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LA LEGIStACION MEXICANA DE MANUEL DUBLAN Y JOSÉ MARfA LOZANO

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LA LEGIStACION MEXICANA DE MANUEL DUBLAN Y JOSÉ MARfA LOZANO

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Mario A. T é k G. y José López Fontes compikdores

bliotec8

OLUCION

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE IA NACl6N nUBUNAL SUPERIOR DE JUSTIWA DEL ESIIUX> DE W C O

EL CDWEGIO DE MExiW ESCUUA UBRE DE DERECHO

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-. L kgLkión &uní de Manuel Dublln y JosC Mula Louno / Mario A. T& G. g Jat L6pa Fonm mmpildorcs. -- 11. d. -- Máico, D.F. : S u p m Cone de JuOda de la Naci6n : El Colegio de México : Evucla Libe Dmd>o : Erdo de Mhico, Méxim : Tribunal Superior dc

. . - ,.@&a del E.Pdo de México, 2004. - - 255 p. ; 22 an ' . __-

1. Mbm - LIQ a ~ i m * N. 2. Win, MYiud - Critica e intcr- e n . 3. Lmuu>, Jmé M& - Cdria e i n t e p m i 6 n . 1. Ttlkr C. Muia. mmp. 11. ldpa Fonta. Jmé. comp.

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P A 0 1 1 Andrés Lim Go&

INT~ODUCCI~N 13 Mano A. Ti& G.

Los AUTORES DEL DUBL~N Y LOZANO: MW BIOBIBLIOGR~FICOS 25 AIrJandm Mayngoik

REFLWOONES JURfDICAS EN TORNO A U

INDEPENDENCIA MEXICANA Y EL PRIMER IMPEFSO 189 Inmfico de ( c m DuJliur

b S RECOPIUCIONES DE DERECHO EN EL MmCO INDEPENDIENTE 217 &r C m Barney

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PALABRAS PRELIMINARES

La edición de la obra de Manuel Dublán y Jose María hzano LcgUlacidn rnnicana o cokccidn compkta k laS d ~ ~ s i c w n ~ ~ vedi& des& (a Indrpm- dcncia dE (a República ofrece al lector la oporninidad de conocer una parte importante de la evolución legislativa en nuestro p& y, por ende, los fines y propósitos que tuvieron esos ordenarnienros jurídicos en el contexto so- cial y ~olftico a travk de las instituciones, vinculándolos al principio supre- mo de la convivencia social por medio d d derecho.

En efecto, las normas jurídicas son d resultado de una multiplicidad de factores vigeote~ en la epoca que se establecen, por lo que el conocimiento y esnidio de aquellas que fkeron emitidas en el periodo de consolidación de nuestra nación como EStado independiente resulta interesante para el esni- dioso del demho, porque le permiten conocer los ordenarnientos que re- gían a la sociedad mexicana, pasando por diversas etapas significativas de ia historia de nuestro pds, además de comprender mejor que la nota más da- m de la unidad de un Estado se encuentra en la esfera del derecho y en ta debida aplicación de ordenamientos legales justos.

La compilación miizada por Dublán y h o es fid reflejo de una parte importante de nuestra tndición jurídica, y aunque existan cambios profundos wmo los que ha tenido la legisIsiC16n en d mnscwso d d siglo xx y lo que se cuenra del xxi, esta obra seguirá siendo referencia obligada para conocer la hi ir ia legislativa de nuestro pals, nnino vaíiwo para justipre- dar junto con ella la admini ic ión de justicia anta, hoy y maíka.

La Suprema Corte de la Nación, w n la firme wnvicO6n de la riqueza de este acervo, n&ca la importancia de su difusión, de modo que la socie- dad en genenl y los investigadores en parti& se beneficien de ia cultura

que rrsguvdk

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La LegGlandn mexicana de Manuel Dublán y Jos6 María Lozano wnstitu- ye un eslabón fundamental en el desarrollo y evolución del acervo legisla- tivo nacional. Su difusión no poda detenerse por Faita de un medio senci- No, económico y moderno que permitiera a la comunidad interesada, conocerla y vaíorar su trascendencia en el avance de las instituciones.

Para el Tribunal Superior de Justicia del Estado de México fue un gran m o cditark en formato digital. Sabíamos de la importancia jurídica que te- nia y tiene para la investigación, para la preservación de la memoria de las instituciones mexiranas y del esfueno que nos representarfa. Sin embargo, a t e esfuem, los recursos invertidos y las largas horas de trabajo, ahora que finalmente podemos ponerla al alcance de la comunidad académica y de la sociedad, nos permite ver con enorme satisfacción que han merecido la pe- na. Nos sentimos verdaderamente privilegiados.

De manera personal, desde que inicie5 mi gestión al frente de esta no- ble institución, tenia claridad ,de que no s61o me corrapondia contribuir hasta el limite de mi capacidad mejorarla administraci6n de justicia en be- ndicio de los m u i q u e m , era M deba y así l o hice. Sentí la nsponsabi- lidad, ademág, de apoyar todos los esfuaos relacionadas con h investiga- u6n y diíÜsi6n del conollrniento jurídico. Por &o, cuando se presentó la coyunntra de reeditar esta obra no dudt? en ningún momento en hacer lo posible para su publiclci6n. Con ella conciuye un esfumo editorid de va- rios l ibm y revistas e s p d i v d a s publicadas durante mi a d m i n i a d n que buscan d i h d i r y d o r a r distintos problemas jurídicos asi como en- riquecer el acervo bibliográfico d d Estado de México y del país.

Por otra pam, quiero agradecet la colaborall6n de las prestigiados académicos que participaron en el libro inuoductorio que acompaiía a la LegisLwión mexicana h o y seguro que sur rcfiuinnes y comentatios abren n- líneas de investigaci6n hist6rico-jurídicas y demuestran la impor-

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tancia que a t a obra tiene para el conocimiento de nuestro devenir institu- cional.

Finalmente, reitero mi rcmnocimiento y gratitud al ministro presiden- te de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, licenciado Mariano Azue- la Güitrón, al presidente de El Colegio de MCxico, doctor Andr& Lira Gonzálrr. y al rector de la Eccuela Libre de Derecho, licenciado Mario Bc- cem Pocoroba. ya que sin su valioso apoyo, la reaiiuci6n y edición de es- ta obra no habrla sido posible.

ABEL VILUCA~A ESTIIADA Raiahtr &l Teónnal Supnior & J w ~ &l Estado de México

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PREFACIO

El Colegio de M6xic0, en colaboración con el Tribunal Superior de Justi- cia del Estado de Mkico, pone en manos de los lectores esta nueva edición de la colección legislativa m& ambiciosa de nuestro siglo m. Al hacerlo res- ponde a una demanda que estudiosos e instituciones culturales vienen ha- ciendo hace mucho tiempo.

La obra de Manuel Dubfán y José María b o , Lcgil?cidn m&catur o cokccidn compkta de Lrr d i p i c i o m kplativas orpcdidar dcrdc la Indrprn- ~~ a'c la R+b[ic~ m d n a , publicada entre 1876 y 1912 en 52 vol&- menes, es sin duda la m& amplia; es fuente indispensable para el estudio del México independiente, los agitados años de la Guerra de Reforma. la República Restaurada y el Podiriato. Claro a t á que habrti que completar- la con otras colecciones legislativas de gran importancia, en las que se in- cluyen, entre otras disposiciones, ks de los gobiernos reaccionarios y las del Segundo Imperio, deliberadamente omitidas por Dublán y Lozano. Como quiera que sea, tenex a la mano los 52 tomos de la LcgisInndn mmcaMen esta nueva presentación y con las posibilidades de consulta y manejo que ahora x: ofrecen, resulta una ventaja que confiamos aprovecha& quienes pretendan profundizar en el amplio campo de nuesua historia y, lo que no es menos importante, quienes busquen inhnnaci6n pan pmp6sitos urgen- tes y de actuaiidad en la vida práctica.

Nos c o n g m h o s por la colahoraciún lograda y animamos a los be- ndiciarios de a t e b e n o a completarlo con otras apomciones, con sus comentarios y sugerencias.

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Mar io A. T C h G.

La Lcgichcidn mpncana de Manuel Dublh y Jd Maria Lozano, dsde ha- ce mucho tiempo, esperaba una nueva edición. Asf lo imponía cl hecho de que una buena parte de la legislación federal vigente, incluida ia legislación colonial que trascendió d cambio de régimen, desde la creación del Estado mexicano hasra el poi-iiriato estuviera aM contenida. Sin embargo, dsde 191 1, cuando wnduyó su primera edición, no habfa sido posible hacer una segunda. El paso del uernpo y otros factores hicieron que fuera cada vez más dificil encontrarla wmplem. Por ello, cuando surgió la idea de hacer una edición digiral se pensó, en ese primer momento, que su sola reedición era suficiente para llenar el vacío legislativo que su ausencia provocaba.

Este importante proyecto fue acogido de inmediato por el Tribunal Su- perior de Justicia del EFtado de México. Y panidamente por su pmiden- te Abel Viiiicafia Ertrada Su visión de krgo alcance y su conocimiento de ia historia de1 derecho fueron detenninantcs para lograr c~ra reedición. Lz consc~vación de la memoria jurídica nacionai que se logra ha sido recono- cida por ouas instituciones acadtmicas y lo será eunbi6n a Ivgo plua.

La participaci6n de La Suprema Cone de Justicia de la Nación, de El Colegio de Márico y de h b e i a Libre de Derecho en este csfuuzo edi- torial encabezado por el Tribunal representa un hito histórico, poque ca- & una de aras instituciones, sin disusiiín, en su ámbito parti& de ac- cibn, han tenido y tienen una relevancia fundamenta en la sociedad d u n a

Por ello, h t e a su entusiasta respuesta, se abri6 la posib'iidad de ha- cer además un iibm introductorio con artfcuios a-OS que miden-

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c i m la relevancia que tiene la obra en la historia jurídica nacional. Se siguió el camino trmado por otras reediciones de kan valía corno el de la Rccopikacidn ak i e s a% b5 reinos ak LL( India dr 1680, coordinado por F m - cisco de 1caza.l Para este fin se invitó a prestigiados historiadores e hiitoria- dores del derecho a que reflexionaran sobre la obra en general o sobre al$ tópico en particular que tuviera como eje principal esta obra. No se les hi- w ninguna propuesta específica, cada uno de los investigadores sugirió el suyo. Es vetdad que hubo ausencias importantes pero de ninguna manera había la intención de hacer un Libro exhaustivo. Pretender abarcar ai menos una buena parte de las distintas problemáticas que se pueden desprender del análisis o con el apoyo de la trgü&dn d a m a hahrla resultado, por decir lo menos, iluso. A d e d , no se debe dejar de lado que el objetivo principai de esta edición digitai es el mate de fuentes histórico-juridicas nacionales.

Aunado a dio, con el libro introdunorio y la edición di@ del Du- bián y Lozano se pretende responder al llamado que hace más de 10 afios hiciera Jaime del Arenal cuando seííalaba que uno de los aspectos "incon- venientemente" (kc) vatado por tos historiadores del derecho era precisa- mente el de las fuentes del derecho. Por supuesto que hay plena coinciden- cia con la demoledon critica que hacia a los historiadores y juristas que entendían que hacer historia del derecho era limitarse a hacer historia de la legislación; aun mando &ta permanece todavía

De cualquier forma, el prestigio de los investigadores que se dan cita en este libro evidencia la importancia de la í&&.$n mm2ana, y sus alabo- raciones son una muestra de la diversidad de enfoques que de ella se pue- den derivar. Y no deja de ser casi una ironfa haberies pedido utiiizarla en su formato tradicional en papei, <tuando sus cokabomciones van a acompañar la edición digital que evitará precisamente que ouos especiaíisas que quie-

' M&¡=, Miguel %mL, E s d a Lib* de Duaho. 1987. ' D e d o de jurista% un tema ignora& por h bistan* jurídica m&-", RE

viea kInwn'g&Jurli*i4 año 15. núm. 15, EyUda Librede Dcredio. 1991. pp.148 y siguicntu. Sin dud. que d dasho & j u r h u una fuaite íbdmmnd pua wudkd &&m~deburm~ddnglom;indusomtr&Uiuimunfo&In&a- a6n ni la dcada de los ~etma. Y pua dimensionvlo Mnamu>te con nuyor pmhuidi- dad hay que w d acllmntor trabajo de VImr Tau. 'Irl docuina de loa aumm wmo fuente dd d e d o ~cUano-indiano". SIpannr k & Rmim & H*m* &i am*o 17, Bumm A i m 1989, pp. 351-408.

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tan consultada para sus propias pesquisas, como ellos lo hicieron, tengan que lanzarse a su búsqueda en alguna de las poca bibliotecas que todavia la conservan completa.

El libro introducrorio está formado por cinco trabajos. Indepcndiente- mente de la perspectiva que cada uno desarrolla, curiosamente se ubican de forma cronológica a todo lo largo del arco temporal que abarca la LegULr- ción m c x i c u ~ dos entre finales de la epoca wlonial y los años indcpenden- tistas, el tercero hace un largo recorrido Icgislativo y los dos últimos se ubi- can entre los años de la restauración de k República y d podriato. Su distribución en el libro se hizo incorporando primero los estudios de carác- ter histórico-jurídico y, al final, los que privilegian la visión histórica.

E( acucioso trabajo de Alejandro Mayagoitia es el que inicia d libro in- troduccorio. Está dedicado, como el propio tido del trabajo lo adelanta, a dar unos apuntes biobibliográficos de quienes se b n a cuestas la d i - zación de la Lc@&dn meticana Las investigaciones que ha publicado so- bre las famiiias económica y socialmente influyentes le permiten proporcio- nar ai estudioso y al lector interesado información relevante sobre los iniciadores y continuadores de esta magna obra.

De Manuel D u b h , José María Lozano y Agustfn Verdugo, destacados personajes de la segunda mitad del siglo m, aporta amplios datos bi&- ficos y da un buen repaso a muchas de sus obras conocidas, aunque no to-

das publicadas. De Juan A. Matcos, el historial que refiere es cvidentemen- te más breve porque ya existen distintos trabajos biográficos publiados, aun mando el tratamiento que hace pan. Aáalbcno A. Esteva, A d o h Du- blán y Maza y JA. Castiüún s más breve aún, j w o por la razón contraria, poque se ha investigado muy poso sobre dlos. Sin embargo, este acerca- miento que oFrccc Alejandro Mayagoitia a los autores de la Lcgkkzción me- ncaM permite dimensionar su importancia en la polftica de su tiempo y motivar a onas posibles biógnfos a realizar una nueva invatigación de ma- yor alcance, como él mismo sugiere.

Manuel Dubian quizá es d personaje m& polCmiw de todos los que pattiaparon en la LgirLlCiún nuxiea~ y se puede presumir que p r elfo Mayagoitia le dedica más espacio. Aunado a la formación académica y pa- rentcsu> de Dublán, sobresalen Los puestos y s e ~ & que prest6 tanto al segundo impeno wmo a Porfino Dlaz y a los libenles. Tal v a , y sólo plan- nado como una duda, su capacidad para acomodarse con ku: pp que

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ejercieron el poder en su momento es lo que le ha permitido a lo I q o de los &os wnservar su pmtigio en la historia. No tuvo la mala suene, por ejemplo, de otros importantes juristas conservadores que por ser fieles a su a- todavla no han sido suficientemente rescatados por los estudiosos. Por su pute, d pmpio Mayagoitia adeknta de forma documentada una in- quicwite aplicación a su &ito polltico y académico: "Dublán contaba con un v f n d o importante w n estos personajes [Dlaz y los hombres de poder de la ¿poca] que ayuda a a p l i a r por qué nuestro personaje [si4 siempre ula de pie: todos mviemn una trayectoria importante en la masonería".

Por manto a h & W n nuxicanq Mayagoitia apunta que 1876 hie el +ho en que +6 publicada la noticia de iniciarla. Seguramente en ese momento los iniciadora no t e n h pmisto que su publicaci6n se prolon- gara por más de tm dCudas wmo s d 6 al final. kl mismo identifica nuao seria y evidencia l u repeticiones de ciertos tomos que se diemn en- tre &. En h primera serie, que es la que propiamente hicieron Manuel Dublán y José Mvla b o , publiuron del volumen 1 al 19. En la serie de Adolfo DubUn y Adalbcrto ErtM del volumen 20 al 34. En la de Agus- tln Verdugo el volumen 31 y 32. Y en la ÚIuma, en la serie de la Secmaría de Justicia, d d volumen 33 al 42; sin embargo, la obra en realidad se com- pone de 52 romas, que son los que aquí se pmntan, por las primeras, se- g u n b y hua urcms partes w n las que cuentan algunas volúmenes. Es dmi; Manuel Dublán y José María Lozano fueron los iniciadores, pero no lar autora de toda h obra, segunmente por eilo a que se l a atribuye in- dtbibmcnte. Esu circunstancia explica la hcurogcneidad de la ii&IMsn maiurvz pero con un demenw wmún que le da unidad y wnsistcncia:

al prrk de una ncopilvi6n wmplea de Ls leyes fcdenles vigentes. hmcism de I a y , por su parte, hace un rsuuico dcsde d periodo ga-

di- haPiP d dcl primer imperio m Nurva Espatía-Máico. Se& @m0 un amedente dcffYado de los pmfundos cambios que se darían en H w o ~ n h en la segunda mitad dcl si@ m la política moderniza-

& & ~~~ y que aimntyó a la & las habsburga iniciada en d m. PON bifirtr m las duaisioner doariw;yde~MdzadelaW-

d n a l n o n o d e G r i a r ~ V a & v o r & ~ c m ~ n d o ~ ~ ~ y c n d m n q x ~ d e ~0~ quC un refrmnte importante en Francia y que

i u a ~ e p-fc w n h invasi6n napoksnica en 1808. Todos - - ~ ~ m s o n M Í n y r L r ~ ~ ~ ~ ~ ~ ~ ~ ~ ~ ~ -

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tro de su proceso de emancipación política. En el ámbito patticular de lo jurídico, la promulgación gadirana de 1812, desde e1 punto devisci de Ica- ,m, precipit6 su separación.

Menciona la diferencia que existió entre los grupos que pretendían ha- cer cambios profundos al derecho, a las instituciones jurídicas y políticas hasta entonces vigentes y entre los que tenfan básicamente la intención de alcanzar la independencia por los intereses de las tlites a las que represen- taban. Los primeros intentaron una revolución con ciertos cambios socia- les al inicio del movimiento; los otros, después, fueron los que finaímente lograron fa emancipación en 1821. Sin embargo, quizá el tema más polé- mico de este trabajo es la referencia a la vocación monárquica de La Nueva España y, en general, de las wlonias hispanoamericanas. Francisco de Ica- za describe la larga experiencia monárquica que se había vivido hasta en- tonces, los reiterados ofrecimientos de algunos grupos polltim a distintos personajes de la Ana ewopea pan ocupar el trono de los nacientes pai- ses y la gran popularidad que tuvo en los primeros mordentos Agustín de Itwbide, cuando se proclamó empetador mexicano.

6scar Cntz presenta un largo repertorio de recopilaciones de derecho castellano, indiano, novohispano y mexicano del siglo XIX y principios del m, en las cuales por distintas causas históricas existe una estrecha relación de sucesión entre &, donde se inserta precisamente la LcgüLtridn mnrica- M. Y aunque su trabajo esta compuesto de cuatro apartados, bien puede apreciarse que se pdría integm en dos. El primero se refiere a la 6pooi pre- via a 1821, a60 en el que México se constituyó en país independiente y la segunda que se refiere precisamente a la ¿poca posterior a la independen- Ua Es claro en el texto de ÓSQI C w cómo en esa primera pane hace re- ferencia a distintos trabajos que explican la aparición y distintas circunstan- cias por las que atravesaron las recopilaciones de esos aiios mientras que en la segunda parte hay una ausencia notoria de e s d o s . Lo que existe es más bien un desplicguc sucesivo de ellas, importante e ilustrativo, que &den- &a los Mivenes políticos y de gobierno a lo largo del siglo pero todavía in- suficiente pan a p h su intcrrekión o carencia de ella. Aun cuanáo d objetivo de su texto, hay que decirlo, tiene otra finalidad.

Se han hecho numctosos estudios sobre los fenómenos económicos, agrarios, polfücos, sobre sus continuidades y rupturas; sobre las mentalida- des y muchos problemas más. Y casi siempre echan mano de algunas o de

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18 IA LU;ISIAClON MWCANA DE DUELAN Y W U N O

varias recopilaciones dccimonónicas o de cierras leyes en particular pacd su mnális pero pocos esfuenos se han hecho para reflexionar sobre esas reco- pilaciones en si mismas.' Salvo los importantes trabajos sobre codificación civil y constitucional. estos últimos sí muy numerosos, y @nos estudios domados sobre algunos cuerpos jurldiws en particular fila prácticunen- re todo por hacme.

Manud Mio , m su articulo "Del antiguo rtgimen wlonid al Méxiw independiente, según la LtgbWn ~C&M de Dublán y Lozano", toma un sendero de anlliris distinto. ÉI centra su trabajo en los problemas que knen como vtrtice rempod la década de 18 10, que afectaron prohuida- mmre d remo dd siglo, pem que tuvieron sus antecedentes siglos atrás. Y a preckmmre dd tomo 1 de la Lqihdn mexicana de donde desprende su abpjo. D i o en sus p m p h paiabns:

Evidrn~mnite d conjunto & temáticas que trataré a continuación ucncn u>- mo hiena MUc. Izs d e s cáiulv o Im decretos y brdeno publicados por h b ü n y t a u i o [contenidos en el tomo 11. A SU impomck wmo hicntc he mtado & articular SU vigencia en la discusión teórica o simplcmcntc hi- tórKa, poquc son punm esenda en la comprensión de la formación dc cn- tidda amómias, poiItia. o socialo en are tránsito. Se trata de resacar.

adcmáa, L. dimcnR6n J& e innituciod de s c ~ m dc La vida social y económica visra~ Yrniprc a partir & m- wntenidm.

LP prbma tcmlt'i que &o& tiene que ver con una diFnts16n histo- riográfKa que podría estar en los l i n d e de la tuesti6n idml6gia: susti- aúr p ~ n d an> hispanoamericano d wnyrn r de "colonia" por d de anu-

guo y con éi 40 d de "reino", en donde "colonia" s rcfiar a hr rrLcions de dominio y sub>nüwi6n que se fueron forjando poco a poco dade d agio m. impwma dcsdc k metrópoii, y que es muy difc- raia a k de "Rinow, que preande dar una visión menos violenep de la hii

' V C r I U D e d d A < r r m l Y ) p d . r L . ~ * J b ~ l p i i R m b m r j u r l d i c Y d d y d o W T . M n n ñ r 1 1 s i n p i . & H ~ M P l u n i r u , M ~ G m i t C M a i - ano & CKocisr HLt<ktu, 1990. pp. 454472, y G i d k n ~ ~ E híq&mt, "México: 75 ~ & ~ h i n 6 r i m j u & i i c a m . L Y X V d b r & M b i ü r j i r L ü u n d n n u t < b , t o - moü,MdBco.UnivariddNriomfAurbDani&MbYh 19T91Qtndo.mnoardcpk &pbi"m WAmd.1991.

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toria, de supuesta igualdad politica entre los virreinatos y posesiones ame- ricanas con los antiguos reinos peninsulares. Y mediante un lúcido y pun- tual repaso de distintos casos que se sucedieron a lo largo de los tres siglos de dominación, fundamentalmente de carácter económico, Mifio Grijalva argumenta en favor de la primera Para 61 existió a principios del siglo m una *relación coloniufinfódde contenido bdsicamente económico. En el estatuto formal legal, en cambio, América seguía formando parte del con- junto de reinos de la Corona de CastiUa".

Otra de las temáticas que s e a , se refiere de forma incidental al mis- mo asunto, pero esta v a le permite abordar el problema de la representa- ción hispanoamericana en las Cortes de Cádiz de 1812 y todo el conflic- to politico que marcaria el htturo de esas tierras y e1 surgimiento mismo de los estados nacionales. Manuel Miho destaca la fata histórica de repre- sentación pública que tuvieron las posesiones americanas pan ser consi- deradas verdaderos reinos y toda la eclosión politica derivada de la elec- ción apresurada de sus representantes que terminó por quebrar, junto con otros problemas allí surgidos, todo d sistema colonial espaf~ol; cómo fue precisamente el surgimiento y mdtiplicaci6n de los ayuntamientos cons- titucionales que extinguieron a "los regidores y demás oficios perpetuos'' para dar paso "a la representación y elección de autoridades de los pueblos que trastocó de manera definitiva el antiguo orden de tipo colonial", "rcpresmtMón que luego se traducida, por exigencia revolucionaria, en soberania".

Manuel M i o , a partir de fa lepiskción colonial y gaditana rewgida en d tomo 1 d d Dublán y Lazano, plantea problemas fundarnmtales que es- tan todaváa lejos de sa d t o s o al menos que tengan wnxnsos en la hi mriognfk wntemporánca, Indudablemente que esa lcgklación es fiel &e- jo de toda la wmplejidad histórica que se vivi6 m esa momentos.

La ewnomla mexicana enae 1867-1910 S lavemente que aborda Pao- lo Riguni. Y wmo U lo scbak m precisión, d objetivo de su aabajo a

raüuruo.í~~~~nyullncpdCLsprinapohnmmterdChlegLlP u6n awndmia dd p i d o 1867-1910, con un duble propózinc inrcgnt un panorama general de su ~olucibn jurídica, caga de dCtkPr sus mntinuida- da y sus innwYUona, y mluv los k o s sobm la Mgananción m>nómia, m una apmri&ón a los rrsulndm m cuanto al b p r d o awnómim

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~ ~ n o l a r a l u i a p ~ n i r & m d o d l m b i r n & l a e o o n ~ - m l p ~ u ~ & a v a o .amdda apdticas: I ) ias ti- piiblicrt y -2) hmi&3)bbpnc?,y4)iasrocieddcrporPCUones,~- vidda dcgdu MUcunenu m b u 6 n dc N d m c i a cuantiativa. a poco a b lago & su &p. mvndo como &rente iai disposicionu que n!&mm cnr ~ m d r h y d mntato polftiw soaíl en d que sur@emn. va sch&ndobspn>blmuraprifiadPdayalwwxsdeadaunaded~.

Al final dc su trabajo. k d o Riguai uRzla d impulso que los libcdes prnadnw>Meaaarloivibdapm>quenologruon miformarde fOmrn du& ia -mía ni darie un crccimiirn -enido; ias diitor- knea y km vicios tuminaron por m i n a r d &m y la d u c i ó n de 19 10 remuda paz varios lustro. b posibilidad de que en d país se pudie- ran plurtcrr n- poiíticas cm- de lvgo pluo.

D+ dc a<r b m c m r n u pone a consideración dc los lectora la gén&, bs probkmas y m n t n t i a n p que se mírcnrvon durante la m- I ' i & ata obra digid. De esa f i . podrán pondernnc con m& ele- m n t a iai dnírmna que se tomamn y las limiucionu y alcances de la misma. Toda iai personas impliudas m ata parte y el esfueno que empe- Ruon a lo & los mera de trabajo ine- la oponunidad de que su tnbr'p sea & d o a la luz dc los problemas que se enfrentaron. A puar de aru wnrmcidol & que para los ojos de los críricos a ultranza resulte ui v a innecauio, asf mmo para quima haarlo dc otra forma distinta a la que se eligió, siempre hubiera sido mejor. La diferencia a t á en que aqui si se lo@ dar ama al pm)rsto y no quaM en un puhado de buenas inten- CioMydcPduáonaprfeLw.

En d aAo U)OO, mn José Lópn! Fonua nos perca- de que udí uno por N Ldo había iniciado la digidizuión & la GLccidn k h s a2 Gtqme W Esda k México 1824-1910? k p u & de aa feliz coinci- dmáí dsadimor mniunar ohKnor para trabajar m una i d a común: la mperación y d i h u ' i dc fuentes h'mórim-jur(difu mcúqunisa y mcxi- urw. As$. sucesivamente vieron la luz la GLcrUIn k -s.. . , .%iba- w y r b q p d a W:+mmmiqvmv 1803-1903' y aán m amino l u Ae-

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m &¿ Congmo Conrh~uymte de¿ es& li6n áe M&z'co.~ Con la acumda- ción de esta experiencia y sabedores de que estábamos en posibilidades de iniciar una acción de mayor alcance decidimos ocuparnos de un proyecto trascendente que hablamos comentado desde hacia tiempo: digitalizar el Dublin y Lozano.

Teniamos dar0 que la Lqislación &ana era una obra fundamental para los estudiosos de la historia y el derecho del Méxiw decimonónico y porfitiano. En la d i d a d son pocas las instituciones que cuenta con la obra compleeta y, por lo tanto, cada vez imponen m& mtriwiones para su wnsulta. Por supuesto que es más &modo, i n d m placentero, consultada en papel, pero plantearse reeditar los 52 tomos habría sido casi imposible por los costos. Dicihnente dguna institución, o aun vanas, habría podido absorberlos. Además, este formato multaba pom práctia~ por el espacio R- siw que ompa Y por tratame de una obra de consulta, acaso unos cuantos academiws se habrían sentido agradecidos de U 4 a a casa y d o las ins- tituciones que cuentan con acervos especialiidos habrfan sido las beneficia- das. Fmdmente, comprarla tampou> habrfa sido accesible ni para los inves- tigadores ni para las instituciones. Todas estas ci-cias gravitaron y fueron determinantes para tomar la decisión de optar por el formato dipital.

k p u & de esa primera decisión, el primero y elemental de todos los problemas previstos que se enfrentaron -aun cuando los no previstos siempre resultan más numero- era contar w n la obra en papel, a par- tir de la cual se +fa hacer h digitalización. Para fortuna nuestra, el mis- mo JosC Upez Fontes, como bibliófilo que fue, tenía entre su acervo los primeros 35 tomos de k obra, los 17 restantes fueron prestados generosa- mente por la Exuek Libre de D e d o , gracias a las entusiastas gestiones de Jaime del Arenal hoch io .

Reunidos los 52 tomos habla que desencuademarlos cuidadosamente para conservar los pliegos Integras, en d orden que dcbfan wr restituidos a ' su h a original y no d?hu aún más algunos que ya se encontraban m malas condiciones. Esta drcunsunda i m p w que cada uno de los más de 12 O00 pliegos (cuatro páginas por pliego) f i pasado por un "scanner" con cama pkna, uno por uno, en forma manual El tiempo empleado en erte promo h e largo y en oasiones agotador.

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22 LA LEGISLACION MWCANA DE DUELAN Y I.OZ.AN0

ate lapso se detectaron algunos problemas en la encuadernación original y de wnwrvación en las ediciones que se tuvieron a la mano. Por e+pb, que en el tomo 40,2a pase, Mtaban los pliegos cortsponaunte a 1 s w n s V I I - X V ~ ~ ~ y en el tomo 42, za parte, las páginas 1-VI. En el tomo 41,1* pane, las paginas 67-68 aparecieron rotas; lo mismo que en el YOIumen 41,3* parte, p*nas 625-626. En el tomo 31 "enero-abril" se re- pitieron los pliegos que wntenían las páginas 492 a 512 y Mtaban de la 513 a 528. Estos probiemv fueron rsueltos en su mayorla con los tomos p d m por la h e l a Libre de Deredio.

cmbarp, en sc momento se a y 6 en la cuenta de que se tenfan dos aüaona distintas del tomo 31, aparentemente parecidas pero en reaiidad w n muchas diircncias. En su portada un tomo se presentaba como edi- ción o&al vregLda en virtud de la autorización de la Secretaría de Justi- cia e Insuu.xi6n Pública, hecha por Agustín Verdugo, y la otra portada aparecía wmo una wntinuación de la cdici6n ordenada por Manuel Du- blán y José María Lozano. El primer tomo 31 tiene, por meses, una tem- p o d i mayor y además incorpora el t a t o wmpleto de la ley o decreto mientras que h otra s61o pracnra un extracto. Sobre uns dos ediciones Alejandro Mayagoitia da más pistas en el trabajo que aquí se incluye. Pero todavía quedan dudas por disipar. Ojda que en otro momento otro invs- rigador o el propio Mayagoitia terminen por aclaradas.

Cuastdo x inició la d i g i W 1 6 n del Dublán y Laano se deswnocian estos inconvenientes, y al momento de enfrentarlos, se tuvo la disyuntiva de a d a d o s o no, pro frente a los demás obsdculos que se tenían por de- htz x optó por wntinunr b d i $ t a i i n wmplctando la obra a partir de Ls dos mluxbnes que se vieron a la mano.

Por supuato que la lvga y dificil tvca de preparación y edición no hbrún podido wnduir ni cn el tiempo ni en las condiciones que lo fue

hubiera tido por d naba10 excepcional de un equipo de k a r i o s fi- na&&~ Wr el ' l X b u ~ Superior de Justicia del Estado de M&iw y en- <rbaadoo primera pun: por Nubu Vkqua: Al+dro Mercado, HW Y Andm b. G d u p e Peraita y Yésica Espinos,

&iuon la ~egunda pme. Sin d trabajo de todos * hay que reiterarlo, habría sido imposible wnduir obn. A Luis Guill-o pwfoional de gna valfa en esta dzx de trabajos, le to- * ~~r so& lo m n d pro- i n h h u > de wnsu)u

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-software- y panicuiarmente las ligas de los índices al texto de la dispo- sición o decreto.

Y precisamente a los modos de consulta que se ofrecen en esta edición es imporrante referirse con mayor detenimiento. Al inicio, cuando comen- zaron los contactos con el equipo de la biblioteca de El Colegio de M&- co, se planteó la posibilidad de hacer búsquedas por palabra en toda la obta. Claro está que esa opción habría sido la mejor y la m& wmpleta. Las posibilidades de acceso a la obra se podrían multiplicar de forma exponen- cid y hacerlo de manera muy cómoda. Sin embargo, la tecnología todavía no estaba lo suficientemente desarrollada para lograrlo antes de un par de años de trabajo ni era lo suficientemente económica para hacerla accesible a las condiciones del proyecto. Por lo tanto, frente a la alternativa de facili- tar la consulta, a costa de multiplicar los costos y e1 tiempo de espera para SU publicación, o acorrarlos Complicando" su acceso, se decidió esto úiti- mo. De no hacerlo seguramente la irgisMdn da^ en formato digisal seguiría siendo en estos momentos un buen proyecto.

Y se optó por una solución que con anterioridad se había ensayado con &to en la GIcccidn & aérrnos.. .7 Los índices de cada tomo fueron vincu- lados mediante una liga al t a t o de la ley o decreto compondiente. Ade- más, wmo la obra es6 dispuesta por tomos cronológicamente publicados, teniendo la fecha de promulgación o 5610 el año, se simplifica y reduce la búsqueda. Se tenía claro que la mayorfa de los especialistas a quienes está dirigida, pocas veces acuden a d a sin ningún dato que permita ubicar la temporalidad de la disposición que buscan, d o en esos casos tendrían "problemas" en la wnsulta.

A pesar de que la obra wmpleta wnsta de más de 50 000 páginas se pudo editar ui un solo DVD, en el que se incluyeron umbiCn los trabajos del libro inrmductorio. Cuando se decidió entre prsuiru la obra en wios dism c o n p a w o ui un DVD, el argumento que indinó la decisión por es- ta úirimz o@n hie la o p t i m i i n d d espacio &dt¡co y dd espacio ñsico. De haber t o d o la opción del disu> compacto habrían sido más de cinco; su embalaje en el libro y manejo en la computadora w habría niel- to vcrdadcnmena complicado. Sc tuvo en cuenta que aun cuando los lec-

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tores de disco compacto son más populares todavía, era s61o cuesti6n de tiempo. había que dar el salto tecnol6gic0, poco a poco los lectores de DVD en las computadoras personales van ganando terreno.

Finalmente, antes de conduir hay un último comentario. Por desgra- cia, d maestro José Lópn Fonta Falleció de forma inesperada hace unos mesa. Su generosidad y c u l ~ r a heron excepcionales. Su entusiasmo fue dneminanu pasa que esta obra pudiera realiarse. Seguramente de haber estado H praente hasta el final, esta edición habría sido mejor.

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LOS AUTORES DEL D U B m Y LOZANO: APUNTES BIOBIBLIOGRAFICOS

ALjandm Mayagoitia

Las lineas que siguen no pretenden ser otra cosa que ligeros esbozos biobi- bliog&ws de personajes que merecen bastante más invatigauón, espe- cialmente documenta. Por tanto, el lector encontrará en ellas mems pun- teros que sirven para indicar el camino que puede seguirse para reaiizar pesquisas más pmfundas. En cuanto a la bibliograña, además de búsquedas hedias en bibiintecas de la Ciudad de México, hemos consulíado los reper- torios más importantes.

Como se ved más adelante, D u b h y Lomo murieron mucho antes de que la colección legislativa que unió sus nombres dejara de ver la luz públi- ca, por ello es que hemos considerado conveniente dividir s t e trabajo en dos secciones principales: Ia primera dedicada a explorar las vidas y obras de Du- blán y h o , y la segunda destinada a h de sus continuadores conocidos. C importante destaou que rdauonamos las obras esuitas por nuestros

autores en orden cronol6gico y que, dadas las limitaciones de tiempo y es- pacio, sólo hemos llevado a cabo unos cuantos wmentarios, en general, meramente dtscripuvos y bibliogrlficos. No be- juzgado ~ertinente de- tenernos en los diferentes w l h e n e s que forman el Dublán y Laano por- que en el apCndice ofkwnos aigunos cuantos datos sobre su hechura.

h sujcmr que siguen son quienes fuman los primeros 19 tomos de la co- l au6n que nm ocupa. Ambos fueron personajes de primen ltnea en el

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mundillo jurfdiw capitalino y, además, figuraron con éxito en la politica. Gracias a estas circunstancias x podrla decir mucho más acerca de ellos.

2.1. Manud Dubkfn y F d n r i c e VanLzi

Nació en la ciudad de O-, pero se ha discutido en que fecha. Velaxo y kz contemporáneos suyos y autores de biOgnaas sumamente laudatorias, dicen que en 1828. Scgún su panida matrimonial, que se cita más abajo, naci6 entre 1827 y 1828. Manuel Cruzado afirma que e1 1 de abril de 1830; esta fecha se Ida en su IIp~da en el Panteón Francés de la Ciudad de Méxiw.

Scgún d documento matrimonial citado, sus padres fueron Manuel Dubh c Ignacia Varcla (rarnbitn Fcrnánda Vareta); como no hemos en- contrado la partida bautismal de nuestro personaje nada podemos decir so bre la condici6n de su na~imiento.~

Se ha dicho que su padre era de origen francés, su madre criolla oara- qudú y, admub, que la posición econ6mica de la familia era menos que modesta. Su educación se Uw6 a cabo en el Instituto de Ciencias y Artes de Ovaa donde ya era alumno en mayo de 1847.j

Se recibió de ahg& d 2 de diciembre de 1852.~ Entonces era dipu-

' Lp hiaircr impnwr principlkr pua la bi+a & LhbUn son: C w u n ~ , 1905, pp. 103-105; P M , 1890. pp. 19-25 (con un rnrato litogrlfiut, w bi@ csd pu"d- mate repmb<adí o> Monwo. 1985h PAZ, 1888, pp. 25-29 (mn un m n w lir&m): V-, 1889, pp. 169-187 (con un rnraw U&m)), y VEIUTAS, 1888.

De ia~ m o á a ~ ~ sólo nk h pma mcncionu: CARDLNM, 1979, t. 1. p. 557 (con w; hCWR. 2002. t. 2. pp. 140174 (con &&.m<(: infommci6n ama de su p Pd-.caanrio& Hrimdí). Y M o u r r ~ , 1971, pp. 183-184.

kkrunamdmu&.bOl& 1829m:~~o,libm&bwóamas&iulr>~ 1829 a IWdClnbre de 1830. No p t t d k ~ ~ m d Jjbm & 1827-1828.

Ec in-~hra wcu gue m N panidz manimoniai se vimu que su cónyuge m h@ Y se omite r.fcrrMp dgulha sobre h si~acibn &don ~anucl.

~ ~ V y r b m u r i 6 m h ~ i u d d & ~ h i c o d 2 6 & m u o & 1874yfuc "pYltd.mdRnaónFrni*á&~~~rd~d(*tioh*diM.ol",mm, 1*+m. t2 .Mt - x b 1874. p. 80). ' GvPUh 1992. L z o. 4ü9.

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WS AUTORES: APUNTES BIOBIBUOGRAFICOS 27

tado local? Cuando el artículo 299 de la ley de 16 de diciembre de 1853 ordenó la matriculación obligatoria de todos los postulantes en el Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México, Dublán solicitó su ingreso a di- cha institución. Como a la sazón era vecino de la ciudad de Oaxaca (enero de 1854, dio poder suficiente para la realización de los trámites del caso al licenciado Ignacio Mariscal -otro distinguido polftico y abogado oaxa- queiío. La matricula de Dublán fue asentada el 4 de febrero de 1854. En abril de 1875 lo encontramos como uno de los integrantes de la wmisión nombrada por el rector del Colegio, Sebastián Lerdo deTejada, para formar un reglamento de conferencias; éstas a la postre se Uevaron a cabo con gran éxito y Dublán intervino en temas procesales y constitucionales. Todavía pertenecfa a esta institución en 188 1 .6

El 7 de enem de 1853, en la iglesia del monasterio de Santa Catalina de Oaxaca, cas6 con Juana Maza y Parada. Entre los testigos del enlace se contaba Benito Juálrz.' Dofia Juana nació en la ciudad de Ovaca hacia 1832. Eta hija legítima de Antonio Mara y de Petra Panda; 4 era un ita- liano radicado en Oaxaca, vincubdo con e1 wmercio y la grana. Por ende, dofia Juana era hermana entera, media hermana o hermanastra de Marga- rita Maza (1828-1871). Érta fue esposa del dicho Juárn (casaron el 31 de julio de 1843 en el Sagrario de Oaxaca)! Sin que importe mucho 4 ha- ya sido el parenrcsw preciso entre Juana y Margarita Maza, sin duda el ma-

' AMONI'E, 1852, p. 497. AHINM. R ~ O I l m y Nacional Colegio, Plmin*, ti& mk ma-

(ls4al854). 58v. ap. pumnalm, aja 14. núm. 514. 'Btaa aprdwts pos h Junta Uc nor del li<um y Nuional Colegio & AbDgulm dc M&, pan y r dm iaxioncd ore la o lCRUM p6bliasm. m EF, 1. tpoa t 4. Mhim. 1875, p. 265; Hechos diversos", pi m 1' época, t. 4. M h i ~ . 1875. pp. 243 y 2593 ~ ~ A Y A G O ~ 2002b. p. 517: NACIONAL CO!&GIO, 1868, p. 16; NAQoNALCO~P*~~. 1870. p. 16; NKDN&COWK>. 1874, p. 13; NMONALC~IIUO, 1881, P. 12. Nofigunm C I X F . C I O M ~ 1865.

ihs~o, l ibm&~nios&M>m&1847amero&1854,197$Con~tedo- a u n m r o r & t e h ~ & q u c a e a t ( n a x k 6 a & m 1852(CRvu~o,

U l m a h y i c n m c n w h i ~ ~ m ~ & A n m n i o M n n ~ m h & ~ ~ m ~ o f i - nu. mmo hii lcnfrirm dd dicha don Antonio y de Rm Parada 1972, pp. 55-

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28 IA i+ciSIACION MWCANA DE D U B W Y LOZANO

trimonio de Dublán lo zcerc6 al centro del que despuCs serfa el grupo libe- ral mls exitoso.

Dublán tuvo una importante carrera en el servicio ~úblico y he un ii- bcral bien moderado. Sirvió como regidor y sfndico (1849) del ayun- tamiento oaxaquefio. Combatió la dictadura de Santa Anna y, cuando Juá- r n fue desterrado por el dictador, Dublán tuvo que esconderse en Huunanrk9

Nuestro personaje, con Ignacio Mariscal, auxilió a J u b en la elabo- nci6n de La ley sobre administraci6n de justicia de 23 de noviembre de 1855. La misma elección que Uev6 a Juárrz al gobierno del estado de Oa- xza, celebrada en mayo de 1857. wIoc6 a Dublán m una curul de dipu- tado en el congreso constituyente local. Esta asamblea estuvo dominada por ios libenles y b constitución que redactó se promulgó el 15 de sep- tiembre de 1857; estuvo en funciones hasta septiembre de 1858. El 7 de mayo de 18% Juárn avisó a las autoridades de la Ciudad de México que habla nombrado a Dublán su secretario de Gobierno; Dublán sirvió en es- te empla, todo el tiempo en que su "concufio gobernó. Ahora bien, co- mo &te tuvo que abandonar la gubernatura oaxaquefia para pasar a un nu- datino m la capital de la República -fue elegido presidente de la Corre p casi al mismo tiempo, nombrado ministro de Gobernación-, en Owu d congreso nombró gobernador interino a José María Diaz Ordaz (25 de octubre de 18571. En diciembre de 1857 la ciudad de Oaxaca h e invadida por íuem conservadoras y Dublán fue encarcelado. A) fin, en encm de 1858 triwifó la causa liberal y con ella h de la legislatura local que había dudarado la secesión del estado mientras durara el golpe de estado de Woagi que despojó a los liberales de la Ciudad de México. Así, Dlaz Or- bz pudo gobernar fiel a los principios liberales radicales. Pues bien, Du- b k k stvió como seunvio de gobierno, pero con el ascenso de los m o d e d o s o ~bortadosOS a l gobierno local, dejó a los radicales y comenzó a figum wmo una de las c a b visibles de aquella ficción. Sin lugar a du- du sirvió como &o de gobierno del suocsor de Diaz Ordah el m o &.do Castro. Can ate cambio de banderas, D u b b se e&tó a Ju mtiguo jcfr? Y a 1- dmikr miembros del grupo radical, enm los d e s se I%fio D k Ignacio Mariscal e Ignacio Mejla. La presencia

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moderada en el gobierno oaxaqueño duró menos de un año porque la ca- pital del estado fue ocupada por las fuerzas conservadoras a principios de noviembre de 1859 y, cuando ante ral situación Juata ordenó a Castro en- tregar el poder a Díaz Ordaz, Dublán dejó Oaxaca y se unió al grupo jua- rista que estaba en el puerto de Veracruz. Cuando Oaxaca fue ganada pa- ra la causa liberal, Juka envió allá a Dublán. Entonces dirigió el Instituto del Estado y lo reorganizd totalmente; de esta €poca es su curso de demho fiscal (1865). Antes, habla ensefiado derecho wnstitucional en la misma instituci6n.'"

En 1861-1862 era diputado federal por Oaxaca En septiembre del pri- mer año formó parte del grupo de legisladores que d&ndi6 la actuación politia de J&ez cuando una ficción wmpuesta por 51 parlamentarios ia había criticado acremente; en diciembre presidió h Cámara y le tocó Iidiar con los problemas alrededor de la convención Wyke-Zamawna y de la ley de amnistía por los deliros polítiws cometidos despu& de diciembre de 1857. En mayo de 1862 fue vicepresidente, en junio miembro de la wmi- sión especial &e la elección pan la presidencia de la República, la cual en su mayoría se pronunció por Juárcz, y en julio &e de los diputados que apoyaron la suspensión de pagas. Su papel en la Comisión de Hacienda fue muy brillante." Dublh era, en diciembre de 1861 uno de los candidatos de J&a para ocupar la cartera de Justicia, pero circunstancias adversas a la política presidencial llevaron a Dublán a ser candidato para la de Gober- nación y para el despacho interino de la de Rela~iones.'~ Pero gracias a la oposición de la Camaía, Juárez y su protegido tuvieron que wnformarse w n que éste recibiera d empleo de octavo magistrado interino de la Supre- ma Cone (decreto de 15 de diciembre de 1861, publicado en bando el si- guiente día 21). Quizá no tom6 posesión de a t e empleo; recuérdese que para esta fecha la escuadra extranjera se hallaba frente a Veracruz. Tan alto destino no h e discernido a quien d a de alguna experiencia judicial:

'O &N, ramo j&, t. 525,4046 Boun, 1989, pp. 54-64.73.74.84 y 89; íkw+ So. 1947, t. 1, p. 75; T w m , 1964. t. 1, p. 223.

Dubk rc fim mmo aamrio ¿e Gobierno en xptiunbrc de 1856 y junio & 1857 -m &pos dc JL y m a p m & 1858, mn ~ t a z OnLz (BEP.oN, 1856, p. 48, Tk MAYO. 1964, t. 1. p. 412 y t. 2. p. 281).T'b'¡ v b c PAVU, 1890. p. 20.

" iammr, ZW, t. 2, p. 143: Tmm. 1964. t. 4, pp. 547 y 63445, t 5. pp. 7-8. 16-17,214-236,243-245.252-257.261 y 339-340 y t. 6. pp. 462 Y 482. " T m , 1964, t. 1, pp. 329-331,335-338 y t. 5, pp. 326-327.

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Dublán habú sido &tor del Tribund Superior de Oaxaca (nombcado d 18 de septiembre de 1849)."

Como muchos otrm liberales dcscontenros por una razón u otra wn la polltica j&u, Dublán sucumbió a la tentaci6n de asociarse al gobierno de bhximiiiuio. Pofirio DLu. recibió de mano de nuestro personaje la carta en la que el gobierno imperial lo invitaba a unirx a la causa mon-ica. En la audad de Owca fue miembm del Consejo establecido por el Imperio; Ma- S i o wnfim6. d 29 de mayo de 1866, los nombramientos que había rrcib'ido el11 de muu> de 1865 de director del Instituto de Ciencias y Ar- ta y & ca t~M6~0 en CL de legislaciones especiales y práctica forense y, d 4 & junio de 1866, lo nombr6 magistrado del Tkibunal Superior de Oaxaca. Pofo uanpo pc11~nd6 en su uem porque el 12 de julio de 1866 el em- pedo1 lo bao abogado general d d Tribunal Superior y para septiembre p aPba en la 44. M&, fue n d e y pon6 la insignia de oficial de la o& Imped de Guuialupe. Dublán intentó ir a Tehuacán para tecoger a nt hmiüz al puau a principios de enem de 1867, pero ante el peligro que o k k i d adenvvse en el territorio oaxaquefio wntmiado por el gene- ral DfP, d d 6 p e m - en Puebla; se ha dicho que aquí h e capmrado pao puecc que pa% a Máico donde Ie sorpmdi6 d fin del ~ m ~ e r i o . ' ~

Su apoyo a - . .. le d i 6 que fuera wndenado a dos aiim de pfl-

'' m, ~~JII¡I mkx&n & donuncntar p la historia de México, t . 5, orp 55; m 0

jwticizt.649.57'Iww. ~%~;PAvIA, 1890,pp. 1 9 y 2 1 ; T ~ ~ o . 19G4,t. i , p . 6 1 2 ~ L 5, 337.338.

l'~nbiái hr nombndo, d 31 de mazo & 1857. pmmomr hsal dd JuzgPdo de Di$- mm & OP.VZ A la rp6n m d o & Gobierno del aado y amque vnba e m p b no k pualur M b l p . loüotá auc se nombran a om -mn arlfm de rtmi~m". 10.

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sión porque se le conmutó, el 6 de septiembre de 1867, la pena de muerte que imponía la célebre ley de 25 de enero de 1862 a los que habían wlabo- rado con la invasión y el gobierno derivado de ella. Recibió esta gracia, segu- ramente, porque además de su relación w n la familia de J u k ~ , ' ~ se wntó en- tre los muchos impedcstas que se presentaron espontáneamente a la jebaua politica de la Ciudad de México en cumpliientn del decmo de 21 de junio de 1867. Dublán tenia como alternativa la fuga y, de ser preso, por virtud de la misma ley, se le considemia haberlo sido w n las armas en la mano y suje- to a la pena capital. Tambi6n fue multado w n mil PESOS." No cumplió w n los dos años de p&ión ya que wnsta que en diciembre de 1868 se enwnua- ba libre en la Ciudad de Méxiw y dedicado a las intrigas políticas." Alguno de sus contemporánea vio con indignación que, despues de haber sido im- periahta e iddente, hubiera sido elegido miembro de k legislatura fede~af.'~ .

En efecto, fue diputado por tres periodos wnsecutivos que a b m h de septiembre de 1869 a septiembre de 1875. En el segundo, wmspon- diente a septiembre de 1871 a septiembre de 1873, votó por la reelección de Juárez y fue miembro de la Comisión de Puntos Constinicionals que entendió en las reformas a la Consutución de 1857 propuestas por el go-

Momnldunmtc. el licci>c~ado Dublin sobmsvi6 lo butanre n aor sucaor, pan m-

vindi- huudondc c n ooriblr. mtiicndu ru clan invlkcncia al servicio d~ La b i - . . - biia cn una oasi6n oportuna y mn muy bucn h i t o ( C ~ R E ~ ~ O , 1947, t. 2, pp. 57-58).

En u n a a m d e A i ~ o a J u 6 r a d e 17dclgosrode 1 8 6 5 x ~ q u c ' D u b i á n saluda a M a * m h mmo a un Maiu". SzotadliP uata a Dubián de mbPrde cn una mi- siva a Juáru &&& en Nueva Yo* el 9 de noviunbrc de 1865; áa. ni una a Mvguin Mw. de 5 de en- de 1866, no baja a Dubián de " p t ~ C l 1 0 y ~canahs WMYO, 1961, t. 10, pp. 125.448 y 517).

lS Adnntr, &mudino GNljd. querido unip de JW i n m uirc Cra por D u b h ai una h c m w fkh& en Ovra el 23 de junio dc 1867. En owa dc 20 de octubre dd mima &o, Cvnjd apdwi6 a J d r u que no h u b h sido "inarorabk" mn D u b k p que "wn- h gmamidd mn h jusr¡c¡a" habia pmn¡údo que rrgrovl a su Iám& Wmm, 1%4. t. 12 pp. 222 y 505).

l6 h4Awiz, 1904.pp.387.417y420;Om, 190&1910,t.3,Y>cndi~2,pZB. l7 V b r l o d K f a p o r ~ a J ~ u > n i o m d e 2 0 d e a n i b r c d c 1867(11~15)-

Ea d¡chbrc de 1868, aioe bo libcnls m m Juao Bmfta --antiguo dtdpulo dc D u b h y a q u l n b t e d & h m k - ~ ~ m v i n o m n d S i n e n h u g D h u g D p m m - rm se prPhfn que con d pncodc poca tiempo & una pooici6n de iníi- (GwiEfio. 1M7. t. 7, pp. 149-151, o m d c Bcnfoz a Pbfirio Dlp. de 18 dd mes y año m c n c i o h ) .

'' Gmn?mv., 1870, pp. 504 y 509.

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b i e r n ~ . ' ~ En 1871 el nombre de Dublán sonaba entre los posibles undida- tos de Juira para ocupar la gubernatun interina de Oaxau.20

El 4 de febrem de 1871 Julrn nombró una comisión pan formar el Código de Procedimientos Penala compuesta por Dublán (presidente), Manuel Oniz de Montellano y Luis Mtndn. Luego se agrcguon a ella jo- d Linua, Manuel Siliceo p como ssrerario, Pablo Macedo. Sus labores urminamn en diciembre d d aiio siguiente y hte entregado a la Secretaría de Justicia el pmyecto. &e fue objeto de, al menos, cuatro misiones y hie La base de La lgirluión posterior; Dublán tenunfió a ata comisión en 1877. Por otra pute, dade el2 1 de junio de 1871 D u b b sustituyó a d- mdo Chavcm -a quien se encomendó d gobierno del FcdenG como r<xario de La comisión del Código de Comercio?'

Cuando muci6 Ju l ra (18 de julio de 1872). se adhirió al gobierno de -o y i l ~ 6 como diputado federal pmpictuio en 1874 y, por Viila d-

Oulca, de septiembre de 1875 11 mismo mes de 1877. Se rumoraba m muu> de 1876 que m uno de los agentes de Lcrdo para comprar a tos jc- fa dd movimiento deTuxtepec. Memk, Dublán debe haberse reconcilia- do con Juínz y su hmiiiú porque fue Ntor dativo de los hijos menores que quU dejó al fillcccr. Con a t e carácter intervino en el arreglo de las suce- siones in taudv de Juira y de su esposa, Margarita Maza, quien habú muerto en enem de 1871 ?'

I 9 CARRFSO. 1947, t. 10. pp. 6 .7 y 330; TMW. i%4, t. 14, pp. 394-397 y t. 1 % pp. 457-458. Otmr pmpxm inmauiul en ka que intnvino L h b l h fwon d de la

del d C d 0 3 C D M ~ N C ~ O ~ ~ 104 dip~& NoiiCga y PS'ict0) y d de U M kY dn. *UaLda d n i m u c imiwiona dc ucdito. vnbor dc an ib rc dc 1875 ('kicchoa h", en E.6 1. ¿poca1 t. 5. M&, 1875, p. 391; mIn.ercionef, en 1. épocl, 1.5. Máro. 1875, pp. 391.394 y 395).

J* d a 6 wiu pml>ue.r~r de -u&m üuruer que mcncionvon a üdh como un rud*lm aqmmbk. Asi &mydino G m j d ui ora de 21 dc diciembre de 1871 Y Roberto Mquo en an de 23 dd mi& m a y rho Fmm, 1%4. t. 15, pp. 632- 634 y 636-3373, Tunbiki váu en GuiaERo, 1947. t. 9, p. 84 ora dc FidmcM Hfl- ntndí.~Pbrfi1i~D*rdeIIdcnim>de1871.

II ~ K C P S W & ~ de jwncia, ceja 69, aps. 1467,1551 y 1552 ( l a úItimord@,

qu: x Ecfierrn a la renuncia dc 1877, no pudinon sa loulirdm). 'lnfomucions. La mevos en EFI 2' CPOEP. t. 8. M&, 1880, p. 20; MoK(+s, 1881, PP. m. m Y 58-57.

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LOS AUTORES: APUMFS BIOBIBUOG~1COS 33

Se adhirió al Plan de Tuxtepec y su antigua filiación lerdista no fue impekmento para que Dfaz lo empleara. Éste se mostró muy conciliador con Dublán: recuérdese que don Porñrio había sido enemigo de los mo- derados oaxaqueiios y que, para colmo de maies, Dublán había sido impe- ~ialiista.~~ Adem& de cualesquiera otras consideraciones que merecieran la consideración, ya de Juárez, ya de Díaz, Dublán contaba con un vinculo importante con estos personajes que ayuda a explicar por que nuestro per- sonaje siempre caia de pie: codos tuvieron una trayectoria importante en la masonería. Lamentablemente sólo podemos documentar la culmina- ción de la de Dublán -las de los otros dos es bastante conocida. Dado el brillo de esta etapa no puede dudarse que tuvo una participación larga y activa en las filas de los híjos de la viuda. Cuando el 31 de agosto de 1889 se inauguró la logia capitalina destinada a los grados superiom de la ma- sonerta, el gran inspector genenl Dublán fue uno de los oradores oficiales -lo acompafiaron sus hermanos Manuel Romero Rubio, Alfredo Chave- ro y Porfirio Diaz- y los conceptos de su discurso fueron de los más Ila- mativos, especiamente sus ideas sobte la relación entre la masonerla y las religiones:

La masonería no esci al aicana de las digiona, porque los masones, hombres ilustrados, arentos de fanatismo, prcacribcn la i m P ~ ? '

La logiaa la que pencneda en 1889 era la S u b h e LDgia Alpha N6m. 1 de la Ciudad de México, en la cuaI era gran primer vigiíante. En aquel año Y los siguientes dos nuestro personaje figura wmo soberano gran teniente de comandante ad vitam (el comandance d vitam e n Díaz), garante de la amistad del Supremo Conúcjo Masónico de Italia y cabaa honoraria de la Logl Porvenir Nb. 3 de SaItillo. M e luego, poseía el grado 33, d más alto al que podía sp iar un d a

Cuando en diciemblr de 1889 se fundó la Gran Dieta Simbólica Es- cocesa de kx && Unidos Maianos wn el & de unificar b Masone- ría Simb6lia EPcoasa en pafs, D u b b recibió el cargo de de la

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amistad del Supremo Cowejo del 33 cerca de la Gran Dieta; Dlaz era el ga- rante de la amistad de &te w n aqutl. Ambos conservaban estos argos en 1891.

En 1891 se colwmn los retratos de D i u y Dublán en la &ara del S u p m o Crtwejo del Grado 33; &te rambitn mibi6 una medalla de oro y un diploma especial. Memb. en La Fnternal, Sociedad Mexicana de Se- guma Sobm Ir Vida. empresa wntmlada por la mwnerla y dedicada spe- Eirlmmtc al m u d i m o masóniw, Dubün fue el presidente en ejercicio (1891). d honorario en. desde luego, Pofirio Dlu. Seguramente las ocu- m de nuatro pnsonajc hicieron que d responsable por d manejo de Ir ncgaDQ6n fucn d doctor Ignacio Pombo, uno de los más activos m- u>na & ia ¿poca. quien era d vicepresidente.

Al morir Dubün una de las publifafiona oficiales de la mwnerla a- aiocu k dniicó granda dogios y lleg6 a atirmu que en 61 se poda de m- nifiato cómo d poder públiw no d l o rcwnocla la orden, sino que tan~- b i u indinrba en su santuario.

Si u q u k pensar que tdcr honores los recibió Dublán sólo por su in- m i d u r a polkio. x wmnería un ermr ya que otros prohombres del mo- mento - c o m o Joaquín D. Cuuús. Ignacio Mariscal, Manuel Romero Rubio o Ignacio L Vall- no gozamn de dl0s.~5

kn rnomv d hilo de la vida de Dubldn, wmo ya se dijo, don Po&- no le perdonó sur &¡tos. pcro d10 dapuQ de hacerlo pasv por un pur- gatorio que dur6 hasta d gobierno de G~Ni ier .~~ Dublán h e vocal de la junta dc Vilu>cüi dc Cúcckr dd Dirtnto Federal en 1880 y 188 1, dipu- tdo cn 1881-1883 y senadorde b Repúblicaen 1883-1885?'De-

~unwo~~0a.3~.1~.1.1,pp7~.80,83.85~118.1.2,pp.~t.12.~7. ~ L ~ . ~ ~ ~ Z . * . 3 . p p . ~ 7 . 1 2 . 1 7 , 6 1 , 7 ~ , 9 9 . 1 2 O y 1 . 4 . p p . 1.2y6.Surh~~ Jw. Eduvdo y k(.Rul ambim hvmn mrano.

" En a9 (pra b h.UO<IIOL amw litigntc. Ra ejemplo, m didunbr. dc 1878 t ~ m u n i n r p m n a u n m m r u i u n l i l ~ d d ~ m & S r n u ~ d c M ¿ - * f M. T n h d Supnar ,id Dinnm", 22. w. t. 4. M&b, 187& p. 425).

Ded.luso.~rnarpmunpamilnt.bvtvltcn~~('~wr&Lararwu".m EF. la CPOCP, t l . Mhm. 1873, pp. 4 y 19; 1. tpxr 1.2, M-. 1874. pp. 14 y 3% 1' tpm. 1.3. a. 1874, pp. 3.71.143,191,3W. 319.395 y 470; 1. tpm. 1. 4. M&¡- -. 1875. p. 155: y t. 4. M-. 1875. pp. 3 ~ 7 y 355).

~ ~ ~ m c p r f a d c ~ ~ % . a p . 6 5 ; M o m r s . 1 8 8 1 . p . 1 4 d d r p C n d i -

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be haber gozado de licencia porque, como se verá en un momento, se en- cargó de la Secretaría de Hacienda desde diciembre de 1884.

Al tiempo que era legisiador, también x dedicaba al litigio. Poco sabe- mos acerca de sus actividades. Por ejemplo, consta que en enero de 1881 defendía al juez primero de lo civil de la capital en un jurado de responsa- bilidad; que en mano del mismo año participaba como abogado en un jui- cio hipotecario que involucraba ía hacienda de San Nicolás el Zoquital, y que, en diciembre de 1882, el Ilustre Colegio de Abogados lo nombró de- fensor, junto con otros distinguidos letrados, de uno de sus miembros.28

Dublán tambiin recibió en esta etapa algunos encargos oficiales. Así, con Pablo Macedo siguió vinculado con el proyecto de Código de P r o d i - mientos Penales del Distrito Federal porque ambos asistían las labores de los secretarios de Justicia, Procasio Tagle e Ignacio Mariscai. Eüo descmbo- c6 en la promulgación del d i g o de 1880.29 TambiCn con Pablo Macedo hte miembro de la comisión que redactó el proyecto de la Ley de Organi- zación de los Tribunales del Distrito Federal que entró en vigor en 1880. Finalmente, estuvo presente en la revisión de1 proyecto del Código de Pm- &mientos Civiles del Distrito Federal desde que se formó la primera m- misión nombrada para este efecto el 9 de abril de 1875; en 1880 participó en los trabajos finales junto con JosC María Lomo, Melesio Aldntara, Juan García Peíia y Manuel Osio, todos encabezados por el secretario de Justicia, Ignacio Mariscal. Éstos fueron los esfuerzos que de forma inmedia- ta precedieron a la promulgaci6n del c6digo que entrb en vigor d 1 de no- viembre de 1880. Dublh recibió, el 15 de onubm de 1880,4 200 paos Por sus trabajos en los códigos de procedimientos.M

a?TEORFxtk, 1883, p. ~O~;TF~QRERL~, 1885, p. ~~~;TFSORER¡A, 1884, p. 123;TFSORE~, 1886, p. 121.T&&&& suel& dcvcngdn~ como d r m T~wLW 1887,s. 2. P. ID,TESOW 1888, t. 2.p. 153 y TwomN~, 1889, t. 2 p. 147.

" " H & h " . m e t. 9, Mbiw, 1881.p. 69 y r. lZ.MCúw, 1882, P. 465; "Jurispcudencia civil. Tnbunli Superior dc Justicia", m ui, 2. époa, t. 9, M b i ~ , 1881, p. 389.

23 Gí&p & W m i m m i+n& Mhiu), Imprenta dd C o m ~ i 0 de D u b k y

G m m f a , 1880. " m, -0 & j&& pja, 1 ~ ) . cxp: 19% CIAG~TT. 19733 p. 22% "Es- N<LNX & d d o . ~adigo de wmms ~ o " . m ú5 1' CpM, t. 3. Mfi-

1874, pp. 310-31 1.319 y 322; "E~posid6n que a ias dmm ha dirigido d ci~*o 6smuio de Jusri& e 1-bn p*bfia parte rr l~t i~a J cMip de PmatiMmtm Ci-

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i h M n ocup6 ir canen de Hacienda en dos periodos. El primero, de 1 dc d~iembrr & 1884 a 30 de noviembre de 1888; fue nombrado pan el Eyndo d 1 dc diimibre de 1888, pero su muerte le impidió terminarlo. Fuc m stc datino don& d m e n t e destac6. Su supuesta capaciad finan- ciera como km primeros hitos de su administwi6n. le merecieron ser m n p v d o c u n Colbm."' Sin embargo. tras su muerte. personajes de la u- b& timantour y Raha exp-n opiniones francamente dcshvonbla mpaio & su docmpeh. Parad p r i m a , a Dublán le quedaba grande el empleo & ra.orio. amén de que eran *sus a n t d e n t e s pollticm dah- nniMa m twn muy antiguos"." Adcmir. su designación Ic pueda toda- da mb iaprndrnrc poquc Díaz Mía podido echar mano de Marlas Ro- n-. Sin anbugo. don Porñrio pcnuba que &te e n más útil wmo rrpcrnpnn: m ~ashingmn. Rabam vdn -m técnicos cn la garti6n de L)ublln p atribuyó a su hlu de conocirnimtos y dc m t m d ~ . ~ '

Sa cano hete, DuWn raibi6 la hramda pública a punto de ir quit- bn: b. dwna rrnud.hrn mucha menos de lo que debían, el pa%o dd +nuio & 1i deub Maod una parre muy importante de los in- m adaJa ataban hipaaPdoa hasta los edificios públicos de prime- nimpatuwi.yLucsnr&moncúaaubangmadaa.Memás, s p m & que d ilb & 1885 m i n a r & con un dcfiat dc casi 15 millones de DuWn alebr6 amvcnim con los mir importantes lcmdorcs d d go-

báno.mnnunirób.puivorylteppdamgtodelamuypvojayaírcj~ dnd. i+ (PprobQ d 15 & j& de 1886). También bajó los sueldos ~ b ~ a n p M a a d a J a r r l w m d l y p i p n t ~ l & o f i c i n v ~ ú M ~ ~ ~ y RO~-

h hacien& &te irnpomnm ¡-tos jurídicoc las o&- nmm & aduana8 marítimas y hOnterim & 24 de enero de 1885 y 1 & -dc1887.Lukyu6dtllnbre&29&ma& 1 8 8 5 ~ 3 1 d e ~ n o &18a1.hh&21 & m ~ u > & 1 8 8 5 ~ u e ~ e c i 6 l a ~ n d u m ~ f i r ~ ~ ~ ~ h p r i i d ~ ~ i r n p r a n , p r o d d y w b r e p n r e s y ~ ' * * & 8 & M & 1885,lainnnrciónpanlaconabii

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LOS AUTORES: APLWES BIOBIBLIOGR/iFlCOS 37

de las aduanas maritimas y fronterizas de 1 de julio de 1885, la ley para la consolidaci6n y conversión de la deuda nacional de 22 de junio de 1885 y la ley de 29 de. enero de 1886 que creó la Dirección de la Deuda Pública para el registro, estudio y reconocimiento de pasivos.

Ademb, llev6 a cabo una reforma fiscai donde se privilegiaron los im- puestos indirectos sobre los directos, ya que &tos eran "por su misma na- turaleza odiosos y dificiles de practicaf,34 multiplicó los bancos del país y termin6 con la circulación de las antiguas monedas. A Dublán se debe la permanencia del deb re Hospital de Jesús ya que, como secretario de Ha- cienda, el 22 de diciembre de 1884, dedar6 que los bienes que dejó el con- quistador Hernán COK& a dicha institución no estaban entre los naciona- lizados por ías leyes de Reforma y, por tanto, no eran denunciables. Con &O se salvaron de pasar, como dijera José Lorenzo Cossío, "de manos muertas a manos ~ i d . 9 ~

En fin, fuc uno de los arquitectos de la restauración ucditicia del go- bierno federal que contribuyó al subsecuente auge económiw del poñiris- mo. Sin embargo, cuando falleció, las finanzas del país todavía se enwntra- ban en mal estado. La necesidad de crear el c&to nacional -que impuso un empréstito de 10 500 000 1ibn.s-, el desarmUo de las obras públicas, la depreciación de la plata y los fracax>s agrícolas, trajeron consigo un de- ficit de 19 500 000 pesos, cantidad que representaba más de la mitad de los ingresos del a15o.M A las c a m anteriores deben agregarse, en opinión de Limantouf, el caracter ''calmoso" de Dublán que habfa contribuido a la dc- cadencia de una actividad que a la postre, por carecer de método y progra- ma, no dio los &tos apetecidos. Según el mencionado autor, el bueno de don h d Ueg6 a omitir aun fa elaboración de

Tdos los contanporánms de Dublin r$;eren que tuvo un importante b& de abogados ui la Ciudad de México. Sin duda, no s61o fue la capa- gdad jurídica & hiMan lo que originó su éxito como sino que

" hAUQ1889. p. 185. " 'Hcda.dhm8.m ap. 2. Cpri, t. 16, M*, 1884. p. 485. " inwmm 1%5. p. I(F: w 1920, p. 145-147. Roma.

~malandicntc al su@imo +o año ~ n 6 m i c o . dd 1 & julio de 1891 a 30 dc ju- nio & 1892, praentdi por d rcor<Prio & H&*, en íXwzUJ% 1994. pp. 453-459: S t e m , 1951, pp. 195-235.

" inwmm 1965, p. 7: ICnr mdo d juicio sobe Dnbh p p 4-10.

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38 1.4 UC;ISLAC:ION MEXICANA O€ DUBUN Y I D U N O

también debió contribuir su importante posición politica y la influenciaque NW M e la restaunción republicana hasta su muerte. Esta situación e n tu, notona que alguno de sus biógrafos se rdiere, apologéticamente, a ella.38 No a b c duda que, entoncs como ahora, estas buenas relaciones de abogados patronos con los medios judiciales y politicos, traían consecuencias pcrnicio- su pul la recta administración de justicia. En el caso de nuestro personaje db podemos traer a colaci6n la recusación con causa al juu primero de 10 civil de México, intentada por el licenciado Alfredo Chavero, en 1871, por- que D u b h y su socio, d licenciado Bibiano BeItrán, tenlan intima amistad con el tai jua; además, éste había cometido otros cesos s.^^ ACios desputr, en 1877, Chamo y Dublán heron defensora del ex ministro de Hacienda, Francisco Mejla. W asunto e n importante porque Mejla, acusado de pag.~ c a n < ¡ no autorizadu, fue funcionario del régimen de Lerdo de Tejada. Ahon bien, el Plan de Tmcpec llamó a exigir responsabilidades a los cola- boradora de don Sebuuán y, aunque l a reformas que sufrió en el Plan de Pdo Blanco eliminaron att asunm, el juicio contra Mejla caus6 gran apec- aEi6n. Dublán se en- de la defensa jurídica y Chavero de la politica; a la pame Mejla fue absuelto de todos los

Nuestro personaje fue miembro de wias sociedades cientlficas. El 4 de mayo de 1865 ingrsó en la Sociedad Mexicana de G e o g d a y Estadistica como socio corresponsal; lucgo, el 4 de diciembre de 1890, fue socio de nú- m-. Unos años daputr, en 1870, lo encontramos como presidente de la Asociación Cientlfica del Derecho, creada para el cultivo y difusión de los esnidios jurldicos, especialmente los reLtivos a la legislación federal y esta- d. La asociaci6n pensaba U m r a cabo publicaciones y reuniones de esnidio. Tmla 10 socios de núm-, y podía contar con un ilimitado número de a>- mspoMks y colabondora. Los c o v n s a l e s eran, como suele suceder m atc U p , de o%u>izac¡ones, abogados forúiew a quienes se pedía organizar en r a * ~ b~&uGda grupas de socios y remitir rnbaj. Las tascas de la d a U 6 n se ~ I ú r I a n mediante comisiones. Manuel Dublán en, n a m a h c n ~ , d o de número y comparrla a r a ~ t c g o r h con JaJs M& Aguih Jolqufn -te, Ollos M. ikobar, Jod Linus, Luis MCnda, h m n i o Mo& JW ONz Gnaga, Manuel M. ONz de Montellano y BE

V-. 1889, pp. 174 y 176. CWEPo. 1871.

m Vmd*a?, 1877. pp. 65 y 70.

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LOS AUTORES: APUMES BIOBIBLIOGl&F1COS 39

biano Beltrán, este último era en 1870 el secretario y lleg6 a ser su presiden- te en el segundo semestre de 1871.41 Esta agrupación podría considerarse como precursora de la Academia Mexicana de Jurisprudencia y Legislación.

Dublán estuvo, el 23 de julio de 1875, entre los fundadores de la So- ciedad Mexicana de Legislación Comparada. Ésta se dedicó al estudio comparativo de la legislación para ver cómo mejorarla. Contaba con un presidente, un vicepresidente, un tesorero, un secretario, un prosecretario y nueve vocaies. Dublán fue el primer vicepresidente y, José María Lozano, el primer presidente; la primera junta general se Uevó a cabo el 6 de agosto siguiente. Dublán participó en las conferencias de la Sociedad de 21 de enero y de 26 de junio de 1876.~~

En junio de 1886 concurrió, con otros distinguidos sujetos de la poli- cica, de los negocios y de la cultura, a formar las comisiones especiales de la recién fundada Unión Ibero-Americana. Esta sociedad era centro corres- pondiente de la que &tia en Madrid y estaba dedicada a los esmdios cien- tíficos y soddes con el propósito de refonar los vínculos entre los pueblos iberoamericanos. Formaban parre de ella sujetos como Ignacio Mariscal, Justino Fernández, Manuel Romem Rubio, Guillermo Prieto, Rosendo Pi- neda, Joaquín Casasús, Joaquín Baranda, José Yves Limantour, Ignacio M. Altamirano, José Escudero y Espronceda y Casimiro del Collado. Dubldn se adhirió a la Comisión de Economia Política en la que figuraban, entre otros, los mencionados Casasús y Bulnes; D u b h fue elegido su presiden- te el 4 de ocmbre de 1886.~~

Dublán, junto con otros distinguidos juristas de su tiempo, fue académi- co fimdador de la Academia Mexicana de Jurisp~dencia y Legislauón com pondiente de la Real de Madrid, inaugurada solemnemente en 3 de mano de 1890, pero cuyas gestiones formativas c o m m n , al menos, en diciembre de 1888. Fue elegido por &ación vicepresidente honorario PO de ella y miembro de su comisión de hacienda (12 de junio de 1889). La acade- mia fue la organhci6n no escotar más importante de su tpoca dedicada a la

41 n Cicndfia dd D a d o D , ni m 1. Cpoa. t 5. n h . 2, Mhico. 9 deju- kode 1870, pp. 17-21;2*Cpai,r. 1, nh.27,Mbrico,8&juüo& 1871,p. 328; BUMAR. . . 1915. p. 45.

1989, p. ll5;'Edin>rW, en l*Cpoa, 1.5, Mhim. 1875, p. 72.H- r h o s ~ ~ , r n ~ ~ , i*tpaa,t.5,~hKo.1875.~.l~l~Cpoa,t6.MhKo~~876~~~3

La .Lh& IbmFAwurir~~na: 1886, pp. 56 y 91.

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40 1A LELISIACION MWCANA DE DUBLW Y WZANO

-01 jurídica y en su seno se discutieron los roblem mas más rdcvantes dd foro nacional. Si aundemos a lo publicado en ED y en las actas de la a&- mia. d p-el que jugó DubKn en a t a corporación fue muy discmo."

N- autor se a n c t d por delrnder posiciones más bien vinculadas wn ni pasado liberal moderado. Por ejemplo, en el espinoso punto de cómo integrar d poder judicial, se opuso a la d d 6 n popuk de jueces y m"g"fíl- daa que Madlul. abogados más radiula y, especialmente, un sector de la prain api& enubado por Elsi& XIX DubKn tuvo ocasión de rcfu- ar la &n dd 28 de agmro de 1869 de este periódico; entonces pmpW un sistema & drPipSlaci6n de juaccir como d que cxistfa en Estados Unidos (praidcnte-unrdo) y que &os hieran inamovibla, salvo por infracciones en d aunpümknto & ni deber y dapub de un pn>cao en d senado?5

Mw¡6 d 31 de map de 1891 enTacubaya, D.F. Su cadáver atuvo ex- puesto m la Secmvla de Hacienda hasta que, la mafiana del 2 de junio, hie sepultado con gm solemnidad en el Panrcón Franc&.&

D u b h midía en 1868 en Seminario número 6 y en 1870 y 1871 en d d m r o 9 de la &le de Cordobanes. Pcio para julio de 1872 ya se h a - ba en el que sería su domicilio permanente: número 9 de la calle de Santa Te-. G ~ d a d de MtUfo." En ata misma casa estaba su despacho de abogdo. Este inmueble en, en 1892, propiedad de Juana Maza viuda de Dubiln; debe haber sido muy importante porque esta sehora pagaba por 61 una mnuibuci6n dircaa dc 150 paos mensuaies. Ciertamente, se hallaba en una de las mejora pvtes del centro de la capital que h e consideda u>- mo -de buena fincas y de vecináario awmo&do".48

hb~r de h b b formaron una famidia de abogados y hombres de n e - nodies: Manud fuc hui~¡onuio judicial y ducho de bahos pú-

~~ h e duaio de biiCi<ls p i i b l i y de uriii d~ebrc: impraia

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cambien sirvió como regidor de la Ciudad de Mbdco (1884-1886) y dipu- tado federal (18861890 y 1894-1900),50 y Juan fue abogado y diputado federal (1887-1888 y 1894-1900).51 Además, Guadaiupe Dublán y Maza,

(1882-1883), oficial mayor (ocnibre de 1880-1884) y jun quinto dc lo civil de la Ciudad de México (1885-1887) y escribano de diligencias de Ls sltv t e m a y c w t a dcl Tribund Superior de Mbriw (1903). Sirvi6 como diputado Menl en 1884-1885 y 1887-1888.

En 1892-1899 e n dueho de unas blóas ubicldos en la d l e dcToribio número 19, Ciudad de M&iw. Es de notar que, en 1892, wmo d dicho inmucblc ensuyo, pagaba co- mo wntribuu6o dirata por &tc y el negocio 65 p s mcmuala.

En 18% y 1899. figun wmo abogado y propimrio: mmnm vida en la sginda dd Indio Trke númem 5. Esa casa p pcncncúa a don Muluel en 1892 y debe haber tenido c iuu impomncil: tenia alros y bajos y a& a su ducho wnmbuciona directa de 50 pe~)3 m c ~ ~ .

Nusuo personaje dej6 dgumobn que memci6 la impma. NUNW. ramo Saciedad de Abogad-, apo. p r n o d a , númem 68 y "Libro de socios de L S o d a d de Abogados",

~ d e s u m i d m a ; c ~ o n r c a l ~ n ~ m n o l ~ , ~ i u d d d e ~ ~ w . E n 1899%endnIhau3 deLcibd.deSu,~~~imueMeen,m1892,prop*dad&MuiudhiWnyJuz- ~ k d e D u b l ú i . l o s a u i < a ~ l M ~ d d e m n m b u c i o n m d i r r c o s p ~ &

Eduardo y sus hermanos Juan y A d o h eran, en 1892, wpmpimrios de los baiios y pagaban wmo wntribunón directa mensual 20 -. E< de notar que d o habIa dos esta- bleUmicntos que enacppban m& una 22 y orn 25 pcnos.

En 1892-1899 los &os & en la se& del Factor número 6. Ciudad de MC- *w. En d primer aóo d inmuebk era propiedad de Juana M a a de Dubián quien & por d. wmo contnbuci6n di- MO psm mm&; para 1899 ya era de don Eduvda Enionca. los baiior r c n h capacidad m& dc 200 i"dividuos, +na y dbaar.

En 1892him~mpcrnbamh&dclRcfueionúmcn>15y,Jmcmdcdcdpun-

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fue esposa de Francisco de Icaia e Icaia, sujeto vinculado con importantes familias capitalinas.52

2.1.1. Sus obras

Dublb dejó buena fama como orador politiw y forenxs3 como autor de artículos periodísticos, memorias administrati~as5~ y traducciones.15 Me- más, en 1873-1876 figur6 entre los wlaboradores de EF y muchas leya

Do61 Guadaiupe h e bautizada d 30 de noviunbxe de 1868 en la oy númem 6 de la calle de Ceminario, Ciudad de Mbico. Sus padrinos hcmn Benito Jk p r a i d r n ~ de la kpública, y Margarita Maza de Julrn. El oficiante fue d h- m b k p o dc Mái- co, Pcúspcro M& A l d n (Archivo de la parroquia del Sagrario Mmopoliuno, ciudad de M&iu>, libro de bautismos de mero a julio de 1868, 134f).

En 1899 era propiaaria de la casa número 22 de la calle d d Sur, Ciudad de M á i w (FIG~E~OA, 1899, t. 1, p. 7W.

C i d , cl 9 dc rcpricmbrc dc 1891, rn Sanu Te- la Aniigu.. Ciudad de Mbico. Su csmw cm hilo dc losi Mar& dr 1- r Icurbc v dc I h l o m de 1- v d d Río (Archi- & . . la parroquia del Sagrario Mnropolitano. D.F., marrimonior mero de 1888 a diucmbrr de 1891,201f).

53 Por ejemplo, en medio d d ~ C N O ~ liberal dcuudo por Ayuda. pronunció un d i - so en la ciudaá de Oauu que mcmió atención & la i m p ~ n u loal: 'Diwurso pronuncia- do por d ciudadano Muiuel D u b h cn d poml del h h i o dd modo d día 16 de septiem- bre de 1856". en FsPE.~ON, 1856, pp. 29-48.

'"1 ejemplo: 1. Informeque por arumto &lpmulrnrr & & Rcplibbpmntn d m r i o & U d -

& nl Congmo & & Unión, a m a & Lrr .+ & 22 & j v d &m. Mhico, I m p w u dd Gobimo Federal, 1885.

11. InfonnrqurpmmtnnlConp && Unión danrrario&Hac*nL* lobndmnu- n i o c c ~ ~ m ~ ) I & L * n ~ n ~ ~ & & ~ m ~ m ~ M t x h , I m p m o del Gobicmo Federal, 1886.

1 1 l . I n f a n r g u r d r n i ~ r L . M ....p -olG>nPkbrEavlar Un* Mdancu Y>& elmprhtim mmuuáom Evrop & I O . ~ O W üBnu M-, I m p m u del Gobierno Fedml. 1888.

N. aminútro&Har*ndey W ñ I M i m . . . , d.-d-&brEN«la ~ n i d o i M a D u l ~ ~ & ~ w o q u r w k h r c h o & L ~ ~ ~ d ~ ~ ~ w p m m ~ ~ h y r a r n t r ' ~ L r r d n < d n r & ~ M&, Impraiu de Fm&m DlPzde 1890.

V. M ~ O M & & & H- ' r r d w ~ c r ~ & f 8 8 4 a 1885,pmmurknd Conpm&b L h * d n p a d n ~ r n n o . M... M*, Im- p x n u dd Gobirrw F e d d (18851.

V I . M ~ r i ~ k ! . S m m d , z & ~ u i n ú , ~ d ~ + & 1 8 8 1 8

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LOS A U 1 Y ) W : APUNlFS BlOB1BLIOGRAF1COS 43

-especialmente procesales, hacendanas y bancarias- llevan su firma por- que cuando se publicaron era legislador o m i n i ~ c m . ~ ~ Aquí descacaremos 5610 sus colaboraciones en revistas y diarios especializados y los textos que recibieron más atenci6n de sus contemporáneos:

MI. Memo* & ka &m&& k Hne*ndn, romrpondimrr alqercúwfial& 18866 188% pmtenza&~ al Con- k h Un& mr dminurm &l mmo. Qrnciarh.. . Mbim. lm- pnn&dd Gobierno ~&ral, 1888. '

VIII. MmM & h IXnM& & Kañrmb, ~ro~&rrda&&a/& 1887a 1888, pmmtaak al Conpmo & ka Unidn bor rl rmrta& &ir~h& v &IMC¡N & Hacimdn v Cridi- , . PÚblim.. . M&CO, Impnnn deí ~obieroo Fcdcnl, 1890.

. K. Mmrorin k Hanimda C&m Pública, romspond*n~r alaño econ6mM & 1888

U 1889, prrrmraúa por d semtario &l mmo lic&. . ., al C o n p & ka Unidn. Mbico, hpmnta del Ignacio Esdante, 1891.

X M-& a2 & Smrmt,~ de Hanan& y CrI&ro h i b h C D ~ ~ d afio rro- námico & 1889n 1890,forn>adaporrlsem~~o &i m m , iimtciado.~. México, Imprrnca dd Ignacio W a n t e , 1892. Además, véase Go-, 1994, pp. 407-440.

' 5 G,noccmos: 1. E d o d Laboulaye, H~M&lorLb&~ Un&,. Mbico, Imprcncadel Gobierno,

1870,Z tomos. Dublln la adom6 con unas pocas notas y con aptndica. las primeras son jurldios,

histhria y de contexto; sus principales fucnta fueron b iPIcopiLzddn & LU Spr de bs mi- nordeLUI&de 1680, h Clmétww & invndntvrde 1786, h HbwM & Mhicode Ala- mln y h Huwria dd Congmo Cadrymude Zarco. En los aptndica se hallan las consti- niciona atadounidense y mcúona dc 1857, enmiendas de la primen, h Ly mgdnica

ka /w t i~ Fcdndm lor E r 6 1 Unidsrde 1789 con abundantes noas jurispnidencids. d A m p m amghr LUpmcset m La eomr k Lü Errad01 Unidosde 1789 también wn no- tas. y la & qdnica & Lzjsm&&&drn M* con iu üampm d +mrna> & ka Su- Prrnu< Com &/urriM de 1826.

W p ~ ~ m de Dublán al emprender k tnducción que nos onip a a doble. Pensaba 9UC 3U3 p r k d p b #m *MI p corregir lo muchos ycrros de h educación polluu de los &canos, mcdiiuite m- los fundamentos aut¿nrim de las libernda y poqw la historia constinicional &dense y su compaci6n con la franuu daban lncions va- ~~ iKnu de la "indlidd polltica" (p. 111) y Wi&a h inteligencia dd porquC de n u a n s dcsgrxiaa nacionales.

Para h M l n la ldopción "&mal" de las insriniciona atadaunidmsa no habfin da- do d frum .pcmido porque 4 M&iw no se habla conformado d alma nacional al k p l - r i ~ * que Ls viviñaba (p. iV). Y a que pua Thlbffi, quien sigue Im p=wdcSnmonde de Sismod, la p d f ~ una mn-i6n t a c a o académica de lu upinao- ~ C S pdlt*u y 6: ba & mn- pua d ejercicio del poder, sino que debla ~ f i r i m al modo de ser dd pueblo pua d que se rcdacu.

En M&¡- compimn contra d h m i e n t o de lu libemdo h ausencia de auto-

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1. Cuno dr h c h o &al csmlo m kccioncs didriaspam los alumnos ju- risas &l Instituto & 0u.xara. Oaxaca, Impreso por Ignacio Candiani, Im- prenta del Instituto, 1865.

Dc esta pequefia obra hubo ouas dos ediciones.57 Ya en tiempos de CN- zado los ejemplares deben haber muy sido raros: éste no pos+ ninguno de la primera, nunca vio uno de la segunda y sefiaió wrno gran cosa haber o b tenido uno de la t e r c ~ t a . ~ ~ Es de notar que, en 1904, no habla wpiadd Cur- H> en la biblioteca de la Escuela Nacional de JUnsptudencia de México.

Ahora bien, el Cuno estampado en 1865 fue reproducido facsimilar- mcntc por la Librería de Manuel Porrúa bajo el título Dmcbofucal(M&- w, 1975).

El Cuno fue impartido a los alumnos que estudiaban el quinto afio de los estudios jurfdiw en julio-noviembre de 1865. Dublán todavía depcn- día de los autores antiguos como Francisco de Alfaro en su T-m & of- f"ffrcaür drqurfucalibuspriui~u. Resulta interesante la lecci6n quinta

nomh municipal y h ignorancia del d e d a público que nos convenla. i e. d estadouni- dnuc, p o q a nuatm ad05 r hablan dcsurollado conforme ia cmdición doctrinal fmccsa

Sobm cpa obra de Ltboulqrr cn Mhim y pu;r una wkcaón de tatos de la tmduc- a6n de Dubh. ~ ~ ~ C A B R S A . 1991, pp. 85-90 y 193-216.

akmmrmrridmk br & rrhrivn r Irn &pmioso~. Mhico, Imprrnu del Go- bierno Pcdenl. 1888.

SchadicboqucDubhuad~~d Grnnjwio~6m~do&k ~muatmihFc&mldr lar &ade~ ilnüol &Amhiupde Joseph Stasy. S i cm+, h aiición unda en Mhico, m 1879 y por L lmpmu dd Gnnrrúo de Duhün, d a dia &m quiCn fue d t n d u h ~ r . " PM +mpb vbe GoN?&#z 1994, pp. 397-405. Memis, anunos a ia visn:

~ . ~ ~ J á n S M g u r & 1 . ~ m ~ ~ n m ~ & k ~ ~ r n L r n n n - W I L I & ~ p & d ~ ~ W ~ y A n w & ~ M b O m , I m p m t a d d G o b ~ m h 1987.

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(pp. 51-73) dedicada a los bienes nacionalizados donde Dubldn defendió la reforma liberal mediante argumentos realistas e ilustrados mis bien tra- dicionales. Si bien el texto es árido y carece de originalidad, resulta útil pa- ra los estudios hit6rico-juridi~os.~~

11. "El juicio de amparo", en EA la Cpoca, t. 1, núm. 1, Méxiw, 29 de agosto de 1868, pp. 6-7; núm. 3, Méxiw, 5 de septiembre de 1868, pp. 21-23; núm. 4, México, 19 de septiembre de 1868, pp. 49-53 y núm. 8, Méxiw, 17 de oxubre de 1868, pp. 113-1 16.

111. "La ley de 30 de noviembre de 1861. Iniciativa del Ministerio de Justicia para su reforma. Observaciones", en ED, 1' epoca, t. 1, núm. 12, México, 14 de noviembre de 1868, pp. 187-192.

Este trabajo y el anterior están reproducidos en Manuel Dublán, "Jui- cios de amparo" en RcvUu & In Facultad&Dmcho, t. 35, núm. 142-144, México, julio-diciembre de 1985, pp. 683-720. N. "Legislación criminal. Necesidad de nuevos códigos. Apuntes bis-

tóricos sobre la codificación criminal en M&&, en EA 11 C p , t. 1, núm. 17, Méxiw, 19 de diciembre de 1868, pp. 267-270.

V. " N a d i 6 n n , en ED, 1' época, t. 2, núm. 6, México, 6 de febre- m de 1869, pp. 95-99.

VI."Bibliografia. D d i n t m o n a I teórico y pr6mro & Eumpa y América por Catlos Cavo*, en ED, 1' Cpoca, t. 2, núm. 13, México, 27 de m m de 1869, pp. 228-230.

VII. "Legislación comparada. La libertad individual", en EA la Cpoca, t. 3, núm. 8, Méxiw, 2 deagosto de 1869, pp. 115-118.

VIII. "La independencia de la magismturaa, en EA 1' Cpoca, t. 3, núm. 10, México, 4 dc septiembre de 1869, pp. 147-150. E. "Derecho transitorio. ¿El &culo 2057 del Código Civil a apbca-

ble a las hipotecas anteriores a su pmmulgaci6n?n, en EA Za C p , t. 1, núm. 27, México, 8 de julio de 1871, pp. 325-327.

X Novfrmo Saúa mexicano o iIwtnuión al D& n d d r Ecpfia, n»r mm &l señor ücenriado dmr Jod Martt L M t m rdiridn r 0 4 y N&-

hmbktraumendmnucr* r ramtaeMMy nfU- n k u i w r a h jonnar que ha &nido la Lsi(bdn & M&iro basta elaño & 1870. Méxi- co, Imprcna del Comercio, 1870,Z tomos.

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E r ~ l obra la redactó con el eminente jurista Luis MCndn. Rccibi6 al- gunos comentarios dogiosos, induro hubo quien la consideró como la mis útil de I l r por eu fecha!" Algunos de los aspectos tocantes a a- ra obra han sido rracadas por Jaime del Arenal y Mariano Pcx~ .~ '

XI. Gnnrrilnncinr y anotarionn &l cEddigo n'viL Según Cruzado eran notas publicadas en ~ 1 1 y que quedaron trunca porque $610 sc imprimieron unos cuantos plicgm. Sc otorgó la propiedad literaria el 18 de abril de 187 1 ." A la pluma de Dubün dlo debieron pertenecer unas cuantas con- mbuciona; Lr de& fueron. según C d o , de Bibiano Beltrán, Luis Mén& Manud Ortiz de Montdho. Joús M. Aguilu, C. Exobu, An- tonio Morán y Jort Linua. Ahora bien. aros trabajos pueden x r los pu- MYdor por ana aurom -menos Dublán, b b a r y Beitrán- bajo el tl- tulo 'CMigo C i l d d Distrito Fadml anocado y concordado con l u kya tumanas. Lr antigua lcya hispano-mexicuur, los códigos vcncrumo y ád aído de Máim. y otros &ips mexicanos y extranjeros" en ED y que luego x imprimieron como un pcquefio libro. Estos trabajos sólo x ocu- puon del pnmn libro d d &igo.13

XII. Ar)mo k rddgo & pmmümúnws &minaln para d D U ~ W Fe- drmlf tI&rh k Lc ñaja ~ ~ r n i r t f i r m a d o p o r matp &lSupmno Go- bimro. M&¡, lmprmta dd G o b i , 1873. Realizado con Jost Linara, Luis Mtndcr, Manuel Siliceo y Pablo W o (secretario) y fechado el 18 de diciembre de 1872. Es obra rara que suele veme con la pina que sigue. Contiene cuatro libros, de b. d a el primero abarca siete títulos, el se- gundo tres, d t c ~ o cinco y d nuno dos. Lne proymo a el origen remo- to ád d i g o & 1 SSO.@

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LOS AUTORES APUNTES B I O B I B L I W ~ I C O S 47

bunales lir la Fedcracidn formado por encargo a 2 Supremo Gobierno. Mki- co, Imprenta del Gobierno, 1873. Realizado con José Linares, Luis Mén- dez, Manuel Siliceo y Pablo Macedo (secretario) y fechado el 18 de diciem- bre de 1872. Según Clagett y Vddertama la comisión h e nombrada en 1872 pero, ya por el ambiente político adverso, ya porque lo dado a cono- cer del proyecto no tuvo buena acogida, el trabajo no pasó de los dos pri- meros Es un folleto de gran rareza que sólo tiene 36 páginas más el índice; lo hemos visto como apéndice de la pieza anterior. Existe un ejemplar en la Biblioteca Sdvestre Moreno Cora de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

XV. "Informe pronunciado ante la primera sala de la Suprema Corte, por el licenciado.. . a nombre de don Agustfn Cast;lrieda en la declinatoria que éste opuso a la justicia federal, alegando el fuero utnsutucional como diputado a la legislatura de Oaxaca", en EF, 1' epoca, t. 4, MeXiw, 1875, pp. 242,243,247 y 251.

Se publicó también en forma de folleto: Infonncpronunciadu ante h primera sala a$ la Supmna Corte m nombe ak &n Agusrfn CastaTuah m la dcc¡inatoria que éste opuso a h justiciaj¿drral abgando rlfum> constitucio- nal como diputado a la feg&h<ra ak Oa.xma. México, Imprenta de N. Chá- v a , 1874.66

XV. "Estado de la legislación mexicana en procedimientos civiles", en E 4 la época, t. 5, México, 1875, pp. 13-15.

XVI. "De la condición jurídica de la mujer en las legislaciones moder- nas", en EF, l a época, t. 6, México, 1876, pp. 121,122,125-126,12v,130, 133 y 134 de la foliación.

Reproducido en D~ertaca'ones kídac m d N i ~ i 0 ~ 1 CO@ dr Abogds y la S o O e U dr L+Lrn'dn Gmpa& dr M&ico, dunzntc Lv a*os 1875y 1876 MeXico, La Ciencia Jurídica, 1903, t. 2, pp. 155-172.

XVII. "Defensa pronunciada por el licenciado.. . ante 4 Gran Jurado Nacional el día 30 de mayo de 187/", en Vmdim, 1877, pp. 22-33.

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NW6 en Texwco. Estado de MCxiw. e l5 de enero de 1823, hijo de Hipó- lito b o y de Rosa Espinosa.<>8 Después de atudiar en TCXCOCO, pu6 a la a p i d dc la República donde ingru6 en el Colegio de San Gregorio. Aqul audi latinidad, filosofía y d e d o .

En cuanto a su formación juridia, al tenor de lo mandado por la ley de 18 de agosto de 1843, Launo cursó cuatro años de utudios tc6flcos. Conna que en d primero (10 de ocnibre de 1842-28 de agosto de 1843) andi6 d d m h o n a w d y d & gcnta wnforme los textos de Heincccio y V d , q ~ e c t h n c n t e . ~ 9 f3 bien conocido el wnanido de estos libms para aapamos aquí & H; basa w n que el lector tmga presente que se trae a de ¿a muy popuLrer i u s n a w h nciondiuc menores que sirvieron unno puerta dc ennada al d n s h o de la modernidad para w i u gcncracio-

de abogados. En el segundo año. de 18 de octubre de 1843 a 15 de no- viembre de 1844, cursó el d e d o can6niw, conforme el compendio de ~~ (maros los capidos 7-10.12-21 y 25-33) y CI deredio romano al tenor dc Heincaio (menos kw tínilos 4-7 y 15-20).'O El tercer año, de 3

" L. fventm impmm principíh pup ia aogn8n & Launr x>n: Cnuum, 1905, pp. 147-l49~Lmut 1910.p. 572 h o ~ r o a bgu.mnoomo<acrima nucrmdiu. db d e h pin macionv r Aiunah 1978, pp. 56-59; Cuw& 2001. L 2. pp. 473-474: Gulau>. 1992 pp. 307-313 (a rrpoducci6n & w mbyo nnmx>r. pubüca a kr pp. 315-336 un rrda*> dd damr fd Mu(n k, &.que atribuye a nuauo lbagr &).y Hmm, 1991, pp. 16167.

te. que en 1819. La múmi hiente. dn que pobma

EdllM Gxdkb H a n a L o Fkkuiw (1681-1741) Fus una & lor m& fnmaa p d a < r r i & d a a h , m n u n , & , " ~ T o c d a d d a a c m i - ~ ~ & ~ ~ ~ D c ~ n a b r o b r r l a q u c u d L n n o ~ h w n . ~ d a u x > d C dmch,aPML.Ekarari*nbnm~lapaiia.a.aii.~nbrmkr . . Nllh.ib- E l a v a & d a a h o r r n r a o p u u d L a r i o ~ ~ r ~ i n ~ ~ ~ , ~ ~ - " d * n n ü m r I a a n & r r m r l k u n b a - . ~ n m m * ~ . ~ ~ . ~ f u r o n m h w i d r d c r r d L n o d s k d ~ 1 8 2 9 ; u n n & ~ u ~ g m 6 & m k b i ~ mFush&liP&61kms711uamvur

~ ~ V . a d ( 1 7 1 C 1 7 6 7 ) ~ u . i i < n p T ~ a u ~ b m p r p a b ~ ~ L s á . i i k p r ) r i n p o & & 1 * w a a r l l r @ + a & . - & & d a r . & =&.anirn&-6ab&gmpop<lriddFp.n~mpb.bh&,,mdurh d - = - " - - p o l L r r ~ ~ ~ m a p o l ~ . m d ~ H p n i n d o

~HLinrojo.rbrhm<r~Dorirnim~rmll .n(1721-1781)Fusuoo~

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LOS AUTORES: APUNTES BIOBIBUOGR&ICOS 49

de febrero a 16 de noviembre de 1845, transcurrió en las dtedras de dere- cho romano, derecho público y político y principios de legislación, gober- nadas respectivamente, por los tres últimos libros de Heineccio, el texto de Macarel y el de Pe~reau.'~ El último año de los estudios de b o (2 de enero a 29 de agosto de 1846) estuvo ocupado en el demho civil y crimi- nal patrios, tos cuales cursó con la muy conocida edición del Sala hecha en Máúco en 1831. Lozano fue examinado de la teórica el 29 de agosto de 1846. La evaluación duró dos horas y en eUa intervinieron el mtor de San Gregario, Juan Rodrigucz Puebla y los catedráticos Manuel Garcla Rejón y Leocadio Idpez, todos importantes letrados del foro de entonces. h- no fue aprobado con la calificaci6n de excelente por unanimidad y recibió el bachillerato en leyes.

Titulo en mano, el 1 de septiembre de 1846, se incorporó en la Aca- demia Teórico Práctica de Jurispmdencia de México como cursante ncce- $ario; es deciu, M uno de los sujetos que requerían cumplir w n los dos años de academia que adgia la ley de 28 de agosto de 1830 para recibirse de abo- gado. L o m o asistió w n puntuaiidad a la academia hasta el 1 de septiem- bre de 1848. Es de notar que el tiempo del 14 de mayo de 1847 al 3 de fe-

los canoniscas más d e b m de su Cpw y sus obns gmvon de g m prcdicuncnro. La que acudió Lmum fuc un eplwme de k Inninuiom Iurb Curain pi& w n ~ n n m ErrL- s i i u d * n ~ n a nannrur, in umnprktiiudimrii i m m p f n r ; la edición que tenemos a la vir u es la napol im de Iiii. Ahon bim, dc la obilcomplsra hubo, al mmos, tta cdiciona mmtnises en seis tomas m cuarto (1793, 1800 y 1821). E( muy psible que h a n o ha- p usado la aducción al d n n o & JuanTcjada y Runiro, i m p m m dlo cm romos en oarvom1835.1837.1MlyI&M.Lu<indu&kblámudasfahuapcnnonsmon- maldacsho9n6tUm~l&AnmnHtRodrlgua&Crp<L;dnrrir,la& 1846fuc co&& por d d i o Y m r c Salvá y be& m su cu. de M. Existen oms cdiciona, ya - . &l compendia en na dilmuia. p & la obra mmplcu

" En -ro la obra de Hcinmio. &ase la nota 69. FJ ccrta dc Louia Anionnc Maa- d (1790-1853) debe ser loa Wcmhrr &li i rpduywpuMadas , al pvmer por p r h va ,m 1833mPPrlrporN~Mryelhuu.dminiotruniramuynotlbIeyuno&h ptminrnr del sndio cimdñm de la jumut ~dminum<in. Lm ó'lnnhugauon de by- ante 4 d a d m d medio hi.tdoim n sue m traducciones impresas en híadnd m , . 1838:1&3,1888.

]anAndrCRncui(1749-1813)fueum>t.&umr~u&~ktia~&que Nncmn &¡m en d pMrr taxb M riglom. Al -, la primen edición h e impresa en Pds, m 1801, por i íauhia Iq una & 1834. h u dcj6 uno. Rimpa @fmur ak hkcivüpirl i?uíc, Hrqua, 1805. Y, bajo d seudónimo Minim, también escribió L &n.npü>ypr, Nawhtd, SaiCdT#nc, 1783.

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brero de 1848 la institución estuvo cerrada por los desgraciados sucesos de la guerra con Estados Unidos. No sabemos con quitn hizo su pasantía Lo- m o . pero obtuvo su certificado de la academia para solicitar el examen previo al de abogado el 24 de febrero de 185 1. La primera sala de la Supre- ma Corte de Justicia autorizó la celebración de la evaluación, misma que se llevó a cabo en casa del rector del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México, el 14 de mano de 185 1, a las siete de la noche. Lozano leyó la solución de un caso bastante complejo que se te entregó con termino de 48 horas. Un fraile mendicante, que habfa abandonado el claustro, tuvo amo- ríos de los que nació un nifio; muerto el religioso, un hermano suyo pidió la herencia y que a un hijo suyo, sobrino del difunto, x k nombrase patro- no y capellán de una capellania que fundó el religioso con parte de los mu- chos bienes que adquirió fuera del convento. Pero el hijo del religioso tam- bi¿n daaba la herencia y la capelíanla. ¿Ante que juez debfan ventilarse los divemos aspectos del problema y c6mo resolverlo? L o m o leyó un papel de moderada extensión donde deató los nudos jurídicos al gusto del sínodo ya que fue aprobado por unanimidad de los 12 asistentes y después de cin- co rtplias?2 Poco dcspuó, dentro del mismo mes, Lozano fue examinado de abogado en la Suprema Corte.

En San Grcgorio tambien impartió las cátedras de latinidad, filosofia y derecho (1847.1848-1851 y 1851-1853 respectivamente), sirvió como vi- cerrector (1851) y m o r (1851-1853)?3 Cuando era alumno fue diitingui- do con la representación del colegio en la solemne funci6n que organizó la Junta Patriótica de México el 15 de septiembre de 1845; en ella pronunció un poema que mereció ser publicado en El Si& XCYde 12 de octubre de 1845." Desde luego, como otros ex alumnos de San Gregorio, por ejem- plo Manuel O& de Montellano, José Linarcs, José Marfa Iglesias, Vicen- te Riva Paluio. Juan A. Mateos e Ignacio Ra~nlrez?~ formó parte de la Aso ú"6n Gregob h a , huidada el 12 de m v ~ o de 1866, tenia como 6naüdad d m u d i m o y la convivencia ---en un ambiente ajeno a los plei-

71 Todo lo I D C P ~ ~ C a l. eduoridn jurfdica de Loyno crd en AHINCAM, ramo I I I u ~ Y t k h a i Colegio, aps. pasodepnoanla. caja 27, núm. 976.

73 En 1852mtclizbrmd primny l e g u M b a ~ o d e i ~ & ~ n m , 1852, p. 132). " Un rcmm m ia Gkrridn de L Bibliotccp NGonal. mixel4na mím.

135. V k ambi M ~ R E ~ > V u 1975, núm. 4762 " ASOWCION G~~ 1868. pp. 29-30.

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LOS A ü T O E APUNTES BIOB18UOGRAFICOS 51

tos politicos. Las reuniones eran anuales y se celebraron hasta, más o me- nos, 1892; en ellas había banquetes, poemas, discursos y, como suele ocu- rrir en este tipo de organizaciones, mucha nostalgia.76

Poco tiempo despues de su recepción profesional, a principios de 1854, pasb a Guanajuato como agente fiscal del Tribunal Superior de ese departamento; fue nombrado juez de distrito de Guanajuato y Querdtaro el 15 de enero de 1856, pero renunció al cargo unos días despuk." Alla fue rector (1861,1863 y 1867) y catedrático de cánones (1856-1858 y 1861) del Colegio de la Purísima. Tambidn fue diputado local (1861).

Es de notar que en 1859-1860 Laano estuvo en la Ciudad de Méxi- co, seguramente poque Guanajuato fue tomada por los conservadores en mano de 1858 y en mayo de 1859 y debió serle difícil permanecer en aquel estado. Fue nombrado cuarto magistrado suplente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal el 14 de febrero de 1861 sin que sepamos si to- mó posesi6n del En 1862, uas una breve estancia en la ciudad de Guanajuam, retornó ata capital poque fue elegido diputado federal. No le duró mucho el gusto de la curui porque, desde mayo de 1863, siguió la suerte del gobierno juarista.

Luchó contra la intervención francesa y el imperio. En 1867 lo encon- tramos de nuevo en Guanajuato como director del mencionado colegio y presidente del Tribunal Superior. El siguiente texto, atribuido a los impe- r i a í i i , dice mucho sobre el carácter y la vida de nuestro autor antes de 1867:

Liberal honradn y de prohuidos wnoUmirntos cientlliws; sirvió a la adminis- &6n pasada; fÜe smeerio en div- tpoas del sefior Dobhdo, y lo fue

últimamente def sefior Uraga. Algunas personas creen que muchas providencias acenadas que se expi-

dieron por el gobierno de Guanajuato en la epoca wnstinrciondista, fueron obra del wnsejo del ahor louno.

Gran ralenw e insuuuión; ácsako al gobierno; mala conducta priva- da. Se crce que no admitirá nin* cargo, y renunció a la subsecretaria de Jw

76 PElwes, 2000. I>P. 97-100. í7 %N, ramo j&a, t. 160 y t. 480.432fi w, vunun mn6micns, caja, 191,

ap. 20039; &VAN Rmioi, 1854. p. 99. " AGN, m o justicia, t. 6%. 257fy 258j T m , 1961, t. 4, p. 270.

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rüu e Insrru~~i6n Pública. que le ofmi6 el scrior Silicm al crearse el ministe- rio del

En 1868 se incorporó al cuerpo docente de la Escuela Especial deluris- pndmua --Escuela NacionaJ de Jurispmdenu+- wmo catedrático de Ic- gishctón comparada. impartió c m dasc hasta 1878; en 1876 su suddo e n de 1 200 pms m&. Se ha dicho que Lozano, en 1872 y 1873, rambitn e n profaor de d e d o civil en la misma institución; sin embargo, no encontra- mos evidencia documcnal sobre dlo. Dade d 12 de diciembre de 1879 y hurr d 10 de M>rso de 1880 dcsanpdió, como susrituto de Juan S;Lncba &ama, la d& de d n s h o internacional y marítimo. En febrero de 1880 r k onfad tomar la 6s de d u d o mnstinicional, pem wmo tenía que de- jar la capid se k otorgó una l i c i a por seis macs (9 dd mismo mes y alio). Cuando Ea6 este permiso Luzano pidió que se extendiera basta el fin del afio m>hr (31 de dkhbte de 1880) porque no qucría perjudicar a los alumnos con un cambio de atcdrátim cuando hltaba tan poco tiempo para terminar las kaion& En la Última fecha Lauio rcpnuntó que quería rrgnsar a SUS

kaH>na, pao entonces se k avis6 que no sería pooible complacerlo porque SU empbo de p d r de justicia e n inwmpatible w n otro - c o m o el de p d a o r - en la 4min-n faGral (urcuiar de 4 de enero de 1881)."

Lau io también cawo vinculado con el CoIcgio de la Paz, Vizcaínas, cuya Junta Directiva presidió de 8 de octubre de 1874 a 8 de junio de 1877. Es de noca que al mismo cuerpo pertenecía, como vocal, el jurista isidro Montiel y h. Esta etapa en la vida del wlcgio ha sido cama- r h h como d ñnal de una dc 'mrganización", &pu& de las grandes tmmfomiwiones quc Mfrió gracias a la apüaci6n de la Ley Lerdo, y el P*@ de una de 'impulso y m11soIidaci6n" bajo d control del gobier- no fadmf por d o dc la Smrtprfn de Justicia e Instrucción ~úb l ia? '

haibs, 1867, pp. UC25. EnGmZb 1910. &re halh unncar~dc L a M o @P. ~ ~ ~ m . ~ d e j ó d ~ ) o l C I d p c r U r r a i ~ n ~ & 1 8 6 4 p ~ q ~ e h t c l o ~ - *'--dIpiaanoffwm, 196~.1.8.~~.566y741.t9,pp.25y28~ t. 10. p. 548).

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LOS AUTORES: APUNTES 81081BUOG~ICOS 53

En 1871 Lozano fue regidor y, brevemente, presidente del ayunta- miento de la Ciudad de México. En medio del ambiente de intrigas que suscitó la rivalidad entre Juárez y Porfirio Díaz, la corporación fue disuelta en junio del mencionado año por el gobierno ya que éste temia su intewen- ción en las elecciones presiden~iaIes.8~ Es de notar que en febrero del mis- mo año enwntramos el nombre de Lozano entre los magistrados del Tribu- nal Superior de Justicia del Distrito Federal.83

En 1870 Laano era considerado lerdista: entonces era diputado fede- ral por el Estado de Méxiw; ocupó la curui desde al menos febmo de 1868 y hasta el septiembre de 1871; presidió en diciembre de 1870 y wntató el discurso de clausura del Congreso pronunciado por Juárcz. A fina de 1870 perteneció a un grnpo político, del cual formaban pam Manuel Payno, Jo- sé María Vigil, Julio &te, Juan Pablo de los Rfos y el licenciado Emilio Vdasco, opuesto a la reeieuión de Juárcz. Luego, en julio de 1871, a u i - bia en EISifiXIXa favor de la candidanua presidencial de Lndo y en wn- ua de ks de Juárez y día^.^

Seguramente gracias a sus notabla conocimientos de las legislaciones extranjeras, h e nombrado miembro de la comisi6n que ekbor6 el proyec- to de Icy minera para el Distrito Federal y temtorio de la Baja Wifornia, de ias que revisaron el W g o de Procedimientos CiviIes del Distrito Fede- ral (1875 y 1880). w n Dublán y o m cambien panicipó en la que redac- tó el proyecto de la Lcy de Organización de los Tribunales del Distrito Fe- deral que entró en vigor en 1880 y de la que debía formar un código de procadimientos f&raia en materia c i d y criminal (1885). Es importan- te hacer notar que la última co&i6n mencionada continuó los trabajos iniciados en 1872 por Dubián, Süiao, MCndu y Linus . El 26 de enero de 1885 el secretario de Justicia, Baranda, en+ a Emilio Vdasco, Igna- cio L. V a l h y a nuestro autor la elaboración, en un soto tato, de una Icy orgánica del a r d d 96 wwtimáonal que &ra ambiCn la materia to- cante a los proadimienta de los tribunoles fedaals. Pan 1887 la wmi- si6n ya induia a b a n d o J. Corona y a Manuel Conueras y ya habla ter-

ChllQW, 1 9 4 7 . 1 . 9 . p p . 3 1 & 3 2 0 ; ' ~ ~ ' , a i & 2 ~ ~ r . 7. M&- m. 1880, p. lSl;Pera, 1871.p. 230:Tl i~h 1%4. r. IS,pp. 192 y 207.

e Qvü) ai e, 1. Cpoa c. 3. MLnm 1874, pp. 345-346. " ChllQW, 1947,r.9.~.M7y342-345;Tmm. 1961. c. 13,p. 111 y & 14.pp.

710,766, i70-772 y 775-776

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minado el título preliminar y el primer libro. Vallarta eventualmente se se- paró de la comisión, pero cuando el trabajo estaba terminado se le envió a tl para su dictamen; éste fue tan negativo que no lleg6 a publicarse?5

Lomo fue ministro propietario de la Suprema Corte de Justicia del 15 de mayo de 1873 a noviembre de 1876. Sirvi6 como fiscal interino de di- ciembre de 1874 a junio de 1875 y procurador general de febrero a octu- bre de 1875. En noviembre y todavía a principios de diciembre de 1875 reunió, de nuevo, la fiscalía interina y d empleo de procurador En los ~rbuícntos días anteriores al derrumbe de Lerdo y ante la ausencia de Jod María Iglesias, Lozano presidi6 la Corte, como interino, durante todo el m a de octubre de 1876. En a t e año su empleo de ministro estaba remu- nerado con 4 000 pesos anuales.86

En febrero de 1880 fue nombrado cuarto magistrado del Tribunal Su- perior de Justicia de G~anajuato.~' Poco duró en este empleo, si es que d- mente lo ocupó, porque en octubre de 1880 fue nombrado procurador de Justicia dcl Distrito Federal. Desde agosto de 1879 su candidatura había si-

BMDA. 1887, pp. XVII, 117 y 118; C I A G ~ . 1973, p. 11 l; "Exposiu6n que a l u dm- ha dicigido el ciudadano sccrctuio de]mticia e Instmcción Pública. Pvtc tela- tira al Código de Ptoadimicntos C ~ i l a reformado", en w 2. tpoca, t. 8, Múiw, 18809 p. 208; Mom, 1881, p. 64.

En d último N U ~ O de 1880 h o d b i 6 un toui de 3 200 .pesos por su intcwcn- ci6n en la mmLi6n dc &m del CMigo de Prodimientos Cid- (AGN, ramo semeta- rla de justicia, caja, 100, ap . 197).

M AHSCJN, uuntos mn6micos. caja 289, a p . 31819; CABRERA, 1989, pp. 90, 92, 121.124-127,134-137.211. y 271-281 (con t~ripcionsdedonimentos nfic.nkrdon- de &wad nombre de h o ) ; NACIONALC~LEGIO, 1874, núm. 323, Prw, 1875, p. 166; ~ ~ C o R n , 1957, p. 11; "Vuusdchwmanz", m m, 11'Cpoa. t. 3, Mtxim, 1874.pp. 579 y 583; 'Hechor diversos", cn E& 1. tpou, t. 5, MéUco. 1875, pp. 331 y 407; 7usicia M", m EF. 1. época, t. 5, Mtxim, 1875, PP. 229-230; ?Secci6n oficial", m EF. 1 . e 4 t. 5, M&, 1875. p. 129-130 (&wa mmo f i a d interino y p d o r BuuJ de ~ h ' V i f a r d c h s m m a " " . m ff, laépoca, t. 4, M&, 1875.p~. 31,87,95.99,115. 179% 1%. 211~~3,W7,243.251.311,315.319,375,391,415.419 y 443; t. 5. Mtú- m. 1875, PP. 7s 295.335.359,363,423.471,495.439.503 y 507.

Erdenotuqucuwnoerrkdamm~upmarrodorguienl,aaous,youupmar ndor p n l interino. Debi6 decir siempre inmino porque su nombmiento m dc m- ~ . m ~ ~ ~ - x d m o m i n i b . a b ~ u c h o y ~ ~ - d e h ~ o n c .

m-- mn crnlidnda por cobrar por su a P l m en la 6 m m 1881-1882. 1884-1885 y 1887-1888 (rmireafh 1883, p. 425: Tmireafh 1886. p. 115,2* blivi6n; T- 1 8 8 9 . ~ 2 . ~ . 151). '%h., m* 2'dprxat t. 7, MáKo, 1880, p. 151.

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do propuesta por El Siglo XCYy secundada por EF." Se ha dicho que fue procurador hasta mediados de 1882. Por nuestra parte podemos afirmar que en 1881-1882, según las cuentas del tesoro Federal, ganaba 5 000 pe- sos anuales y en ei periodo 1882-1883 sólo se le pagamn 1 054; además, lo encontramos activo todavia en agosto de 1882.89

Lozano regresó a una curul de diputado federal en septiembre de 1882 y la ocupó hasta septiembre de 1888.90Apoyó la reelección de Diaz

" "Hechos diversosS, en EF, 2a epoca, t. 8, Mbriw, 1880, pp. 130 y 298. 89 Uno de los aiunros m& notables que ofurricmn durante su h 6 n como procura-

dor hur un juicio de ~ ~ ~ n s a b i l i d a d seguido contra los m.pi& de lacuartaulá dcl~ri- bund Superior del Distrito Fcdcnl, Carlos E. Wenique, Amado Osio. Eiiuvdo Escudero y Saturnino Ayón. Se l a a d de haber m h d o una cierra confesiond que. según d ac- tor, era suficiente para generar la obligación de celebm un contrato de muNn con garantía hipotearia, de no haber jusuprrciado dgunos hahos dd clso, m n lo ciul violaban su obli- &6n de cumplir con I i ior Admús. cuando la ovtc mora wdi6 a la &ón v demí oo . v . b m ser eximido d d depósito mandado PO; b 1% los magistrados dcsatimvon su pe- tición y k ordenaron ef& d referido d h i t o , con lo & d mor pidió la reposición para iustificar su nobnza. v como ara soücimd fue d d a d a oor imocninente. se cetnmn . . . , 1% puenas de la d ó n , por lo que los m.gi.uados aui responsables dc violat una leya- presa. Para colmo dc d a , durante el pmm> tambitn w acusó a los magjstndoi dc tener un pacto secreto de no firmar sentencia por mayoria, sino siempre por unanimidad. aunque en lo privado Jguno no aNV¡m de werdu y que de 4 estaba enterado Lozano. Sin cm- bugo, el examen de las sentencias de la didi* d a desmintió d asunto.

&te pleito ocasionó una A d n interesante urro de la interpretación del m i d o 17 de la ~ o n s t i n i d n fcdenl en lo Mnn a a r m>ediravm~¡ra la administración de ius- ~ ~ ' ,- ~ C i a . Por otra pacte, d p m c d o r Louno, quien lieg6 a la conclusión de que no había m&- ritos p abrir cl juicio dc mp1~1bi i iM comspondimtc. se daendi6 del posible ataque de que en uua pasados de d i d a d judK*l, dique por aí&una intención torcida, tampoco habfaenmnuado mtntos pan p-. Dijo que en estos ncgoáor, donde se acu- Jabaalmjwardehahr&hkyylv~&#,dprocundorpodiaaa- mina aprrmisi habia motivo mionai pan u e e r que Oks hlns habían en efecto marrido; si no se mconrnb. m dPm quc no valh la pena seguir adeluitc con d pmcao. En can- bio, si la &6n hubim sido por d&n otro ddito. como por cjmpio cohaho, el pro d r i n s k i h m quc a abkn d juicio mmqmnd*nte p ' a que m CI Y a a m i m a pmfundúud laaiari6n. Al pnrom al tipo de &6n no a habfa p ron ido nunca y Lo- Zano tampoco &<a p m w d o a jua alguno por ¡ncumpli&w de la ky. a j d o de ponszbilidada absolvió a las nmgkados y, para vindiarlos, su -o, d célebre m&- queme PMdim Dfpr Go& piblicci un impomntc Mino (W ChWAWZ, 1882; ' ~ a h a s ~ " . m m , 2 ~ C p a m , t . 12.Mh¡co, 1882,~. 1 1 1 ; T i s o ~ . 1883,~. 161).

m TEZQRWA, 1884, p. 120: Tmm, 1885, p. 12% TmReW 1886, m. 114 y 117:Tmae~~1,1887, t. 1, p. 120;T~soR~R1A, 1888. t. 1,pp. 138 y I~I;TESOIIER(A, 1889, t. 1, p. 140.

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en 1887. ~e 11 Cámara pasó de nuevo a la Suprema Corte: el 9 de octu- bre de 1888 tomó posesión como ministro tercero propietario. Fue Pre- sidente de la tercera sala del tribunal (14 de mayo de 1892) Y su periodo rcrminó el 8 de octubre de 1894. Sin embargo, se ha dicho, al parecer equivocadamente, que dejó este empleo el 19 de mano de 1893. En 1891 el nombre de Lozano se mencionaba entre los posibles secretarios de Justicia?'

Algún autor afirma que Lozano tambihi fue gobernador del estado de Guanajuaro. Sin embargo, no lo hallamos en d documentado trabajo de Je- sús Rodrígun F t a u ~ t o . ~ ~

Como muchos ouos abogados daimonónicos, al mismo tiempo que de- xmpefió ~ M O S no vinadadas con la adrninadmmci6n de justicia, tarnbidn NVO despacho abiirto. En 1871-1887 éste se hallaba en Montealegre niimc ro 16, Ciudad de Mhico, inmueble donde tambih vivía. Fue miembro del q"po de abogadas dcfcnsorrs de Enrique Chávarri, p d o en d segun- do ~ t a m de 1885 por d delito de como de sedición cometido mediante la publicación de d a d o s en ElMonitorRrpu6üurnadondc se o p w al ame- & de la Uvnada "& ingles" y uiticú dunmente al gobierno de

Fue miembro del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México, en d que in@ d 9 de abril de 1871. Como Dublán, cuando en 1875 y 1876 se llevó a cabo una xrie de leulones públicas en el colegio, Lozano fue uno de los wnfnrncistas. W 10 de abril de 1875 habló acerca de la 'Importancia y necesidad del m d i o de la legislacidn compandada; entre sus escuchas se encontraba d presidente de la República, a la sazón rector

~ICgio, Sebastián Leni0 deTejada. h a n o plan& la nCVbidad de fun- d a una agmpauón cicntítica dedicada al e s ~ d i o de & l~gishtiones ex- tf-J+t'=. m, X fundó !a Sociedad M.&- de L4+&ón Comparada;

fuc SU prima presid~1tc.~ N u a r o personaje t o d d fo& par-

" AHSC1N. -a* avldmimh a ja 289, ap. 31852, ojr371, ap. 44883: BawW 1889. pp. 3-5: Cuuurio, 1992, pp. 310 y 311.

LWw, 1910, p. 572; HM14 1991, p. 16L, R~~UGUQZ, 1965: S u m ~ C m 1957. p. 11.

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te del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados en 188 1 .95 Tambidn fue uno de los fundadores de la Sociedad de Abogados de Méxiw y perteneció a su comisión de derecho consútucional.%

Lozano, por virtud de su matrimonio, ingresó en una importante red familiar de abogados. En efecto, casó, el 29 de octubre de 1851, en la Ciu- dad de Méxiw, con María de la Luz Gómez y Zozaya. Esta sefiora nació en la dicha ciudad, hija de Manuel Góma y de Dolores Zozaya. Por tan- to, era hermana de la esposa del licenciado Joaquín Esdante y Fernánda y del licenciado Gregorio Góma y Zozaya. Además, los h y a eran una familia de letrados que destacaron en el foro y la política desde fines del si- $0 XVIII?~

Murió en la Ciudad de Méxiw d 19 de mano de 1893. Al final de su vida se hallaba entre los abogados que vivian en Tacubaya y la Junta Caii- fiadora del D u n h o de Profesiones le fin& una wntribuci6n de s61o 50 cenravos mensuales, seguramente porque e n empleado fed~ral.9~

Pow antes de fdecer, en 1892, h o figuraba wmo duefio de in- muebles en la Ciudad de Méxiw: un par de viviendas en el número 6 de la calle de Andalccio, una muy buena casa en la calle de Montmlegre núme-

t. 5, México, 1875, p. 7; "Hcd>osdivams",en EF, l ' é p a l 1.4. México, 1875, pp. 415, 431 y 439.

h o pmnuncidd primer disurs> en b d n inaugural dcb Sociedaá d 7 de me- mde 1876.Asllargo~nin~nhmnhru>0Yde24demvury 3Odejuniode1876 (mHahm diyem", en EF, 1' época, t. 6, M&iw, 1876, p. 3).

No hunm virm d prima núnum del BeInfn k ia SonnM M&m k L@Luisn Compamk publicado m uino de 1876. donde u m m m b atta en ¡a que &nann ex- pu~0nu;idrrrumzde hlÜndaci6n&c*re~apouCn~w;erdciídoenCui~. 1989, p. 116. Vóae d h& m 'H& diwvs~". en S, 1. Cpri, t. 6, Méxiw, 1876, p. 7.La~mpucdesabmYrmgucapmo~~babapdn~aoVfI&aud>ní.

En d &undo n-cm dcl~mencionda Bolnin sd un discuno dc h o : no lo hc- mra d o pero d india aJ. ai 'H& divasol, en rp. 1. época, t. 6. M&, 1876. p. 111.

* AHINW. ramo Ilusue y Nacional Colegio. ufminismión. Libm Nabo L m n*mlu (1855-l880), 338 NACIONAI COJ.FGIO, 1874, p. 26: NACIONAL COLU~IO. 1881, p. 26.

% ~ , r a m ~ S a i e d i d d e A b a g d o g ' L i b m & s a i a & h ~ & ~ dm", 6vy "Saicdd de Abog.doa. Libm auxüia~ de cuentas panidam dc Im wcku". p. 154 (ambos m rnnlogrO6n).

Mmm 1998. pp. 589-592. m DUrcQON OE CrnmUauc~~~es, 1892, p. 301.

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ro 16 y unos lavaderos con bodega en el número 1 del callejón del Mons- truo; por ellos pagaba 30,100 y cinco pesos mensuales como contribuci6n directa, respectivamente. En 1871 lo encontramos con domicilio en el nú- mero 5 de la calle de Seminario, Ciudad de México.99

2.2.1. Sus obras

Lozano figuró entre los colaboradores de m en 1873-1876. Además de la L&&dn mexicana, de algunas obras poéticas de poco aliento y de contri- buciones periodísticas como las aparecidas en El Siglo XIX, Ld h m a y El PanUlo LibmL sus obras más relevantes son:

1. Discunopronunnndo M f a capital a¿ Guanajuato el 16dc septinnbn di 1854. Guanajuato, Tipograña de J.E. Ofiate, 1854.

Es un folletito donde la admiración oor los heroes de la inde~enden- cia Ucva al autor a paralel'imos más o menos exagerados con personajes di- sicos. Sin embargo, multa resafable como ejemplo de la pcnivencia de los . . paradigmas c u l & k s tradicionales en el México decimohónico.

11. Akgato de bumapnubapmrntadopor ellicenciuaó ... m rcpnsm- tnridn &l ciudadano gobmnaa%r comtituciona~ Juan Btutamanu, ante el n'u- dadano jucz aé Distrito m eljuicio & amparo promovido por elprimero con- tra el vmdirto qurpronuneid f a H. Legislatura &l estado m+ M gran j u d o , rf 27& dicinnbbn & 1868. San Luis Potosl, Tipo&ía de Exiga, 1869.

No hemos podido encontrar un ejemplar de este folleto. 111. El &digo Civil &f Distrito orríniado m&rma & dicbnaM. M6-

xico, Imprenta del Comercio, 1872. Es una obra construida wmo los antiguos repcnorios y dedicada a los

legos. Grece de interés ciendfico, aunque a sumamente útil para d ma- nejo d d Gkligo de 1870. Sin duda esta inspirada en los principios de la oregcSis francesa y, en este sentido, pude relacionarse con otras obras se- mejante, aunque de muy diverso mtrito, sobre el && cuerpo lcgak las

99 DIRECCI~N DE C~MWBUCIOMS. 1892, pp. 153 y 213: N m o w C~WIO. 1874, p. 26; FVmz, 1871, pp. 29 y 53.

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IDS AUTORES. APUNTES B1OBIBLIOGIUFICOS 59

Instituciones de Calva y Segura,'oo el Derecho dcl cddigo de Guerra,Io' las kccionesde Ruanova,'" el Cddigo Civilde Medina,'03 el Examen de Mon- t l ~ c ' ~ ~ y con el popular fndiccde Vicario.'05

IV. Dmcho bipoiecario comparado. MMéxico, Imprenta de ].M. Aguilar y Ortiz, 1873.

Este libro era para el uso de los alumnos de Lozano en la Escuela Es- pecial de Jurispmdencia; se vendía en la Iibrerfa de José María Aguilar (San- to Domingo número 5) y costaba cinco pesos encuadernado a la holande- sa.'06 Esta dividido en dos partes. La primera contiene la legislación del Distrito Federal en materia hipotecaria comentada exegéticamente; la se- gunda, tiene la de Argentina, Austria, Baviera, BClgica, Bolivia, Cerdeña, Dos Sicilias, España, Estados Romanos, Francia, Friburgo, Holanda, Italia, Luisiana, Pomgd, Pmia, Tascana y cantón de Vaud; aquí tambikn se re- fiere a los códigos civiles lodes de Veracruz y México. De esras secciones la más interesante, por los comentarios de Lozano, es la primera. En la se- gunda Lozano se limita a transcribir los artículos de los cuerpos legales res- pectivos y NVO como fuente, para casi todos ellos, el conocido trabajo de Antoine Saint-Josepb, Gncordancc nim &S loir hypotbkcaim krmnghw et fianfaircs (París, Videcoq, 1847); induso llegó a copiar las concordancias que éste hiw con el Código de Napoleón. En el caso de los textos que Saint-Joseph no manejó -mexiquense, veracnuano, belga, italiano, portu-

Eneban Wva y Fmcisw de i? Segun, I m t i m i m &ámcho n'vilugún d Cdd- p & l D L m m F&y rcrrim"o & In Baja Crbi.rnin Mhriw, Imprenta de DI= de Lcón y White, 18741883, 3 tomas.

'O1 Riymundo Guem Dmrho &i+ o rrn d Wp Civil&iD&impuam nj% mn áidktki~ Mhriw, Impmo de J.M. Aguilv Oniz 1873.

'm Francisco de R& Ruuiova, b c M n n & dmrho C¡MIJ%WM& & b domimu & -'m nuromy ano& con r I m & & b kya mprmvm. Puebla, imprrnn de N&- so b k . 1871,Z mmm

'O3 Antonio A. de Maiina y Onnaaha, El Wp C i d u d o t n o ~ o d y fino- urdo. M&, fmprrnu de Francisco R B h w y Gmpahb 1876.

lo< I*on de Montlus Cunnn m.+ du d w a u 4 cid& MPiro. M, Rosa Er ~ o u m - f ' d o n ~ b d , 1872. Fue p u b l i originalmente en la Reme &Bui r lnmndu- nnln&i¿pLuum Gm-.

Fxhe u m d d n ai d o , unda al año siguiente en L. Imprenta del Gabiei- no de México.

'M b 6 n V i d o , Indiw & b mate& mrmrdnt n d Wp C i d Mt- ~ , ~ ~ a d e L . S o c i e d a d A r t l s t K 1 , 1 8 7 1 .

'" "Aviraa gmda", en EF, 1' tpoca, t. 3, Mbiw, 1874, p. 24.

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60 LA LECISUCION MEXICANA DE 0UBLjU.I Y LOZANO

gub, chileno y argentino-- h o hizo sólo alpnas concordancias, spe- cialmente, w n el francts.

No debe sorprendernos que una obra wmo la que comentamos, pm- ducto de una ¿poca de notable pobreza científica, mereciera la calificación de "clkica" por parte de alguno de sus contemporáneos. Así, el civilista Je- sús Villalobos, el cual le dedicó un trabajo en E&''

V . Derecho penal compamdo o el Cddigo P d dri Duniro Feha1 y te- mtorio de In Baja mj6mia concot$uloy commrado. M&, Imprcnra del Comercio, 1874.

Obra publicada por entregas y dirigida a los alumnos que Lozano te- nfa en su dase de legislación comparada.108 Se limita a los libros primero y segundo dci C5digo (los delitos, delincuentes, penas en general y la respon- &&dad civil en materia penal). Su visión del derecho depende del iusna- d i m o ncionaliita de fines del siglo mii y de la primen. mitad del w<.

Por tanto, no debe sorprender a nadie que en su inuoducción haga ~rofe- sión de fe legalita y liberal. Tampoco que hiciera cu> de la literanua m& o menos oportunista sobre amas históricos vinculados w n puntos penales. Por ejemplo, al hablar de la pena de muerte abordó los supuestos reñna- mientos inquisitoriales y U+ a afirmar que d Santo Oficio practicó inmo- deradamente d empuodamienm (pp. 548 y 549).

Para h o , d G5digo Penal dcl Distrito Federal vino a sustituir una legislación preocupada, arbitraria, u u i c a y nada íüos6fica. Los c6digos con los que tnbajó son, en cuanto a los extranjeros, d bávaro, los espafioles de 1850 y 1870, el francCs y d postuguk los &on& son d campechano, guanajmtense, hidalguense, mexiquense, veracruzano y yucatw. Lozano tambitn remite al derecho mmano y al antiguo derecho hisphico (Fuem Juzgo, Fuero Rnl, S i c Partidas y Novísima Recopilación). h o logr6 mnsuuir mda la obra m n materiales; por ende, faltan casi del todo las dcmcias a la práctica judicial y a los omom. Si embargo, sus comenta-

' m l e r 6 r V i U l b b o o , ' L i g m a a d p r . o b r r 1 i ~ o b n a m r b , , ~ ~ ~ d e l i*m licauPdoJd Mnh b y td>m otroi w i ~ punm ~ustioril- hipoan". a m. 2'- t. 9. M&, 1881, R. 37&379,386.387,425-4&

4374% Y 45-446; t. 10, Mbrp, 1881, pp. 53-51.58-59.62-63, 113-114, 155,162- 163.170-171.174175,190.1%195.~02-203,210-211,~7,4~~ y 4 2 4 % t. 12, M6Kk'O. 188% 162-163,167-168.171.175-176.

f l ~ m s p c m ~ ~ ~ ~ K l J ~ . A R 1 O I ~ . e n m l * e p ~ o . t . 3 , ~ & , 1 8 7 4 . p. 344.

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rios no dejan de tener un interés más allá del tecnico toda vez que reflejan los inicios vacilantes de la ex6gesis mexicana, por lo que Lozano a veces acu- de a elementos de la tradición jurídica e intercala opiniones, ya personales, ya de algunos autores.

Vi. Rr>yccto dc k-y dc mineríapara clDunito FedrmIy tmitorio dc ka Ba- ja CaIrjhia,fonnndo por encargo dcl Superior Gobierno por los ciudadanos IicmciaaÓs ... y Benigno Payró, e ingo im Mi& Bustamantc. México, Ti- oografia del Comercio, 1874. , -

Este proyecto fue encargado oficialmente y la Cámara de Diputados la pasó para su estudio a una comisión Formada por Sebastián Camacho, Ra- fael Marúnez de la Torre, Gabriel Mancera, Juan Cuatapam, Manuel Cm- vants y Francisw Magaiia.Io9 En el mismo año El Mi- Mexicano tiró otra edición, en la Ciudad de Méxiw, impresa por Ignacio Escalante.l10

VII. "Sociedad de Legislación Comparadada, en EF, 1. Cpoca, t. 4, Mi- xiw, 1875, pp. 453-454.

Es una cana dirigida a la rnbc46n de EFY fechada el 17 de junio de 1875. En ella se propone la fundación de esta agrupación.

ViII. "Pedimento del ciudadano licenciado.. ., procurador general de la Naciónn, en EF, la Cpoca, t. 4, Méxiw, 1875, pp. 22 y 223.

Fechado el 10 de diciembre de 1874. El fondo del asunto era si podfan considerarse las fichas de haciendas como monedas.

DL T d a¿ los dmchos dcl hombn. Estuáio dcl &echo comti~~clonai patrio m lo nkativo a los dmehos dcl hombn confom a ka Ci>mti~ucidn dc 18577 a la Lcy Orgdnica a¿ Amparo a¿ Garantúzs dc 20 de tnnv dc 1869. Méxiw, Imprenta del Comercio, 1876.

Es un trabajo muy w n d d o ya que cuenca wn, al menos, cuatro reim- presiones facsimiians tiradas por la Editorial Porrúa en la Ciudad de Mt- xiw: la segunda en 1972, la tercera en 1980 y la cuarta en 1987. En d a s se induye una brwísilna nota sobre el tmo y sobre la vida de su autor.

Se publicó despus% de que ks Leys de Reforma fueron elevadas a ran- go wnstinicional, lo cual naturalmente amplió el contenido dogd t iw de

'* Cucm, 1973, p. 271. T d i sz publicd en e, 1. +oca, t. 3, Mtrim, 1874, pp. 33,34,37,38,42.43,45.46.54,%, 57,61.62.77.78.85,86,89.90,93.97, 101. 105.109.113.121.122.129. 134 . i37~ 1 3 8 ; ' H e d i a d i m a . " , ~ n ~ . l ~ ~ ~ p a c * t ~ M C - Pco, 1875, p. 279.

"O AGUIIAR, 1898. niun. 953.

= g b $ g ~ e ~ ~ ~ B E Y Q L U C J O N

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la Constitución de 1857. El texto, a pesv de su nombre, incluye un exten- so tlnilo inicial acerca de la Federación con notas de historia constitucional, de la organización de los poderes federales y de la sobcranla de los estados. A pesar dc la fama del autor, en 1879 todavla habla necesidad de anunciar la venta de a t c trabajo c incluso de ofrecerlo w n un descuento de 15% so- bre su precio de dos pesos con cincuenta centavos.'"

El T m d ha sido wmentado ncgCticamente y puesto en su wntexto general por Yamil Habib.It2 X h y c c m dr rrjirmas del Cóáigo dr Procedimientos Civilcr &l Distrito

F&y tmiMrio dr h Baja GalijürnUljSnnadopor la comiridn nombmáa ai +por el S v p m ~ Gobierno, en mmpiimimro drl &reto & 9 & abril dr 1875. Méxiw, Imprenta del Comercio, a cargo de Dublán y Lozano, 1876.

Los integmnta de b wmisi6n, además de Lozano, fueronTeófi10 Ro- bredo, Eduardo Vifias y Esteban Calva, quien sirvió wmo secntario. Lo- zano formó la exposición de motivos quc le fue encargada a principios de octubre de 1875.'13 Como ya se dijo, este proyecto no fructificó sino has- ta 1880.

XI. Con el licenciado Lconardo F. Fortufio: Akgato & bucnaprucba qurpmmtan ai juzgado prinum & dirm'to Carbr Aivanz ~ u l y Luis Mi- randa c [turbe en eljuicio & amparo qur siguen contra d ayuntamiento & ara capiralpor la &clarución dr caáuci&d q w hiw de la concrridn que ks otogdpara la commrm'6n a5 vank v&asfimasyf;r esm'turada el 4 & rcp- timbre dr 1878. México, Imprenta del Comercio de Dublán y Chiva, 1879.

XII. Con el licenciado Leonado F. Fondo: EIpoici6n din@ a la Caru k JwtiM por Carlos h m Ruly Luir Miranda c Iturbc m

d m k mnpam qur prommndo mama dayuntamimto & esta capi- tal Por= acw& 77 21 k mamo &m0 &clara& caáuca & ~onccIión h* 4 ~qtb& k 1878. Méxiw, Imprenta del Comercio dc Dubk y Cháw, 1879.

"' Radenvm.k.anunliaaloLrgodemlo~~,2.Cpxa,t.6,~hia>, 1879. "' h t 6 , 1991, pp. 167-178. I t 3 'Hechmdivmm", m ~ f > lSCpxa, t. 4. M&¡-. 1875, pp. 271 y 279 y t. 5. MC-

Um, 1875, p. 319.

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WS AUTORES: APUNTES BlOBLBLlOGFiAFICOS 63

XIII. Informe en e s d s p n p a r ~ el licenciado.. . pana la audicns del dia 10 de marw de 1879 rn que debe vme en la tercera sala del Tribunul Superior del Distrito la terceríu deprrfmnciapromouidu por don José Váquce en cIjuicio hipofrcaria que rn wpnsentución dr varios acrcedom siguc donlo- si Gil Parteatroyo contra don F¿lix Galindo. México, Imprenta del Comer- cio de Dublán y Chiva, 1879.

m. Erposición de motivos de las ~ n n a s , din'onery aciamcioncs hcchar al C6digo de Procedimientos Ciuiks del fitrito Fc&raly territorio de /a Ba- ja CI&;tOmia m cumplimiento drl drmto de primero dr junio dr 1880. Me- xico, Imprenta de Francisco Díaz de León, 1880.

Este trabajo fue la base del texto promulgado en 1880, este tuvo efí- mera vida ya que fue sustituido en 1884. La exposición de motivos fue redactada por Lozano bajo la supervisión del secretario de Justicia, Ma- riscal."*

3. LOS CONTINUADORES

Con la acepción de Juan A. Mateos, los nombres vinculados con el Du- blán y L o m o después de la muerte de don Manuel y de don Jod María tienen escasa significaci6n política; el que más relieve tuvo, Adalberto A. Esteva, ostentó una carrera de segundo orden.

Mateos jug6 un papel de primera importancia en la historia de las le- tras del siglo antepasado y su contribución a la edición de fuentes jurídicas y políticas fue de gran relevancia. Pero, de todos modos, como jurista no parece ser que podamos decir mucho.

Ahora bien, desde el punto de vista de la historia de la ciencia jurídica de fines del siglo m, ia continuación del Dublán y Laano puede asociar- se, aunque brevemente, a uno de los juristas más acabados de aquella kpo- ca. En efecto, frente a las figuras h-ancamente romas de Esteva, Dublán y Maza, Fernández Villarred, k b e r o y CaFtiUón, encontramos la del colo- sal Verdugo. Esta realidad es la causa por la que las biobiblicgrafias que si- guen multan disparejas.

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64 U LECrSlACl4N MEXICANA DE D V B W Y LOZANO

Se ha dicho que nació el 17 de agosto de 1863 en Mapa, Veracruz, o en el puerto de Vencnu.1'5 Sin embargo, en un documento firmado por el pm- pio don Adalberto éste airma que nació en Xalapa, d 3 de septiembre de 1856. Por nuestra parte podemos agregar que no hallamos su partida de bautismo en el sagrario de dicha ciudad (hasta enero de 1857).Il6

Pmenh de una hmilia notable del estado de Veracruz. Su abuelo ma- terno había sido el general sanmista Pedro Antonio de Landero y Bauzá y su madre e n hermana de Pedro -empresario y politi-, de Francisco -quien fue gobernador de Veracruz (1872-1875)- y de Jod de Landero y Cos dist inguido industrial, comerciante y agricultor que fue secretario de Hacienda. El padre, Ignacio EFtm y G o n A a fue un polltico conser- vador que sirvió a Santa Anna y a MWmiliano; ocupó la Secretarla de Ha- cienda (1837 y 1851) y, en tiempos de Santa Anna, fue administrador de la Aduana Marltima de Vcncniz y consejero de Estado. El abuelo paterno fue José Ignacio Estm y Bruell, ministro de Hacienda y administrador ge- ne& de G,m de la Ciudad de Mh<ico."'

Por si lo anterior fuera poco, los hermanos de Esteva fueron sujetos de mucha distinción en la política, la diplomacia, los negocios y las letras del periodo de Dlaz: Gonzalo fundó en 1880 y dirigió hasta 1891 el pe- riódico El Nacionalde la Ciudad de Mtxico; cofundó La Unidn (1869) y El Renacimiento y colaboró con El Búcaro, la Rcvuta dr México, La Rr- virtlt Universal y El Fehalista; Roberto fue un político liberal, diputa- do federal y administrador de la Aduana de Tampico; Guillermo, como otms miembros de su familia, cultivó las bellas letras y dejó algunas obns que merecieron la imprenta, y Gustavo fue diputado local en Veracruz y federal.

Jkudi6 la preparatoria en d Colegio Preparatorio de Mapa y en la Es- cuela Nacional Preparatoria de Ciudad de Mbrico, la fual k extendió el cenificado conclusivo el 25 de octubre de 1881. Enseguida pasó a la b e - la Nacional de Jurisprudencia donde no ingresó como alumno numerario

"' L6EZ DE ! k x . W ~ , 1%4; h í ~ n a ~ , 1945. p. 251. MWW, nmo Sociedad de Abogados, olp. penonda, n h . 83.

"' Elu inh,mu*6n ad tomada de un trabajo que hoy danrmllmos acera de b fr- milia bquci y slll dianua. Lm p r i m i k pueden verse m Mi\~mm, 2Wb.

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porque llegó de Veracw fuera del tiempo que la ley serialaba para su ma- triculación. Cursó los seis años de los estudios para abogado con aprovecha- miento algo mayor que el regular; se exminó del 1 el 2 dc agosto de 1882, del segundo el 27 de ocnibre de 1883, del tercero el 23 de ocmbre de 1884, del cuarto el 29 de octubre de 1885, d d quinto el 22 de octubre de 1886 y del último el 15 de mayo de 1888. h a hizo su práctica en los juzga- dos quinto de lo criminal y cuarto de lo civil de la Ciudad de México y en d despacho del licenciado Vfctor Manuel GtiUo, con el cual trabajó un año. Recibió autorización para e x a m i n e de abogado el 9 de junio de 1888; la evaluación se llevó a cabo d 25 de julio siguiente y su titulo se ex- pidió el 28 del mismo mes y a f i ~ . ~ ' ~

Esteva ingresó como socio activo en la Sociedad de Abogados el 30 de septiembre de 1889. Entonces era postuiante en la capital. Perteneció a la comisi6n de derecho penal de la dicha sociedad y cuando Csta se fun- dió con el Ilustre y Nacional Colegio de Abo&os de México, ingresó en tste."9

Se ha dicho que fiw juez y diputado fnierai desde 18%. Resp~espccm de lo primen> nada podemos decir, en cuanto a lo segundo lo encontramos en una nuul desde la 16 Iegislatuta (1894). Fue diputado propietario por FresniUo, Zacatecas en dos ocasiones, de julio de 1898 a julio de 1902, y por varkas circunscripciones del estado de Veracniz desde la úitima fecha hasta octubre de 1913.'m En la sesión del Congrso de 7 de abril de 191 1 se opuso a la liancia que solicitó d vicepresidente Ramón Comf y por la misma &ha presidía la comisi6n para la reforma de los utlnilos 78 y 109 de la CoIIstitUu6n fedenl.12'

En 1898-1900 y 1901-1902 Esreva rambiCn era mayodomo habilita- do de la Esnieia Normal & Profesores. Entonas tuvo a su cargo unos 176 000 pesos del erario fedenl. Además, en mayo de 1902, sustimyó al

NKEW, cxps. de dumnw, númcms 1713 y 16179. Se ha di& al gycccr oquL vocaáamrnte, que también p d con d l i d Fnriquc Jim¿na y Unda

"9 mmcw. nmo .%&dad dc Abcgadw, ups. p m o n l k núm. 83; '3wz.wo. 1903, p. 6.

'm . . 1911.pp. 113,118,122, 124,136.140.144.150y ~ ~ ~ ; G u w I A , 1992, t . 2,p. 411;Muw~no. 1994. t. 2:Tmnmh, 18%.r. 1.p. 159;TeroiwlA, 1897, p.lSO;T6y)nmh,1898,p. 15O;TeroiwlA,1900,pp.l48y151.

12' ~ M I I I I . ~ . 113,nJm.38.M~13&abril&1911,p.U)6.t .113,niun.~, Mbrim,27&Pbiü&1911,pp.459y4M).

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o mayordomo de la h e l a Nacional de Jurisprudencia Miguel Miranda. En 1912 era catcdrdtiw de la primera in~ t i t uc ión . '~~

Como muchos Iegisladom que eran abogados, Esteva tenla un despa- cho en la capital. Fuc socio de Adolfo Dubldn y M w y en 1896 encontn- ma su b u k c en el número 9 de Santa Teraa. El horario de la oficina e n & n u m a oncc de la mahana y de t r a a cinw de la tarde. Se anunciaba w n giro en la abogacía y como agencia de liberación de fincas y wmposi- ción de terrenos; en ella u atendía en francCs y cutcllano. Esteva y DublAn mDdsamcnte afirmaban que podh obtenerse las refennciv necaariv de 'las prnonv más wnocidas de la capitai".'"

En los noventa Ia i da r & Erreva lo wlocvon lejos & los grupos u- t6liws & origen u>nrcmdor.'*' Conrtn que hu: muy adicto al porfirismo; 4. en rcpticmbn de 1900, cm miembro del Clrculo Amigos del Gened DLP. en julo & 1906 Icanvio del Circulo de Amigos del S o r Gened bñlrio Dlu y unos mesa antes. en no, e n uno de los dos secreíarios dc La Gmisión Nacional del Gntenario de JuArn.'z' Perteneció ai grupo wmlista y d a p u b no tuvo empacho alguno en sostener a Madero. En - dc 1912 un p r i b i i w capiulino antimaderitta publicó acerca de CI Irr siguientes l inar satlricas:

Autor & una oda a Napolcón. quc los periMiwr amigos publican ada dos tAor. Tonno. entendido que eru producción influyó mucho p que el X-

hor Corral le dKn una comisión bien remunerada al ufior h e v a , quien hie pntímtr úmrm y di convino. Su &ión al mderkmo tambitn x

c m a firme y perdurable. Preocupado cl scfior Fateva wn los ~onucirnim. mducionuiol, ha &m unr obn pohiu que sc l b Libm &-no

a dc dipbmrií-- quc pmbabkmaire va encaminada a suavizar Lc pyionu pd;rtra y a mnu L. contMdu gumrrn.'%

I E ~ - ~ ~ d . ~ . 1 1 < i m . 1 9 9 3 1 ; ~ 1912,~. 1 64;Tm. 1900.

PP. 299 T 10'72; Tesrnu(h 1901, pp. 3Oí y 1083; Tf%mm& 1903, p. 396. "' -. 1896. p. 296. ' 2 4 ~ ~ ~ d s p a d c ~ & d r u d + & ~ ~ ~ h ~ q u e a ~ ~

~ b a m n d ~ V I I . 125 arr.lñol3.tl.nh.13,Mh*a,25&nuno&1906,r.p.;h~&190(>.~.

2: 1901. r. L m. 2% 3M. RMKa. 1913. t. 2. p. 29.

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Nuestro personaje fue hombre de armas romar por lo que figuró en uno que otro lance de honor. El que mereció más atención h e el que tuvo contra el coronel Francisco Romer~.'~'

En 1896 vivía en la cuarta de Zarco número 11 11; en 1899 en la se- gunda de Artes número 2022 y su bufete estaba en el Hotel de Irurbide. Su casa en 1903 estaba en la prolongación de Naranjo número 6 y, en 191 2, en el número 24 del segundo tramo de la misma calle, Colonia Santa Ma- ría, Ciudad de M k l l c ~ . ' ~ ~

Esteva casó, el 21 de mayo de 1898, en el Sagrario de Xalapa, con Met- cedes Canovas y Pasquel.129 Fsra setíora nació en Xalapa, el 16 de abril de 1874 y estaba emparenrada con casi todas las familias notables del estado de Veracruz.

Guerra sefiala que en julio de 1914 se exilió en Fspaiia y que murió en diciembre de 1914. En cuanto a lo del exilio creemos que este autor con- fundió a don Adalbeno con Robcrro k Esteva y Ruiz, el cual sí pasó a la península después de haber servido a Huerta.'30

Murió en Barcelona el 30 de julio de 19 14; era cónsul general de nues- tro pafs en aquella ciudad

3.1.1. Sw obras

Dejó, además de artículos paiodísticm y mlaboraciones en EIRrprOduculrde Orizaba, EINaMM1: E1Ertrrrtltrrrcy Ea RNirta APJ las obras sig~ientes:'~'

1. "Juicio critico sobre la anterior disertación", en La Ecwh k]urú- pruah02, l, Quincenal k Dmcho y Lrgükidn, t. 1, Mbico, 1887, pp. 58-60 y 69-71.

El trabajo comentado versaba sobre las acciones nacidas de delitos.

12' Escu~mo, 1936, pp. 226-229. M o , 1912. p. 164; FIGU~OA, 1899, t. 1, pp. 623 y 643; RUHLAND, 1896, p.

115. ID &&iW & (P pu- del Siignrn de* fjbm de mammonior & noviem-

bre de 1897 a a b d de 1904.22~. DOEUM, t. 129, núm. 30, México. 5 de diuembrc dc 1913, p. 296.

'3' &&m& de lu hnm ya B& vánsc DicRDM>io Po& 1986, t. 1: PWUEL 1975, pp. 231-232.

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68 LA LEGISLACION MEXICANA DE DUBLh4 Y W U N O

11. Eldurlo. Méxiw. Oficina Tipogtáftca de la Secretarfa de Fomento, 1888.

Este t a to sirvió wmo tesis para recibirse de abogado y se relaciona w n la moda entonces imperante de batirse por los h a d o s puntos de honor.I3"

111. EIlibm &famor 1885-2888. Méxiw, Oficina Tipográfica de la Se- crrarla de Fomento, 1891.

Esta colección de poesías ganó la medalla de plata en la Exposición Univcd de París de 1900 y estuvo expuesta en la internacional de San Luir, M i u r i en 1904.

IV. El libm a9d ponh. Barcelona, Maucci, s.f. El prólogo está fechado en 1891. Existe otra edición impresa por EU-

sebio Gómn de la Puente, Mhriw, 191 1. V. Can Mo& h b k : Libm m'onal k Lmcm amgLYfopor.. . obnr

apmbaakporcl G q o Cupmiork Insmución Púbüuc pana S& a¿ t c x ~ m b a ~ c h mnnicipahy nacionaksprimah dríDiimmto FelfcmIy tmb* k Tqu y Baja C1hfÓmk Méxiw, Oficina Tipogr;(fica de la Secretaría de Fomento, 1893.

Esta obra recibió nuMs ediciones tiradas por la Viuda de Ch. Bouret, México-M: 1897 (segunda), 1899, (tercera), 1903 (cuatta) y 1905 (quin- ta). h v o apucsta en la Internacionai de San Luis, Missouri en 1904.

VI. 'De h pomcibn de armas. Opinión dd wnsrimcionalita Vallar- ta", en ED, 3. C p o u , t. 4, núm. 38, Méxiw, 15 de octubre de 1893, pp. 593-596.

WI. 'Biognft del señor iimciado Prkdiiuio Dfaz G o n d n n , en RLI.

t. 6, M&, enero-junio de 1894. pp. 565-572. WII. MeWco pdruo: nrkrción kponiar CÍC+ k autom mmrmtm.

M&. Ofinna h p m n dd Tunbre, 1900. ' D h u s ~ dd señor dipuado.. . u>mbatiendo la pena de I ~ U C R C ~ ,

m W t. 19, M&, juliodiciembre dc 1900, pp. 487-497. X MeWcopinaaa~o. Anmbgfu dc am¿&s dctmptiws k l p a k México,

~ ~ ~ G ~ k E u r o p a d c ].Aguiiar~my Campafil%S.m C., 1905.

XI. hmlqCh MMML Iióm a¿ Irmtm am&dopor d ü e 4 . . . Pa- rL-Mhico.Gbrcr&&LV&dcCb. &rum, 1910.

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Existe otra edición de la misma casa tirada en 1912; Csta tiene un re- trato de don Adalberto (p. 402) y esta. dividida en tres partes: historia na- cional, artfculos descriptivos de la República (casi todos ya habfan apareci- do en 1905) y poesía nacional de autores muertos y vivos.

XiI. Con la colaboración del licenciado Genaro Garcia: D d o com- tifu~lanaL Obm a j w d u alpmgmma dc ía Iq vigmtc. México, Librería de laVda. de Ch. Bourer, 191 l.

Esta a la sexta edición; la -va h e tirada en la mismas prensas en 1913. XiII. Con la colaboración de José Pablo Rivas: EI Parnaro d a n o :

untologia compkta a% nrr mcjorcrpoe*rr con numerosas notar biogrdfias. Bar- dona-Buenos Aires, Maucci, 119. ..], 2 tomos. m. Dmcho ama,! No hemos visto a t e trabajo. MUSACCHIO, 1994, t.

2, a quien Arma que d e .

3.2. AhF Dubkin y Maza

Hijo de Manuel Dublán y FernándezVarela y de su esposa Juana Maza, na- ció en Oaxaca, Oaxaca, el 21 de septiembre de 1865. Fue bautizado en la parroquia del sagrario de dicha ciudad el 2 de octubre siguiente; sus padri- nos fueron José Vidal Maza y Candelaria Mald0nad0.l~~

Estudió la preparatoria en la Escuela Nacional Preparatoria y se le ex- tendió d certificado conclusivo el 30 de noviembre de 1882. Pasó a la Es- cuela Nacional de Jurispmdcncia donde obtuvo calificaciones dgo más que medianas. Por m n e s que desconocemos su permanencia en la aulas no fue h normal (seis añosk se examinó del primer año d 29 de octubre de 1883, dd segundo el 24 de octubre de 1884, del tercero el 18 de mayo de 1885. dd cuarto el 23 de octubre d d mismo &o, del quinto precisa- mente un año después y del último el 16 de mayo de 1887. Su práctica profesional lo Ucvú al despacho del licenciado Emilio Pardo (hijo), uno de los más d l ebm abogados de su aempo, y a los juzgados capiralinos quin- to & lo civil y tercero de lo uimid. Su examen profesional ocurrió d 23 de agosto de 1887 y en t I leyó una disertxión Uamada Historia drldnrrho

'3' m o . libm de tnUóuws de mmw de 1865 a abril de 1866,116~. L. partida x ~ p u . d c O r M d f o c n v a d c ~ d f o .

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penalque permanece manuscrita. Su titulo se expidió el 29 o 30 del dicho mes y año.'34

Dublán perteneció a la Liga de Libre Pensadores, al casino de la Sacie- dad de Abogados (2 de enero de 1890, posfulado el 14 de diciembre del año anterior) y fue socio correspondiente en el Ditriro Federal de la Aca- demia Mexicana de Jurisprudencia y Legislación (elegido el 19 de abril de 1895, aceptó su designación el día 26). En 1903 era oficial de la Secretaría de Educación Pública.'35

Dublán fue nombrado vocal propietario de la Junta de Vigilancia de Cárceles del Distrito Federal el 6 de enero de 1900 para el bienio 1900. 1901. También ocupaba este cargo en mana de 1905; lo abandonó porque tenia programado ausentarse del país por ocho o diez

En 1892,1896 y 1899 residla en la casa que fue de su padre (número 9 de SantaTeresa). En el primer aíio su práctica pmferional debe haber si- do exigua ya que sólo pagaba un peso mensual como contribución directa. En 1899 su despacho se hallaba en la primera del Sur número 1014, por tanto, debe haber tenido suficiente trabajo que justificara el gasto de mon- tar un espacio profesional fuera de su domicilio. Para 1903 y 1905 despa- chaba en El Centro Mercaritil.I3'

12.1. Sur obmr

Además de la pieza relacionada en el número Vde las obras de Esteva, Du- blán escribió:

l. Gcm'iúa a¿ insimcciiln dvica. apmbada por rl u > q k Superior & Iris-

'" -u, aps. de alumnos n k m s 1689 y 16155; C R U ~ , 1903. p 4 lfimu quc se mibi6 d 7 de scprimibre de 1887.

'" A H W , m n Sociedad de Ah>adm, -'Cuino de b Saiedd de Abogados. Li- bm auUliv de N e n a pundua de los soúm. M&¡-, 1 dedi&,,,& d~ 1889', p. 1 10, " W t m de d o s que no pnenarn a b Soaatd de -m", 3v (mbm en cara+-

ción); ACADEMIA MEXICANA, 1897, t. 2, pp. 2% y 321: 1903, p. 6; VuVERDb 1989. r. 1, D. 448.

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WS AUTORES: APUNTES BIOBIBLIOGRAFICOS 71

trucción Pública, corno obra de texto. Mexico, Tipografía de Dublán y Comp., 1892.

Er un folleto de escasas 5 1 paginas de poca importancia. 11. "Examen de nuestras leyes sobre los juegos de azar. Examen del ar-

tículo 2, inciso IV, de la ley de 27 de mayo de 1886". en RI/, t. 2, México, julio-diciembre de 1889, pp. 397-41 1.

Nació en Cdiacán, Sinaioa, el 28 de agosto de 1857, hijo de Pomposo Ver- dugo y de Josefa de la Vega. Su familia e n una de las más distinguidas de la región y tenía una larga tradición letrada. Por ejemplo, Pedro Verdugo Chiva y k m e z de la Bandera (Cdiacán, 1788-Mbico, 1862) fue aboga- do de la Audiencia de México (181 1) y varias veces senador por Sinaloa; fue hijo de otro abogado, el licenciado Pablo Verdugo y Cháva. TambiCn fueron abogados Felipe Verdugo y Chiva y José Manuel Góma de la He- rrán y Verdugo Chávez; el primero sirvió como comisario del Santo Oficio y cura de Cdiacán (1738); el segundo nació en Cdiacán en 1768 y fue w- legial de San Ildefonso de México y miembro de la Diputación Provincial de Sonora (1822-1824).

Los Dc la Vega no eran menos notables, tres hermanos apellidados De la Vega y Rábago fundaron familias que figuraron en el primer plano de la escena política statal durante buena parte del siglo

Además, su padre fue un sujeto que alcanzú notabilidad más allá del te- rnifio nortefio: por ejemplo, en 1876, lo hallamos en la capital de la Repú-

'?a 19S principia 'ente biog&oí imp- paca Verdugo son: FIGUEROA, 1899, t. 1. pp. 84-87 (wn fom de Venfugo y de su estudio-bibliouah PN, 1898, pp. 101-102 (wn un mntofoteg&co); VALVUU)E, 1989, f. 2, pp. 330-333.

No hemos +do ver F ~ i c ú c o Javier Guida, RNirm liymMr ro6n am'mm rim- hma. (Enw,wdrin> bh&&o). M&-, Imprenta, Li&a y Encuadernación de Ire- n w Paz, 1890, prllnen v. don& x supone mstc una noca acerca de Verdugo.

'S AGN, ramo QVU, f. 43,298fimma~. rama iiusrrc y Ral Colegio rxpr. p e w - la. núm. 288 y núm. 737; AUWDA, 1 9 5 2 , 8 2 3 i A ~ ~ m ~ y Mmmh 2M)1, p. 488; ANDWE. 1880, t. 1, p. 194; M*CUNE, 1978, p. 194; MAYAW~, 20021. p. 470 (do Pcdm Pablo Vcrdugoh MAYAGOIIIA, W b , m pmw; MORENOVAU.E. 1975. PP. 913-915,940,944 y 946; N w ~ l h 1952. pp. 41-68 y 125-127.

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blica wmo senador suplente por d Distrito Federal y Sinaloa, y segundo vi- cepresidente de la Sociedad Minera Me~icana . '~~ Fue diputado federal en 1884- 1885 y senador de la República en 1894-1 897.14'

Verdugo estudió la preparatoria en los seminarios de Culiadn y Gua- dalajara. t u circunstancia y el hecho de que entonces e n posible comen- ur los cursos pmfesionales sin tener oficialmente acnditadas todas la ma- terias prrparatorias. llmron a Verdugo a penosos trámites de revalidación que todavla no habla wmpletado al tiempo en que estaba por -inane d d cuarto año de los estudios pmfesionales (debla astronomfa y mlccs pnw).

lnlp86 en la Escuela Especial de Jurispmdencia de M á i w como alumno intano y r u p e m u d en agosto de 1875; lo segundo peque no habla senado su matrícula en d tiempo legal. En octubre de 1875 ya Mía terminado d primer CUM de los estudios para abogado y estaba por examinarse.

Se examinó en d estado de Modos el 14 de agosto de 1878 y recibió ru d& d 16 dd mimo mes y aho. Tuvo que ir allá, cosa no muy bien vis- a porque se pmiuba. w n d n , que en las entidades cercanas al Distrito Fedaal se a¡& menor a loa aspirantes a abogados, porque todavla se en- h u h a a problemas t a t a a la d i d a de sus estudios preparatorios.'42

La Únicos empleos en la administración de justicia que ocupó &ron, b m t c . d de XCYWU¡O inar iw del juzgado menor segundo de la Ciu- dad de México y, por h r c tiempo, d de defensor de oficio del minis- mio p u > b frdaal. Parad primero fue nombrado d 5 de noviembre de 1877 po< m dd i¡rcmáado Grlbcrto Gstcüanos; renunció d 30 de abil de 1878 porque pnaibo ntir de la apial."3 Obtuvo d otm empleo ntm&n& pro dap<á de su r<.lcepabn pmkional ya que htc nombra- d ~ ~ ~ ~ & ~ ~ d n J o & ~ d e o m í e m b r e & 1 8 8 0 c o n g i e ~ o d e 2 4 0 0 p ~ u o b . S i n m > b r u g a ~ y n b ~ n a m a c o n 4 e n e n e m d e 1880.

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LOS AUTORES: APUNTE5 BlOBIBUOGRAFlCOS 73

Lo desempefió hasta, al menos, 1888; quizá lo dejó en 1888 porque ese año sólo se le pagó una fracción de su sueldo. En octubre de 1884 intentd re- nunciar, quizá motivado por la falta de recursos con los que contaban los juzgados del ramo penal, lo cual hacía que los defensores estuviesen un tan- to desocupados. Sea de ello lo que fuere, al parecer no fue aceptada su di- m i ~ i ó n . ' ~ Esta ocupación estaba hecha a la medida de un hombre que, como Verdugo, posefa grandes dotes oratorias. La atención que entonccs recibían las causas judiciales por el público lector de periódicos y revistas hacia que los defensores de oficio fuesen sujetos W i y de cieno peso ,id.'45

D d 14 de octubre de 1886 al 14 de enero de 1887 fue catedrático in- terino de literatura en la Escuda Nacional Preparatoria; para tomar pose- sión de este empleo protestó guardar la Constitución de 1857 y las Leyes de Reforma. TambiCn fue adjunto por oposición de elocuencia forense en la Escuela Nacional deJurispmdcncia; p u l esta dax derrotó a Jacinto Pa- llarcs. TambiCn ensefió docuencia en d Seminario Conciliar de México. En 1903 se prewntó a la oposición para la cátedra de derecho constitucional en h Esuiela Nacional de Jurisp~dencia; por problemas relacionados wn d ejercicio profesional no pudo terminar su disertación, la cual versó sobre la aplicaci6n de las garantías individuales a las personas

Su actividad principal fue d ejercicio independiente de la abogada y su bufete, en 1887-1903, se mwntraba en la calle de Capuchinas número 8. A pesar de que sus wntemporáneos afirman que e n uno de los más con- &dos de la capid, en 1892 pagaba 610 ocho p s mensuales como wnmbuuón directa, d omw letrados wmo Pablo Marato y Luis Ménda, entmgaban 16 pesos m e d c s y lac que más wnrribuian -Ra- fael Dondé e Indalccio S h d u z Gavito- daban 2 0 . 6 m o se verá más adáante fue un postulante, mmo cualquiera de los que entonccs gaaba de algSn prrdiammto, cercano a los hombres de negocios amuijuos. Adc-

'* apr dcalumnu, núm. 1487; h ~ i c 1884, p. 203; 'Hcdrm d ivmd . m~f,2~Cprn,~7.MhKo.1880.p.20yt.16.Mb;im,1884,p.H)4,Mom.1881.p. 105; Tnsoleatn, 1883. p 162; TWOREIU, 1885. p. 249; T&%xw& 1884. p. 275: T~SORE- MA, 1886, p W dc la 1. hhi6n; TEOEW., 1887. t. 1, p. 243 y t. 2, p. 42: T~w>w!l.% 1889, t 2 197. "' A d l o . p i n ~ I n r ~ n t s d c ~ . 2 0 0 1 . " -. apr de p d . núm. 2676. V b la fkha W I 1 & ni b'<bliopfk

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más, el 21 de mano de 1892 fue nombrado abogado y consejero legal de la Legación de El Salvador en ~éx ico . '~ ' Verdugo, como su padre antes que 41, tambien Fue administrador de algunos importantes capitalistas, qui- zá el más importante de éstos Fue Manuel B 6 i ~ t e ~ u i . l ~ ~

En 1896-1897 la oficina de Verdugo era de las pocas que se anuncia- ban w n horario de despacho: nueve a once de la maóana y de tres a seis de la tarde.149 La limitación del tiempo para atender suele esm vinculado wn una clientela más o menos abundante. Por estos &os nuestro abogado so$- tuvo un ruidoso pleito sobre honorarios con uno de sus clientes: Jorge Car- mona, marques de San Basilio, riquísimo especulador y aventurero de la &poca. Verdugo k exigió 3 003 pesos más los gastos y costas. El asunto, más allá de 10 curioso o episódiw, multa muy interesante para la historia de las prácticas abogadiles porque en CI se a n d i cuál seria la legislación aplica- bk al wbro de honoranos por trabajos no rasados en el arancel vigente. &- te s61o se referfa a quehaceres vinculados directamente a cuestiones litigio- su y era de 1% además. las actividades del abogado podlriano eran mucho más amplias, en tanto que era tambikn un "hombre de negocios" y no súlo un postulante. Los casos wmo el que nos ocupa debian ajustarse, scgún Verdugo y su defensa, a la legislación general sobre contratos de prs- ración de servicios profesionales, i. r el capitulo 7, titulo 12, libro 3 del C6- digo Civil entonces vigente en el Distrito Federal, que establecfa el wmún acuerdo de las partes wmo primera regla para fijar los honorarios, pero ut-

mo en este caso no lo había habido. debia aplicarse el artículo 2408, el cual mandaba que a fata de convenio, los honorarios debian reguiarse según la costumbre del lugar, la importancia del caso, la reputación del y la riqueza del cliente.lw

Nuestro personaje fue oficial dc Instmcción Pública del Instituto de Francia (con d e d o a limar las Palmas AcadCmicas), miembro de la Bca- demia de Ciencias Sociales, socio activo de la Sociedad de -dos de México (29 de agosto de 1887. perteneció a la wmisión de derecho civil), academico fundador de la Academia Mexicana de Jurispmdencia y Leg'i-

14' .Vuicdad~ forniw", en 4 3. época, t. 3. núm. 13, Mbdco, 26 de matw de 1892. p. 208.

l M Y k c h ~ ~ ~~YE~soI", en E, 2* +a, t. 15, Mbrico, 1884, p. 193. '" ~~~6~ DE QNI'SBWONE~, 1892, pp. 1-5; RUHIAND. 1896, p. 304. '" EUUIDE. 1895.

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lación correspondiente de la Real de Madrid y corresponsal de la Sociedad Mexicana de Geografla y Estadística (19 de noviembre de 1894). Cuando la Sociedad de Abogados se hisionó con el Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de Mexico, Verdugo se incorporó en Cste (mayo de 1890); antes no había sido miembro.

Es importante destacar la labor de don Agustín en la Academia Mod- cana de Jurisprudencia y Legislación. Participó en ella desde las primeras gestiones que llevaron a su instalación (diciembre de 1888). Fue secretario de actas (12 de junio de 18891, miembro de la comisión de reglamento que redactó sus primeros estatutos, prosecretario (16 de diciembre de 1889), bi- bliotecario interino (mayo de 1894) y promotor (10 de enero de 1896). In- duso, cuando se formó un grupo de sujetos que invitara a Porfirio Díaz a la ceremonia solemne de inauguración y lo recibiera en ella, se exogió a Verdugo como uno de sus integrantes.

Verdugo figuró en diversas comisiones académicas, formuló las opinio- nes que le fueron requeridas, elaboró reserias bibliogr&ficas, desahogó con- sultas y defendió a dguno de sus miembros con ocasión de un juicio.'5' Tambidn promovió los congresos jurídicos nacionales que debían ser con- vocados periódicamente por la academia; estas reuniones se celebraron con el nombre de concursos científicos. Algunos de los temas que especialmen- te le preocupaban estaban relacionados con la unificación del derecho pri- vado en ia República y el derecho internacional privado. Elaboró la inicia- tiva del celebrado en 1895 y en 61 representó a la academia. En esta ocasión presentó un trabajo acerca de la responsabilidad penal y la moderna antro- pologfa -Lombroso, GaoFaIo y Ferri-, el cual dedicó al célebre doctor Manuel Flores, positivista amigo de los "científicos". En él criticó el deter- minismo y el n a d i s m o , al tiempo que defendió la tesis del libre arbitrio. TambiCn a p m n h ó k ocasión para defender la actuación en el campo pe- nai de la Iglesia m e d i d de las acusaciones formuladas por los historiado- res ilustrados y liberales y atacar las manifestaciones del positivismo en otros terrenos. Verdugo tambiCn representó a la academia en el concurso

"' Por cjunpla P( l i d Luis Gutünu Ovro quien fue acusado dc pmviuto en 18%. Guri¿rrn había sido ncepmidente de la Academia MaicPna de hgidaci6n y Ju- risprudaicia. "Sesión arnordinah de la junu dc gobierno, cclcbnda d día 26 dc fcbm de 18%". M 84 3. é p a , t. 7, núm. 8, Máico, 26 de fdrmo de 18%, pp. 113-1 15; ~ ~ M I A M-, 1897, t. 3. pp. 375-377.

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76 L A LECISUCION MWCANA DE D U B m Y I.OUNO

llevado a cabo en 1897, en el cual leyó un trabajo sobre ia jurisprudencia y la ley en la antigüedad y en la edad moderna.

Su atrahkima vinculación con la academia a lo que aplica que bu- biera publiado sus actas en KJ y, sin duda, una biografla verdaderamente detallada de nuatro personaje tendria que dedicar muchas líneas a su rela- ción w n esa institución.'"

Una de sus granda wnuibuciona, unto a la academia wmo a la hii- toria M derecho nacional, hit la edición de los documentos de la wmisión de la c o d i f i d n civil de 1861 a 1866. Luis MCnda habla wnservado una copia de todo lo que hic obligado a cntrcga~ a Mvrlnn de Castro tras la caí& M imperio y remitió a n- personaje, mediante caru fechada el 16 de noviembre de 1894, lar autógnfos siguientes:

1. Un tomo con la edici6n oficial del proyecto del doctor Sierra (1861) que wntcnla manuscritas las wrrecciona y reformas que le hii MCndn d o corrigió suc pruebas.

2. ' ~ w n r t n e s * de papel manuscritos de MCnda, Lacunza, Ramlm y Euudcm.

3. La redacción wmplera del primer proyecto de misión que abarca- ba dede d t f d o preliminar hasta el t l d o 23 del libro tercero, todo en 18 cuadernos manuscritos:

De estos audcmor d primen, que comprende el rítuio preliminar y el libm 0 sa d pudo de Irr pnonas, y el segundo sobre los bienes, la pro- - m pd, y sus difkenf~~ moditicacioncs que se hicieron al pn>yecro Fil. prrpVlt. la pn>mulgxi6n que de estos dos libros se hizo por d

Empndn Mpimiüio m 1866.")

vrrdugo~ w n d gnipo de lbogidos católicos de la ~udPd~Mbico.hdEunbiCnfiguruon~uir~uti~mz~rao-miun-

"' ~~ 1897, t. 1. pp. 107.139-142,364,496 y 547; t. 2. pp. 1% 160.381,390.391.444,U5.653,82S y 826: t. 3. pp. 6. 11-14.51-54,177-ll).L~ 189- 190,2ló220,341-3U. 353354.360-361,375377,380,381.411412.425~ 665472, 717-759 y 775-778. y r 4, pp 197 (& h ewmui. de um a p i d n &re Icgiiki6n & baqun que 00 hmo. duo). 261-263.292-294, 35&362,36&370.381.~~-451~ MtXÍfJ. 511,1ZO523,527,528.531-533 y 541-543.

IU L L l M C o d s ~ ~ . r n e o , ~ ~ t 6 , n 8 m . 1.MbxoMbxo8demf mdc1895.p.5.

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bro de la Sociedad Católica y de la Junta Nacional Guadalupana, profesor de la Escuela Católica de Jurispmdencia-, Agustín Rodriguez -presiden- te del Consejo Superior de la Sociedad de San Vicente de Paul, colaborador frecuente del semanario católiw í u C w y profesor de fa Escuela Cat6lica de Jurisprudencia, Francisco de P. Segura y Bonifacio Vega -autores asi- duos de úr Socieaáá GndEco- y Manuel María Dávalos, Arcadio Norma y Alejandro Viasefior -miembros de la Juventud Católica; Juan Bri- biaca, Manuel de la Hoz y Jos¿ Omega y Fonseca, quienes luego esnivieron vinculados con el Circulo Católico de México y de la Hoz con el Partido Cat6liw Na~ional. '~~

Nuestro personaje cambien NVO correspondencia con algunos minen- tes sujetos que militaban en las filas conservadoras y oitólicas europeas: el jurista Boday, abogado del dero francts, Cánovas del Castillo, Marcclino Mentnda y Pclayo y Alejandro Pida1 y Mon.Is5

bs ideas religiosas y políticas de Verdugo lo Uevaron a participar en so- nadas poltmicas. Por ejempio, acerca del divorcio, en la Exuela Nacional de Jurisp~dencia en 1883, donde sostuvo la indisolubilidad del vinculo, y en la SocKdad de Abogados defendió el viejo sistema de las legitimas en materia restamentaria.

Sus prcocupacion<s por las novedades jurídicas europeas lo llevaron a traducir 4 mismo o a prohijar la traducci6n al castellano de obras novísis- mas en su momento. Especialmente destaca el trabajo de Lyon-Caen y Re- n d t . Además, las notas a c m obra revelan un jurista muy al día en la pro- ducción jurídica mexicana. Desde luego dominaba la legislación nacionai sobre la materia mercantil, pem tambitn la jurispmdencia --cosa no tan frmitntc entre Ios atgetv mexicanos- y la d d n a nacional, e- mente ral y como estaba representada en revistas como ED. Verdugo m- bitn manej6 bien la doctrina extranjera, upecidmente autoics recientísi- mos itaiianos, como Bol&o y Scalamandrc, o franceses como ClCment, al cual ambitn tradujo.

G n a j o nupcias, d 19 de octubre de 1885, en d oratorio de una ca- sa de la Ciudad de Mbuco, con María de los Dolores de Rozas. Esta sebo- ra nació en h capid hacia 1860 y a hija de Anvasm S á d a y de JorC

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Joaquín de Rozas, sujeto acaudalado que fue miembro de la Lonja de Co- rredores de la capital (1 859). La casa de Capuchinas que por tanto tiempo ocup6 nuestro abogado fue de su suegro; quid tambidn de dl provino par- te de la colección de arte de Verdugo. A ello apunta el hecho de que Rozas figurara, al menos en 1859, como miembro de Junta Superior y de la Jun- ta Ditcctiva de Lotería de la Academia de San Carlos.

Verdugo murió de tifo en la Ciudad de Mtxico el 8 de mano de 1906 y hte sepultado en la cripta que poseía en el Panteón Francés de La Piedad; frente a su tumba los licenciados Fernando Vega y Luis MCndez pronunua- ron sendas oraciones fúnebres. Su posición económica d d o g a d a le per- mitió reunir una fantástica biblioteca que hoy se ha dispersado y, como ya se apuntó, una importante colección de arte. Se ha dicho que una parte de sus librw pertenecieron a los licenciados Pedro Ruano y Ezequiel Montes, quienes los hablan comprado en Roma, donde hablan formado parte de una biblioteca cudenalicia. 'M

3.3.1. Sur obm

Verdugo colaboró con la Rrvirax NafiomLde Lrmtr y Ciencias, fue editor de ED y fundador de =J. F.s su participación en las dos últimas revistas lo que especialemente nos interesa. ED sc fundó en 1868. Se ha dicho que Verdu- go fue su redactor desde al menos 1890; sin embargo, en 1891 era director --con Antonio Ramos Pedmcza- y el redactor en jde e n Manuel de la Hoz. Lo encontramos como director propietario, junto con Manuel de la Ha , en 1894-1896 en 1897 d o era el propictano y el dinctor era el li- cenciado Francisco O'ReiUy. Al aho siguiente y hasta d menos 1905 está

-te Como dinvtor y propietario; en 1899 era tarnbitn d redactor Y editor.

u> ga6 de un discreto pero prolongado apoyo oficid. W 20 de no- *mbre de 1891 Verdugo inició, can el romo primero de lo que pvrcc ser la última ¿poca de la misa, una serie de contritos de susfnpción celebra- ~ D S con b kxcmrla delusricia, ya por 30, ya por 25 ejemplares. Como a-

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da una importaba un peso, Verdugo obtuvo 3 015 pesos entre noviembre de 1891 y julio de 1893 y entre julio de 1895 y julio de 1905. Ahora bien, una parte de esta cantidad debe estar representada en los 1 900 pesos de subvenciones, cuyo origen desconocemos, que Verdugo recibió del ramo de Instrucción Pública entre julio de 1894 y julio de 1900.'57

La revista que mejor refleja los amplios intereses de Verdugo es la LC~.

Ésta se fundó en junio de 1897 y sustimyó a ED como el órgano oficial de la Academia Mexicana de Jurisprudencia y Legislación. Contó con seccio- nes doctrinal, de crítica jurisprudencial (con los juicios de Verdugo acerca de los taIlos que pensaba más relevantes), de oratoria forense (miscelánea de degatos notables) y de jurispmdencia escogida federal, penal y Además, habla una sección llamada obras de derecho donde se publicaron libros enteros de autores extranjeros, algunas veces traducidas por el mismo Verdugo, y documentos de positivo inter6.s para la historia del derecho na- ci~nal.'~' La publicación se suspendió temporalmente en 1899-1300 y, de- finitivamente, según Clagett-Valderrama, hacia 1908. Nosotros creemos que concluyó algo antes. El ario de 1903 es el extremo final de las series que hemos examinado. Ciertamente debe haber terminado en o antes de 1906, año de la muerte de nuestro auror.16"

l5' A&& de los enubcrados de EO AGN, ramo instmcción pública y bellas mes, a- ja 235, ap. 52, caja 237, ap. 33, caja 237 bis ap. 14, caja 251, aps. 5,26 y 38. caja 252, cxp. 12; CRUZADO, 1905, p. 258; FIGUER~A. 1899, t. 1, p. 725; TESO RE^, 1896, c. 1, p. 306; TESOW, 1897, p. 330; TESORE-, 1898, pp. 333 y 604; TESO-. 1899, p. 33% TESOW, 1900, p. 334; T ~ R E R U , 1901, p. 342; V N ~ E , 1989, f. 2, p. 332.

'" Sec06n "vil 1897-1903,7 tomo.. Sec06n federal 1897-1903,7 tomos. W 6 n pcnd 1897-1903.7 tornos. ScccMn doctrinal 1897- 1903.7 comw. Secci6n dc ontorii fo- rcnw 1897- 1903,S tomos. RNGuI Critica &/u?'ipn<dmnn o> MaUM F a h L 1897. torno 1, único publiado.

' 5 9 Por ejemplo: 1. Midn &Ipqrm & cddP civil mCnr<zno &ldocmr don/tu@ S h p r h comirión

-por brsciiom n i n h &]wi*ia I * d & n / n I r TSIdn (pmihtl). wcaksücrn- c i d o s &nJod Mar& Lacunus da kMndit Rnmfm dm Pedn fin<drm y fihdnm y don Lui< Mhda (wntnrio), dunank los aiu>r & 1861 a 1866 Mórico, Tdmr de la Libda Rc- iigiosz 1897, wmo 1 (&te un. tirada de 1900).

11. .Wo>vf & h Aradnnúr Mmkma klurirpnrkneiay í q i s k 6 n campo&# & h &al &M& Mbdco, Tdcm de h Libretía ~ g i 0 1 3 . ~ T d u a de la Ciencia Jur-m, 1897-1899,4 wmor; CIAGETI, 1973, p. 422, dice que son Uctc tomo. y que b impmi6n tuminó en 1903.

'" C U G ~ . 1973, pp. 413 y 422423.

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Muchlsimas obras oriL;indes dejó Verdugo. TambiCn fue traduct~r'~' y editor, anotador y wntinuador de trabajos de bastante Enseguida cnumemos las que wnofemos:

Conoucmos: 1. Rvual Fiorc. 'Efatos intcrnacionala de las wntencias dc los tribunllcs", m W, t.

3. México. cnero-junio dc 1890, pp. 45-122. Al p- intentó la dc Pvcual Fiorc, Dmh i n m k n a l p r i d oprinrIpwspam

m o / w &S n>npiMr mm kr <L'mms Igrlacionn m m& & dmrh rivily wmmialquc dcbh publicane como follcrln de m. L t n d u d b n que x proponía e n de la edición itdia- nade 1878 ("Aviso", ED, 3*Cpra, t. 6, núm. 15, México, 22 deabril de 1895, p. 2441. Sin mbugo, d l o hemos v i s t o s a obra cn la vcnión de A Gvch Momno y nada dice acerca de nustm autor. Fue publicado cn Mbico, el tamo primero en 1894 por ED (Imprcnn y En-dcrnxdn dc Muiano Nava y Cornplhh) y cl v n d o en 1898 por LU

II. Rul CICrncnt. .!A -u mminrr. Máico.Tallem dc La Librcih Reliewz 1897. 111. CMa ~ ~ o n C a c n y L. R e d t . h4and&dorrho c o m i a L M¿&, ~ a l l c m de

L CimcL Jurídica, 1899-1902.2 tomos. Xcnc un prefacio y non. de Verdugo. N. Hcnri Allm, T d & bspaunur & invmcidn Máica, Tdlers Tipogrifiws dc

El C o m bpaúol, 1903. Contiene notas referente d dcmho nacional. V. B. van Wencr, h ob/igmknn m drrrch m W M , Mbiim, Tdicm de C o m B-

pahol, 1903. Tiene nora dc Verdugo sobrc cl derrdio nacional. M. G i m n i Patcri, Ln rmicdadandnim. f i n d i o udkoprkn'co rimMmd<r & mmm-

urie dlibm I, t/n<Io K, capin<Io l e &l C6di6 & Comercio idinno y datido r ~ p c d m m - a a bs Mion*rrr, adminisrmdDm, &mnomy sldicos & kr son'cdzdcs & nrghum. Mhdc~, El Cnm Erpaiiol. 1903, tomo 2.

El primcr romo fue traducido por d licenciado Fnncivo O'Reillp sojo dc Verdugo ui E4 ambos m n u n con notas sobrc b kgislación macantii nacional.

Es posible que V e r d w umbién haya traducido: l. W. Bciime, T d &/dorrho &pomYndn y & kr &nbp0~10*. México, Talle-

ra dc L Ciencia Jurfdiu, 1901. No t n e non. de contexto ni nada di- sobrc quiCn fuc el tnductw. Se murni6 como folldn: "Aviso", cn ED, Y época, t. 6, niun. 15. México. 22 dc abril de 1895, p. 244.

11. T.M.C. ilucr y Alfonso Rmer, Dmih intcrnmfonalpriuruía. MMtúco, T d e m de L Ciencia Jurídica, 1898. M.&. bajo L dirccci6n de nuatro autor. F m & de Gucia t&,o:

1. Julio f i i . Lm kgitima drfmvr o rnvdio k chti~,k& Mtxico. T d c m de L Ciencia Jurídica 1899. Gxíc de noar dc contexto; hay e j m p L r a con d año 1900 m

p o d . '" Ciitó: 1. H*mrú &l bp Emnalnmío C 0 ~ 1 ' w d i 1 8 % ~ 1857. Emrno a+ &

nrr YI+NIY donimnmrprlrncntarios k la Cporapor ik&~ Znro, ,di&& con & kr F h n a y cansdNM& pnmn&a&u h mmms dln* M&. T d e m dc L Ciencia Jurídia. 1898-1901,5 tomos.

11. f%mmms de rlon<mrirrfimue. México, Talleres de L Cinicia Jurídia, 1898.

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LOS AUTORES APUNTES BIOBIBLIOG~FICOS 8 1

1. "¿El articulo 2057 del Código Civil, es aplicable a las hipotecas an- teriores a su promulgación?", en ED, 2' epoca, t. 1, núm. 27, Mbrico, 8 de julio de 1871, pp. 325-327.

11. DUmrso drlsníor ücmnado don.. . sobn el divorcio, pmnunciado m & ficuc& fipecial de jurispnirtntcia México, TipograHa de G.A. Esteva, 1883. Está reproducido en la pina número XLII.

111. Tnk sobn kz elorucnciapnrmtada aljurado kpmjkons m & oposi- cidn a kz cdtcdm de Liieanrra y WonunM F o w . Mbriw, Imprenta de Francisco Dlaz de León, 1883. Erta reproducida en la pieza número XLII. N. Con la colaboración del licenciado JosC Portillo: Rincipior de dm-

cho civil mexicano commtado sgín lbs mds c¿&bm jurisconsultos, Lir antiguas /.Ud mmanasy cspatloLuy Lu +cuto& de .los dirnos mmbu& de & Rcpri- blica. M G w , Tipogda de Gonzalo A. Esteva-TipograHa de Alejandro Mar&-Imprenta de El Derecho, 1885-1890,5 tomos.'63

Piezas producidas en distintos momentos para este trabajo se publica- ron aisladamente.'" Fue reproducido himilarmente por el Tribunal Su- perior de Justicia del Distrito Federal (México, 1993), con una presenta- ción firmada por Saturnino Agüero.

Verdugo pensaba comentar todo d código de 1870 con referencias al de 1884 pero no llegó m& allá del libro primero. Sin embargo, de las obns jurídicas escritas en el periodo independiente es, sin duda alguna, de las más meritorias. Ello gracias al dominio que Verdugo tenla sobre las fum- t s del derecho privado nacional, tanto antiguas wmo modernas, al iguai que por d buen juicio que solía manifisar aun en los puntos más dificiles y wnuovemdos. Las limitaciones de este trabajo no nos permiten decir más, lamentablemente, todavla espera una pluma que le haga justicia.'65

V. *La. übemd de mar. ¿El principio de la libre tmen t i f i c l o6n es, desde d punto de vista j d d i w y econ6mic0, prefníble al de las le+$¡- -?", en RLJ, t. 1, M&iw, enero-julio de 1889, pp. 557-573.

'" VALWE, 1989, t. 2, p. 332 diD que ron seir tomos pero H no vio la obn la Por ejemploO w AGWFMM MEXSCANA, 1897. t. 2, pp. 39-59 y S122 pAgk

~ n l d i u o r c i a '65 FluainmocjurUPMsaudBojaMutcneprpMba,altKmpode~decso.un

mbajaabrrvcrdy~a k o b n ~ b i 6 L w d z ~ ~ r n L t r e v i a n s ~ d e ~ ~ p . p o r e j n n -

pb: Rphd G. ümn* 'BibliqgP& Apuites sobre d m m cunm, de lar Rincipia k &- d a durdaaE, en RU t. R MbLo. amo-junio de 1890. pp 155-168.

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VI. '12 COY jlUQPdl y el proceso Ectrella", en RI.J, t. 3. Mhiw, enero- lunm & 1890. pp. 116-122.

WI. 'De la cosa j+ bajo el punto de vista de la identidad del he- ho~.mtrhJ.Cpra,r. I.núm. 1,Mhiw. 1 dcmayode1890,pp. 11-13.

V111. 'FJ wntrato de comisión y el delito de abuso de confianza". en rrs 3. +oca, t. 1, núm. 7, Mhiw, 6 de septiembre de 1890. pp. 97-98.

W. 'Competen& ennc ios t r i b u d a de dos arados de la Rrpúbliu", m ra3.época. t. 1,núm. 7, Méxiw,6dcseptiembrrde 1890,pp. 100-101.

X 'Rni & jurirprudcncia". en ED, 3. época, t. 2, núm. 7, México, 8 dc mvco & 1891. pp. 105-108, núm. 30. México, 24 de octubre de 1891,p.449ynúm.36.M6Uw,5&dicKmbrede 1891.p.547.

M. 'Prisión p-un y pena", en m, 3. época, t. 2. núm. 21, Mhi- w , 2 2 d c a p t o d c 1891, pp. 321-322.

XI1. 'De la l ibmd bap auU6nn, en ED, 3. ¿poca, t. 2. núm. 27, M¿- tUo.3&ocn>brcdc 1891.pp.401-404.

Mil. 'La patria po tes4 y los derechos de la madre", m ED, 3* ¿F. 1.2. núm. 33. México. 15 de noviembrede 1891, pp. 496-500.

XIV. 'La v h ejecutiva en lu obligaciones civiles", en m, 3. Cpoca, t. 3, núm. 4. M h m . 23 de enem de 1892, pp. 49-51.

XV. 'Rnirci dc jurirpnwtmcia", en m, 3. época, t. 3, núm. 11, Mhi- m. 12 dc de 1892, pp. 161-170, núm. 26, Mhriw. 25 de junio de 1892. pp. 401-408. núm. 44, Mkh , 29 de o d r e de 1892. pp. 689-697 Y núm. 4, M h m , 12 de noviembre & 1892, pp. 721-728.

m. "Apunta dd degato pronunciado por d abogado que susibe ~ h m a n s a h d á T r i b u n a l ~ r d d ~ ~ u i ~ . m d juifioejcatm~~n>- morido pa don ñQioo C. Rnnlm conm d doaor don Angel Gipio", m m 3. t. 3, núm. 7, M*, 13 de febrero & 1892, pp. 97-100.

XVII. *Apunta *U> que pramta d que suscribe, wmo Ibokr- ~ ~ ~ J ~ ~ a i d j u ~ o ~ u m y i o ~ u e h p e n ~ l u i o w n t n d *J. C-tin. robn: aunplimhto dd wntrato, pago de d?hw y pcrjui- * in- Y E 4 3' (p>q, t. 3, n h . 9, Mhico, 27 de M>=- m& 1892.pp. 129-136.

XVIlI. Pruia, *Apunta de +to p-nudos a la segun- & * & ~ r i w s~pC(iOr p los dores liu:naadm Ramón m Y A g i w f a V ~ 9 ~ l a * & h ~ n i n t v p l r d o n ~ o r ~ d e b ~ f ? l r d a , d d w t o a i q u c d j w z o a r . r o & b ~ & & d p r a

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crita la acción penal en el proceso instruido contra Felipe B. eórdoba, acu- sado del delito de falsificación", en ED, 3a época, t. 3, núm. 9, México, 27 de febrero de 1892, pp. 136-141.

X I X . "Estudios sobre legislación rnunicipd", en ED, 3.2 epoca, t. 3, núm. 14, México, 2 de abril de 1892, pp. 209-21 1 y núm. 17, México, 23 de mayo de 1892, pp. 257-259.

XX. "Informe pronunciado ante la segunda sala del Tribuna2 Superior del Distrito Federal por d abogado que suscribe, como defensor del seiior Daniel M. Burns, acusado de fraude wntra la propiedad, en el incidente sobre libertad bajo caución protestatoria, que le fue concedida por d sefior juez segundo de lo criminal", en ED, 3' epoca, t. 3, núm. 16, Méxiw, 16 de abril de 1892, pp. 241-244. m. "Ante la ~ m b a del licenciado Ramos Urrea", en m 3a tpoca, t.

3, núm. 22, Méxiw, 28 de mayo de 1892, pp. 347-348. Está reproducido en la wlección que se halla bajo el número XLII. XXII. "De la venta de los bienes raíces del hijo por el padre", en m, 3'

época, t. 3, núm. 23, Mexico, 4 de junio de 1892, pp. 353-356. XXIII. "Sección de consultas", en ED, 31 epoca, t. 3, núm. 41, México,

8 de octubre de 1892, pp. 644-650. m. "Interpretación del mícuio 534 del Gídigo de Comercio", en

m, 33' epoca, t. 3, núm. 41, México, 8 de octubre de 1892, pp. 650-651. XXV. "Informe pronunciado por el abogado que suscribe en wntra del

recurro de casau6n interpuesto por la sehora Marfa Mateana Zubieta, de la sentewia de la cuarta sala del Tribunal Superior del Distrito Federal de 16 de agosto de 1891n, en ED, 3 epoca, t. 3, núm. 48, México, 22 de noviem- bre de 1892, pp. 753-758.

XXVI. Dejima k Enrique Rodc. Méxiw, 1892. No hemos visto esta p i a a Fue anunciada su venta en ED, 3* epoca, t.

3, núm. 38, Máico, 17 de septicmbn de 1892; quizá sea la misma "pro- ducida en d númem XLII.

m I . "Revista de jurispmdencia", en ED, 3. Cpoca, t. 4, núm. 3, M& xiw, 22 de enero de 1893, pp. 33-37.

XXVIII. " j C d es la ley que debe regir las testamentarlas ab intcrta- tosobrcinmucbfes desde el punto de vista del derecho internacional pri- vadon, en m, 3. C p o a , t. 4, núm. 8, Méxiw, 28 de febrero de 1893, pp. 113-115, n b . 9 , M¿xiw,8demuu>de 1893,pp. 129-133, núm.30,

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Máico. 15 de agosto de 1893, pp. 465-469, núm. 40, MCxico, 29 de oc- cubre de 1893, pp. 625-629 y t. 5, núm. 5, MCxico, 8 de febrero de 1894, pp. 65-70.

Verdugo us6 a te ta to para un d i u m en la Academia y éste x ~ubli- E6 a m o folleto: D k m robn la Iry q w drbc ngir lar sucaionrr urtammta-

r iu o ab intauto rn binvr inmwbk elpunto dr vira drl d n c h inm- Mcúna lpnd , M p o r cl ,%mckaÓ ... anu la AcAh Mcxicam di / n r i $ p ~ y L & L u U I n r o ~ ~ d r & Real& M a d d ~ ~ S C I ~ O -

M LhdlPI 14,21 y 28dCImc1dCabn'Idr 1894. M&co,Tipográfica de F. Barroso Hermano y Compaftía, 1894. Fstá reproducido en la colección que má bajo d número XLII y en ACADEMIA MWCANA, 1897, t. 1, pp. 14-82.

XXDC -Alegato pmnuncudo por el abogado que suscribe, ante d ju- ndo popular en la audiencia M 2 2 M corriente, en defensa de Roberto Knox y su cspav Ana B. de Knox, procesados por los delitos de esta& y u>-

nato de la misma", en ED, 38 época, t. 4, núm. 12, Mbico, 29 de mano de 1893, pp. 176-188.

MOC 'El proceso de los esposos Knox", en ED, 3~ tpo- t. 4, núm. 27, MCxiw, 22 de iulio de 1893, pp. 426-429.

XXXI. ' R e v i ¡ de jurisprudencia civil y mercantil", en w 3. Cpoa, t. 5, núm. 8. M&co,28 de &m de 1894, pp. 113-120 y núm. 10, Méxi- co, 15 de mv~ode 18%. pp. 145-153.

m I . ~ h f c u l o dd sdior lincudo.. . sobre k r l a s , abastecedora y h. pua d Dic* dr jurirpnrkncin y k g d a d n pairkw'', en &XD€UW EXUN UNA, 1897, t. 1.176185.

I'ma~udo d 8 de junio de 1894, mered6 una mención honorlfica de la ncldmiiz

XXXIII- 'Voto del sc(íor ecadtmiw iicenciado don. ..", en ED, 38 +o- 4 <. 5, n h . 24, M&w, 29 & junM de 1894, pp. 372-373.

Sobn: k~ que e la ~nmueb1e8 en distinros d o s M $. m. *Afticuk~ del &or bciado... sobre - del a n d o Ovil,

~ d D M i o n i M k - ~ ~ g t b n d n p a r r i a r " , e n ~ o \ o e ~ ~ M-.% 1897, t. 1, pp. 247-272.

P ~ ~ h r a i 6 n M 1 3 d e j & d e 1 8 % & ~ ~ c u ~ ~ M B i - -dci*NdcneiayL<.%LLrión.

-. ~~~m dda por d a b q p b que auaibc al sdior lKcnoP ~ ~ ~ ~ ~ M n m > q u ( n 8 u b r e ~ r r ~ f ~ * l ~ 1 1 ~ d d e d ~ ~ -

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dio mercantil", en ED, 3* Cpoca, t. 5, núm. 28, México, 29 de julio de 1894, pp. 438-441.

Acena de las acciones contra los tenedores de libranzas abstractas. XXXVI. "Discurso pronunciado por el señor licenciado.. ., en la ssión

del 27 del mes pasado sobre la cuestión de si pugna con la Constitución la ley que establece un impuesto y conmina con pena corporal su falta de pa- go", en ED, 3a epoca, t. 5, núm. 29, México, 8 de agosto de 1894, pp. 449- 455. Está reproducido en la pieza número X.11 y en ACADEMIA MEXICANA, 1897, t. 1, pp. 309-323.

XXXVII. 'íüegato sobre apelación del auto de bien preso, pronuncia- do por el licenciado.. . ante la segunda sala del Tribunal Superior en defen- sa de los sefiores Carlos W. Rood y Ricardo Agüero, la mañana del día 22 corriente", en m, 3a tpoca, t. 5, núm. 32, MQrico, 29 de agosto de 1894, pp. 497-505.

XXXVIB. "Discurso pronunciado por el señor licenciado ..., sobre el matrimonio de los mexicanos en el extranjero, sus efectos y condiciona pa- ra ser aceptado en nuestro pais", en m, 3* Cpoca, t. 5, núm. 35, Mexico, 22 de septiembre de 1894, pp. 545-558.

Pronunciado el 8 de septiembre de 1894 en la Academia Mexicana de Jmispmdencia y L.egislaci6n. Sostiene que 10s efectos de la transcripción d d acta de mammonio, establecida en el atdnilo 179 del Código Civil, se reuo- traen al momento de su celebración. Esta pieza es la misma que sigue: "El matrimonio del mexicano en el extranjero, según el Código Cid", en A¿/-ELJ,

año XI, México, 1894, pp. 213-235. V& tarnbien ACADEMIA MEXICANA, 1897, c. 1, pp. 401-432 y 547; acá rrpmducida en d númem XUI.

X X X X . ' D i i u m pronunciado por el señor Pcenúado don.. ., en la sesión celebrada el dia 30 de noviembre de 1894". en a 3. tpoca, t. 5, núm. 45, México, 8 de diciembre de 1894, pp. 707-712.

Sobre su opinión acerca de la naturaleza de las personas morales; véa- se tarnbitn ACADEMIA MWCANA, 1897, t. 1, pp. y 578-591.

XL. "Iniciativa presentada en la Academia de Jurispdenúa por el... pan la celebración de un Congreso Jurdico", en RL/, t. 7, Mbico, julio-di- cianbrc de 1894, pp. 503-516.

Vbse ACADEMW MWCANA, 1897, t. 1, pp. 532-544. XLI. $3 nulo cl contrato dr compra-mta dr cinto númm dr m a v s dr

~ n a mirta?iCuá/rr son los cfKtos dr csa m&uf? Consulta da& al&? lum-

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& &n Mjpul A. Ldpn M á i w . Imprenta de F. Barroro Hermano y <%mpahh. 1894.

Xl.II. L ) ~ ~ < M I . a ~ a t o ~ y nNdios jur&&s. México. Tipograna dc F. Rumu> Hmnuw. y (umpahh-Imprenta de El Siglo Diez y Nueve, 1894- 1905.3 tomol.

Cmu-unpróbgoddlicnwdoManuddelaHa,mdqurnrr- k. c.palimmtc. a Verdugo como orador. Raapila trabajos diminador en pmálar y &os. En d tomo pnmcm e d n las siguhm.. 'DWKO & d d i pmnunUdo en la EnicLi Nacional & Jurispn$mEaEa, 'Ti& & L. daurncií pracnt rL ai j u d o & pm&m en la oposi&n a L. dadn & titmnua y EbavncY Fomuc". ' D i pmnunciodo a ~ & I r S o a a L d & A b % p d r * c n d kntcóndeDolora ,m Lu hon- r i r ~ d d r l b r l ' ¡ d o n ~ L n d o & T e j r d a , a p m i d c n - tr&laRcpJMia",'SoaeMMaricana&Gsgnffay I%dkia,dun<r- m p o n e m la sesión mkmm dcdiadz a la memoria del señor kcnc ido e ingaiitm don Manud Omrco y &m", ' D i pmnunh- do ai i n h w n u r b, mtcs dd &r l i a r a u l o don Guilknno Rvnos U m magktraón dd Tribunal Supmor dd Endo & Sinalol", * D ¡ m pmnun- cida m la vbds htKbrc en honor dd señor iiinciado don Ignacio L Va- Uuuo&bnd.~laOnw&hPurriaLínochedddl?9deenlm& lBP(','Diwurn pmnuwiadoen la MPUds l a C o d d n d d í a 16de rplanbr. & 1879". 'Disuno pmnunádo m d Panteón de San Fmw>- d o d d h 5 & ~ p & 1881" , 'Duatnopmnu~d8dcxpMnbre~ 1892. m la ñcsu & ainpultcpa, pur mnmanorar la giotiosa jornada dd 8 de -de 1847". * D c h a & GuiUnmo G m i i por hommdio mandomhp.mn;l&EVacúr~>~(rp<ianbrr&1881),'Procm& ~ ~ r n ú c o t r c a a d ñ u w i r i o D G m o y ai f&~~~i l lcmtoPardo.por b,dditoi&hlr~abrdcbaermüítnraydcrrción~hniuddman@ p m a * ~ c m 4 p d o l p o r b r M h J a 3 5 7 5 ~ 3 6 4 6 & ~ O r d a > n r m ~ daddEiCraio"(ibrü& 1883),'DdimrddrfioroomndCi~ARdn- &.aado bkpmkf fmvíanbrc & 1886). 'Dúénsa dd señor lmYntc ~~An&rmPdD&hnnic id*>t~I&&"( -& 1890),'Ddrn- ~ d . ~ ~ , o u í P d o & h n n v i d i o r i m P l c " ( r n y o & 1889). ~ ~ ~ m b > d c d i a . m a L í c ~ n ~ d h ~ ~ ~ h . m n p n ~ & l u r d e p o d a n ~ d c i i a E L " W & 1 8 8 7 ) y ' ~ u r r a p ú ~ r d d ~ - - d ~ ~ ~ ñ m y i p D ~ a o " ( m r m & ~ r r d u l p ) .

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En el tomo segundo están las p i m siguientes: "Discurso académico sobre la ley que debe regir las sucesiones en bienes inmuebles desde el pun- to de vista del derecho internacional privado", "Dicurso pronunciado en ia Academia Mexicana de Jurisprudencia y Legislación correspondiente de la Real de Madrid en la sesión del 27 de jdio de 1894, sobre la cuestión de si pugna con la Constitución la ley que establece un impuesto y conmina con pena corporal su faita de pago", "Discurro académico sobre las leyes que ri- gen al matrimonio de mexicano en país extranjero", " D i pronuncia- do en la Academia Mexicana de Jurisprudencia y Legislación correspon- diente de la Real de Madrid en la sesión del 7 de octubre de 1894 sobre rdcac iones provocadas por el anterior", "Proceso de Enrique Rode por homicidio de su esposa Amelia Zorncza", "Proceso del alférez del Séptimo Regimiento don Agustfn de Iturbide, por el delito de murmunción contra el superior, previsto y castigado por el artfculo 304 de k Ordenanza Miii- tar" y "Alegato promovido en segunda instancia sobre el mismo proceso".

No hemos localizado ejemplar alguno del tercer tomo. Sin embargo, fue descrito por Emeterio Valverde quien posela un ejemplar. Tiene 432 pá- ginas y está en cuarto.'66

Hay ejemplares que tienen una fotograña del autor al principio del pri- mer tomo.

XLIII. "Revista de jurisprudencia civil y mercantil", en m, 34 época, t. 6, núm. 15, México, 22 de abril de 1895, pp. 229-244 y núm. 16, Méxi- co, 29 de mayo de 1895, pp. 245-248.

XLIV. "Alegato pronunciado por el sehor licenciado don Agustin Ver- dugo, wmo patrono de La señorita Raqud Ramond, partc civil en el jura- do de la Sra EIisa Faitletaz, acusada del delito de abuso de confianza, la ma- hana d d día 27 del mes pr6ximo pasado", en m, 3* epoca, t. 6, núm. 28, México, 29 de jdio de 1895, pp. 443-449.

XLV "Consulta dada por el que suscribe al sehor don Rómulo de k Torre", en ED, 3. época, t. 6, núm. 22, Méxiw, 15 de junio de 1895, pp. 349-352.

XLVI. "Consulta dada al señor ingeniero don M a n o Martína de Castro, sobre d cuestionario que a m n t i n d n se copia", en ED, 3a épo- u, t. 6, n h . 24, M k h , 29 de junio de 1895, pp. 379-385.

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Versa sobre servidumbres y sociedad conyud. XLVII. "Iniciativa prcwntada por el seftor licenciado don ... sobre

wnvoclci6n de un Congreso Jurídico Nacional, pan uniformar la legisla- ción civil en la República", en ED, 3* t~poa , t. 6, núm. 27, Máico, 22 de julio de 1895, pp. 428-433.

XLVIII. "Academia Mexicana de Lcgislación y Jurisprudencia (sic) u>-

mpondientc de ia Ral de Madrid", en ED, 3. Cpoca, t. 6, núm. 28, MC- xko, 29 de julio de 1895. pp. 437-443.

Es una respuesta de Verdugo a una consulta sobre ejecución de senten- cias extranjeras en M&w. Vtase wnbitn AV~DEMIA MEXICANA, 1897, t. 2. pp. 467-480 y 945-957.

XLiX. "Apuntes de alegato que prcsuita d que suscribe como apoden- do jurldiw & +os súbditos spaFiolla, ni d juicio sobre reivindicación dc algunos muebles y pyrkr que l a pertcnccrn como wpropiccuios de d ~ , m w n m dd C v i o Espaioi de ata ciudad que loo dctenta indebidamente", ni ED, 3. tpm, c. 6, núm. 30, México, 15 de agosto de 1895, pp. 469-475.

L. 'Diircurso del xhor licenciado.. . sobre el mismo tema [sobre e j a - ci6n de senrenciul" en ACUJEMIA MWWA, 1897, t. 2, pp. 769-787.

Pronunciado en ia sesión de 15 de noviembre de 1895 de la Academia Mexicana de Jurisprudencia y Lcgislación.

LI. 'U wntnto de cuenta wmente", en m, 3. tpoca, t. 6, núm. 45, M&iw, 8 de diciembre de 1895, pp. 653-658.

LII. 'L. responsabilidad criminai y lu modernas aaidu de ancmpo- lopfa", en w, t. 10. MQjw, enero-junio de 18%. pp. 358420.

Tmbitn x pubiicú en forma de foiicto w n d siguiente pie de impm- a: Máiw, Oí¡& Xpc@a de la S e c d de Fomento, 1895. Erisre una versión rinda en Mhíco en la imprenta del Gobierno Fcded m 18%. S610 hemw h t o un ejemplar del h p - en 1895.167

LIlI. 'Rcvi.~ de jur¡qm&n& uvü y mercantil", en m, 3. C p o ~ t.

7, n h . 1. MáOco, 8 de de 1896, pp. 4-8. LN. .Artl& para el fx&m'&, ,& ~ n Y j * r i r p & Abvr

dono =i6n0. m m, a>,T ¿poca, t. 7, núm. 3, MW, 22 de enero de 18%. pp. 33-35 y nlm. 4, M&W, 29 de encm de 1896, pp. 49-52.

TmbiCn p u b h d o ui &ADEMA MEUCANA, 1897, t. 2, pp. 741-755.

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WS AUTORES: APUNTES BIOBIBLIOGR/IFLCOS 89

LV. "Ehmtos a2 h c b o adminism~tivo por el sefior licenciado don Manuel Cmzado", en ED, 3' epoca, t. 7, núm. 5, México, 8 de febrero de 1896, pp. 65-66.

Tmbién véase ACADEMUL MEXICANA, 1897, c. 2, pp. 904-907. LW. "Las providencias precautorias", en ED, 3' epoca, t. 7, núm. 8,

México, 29 de febrero de 1896, pp. 115-1 17. LVII. "Bibliogmfia. Una obra nueva sobre el derecho romano publica-

da en esta Repúblican, en m, 3* tpoca, t. 7, núm. 11, México, 22 de mar- m de 1896, pp. 169-172.

Sobre Emilio Alvarez, Tabh ~indpticas a2 La historia nctmra c in- licl d m c h romano. Puebla, Imprenta de la Escuela de Artes y Oficios, 1895. Recientemente reimpresas por el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal gracias a los esfkems del licenciado Juan Carlos Góma.

LVIII. "Concurso científico de 1895. Tesis sustentada por el seiior li- cenciado don.. . , en representación de L Academia Mexicana de Jurispru- dencia y Legislación en la sesión del día 12 de agosto de 1895. La respon- sabilidad criminal y las modernas escuelas de antropologíaa, en m, 3~ 6poca, t. 7, núm. 12, México, 29 de mano de 1896, pp. 189-193, núm. 13, México, 8 de abril de 1896, pp. 205-21 1, núm. 14, México, 15 de abril de 1896, pp. 229-234, núm. 20, México, 29 de mayo de 1896, pp. 349- 356 y núm. 21, México, 8 de junio de 1896, pp. 369-373.

Tambien se publicó como folleto con el siguiente pie de imprenta: Me- xico, OficinaTipog&ca de la S e c m í a de Fomento, 1895.

LK. 'Dictamen emirido ante la Academia Mexicana de Jurispmden- ua y Legíslación, cormpondiente de la Real de Madrid, por el se601 licen- ciado don.. ., sobre k sentencia del Tribunal Superior de Justicia del esta-

do de Morelos, de 9 de enero de 1896 acerca de una cuestión de nulidad de manimonio por defecto de consentimiento en uno de los contrayentes", m m, P época, t. 7, núm. 24, México, 29 de junio de 1896, pp. 429-434 y núm. 26, Mbrico, 15 de julio de 1896, pp. 469-472.'68

'" Una rtpiia t ate arito: F m & Omiiuios, "Conteitlnón d dictamen emi- rido por d sefm lirmudo don A p d n Verdugo anu ia Aadcmia Mexicana de ~ M N - da& y LgirLsi6n. comqmndima de ia Rol de W d , sobu la scnrnicu ddTribuhzl Svfmior de Justicia de er». d o , pmnuncizda de 9 de cncm del pnvnv &o, nazca dc una d 6 n de nulidad de matrimonio por dcfaño de u>~u>umimto de 10s wnmyenm", m m 3.- t. 7, núm. 36. M&. 29 despOcmbre de 1896, pp. 637-639 y núm. 37, M&, 8 de oaubm de 18%. pp. 649453.

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90 tA lK.ISLA<:ION M E X L W A DE. OUBUN Y U>UNO

LX "Marcas de fábrica. Apunta de alegato pronunciado por el sehor licenciado don.. .. ante la segunda sala dcl Tribunal Superior del Distrito Federal, los d lu 3 y 5 del corriente, como abogado de los sehores E. C?bu- sut y Compafih, panc civil en cl pr- que se instruye por el sehor jun quinto correccional. w n motivo de la falsificación de la marca d d Vino de San Rafael", en m 3. C p o a . t. 7, núm. 27, Mtxiw, 22 de julio de 1896, pp. 489497.

V k A w u r u MWCANA, 1897, t. 3. p. 577. W. 'Informe rendido a la Academia Mexicana de Jurisprudencia y

LcgtrLación por el sefior lienciado don ..., sobre la obra Conflwor dc Lt b- gislarión en mnrniapn>rú por Grlos Bmcber, traducida y ano&, confor- me a la l+in maiana , por el xfior licenciado don Ricardo Garcla Gar6faiohk>, ni ED, 3* (pm, t. 7, n6m. 35, México, 22 de septiembre de 18%. pp. 625427.

WI. ' D i leldo por d xRor licenciado don.. ., contestando el de raepción que ley6 el xhor licenciado don Joaqufn Pusemard", en ED, 3' (pm. t. 8, n h . 7, México, 22 dc febrem de 1897, pp. 97-102, núm. 8, Mbim, 28 de fkbrcmde 1897, pp. 113-118 y núm. Y, M á i w , 8 dc mu- w & 1897, pp. 129- 132.

TambiCn en AWEMIA MWCANA. 1897, t. 4, pp. 45-78. W I I . Rnnrta dtica aé junrpnuimM m mauriaf¿der,z~ prnaly c i d

México, TaUercs de la Libreda Religiosa, 1897. S610 se p u M ¡ d tomo p~mm>. Ertaba destinada a ser parte de XJclpe-

m todo d contenido es de Verdugo. Colecciona y wmmra. xntenck to- madaa de hraito como EF y LCJ.

Ulv. 'La juNp~dencia de las sentencias, fuente de la. ley m la mti- BUod.d y a u d i i nJs p o b m la edad m b n , en UJ, s c ~ ~ i 6 n doarúul. t. 2, Mé&o, 1898, pp. 31-50.

LXV. .'Grrá6n del mvvdzto por otras u- que h~ apuatas cn los - 1 6 da t im" , m 1.4, I,secuón docrrid, t. 2, MCrico, 1898, pp. 2úú-272.

" ~ ~ t a dada por d IPCtOr licenciado don ... sobre la. publi~i- de P N ~ d ~ ~ t e d tCrmino probzunrio de un juicío cid", m Lcl.

d-d. t. 2, M&, 1898, pp. 344-357. W I . "El- . .

pnielmM&apordsfiorlianciado&nRi- W, m 1.4, e danmat, t 2 w, 1898, pp. 375-380.

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WNIII. Con Francisco O'Reilly: "Consulta despachada por los dos abogados que suscriben a solicitud del señor procurador de Justiciam, en LCJ, sección doctrinal, t. 3, México, 1899, pp. 287-290.

Acerca de la graduación de los honorarios de los abogados en un pro- ceso de quiebra.

m "Discurso pronunciado por el señor licenciado.. . en la inaugu- ración del Palacio de Justicia del Ramo Penal el día 6 de mayo de 1900", en LCJ, sección doctrinal, t. 4, Mtkico, 1900, pp. 339-348. IXX Con Jorge Vera Estañol y Manuel Cdem y Sierra:. *El Buen To-

m y (a "Bonsack Machine Company: Scntrncia dc In S u p m Corte a ¿ / ~ - hcia áa In N d n y otmcpinar nlativas aljuicio seguido mm 4E( Buen E- no"y el Mor WÍH. Butln. México, Imprenta de Ignacio Escalante, 1900.

Los autore eran abogados de Butler; "El Buen Tono" se había opus- to a que aquel recibiera un privilegio sobre una máquina y proceso para h- bricar cigarros.

m. Cokccidnpor o& OUM~@CO de ía.i már i r n p o ~ n f s &es mm'- cunar vigmto en mavM rnemanti'1 indurtrialy m i n a Mexico, Talleres de La Ciencia Jurldica, 1900-1902,5 tomos.

Es obra muy esasa y s61o hemos podido ver los tomos primero y quin- to. Evidentemente se vincula w n la actividad desplegada por Verdugo en el Dublh y Lozano.

LXX11. Colaboró con los Comentarios breues sobn In kgzslaridnpatria m obsequio &~bmmhri~gwddediv . i i idn don Porfirio D k prrridm~e a¿ In República y a iniciativa a¿ la junu que se encargd a¿ la dincndn a¿ lor tra- bajos. Pmm& legukdw dc I876a ItWO. MMéxjco, Tipografía y L i t o d a La Europea de J. Aguilar Vera, 1900.

Parece ser una típica publicación concebida en elogio del regimen de Diaz. En ella, junto al nombre de Verdugo, figuran los de Manuel Mateos Alardn, PabIo Zayas, Ricardo Rodrigucz, Genaro Garda, Francisco Mar- tlna de Arredondo, Jesús Vdlalobos, Antonio de la Fuente, Leonardo F. Rodriguez, Alberto Lombarda, Emctetio de la Gana, Franum León de la Barra, Pedro Benita Leal, Julio Runón Llarena, Pablo Gonzlla Mon- tes, Cosme k Zafn, Hilari6n Romero Gil, Rodrigo GutiCrrez AzcuC, Emilio Velasfo, Ramón Obreg6n, Rafael H e r m , Joaquln A. Borges, Jo- sé Maria Vades, Manuel Cruzado, José María Favón, PascuaJ Luna h. Miguel Mejia, Enrique Barrios de los Ríos, J.M. Barrios de los Nos, M.L.

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Grmona, Vicente Sánchn GutiCrrn, Manuel de la Torre, Pablo 1. Lore- to, Manuel M. Mufioz Moreno, Fernando Vega, ]os¿ María Gamboa, Marcial Aznar, JosC Juan Chavarrla, Severo 1. Aguirre, Isidro Rojas, Sim6n PCm Nieto, Pedro del Villar. Luis G, del Villar, JosC R. Aviia, Manuel R. Thompson, Alfonso Lanuster Jones, Joaquin D. Casasús, GregoTio Car- tellanos. Daniel Torres Lorcto. Genaro B. Ramirn, Hermenegildo Dávi- la, Miguel Lara. Ricardo Ancaga, Nbtor Rubio Alpuche y Emilio Rovi- rosa hndnde.

ia obn a de ai raras que no hemos podido encontrar un ejemplv en LI biMmrms públicas de la Ciudad de M 6 ~ i w . l ~ ~

LXXiII. ' C o d a dada por d sefior licenciado ... a la casa Moda, l ~ v t e y Comp. Sua". en rch seaión doctrinal, t. 5, MCxiw, 1901, pp. 349-364.

Sobre si lapfurirpctiM utnrtimye ewfa y sobre la protesta de abonar pagos leglúmos en la demanda.

LXXIV. 'Consulta dada por el scfior licenciado ... sobre los siguien- res puntos...", en LC/, sección doctrinal, t. 5, MCxico, 1901, pp. 479- 495.

Trata acera de la ñIúci6n n a m d y su monocimiento. UMV. H h M dr &S Congruos nacionalrs oniinarios & Mbíco ahaé 8

a¿ om<6n dr 1857 basta la MunL Mtxiw, Tallcm de La Ciencia Ju- rMioi, 1901.

S610 hemos vUto d tomo primero 4 pveccr b e d único que se pu- MK6 que contiene d primer periodo del Primer Congreso Ord'tnario (&ir de 1857 a diciembre de 1857). ia intención de Verdugo era ow- F. principalmente, de Eis &mas wnscidonaks y seguir el mhodo de ffimwk de b, obn que pensaba "coronarn (p. 8). Por ello es que

&NVO de hru ~ ~ m ~ n a r i o s o críticas a los dicdmena, proyectos y do- ca~~~cr i tos que wmpiM y diminó mdo lo que tuviera un vaior 6610 rpisb dice. awa un trPbojD muy intawante y útil que, de haberse termina- do, hbka lkvlvdo pmpomona noabia -4 torno que hemos visto tienc416p5ghnJIlndKa m- 'u pad. . . d o bibliográfico", en rc,, sección

*,t. 6, Mkiw, 1902, pp. 5-16.

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Se refiere a una de las obras de Ricardo Rodriguez. W I . "Sesión académica celebrada el dia 9 de enero de 1902", en

LCJ, sección doctrind, t. 6, México, 1902, pp. 21-26. Verdugo contesta un discurso de ingreso en la Academia Mexicana de

Jurisprudencia y Legislación. W I I . " i h s derechos que la sección primera de la Constitución

Federal prodama como derechos del hombre, cortsponden únicamente al individuo fisicamenteconsiderado o corrsponden tambien a los seres mo- rales formados por la asoOaU6n de individuos?", en LCJ, sección doctrinal, t. 7, México, 1903, pp. 120-163.

LXXDL "Consulta dada por el sefior licenciado.. . sobre las cuestiona que enseguida se expresan...", en LCJ, sección doctrinal, t. 7, México, 1903, pp. 389-409.

Sobre el delito de difamación cometido en el extranjero. WMX "Consulta del Ministetio de Fomento, Colonización e Indus-

tria sobre si debcn ser declarados denunciable los criaderos de oubón de piedra en sus diversas variedades, asf mmo los depósjrar de petróleo, exis- tan o no en tertenos de propiedad privadada, en RZI, t. 29, México, julio-di- ciembn de 1905, pp. 242-261.

Se ha dicho que fue d úitimo trabajo de Verdugo. Tambitn se publicó como folleto de exasas 24 páginas y con pie de imprenta en México, Im- prenta de Amto Garcia Cubas Sucesores Hermanos, 1905.'70

3.4. Manuel F d n d a ; ViUamdy Fiannrio Barbero y HmnosiIlr

Las vidas de estos sujetos ofrecen poco que decir. El primero de eilos debe ha- ber nacido por 1842. Fue alumno & Colegio de San Juan de Lnriút de Mt- xico. Tras obtener el bachüierato en dendio civil de la Universidad Nacional d 19 de octubre de 1860, ingres6 en la Academia Teitico W c a de Juiis- prudencia & ilustre y Nacional Glegio de Abogados el 25 del mismo mes y año. El 26 de junio de 1862 ley6, por encargo del rector del wlegio, una &&6n amca de cómo prrczverse de una demanda cuando sc espera es ~r ausente y, al mismo tiempo, shnr una excepción que perderse con