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SE PUBLICA TODOS LOS DÍAS EXCEPTO SÁBADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS Oficinas: Ronda de San Francisco, 5 · Edif. Julián Murillo Tel: 927 625 792 [email protected] D.L.: CC. 1-1958 Las inserciones en el Boletín Oficial de la provincia de Cáceres estarán sujetas a lo establecido en el Reglamento de Gestión del Boletín Oficial de la provincia de Cáceres (B.O.P. nº 182 de 21 de septiembre de 2016). Jueves, 12 de noviembre de 2020 N.º 0217

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SE PUBLICA TODOS LOS DÍAS EXCEPTO SÁBADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS

Oficinas:Ronda de San Francisco, 5 · Edif. Julián Murillo

Tel: 927 625 [email protected]

D.L.: CC. 1-1958

Las inserciones en el Boletín Oficial de la provincia de Cáceres estarán sujetas a lo establecido en el Reglamento de Gestión del Boletín Oficial de la provincia de Cáceres (B.O.P. nº 182 de 21 de septiembre de 2016).

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Sumario Sección I - Administración Local

Provincia Diputación Provincial de Cáceres

Ayuntamientos Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera

Ayuntamiento de Garrovillas de Alconétar

Ayuntamiento de Guadalupe

Ayuntamiento de La Pesga

Ayuntamiento de Miajadas

Ayuntamiento de Plasencia

Ayuntamiento de Santibáñez El Alto

Ganadores/as Certámenes Literarios 2020. BOP-2020-4386

Exposición Padrones. BOP-2020-4387

Relación definitiva de admitidos/as-excluidos/as, Tribunal yfecha inicio proceso plaza de Agente de la Policia Local poroposición libre.

BOP-2020-4388

Aprobación Padrón 2.º cuatrimestre 2020. Consumo de Aguay Canon de la Junta de Extremadura. BOP-2020-4389

Aprobación definitiva del expediente de ModificaciónPresupuestaria 01TC/2020 por Transferencia de Créditos. BOP-2020-4390

EXTRACTO. Bases Reguladoras concesión de Subvenciónpor Concurrencia Competitiva de "XVII Certamen de RelatoCorto" y "XVI Certamen de Poesía" de Miajadas para el año2020.

BOP-2020-4391

Lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as convocatoria de2 plazas de Oficial de Policía del Excmo. Ayuntamiento dePlasencia y fecha constitución Tribunal para baremación deméritos.

BOP-2020-4392

Bases de selección Profesor Programa de Aprendizaje a lo BOP-2020-4393

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Ayuntamiento de Sierra de Fuentes

Ayuntamiento de Villasbuenas de Gata

Mancomunidades Mancomunidad de Municipios Comarca de Las Hurdes

Mancomunidad Intermunicipal de la Vera

largo de la vida 2020-2021

Convocatoria cargo Juez/a de Paz Sustituto/a. BOP-2020-4394

Bases de selección Profesor/a Programa Aprendizaje a lolargo de la vida. BOP-2020-4395

Aprobación de la Cuenta General 2019. BOP-2020-4396

Dedicación parcial Presidenta y Vicepresidente Primero. BOP-2020-4397

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Sección I - Administración LocalProvincia

Diputación Provincial de Cáceres ANUNCIO. Ganadores/as Certámenes Literarios 2020.

PROPUESTA

FELICIDAD RODRIGUEZ SUERO, JEFE ÁREA CULTURA, vistos los antecedentes que obranen el expediente de su razón, de conformidad con los artículos 172.1 y 175 del Reglamento deOrganización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,de 28 denoviembre de 1986, tiene a bien proponer a la Presidencia de esta Excma. DiputaciónProvincial, la adopción de la siguiente:

RESOLUCIÓN

En un acto diferente y singular debido a la situación de pandemia, la Diputación Provincial deCáceres ha fallado sus tradicionales Premios de los Certámenes Literarios correspondientes alaño 2020 a través de reuniones virtuales de los distintos jurados, siendo así como se hadeliberado y votado las distintas obras presentadas. Visto el fallo de los Jurados de los Certámenes Literarios convocados por esta Excma.Diputación Provincial de Cáceres, celebrados el 5 de noviembre de 2020, por vía telemática Esta Presidencia en virtud de lo dispuesto en el artículo 34.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,resuelve en uso de las facultades que me están conferidas, aceptar el otorgamiento de losJurados constituidos según las Bases de la convocatoria y: A- Designar ganadores/as a las personas que a continuación se relacionan, adjudicándoles lospremios siguientes: 1.XLV Premio “Cáceres” de Novela Corta, dotado con 9.000,00€ y publicación de la obra:

D. Roberto Yela Clemente , con D.N.I. ...519 -E, por su obra: “El tren del oeste”

2. XXIII Premio “Flor de Jara” de Poesía, dotado con 6.000,00 € y publicación de la obra.

D. Santos Domínguez Ramos, con DNI. …..399-S, por su obra: “ Regulación del sueño”.

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3. XXX Premio”Ciudad de Coria” de Cuentos, dotado con 3.000,00 € y publicación de la obra:D. Joaquín Correa Barco con D.N.I. ...077-N,por su obra: “Llamadas a cobro revertido ” . 4. XL Premio ”Dionisio Acedo” de Periodismo:

Modalidad Prensa Escrita,dotado con 3.000,00 € ha quedado desierto. Modalidad Medios audiovisuales, dotado con 3.000,00 € a D. Francisco Bonilla Leo conD.N.I...570-G , y D. Juan Antonio Barroso Aparicio con D.N.I...462-N por su trabajo enequipo”Dos países un puente”, emitido por Radio 5 Todo Noticias de Radio Nacional deEspaña (RNE) con fecha martes 31 de marzo del 2020

5. XVI Premio “El Brocense” de Microrrelatos: - Microrrelatos de Educación Secundaria (E.S.O), dotado con 1.000,00 € : Primer premio: D.ª Ximena Sotillo Martín, por su trabajo “Adolescencia”

1º Accésit, dotado con 500,00 € a Dña. Sheila Jiménez González con D.N.I: ...509-Y, porsu obra “1485-1486”. 2º Accésit, dotado con 500,00 € a Dña. Belén Pérez Rubio, por su obra: “Miedo”. 3º Accésit dotado con 500,00 € a Dña. Lucía Ramos Pérez . con D.N.I...804-S , por suobra: “En mi honor”.

Profesor avalista 1º Premio Secundaria, dotado con 500,00 € a D. José Manuel Rubio Iniestacon D.N.I. ...833-M (IES D. Juan Manuel . Cifuentes (Guadalajara), - Microrrelatos Bachillerato, dotado con 1.000,00 €: Primer premio: Dña. María Humanes Fuentes, con D.N. I ….216-P, por su obra: “Yo, artista”.

1ºAccésit, dotado con 500,00 € : D. Alberto Daniel Pérez, con D.N.I...362-B , por su obra:“Ecos eternos”. 2ºAccésit, dotado con 500,00 € : D.ª Ana Pérez Sánchez con D.N.I...870-R , por su obra: “Acuarela”. 3ºAccésit, dotado con 500,00 € : Dª. Ana Moreno Barriga, con D.N.I. ..958-H, por laobra”Semper fidelis”.

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Profesor avalista 1º Premio Bachillerato dotado con 500,0 €. a Dña. Mariló Flores Domínguezcon D.N.I. ...471-F (Colegio Buen Pastor, Sevilla). B- Ordenar su publicación en el B.O.P de la provincia de Cáceres. A los efectos de lo dispuesto en el artículo 88.3º de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, delprocedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, se hace constar que lapresente Resolución es definitiva en vía administrativa y frente a la misma puede interponerse,en el plazo de dos meses a partir de su recepción, Recurso Contencioso- Administrativo ante elJuzgado de dicha Jurisdicción de Cáceres de un mes a partir de su notificación;toes o, concarácter potestativo, Recurso de Reposición ante la Presidencia, en el plazo ello sin perjuiciode la interposición de cualquier otro que estime procedente.

Cáceres, 9 de noviembre de 2020

Felicidad Rodríguez SueroJEFA DEL ÁREA DE CULTURA

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Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera ANUNCIO. Exposición Padrones.   Quedan expuestos al público por término de quince días, para oír reclamaciones, los siguientespadrones:

Agua Domiciliaria 2º trimestre 2020.Alcantarillado año 2020.Tratamiento y Depuración de Aguas Residuales 4º trimestre 2019.

Arroyomolinos de la Vera, 9 de noviembre de 2020

Manuel Mateos CamposALCALDE

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Ayuntamiento de Garrovillas de Alconétar ANUNCIO. Relación definitiva de admitidos/as-excluidos/as, Tribunal y fechainicio proceso plaza de Agente de la Policia Local por oposición libre. Habiendo transcurrido el plazo de reclamaciones a la Resolución de esta Alcaldía, por la queaprobaba la relación provisional de aspirantes Admitidos/as y Excluidos/as, a la plaza deAgente de la Policía Local de este Ayuntamiento, y de conformidad con lo establecido en laBase 4ª y 6ª de Convocatoria, esta Alcaldía

RESUELVE

PRIMERO. Desestimar las siguientes alegaciones presentadas por: D. GABRIEL FORTE GUERRERO D. JUAN CARLOS REYES ESCUDERO por pagar la tasa por derechos de Examen, fuera del plazo establecido en la convocatoria, queestablece: “…La falta de presentación del resguardo acreditativo del abono de la tasa por derechos deexamen dentro del plazo de presentación de solicitudes determinará la exclusión de los/asaspirantes al proceso selectivo…” SEGUNDO. Estimar las alegaciones presentadas por: D. JOSE FRANCISCO SÁNCHEZ ROMERO, Dª MARIA DEL CARMEN GONZÁLEZ GONZÁLEZ D. JOSE LUIS MOLINA ORTEGA, por haber subsanado en plazo, la causa de exclusión provisional y, en consecuencia, incluirlosen las lista de Admitidos/as.

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TERCERO. Aprobar en consecuencia, de forma definitiva la siguiente relación de aspirantesadmitidos/as y excluidos/as de la convocatoria referenciada:

Relación de Aspirantes Admitidos/as DNI

ALVAREZ VELA ALEX IVAN xxxxx357x

ANGULO SANTOS ABRAHAM xxxxx610x

ARROYO CAÑAMERO VICTOR MANUEL xxxxx158x

BARBADO CARRERAS ALEJANDRO xxxxx392x

BARROSO PEREZ JUAN xxxxx394x

BENITEZ DURÁN PABLO JOSE xxxxx326x

BERROCOSO RUFO DAVID xxxxx282x

BLANCO HERNANDEZ SERGIO xxxxx001x

BOJO CILLEROS JUAN MARCOS xxxxx292x

CABALLERO CASTELLANO RAFAEL xxxxx369x

CALLE PRIETO ALEJANDRO xxxxx335x

CARBALLO MORATO LAURA xxxxx622x

CASERO GONZALEZ JUAN MANUEL xxxxx149x

CERRO CASARES JAVIER xxxxx388x

CORDOBA TELLO SERGIO MANUEL xxxxx933x

CORTES MARTIN MIGUEL ANGEL xxxxx499x

DE LA PEÑA ESCUDERO MIGUEL xxxxx485x

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DEOCANO RUIZ JUAN MANUEL xxxxx529x

DIAZ RICO JULIAN xxxxx218x

DOMINGUEZ GALAN ANTONIO J. xxxxx758x

DOMINGUEZ MOHAMED EMILIO ANDRES xxxxx390x

DUARTE AZABAL JUAN ANTONIO xxxxx001x

ESCOBERO SANCHEZ ELENA xxxxx527x

EXPOSITO EXPOSITO ALEJANDRO xxxxx241x

FERNÁNDEZ GARCÍA JOSE MARIA xxxxx454x

FERNANDEZ GIBELLO LUCIA xxxxx312x

FERNANDEZ SALAS JOSE MARIA xxxxx116x

FERNANDEZ SARRO JERONIMO xxxxx195x

GARCIA CRIADO DAVID xxxxx606x

GARCIA SANCHEZ OSCAR xxxxx776x

GÓMEZ CERRATO JULIO xxxxx058x

GOMEZ DELGADO JUAN CARLOS xxxxx834x

GONZALEZ GOMEZ FERNANDO xxxxx681x

GONZALEZ GOMEZ FERNANDO xxxxx238x

GONZALEZ GONZALEZ MARIA DEL CARMEN xxxxx869x

GUERRA MORATO GLORIA xxxxx054x

GUTIÉRREZ MAHILLO ALEXIS xxxxx829x

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HERNANDEZ RAMOS RAUL xxxxx016x

HURTADO PEREZ MARIA JOSE xxxxx930x

JIMENEZ GONZALEZ DANIEL xxxxx860x

JIMENEZ GONZALEZ DIEGO xxxxx859x

LIBERAL CAMACHO FRANCISCO JAVIER xxxxx434x

LOPEZ BLAZQUEZ VICTOR xxxxx729x

LOPEZ POLO JUAN DIEGO xxxxx747x

LOPEZ REY VICTOR MANUEL xxxxx360x

LUIS PAZ SIGFRIEDT xxxxx000x

LUNA DOBLADO MIGUEL ANGEL xxxxx145x

MALDONADO LUCEÑO CARLOS xxxxx635x

MARCOS GUTIERREZ CESAR xxxxx356x

MARTIN EGIDO ARGEME xxxxx650x

MATAS RENTERO GUILLERMO xxxxx667x

MATEOS MORDILLO DAVID xxxxx089x

MATEOS MORDILLO OSCAR xxxxx283x

MAZO BLANCO AITOR xxxxx698x

MIGUEL CRUZ MARTA xxxxx081x

MOLINA ORTEGA JOSE LUIS xxxxx751x

MORENO ACOSTA ALBERTO xxxxx588x

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MORENO MARTIN PEDRO MIGUEL xxxxx736x

MORERA VAZQUEZ JOSE ANTONIO xxxxx316x

MOZO CASTAÑO AUGUSTO MANUEL xxxxx544x

MUÑOZ OLIVERA ISMAEL xxxxx301x

PARRO GUTIERREZ OSCAR xxxxx357x

PEREZ GIL JOSE DAVID xxxxx256x

PEREZ SANTOS CARLOS xxxxx981x

PEREZ VAZQUEZ JOSE LUIS xxxxx703x

PIZARRO GUTIERREZ PEDRO JAVIER xxxxx281x

PRAÇA SAN SEGUNDO JESUS MANUEL xxxxx340x

RAMIREZ TORO CRISTINA xxxxx492x

RICO CABRERA ROCIO xxxxx043x

RODRIGUEZ RUBIO JAIME xxxxx611x

RONCERO FERNANDEZ VICTORIANO xxxxx498x

RONCERO SERRANO CARLOS xxxxx063x

ROSADO PRIETO FERNANDO LUIS xxxxx637x

RUBIO PEREZ JULIAN xxxxx170x

SANCHEZ CUSTODIO ADRIAN YOSIP xxxxx902x

SANCHEZ DURAN DIEGO xxxxx464x

SANCHEZ FERNANDEZ JAIME xxxxx533x

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SANCHEZ GALAN MARIA ISABEL xxxxx158x

SANCHEZ GALAN VERONICA xxxxx081x

SANCHEZ GARCIA BORJA xxxxx993x

SANCHEZ ROMERO JOSE FRANCISCO xxxxx190x

SANCHEZ SOLIS ESTHER xxxxx961x

SANTOS PIZARRO JESUS xxxxx636x

SAUCEDA BALSERA JUAN ANTONIO xxxxx221x

TEJADO CARRONDO Mª JESUS xxxxx401x

TEOMIRO PEROMINGO SERGIO xxxxx837x

TERRON BLANCO SILVIA xxxxx227x

TORRES BARRASA DANIEL xxxxx455x

TRAVESEDO DOBARGANES SERGIO xxxxx561x

TRUJILLO JIMENEZ ALBERTO xxxxx465x

Relación de Aspirantes Excluidos/as DNI Causa

CABRERA RODRIGUEZ ANTONIO xxxxx289x 2

DE LA HOZ ANTUNEZ SERGIO xxxxx418x 2

FORTE GUERRERO GABRIEL xxxxx396x 1

PULIDO SANCHEZ JOSE xxxxx252x 2

REYES ESCUDERO JUAN CARLOS xxxxx731x 1

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CUARTO: TRIBUNAL CALIFICADOR: Vistas las propuestas formuladas por los organismos competentes, nombro como miembros delTribunal a las personas que se citan:

RODRIGUEZ PRIETO DAVID xxxxx993x 2

SANCHEZ DOMINGUEZ FATIMA xxxxx742x 3

ZAHINOS HERNANDEZ MANUEL xxxxx342x 2

Causas de exclusión:

1. PAGO TASA FUERA PLAZO (BASE TERCERA 4 CONVOCATORIA)

2. NO APORTA JUSTIFICANTE PAGO TASA

3. FUERA DE PLAZO

CARGO TITULAR SUPLENTE

PRESIDENTE Miguel Luna Sánchez, Oficial P. L. Ayto.de Casar de Caceres

Juan Antonio Morato Bonito, OficialP.L. Ayto. Valencia de Alcántara

VOCAL Víctor Manuel Fondon Moreno, OficialP.L. Ayto. Arroyo de la Luz

José Antonio Segura Santano,Oficial P.L. Ayto. San Vicente deAlcántara

VOCAL Luis María Romero Ciborro, FuncionarioP.L. Ayto Garrovillas de Alconétar

Francisco Manuel López Molano,Funcionario P.L. Ayto. de Garrovillasde Alconétar

VOCAL Marco Alfonso García Santos, APL deMiajadas, propuesto por la JuntaExtremadura

Manuel Berrocal Mateos APL deArroyo de la Luz, propuesto por laJunta Extremadura

SECRETARIO Dionisio Acuña Limón, Secretario del Ángel Rodríguez González,

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QUINTO. La realización del primer ejercicio comenzará el día 10 de diciembre de 2020, a las9:00 horas, en el Complejo Deportivo “El Cuartillo” sito en Ctra. Trujillo S/N., Cáceres, debiendoportar los/as aspirantes la documentación identificativa y justificante médico de estarcapacitado/a para la realización de las pruebas físicas. De igual forma, y vista la situación sanitaria causada por la pandemia de la COVID 19, seránecesario aportar debidamente rellena Declaración Responsable COVID 19, que se podrádescargar en la sede electrónica de este Ayuntamiento. SEXTO. Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en la sede electrónica de esteAyuntamiento dirección

https:// garrovillasdealconetar.sedelectronica.es

y en el Tablón de Anuncios Municipal, la lista definitiva de los aspirantes admitidos/as yexcluidos/as, a los efectos oportunos, y la fecha de convocatoria para el primer ejercicio. SEPTIMO. A los efectos de lo dispuesto en el artículo 88.3º de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace constarque la presente Resolución es definitiva en vía administrativa y frente a la misma puedeinterponerse, en el plazo de dos meses a partir de su recepción, recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de dicha jurisdicción de Cáceres o, con carácter potestativo,recurso de reposición ante esta Presidencia, en el plazo de un mes a partir de su notificación;todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro que estime procedente. Lo que se hace público para general conocimiento.

Garrovillas de Alconétar , 10 de noviembre de 2020

Elisabeth Martín DeclaraALCALDESA-PRESIDENTA

Ayto. de Garrovillas de Alconétar Funcionario del Ayto. Garrovillas deAlconétar

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Ayuntamiento de Guadalupe ANUNCIO. Aprobación Padrón 2.º cuatrimestre 2020. Consumo de Agua y Canonde la Junta de Extremadura. Aprobado por Resolución de Alcaldía el Padrón referente a:

Tasa por Consumo de Agua y Canon de la Junta de Extremadura, correspondiente al 2ºCuatrimestre de 2020.

Se expone al público en las oficinas municipales por término de quince días, a contar desde eldía siguiente a la publicación de este anuncio en el BOP, a efectos de reclamaciones y para lanotificación colectiva de las deudas incluidas en el él. Los/las interesados/as podrán interponer,en el plazo de un mes días a partir de la fecha de su publicación, recurso de reposición, previoal contencioso-administrativo de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del TextoRefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. El plazo para hacer efectivas las cuotas individuales, en período voluntario, será de dos mesescontados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Transcurrido dicho plazo se devengarán los recargos del periodo ejecutivo que establece elartículo 161 y 28 de la Ley General Tributaria, y en su caso, los intereses de demora y lascostas que se produzcan, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161.4 de la misma y en elartículo 72 del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 939/2005, de 29 de Julio).

Guadalupe, 9 de noviembre de 2020

Felipe Sánchez BarbaALCALDE-PRESIDENTE

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Sección I - Administración LocalAyuntamientos

Ayuntamiento de La Pesga ANUNCIO. Aprobación definitiva del expediente de Modificación Presupuestaria01TC/2020 por Transferencia de Créditos. Aprobado definitivamente el expediente de Transferencia de créditos entre aplicaciones degastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, lo quese publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de laLey Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de5 de marzo: Altas en Aplicaciones de Gastos:

Bajas en Aplicaciones de Gastos:

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido dela Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,

Aplicación Descripción Créditosiniciales

Transferencia decrédito

Créditosfinales

Progr Económica        

459 629.00 Sust. Fuente Pz.Collado.

38.000 € +7.500 € 45.500 €

Aplicación Descripción Créditosiniciales

Transferencia de crédito Créditosfinales

Progr Económica        

338 226.09 Festejos. 70.000 € -7.500 € 62.500 €

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de 5 de marzo, los/as interesados/as podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto oAcuerdo impugnado.

La Pesga, 6 de noviembre de 2020

José David Domínguez Martín ALCALDE

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Sección I - Administración LocalAyuntamientos

Ayuntamiento de Miajadas ANUNCIO. EXTRACTO. Bases Reguladoras concesión de Subvención porConcurrencia Competitiva de "XVII Certamen de Relato Corto" y "XVI Certamende Poesía" de Miajadas para el año 2020. BDNS(Identif.):532514 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 denoviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo textocompleto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/532514

BASES REGULADORAS DE CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN POR PROCEDIMIENTO DECONCURRENCIA COMPETITIVA DE “XVII Certamen de Relato Corto” y “XVI Certamen dePoesía” de Miajadas para el año 2020. 1. BASES REGULADORAS. Estas subvenciones se regirán por lo establecido en la presente convocatoria; en la Ley38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento General de la Leyde Subvenciones aprobado por Real Decreto 886/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en elReal Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional deSubvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas; y en las restantesnormas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normasde derecho privado. La Concejalía de Cultura y la Universidad Popular del Ayuntamiento de Miajadas convocan el“XVII Certamen de Relato Corto” y el “XVI Certamen de Poesía” de Miajadas para el año 2020,conforme a la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en suartículo 25.2 incluye entre las competencias municipales la educación y la cultura.

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Asimismo la reciente Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal deExtremadura atribuye a los municipios como competencias propias las de: “Ordenación,planificación, programación y promoción de la cultura y de actividades culturales” (art. 15.4º) y“Participación en la programación de la enseñanza” (art. 15.5º). El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será en régimen de concurrenciacompetitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer unaprelación entre las mismas, adjudicando, con el límite fijado en el punto siguiente, aquellas quehayan obtenido mayor valoración. 2. CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS. Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención son los siguientes: a) Partida Presupuestaria 330/48100, en la cual existe crédito disponible por el importe de 600€ en el 2020; debiéndose habilitar crédito necesario hasta cubrir el gasto en el ejercicio 2021. b) El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 2.400,00 €; tres premios para cadamodalidad: un primero dotado de 600 €, un segundo de 300 € y un accésit local de 300 €. c) Excepcionalmente, la convocatoria podrá fijar, además de la cuantía total máxima dentro delos créditos disponibles, una cuantía adicional cuya aplicación a la concesión de subvencionesno requerirá de una nueva convocatoria. d) La fijación y utilización de esta cuantía adicional estará sometida a las reglas del artículo 58del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobadopor Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. 3. OBJETO, CONDICIONES Y FINALIDAD DE LA CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN. La subvención tiene por finalidad: Este certamen tiene una triple finalidad: continuar otorgando un premio de reconocido prestigioa escritores y escritoras con trayectoria profesional, promocionar la literatura producida porescritores y escritoras nacional e internacional y alentar en su carrera a los/as más jóvenes deentre nuestros/as vecinos/as locales que comienzan a escribir. Constituyen el objeto de la presente subvención:

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Las modalidades objeto de la convocatoria son: Relato Corto y Poesía.

La concesión de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se sujetará a losprincipios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación,así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilizaciónde los recursos públicos. 4. REQUISITOS PARA SOLICITAR LA SUBVENCIÓN Y FORMA DE ACREDITARLOS. Las personas interesadas entregarán sus trabajos presencialmente o bien por correo postal, enla Universidad Popular del Ayuntamiento de Miajadas, ubicada actualmente en el ComplejoCultural “Palacio Obispo Solís” (Calle Real s/n). La forma y los requisitos son los establecidos acontinuación: a) Los trabajos deberán contener una Portada. En dicha portada deberá aparecer el título de laobra y el seudónimo del/a autor/a. De cada obra se presentarán seis copias en papel,mecanografiadas o escritas a ordenador (letra “Times New Roman”, tamaño 12), en papel DINA-4, a doble espacio, escrita a una o dos caras (opcional). Dichos ejemplares han de ser inéditos y deberán presentarse anónimamente, entregándose enun sobre cerrado, en cuyo exterior se especificará “XVII Certamen de Relato Corto” o “XVICertamen de Poesía”. Se indicará también el título del trabajo y el seudónimo. En el interior del sobre se incluirá otro sobre cerrado, en cuyo exterior deberá reflejar el premioal que se presenta, el título del trabajo y el seudónimo. En su interior, deberán detallar lossiguientes datos personales del autor:

Nombre y apellidos.Fotocopia del D.N.I.Domicilio.Email.Teléfono.Declaración Jurada del/a autor/a donde conste que la obra que presenta al certamen noha sido premiada, publicada ni presentada simultáneamente a otro concurso.Declaración responsable conforme al modelo del Anexo I.

b) La extensión mínima será de 4 folios y la máxima de 10, sin contar con la portada, para lassolicitudes del "XVII Certamen de Relato Corto".

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c) Hay libertad de tema y forma, respetando letra y tamaño, con una extensión máxima de 40versos, para las solicitudes del "XVI Certamen de Poesía". 5. ÓRGANO COMPETENTE PARA LA INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DELPROCEDIMIENTO. El órgano competente para la instrucción del expediente será el personal técnico designado atal efecto por la titular de la Concejalía de Cultura, en este caso, la Técnico Gestora Cultural. Ésta solicitará cuantos informes estime necesarios para resolver, así como evaluar lassolicitudes que se presenten en tiempo y forma, todo ello de conformidad con el artículo 24 dela Ley 38/2003, de 14 de noviembre, General de Subvenciones. El órgano competente para resolver será el/la Alcalde/sa. 6. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN. Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo de esta convocatoria. Sedirigirán al/a Alcalde/sa del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada delAyuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, enel plazo desde el jueves, 12 de noviembre y concluirá a las 13:00 horas del martes, 12 deenero de 2020 computados desde la publicación del extracto de la convocatoria en el BoletínOficial de la Provincia. En cuanto a la documentación, será le contenida en la base 5. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de convocatoria, el órganocompetente requerirá al/a interesado/a para que la subsane en el plazo máximo eimprorrogable de 10 días, indicándole/a que si no lo hiciese se le tendrá por desistido/a de susolicitud. 7. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL, RESOLUCIÓN DEFINITIVA, PLAZOS YNOTIFICACIÓN. Una vez evaluadas las solicitudes, por el órgano instructor se formulará la propuesta deresolución provisional, debidamente motivada, que será notificada a los/as interesados/as,concediendo un plazo de 10 días para presentar alegaciones.

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Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en procedimiento ni seantenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los/asinteresados/as. En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá el carácter dedefinitiva. Tras examinar las alegaciones si las hubiera, se formulará la propuesta de resolución definitiva,que deberá expresar el/la solicitante o la relación de solicitantes para los que se propone laconcesión de la subvención, y su cuantía, especificando su evaluación y los criterios devaloración seguidos para efectuarla. La propuesta de resolución definitiva, cuando resulte procedente de acuerdo con las basesreguladoras, se notificará a los/as interesados/as que hayan sido propuestos/as comobeneficiarios/as en la fase de instrucción, para que en el plazo máximo de 3 días naturalescomuniquen su aceptación. Una vez aprobada la propuesta de resolución definitiva, el órgano competente resolverá elprocedimiento. La resolución, además de contener el/la solicitante o relación de solicitantes alos que se concede la subvención, hará constar, en su caso, de manera expresa, ladesestimación del resto de las solicitudes. El plazo máximo de resolución y notificación será de 1 mes. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los/asinteresados/as para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesiónde la subvención. 8. FIN DE LA VÍA ADMINISTRATIVA. El acto de resolución de la subvención agota la vía administrativa. De acuerdo con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, delProcedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra dicha resoluciónpodrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el/la Alcalde/sa de esteAyuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de lanotificación, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de loContencioso-Administrativo de Cáceres, en el plazo de dos meses, a contar desde el díasiguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

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9. JURADO. El Jurado estará designado por la Concejalía de Cultura y la Universidad Popular de Miajadas. 10. FALLO. El fallo del Jurado se hará público durante la Gala Literaria de entrega de premios, que, si lasituación sanitaria lo permite, se celebrará el viernes, 16 de abril de 2021, a la hora y en ellugar que debidamente se anunciará. La semana anterior a dicha Gala se publicarán los títulos de los cinco trabajos finalistas. Lacomunicación se hará a través de RTV Miajadas, web y Facebook del Ayuntamiento deMiajadas, y en el Twitter @CulturaMiajadas. Es imprescindible que acudan a la Gala Literaria los/as cinco finalistas o los/as representantesen quienes estos/estas deleguen. Si los/as premiados/as no estuvieran presentes en elmomento del fallo del Jurado, los premios quedarían desiertos. Sólo si la situación sanitaria loimpidiese, la organización buscaría una solución alternativa. 11. PREMIOS. El “XVII Certamen de Relato Corto” y el “XVI Certamen de Poesía” constan de tres premiospara cada modalidad:

Un primero dotado con 600 euros.Un segundo de 300 euros.Un accésit local de 300 euros.

Los premios serán indivisibles. El primer premio, dotado con 600 euros, al superar el importe de 300 € estará sometido, comoregla general, a una retención fiscal del 19% sobre la base imponible (600€), al tenerconsideración de ganancia patrimonial, en virtud de los artículos 101.7 Ley 35/2006, de 28 denoviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial delas leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre elPatrimonio, como el artículo 99 Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las PersonasFísicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por RealDecreto 304/2004, de 20 de febrero. Excepcionalmente, si el premio es obtenido comoconsecuencia del desempeño de una actividad profesional (Ej. escritor/a), tendría la

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consideración de rendimiento del trabajo, en cuyo caso estaría sometido el premio a unaretención fiscal del 15%. El segundo premio (300€) y el accésit local de 300 €, no están sometidos a retención fiscalconforme con el 75.3.f) del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba elReglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamentode Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero. El Jurado tiene capacidad para declarar desierto cualquiera de los premios. 12. OBRA PREMIADA. Los/as ganadores/as deberán proporcionar la obra en soporte informático, en un plazo inferiora diez días a la entrega del premio. El Ayuntamiento de Miajadas podrá hacer uso exclusivo de las obras ganadoras para supublicación y representación por un periodo de tres años a partir de hacerse público el fallo delJurado. Transcurrido este periodo, los/as autores/as podrán publicarlas o representarlaslibremente, debiendo, en todo caso, hacer referencia al premio conseguido. 13. TRABAJOS NO PREMIADOS. No se mantendrá correspondencia sobre la documentación presentada por los/as participantes,y los trabajos no premiados serán destruidos una vez producido el fallo, a fin de garantizar losderechos de los/as autores/as sobre la originalidad de la obra. 14. MEDIOS DE NOTIFICACIÓN O PUBLICACIÓN. Las notificaciones se practicarán en el lugar y por el medio que el/la solicitante haga constar atal efecto en la solicitud, teniendo en cuenta lo establecido a estos efectos en el artículo 41 dela Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de lasAdministraciones Públicas. 15. SOMETIMIENTO A LAS BASES. La participación en el certamen supone la aceptación íntegra de las bases que lo regulan.Todas las incidencias no contempladas en las bases serán resueltas por el jurado calificador,cuando éste quede constituido. La organización del premio se reserva el derecho a modificaren cualquier momento las condiciones de la presente convocatoria, incluso su posible

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cancelación antes del plazo fijado, siempre que concurra con causa justa para ello,comprometiéndose a comunicar las nuevas bases, condiciones de la convocatoria o suanulación definitiva.

Miajadas, 10 de noviembre de 2020

Antonio Díaz AlíasALCALDE-PRESIDENTE

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Ayuntamiento de Plasencia ANUNCIO. Lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as convocatoria de 2plazas de Oficial de Policía del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia y fechaconstitución Tribunal para baremación de méritos. Por Decreto de la Alcaldía nº 2000/2020, de 9 de noviembre, se ha resuelto lo siguiente: Visto que por D. Alfredo García Azaldegui, se han formulado alegaciones contra la lista deadmitidos/as y excluidos/as del proceso selectivo para cubrir, por promoción interna dos plazasde Oficial de la Policía Local de Plasencia. Visto que el interesado figura como excluido en la lista de admitidos/as y excluidos/as delproceso selectivo, según publicación contenida en el BOP de Cáceres nº 179, de fecha 16 deseptiembre, al considerarse que dicho aspirante no reúne los requisitos para participar en elproceso selectivo, por faltar menos de cinco años para el cumplimento de la edad de 55, parasolicitar el pase a segunda actividad. Visto que se ha emitido informe jurídico por el Oficial Mayor, de fecha 6 de noviembre de 2020,con el siguiente tenor literal: INFORME: PRIMERO. El interesado figura como excluido en la lista de admitidos/as y excluidos/as delproceso selectivo para cubrir por promoción interna dos plazas de Oficial de la Policía Local dePlasencia, al considerarse que dicho aspirante no reúne los requisitos para participar en elproceso selectivo, por faltar menos de cinco años para el cumplimento de la edad de 55, parasolicitar el pase a segunda actividad, todo ello en virtud de lo dispuesto en el artículo 40.1 y49.1, e) de la Ley 7/2017, de 1 de agosto de Coordinación de Policías Locales de Extremaduray el artículo 2.1, c) de las Bases de Selección relativas a los requisitos para participar en dichoproceso selectivo. Dichos artículos señalan lo siguiente: Artículo 49. Requisitos para la promoción.

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1. Para la promoción, los/as aspirantes deben cumplir, además de los que prevé la legislaciónbásica para acceder a la función pública, los siguientes requisitos:

a) En el caso de la promoción interna, tener la condición de funcionario/a de carrera enel Cuerpo de Policía Local del ayuntamiento convocante. En el caso de la promociónexterna, tener la condición de funcionario/a de carrera de un ayuntamiento distinto alconvocante. b) Tener una antigüedad de dos años de servicio activo en la categoría inmediata inferiora la que se pretende promocionar. c) Poseer la titulación académica o equivalente exigida para la categoría a la que seopta. d) No estar incurso/a en procedimiento disciplinario por falta grave o muy grave, ni estarcumpliendo la sanción por dichas faltas, así como no haber sido separado/a del serviciode cualquiera de las administraciones públicas, en virtud de expediente disciplinario, nihallarse inhabilitado/a para el ejercicio de la función pública. e) Faltar más de cinco años para pasar a la situación de segunda actividad por razón dela edad con respecto a la escala básica o ejecutiva, y más de tres años para las escalastécnica y superior. f) Superar la correspondiente fase de oposición, pudiendo ser eximidos/as delcumplimiento de los requisitos exigidos por las letras d y e del artículo 50.2.

2. Los requisitos que se establecen en el apartado anterior deberán cumplirse a fecha definalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso depromoción. Por su parte el artículo 40 señala lo siguiente: Artículo 40. Pase a segunda actividad por petición propia. 1. Pasarán a la situación especial de segunda actividad los/as Policías Locales de Extremaduraque, por petición propia, hubieran solicitado ingresar en dicha situación al cumplir los 60 añosde edad o los 55 años de edad llevando 25 años en situación de servicio activo comofuncionario/a de Policía Local. 2. De no mediar solicitud del/a funcionario/a interesado/a dentro de los seis mesesinmediatamente anteriores al cumplimiento de los requisitos de edad y de tiempo de prestación

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de servicios, se entenderá la aceptación de dicho funcionario/a a continuar en situación deservicio activo operativo. 3. Las prórrogas de permanecer en servicio activo operativo a las que hace mención elapartado 2 del presente artículo serán anuales, por lo que podrá solicitar el pase a la segundaactividad en los seis meses inmediatamente anteriores al cumplimiento del año prorrogado. SEGUNDO. De la regulación contenida en la nueva Ley, parece deducirse que el pase asegunda actividad (siempre voluntario) se produce como regla general al cumplir los 60 añosde edad, habiendo un supuesto excepcional, que es el de acceder a dicha situación con 55años, siempre que se cumpla el requisito de llevar más de 25 años en situación de servicioactivo, lo cual parece que tiene por objeto “premiar” a los/as funcionarios/as que llevan másaños de servicio activo, permitiéndoles adelantar la posibilidad de pasar a situación de segundaactividad. Dicha situación sería completamente diferente en un proceso selectivo por promoción interna,en el que los/as funcionarios/as que llevaran más años de servicio activo resultaríanclaramente penalizados/as, lo cual constituye una clara discriminación de cara al derecho a lapromoción profesional de los/as funcionarios/as prevista en el artículo 14 del Texto Refundidode la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que reconoce entre otros como underecho individual de los/as empleados/as públicos/as, el de la progresión en la carreraprofesional y promoción interna según principios constitucionales de igualdad, mérito ycapacidad mediante la implantación de sistemas objetivos y transparentes de evaluación. En este caso D. Alfredo García Azaldegui ha sido excluido porque le quedan menos de cincoaños para cumplir los 55 años, edad que en su caso sería en la que podría optarvoluntariamente a la segunda actividad, al llevar más de 25 años en situación de servicio activocomo funcionario de Policía Local. De sus alegaciones se deduce en efecto que si no llevara más de 25 años de servicio activocomo Policía Local, entonces la edad para el pase a segunda actividad sería la de 60 años ypor tanto si podría participar en el proceso selectivo, al tener menos de 55 años. Por tanto y en atención a todo lo expuesto, considero que deberían estimarse las alegacionespresentadas por D. Alfredo García Azaldegui, relativas a la lista de admitidos/as y excluidos/asdel proceso selectivo para cubrir por promoción interna dos plazas de Oficial de la Policía Localde Plasencia, proponiendo que se estimen las mismas y se acuerde incluirle como admitido enla Lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as en dicho proceso selectivo. Y en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 21.1-g) de la Ley 7/1985 de 2 de

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abril, Reguladora de Bases de Régimen Local.

 

HE RESUELTO

PRIMERO. Estimar las alegaciones formuladas por D. Alfredo García Azaldegui, siendoadmitido definitivamente en el proceso selectivo para cubrir, por promoción interna, dos plazasde Oficial de la Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia. SEGUNDO. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres Tablón deAnuncios del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia y en la página Web, para conocimiento yefectos oportunos. TERCERO. Reanudar la continuación del proceso selectivo, con la constitución del TribunalCalificador fijada para el día 4 de diciembre, a las 9.00 horas, en la sala de formación deledificio de Servicios Sociales, sito en Avda de las Acacias s/n de Plasencia, para la baremaciónde méritos. Debiendo insertarse anuncio en el BOP de Cáceres, junto a la lista definitiva deadmitidos/as y excluidos/as. CUARTO. Notificar al interesado advirtiéndole de los recursos que puede interponer, plazos yórgano jurisdiccional de presentación.

Plasencia, 9 de noviembre de 2020

Fernando Pizarro GarcíaALCALDE

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Ayuntamiento de Santibáñez El Alto ANUNCIO. Bases de selección Profesor Programa de Aprendizaje a lo largo de lavida 2020-2021 Don Rubén Francisco González, alcalde presidente del Ayuntamiento de Santibáñez el Alto,atendiendo a la subvención concedida a esta entidad local para la realización de programas deaprendizaje a lo largo de la vida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso2020/2021, por medio de la presente RESUELVO convocando pruebas selectivas para proveerlas plazas de formadores/as para el Programa de Aprendizaje a lo largo de la vida 2020/21 consujeción a las siguientes

BASES

PRIMERA.- Objeto de la convocatoria.-Es objeto de esta convocatoria la selección deFormador/a, para su contratación laboral-temporal por este Ayuntamiento, para el desarrollo delos Programas de de Aprendizaje a lo Largo de la Vida durante el curso 2020/21 siguientes: P01 programa de adquisición inicial de competencias básicas (Programa A). P06 Programa de preparación de la prueba para la obtención directa del Título de Graduado enEducación Secundaria Obligatoria para mayores de dieciocho años. (Programa A) El presupuesto por cada programa es de 2550,00 €, y su duración total de 150,00 horas porprograma a razón de jornada mínima semanal de 8,00 horas. SEGUNDA.- Requisitos para participar en este proceso selectivo.- Quienes participen en elproceso selectivo habrán de reunir los siguientes requisitos: Requisitos 1.- Estar en situación de demandante de empleo o de mejora de empleo en el momento de lacontratación. Con respecto a los/las demandantes de mejora de empleo se estará a loestablecido en la Ley 53/1984 de Incompatibilidades del personal al servicio de lasAdministraciones Públicas.

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2.- Con carácter general para los programas de la modalidad A los/las formadores/as deberánestar en posesión del título de maestro/a u otro título universitario relacionado con lasenseñanzas que vayan a impartir y cuenten con el curso de adaptación pedagógica o másteruniversitario en formación de profesorado de educación secundaria obligatoria y bachillerato,formación profesional y enseñanza de idiomas, o título administrativo que lo sustituya, aexcepción de aquellas especialidades que legalmente tengan dispensado este requisito en elmomento de la selección. 3.-No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de lasAdministraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las ComunidadesAutónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicospor resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario/a, o para ejercerfunciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiesesido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarseinhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria oequivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán poseerse en el día de finalización delplazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo y hasta elmomento de su contratación. TERCERA.- Instancias.- Quienes presenten instancia solicitando tomar parte en laconvocatoria deberán hacer constar sus datos personales, número del Documento Nacional deIdentidad, domicilio y número de teléfono. Asimismo, deberán manifestar expresamente quereúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria, en la fecha quetermine el plazo de presentación de instancias. Como Anexo I a estas bases figura el modelo de instancia, que deberá presentarseacompañada de la documentación necesaria para participar en el proceso selectivo y deberánser aportados en originales o fotocopias compulsadas:

Fotocopia compulsada del D.N.I. Fotocopia compulsada de tarjeta demanda o mejora de empleo Vida Laboral actualizada Fotocopia Compulsa de la titulación exigida para participar en la convocatoria

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Documentación compulsada acreditativa de méritos Proyecto pedagógico

Las instancias se dirigirán al Sr. Alcalde de la Corporación, y se presentarán en el RegistroGeneral de ésta, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días naturalesdesde la publicación de las presentes bases en el tablón de anuncios y en la sede electrónica. CUARTA.- Admisión: Terminado el plazo de presentación de instancias, se dictará por laAlcaldía Resolución de admitidos/as y excluidos/as, cuyo anuncio será publicado en el Tablónde Edictos del Ayuntamiento y en la sede electrónica. QUINTA.- Tribunal calificador: Estará constituido de la siguiente forma: PRESIDENTE/A: Maestro/a del CRA de la localidad. VOCALES: - dos maestros/as del CRA de la localidad. SECRETARIO/A: El del Ayuntamiento o persona que legalmente le sustituya El Tribunal podrá contar si lo estima oportuno, con la asistencia de personal técnico asesor. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas, a los efectos de percepción de asistencias,se clasifica en la categoría 3ª del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobreindemnizaciones por razón del servicio. La actuación del Tribunal deberá ajustarse a las Bases de esta convocatoria. SEXTA.- Procedimiento de selección: La selección se realizará según baremo que como anexo XII se establece en la resolución de24 de julio de 2020, por la que se convocan ayudas para la realización de programas deaprendizaje a lo largo de la vida en la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el curso2020/2021 (DOE nº 155 de 11 de agosto de 2020). SÉPTIMA.- Aspirantes aprobados/as. Finalizado el proceso selectivo, se levantará acta, que será firmada por el/la Presidente/a delTribunal y el/la Secretario/a, señalando las puntuaciones obtenidas por cada aspirante,haciéndose propuesta de contratación a favor del/la aspirante que hubiera obtenido mayorpuntuación total, seguidos del resto de aspirantes por orden de puntuación para posibles

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sustituciones, si el Ayuntamiento lo considera procedente, en caso de renuncia u otra causa debaja de alguna de las personas seleccionadas. En el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en su sede electrónica,

https://santibanezelalto.sedelectronica.es

se expondrá anuncio con los datos y puntuaciones obtenidas por la persona seleccionada,pudiendo presentarse alegaciones dentro de los dos días hábiles siguientes al de exposición. Resueltas las reclamaciones, se dictará Resolución de contratación de la personaseleccionada, de conformidad con la propuesta elevada por el Tribunal Calificador, firmándose,seguidamente, el correspondiente contrato. Si la Consejería de Educación y Empleo no aprueba la realización del curso por falta dealumnos/as o cualquier otro motivo el Ayuntamiento no realizará la contratación con el/laformador/a cuyos cursos no se han aprobado sin derecho a indemnización alguna. DÉCIMA.- Recursos. Contra estas bases y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación del Tribunal, sepodrán interponer impugnaciones por las personas interesadas en los casos y en las formasprevistas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.  

ANEXO I: MODELO DE INSTANCIA

DON/DOÑA __________________________________________, mayor de edad, con D.N.I.núm. _________________ y domicilio en calle _________________________ núm. ________,localidad______________________ nº de teléfono __________________________ EXPONE: Que desea tomar parte en las pruebas selectivas de Formador/a del programa de aprendizaje alo largo de la vida, para su contratación laboral-temporal por este Ayuntamiento, durante elcurso 2020/2021. Que conoce y acepta las bases de las mismas y manifiesta reunir todos los requisitos exigidosen las Bases.  

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Que acompaña la siguiente documentación:

Fotocopia compulsada del D.N.I..Fotocopia compulsada de la titulación alegada para acceder a la convocatoria,Fotocopia compulsada de tarjeta demanda o mejora de empleoVida laboral actualizada.Fotocopia compulsada de los méritos alegados.Proyecto de educación de PALV para (especificar el programa al que se presenta)__________________________

Por todo ello, SOLICITA su admisión a las citadas pruebas. En ______________________________a _____de noviembre de 2020. Fdo:___________________________________     Puntos Máximo Documentos justificativos

1.- Situación laboral:

1.1 Ser demandante de primer empleo

1.2 Por cada mes completo correspondienteal último periodo como demandante deempleo

2.- Experiencia docente:

2.1. Por cada mes completo de experienciaen centros de educación de personasadultas.

2.2 Por cada 40 horas o fracción deexperiencia docente en enseñanzas depersonas adultas o alfabetización norealizadas en centros de educación depersonas adultas

 

 

1.00

0,08

 

 

0,10

 

 

0,050

 

 

1.00

 

 

 

 

2.00

 

Vida laboral actualizada

 

 

 

 

Copia compulsada delcontrato y/o certificado dela delegación provincialde educación y vidalaboral

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2.3 Por cada mes completo de experienciaen enseñanzas distintas a la educación depersonas adultas o alfabetización

0,025

3. Formación y especialización profesional.

3.1. Título de diplomado, licenciado o doctor,diferente al alegado para acceder a laconvocatoria

3.2 Por formación específica directamenterelacionada con educación de personaladultas (cursos, seminarios…) reconocidospor la administración educativa, por cadaactividad:

A) De 20 a 50 horas.

B) de 51 a 100 horas

C) Más de 100 horas

3.3 Por formación general, no relacionadadirectamente con la educación de personasadultas (cursos, seminarios…) reconocidospor la administración educativa, por cadaactividad:

A) De 20 a 50 horas.

B) De 51 a 100 horas

C) Más de 100 horas

1.00

 

 

 

 

 

 

0,25

0,50

1,00

 

 

 

0,25

0,50

1,00

 

-

 

2.00

 

 

 

 

 

 

1.00

 

Fotocopia compulsada deltítulo administrativo

 

Fotocopia compulsada delcertificado acreditativoexpedido y homologadopor la administracióneducativa.

 

 

 

 

Fotocopia compulsada delcertificado acreditativoexpedido y homologadopor la administracióneducativa.

4. Proyecto pedagógico

4.1 Por estructura y contenido

 

2.00

4.00

 

 

 

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Santibáñez el Alto, 9 de noviembre de 2020

Rubén Francisco GonzálezALCALDE

 

4.2 Por defensa pública del proyectopedagógico

 

2.00

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Sección I - Administración LocalAyuntamientos

Ayuntamiento de Sierra de Fuentes ANUNCIO. Convocatoria cargo Juez/a de Paz Sustituto/a. Se convoca la plaza de Juez/a de Paz Sustituto/a del Municipio de Sierra de Fuentes. Los/as interesados/as en presentarse al puesto, que deberán ser españoles/as mayores deedad y formularán la correspondiente solicitud a este Ayuntamiento acompañada de lasiguiente documentación; salvo quien está desempeñando el cargo actualmente:

Currículum Vitae, justificado con los méritos alegados.Declaración jurada de no estar incurso/a en ninguno de los casos de incapacidad queestablece el art.303 de la Ley Orgánica de Poder Judicial.Certificado de antecedentes penales.Certificado médico de ser apto/a para la función.

Plazo de presentación de solicitudes: 15 días hábiles.

Sierra de Fuentes , 20 de octubre de 2020

María Luisa Holgado GuerraALCALDESA-PRESIDENTA

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Sección I - Administración LocalAyuntamientos

Ayuntamiento de Villasbuenas de Gata ANUNCIO. Bases de selección Profesor/a Programa Aprendizaje a lo largo de lavida. Doña Estefanía González Bizarro, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Villasbuenas deGata, atendiendo a la concesión de ayudas a esta entidad local para la realización deprogramas de aprendizaje a lo largo de la vida en la Comunidad Autónoma de Extremadura,durante el curso 2020/2021, por medio de la presente RESUELVO convocando pruebasselectivas para proveer las plazas de formadores/as para el Programa de Aprendizaje a lo largode la vida 2020/21 con sujeción a las siguientes. BASES: PRIMERA. Objeto de la convocatoria. Es objeto de esta convocatoria la selección de Formador/a, para su contratación laboral-temporal por este Ayuntamiento, para el desarrollo de los Programas de Aprendizaje a lo Largode la Vida durante el curso 2020/21 siguientes:

P01 programa de adquisición inicial de competencias básicas (Programa A).P06 Programa de preparación de la prueba para la obtención directa del Título deGraduado en Educación Secundaria Obligatoria para mayores de dieciocho años.(Programa A)

El presupuesto por cada programa es de 2.550,00 €, y su duración total de 150,00 horas porprograma a razón de jornada mínima semanal de 8,00 horas. SEGUNDA. Requisitos para participar en este proceso selectivo. Quienes participen en el proceso selectivo habrán de reunir los siguientes requisitos: Requisitos:

1. Estar en situación de demandante de empleo o de mejora de empleo en el momento

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de la contratación. Con respecto a los/as demandantes de mejora de empleo se estará alo establecido en la Ley 53/1984 de Incompatibilidades del personal al servicio de lasAdministraciones Públicas. 2. Con carácter general para los programas de la modalidad a los/as formadores/asdeberán estar en posesión del título de maestro u otro título universitario relacionado conlas enseñanzas que vayan a impartir y cuenten con el curso de adaptación pedagógica omáster universitario en formación de profesorado de educación secundaria obligatoria ybachillerato, formación profesional y enseñanza de idiomas, o título administrativo que losustituya, a excepción de aquellas especialidades que legalmente tengan dispensadoeste requisito en el momento de la selección. 3. No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquierade las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de lasComunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleoso cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala defuncionario/a, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso delpersonal laboral, en el/la que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de sernacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni habersido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en losmismos términos el acceso al empleo público.

Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán poseerse en el día de finalización delplazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo y hasta elmomento de su contratación. TERCERA. Instancias. Quienes presenten instancia solicitando tomar parte en la convocatoria deberán hacer constarsus datos personales, número del Documento Nacional de Identidad, domicilio y número deteléfono. Asimismo, deberán manifestar expresamente que reúnen todas y cada una de lascondiciones exigidas en la convocatoria, en la fecha que termine el plazo de presentación deinstancias. Como Anexo I a estas bases figura el modelo de instancia, que deberá presentarseacompañada de la documentación necesaria para participar en el proceso selectivo y deberánser aportados en originales o fotocopias compulsadas:

Fotocopia compulsada del D.N.I.Fotocopia compulsada de tarjeta demanda o mejora de empleo.

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Vida Laboral actualizada.Fotocopia Compulsa de la titulación exigida para participar en la convocatoria.Documentación compulsada acreditativa de méritos.Proyecto pedagógico.

Las instancias se dirigirán al Sr/a. Alcalde/sa de la Corporación, y se presentarán en el RegistroGeneral de ésta, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días naturalesdesde la publicación de las presentes bases en el tablón de anuncios y en la sede electrónica. CUARTA. Admisión. Terminado el plazo de presentación de instancias, se dictará por la Alcaldía Resolución deadmitidos/as y excluidos/as, cuyo anuncio será publicado en el Tablón de Edictos delAyuntamiento y en la sede electrónica. QUINTA. Tribunal calificador. Estará constituido de la siguiente forma:

PRESIDENTE/A: Maestro/a del CRA de la localidad.VOCALES:  Dos Maestros/as del CRA de la localidad.SECRETARIO/A: El del Ayuntamiento o persona que legalmente le sustituya.

El Tribunal podrá contar si lo estima oportuno, con la asistencia de personal técnico/a asesor/a. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas, a los efectos de percepción de asistencias,se clasifica en la categoría 3ª del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobreindemnizaciones por razón del servicio. La actuación del Tribunal deberá ajustarse a las Bases de esta convocatoria. SEXTA. Procedimiento de selección. La selección se realizará según baremo que como anexo XII se establece en la resolución de24 de julio de 2020, por la que se convocan ayudas para la realización de programas deaprendizaje a lo largo de la vida en la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el curso2020/2021 (DOE nº 155 de 11 de agosto de 2020).  

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SÉPTIMA. Aspirantes aprobados/as. Finalizado el proceso selectivo, se levantará acta, que será firmada por el/la Presidente/a delTribunal y el/la Secretario/a, señalando las puntuaciones obtenidas por cada aspirante,haciéndose propuesta de contratación a favor del/a aspirante que hubiera obtenido mayorpuntuación total, seguidos/as del resto de aspirantes por orden de puntuación para posiblessustituciones, si el Ayuntamiento lo considera procedente, en caso de renuncia u otra causa debaja de alguna de las personas seleccionadas. En el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en su sede electrónica:

https://villasbuenasdegata.sedelectronica.es

se expondrá anuncio con los datos y puntuaciones obtenidas por la persona seleccionada,pudiendo presentarse alegaciones dentro de los dos días hábiles siguientes al de exposición. Resueltas las reclamaciones, se dictará Resolución de contratación de la personaseleccionada, de conformidad con la propuesta elevada por el Tribunal Calificador, firmándose,seguidamente, el correspondiente contrato. Si la Consejería de Educación y Empleo no aprueba la realización del curso por falta dealumnos/as o cualquier otro motivo el Ayuntamiento no realizará la contratación con elformador/as cuyos cursos no se han aprobado sin derecho a indemnización alguna. DÉCIMA. Recursos. Contra estas bases y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación del Tribunal, sepodrán interponer impugnaciones por las personas interesadas en los casos y en las formasprevistas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.    

       

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ANEXO I: MODELO DE INSTANCIA  

DON/DOÑA ________________________________, mayor de edad, con D.N.I. núm.__________y domicilio en calle _______________________ núm. ___, localidad________________ nº de teléfono ______________   EXPONE: Que desea tomar parte en las pruebas selectivas de Formador/a del programa de aprendizaje alo largo de la vida, para su contratación laboral-temporal por este Ayuntamiento, durante elcurso 2020/2021. Que conoce y acepta las bases de las mismas y manifiesta reunir todos los requisitos exigidosen las Bases. Que acompaña la siguiente documentación:

Fotocopia compulsada del D.N.I.Fotocopia compulsada de la titulación alegada para acceder a la convocatoria.Fotocopia compulsada de tarjeta demanda o mejora de empleo.Vida laboral actualizada.Fotocopia compulsada de los méritos alegados.Proyecto de educación de PALV para (especificar el programa al que se presenta)

  Por todo ello, SOLICITA su admisión a las citadas pruebas.

En ______________________________a _____de noviembre de 2020.

 

 

Fdo:_________________________

 

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CRITERIOS DE SELECCIÓN DEL/A FORMADOR/A.   Puntos Máximo Documentos justificativos

1.- Situación laboral:

1.1 Ser demandante de primerempleo

1.2 Por cada mes completocorrespondiente al último periodocomo demandante de empleo

2.- Experiencia docente:

2.1. Por cada mes completo deexperiencia en centros deeducación de personas adultas.

2.2 Por cada 40 horas o fracción deexperiencia docente enenseñanzas de personas adultas oalfabetización no realizadas encentros de educación de personasadultas

2.3 Por cada mes completo deexperiencia en enseñanzasdistintas a la educación depersonas adultas o alfabetización

1.00

0,08

 

 

0,10

 

0,050

 

 

0,025

1.00

 

2.00

Vida laboral actualizada.

 

Copia compulsada del contrato y/ocertificado de la delegación provincialde educación y vida laboral.

3. Formación y especializaciónprofesional.

3.1. Título de diplomado, licenciadoo doctor, diferente al alegado paraacceder a la convocatoria

3.2 Por formación específicadirectamente relacionada con

1.00

 

 

 

 

-

 

2.00

 

1.00

Fotocopia compulsada del títuloadministrativo

Fotocopia compulsada del certificadoacreditativo expedido y homologado porla administración educativa.

Fotocopia compulsada del certificadoacreditativo expedido y homologado por

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Villasbuenas de Gata, 10 de noviembre de 2020

Estefanía González BizarroALCALDESA

educación de personal adultas(cursos, seminarios…) reconocidospor la administración educativa, porcada actividad:

A) De 20 a 50 horas.

B) de 51 a 100 horas

C) Más de 100 horas

3.3 Por formación general, norelacionada directamente con laeducación de personas adultas(cursos, seminarios…) reconocidospor la administración educativa, porcada actividad:

A) De 20 a 50 horas.

B) De 51 a 100 horas

C) Más de 100 horas

 

 

 

0,25

0,50

1,00

 

 

 

 

0,25

0,50

1,00

la administración educativa.

4. Proyecto pedagógico

4.1 Por estructura y contenido

4.2 Por defensa pública delproyecto pedagógico

 

2.00

2.00

4.00  

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Sección I - Administración LocalMancomunidades

Mancomunidad de Municipios Comarca de Las Hurdes EDICTO. Aprobación de la Cuenta General 2019.   Habiendo sido informadas favorablemente, por la Comisión Especial de Cuentas, las CuentasGenerales correspondientes al ejercicio de 2019, quedan expuestas al público por plazo dequince días hábiles, durante los cuales y ocho más, los/as interesados/as que lo estimenpertinente pueden presentar las reclamaciones, reparos u observaciones, de conformidad conlo dispuesto en el artículo 212.3 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Vegas de Coria, 8 de julio de 2020

José María Martín IglesiasPRESIDENTE

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Sección I - Administración LocalMancomunidades

Mancomunidad Intermunicipal de la Vera ANUNCIO. Dedicación parcial Presidenta y Vicepresidente Primero. Habiéndose aprobado los/as miembros de la Corporación que han de desempeñar el cargo dePresidenta y Vicepresidente Primero, en régimen de dedicación parcial al 25% de la jornadalaboral cada uno/a, con las retribuciones fijadas en el Acuerdo del Pleno de fecha 5 de octubrede 2020, se publica el mismo para su general conocimiento. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponeralternativamente recurso de reposición potestativo ante el Pleno de esta Mancomunidad, en elplazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, deconformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recursocontencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, en elplazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio,de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la JurisdicciónContencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recursocontencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido sudesestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otrorecurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Cuacos de Yuste, 9 de noviembre de 2020

María Dolores Paniagua TimónPRESIDENTA

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