La justicia en portada. Análisis de la imagen de la justicia en...

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Actas – IV Congreso Internacional Latina de Comunicación Social – IV CILCS – Universidad de La Laguna, diciembre 2012 ISBN-13: 978-84-15698-06-7 / D.L.: TF-969-2012 Página 1 Actas on-line: http://www.revistalatinacs.org/12SLCS/2012_actas.html La justicia en portada. Análisis de la imagen de la justicia en 100 portadas de la prensa española Juan Manuel Cardoso Carballo – Universidad de Extremadura [email protected] María Eugenia Parra Jiménez – Universidad de Extremadura [email protected] Resumen: La Justicia en España acarrea desde hace años una mala imagen donde la mala prensa, la prensa de corte sensacionalista, las prisas o el desconocimiento de la prensa conocida como “seria” mucho ha tenido que ver. La politización de la Justicia, la aparición de jueces estrella y el espectáculo mediático de determinados casos que se han hecho populares por las causas o los encausados, junto con los problemas propios de una Administración que no ha sabido o no ha podido modernizarse al ritmo que reclamaban los ciudadanos, ha trasladado a la opinión pública una imagen que no siempre se ha correspondido con la realidad. Sin embargo, dicha realidad llega a través de los medios de comunicación y llega con palabras, con conceptos y con tratamientos periodísticos que suele deformar, manipular, trastocar o confundir la propia información que se pretende difundir. La realidad que se quiere representar. Las portadas de periódico, como escaparate de la información, son un recurso determinante para analizar la imagen de los temas que serán tratados en el interior del mismo además de un oportuno barómetro para medir su interés e intensidad en la opinión pública. Palabras clave: Justicia; portadas; opinión pública; agenda setting; imagen; realidad

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La justicia en portada. Análisis de la imagen de la justicia en 100 portadas de la prensa

española

Juan Manuel Cardoso Carballo – Universidad de Extremadura [email protected]

María Eugenia Parra Jiménez – Universidad de Extremadura [email protected]

Resumen: La Justicia en España acarrea desde hace años una mala imagen donde la mala prensa, la prensa de corte sensacionalista, las prisas o el desconocimiento de la prensa conocida como “seria” mucho ha tenido que ver. La politización de la Justicia, la aparición de jueces estrella y el espectáculo mediático de determinados casos que se han hecho populares por las causas o los encausados, junto con los problemas propios de una Administración que no ha sabido o no ha podido modernizarse al ritmo que reclamaban los ciudadanos, ha trasladado a la opinión pública una imagen que no siempre se ha correspondido con la realidad. Sin embargo, dicha realidad llega a través de los medios de comunicación y llega con palabras, con conceptos y con tratamientos periodísticos que suele deformar, manipular, trastocar o confundir la propia información que se pretende difundir. La realidad que se quiere representar. Las portadas de periódico, como escaparate de la información, son un recurso determinante para analizar la imagen de los temas que serán tratados en el interior del mismo además de un oportuno barómetro para medir su interés e intensidad en la opinión pública.

Palabras clave: Justicia; portadas; opinión pública; agenda setting; imagen; realidad

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1. Introducción

1.1. La Justicia en España

“Tres de cada cuatro españoles apoyan la cadena perpetua”1. Así titulaba el periódico español de tirada nacional La Razón el 16 de octubre de 20122 para dar cuenta de una información que recogía en portada sobre la imagen de la Justicia en España, que alcanzaba sus peores resultados en los últimos 25 años. Eran datos extraídos del III Barómetro del Observatorio sobre la Actividad Judicial realizado por la Fundación Wolters Kluwer3. El más preocupante de ellos refleja que el 65% de los encuestados considera que la Justicia funciona “mal o muy mal” frente al 16% que opina que actúa “bien o muy bien”.

Nueve años atrás, un estudio de la Fundación BBVA sobre “La imagen de la Justicia” firmado por José Juan Toharia Cortés4 anunciaba ya que la imagen del sistema judicial español que tiene la ciudadanía “”no es una imagen armónica y equilibrada, sino contradictoria y extremada”. El autor del trabajo intuía, a la vista de los datos demoscópicos, “que los defectos e insuficiencias que se perciben en el sistema de Justicia resultan lo suficientemente hondos y corrosivos como para neutralizar el impacto que sobre su imagen global podrían, en otro caso, tener las virtudes y puntos fuertes que asimismo se le reconocen”. El análisis nos traslada desde una “imagen borrosa” de la Justicia a una “realidad opaca” de la que son responsables, entre otros agentes, los medios de comunicación: el 81% de los ciudadanos dice que es a través de la televisión de donde recibe “informaciones, percepciones y estímulos” sobre la Justicia, un 48% que es a través de la prensa, y un 30% sitúa a los comentarios de tertulias de radio o televisión o los de amigos o conocidos como su fuente de conocimiento sobre la materia.

“Esto es importante porque los medios suelen constituir con frecuencia un espejo involuntariamente deformante: los criterios periodísticos de interés, relevancia y oportunidad informativa rara vez coinciden con los principios estructurantes y motores del sistema de Justicia. Este desencuentro de base suele dar lugar a malentendidos no explícitamente queridos y no siempre fáciles de corregir”. (Toharia, 2003: 15)5

1 http://www.larazon.es/noticia/2801-tres-de-cada-cuatro-espanoles-apoyan-la-cadena-perpetua 2 http://pinterest.com/pin/155726099586591283/ 3 http://www.fundacionwolterskluwer.es/es/documento_es.asp?id=NE0000120258_20121016.HTML 4 http://www.fbbva.es/TLFU/dat/DT_2003_02.pdf 5 Toharia hace referencia, a modo de ejemplo a la investigación realizada en Estados Unidos en 1999 por Garber y Bower. Entre 1985 y 1996 se produjeron todos los tribunales estadounidenses 351 sentencias en casos de reclamaciones contra fabricantes de automóviles, el 74% a favor del fabricante y el 26% del consumidor. Los principales periódicos solo cubrieron 47 casos: un 4% de los favorables al fabricante y un 41% de los que favorecieron a los consumidores. El resultado fue que la información que llegaba a los lectores vislumbraba un sesgo informativo singular ya que el 81% de la información que llegaba era sobre casos

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Más atrás aún, en el informe elaborado para el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por el propio Toharia en el año 20006 ya dejaba claro lo que ha sido una evidencia lo largo de los últimos años: la imagen de la Justicia en España es mala o, mejor dicho, anticuada: un 45% de los encuestados frente a un 20% que opinaban lo contrario. Por añadidura, el 51% creía que la Justicia tiene la imagen que se merece. En 2005, con ocasión del noveno Barómetro, el profesor Toharia afirmará que “los ocho Barómetros de Opinión del CGPJ ya realizados han permitido comprobar que la imagen que la ciudadanía tiene de la Justicia es una imagen compleja y aun desconcertante, imposible de condensar fidedignamente en una formulación simplista y de trazo grueso”. El X Barómetro del CGPJ7, con fecha de 25 de septiembre de 2008, aporta conclusiones que siguen la línea de anteriores estudios: “el porcentaje de ciudadanos que nos han dicho que la Justicia en España funciona mal o muy mal se ha incrementado de un 44% en el año 2005 a un 57% este año. Esto equivale a que cerca de 6 de cada 10 españoles tienen esta opinión negativa”. Por otro lado, descendió el porcentaje de españoles que piensa que la Justicia ha mejorado en los últimos años y se incrementó hasta un 27% los que consideran que ha empeorado.

En 2011, el Centro de Investigaciones Sociológica ofrece a la opinión pública su Barómetro de Febrero8 donde preguntará específicamente sobre la Justicia en España. En una escala de confianza de 0 a 10, todas las instituciones por las que se pide opinión (CGPJ, Defensor del Pueblo, Tribunal Constitucional, Tribunales de Justicia, Cortes Generales y Gobierno Central) quedan por debajo del 5 a excepción de la Policía y la Guardia Civil. En lo que se refiere al grado de cumplimiento de las leyes por parte de los españoles, el “bastante” con un 45% se sitúa frente al “poco”, con un 42’2% y sobresale el hecho de que pocos (44’6%) creen que todos los españoles sean iguales ante la ley, un dato que podemos relacionar con el porcentaje (82’6%) de los que creen que las leyes favorecen a unos más que a otros. En ese sentido, y por este orden, los encuestados creen que los principales beneficiarios de esa “protección” son los ricos (48’6%), los políticos (25’9%), los poderosos (13’3%) y los inmigrantes (12’7%). La imagen de la Justicia sigue cayendo en picado y el 72’3% de los entrevistados creen que, en caso de conflicto contra una gran empresa o banco, las leyes les protegerían poco o nada. Sensación similar del 67’2% frente a la Administración Pública, el 68% frente a la Hacienda Pública y el 74’7% frente a un ciudadano rico e influyente. En caso de conflicto con otra persona sobre derechos e intereses, solo el 21’7% pondría el asunto en manos de un abogado y acudiría a los tribunales. Por otro lado, el 48% de los encuestados por el CIS cree que la Administración de Justicia en España

favorables a los consumidores, siendo este dato tres veces superior al real. Toharia entiende que lo inusual es más noticia que lo usual y “el resultado fue reflejar distorsionadamente una realidad, fomentado de paso una tendencia litigadora con muy poca base real de sustentación”. 6 Barómetro de Opinión sobre “La imagen de la Justicia en la sociedad española”, realizado por Demoscopia para el Consejo General del Poder Judicial. Fue presentado en noviembre de 2000, bajo la dirección de José Juan Toharia. 7http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Temas/Funcionamiento_de_los_Tribunales/Calidad_de_la_justicia/X_Barometro__Encuesta_a_poblacion_general_sobre_Administracion_de_Justicia 8 http://www.cis.es/cis/opencm/ES/1_encuestas/estudios/ver.jsp?estudio=10804

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funciona mal o muy mal, el 24% cree que funciona peor que antes y el 51’8% cree que las cosas siguen funcionando igual.

Por último, y frente a la anterior ensalada de datos, el Barómetro del CIS9 correspondiente al mes de octubre de 2012 señala al paro (77’9%) como el principal problema en España, situando a la Administración de Justicia (1’4%) en una posición irrelevante, porcentaje que puede interpretarse tanto como confianza como desinterés o desconocimiento.

Por su parte, el CGPJ en un documento titulado “Protocolo de Comunicación de la Justicia”10 cree que ésta está distorsionada por varias razones:

1. “Es un servicio público mal valorado por la sociedad: Uno de cada dos españoles creen que funciona mal (aunque ocho de cada diez no dudarían en volver a los tribunales para resolver sus asuntos).

2. Es un poder poco conocido por la ciudadanía. Se percibe como oscuro, complicado e incomprensible, lo que provoca recelo y desconfianza, en especial cuando se publican sentencias que son de difícil explicación para la opinión pública y que producen escándalos puntuales.

3. Se tiene la sensación de que el Poder Judicial es extremadamente corporativo, que se cierra en defensa de los suyos, y que está muy ligado al juego de los partidos políticos, con los que supuestamente existe una correspondencia.

4. Los profesionales de los medios de comunicación suelen tener una relación de amor-odio con la Justicia, en especial en aquellos lugares en los que no existe oficina de prensa y en los que deben obtener la información por canales no convencionales”.

Bajo el imperio de un régimen democrático donde prevalece el “gobierno de la opinión pública”, un espacio, según el CGPJ, en el que se reciben y se forman las ideas, las creencias e, incluso, los acontecimientos que guardan relación con los acontecimientos sociales y se proyectan sobre ellos. Es a través de los medios de comunicación, convertidos en el sistema nervioso del país, donde se crean los estados de opinión que luego inciden de forma directa en la visión que la ciudadanía tiene de la Justicia”.

9http://www.cis.es/cis/opencms/ES/NoticiasNovedades/InfoCIS/2012/Documentacion_2960.html 10http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder_Judicial/Tribunales_Superiores_de_Justicia/TSJ_Cataluna/Actividad_del_TSJ_Cataluna/Protocolos_y_convenios/Protocolo_de_Comunicacion_de_la_Justicia___Aprobado_por_el_Pleno_del_7_de_julio_de_2004

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En junio de 2012, la periodista Marta Sánchez Esparza escribía en su blog “Comunicando”11 que la campaña que el CGPJ hizo hace unos dos años, gastando un buen dinero en mejorar la imagen de los jueces y de la Administración de Justicia en general había quedado en nada, tras los “escándalos” derivados de la gestión del anterior presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ, Carlos Dívar, la legalización de la formación política Sortu por parte del Tribunal Constitucional, el ocaso de algunos jueces estrella, la investigación judicial de algún miembro de la Casa Real o “la mediatización que de la Justicia hacen los partidos políticos”. Añade que

“Para el ciudadano español medio, además, la Justicia funciona mal, es extraordinariamente lenta y anticuada, sus procedimientos y lenguaje son difíciles de entender, y sus resoluciones son papel mojado porque no llegan a ejecutarse. Hay una justicia para ricos y otra para pobres, no existe la independencia judicial, y para completar el cuadro, los jueces son algo altivos, los funcionarios hoscos, y no dedican atención ni tiempo a cada caso individual. La negatividad en torno a la imagen de la Justicia en España, curiosamente, ha crecido en paralelo con el aumento de las informaciones sobre su funcionamiento y sobre sus carencias. El ciudadano ha conocido en mayor medida los atropellos, la falta de medios, el colapso o los expedientes a jueces y vendettas entre sectores. El resultado ha sido la decepción”.

La portavoz del CGPJ, Gabriela Bravo, en declaraciones a la revista Tiempo12 y defendiendo que la Justicia tiene una imagen mejor que la que reflejan las encuestas indica que “esas sensaciones responden a imágenes estereotipadas que a costa de repetirlas van calando en la opinión pública. Que las decisiones judiciales sean objeto de debate y de crítica es legítimo y saludable para una sociedad democrática, pero eso no significa que los jueces de este país resuelvan los conflictos conforme a criterios políticos, sino jurídicos”, añadiendo que “los medios desempeñan un papel esencial en toda sociedad democrática, pero la Justicia emana del pueblo, no de los medios, y son los jueces los encargados de impartirla”.

1.2. Periodismo y Justicia: “condenados” a entender se

Los medios de comunicación no solo son ya el ágora donde la opinión pública se manifiesta y debate sino que se han convertido en auténticas máquinas generadoras de información y opinión originando una mescolanza que, además de entretener y confundir a la ciudadanía, ha marcado sus agendas de pensamiento y tomas de decisión. El Barómetro de Opinión sobre “La imagen de la Justicia en la sociedad española” antes citado13, indicaba que “los clichés

11 http://blogs.unir.net/comunicacion/2012/06/21/la-justicia-y-su-imagen/ 12 http://www.tiempodehoy.com/espana/que-le-pasa-a-la-justicia-en-espana 13 Barómetro de opinión del CGPJ de noviembre de 2000.

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o estereotipos que constituyen la materia con que se expresa la pública opinión son elaborados por los múltiples y distintos mecanismos existentes en la sociedad para la difusión y noticia de hechos y acontecimientos”.

A este respecto, el 84% de los entrevistados “señala a los informativos de la televisión como su fuente de noticias e informaciones sobre el funcionamiento de la Justicia y un 50% menciona a las noticias que dan los periódicos”. Sin embargo, aunque los datos son concluyentes e incuestionables, no parece que sean los medios de comunicación el ámbito más apropiado para tratar temas judiciales. A la complejidad técnica de los procedimientos judiciales se le suman las necesidades mediáticas, es decir, “tribunales y medios tienen tempos vitales y prioridades funcionales claramente contrapuestas”.

“La Justicia se quiere sosegada: rehuye el tratamiento “en caliente” de los casos y busca un cierto distanciamiento temporal que propicie la serena objetividad Los medios, en cambio, viven bajo la inescapable tiranía de la actualidad, del “hoy”, de lo coyunturalmente relevante. El garantismo meticuloso que suele guiar el proceder de los tribunales durante la indagación de los hechos se acompasa mal con la necesidad cotidiana de hallazgos noticiables propia de los medios. Por otra parte, los medios suelen dedicar a un determinado caso concreto una atención muy intensa pero tan sólo durante un período muy corto de tiempo: la tensión informativa se compadece mal con los tiempos muertos, con las dilaciones y esperas, exige nuevos hechos de forma permanente y no puede ser sino efímera. Los tribunales, en cambio, dispensan a los temas un tratamiento de intensidad menos fulgurante, diluida a lo largo de un tiempo mucho más prolongado. Ello propicia que los tribunales experimenten con frecuencia una sensación de atosigamiento y aun atropello por parte de los medios: las sugerencias, interpretaciones y conclusiones de éstos buscan servir a un público expectante e impaciente pero pueden contribuir a prejuzgar resultados, anticipar repartos de culpas o incluso hacer que el “tribunal de la opinión” llegue a dar el caso por zanjado. Cuando finalmente la Justicia emite su veredicto ya nadie recuerda un asunto que quedó archivado en la memoria colectiva como cosa juzgada desde mucho antes. Y lo que es peor: a nadie suele importarle ya cual pueda ser la sentencia oficial”. (Toharia, 2000:72,73)

Toharia (2005)14 añade que “los informativos televisivos (79%) y, cada vez en mayor medida, los periódicos (que son ahora mencionados por un llamativo 77%) constituyen las dos fuentes informativas básicas sobre la Justicia”…Es decir, en sustancial grado la opinión sobre la Justicia es tributaria de la cantidad y calidad de las informaciones mediáticas que sobre la misma se

14 “La imagen de la Justicia en la sociedad española. Informe Noveno Barómetro Externo. Realizado para el CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL por Metroscopia bajo la dirección de José Juan Toharia. (julio de 2005).

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producen”. Sin embargo, el documento del CGPJ sobre Protocolo de la Comunicación de la Justicia15 ya advierte de un problema derivado de la sobredependencia de los medios de comunicación a la hora de que los ciudadanos se formen opiniones. Así, señala que

“Exceptuando a una buena proporción de los que cubren diariamente la Audiencia Nacional, el Tribunal Supremo y el CGPJ, la mayor parte de los informadores de Madrid como del resto de España que elaboran noticias sobre el mundo de la Justicia no suelen tener ningún tipo de formación previa. Este hecho, que no se da en el sector deportivo de la información –los periodistas que cubren los partidos de fútbol conocen bien las reglas del deporte-, es habitual en nuestro campo. Cuanto mejor información se facilite y más contacto haya con ellos habrá menos probabilidad de que se produzcan noticias confusas que crean estados de opinión que no respondan a la verdad de las cosas”.

Como ejemplo de las desviaciones o errores que se suelen suceder en el ámbito de los medios, en su Protocolo de Comunicación, el CGPJ indica que “son innumerables los casos en los que… los periodistas han hecho uso de informaciones facilitadas por las partes, lo que ha contribuido a crear estados de opinión erróneos sobre la culpabilidad o inocencia de los imputados. Al periodista le importan dos cosas por encima de todo: la noticia, sin tener en cuenta que sea una u otra la fuente la que facilite los datos, y la hora de cierre, que es cuando tiene que entregarla para su publicación o emisión”. De igual manera, Juan David Laverde Palma escribía en la revista Tiempo en abril de 201116 que “hay procesos judiciales muy mediáticos que languidecen en los tribunales -sostienen analistas consultados-, pero también es verdad que hay fronteras muy distantes entre las verdades periodísticas y las judiciales, es decir, las que merecen una primera plana y las que terminan en sentencias. El caso del juez Baltasar Garzón ha vuelto a poner sobre la mesa la discusión sobre el desgaste de la imagen de la Justicia. El magistrado de la trama de corrupción del caso Gürtel ha sido enjuiciado antes que varios a quienes investigaba y que había metido entre rejas. Ni más ni menos, según el Tribunal Supremo, que por violación a las garantías constitucionales”.

El Ministro de Justicia, Alberto Ruíz Gallardón ha invitado17, en el encuentro “La presunción de inocencia y los juicios paralelos”, organizado por la UIMP y la Fundación Fernando Pombo en Santander, a los medios “a hacer una reflexión sobre qué códigos éticos deben seguir los propios medios de comunicación en todos aquellos casos en los que la revelación de ciertos hechos pueda modificar una sentencia. En esos casos debería existir una obligación de

15http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder_Judicial/Tribunales_Superiores_de_Justicia/TSJ_Cataluna/Actividad_del_TSJ_Cataluna/Protocolos_y_convenios/Protocolo_de_Comunicacion_de_la_Justicia___Aprobado_por_el_Pleno_del_7_de_julio_de_2004 16 http://www.tiempodehoy.com/espana/que-le-pasa-a-la-justicia-en-espana 17 http://www.lawyerpress.com/news/2012_06/260612_009.html

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abstención por parte del medio porque se puede quebrar de manera clara el derecho a un juicio justo. “Pediremos responsabilidad a los medios de comunicación pero no caerá sobre ellos el reproche penal, caerá sobre todos los que tienen la obligación de guardar el secreto de sumario”. Posición que parece compartir en el mismo encuentro la portavoz del CGPJ Gabriela Bravo aunque afirma que “faltan tres requisitos fundamentales para que esto sea posible: son necesarias unas reglas deontológicas claras y aceptadas por todos los medios; debería existir un órgano reconocido que vigile el cumplimiento de esas normas y es imprescindible que se fijen sanciones cuando se detecte el incumplimiento de dichas normas…Una opción alternativa sería la profesionalización de los periodistas, ya que son muy pocos los periodistas especializados en el ámbito de la Justicia, un sector complejo y que exige formación”, pese a reconocer que la actual situación económica no es el mejor escenario para este cambio de mentalidad, ya que alarga en el tiempo “una realidad de redacciones de gente joven, poco formada y poco retribuida”.

Cierto es que nos encontramos ante una de las secciones periodísticas que más interés despierta en la opinión pública, especialmente desde la aparición de casos judiciales de relevancia social o política (concretamente, si hay personas conocidas afectadas) o como consecuencia de la judialización que los partidos políticos han llegado a hacer de la vida pública. Despierta repercusión, sí, pero dicha repercusión exige del profesional una especialización que no va a encontrar en el lector o el espectador pero que permitirá que éste pueda llegar o no conclusiones acertadas o erróneas sobre casos, personas, sentencias y autos que determinarán la imagen tanto de la Justicia como de sus afectados. En este sentido, el periodista especializado en información de tribunales, Javier Ronda18 considera que “siempre se ha vinculado el periodismo de tribunales con el morbo, el amarillismo pero estas posibles prácticas periodísticas quedan algo lejanas si se trata de medios públicos y privados con rigor y “serios” y añade que “el escenario para el periodista de tribunales es complejo, restrictivo y poco afable para desarrollar su función informativa”.

1.3. La portada de periódico como escaparate de la realidad y fuente informativa

Vida Beneyto (2004:329) cree que la prensa escrita es el soporte de la legitimación comunicativa. Precisamente porque sus informaciones circulan en un soporte manejable de tal manera que cada lector escoge el modo y el momento de acercarse a la información o de redundar en ella. Davara y otros19 creen que “es posible que cuando un lector se enfrenta a la primera página de un diario ya conozca todos los temas importantes del día e incluso algún dato que amplia lo que va a leer, pero la importancia tanto en la elección de los

18 http://grupo.us.es/grehcco/ambitos09-10/ronda.pdf 19 Davara Torrego, Francisco Javier; Martínez-Fresneda Osorio, Humberto; Pedreira Souto, Elena; Sánchez Rodríguez, Gabriel. Presencia e imagen de la mujer en las primeras páginas de los periódicos españoles. Comunicación y Hombre, núm. 5, 2009, pp. 129-144. Universidad Francisco de Vitoria. España.

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temas como en su jerarquización dotan a los periódicos de una importancia que sin duda alguna debemos destacar”. La primera página o portada de un periódico es uno de los elementos más importantes del mismo y, por supuesto, la más importante de todas sus páginas. No es una página más puesto que es el escaparate del periódico, el gancho que utilizará el periódico para atraer a los lectores a sus diferentes secciones o noticias. Llamará la atención de éstos con titulares, fotografías, líneas y otros elementos gráficos o visuales mientras los combinan con mensajes intencionados, sugerentes, llamativos o polémicos, por no hablar de la tensión, el criterio o el impacto. En la primera página de un periódico el lector descubre todas las intenciones del mismo, incluida su ideología, su línea editorial, su agenda de temas y el interés que nos va a trasladar de cada uno de ellos, formando y conformando, a su vez, nuestro interés y, probablemente, nuestra opinión. El que fuera director de El País, Juan Luis Cebrián (1996:8, 9) considera que “la primera página es el espejo del alma de un periódico. Nuestros ojos se posan en ella para, de un vistazo, tratar de aprehender las noticias del día, pero en realidad es ella la que nos mira desde su arquitectura abigarrada y su composición de mosaico…es “la forma de ejercer ese poder apabullante y efímero de decir a los demás lo que es interesante (o importante) y lo que no”. La portada de un periódico es su personalidad, su carácter, su modo de entender cuánto y cómo sucede, de interpretar la realidad y de cocinar la actualidad.

El catedrático Fermín Bouza, en su trabajo “La influencia de los medios de comunicación en la formación de la opinión pública: los procesos jurídicos y los juicios paralelos”20 afirma que “las ‘actividades judiciales’ están muy presentes en las portadas de los diarios, en una media del 25’23% del total de las noticias”. Asi, en un estudio realizado entre el 10 y el 24 de marzo de 2006 sobre noticias judiciales en portada, se recoge que en los periódicos El Mundo y El País, por este orden, aparecen poco más del 29%, en ABC el 28’42% y en El Periódico el 11’83%.

1.4. Estructura de la prensa española

Los periódicos se definen por su formato según el tamaño de papel que utilizan. Los formatos clásicos son el sábana (60cm x 38cm), el tabloide (38cm x 30cm) y el berlinés (47cm x 31,5cm). El formato más utilizado en la actualidad es el tabloide en distintas variaciones. En España no existen diarios de formato sábana y abundan por el contrario los formatos intermedios, con medidas propias, a medio camino entre el tabloide y el berlinés. El diario ABC se distingue especialmente del resto, por su formato reducido y por distribuirse grapado. La portada es la página más importante de un periódico y actúa a modo de escaparate para atraer la atención del público. Los responsables del diario distribuyen el espacio de la portada según la relevancia que a su juicio tienen las noticias que desean destacar cada día como lo más importante de la actualidad. De esta forma, se ha de seleccionar un reducido número de noticias y ordenarlas según su nivel de importancia. Cuanto más espacio ocupen y más

20 http://www.humanidades.uspceu.es/pdf/Lainfluenciaenlosmediosdoxa51.pdf

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ISBN-13: 978-84-15698-06-7 / D.L.: TF-969-2012 Página 10

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arriba se sitúen en la portada, más importante serán bajo el criterio periodístico del diario. La portada de un periódico es una mirada al mundo de ese periódico, que a través de su portada nos está diciendo qué ha sido lo más importante de las últimas horas en el mundo según su criterio.

La prensa española está diseminada por las diecisiete comunidades autónomas y conviven los diarios de ámbito nacional con las cabeceras regionales más importantes y una pléyade de publicaciones de tipo local o comarcal que dibujan un mapa de la actualidad heterogéneo aunque con coincidencias que resultan llamativas. Así, en el ámbito de la Justicia que nos ocupa, parece haber una coincidencia habitual cuando se trata de noticias con la aureola de espectáculo, bien por sus protagonistas, bien por sus consecuencias. O por ambas circunstancias. El Estudio General de Medios21 correspondiente a Abril 2011-Mayo 2012 refleja que el 36’9% de los ciudadanos son lectores diarios de periódicos, en su mayoría hombres (44’9%), entre 45 y 54 años (42’2%) y de clase media media (43’4%). El total de lectores de diarios asciende en España a 14.576.000.

Fuente: AIMC-EGM. Lectores/día (000)

El País 1.888

El Mundo 1.226

ABC 649

La Razón 294

La Gaceta 200

Cinco Días 72

Expansión 175

Segre 101

Diari de Girona 38

El Periódico de Catalunya 654

El Punt Avui 145

La Vanguardia 850

El Diario Vasco 240

Deia 90

El Correo 435

Diario de Teruel 17

Heraldo de Aragón 303

Diario del Alto Aragón 33

21 http://www.aimc.es/-Datos-EGM-Resumen-General-.html

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ISBN-13: 978-84-15698-06-7 / D.L.: TF-969-2012 Página 11

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Diario Montañés 160

La Opinión A Coruña 49

La Voz de Galicia 640

La Región 81

El Progreso 98

Diario de Pontevedra 40

Faro de Vigo 278

Atlántico 19

El Correo de Andalucía 39

Diario de Sevilla 78

Diario de Almería 13

Ideal de Granada 172

Granada Hoy 13

Diario de Cádiz 131

La voz de Cádiz 17

Diario de Jerez 38

El Día de Córdoba 21

Huelva Información 42

La Opinión de Málaga 16

Málaga Hoy 22

Europa Sur 26

Mediterráneo 83

Levante 282

Las Provincias 157

El Norte de Castilla 198

El Día de Valladolid 22

El Adelantado de Segovia 19

Diario de Ávila 18

Diario Palentino 23

Diario de Burgos 95

Diario de León 139

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ISBN-13: 978-84-15698-06-7 / D.L.: TF-969-2012 Página 12

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Diario de Noticias 98

Diario de Navarra 214

La Tribuna Albacete 37

La Tribuna Ciudad Real 23

La Provincia Las Palmas 161

Canarias 7 155

La Opinión Tenerife 40

El Día Tenerife 192

Diario de Avisos La Palma 91

Diario de Mallorca 122

Última Hora 223

Menorca 27

dBalears 20

El Comercio 142

La Nueva España Oviedo 350

Hoy 132

El Periódico de Extremadura

80

La Opinión Murcia 51

La Verdad Murcia 275

La Rioja 96

2. Marco teórico: del mito de la caverna a la teorí a del framing

El mito de la caverna de Platón nos describe a individuos instalados en el fondo de la gruta, incapaces de salir a la luz del sol y conocedores que lo que ocurre en el exterior solo a través de cuanto les trasladan intermediarios. En la actualidad, más que nunca, la proliferación de los medios de comunicación ha otorgado a estos el papel de intermediaros entre la realidad que sabemos, que intuimos que está ahí fuera y nuestra realidad como individuos, una realidad diferente, engañosa, borrosa, manipulada, edulcorada y fabricada. Desde el interior de la caverna, los individuos saben que algo ocurre fuera pero no han adquirido el suficiente conocimiento para saber lo que ocurre en su amplitud y, peor aún, para interpretarlo. Los modernos porteadores de Platón son esos medios de comunicación que a diario dibujan un mundo de sombras, ficciones y representaciones que administran con productiva inteligencia al objeto de lograr una cierta sumisión en aquellos que se encuentran en el fondo de la caverna. Walter Lippman se refirió a Platón para explicar cómo los sujetos

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perciben el mundo. No percibimos cosas, sino las sombras de esas cosas y no percibimos la realidad sino que construimos una imagen improbable de la realidad y que no podrá abarcarla en su totalidad. A esa “síntesis ficcional y explicativa del mundo en nuestra mente” (Stecconi)22 es a lo que le llama Lippmann “imagen mental”.

“lo que hace el hombre no se basa en el conocimiento directo y seguro, sino en las imágenes hechas por él mismo o que le han sido dadas. Si su atlas le dice que la Tierra es plana, no navegará cerca de lo que él cree que es el borde de nuestro planeta, por miedo a caerse […] La manera como imaginan el mundo determina en todo momento lo que harán los hombres (Lippmann, 1922/1964: 27). “…el comportamiento del hombre responde a ese pseudoambiente, pero, como es comportamiento efectivo, las consecuencias, si son actos, obran no en el pseudoambiente donde el comportamiento encuentra su estímulo, sino en el verdadero ambiente donde se desarrolla la acción” (Lippmann, 1922/1964: 21).

Lippmann dedicó un capítulo de su obra a los periódicos, caracterizándolos como el factor por antonomasia que en la actualidad de 1922 generaba y difundía los marcos conformadores de opinión pública. La prensa es el medio de contacto principal con el ambiente no visto: “El periódico trata una multitud de sucesos más allá de nuestra experiencia. Y, por su manera de manejar esos sucesos, decidimos la mayoría de las veces si nos gusta o nos disgusta, si le tenemos confianza o si nos negamos a que sus páginas entren en nuestra casa” (Lippmann, 1922/1964: 241-242).

Algunas décadas más tarde, McCombs y Shaw (1972) la teoría de la agenda-setting describirá un mundo visto a través de los medios que seleccionan, jerarquizan y organizan las noticias, facilitándonos el acceso a la realidad y construyendo una realidad ficticia mucho menos compleja que la realidad real. Stecconi considera que “las noticias emanadas por los periódicos se estructuraron como dispositivos semafóricos” y dirigen nuestra atención hacia los temas sobre los que debemos pensar. No dicen cómo sino sobre qué pensar. Esta es la piedra angular de la teoría de la agenda-setting que se complementará a la perfección con el segundo nivel, es decir, aquel que se centra en el análisis del encuadre, el framing: “en los medios, tan importantes como los asuntos que se publican son los argumentos con los que se definen las realidades sociales, a través de los marcos. De ahí que los marcos periodísticos resulten, para los teóricos de los movimientos, un tema recurrente de análisis” (Sádaba, 2001: 154).

Así, pues, caverna, agenda y encuadre nos llevan al estudio y análisis de la Justicia en España a través de las portadas de 100 periódicos, es decir, poniendo el acento en la realidad del lector, ávido de información pero solo la que viene a través del medio, abierto a que se le sea dispensada esa 22http://perio.unlp.edu.ar/question/numeros_anteriores/numero_anterior10/nivel2/articulos/ensayos/stecconi_1_ensayos_10.htm

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información en la dosis que considere oportuno, nuevamente, el medio y adaptable al enfoque que, una vez, más el medio considere oportuno otorgar a las distintas noticias.

3. Metodología y Resultados

Análisis cuantitativo y cualitativo de 100 portadas de periódicos españoles elegidos al azar y en diferentes días (16, 18, 20, 24, 26, 29 y 30 de octubre de 2012) repartidos por toda la geografía. Entre ellos, 16 periódicos de difusión nacional (dos de ellos, económicos) y 84 periódicos regionales o locales: Cataluña (6), País Vasco (3), Aragón (5), Cantabria (3), Galicia (7), Andalucía (18), Comunidad Valenciana (6), Castilla y León (8), Navarra (2), Castilla La Mancha (5), Canarias (5), Baleares (5), Asturias (4), Extremadura (2), Murcia (2), La Rioja (1), Ceuta (1) y Melilla (1). La muestra que hemos elegido es representativa y significativa puesto que corresponde a una amplia variedad de periódicos de diferente difusión y referencias. La investigación explora los criterios de noticiabilidad que se manejan en las distintas redacciones en lo referente a las noticias judiciales pero también valora la ubicación de las noticias en comparación con otras ya que la ubicación, o sea, el tratamiento, determina la importancia de las mismas en el contexto informativo general del periódico y, por tanto, de la agenda temática del día.

DIARIOS NACIONALES

El País

El Mundo

ABC

La Razón

La Gaceta

Cinco Días

Expansión

CATALUÑA

La Vanguardia

El Periódico de Catalunya

El Punt Avui

Diari de Girona

Segre

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PAÍS VASCO

El Correo

El El Diario Vasco

Deia

ARAGÓN

Heraldo de Aragón

El Periódico de Aragón

Diario del Alto Aragón

Diario de Teruel

CANTABRIA

El Mundo de Cantabria

Alerta

El Diario Montañés

GALICIA

La Voz de Galicia

La Opinión de A Coruña

La Región

El Progreso

Diario de Pontevedra

Atlántico

Faro de Vigo

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ANDALUCÍA

El Correo de Andalucía

ABC de Sevilla

Diario de Sevilla

Ideal de Almería

Diario de Almería

Ideal de Granada

Granada Hoy

Ideal de Jaén

Jaén

Diario de Cádiz

La Voz de Cádiz

Diario de Jerez

El Día de Córdoba

El Periódico de Huelva

Huelva Información

La Opinión de Málaga

Málaga Hoy

Europa Sur

CASTILLA Y LEÓN

El Norte de Castilla

El Día de Valladolid

El Adelantado de Segovia

Diario de Ávila

Diario Palentino

Heraldo de Soria

Diario de Burgos

Diario de León

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NAVARRA

Diario de Noticias

Diario de Navarra

CASTILLA LA MANCHA

La Verdad de Albacete

La Tribuna de Albacete

La Tribuna de Ciudad Real

Lanza

El Día de CLM

CANARIAS

La Provincia

Canarias 7

La Opinión de Tenerife

El Día de Tenerife

Diario de Avisos

BALEARES

Diario de Mallorca

Última Hora

Diario de Ibiza

Menorca

dBalears

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ASTURIAS

El Comercio/La voz de Avilés

El Comercio

La Nueva España

La Nueva España Gijón

EXTREMADURA

Hoy

El Periódico de Extremadura

MURCIA

La Opinión

La Verdad

LA RIOJA

La Rioja

CEUTA

El Faro de Ceuta

MELILLA

El Faro de Melilla

Para un análisis más pormenorizado, se elaboró una ficha donde se recogían siete parámetros para el estudio: Fecha, Medio, Género, Tratamiento, Posición, Tema y Palabras Clave. Las 100 portadas contenían 874 noticias y 275 fotografías, más tres comentarios del director. De ellas, y relacionadas con la Justicia, se extraen 142 noticias y 31 fotografías. En las 142 noticias, las

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portadas de los periódicos españoles han recogido hasta 84 temas diferentes, donde sobresalen, por su repetición:

TEMAS RECURRENTES

Independentismo Catalán 23

Condena de Carromero 14

ERE Andalucía 8

Rubalcaba/Socialistas 4

Juicio Novacaixagalicia 4

Caso Renedo 2

Ministro Gallardón 2

Crímen de Úbeda 2

Juicio Patoja/Blanqueo de capitales 2

Juicio Vigo 2

Bolinaga 2

Prestige 2

Desahucios 2

En cuanto a tratamiento y posición de las noticias en portada, se aprecian 23 Aperturas que, sumadas a las 43 que se ubican por arriba de la página, resultan 66 noticias relacionadas con la Justicia que han superado con creces el interés periodístico de tal manera que coparon la posición privilegiada de una portada de periódico. Por la mitad, se situaron 30 noticias y ya por abajo aparecen 34 informaciones.

Apertura + Arriba 23+43= 66 noticias

Mitad 30 noticias

Abajo 34 noticias

El análisis del tratamiento se completa con las líneas y columnas y merecen las diferentes noticias estudiadas. Así, predominan los titulares a una columna seguidos de los de cuatro columnas y sobresalen los de cuatro y tres líneas. Por el contrario, el titular menos habitual es el que emplea tres columnas y/o siete líneas.

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1 Columna 75 noticias

2 Columnas 15 noticias

3 Columnas 10 noticias

4 Columnas 21 noticias

5 Columnas 15 noticias

1 Línea 22 noticias

2 Líneas 26 noticias

3 Líneas 33 noticias

4 Líneas 35 noticias

5 Líneas 17 noticias

6 Líneas 3 noticias

7 Líneas 2 noticias

Finalmente, se han extraído 443 palabras o conceptos clave que hemos agrupado en once secciones: Administración de Justicia, Independentismo, Legalidad, Constitución, Sala, Condenas, Menores, Delitos, Unión Europea, Legislación y Cajón de Sastre.

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Fiscal General del Estado ●●●● ●●●● ●●●● Abogada General Abogacía del Estado Junta Electoral Provincial ●●●● ●●●● Tribunal de la Competencia Magistrado TC ●●●● ●●●● TSJC

Fiscal ●●●● ●●●● ●●●● ●●●● ●●●● La Fiscal TC Fiscalía Sala Primera TC Votos particulares discrepantes ●●●● ●●●● ●●●● ●●●● Supremo Tribunal Supremo Sentencia TC Sala Penal TS●●●● ●●●● ●●●● ●●●● ●●●● Juez Juicio Ministro de Justicia Código Penal Reforma Código Penal●●●● ●●●● ●●●● Proceso Indulto Amnistía●●●● ●●●● ●●●● Presidente TC Juzgado Juzgado de

Instrucción●●●● ●●●● ●●●● ●●●● Audiencia Provincial Sentencia Audiencia Nacional Fiscalía Anticorrupción●●●● ●●●● ●●●● ●●●● Tribunales TSJA Jueza Juzgado de Violencia sobre la Mujer●●●● ●●●● ●●●● ●●●● Jurado Masgistrada Presidente del TS y del CGJP Macrojuicio●●●● Alto Tribunal●●●● ●●●● ●●●● ●●●● Juez instructor Justicia DGA Policía Juristas

INDEPENDENTISMO

Desafío secesionista●●●● ●●●● ●●●● DesaIío soberanista Consulta ilegal Consulta soberanista●●●● ●●●● ●●●● Referéndum Referéndum ilegal de autodeterminación

Delinquirá sin convoca referéndum●●●● Armas para frenar el referéndum●●●● Derecho a decidir●●●● ●●●● ●●●● Delito si consulta Secesión Echar a España

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LEGALIDAD

Hoja de ruta legal●●●● ●●●● ●●●● ●●●● Mecanismos para parar Medios legales Aplicar la ley Trato penal●●●● ●●●● ●●●● Vía penal Legalidad Legislar en caliente

CONSTITUCIÓN

Desborda los límites de la Constitución●●●● ●●●● Artículo 155 de la Constitución Estado de Derecho●●●● ●●●● ●●●● Reforma Constitucional Modelo de Estado Federalismo●●●● ●●●● Reforma de la Constitución Reforma de la Corona y de las relaciones con la Iglesia●●●● Enrocamiento Constitucional●●●● Cambio Constitucional por consenso

SALA

Se declara inocente●●●● Imputado-s●●●● ●●●● ●●●● Procesados Acusados Se acusan entre ellos●●●● ●●●● ●●●● ●●●● ●●●● Reconoció ser el autor Testigos Acusación particular Interroga Implicado●●●● ●●●● ●●●● ●●●● Sospechoso Declarar ante el Juez Abogado Abogado defensor●●●● ●●●● ●●●● ●●●● ●●●● Presunto Presunto autor Inocencia Detenido Acusó por despecho●●●● ●●●● ●●●● ●●●● Autor del crimen Autor material Acusados de pelotazo Acusación falsa●●●● ●●●● ●●●● ●●●● ●●●● Absuelve Absolución Declaración Libertad sin Iianza Imputado por 22 delitos●●●● ●●●● ●●●● Probado Fianza Cinco ausencias●●●● Investigación●●●● ●●●● ●●●● ●●●● Detienen Culpabilidad Admitió ante el Juez Implora Justicia●●●● ●●●● ●●●● ●●●● ●●●● Archivo penal Alega Defensa propia No ve culpable Anula licencia●●●● ●●●● ●●●● ●●●● Acción pública Admitió recurso Demandará Exigirá aplicar sentencia●●●● Rechaza colaborar con el Juez●●●● Solo contesta a las preguntas de su abogado●●●● ●●●● ●●●● Derecho de no responder Abogado personado Prueba testifical●●●● ●●●● ●●●● ●●●● No ve delito Exaspera a los abogados TestiIicará Recurrieron●●●● ●●●● ●●●● ●●●● ●●●● Recurso Desestimado Indemnización Devolver Excarcelar●●●● ●●●● Dejar libre Presuntamente●●●● ●●●● ●●●● ●●●● Atenuantes Libertad Exculpa Defensa●●●● ●●●● Cambia su declaración Quedar libre

CONDENAS

Cuatro años●●●● ●●●● ●●●● ●●●● ●●●● ●●●● Condena Pena Prisión Multa Atenúa la pena Pena inferior a seis años●●●● Sustitución de privación de libertad por expulsión de país●●●● Dos años●●●● Cárcel en España●●●● ●●●● ●●●● Condenados Siete meses en Prisión Prisión provincial●●●● ●●●● ●●●● ●●●● Ingresa en Prisión Penal Penas de Prisión Preso de ETA●●●● Piden 3’5 años●●●● Casi 20 años de cárcel

DELITOS

Intento de invasión del Congreso●●●● ●●●● ●●●● Delito de desobediencia Inhabilitación Homicidio●●●● ●●●● ●●●● ●●●● Homicidio involuntario Homicidio imprudente Delito Delito doloso●●●● ●●●● ●●●● ●●●● Perjurio Presunto delito de malversación de fondos Matarle

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Agredir a un concejal●●●● ●●●● Delitos de atentados y lesiones Apropiarse de 600.000 euros●●●● ●●●● ●●●● ●●●● Acoso Secuestro Matar Acusada de blanquear●●●● Violencia machista●●●● ●●●● ●●●● ●●●● Saltarse la ley Prevaricación Malversación Acusado de atraco●●●● ●●●● ●●●● ●●●● Sufriendo persecución Presunto cohecho Indicios de delito Amenazar●●●● ●●●● ●●●● Delitos violentos Repunte de robos en segundas residencias quedarse con dinero●●●● Malversación de caudales públicos●●●● Apropiarse de 105.000 euros●●●● ●●●● ●●●● ●●●● Robo Presuntos autores de robo Vulnerar el honor Red de pornografía infantil●●●● Tenencia, exhibición y distribución del material de pornografía infantil●●●● ●●●● ●●●● ●●●● Violar Torturas Delito de torturas Regalos●●●● Presunta trama●●●● ●●●● ●●●● ●●●● RecaliIicaciones Sobornos Vulneró la legalidad Acoso escolar●●●● ●●●● Intercambio de fotos de desnudos Delitos en internet

MENORES

Menores●●●● ●●●● ●●●● Menores de edad Muerte de un menor Centro de menores

UNIÓN EUROPEA

UE●●●● Tribunales Europeos●●●● ●●●● Estado propio dentro del marco de Europa Dentro de la UE●●●● ●●●● Tratados de la UE Tratados de la Unión

LEGISLACIÓN

Ley de Educación●●●● ●●●● Artículo 27.8 de la Ley de Autonomías Artículo 61 Ley de Régimen Local●●●● ●●●● Ley de banderas 39/81 Ley contra el Fraude Fiscal●●●● Ley Xunta

CAJÓN DE SASTRE

Demanda de divorcio●●●● ●●●● Patria potestad de hijos Guardia y custodia de los niños●●●● ●●●● Convenio bilateral Volver a España●●●● ●●●● Repatriación Sentencia anterior●●●● ●●●● ●●●● Consentirlas Responsables subsidiarias (instituciones) Banda●●●● Huelga de jueces●●●● Cruz de San Raimundo de Peñafort●●●● Colaboración ciudadana●●●● ●●●● ●●●● Banquillo Juicio de blanqueo de capitales Honorarios●●●● ●●●● ●●●● ●●●● ●●●● Registro antidroga Desahucio Bufetes nacionales Huelga Antecedentes penales●●●● ●●●● ●●●● ●●●● ●●●● Acatamiento Ejerce Casa ilegal Víctimas Nueva prórroga del secreto●●●● ●●●● ●●●● Apertura (de los últimos tomos) Caso Justicia cubana●●●● ●●●● Imagen de la Justicia Derecho

Llegados a este punto, cabe preguntarnos si el tratamiento de las noticias jurídicas que hemos analizado en las cien portadas de la prensa española se corresponde con lo que realmente se pretende trasladar al ciudadano y sobre todo si se ajusta a la realidad de los Juzgados, Tribunales, procedimientos judiciales, y el contenido de las distintas resoluciones judiciales.

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El lenguaje jurídico no es fácil, a menudo resulta obsoleto y sobre todo desconocido e incomprensible para el ciudadano. No maneja conceptos científicos, como puede ocurrir por ejemplo con la medicina, pero desde sus orígenes la aplicación del Derecho ha venido utilizando una serie de vocablos propios que determinan claramente su diferencia. Quizás sea por el afán de mantener su exclusividad, su prevalencia frente a las cuestiones cotidianas o para que la sociedad no olvide que se trata de uno de los poderes del Estado.

La labor de los jueces y tribunales debe centrarse en interpretar y aplicar las leyes, y la de los periodistas es transmitir a los ciudadanos esa interpretación y aplicación, y ello indudablemente a veces no resulta nada fácil. Nuestras instituciones y gobernantes han sido conscientes de ello, y con fecha 21 de Diciembre de 2011, se firmó el Convenio Marco de colaboración para promover la claridad del lenguaje jurídico entre la Real Academia Española, el Ministerio de Justifica, la Fiscalía General del Estado, la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, el Consejo General de la Abogacía Española, el Consejo General de Procuradores de España, y la Conferencia de Decanos y Decanas de las Facultades de Derecho de España.

Por aplicación de dicho convenio y dentro del Plan de Modernización de la Justicia, diferentes grupos de expertos en colaboración con la Comisión de Modernización del Lenguaje trabajaron en la elaboración de una serie de recomendaciones para mejorar el lenguaje jurídico, sobre todo para conseguir que fuese claramente entendible por los ciudadanos. El informe ofrece recomendaciones tanto a profesionales del Derecho como a instituciones jurídicas y medios de comunicación sobre los problemas lingüísticos básicos que las comunicaciones escritas, las vistas y comparecencias ocasionan a los ciudadanos y también a los profesionales del Derecho.

Todo ello, porque el mal uso del lenguaje jurídico genera al ciudadano inseguridad jurídica y mucho malestar social. Es fundamental que la sociedad perciba la transparencia en la justicia y que el propio profesional de la justicia no se encierre en ninguna torre de cristal. Los distintos operadores jurídicos deberán tener esto en cuenta y aplicarse en que sus resoluciones judiciales sean comprensibles; y de igual forma los medios de comunicación deberán transmitir a los ciudadanos con claridad y precisión los tecnicismos jurídicos de forma que sean entendidos por quienes no son expertos en Derecho.

Para poder analizar, aun de forma breve, las distintas palabras o conceptos clave extraídos de las portadas analizadas hemos distribuido las mismas por secciones, de forma que tengan un nexo común que permita entenderlas.

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA .

Si observamos dicho cuadro es fácil comprobar que dentro del mismo se engloba el mayor número de palabras o conceptos susceptibles de ser denominados e identificados mediante siglas, que serán habituales para los distintos operadores jurídicos, pero difícilmente identificables para los ciudadanos potenciales lectores de cualquier noticia jurídica.

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Presumimos, y ello no es así, que todos deben conocer necesariamente los distintos órdenes jurisdiccionales, órganos judiciales, intervinientes en la administración de justicia. Suponer, por ejemplo, que cualquier ciudadano debe conocer las distintas salas del Tribunal Supremo, o cuáles son las funciones del Ministerio Fiscal en los procedimientos judiciales en los que interviene, puede llevarnos a encontrar noticias y titulares incompletos y que luego no sean entendidos por los lectores. Cuestión ésta que puede salvarse con una pequeña explicación que sitúe al lector en el marco del organigrama judicial y que le permita interpretar de forma correcta la noticia que lee.

Hay términos muy utilizados que además trascienden fronteras (proceso, indulto, amnistía, policía, anticorrupción, tribunales), y que no en todos los casos tienen el mismo significado, competencias o requisitos, lo que hace aún más necesaria su concreción para que no distorsionemos el sentido de la información que se ofrece.

INDEPENDENTISMO.

El concepto que identifica el cuadro es precisamente una prueba de cómo un término no jurídico puede englobar cuestiones que sí son puramente jurídicas. Pero en este caso no nos referimos a juzgados y tribunales, sino a hechos relacionados con la forma y constitución del Estado, que necesariamente también son regulados mediante normas.

Si interpretamos que todo aquello expresamente regulado mediante una norma es Derecho, deberemos ampliar notablemente este concepto, y pasaremos a incluir en él desde cuestiones cotidianas y cercanas, (cualquier norma administrativa u ordenanza municipal), hasta normas internacionales que regulen las distintas relaciones entres los Estados.

LEGALIDAD. CONSTITUCIÓN .

Cualidad de lo que es legal o está conforme a la ley, cuya máxima expresión es nuestra Constitución de 1978. Todas las leyes y normas deben ajustarse a los dictados de la Constitución, y de igual forma debe ocurrir con aquellos actos que resulten de la aplicación de las mismas.

Sin embargo, podemos preguntarnos si la utilización de ese término en los medios de comunicación se realiza de forma consciente con la trascendencia e importancia del mismo. Puede resultar tan amplio, que bajo el paraguas de la legalidad y la Constitución se incluyan cuestiones que sobrepasen las mismas. Por ejemplo, sorprende el término “hoja de ruta legal” (primera expresión del cuadro denominado legalidad). Debemos suponer que se refiere al procedimiento de elaboración de una norma, pero también puede referirse al camino de aplicación de la misma. O también, ser relativo al afán legislativo que invade a nuestros gobernantes cuando determinados hechos con gran trascendencia social los mueven a legislar de forma inmediata. Pero lo cierto es que esta expresión es una prueba fundamental de la interacción entre los distintos vocablos y conceptos que se utilizan en los medios de comunicación,

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pues a la “hoja de ruta” se le ha añadido el adjetivo de “legal” para judicializar de esta forma un concepto que inicialmente no tiene connotaciones jurídicas.

Por otro lado, si tenemos en cuenta que nos encontramos en un Estado de Derecho, bajo este marco deberán incluirse numerosas expresiones que afectan al devenir diario de nuestras instituciones, más allá de los propios juzgados y tribunales, tanto ordinarios como extraordinarios.

SALA. CONDENAS. DELITOS.

Estos cuadros son evidentemente los más amplios y los que más términos engloban. También son los más dispares en cuanto a conceptos. Nos colocan de lleno en medio de cualquier procedimiento judicial, más concretamente penal. Si observamos todas las palabras que encontramos en recuadro, todas ellas tienen connotaciones penales, y ello tiene su lógica si tenemos en cuenta que la mayor parte de las noticias sobre justicia que aparecen en los medios de comunicación se refieren a la jurisdicción penal. Y precisamente en este punto es cuando más cuidadosos deben ser los comunicadores, por dos razones fundamentales. En primer lugar por cuanto es evidente que los titulares exigen inmediatez e impacto en los lectores, lo que puede llevar a emitir calificaciones u opiniones que vulneren el derecho fundamental a la presunción de inocencia recogido en nuestra Constitución. Y en segundo lugar, por cuanto los llamados “juicios paralelos” que pueden generarse en la opinión pública a partir de una determinada noticia pueden viciar el procedimiento judicial que debe desarrollarse con todas las garantías que la ley prevé.

La multitud de términos que en estos cuadros encontramos, extraídos de la prensa escrita, no sólo exige un amplio conocimiento de los informadores, sino que además es necesaria un gran precisión en el uso de los mismos. Ejemplo de ello es la confusión que podemos encontrar en una misma noticia entre los términos de denunciado, acusado, imputado o procesado. Todos ellos pueden referirse a la misma persona pero varían según la situación procesal en que se encuentre el sujeto. Y ello debe ser conocido por los medios de comunicación si lo que pretende es ofrecer una información veraz, precisa y concreta.

Es fundamental también, en cuanto a estos términos, conocer y transmitir que las resoluciones judiciales, y con especial cuidado cuando se habla de sentencias, tanto condenatorias como absolutorias, son susceptibles de recurso al amparo de la Ley. Es decir, que hasta el momento en que una sentencia no sea firme, porque se hayan agotado todas las vías de recurso posible, el fallo de la misma, absolutorio o condenatorio, puede ser revocado.

MENORES.

A pesar de contar únicamente con cuatro palabras bajo este epígrafe, las mismas aluden a las personas más sensibles para la sociedad, los menores de edad, y por ello la información dada sobre los mismos en los medios de comunicación debe ser consciente de esa sensibilidad.

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Los menores están especialmente protegidos en cualquier procedimiento judicial. Tanto en los civiles, pues el Ministerio Fiscal interviene como defensor de los mismos en los procedimientos de separación, nulidad o divorcio de sus progenitores. Y especialmente en los penales. Existe una Ley especial del Menor, que regula de forma independiente al Código Penal los delitos cometidos por estos, con especial salvaguarda a su derecho a la intimidad. Sus expedientes y las vistas en las que son enjuiciados no son públicas, y existe una jurisdicción especial de menores distinta de la jurisdicción penal de los “mayores”.

Por ello, cualquier noticia relativa a los mismos, y el cuidado del lenguaje en las mismas debe ser esencial para los comunicadores, pues la reacción de la sociedad a la misma es inmediata, y muchas veces impulsiva y visceral.

UNIÓN EUROPEA. LEGISLACIÓN. CAJÓN DE SASTRE .

Si situarnos en el mapa jurisdiccional español ya puede resultarnos complicado, mucho más lo será cuando nos refiramos a órganos judiciales que trascienden nuestras fronteras, todo ello apoyado además por el hecho de que necesariamente la legislación europea es muy extensa y sobre todo cambiante.

Nuevamente, como en anteriores apartados, son muy variados los términos a utilizar, y también las acepciones de los mismos. Se mezclan términos estrictamente jurídicos con otros que únicamente dentro del marco de una noticia relacionada con la administración de justicia adquieren tal concepción. Una muestra más de lo amplio y diverso que resulta el lenguaje jurídico.

4. Discusión y Conclusiones

4.1. Poca presencia de noticias judiciales en la pr ensa española

Parece claro que las noticias judiciales siguen siendo, a pesar de todo, es decir, a pesar de los famosos pasando por los juzgados, de miembros de la Casa Real con problemas judiciales, de partidos políticos llevando sus discrepancias a los tribunales, de los jueces estrella y de las campañas institucionales, un bien escaso en las portadas de periódico y, por tanto, en la agenda de los medios. Posiblemente, estén sujetas a ciclos de interés y, así, hay momentos claves, como la legalización de Bildu, los escándalos del anterior presidente del Consejo General del Poder Judicial, la sentencia del matrimonio homosexual o los asuntos derivados de las actuaciones del juez Garzón que pueden llevar noticias de gran calado a las primeras páginas de los periódicos pero no parece que sea esa la tónica habitual en la prensa española. Los resultados de la investigación arrojan que solo el 16% de las noticias aparecidas en cien portadas de periódicos en España se referían a asuntos de temática judicial o relacionados con la Justicia.

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Pero a pesar de ello, no podemos obviar que nuestra sociedad está muy judicializada y demanda información jurídica. La mayoría de las noticias aparecidas se refieren al ámbito penal.

4.2. No hay criterio unánime en el momento de ubica r las noticias en portada

Existe un empate entre las noticias de apertura y por arriba y las que aparecen de la mitad de la página hacia abajo. Esto puede deberse a muchos factores como las prisas de la Redacción por cerrar la portada, la ausencia de otras noticias de interés o la acumulación de ellas, pero es más probable que todo se deba a una falta de criterio o, peor aún: que el criterio siempre esté expuesto a otros factores más allá de la temática judicial o su relevancia.

4.3. Los titulares a una columna son los de menor t rascendencia

Que los titulares a una columna sumen 75 mientras que la suma de los titulares a 4 y 5 columnas, las de mayor relevancia en un periódico y en su portada revela que las noticias judiciales no alcanzan ni la mitad (35) de titulares llamativos y determinantes. Las noticias judiciales son abandonadas a una columna lo que dificulta su búsqueda por parte de los lectores. Que la mayoría (68) sean a 3 y 4 líneas, lo habitual para una columna, no hace más que abundar en el desinterés con el que son tratados los asuntos judiciales en las portadas.

4.4. Perviven excentricidades en la prensa española

En El Punt Avui, al Ministro de Justicia español se le denomina “Ministre espanyol de Justicia”. Precisamente los mismos que exigen a la prensa de habla castellana que se escriba Lleida o Girona en vez de Lérida o Gerona.

En El Mundo de Cantabria, para referenciar una noticia sobre las disputas internas del Partido Regionalista de Cantabria se usan términos jurídicos con poca fortuna: “El ‘consejo de guerra’ del PRC contra el alcalde de Selaya, listo para sentencia”.

En La Tribuna de Albacete, resulta peculiar que aún se recurra a referencias anticuadas, de uso popular pero poco apropiadas, cuando se escribe: “La venta de cocaína sienta en el banquillo a catorce acusados a partir del próximo lunes”. Teniendo en cuenta que en los campos de fútbol también hay banquillos no parece oportuno el uso de una palabra que llama a confusión.

4.5. Se observa una habitual falta de conocimientos y criterios léxicos

Para referirse al referéndum que CIU pretende convocar en Cataluña, los periódicos españoles no tienen clara ni la concisión en el mensaje ni la unidad de criterio en el uso de los términos. Así, pasamos del referéndum al referendo sin olvidar el “referéndum ilegal de autodeterminación” ni el “delinquirá si

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convoca referéndum” o el “Armas (vocablo que hay que cuidar tendiendo en cuenta las circunstancias) para frenar el referéndum”. El colmo es que dos periódicos –La Rioja y La Verdad de Murcia- del mismo grupo editorial y publicando una noticia que se ha servido a todos por igual, acaben titulando de manera diferente: “El Gobierno usará ‘todos los medios legales’ para evitar el referéndum” (La Verdad) y “Rajoy usará todos los medios legales para impedir el referendo de Cataluña” (La Rioja).

Por otro lado, con la jueza Alaya, que instruye en Sevilla el caso de los ERE’s, se aplica una confusión lingüística apreciable: jueza, la juez, la juez instructora o Alaya, esta última denominación muy apropiada para referirse a otros (Castro, sin más, el juez del caso Nóos), prescindiendo de cargo o nombre y usando el apellido directamente como si el lector estuviera al tanto del detalle del nombre o apellidos del juez en cuestión.

4.6. Apego al espectáculo

Desde el titular que busca pellizcar los sentimientos del lector (“el padre de la víctima exige que el autor no tenga atenuantes”) hasta la proliferación de casos que van apareciendo por las portadas como si ya fueran familiares: caso Sprilur, caso de los ERE, caso Bretón, caso Bankia, caso Factura, caso Phillipp, caso Nóos, caso Renedo, también conocido como Operación Marea, caso Carvajal o caso Umbra. El lector queda sorprendido por estos nombres que se publican dando por supuesto que se está al tanto de cada uno de ellos.

4.7. Uso indiscriminado de siglas

TSJC, TSJA, TC, TS o Justicia DGA copan titulares sin tener en cuenta el grado de conocimiento que el lector tiene sobre la Justicia en general. Por ello, el uso de siglas debería ser mínimo, con el objeto de no confundir al lector a la hora de interpretar y analizar la noticia que se le transmite. Porque es fundamental saber que el ciudadano no sólo leerá la noticia, sino que a partir de lo que lea, interpretará la misma, emitirá su propio criterio y se formará su propia visión del mundo judicial y la administración de justicia. Proponiendo además, que cuando se designe a un órgano mediante siglas se identifique correctamente al mismo en el texto de la noticia.

4.8. Falta de básicos conocimientos jurídicos

Desde los que son “acusados de pelotazos” (figura jurídica o penal desconocida) hasta el “Piden 3’% años” dando por supuesto que el lector imaginará que lo que se piden son años de cárcel, pasando por una terminología ciertamente confusa: “Piden 3’5 años de cárcel a una lotera por quedarse con dinero. La Fiscalía la acusa de malversación de caudales públicos al apropiarse de 105.000 euros” (Diario Palentino). Tampoco es desdeñable el caso del Diario de León: “Detienen a dos menores por el robo de varios ordenadores del colegio San José” aunque en el texto se les califica

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como “presuntos autores del robo”. Finalmente, la publicación de la condena de Ángel Carromero en Cuba suscita también cierta disparidad de términos y tratamientos: desde la referencia al sujeto como tal, sin más apellidos, hasta su vinculación política con el Partido Popular, pasando por el hecho de que aún no tenemos claro si ha sido condenado por la muerte, por el accidente, por homicidio, por homicidio involuntario o por homicidio imprudente.

4.9. Falta de claridad que puede llevar al error

Canarias 7 titula: “La mafia serbia tenía un millón de euros y droga”. Tres subtítulos: “Marihuana. La red contaba con dos plantaciones”, “Pisos francos. Estaban en la capital y en el Sur” y “Abogado. Utilizaba pasaportes de mujeres muertas”. Hay que fijarse en el último subtítulo ya que no sabemos bien si era el abogado el que utilizaba los pasaportes o es el abogado, no sabemos de quién, que ha declarado que la mafia serbia utilizaba los pasaportes.

4.10. Politización de la justicia, algo que, por ot ro lado, es habitual en la España actual

DBalears: “El PSIB demanará el cap de Bauzá en el Parlament per ser incompatible. Exigirá dimarts que s’apliqui la setència d’Aina Salom a l’actual president. El PP es queixa perquè ho considera ‘una moció de censura encoberta”. El anterior titular demuestra, una vez más, que la clase política española ha judicializado la vida pública de tal manera que la sociedad vive en continuo ir y venir de los tribunales que, al final no quedará en nada. Las encuestas de opinión resaltan que los ciudadanos creen que los primeros que acaban librándose de las sentencias judiciales son los propios políticos por lo que cabe preguntarse por qué acuden con tanta facilidad y asiduidad.

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