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LA DEFENSA DEL TRABAJO: ¿VALOR HUMANO QUE SE PIERDE? Dr. Josd Manuel LASTRA LASTRA* SUMARIO: Zntroducción. 1. Idea general del trabajo. 11. El trabajo en la Biblia. 111. Idea del trabajo en Grecia. IV. El trabajo en Roma. V. El trabajo en la Edad Media. 1. La sociedad feudal europea. 2. El homenaje en la época feudal. 3. La organización del trabajo en las corporaciones de oficios. 4. La escala gremial. VI. La revolución industrial y sus causas. VII. Las empresas manufacture- ras. VIII. Decadencia y extinción del régimen corporativo. IX. La doctrina liberal. X. El advenimiento del neoliberalismo y la nueva cultura del trabajo. XI. La libertad económica: jnueva razón de Estado? XII. Expectativas del trabajo en la era de la producción flexible. Epílogo. Bibliografta. El trabajo es una actividad humana por medio de la cual el hombre, al procurar la subsistencia, emplea su energfa e intelecto con fines útiles para el grupo social al que pertenece. Por ello, la sociedad siempre ha observado con respeto y admiración a los hombres que trabajan, y también ha marginado a quienes se niegan a contribuir con su esfuerzo a la producción de los satisfactores indispensables para el desarrollo social. La idea del trabajo, desde epocas remotas, ha estado vinculada fntimamente con las fuentes de producción de energfa. La cual fue considerada por el doctor De la Cueva, el patrimonio humano originario, ' Catedratico de Legislaci6n internacional del Trabajo en la Divisi6n de Estudios de Posgrado de la Facultad de Derecho de la UNAM e investigador del I.I.J. www.juridicas.unam.mx Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM http://biblio.juridicas.unam.mx DR © 1995. Universidad Nacional Autónoma de México, Facultad de Derecho

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LA DEFENSA DEL TRABAJO: ¿VALOR HUMANO QUE SE PIERDE?

Dr. Josd Manuel LASTRA LASTRA*

SUMARIO: Zntroducción. 1. Idea general del trabajo. 11. El trabajo en la Biblia. 111. Idea del trabajo en Grecia. IV. El trabajo en Roma. V. El trabajo en la Edad Media. 1. La sociedad feudal europea. 2. El homenaje en la época feudal. 3. La organización del trabajo en las corporaciones de oficios. 4. La escala gremial. VI. La revolución industrial y sus causas. VII. Las empresas manufacture- ras. VIII. Decadencia y extinción del régimen corporativo. IX. La doctrina liberal. X. El advenimiento del neoliberalismo y la nueva cultura del trabajo. XI. La libertad económica: jnueva razón de Estado? XII. Expectativas del trabajo en la era de la producción

flexible. Epílogo. Bibliografta.

El trabajo es una actividad humana por medio de la cual el hombre, al procurar la subsistencia, emplea su energfa e intelecto con fines útiles para el grupo social al que pertenece. Por ello, la sociedad siempre ha observado con respeto y admiración a los hombres que trabajan, y también ha marginado a quienes se niegan a contribuir con su esfuerzo a la producción de los satisfactores indispensables para el desarrollo social.

La idea del trabajo, desde epocas remotas, ha estado vinculada fntimamente con las fuentes de producción de energfa. La cual fue considerada por el doctor De la Cueva, el patrimonio humano originario,

' Catedratico de Legislaci6n internacional del Trabajo en la Divisi6n de Estudios de Posgrado de la Facultad de Derecho de la UNAM e investigador del I.I.J.

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lo auténticamente suyo del que trabaja, tal patrimonio le ha sido otorgado en el acto de su procreación.

Este valor humano originario ha impulsado a través de todos los tiempos la mejor defensa de los juristas y del derecho del trabajo. Pues, como bien se ha expresado: "el derecho de trabajar nace del derecho de vivirn.

Recordemos que en defensa de este valor humano alzó su voz, en el Congreso Constituyente de 1856-57, don Ignacio Ramirez. "El Nigro- mante", para expresar: "donde existia un valor, alli se encuentra la efigie soberana del trabajon.

1. IDEA GENERAL DEL TRABAJO

La palabra trabajo, proviene del latin trabs, trabis, traba; porque es el instrumento de sujeción del hombre. También hay quienes sostienen que se origina del vocablo latino laborare, que significa trabajar, labrar la tierra. Por su parte, el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, indica su procedencia del latfn tripaliare, tripallium, entendiéndose como la acción de esfuerzos y actividades.

En el caso de México, la ley de la materia, en su articulo 8, determina el concepto: "se entiende por trabajo, toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerida por cada profesión u oficion.

Como puede observarse, en los conceptos anteriores, es el ser humano quien realiza tal actividad, que ha de ser inteligente y útil a la sociedad.

11. EL TRABAJO EN LA BZBLZA

El hombre, enseAa la Biblia, estaba destinado al trabajo, aun en el estado de "gracia", en el estado de "perfección", antes de la caida. Dios tomó al hombre y lo colocó en el jardin del Edén para que lo cultivara, sefiala la Génesis. Por ello, precisa en el libro de Job: "el hombre ha sido hecho para trabajar, como el ave para volar".'

' Marc, Jorge Enrique. Zntroduccidn a1 dcrecho laboral, Buenos Aires, Ediciones Depalma, 1979, p. 9.

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Hay autores que, apoyándose en la Génesis, expresan que el trabajo: "fue impuesto por Dios a los hombres como uno de los castigos de la culpa ~ r imera" .~

Algunos otros, lo conceptúan como un "castigo biblico", ya que Dios, al condenar y reprobar la conducta pecaminosa de Adán, le dijo: "con dolor comerás de ella todos los días de tu vida [...] con el sudor de tu rostro comerás el pan".5

111. IDEA DEL TRABAJO EN GRECIA

En la antigua Grecia, la esclavitud era una condición jurídica socialmente aceptada; en la hélade, el trabajo manual se consideró: "una ocupación vil, indigna de los ciudadano^".^

Al ciudadano griego se le prohibe trabajar. Los trabajos en sus propiedades los realizan los hilotus, que: "son esclavos de la comunidad, el hilotu no está vinculado a un hombre, sino a un territ~rio".~

Las democracias griegas -como es sabido- contaban con pocos centenares de ciudadanos "pero sí con abundantes millares de esclavos, libertos y otros, que no participaban para nada en los asuntos ptíbli~os".~

Por ello, cabe mencionar que los pensadores más ilustres de la época, entre otros: Platón, Aristóteles, en Grecia; Cicerón y Séneca, en Roma, coincidian con esta idea del trabajo.

En el Gorgias de Platón, aparece la conversación del moralista ateniense con Calicles de Acarnea, en la que se sostiene:

Yo pienso -dice Calicles- que la misma naturaleza hace ver cómo es justo que el mejor tenga más que el peor, y el fuerte que el más débil C...] no

Poblete Troncoso, Moisés. Alguws enfoques sobre el trabajo humano, Buenos Aires. Bibliograffa OMEBA, Gaceta del Trabajo, ndm 3. mayo-junio. 1963. p. 227.

* Génesis. 3: 19. Well, H.G., Breve historia d d mundo, Buenon Aires, Ediciones Siglo XX, 1974, p. 79. ' A. Jardé. La fonnacidn del pueblo Griego. México, UTHEA, 1960, p. 12. ' Ibidem, p. 79.

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sólo entre los animales, sino entre los hombres [...] es injusto y artificial la idea de que los ciudadanos son iguales entre sí -según Calicles- si los hombres no son ni pueden ser iguales por naturaleza, resulta falso declarar que, legalmente, todos merecen el mismo tratamiento.'

Nótese que en aquellos tiempos se admitfa que lo verdadero es lo conforme a la naturaleza en tanto que es legal lo que se ajusta al parecer de la mayoría.

Para Aristóteles, el trabajo es: "Una actividad propia de los esclavos. La ciencia del señor consiste en saber usar los esclavos, pues no se es señor por adquirir esclavos, sino por saber usarlos. El sefior debe simplemente saber mandar lo que el esclavo debe saber hacer.-

El pensamiento del estagirita, criticado por algunos autores especia- listas de la materia que nos ocupa, es explicable mas no justificable, puesto que las ideas y los conceptos evolucionan en el devenir de los tiempos. Por lo mismo, en la actualidad y con una visión contemporánea, no se justifica sancionar un pensamiento que data de más de dos mil años sacando al pensador de su época y de su tiempo trasladándolo al presente.

Aristóteles nació, vivió y murió en una sociedad esclavista. Guiados por los datos que nos proporciona Laercio, encontramos que el filósofo, en su testamento, hace alusión al disponer de sus cosas, de que: "ningiin nifio de mis esclavos será vendido, sino que de ellos deberán servirse mis herederos"?

El filósofo estagirita expone en Política su doctrina sobre la ser-vidum- bre natural. Se lee en la obra citada, que la familia: 'se compone de esclavos y libres [...] sólo por convención es uno esclavo y el otro libre [...] el que, siendo hombre, no es por naturaleza de si mismo, sino de otro, éste es esclavo por naturaleza [...] y para ellos es mejor ser mandados."1°

' Garcfa Mhynez, Eduardo. Temhs sobre iajusiicia en los Didlogos de Phidn, Mtxico, UNAM. 1981, pp. 188. 189 y 190.

Arist6teles. Politiica. Libro 1, Capitulo 11. M6xico. Porrcia. 1969, p. 63. (Sepan Cuantos). ' Laercio, Diógenes. Vida de los/íldrofos más ilusircs, traducciones y pr6logos de Jose Ortiz Sanz

y Jost M. Riafio, Mexico, Porrcía, 1984, p. 117. (Sepan Cuantos 427). " Ibidcrn, pp. 159, 160 y 161.

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La tesis aristotélica respecto de la servidumbre natural, expresa que la intención de la naturaleza, por tanto, es hacer diferentes los cuerpos de los hombres libres y los de los esclavos: los últimos, robustos para el servicio necesario; los primeros, erguidos e inservibles para esta ocupación, pero útiles para la vida de la ciudadania. En conclusión, el filósofo afirma que la servidumbre es justa y conveniente cuando la naturaleza hace algunos hombres libres y a otros esclavos. Aclara que los términos esclavitud y esclavos son ambiguos; porque hay hombres esclavos por efecto de la ley, pues ésta es una especie de acuerdo por el cual el botin de guerra se estima ser del vencedor.

IV. EL TRABAJO EN ROMA

En Roma, la sociedad civil y toda la economfa del Estado descansó también sobre la esclavitud, la más inmoral y funesta de todas las instituciones de la antig~edad.

El concepto de trabajo libre como suprema manifestación de la voluntad, como fuente de toda riqueza nacional, no había sido descubier- ta aún. La idea del trabajo segufa siendo: "una contribución forzosa, impuesta a los esclavos. La esclavitud era la única base sobre la que descansaba la independencia de la clase gobernante"."

Marco Tulio Cicerón, el gran tribuno, refiere que hay también justicia que guardar con aquellos que son inferiores a nosotros: "el estado más bajo entre los hombres es el de los siervos [...] a quienes es regular que se hagan trabajar, pero ha de pagárseles también su proporción"."

El concepto de persona en el derecho romano es más estrecho que el de hombre, puesto que los esclavos no son considerados personas; sin embargo, a la vez es un vocablo más amplio debido a que las personas juridicas son hombres.

Las personas jurídicas o morales en el derecho romano eran: "Las asociaciones o corporaciones, que son un conjunto de personas unidas entre sf, voluntariamente por la tradición para la consecución de un fin

Gregorovius, Ferdinad. Roniay Alcnus en la Edad Media, México, Fondo de Cultura Econ6mica, 1982, p. 17.

" Cicerón, Marco Tulio. Los oficios o los deberes de la vejez, Mkxico, PorrCia, 1973, p. 15, (Sepan Cuantos 230).

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comiin. Los romanos designaban con distintos nombres: societas, collegzum, Corpus, universitas, etcétera."ls

En resumen, muchas de las grandes obras que se realizaron en la época antigua, sobre todo arquitectónicas, que aún subsisten y son objeto de admiración y asombro, fueron obra de la esclavitud. A guisa de ejemplo baste enunciar algunas: los famosos jardines suspendidos de Babilonia, los maravillosos templos de Nubia y la Muralla China, las Pirámides de Egipto, mandadas a hacer por los faraones, el Coliseo Romano.

El yugo de la esclavitud y los cruentos sufrimientos humanos, mancharon y enlutaron las páginas de la historia antigua.

V . EL TRABAJO EN LA EDAD MEDIA

Al extinguirse la esclavitud, surgieron otras formas de "atenuada explotación", en la sociedad feudal europea. Por transición de la figura del colonato, deviene en : "el feudalismo medieval".14

Los autores de la materia no precisan con exactitud la fecha del surgimiento de esta institución, aunque parece ser que: "en el siglo 111 era ya conocida y que las reglas fijadas para sus costumbres fueron precisadas y completadas desde tiempos de Con~tantino".'~

En cuanto a los orfgenes del colonato, generalmente se admite que se estableció poco a poco por causas diversas:

En tiempo del bajo Imperio, el niimero de esclavos disminuyó rápidamente, la vida económica empezó a sufrir por la escasez de ellos y los grandes terratenientes iniciaron el sistema de prohibir que los pocos campesinos que trabajaban en sus campos, salieran de aht.16

El colono quedaba unido en forma perpetua a la tierra ajena con el propósito de cultivarla, asegurando una renta al propietario de la misma.

U Bialostosky, Sara. Panorama del derecho romano, México, UNAM, 1982, p. 49. " Cfr. Bialostosky, Sara. Op.n't. p. 49. " Petit, Eugene. Tratado elemental de derecho romano. 9' ed., José Fernandez Gonz4lez. México,

Editora Nacional. 1971, p. 95. " I&m.

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Esta institución fue estableciéndose en la vida social del pueblo romano y mereció la atención y protección del gobierno imperial; su gran trascenden- cia radica en que: "a través del selww terrae, se asegura la fuerza de trabajo necesaria para el cultivo de enormes extensiones de tierra"."

En el lugar del esclavo fácilmente comprado y vendido, se opta por la figura del colono: "hombre libre, pero vinculado contractualmente a determinadas tierras, de las que no puede separarse, las cuales no pueden ser vendidas sin garantizarle su derecho de continuar cultiván- dola~". '~

En relación al anexo existente entre el propietario de la tierra y el seruus glebae, no podrfamos en sentido estricto señalar que existiera una relación de trabajo sino una : "subordinación indirecta al propietario de la tierra y directa a la tierra misma [...] es un régimen de absoluta servidumbre; tan ominoso como el de la esclavitud, la tierra marca el destino de la persona".'*

1 . La sociedad feudal europea

Ser hombre de otro hombre: no hay en el vocabulario feudal alianza de palabras más extendida que ésta ni de un sentido más pleno. Comiín a las lenguas románicas y germánicas, servía para expresar la dependen- cia personal, fuese cual fuese la naturaleza jurtdica exacta del vínculo y sin que sirviese de óbice ninguna distinción de clase. El conde era el hombre del rey, como el siervo era el de su señor rural. Existía un elemento combn: la subordinación de un individuo a otro. Una de las más significativas de estas relaciones de dependencia, fue el vasallaje.

2 . El homenaje en ka época feudal

Este ritual de dependencia y subordinación consistta en:

He aquí, frente ji frente, a dos hombres: uno quiere servir, el otro acepta o desea ser jefe. El primero junta las manos y las coloca, así unidas, en manos

" Garcia Lemus. Raúl. Derecho Romano. Mexico, Limusa, 1964, p. 38. Iden. Alonso Garcia, Manuel. Curso dc derecho del trabajo. 4' ed., Barcelona, Ariel, 1973, pp. 56 y 57.

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del segundo: claro símbolo de sumisión, cuyo sentido se acentuaba a veces en una genuflexión. Al propio tiempo, el personaje de las manos cerradas, pronunciaba algunas palabras, muy breves, por las que se reconoce el hombre del que tiene enfrente. Después, jefe y subordinado se besan en la boca: símbolo de conciliación y amistad."

Este tipo de actos servfa para anudar uno de los vinculos sociales más fuertes que conoció la era feudal. Con frecuencia, el subordinado es llamado, sin más, el hombre de este señor. Alguna vez, con más precisión, su "hombre de boca y manos". Sin embargo, también se empleaban palabras más especializadas: uasallo o, hasta principios del siglo XII: encomendado. Concebido de esta forma, el rito estaba desprovisto de toda señal cristiana. Explicable por los remotos origenes germánicos de su simbolismo. El homenaje era, una palabra, el verdadero creador del vasallaje bajo su doble aspecto de dependencia y de protección.

Desde su origen, las relaciones de dependencia tuvieron su aspecto económico, el vasallaje, igual que las demás. El 6nico verdadero era el que daba algo.

El jefe de un grupo de vasallos tenia dos opciones en cuanto a la remuneración que debia dar a sus vasallos: podía retener al hombre en su vivienda, alimentarlo y vestirlo a su costa, o bien, atribuyéndole una tierra, o al menos unas rentas fijas sacadas del suelo, dejarle a su propio cuidado.

3. La organizacidn del trabajo en las corporaciones de ofzeios

Las organizaciones profesionales del medievo surgen a partir del siglo XII, en que se produce el florecimiento urbano, resumido en los monarcas y su corte de nobles o los señores feudales, en tanto que los sometidos a servidumbre, colonato o vasallaje no podían obtener amparo eficaz para sus intereses. Sin embargo, surge y se robustece progresivamente la clase de los artesanos, que gozaba de libertad personal y de suficiente iniciativa en sus actividades. Con el crecimiento de los articulos manufacturados y el desenvolvimiento de las comunica- ciones, ese niicleo productor fue afirmando su autonomía social y profesional, por una conciencia de comunidad laboral.

Bloch, Marc. Lo sociedad feudal. Mkxico, UTHEA, 1958. p. 168.

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Al no ser suficiente la industria familiar, se necesitan especialistas para cumplir con la clientela que aumenta, se constituye el oficio. Como el comercio en gran escala no existe aún únicamente se trabaja para un mercado d e la ciudad o d e la región; éste es bastante restringido, por lo que es d e mucha importancia reglamentar el trabajo para que el artesano pueda vivir. Asf se instituyen los cuerpos de oficio.

Los artesanos que ejercen el mismo oficio se reúnen y redactan estatutos. La corporación aparece y va organizando el trabajo. Hasta el siglo XVI, según Paul Pic: "el artesano trabaja en su casa con su herramienta sobre materias primas que compra él mismo, y las vende al consumidor después d e haberlas transformado E...] el mercado es restringido, todo aumento de artesanos significa una disminución proporcional del trabajo.""

La servidumbre de la gleba y el trabajo libre por cuenta ajena, son las normas principales a través de las cuales se presenta el fenómeno laboral durante los siglos XII a XVIII.

Fue el taller medieval: "la unidad primaria del régimen corporativo y se caracterizó por sus modestas dimensiones y su espiritu casi familiar

La corporación:

Es la asociación de los artesanos del mismo oficio, residentes en la misma ciudad, investida del carácter de un monopolio riguroso de fabricación y de venta; monopolio que resulta de la homologación de sus estatutos y reglamentos tanto por la municipalidad como por la autoridad seliorial o real [...] es un sindicato obligatorio, pero puramente patronal [...] el obrero queda al margen de la corporación: son especie de pasantes que, mientras que no son más que aprendices y oficiales, no toman parte en la dirección de la agrupación profesional. No asisten a las deliberaciones, les está prohibido formar entre ellos asociaciones, dependen en absoluto de sus patrones, que pueden a su antojo emplearlos o no [...] no es más que un sindicato patronal [...] cada ciudad tenfa su reglamento particular, y si un maestro había conquistado su maestría en la fábrica de sedas de Tours, y se trasladaba a

" Plutarco. Vi& p<rrakl<rs. 5' ed., Mtxico, Porrúa, 1982, p. 76 (Sepan Cuantos). Santos Azuela, Héctor. 'Formación histórico-jurfdica del sindicato". Anwrio J u d i c o VI.

Mtxico, UNAM, 1979, p. 2674.

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Lyon no podfa, más que por excepción y muy difícilmente, colocarse sin una pasantia o aprendizaje previo en una fábrica de sedas de Lyon.Zs

4 . La escala gremial

Luis Alcalá-Zamora y Castillo y Guillermo Cabanellas, definen la escala gremial como: "la jerarquia profesional característica de las corporaciones medievales de oficios.'*

Como se sabe, la jerarquta era:

a) El aprendiz de oficio, en algunos casos no remunerados y en otros, con muy bajo estipendio, eran los aspirantes de la categoria de compafíeros y oficiales.

b) Los oficiales o compañeros eran los trabajadores asalariados, subordinados al maestro.

c) El maestro, que comiinmente era en esta etapa pre-capitalista, un trabajador libre, generalmente diestro en su oficio y propietario del centro de trabajo, por ello algunos autores lo equiparan a un pequeño empresario.

La economta urbana de aquella época se caracterizó por el empleo de métodos de producción predominantemente manuales, y los pequefíos talleres producían sólo para las limitadas necesidades de la población.

Los integrantes de las corporaciones estuvieron comúnmente unidos por vtnculos de indole religiosa y familiar, inclusive; también por la admiración y respeto que inspiraba siempre, la brillante artesanfa y destreza de los maestros.

m Pic, Paul. Traité Elémrnlarrc de Lcgülatzon Industncllr. Parls, Arthur Rousseau editeur. 1930, p. 60.

Sr Cfr. Alcalá-Zarnora y Castillo L. y Cabanellas. Guillermo. Trahdo de polftica laboral y social. t. 1, Buenos Aires, Heliasta. 1976, p. 243.

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V I . LA REVOLUCZ~N INDUSTRIAL Y SUS CAUSAS

Diversos acontecimientos de gran significado para la humanidad, prepararon desde larga data, esta revolución orgánica en el ámbito de la producción.

Los magnos descubrimientos geográficos del Nuevo Mundo, realiza- dos por Cristóbal Colón y la circunnavegación del planeta llevada a cabo por Elcano, modificaron la concepción del mundo que habitamos. Asimismo, los diversos inventos científicos fueron permitiendo un conocimiento y una explotación más técnica de la naturaleza. Coadyuvaron, también, los avances de orden político que culminaron con la Revolución Francesa, al determinar y favorecer la iniciativa privada en todos los órdenes.

Finalmente, como esencia misma de esta Revolución y consecuencia de las causas apuntadas, el diseño, la construcción de máquinas, cada vez más numerosas y eficaces, que cooperaban en las actividades manuales del hombre, poco a poco fueron reemplazándolo.

Como la producción del trabajo manual es limitada, se tiende, con el progreso de las nuevas máquinas y con la utilización de otras fuerzas, a elaborar y producir en forma ilimitada. Por ello se ha dicho que hasta la invención de la máquina de vapor, la producción tenia por limite la fuerza del hombre; sin embargo, con el advenimiento del empleo del vapor en la industria, se abren nuevos horizontes, cuyos limites prácticamente no pueden senalarse.

' El empleo de las máquinas "incansables" significaron desde su comienzo, una contingencia amenazadora para los trabajadores, elimi- nando al hombre como productor. Sin duda alguna, las máquinas están en condiciones de realizar la tarea de varios hombres, la de cientos de ellos e incluso la de millares. Sin embargo, "la eliminación absoluta resulta imposible: primero porque el hombre es el que inventa y fabrica las máquinas; segundo, porque él las pone en funcionamiento, las dirige, las vigila y las repara".25

La máquina, llamada a liberar al hombre de las penalidades del trabajo manual, ha suscitado en el transcurso del tiempo innumerables odios y diatribas. Se creyó, fundamentadamente, que la máquina suprimirfa el

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empleo de los músculos de los trabajadores. La organización corporativa en su agonía, además, se mostraba impotente por completo para amoldarse al nuevo sistema laboral que el maquinismo imponta, con el empleo de herramientas y máquinas más modernas y costosas.

V 11. LAS EMPRESAS MANUFACTURERAS

En Inglaterra, el éxodo del campo a la ciudad, tanto de1 hombre como de las diversas manufactureras, estuvo condicionado por el mejoramien- to de las vías terrestres y de los transportes acuáticos. "Sin estas mejoras introducidas en las comunicaciones, no hubieran tenido lugar las revoluciones agricola e i n d ~ s t r i a l " . ~ ~

Gran parte del capital creado merced a la Revolución Industrial se canalizó a la producción agrícola; sin embargo, fluta también en dirección contraria, es decir, de la tierra hacia la industria. Una ayudó a la otra.

En la época de Jorge 11 (1727-1760), la manufactura era una actividad de la vida rural.

Los manufactureros -término usado para designar no a los patronos capitalistas, sino a los propios trabajadores manuales- habitaban ordinaria- mente en las aldeas, que se proveían a sí mismas de pafios, herramientas, edificios, de la más corriente confección, así como de pan, carne y cerveza?'

La manufactura abandonó los hogares campestres para establecerse en las regiones fabriles; las mejoras introducidas en la red de cami- nos; extinguieron la necesidad de que la aldea se bastase a si misma, los habitantes del campo compraban a la sazón, en las ciudades, artículos que ellos mismos productan, más de un sastre, carpintero, cervecero o molinero de aldea, se encontraron con que su profesión estaba de más. Rara vez se hilaba ya en la rueca; el calificativo de spinter (hilandera), que se aplicaba a las solteras, iba convirttendose en anacrónico; comenzaba a cumplirse la sentencia de Federico Engels, quien lo condenó a

'O Macaulay Treveylan, George. Histona soctal de Inglaterra. 2' ed., Mexico, Fondo de Cultura Econ6mica. 1984, p. 401.

" Ibidem. p. 391.

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permanecer: "en un nicho del museo de las antigaedadesn. El nacimiento de las ciudades manufactureras de Inglaterra, Francia y otras partes de Europa, produjo el nacimiento de centros industriales urbanos que se entregaron a las fábricas y a la maquinaria industrial, disociándose totalmente de la vida rural y del pais que las rodeaba.

Las empresas manufactureras se crearon para estimular las formas de producción. Desgraciadamente, la necesidad de producir en condiciones más económicas, condujo inevitablemente, a la explotación abusiva del trabajo humano. Sin embargo, en torno a las corporaciones hubo un notable avance, pues las: "probabilidades de acceso al trabajo y a los oficios aumentaron. No subsistieron en estas empresas las exigencias que habfan caracterizado al sistema corp~rativo". '~

El trabajador conforme a estos nuevos sistemas de producción, que ya hemos mencionado, no podía abandonar la manufactura: si no era despedido y su libreta no contenía la constancia escrita de su licenciamiento. Si a pesar de estas normas prohibitivas el trabajador abandonaba la manufactura se le consideraba desertor y podía ser traído de nuevo por la fuerza pública.4B

De las pocas probabilidades existentes en la organización corporativa, tanto de emplearse como de separarse voluntariamente, nos habla, preocupado por esta circunstancia, Adam Smith en su famosa obra:

Si se quebranta el privilegio exclusivo de gremios y corporaciones, reformán- dose los estatutos de aprendizaje que oprimen la libertad civil, y que en Gran BretaAa se revocaran los estatutos de domicilio, de suerte que cualquier pobre artesano, cuando las circunstancias le obligaren a dejar su oficio pudiera tomar otro, sin miedo a ser perseguido o expulsado [...] ni los participantes padecerían tanto al producirse un despido temporal y los trabajadores serían dignos de la consideración del

Ibaden, p. 392. Cfr. Pic, Paul. Op.cit., p. 828.

So Cfr. Smith, Adam. Investrgacrdn sobre la naturakza y causas de la nqueza de las naciones. traducción de Gabriel Franco, México, 1987. Fondo de Cultura Económica, p. 415.

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1 04 JOSE MANUEL LASTRA LASTRA

VIII. DECADENCIA Y E X T I N C I ~ N DEL RÉGZMEN CORPORATIVO

La aparición de factores diversos precipitaron la disolución y extinción de los talleres corporativos; las nuevas formas de producción impuestas por la Revolución Industrial, a las que no pudieron adaptarse con facilidad estas organizaciones, y "las costosas máquinas y herramientas muy especializadas y de difícil adquisición, asf como la producción masiva de las grandes empresas, fueron las causas que aniquilaron a las pequeña^".^^

Asimismo, los grandes descubrimientos geográficos, la apertura de nuevos mercados, la facilidad de sustituir la mano de obra y el virtuosismo artesanal, anunciaban el final de las antiguas formas de producción para dar paso al nuevo desarrollo industrial.

Por todas las restricciones que impuso el sistema corporativo, de las cuales ya hemos mencionado algunas, no pudieron, estas corporaciones, al final, "resistir al progreso indust rialn.3P Pronto iba a nacer el sistema capitalista. La producción de las corporaciones no permitfa multiplicar- se, incrementarse la riqueza. La ampliación del taller corporativo es el punto de partida de la producción ca,pitalista.

Otros factores que influyeron en forma determinante, en la decaden- cia de las corporaciones, fueron: "Las perennes discordias entre los maestros, oficiales y aprendices, que debilitaron el espfritu, la paz y armonía; ocasionando luchas y rivalidades entre los miembros. En el siglo XVIII, las corporaciones no encuentran ya terreno propicio para desenvolverse, ni doctrinal ni so~ialrnente."~~

La filosofía del siglo XVIII, con sus ansias liberales y sus preferencias individualistas, reacciona contra el secular sistema que aprisionaba en las tupidas redes de la corporación, todo el espíritu de libre iniciativa. Planteando así la acentuada decadencia del régimen gremial a mediados del siglo XVIII, poco tiempo después, en Francia, se discutirá el problema de su desaparición.

AAal&Zarnora y Castillo L. y Cabanellas, Guillermo. Op.cil.. t. 1, p. 274. " Cfr. Palacios, Alfredo L., El nuevo <Icrecho, 3' ed.. Buenos Aires, Editorial Claridad, p. 94.

Cfr. Garcla Oviedo, Carlos. Tratado de derecho social, Sevilla, 1952, p. 572.

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Las antiguas corporaciones de oficios, tanto en Europa como en América, restringieron la libertad de trabajo; no era posible dedicarse a la práctica de algiin oficio o actividad sin ser miembro del gremio respectivo.

En la Nueva Espafia, las corporaciones de oficios estuvieron regidos por las ordenanzas de gremios que controlaron ocupaciones y ayudaron a: "restringir la producción en beneficio de los comerciantes de la penins~la" .~~

Durante la Colonia, hubo protestas airadas en contra de las rigideces de los gremios. Pedro Rodriguez, conde de Campomanes. escribió en 1714: "Nada es más contrario a la industria popular que la erección de los gremios y fueron privilegiados [...] para evitar tales prejuicios, conviene no establecer fuero, gremio ni cofradfa particular de artesa- n o ~ ' ' . ~ ~

En Europa, las nuevas formas de producción impuestas por la Revolución Industrial, precipitaron la disolución y extinción de los talleres corporativos.

En Francia, Turgot, discipulo de los fisiócratas, siendo ministro Luis XVI, expide en febrero de 1776, el famoso edicto que lleva su nombre, en el que declara "abolidas en el reino las corporaciones y prohibe cualquier asociación de maestros o de oficia le^".^^

Poco tiempo después, Turgot cae en desgracia y su famoso edicto es revocado el 28 de agosto de 1776. Las corporaciones son restablecidas nuevamente, algunos oficios se fusionan. Los reglamentos se vuelven a fundar y su aplicación es de nuevo facultativa.

Pocos meses después, en 179 1, era expedida una ley sobre asociaciones de trabajadores. La reacción contra las asociaciones profesionales, en nombre de la libertad de trabajo, era excesiva y significaba el aislamiento obligatorio y, por consecuencia, el abandono del dkbil a merced del fuerte.

" De la Cueva, Mario. El nuevo derecho mexicano del trabajo, 6' ed., t . 1, Mkxico, Porrfaa. 1980, p. 39.

'Wastro Gutiérrez, Felipe. Lo extincidn dc lo artcsania grsmiai, Mkxico, UNAM. 1986, p. 126. Cfr.. Palacios, Alfredo. L. 0p.cit.. p. 101.

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Esta ley, relativa a las uniones de obreros y artesanos de un mismo estado y profesión, fue sancionada en Francia por la Asamblea Consti- tuyente el 14 de junio de 1791.

Esta ley consignaba las prescripciones:

Siendo una de las bases de la Constitución Francesa, la anulación de toda especie de corporaciones de un mismo estado y profesión, se prohibe restablecerlas con cualquier pretexto y en ninguna forma que sea [...) los ciudadanos de un mismo estado y profesión, los contratistas, los que tienen tienda abierta, los obreros y además, de un arte y oficio no podrán, cuando se reiinan, nombrar presidente ni secretario ni sindico ni tener registro ni tomar acuerdos o deíiberaciones ni formar reglamentos sobre sus pretendi- dos intereses comunes [...] todas las asociaciones de artesanos, obreros y jornaleros, o los que por ellos instigados atenten contra el libre ejercicio de la industria del trabajo [...] serán castigados con todo el rigor de las leyes, los autores, instigadores y jefes de dichas asociaci~nes.~~

Tal es la Ley Chapellier, que tanto ha pesado sobre los trabajadores de Francia en nombre de la libertad.

Como ya hemos expresado, la Asamblea Constituyente decretó la supresión de todos los privilegios y monopolios. El decreto de los días 2 a 17 de marzo de 1791 lleva la supresión de todas las cofradías y maestrías. El artículo 7" del mencionado decreto establecia; "que toda persona a partir del 1" de abril, tendrá libertad de hacer negocio o de crear tal profesión, arte u oficio que le parezca buen^...".^'

¡Las corporaciones habían muerto!

IX. LA DOCTRINA L1BEñA.L

La doctrina liberal rinde culto a la libertad en todas sus expresiones y rechaza la intromisión del poder estatal en determinadas actividades, en las cuales debe prevalecer la presencia de los individuos.

Recordemos las tres grandes escuelas del pensamiento liberal:

" Ibidcrn. p. 102. Pie, Paul. Traill Elálsnlaire & Lagklalion Indwhiaüe. París. Arthur Rousscau Editcur. 1990,

pp. 67-68.

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a) La Inglesa, representada por Hobbes y Locke, y Betham y Mill.

Hobbes, alabó la libertad civil, y no polftica, al afirmar que una vez instaurado el gobierno, la libertad ya no es cuestión de autogobierno sino algo a disfrutar en "el silencio de las leyes". Esta idea es importante porque identifica la libertad con todo lo que la ley permite, por el simple hecho de que no lo prohibe. Este pensamiento contrasta con la libertad política que había sido entendida como la libertad a través de la ley.

b) En Francia, la elocuencia del Contrato Social, menciona: "La obediencia a la ley es la libertad".Sg Por su parte, Montesquieu expresa: "La libertad es el derecho de hacer lo que las leyes permitan".

C) En Alemania, Guillermo de Humbolt (hermano mayor del gran naturalista Alejandro de Humbolt), preconizó la limitación de la autoridad, en su obra Sobre los límites & la acción estatal.

Emmanuel Kant, el Sabio Koenigsberg, colocó la autorrealización en el centro de la moralidad, abogó por el republicanismo como una policidad liberal en que la independencia personal, por lo menos, alimentarfa un orden legal más próximo a la moralidad que las egoístas monarquias de su tiempo.

Por su parte, G.W.F. Hegel, el mayor de los filósofos poskanteanos al escribir, en 1821, su Filosofúz &l Derecho, trasladó la autorrealización de Kyint, de la ética a la polftica y de la persona al Estado.

En suma, para la teoría inglesa, la libertad significa independencia. En el concepto francés, la libertad es autogobierno y, en la escuela alemana, es autorrealización.

En opinión de José Guiiherme Merquior, el liberalismo en su forma histórica clásica, puede describirse como: 'un cuerpo de teorización que aboga por un estado constitucional y una elevada proporción de libertad civiln.'O

Rousseau, Juan Jacobo. El contrato social, 8' ed., MCxico, Editorial Porrúa. (Colecci6n Sepan Cuantos niirn. 119). 1987, p. 12.

* Merquior, JosC Guiiherme. Liberalüno vicjo y n u v o , MCxico, Fondo de Cultura Econ6mica, 1999, p. 92.

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Como sabemos, la doctrina liberal clásica se ocupó de la teoria de los derechos humanos, el constitucionalismo y la economia.

Las ideas individualistas exaltaron la personalidad individual y consideraron al hombre como: "fuente de todo poder y de todo derecho"."

Estas ideas descendieron directamente en el terreno económico de la gran escuela liberal clásica y ortodoxa de la economia politica.

El trabajo era observado como un factor de la producción, y los fenómenos económicos estaban sometidos rigidamente a un orden natural impuesto a la voluntad humana. Este orden era un abundante circulo de leyes que, en forma inexorable, regian la producción, el cambio y el consumo. Imperaban, entre otras leyes, las de oferta y la demanda y la división del trabajo.

En Francia, La Declaración Nacional de los Derechos del Hombre y del Cituiadano, en 1789, expedida por la Asamblea Nacional, refrendaba los principios del individualismo, en una declaración solemne, utilizan- do los adjetivos de: 'naturales", 'inalienables" e 'imprescriptibles", entre otros.

A esta declaración de derechos, Hauriou le ha llamado 'el evangelio de los tiempos nuevos". La cual, en 17 articulos, simplificaba las ideas del pensamiento del siglo XVIII: 'Locke, Montesquieu, Rousseau y Sieyés están condensados en fórmulas esquemática^".^^

La doctrina individualista equivale a la actividad aislada y el egoísmo humano, erige al individuo -de ahi su nombre- en: 'fundamento y fin de todas las relaciones jurídicas, politicas y morales, no ya como rey, sino como semidios de la creación, por encima de todos los valores interpersonales en los órdenes, explicativo, práctico o m~ral".'~

Por ello Radbruch, al referirse a esta ideologia y a su influencia en el mundo de lo juridico, expresa: 'el ordenamiento juridico de orden individualista, orientado hacia el individuo aislado [...] al ver s610 los

--

" Herrerlas. Armando. Histwio del pensamicnío econhico, MCxico, Limusa. 1975. p. 101. U SAnchez Agesta. Luis. Curso de derecho constitucional conparodo, 6' ed., Madrid, 1976, p. 259. U AlcalA-Zamora y Castillo, Luis. y Guillermo Cabanellas. Op.cit., p. 502.

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árboles, no quería ver al bosque, al ver nada más a individuos, no quería percibir su solidaridad social".44

Es frecuente que los autores de la disciplina laboral: "recriminen y tachen al derecho civil -injustificadamente a veces- de tradi~ionalista".~~ Otros hacen referencia a la: "conservadora familia del derecho indivi- d ~ a l i s t a " . ~ ~

En el caso de México, nuestro Código Civil del Distrito Federal de 1928, que entró en vigor hasta 1932, es un claro ejemplo del tratamiento injusto a la familia civilista, pues tal ordenamiento, en su exposición de motivos, hace severa critica del individualismo y los grandes desequilibrios sociales que éste habia producido en su momento, por lo que no resistimos en transcribir las interesantes ideas, alli expuestas:

... en nombre de la libertad de contratación han sido inicuamente explotadas las clases humildes, y con una declaración teórica de igualdad se quiso borrar las diferencias que la naturaleza, la educación y una desigual distribución de la riqueza [...] mantienen entre los componentes de la sociedad. Es preciso socializar el derecho, esto significa extender la esfera del derecho del rico al pobre, del propietario al trabajador, del industrial al asalariado [...] es preciso que el derecho no constituya un privilegio o un medio de dominación de una clase sobre la otra [...] armonizar los intereses individuales con los sociales, corrigiendo el exceso de individualismo que impera en el Código Civil de 1884.47

No debe extrafiarnos el que la comisión redactora del código expusiera las necesidades del cambio en la realidad social mexicana. Muchas veces se ha dicho y con razón, que el derecho en general no crea las condiciones del mundo social, pues no hacen más que expresarlas. De ello, es un claro ejemplo el Código Civil de 1928 para el Distrito Federal.

La defensa del valor del trabajo humano también ha sido preocupa- ción de la Iglesia Católica a partir de la RERUM NOVARUM, encíclica del papa León XIII, que marcó la pauta de la llamada doctrina social católica, hace ya un siglo.

Radbruch, Gustavo. El hombre en el derecho, trad. Anlbal del Campo. Buenos Aires, Ediciones Depalma, 1980. p. 47.

" Lastra Lastra, José Manuel. Derecho sindical, México, Porda. 1991. p. 114. U Marcos, Patricio. El fantasrno del l i b c r a l ~ , México, UNAM, 1986. " Cddigo Civil $ara el Dichiio Federal. MCxico, Porrda, 1988, p. 9 y 10.

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La doctrina liberal encontró su antecedente inmediato en el individua- lismo fisiocrático y en las aportaciones intelectuales de filósofos de la talla de Hobbes Humme y Locke. Los liberales tomaron de los fisiócratas la idea del orden natural, pero rechazaron las preeminencia de la actividad agricola.

Fue el triunfo del enriquecimiento privado frente a los derechos patrimo- niales de las coronas espaiiola y británica respectivamente. Desde sus inicios en Venecia, hasta el siglo XVI y durante el XVII, y en el Reino Unido a partir de las guerras civiles de mediados del XVII, pero sobre todo a través del siglo XVIII y XIX, surge y se consolida la doctrina del liberalismo moderno europeo."

El liberalismo es el ideario que exalta el concepto de: "libertad individual y social basado en la existencia de un orden natural, armónico y libre en todas las cosas".49

En sus distintos matices, el liberalismo moderno proviene de la Revolución Francesa; en el aspecto económico, es defensor de la iniciativa privada más amplia y de la menor injerencia del Estado en la producción y el comercio.

El Estado queda convertido por el liberalismo económico en una: "institución de seguridad Estado-gendarme, Estado-policfa, que tutela el orden juridico y garantiza la realización de la libertad n a t ~ r a l " . ~

En su postura más tfpica, el liberalismo conduce a la pasividad estatal en las esferas de la producción y del trabajo: Esa indiferencia total del poder público, ante la evolución del panorama económico-social, pese a las advertidas injusticias, condujo a designarlo Estado-gendarme, por limitarse entonces la actividad estatal al mantenimiento del orden público.

Por todo lo anterior, no debemos olvidar que: "El primer fundamento del trabajo humano, es el hombre mismo"."'

U Marcos. Patricio. Op.cit., p. 29. " Alcalá-Zamora y Castillo. Luis y Guillermo Cabanellas. Op.cil., p. 509.

Garcfa Oviedo, Carlos. Derecho sodal. Sevilla, 1952, p. 27. '' Barragán, Jost. 'La libertad de trabajo y profesi6n y la cuesti6n obrera en la Constituci6n

Mexicana de 1917". Anwrio Jurfüico XVII, Mtxico, UNAM, 1950. p. 15.

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Con frecuencia el individualismo y el liberalismo olvidaron lo que arriba se apunta y, en forma egoista, aislaron al hombre del conglome- rado social, poniendo de relieve y por encima del valor humano, los intereses particulares preponderantemente económicos.

X . EL ADVENIMIENTO DEL NEOLIBERALISMO Y LA NUEVA CULTURA DEL TRABAJO

Las tendencias neoliberales invaden y recorren con furor el mundo actual en las iiltimas décadas. Estas ideas 'renovadasn de la doctrina liberal, invitan a la creación de zonas de libre comercio, sin mayores trabas ni obstáculos que pueden interferir en los afanes por integrar las economias.

En materia del trabajo, quedan atrás las viejas fórmulas que impusie- ron Taylor y Ford, en cuanto a la organización del trabajo.

Las rigideces y proteccionismos a la producción y a la fuerza del trabajo se desvanecen, pues habrá que dejar el paso libre a la era de la producción flexible, en una época en la que alborea la 'nueva cultura del trabajon.

El Estado asistencia1 o benefactor, generó la 'hiperinflaciónn legisla- tiva. La regulación estatal excesiva, parece ser que perdió su utilidad ante la crisis.

El Estado benefactor intentó suprimir las irritantes desigualdades sociales para evitar las hostilidades y conflictos que pudieran perturbar la tranquilidad social y la humana convivencia.

La antigua aspiración a la justicia social en plenitud, intentó reconci- liar al Estado Asistencia1 y a la sociedad, pero no lo consiguió del todo, porque, abrumado por las exigencias y sobrecargas de los compromisos sociales de bienestar, devino el empobrecimiento y carencias, además de un pavoroso endeudamiento con el exterior, hasta que no pudo dar más de lo que hacia alg6n tiempo, habia dejado de tener.

Ahora, de nueva cuenta, se libera la economia y se otorgan nueva- mente todas las concesiones al capital para que el liberalismo pueda

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resurgir triunfante, "siempre renovando su fa~hada".~' Pero también, imponiendo recetas consistentes en: 'la activación de los egof~rnos".~'

El fenómeno de la globalización económica se ha extendido a los diversos países porque: 'la economfa se ha mundial izad^".^

Los procesos de la integración económica y el empleo de las nuevas tecnologías en la producción han modificado, tanto en Europa como América, el comportamiento y las formas de organizar el trabajo.

Es necesario puntualizar que los afanes por integrar las economfas de los pafses europeos, han predominado los objetivos económicos y no los sociales, pues éstos se cuidaban "en cuanto contribuían a los económi- c0sn.15

X I . LA LIBERTAD ECON~MZCA: dNUEVA R A Z ~ N DE ESTADO?

Para los teóricos de la ciencia política, la razón de Estado es considerada una verdad indiscutible del actuar polftico. Según Friedrich Meinecke: "para cada Estado hay en cada momento una línea ideal de obrar, una razón de Estado ideal".s6

Esta forma del obrar político, ley motora del Estado, es la que justifica las conductas y directrices a seguir por los gobernantes, es la que dice al polftico lo que tiene que hacer, a fin de mantener al Estado sano y robusto.

Es la voluntad gubernamental la que mantiene vivo al Estado, ejercitada cotidianamente por la administración piiblica y sus órganos de poder. Pero tambikn está la voluntad del pueblo, de los gobernados, que en ocasiones es un mero consentimiento tácito. El Estado no puede mantenerse si no es por este consentimiento. Ni siquiera en los regimenes

" Barbagekta. HCctor Hugo. -El advenimiento del neoliberalismo y los posibles cambios estructurales del Derecho del Trabajo'. Civüos, Reuish Espaftola de Dsrscho del Trabajo, n6m. 54, julio- agosto, Madrid, 1992, p. 494.

PIá Rodrlguez, Amtrico. mtra inversi6n de tendencias en la seguridad social: de la solidaridad al egolsmo*, Civiias, ndm. 56, Madrid, nov-dic, 1992. p. 826.

" Gallo. Max. Manifiesto jwra un oscuro fin de siglo, 2' ed.. MCxico, Siglo XXI. 1991, p. 159. Plá Rodrlguez, Amtrico. 'Posible incidencia del mercosur sobre la problemática laboral',

Reuisia de ia Foculhd de Derecho, Uruguay, jul-dic. n6m. 1, 1991, p. 98. Y Meinecke, Friedrich. Lo idso de la raz6n ¿e Estado en la edad modcnua, trad. del alemán por Felipe

Gondlez Vicen. Madrid, Centro de Estudios Constitucionales, 1985, p. 3.

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LA DEFENSA DEL TRABAJO: (VALOR HUMANO QUE SE PIERDE? 113

despóticos apoyados por la fuerza militar o económica. Por esas razones, nos dice González Uribe: 9odo Estado que quiere sobrevivir, tiene que fomentar el apoyo entusiasta del pueblo [...] cuando el pueblo, en vez de apoyar al Estado se limita a sufrirlo o tolerarlo como un mal inevitable. El Estado deja de ser una institución sana para convertirse en una entidad enferma".57 Por eso, los politicos pueden valerse de diversas "razonesn para justificar su conciucta y permanencia. ¿El liberalismo social será una de ellas? El cambio radical del Estado de bienestar, consistente en liberarse de rigideces en las relaciones económicas, sin barreras y tutelas que limiten el desbordamiento y abuso en las relaciones económicas tan desiguales, entre el capital y el trabajo, dan un giro hacia un liberalismo. ¿Es ésta una nueva razón de Estado: proteger a la empresa y al empresario, para que produzca y compita con calidad en un mercado libre? Algo hay de cierto, pero -claro está- que esto no será sin concesiones y beneficio para el capital que busca la "revanchan, a las limitaciones que en el pasado le impuso un Estadp de bienestar, con todas sus cargas, cuando esa era la razón del Estado. Ahora ya no lo es tanto, por lo que puede observarse. Se exige lo posible, eliminar obstáculos a la producción, que no desea barreras e interferencias, ni tutelas "estorbosasw, como ha sido hasta ahora. Los empresarios argumentan que en la mayoria de los casos nuestra legislación social ha limitado y restringido la producción, tan necesaria para un saneamiento de la economia nacional.

X I I . EXPECTATIVAS DEL TRABAJO EN LA ERA DE LA PROWUCCZ~N FLEXIBLE

El vocablo "flexibilidad", irrumpe con demasiada hostilidad en el terreno laboral.

Con tal pretexto, los empresarios reclaman: "todos los espacios de libertad en la gestión de las relaciones labora le^".^^

La intención encubierta radica en adecuar a las exigencias de las relaciones econóqicas, el trabajo humano. Asi, se habla con frecuencia en materia de contratación de "libertades externasw, referidas a la permanencia en el puesto y a la separación de los trabajadores de sus

" GonzAlez Unbe. HCctor. Tsorio Polflica, Mtxico, Pornía Hnos., 1982, p. 461. Lastra Lastra, JosC Manuel. op.cit.. p. 143.

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puestos, todo ello, condicionado a las fluctuaciones económicas. En lo interno, la "flexibilidad" emplea estrategias "cooperativistas", o de colaboración empresaria, como le han llamado en Argentina. En México, se han establecido múltiples acuerdos con estas pretensiones, y aún cuando se les conozca con el nombre de "pactos*, en esencia, son lo mismo, pues tales acuerdos preparan el terreno para hacer propicia la apertura comercial en una época de aguda crisis, tratando de evitar "tensiones no tolerables al modelo capitali~ta".~~

Las nuevas estructuras productivas, por sus caracteristicas técnicas, expresan un interés por utilizar segmentos de fuerza temporal de trabajo reducidos en intervalos variables, utilizando el trabajo donde y cuando sirva a las exigencias de la producción.

Se ha dicho y con razón muy aproximada a la verdad: "Il diritto del lavoro é figlio & la societá industriale" (El derecho del trabajo es hijo de la sociedad industrial). En la actualidad nos dice Umberto Romagnoli -profesor de la Universidad de Bolognia-: "está comenzando a ser maltratado", como sucede con algunas familias en las relaciones entre padres e hijos, por esa sociedad industrial.

Los tiempos han vuelto a cambiar y no favorablemente para los trabajadores y para el derecho del trabajo, pues éste tendrá que subsistir ahora sin tutela ni protección del Estado, quien todo libera en forma vertiginosa en beneficio de la empresa privada y de un mercado libre de obstáculos, para dejar el camino libre a las relaciones comerciales, el ritmo que imponga la ley de la oferta y la demanda, sin trabas, pero con mucha competencia, al que tampoco agradan "estorbos sociales" a la producción, que exige seguridad y protección, sin problemas ni sobre- saltos.

En las últimas décadas, el mundo del trabajo enfrenta, con angustia y malestar, las consecuencias del impacto neoliberal, el cual irrumpe en el escenario laboral de manera agresiva y con las viejas intenciones que lo caracterizaron en otras épocas.

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¿Qué ocurre ahora? ¿Se sustituye el valor humano del trabajo por el valor económico de la empresa en favor de la producción? ¿A quién sirve el derecho del trabajo en el otorio frío de la ocupación? (Se habrán agotado los pretextos para justificar la pobreza extrema de los trabaja- dores?

No debemos olvidar que el surgimiento del derecho del trabajo fue la respuesta al interés nacido de una crisis social, el reclamo de los trabajadores por los abusos de un poder económico, respaldado por los intereses egoistas de la propiedad privada y la libertad de comercio.

A pesar de que el trabajo es -segiLn Manuel Alonso Olea- "un bien escaso", debemos extraer de la riqueza potencial de sus principios fundamentales, toda la savia necesaria para que no pierda su alma y su razón de ser...

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