La auditoria como actividad profecional, cracteristicas e implicaciones éticas.

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La auditoría como actividad profesional, características e implicaciones éticas.

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La auditoría como actividad

profesional,

características e

implicaciones éticas.

Encargada de verificar que la información financiera,

administrativa y operacional que genera una entidad es confiable, veraz y oportuna; en otras palabras, es revisar que los hechos, fenómenos y

operaciones se den en la forma en que fueron

planteados; que las políticas y lineamientos establecidos

se hayan observado y respetado.

• Objetivo:

Verificar el correcto yoportuno pago de losdiferentes impuestos yobligaciones fiscales de loscontribuyentes desde elpunto de vista fisco:Secretaria de Hacienda yCrédito Público, direccioneso tesorerías de haciendaestatales y tesoreríasmunicipales.

• Primera: buscar que todos los contribuyentes estén bajo control.

• Segunda: las acciones de fiscalización se encaminaran en esta segunda etapa a contar con adecuados controles para impulsar a todos los contribuyentes registrados.

• Tercera: en esta etapa se buscará que los contribuyentes que ya estén cumpliendo con la presentación de sus declaraciones, incluyan en ellas información cada vez más fidedigna.

• Cuarta: esta ultima fase de la fiscalización es la referencia a la recuperación o cobro de adeudos de los contribuyentes que hayan declarado y lo han hecho fielmente pero que, sin embargo, no han cubierto los adeudos determinados.

• Auditoria por programa.

• Auditorias Derivadas de Estudios Económicos.

• Auditorias Consecuencia de otras Auditorias o Compulsas.

• Auditorias por Denuncias.

• Otros Causales de Auditoria Fiscal.

• Es un procedimiento de

fiscalización directa,

mediante el cual se

busca comprobar la

fidelidad de la

información incluida en

tales documentos.

• La revisión de la corrección aritmética a la cual deberán sujetarse todas las declaraciones recibidas.

• La llamada revisión legal, que comprende el cumplimiento formal de requisitos en declaraciones.

• La que tiene por objeto comprobar la veracidad de la información contenida en las declaraciones, que en si constituye la autentica actividad fiscalizadora.

Las visitas de inspección, que buscan la comprobación del cumplimiento de un impuesto en particular.

Las visitas de auditoria, que buscan la comprobación integral del cumplimiento de obligaciones tributarias y que, por ende, tienen una mayor duración.

• Primero. El fisco puede hacer uso para sus fines de los elementos que contiene o debería contener el cuaderno de estados financieros dictaminados.

• Segundo. Si de esa revisión el fisco queda satisfecho, quedará concluido el proceso; si no es así, se procederá a revisar por medio del contador publico y en orden secuencial:

• Cualquier información que debería estar incluida en los estados financieros dictaminados para fines fiscales.

• Los papeles de trabajo que dan evidencia del trabajo realizado.

• Si con esa revisión aun subsiste dudas, el propio contador

público proporcionará la información adicional que se

requiera.

• Si aún en esta circunstancia subsiste puntos oscuros,

nuevamente y con autentica situación de excepción, se

solicitará, vía el contador público, la presentación de

documentos originales.

• Tercero. Cuando mediante el contacto con el

contador público no ha sido posible quedar satisfecho

el fisco, la revisión se desahogará mediante

información y/o documentación que se solicite

directamente al contribuyente, equiparándose esta

fase a lo que se denomina revisión de escritorio.

• Cuarto. Cuando de hecho ya existe duda razonable sobre la validez del dictamen, será recurrir a obtener información de terceros.

• Quinta. Cuando no se otorgue crédito al dictamen fiscal, a una visita domiciliaria; esto implica la supresión de las llamadas pruebas selectivas. Si se cree en la validez del dictamen, no habrá auditoria directa; pero si no, esta se efectuará con claro entendimiento para contribuyentes y contadores públicos de las razones que lo motivaron.

Es el examen que efectúa un

contador público

independiente a los estados

financieros de su cliente.

• Objetivo:

Revisión total o parcial de

estados financieros, con un

criterio y punto de vista

independiente, con objeto de

expresar una opinión respecto

a ellos para efectos antes

terceros.

• El dictamen es el

documento que suscribe

el Contador Público

conforme a las normas

de su profesión, relativo a

la naturaleza, alcance y

resultado del examen

realizado sobre los

estados financieros de la

entidad de que se trate.

• Es aquella cuyo ámbito de

su ejercicio se da por

auditores que dependen, o

son empleados, de la misma

organización en que se

practica. El resultado de su

trabajo es con propósitos

internos o de servicio para la

misma organización. La

auditoria interna abarca los

tipos de auditoria

administrativa, operacional y

financiera.

• Naturaleza.

• Objetivo y alcance.

• Responsabilidad y

autoridad.

• Independencia.

• Objetivo:

Verificar, evaluar ypromover el cumplimiento yapego al correctofuncionamiento de las faseso elementos del procesoadministrativo y lo queincide en ellos. Es suobjetivo también el evaluarla calidad de laadministración en suconjunto.

• Objetivo:

Promover eficiencia en laoperación. Es su objetivotambién el evaluar lacalidad de la operación.

La practica de la auditoriaoperacional consiste en darefecto a uno de los objetosdel control interno: lapromoción de eficiencia deoperación.

• Objetivo:

Examen total o parcial deinformación financiera, y lacorrespondiente operacional yadministrativa, así como los mediosutilizados para identificar, medir,clasificar y reportar esa información.

La auditoria financiera ayuda en laobtención y proporciona miento deinformación contable-financiera, ysu complementaria operacional yadministrativa, base para conocer lamarcha y evolución de laorganización como punto dereferencia para guiar su destino.

• Objetivo:

Revisión de los aspectos

administrativos,

operacionales y contable-

financiero de la entidad

sujeta a revisión en una

misma asignación de

auditoria.

• Objetivo:

Revisión de aspectos

financieros, operacionales y

administrativos en las

dependencias y entidades

publicas, así como el

resultado de programas bajo

su encargo y el cumplimiento

de disposiciones legales que

enmarcan su responsabilidad,

funciones y actividades.

Es la emisión de un informe

dirigido a poner de

manifiesto una opinión

técnica sobre La imagen fiel

de patrimonio y la situación

financiera de la sociedad, así

como del resultado de sus

operaciones en el periodo

examinando, de conformidad

con principios y normas de

contabilidad generalmente

aceptados.

El auditor de cuentas es responsable de formar y expresar una opinión sobre los estados financieros.

Sin embargo, es responsabilidad de los administradores de la sociedad la formulación de

dichos estados financieros, lo que incluye:

1.-El mantenimiento de los registros contables y los sistemas de control interno adecuados

2.-La elección y la aplicación de los principios y normas contables apropiadas

3.-La salvaguarda de los activos de dicha sociedad.

El auditor determinara el alcance de su

trabajo de acuerdo con las normas

técnicas de auditoria. Al aplicar dichas

nomas, y al decidir los procedimientos de

auditoria que llevara a cabo, el auditor

empleara su juicio profesional teniendo en

cuenta los conceptos de importancia y

riesgos relativos.

Los procedimientos de auditoria se

diseñan para que el auditor pueda

obtener una evidencia suficiente en al

que basar la opinión de auditoria, no

se diseñan con el objetivo de

detectar errores o irregularidades de

todo tipo que hayan podido

cometerse.

En cuanto al enfoque de la

auditoria en profesiones

distintas a la contaduría

pública, se tiene el caso

concreto de la denominada

auditoría integral, cuyo

distintivo característico es la

concurrencia de diversas

profesiones y

especialidades.

Evaluación multidisciplinaria,

independiente y con enfoque

de sistemas, del grado y forma

de cumplimiento de los

objetivos de una organización,

de la relación con su entorno,

así como de sus operaciones,

con el objetivo de proponer

alternativas para el logro más

adecuado de sus fines y/o el

mejor aprovechamiento de sus

recursos.

El objetivo de esta es la

cobertura de revisión integral,

de concurrencia

multidisciplinaria, de todos los

factores y aspectos, de

cualquier índole, que inciden

en una entidad para el

mejoramiento de su gestión

directiva, atendiendo a la

observancia de criterios

fundamentales en materia de

economía, eficiencia y

eficacia.

Se debe de llevar a cabo una vez que se ha precisado con el cliente el tipo de servicio que requiere del contador

público, las eventuales limitaciones que pudieran

presentarse durante la auditoria, y el resultado final

que se espere de esta intervención.

Obtención de información y

documentación base para la

propuesta de servicios

profesionales.

Al participar el auditor interno, o formar parte del sistema integral del control interno, está sujeto a ser evaluado. Para llevar a cabo tal

tarea, el auditor externo deberá:

1.- Conocer e investigar el contexto general de la función de auditoria interna.

2.- Evaluar la competencia profesional del personal de área.

3.- Evaluar la objetividad con que actúa.

4.- Evaluar la calidad de ejecución.

5.- Identificar el alcance de la función.

6.- Documentar adecuadamente y dejar constancia en papeles de trabajo sobre el resultado del estudio y evaluación de la función de auditoria interna.

Participación del auditor interno en los trabajos de auditoría interna. Cuando se dé esta participación, por así convenido a la entidad a auditar y el auditor externo, este último deberá de cerciorarse y supervisar que el grupo de auditoria interna:

1.- Cuente con probada competencia profesional y objetividad en su actuar.

2.- Realice su trabajo con estricto apego a las normas y procedimientos de auditoría.

3.- Aporte evidencia suficiente y competente sobre el trabajo realizado.

Es obvio que esta participación se dará en tareas de menor envergadura que las del auditor externo.

Auditor predecesor es el que

ha renunciado a quien se le ha

notificado que sus servicios de

auditor externo han terminado.

Auditor sucesor es el que ha

aceptado un compromiso de

examen de información

financiera, o que ha sido

aceptado un compromiso de

examen de información

financiera, o que ha sido

invitado a presentar una

propuesta en tal sentido.

Al presentarse una situación de sustitución de

auditor externo, antes de que el sucesor

acepte el compromiso, habrá de obtener

información de su predecesor con respecto al

cliente en prospecto.

Tal comunicación podrá ser oral o escrita, o

con carácter confidencial; en tal virtud, el

sucesor deberá obtener autorización de su

cliente o prospecto.

El auditor sucesor no deberá hacer referencia, en

su informe o dictamen, al trabajo realizado por su

predecesor; aunque éste deberá permitirle la

extracción o copia de información que le sirva

para dar continuidad en cuanto a la historia

contable y de auditoria de su cliente.

En caso de que el predecesor no proporcione

respuestas limitadas, o no conteste la totalidad

de las preguntas, el sucesor deberá evaluar las

implicaciones correspondientes para decidir si

continúa o no el compromiso contraído con su

cliente.