La Investigación en Los Delitos Bancarios

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  • 5/23/2018 La Investigaci n en Los Delitos Bancarios

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    Prof. Helyan Pia Rangemail: [email protected]: 0416-6142670 Caracas; 16 de Diciembre 2010

    La Investigacin en los Delitos Bancarios

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    CONTENIDO:CONTENIDO:

    1.1. De la Facultad de la InspecciDe la Facultad de la Inspeccin.n.

    2.2. De la InformaciDe la Informacin Requerida.n Requerida.

    3.3. FormaciFormacin de Expedientes.n de Expedientes.

    4.4. De la Normativa Prudencial.De la Normativa Prudencial.

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    1.1. De la Facultad de la InspecciDe la Facultad de la Inspeccin.n.Alcances y Clases de InspecciAlcances y Clases de Inspeccin.n.

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    PrPrcticascticas InternacionalesInternacionales

    BASILEABASILEA

    GAFI 40 + 9 RecomendacionesGAFI 40 + 9 Recomendaciones

    Ley de Bancos y Otras Instituciones FinancierasLey de Bancos y Otras Instituciones Financieras

    ResoluciResolucin 119.10n 119.10

    LOCDOLOCDO

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    El ComitEl Comit de Basilea (G20) promueve desde 1974 estde Basilea (G20) promueve desde 1974 estndares mundiales dendares mundiales desupervisisupervisin eficiente. Dejando claro que los supervisores no son losn eficiente. Dejando claro que los supervisores no son los

    responsables deresponsables de juzgar los comportamientos criminalesjuzgar los comportamientos criminales en el Sistemaen el SistemaFinanciero.Financiero.

    Basilea se propuso formular guBasilea se propuso formular guas de supervisias de supervisin y prn y prcticas en cuanto a:cticas en cuanto a:

    Asegurarse que los bancos tenganAsegurarse que los bancos tengan polpolticas estrictasticas estrictas que busquen evitar serque busquen evitar serutilizados por la Delincuencia Organizada.utilizados por la Delincuencia Organizada.

    En 1988 publicEn 1988 public una primera declaraciuna primera declaracin de principiosn de principios PrevenciPrevencin deln del UsoUsoCriminalCriminal del Sistema Bancario con el Fin de Lavar Dinerodel Sistema Bancario con el Fin de Lavar Dinero

    En 1997 publicEn 1997 public Principios Esenciales para la SupervisiPrincipios Esenciales para la Supervisin Bancaria Efectivan Bancaria Efectiva((polpolticas, prticas, prcticas y procedimientos vigentescticas y procedimientos vigentes).).

    En 1999 desarrollEn 1999 desarroll lala MetodologMetodologa de Principios Esencialesa de Principios Esenciales, identificando, identificandodeficiencias CSC, cambios y mejoras en lasdeficiencias CSC, cambios y mejoras en las prprcticascticas lo cuallo cual llevllev a actualizara actualizarLos Principios EsencialesLos Principios Esenciales y lay la MetodologMetodologa de Evaluacia de Evaluacinn ((Identificar,Identificar,Monitorear, PolMonitorear, Polticas aceptaciticas aceptacin y Adm. Riesgon y Adm. Riesgo).).

    PrPrcticas Internacionalescticas Internacionales

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    GAFI desde 1989 han dictado pauta a Gobiernos y Bancos en cuantoGAFI desde 1989 han dictado pauta a Gobiernos y Bancos en cuanto a lasa lasprprcticas para evitar y combatir la Legitimacicticas para evitar y combatir la Legitimacin de Capitales (LC) y eln de Capitales (LC) y elFinanciamiento al Terrorismo (FT) criminalizFinanciamiento al Terrorismo (FT) criminalizndolos, identificando a los clientes,ndolos, identificando a los clientes,manteniendomanteniendo registros de operacionesregistros de operaciones, elaborando, elaborando RASRAS y exigiendo lay exigiendo laexistencia de UIF.existencia de UIF.

    En sus recomendaciones se plasma tambiEn sus recomendaciones se plasma tambin claras indicaciones acerca de losn claras indicaciones acerca de losdelitos, la facultad de la Inspeccidelitos, la facultad de la Inspeccin y la investigacin y la investigacin (LC/FT):n (LC/FT):

    Conjunto de contramedidas que abarcan: laConjunto de contramedidas que abarcan: lajusticia criminal y el control legaljusticia criminal y el control legal, la, laregulaciregulacin del SFn del SF y lay la CooperaciCooperacin Internacionaln Internacional..

    CategorizaCategoriza loslos Delitos DesignadosDelitos Designados, que son subyacentes a la LC y al ocultarse, que son subyacentes a la LC y al ocultarseconstituyen LC Criminal.constituyen LC Criminal.

    Conceptualiza el Conocimiento y la Responsabilidad Criminal (Conceptualiza el Conocimiento y la Responsabilidad Criminal (CegueraCegueravoluntariavoluntaria). Recomendando se aplique la responsabilidad criminal y cuando). Recomendando se aplique la responsabilidad criminal y cuando no,no,se debe aplicar la Responsabilidad Civil y/o Administrativa.se debe aplicar la Responsabilidad Civil y/o Administrativa.

    PaPases deben asegurarse que las Instituciones Financieras y No Finases deben asegurarse que las Instituciones Financieras y No Financierasncierasestestn sujetas an sujetas a regulaciones y supervisionesregulaciones y supervisiones,, adecuadas y continuasadecuadas y continuas. (22, 23,. (22, 23,

    24 y 25)24 y 25) Autoridades CompetentesAutoridades Competentes,, FacultadesFacultades y Recursos (26 al 32)y Recursos (26 al 32)

    PrPrcticas Internacionalescticas Internacionales

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    19 de Agosto del 2010 es publicada en Gaceta Oficial19 de Agosto del 2010 es publicada en Gaceta Oficial NroNro. 39.491 la Ley de Reforma Parcial de la. 39.491 la Ley de Reforma Parcial de laLey General de Bancos y Otras Instituciones Financieras.Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras.

    -- Articulo 217 , Alcance de las funciones de la Superintendencia.Articulo 217 , Alcance de las funciones de la Superintendencia. La cual por medio deLa cual por medio deInspecciones regulares debe tener informaciInspecciones regulares debe tener informacin sobre eln sobre el grupo financiero, sus estadosgrupo financiero, sus estadosfinancieros auditados y otros informesfinancieros auditados y otros informes..

    -- Las inspecciones pueden serLas inspecciones pueden ser IN SITU o EXTRA SITUIN SITU o EXTRA SITU, para verificar el cumplimiento de la, para verificar el cumplimiento de la

    instituciinstitucin financiera con las regulaciones y disposiciones aplicables porn financiera con las regulaciones y disposiciones aplicables por medio de susmedio de susagencias, sucursales y filiales.agencias, sucursales y filiales.

    -- PodrPodrn ser inspeccionesn ser inspecciones generales o especialesgenerales o especiales cada vez que la Superintendencia lo juzguecada vez que la Superintendencia lo juzguenecesario.necesario.

    -- Los Bancos pueden ser sancionados con una multa deLos Bancos pueden ser sancionados con una multa de 0,1 % a 0,5% del Capital pagado0,1 % a 0,5% del Capital pagadocuando no preparen oportunamente la documentacicuando no preparen oportunamente la documentacin solicitada durante las inspecciones den solicitada durante las inspecciones dela SUDEBAN.la SUDEBAN.

    -- Con elCon el 10% del ingreso anual10% del ingreso anual total percibido del atotal percibido del ao inmediato anterior, oo inmediato anterior, o 40 salarios m40 salarios mnimosnimos

    puede ser multado cualquier funcionario de la Institucipuede ser multado cualquier funcionario de la Institucin Financiera cuando por causan Financiera cuando por causainjustificada dejase de suministra la informaciinjustificada dejase de suministra la informacin solicitada.n solicitada.

    LegislaciLegislacin Nacionaln Nacional

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    2. De la Informaci2. De la Informacin Requerida.n Requerida.Suministro, presentaciSuministro, presentacin de la informacin de la informacin requerida.n requerida.

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    De la InformaciDe la Informacin Requerida: Suministro y Presentacin Requerida: Suministro y Presentacin.n.

    -- La Ley de Bancos en su Articulo 226 claramente indica que toda iLa Ley de Bancos en su Articulo 226 claramente indica que toda informacinformacin que durante lasn que durante lasinspecciones o mediante la UNIF solicite la SUDEBAN, serinspecciones o mediante la UNIF solicite la SUDEBAN, ser de carde carcter confidencial en loscter confidencial en losttrminos serminos sealados por esta ultima.alados por esta ultima.

    -- La especificaciones, acerca de los medios de remisiLa especificaciones, acerca de los medios de remisin de la informacin de la informacin solicitada que son den solicitada que son decarcarcter obligatorio sercter obligatorio sern siempre remitidos por la SUDEBAN.n siempre remitidos por la SUDEBAN.

    -- La ResoluciLa Resolucin 119n 119--10 indica de forma precisa en todo su Articulo 95 la informaci10 indica de forma precisa en todo su Articulo 95 la informacinncorrespondiente a la forma y manera de consignar la informacicorrespondiente a la forma y manera de consignar la informacin requerida por la UNIF, la cualn requerida por la UNIF, la cualdebe, entre otras cosas: Sello, Fecha, hora, nombre empleado recdebe, entre otras cosas: Sello, Fecha, hora, nombre empleado receptor,eptor, responder de maneraresponder de manera

    individualindividual, indicar de forma clara si la respuesta es, indicar de forma clara si la respuesta es afirmativa o negativaafirmativa o negativa, copia del acuse de, copia del acuse derecibo, firma del representante de la unidad correspondiente, plrecibo, firma del representante de la unidad correspondiente, plazos establecidos, respuestaazos establecidos, respuestadebe llevar indicado de forma clara y visible que vadebe llevar indicado de forma clara y visible que va con copia al Presidente del Sujetocon copia al Presidente del SujetoObligadoObligado,, sellos hsellos hmedosmedos no deben ir sobre campos con datos bno deben ir sobre campos con datos bsicos.sicos.

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    Del Secreto Bancario:Del Secreto Bancario:

    -- En las 40 recomendaciones del GAFI, la nEn las 40 recomendaciones del GAFI, la nmero 36 en su literal d) enuncia que ningunamero 36 en su literal d) enuncia que ninguna

    persona natural o jurpersona natural o jurdica se deberdica se debera negar a la asistencia legal mutua, apelando al secretoa negar a la asistencia legal mutua, apelando al secretobancario.bancario.

    -- Entre las formas de cooperaciEntre las formas de cooperacin en la recomendacin en la recomendacin 40 GAFI, se indica que los pan 40 GAFI, se indica que los pases noses nodeberdeberan invocar leyes que refieran a que las Instituciones mantenganan invocar leyes que refieran a que las Instituciones mantengan el secreto bancario oel secreto bancario o

    confidencialidad.confidencialidad.

    -- La LOCDO enuncia en su Articulo 51 que toda vez que se tenga sosLa LOCDO enuncia en su Articulo 51 que toda vez que se tenga sospecha de que lospecha de que loscapitales, fondos, bienes o haberes involucrados en una transaccapitales, fondos, bienes o haberes involucrados en una transaccicin y se suponga quen y se suponga queprovienen de una actividad ilprovienen de una actividad ilcita, debercita, deber ser notificado con carser notificado con carcter obligante los documentoscter obligante los documentosalal rgano Desconcentrado.rgano Desconcentrado.

    -- La Ley de Bancos en su Articulo 252 detalla que la informaciLa Ley de Bancos en su Articulo 252 detalla que la informacin solicitada por la SUDEBAN non solicitada por la SUDEBAN nose opone en modo alguno a al secreto Bancario y la confidencialise opone en modo alguno a al secreto Bancario y la confidencialidad debida.dad debida.

    -- La ResoluciLa Resolucin 119n 119--10 tambi10 tambin indica que los Sujetos Obligados deben colaborar en todon indica que los Sujetos Obligados deben colaborar en todo

    momento con el Ejecutivo Nacional.momento con el Ejecutivo Nacional.

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    Auditorias Internas y Externas:Auditorias Internas y Externas:

    -- SerSern realizadas por auditores internos, externos o terceros indepenn realizadas por auditores internos, externos o terceros independientes calificados.dientes calificados.Articulo 69, 119Articulo 69, 119--10. En el caso de los auditores externos, los mismos deber10. En el caso de los auditores externos, los mismos debern estar inscritosn estar inscritosen el Registro de contadores que lleva la SUDEBAN.en el Registro de contadores que lleva la SUDEBAN.

    -- Auditores deben realizar pruebas para validar el cumplimiento deAuditores deben realizar pruebas para validar el cumplimiento de los dispuesto en la LOCDO.los dispuesto en la LOCDO.Ejecuta y evaluar el PASEC que debe ser restringido y confidenciEjecuta y evaluar el PASEC que debe ser restringido y confidencial.al.

    -- Deben basarse en riesgo y variarDeben basarse en riesgo y variarn segn segn las caractern las caractersticas propias de cada Institucisticas propias de cada Institucin.n.

    -- Las pruebas independientes como mLas pruebas independientes como mnimo deben incluir: Evaluacinimo deben incluir: Evaluacin de lan de la efectividad delefectividad delprograma de cumplimientoprograma de cumplimiento, revisi, revisin de la evaluacin de la evaluacin de riesgo Institucin de riesgo Institucin Financiera,n Financiera, PruebasPruebasde transaccionesde transacciones acordes a la normativa, evaluaciacordes a la normativa, evaluacin de los esfuerzos de lasn de los esfuerzos de las reas para lograrreas para lograrmejoras sobre las debilidades detectadasmejoras sobre las debilidades detectadas, revisi, revisin deln del programa de adiestramiento alcance yprograma de adiestramiento alcance ycontenidocontenido, y una revisi, y una revisin de losn de los sistemas de monitoreosistemas de monitoreo..

    -- Circulares 10350 y la 16296 de la SUDEBAN dictan las pautas queCirculares 10350 y la 16296 de la SUDEBAN dictan las pautas que deben seguir los Auditoresdeben seguir los AuditoresExternos sobre las revisiones a las Instituciones.Externos sobre las revisiones a las Instituciones.

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    3. De la Formaci3. De la Formacin de Expedientesn de Expedientes

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    Actas de InspecciActas de Inspeccin y Formacin y Formacin de Expedientes:n de Expedientes:

    -- Las actas elaboradas durante los procesos de InspecciLas actas elaboradas durante los procesos de Inspeccin tendrn tendrn plena fuerza probatoria,n plena fuerza probatoria,

    siempre y cuando no sean desvirtuadas por lossiempre y cuando no sean desvirtuadas por los rganos jurisdiccionales competentes.rganos jurisdiccionales competentes.

    -- Los informes de inspecciLos informes de inspeccin debern debern ser archivados y sobre los mismos se debern ser archivados y sobre los mismos se deber desarrollardesarrollarplanes de acciplanes de accin y trabajo para mitigar la recurrencia de las debilidades detecn y trabajo para mitigar la recurrencia de las debilidades detectadas. De igualtadas. De igualforma deberforma debern ser considerados para la elaboracin ser considerados para la elaboracin del POA, PAA y para los PASEC.n del POA, PAA y para los PASEC.

    -- La superintendencia de Bancos formarLa superintendencia de Bancos formar expedientes de las Instituciones con todos los datosexpedientes de las Instituciones con todos los datosque determine incluyendo documentos constitutivos, datos de losque determine incluyendo documentos constitutivos, datos de los accionistas.accionistas.

    -- Para documentar los procesos de investigaciPara documentar los procesos de investigacin tambin tambin se deben elaborar expedientes quen se deben elaborar expedientes quecontemplen:contemplen: evidenciasevidencias claras y documentadas de laclaras y documentadas de la gestigestin realizadan realizada, refleje el lapso de, refleje el lapso de

    tiempo invertidotiempo invertido en la investigacien la investigacin, el proceso ln, el proceso lgico degico de ananlisis y evaluacilisis y evaluacinn, los, los resultadosresultadosde la misma y lasde la misma y las conclusiones finales y recomendacionesconclusiones finales y recomendaciones de la UPC LC/FT y tambide la UPC LC/FT y tambin las deln las delrgano Colegiado (Comitrgano Colegiado (Comit).).

    -- Se sugiere documentar un proceso de investigaciSe sugiere documentar un proceso de investigacin estn estndar con sus etapas y procesos,ndar con sus etapas y procesos,

    claramente definidos.claramente definidos.

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    Actas de InspecciActas de Inspeccin y Formacin y Formacin de Expedientes:n de Expedientes:

    -- Se sugiere desarrollar un portafolio de seSe sugiere desarrollar un portafolio de seales de alertas para la Instituciales de alertas para la Institucin de acuerdo a lasn de acuerdo a lascaractercaractersticas propias de la misma. Este debe ser actualizado de forma psticas propias de la misma. Este debe ser actualizado de forma perieridica y susdica y susmodificaciones con sus justificaciones debidamente documentadas.modificaciones con sus justificaciones debidamente documentadas.

    -- El proceso de investigaciEl proceso de investigacin debern debera estar debidamente documentado de manera estructural ya estar debidamente documentado de manera estructural yflexible, segflexible, segn sus etapas en un flujo grama y la constitucin sus etapas en un flujo grama y la constitucin documental del expediente.n documental del expediente.

    -- La informaciLa informacin a consignar a la UNIF debern a consignar a la UNIF deber presentase de forma ordenada como se planteapresentase de forma ordenada como se planteaen la circular 06416 segen la circular 06416 segn sea el caso. Las evidencias y documentos en la misma deben sern sea el caso. Las evidencias y documentos en la misma deben sercompletamente legibles (inobservancia).completamente legibles (inobservancia).

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    3. De la Normativa Prudencial3. De la Normativa Prudencial

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    LA RESOLUCIN 185.01 DEL 12 DE SEPTIEMBRE DE 2001, ES

    DEROGADA POR LA RESOLUCIN 119.10 DEL 09 DE MARZO DE 2009,ENTR EN VIGENCIA EL 17/09/2010.

    NORMAS RELATIVAS A LA ADMINISTRACIN Y FISCALIZACIN DE LOS RIESGOSRELACIONADOS CON LOS DELITOS DE LEGITIMACIN DE CAPITALES Y FINANCIAMIENTO AL

    TERRORISMO

    Qu est pasando?

    Por qu? Adaptarla a las Leyes Nacionales obligantes en

    la materia y que se promulgaron despus del ao

    2001.

    Alinear al pas a los estndares internacionales

    (ONU, UNDOC, EDGMONT), convenios

    subscritos y las mejores prcticas a nivel

    mundial.

    Dar respuesta a las demandas de los

    organismos evaluadores en la materia GAFI,

    GAFIC (De los cuales Venezuela es Miembro). Abordar de manera oportuna y eficiente los

    avances de los flujos ilcitos de capitales por

    parte de la medicin de riesgo.

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    Clientes de Alto Riesgo Personas Expuestas Polticamente (PEP`s)

    TerrorismoSE DEBEN OBSERVAR Y MONITOREAR:

    Personas Polticamente Expuestos(PEPs).

    Relacionados de PEPs.

    Clientes con Actividad de Alto Riesgo. Clientes con alta transaccionalidad enefectivo en divisas y BsF.

    Clientes con altos volmenes de envos yrecepciones de O.P. al y del extranjero y

    depsitos con cheques de viajero. Clientes reportados a las autoridades

    Sucursales con Alta transaccionalidad enefectivo (divisas y BsF.).

    LA RESOLUCIN 119.10 DE LA SUDEBANINCORPORA EN EL SISTEMA INTEGRAL DE

    ADMINISTRACIN DE RIESGO NUEVOS TRMINOS

    Estos nuevos conceptos requieren deespecial observacin por parte de las reasde Operaciones Internacionales, Finanzas y

    Control Cambiario ya que las operacionesque por estas se realizan colocan elfuncionamiento del Banco, sobre variablesde alto riesgo por la naturaleza de lasmismas y de los clientes.

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    Debida Diligencia y Debida Diligencia Mejorada:

    Debida diligencia: Mnimo de informacina recopilarse para determinar el riesgo.

    Debida diligencia adicional: Incremento de informacinrecopilada debido a factores de riesgo.

    Qu pueden hacer?

    .- Se debe demostrar que se acto con la Diligencia Debida y Buena Fe. .- Que se hizo, como se hizo y que se dejo de hacer?. .- Mantienen identificacin completa del Cliente?. .- Existe normas y procedimientos sobre LC/FT? .- Se han dictado programa de Adiestramiento?.

    .- Algn empleado incumpli las normas establecidas?. .- Actuacin de las reas de Control (Auditora Interna y Externa).

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    MANUALES y CIRCULARESMANUALES y CIRCULARES

    -- El Manual de PC LC / FT debe ser actualizado de forma continua yEl Manual de PC LC / FT debe ser actualizado de forma continua y periperidicadica

    -- Deben documentarse las causas que conllevan a los cambios en elDeben documentarse las causas que conllevan a los cambios en el mismo.mismo.

    -- Las Circulares deben tenerse archivadas de manera cronolLas Circulares deben tenerse archivadas de manera cronolgica y ser una herramientagica y ser una herramientaindispensable de trabajo al momento de efectuar cambios en los mindispensable de trabajo al momento de efectuar cambios en los manuales, elaborar nuevasanuales, elaborar nuevaspolpolticas para la Instituciticas para la Institucin y desarrollar nuevos productos, procesos o procedimientos.n y desarrollar nuevos productos, procesos o procedimientos.

    -- Se sugiere desarrollar manuales de procesos internos de la UPC LSe sugiere desarrollar manuales de procesos internos de la UPC LC/FT, paraC/FT, para reas como lasreas como las

    de monitoreo, investigacide monitoreo, investigacin, inspeccin, inspeccin, cumplimiento.n, cumplimiento.

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    MUCHAS GRACIAS!!!!!!