JORNADA TRIBUTARIA 2013 COITIRM Murcia 11 de marzo de 2013.
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JORNADA TRIBUTARIA 2013COITIRM
Murcia 11 de marzo de 2013
JORNADA TRIBUTARIA 2013COITIRM
MODIFICACIONES TRIBUTARIAS 2012
NOVEDADES TRIBUTARIAS 2013 Y REAL DECRETO 4/2013 DE APOYO AL EMPRENDEDOR
RETRIBUCION DE SOCIOS Y ADMINISTRADORES
MODIFICACIONES 2012
EL AÑO DE LAS REFORMAS:- RD-Ley 20/2011 de 30 diciembre de medidas urgentes- RD-Ley 2/2012 de 3 de febrero de reforma financiera- RD-Ley 3/2012 de 10 de febrero de reforma mercado
laboral- RD-Ley 12/2012 de 30 de marzo de reducción déficit
público- RD-Ley 20/2012 de 13 de julio de medidas de
competitividad- Ley 7/2012 de 29 de octubre de lucha contra el fraude- Nuevo Reglamento General de Facturación- Etc…
MODIFICACIONES 2012
MEDIDAS EN IRPF
Se recuperó la deducción por vivienda eliminada en 2010 con efectos 1/1/2011
Gravamen complementario a la cuota para 2012 y 2013Gravamen renta del ahorro 21%, 25% y 27%Incremento de retención en nóminasIncremento retención actividades profesionales al 21%Prórroga deducción gastos de formación del personalPrórroga reducción 20% con mantenimiento empleo´08Incentivos fiscales a contratos indefinidos a menores 30 años
MODIFICACIONES 2012
MEDIDAS EN ISOC
Mantenimiento de % incrementados del pago fraccionadoLímite a la compensación de BI negativasAmpliación a 18 años plazo para compensar pérdidasGastos de formación del personal deducción 10%Tipo gravamen reducido microempresas con mant. empleo
Hasta 300.000€ 20%Resto 25%
Medidas sobre deducción del Fondo de ComercioEliminación de la libertad de amortización (31/3/2012)
MODIFICACIONES 2012
MEDIDAS EN ISOC
Nueva modificación del importe de los pagos fraccionadosLimitación deducción de gastos financieros al 30% del Bº
operativo, con el límite de 1.000.000 €No deducibles los gastos financieros en Grupos salvo
motivos económicos válidosAmpliación a 15 años deducciones pendientes de aplicarGravamen del 8% por repatriación de dividendos
MODIFICACIONES 2012
MEDIDAS EN IVA
Prórroga hasta el 31/12/2012 del 4% IVA compra viviendasSubida del IVA 1/9/2012
8% 10%18% 21%
Cambios del 8% al 21% Material escolar, cines, teatros, peluquerías, servicios deportivos, servicios funerarios…
MODIFICACIONES 2012
OTRAS MEDIDAS
Amnistía Fiscal con pago del 10% de las rentas afloradasNota 1/2012 sobre retribución de socios y administradoresLey 7/12 de 29 de octubre de lucha contra el fraude
- Exclusión módulos a determinadas actividades- Declaración de bienes en el extranjero- Nuevos supuestos de inversión sujeto pasivo
Entrega de inmueblesEjecuciones de obra inmobiliaria
- Endurecimiento régimen sancionador- Limitación pagos en efectivo 2.500 €
Novedades Tributarias 2013- Ley 15/2012 de medidas para la sostenibilidad energética- Ley 16/2012 de medidas de impulso de la actividad
económica.- Ley 17/2012 de Presupuestos Generales del Estado.- Ley Orgánica 7/2012 de reforma del Código Penal- Real Decreto 1619/2012 nuevo Reglamento de Facturación- Real Decreto 4/2013 de medidas de apoyo al emprendedor
NOVEDADES EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA NOVEDADES EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES NOVEDADES EN IVA REGLAMENTO DE FACTURACION ACTUALIZACION DE BALANCES MEDIDAS APOYO AL EMPRENDEDO
Novedades en RENTA 2013
Deducción por vivienda habitual
Ganancias y pérdidas derivadas del juego
Ganancias generadas en menos de un año
Reducción Rend. Neto 20% con mantenimiento de empleo 2008
Reducción del 40% en rendimientos de trabajo
Novedades en RENTA 2013 Deducción por vivienda habitualDESAPARECE: Adquisición VH
Cuenta vivienda Construcción o rehabilitación Adecuación para minusválidos
Régimen transitorio: Adquisiciones antes 2013
Ganancias y Pérdidas derivadas del JuegoGravamen del 20% para ONCE, Cruz Roja, ONLAE, …Exención 2.500 €Retención en el momento del pago
Novedades en RENTA 2013 Ganancias generadas < 1 añoAntes tributaban en la Base del Ahorro (21% a 27%)Ahora tributan en la Base General (escala del 0% al 52%)
Compensación con resto de rentas de la base general pasa del 25% al 10%
Reducción Rend. Neto 20% con mantenimiento de empleo 2008
Importe neto de cifra negocios < 5.000.000€Plantilla media < 25 trabajadoresMantenimiento empleo medido con respecto a 2008
Novedades en RENTA 2013
Reducción 40% de rendimientos del trabajoSon rentas IRREGULARES procedentes de indemnizaciones por despidos.
Si la indemnización <= 700.000€ 40% s/300.000Si la indemnización >700.000 y <1M. proporcionalSi la indemnización >1M, 40% s/ 0€
Novedades en ISOC 2013
Gastos deducibles por amortizaciones
Gastos no deducibles
Tipo de gravamen para micropymes
Deducciones
Gastos deducibles por amortizacionesPara empresas que NO sean de reducida dimensiónDeducción del 70% de las amortizaciones contablesPara 2013 y 2014El importe no deducido se aplica linealmente en 10 años
Gastos NO deduciblesIndemnizaciones por despido >1.000.000€
Novedades en ISOC 2013
Tipo gravamen MicropymesRequisitos:Importe neto cifra negocios n-1<10.000.000€Importe neto de cifra negocios n < 5.000.000€Plantilla media n < 25 trabajadoresMantenimiento empleo medido con respecto a 2008Tipo de gravamen: 20% hasta 300.000 €
25% resto Deducciones. Se prorrogan:
Gastos de formación del personal, son gastos para habituar a los trabajadores al manejo de las TICGastos en producciones cinematográficas.
Novedades en ISOC 2013
Modificación de la BI por impago (art 80)En operaciones a plazos será suficiente instar el cobro de uno de ellos con requerimiento notarial o recl. judicial
Nuevo Reglamento de Facturación (Real Decreto 1619/2012 de 30 de noviembre)Desaparecen los tiques Fra. SimplificadaPara operaciones <400€ y las antiguas con tiquesContenido adicional: Fecha expedición, domicilio expedidor, identificación bienes o servicios.
Novedades en IVA 2013
Actualización de balances 2013
- Para sujetos pasivos de IRPF, IS, IRNR- Para elementos del I. Material, I. inmaterial e inversiones
inmobiliarias.- Para TODOS los elementos, salvo inmuebles que se
podrá elegir sobre cuales - “Reserva de Revalorización Ley 16/2012”- Coeficientes sobre V.adquisición y Amortizaciones- El incremento será amortizable a partir de 2015- Gravamen del 5%- A liquidar al presentar la renta o ISOC.
Real Decreto Ley 4/2013 de 22 de febrero de medidas de apoyo al emprendedor y estímulo del crecimiento y de la creación de empleo
Fomento del autoempleoIncentivos fiscalesEstímulos a la contratación
Apoyo al emprendedor
Apoyo al emprendedor Medidas LaboralesAmplia información en www.seg-social.es Autónomos Indefinidos Jóvenes
Cotización Hombres <30 años y mujeres <35 años:- Reducción 30% 15 meses
- Bonificación 30% 15 meses Cotización <30 años por cuenta propia que no hayan estado
de alta los 5 años anteriores:- Reducción 80% 6 meses- Reducción 50% 6 meses- Reducción 30% 3 meses- Bonificación 30% 15 meses- No pueden tener trabajadores a su cargo
Discapacitados >33%Alta bonificación 50% durante 5 añosSi no hay alta en 5 años anteriores y menor de 35 años:
- Reducción 80% 12 meses- Bonificación 50% 4 años siguientes
Apoyo al emprendedor Fomento del autoempleo
Compatibilidad prestación desempleo y autónomos:Para <30 años y durante 9 meses (sin trabajadores a cargo)
Solicitud dentro de los 15 dias siguientes al alta en IAE Capitalización de pago único para inicio de actividad:
100% para aportación a sociedad mercantil con vinculación laboral o profesional indefinida
Suspensión y reanudación de cobro desempleo para jóvenes tras realizar actividad por cuenta propia:Se amplía de 2 a 5 años la duración de una actividad y la reanudación del cobro del desempleo posterior.
Apoyo al emprendedor Fomento del autoempleo
Medidas con efectos desde el 1-1-2013
IRPF 1. Exención prestación por desempleo en modalidad de pago único (antes solo 15.500€)
2. Reducción 20% rendimiento neto de actividad. Requisitos:Estimación directa (no módulos)Actividades iniciadas en 2013No haber tenido actividad en 2012 o con Bº
La reducción se aplica en los dos primeros años con BºLímite: 20% de reducción sobre 100.000€NO se aplica si mas del 50% de los ingresos provienen de la empresa para la que trabajaba el año anterior.
Apoyo al emprendedor Incentivos fiscales
ISOCTipo impositivo para entidades de nueva creación para el primer y segundo año con beneficios:
Entre 0 y 300.000€ de beneficio 15%Resto 20%
NO se entenderá iniciada la actividad económica:- Actividades ejercidas por personas vinculadas y transmitidas a la nueva entidad- Actividades ejercidas el año anterior por personas
físicas que ostenten directa o indirectamente mas del 50% del capital social
NO se consideran de nueva creación aquellas que formen parte de un grupo de sociedades, según art. 42 CCo
Apoyo al emprendedor Incentivos fiscales
Hasta que la tasa de paro se sitúe por debajo del 15%Contrato tiempo parcial con vinculación formativa (12 meses)
Reducción cuota 75% empresas <250 trabajadores
Reducción cuota 100% resto empresas
Contratación indefinida de jóvenes para autónomos y empresas <9 trabajadores (12 meses)Reducción 100% cuota cont. comunes
Contrato “primer empleo joven” incentivos para transformación en indefinido.Bonificación 500€ año hombres 700€ mujeres durante 3 años
Contrato en prácticas tras periodo formativoReducción cont. comunes 50%
Apoyo al emprendedor Estímulos a la contratación
Origen del conflicto STS Caso Mahou 13/11/2008La condición de Administrador incluye la de trabajadorJunio 2011 AEAT Málaga; socios +10% Ks Act. EconómicaNota 1/12 AEAT de 22 de marzo de 2012. Criterios generales
Las retribuciones socio-sociedad se califican como trabajo, salvo que deban calificarse como Act. Eco.
Trabajo = Dependencia + AjenidadRequisitos para ser Actividad Económica:
1. Ordenación cuenta propia medios materiales y humanos (+50% Ks obligatorio, por debajo % habrá que ver caso por caso)
2. Medios de producción en sede del socio (al socio profesional le basta su capacitación profesional)
Retribución de socios y administradores
Los servicios que presta un Ingeniero a su sociedad profesional¿son rentas del trabajo o actividad económica?
Será Act. Económica:- Ordenación por cuenta propia (+ 50% Ks)- Medios de producción propios, los tiene por su cualificación.
CONSECUENCIAS:Alta en IAE y facturación a la sociedad. Retención IRPF 21%
No olvidar valoración de operaciones vinculadasNo exención de las acciones en Impuesto sobre el Patrimonio ni Sucesiones.
Retribución de socios y administradores
Será Trabajo:- Dependencia - Ajenidad.
CONSECUENCIAS:Si Estatutos sociedad dicen que el cargo de administrador es
GRATUITO NO DEDUCIBLE EN ISOCCargo RETRIBUIDO:
Tipo fijo; determinado cada año en Junta GeneralTipo variable, que no supere el 10% del beneficio anual
Retención IRPF Tipo fijo del 42%El administrador SI tributa en renta, según artículo 17 LIRPF
Retribución de socios y administradores
Ejemplo 1: SL de ingeniería formada por dos ingenieros al 50%Solución: Actividad económica:
SI Ordenación por cuenta propia SI Medios de producción por su cualificación
Ejemplo 2: SL restaurante formada por dos ingenieros al 50%Solución: Trabajo o actividad económica
SI Ordenación por cuenta propia Tal vez Medios de producción
Ejemplo 3: SL de ingeniería formada por tres ingenieros al 33%Solución: Trabajo o actividad económica:
Tal vez Ordenación por cuenta propiaSI Medios de producción por su cualificación
Retribución de socios y administradores
Ejemplo 4: SL de ingeniería formada por 3 ingenieros uno de ellos con el 50% del capital y los otros con un 25%
Solución: Socio con 50% Actividad económica:SI Ordenación por cuenta propia SI Medios de producción por su cualificación
Socios con 25% Actividad económica o trabajo:Tal vez Ordenación por cuenta propia SI Medios de producción por su cualificación
Ejemplo 5: SL de ingeniería formada por un ingeniero y su cónyuge no ingeniero al 50%
Solución: Socio ingeniero Actividad económicaSI Ordenación por cuenta propia SI Medios de producción
Socio no ingeniero Trabajo o actividad económicaSI Ordenación por cuenta propiaTal vez Medios de producción
Retribución de socios y administradores
Conclusión: Es una “cuestión de hecho”, cada caso habrá que analizarlo individualmente
¿Podemos calificar la relación socio – sociedad como Actividad Económica? (ordenación cuenta propia + medios de producción)
SI alta en IAE y facturación a la sociedad NO Trabajo
Estatutos cargo Gratuito No deducible (cambiar)
Estatutos cargo retribuido Si deducible
Retribución de socios y administradores
CONTACTO PARA CONSULTAS:
TASE Asesores – Murcia Calle Acisclo Díaz 13, 1ºA, 30005 – Tlf: 968 900 280 – Fax: 968 900 507
TASE Asesores – San Pedro del Pinatar Calle Norte 4, 30740 – Tlf: 968 181 012 – Fax: 968 181 010
TASE Asesores – San JavierCalle Dr. Pardo López 11, 30730 – Tlf: 868 064 041 – Fax: 868 064 022
email: [email protected]
JORNADA TRIBUTARIA 2013COITIRM