente en ciertos trabajos, como por ejemplo en aquellos que requieren un security clearance. Por último, aunque se pueden tener dos pasaportes, se entra y se sale de Estados Unidos exclusivamente con el pasaporte americano.

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NACIONALIDAD

FRANCESA

Page 61: La Nacionalidad

ORIGEN

FILIACION

NACIMIETNO

ADQUICISION

MATRIMONIO

RESIDENCIA

POR AUTORIDAD

Page 62: La Nacionalidad

NACIMIENTO Los

hijos nacidos en Francia de padres apátridas

¿?

Los hijos nacidos en Francia de padres extranjeros

Los hijos nacidos en Francia, SI UNO DE LOS PADRES ES FRANCES

El hijo, puede rechazar la

nacionalidad 6 meses antes de

cumplir su ,mayoría de

edad.Pero no puede

renunciar a ella, SI UNO DE LOS PADRES

ADQUIERE LA NACIONALIDAD

FRANCESA DURANTE LA MINORÍA DE EDAD

DEL HIJO

FILIACIÓN

Page 63: La Nacionalidad

DERECHO DE

SUELO

NO NACIONALIDAD

ARGENTINA

EJM: DERECHO DE SUELO

Page 64: La Nacionalidad

ADQUISICIONApátrida + francés = declaración después de 2 años de convivencia efectiva

MATRIMONIO

RESIDENCIA

Niño nacido en Francia de padres extranjeros a su mayoría de edad la adquiere si ya tiene residencia con un periodo mínimo de 5 años

Adopción

POR DECISION DE AUTORIDAD

por decreto a propuesta del Ministro de Defensa

a cualquier extranjero alistado en las fuerzas armadas francesas que haya sido herido en misión durante o con ocasión de un alistamiento operativo y que formule la solicitud.

Page 65: La Nacionalidad

NACIONALIDAD ITALIANA

Page 66: La Nacionalidad

CONTEXTO HISTÓRICO

Al principio de su historia, el modelo social y familiar del Estado italiano se centraba en la figura del padre-marido, quien gozaba de una preeminencia social .

La mujer –en su rol de madre y cónyuge– tenía una posición secundaria tanto en el ámbito familiar como en la comunidad en general.

Page 67: La Nacionalidad

La subordinación de la mujer en el modelo social italiano se veía reflejada sobre el régimen jurídico en

materia de ciudadanía italiana.

LAS REGLAS SOBRE CIUDADANÍA

Código Civil del Reino de Italia

Ambas normativas adoptaban el mismo mecanismo principal de adquisición de la ciudadanía italiana : “ el principio del ius sanguinis”. Pero solo el padre podía transmitirla.

La mujer padecía además otra discriminación jurídica: la mujer italiana perdía el estatus de ciudadana cuando se casaba con un

ciudadano extranjero si, por efecto del matrimonio, hubiese adquirido la ciudadanía extranjera del marido.

Ley 555 del 15 de junio de 1912

Page 68: La Nacionalidad

Las reglas discriminatorias en materia de ciudadanía contenidas en el Código Civil de 1865 y luego

en la Ley de 1912 chocaron inevitablemente con los principios de igualdad y de protección de las posiciones sociales acogidos por la

Constitución italiana de 1946

Page 69: La Nacionalidad

Constitución de la República Italiana, que entró en vigor el 1º de enero del año 1948

Permitió adquirir la nacionalidad no solo por vía paterna sino materna

Dos aspectos

Niños (as) nacidos de madre italiana antes del primero de enero de 1948 no adquirirían

la nacionalidad

Niños (as) nacidos de madre italiana desde el primero de enero de 1948 adquirían la

nacionalidad.

Page 70: La Nacionalidad

La ciudadanía italiana se basa en el principio del ius sanguinis (derecho de sangre), por el cual el hijo nacido de padre italiano o de madre italiana es italiano; de todos modos se debe tener presente que la madre ciudadana transmite la ciudadanía a los hijos solo a partir del 1º de enero de 1948, desde la entrada en vigor de la Constitución. Actualmente, la ciudadanía italiana es regulada según la ley n.91 del 5/12/1992 que, a diferencia de la ley anterior, reevalúa la voluntad individual en la adquisición y en la pérdida de la ciudadanía y reconoce el derecho de tener más ciudadanías, salvo los casos previstos en acuerdos internacionales. 

Page 71: La Nacionalidad

CIUDADANÍA ITALIANA POR NACIMIENTO

El hijo de padre o madre italiana

El hijo nacido en Italia de padres desconocidos o apolidos ( o sea "sin patria")

El hijo nacido en Italia de padres extranjeros, pero sólo si nace en un Estado en el cual la ley prevé que los hijos no sigan la nacionalidad de los padres.

El hijo de desconocidos entrado en Italia, si no se demuestra que ya posee otra nacionalidad.

El hijo adoptivo, aún extranjero de ciudadano o ciudadana italianos, aún nacido antes de la sanción de la ley. (ley 91 de 1992)

Page 72: La Nacionalidad

CIUDADANÍA ITALIANA POR MATRIMONIO

Antes del 27 de abril de 1983

Después del 27 de abril de 1983

 la mujer extranjera casada con un

ciudadano italiano adquiere la

ciudadanía de forma automática sin tener

que solicitarla

solicitar la ciudadanía italiana por

naturalización una vez transcurridos tres años

desde la fecha del matrimonio (vigente) si

es que reside en el exterior y seis meses si

reside en territorio italiano.

Page 73: La Nacionalidad

CIUDADANÍA ITALIANA POR NATURALIZACIÓN

si tiene padre o madre, o uno de sus abuelos que hayan sido ciudadanos italianos de nacimiento, o que hayan nacido en Italia;

en ambos casos, es necesario que la persona resida en Italia desde hace al menos tres años

si es refugiado y reside en Italia desde hace al menos

cinco años

si reside legalmente en Italia desde hace al menos diez años

si es ciudadano de uno de los Estados Miembros de la Unión Europea y reside desde hace al menos

cuatro años en Italia

Page 74: La Nacionalidad

CIUDADANÍA ITALIANA POR ADQUISICIÓN

Para los extranjeros o apátridas cuyo padre o madre o uno de sus ascendentes en línea recta de segundo grado, hayan sido

ciudadanos italianos de nacimiento, la adquisición se produce si

•Cumplen efectivo servicio militar para el Estado italiano y declaran previamente querer adquirir la ciudadanía italiana;

•Asumen un empleo público en las dependencias del Estado italiano y declaran previamente de querer adquirir la ciudadanía italiana;

•Al cumplir la mayoría de edad, residen legalmente en Italia desde al menos dos años y declaran, dentro del año, de querer adquirir la ciudadanía italiana.

Page 75: La Nacionalidad

DOBLE CIUDADANÍA

La Ley de 1992 admite en vía General la doble ciudadanía. Quien posea, adquiera o readquiera una ciudadanía extranjera conserva, entonces, la italiana

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PÉRDIDA DE CIUDADANÍA

la normativa vigente prevé que la ciudadanía se pierde sólo en caso de renuncia de parte del ciudadano y sólo si éste ya posee, adquiere o readquiere otra ciudadanía y reside o transfiere su residencia al exterior.

Page 77: La Nacionalidad

PÉRDIDA DE CIUDADANÍA AUTOMÁTICA

acepta un empleo público en un Estado extranjero o en una organización internacional en la que no participe Italia, o preste en el exterior el servicio militar y no obedezca la orden del Gobierno italiano de abandonar ese empleo o servicio militar.

durante el estado de guerra con un Estado extranjero, trabaje o preste servicio militar para este último o adquiera voluntariamente su ciudadanía.

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JURISPRUDENCIA

La Sentencia Nº 87 de 1975 La sentencia Nº 30 de 1983 Sentencias de la Sección I Civil favorables a la ciudadanía

vía materna para los nacidos antes del 1 de enero de 1948. (Sentencia Nº 6297 del 1996, Sentencia Nº 10.086 del 1996 y Sentencia Nº 15.062 del 2000).

Sentencias de las Secciones Unidas contrarias a la ciudadanía vía materna para los nacidos antes del 1 de enero de 1948. (Sentencia Nº 12.061 del 1998, Sentencia Nº 3331 del 2004).

sentencias de las Secciones Unidas de la Suprema Corte de Casación italiana