LA ACCION.

26
LA ACCION. LA ACCION.

description

LA ACCION. INTRODUCCIÓN. - PowerPoint PPT Presentation

Transcript of LA ACCION.

Page 1: LA ACCION.

LA ACCION.LA ACCION.

Page 2: LA ACCION.

INTRODUCCIÓN.INTRODUCCIÓN. Como consecuencia de haber asumido el Estado el monopolio Como consecuencia de haber asumido el Estado el monopolio de la fuerza y por ende la tutela del ordenamiento jurídico, de la fuerza y por ende la tutela del ordenamiento jurídico, prohibiendo el empleo de la violencia en la defensa privada del prohibiendo el empleo de la violencia en la defensa privada del derecho, lo cual constituye su función jurisdiccional, se derecho, lo cual constituye su función jurisdiccional, se reconoce en los individuos la facultad de requerirle su reconoce en los individuos la facultad de requerirle su intervención para la protección de un derecho que se considera intervención para la protección de un derecho que se considera lesionado cuando no fuese posible la solución pacífica del lesionado cuando no fuese posible la solución pacífica del conflicto. A esa facultad se designa con el nombre de “acción”, conflicto. A esa facultad se designa con el nombre de “acción”, y ella se ejerce en un instrumento adecuado al efecto que se y ella se ejerce en un instrumento adecuado al efecto que se denomina proceso.denomina proceso.

Page 3: LA ACCION.

Dice Pikelis que sólo se habla de “acción” Dice Pikelis que sólo se habla de “acción” cuando se refiere a la actividad procesal cuando se refiere a la actividad procesal del Estado. Esto, nos lleva a constatar que del Estado. Esto, nos lleva a constatar que sólo puede hablarse de acción cuando sólo puede hablarse de acción cuando hay proceso. hay proceso.

““La acción corresponde a aquél a quien se La acción corresponde a aquél a quien se le prohíbe obrar por sí mismo”.le prohíbe obrar por sí mismo”.

: “el poder de actuar se convirtió en el poder de provocar : “el poder de actuar se convirtió en el poder de provocar la actuación”.la actuación”.

Page 4: LA ACCION.

DEFINICIÓN.DEFINICIÓN.

Derivación Etimológica: Derivación Etimológica: acción. (Del lat. actĭo, -ōnis).acción. (Del lat. actĭo, -ōnis). Ejercicio de la posibilidad de hacer. Resultado de hacer. Ejercicio de la posibilidad de hacer. Resultado de hacer.

En sentido procesal, derecho a acudir a un juez o tribunal En sentido procesal, derecho a acudir a un juez o tribunal recabando de él la tutela de un derecho o de un interés.recabando de él la tutela de un derecho o de un interés.

CoutureCouture la define como: “El poder jurídico que tiene todo sujeto la define como: “El poder jurídico que tiene todo sujeto derecho de acudir a los órganos jurisdiccionales para reclamarles derecho de acudir a los órganos jurisdiccionales para reclamarles la satisfacción de una pretensión”.la satisfacción de una pretensión”.

PodettiPodetti : “La facultad de pedir protección jurídica, aspirando el individuo el : “La facultad de pedir protección jurídica, aspirando el individuo el

fin del proceso para cada litigante en particular; pero para el fin del proceso para cada litigante en particular; pero para el Estado que tiene como fin la paz social, el fin de cada proceso es Estado que tiene como fin la paz social, el fin de cada proceso es la sentencia justa”.la sentencia justa”.

Page 5: LA ACCION.

La acción tiene fundamentos constitucionales, La acción tiene fundamentos constitucionales, por lo cual se la define como: por lo cual se la define como: “El derecho “El derecho constitucional que tiene todos los habitantes constitucional que tiene todos los habitantes del país a efectos de solicitar se le administre del país a efectos de solicitar se le administre justicia por parte del Estado, a través de sus justicia por parte del Estado, a través de sus órganos judiciales, para obtener la satisfacción órganos judiciales, para obtener la satisfacción de una pretensión deducida mediante la de una pretensión deducida mediante la demanda, y lograr la paz social”.demanda, y lograr la paz social”.

Page 6: LA ACCION.

SIGNIFICACIÓN GRAMATICAL.SIGNIFICACIÓN GRAMATICAL.

Es un sustantivoEs un sustantivo femenino que alude al femenino que alude al ejercicio de una posibilidad dinámica de una ejercicio de una posibilidad dinámica de una cosa o de una persona.cosa o de una persona.

Acción procesal.- Acción procesal.- Hecho de acudir ante el Hecho de acudir ante el órgano capacitado para atender, como órgano capacitado para atender, como intermediario, las reclamaciones contra otras intermediario, las reclamaciones contra otras físicas o morales. físicas o morales.

Page 7: LA ACCION.

CONCEPTO.CONCEPTO. Es una actividad jurídicaEs una actividad jurídica porque origina relaciones jurídicas, derechos porque origina relaciones jurídicas, derechos

y obligaciones, cargas y facultades.y obligaciones, cargas y facultades. Es un derecho subjetivo porqueEs un derecho subjetivo porque pertenece a todas y cada una de la pertenece a todas y cada una de la

personas físicas o jurídicas que quieren recurrir al Estado para que les personas físicas o jurídicas que quieren recurrir al Estado para que les preste el servicio público de su jurisdicción, pertenece al grupo de los preste el servicio público de su jurisdicción, pertenece al grupo de los derechos cívicos, cuya raíz se encuentra en las garantías derechos cívicos, cuya raíz se encuentra en las garantías constitucionales del particular frente al Estado y cuyo origen puede ser constitucionales del particular frente al Estado y cuyo origen puede ser el común a todos los derechos de petición a la autoridad.el común a todos los derechos de petición a la autoridad.

Sujetos de la acción;Sujetos de la acción; son únicamente el actor (sujeto activo) y el son únicamente el actor (sujeto activo) y el Estado a quien se dirige a través del juez, que es el órgano mediante Estado a quien se dirige a través del juez, que es el órgano mediante el cual actúa (sujeto pasivo).el cual actúa (sujeto pasivo).

Su finSu fin es proteger el interés público y general en la tutela del orden es proteger el interés público y general en la tutela del orden jurídico y en la paz y armonía sociales.jurídico y en la paz y armonía sociales.

Su objeto, Su objeto, iniciar un proceso y mediante él obtener la sentencia que lo iniciar un proceso y mediante él obtener la sentencia que lo resuelva (inhibitoria o de fondo, favorable o no, condenatoria o resuelva (inhibitoria o de fondo, favorable o no, condenatoria o absolutoria). absolutoria).

Page 8: LA ACCION.

La relación de jurisdicción contenciosa esLa relación de jurisdicción contenciosa es:: Relación de acción (entre el Estado y el Relación de acción (entre el Estado y el

demandante o ministerio público cuando demandante o ministerio público cuando promueve el proceso penal y la parte civil en promueve el proceso penal y la parte civil en éste).éste).

Y relación de contradicción (entre demandado Y relación de contradicción (entre demandado o sindicado, y Estado).o sindicado, y Estado).

PertenecePertenece a toda persona material o jurídica, a toda persona material o jurídica, por el solo hecho de querer recurrir a la por el solo hecho de querer recurrir a la jurisdicción del Estado.jurisdicción del Estado.

Page 9: LA ACCION.

ELEMENTOS DE LA ACCIÓNELEMENTOS DE LA ACCIÓN. Según Chiovenda los elementos . Según Chiovenda los elementos son: Sujetos, objeto y causa de la acción.son: Sujetos, objeto y causa de la acción.

Titular de la acción.-Titular de la acción.- Actor o demandante. Quien tiene el derecho Actor o demandante. Quien tiene el derecho de acudir ante el órgano jurisdiccional, estatal o arbitral, a de acudir ante el órgano jurisdiccional, estatal o arbitral, a reclamar la prestación de la función jurisdiccional, pretendiendo reclamar la prestación de la función jurisdiccional, pretendiendo obtener una conducta forzada determinada en el demandado.obtener una conducta forzada determinada en el demandado.

El órgano jurisdiccional.-El órgano jurisdiccional.- Estatal o arbitral. Dotado de facultades Estatal o arbitral. Dotado de facultades para decir el derecho con imparcialidad, resolviendo así la para decir el derecho con imparcialidad, resolviendo así la situación controvertida.situación controvertida.

Sujeto pasivo.-Sujeto pasivo.- Como destinatario soporta los derechos de Como destinatario soporta los derechos de acción, quedando sometido al juzgador soportando las cargas y acción, quedando sometido al juzgador soportando las cargas y obligaciones procesales.obligaciones procesales.

Page 10: LA ACCION.

Objeto de la acción: Objeto de la acción: Constituido por la prestación o Constituido por la prestación o prestaciones que se reclaman por el acto del prestaciones que se reclaman por el acto del demandado. Es la conducta que se exige. Teniendo demandado. Es la conducta que se exige. Teniendo así, dos objetos:así, dos objetos: Tiene por objeto que el órgano jurisdiccional despliegue todos Tiene por objeto que el órgano jurisdiccional despliegue todos

los actos tendientes a decir el derecho.los actos tendientes a decir el derecho. Que se ejerza la función jurisdiccional para ajustar al Que se ejerza la función jurisdiccional para ajustar al

demandado a una conducta pretendida por el actor.demandado a una conducta pretendida por el actor.

Causa de la acciónCausa de la acción:: Se mencionan dos elementos: un Se mencionan dos elementos: un derecho y una situación contraria a ese derecho. Presunta derecho y una situación contraria a ese derecho. Presunta violación del derecho.violación del derecho.

Page 11: LA ACCION.

CONCEPTOS DOCTRINALES.CONCEPTOS DOCTRINALES.

Los Romanos:Los Romanos: “La acción es el derecho de perseguir en juicio lo que se nos “La acción es el derecho de perseguir en juicio lo que se nos debe”. “Actio nihil aliud est nisis jus persequendi judicio quod sibi debetur”.debe”. “Actio nihil aliud est nisis jus persequendi judicio quod sibi debetur”.

Celso:Celso: “El derecho de perseguir en juicio lo que nos es debido”. “El derecho de perseguir en juicio lo que nos es debido”.

Ugo Rocco:Ugo Rocco: El derecho de pretender la intervención del Estado y la El derecho de pretender la intervención del Estado y la prestación de la actividad jurisdiccional, para la declaración o realización prestación de la actividad jurisdiccional, para la declaración o realización coactiva de los intereses (materiales o procesales) protegidos en abstracto coactiva de los intereses (materiales o procesales) protegidos en abstracto por las normas de derecho objetivo”.por las normas de derecho objetivo”.

Ramiro PodettiRamiro Podetti: “Es el elemento activo del derecho material, por : “Es el elemento activo del derecho material, por consecuencia corresponde al titular del derecho para defenderlo o consecuencia corresponde al titular del derecho para defenderlo o esclarecerlo.esclarecerlo. Sus efectos de derecho para su ejercicio correspondiente al estado. Sus efectos de derecho para su ejercicio correspondiente al estado. El titular del derecho solo tiene la facultad de poner en movimiento al poder El titular del derecho solo tiene la facultad de poner en movimiento al poder judicial, que implica un deber de someterse a él como sujeto del proceso”.judicial, que implica un deber de someterse a él como sujeto del proceso”.

Page 12: LA ACCION.

José Becerra BautistaJosé Becerra Bautista:: “la acción es un derecho subjetivo “la acción es un derecho subjetivo procesal, distinto del derecho sustancial hecho valer, consistente procesal, distinto del derecho sustancial hecho valer, consistente en la facultad de los órganos jurisdiccionales su intervención para en la facultad de los órganos jurisdiccionales su intervención para la aplicación vinculativa de una norma abstracta a un caso la aplicación vinculativa de una norma abstracta a un caso concreto”.concreto”.

Carlos Arellano GarcíaCarlos Arellano García:: “Derechos subjetivo del que goza una “Derechos subjetivo del que goza una persona física o moral para acudir ante un órgano del estado o persona física o moral para acudir ante un órgano del estado o ante un órgano arbitral a exigir el desempeño de la función ante un órgano arbitral a exigir el desempeño de la función jurisdiccional para obtener la tutela de un presunto derecho jurisdiccional para obtener la tutela de un presunto derecho material, presuntamente violado por la persona física o moral material, presuntamente violado por la persona física o moral presuntamente obligada a respetar ese derecho material”.presuntamente obligada a respetar ese derecho material”.

Page 13: LA ACCION.

TEORIAS ACERCA DE LA ACCIÓN.TEORIAS ACERCA DE LA ACCIÓN.

Carlos Federico Savigny.-Carlos Federico Savigny.- Toda acción debe reunir Toda acción debe reunir dos condiciones: El derecho y la violación, los cuales dos condiciones: El derecho y la violación, los cuales son elementos imprescindibles. Su objetivo es la son elementos imprescindibles. Su objetivo es la reparación de la violación cometida respecto al reparación de la violación cometida respecto al derecho.derecho.

Windscheid.-Windscheid.- Es un pretensión contra el autor de la Es un pretensión contra el autor de la violación, transformándose en acción cuando se le violación, transformándose en acción cuando se le hace valer en juicio. La pretensión que se tiene es la hace valer en juicio. La pretensión que se tiene es la de someter la voluntad de otro.de someter la voluntad de otro.

Page 14: LA ACCION.

Muther.-Muther.- Derecho público subjetivo con el cual se Derecho público subjetivo con el cual se obtiene la tutela jurídica dirigida contra el Estado (en obtiene la tutela jurídica dirigida contra el Estado (en función de decir el derecho frente a las situaciones función de decir el derecho frente a las situaciones controvertidas), para la obtención de una sentencia controvertidas), para la obtención de una sentencia favorable y contra el demandado (el cual debe de favorable y contra el demandado (el cual debe de someterse a juicio hasta su terminación) para el someterse a juicio hasta su terminación) para el cumplimiento de una obligación. Correspondiendo al cumplimiento de una obligación. Correspondiendo al derecho público su regulación.derecho público su regulación.

Wach.-Wach.- Derecho público al que le corresponde otorgar Derecho público al que le corresponde otorgar la “tutela del derecho”, corresponde a quien tiene el la “tutela del derecho”, corresponde a quien tiene el derecho. Está dirigido al estado y contra el estado derecho. Está dirigido al estado y contra el estado para dar lugar a un juicio y a la sentencia favorable.para dar lugar a un juicio y a la sentencia favorable.

Page 15: LA ACCION.

Chiovenda.-Chiovenda.- Poder jurídico de dar vida a la condición Poder jurídico de dar vida a la condición para la actuación de la ley por el órgano jurisdiccional, para la actuación de la ley por el órgano jurisdiccional, sustituyendo al actor para la protección de su derecho. sustituyendo al actor para la protección de su derecho. El actor no esta obligado a interponerla aunque tenga El actor no esta obligado a interponerla aunque tenga tal derecho. Pertenece al género de los derechos tal derecho. Pertenece al género de los derechos potestativos. potestativos.

Hugo Alsina.-Hugo Alsina.- Derecho contra el estado (sujeto Derecho contra el estado (sujeto pasivo de una obligación procesal) para la protección pasivo de una obligación procesal) para la protección de una pretensión jurídica fundada en el derecho de una pretensión jurídica fundada en el derecho privado. Facultad que el actor ejerce contra el órgano privado. Facultad que el actor ejerce contra el órgano estatal que desempeñará la función jurisdiccional. Es estatal que desempeñará la función jurisdiccional. Es un derecho privado.un derecho privado.

Page 16: LA ACCION.

Eduardo J. Couture.-Eduardo J. Couture.- Derecho abstracto de obrar. Nace como Derecho abstracto de obrar. Nace como una supresión de la violencia privada (justicia por propia mano), una supresión de la violencia privada (justicia por propia mano), que procura la satisfacción de un interés de carácter público y que procura la satisfacción de un interés de carácter público y particular. Vinculándose con el derecho de petición. Lo puede particular. Vinculándose con el derecho de petición. Lo puede ejecutar aún quien carece del derecho sustantivo o material, ejecutar aún quien carece del derecho sustantivo o material, debiendo invocar el presunto derecho así como la presunta debiendo invocar el presunto derecho así como la presunta violación.violación.

Carlos Arellano García.Carlos Arellano García.-- Hay acción sin derecho sustantivo o Hay acción sin derecho sustantivo o material o hay derecho sustantivo o material pero no el derecho material o hay derecho sustantivo o material pero no el derecho de acción o simplemente hay una pérdida de este. Su intención de acción o simplemente hay una pérdida de este. Su intención es el de una resolución favorable. Elimina la violencia entre es el de una resolución favorable. Elimina la violencia entre particulares. Puede prescribir o caducar.particulares. Puede prescribir o caducar.

Page 17: LA ACCION.

CLASIFICACIÓN DE LAS

ACCIONES

Acciones reales y personales. Acciones de condena, declarativas,

constitutivas, cautelares y Ejecutorias. Acciones

nominadas e innominadas.

Acciones previstas en la

Legislación Civil:

Acciones del Estado Civil:

Acción de nulidad por actos en fraude de acreedores, Acción para la división de cosa común, Acción de nulidad,

Acción de simulación, Acción de rescisión, Acción de cumplimiento

forzado, Acción redhibitoria.

Acción por enriquecimiento sin causa, Acción de otorgamiento de título,Acción de jactancia,

Acción forzada.

Page 18: LA ACCION.

DERECHO SUBJETIVODERECHO SUBJETIVO

Ha sido definido: como un interés jurídicamente protegido Ha sido definido: como un interés jurídicamente protegido ((IheringIhering); como la potestad o señorío de la voluntad conferido por ); como la potestad o señorío de la voluntad conferido por el ordenamiento jurídico (el ordenamiento jurídico (WinsdscheidWinsdscheid), y como el poder para la ), y como el poder para la satisfacción de un interés reconocido (satisfacción de un interés reconocido (ReglesbergerReglesberger), entre otras ), entre otras maneras.maneras.

La dualidad derecho objetivo-derecho subjetivo, sin embargo, ha La dualidad derecho objetivo-derecho subjetivo, sin embargo, ha sido modernamente muy combatida, especialmente por Kelsen, sido modernamente muy combatida, especialmente por Kelsen, para el cual el derecho subjetivo no es otra cosa que el propio para el cual el derecho subjetivo no es otra cosa que el propio derecho objetivo que, en determinadas condiciones, se pone a derecho objetivo que, en determinadas condiciones, se pone a disposición de una persona, dados los supuestos establecidos n disposición de una persona, dados los supuestos establecidos n en el mismo.en el mismo.

Page 19: LA ACCION.

LA ACCION COMO DERECHO SUBJETIVO.LA ACCION COMO DERECHO SUBJETIVO.

Se dice que es un derecho público subjetivo Se dice que es un derecho público subjetivo porque puede ser ejercitado por cualquier porque puede ser ejercitado por cualquier ciudadano, como cualquier otro derecho cívico. ciudadano, como cualquier otro derecho cívico. En cuanto ella importa una condición para la En cuanto ella importa una condición para la actuación del órgano en el ejercicio de una actuación del órgano en el ejercicio de una función pública.función pública.

Page 20: LA ACCION.

LA ACCIÓN COMO DERECHO POTESTATIVO.LA ACCIÓN COMO DERECHO POTESTATIVO.

Por Por ““derechos potestativosderechos potestativos”” se entienden aquellos derechos se entienden aquellos derechos que dependen exclusivamente de la voluntad de su titular, sin que que dependen exclusivamente de la voluntad de su titular, sin que corresponda a ellos una correlativa sujeción de la parte sobre corresponda a ellos una correlativa sujeción de la parte sobre quien se ejercen.quien se ejercen.

La acción es un La acción es un “poder jurídico”“poder jurídico” de la categoría de los “derechos de la categoría de los “derechos potestativos”. La acción es un “poder” que corresponde frente al potestativos”. La acción es un “poder” que corresponde frente al adversario; éste no está obligado a nada frente a ese poder; adversario; éste no está obligado a nada frente a ese poder; solamente está sujeto a él. La acción desaparece con su solamente está sujeto a él. La acción desaparece con su ejercicio, sin que el adversario pueda hacer nada para impedirla, ejercicio, sin que el adversario pueda hacer nada para impedirla, ni para satisfacerla.ni para satisfacerla.

Page 21: LA ACCION.

LA ACCIÓN COMO DERECHO ABSTRACTO LA ACCIÓN COMO DERECHO ABSTRACTO DE OBRAR.DE OBRAR.

DegenkolbDegenkolb,, que la acción es que la acción es “Abstracta”“Abstracta” del del fundamento de la demanda. No es un derecho fundamento de la demanda. No es un derecho sino una simple facultad. sino una simple facultad.

CoutureCouture de la acción abstracta al identificar la de la acción abstracta al identificar la acción con el “derecho constitucional de acción con el “derecho constitucional de peticionar”.peticionar”.

Page 22: LA ACCION.

LA ACCION COMO DERECHO A LA JURISDICCIÓN.LA ACCION COMO DERECHO A LA JURISDICCIÓN.

La acción como poder jurídico de acudir a la jurisdicción, existe La acción como poder jurídico de acudir a la jurisdicción, existe siempre, aunque se carezca de verdaderos derechos para hacerlo.siempre, aunque se carezca de verdaderos derechos para hacerlo.

Con derecho material o sin él; con pretensión o sin ella, todo Con derecho material o sin él; con pretensión o sin ella, todo individuo tiene ese poder jurídico, aún antes de que nazca su individuo tiene ese poder jurídico, aún antes de que nazca su pretensión concreta. El poder de accionar es un poder jurídico de pretensión concreta. El poder de accionar es un poder jurídico de todo individuo en cuanto tal; existe aun cuando no se ejerza todo individuo en cuanto tal; existe aun cuando no se ejerza efectivamente.efectivamente.

Todo individuo tiene el derecho de recibir asistencia del Estado en Todo individuo tiene el derecho de recibir asistencia del Estado en caso de necesidad, también tiene derecho de acudir a los órganos caso de necesidad, también tiene derecho de acudir a los órganos de la jurisdicción para pedirles su intervención cuando lo considere de la jurisdicción para pedirles su intervención cuando lo considere procedente.procedente.

Page 23: LA ACCION.

Prohibición de la autodefensa

violenta.DETERMINA.

Las personas piden Justicia.ACCIÒN.

El Estado administra la Justicia.

JURISDICCIÒN.

Page 24: LA ACCION.

DERECHO SUBJETIVO.

Es reconocido por una norma de derecho Objetivo.

Cuando se considera que ha sido vulnerado se deduce: La acción Procesal tiene dos direcciones.

ORGANO JURISDICCIONAL. Es entidad invocadora de la actividad jurisdiccional. Para obtener una decisión

sobre la acción deducida.

QUIEN NO HA OBSERVADO EL DERECHO. Se presenta el ejercicio de la acción en un proceso determinado, conteniendo una “pretensión”.Solo es una afirmación de derecho subjetivo,

derivada de una situación de hecho.

Page 25: LA ACCION.

BIBLIOGRAFÍAS:BIBLIOGRAFÍAS:

““Teoría General del Proceso”. Echandía Devis. Teoría General del Proceso”. Echandía Devis. Segunda Edición, Editorial UniversidadSegunda Edición, Editorial Universidad..

““Teoría General del Proceso”. Arellano García, Teoría General del Proceso”. Arellano García, Carlos. Segunda Edición, Editorial Porrúa. Carlos. Segunda Edición, Editorial Porrúa.

. . “Diccionario de derecho”. De Pina, Rafael – “Diccionario de derecho”. De Pina, Rafael – De Pina Vara, Rafael. 32ª Edición, Editorial De Pina Vara, Rafael. 32ª Edición, Editorial Porrúa. Porrúa.

““Teoría General del Proceso”. Bacre, Aldo. Teoría General del Proceso”. Bacre, Aldo. Tomo I, Editorial Abeledo-Perrot.Tomo I, Editorial Abeledo-Perrot.

Page 26: LA ACCION.

Universidad Autónoma de San Luis PotosíUniversidad Autónoma de San Luis Potosí Facultad de DerechoFacultad de Derecho

Teoría General del ProcesoTeoría General del Proceso Ma. Guadalupe Rodríguez ZamoraMa. Guadalupe Rodríguez Zamora 6 de Febrero de 20076 de Febrero de 2007

Ponentes:Ponentes: H. Berenice Rangel RodríguezH. Berenice Rangel Rodríguez

Jejanny O. Rocha GarcíaJejanny O. Rocha García