Jornada de Desenvolupament de Capacitats i Habilitats Professionals LA NOVA FUNCIÓ PÚBLICA

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Jornada de Desenvolupament de Capacitats i Habilitats Professionals LA NOVA FUNCIÓ PÚBLICA Alzira, 17 de juny de 2013

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Jornada de Desenvolupament de

Capacitats i Habilitats Professionals

LA NOVA FUNCIÓ PÚBLICA

 Alzira, 17 de juny de 2013

9.30 h Les persones al servei de la (moderna) Administració: noves realitats, capacitats i actituds. Treballadors i treballadores “del coneixement”. 

VICTOR ALMONACID LAMELAS. Secretari de l’Administració Local, categoria superior. Secretari General de l’Ajuntament d’Alzira. Vicepresident del Consell General de COSITAL.

INDEX:

• Les noves estructures.

• Les persones: valors i “valors afegits”.

• El rol de les persones al llarg de la implantació d’un Pla de Modernització.

• La importància de la formació.

Introducción: la sociedad del conocimiento

“En la onda del ciudadano”

TEORÍA DE LA PROGRESIÓN GEOMÉTRICA

TEORÍA DE LA PROGRESIÓN GEOMÉTRICA

Las nuevas organizaciones

Las nuevas organizaciones Empatía Modernización Reorganización (OAC, Oficina de contratación)

Reconversión Externalización

¿Reorganización? Art. 7 del Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de

febrero (PLAN DE AJUSTE):• DEBERÁ Recoger la descripción y el calendario de

aplicación de las reformas estructurales que se vayan a implementar así como las medidas de reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos;

• PODRÁ incluir modificación de la organización de la corporación local.

Caso Práctico: ejemplo de “reconversión”

Imaginen que un ayuntamiento tiene suscrito un contrato con Correos por el cual la compañía debe prestar el servicio de notificaciones administrativas. Pero resulta que se generan infinidad de “cartas” y eso hace que el servicio sea caro, por lo que la corporación decide impulsar la administración electrónica y, en consecuencia, las notificaciones electrónicas. A un cierto ritmo lo va consiguiendo, pero en el proceso se encuentra el problema sobrevenido de que parte de su plantilla, el personal subalterno -dedicado entre otros menesteres a trasladar expedientes entre departamentos, realizar fotocopias y sellar documentos-, ve disminuidas sus tareas con motivo de la reducción del papel en la organización.

Caso Práctico: ejemplo de “reconversión”

Sin embargo dichas personas siguen siendo igual de válidas tanto antes como después de la implantación de las TIC en la organización, y lo demuestra el hecho de que, siendo normalmente vecinos del pueblo, poseen un vasto conocimiento del callejero e incluso de los ciudadanos a nivel personal que los convierte en activos extremadamente aptos para realizar determinadas notificaciones. Dicho todo lo anterior la ecuación se resuelve de un modo muy sencillo: reduzcamos la contrata con Correos por dos vías: fomento de las notificaciones electrónicas y sustracción del servicio de notificación urbana. La empresa, con sus medios, puede continuar realizando la interurbana. El personal subalterno, ahora reconvertido en personal notificador, está capacitado para efectuar la urbana. Prestamos el servicio igual o mejor y ahorramos muchísimo dinero.

NORMALIZACIÓN DE DOCUMENTOS

Estética Técnica Lingüística

Funcionamiento interno Ciudadanos Archivo

Las personas: valores y “valores añadidos”

Deberes de los empleados públicos. Código de Conducta (arts. 52 a 54 EBEP)

Art. 52 Deberes de los empleados públicos. Código de Conducta

Los empleados públicos deberán desempeñar con diligencia las tareas que tengan asignadas y velar por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, y deberán actuar con arreglo a los siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres, que inspiran el Código de Conducta de los empleados públicos configurado por los principios éticos y de conducta regulados en los artículos siguientes. http://

noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l7-2007.t3.html#c6

Definición Administración Electrónica según la Comisión Europea de la UE

“…es el uso de las TIC en las AAPP, combinado con cambios organizativos y nuevas aptitudes, con el fin de mejorar los servicios públicos y los procesos democráticos y reforzar el apoyo a las políticas públicas”

Fábula de la rana que muere hervida (Julen Iturbe)

¿Qué motiva a los profesionales españoles? El informe Motivaciones de los Trabajadores Españoles, elaborado

por la Fundación Truthmark, revela que sólo un 4% de los profesionales cambiaría de trabajo por dinero, mientras que un 30% lo haría por un nuevo proyecto. http://www.apd.es/Inicio/Noticia.aspx?i=2d75efe9-359a-419a-b3ef-85bfe6bee36d

Recomendaciones: 1.Creer en su empresa, en su marca, y que la empresa crea también en los profesionales.

2.Quieren pertenecer a algo más grande, sin que ello conlleve perder su identidad.

3.Quieren actuar de forma que ayuden a la empresa, y ver esos mismos comportamientos en sus jefes.

Nowhere man https://www.youtube.com/watch?v=M6ZMB4NadPI

Leit motiv humano Las personas nos movemos por 5 tipos de leit motiv:

• Dinero• Reconocimiento• Sexo• Altruísmo• Temor

Son combinables, ya que muchas veces se dan varios de ellos simultáneamente. El 99% de todos los actos humanos se tienen su origen en al menos una de esas 5 motivaciones.

Las dos más recomendables para un funcionario público son el reconocimiento y el altruísmo, que entre nosotros se denomina vocación de servicio público.

En cuanto al dinero, quien trabaja única y exclusivamente por dinero, es que no está satisfecho con el trabajo que tiene, incluso que lo odia, lo cual es extremadamente peligroso, no solo a nivel profesional, sino también personal.

El rol de las personas en un proceso de cambio

Personas y grupos de personas pertenecientes al Ayuntamiento

Ámbito político El Alcalde o Alcaldesa.

• Como máximo responsable corporativo es también el impulsor y líder político del proceso, y al mismo tiempo órgano competente para resolver la mayoría de actos administrativos necesarios para que éste avance (Decretos de Alcaldía), salvo que lo tuviera delegado

Los Concejales y Concejalas del equipo de Gobierno/El Concejal de modernización. • Tanto los Concejales con competencias delegadas, como los

integrantes de la Junta de Gobierno Local tienen competencias ejecutivas en la materia. También pueden formar parte de la Comisión de Modernización. Además, a partir de un determinado tamaño de municipio puede resultar conveniente crear la figura del/la Concejal de modernización, con competencias delegadas de impulso, coordinación y supervisión del PMI.

¿Y si quien manda no nos deja?

El Pleno

Puede crear la Comisión de Modernización con la categoría de órgano complementario (previa reforma del Reglamento Orgánico Municipal, en su caso).

Tiene la competencia para aprobar la Ordenanza de Administración Electrónica.

Es igualmente competente para la aprobación del PMI o PIAE (Plan de Implantación de la Administración Electrónica).

Se aconseja lograr la unanimidad política en las cuestiones relacionadas con los procesos de modernización, pues su implantación no debe estar sujeta a eventuales cambios políticos.

Tiene derecho a la información sobre el estado del proceso, que impulsa el equipo de Gobierno (Alcalde, Junta de Gobierno Local, Concejal de modernización), si bien pueden tener presencia en la Comisión de Modernización Concejales de los distintos grupos políticos, de forma análoga (representación proporcional) a la integración de otros órganos complementarios.

La Comisión de modernización

De composición mixta político-técnica, tiene por objeto el debate, impulso, dirección, seguimiento y evaluación del proceso.

Se aconseja su creación en medianos y grandes municipios.

Actuarán bajo la dirección y presidencia del Alcalde o Concejal de modernización, y con funciones de dictamen (pudiendo funcionar en este sentido de forma similar a las Comisiones Informativas) y, en algunos casos, ejecutivas.

Ámbito funcionario: ¿cuál es nuestro rol?

Todos tenemos que mejorar “en informática”, pero sólo a nivel de usuario

¡¡Sólo a nivel de usuario!!

El Secretario y otros técnicos superiores

• Si hay un momento idóneo para reivindicar el rol de personal directivo o «directivos públicos» en favor de los funcionarios con habilitación de carácter estatal, es sin duda el de la implantación de la Administración electrónica.

• El Secretario/a está llamado a liderar este tipo de proyectos, que por su propia complejidad aúnan cuestiones jurídicas, técnicas, procedimentales, organizativas y hasta «psicológicas». En todo caso debe estar mínimamente involucrado, y desde luego no ralentizar el proceso. Al menos le corresponde el desarrollo legal de la Administración electrónica (LAESP y leyes autonómicas equivalentes, reglamentos de desarrollo de ambas, la propia ordenanza de Administración electrónica; sin olvidar otras normas importantes, como la LOPD o la Ley de Firma electrónica), así como la supervisión de numerosos aspectos que son tan jurídicos como técnicos (registro electrónico, notificaciones electrónicas, expediente electrónico, firma electrónica…).

• Interventores y Tesoreros son importantes como personal directivo, y también en la normalización de los procedimientos «económicos» (presupuestarios, contables, tributarios…).

• Si el Ayuntamiento tiene Directores de Departamento, TAGs u otro personal que pudiera denominarse «directivo», su rol será similar al de los habilitados, siempre en relación a sus funciones.

Función directiva: pensar por uno mismo y no matar al enfermo

Dos cazadores están en el bosque cuando uno de ellos de repente cae al suelo. No parece que respire y tiene los ojos vidriosos, de modo que su amigo coge el teléfono móvil y llama al servicio de emergencias:- «Oiga, mi amigo está muerto. ¿Qué hago? ¿Qué hago?»- «Cálmese, tranquilo, ¡estamos aquí para ayudarle! Vamos a ver… Lo primero que tiene que hacer es asegurarse de que su amigo está realmente muerto…Entonces se hace una pausa y a continuación se oye un disparo.El cazador vuelve a coger el teléfono y dice:- «De acuerdo, y ahora, ¿qué hago?»

El Departamento de informática

Si no existiera, se crearía en la fase previa del Plan de Mejora y obviamente participa en la totalidad del mismo, en colaboración con el resto de Departamentos.

Su composición ideal en municipios medianos es de tres personas, con al menos un técnico licenciado.

El Jefe del Departamento al que hemos venido aludiendo, sin duda alcanza en la Administración Local actual la categoría de Directivo público, pues le corresponde la dirección técnica del proceso.

Otros Departamentos Con el asesoramiento técnico del anterior

Departamento, participan activamente en la medida en la que son conocedores de sus funciones (coloquialmente «su día a día»).

Aparecerán algunos nuevos, como la OAC o la Oficina de contratación.

No obstante todos los Departamentos municipales son importantes, afirmación que debe hacerse extensiva a todos los empleados y empleadas municipales. No es extraño que algunos funcionarios deban en estos procesos reconvertirse, ante lo cual pueden estar en desacuerdo («resistencia al cambio»)

Somos privilegiados…

Personas y asociaciones colaboradoras del Ayuntamiento

Relaciones interadministrativas: INTEROPERABILIDAD El Estado.

• Adopta medidas legislativas, ejecutivas y financieras que afectan a los procesos de modernización municipal. El fomento o impuso legal definitivo de los mismos fue sin duda la Ley 11/2007, la cual sin embargo no establece completamente su alcance y los medios para aplicarla. Desde el punto de vista fi nanciero, no cabe duda de que las ayudas del plan AVANZA o los Planes E, son capitales a la hora de sufragar los proyectos. Por último, se puede afirmar que el propio Estado, dentro de su heterogeneidad como Administración, es pionero en cuanto a la implantación de la Administración electrónica (recordemos que la Agencia Estatal de Administración Tributaria es un organismo público dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda).

Las CC.AA. • Igualmente adoptan medidas legislativas, ejecutivas y financieras, de forma

análoga al Estado. Tanto en este caso como en el anterior resulta preciso desarrollar los oportunos cauces de comunicación. También requiere el cumplimiento de las obligaciones legales de estos en cuanto a la remisión de Actas y acuerdos. El todos estos casos subyace el concepto «interoperabilidad», relacionado a su vez con los de «Administración electrónica» y «Administración única».

Otras AAPP

Diputaciones. • Se erigen en la entidad de apoyo por antonomasia a los

municipios, y así se establece tanto en la normativa sobre régimen local como de forma concreta en la Ley 11/2007. Un aspecto muy destacado de las Diputaciones son los Planes de formación.

Entidades supramunicipales. Su objeto es el de prestar servicios en un ámbito superior al municipio cuando dicho ámbito es el idóneo. Dicho objeto es extensible a los «servicios electrónicos».

Otros Ayuntamientos. Intercambio de, experiencias, buenas prácticas, interoperabilidad.

Otras AAPP (AEAT, SS; Catastro, Tráfico): interoperabilidad

Contratos públicos. Tipos de contratos a celebrar.

• Externalización: el Ayuntamiento precisa de ayuda privada externa, casi siempre de carácter técnico-informático. Para ello celebrará contratos de servicios y contratos de suministro (principalmente), e incluso de colaboración público-privada. Interesantes son algunas nuevas figuras contractuales como el «outsourcing informático», y el «contrato de ASP».

• DEFINICIÓN ASP: Contrato en virtud del cual, una de las partes, el prestador de servicios, otorga a la otra parte, el cliente, un acceso a su Sistema de Información en base al cual el cliente puede beneficiarse de un catálogo de servicios de la sociedad de la información y/o productos informáticos localizados o alojados en todo momento en los equipos del Sistema de Información del prestador a los que se ha accedido.

Contratos públicos. El rol de las empresas colaboradoras.

• Las empresas contratistas deben colaborar en el proceso bajo la dirección y la pauta que le marque el Ayuntamiento, el cual defi ne los objetos contractuales de acuerdo con sus necesidades. Debe predominar la idea de «autodiseño». La empresa privada no puede desempeñar un papel que podríamos llamar «dominante», pues el Ayuntamiento siempre debe disponer de recursos técnicos propios para resolver los problemas técnicos del día a día, sin recurrir a continuas llamadas ni quedarse bloqueado durante horas o días ante una atención técnica que se demora.

Contratos públicos. El rol de las empresas colaboradoras.

• «Outsourcing informático»: Consiste en la subcontratación de toda o parte de la Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), de una entidad, o de un proceso de actividad, a una organización externa, para la gestión y operación de sus actividades asociadas, manteniendo la organización cliente el control de las funciones objeto de outsourcing. Son acuerdos a medio o largo plazo, con lo cual tienen una flexibilidad importante ya que deben adaptarse a la propia evolución de los requerimientos de la organización cliente, además de prever la posibilidad de tener que recuperar la administración y gestión del Sistema de Información.

• Lo que no se externaliza, dicho sea en términos empresariales pero totalmente aplicable al Ayuntamiento, es la estrategia del departamento de sistemas de información que tiene que estar en consonancia con la estrategia global de la entidad. Se externaliza lo que no es el propio negocio, insistimos que dicho en términos empresariales».

Contratos públicos. El rol de las empresas colaboradoras.

La importancia de la formación

Los Planes de formación municipales.

Las organizaciones modernas exigen su integración por profesionales preparados, pudiendo ser horizontales en la medida en la que estos participan en la toma de decisiones. Precisamente la horizontalidad de las organizaciones es un modo de integración. Para alcanzar un óptimo nivel de preparación resultan imprescindibles los Planes de formación, tanto propios como externos.

Tanto el EBEP como la LAESP (DA 2ª) tienen en cuenta la formación de los empleados públicos. Desde un punto de vista práctico, la formación debe ser innovadora, teniendo en cuenta las nuevas tecnologías (como materia y como herramienta), así como las nuevas técnicas formativas.

El papel de la formación Formativo Informativo Participativo Motivacional

Un último consejo: ¡relajación!...

… y ¡¡ánimo!!

MUCHAS GRACIAS!

Víctor Almonacid LamelasSecretario de la Administración Local Categoría Superior.

Secretario General del Ayuntamiento de Alzira. Máster en nuevas tecnologías aplicadas a la Administración Pública