La Descentralización Administrativa Del Estado

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Descentralizacion del Ecuador

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La Descentralizacin Administrativa del Estado: Las AutonomasEs tal el desconcierto conceptual que impera en el Ecuador en torno a las nociones de descentralizacin y autonoma, que a continuacin realizamos un breve anlisis:En trminos generales, la centralizacin se lo conoce al sistema de administrar y manejar todos los intereses y negocios sociales, est confiado nicamente al jefe de gobierno, en tanto que la descentralizacin es la dispersin, con criterio funcional o territorial, de los centros de decisin poltica y administrativa del Estado.Hay dos clases de descentralizacin: la administrativa y la poltica. La descentralizacin administrativa, llamada tambin descentralizacin por servicios o desconcentracin, delega ciertas atribuciones del gobierno central a los rganos perifricos de gestin para que cumplan determinadas funciones y proporcionen servicios pblicos especficos a la comunidad.El objetivo de este tipo de descentralizacin es descongestionar el trabajo de los rganos centrales y dotar de mayor eficiencia a la prestacin de serviciosLa descentralizacin administrativa, en sus diversos grados, no afecta el carcter unitario del Estado ni quebranta las relaciones de jerarqua que existen entre los rganos centrales y los rganos perifricos. El juego de estos dos factores: la porcin de poderes delegados y la suma de poderes de control que se reserva la autoridad central, no vulnera la condicin del Estado unitario porque implica la vigencia de un solo orden jurdico, poltico y territorial.En cambio, la descentralizacin poltica, llamada tambin autonoma, es una de las caractersticas fundamentales del Estado federal y consiste en el fraccionamiento horizontal de las competencias legislativas, ejecutivas y judiciales, y su distribucin entre los rganos regionales que ejercen en su circunscripcin toda la gama de estas potestades, dentro de la divisin de atribuciones que marca la constitucin federal.http://senosfueelpaisdelasmanos.wordpress.com/2012/10/09/descentralizacion-y-autonomia-en-el-ecuador-rodrigo-borja/Recursos EconmicosArt. 270.- Los gobiernos autnomos descentralizados generarn sus propios recursos financieros y participarn de las rentas del Estado, de conformidad con los principios de subsidiariedad, solidaridad y equidad.

Art. 271.- Los gobiernos autnomos descentralizados participarn de al menos el quince por ciento de ingresos permanentes y de un monto no inferior al cinco por ciento de los no permanentes correspondientes al Estado central, excepto los de endeudamiento pblico.Las asignaciones anuales sern predecibles, directas, oportunas y automticas, y se harn efectivas mediante las transferencias desde la cuenta nica del tesoro nacional a las cuentas de los gobiernos autnomos descentralizados.

Art. 272.- La distribucin de los recursos entre los gobiernos autnomos descentralizados ser regulada por la ley, conforme a los siguientes criterios:1. Tamao y densidad de la poblacin.2. Necesidades bsicas insatisfechas, jerarquizadas y consideradas en relacin con la poblacin residente en el territorio de cada uno de los gobiernos autnomos descentralizados.3. Logros en el mejoramiento de los niveles de vida, esfuerzo fiscal y administrativo, y cumplimiento de metas del Plan Nacional de Desarrollo y del plan de desarrollo del gobierno autnomo descentralizado.Art. 273.- Las competencias que asuman los gobiernos autnomos descentralizados sern transferidas con los correspondientes recursos. No habr transferencia de competencias sin la transferencia de recursos suficientes, salvo expresa aceptacin de la entidad que asuma las competencias.Los costos directos e indirectos del ejercicio de las competencias descentralizares en el mbito territorial de cada uno de los gobiernos autnomos descentralizados se cuantificarn por un organismo tcnico, que se integrar en partes iguales por delegados del Ejecutivo y de cada uno de los gobiernos autnomos descentralizados, de acuerdo con la ley orgnica correspondiente.nicamente en caso de catstrofe existirn asignaciones discrecionales no permanentes para los gobiernos autnomos descentralizados.Art. 274.- Los gobiernos autnomos descentralizados en cuyo territorio se exploten o industrialicen recursos naturales no renovables tendrn derecho a participar de las rentas que perciba el Estado por esta actividad, de acuerdo con la ley.Rgimen de DesarrolloArt. 275.-El rgimen de desarrollo es el conjunto organizado, sostenible y dinmico de los sistemas econmicos, polticos, socio-culturales y ambientales, que garantizan la realizacin del buen vivir, del Sumak Kawsay.El Estado planificar el desarrollo del pas para garantizar el ejercicio de los derechos, la consecucin de los objetivos del rgimen de desarrollo y los principios consagrados en la Constitucin. La planificacin propiciar la equidad social y territorial, promover la concertacin, y ser participativa, descentralizada, desconcentrada y transparente.El buen vivir requerir que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades gocen efectivamente de sus derechos, y ejerzan responsabilidades en el marco de la interculturalidad, del respeto a sus diversidades, y de la convivencia armnica con la naturaleza.Art. 276.-El rgimen de desarrollo tendr los siguientes objetivos:1. Mejorar la calidad y esperanza de vida, y aumentar las capacidades y potencialidades de la poblacin en el marco de los principios y derechos que establece la Constitucin.2. Construir un sistema econmico, justo, democrtico, productivo, solidario y sostenible basado en la distribucin igualitaria de los beneficios del desarrollo, de los medios de produccin y en la generacin de trabajo digno y estable.3. Fomentar la participacin y el control social, con reconocimiento de las diversas identidades y promocin de su representacin equitativa, en todas las fases de la gestin del poder pblico.4. Recuperar y conservar la naturaleza y mantener un ambiente sano y sustentable que garantice a las personas y colectividades el acceso equitativo, permanente y de calidad al agua, aire y suelo, y a los beneficios de los recursos del subsuelo y del patrimonio natural.5. Garantizar la soberana nacional, promover la integracin latinoamericana e impulsar una insercin estratgica en el contexto Internacional, que contribuya a la paz y a un sistema democrtico y equitativo mundial.6. Promover un ordenamiento territorial equilibrado y equitativo que integre y articule las actividades socioculturales, administrativas, econmicas y de gestin, y que coadyuve a la unidad del Estado.7. Proteger y promover la diversidad cultural y respetar sus espacios de reproduccin e intercambio; recuperar, preservar y acrecentar la memoria social y el patrimonio cultural.Art. 277.-Para la consecucin del buen vivir, sern deberes generales del Estado:1. Garantizar los derechos de las personas, las colectividades y la naturaleza.2. Dirigir, planificar y regular el proceso de desarrollo.3. Generar y ejecutar las polticas pblicas, y controlar y sancionar su incumplimiento.4. Producir bienes, crear y mantener infraestructura y proveer servicios pblicos.5. Impulsar el desarrollo de las actividades econmicas mediante un orden jurdico e instituciones polticas que las promuevan, fomenten y defiendan mediante el cumplimiento de la Constitucin y la ley.6. Promover e impulsar la ciencia, la tecnologa, las artes, los saberes ancestrales y en general las actividades de la iniciativa creativa comunitaria, asociativa, cooperativa y privada.

Art. 278.-Para la consecucin del buen vivir, a las personas y a las colectividades, y sus diversas formas organizativas, les corresponde:1. Participar en todas las fases y espacios de la gestin pblica y de la planificacin del desarrollo nacional y local, y en la ejecucin y control del cumplimiento de los planes de desarrollo en todos sus niveles.2. Producir, intercambiar y consumir bienes y servicios con responsabilidad social y ambiental.

Examen de Realidad Nacional

Nombre: Curso: .. Fecha : ..1. Completa el siguiente cuadro comparativo:

FORMAS DE ADMINISTRACIN PBLICACARACTERSTICAS

CENTRALIZACIN

DESCENTRALIZACIN

2. Analiza los siguientes enunciados relacionados con los artculos de la Constitucin, para ello, escribe C si es correcto I si es incorrecto. Justifica tu respuesta si es incorrecto.

ENUNCIADOCORRECTO O INCORRECTOPORQUE...

Los gobiernos autnomos descentralizados generarn sus propios recursos financieros y participarn de las rentas del estado.

Los gobiernos autnomos descentralizados no participarn de ingresos permanentes provenientes del estado.

Uno de los criterios que se considerar para la distribucin de los recursos entre los gobiernos autnomos descentralizados ser del tamao y densidad de la poblacin.

Las competencias que asuman los gobiernos autnomos descentralizados no sern transferidas con los correspondientes recursos estatales.

3. Contesta los cuestionamientos de la siguiente rueda lgica:

2)3)1)4)

3) DividirCules son los deberes del Estado para conseguir el buen vivir?2) ArgumentarQu sucedera si no se cumplen las disposiciones del buen vivir?4) CompararQu beneficios traer la aplicacin de los requisitos del buen vivir?1) IdentificarQu es el Rgimen de Desarrollo?Rgimen de Desarrollo