La Cultura de La Cultura Jurídica. Aportes Desde La Teoría de Sistemas Sociales
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la relevancia de la cultura como medio de comunicacin para su
viabilidad.
Interacciones, grupos, organizaciones y sociedad aparecen en-tonces como los puntos de apoyo estructural de una teora de la cultura. No solamente distinguiendo a un sistema jurdico diferen-
ciado sino atendiendo a la multiplicidad de sistemas sociales que concurren en la formacin del fenmeno jurdico. A partir de estas
dimensiones intentaremos delinear a continuacin un concepto sistmico de cultura jurdica.
LA CULTURA JURDICA DE LOS SISTEMAS SOCIALES
Gran parte de los diagnsticos de la cultura jurdica se ubican entre
los mrgenes de las interacciones y la sociedad. Es decir, quedan prcticamente sin ser identificadas las referencias a las organiza-
ciones y grupos. Sin embargo resulta imprescindible la referencia a todos los planos sistmicos para dar cuenta de un concepto de cultura jurdica.
A nivel de semnticas del sistema jurdico, en el plano de la
sociedad el concepto de cultura jurdica ha sido visto bajo el alero de la idea de tradicin. Existira una tradicin del sistema jurdico en la cual seran recurrentes determinados temas. Lo relevante en trminos formales es la identificacin de semnticas que se mantie-
nen disponibles para la comunicacin, es decir que se "sedimentan" (Dockendorff 2006; 2007). Estas semnticas culturales sirven de memoria al sistema jurdico, respecto de sus rendimientos pasados y sus capacidades de conexin presentes. Si se mira el diagnstico
de la cultura jurdica chilena son diversos los temas que describen la unidad del sistema jurdico. Abarcan desde la idea de Fuenzalida
de una tradicin de temor, respeto institucional, de apego a la ley u obediencia quebrada por las rupturas institucionales de los aos
setentas y ochentas, y derivada en una cultura de consumo (Fuen-zalida 2002). El legalismo denunciado por Valle (2001), Orrego
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(2002), Toro (2002), Barahona (2010) o Manson (2002) es otra
de estas semnticas. El catlogo de temas es amplio y est siempre
sujeto a revisiones. Ms all de esto, en todos estos diagnsticos
semnticos, consideran implcitamente un lado operativo. En nin-
gn caso se trata de contenidos semnticos que no influiran en la
praxis jurdica, sin embargo no ha sido cuestionada la manera en
que estos contenidos se representaran en la praxis jurdica. Di-cho de manera simplificada, el legalismo, la prdida de respeto en
las instituciones o el consumismo en el derecho, se asumen todos
como elementos que no solo se presentan de manera recurrente
en la comunicacin jurdica, sino que afectaran empricamente diversos planos del sistema. La pregunta es: cules planos, y para
responder a ella se hace necesario mirar lo qu sucede a nivel de las
interacciones, los grupos y las organizaciones.
En el nivel de las interacciones la cultura jurdica aparecera en
aquellos sentidos que, como seala Friedman (1969; 1975), orien-tan a las personas hacia el derecho. Dichos valores y creencias se en-
contraran presentes en la cultura externa e interna y funcionaran como contextos de sentido latentes en los cuales se enmarcan los
temas y aportes de las interacciones a lo largo y ancho de la socie-
dad. Es una pregunta abierta la manera en que influye la cultura ju-rdica en las interacciones, precisamente porque no existe claridad
siquiera respecto de cules interacciones seran las relevantes para
delinear los contornos de una cultura jurdica interna (aquella in-teraccin que ocurre en los pasillos de los tribunales?, la interac-
cin entre los profesionales del derecho?, etc.) y a nivel de la cultura
jurdica externa la nebulosa es an ms densa.
Ms apropiada al concepto de cultura jurdica chilena podra re-
sultar la idea de cultura organizacional del sistema jurdico. Como
ha sealado Luhmann, si bien son muchas las organizaciones del sistema jurdico, son los tribunales el centro organizacional de dicho
sistema social pues ellos tienen la obligacin de decidir (Luhmann
1995: 31 O). Bajo este parmetro la cultura jurdica de los tribuna-
les se nos presenta como sus premisas indecididas e indecidibles
para sus decisiones. Es decir, la cultura jurdica es no solamente
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una tradicin guardada como memoria por el sistema jurdico, ni
solamente una provisin de temas en interacciones que pueden in-
dicar al sistema jurdico como referencia, sino que es tambin una
cultura organizacional, que tiene consecuencias en las decisiones de
dicho sistema. Sobre el efectivo carcter organizacional de la cul-
tura en el sistema jurdico, si bien es posible identificar puntos de
apoyo, en el estudio de la cultura jurdica el consenso y la claridad
escasean. Esto resulta especialmente paradoja!, pues la distincin
entre cultura jurdica interna y externa es una distincin estricta-
mente organizacional, es decir, que diferencia memebresa entre los
operadores del derecho y quienes estn en el entorno.
Finalmente, en el plano de los grupos aparece un problema ms
intrincado que aquel ubicado en el plano organizacional. Al no po-
der contar con memebresas organizacionales procedimentalizadas
y tener que hacer frente a la ausencia como premisa, la pertenencia
al grupo tiene que actualizar su propia operatividad con ayuda del
medio cultural. Esto hace por supuesto ms sensible a los grupos a la
cultura, respecto de los dems planos o tipos de sistemas ya que gran
parte de su viabilidad est mediada por este medio. En este sentido
se puede ampliar el tradicional concepto de cultura jurdica y bus-
car la manera en la que la cultura jurdica favorece el trazado de los
contornos de la pertenencia a un grupo y los elementos que hacen
posible su latencia. Esto permite no solamente introducir la distin-
cin cultural de manera ms densa que en las interacciones y menos
formal que las organizaciones, sino que permite ampliar el espectro
de la cultura jurdica ms all de las organizaciones jurdicas.
En todos los planos sistmicos que hemos analizado el concepto
de cultura jurdica puede ser, a la vez, ampliado y especificado. La
cultura jurdica puede ser vista siguiendo las distinciones que hemos
propuesto, como un campo de investigacin sociolgico, el cual em-
palma con las expectativas de la investigacin jurdica. De este modo
se pueden aglutinar tanto los problemas que interesan a los juristas,
como los que interesan a los socilogos. A partir de un concepto de
cultura jurdica como el que hemos delineado se hace posible no
solamente enriquecer el debate en torno a lo efectivamente cultural
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de la cultura jurdica, sino que se posibilitan nuevas conexiones entre
la investigacin de la cultura jurdica y la Sociologa del Derecho. La investigacin de la cultura jurdica, entendida hasta ahora funda-
mentalmente como un estudio semntico (e histrico) puede hacer
frente a desafos concretos de investigacin emprica y, de este modo, valerse del conocimiento de la sociologa y la antropologa. Interac-ciones, grupos, organizaciones y sistemas sociales deben ponerse en contexto de la investigacin sobre la cultura jurdica, de manera de
poder articular un campo de investigacin decididamente interdis-
ciplinario.
Siguiendo estos planteamientos, aquella antigua pretensin de
Roscoe Pound (1910) de una "jurisprudencia sociolgica'' que pudiera estudiar sistemticamente al "derecho en accin" -o en
palabras de Ehrlich (1989: 409 y ss.) al "derecho viviente"- y no solamente reducir el mbito de la investigacin jurdica al "derecho en los textos", puede encontrar un desarrollo significativo desde la
perspectiva de investigacin que hemos propuesto. El concepto de
cultura jurdica puede entonces servir como piedra fundacional de una verdadera Sociologa del Derecho.
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BIBLIOGRAFA
ALFARO, Christian. 2002. "Cultura jurdica chilena: Ciencia o ideolo-ga?". Anuario de filosofa jurdica y social (20): 337-345.
ARNoLD, Marcelo. 2008. "Las organizaciones desde la teora de los siste-mas sociopoiticos". Cinta de Moebio (32): 90-108.
BAECKER, Dirk. 1997. "The Meaning of Culture". Thesis Eleven (51): 37-51.
--- 2003. Wozu Kultur? Berlin: Kadmos. BARAONA, Jorge. 2010. "La cultura jurdica chilena: Apuntes histricos,
tendencias y desafos". Revista de derecho de la Pontificia Universidad Catlica de Va/paraso 35 (1): 427-448.
BENEDICT, Ruth. 1960. Patterns of Culture. New York: A Mentor Books. BERGOGLIO, Mara. 2003. "Argentina: Los efectos de la institucionaliza-
cin democrtica'' . En Culturas jurdicas latinas de Europa y Amri-ca en tiempos de globalizacin, ed. Hctor Fix-Fierro, Lawrence M. Friedman and Rogelio Prez Perdomo, 27-115. Mxico D. F.: Uni-versidad Nacional Autnoma de Mxico.
BINDER, Alberto. 2007. "La cultura jurdica, entre la innovacin y la tra-dicin". En Congreso Federal de justicia Penal, 1-21. Buenos Aires. ,
BOAS, Franz. 1938. The Mind of Primitive Man. New York: The Macmillan Company.
BoTELHO, Eliane. 2003. "Brasil: Obstculos en el camino hacia una justi-cia total". En Culturas jurdicas latinas de Europa y Amrica en tiempos de globalizacin, ed. Hctor Fix-Fierro, Lawrence M. Friedman y Rogelio Prez Perdomo, 117-194. Mxico D. F.: Universidad Nacio-nal Autnoma de Mxico.
CADENAS, Hugo. 2012. "Paradojas de la diferenciacin del derecho. Una perspectiva regional". En Niklas Luhmann y el legado universalista de su teora. Aportes para el anlisis de la complejidad social contempor-nea, ed. Hugo Cadenas, Aldo Mascareo, y Anah Urquiza, 265-295. Santiago de Chile: RIL editores.
CORDERO, Luis. 2002. "La cultura jurdica del legislador: La anemia le-gislativa del parlamento". Anuario de filosofa jurdica y social (20): 499-512.
CoTTERRELL, Roger. 1997. "The Concept ofLegal Culture". En Compa-ring Legal Cultures, ed. David Nelken, 13-32. Aldershot: Dartmouth.
DocKENDORFF, Cecilia. 2006. "Evolucin de la cultura: La deriva se-mntica del cambio estructural". PersonaySociedad20 (1): 45-73.
-
111
--- 2007. "Teora sociolgica, cultura moderna y emancipacin: Un ejercicio inconcluso de auto-aclaracin sociolgica". Revista Mad (16): 1-17.
EHRLICH, Eugen. 1989. Grundlegung Der Soziologie Des Rechts. Ed. Manfred Rehbinder. Berlin: Duncker & Humblot.
PARAS, Ignacio. 2006. "Cultura: La distincin de 'unidades societales"'. En Observando sistemas. Nuevas apropiaciones y usos de la teora de Niklas Luhmann, ed. Ignacio Paras y Jos Ossandn, 323-364. San-tiago de Chile: RIL editores.
FRIEDMAN, Lawrence M. 1969. "Legal Culture and Social Development". Law &Society Review 4 (1): 29-44.
--- 1975. 1he Legal System: A Social Science Perspective. New York: Russell Sage Foundation.
FuENZALIDA FAIVOVICH, Edmundo. 2002. "La cultura jurdica chilena: Una cultura tensionada por la sucesin de las generaciones y el em-puje de la cultura jurdica transnacional". Anuario de filosofa jurdica y social (20): 323-336.
--- 2003. "Derecho y cultura jurdica en Chile (1974-1999)". En Culturas jurdicas latinas de Europa y Amrica en tiempos de globaliza-cin, ed. Hctor Fix-Fierro, Lawrence M. Friedman y Rogelio Prez Perdomo, 195-230. Mxico D. F.: Universidad Nacional Autnoma de Mxico.
GARcA-HumoBRO, Joaqun. 2002. "Cinco protagonistas de la cultura jurdica chilena''. Anuario de filosofa jurdica y social (20): 451-460.
GEERTZ, Clifford. 2000. lnterpretation of Cultures. New York: Basic Books.
GESSNER, Volkmar. 2010. "Comparacin jurdica y pluralismo jurdico global". En Sociologa del derecho. Culturas y sistemas jurdicos compa-rados. Volumen l Globalizacin y derecho, justicia y profesin jurdica, ed. Jos Antonio Caballero Jurez, Hugo A. Concha Cant, Hctor Fix-Fierro y Francisco !barra Palafox, 95-124. Mxico D. F.: Univer-sidad Nacional Autnoma de Mxico.
GMEZ, Paulina. 2002. "Modos de ser en la cultura jurdica interna y en la cultura de los sistemas alternativos de resolucin de conflictos". Anuario De Filosofa Jurdica y Social (20): 591-607.
GMEZ-JARA DEz, Carlos. ed. 2005. Teora de sistemas y derecho penal Fundamentos y posibilidades de aplicacin. Granada: Comares.
GooDENOUGH, Ward. 1957. "Cultural Anthropology and Linguistics". En Report of 1he Seventh Annual Round Table Meeting on Linguistics
-
112
and Language Study, ed. Paul L. Garvin, 167-173. Washington D . C.: Georgetown University Press.
HARRIS, Marvin. 1979. Cultural Materialism: 7he Struggle far a Science of Culture. New York: Random House.
]AKOBS, Gnther. 2004. Dogmatica del derecho penal y la configuracin normativa de la sociedad. Madrid: Thomson-Civitas.
LPEZ-AYLLN, Sergio, y Fix-Fierro, Hctor. 2003. "Tan cerca, tan le-jos!". Estado de derecho y cambio jurdico en Mxico (1970-2000)". En Culturas jurdicas latinas de Europa y Amrica en tiempos de globali-zacin, ed. Hctor Fix-Fierro, Lawrence M. Friedman y Rogelio Prez Perdomo, 503-603. Mxico D. F. : Universidad Nacional Autnoma de Mxico.
LuHMANN, Niklas. 1987. Rechtssoz iologie. Opladen: Westdeutscher Verlag.
--- 1991. Soziale Systeme. GrundriJS Einer Allgemeinen 7heorie. Frankfurt a.M .: Suhrkamp.
--- 1993. "Gesellschaftliche Struktur und semantische Tradition". En, Gesellschaftsstruktur und Semantik: Studien zur Wissenssoz iologie der modernen Gesellschaft. Band 1, 9-71. Frankfurt a.M.: Suhrkamp.
--- 1995. Das Rechtder Gesellschaft. Frankfurt a.M.: Suhrkamp. --- 1997. Die Gesellschaft der Gesellschaft. Frankfurt a.M: Suhr-
kamp. --- 1999. "Kultur als Historischer BegrifF'. En Gesellschaftsstruktur
und Semantik: Studien Zur Wissenssoziologie der modernen Gesellschaft.
Band 4, 31-54. Frankfurt a.M.: Suhrkamp. MALINOWSKI, Bronislaw. 1939. "The Group and the Individual in Func-
tional Analysis". 7he Americanjournal ofSociology 44 (6): 938-964. MAN SON, Manuel. 2002. "Insuficiencias y anomalas de la cultura jurdi-
ca chilena'' . Anuario de filosofa jurdica y social (20): 347-358. MEAD, Margaret. 1928. Coming of Age in Samoa. A Psychological Study of
Primitive Youth far Western Civilisation. New York: William Morrow & Company.
MERTON, Robert K. 2002. Teora y estructuras sociales. Mxico D . F.: FCE. NASSEHI, Armin. 2003. "Die Paradoxie der Sichtbarkeit und die "Kultur"
der Kulturwissenschaften". En Geschlossenheit und Ojfenheit. Studien zur 7heorie der modernen Gesellschaft, 231-257. Frankfurt a. M.: Suhrkamp.
--- 2009. Der Soziologische Diskurs der Moderne. Frankfurt a.M .: Suhrkamp.
-
113
--- 201 O. "Kultur im System. Einige Programmatische Bemerkungen zu einer systemtheoretisch informierten Kultursoziologie". En Kuftursoziofogie. Paradigmen - Methoden - Fragesteffungen, ed. Monika Wohlrab-Sahr, 375-395. Wiesbaden: VS Verlag fr Sozialwissenschaften.
NELKEN, David. 2010. "Repensando el concepto de cultura jurdica". En Sociologa del derecho. Culturas y sistemas jurdicos comparados. Vo-lumen IL Regulacin, cultura jurdica, mufticufturafismo, pluralismo
jurdico y derechos humanos, ed. Jos Antonio Caballero Jurez, Hugo A. Concha Cant, Hctor Fix-Fierro y Francisco Ibarra Palafox, 137-175. Mxico D. F.: Universidad Nacional Autnoma de Mxico.
RREGO, Cristbal. 2002. "La cultura jurdica interna Hacia el colapso de la pirmide?". Anuario de filosofa jurdica y social (20): 461-478.
PEA, Carlos. 1992. Hacia una caracterizacin del ethos legal: De nuevo sobre fa cultura jurdica chilena. Santiago de Chile: Corporacin de Promocin Universitaria, Serie documentos de trabajo.
PREZ PERDOMO, Rogelio. 2003. "Venezuela, 1958-1999: El derecho en una democracia renqueante". En Culturas jurdicas latinas de Europa y Amrica en tiempos de gfobafizacin, ed. Hctor Fix-Fierro, Lawren-ce M. Friedman y Rogelio Prez Perdomo, 639-722. Mxico D. F.: Universidad Nacional Autnoma de Mxico.
PouND, Roscoe. 1910. Law in Books and Law in Action. American Law Review 44: 12-36
RAocuFFE-BROWN, Alfred R. 1952. Structure and Function in Primitive Society. Glencoe, Illinois: The Free Press.
RAz, Joseph. 1986. El Concepto de sistema jurdico. Una introduccin a la teora del sistema jurdico. Mxico D. F.: Universidad Nacional Aut-noma de Mxico.
RODRGUEZ, Daro. 2012. "Un concepto sistmico de cultura organiza-cional". En Nikfas Luhmann y el legado universafista de su teora. Apor-tes para el anlisis de fa complejidad social contempornea, ed. Hugo Cadenas, Aldo Mascareo, y Anah Urquiza, 393-404. Santiago de Chile: RIL editores.
RODRGUEZ, Daro y ARNow, Marcelo. 2007. Sociedad y teora de siste-mas. Elementos para fa comprensin de fa teora de Nikfas Luhmann.
Santiago de Chile: Editorial Universitaria. SCHNEIDER, Wolfgang L. 2010. "Kultur als Beobachrungsform''.
En Kultursoziofogie. Paradigmen - Methoden - Fragestellungen, ed. Monika Wohlrab-Sahr, 339-374. Wiesbaden: VS Verlag fr Sozialwissenschaften.
-
114
SQUELLA, Agustn. 2000. "Cultura y cultura jurdica". Revista chilena de derecho 27 (4): 655-662.
TEUBNER, Gunther. 1983. "Substantive and Relexive Elements in Mo-dern Law". Law & Society Review l 7 (2): 239-286.
THORNHILL, Chris. 2012. "Niklas Luhmann y la sociologa de la cons-titucin". En Niklas Luhmann y el legado universalista de su teora. Aportes para el anlisis de la complejidad social contempornea, ed. Hugo Cadenas, Aldo Mascareo, y Anah Urquiza, 119-151. Santia-go de Chile: RlL editores.
TORO, Teresa. 2002. "El mtodo para obtener los principios generales del derecho y la cultura jurdica chilena''. Anuario de filosofa jurdica y social (20): 479-498 .
UPRIMY, Rodrigo, Rodrguez, Csar, y Garca Villegas, Mauricio. 2003 . "Entre el protagonismo y la rutina: anlisis socio jurdico de la justicia en Colombia". En Culturas jurdicas latinas de Europa y Amrica en tiempos de globalizacin, ed. Hctor Fix-Fierro, Lawrence M. Fried-man y Rogelio Prez Perdomo, 231-303. Mxico D . F.: Universidad Nacional Autnoma de Mxico.
VALLE, Aldo. 2001. "La cultura jurdica interna. Anlisis de ciertas notas sobre Chile". Anuario de filosofa jurdica y social (19): 87-109.
WHITE, Leslie A. 1949. 7he Science of Culture. A Study of Man and Civi-lization. New York: Grove Press, loe.
WITKER, Jorge, y Carlos F. Nataren. 2010. Tendencia actuales del diseo del proceso acusatorio en Amrica Latina y Mxico. Mxico D. F.: Uni-versidad Nacional Autnoma de Mxico.