La autoprotección en centros sociosanitarios jcvalero

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autoprotección en centros sociosanitarios José Carlos Valero Irala Jefe de Servicio de Proyectos, Inspección y Accesibilidad SG - Consejería de BS – JCCM [email protected] Toledo, 10-11 de octubre de 2016

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La autoprotección en centros sociosanitarios

José Carlos Valero IralaJefe de Servicio de Proyectos, Inspección y Accesibilidad

SG - Consejería de BS – JCCM

[email protected]

Toledo, 10-11 de octubre de 2016

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Plan de autoprotección/plan de emergencia

Usos sociosanitarios en la normativa Evacuación en centros

sociosanitarios Centros pequeños:¿olvidados?

temas

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Considerando la

etimología de la palabra, podría entenderse por autoprotección al conjunto de acciones encaminadas a la protección, realizadas por uno mismo, para sí mismo

autoprotección

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Estamos hablando de

prevención, de control de riesgos, así como de acciones y medidas a adoptar con objeto de garantizar la protección de los ciudadanos, los bienes y el medio ambiente

Dos tipos de Autoprotección: la Autoprotección Ciudadana y la Autoprotección Corporativa

autoprotección

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la Autoprotección Corporativa se materializa a través de los PLANES DE

AUTOPROTECCIÓN Un P.A. es un sistema de control y gestión de la seguridad y

comprende:o un análisis y evaluación de los riesgoso el establecimiento de objetivos y medidas de prevencióno la definición de la organización de medios humanos y materiales

disponibles para la prev de riesgos y la intervención en emergencias,o el establecimiento de procedimientos de actuación ante emergencias

que garanticen la evacuación y/o confinamiento e intervención inmediatao así como la coordinación de las acciones a ejecutar con el sistema

público de Protección CivilFuente: DG de protección Civil y Emergencias. Mª del Interior. Gob de España

autoprotección

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O.M. de 29 de nov de 1984, por el que se aprueba el

manual de autoprotección para el desarrollo del plan de emergencia contra incendios y de Evacuación de locales y edificios

RD 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia

Art. 20 de Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos Laborales

normativa

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"El plan de emergencia es la planificación y organización humana

para la utilización óptima de los medios técnicos previstos con la finalidad de reducir al mínimo las posibles consecuencias humanas y/o económicas que pudieran derivarse de la situación de emergencia“

Fuente: NTP 361: Planes de emergencia en lugares de pública concurrencia, INSHT Con el fin de evitar posibles confusiones y dado que es frecuente el

uso indistinto de los términos “emergencias” y “autoprotección” …, nos referiremos a Medidas de Emer gencias para hacer referencia al documento que emana del artículo 20 de la LPRL y Plan de Autoprotección al que emana de la NBA, y que a su vez engloba las Medi das de Emergencia.

Fuente: NTP 818 (2008) Norma Básica de Autoprotección, del INSHT

¿qué es un plan de emergencia?

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RD 393/2007…….. Plan de Autoprotección en los casos de las

actividades del Anexo I Plan de Autoprotección: Marco orgánico y funcional previsto con el

objeto de prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes y dar respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencias, en la zona bajo responsabilidad del titular, garantizando la integración de éstas actuaciones en el sistema público de protección civil.

Plan de actuación en emergencias: Documento perteneciente al plan de autoprotección en el que se prevé la organización de la respuesta ante situaciones de emergencias clasificadas, las medidas de protección e intervención a adoptar, y los procedimientos y secuencia de actuación para dar respuesta a las posibles emergencias.

Fuente: Anexo III-Definiciones, del RD 393/2007

Plan de emergencia /Plan de autoprotección

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primera diferencia?

Plan de emergencia: dirigido a proteger a los trabajadores ??

Plan de autoprotección: dirigido a proteger al edificio y a sus ocupantes

(¿¿por qué establecer diferencias??)

Plan de emergencia/plan de autoprotección

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Plan de Autoprotección

Identificación de titulares y emplazamiento de la actividad

Descripción detallada de la actividad y del medio físico en el que se desarrolla

Inventario, análisis y evaluación de riesgos Inventario y descripción de las medidas y

medios, humanos y materiales Programa de mantenimiento de instalaciones Plan de actuación ante emergencias Integración del plan de autoprotección en otros

de ámbito superior Implantación del Plan de Autoprotección Mantenimiento de la eficacia y actualización del

Plan de Autoprotección

Contenidos de un PE y un PA INSHT_plan emergencia.pdf

Evaluación de riesgos

Medios de protección Plan de emergencia

Implantación

Fuente: INSHT

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segunda diferencia

Plan de emergencia: el mantenimiento de su eficacia será el señalado en el propio plan

Plan de autoprotección: el mantenimiento de su eficacia se establece con una periodicidad de como mínimo una al año

Plan de emergencia/plan de autoprotección

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Apartado 3.6 de la NBA: Criterios para el mantenimiento de la eficacia del

plan de autoprotección

• Proceso de preparación contínuo, sucesivo e iterativo que, incorporando la experiencia adquirida, permita alcanzar y mantener un adecuado nivel de operatividad y eficacia

• Adecuado programa de actividades formativas periódicas para asegurar el mantenimiento de la formación teórica y práctica del personal asignado al PA

• Para evaluar los PA y asegurar la eficacia y operatividad de los planes de actuación en emergencias se realizarán simulacros de emergencia

• Periodicidad mín simulacros: el que fije el plan,… al menos una vez al año

mantenimiento de un PA/PE

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tercera diferencia

Plan de emergencia: no es necesario su registro

Plan de autoprotección: es obligatorio su registro en el Reg. Autónomico

En CLM: Decreto 11/2014, de 20/02/2014, por el que se crea y regula el Registro de Planes de Autoprotección de Castilla-La Mancha

Plan de emergencia/plan de autoprotección

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Disponer de PE (en vez de PA) implica:• (No) estar firmado por técnico competente• Ser mantenido en el plazo definido en el propio PE (no lo suele

fijar)• No es necesario que esté registrado en el Registro autonómico

Qué implica estar registrado: Disponer de los datos registrales exigidos Disponen del plan y de los datos registrales: el Ayuntamiento,

Protección Ciudadana y los bomberos

resumen

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La normativa de referencia tanto para los PA como para los PE es el RD 393/2007

Los centros sociosanitarios que tienen que tener PA son los incluidos en el Anexo II del RD 393

Cualquier centro no incluido puede tener PA Disponer de PA significa:• Estar firmado por técnico competente• Ser mantenido (simulacro y formación a Equipos)

anualmente• Inscrito en el Registro autonómico de PA

cuatro ideas resumen

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Usos sociosanitarios en la

normativa

temas

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Centros con PA: los incluidos en el

Anexo I del RD 393/2007

Centros con PE: todos excepto los recogidos en el Anexo I del RD 393/2007 (+ los regulados por leyes de algunas comunidades autónomas)

En CLM, todas las RMa deben tener PA(en CLM 102/340 tienen >100p…el 70% de las RMa públicas+privadas son <100plazas)

Usos sociosanitarios

30.00%

70.00%

>100 CAMAS

hasta 100 CAMAS

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d) Actividades sanitarias:

Establecimientos de usos sanitarios en los que se prestan cuidados médicos en régimen de hospitalización y/o tratamiento intensivo o quirúrgico, con una disponibilidad igual o superior a 200 camas.

Cualquier otro establecimiento de uso sanitario que disponga de una altura de evacuación igual o superior a 28 m, o de una ocupación igual o superior a 2.000 personas.

Centros sociosanitarios incluidos en el Anexo I del RD 393/2007:

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f) Actividades residenciales públicas:

Establecimientos de uso residencial público: Aquellos en los que se desarrollan actividades de residencia o centros de día destinados a ancianos, discapacitados físicos o psíquicos, o aquellos en los que habitualmente existan ocupantes que no puedan realizar una evacuación por sus propios medios y que afecte a 100 o más personas.

Cualquier otro establecimiento de uso residencial público siempre que disponga una altura de evacuación igual o superior a 28 m, o de una ocupación igual o superior a 2000 personas.

Centros sociosanitarios incluidos en el Anexo II del RD 393/2007:

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DB SI En edificios que deban tener un PE/PA conforme a

la reglamentación vigente, éste preverá procedimientos para la evacuación de las personas con discapacidad en situaciones de emergencia

A los edificios, establecimientos o zonas de los mismos cuyos ocupantes precisen, en su mayoría, ayuda para evacuar el edificio (residencias geriátricas o de personas discapacitadas, centros de educación especial, etc.) se les debe aplicar las condiciones específicas del uso Hospitalario

Usos sociosanitarios en la normativa

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Temas

Vías de Evacuación y refugios

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Según la normativa de

accesibilidad… al menos un itinerario de acceso al edificio debe ser accesible

Las circulaciones verticales en un edificio de uso público deben garantizarse mediante una rampa o un ascensor

Vías de evacuación

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Hasta aparición de la modif del CTE en 2010…

Vías de evacuación

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La normativa hoy (DB SI)

Tamaño del sector de incendio y dos sectores por planta (uso H) Nº de ocupantes según cada uso Longitudes máximas de evacuación Una o dos salidas obligatorias Anchuras mínimas para evacuar Protección de escaleras Locales de riesgo especial Instalaciones de protección contra incendios según usos Resistencia de los materiales Disipación del humo Señalización de la evacuación y de las instalaciones de protección Ataque desde fuera por bomberos Evacuación de personas con discapacidad

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Sector alternativo Zona de refugio

Evacuación de personas con discapacidad (DB SI 3.9)

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Centros pequeños:¿olvidados?temas

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RMa Sta Fe (19 plazas ocupadas), Zaragoza, julio 2015, 8 muertos, 12 heridos

Centros pequeños

RMa Aurora (19 plazas ocupadas), Sevilla, feb 2010, 7 muertos, 12 heridos

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RMa S. Lorenzo de

Brindis, Massamagrell, Valencia, marzo 2006,

5 muertos

Centros pequeños

RMa Reyes Católicos (60 plazas ocupadas), Utiel, Valencia, mayo 2007, 3 heridos

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RMa, Juan Pablo II, Alovera, Guadalajara, abril 2016, 2 heridos

Últimos siniestros

RMa en Motilla del Palancar, Cuenca, agosto 2016, 3 heridos

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Últimos siniestros

RMa, La casa grande (44 residentes), Huecas, Toledo, julio 2016, 5 heridos

RMa, Rivera del Sió, Agramunt, Lleida, noviembre de 2015,

4 muertos, 5 heridos

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Costes de la seguridad/costes

de la no seguridadCostes elaboración de un Plan de autoprotección y su correcto mantenimiento durante tres años: 1,700 euros/centro….. <600 euros al año Incluye:

o elaboración de un PA firmado por técnico competenteo Implantación del PA (formación general, formación

especializada, simulacro)o Mantenimiento anual (formación general, formación

especializada, simulacro) durante 3 años

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El DB SI del CTE debe afinar los usos y las

determinaciones ligadas a personas con dependencia y los centros sociosanitarios.

Desconocimiento del legislador de la complejidad y diversidad de situaciones de las personas en situación de dependencia o con discapacidades

Desconocimiento de los técnicos (arquitectos, aparejadores, ingenieros,…)

Resumen final

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Problema de

escala:

cuanto más pequeño el centro (en sup), menos protegido…¿?

Resumen final

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Incremento de la importancia de los planes de

autoprotección para cualquier centro sociosanitario, mayor todavía en situación de rehabilitación o reformas de edificios existentes

Consideración de los planes de autoprotección como la coordinación mediante unos protocolos de la protección pasiva (edificios, instalaciones de protección), con los usuarios y con el personal, donde la formación y la práctica de situaciones de emergencia son definitivos para una correcta autoprotección

Aclarar de una vez los temas competenciales: ayuntamientos, protección civil, administraciones competentes para autorizar los centros

Resumen final

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GraciasJosé Carlos Valero Irala

Jefe de Servicio de Proyectos, Inspección y AccesibilidadSG - Consejería de BS – JCCM

[email protected]

Toledo, 10-11 de octubre de 2016