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DECLARACIÓN DE LA MISIÓN La Misión de las Escuelas Públicas del Condado de Polk es proveer una educación de alta calidad para todos los estudiantes. Manual del Empleado & Información de Benecios ESCUELAS PÚBLICAS DEL CONDADO DE POLK Jacqueline M. Byrd Superintendente La intensión de la información provista en el Manual del Empleado e Información de Benecios es informar a los empleados de las Escuelas Públicas del Condado de Polk de las diferentes políƟcas, procedimientos, benecios y servicios disponibles para ellos. Es- te manual no es un contrato de trabajo ni una garanơa de ningún derecho, benecio o prerrogaƟva a los mismos. Aprobado por la Junta: 11 de agosto, 2015

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DECLARACIÓN DE LA MISIÓN

La Misión de las Escuelas Públicas del Condado de Polk es proveer una

educación de alta calidad para todos los estudiantes.

Manual del Empleado & Información de Beneficios

ESCUELAS PÚBLICAS DEL CONDADO DE POLK

Jacqueline M. Byrd

Superintendente

La intensión de la información provista en el Manual del Empleado e Información de

Beneficios es informar a los empleados de las Escuelas Públicas del Condado de Polk de

las diferentes polí cas, procedimientos, beneficios y servicios disponibles para ellos. Es-

te manual no es un contrato de trabajo ni una garan a de ningún derecho, beneficio o

prerroga va a los mismos.

Aprobado por la Junta: 11 de agosto, 2015

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TABLA DE CONTENIDO Sección 1 – Apertura Página 1 Bienvenida 1 Junta Escolar del Condado de Polk 2 Plan Estratégico del Condado de Polk 4 Comisión de los Estándares de Educación 7 Declaración de No Discriminación 7 Acoso Laboral a los Empleados 10 Ley de Transferencia y Responsabilidad de

Seguros Médicos (HIPAA) 11 Lugar de Trabajo Libre de Drogas 12 Referencias Adicionales del Distrito

Sección 2 – Políticas & ProcedimientosPágina 13 Arrestos 13 Asistencia & Puntualidad 13 Certificación 15 Cambio de Dirección 15 Conflicto de Intereses 15 Correo Interno 16 Código de Vestimenta 16 Correo Electrónico 16 Programa de Asistencia al Empleado 17 Evaluaciones 18 Lesión/Enfermedad en el Cumplimiento del Deber 18 Licencia para Ausencia 19 Recaudación de Dinero 20 Operación de los Vehículos de la Junta Escolar 20 Registros del Personal 21 Reasignaciones 21 Reciclaje/Conservación de Energía 21 Renuncias 21 Retiro 23 Banco de Licencia por Enfermedad 24 Suspensiones / Despidos 24 Política de Uso Aceptable de Tecnología 24 Uso del teléfono 24 Licencia Temporera del Deber 25 Ambiente Libre de Tabaco 25 Sustancias Tóxicas en el Trabajo 25 Traslados 25 Licencia sin Sueldo / Beneficios a Empleados 26 Uso de la Propiedad de la Junta Escolar 26 Vacantes / Procedimientos de Promoción 26 Voluntarios 27 Armas/Armas de Fuego 27 Compensación a Empleados

Sección 3 – Servicios de NóminaPágina 28 Información de Nómina

Sección 3 – Servicios de Nómina (continuación)

Página 28 Trabajo adicional 30 Retención de Dinero 31 Terminación – Pago del Dinero Retenido y

Licencias Sin Usar 33 Primer Cheque de Pago de Empleados Nuevos 34 Licencias de Enfermedad/ Vacaciones 35 Deducciones de Nómina

3 36 Contactos para Deducciones Misceláneas

Sección 4 – Manejo de Riesgos Página 37 Planes de Beneficios del Empleado 37 Elegibilidad para Beneficios de los Empleados 38 Beneficios del Seguro Médico 38 Clínica de Salud 38 Seguro Dental 38 Seguro de Visión 38 Sección 125 39 Seguro de Vida 39 Seguro de Vida para Dependientes 39 Seguro de Incapacidad a Corto Plazo 39 Seguro de Incapacidad a Largo Plazo 40 Cuenta de Gastos Flexibles 40 Continuación de Beneficios (COBRA) 40 Programa de Asistencia al Empleado 41 Preguntas

Sección 5 - Políticas para los Empleados & Procedimientos para los Estudiantes Página 42 Intimidación/Acoso 42 Informando Abuso Infantil 42 Código de Conducta Estudiantil 43 Asistencia Obligatoria a la Escuela 43 Asuntos Críticos 43 Educación en el Hogar 43 Sistema de Apoyo Estudiantil de Varios Niveles 44 Administración de Medicamentos Psicotrópicos 44 Amenazas de Estudiantes de Hacer Daño a Otros 45 Suicidio Juvenil 46 Adultos en Crisis 48 Señales de Abuso y Negligencia A Niños

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Bienvenidos a las Escuelas Públicas del Condado de Polk

Es un placer darle la bienvenida al sistema de escuelas públicas del Condado de Polk. Como tal vez usted ya sabe, estamos entre los 40 distritos escolares más grandes de la nación y servimos a una población de estudiantes en rápido crecimiento. Creemos que tendremos éxito todos los días que podamos ofrecer a nuestros estudiantes las oportunidades más completas para aprender y tener experiencias. Esto incluye todo, desde el currículo adecuado y riguroso, instalaciones limpias y sanitarias, y una transportación oportuna y eficiente. Valoramos a cada miembro de nuestro equipo por las funciones vitales que desempeñan en este proceso y reconocemos que es esencial un esfuerzo colectivo para nuestro éxito. Usted ganará experiencia de quienes le rodean, la actitud del equipo, y el trabajo fuerte que nos motivan hacia mejores oportunidades educativas para nuestros estudiantes. Tenemos la esperanza que sus esfuerzos como miembro de este equipo contribuirán de manera eficaz y eficiente a la misión. Como empleado de la junta escolar, es importante que se familiarice con las políticas, procedimientos y beneficios que contribuyen a nuestro éxito, mucha de la información está contenida dentro de este manual. Por favor, léalo, y de nuevo le deseamos mucho éxito en el sistema de escuelas públicas del Condado de Polk.

Junta Escolar del Condado de Polk Todas las políticas, convenios colectivos, miembro de la junta e información de las reuniones de la junta del Distrito Escolar del Condado de Polk están disponible para su revisión en www.polk-fl.net. NOTA: Este manual pretende ser una visión general de las políticas y procedimientos del distrito. No es un contrato y no pretende serlo. En caso de que surja un conflicto real o percibido entre el lenguaje contenido en él y los términos y condiciones de empleo establecido en el convenio colectivo correspondiente, el idioma en el acuerdo de negociación prevalecerá.

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PLAN ESTRATÉGICO DEL DISTRITO ESCOLAR DEL CONDADO DE POLK 2013-14 hasta 2016-17

Declaración de la Misión La Misión de las Escuelas Públicas del Condado de Polk es proveer una educación de alta calidad para todos los estudiantes.

Visión: Cada estudiante de Polk será preparado para que tenga éxito en la universidad o profesión después de graduarse.

Valores fundamentales de la Junta Escolar del Condado de Polk

Colaboración, Trabajo en Equipo y Responsabilidad · Trabajaremos en equipo para garantizar la graduación de estudiantes basando todas las

decisiones en información relevante y precisa.

Ética, Integridad, Compromiso y Dedicación · Nos ceñiremos a los más altos estándares éticos, actuando con honestidad e integridad,

dedicados al trabajo ejemplar.

Servicio · Modelaremos liderazgo de servicio que inspire confianza y lealtad, abrace la equidad,

genere confianza y responda a las necesidades de los demás.

Seguridad y Orden · Mantendremos un ambiente seguro y ordenado, con todos haciendo su trabajo en todo

momento.

Dignidad y Respeto · Garantizaremos un ambiente de trabajo positivo en el que todas las personas sean tratadas

con dignidad y respeto.

Aprendizaje, Mejoramiento, Alta Calidad y Excelencia · Fomentaremos una cultura de aprendizaje continuo y desarrollo personal para todos,

reconociendo y celebrando la excelencia, los logros, la creatividad y la diversidad.

Plan Estratégico del Distrito Escolar del Condado de Polk

A - Rendimiento de los Estudiantes Objetivos: A.1 Preparar a todos los estudiantes para cumplir o exceder el dominio del nivel de grado apropiado preparándolos para la universidad y Listos para una Carrera/Profesión (CCR). • Alfabetización (lectura y escritura) • Matemáticas • Ciencias

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B - Asociaciones con las Partes Interesadas Objetivos: B.1 Establecer comunicaciones continuas y eficaces con todas las partes interesadas internas y externas. B.2 Incrementar las oportunidades de participación de padres/familia. B.3 Mejorar y fortalecer las asociaciones a nivel de escuela y distrito C- Ambiente Seguro Objetivos: C.1 Integrar las mejores prácticas que fomenten un comportamiento positivo, desarrollen el respeto hacia los demás y aseguren un ambiente seguro en todo el distrito escolar. • Referidos a la oficina. • Resultados de las secciones relevantes de las encuestas a padres, estudiantes y maestros. • Documentación contra la intimidación/acoso tales como hojas de firma, promesas, y acuse de

recibo. D - Aprendizaje y Crecimiento del Personal Objetivos: D.1 Contratar personal de instrucción calificado que refleje la diversidad de la escuela, el distrito y la comunidad. D.2 Retener personal de instrucción calificado y valioso a través del apoyo y aprendizaje de calidad profesional. D.3 Preparar maestros y administradores a que sean altamente eficaces a través del aprendizaje de calidad profesional. E - Apoyo y Recursos Objetivos: E.1 Asegurar instalaciones limpias, con buen mantenimiento y funcionales. E.2 Proveer servicios de transportación seguros, eficientes y de calidad a todos los estudiantes elegibles. E.3 Proveer un ambiente seguro para los estudiantes y el personal. E.4 Implementar Tecnología de Información que apoye las necesidades académicas y corporativas de los estudiantes, los maestros y el personal. E.5 Asegurar el mayor nivel de responsabilidad e integridad fiscal. E.6 Proveer apoyo financiero a las partes interesadas (escuelas y departamentos).

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COMISIÓN DE LOS ESTÁNDARES EDUCATIVOS El Código de Ética de la Profesión Educativa en la Florida y los Principios de la Conducta

Profesional de la Profesión Educativa en la Florida

6A-10.080 Código de Ética de la Profesión Educativa en la Florida

1. El educador valora la dignidad y el valor de cada persona, la búsqueda de la verdad, la dedicación a la excelencia, la adquisición de conocimientos y el apoyo de la ciudadanía democrática. Lo esencial para el logro de estos estándares son la libertad de aprender y enseñar y la garantía de la igualdad de oportunidades para todos.

2. La principal preocupación profesional del educador siempre será para el estudiante y para el desarrollo del potencial del estudiante. Por lo tanto, el educador se esforzará por el crecimiento profesional y tratará de ejercer el mejor juicio e integridad profesional.

3. Consciente de la importancia de mantener el respeto y la confianza de los colegas, de los estudiantes, de los padres y de otros miembros de la comunidad, el educador se esforzará por alcanzar y mantener el más alto grado de conducta ética.

Autoridad de Reglamentación 1001.02, 1012.51, 1012.53 FS. Ley Implementada 1012.32, 1012.34, 1012.51, 1012.53,

1012.795, 1012.796 FS. Historia-Nuevo 3-24-65, Enmendado 8-9-69, Re-promulgado 12-5-74, Enmendado 8-12-81,

7-6-82, Anterior 6B-1.01, 6B-1.001.

6A-10.081 Principios de la Conducta Profesional para la Educación en la Florida

1. La siguiente regla disciplinaria constituirá los Principios de Conducta Profesional de la Profesión Educativa en la Florida.

2. La violación de cualquiera de estos principios someterá a la persona a la revocación o suspensión del certificado individual de educador o de otras sanciones previstas por ley.

3. La obligación hacia el estudiante requiere que la persona: a. Debe hacer un esfuerzo razonable para proteger al estudiante de condiciones

perjudiciales para el aprendizaje y/o para la salud y/o seguridad mental y/o física del estudiante.

b. No debe refrenar irrazonablemente a un estudiante de acciones independientes en la búsqueda del aprendizaje.

c. No debe denegar irrazonablemente el acceso de los estudiantes a diversos puntos de vista.

d. No debe suprimir o distorsionar intencionadamente material relevante del programa académico de un estudiante.

e. No debe exponer intencionalmente a un estudiante a la vergüenza o menosprecio innecesario.

f. No debe violar o negar intencionalmente los derechos legales de un estudiante. g. No debe acosar o discriminar a ningún estudiante en base a raza, color, religión,

sexo, edad, origen nacional o étnico, creencias políticas, estado civil, condición de

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discapacidad, orientación sexual u origen social y familiar y hacer esfuerzos razonables para asegurar que cada estudiante esté protegido de acoso o discriminación.

h. No debe explotar una relación con un estudiante para ganancia o ventaja personal. i. Debe mantener confidencialmente la información de identificación personal

obtenida en el curso de servicio profesional, a menos que la divulgación sirva para propósitos profesionales o sea requerido por la ley.

4. La obligación hacia el público requiere que la persona: a. Debe tomar precauciones razonables para distinguir entre las opiniones personales

y aquellas de cualquier institución educativa u organización con la que está afiliada. b. No debe distorsionar o falsificar intencionadamente hechos relacionados con un

asunto educativo en expresión pública directa o indirecta. c. No debe usar privilegios institucionales para ganancia o ventaja personal. d. No debe aceptar gratificaciones, regalos o favores que puedan influir en su juicio

profesional. e. No debe ofrecer gratificaciones, regalos o favores para obtener ventajas especiales.

5. La obligación de la profesión educativa requiere que la persona: a. Debe mantener honestidad en todas las relaciones profesionales. b. No debe negar a un colega beneficios o ventajas o la participación profesional en

alguna organización profesional por motivos de raza, color, religión, sexo, edad, origen nacional o étnico, creencias políticas, estado civil, condición de discapacidad si es calificado de otra manera o el origen social y familiar

c. No debe interferir con el ejercicio de los derechos y responsabilidades políticas o civiles de un colega.

d. No debe involucrarse en acoso o una conducta discriminatoria que interfiera irrazonablemente con el desempeño de las responsabilidades profesionales o de trabajo de una persona o con los procesos ordenados de la educación o que cree un ambiente hostil, intimidatorio, abusivo, ofensivo o de opresión; y además debe hacer esfuerzos razonables para asegurar que cada persona esté protegida de este tipo de acoso o discriminación.

e. No debe hacer declaraciones maliciosas o intencionalmente falsas acerca de un colega.

f. No debe usar medios coercitivos o prometer tratamiento especial para influir en los juicios profesionales de los colegas.

g. No debe tergiversar sus calificaciones profesionales. h. No debe presentar información fraudulenta en ningún documento en relación con

actividades profesionales. i. No debe hacer ninguna declaración fraudulenta o revelar un hecho material en la

solicitud para una posición profesional propia o ajena. j. No debe retener información a un solicitante con respecto a una posición o falsificar

una asignación o condiciones de empleo.

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k. Debe proveer a petición de la persona certificada una declaración escrita de la razón específica para las recomendaciones que conduzcan a la negación de los incrementos, cambios significativos en el empleo o la terminación del empleo.

l. No debe ayudar a entrar o a permanecer en la profesión a una persona que se sabe que está no calificada de acuerdo con estos Principios de Conducta Profesional de la Profesión Educativa en la Florida y otros Estatutos de la Florida aplicables y la Junta Estatal de Reglas de Educación.

m. Debe auto informar en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas a las autoridades apropiadas (según lo determina el distrito) todo arresto/cargos relacionados con el abuso de un niño o la venta y/o posesión de una sustancia controlada. Dicha notificación no se considerará una admisión de culpabilidad ni será admisible para ningún propósito en ningún procedimiento, civil o penal, administrativo o judicial, de investigación o de adjudicación. Además, debe auto informar cualquier condena, hallazgo de culpabilidad, retención de adjudicación, compromiso con un programa de desviación previo al juicio, o entrar en una declaración de culpabilidad o “Nolo Contendre” (no refutar los cargos) por un delito criminal que no sea una violación menor de tráfico dentro de cuarenta y ocho ( 48) horas después del juicio final. Cuando se manejan archivos sellados y expurgados revelados bajo esta regla, los distritos escolares deben cumplir con las disposiciones de confidencialidad de las Secciones 943.0585 (4)(c) y 943.059(c) (4), Estatutos de la Florida.

n. Debe informar a las autoridades competentes de cualquier alegación conocida de una violación del Código Escolar de la Florida o la Junta Estatal de las Reglas Educativas como se define en la Sección 1012.795(1), Estatutos de la Florida.

o. No debe buscar ninguna represalia contra ninguna persona que haya reportado alguna denuncia de violación del Código Escolar de la Florida Junta Estatal o de las Reglas Educativas como se define en la Sección 1012.795(1), Estatutos de la Florida.

p. Debe cumplir con las condiciones de una orden de la Comisión de Prácticas Educativas.

q. Debe, como el administrador de supervisión, cooperar con la Comisión de Prácticas Educativas en la vigilancia de la libertad condicional de un subordinado.

Autoridad de Reglamentación 1001.02, 1012.51, 1012.53 FS. Ley Implementada 1012.32, 1012.34, 1012.51, 1012.53,

1012.795, 1012.796 FS. Historia-Nuevo 7-6-82, Enmendado 12-20-83, Anterior 6B-1.06, Enmendado 8-10-92, 12-

29-98, Anterior 6B-1.006.

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DECLARACIÓN DE NO DISCRIMINACIÓN

Ningún empleado, estudiante o solicitante para admisión o solicitante para empleo puede ser excluido de participar, ser negado de beneficios o ser sujeto a discriminación en ningún programa educativo, actividades, servicios, o en cualesquiera condiciones de empleo, políticas o prácticas, llevadas a cabo por el Sistema de Escuelas Públicas del Condado de Polk en base a su raza, color, origen nacional, sexo, idioma hablado, falta de vivienda, discapacidad, información genética, estado civil, edad, religión, o cualquier otra razón prohibida por la ley

Para ver el texto completo de esta política favor de visitar el sitio web de la Junta Escolar del Condado de Polk www.polk-fl.net: palabra clave: Board Policy

ACOSO A EMPLEADOS EN EL LUGAR DE TRABAJO

La Junta Escolar del Condado de Polk prohíbe la discriminación contra cualquier empleado, solicitante de empleo o estudiante en base a su sexo o raza. La Junta no tolerará la actividad de acoso sexual/racial por parte de ninguno de sus empleados. Esta política se aplica también a los voluntarios que no son empleados que trabajan sujetos al control de las autoridades escolares.

El Acoso u Hostigamiento Sexual consiste de insinuaciones sexuales no solicitadas, solicitud de favores sexuales y otra conducta inapropiada verbal, no verbal, escrita, gráfica o física de naturaleza sexual cuando:

· la sumisión a dicha conducta se hace, ya sea explícita o implícitamente, como término o condición de empleo o de la educación de una persona.

· la sumisión o rechazo a dicha conducta por una persona es usada como base para el empleo o la decisión académica afectando a esa persona.

· dicha conducta interfiere sustancialmente con el rendimiento del trabajo del empleado o el rendimiento académico del estudiante, o crea un ambiente de trabajo o escolar intimidante, hostil u ofensivo.

El acoso sexual, según definido arriba, puede incluir pero no está limitado a lo siguiente: · acoso o abuso verbal, no-verbal, gráfico, y escrito; · presión por actividad sexual; · comentarios repetidos a una persona con implicaciones sexuales o humillantes; · contactos o toques no deseados o inapropiados; · sugerencias o demandas de envolvimiento sexual acompañadas de amenazas implícitas o

explicitas concernientes a su empleo.

El acoso racial consiste en conducta verbal, no verbal, gráfica, escrita o física que denigra o muestra hostilidad o aversión hacia un empleado basado en su raza cuando dicha conducta tiene el propósito o efecto de crear un ambiente de trabajo intimidante, hostil u ofensivo, o cuando dicha conducta tiene el propósito o efecto de interferir irrazonablemente con el rendimiento del trabajo de la persona o sus oportunidades de empleo. El acoso racial según definido arriba puede incluir pero no está limitado a la siguiente conducta la cual está basada en la raza:

· epítetos e insultos · material escrito o gráfico que muestra hostilidad o aversión hacia un individuo o grupo · estereotipos negativos · amenazas, intimidación o actos hostiles

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El acoso por discapacidad es una conducta oral, escrita, gráfica, o física o cualquier acto relativo a la discapacidad de una persona que es suficientemente severa, penetrante o persistente que limita o interfiere con la habilidad del individuo a participar en o a beneficiarse de las actividades o programas del distrito, acoso que tiene el efecto de interferir irrazonablemente con el rendimiento del empleado o crear un ambiente de trabajo intimidante, hostil u ofensivo.

Ejemplos de acoso por discapacidad, incluyen pero no están limitados a conducta dirigida a las características de la condición de discapacidad de una persona tales como:

· imitar su manera de hablar; · interferir con un equipo necesario; · estereotipo negativo; · actos amenazantes, intimidantes u hostiles; · material escrito o gráfico que muestra aversión u hostilidad hacia un individuo o grupo con

actitudes de discapacidad.

PROHIBICIONES ESPECÍFICAS Es acoso sexual que un empleado de la Junta Escolar o voluntario no-empleado use su autoridad para solicitar favores sexuales o atención de sus subordinados o estudiantes, incluyendo pero no limitado a incidentes cuando el subordinado o el estudiante se niegue a someterse y esto resulte en tratamiento adverso, o cuando el consentimiento del subordinado o estudiante resulte en trato preferencial. Es acoso racial que un empleado de la junta escolar o voluntario no-empleado cree o sea responsable de un ambiente racialmente hostil – Ej. conducta de acoso que es suficientemente severa, penetrante o persistente tan lejos como para interferir con o limitar la habilidad de un empleado o estudiante a participar en o a beneficiarse de los servicios, actividades, o privilegios provistos por el distrito. Es acoso por discapacidad cuando un empleado de la Junta Escolar o voluntario no-empleado busca envolver a un estudiante o a un empleado con una discapacidad en una actividad antisocial, peligrosa o criminal donde el estudiante o empleado por razón de una discapacidad es incapaz de comprender totalmente o consentir al comportamiento PROCEDIMIENTOS Cualquier persona que alega acoso o discriminación sexual/racial por algún miembro del personal puede usar el Procedimiento de Queja de Igualdad Educacional o puede quejarse directamente a su supervisor o la Oficina de Equidad y Cumplimiento. Si el administrador o supervisor directo es la persona ofensora, el informe debe hacerse al administrador o supervisor más alto que sigue o a la Oficina de Oficina de Equidad y Cumplimiento. El someter una querella/queja o reportar acoso sexual/racial no afectará el estatus del individuo, empleo futuro, promoción futura, actividades extracurriculares o asignaciones de trabajo. Las represalias en contra de cualquier individuo que en buena fe reporta o acoso no serán toleradas y será sujeto a la disciplina apropiada. El derecho a la confidencialidad, tanto del que se queja como del acusado, será respetado, consistente con las obligaciones legales de la Junta, y con la necesidad de investigar las alegaciones de mala conducta y tomar la acción correctiva cuando esta conducta ha ocurrido. Para determinar si la alegada conducta constituye acoso sexual/racial, la totalidad de las circunstancias, la naturaleza de la conducta y el contexto en el cual la alegada conducta ocurrió será investigada. El/la Superintendente o su designado tienen la responsabilidad de investigar y resolver las quejas de acoso sexual/racial.

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Un cargo comprobado en contra de un empleado de la Junta Escolar someterá al empleado a acción disciplinaria incluyendo pero no limitado a advertencia, reprimenda, suspensión o terminación, sujeto a los requisitos de procedimientos aplicables.

Cualquier empleado, solicitante de empleo, estudiante o solicitante de admisión que crea ha sido discriminado o acosado se le anima a usar los procedimientos de queja establecidos por el Distrito o a contactar directamente a su supervisor/o director de la escuela o la Oficina de Equidad y Cumplimiento directamente a:

Carol Wynn-Green, Analys Equity & Compliance Human Resource Services 1915 South Floral Avenue Bartow, FL 33830 Teléfono: 863-534-0513 FAX: 863-534-0737 Correo Electrónico:[email protected] (Nota: El término "acoso racial" en esta política se refiere a todas las formas de discriminación prohibidos por Título VI-raza, color y origen nacional) Ver la Política de la Junta Escolar 1362, 3362, 4362, 1362.02, 3362.02, 4362.012

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LEY DE TRANSFERENCIA Y RESPONSABILIDAD DE SEGUROS MÉDICOS 1996 (HIPAA por sus siglas en inglés)

HIPAA

· Ley Federal - Ley de Transferencia y Responsabilidad de Seguros Médicos (HIPAA) · Propósito - Reforma del Seguro Médico · Provee Portabilidad para los Empleados y sus familias cuando cambian o pierden sus empleos · Provee Seguridad y Privacidad de los Datos de Salud · Establece Sanciones Criminales y Civiles para Violaciones

CUMPLIMIENTO

· En la medida requerida por la ley, la Junta Escolar del Condado de Polk, Florida, cumplirá con HIPAA.

PRIVACIDAD - INFORMACIÓN DE SALUD PROTEGIDA (PHI por sus siglas en inglés)

· PHI es información médica confidencial que contiene "identificadores" de los estudiantes o empleados en cualquier forma: electrónica, papel u oral.

· Información de Salud Individual Identificable (IIHI) es información sobre la salud física o mental de una persona que identifica o puede razonablemente identificar a la persona, es decir su nombre, número de seguro social, fecha de nacimiento, etc.

· PHI no será compartida ni discutida con personas que no tengan la autoridad adecuada para recibir información confidencial, ya sea en el trabajo o fuera del trabajo.

· Los registros y la información de empleados que incluyen PHI son confidenciales. · Los registros y la información de estudiantes que incluyen PHI son confidenciales. · Los registros de los estudiantes son confidenciales y están cubiertos por la Ley de Derechos y Privacidad Educativos

de la Familia (FERPA por sus siglas en inglés). · En caso de duda, no discuta o distribuya ningún registro e información confidencial del estudiante o PHI a terceros.

Pregunte a su supervisor antes de tomar cualquier decisión para discutir o revelar información sensible.

DERECHOS DE LOS EMPLEADOS · Notificación de Prácticas de Privacidad · Derecho a Restringir el Uso y Divulgación de PHI · Derecho de Acceso/Derecho a Inspeccionar y copiar su PHI · Derecho a Enmendar PHI · Derecho a presentar Quejas ante la Junta Escolar del Condado de Polk, Florida, y/o el Secretario del Departamento de

Salud y Servicios Humanos

DIVULGACIÓN Y VIOLACIONES

· Las sanciones por la divulgación pueden incluir multas de $50.000 - $ 250.000 y prisión de hasta 10 años. · Las sanciones por incumplimiento pueden incluir multas de hasta $1,000 por ocurrencia: multas de hasta un máximo

de $25.000 por año. · Las violaciones puede dar lugar a acciones disciplinarias, hasta e incluyendo la terminación del empleo. Además, las

violaciones pueden ser procesadas bajo la ley estatal y/o federal.

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LUGAR DE TRABAJO LIBRE DE DROGAS En cumplimiento con la Ley de Lugar de Trabajo Libre de Drogas de 1988, la Junta Escolar del Condado de Polk publica un informe anual notificando a los empleados que la posesión ilegal, uso o distribución de drogas ilícitas y de alcohol por parte de los empleados está prohibido. Esto incluye cualquier actividad relacionada con la escuela fuera de las instalaciones de la Junta Escolar. Para facilitar el cumplimiento de la política, luego de una oferta de trabajo por la Junta Escolar del Condado de Polk, se requerirá que todos los solicitantes de empleo tomen y pasen una prueba de drogas. Los empleados actuales serán examinados para detectar drogas y/o alcohol en cualquiera de los siguientes casos: 1) una sospecha/causa razonable; 2) después de un accidente/lesión todos los empleados involucrados en cualquier forma en algún accidente se haya producido una lesión corporal o no de todas maneras serán examinados; 3) exámenes al azar para los empleados bajo el Departamento Federal de Transporte del Programa de Trabajo Libre de Drogas; 4) seguimiento después que un empleado regresa de un tratamiento de drogas o programa de orientación/consejería; y 5) como parte de un examen de una rutina de “fitness” de deber, si es requerido por la Junta Escolar del Condado de Polk. La negativa a someterse a las pruebas luego de que se le soliciten, por cualquiera de las razones autorizadas, someterá al empleado a las mismas consecuencias disciplinarias que resultarían con un resultado positivo de la prueba incluyendo despido por causa, negación de beneficios de desempleo, negación de Compensación de Empleados y beneficios médicos e indemnización. Cualquier empleado que viole la política será inmediatamente suspendido por el/la Superintendente de Escuelas, y el/la Superintendente es ordenado/a a informar cualquier violación a la Junta Escolar para tomar acción, lo que podría dar lugar a la terminación del empleo. El incumplimiento por parte de cualquier empleado de la Junta Escolar de informar de una violación conocida de esta política constituirá un acto de insubordinación y negligencia intencional de sus obligaciones. Los empleados deben ser conscientes de que el cumplimiento con la política de la Junta Escolar es obligatoria y los infractores serán referidos para su procesamiento. Hay Programas de Asistencia al Empleado disponibles contactando la Oficina de Relaciones de Empleados al (863) 534-0786. Ver Política de la Junta Escolar 3124

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REFERENCIAS ADICIONALES DEL DISTRITO Además de este Manual del Empleado, otras cuatro excelentes fuentes de referencia son: Políticas de la Junta Escolar Manuales de Escuelas/Departamentos Publicaciones/Sitios Web de Vacantes Acuerdos de Negociación Colectiva Políticas de la Junta Escolar Información acerca de nuestras políticas del distrito y de la junta escolar se puede acceder desde nuestro sitio Web en: www.polk-fl.net palabra clave: Board Policy Manuales de Escuelas/Departamentos Muchos departamentos del distrito producen un manual excelente e informativo referente a los servicios y procedimientos aplicables a sus departamentos. Las escuelas producen manuales/ folletos específicos para el campus y la población de la escuela individual. Estos manuales son una gran fuente de políticas y procedimientos específicos, materiales de instrucción disponibles, y asuntos del campus. Es importante tener en cuenta que todas las políticas y procedimientos en los manuales de escuela/departamento deben alinearse con los requisitos legales aplicables, la política de la junta escolar y los acuerdos de negociación colectiva. Acuerdos de Negociación Colectiva Para obtener información específica de su posición, consulte a su respectivo Acuerdo de Unidad de Negociación Oficial. Una copia de cada acuerdo está disponible para su lectura en cada escuela/ departamento o el sitio web en www.polk-fl.net. Los acuerdos son muy detallados con respecto a los procedimientos y disposiciones aplicables a su posición dentro del Distrito. Existen tres acuerdos con el Sistema de Escuelas Públicas del Condado de Polk:

PEA – Asociación de Educación de Polk - representa a los maestros, para-educadores y personal de apoyo educativo (clerical)

AFSCME Local 2227 – Representa a los empleados de mantenimiento, servicios de vehículos del almacén, almacén, EERS y servicio de alimentos.

AFSCME Concilio 79 – Representa los conductores de autobús y los ayudantes de los autobuses.

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MANUAL DEL EMPLEADO &

INFORMACIÓN DE BENEFICIOS

Sección 2 Políticas & Procedimientos

Arrestos Asistencia/Puntualidad

Certificación Cambio de Dirección Conflicto de Intereses

Correo Interno Código de Vestimenta

Correo Electrónico Programa de Asistencia al Empleado

Evaluaciones Lesión/Enfermedad en el Cumplimiento

del Deber Licencia para Ausencia Recaudación de Dinero

Operación de los Vehículos de la Junta Escolar

Registros del Personal Reasignaciones

Reciclaje/Conservación de Energía

Renuncias Retiro

Banco de Licencia por Enfermedad Suspensiones/Despidos

Política de Uso Aceptable de Tecnología Uso del teléfono

Licencia del Deber Temporera Ambiente Libre de Tabaco

Sustancias Tóxicas en el Trabajo Traslados

Licencia sin Paga/Beneficios a Empleados

Uso de la Propiedad de la Junta Escolar Vacantes/Procedimientos de Promoción

Voluntarios Armas/Armas de Fuego

Compensación a Empleados

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ARRESTOS Cualquier empleado, que es arrestado o acusado de algún delito, incluyendo conducir bajo la influencia del alcohol o sustancias controladas, debe notificar a su director de departamento o de la escuela de los presuntos cargos/acusaciones. El personal de instrucción debe auto informar en un plazo de 48 horas a las autoridades apropiadas (determinado por el distrito) todo arresto/cargos relacionados con el abuso de un niño o la venta y/o posesión de una sustancia controlada. Si se falla en auto informar puede resultar en una acción disciplinaria. Los Directores deben informar inmediatamente dicha información de arresto del empleado al Director de Escuelas Seguras, Servicios de Apoyo así como al Director “Senior” de Servicios de Recursos Humanos.

Ver Política de la Junta Escolar 1139 y 3139 ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD

Porque servimos al público, es bien importante llegar al trabajo a tiempo y estar presente cada día. El público espera y tiene derecho a exigir un servicio rápido y eficiente. Si tiene que estar ausente, es su responsabilidad notificar inmediatamente a su director o supervisor. Esto le permite a él/ella reasignar su trabajo y mantener un alto nivel de servicio. El ausentismo excesivo puede ser motivo de medidas disciplinarias o el despido. No podemos trabajar con la misma eficacia cuando un empleado está ausente. Además, favor de seguir los procedimientos establecidos en su departamento, división, etc.

Ver Política de la Junta Escolar 5200

CERTIFICACIÓN

La Oficina de Certificación del estado procesa las solicitudes de certificación inicial, ciertas adiciones y todos los demás servicios para los no empleados. La Oficina de Certificación del Distrito procesa ciertas renovaciones, adiciones, cambios de nombre y duplicados de certificados para los empleados del distrito. El formulario de usos múltiples del distrito está en los Folders Públicos de Intranet bajo “Human Resource Services” (Servicios de Recursos Humanos), “Forms” (Formularios). La Oficina de Certificación del Estado aprueba todos los cursos para fines de certificación. Los maestros deben llamar al número libre de costos 1-800-445-6739 con la siguiente información: nombre de la institución; el prefijo, el número y el título del curso y el requisito de certificación que están tratando de satisfacer al completar el curso. Esta línea está muy ocupada durante los períodos de inscripción, así que asegúrese de planificar con anticipación. Además, puede enviarnos un correo electrónico al Departamento de Educación de la Florida (FLDOE) en [email protected]. Favor de incluir su nombre y número de seguro social en su correo electrónico.

Es posible acceder a la página web FLDOE, http://www.fldoe.org/edcert/, para los siguientes servicios: Búsqueda de Certificación, Búsqueda del Estatus de la Solicitud, y Solicitar Materiales. Si hace clic en Búsqueda del Estatus de la Solicitud, se le pedirá que cree una Identificación de Usuario (Login I.D.) y una Contraseña. Una vez que esté en este sitio, podrá acceder a la siguiente información de su expediente de certificación: el estatus/progreso de su solicitud válida y la Declaración de Estatus de Elegibilidad; un registro de cualquier certificado de educador válido de la Florida que usted posea y las transcripciones oficiales, informe de resultados y la información recibida del distrito dentro del último año calendario.

Los maestros que tienen certificados temporeros de tres años no renovables deben seguir su Declaración de Estatus de Elegibilidad. Este documento es una lista individualizada de todas las

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deficiencias que debe cumplir para para que le expidan un Certificado Profesional. La ley estatal requiere que usted presente una calificación de aprobado en todas las secciones del examen de Conocimiento General dentro de los primeros doce meses de empleo. No obstante, nuestro distrito requiere que este proceso se complete antes del 1 de abril del año escolar contratado. La calificación de aprobación obtenida en el CLAST antes del 1ro de julio, 2002 son aceptables si la Declaración de Estatus de Elegibilidad se emitió antes de 1ro de julio, 2014. Si Declaración de Estatus de Elegibilidad se expidió después de 1ro de julio, 2014, el CLAST ya no es aceptable. Si la Declaración de Estatus de Elegibilidad refleja que tiene requisitos específicos de exámenes para cumplir, debe inscribirse en los exámenes en www.fl.nesinc.com. Para obtener más información acerca de los requisitos anotados en su Declaración de Estatus de Elegibilidad, puede visitar el sitio web FLDOE: http://www.fldoe.org/edcert/cert_types.asp.

Para propósitos de reempleo, todas las deficiencias señaladas en el Declaración de Estatus de Elegibilidad con excepción de Conocimiento General, debe ser completado y documentado en la oficina de Certificación del distrito no más tarde del 1ro de abril del año de vencimiento de su certificado temporero. Como una cortesía a nuestros maestros, la Oficina de Certificación del Distrito envía recordatorios a los maestros con certificados temporeros durante todo el período de validez del certificado.

Los maestros que tienen Certificados Profesionales de cinco años deben renovar su certificado cada cinco años. Durante el período de validez de este certificado, usted está requerido a obtener ya sea 120 puntos de entrenamientos en servicio incluyendo 20 puntos de enseñanza de los Estudiantes con Discapacidades (SWD por sus siglas en inglés) o seis horas de crédito universitario incluyendo una hora de semestre en la enseñanza de Estudiantes con Discapacidades (SWD). La información relacionada a los requisitos de renovación está disponible en el sitio web FLDOE: http://www.fldoe.org/edcert/renew.asp. La fecha más temprana que la Oficina de Certificación del Distrito aceptará su solicitud de renovación es el 1ro de enero del año antes de que su certificado profesional expire.

Como cortesía a nuestros maestros, la Oficina de Certificación del Distrito notifica a los maestros de los certificados profesionales que expiran y les provee la solicitud de renovación. La notificación de los certificados profesionales que expiran se envía en enero del año antes de que su certificado profesional expire.

Si está enseñando fuera de su campo, deberá presentar a la oficina de certificación del distrito o al Departamento de Educación de la Florida (dependiendo del tipo de certificado que posea) para su fecha de aniversario cada año, prueba de seis créditos de semestre en un área autorizada, o el equivalente de los cursos obtenidos o una calificación aprobatoria en el examen de la materia apropiada y la solicitud para añadir.

Cuando se obtiene un grado más alto en una institución acreditada, debe presentar un certificado oficial con el grado más alto conferido a la Oficina de Certificación del Distrito en la División de Servicios de Recursos Humanos. Si la concentración de su grado parea con un área de certificación en su certificado, pueden efectuarse un cambio de salario tan pronto como se reciban y procesen las transcripciones oficiales, por el Convenio Colectivo, por la División de Servicios de Recursos Humanos. La Junta Escolar del Condado de Polk (PCSB por sus siglas en inglés) acepta todos los diplomas y títulos de fuentes acreditadas o aprobadas por el Departamento de Educación de la Florida, incluyendo instituciones extranjeras. En otras palabras, el Departamento de Educación de la Florida requiere que el PCSB rechace cualquier título o grado fraudulento o cuestionable de una fuente

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desacreditada. Presentar un diploma o título sin valor constituye justa causa para despido debido a que viola los Principios de Conducta Profesional.

CAMBIO DE DIRECCIÓN

Los empleados actuales que necesitan informar un cambio de dirección pueden hacerlo accediendo a la página web de la Junta Escolar del Condado de Polk en polk-fl.net. Inicie la sesión en el Portal del Personal y siga las instrucciones para el cambio de dirección. Los cambios de dirección de personas que no son empleados de la Junta pueden ser solicitados por escrito. Las solicitudes pueden ser enviadas a: School Board of Polk County, Human Resource Services PO Box 391, Bartow, Florida 33831. La solicitud debe incluir el nombre del empleado, número de SAP, dirección/número de teléfono anterior y la nueva dirección/número de teléfono y una firma que autorice este cambio. Los cambios de nombre deben reflejarse en su tarjeta de Seguro Social y una copia de su tarjeta nueva debe ser enviada a su Asistente de Personal en la División de Servicios de Recursos Humanos.

CONFLICTO DE INTERESES

Cualquier empleado de la Junta Escolar que también trabaja para una organización que tiene negocios con la Junta Escolar debe revelar por escrito un acuerdo contractual de este tipo al/ a la Superintendente. El/la Superintendente puede aprobar una disposición de este tipo; no obstante, si el/la Superintendente determina que la relación es un conflicto de intereses, él/ella pedirá que el/la empleado/a termine su empleo con la organización o la Junta Escolar.

Ver Política de la Junta Escolar 1131, 3129 y 4129

PROCEDIMIENTOS Y DIRECTRICES DEL CORREO INTERNO (Courier).

El correo interdepartamental se entrega a las instalaciones relacionadas del distrito escolar a través del servicio de correo interno. El correo interno maneja tanto la correspondencia del distrito como la del correo de E.U. Es importante tener en cuenta que el servicio de correo interno provisto por el distrito está destinado para el correo relacionado con el distrito solamente, y los empleados no deben usar el servicio de correo interno para enviar correspondencia o paquetes de carácter personal. Favor de seguir las siguientes recomendaciones al usar el servicio de correo interno:

· Los sobres o paquetes deben estar claramente marcados con el nombre del destinatario, lugar de trabajo y la designación de la ruta del correo interno junto con el nombre y el lugar de trabajo del remitente. Favor de abstenerse de usar abreviaturas. Los paquetes o sobres no marcados claramente no pueden ser entregados.

· Cuando se envíe una gran cantidad de cartas por correo de E.U., el remitente debe ponerse en contacto con la oficina de correo interno para determinar si son o no apropiadas las tarifas de cargas masivas de correo.

· Cuando se usen los servicios nocturnos (FedEx, UPS, o el Servicio Postal de EE.UU.), evalúe la necesidad de usar el servicio expreso por avión durante la noche. El envío de un paquete o carta expreso por avión durante la noche a ciudades en la Florida generalmente no es necesario y es muy caro. Las cartas y los paquetes pueden ser entregados por transporte terrestre durante la noche a un costo significativamente menor.

· Paquetes de más de 20 libras no pueden ser entregados por el servicio de correo interno. · Los mensajeros no pueden esperar a que se procese el correo en las paradas. La

correspondencia saliente debe estar en el lugar designado antes de la llegada del correo.

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· Las rutas del correo interno se publican anualmente y se proveen al comienzo de cada año escolar. Las rutas también se pueden acceder a través de Intranet de la Escuelas Públicas del Condado de Polk bajo Servicios de Apoyo (Support Services).

· Para obtener información o ayuda adicional, llame a la oficina de Correo Interno al (863) 534-0702 o 51500.

CÓDIGO DE VESTIMENTA

Nuestro distrito tiene un fuerte énfasis en los uniformes y códigos de vestimenta para nuestros estudiantes. Todos los empleados pueden ayudar modelado buenas opciones a través de la vestimenta apropiada y profesional. La nitidez y la limpieza también son importantes. Los maestros son modelos para los estudiantes. Cada maestro deberá mantener una apariencia nítida, adecuada y profesional para su asignación específica de enseñanza. Las camisas de uniforme serán provistas y deben ser usadas por los empleados cubiertos por AFSCME o términos específicos de su posición.

Ver Política de la Junta Escolar 1216, 3216 y 3216

CORREO ELECTRÓNICO (EMAIL) Las cuentas de correo electrónico (e-mail) de las Escuelas del Condado de Polk son otorgadas a los empleados. Las cuentas deben ser usadas para mejorar la comunicación para las funciones relacionadas con el trabajo. El uso de cuentas de correo electrónico debe estar en apoyo a la educación y/o investigaciones que sean consistentes con los objetivos y políticas educativas de la Junta Escolar del Condado de Polk. Al empleado, en cuyo nombre se emite la cuenta es responsable en todo momento de su uso apropiado. El comportamiento que sea inconsistente con esta política puede resultar en una acción disciplinaria, que puede incluir el posible despido o acción legal. La mayoría de las comunicaciones electrónicas es un asunto de interés público y nunca debe considerarse privado o seguro. Bajo la ley de Florida, las direcciones de correo electrónico son de dominio público. Por favor, consulte la Política de Uso Aceptable de Tecnología que se encuentra más adelante en este manual y www.polk-fl.net (palabra clave: Technology Policies).

Ver Política de la Junta Escolar 7540.05

PROGRAMA DE ASISTENCIA AL EMPLEADO Como un beneficio para todos los empleados y sus dependientes, la Junta Escolar ofrece un Programa de Asistencia al Empleado (PAE) que está diseñado para ayudar a los empleados y sus familiares a enfrentar problemas personales que pueden estar afectando su calidad de vida. Nivelar las necesidades entre el trabajo y la vida es un desafío que todos enfrentamos. Su Programa de Asistencia al Empleado de Recursos Aetna para la Vida (anteriormente Horizon Health) provee servicios gratuitos y confidenciales para enfrentar los problemas personales que están afectando su calidad de vida, ofrece consulta profesional para sus preguntas legales/financieras, o para ayudar a localizar el cuidado de ancianos , cuidado de niños, servicios de necesidades especiales, y mucho más. Para obtener más información acerca de este valioso beneficio, favor de visitar http://www.polk-fl.net/staff/employeeinfo/eap. Puede acceder a su EAP llamando al 1-800-272-7252.

Ver Política de la Junta Escolar 1170.01, 3170.01 y 4170.01

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EVALUACIONES

El distrito cuenta con un sistema para evaluar el desempeño de los maestros y otro personal de instrucción que están cubiertos por un acuerdo de negociación colectiva. Los propósitos principales de los procesos del sistema de evaluación de maestros son seguridad en la calidad (incremento en el crecimiento de aprendizaje del estudiante) y el aprendizaje profesional (mejoras en la calidad de la instrucción). La evaluación de maestros debe ser un proceso positivo y continuo que requiere tiempo, esfuerzo y la franqueza de tanto los maestros como de sus administradores. El proceso debe centrarse en el logro del estudiante al ayudar a los maestros a ser más eficaces en la aplicación de estrategias de instrucción de alta probabilidad derivadas de la investigación educativa contemporánea.

Componentes de la Evaluación a Maestros del Salón de Clases La Calificación de la Evaluación de la Etapa 2 de todos los maestros del salón de clases se basa en "puntos ganados" relacionados con los siguientes elementos: Rendimiento Académico del Estudiante Los maestros del salón de clases son calificados y se le asignan puntos de forma individual para este componente de evaluación. Los datos de rendimiento de los estudiantes de las evaluaciones del estado o evaluaciones seleccionadas/desarrolladas por el Distrito para los estudiantes matriculados durante la Encuesta 2 y 3 en los cursos enseñados por el maestro serán usados para determinar los valores de los puntos asignados al maestro en la determinación de la calificación del Rendimiento Académico del Estudiante. Práctica de instrucción Los maestros son calificados de forma individual y reciben puntos basados en la demostración de las prácticas de enseñanza basadas en la evidencia vinculada directamente a las Prácticas Ejecutadas de Educadores de la Florida. Las calificaciones de las Prácticas de Enseñanza se derivan de los puntos obtenidos por cada EPC y combinados con puntos otorgados por contexto situacional del maestro (multi-métrica). Un proceso de Auto-Evaluación correspondiente a las prácticas y comportamientos de enseñanza basadas en la evidencia (vinculado directamente con las Prácticas Ejecutadas de Educadores de la Florida) es completado por el maestro de la clase. Cada maestro analiza los EPCs y rúbricas relacionadas. Después de reflexionar sobre sus prácticas tal como se expone en la descripción de la rúbrica, el maestro se califica a si mismo de acuerdo a cada EPC. Los puntos de la rúbrica se suman. Los maestros se evalúan a sí mismos de forma individual.

Evaluación a Personal de Instrucción que No Está en el Salón de Clases El personal de instrucción que no está en el salón de clases son aquellas personas quienes por la naturaleza de su puesto de trabajo no tienen salones de clases tradicionales, pero sirven una "carga de trabajo" de estudiantes, personal o familias. Además, a menudo no son directamente responsables de la enseñanza del contenido ni de las evaluaciones estandarizadas del estado que miden directamente su impacto en los estudiantes. Si la asignación de instrucción de un maestro no es en el salón de clases, él o ella se considera Personal de Instrucción que no está en el Salón De Clases. Las evaluaciones del Personal de Instrucción que no está en el Salón De Clases se componen de tres elementos: · Práctica de Enseñanza · Objetivo Individual o Absolutos de Biblioteca/Especialista de Medios (Multi-Métrico) · Rendimiento Académico del Estudiante

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Evaluación a Personal No Docente Todo el personal no docente en el distrito escolar tendrá acceso a través de Intranet > Professional Development > Non-Instructional Assessment > Evaluation Information, a una copia del manual de evaluación del personal no-docente, el cual incluye los formularios y procedimientos de evaluación para llevar a cabo la evaluación.

(Fuente: Manual del Sistema de Evaluación de Maestros)

LESIONES Y ENFERMEDADES EN EL CUMPLIMIENTO DEL DEBER

Se concede licencia por lesión/enfermedad en el Cumplimiento del Deber por un máximo de hasta 10 días por año cuando un empleado (elegible para beneficios) está ausente debido a una lesión personal que se produjo durante el trabajo o debido a una enfermedad contagiosa o infecciosa contraída durante el trabajo. Enfermedad infecciosa o contagiosa se refiere a aquella usualmente relacionadas con los niños, tales como sarampión, varicela, paperas, etc.

Para poder ser elegible para esta protección, la lesión debe ser informada a la aseguradora de Compensación de Trabajadores. El tratamiento debe ser provisto por un médico aprobado por Compensación de Trabajadores. Siempre que sea posible, se espera que las citas médicas sean coordinadas entre el empleado, la aseguradora de Compensación de Trabajadores y la oficina del médico para interrumpir lo menos posible el día normal de trabajo. La enfermedad/lesión en el Cumplimiento del Deber debe ser presentada dentro de los plazos descritos en el contrato de negociación colectiva del empleado o dentro de 24 horas para los trabajadores sin negociación. El empleado debe presentar documentación del médico de Compensación de Trabajadores para que el tiempo sea aprobado. Contacte el Departamento de Gestión de Riesgos para obtener información adicional.

Ver Política de la Junta Escolar 8442

LICENCIA O PERMISO PARA AUSENCIA A menos que la ley especifique lo contrario, la licencia o el permiso se concede a discreción de la Junta Escolar. Las políticas acerca de la licencia están diseñadas para proteger el funcionamiento de la escuela de interrupciones innecesarias debido a ausencias. Cuando los empleados solicitan para una licencia, deben llenar el formulario correspondiente e incluir por escrito la razón para solicitar la licencia. La Junta Escolar puede cancelar la licencia si se usa para un propósito o una causa diferente. Generalmente la licencia se concede con anticipación, no retroactiva. No obstante, las situaciones de emergencia que no pueden anticiparse se consideran "concedidas" de antemano si se informan inmediatamente. Se puede presentar una nueva solicitud cuando expire la licencia, la nueva licencia será concedida a discreción de la Junta Escolar. La persona con la licencia de ausencia es responsable de solicitar una renovación; no es automática. Si no se solicita una renovación, el empleo se dará por terminado.

Tipos de licencia

· Escuela “Charter” · Licencia por Violencia domestica · Licencia Médica Familiar · Enfermedad en el Cumplimiento del Deber · Servicio de Jurado

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· Licencia médica · Militar · Profesional · Asignación Provisional

Vacaciones La política de vacaciones para empleados de 12 meses con años continuos acreditables de servicio es:

o 0-5 años: 13 días por año o 6-10 años: 16¼ días por año o Más de 10 años: 19½ días por año

La cantidad de años acreditados para vacaciones deberá haberse pasado en el Condado de Polk. Sólo se usaran años cuando el empleado estaba trabajando 10 meses o más. Cualquier interrupción de servicio de más de tres días sin licencia romperá la continuidad y el empleado debe comenzar en cero años si es re-empleado.

Los empleados no pueden llevar más de 40 días de vacaciones al próximo año calendario.

El tiempo de vacaciones debe ser aprobado por el/la Superintendente o su designado y debe planificarse de manera que el funcionamiento normal de la escuela o el departamento no se vea afectado. El pago de vacaciones será la tarifa diaria actual de pago del empleado. El número de horas de enfermedad y vacaciones que una persona ha acumulado aparece en cada recibo de sueldo y se convierten en días según el número de horas trabajadas por día. Para obtener información adicional sobre los requisitos y procedimientos de las Licencias o Permisos de Ausencia, favor de referirse a la Sección de Información de Nómina de este manual. La información detallada con respecto a la política de licencia puede encontrarse en su respectivo Acuerdo de Negociación. Las copias están disponibles en su lugar de contratación o en la página web de la Junta Escolar del Condado de Polk en www.polk-fl.net. RECAUDACIÓN DE DINERO Todo dinero recaudado de cualquier fuente debe anotarse en un Formulario de Informe de Dinero Recolectado. Este formulario sirve como un registro de los pagos de los estudiantes de cuotas, libros de texto, anuarios, alquileres, etc. El formulario elimina la necesidad de recibos individuales a los estudiantes. Si un estudiante o sus padres insisten en un recibo, el estudiante debe ser enviado a la secretaria de finanzas para realizar el pago. Todos los Formularios de Informe de Dinero Recolectado se procesan en triplicado. No separe el formulario. Cada formulario está numerado, y la escuela es responsable por cada formulario. Si se hace necesario anular un Formulario de Informe de Dinero Recolectado, escriba “void” en él y devuélvalo a la secretaria de finanzas. El Formulario de Informe de Dinero Recolectado debe ser llenado, firmado, fechado y entregado a la secretaria de finanzas con el dinero recogido. La secretaria de finanzas también debe firmar y fechar el Formulario de Informe de Dinero Recolectado y devolvérselo a usted con un Recibo Oficial adjunto. Su copia del Formulario de Informe de Dinero Recolectado y el Recibo Oficial debe mantenerse en un lugar seguro. Todo el mundo está sujeto a una auditoría por el Auditor Interno de la Oficina del Distrito.

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Todos los cheques deben hacerse a nombre de la escuela. Favor de poner el nombre del estudiante en el cheque si es diferente a la información pre-impresa. Favor de poner en el cheque el número de cuenta a la cual el dinero será depositado en el registro de entrada. Todo el dinero recaudado debe ser entregado a la oficina diariamente con el Formulario de Informe de Dinero Recolectado como se ha descrito anteriormente. Siga estos procedimientos para evitar una posible suspensión y/o despido del empleo. OPERACIÓN DE VEHÍCULOS DE LA JUNTA ESCOLAR A algunos empleados, como parte de sus funciones, se les asignan vehículos de la Junta. Estos vehículos son usados para asuntos de la junta escolar solamente. Deben usarse los cinturones de seguridad en todo momento en los vehículos de la junta que están equipados con ellos. Algún empleado que tenga un vehículo del condado asignado y adquiera excesivas infracciones de tránsito está sujeto a medidas disciplinarias y puede tener sus privilegios de conducir cancelados. Esto podría causar el despido de su empleo. Ver Política de la Junta Escolar 8651

REGISTROS DEL PERSONAL Los registros de personal/empleo se procesan y se mantienen en la División de Servicios de Recursos Humanos. Todos los archivos del personal son registros públicos y como tales están disponibles para la inspección pública. Si desea revisar su archivo personal, favor de contactar a la División de Servicios de Recursos Humanos para una cita. La Junta Escolar exime automáticamente cierta información personal confidencial y sensible, como números de seguro social e información médica, de su archivo personal antes de la divulgación pública de acuerdo con la Ley de Registros Públicos. Una agencia que es el custodio de la información personal especificada debe mantener el estatus de excepción de la información personal sólo si el funcionario, empleado, juez u otra persona, o la agencia de empleo del empleado designado, envía una solicitud por escrito para que se mantenga la exención a la agencia de custodia. Si actualmente usted es empleado de la Junta Escolar, que es ya sea un empleado activo o ex empleado en una de las categorías anteriores, y/o usted es el cónyuge o un hijo de un empleado activo o ex empleado, podría ejercer su derecho a la exención de ciertas leyes de Registros Públicos. Si decide eximir a su dirección y número de teléfono de todas las listas públicas de la Junta Escolar, favor de llenar la solicitud del Formulario de Solicitud Exención de Archivo Personal y devolverlo a su Director/Supervisor para someterlo a la División de Servicios de Recursos Humanos. Para más información acerca de esta exención escrita o para ver si califica, consulte el Estatuto de Florida 119.071. Si califica, tendrá que completar por escrito el Formulario de Solicitud Exención de Archivo Personal; que se mantiene en la intranet de la página web del distrito (Human Resource Services Division/Personnel/Forms). Si necesita ayuda adicional, favor de contactar a su supervisor o a Servicios de Recursos Humanos. La División de Servicios de Recursos Humanos debe ser notificada por escrito de cualquier cambio en el estatus personal, tales como cambios de nombre, dirección o estado civil. Favor de notificar al Departamento de Gestión de Riesgos en relación a cualquier cambio en beneficiario del seguro de vida y/o cambios en el número dependientes.

Ver Política de la Junta Escolar 1590, 3590 y 4590

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REASIGNACIONES

En caso de que la administración determine que debe ocurrir un traslado involuntario a otra escuela o lugar de contratación, el empleado deberá ser notificado de la decisión por escrito. Para información más detallada, favor de referirse a su respectivo Convenio de Negociación Colectivo.

RECICLAJE Y CONSERVACIÓN DE ENERGÍA

Nuestros empleados están comprometidos con la conservación de energía, reducción de residuos y el reciclado siempre que sea posible. Por favor, haga su parte usando los contenedores especiales de reciclaje ubicados en nuestros planteles para los residuos de papel, latas de aluminio, botellas de plástico y otros materiales reciclables. Apague las luces y equipos cuando se encuentre lejos de su área de trabajo para ayudarnos a conservar. Para obtener más información acerca de los esfuerzos de reciclaje del distrito, llame al Programa de Reciclaje al 534-5052. Para más información acerca del Programa de Educación de Energía, llame a 534-0586.

Ver Política de la Junta Escolar 7460

RETIRO/JUBILACIÓN

Los empleados nuevos tienen aproximadamente cinco (5) meses a partir de su fecha de contratación para seleccionar entre dos planes de jubilación muy diferentes a través del Sistema de Retiro de la Florida (FRS por sus siglas en inglés), el Plan de Pensión o el Plan de Inversión. Mientras la Junta Escolar contribuye a la mayoría de los ahorros de jubilación de los empleados, actualmente el 3% se deduce automáticamente de los empleados antes de los impuestos, independientemente del plan elegido. Ambos planes tienen ventajas y desventajas. El plan que es mejor dependerá de su situación personal. El FRS ofrece recursos integrales de planificación financiera a través del Programa de Orientación Financiera www.MyFRS.com (número libre de costos 1-866-446-9377).

El Plan de Pensión es un plan definido de beneficios en el que a los miembros se les promete un beneficio continuo al momento del retiro si cumplen con ciertos requisitos de edad y/o de servicios. Este plan está diseñado para los empleados de servicio más largo que es probable que trabajen para un empleador cubierto por FRS toda o la mayor parte de su carrera. El monto del beneficio se determina por una fórmula, normalmente basada en los ingresos de los miembros, tiempo del servicio y el valor del servicio y en algunos casos la edad en la cual se solicitan los beneficios de jubilación.

El Plan de Inversión, ofrecido desde el año 2000, es un plan de contribución definida en el cual las contribuciones son hechas por el empleador y el empleado, a cuentas de los miembros individuales para generar fondos para su distribución al miembro al momento del retiro (terminación). Este plan está diseñado para los empleados que posiblemente trabajen para varios empleadores durante su carrera. Las cantidades de las contribuciones están determinadas por la Ley de Florida y son por lo general un porcentaje fijo del sueldo del empleado. Las inversiones generalmente son diseñadas por el empleado entre los productos de inversión ofrecidos por el plan. La cantidad de beneficios en la jubilación (terminación) es la suma que se acumula en la cuenta del miembro, basada en las contribuciones realizadas y las ganancias/pérdidas de la inversión. Es responsabilidad del miembro asegurar que se recauden fondos suficientes para proveer una jubilación adecuada. Adquisición de Derechos (“Vesting”) La adquisición de derechos se refiere a su derecho ganado de recibir un beneficio de jubilación cuando alcance la edad de jubilación normal o temprana, a pesar de que es posible que haya terminado antes de esa edad.

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Los miembros del plan de pensiones contratados antes del 1ro de julio 2011 adquieren sus derechos al finalizar seis (6) años de servicios acreditados. La jubilación normal es a los 62 años de edad o 30 años de servicio, independientemente de la edad. Si usted tiene por lo menos seis años de servicios acreditados, pero no ha alcanzado su edad de jubilación normal como se ha descrito anteriormente, puede acogerse a la jubilación temprana (dentro de 20 años de la edad normal de jubilación). La cantidad de su beneficio se reduce un 5% por cada año usted es menor de 62 años de edad.

Los miembros del Plan de Pensión contratados en o después del 1ro de julio 2011 adquieren sus derechos en o después de la finalización de los ocho (8) años de servicios acreditados. La jubilación normal es a los 65 años de edad o 33 años de servicio, independientemente de la edad. Si usted tiene por lo menos ocho años de servicios acreditados, pero no ha alcanzado su edad de jubilación normal como se ha descrito anteriormente, puede acogerse a la jubilación temprana (dentro de 20 años de la edad normal de jubilación). La cantidad de su beneficio se reduce un 5% por cada año usted es menor de 65 años de edad.

Bajo el Plan de Inversión de FRS, la adquisición de derechos se produce después de la finalización de un (1) año de servicio acreditado. Este beneficio se basa en el rendimiento de las inversiones o el progreso.

Preparación para la Jubilación para los Miembros del Plan de Pensión

Los miembros del plan de pensión pueden crear un Perfil de Usuario para acceder a su Cuenta de Servicios en Línea para ver el historial de salario, crédito de servicio y crear estimaciones a www.polk-fl-net, Búsqueda: “retirement”. Si se está preparando para jubilarse, se deben tomar ciertas medidas para asegurarse de que no habrá pérdida de beneficios para usted:

Decida Cuando Intenta Jubilarse Para ser elegible para los beneficios de FRS, primero debe terminar el empleo con la Junta Escolar. Los jubilados que deseen solicitar para ser re-empleados con un empleador de FRS están sujetos a restricciones de re-empleo y no pueden ser re-empleados por ningún empleador FRS por un mínimo de seis (6) meses y posiblemente hasta un (1) año después de su fecha de jubilación.

Solicitar un Estimado Dentro de un año de su fecha de retiro/terminación, se le anima a solicitar una auditoría de sus años de servicio, y puede solicitar una estimación de beneficios poniéndose en contacto con la Oficina de Retiro en el Departamento de Gestión de Riesgos y Beneficios u obteniendo el Formulario FR-9 de la página web de retiro (www.polk-fl.net, Buscar: “retirement”). La División de Retiro le enviará por correo la estimación de los beneficios. Esta estimación mostrará los beneficios de jubilación a los cuales tiene derecho. Solicitando los Beneficios por Jubilación De tres a seis meses antes de su fecha de jubilación, los miembros del Plan de Pensión pueden imprimir los formularios de solicitud de retiro adecuados de www.polk-fl.net, Buscar: “retirement”. Las preguntas relacionadas con las opciones de jubilación deberán ser remitidas a la Oficina de Retiro en el Departamento de Gestión de Riesgos y Beneficios.

Preparación para la Jubilación de los Miembros del Plan de Inversión Los miembros del Plan de Inversión deben cumplir con los requisitos de terminación y de edad antes de solicitar una distribución. Recursos financieros Integrales de Planificación son provistos a través del Programa de Orientación Financiera en www.MyFRS.com (libre de cargos 1-866-446-9377).

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Programa de Opción de Jubilación Diferida (DROP por sus siglas en inglés) El Programa de Opción de Jubilación Diferida (DROP) permite el retiro a los empleados calificados y que estos continúen trabajando por un máximo de 60 meses desde la fecha en que alcanzan su jubilación normal (62 años o 30 años de servicio a los empleados contratados antes del 1ro de Julio, 2011), mientras acumulan beneficios de jubilación. Durante su participación en DROP, los beneficios mensuales de jubilación se mantienen en el Fondo Fiduciario de FRS, ganando intereses diferidos de impuestos, mientras los empleados siguen trabajando (como miembros "jubilados" del DROP no se ganan créditos adicionales para la jubilación). Mientras están en el DROP los empleados no contribuyen a FRS. Cuando termina el período DROP, los empleados deben terminar el empleo y retirarse del Distrito. Los jubilados del DROP reciben entonces el pago de los beneficios acumulados y comienzan a recibir beneficios mensuales de jubilación (pre-determinado a la fecha inicial de entrada DROP). Para obtener información adicional y los formularios para solicitar el DROP, visite www.polk-fl.net, Buscar: “retirement”, o ponerse en contacto con la Oficina de Retiro en el Departamento de Gestión de Riesgos y Beneficios. Seguro Social Las contribuciones al Seguro Social se deducen automáticamente de su salario y son igualados por la Junta Escolar en su nombre. Para obtener información adicional póngase en contacto con el Departamento de Nómina o la Administración de Seguro Social en www.socialsecurity.gov o 1-800-772-1213. Seguro de Salud y Seguro de Vida Usted puede elegir retener los beneficios a los cuales está inscrito en el momento de la jubilación. Usted puede disminuir los beneficios en la jubilación, pero no podrá aumentarlos. Para información adicional contacte al Departamento de Gestión de Riesgos y Beneficios del Empleado. Para información adicional contacte al Especialista de Jubilación, Departamento de Gestión de Riesgos y Beneficios del Empleado (863) 519-3858.

Ver Política de la Junta Escolar 1420 y 4420

BANCO DE LICENCIA POR ENFERMEDAD

Cualquier empleado a tiempo completo, después de haber sido empleado por la Junta Escolar del Condado de Polk al menos un (1) año y que tiene por lo menos quince (15) días acumulados de licencia por enfermedad, puede inscribirse en el Banco de Licencia por Enfermedad aportando un (1) día de enfermedad al banco de licencia por enfermedad durante el período abierto de inscripción. Un empleado de tiempo completo es una persona empleada por cinco días a la semana en una posición establecida.

Un empleado contribuye con un día de enfermedad una vez para la membresía inicial en el momento de la solicitud. Si el balance de días en el banco cae por debajo del 25% del total de miembros, se les pedirá a todos los miembros participantes a donar un día adicional para mantener su membresía. Los miembros del banco que no pueden trabajar durante un período prolongado de tiempo pueden retirar días del banco. Se aplican algunas restricciones y los miembros potenciales del banco obtendrán información adicional durante los períodos de inscripción abierta cada otoño y primavera.

Para obtener información adicional, póngase en contacto con el Departamento de Relaciones de Empleados en la División de Servicios de Recursos Humanos (863) 534-0781. Ver Política de la Junta Escolar 1430.03, 3430.03 y 4430.03

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SUSPENSIONES/DESPIDOS

Bajo ciertas condiciones, un supervisor puede recomendar al Superintendente la suspensión o el despido de un empleado. La Licencia Administrativa para la suspensión inmediata o el despido se describen en detalle en su respectivo Convenio de Negociación Colectiva y la Política de la Junta Escolar.

Ver Política de la Junta Escolar 3140, 3140.01 y 4140

POLÍTICA DE USO ACEPTABLE DE LA TECNOLOGÍA

El Distrito Escolar del Condado de Polk ofrece acceso a recursos de la red cibernética y de la Internet. El uso de la red y de la Internet debe estar en apoyo con las actividades educativas y profesionales que son consistentes con las metas y políticas educativas de la Junta Escolar del Condado de Polk. El usuario es responsable por su uso adecuado en todo momento. El/la superintendente o su designado pueden examinar los archivos para determinar si algún usuario está violando las políticas del distrito. Si se falla en cumplir con estas políticas puede resultar en acción disciplinaria, acción legal y/o cancelación al acceso. Los cambios en la política y en las directrices serán comunicadas periódicamente por correo electrónico. Los empleados son responsables de todos los cambios notificados y de revisar las Políticas de la Junta Escolar y las Políticas de Tecnología vigentes relacionadas con el uso aceptable de la tecnología.

Ver Política de la Junta Escolar 7540, 7540.01, 7540.02, 7540.04, 7540.05, 7542, 7543 Ver www.polk-fl.net (palabra clave: Technology Policies)

USO DEL TELÉFONO

Aunque pueden hacerse llamadas telefónicas personales ocasionales durante horas de trabajo, este tipo de llamadas no debe interferir con el desempeño de las responsabilidades del trabajo, con excepción de emergencias. Preferiblemente, se deben hacer tales llamadas durante el periodo de planificación, hora del receso, antes y después de la jornada laboral oficial, o durante el almuerzo. Los empleados deben recordar que el sistema de teléfono del distrito, incluyendo las llamadas telefónicas de larga distancia, y los diversos sistemas de teléfonos de la escuela, no se pueden usar para llamadas telefónicas personales de larga distancia, a menos que las llamadas se facturen a una tarjeta de crédito personal o a un número de teléfono personal.

LICENCIA TEMPORERA DEL DEBER

La licencia temporera del deber está autorizada para todos los empleados que son asignados por el/la Superintendente a estar en servicio en un lugar o lugares alejados de su lugar habitual de trabajo. El/la Superintendente está autorizado/a bajo estas políticas a reasignar a los empleados a un servicio temporero que se considere necesario y a ejecutar el pago de reembolso de los gastos. Las solicitudes de licencia temporera del deber (TDA por sus siglas en inglés) deben ser enviadas electrónicamente para su aprobación por el supervisor y al mánager del centro de costos para la verificación de los fondos, antes de la fecha del evento. Con la aprobación previa del supervisor de un empleado, se permite pasar la noche en los viajes fuera del condado y se reembolsará de acuerdo con la política. Por ejemplo, los Administradores de las Escuelas y/o del Distrito pueden aprobar el pasar la noche para el personal de las escuelas y los administradores del Distrito pueden aprobar el pasar la noche para personal del distrito.

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AMBIENTE LIBRE DE TABACO El uso de productos de tabaco, incluyendo el uso de cigarrillos electrónicos, "vapor" u otras formas de sustitución, cigarrillos de clavo u otros dispositivos de fumar, está prohibido dentro de toda instalación interior y en el campus de toda instalación que sea propiedad, arrendada o contratada por la Junta, incluyendo, pero no limitada a: campos de prácticas, patios de recreo, campos de fútbol, campos de béisbol, campos de sóftbol, áreas de piscina, canchas de fútbol, canchas de tenis, y todas las áreas abiertas. Además, el consumo de tabaco está prohibido en todos los vehículos propiedad u operados por la Junta, incluyendo, pero no limitado a autobuses escolares, furgonetas, camiones, camionetas y automóviles. Se espera y se requiere el cumplimiento. Las violaciones de esta política resultarán en que se tome acción, igual que con una violación a cualquier otra política de la Junta Escolar. La Junta Escolar proveerá ayuda a cualquier empleado que desee dejar de fumar, incluyendo la participación en programas y/o talleres para dejar de fumar. Ver Política de la Junta Escolar 1215, 3215 y 4215

SUSTANCIAS TÓXICAS EN EL TRABAJO Los empleados tienen derecho a saber acerca de la exposición a sustancias tóxicas en el lugar de trabajo. Una lista de sustancias tóxicas aparece en cada escuela o instalación del distrito. La Preparación para el Peligro Tóxico (THP por sus siglas en inglés) es responsabilidad de la División de Instalaciones y Operaciones. Se mantendrán archivos vigentes de Hojas de Datos de Seguridad de los Materiales (MSDS por sus siglas en inglés) por cada material peligroso presente en la propiedad del Distrito. En el cumplimiento de estas responsabilidades, la División de Instalaciones y Operaciones podrá reclutar la ayuda de las autoridades del condado y municipales y si es posible, los propietarios u operadores de fuentes potenciales de peligros tóxicos identificadas.

Contactos del Distrito: Doug Dodgson Servicios de Custodia (Conserjes) 534-0721 Rory Luce Servicios de Mantenimiento 534-7895 Susan Ehrhart Nutrición Escolar 534-0590 Scott Reeves Servicios de Apoyo 534-5052 Delven Reed Almacén 534-0908 Sid Lee EERS 534-0860

Ver Política 8431

TRASLADOS Los empleados pueden solicitar traslados a posiciones vacantes anunciadas. Los empleados que deseen transferirse a un lugar de trabajo diferente durante la sesión escolar deberán presentar una solicitud de traslado a su supervisor inmediato para la vacante anunciada. Para obtener una lista de vacantes, acceda a la página web de PCSB. Para obtener información acerca de los traslados de empleados existentes, consulte el Convenio de Negociación Colectivo o la Política de la Junta Escolar.

LICENCIA SIN SUELDO Y BENEFICIOS DE LOS EMPLEADOS Si se va de licencia oficial sin sueldo, usted tiene derecho a todos y cada uno de sus beneficios. Sin embargo, durante el tiempo que está en licencia, en la medida permitida por ley, la Junta no contribuye a sus coberturas de seguro de salud o de vida. Usted será responsable de las deducciones de nómina que hubiese pagado si todavía estuviera en estatus activo, más la cantidad que la Junta hubiese contribuido. Si usted no paga su factura, la Oficina de Gestión de Riesgos puede cancelar la cobertura. Los empleados en licencia tienen derecho a la misma inscripción anual que tienen los empleados activos.

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USO DE PROPIEDAD DE LA JUNTA ESCOLAR La Junta Escolar le provee a usted con el equipo necesario, los materiales y los vehículos para llevar a cabo el trabajo asignado. Si se le asigna algún equipo, es su responsabilidad de ejercer cuidado en su operación. No se permite el uso personal de vehículos, materiales, equipos, herramientas u otros equipos. La violación podría resultar en una acción disciplinaria hasta el despido, la persecución penal o ambos.

VACANTES/PROCEDIMIENTOS DE PROMOCIÓN

La División de Servicios de Recursos Humanos mantiene el sitio web para proveer a los empleados con la información de todas las vacantes. La información se actualiza a diario. El anuncio de una vacante permanece en el sitio web durante un mínimo de cinco (5) días. A un empleado que está buscando una nueva posición dentro del sistema se le recomienda acceder a la página web consistentemente. A los empleados actuales se les da consideración prioritaria para todas las oportunidades de promoción y no serán objeto de discriminación por motivos de raza, color, origen nacional, sexo, discapacidad, estado civil, edad, religión, o cualquier otra razón prohibida por la ley. VOLUNTARIOS

Los voluntarios son una parte vital de las Escuelas Públicas del Condado de Polk. Los voluntarios escolares mejoran la calidad de la educación de nuestros hijos al:

· Reforzar las destrezas enseñadas por los maestros · Dar a los estudiantes una atención individual · Ayudar a los estudiantes a desarrollar confianza y competencia · Preparar a los estudiantes para ser ciudadanos comprometidos

Cada escuela individualiza su programa de voluntarios para satisfacer las necesidades de los estudiantes y maestros. Bajo la dirección del director, el coordinador de voluntarios provee entrenamiento y orientación que le permite apoyar las necesidades académicas de nuestros estudiantes.

Como voluntario aprobado, usted es un modelo para los estudiantes. Usted sirve a discreción de la escuela local y se espera que opere dentro de los límites de la política de la junta escolar.

Los empleados de las Escuelas Públicas del Condado de Polk actuales pueden presentar una solicitud de voluntarios visitando https://volunteer.polk-fl.net para aprobación automática. Use su nombre de usuario de Outlook (nombre.apellido) y su contraseña de PCPS. No se requiere pago para la verificación de antecedentes, ya que una verificación de antecedentes nivel 2 se lleva a cabo antes de ofrecerle el empleo. A los empleados que se jubilan se les requiere presentar una solicitud de voluntario antes de su fecha de jubilación para evitar el pago de la verificación de antecedentes de $25.00. Las solicitudes en papel también son aceptables y pueden ser presentadas a través del correo interno a: “The Department of Public Relations & Strategic Partnerships”, Route E. Para obtener más información sobre el voluntariado, comuníquese con el Departamento de Relaciones Públicas y Asociaciones Estratégicas al (863) 534 a 0636. Ver Política de la Junta Escolar 2430.01

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ARMAS/ARMAS DE FUEGO Es la política expresa de la Junta Escolar del Condado de Polk que ninguna arma/arma de fuego podrá ser llevada a una escuela, evento patrocinado por la escuela o propiedad del sistema escolar por ninguna persona que no sea de las fuerzas del orden.

Todas las personas, incluyendo personal de la escuela, que viola las disposiciones de esta política, mientras esté en propiedad del sistema escolar o mientras asiste a actividades escolares, dondequiera que estén localizadas, deberán ser reportadas de inmediato a la autoridad del cumplimiento de la ley apropiada. Los empleados que violen las disposiciones anteriores también deben ser reportados a la Junta Directiva y a la Comisión de Práctica Profesional. El/la Superintendente deberá informar de cualquier violación de los empleados de las disposiciones de esto a la Junta Escolar y también debe incluir una recomendación de acción disciplinaria, que puede incluir la suspensión o el despido. Los programas escolares autorizados que requieren el uso de armas de fuego serán la excepción.

Ver Política de la Junta Escolar 1217, 3217 y 4217

COMPENSACIÓN POR ACCIDENTES EN EL TRABAJO Si usted se lesiona en el trabajo, la Ley de Compensación de Accidentes en el Trabajo de la Florida le protege. Si se lesiona en el trabajo, independientemente lo leve de una lesión, es su responsabilidad informar a su supervisor o director. Usted puede pensar que la lesión es insignificante en el momento, pero podría convertirse en algo que requiera atención médica, y debe haber un informe en archivo para que pueda recibir tratamiento.

Este beneficio es provisto por el estatuto del estado, y hay reglas y procedimientos que tanto usted como el empleado y su empleador debe seguir. Además, hay penas severas para el fraude. La Junta Escolar ofrece equipo de seguridad que debe ser usado cuando se participa en ciertas actividades. Asegúrese de usar esta protección, ya que podría ser penalizado si se lesiona si no lo hace. Un buen ejemplo es el cinturón de seguridad del carro. Su uso no sólo le protege contra las lesiones, sino también protege sus derechos bajo la Compensación de Trabajadores y su capacidad de recaudar de la parte responsable. Como se indica en la Política de la Junta Escolar del Condado de Polk 4124: Lugar de Empleo Libre de Drogas, se llevarán a cabo pruebas de drogas para todas las lesiones en el trabajo. Favor de consultar el Convenio de Negociación Colectivo correspondiente o a la Junta Escolar para una discusión a fondo de los asuntos que se resumen en esta sección. Ver Política de la Junta Escolar 8442 y 4124

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MANUAL DEL EMPLEADO &

INFORMACIÓN DE BENEFICIOS

Sección 3

Servicios de Nómina

Información de Nómina Trabajo adicional

Retención de Dinero Terminación – Pago del Dinero Retenido y Licencias Sin Usar

Primer Cheque de Pago de Empleados Nuevos Licencias de Enfermedad/ Vacaciones

Deducciones de Nómina Contactos para Deducciones Misceláneas

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INFORMACIÓN DE NÓMINA Los empleados del distrito escolar cobran el último día de trabajo de cada mes. Los cheques normalmente son distribuidos por un director o supervisor en su lugar de trabajo principal. El Calendario de Nómina en el sitio web de las Juntas Escolares del Condado de Polk muestra los días festivos y fechas de pago programados.

En cumplimiento con las leyes federales de trabajo, los empleados deben registrar con precisión las horas de trabajo diarias en la hoja de registrar las horas. La falsificación de estos registros de nómina es motivo para despido.

Los cheques de pago para los empleados regulares están sujetos a deducciones de nómina obligatorios para la contribución al seguro social, al Medicare y la retención de impuestos federales, basadas en los Formularios W-4 y las tablas de impuestos provistos por el Servicio Interno de Impuestos. La deducción de nómina está disponible para los asuntos patrocinados por la Junta Escolar, tales como médico, dental y seguro de vida, y “MIDFLORIDA Federal Credit Union”. Se permiten deducciones adicionales de nómina para asuntos tales como seguro contra el cáncer, seguro de continuación de salario (discapacidad), cuota sindical, anualidades protegidas de impuestos, YMCA, y Bonos de Ahorro de EE.UU. Serie E.

Los empleados tendrán su pago neto depositado directamente en cualquier institución bancaria elegida. Los empleados recibirán un recibo de depósito directo que muestra el salario bruto y las deducciones aplicables.

Los empleados de la Junta Escolar con al menos un año completo de servicio serán reembolsados parcialmente por su licencia de enfermedad no usada cuando termina su empleo. Para más información, póngase en contacto con el Departamento de Nómina.

Horas de Trabajo Debido a la diversidad del sistema escolar, las horas de trabajo de un empleado serán determinadas por el supervisor. Asegúrese de discutir esto con su supervisor antes de comenzar a trabajar.

Recesos* Los recesos durante la jornada normal de trabajo son permitidos por los supervisores. Normalmente, hay un receso en la mañana y otro en la tarde. Los recesos no deben exceder más de 15 minutos cada uno. El horario y el tiempo para los recesos se dejan a discreción del director o supervisor. Los períodos de almuerzo de los empleados están programados de manera que siempre haya alguien en la oficina para ayudar al público. El momento exacto en que usted toma su hora de almuerzo será determinado por su supervisor. *Esto no aplica al personal administrativo o de instrucción. TRABAJO ADICIONAL ¿Se me pagará por trabajo adicional y las horas extras?

Depende de si el trabajo adicional o no se relaciona con la función de su trabajo regular y si tiene la aprobación de su supervisor antes de trabajar las horas adicionales. También depende de si recibe compensación adicional o no y de si está o no está clasificado como "Exento de

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Horas Extras" o "No Exento de Horas Extras " bajo la Ley de Salarios y Horas. Si está No Exento, recibirá una compensación adicional; si está exento, NO RECIBIRÁ compensación adicional. Si no está seguro de su clasificación, comuníquese con el departamento de Recursos Humanos.

Si usted es No Exento, debe obtener aprobación previa de su supervisor inmediato antes de que realmente trabaje fuera de su horario de trabajo preestablecido.

Si el trabajo adicional se encuentra fuera de la jurisdicción de su trabajo regular, y usted ha recibido aprobación adecuada por adelantado, será compensado por el trabajo de acuerdo a la tarifa de pago asociado con el trabajo que está realizando. Por ejemplo, un maestro puede trabajar en la noche enseñando en la Escuela de Adultos y ser compensado en una tarifa por hora diferente al salario por hora, asignado a su trabajo durante el día.

¿Cómo se me pagará por mi trabajo adicional?

Las horas normales de trabajo diario de un empleado en días de trabajo programados se conoce como Horario de Trabajo Prestablecido. Los empleados que entran dentro de la categoría de horas extras, no exentos (empleados que están cubiertos por la Ley de Salarios y Horas) serán compensados por el tiempo trabajado fuera de su horario de trabajo prestablecido. Las horas trabajadas en el trabajo regular del empleado y fuera del Horario de Trabajo Prestablecido se pagarán como Tiempo Adicional a la tarifa regular por hora de pago del empleado. Las horas trabajadas en exceso a las 40 horas en una semana de trabajo, incluido todo el trabajo dentro de la junta escolar, se pagarán como HORAS EXTRAS .5x, a tiempo y medio de la tarifa regular por hora del pago de los empleados. (La semana de trabajo de la junta escolar comienza el lunes a las 12:00 AM (medianoche) y termina el domingo a las 11:59 PM.) Por ejemplo, una secretaria trabaja 42 horas y está programada para trabajar 37.5 horas. Esa empleada recibirá una compensación adicional equivalente a 4.5 horas (Tiempo Adicional) de su salario de tiempo regular, además de 2.0 horas (horas extras .5x) tiempo y medio de su tarifa por hora.

Las horas trabajadas en un empleo, que no está relacionado con el empleo regular del empleado, serán compensadas a una tarifa especial por hora de pago. La paga extra en el cheque de pago se mostrará en la categoría de los trabajos realizados. Como muestra el ejemplo del maestro que enseña en la escuela de adultos en la noche, el pago por el trabajo de la escuela de adultos se mostrará como “Adult School” en su cheque de pago. Otro ejemplo sería cuando un empleado asiste a una clase de entrenamiento en servicio requerido fuera del

Algunas Posiciones No Exentas Secretarias

Para profesionales

Asistentes de servicio de alimentos Conserjes

Personal Clerical Mantenimiento Conductores de Autobús y Ayudantes

Algunas Posiciones Exentas Directores

Asistentes de Directores

Maestros

Orientadores

Profesionales de la Oficina del Distrito

Administradores de la Oficina del Distrito

Administradores de Servicios de Alimentos

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horario normal. El empleado es compensado a una tarifa especial de pago, y se muestra como “In-Service Training” en el cheque de pago.

¿Cuándo me pagarán por mi trabajo adicional? Usted puede esperar recibir el pago del trabajo adicional en el período de pago siguiente al período que ha realizado el trabajo. Por ejemplo, si ha trabajado tiempo adicional del 20 de febrero al 28 de febrero va a recibir el pago por ese tiempo adicional en su cheque de pago de marzo. El tiempo de entrada al sistema de nómina hace su corte alrededor del día 20 del mes y el trabajo adicional no puede ser registrado antes de haberlo trabajado. El tiempo de corte varían de mes a mes; por lo tanto, esto es sólo un ejemplo.

¿Qué ocurre con el tiempo compensatorio? La Junta Escolar del Condado de Polk no ofrece tiempo compensatorio. A menos que no sea ratificado dentro del contrato de negociación colectivo especifico.

RETENCIÓN DE DINERO (HOLDBACK) (no aplica a empleados de 12 meses)

¿Qué es retención de dinero? A los empleados que trabajan menos de doce (12) meses se les retendrá dinero. La retención se calcula a los Conductores de Autobús y a los Asistentes de Autobús de la misma manera que a los otros grupos de empleados.

Para los que no son conductores de autobús/asistentes de autobús, la intención general es dar a los empleados lo más cerca de doce pagos iguales como sea posible. El cheque de pago está diseñado para dar a los empleados información útil sobre como se les paga, incluyendo la cantidad ganada para el período de pago, la cantidad de "retención" deducida o añadida para el período y el balance de retención vigente.

Para la mayoría de los períodos de pago, los empleados ganarán más de lo que se les pagará. La diferencia entre lo que se gana y lo que se paga se denomina "retención" y se mostrará como una cantidad negativa en la sección de los ingresos del cheque de pago. Cuando el dinero retenido se deduce de los ingresos, se añade al "balance de retención" que se muestra justo debajo de la cantidad "total de ingresos" en el cheque de pago. El balance del dinero retenido se acumula durante el año escolar de modo que se pueda deducir en meses como diciembre (donde los empleados ganarán menos de lo que debería ser pagado) y en junio y julio (donde algunos empleados no están trabajando y no ganan nada). Cuando se deduce del balance del dinero retenido, la cantidad de retención en la sección de ingresos del cheque de pago se mostrará como una cantidad positiva, y se reducirá el balance del dinero retenido. Cualquier balance restante al final de junio se pagará al final de julio y cuando el balance de dinero reducido se reducirá a cero.

La cantidad de dinero retenido para cada período de pago (un período de pago es generalmente un mes) se determina por el horario de trabajo del empleado y la tarifa de pago por hora. El sistema de nómina intentará pagar una cantidad equivalente al salario anual del empleado dividido entre doce (el salario mensual). La diferencia entre lo que se gana y lo que se paga se suma o se resta del balance del dinero retenido.

Para los conductores del autobús o asistentes, el dinero retenido será tomado y acumulado para su uso durante el verano y otros períodos de nómina con un pequeño número de días

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laborables. El dinero retenido se calculará sólo en el Tiempo en la Ruta Asignada y Licencias Pagadas. Cualquier otro ingreso se pagará de acuerdo con el período de pago en el que se acumulen. El Tiempo en la Ruta Asignada puede variar entre los empleados individuales y está sujeta a cambios en cualquier momento dado. El promedio de horas de trabajo diarias para cada período de pago se determinará automáticamente para cada empleado individual para ser usado en el cálculo de la Retención.

¿Qué pasa si tengo alguna ausencia sin pagar? ¿Cómo va a afectar mi retención?

Las ausencias no pagadas se deducen después del cálculo de retención. En otras palabras, las ausencias no pagadas no reducen la cantidad deducida del dinero retenido. Por ejemplo, si un empleado usa Licencia Personal Sin Pago para cubrir la ausencia de dos días en agosto, la cantidad de retención deducida, sumado al balance de retención en agosto, es el mismo que si no hubiese habido ningunas ausencias. El empleado en este ejemplo puede esperar recibir el golpe completo de las ausencias sin pago en agosto, y no habrá un efecto en el cheque de pago el verano siguiente.

¿Qué pasa con trabajo adicional con la junta escolar, como trabajar en la escuela de adultos en la noche?

Los pagos suplementarios y pagos por trabajos adicionales no están incluidos en el cálculo de retención. Algunos ejemplos son enseñanza suplementaria, suplementos de los entrenadores, enseñar un período adicional de clases, enseñar en la escuela de adultos, y entrenamiento en el empleo. Los empleados deben esperar recibir el beneficio completo de estos pagos cuando se ganan y se registran en el sistema. Los empleados cubiertos por la ley de salarios y horas (empleados no exentos de horas extras) pueden esperar recibir el pago completo por Tiempo Adicional y Horas Extras cuando se ganan.

¿Qué ocurre si mi empleo en una plaza no comienza hasta después del primer día del año escolar?

Los empleados que empiezan a trabajar tarde en el año escolar tendrán su salario prorrateado y recibirán un cheque igual de pago mensual a partir del mes siguiente de comenzar el empleo hasta el fin de julio. En el primer mes de empleo, la fecha oficial de inicio del empleado determinará si su primer cheque de pago será el mismo pago mensual por el resto del año escolar o estará limitado al número real de días trabajados en el mes. Si el primer cheque de pago del empleado es el número real de días trabajados es porque el empleado no trabajó suficientes días en el mes para recibir un cheque de igual remuneración.

¿Qué pasa si tengo un cambio en mi sueldo o un cambio en mi horario de trabajo?

Los empleados que reciben un cambio en la tarifa de pago o en el horario de trabajo a mediados de año deben esperar que sus cheques luego que el cambio sea efectivo no serán iguales al nuevo salario mensual. En situaciones en las que el empleado recibe un aumento de salario por hora o un aumento de las horas trabajadas por día durante el año, su cheque debe ser menor que el nuevo salario mensual. Si ocurre lo contrario y el empleado tiene una reducción en el pago por hora o una reducción en las horas trabajadas al día durante el año Siempre preste atención a su "balance de dinero retenido (holdback)" en sus cheques de pago.

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¿Qué pasa si normalmente comienzo a trabajar en julio de cada año? Si comienza a trabajar en julio antes del período de nómina de agosto se le pagará en julio por los días que trabaja en julio. Los empleados que no trabajan 12 meses y que trabajan en el período de la nómina de julio por lo general reciben dos cheques en julio, uno por el pago del dinero retenido del año escolar anterior y el otro por el pago de los días trabajados en julio del año escolar en curso. Debido a que la fecha de inicio en julio puede cambiar de un año a otro, la cantidad total que recibe en julio puede variar de un año a otro.

TERMINACIÓN – PAGO DEL DINERO RETENIDO (HOLDBACK) Y LICENCIA NO USADA Cuando termine mi empleo con la junta escolar, ¿cuándo puedo esperar recibir el pago de licencia por enfermedad, licencia por vacaciones, y dinero retenido no usados? Empleados, que nos son conductores de autobús y asistentes de autobús

1) Terminación antes de completar el año escolar Si el último día de trabajo en su posición regular es el día 15 del mes o antes, puede esperar

recibir el pago en la fecha normal de pago para el mes que usted termina. Si el último día de trabajo es después del día 15 del mes, no debe esperar recibir el pago hasta la fecha normal de pago del mes siguiente. Por ejemplo, si el último día activo como empleado regular en la junta escolar es el 15 de enero, debe recibir el pago retenido y la licencia por enfermedad no usada el 31 de enero Si el último día activo como empleado regular es de 16 de enero, no debe espera recibir el pago hasta el 28 de febrero Si ocurre una situación que le impida ser pagado en las fechas indicadas anteriormente, se le pagará en una nómina especial en el día laborable más próximo al día 15 del mes siguiente al mes de su terminación. Por ejemplo, el último día activo es del 15 de enero, pero la documentación apropiada no llega al departamento de Recursos Humanos en el tiempo para cumplir con el corte de la nómina. En este caso, se le pagará el 15 de febrero o el día laborable más próximo al día 15.

2) Terminación al final de su año escolar.

Si permanece empleado en su puesto regular hasta el último día de trabajo del año escolar, la fecha efectiva de terminación será el 30 de junio. Si usted tiene un balance de dinero retenido al final de mayo, que iba a ser pagado a usted en los meses de junio y julio. Las deducciones de seguro pueden que sean tomadas de cada uno de esos cheques.

Conductores de Autobús y Asistentes de Autobús

A los conductores de autobús y asistentes de autobús se les pagará por licencias no usadas y cualquier balance del dinero retenido de acuerdo con el período de nómina normal en el cual han terminado, si su documentación se procesa a tiempo. En otras palabras, si un conductor del autobús renuncia el 23 de mayo, cualquier licencia por enfermedad no usada y dinero retenido serán pagados el 30 de junio debido a que el período de pago del 15 de mayo al 15 de junio es designado para tener una fecha de pago 30 de junio. Si ocurre una situación que impida a un Conductor de Autobús y a un Asistente de Autobús a ser pagados en las fechas indicadas anteriormente, se les pagará en una nómina especial en el día laborable más próximo al día 15 del mes después de la fecha normal de pago. En la situación anterior, el día en que se le pagará sería de alrededor de 15 de julio.

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¿Cómo se me pagará por mi licencia por enfermedad cuando se termina mi empleo? Dependiendo de su tiempo de servicio, se le pagará hasta el 50% de las horas por enfermedad que haya acumulado hasta la fecha de su terminación. Si no completa su primer año de empleo, no recibirá el pago de la licencia por enfermedad. Si completo un (1) año de empleo pero menos de nueve (9) años, recibirá entre el 35% y el 45% de las horas acumuladas de acuerdo con las directrices establecidas en la política de la junta. Si completa nueve (9) o más años de servicio, recibirá el 50% de las horas acumuladas. Las horas no pueden exceder un pago total de 480 horas. Si su empleo se termina antes del final del año escolar, el balance de su licencia por enfermedad se ajustará a la cantidad que realmente ha ganado; mientras que, el balance que muestra su cheque de pago representa la cantidad que le ha sido acreditada. A pesar de que a usted se le acreditaron 4 días (5 días si usted es maestro/a) en el primer mes, sólo se gana un día por mes de empleo.

¿Qué pasa si estoy en Licencia de Ausencia, se me pagará el dinero retenido y licencia no usada?

No se le pagará por licencia por enfermedad no usada ni licencia de vacaciones; no obstante, es posible que se le pague el dinero retenido si así lo solicita. Si le pagan dinero retenido al estar en licencia de ausencia, no recibirá cheques completos, pero se le re-igualará cuando regrese a trabajar durante el año escolar. Si regresa a trabajar durante el año escolar, no habrá acumulado tanto dinero retenido que de otro modo hubiese acumulado si no hubiese estado en licencia de ausencia.

NUEVOS EMPLEADOS - CUÁNDO ESPERAR SU PRIMER CHEQUE DE PAGO Empleados, que no son Conductores de Autobús y Asistentes de Autobús

Si comienza el trabajo en el inicio del año escolar, debe esperar recibir su primer cheque al final del mes de comenzar a trabajar. Esto depende de que la documentación haya sido completada y remitida al departamento de Recursos Humanos a tiempo para cumplir con el corte de la nómina. Si no se recibe la documentación en el momento oportuno, debe esperar recibir su primer cheque en la próxima fecha programada de pago. A modo de ejemplo, si empieza a trabajar el 11 de agosto (el primer día del período de nómina de agosto para los empleados de 10 a 11 meses), y sus documentos no son enviados al departamento de Recursos Humanos hasta después del 20 de agosto, probablemente no recibirá su primer cheque de pago hasta el corte de fuera de ciclo del 5 de septiembre. Es posible que desee darle seguimiento con la secretaria en su lugar de trabajo para asegurarse de que la documentación se envíe al Departamento de Servicios de Recursos Humanos a tiempo. Si comienza a trabajar durante el año escolar, cuando recibirá su primer cheque dependerá de cuando comience en el mes. Por ejemplo, si comienza después del día 15 del mes, es probable que no reciba su primer cheque hasta la próxima fecha programada de pago. Aún si comienza a principios de mes, si la secretaria de su escuela no envía la documentación al departamento de Recursos Humanos en el tiempo para cumplir con el corte de la nómina, usted no recibirá su primer cheque hasta la próxima fecha de pago programada. Es posible que desee darle seguimiento con la secretaria en su lugar de trabajo para asegurarse de que la documentación se envíe al Departamento de Servicios de Recursos Humanos a tiempo.

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Conductores de Autobús y Asistentes de Autobús Los conductores de autobús y asistentes de autobús nuevos deben recibir su primer cheque de acuerdo con la fecha de pago asignado al período de pago para los que empiezan a trabajar. Los conductores de autobús y asistentes de autobús nuevos deben solicitar una copia del calendario de nómina para entender cuando se les pagará.

LICENCIA POR ENFERMEDAD Y LICENCIA DE VACACIONES - COMO SE GANA

LICENCIA POR ENFERMEDAD La licencia por enfermedad está disponible para cada empleado regular que no pueden trabajar debido a lo siguiente:

· Enfermedad personal · Enfermedad del padre, madre, hermano, hermana, esposo, esposa, hijo/a, pariente cercano,

o miembro del hogar.

Los empleados de instrucción tienen derecho a cuatro días de licencia por enfermedad, a partir del primer día de trabajo por cada año de contrato. Otros empleados obtienen cuatro días de licencia por enfermedad al final del primer mes. De ahí en adelante, se obtiene un día de licencia por enfermedad por cada mes de empleo. Se acredita a finales de mes y no puede ser usado antes del momento en que se gana y se le acredita. No obstante, los empleados sólo pueden ganar un día de licencia por enfermedad por cada mes de trabajo durante el año. La licencia por enfermedad acumulada es de un año a otro. No hay límite en el número de días que un empleado puede acumular, excepto que por lo menos la mitad de esta licencia acumulada se debe ganar en el distrito concediendo la licencia. Usted puede transferir licencia de otro distrito, pero sólo puede traer lo que se gana en un año dado. Por ejemplo, después de ganar 10 días de licencia en el Condado de Polk, puede transferir el mismo número de días de licencia de otro distrito, hasta que todos los días se hayan transferido al Condado de Polk. Para conceder la licencia, el/la Superintendente podría requerir verificación de la enfermedad por escrito de un médico con licencia o del médico de salud del condado. A los maestros se les acreditará el equivalente a cuatro (4) días de licencia por enfermedad en el primer día de trabajo cada año escolar y se les acreditará un (1) día al final de cada mes hasta que se alcance la cantidad máxima permitida. A otros empleados regulares de la junta escolar se les acreditará el equivalente a cuatro (4) días de licencia por enfermedad el último día del primer período de nómina del año escolar y se le acreditará un (1) día al final de cada mes consecutivo hasta que se alcance la cantidad máxima permitida. La cantidad de licencia por enfermedad acreditada en un año escolar no será superior a un (1) día multiplicado por el número de meses en que esté empleado/a durante el año escolar. Por ejemplo, a los maestros se les acreditarán cuatro (4) días a principios de agosto cuando comiencen a trabajar y un (1) día a finales de agosto hasta enero para llegar a un total de diez (10) días devengados y acreditados. La Licencia por Vacaciones se aplica sólo a empleados de 12 meses y se les acredita al final de cada mes según establecido por la política de la junta. Los empleados con por lo menos cinco (5) años de servicio obtienen tiempo de vacaciones a razón de 13 días por año. Los empleados con por lo menos cinco (5) años de servicio pero menos de diez (10) años de servicio ganarán días de vacaciones a razón de 16.25 días por año. Los empleados con diez (10) o más años de servicio ganarán vacaciones a razón de 19.50 días por año. La cantidad máxima de vacaciones que se pueden pasar al próximo año el 31 de diciembre de cada año es de 320 horas.

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La licencia por enfermedad se gana y se usa en número de horas que se muestran en su cheque de pago como tal. Sus horas de trabajo diario establecidas determinan el número de horas acreditadas. Por ejemplo, a los maestros que trabajan 7.75 horas por día se les acreditarán 31.0 horas a principios de agosto (4 días x 7.75 horas) y otras 7.75 horas a finales de agosto para mostrar un total acreditado de 38.75 en el cheque agosto. Los maestros se utilizan como base para el cálculo del número máximo de horas de licencia por enfermedad a ser acreditado a otros grupos. La mayoría de los maestros trabajan 1519 horas por año (196 días x 7.75 horas por día) y deben ganar 77.50 horas de licencia por enfermedad (10 días x 7.75 horas al día). Por lo tanto, los maestros ganan licencia por enfermedad a razón de 5.103% de las horas de trabajo anuales. El porcentaje usado para calcular el número máximo de horas de licencia por enfermedad ganadas para otros grupos basados en las horas de trabajo anuales establecidas es 5.103%.

El tiempo personal cargado a licencia por enfermedad representa la cantidad de licencia por enfermedad que se puede usar para razones personales. A los empleados se les acreditan 6 días el 1ro de julio de cada año escolar para que tengan un balance suficiente de licencia por enfermedad en ese momento. La cantidad de días personales no podrá superar la cantidad de licencia por enfermedad. Por ejemplo, un maestro nuevo es contratado el 1ro de julio, pero no se le acreditan días por enfermedad hasta el 31 de julio y se le acreditan 4 días. El empleado en este ejemplo no ganará licencia personal hasta el 31 de julio y sólo ganará 4 días de licencia personal el 31 de julio porque esa es toda la licencia por enfermedad que él/ella tiene. A él/ella se le acreditará otro día personal adicional al final de agosto y al final de septiembre hasta que él/ella llegue a los 6 días. Cuando se usa licencia personal, la licencia por enfermedad normal también será cargada. Los empleados deben reportar la licencia personal a través de los procedimientos establecidos, la licencia debe ser aprobada o concedida por adelantado. Si las circunstancias hacen imposible la solicitud anticipada, dicha licencia podrá ser autorizada y concedida, si se informa y explicada de manera adecuada con prontitud.

DEDUCCIONES DE NÓMINA Se pueden tomar deducciones del sueldo de los empleados para cubrir cosas tales como beneficios de la junta escolar para salud y vida, cobertura de un seguro suplementario provisto por compañías externas, cuotas sindicales, membresía a clubes de gimnasia/salud, contribuciones caritativas tales como United Way, embargos ordenados por el tribunal, y anualidades protegidas de impuestos. Las coberturas de salud y vida auspiciadas por la junta serán provistas a los empleados una vez comiencen a trabajar y otra vez cada año durante el proceso de inscripción abierta y son mantenidas por el departamento de Gestión de Riesgos. Otras deducciones son acordadas entre el empleado y la empresa proveedora de la cobertura del seguro o servicios. Una tarjeta de autorización estándar debe ser remitida al departamento de nómina indicando la cantidad de deducción mensual con la firma que acredite la autorización del empleado a la deducción. Cuando comiencen las deducciones estará sujeto a la fecha límite establecida por el departamento de nómina cada mes para entrar la información de la deducción en el sistema de nómina.

Las anualidades protegidas de impuestos son también mantenidas por el Departamento de Gestión de Riesgos. Favor de ponerse en contacto con ellos para obtener una lista de las empresas autorizadas para vender estos productos a los empleados de la junta escolar. Las deducciones se ponen en moratoria si el empleado no tiene suficientes ingresos en un período de pago para cubrir todas las deducciones. Si los ingresos no son suficientes para cubrir todas las deducciones, las deducciones no tomadas se tomarán en el primer período de pago sucesivo que tenga suficientes ingresos para las deducciones que deben hacerse. Preste atención a su talón del cheque de pago. Si ve que una deducción no tomada de su cheque, llame al Departamento de Nómina. Es posible que necesite estar preparado para tener una doble deducción en el próximo período de pago.

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Información de Contacto para Deducciones Misceláneas Nombre de la Empresa Teléfono Aetna Life (800) 872-3862 AFSCME Florida Council 79-Pres. (863) 287-4072 AIG Accident (800) 231-3655 AIG Critical Illness (888) 730-2244 AIG Universal Life (800) 231-3655 Allen & Co. (863) 688-9000 American Century (800) 345-3533 American Fidelity GAP (800) 323-3748 American Heritage (AH) Accident (800) 521-3535 American Heritage (AH) Cancer (800) 521-3535 Ameriprise (863) 688-6863 Association of School Based Administrators (ASBA) (863) 602-9693 AXA Equitable (800) 628-6673 BENCOR (401a & 403b) (888) 258-3422 Bencor (401a & 403b) (888) 258-3422 Childcare (FSA) / TASC (800) 422-4661 Colonial Life & Accident (800) 325-4368 CPS Investment Advisors (863) 688-1725 Florida Association of School Based Administrators (FASA) (850) 224-3626 Florida Prepaid College Plan (800) 552-4723 Gold's Gym Aerobic & Fitness (863) 646-3036 Great American Financial Resources(GALIC) (800) 854-3649 Horace Mann (800) 999-1030 ING Retirement Plans (ING) (863)646-7389 Lakeland Family YMCA (863) 644-3528 Life Insurance Co. of the Southwest (LSW) (800) 579-2878 Lifestyle Fitness Center (863) 644-3030 Medical (FSA) / TASC (800) 422-4661 MidFlorida Federal Credit Union (866) 913-3733 Peninsular State (800) 356-5297 PESCO Life (PEA) (800) 544-4116 Plan Member (800) 874-6910 Polk Education Association (PEA) (863) 533-0908 Polk Education Foundation (PEF) (863) 534-0434 Profession Educators Network (PEN) (800) 311-7770 Soc.Sec. Alternative/MidAmerica/ING/Reliastar (863) 647-2500 Spectera (800) 638-3120 Standard Term Life (800) 325-5757 United Negro College Fund (407) 896-6940 United Way of Central Florida (863) 648-1500 Variable Annuity Life Ins. Co.(VALIC) (800) 369-0314 Waddel Reed (800) 683-2135

** Más información sobre las políticas de nómina está disponible en los Acuerdos de Negociación Colectiva apropiados y la Política de la Junta Escolar. Si usted tiene alguna pregunta, favor de hablar con su supervisor

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MANUAL DEL EMPLEADO &

INFORMACIÓN DE BENEFICIOS

Sección 4

Manejo de Riesgos

Planes de Beneficios del Empleado Elegibilidad para Beneficios de los Empleados

Beneficios del Seguro de Salud Clínica de Salud Seguro Dental

Seguro de Visión Sección 125

Seguro de Vida Seguro de Vida para Dependientes

Seguro de Incapacidad a Corto Plazo Seguro de Incapacidad a Largo Plazo

Cuenta de Gastos Flexibles Continuación de Beneficios (COBRA) Programa de Asistencia al Empleado

Preguntas

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PLANES DE BENEFICIOS PARA EMPLEADOS

La Junta Escolar del Condado de Polk (PCSB por sus siglas en inglés) se esfuerza por balancear cobertura de calidad y asequibilidad de los beneficios que se ofrecen a usted. El Distrito se complace en ofrecer un programa de beneficios integrales asequibles para ayudarle a satisfacer las necesidades de usted y su familia. Algunos de los siguientes programas de beneficios son totalmente pagados por el PCSB, y algunos requieren contribuciones de los empleados e incluyen los siguientes:

Seguro de Salud Seguro de Vida Seguro Dental Seguro de vida para dependientes Seguro de Visión Seguro de Vida Suplementario Cuentas de Gastos Flexibles (FSA) Seguro de Discapacidad Clínica de Salud de PCSB Programa de Asistencia al Empleado (EAP)

Aunque le presentamos los planes en esta sección, no podemos proveer los datos detallados de cada plan aquí. Usted debe recibir los documentos oficiales del plan para cada uno de los planes de beneficios que ofrecemos. Esos documentos (junto con las actualizaciones) debe ser su recurso principal para obtener información acerca de sus planes de beneficios. Si ve algún conflicto entre los documentos y la información de este Manual, debe confiar en los documentos oficiales del plan.

Los beneficios que ofrecemos están diseñados para ayudar a los empleados a mantener una alta calidad de vida - tanto profesionalmente como personalmente. Esperamos sinceramente que cada empleado aproveche totalmente estos beneficios. Si usted no entiende la información en los documentos del plan o si tiene alguna pregunta sobre los beneficios que ofrecemos, favor de ponerse en contacto con Gestión de Riesgos.

ELEGIBILIDAD PARA BENEFICIOS DE EMPLEADOS

Para ser un empleado elegible, una persona debe ser un empleado “bona fide” de la Junta Escolar del Condado de Polk y debe cumplir con cada uno de los siguientes requisitos:

1. El trabajo del Empleado Elegible debe caer dentro de una clasificación de empleos elegibles; 2. El Empleado Elegible debe haber completado los Períodos de Espera correspondientes

establecidas por el Plan; y 3. El Empleado Elegible debe haber completado cualquier requisito/s aplicable de elegibilidad

establecidos por el Plan.

La clasificación de la elegibilidad del Empleado Cubierto de la Junta Escolar del Condado de Polk se puede modificar, y puede ser ampliada para incluir:

1. Empleados jubilados; 2. Clasificaciones de empleos adicionales; 3. Empleados de empresas afiliadas o subsidiarias de la Junta Escolar del Condado de Polk,

siempre que dichas empresas y la Junta Escolar del Condado de Polk estén bajo control común; y

4. Otros individuos según lo determine la Junta Escolar del Condado de Polk (por ejemplo, miembros de asociaciones o sindicatos).

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BENEFICIOS DE SEGURO MÉDICO

El PCSB tiene un plan de seguro médico autofinanciado que ofrece a los empleados y a sus dependientes elegibles el acceso a beneficios de seguro médico y de prescripción. Favor de referirse a la Guía Anual de Beneficios de la Junta Escolar del Condado de Polk para los requisitos de elegibilidad para los dependientes cubiertos. Todos los empleados con beneficios elegibles son elegibles para participar en el plan de seguro médico grupal. Los detalles del plan de seguro de salud se describen en el Resumen de la Descripción del Plan y la información sobre el costo de la cobertura será provista antes de la inscripción de los empleados elegibles. CLÍNICA DE SALUD PARA LOS EMPLEADOS DE PCSB El distrito ofrece una clínica de salud para los empleados, jubilados y a sus dependientes cubiertos inscritos en el plan de salud autofinanciado de PCSB. Los miembros del plan de salud pueden usar la clínica sin costo alguno para sus condiciones médicas diarias tales como resfriado, gripe, torceduras, alergias, infecciones de los senos nasales, infecciones oculares, infecciones del oído y muchas más dolencias comunes. La clínica también se puede usar como atención primaria. Algunos de los medicamentos genéricos se dispensan de forma gratuita. SEGURO DENTAL

El PCSB ofrece a sus empleados un plan de seguro dental grupal que ofrece a los empleados y a sus dependientes elegibles acceso a beneficios dentales. Favor de referirse a la Guía Anual de Beneficios de la Junta Escolar del Condado de Polk para los requisitos de elegibilidad para los dependientes cubiertos. Todos los empleados con beneficios elegibles son elegibles para participar en el plan de seguro dental grupal. SEGURO DE VISIÓN

El PCSB ofrece a sus empleados un plan de seguro de visión grupal que ofrece a los empleados y a sus dependientes elegibles acceso a beneficios de visión. Favor de referirse a la Guía Anual de Beneficios de la Junta Escolar del Condado de Polk para los requisitos de elegibilidad para los dependientes cubiertos. Todos los empleados con beneficios elegibles son elegibles para participar en el plan de seguro dental grupal. SECCIÓN 125 La Sección 125 del Código del IRS permite a los empleados a usar dólares antes de impuestos para pagar las primas de ciertos productos de seguros grupales (incluyendo salud, dental y de visión). Estas deducciones se toman antes del Seguro Social y de los Impuestos Federales de Ingresos que se deducen de su cheque de pago, las cuales pueden conducir a ahorros significativos. La elección de beneficios debe permanecer en vigor hasta el próximo período de inscripción abierta a menos que experimente un evento calificativo o que cumpla con los requisitos.

Un evento calificativo es un cambio en el estado de su vida que cumple con las definiciones aprobadas por el IRS. Si necesita hacer un cambio a su cobertura debido a un evento calificativo, usted debe presentar un Cambio de Estatus junto con la documentación requerida no más de 31 días después de que el Evento Calificativo haya tenido lugar. Los Formularios de Cambios de Estatus están disponibles

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en la página de Gestión de Riesgos y Beneficios de los Empleados de la página web de PCSB o poniéndose en contacto con Gestión de Riesgos.

Hay información adicional disponible de los planes de salud grupales y de la Sección 125 del IRS en la Guía Anual de Beneficios de la Junta Escolar del Condado de Polk, también está disponible en línea en el sitio web de PCSB; palabras clave: insurance.

SEGURO DE VIDA

El seguro de vida le ofrece a usted y a su familia protección financiera importante. Como empleado de PCSB, los empleados elegibles para beneficios están provistos de una cobertura de seguro de vida a término de $20.000. Esta cobertura incluye $10,000 por Muerte Accidental y Desmembramiento (AD & D por sus siglas en inglés). Usted tiene la posibilidad de comprar cantidades adicionales de Seguro de Vida a Término y de Muerte Accidental y Desmembramiento.

Usted puede elegir cobertura en incrementos de 1 a 5 veces sus ingresos anuales hasta un máximo de $300.000. Hay una Emisión Garantizada por la cantidad de $150,000 para empleados nuevos contratados. Si usted no elige un seguro de vida adicional la primera vez que esté disponible para usted y usted decide inscribirse en una fecha posterior, se le considerará un participante tardío y estará sujeto a una evaluación de riesgos médicos. También se requiere una evaluación de riesgos médicos para cantidades en exceso de $150.000.

SEGURO DE VIDA PARA DEPENDIENTES

Cualquier empleado elegible puede comprar Seguro de Vida para sus dependientes elegibles. La cantidad de cobertura es de $10,000 para el cónyuge y $5,000 para hijos dependientes hasta los 20 años; o 25 si el/la hijo/a es un estudiante a tiempo completo. La totalidad del importe de la cobertura es emisión garantizada para los nuevos empleados. Se requiere una evaluación de riesgos médicos para todos los que entren tarde. Para información adicional y cálculo de las primas favor de referirse a la Guía Anual de Beneficios de la Junta Escolar del Condado de Polk, también disponible en línea en el sitio web de PCSB; palabras clave: insurance.

SEGURO DE DISCAPACIDAD A CORTO PLAZO En ocasiones un empleado sufre una lesión o una enfermedad fuera del lugar de trabajo que impide que el empleado trabaje durante un período de tiempo corto. Los empleados elegibles a beneficios tienen la oportunidad de inscribirse en la cobertura de incapacidad a corto plazo para protegerlos en estas circunstancias. El Seguro Grupal de Incapacidad a Corto Plazo (STD por sus siglas en inglés) paga un beneficio en caso de que usted no pueda trabajar debido a una enfermedad o lesión cubierta, no ocupacional. Un beneficio STD reemplaza una parte de sus ingresos semanales, proveyendo fondos a usted directamente para ayudar a pagar sus cuentas y gastos para vivir.

SEGURO DE DISCAPACIDAD A LARGO PLAZO En ocasiones un empleado sufre una lesión o una enfermedad fuera del lugar de trabajo que impide que el empleado trabaje durante un período de más de 180 días. Los empleados elegibles a beneficios tienen la oportunidad de inscribirse en la cobertura de incapacidad a largo plazo para protegerlos en estas circunstancias. El Seguro Grupal de Incapacidad a Corto Plazo (LTD por sus siglas en inglés) está diseñado para pagarle a usted un beneficio mensual en caso de que usted no pueda trabajar debido

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a una enfermedad o lesión cubierta. Este beneficio reemplaza una parte de su ingreso, ayudándole a cumplir con sus compromisos financieros en un momento de necesidad.

Para obtener más información sobre los detalles de esta cobertura, incluyendo elegibilidad, refiérase a la Guía Anual de Beneficios de la Junta Escolar del Condado de Polk, también disponible en línea en el sitio web de PCSB; palabras clave: insurance.

CUENTA DE GASTOS FLEXIBLEs (FSA)

Un “FlexPlan” es un Plan de Cuenta de Gastos Flexibles (FSA por sus siglas en inglés) que es ofrecida por el PCSB y administrada por TASC. Un “FlexPlan” es uno de los beneficios más valiosos que su empleador puede ofrecer. Un “FlexPlan” le ofrece a usted la oportunidad de retener dinero de su sueldo antes de impuestos para pagar por gastos calificados, no reembolsables relacionados a la salud y por el cuidado de dependientes.

Para obtener más información acerca del “FlexPlan” refiérase a la sección de Plan de Cuenta de Gastos Flexibles de la Guía Anual de Beneficios de la Junta Escolar del Condado de Polk, también disponible en línea en el sitio web de PCSB; palabras clave: insurance.

CONTINUACIÓN DE BENEFIOS (COBRA) La cobertura del seguro termina el último día del mes en el que usted paga por la cobertura con su sueldo. El administrador de COBRA del PCSB, Ceridian, le enviará un paquete de información, incluyendo un aviso escrito explicando los derechos bajo COBRA de un empleado que está terminado su empleo. Esta información será enviada a la dirección archivada en SAP, por lo tanto es muy importante actualizar su información de contacto en cualquier momento que usted tenga un cambio de dirección. La Ley Ómnibus Consolidada de Reconciliación Presupuestaria de 1993 (COBRA por sus siglas en inglés) le permite continuar con la cobertura que tenía como empleado activo si usted decide continuar con la cobertura mediante el pago de la cantidad total de la prima más un cargo administrativo del 2 por ciento.

Cada beneficiario calificado debe ofrecer la opción de continuar con la cobertura después de un evento calificado. Los beneficiarios que califican incluyen a cualquier dependiente elegible que esté cubierto en la cobertura del seguro en el momento de la separación del empleado del servicio en el que es elegible y en el que continúa siendo elegible para la cobertura. Todo beneficiario que califica y experimenta un evento de calificación separado del empleado que termina su servicio (es decir, muerte del empleado, divorcio o separación legal, pérdida de la condición de dependiente) también se le debe ofrecer la opción de continuar con la cobertura. Para obtener más información favor de referirse a la Guía Anual de Beneficios de la Junta Escolar del Condado de Polk, también disponible en línea en el sitio web de PCSB; palabras clave: insurance. PROGRAMA DE ASISTENCIA AL EMPLEADO

Como beneficio para todos los empleados y sus dependientes, la Junta Escolar ofrece un Programa de Asistencia al Empleado (EAP por sus siglas en inglés) que está diseñado para ayudar a los empleados y a sus familiares a enfrentar los problemas personales que pueden estar afectando su calidad de vida. Balancear las necesidades entre el trabajo y la vida es un reto que todos enfrentamos. Su Programa de Asistencia al Empleado de Recursos “Aetna for Living” (anteriormente “Horizon Health”) ofrece

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servicios gratuitos y confidenciales para enfrentar los problemas personales que están afectando su calidad de vida, ofrece consulta profesional para sus asuntos legales/financieros, o para ayudarle a localizar cuidado para ancianos, cuidado de niños, servicios de necesidades especiales y mucho más. Para obtener más información acerca de este valioso beneficio, favor de visitar http://www.polk-fl.net/staff/employeeinfo/eap/default.htm. Puede acceder a su EAP llamando al 1-800-272-7252. PREGUNTAS Para cualquier pregunta con respecto a Beneficios a Empleados comuníquese con el Departamento de Gestión de Riesgos y Beneficios del Empleado al (863) 519 a 3858 o por correo electrónico a [email protected].

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MANUAL DEL EMPLEADO &

INFORMACIÓN DE BENEFICIOS

Sección 5 Políticas para los Empleados & Procedimientos para los Estudiantes

Intimidación/Acoso Informando Abuso Infantil

Código de Conducta Estudiantil Asistencia Obligatoria a la Escuela

Asuntos Críticos Educación en el Hogar

Sistema de Apoyo Estudiantil de Varios Niveles Administración de Medicamentos Psicotrópicos Amenazas de Estudiantes de Hacer Daño a Otros

Suicidio Juvenil Adultos en Crisis

Señales de Abuso y Negligencia A Niños

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ACOSO/INTIMIDACIÓN

El Distrito Escolar del Condado de Polk está comprometido a crear un ambiente de aprendizaje seguro y sano para todos los estudiantes que esté libre de intimidación y acoso. Se espera que todos los empleados modelen y apoyen una cultura escolar que promueva la interacción positiva y el respeto por los demás. La intimidación es abordada más específicamente en el Código de Conducta del Estudiante, Sección 5.07, así como en la política contra la intimidación Jeffrey Johnston. Hay tres criterios necesarios para que un incidente sea considerado intimidación/acoso:

1. La conducta no es deseada, es ofensiva, amenazante, intimidante, insultante, causa incomodidad y humillación o interfiere con el rendimiento escolar de la persona y resulta en que la víctima se sienta en tensión, lastimada, o amenazada;

2. El comportamiento es repetido 3. Debe haber un desbalance de poder entre el agresor y la victima

La intimidación puede ser de naturaleza física, verbal, emocional, sexual o cibernética.

Los miembros del personal que son testigos o se enteran de que hay intimidación/acoso deben intervenir inmediatamente de la siguiente forma:

· Establecer la seguridad de la víctima de intimidación. · Informar a la administración. Los administradores escolares están obligados a investigar todas

las alegaciones de intimidación.

ABUSO INFANTIL

La Política de la Junta Escolar 8462 y el Estatuto de la Florida 1006.061 (1) establece lo siguiente: Cuando el personal escolar sospecha de abuso infantil, abandono y/o negligencia, la ley requiere lo siguiente:

La sospecha de abuso infantil, abandono y/o negligencia serán reportados inmediatamente al Registro de Abuso de la Florida, 1-800-96 ABUSE (1-800-962-2873). Los reportes de abuso infantil también pueden ser enviados por fax (1-800-914-0004) o por correo electrónico www.dcf.state.fl.us/abuse/report. Todos los reportes de abuso infantil deben ser documentados por la persona que informa. (Ver información de los Indicadores de Abuso Infantil al final de la sección.) Además, la Ley de Educación Ética requiere reporte obligatorio de abuso infantil. Si no se reporta el abuso infantil es una violación de la ética y podría resultar en la terminación del empleo, así como la revocación de su certificado de enseñanza.

El formulario "Aviso de informe de Abuso Infantil a la Línea Directa" debe ser enviado de forma anónima a su administrador escolar tan pronto como sea posible después de llamar al registro de abuso infantil al 1-800-962-2873. Este formulario puede obtenerse mediante el acceso a “Outlook Public Folder” → Student Services → Child Abuse Information.

CÓDIGO DE CONDUCTA ESTUDIANTIL

El Código de Conducta del Estudiante es desarrollado para informar a los estudiantes y a los padres de la conducta aceptable de los estudiantes y las alternativas disciplinarias para modificar el comportamiento inaceptable. El documento describe los derechos y responsabilidades de la Junta Escolar y de los estudiantes con respecto a la conducta del estudiante mientras asiste a la escuela, participa en actividades patrocinadas por la escuela, y mientras esté en la escuela, un autobús escolar,

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o en una parada de autobús escolar designada. Los procedimientos de disciplina y apelación, así como las consecuencias por violaciones están incluidos. El documento se actualiza anualmente.

ASISTENCIA OBLIGATORIA A LA ESCUELA

La Ley de la Florida requiere que todos los estudiantes entre las edades de 6 y 16 años asistan a la escuela. Es responsabilidad del administrador de la escuela asegurarse de que se tome la asistencia diaria de los estudiantes. Los estudiantes que tengan 5 ausencias injustificadas en un mes o 10 ausencias injustificadas dentro de un período de 90 días calendario estarían presentando "un patrón de inasistencia" que puede dar lugar al absentismo escolar (truancy). Cuando hay un patrón de inasistencia, el/la directora/a debe referir al estudiante al equipo de asistencia. El equipo de asistencia debe reunirse con los padres del estudiante para identificar los posibles remedios y en caso de que la reunión no resuelva el problema, el equipo debe implementar:

· Intentos frecuentes de comunicación entre el maestro y la familia; · Evaluación de programas de educación alterna y · Contratos de asistencia. (F.S. 1003.26 and F.S. 1003.27)

ASUNTOS CRÍTICOS

La Junta Escolar del Condado de Polk reconoce que preguntas relacionadas a diversos temas críticos pueden ser planteadas por un estudiante dentro o fuera del aula. El Manual de Asuntos Críticos fue aprobado por la Junta Escolar para asegurar que los padres y los estudiantes reciban un mensaje consistente por parte de todo el personal de la Junta Escolar. Es importante que no se compartan los valores y las opiniones personales. El objetivo principal es enseñar a los estudiantes los valores tradicionales tales como respeto, bondad, confianza y honestidad. Es importante que los estudiantes comprendan y decidan lo que es un comportamiento saludable para el cuerpo, mente y alma. La Legislatura de la Florida aboga por la abstinencia como el estándar esperado para todos los niños y jóvenes en edad escolar (División de Revisión Estatutaria, 1996). La Junta Escolar del Condado de Polk apoya esta recomendación y el Currículo de Salud Integral usado por el distrito escolar está dirigido a la abstinencia en su filosofía y orientación. Los estudiantes siempre deben ser alentados a discutir temas críticos con sus padres o tutores, especialmente en el área de los valores personales/familiares y la moral.

EDUCACIÓN EN EL HOGAR La ley de Florida permite a los padres que eduquen a sus hijos en el hogar. La ley da a los padres una gran libertad en la dirección y la elección de los programas educativos que mejor se adaptan a las necesidades de su hijo/a. La información y los procedimientos para la educación en el hogar se encuentran en el sitio web de la Junta Escolar del Condado de Polk en: http: //www.polk-fl.net/districtinfo/departments/learning/studentservices/documents/homeedpacket.pdf

SISTEMA DE VARIOS NIVELES DE APOYO (MTSS POR SUS SIGLAS EN INGLÉS)

El sistema de varios niveles de apoyo (MTSS) describe un formato de instrucción que usa resolución de problemas basado en los datos para integrar la instrucción e intervención académica y de comportamiento. Los estudiantes reciben apoyos educativos o de comportamiento a diferentes niveles de intensidad dependiendo de sus necesidades. El objetivo es prevenir los problemas mediante la intervención temprana para que los estudiantes puedan tener éxito.

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Por lo general, las escuelas tienen dos equipos multidisciplinarios que analizan los datos del estudiante y desarrollan apoyos para maximizar el desarrollo del estudiante y proveer apoyos para estudiantes con dificultades:

El Equipo de Liderazgo de la escuela revisa el rendimiento y progreso de los estudiantes a nivel de toda la escuela y le da seguimiento a la eficacia de la instrucción básica (Nivel 1). Este equipo también puede ayudar a diseñar y poner en práctica la instrucción suplementaria para grupos de estudiantes con dificultades (apoyo Nivel 2; para lectura, este nivel de apoyo se refiere a menudo como "triple i"). El Equipo de Resolución de Problemas (PST) también es multidisciplinario y usa el modelo de resolución de problemas para identificar las necesidades y desarrollar apoyos intensivos (apoyos Nivel 3) para estudiantes individuales que están experimentando problemas académicos, de comportamiento y/o de asistencia que no fueron remediados a través de los niveles 1 y 2.

ADMINISTRACIÓN DE MEDICAMENTOS PSICOTRÓPICOS La Sección 1006.0625 de los Estatutos de la Florida (F.S.), Administración de Medicamentos Psicotrópicos, prohíbe a las escuelas públicas el negar cualquier acceso a programas o servicios a estudiantes porque el padre se haya negado a poner al estudiante en medicamentos psicotrópicos. Cualquier decisión médica tomada para tratar las necesidades del estudiante es un asunto entre el estudiante, los padres del estudiante y un profesional competente de cuidado de salud elegido por los padres.

Los maestros y el personal del distrito pueden compartir observaciones de la escuela del rendimiento académico, funcional y de comportamiento del estudiante con los padres del estudiante y ofrecer opciones de programas y otros tipos de asistencia basándose en estas observaciones. Los maestros y personal del distrito no pueden obligar o intentar obligar ninguna acción específica por parte del padre o a requerir a un estudiante a tomar medicamentos.

El personal escolar no puede exigir a un estudiante a que obtenga una receta para una sustancia cubierta por la Ley de Sustancias Controladas como condición para asistir a la escuela, recibir una evaluación o recibir servicios.

Los padres también tienen el derecho de rechazar una evaluación psicológica. Regla 6A-6.03311, el Código Administrativo de la Florida (Salvaguardas Procesales para Estudiantes con Discapacidad), actualmente requiere el consentimiento informado de los padres antes de realizar una evaluación individual inicial para determinar la elegibilidad y antes de la primera provisión de instrucción especialmente diseñada y servicios relacionados a un estudiante con una discapacidad.

AMENAZAS DEL ESTUDIANTE DE HACER DAÑO A OTROS

Las amenazas de daño a otras personas o amenazas de actos violentos deben ser reportadas inmediatamente al administrador de la escuela para convocar un equipo de evaluación de la amenaza para evaluar e intervenir. Los administradores escolares han sido provistos de los "Procedimientos y Directrices para la Evaluación/Intervención de Amenazas de las Escuelas Públicas del Condado de Polk." El equipo básico de evaluación de amenazas debe incluir a un administrador, un maestro o entrenador vigente y un profesional de Servicios Estudiantiles tales como el consejero escolar, psicólogo escolar o trabajador social escolar. Los maestros y personal de apoyo no deben tratar de intervenir sin seguir estos procedimientos bajo la dirección de la administración de la escuela. Se les recomienda encarecidamente a las escuelas que incluyan su oficial de recursos escolares o a un agente de la ley (SRO/SRD) en este proceso.

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SUICIDIO DE JÓVENES

Los maestros y otro personal escolar que están en contacto directo con los estudiantes pueden llegar a estar conscientes de que un alumno está pensando en el suicidio. Para obtener información adicional favor de referirse a "Recomendaciones de las Escuelas Públicas del Condado de Polk para Tratar con el Suicidio Potencial Estudiantil”. Es importante que todos los miembros del personal reconozcan las señales y los síntomas del suicidio e intervengan inmediatamente. Las amenazas de suicidio deben tomarse en serio. No mantenga las amenazas de suicidio en secreto o intente resolver estos problemas por sí solo/a. Se necesita ayuda y puede ser obtenida a través de los administradores de su escuela, personal de Servicios Estudiantiles y en algunos casos, los oficiales de la ley. Algunos de los factores de riesgo y señales de advertencia del suicidio pueden incluir:

· presencia de un trastorno psiquiátrico (por ejemplo, depresión, trastorno del estado de ánimo, trastornos de ansiedad, etc.)

· comportamiento suicida previo · expresión de pensamientos de suicidio o muerte · pobre destrezas de resolución de problemas y de hacer frente a situaciones · exposición a comportamiento suicida de otras personas · reciente factor severo de estrés · inestabilidad familiar, conflictos significativos · aislamiento social

· dificultades en la escuela · dificultad para concentrarse · alejamiento de las amistades y familiares · quejas de ser una mala persona · cambios en la personalidad y cambios de humor graves · rabia, ira, ansiedad, comportamiento temerario · aumento y/o uso de alcohol o drogas · percepción de estar atrapado o no tener ningún propósito en la vida; dolor psicológico · problemas de alimentación y/o para dormir · acceso a armas en o alrededor de la casa · cortarse u otras conductas auto lesivas (tener en cuenta que la mayoría de los estudiantes que

se auto lastiman a sí mismos no son activamente suicidas.

Una señal puede o no ser indicación de problemas. Más de un señal a menudo significa que la ayuda es necesaria. Observe cuánto tiempo y cuan intensas son las señales y cuantas están presentes al mismo tiempo.

Procedimientos de la Escuela - Qué hacer cuando un estudiante está en riesgo de hacerse daño así mismo/a:

1. Proveer supervisión adecuada al estudiante - no dejar solo al estudiante. 2. Informar al director o al personal administrativo del riesgo del estudiante y determinar quién

va a notificar al padre. 3. El administrador o la persona designada notifica a los padres del estudiante. Si no hay un

administrador disponible, proceda a notificar a los padres y continúe intentando hacer contacto con el administrador.

4. Proveer a los padres y al estudiante con una lista de recursos de la comunidad y enfatizar que debe tomarse acción inmediata.

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5. Consultar con el consejero escolar, psicólogo escolar y/o trabajador social escolar, o si es necesario, el Equipo de Crisis.

6. Documentar todas las acciones en el Formulario de Registro de Intervención de Crisis del Caso. Envíe el formulario completado al Coordinador del Equipo de Crisis.

7. Continuar monitoreando el progreso del estudiante, apoyar al estudiante, y trabajar en colaboración con profesionales y agencias externas. Para los estudiantes que se ha aplicado la Ley “Baker” (“Baker Acted”), completar y enviar el Formulario de Seguimiento de Intervención de Crisis.

Para los estudiantes que están presentando pensamientos suicidas, pero carecen de un plan específico o de los medios para llevar a cabo ese plan, podría ser necesario un apoyo adicional. La escuela puede comunicarse con el Centro de Equipo de Respuesta de Crisis Peace River (CRT por sus siglas en inglés) para dirección adicional y apoyo a corto plazo.

Si un estudiante está en peligro inminente o ha intentado suicidarse activamente en el campus, el oficial de recursos escolares u otro agente de la ley deben ser contactados inmediatamente. Si el estudiante está lesionado, llame al 911. Su psicólogo escolar, consejero escolar o trabajador social también deben ser contactados para obtener información sobre la prevención y la intervención de suicidio.

ADULTOS EN CRISIS

Si un empleado indica que él/ella está pensando hacerse daño a sí mismo o a otros, contacte inmediatamente al administrador del empleado. El administrador entonces contactará al Coordinador del Equipo de Crisis para ayuda adicional. Que hacer:

1. Asegurar supervisión. No dejar a la persona sola. 2. Recordar que no podemos guardar confidencial ninguna información que indique un riesgo de

daño a sí mismo o a otros. 3. Informar al director. No manejar esto por su cuenta. 4. El personal de Servicios Estudiantiles o el Equipo de Crisis puede ayudar a evaluar los factores

de riesgo y de protección para determinar si se trata de una amenaza de nivel bajo, moderado o alto.

5. Si se trata de una amenaza de nivel bajo, entonces refiérase al Programa de Asistencia al Empleado (EAP por sus siglas en inglés).

6. Si esto es una amenaza nivel moderado, refiérase a EAP tan pronto como sea posible para ayuda (el empleado puede necesitar ayuda para hacer esta llamada) y documente usando el Formulario de Registro de Intervención de Crisis del Caso. Envíe el formulario completado al Coordinador del Equipo de Crisis. Si se trata de una amenaza de nivel alto:

a. Refiérase a EAP para asistencia inmediata (el empleado puede necesitar ayuda para hacer esta llamada).

b. Si el empleado no puede o no accede a EAP, entonces contacte al Equipo de Respuesta de Crisis de Peace River para obtener más ayuda.

c. Continuar proveyendo supervisión en el lugar hasta que llegue el CRT de Peace River. No deje a la persona sola, pero recuerde que no se puede obligar al empleado a permanecer.

d. Si el empleado abandona los terrenos de la escuela, entonces contacte a la policía para obtener ayuda adicional.

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e. La administración escolar puede que desee consultar con el departamento de Recursos Humanos para determinar si se necesita y es apropiada una licencia administrativa.

f. El Director/supervisor debe notificar al Departamento de Recursos Humanos si a un empleado se le aplica la Ley “Baker” (“Baker Acted”).

g. Documentar todas las acciones en el Formulario de Registro de Intervención de Crisis del Caso. Envíe el formulario completado al Coordinador del Equipo de Crisis.

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INDICADORES DE ABUSO Y NEGLIGENCIA INFANTIL REGISTRO DE ABUSO 1-800-962 ABUSE (1-800-962-2873)

CATEGORÍA APARIENCIA DEL NIÑO COMPORTAMIENTO DEL NIÑO COMPORTAMIENTO DEL CUIDADOR

NEGLIGENCIA

v Consistentemente sucio, sin lavar, con hambre o vestido inadecuadamente. v Sin supervisión durante largos períodos de tiempo o

cuando participa en actividades peligrosas. v Constantemente cansado o desanimado. v Tiene problemas físicos desatendidos o carece de

atención médica de rutina. v Es explotado, con exceso de trabajo, o es impedido

de asistir a la escuela. v Ha sido abandonado. v Desnutrición.

v Está participando en actos delictivos (por ejemplo, vandalismo, bebida, prostitución, uso de drogas, etc.). v Está pidiendo o robando alimentos. v Escasa asistencia escolar. v Permanencias largas en la escuela. v Hambre consistente. v Apegado. v Asume responsabilidades de adultos. v Cuidador excesivo con los

hermanos/explotación.

v Abuso de alcohol u otras drogas. v Mantiene una vida familiar caótica. v Muestra evidencia de apatía o

inutilidad. v Es enfermo mental o de inteligencia

disminuida. v Tiene una enfermedad crónica a largo

plazo. v Tiene historia de negligencia cuando

niño.

ABUSO FÍSICO

v Contusiones y moretones (en la cara, los labios o la boca; en diversas etapas de cicatrización; en grandes áreas del torso, espalda, nalgas o muslos; en patrones inusuales, agrupados o reflejos del instrumento usado para infligirlos; en varias áreas de superficie diferente). v Quemaduras (quemaduras de cigarros y cigarrillos;

quemaduras en forma de guante o calcetín, quemaduras en forma de dona en las nalgas o genitales indicativas de inmersión en un líquido caliente; quemaduras de cuerdas en los brazos, piernas, cuello o torso, quemaduras con patrones que muestran la forma del artículo [hierro, parrilla, etc.] usado para infligirlos.

v Fracturas (cráneo, mandíbula, o fracturas nasales; fracturas en espiral de los huesos largos (brazos y piernas); fracturas en diversas etapas de la cicatrización; fracturas múltiples; cualquier fractura en un niño menor de dos años). v Laceraciones y abrasiones (boca, labios, encías u

ojos; genitales externos). v Marcas de mordeduras humanas. v Cabello halado y sacado del cuero cabelludo.

v Desconfiado del contacto físico con los adultos. v Nervioso cuando otros niños lloran. v Demuestra comportamientos extremos

(por ejemplo, agresividad extrema o retraimiento). v Parece asustado de los padres. v Informa lesiones por parte de los padres. v Participa en actos delictivos. v Protector de sus hermanos.

v Tiene un historial de abuso cuando era niño. v Usa una disciplina dura inapropiada

para la edad del niño, transgresión, y condición. v Ofrece una explicación ilógica, poco

convincente, contradictoria, o ninguna explicación de la lesión del niño. v Parece despreocupado por niño. v Significativamente percibe mal menor

(por ejemplo, lo ve como malo, malvado, un monstruo, etc.). v Psicótico o psicópata. v Abusa alcohol u otras drogas. v Intenta ocultar la lesión del niño o

protege la identidad de la persona responsable.

MALTRATO EMOCIONAL

v El maltrato emocional, a menudo menos tangible que otras formas de abuso y abandono de niños, puede ser indicado por los comportamientos del niño y del cuidador.

v Retrasos en el desarrollo físico. v Exposición a violencia doméstica v Niños que están en peligro de drogas v Niños que han sido objeto de tráfico humano

v Aparece demasiado obediente, pasivo, y poco exigente.

v Es extremadamente agresivo, exigente o rabioso.

v Muestra conductas excesivamente adaptativas, ya sea inapropiadas como adulto (por ejemplo, como padre de otros niños) o inapropiadamente infantil (por ejemplo, se mece constantemente, se chupa el pulgar, es neurótico).

v Retrasos en el desarrollo físico, emocional e intelectual.

v Intentos de suicidio. v Terrores nocturnos. v Falta de autoestima. v Lenguaje profano. v Trastornos del habla (tartamudea, se niega

a hablar). v Falta de confianza

v Culpa o desestima a su hijo. v Es frío y rechaza. v Retiene o niega el amor. v Trato desigual a los hermanos. v Parece no preocuparse por los

problemas del niño.

ABUSO SEXUAL

v Tiene la ropa interior desgarrada, manchada, o ensangrentada.

v Tiene una enfermedad venérea. v Dolor, moretones, picazón en el área genital. v Dificultad para sentarse o caminar. v Embarazo. v Olor peculiar. v Mojar la cama / suciedad. v Mojar/ensuciar la cama

v Se muestra retraído o se involucra en comportamiento de fantasía o infantil. v Tiene una relación pobres con sus iguales. v Está participando en actos o delictivos o se

escapa de la casa. v Declara que ha sido asaltado sexualmente

por el padre / cuidador. v Conocimiento o conducta sexual extraña,

sofisticada o inusual. v Se niega a desvestirse en educación física v Conducta regresiva (mecerse, chuparse el

dedo). v Suicida.

v Extremadamente protector o celoso del niño.

v Anima al niño a ejercer la prostitución o actos sexuales en presencia del cuidador.

v Ha sido abusado sexualmente cuando era niño.

v Está experimentando dificultades en su matrimonio.

v Abuso de alcohol u otras drogas. v Está ausente del hogar con frecuencia.