Jornada de Regulación: Requerimientos de capital (CRD IV) y Unión Bancaria (MUS/MUR) - enero 2014

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Madrid, 27 de enero de 2014 Jornada de Regulación: Requerimientos de capital (CRD IV) y Unión Bancaria (MUS/MUR)

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Resumen de la Jornada organizada por Afi sobre Requerimientos de capital (CRD IV) y Unión Bancaria (MUS/MUR)

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Madrid, 27 de enero de 2014

Jornada de Regulación:Requerimientos de capital (CRD IV) y

Unión Bancaria (MUS/MUR)

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Jornada de Regulación: Requerimientos de capital (CRD IV) y Unión Bancaria (MUS/MUR)

Índice

I. Unión Bancaria: MUS y MUR

II. Impacto del CR IV en la solvencia y gestión de riesgos

financieros

III. Impacto en el Gobierno Corporativo y otros modelos de gestión:

Remuneraciones

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Jornada de Regulación: Requerimientos de capital (CRD IV) y Unión Bancaria (MUS/MUR)

Nuevo sistema europeo de supervisión financiera:

BCE + autoridades nacionales competentes de los Estados Miembros participantes

Mejorar la calidad de la supervisión en la zona del euro, aumentar la

integración y la estabilidad financiera en Europa

Consejo de Supervisión: independencia de la función supervisora

Entrada en vigor:

Otoño 2014

Mecanismo Único de Supervisión (MUS)

Aprobación:

• Parlamento Europeo 12-09-13

• ECOFIN: 15-10-13

Definición

Objetivos

Órgano

Fechas

El BCE supervisará directamente las entidades de crédito

significativas y trabajará estrechamente con las autoridades

nacionales competentes

Ejercicio

3

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Jornada de Regulación: Requerimientos de capital (CRD IV) y Unión Bancaria (MUS/MUR)

Evaluación del

riesgo a efectos de

supervisión

• Supervisión de los principales factores de riesgo: liquidez, apalancamiento y

financiación

• Análisis cuantitativo y cualitativo

AQR

Análisis de la

calidad de los

activos

Stress test

• Evaluación de la calidad de los activos, clasificación de las exposiciones en

mora, valoración de las garantías y de las provisiones

• Cobertura del crédito y de las exposiciones de mercado, siguiendo un enfoque

basado en el riesgo

• Análisis prospectivo de la capacidad de resistencia de las entidades de crédito

en escenarios de estrés

• BCE, en colaboración con la EBA

Antes del MUS: evaluación global de la banca europea

Sin Backstop definido: ¿necesidades de capital?

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Jornada de Regulación: Requerimientos de capital (CRD IV) y Unión Bancaria (MUS/MUR)

• Si la resolución requiere más del 20% del capital pagado al fondo de resolución

• Si se exige uso del fondo de resolución y ya se han usado 5.000 mill € en el año en curso

• Recapitalizaciones que exceden el 10% de los fondos

• Se exige la adopción de estas decisiones por 2/3 de la mayoría que representa al menos

el 50% de las aportaciones

Sistema europeo homogéneo de resolución de crisis bancarias:

Definir un esquema de asunción de pérdidas y romper el vínculo negativo entre la confianza en las entidades bancarias y las dudas sobre la sostenibilidad de las finanzas públicas.

Consejo de Resolución y Fondo de Resolución

Definición y

objetivos

Órganos

• Toma de decisiones de resolución

• Director ejecutivo, 4 consejeros y representantes de los Estados miembros afectados

Con voto

Director Ejecutivo, 4 consejeros y autoridades

nacionales de resolución (una por cada Estado

participante)

BCE, CE y Subdirector ejecutivoMiembros

SESIÓN

EJECUTIVA

PLENO

Funciona

miento

Sin voto

Se garantiza la soberanía presupuestaria de los estados miembros: no se pueden aprobar apoyos públicos extraordinarios sin

autorización previa de los estados afectados.

Mecanismo Único de Resolución (MUR) En discusión

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Jornada de Regulación: Requerimientos de capital (CRD IV) y Unión Bancaria (MUS/MUR)

MUR: Procedimiento de resolución

1 Bail-in obligatorio

2Fondo de

Resolución Nacional

Fondo Resolución

Bancaria Único3

Fondo Nacionales

Alternativos4

Aportación adicional del

sector nacional ex post5

MEDE

(financiación puente)

6

Mín 8% total

pasivo

Máx 5% total

pasivo

Periodo transitorio hasta 2026

2026:

55.000 Mill €

Si los costes exceden la

capacidad de los fondos…

Garantizando soberanía

presupuestaria nacional

Fuente: Afi, CE

En discusión

6

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Jornada de Regulación: Requerimientos de capital (CRD IV) y Unión Bancaria (MUS/MUR)

Normativa de solvencia de las entidades de crédito

españolas a partir del 1-1-2014

Directiva

2013/36

- Actividad

- Supervisión

prudencial

Reglamento

575/2013

- Requisitos

prudenciales

Regulación

Ejecución

Definición

autoridades

competentes

Derogación

disposiciones

contrarias a CRR

RDL

14/2013

Futura ley

supervisión y

solvencia

Opciones

nacionales

Incorporación

leyes

Futura

CBE

Ley 13/1985

Ley 26/1988

CBE 3/2008

CBE 7/2012

CRD

IV

CRR

Transposición

Desarrollo

en UE

EBA

fundamentalmente

Normas técnicas

Ejemplo:

Reglamento 1423/2013

Directamente aplicable

Completa

Inicial

En trámite

Nuevo “Código Bancario”

Futura

sustitución

Banco de España

CNMV

En trámite

De

rog

a

Tácita

Expresa

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Jornada de Regulación: Requerimientos de capital (CRD IV) y Unión Bancaria (MUS/MUR)

Se simplifica la estructura de capitalDesaparecen conceptos como core capital, tier 3, capital principal…

Nivel 2

Adicional de Nivel 1

Ordinario de Nivel 1

Capital de

Nivel 2

Capital

de Nivel 1Absorber pérdidas en

funcionamiento

Absorber pérdidas en

supuestos de quiebra

o no viabilidad

CRD IV: Resumen novedades

• Mayor cantidad y calidad del capital

• Colchón conservación de capital (+2,5%)Requisitos

Mínimos de

Capital

Supervisión

Prudencial

Otras

exigencias

• Revisión híbridos admisibles

• Tratamiento intereses minoritarios más

estricto

• Mayores deducciones de capital

• Incremento del riesgo de crédito de

contraparte

Divulgación

de

información Re

forz

am

iento

de

prin

cip

ios y

asp

ecto

s

esp

ecífic

os

• Incorporación de una ratio de

apalancamiento

• Incorporación de ratios de liquidez (LCR

y NSFR)

V

IV

III

• Segundo colchón de capital anticíclico

(0%-2,5%)

• Recargo entidades sistémicasI

II

Mayores exigencias

de capital u otras

Menor

computabilidad de

capital

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Jornada de Regulación: Requerimientos de capital (CRD IV) y Unión Bancaria (MUS/MUR)

Objetivo fundamental: mejorar la calidad del capital

Endurecimiento de

los criterios de

elegibilidad de los

instrumentos

computables como

capital

Requisitos de

capital mínimo

sobre el capital

de mayor

calidad

Deducciones sobre

capital ordinario

Banca internacional Banca doméstica

Componentes del impacto de Basilea III en la

banca europea (Diciembre 2012)

El efecto más importante es el derivado del incremento

de la ratio de capital

La ratio disminuiría unos 3 puntos porcentuales

Fuente: Afi, Basel III monitoring exercise as of end 2012, EBA

11,50% 11,50%

8,30% 8,10%

0%

2%

4%

6%

8%

10%

12%

14%

Banca internacional Banca doméstica

Comparación CET1 previo y Basilea III en la

banca europea (Diciembre 2012)

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Jornada de Regulación: Requerimientos de capital (CRD IV) y Unión Bancaria (MUS/MUR)

Pero también la cantidad de capital…

Incremento de las ratios de capital

CRD IV Basilea II Multiplicador

Capital ordinario 4,5% 2% x 2,25

Capital ordinario de Nivel 1 +

colchón de conservación de capital

7% 2% x 3,50

Capital de Nivel 1 6% 4% x 1,50

Capital de Nivel 1 + colchón de

conservación de capital

8,5% 4% x 2,13

Capital de Nivel 1 + Nivel 2 >8% >8% x 1

Capital de Nivel 1 + Nivel 2 +

colchón de conservación de

capital

>10,5% 8% x1,31

…y la transparencia

Se obliga a comunicar al mercado:

• Todos los instrumentos y elementos de capital

• Ajustes y filtros regulatorios

• Conciliación del capital a efectos de solvencia con el patrimonio neto

Si los ajustes y filtros se aplican sobre el capital ordinario del nivel 1

Es necesario mayor volumen de capital para mantener el mismo

coeficiente de solvencia sobre capital ordinario (sin disminuir APR)

Colchón de conservación de capital

• 2,5% de los activos ponderados por riesgo

• Cubierto en todo momento, en caso contrario limitaciones:• A la distribución de dividendos

• A la remuneración variable

• Para ser utilizado en momentos de necesidad

Mayores cuanto más lejos del 2,5%

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Jornada de Regulación: Requerimientos de capital (CRD IV) y Unión Bancaria (MUS/MUR)

Adicionalmente, más capital como medida

macroprudencial

MEDIDAS MACROPRUDENCIALES

Colchón para las entidades

de importancia sistémica

Colchón de capital

anticíclicoespecífico

Colchón contra riesgos

sistémicosColchón de

conservación

de capital

• Complemento de los requerimientos individuales para

fortalecer el sistema bancario en su conjunto

• En caso de insuficiente cobertura: limitaciones

CRD IV Basilea II

Colchón de conservación de capital =2,5% n/a

Colchón de capital anticíclico

específico de cada entidad

0-2,5% (>2,5%

autoridad nacional)

n/a

Colchón para entidades de

importancia sistémica mundial

1-3,5% n/a

Colchón para otras entidades de

importancia sistémica

1-2% n/a

Colchón contra riesgos sistémicos Si >5% autorización

de la CE

n/a

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Jornada de Regulación: Requerimientos de capital (CRD IV) y Unión Bancaria (MUS/MUR)

Riesgo de crédito

•Se introducen matices relevantes en método estándar

Exposiciones garantizadas con hipotecas sobre bienes

inmuebles

•Los bonos garantizados pasarán a ponderar en primer lugar en función de su propio rating

Exposiciones en forma de bonos garantizados

•Factores de ajuste para reducir los requisitos de capitalExposiciones frente a PYME

•Aumento sustancial de requerimientos de capital de instrumentos. Medidas en gran parte ya contempladas en la regulación vigente y no son novedades en la CRD IV

Cartera de negociación

•Incorporación de una exigencia adicional por riesgo de CVA (Credit Value Adjustment) frente a entidades con los que se negocian productos derivadosRiesgo de contrapartida

•Grupos de clientes vinculados entre sí aunque no exista relación de controlGrandes exposiciones

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Jornada de Regulación: Requerimientos de capital (CRD IV) y Unión Bancaria (MUS/MUR)

Ratio de apalancamiento

𝑅𝐴% =𝐶𝑎𝑝𝑖𝑡𝑎𝑙

𝐸𝑥𝑝𝑜𝑠𝑖𝑐𝑖ó𝑛 𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙

Se calculará como media aritmética

simple de las ratios de apalancamiento

mensuales durante un trimestre.

Capital de nivel 1

Suma de los valores de

exposición de todos los activos

y partidas fuera de balance no

deducidos al determinar el

capital

De 1-ene-14 a 31-dic-21: podrá calcularse teniendo en cuenta la definición final o

transitoria de capital de nivel 1. Hasta 2017 puede autorizarse el cálculo al final del

trimestre.

Normas Técnicas en proceso de elaboración por la EBA.

Publicación de la ratio esperada a partir de enero 2015 de forma anual.

Se testará un

nivel del 3%

en el período

transitorio (1-ene-14 al 1-

ene-17)

Exigido el 1 de enero

de 2018

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Jornada de Regulación: Requerimientos de capital (CRD IV) y Unión Bancaria (MUS/MUR)

Riesgo de liquidez

Cambio total de enfoque. De lo cualitativo a lo cuantitativo: indicadores

Cobertura

de liquidez

Financiación

estable

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Jornada de Regulación: Requerimientos de capital (CRD IV) y Unión Bancaria (MUS/MUR)

Supervisión prudencial

Mayor atención a riesgos antes infravalorados

Divulgación de información

• Declaración aprobada por el órgano de dirección sobre la adecuación de los mecanismos de gestión de riesgos.

• “RP10 europeo”. Aplicable a partir del 31-03-2014

• Descripción de las principales características, términos y condiciones de los instrumentos emitidos

• A petición de la autoridad competente, resultado del proceso de evaluación de la adecuación del capital interno (IAC)

• Definición a efectos contables de posiciones en mora y deterioradas

• Distribución de las exposiciones por sector, especificando la exposición a las PYME

Homogeneización en el incremento de la

transparencia

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Jornada de Regulación: Requerimientos de capital (CRD IV) y Unión Bancaria (MUS/MUR)

Gobierno corporativo

1. Principios generales => procedimientos sólidos (art. 74)

Estructura organizativa clara

Identificación, gestión, control y comunicación de riesgos + Control

interno

Prácticas de remuneración

Sistemas y procedimientos

Ausencia de procedimientos exigidos => sancionable (art. 67.1)

El pilar II (revisión y evaluación supervisoras) incluye los sistemas

de gobierno corporativo (art. 98.7)

Autoridades competentes pueden exigir refuerzo de sistemas,

procedimientos, mecanismos y estrategias (art. 104.1) y exigir

publicar (≤ 1 año) descripción (art. 106.2)

Planes de rescate y resolución preventivos

Directiva 2013/36

2. Sistemas de Gobierno corporativo (art. 88) => Gestión.

Principios del Órgano de Dirección

• Responsable general de entidad

• Garante de integridad de sistemas de información contable y financiera

• Supervisor de divulgación de información y comunicaciones

• Supervisor efectivo de alta dirección

• Presidente => no ejercicio simultáneo de Consejero Delegado

3. Informes por país desde 1-1-2015 (art. 89) => Informe anual

Información auditada (anexo a estado financiero anual o consolidado)

4. Divulgación de rendimientos de activos (art. 90): En informe anual = BN/ balance

total

5. Miembros de Órgano de Dirección (art. 91)

Requisitos

• Dedicación suficiente

• Número limitado de presencias simultáneas

Estados o autoridades competentes => requerirán

• Amplia gama de cualidades y competencias

• Política que favorezca diversidad => pilar III

Directrices por EBA antes de 31-12-2015

• Dedicación de tiempo suficiente

• Posesión colectiva de conocimientos, competencias y

experiencia

• Honradez, integridad e independencia de espíritu

• Dedicación de recursos oportunos a iniciación y formación

• Diversidad en selección

No impide legislación nacional de representación del personal

en Órganos de Dirección

• Composición => entendimiento de

actividades y principales riesgos

• Actuación individual

• Dotación de recursos a integración y

formación de miembros

• Reputación

• Conocimientos

• Competencia

• Experiencia

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Jornada de Regulación: Requerimientos de capital (CRD IV) y Unión Bancaria (MUS/MUR)

Remuneraciones

Directiva 2013/36

Disposiciones revisables antes 30-6-2016 por Comisión y EBA con informe al

Parlamento E. y Consejo (art. 161.2)

• Posible propuesta legislativa:

– Repercusión ratios apropiados entre remuneración fija y

variable

Posible revisión por sentencia del Tribunal de Justicia: recurso del R. Unido

(DOUE C 359, 7-12-2013) => solicita anulación

• CRD IV

• CRR

– Disposiciones pilar III relacionadas

– Disposiciones entrada en vigor

• Argumentos

– Base tratado inadecuada

– Desproporcionadas o incompatibles con subsidiariedad

– Contrarias a seguridad jurídica

– Atribución ultra vires de competencias a EBA y omisión

– Requisitos de publicación contrarios a protección de datos

según UE

– Extraterritorialidad (empleados fuera del EEE)

Aplicación del principio de ratios apropiados entre remuneración fija y

variable desde 1-1-2014 (art. 162.3)

• Contratos anteriores y posteriores a 31-12-2013

1. Principios generales de vigilancia (art. 75)

Comparación por autoridades competentes tendencias y prácticas

remuneración

– Número de personas con remuneración > 1 millón €:

EBA publicará directrices con principios establecidos

Información número de personas con remuneración > 1 millón €

Comité de Riesgos => examen si incentivos consideran (art. 76.4)

• Riesgo

• Capital

• Liquidez

• Beneficios: probabilidad y oportunidad

2. Políticas de remuneración (art. 92) => salarios y pensiones

Niveles de aplicación

Personal afectado => incidencia en perfil de riesgos

Proporcionalidad

Principios

• Compatibilidad con gestión adecuada y eficaz de riesgos

• Independencia de personal

• Supervisión directa por comité de remuneraciones

Relación con colchones de capital (art. 141.2 y 8) =>

incumplimiento de requisitos combinados

3. Principios adicionales para entidades beneficiarias de ayuda pública

(art. 93)

Remuneración variable limitada a % de ingresos netos si

incompatible con base sólida de capital y renuncia al apoyo

público

Coherencia con adecuada gestión de riesgos y crecimiento a

largo plazo

Ninguna remuneración variable a órgano de dirección, salvo

justificación

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Jornada de Regulación: Requerimientos de capital (CRD IV) y Unión Bancaria (MUS/MUR)

Remuneraciones

Directiva 2013/36

4. Principios adicionales de remuneración variable (art. 94)

Vinculación a Rdos. => evaluación combinada resultados

Marco plurianual de evaluación de Rdos.

No limitación de capacidad de reforzar base de capital

Garantizada => no compatible con

Equilibrio de remuneración fija y variable

Ratios de remuneración fija y variable

• Variable < 100% fija: Estados pueden reducirlo

• Estados pueden autorizar a aprobar hasta el 200%

siguiendo procedimiento especial

Pagos por recisión anticipada

Compensaciones por abandono de contratos anteriores

Ajustes en evaluación de Rdos. por todos riesgos actuales y

futuros

Asignación de componentes variable tendrá en cuenta todos

riesgos actuales y futuros

Remuneración variable > 50% equilibrio de:

• Acciones o equivalentes o instrumentos vinculados

• Otros instrumentos (TIER 1 adicional o TIER 2 o

convertibles como TIER 1 ordinario) que reflejen calidad

crediticia de continuidad y adecuados para remuneración

variable

Remuneración variable > 40% (60% si es especialmente elevada)

diferida > 3 y 5 años

• Adaptación correcta a naturaleza negocios, riesgos y actividades

del personal

• No se percibirá de manera más rápida que la proporcional

• Duración en función

• Remuneración variable se pagará condicionada a contigencias

• Compatibilidad de política de pensiones

• Compromiso del personal no utilizar estrategias de cobertura o

seguros que menoscaben alineación con riesgo de sistemas de

remuneración

• Remuneración variable no se abonará con instrumentos que

faciliten el incumplimiento de CRD IV/CRR

Normas técnicas regulación por EBA antes 31-3-2014

5. Comité de remuneraciones y autoridades competentes (art. 95)

En entidades significativas

• Tamaño

• Organización interna

• Naturaleza, alcance y complejidad de actividades

Composición adecuada para juicio competente e independiente sobre

• Políticas y prácticas de remuneración

• Incentivos para gestionar riesgos, capital y liquidez

Funciones

• Preparación decisiones sobre remuneraciones

• Presidente y miembros no desempeñarán funciones ejecutivas

• Uno o más representantes del personal, si la normativa nacional

contempla su presencia en órgano de dirección

6. Página web sobre gobierno corporativo/remuneraciones (art. 96)

Explicación del cumplimiento de exigencias de CRD IV

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Gobierno corporativoReglamento 575/2013

1. Requisito de control de riesgos

Riesgo de crédito (IRB) (art. 189)

• Aprobación de aspectos importantes en

calificación/estimación

• Requisitos de alta dirección

• Análisis de perfil de riesgo de crédito => parte fundamental

de informes de gestión

Riesgo de crédito de contraparte (art. 289.1)

• Resultados de modelos internos cálculo EPE (Exposición

positiva esperada) efectiva deben tenerse en cuenta en

gobierno corporativo

2. Transparencia informativa (art. 435.2)

Información actualizada gobierno corporativo < 1 año

• Número de presencias en consejos de miembros de

Órgano de Dirección

• Política de selección miembros Órgano de Dirección

• Política de diversidad

• Presencia o no de comité de riesgos y reuniones

• Flujos de información sobre riesgos a Órganos de

Dirección

Remuneraciones

1. Transparencia informativa (art. 450)

Información mínima sobre política y prácticas de remuneración

• Personal con incidencia relevante en perfil de riesgo

• Información

– Proceso decisorio

– Conexión remuneración y resultados

– Características más importantes de sistema de remuneración

– Ratios remuneración fija y variable

– Criterios sobre resultados en derecho a acciones, opciones o

remuneración variable

– Principales parámetros y motivación de planes de

remuneración variable y ventajas no pecuniarias

– Agregado de remuneraciones desglosado por ámbitos de

actividad

– Agregado de remuneraciones desglosado por altos directivos

y empleados relevantes

– Número de personas con remuneración > 1 millón €, desglose

– Si lo pide Estado miembro o autoridad competente =>

remuneración total cada miembro

– Entidades importantes => publicación de información

cuantitativa a anterior respecto miembros órgano de dirección

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