Investigacion de mercados internacionales tercera parcial[1]

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INVESTIGACIÓN DE ACUERDOS BILATERALES . AFRICA Y MEDIO ORIENTE. Entre los mas importantes tratados bilaterales que se manejan constan los siguientes. ACUERDO DE AGADIR. COMESA GAFTA GCC IBSA MEFTA SACU Entre los intentos de integración estancados se encuentra la Unión del Magreb Árabe (UMA). Esta se constituyó el 17 de febrero de 1989 entre Argelia, Libia, Marruecos, Túnez y Mauritania.

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Que se consgue con la investigación de mercados para ver si es factibe o no poner un negocio

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  • 1. INVESTIGACIN DE ACUERDOS BILATERALES . AFRICA Y MEDIO ORIENTE. Entre los mas importantes tratados bilaterales que se manejan constan los siguientes. ACUERDO DE AGADIR. COMESA GAFTA GCC IBSA MEFTA SACU Entre los intentos de integracin estancados se encuentra la Unin del Magreb rabe (UMA). Esta se constituy el 17 de febrero de 1989 entre Argelia, Libia, Marruecos, Tnez y Mauritania.

2. El Acuerdo de Agadir es un tratado de libre comercio en el que participan cuatro pases rabes: Egipto 2004, Jordania 2002, Marruecos2000 y Tnez 1998. Toma su nombre de la ciudad de Agadir donde se inici el proceso. ACUERDO DE AGADIR. AFRICA Y MEDIO ORIENTE. El objetivo del acuerdo es facilitar la integracin entre los Estados rabes y la UE. 3. AFRICA Y MEDIO ORIENTE. COMESA El Mercado Comn de frica del Sur y Oriental (COMESA por su sigla en ingls) fue creado mediante un tratado firmado el 5 de noviembre de 1993 en Kampala - Uganda. Tiene por objetivo crear un mercado comn en frica Oriental y Austral. Los 17 Estados que integran el GAFTA o LA LIGA RABE son: Argelia, Bahrin, Egipto, Irak, Kuwait, Lbano, Libia, Marruecos, Omn, Palestina, Qatar, Arabia Saudita, Sudn, Siria, Tnez, Emiratos rabes Unidos y Yemen. GAFTA 4. AFRICA Y MEDIO ORIENTE. GCC EL CONSEJO DE COOPERACIN DEL GOLFO compuesto por Bahrin, Kuwait, Omn, Qatar, Arabia Saudita, los Emiratos rabes Unidos y prximamente Yemen tiene como objetivo las negociaciones bilaterales entre ellos Australia, China, el Mercosur, Japn, Jordania, Corea, Turqua, Nueva Zelanda, India e Irn. India, Brasil y Sudfrica tienen proyectado establecer un TLC trilateral, que vincule a estas tres grandes potencias econmicas de Asia, Amrica Latina y frica en lo que sera un gran TLC Sur-Sur. IBSA 5. La iniciativa de un rea de Libre Comercio de Estados Unidos y Medio Oriente (MEFTA, por su sigla en ingls) es un plan ambicioso para llegar a un nico tratado de libre comercio (TLC) entre Estados Unidos y todos los pases entre el Sahara Occidental e Irn. La iniciativa fue lanzada por George W. Bush en 2003. AFRICA Y MEDIO ORIENTE. MEFTA 6. AFRICA Y MEDIO ORIENTE. SACU La Unin Aduanera de frica del Sur (SACU) est integrada por Sudfrica, Botsuana, Lesoto, Namibia y Suazilandia. Se cre en 1910, lo que la transforma en la unin aduanera ms antigua del mundo. El acuerdo de la SACU fue revisado en 1969 y en el 2002. En 2006 la SACU firm negociaciones de un TLC con Estados Unidos. En abril de 2005, la SACU firm un acuerdo de comercio preferencial con el bloque sudamericano del Mercosur. En la actualidad est negociando TLCs o explorando esa posibilidad con pases que incluyen a la India, China y posiblemente tambin a Singapur. 7. ACCESO AL MERCADO EUROPEO. Por medio del Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG), la Unin Europea otorga preferencias comerciales unilaterales y en beneficio de todos los pases en vas de desarrollo. El SPG ha evolucionado en el transcurso del tiempo y cuenta con cinco regmenes: El origen de los sistemas generalizados de preferencias se remonta al ao 1968, cuando la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD) recomend la creacin de este sistema. 8. RGIMEN ESPECIAL DE FOMENTO DE LA PROTECCIN DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES: Se exige la aplicacin de todas las normas recogidas en la Declaracin de la OIT.. RGIMEN ESPECIAL DE FOMENTO DE LA PROTECCIN DEL MEDIO AMBIENTE: Debe tomar en cuenta los nuevos avances respecto a las normas y los sistemas de certificacin acordados internacionalmente. RGIMEN GENERAL: Prev la suspensin o reduccin de aranceles para la mayora de los productos en funcin de sus sensibilidades. 9. RGIMEN DROGA: Su nombre oficial es: Rgimen especial de lucha contra la produccin y trfico de drogas. En Amrica, se aplica a la Comunidad Andina (Bolivia, Colombia, Ecuador, Per), los pases centroamericanos y Panam. RGIMEN ESPECIAL A FAVOR DE LOS PASES MENOS AVANZADOS (PMD): Consiste en la suspensin total de los derechos del arancel aduanero comn sobre todos los productos de los captulos 1 a 97, excepto los del captulo 93, originarios de estos pases. 10. CLASIFICACIN DEL SPG. Bolivia Colombia Costa Rica Ecuador Georgia Guatemala Honduras Sri Lanka Rep. De Moldova Mongolia Nicaragua Panam Per El Salvador Venezuela 11. Para ser beneficiario del SGP plus es decir para obtener preferencias arancelarias adiciones de este rgimen los pases deben cumplir con las siguientes condiciones: b) Ser considerado pas vulnerable, para lo cual debe: a) Ratificar y efectivamente haber implementado una serie de convenciones internacionales sobre derechos humanos y laborales, buen gobierno, lucha contra las drogas y proteccin del medioambiente. No ser clasificado por el Banco Mundial como un pas de alto ingreso durante tres aos . 12. REGIMENES DEL SGP Plus. Los tres regmenes del SPG se refieren : Se suspenden totalmente los aranceles para los productos no sensibles (excepto los componentes agrcolas) cubiertos por el SPG . Se reduce 3.5 puntos porcentuales del arancel ad valorem de los productos clasificados como sensibles, Los productos textiles y de la confeccin a los que se aplica una reduccin del 20% del arancel. Este rgimen involucra a casi 3500 subpartidas de la Nomenclatura Combinada empleada por la UE. a) REGIMEN GENERAL. 13. b) RGIMEN ESPECIAL DE ESTMULO DEL DESARROLLO SOSTENIBLE Y LA GOBERNANZA (SPG+): Para ser beneficiarios, los pases deben ratificar y aplicar de manera efectiva los 16 convenios de la ONU y la OIT relativos a derechos humanos y laborales. Como mnimo, 7 de los 11 convenios relativos al medio ambiente y los principios de gobernanza. C) RGIMEN ESPECIAL PARA LOS PASES MENOS DESARROLLADOS (TODO MENOS ARMAS). Este rgimen suspende totalmente los aranceles a todos los productos, excepto las armas y municiones, originarios de los pases clasificados por Naciones Unidas como pases menos desarrollados. 14. ARANCEL INTEGRADO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS (TARIC) El TARIC recoge las normativas comunitarias que han sido objeto de publicacin en el Diario Oficial de la Unin Europea. El cdigo TARIC comprende 18 000 posiciones de diez caracteres. 8 4 64 10 00 00 84.64.00.00.0 0 Sub partida Regional. 15. Estos beneficios arancelarios son otorgados en la medida en que los productos sean considerados como originarios del pas beneficiario. Son considerados originarios los productos: 2.- Los que incorporan insumos de terceros pases, siempre que dichos productos hayan sufrido procesos de elaboracin o transformacin determinados en las REGLAS DE ORIGEN ESPECFICAS (de mayor aplicacin en el sector industrial). 1.- Los totalmente obtenidos en un pas beneficiario (fundamentalmente sector agrcola) y los productos que se fabrican en el pas. 16. LAS REGLAS DE ORIGEN ESPECFICAS contemplan las condiciones de elaboracin o transformacin aplicables a las materias primas no originarias para que el producto final destinado al mercado europeo pueda gozar del carcter de originario del SPG. Las reglas de origen especficas se encuentran descritas en el Reglamento (CE) n 1602/2000 de la Comisin, del 24 de julio de 2000 Anexo 15. 17. Es necesario conocer que existen algunos procesos que se consideran insuficientes para poder obtener un SPG entre los cuales estn: Manipulaciones con el objetivo de conservar en buen estado el producto durante el transporte o almacenamiento del mismo. Operaciones simples de desempolvado, clasificacin, preparacin de surtidos, lavado, pintura o torneado. Cambios de envase y separacin o agrupacin de bultos, o el envasado simple en botellas, frascos, bolsas, estuches y cajas o bandejas. La colocacin de marcas, etiquetas y otros signos distintivos similares en los mismos productos o envases. 18. Sin embargo cuando ya existe en alguno de los pases beneficiados un grado sostenible de desarrollo y competitividad automticamente se aplica el: Este mecanismo consiste en los siguiente; por ejemplo si la UE importa calzado desde Chile y el promedio de exportaciones de calzado chileno a la UE supera el 25% del total de exportaciones de calzado registrado por su bloque es decir ALADI automticamente el sector de calzado de chile deja de beneficiarse en la medida que ya lo hacia con la UE. MECANISMO DE GRADUACIN. 19. Es importante sealar que la graduacin no es un sistema que castiga a los pases a los que se aplica, sino que su objetivo es que las preferencias siempre se destinen a los pases y sectores ms necesitados. Luego de conocer los beneficios arancelarios de nuestros productos se debe tomar en cuanta 2 aspectos bsicos para poder exportar a la UE, el primero es cumplir con: La legislacin sanitaria. Proteccin del medio ambiente. Si los productos que se va ha exportar son frescos se debe tener presente las siguientes recomendaciones: 20. EXPORTADORES DE PRODUCTO FRESCO 1. Garantizar que los productos sean inocuos. 2. Aplicar sistemas y procedimientos que permitan asegurar su rastreabilidad. 5. Verificar la existencia de normas de comercializacin y cumplir con ellas si existen. 6. Asegurar que los embalajes cumplan con la normativa NIMF No. 15. 3. Asegurar que los productos estn libres de organismos nocivos para la salud vegetal de los pases de la UE. 4. Asegurar que los productos cumplan con los lmites mximos de residuos qumicos presentes en los alimentos. 21. 7. Identificar la existencia de cuotas para la importacin de sus productos al mercado de la UE. 8. Registrar su marca, en caso de estar interesado en vender sus productos bajo su propia marca. 9. Cumplir con los requisitos sobre productos orgnicos, en caso de querer vender sus productos bajo est denominacin. 22. MARCAS PARA LAS MEDIDAS APROBADAS NIMF N 15 La marca que se ilustra a continuacin sirve para certificar que el embalaje de madera que la exhiba, ha sido sometido a una medida aprobada. Las marcas debern: - Conformarse al modelo ilustrado. - Ser legibles. - Ser permanentes y no transferibles. -Colocarse en un lugar visible. 23. EXPORTADORES DE PRODUCTO PROCESADO. 1. Asegurar la inocuidad de los alimentos segn lo establecen los procedimientos del sistema de HACCP. 2. Aplicar sistemas y procedimientos que permitan asegurar la rastreabilidad de los ingredientes y alimentos. 3. Cumplir con los requisitos de etiquetado. 7. Asegurar que los embalajes cumplan con la normativa NIMF No. 15. 8. Cumplir con los requisitos sobre producto orgnicos, en caso de querer vender sus productos como ecolgicos. 4. Cumplir con las directrices generales sobre los materiales y objetos que entran en contacto con los alimentos. 5. Cumplir con la normativa sobre aditivos de los alimentos. 6. Cumplir con la normativa para evitar la contaminacin de los alimentos. 24. 9. Identificar los aranceles que deber pagar el producto a la hora de ingresar a la UE. 10. Identificar la existencia de cuotas para la importacin de sus productos al mercado de la UE. 11. Registrar su marca, en caso de estar interesado en vender sus productos bajo su propia marca. 25. EL ETIQUETADO DE PRODUCTOS EN LA UNIN EUROPEA. El origen de la regulacin del etiquetado a nivel europeo est ntimamente ligado al desarrollo de la poltica de proteccin de los consumidores. Con lo cual la normativa europea persigue proteger la salud pblica y el medio ambiente. El alcance de la legislacin europea slo regula el etiquetado de determinados productos, como: Productos alimenticios. Textiles y el calzado. Cosmticos. Sustancias peligrosas o los detergentes. 26. Etiquetado de determinados productos alimenticios La Legislacin de la Directiva 2000/13/CE La Directiva 2000/13/CE establece que los Estados miembros procurarn prohibir el comercio en su territorio de productos alimenticios en los que no figuren las menciones obligatorias en la lengua que el consumidor comprenda fcilmente. 27. Directiva 96/74/CE Etiquetado de productos textiles Dos productos textiles con el mismo contenido en fibras y que habitualmente formen parte de un conjunto inseparable, podrn ir acompaados de una sola etiqueta. 28. Directiva 94/11/CE Calzado En relacin al etiquetado del calzado, ste debe proporcionar, mediante pictogramas o indicaciones textuales datos de etiquetado que sean visibles, se encuentre bien sujeto y sean accesibles. 29. Cosmticos Directiva 76/768/CEE 30. Sustancias peligrosas. Directiva 1967/548/CEE 31. COMERCIO EXTERIOR APLICADO EN LA COMUNIDAD EUROPEA (CE) REGIMEN COMUN APLICABLE A LAS IMPORTACIONES. Este Reglamento se aplica, en concreto, a las importaciones de los productos originarios de terceros pases, con exclusin de los productos textiles sujetos a un rgimen especfico de importacin . Geogrficamente, comprende las importaciones de todos los terceros pases, a excepcin de Albania, los pases de la Comunidad de Estados Independientes (CEI) y algunos pases de Asia (Corea del Norte, China, Mongolia y Vietnam) enumerados en el Reglamento (CE) n 519/94. 32. Procedimiento de informacin y consulta. Los Estados miembros deben informar a la Comisin cuando la evolucin de las importaciones haga necesario recurrir a medidas de salvaguardia. Pueden celebrarse consultas a peticin de un Estado miembro o a iniciativa de la Comisin. Deben tener lugar en el seno de un COMIT CONSULTIVO compuesto por representantes de cada Estado miembro y presidido por un representante de la Comisin. Cuando sea necesario, las consultas pueden realizarse por escrito y los Estados miembros, en un plazo de entre cinco a ocho das laborables, pueden expresar su opinin o solicitar una consulta oral. 33. Procedimiento comunitario de investigacin. Cuando se considere que existen pruebas suficientes para justificar la apertura de una investigacin, la Comisin iniciar sta en el plazo de un mes y publicar un anuncio en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas resumiendo la informacin que justifique dicha investigacin. Al finalizar la investigacin, la COMISIN presenta al COMIT CONSULTIVO un informe y puede, de acuerdo con el resultado de su investigacin, bien concluir la investigacin, o bien tomar, o proponer al Consejo que tome medidas de vigilancia y de salvaguardia. 34. Medidas de vigilancia. La decisin de someter un producto a vigilancia normalmente la toma la COMISIN. Esta vigilancia puede consistir en: Un control a posteriori de las importaciones (vigilancia estadstica). Un control previo. La medida de vigilancia no cubre necesariamente a toda la Comunidad. Si en el plazo de ocho das laborables tras el final de las consultas sobre la oportunidad de someter un producto a vigilancia comunitaria no se toma esta medida, la Comisin puede establecer una vigilancia limitada a las importaciones con destino a una o a varias regiones de la Comunidad. 35. Para poder recurrir a las medidas de salvaguardia, es necesario que las importaciones de un producto en la Comunidad aumenten de tal forma o en tales condiciones que provoquen o amenacen con provocar un perjuicio grave a los productores comunitarios. Medidas de salvaguardia. No puede ser aplicada ninguna medida de salvaguardia a un producto originario de un pas en vas de desarrollo miembro de la OMC cuando las exportaciones de dicho pas a la CE no sobrepase la cuota de un 3 % de un determinado producto. 36. Acto(s) modificativo(s) Entrada en vigor Plazo de transposicin en los Estados miembros Diario Oficial Reglamento (CE) n 139/96 30.01.1996 - DO L 21 de 27.1.1996 Reglamento (CE) n 2315/96 5.12.1996 - DO L 314 de 4.12.1996 Reglamento (CE) n 2474/2000 1.12.2000 - DO L 286 de 11.11.2000 Reglamento (CE) n 2200/2004 23.12.2004 - DO L 374 de 22.12.2004 Acto Entrada en vigor Plazo de transposicin en los Estados miembros Diario Oficial Reglamento (CE) n 3285/94 1.1.1995 - DO L 349 de 31.12.1994 REFERENCIAS 37. RGIMEN COMN APLICABLE A LAS IMPORTACIONES DE TERCEROS PASES La liberalizacin de la economa y el comercio exterior que se produjo tras la disgregacin del bloque comunista indujo a la Comisin a aplicarles el rgimen de derecho comn, en vez de la normativa aplicable a los pases con comercio de Estado. 38. Acto Entrada en vigor Plazo de transposicin en los Estados miembros Diario Oficial Reglamento (CE) n 519/94 10.03.1994 - DO L 67 de 10.3.1994 Acto(s) modificativo(s) Entrada en vigor Plazo de transposicin en los Estados miembros Diario Oficial Reglamento (CE) n 839/95 22.4.1995 - DO L 85 de 19.4.1995 Reglamento (CE) n 139/96 30.1.1996 - DO L 21 de 27.1.1996 Reglamento (CE) n 168/96 4.2.1996 - DO L 25 de 1.2.1996 Reglamento (CE) n 1138/98 3.6.1998 - DO L 159 de 3.6.1998 Reglamento (CE) n 427/2003 3.3.2003 - DO L 65 de 8.3.2003 REFERENCIAS 39. COMERCIO EXTERIOR EN LA DEFENSA COMERCIAL APLICADO EN LA COMUNIDAD EUROPEA (CE) MEDIDAS ANTIDUMPING Geogrficamente, el Reglamento se aplica respecto de todos los pases no miembros y miembros de la Comunidad Europea (CE). Se considerar que un producto es objeto de dumping exportacin a la Comunidad sea inferior al precio comparable establecido para el producto similar en el pas de exportacin. cuando su precio de 40. Para que se establezca un derecho antidumping es necesaria la existencia de otro elemento fundamental: la existencia de un perjuicio importante para una industria de la Comunidad, ya se trate de un perjuicio sufrido por una industria establecida en la Comunidad, o de una amenaza de perjuicio o de un retraso significativo en la creacin de dicha industria. El perjuicio. La determinacin de la existencia de perjuicios se basar en pruebas fsicas e implicar un examen objetivo de tres elementos: 41. 1.- El volumen de las importaciones objeto de dumping, en particular cuando hayan aumentado sensiblemente, es decir se compara con la produccin o el consumo de la Comunidad. 2.- Los precios de las importaciones que sean objeto de dumping, en particular para determinar si ha existido una subcotizacin significativa de los precios con respecto al precio de un producto similar de la industria comunitaria. 3.- El efecto resultante en la industria comunitaria en particular en lo que respecta a la produccin y la utilizacin de las capacidades, la evolucin de los precios, los beneficios, el rendimiento de las inversiones, la liquidez y el empleo. 42. Apertura de Procedimiento. El procedimiento se inicia tras una denuncia escrita presentada por cualquier persona fsica o jurdica, o cualquier asociacin sin personalidad jurdica que acte en nombre de una industria de la Comunidad. La denuncia se considerar presentada por la industria de la Comunidad o en su nombre cuando est apoyada por productores que representen a ms del 50 % de la produccin comunitaria. La denuncia ser examinada en el seno de un Comit consultivo compuesto por representantes de cada Estado miembro y presidido por un representante de la Comisin. 43. Investigacin. El perodo de investigacin normalmente no ser inferior a los seis meses .La Comisin remitir cuestionarios a las partes interesadas, que dispondrn de un plazo mnimo de treinta das para responder al mismo. La investigacin finaliza con la conclusin de la misma, o bien al imponerse una medida definitiva. Esta investigacin deber haberse concluido a los quince meses del inicio del procedimiento. 44. Conclusin del procedimiento La solucin definitiva del procedimiento puede ser negativa en este caso se plantean objeciones, entonces la Comisin presentar inmediatamente al Consejo un informe sobre los resultados de las consultas, junto con una propuesta de conclusin del procedimiento. La duracin de los derechos expira cinco aos despus de su imposicin, o cinco aos despus de la conclusin de la reconsideracin de las medidas. Esa reconsideracin se efectuar, bien por iniciativa de la Comisin, bien a peticin de los productores comunitarios. Duracin y reconsideracin 45. Los derechos percibidos podrn devolverse cuando el importador pueda probar que el margen de dumping se ha eliminado o reducido. Restitucin de los derechos 46. ASOCIACIN ESTRATGICA UNIN EUROPEA, AMRICA LATINA Y EL CARIBE: Las relaciones entre la UE y los pases de Amrica Latina dependen del Reglamento PVD-ALA. Mientras que los pases del Caribe forman parte del grupo ACP y dependen, del Acuerdo de Coton, firmado en 2000 para un perodo de veinte aos (2000-2020), y que se revisa cada cinco aos. 47. La Unin Europea, Amrica Latina y el Caribe en la actualidad Poblacin 48. El NDICE DE DESARROLLO HUMANO mide, en un pas, el nivel alcanzado en funcin de parmetros como la esperanza de vida, el acceso a la educacin y los ingresos reales. 49. 2 0 0 8 2 0 0 8 50. COOPERACIN UE-ALC. La Unin Europea es el principal donante a favor de Amrica Latina y el Caribe y presta ayuda en forma de subvenciones y prstamos (Banco Europeo de Inversiones). 51. La primera Cumbre en la que se reunieron los Jefes de Estado de Amrica Latina, el Caribe y la Unin Europea se celebr en Ro de Janeiro los das 28 y 29 de junio de 1999 y tuvo por objetivo reforzar los lazos polticos, econmicos y culturales entre ambas. En el mbito poltico.- Los Jefes de Estado hicieron hincapi en la necesidad de actuar de manera concertada, en los foros internacionales, contra el terrorismo y la delincuencia organizada y contra todas las formas de discriminacin. En el mbito econmico.- Aumentar los flujos del intercambio comercial y la inversin entre ambas regiones, respetando las condiciones para un desarrollo sostenible. Tambin manifestaron su intencin de cooperar en la mejora del sistema financiero internacional. 52. RELACIONES BIRREGIONALES DE LA UE CON BLOQUES LATINOAMERICANOS. LA UE Y EL MERCOSUR MERCOSUR es el cuarto grupo econmico del mundo, con un producto interior bruto total de mas 606 000 millones de euros y una poblacin de 297 millones de habitantes. Actualmente, la UE es el principal donante de ayuda al Mercosur. En 2000-2008, la financiacin comunitaria para la cooperacin regional y bilateral con el Mercosur asciende a casi 250 millones de euros. 53. 1 9 8 0 1 9 90 2 0 0 8 54. IMPORTACINES DE LA UE PROCEDENTES DEL MERCOSUR. EXPORTACIONES DE LA UE AL MERCOSUR. 55. LA UE Y LA CAN. La UE y la Comunidad Andina comparten los mismos valores y principios democrticos. En 1996, la Declaracin de Roma inici el dilogo poltico entre las dos regiones, y desde entonces se han celebrado en intervalos regulares reuniones presidenciales y ministeriales especficas. La UE proporciona ayuda a travs de las llamadas lneas presupuestarias horizontales. Estas lneas presupuestarias se dedican a temas especficos, como democracia y derechos humanos, ayuda humanitaria, drogas, refugiados, etc. 56. Como ejemplos de proyectos cabe citar los laboratorios de paz: En Colombia; los proyectos de desarrollo alternativo. En Bolivia; un proyecto de formacin profesional. En Per; un proyecto ambiental. En Ecuador; y un proyecto muy sustancial de prevencin de inundaciones. 57. 1 9 8 0 1 9 9 0 2 0 0 8 EXPORTACIONES DE LA UE A LA CAN 58. LA UE Y AMRICA CENTRAL. El primer Acuerdo de cooperacin entre la UE y Amrica Central se firm en Luxemburgo en 1985 y fue sustituido en 1993 por el actual Acuerdo. 1 9 8 0 1 9 9 0 2 0 0 8 59. La Unin Europea es el segundo socio comercial (10 % del comercio total) de la regin centroamericana, despus de los Estados Unidos (43 % del comercio total). Los intercambios comerciales (exportaciones e importaciones) entre Amrica Central y la UE representan aproximadamente un 0,4 % del comercio exterior total de la UE. Los pases centroamericanos exportan principalmente productos agrcolas, mientras que sus importaciones procedentes de la UE consisten esencialmente en productos industriales. 60. LA UE Y CHILE. En 2006 la Comisin Europea adopt el documento de estrategia nacional CE/Chile, donde se establece una estrategia de cooperacin de cinco aos con una dotacin indicativa de 34,4 millones de euros. Esta estrategia de cooperacin se concentra en los siguientes tres sectores prioritarios: Cooperacin econmica e innovacin tecnolgica (59 % del presupuesto indicativo). Desarrollo de capacidades para promover, entre otros, la equidad social (32,5 % del presupuesto indicativo). Proteccin del medio ambiente y de los recursos naturales (8,5 % del presupuesto indicativo). 61. EJEMPLO DE CMO SE MANEJA LA DEMANDA DE AGUACATE EN EL MERCADO EUROPEO. CONSUMO: Segn FAO 2008, el consumo mundial de aguacate fue de 2,780 miles/ TM. Del cual la UE cuenta aproximadamente con el 14,67% del consumo mundial. Un factor determinante para el crecimiento del mercado fue la preocupacin por la salud. Los europeos tienen una tendencia clara por un estilo de vida ms saludable. Francia (36%); Espaa (18.32%), y Reino Unido (13.88%). LOS PASES QUE LIDERAN EL CONSUMO EUROPEO SON: 62. REQUERIMIENTOS DE ACCESO Y CONDICIONES DEL EMPAQUE DELAGUACATE PARA EL MERCADO EUROPEO. Los requisitos de entrada para del aguacate al mercado europeo, estn dados por las siguientes regulaciones: La Ley general de alimentos : Establece los principios y requisitos generales de la legislacin alimentaria. Reglamento (CE) No.178/2002. Estos estarn dados por: Control Sanitario de los Productos Alimenticios de Origen No Animal: Tiene como objetivo proteger la salud de los europeos y la calidad de los productos. Etiquetado de Productos Alimenticios: Normativa relacionada a las condiciones de empaque y sus derivados (tipo de tratamiento, certificacin, entre otros). 63. EL CASO DE LAS EXPORTACION DE PRODUCTOS ORGANICOS A LA UE. En la agricultura orgnica, la obtencin de certificacin es muy importante. Son otorgadas por agencias certificadoras privadas reconocidas a nivel mundial, pero tambin hay pases que crean sus propias certificaciones nacionales. 64. As por ejemplo, si se desea exportar hacia Europa, Japn o EE.UU., el empresario deber cumplir no solo con las certificaciones orgnicas convencionales, sino tambin con las nacionales, que generalmente son normas aplicadas al etiquetado. Es importante que la empresa certificadora sea reconocida oficialmente en el mbito internacional. La produccin de la agricultura orgnica para el 2008 fue de un total de 30.4 millones de hectreas. 65. De todos los continentes, Australia es quien ocupa el liderazgo con 12.4 millones de hectreas, le sigue Europa con 7.4 millones/ha, y en tercera posicin est Amrica con 4.9 millones/ha. Los pases con mayores reas productivas para productos orgnicos son: Australia (12.3 millones/ha). China (2.3 milln/ha). Argentina (2.2 millones/ha). EE.UU. (1.6 millones/ha). Italia (1.1 millones/ha). Uruguay, Espaa y Brasil (0.9 millones/h respectivamente). Alemania (0.8 millones/ha). Reino Unido (0.6 millones/ha). 66. Por ejemplo el caf orgnico, es uno de los productos lderes de exportacin de los pases en desarrollo, principalmente de Amrica Latina. Los principales importadores de caf orgnico son Alemania (4,215 TN/Mt2) Blgica (1,402 TN/Mt2) Pases Bajos(742TN/Mt2) Francia (690 TN/Mt2) y Suiza (689 TN/Mt2). En el caso del cacao orgnico se calcula que Europa import durante las 2005 14,000 toneladas Mt2, de los cuales 2,000 fueron reexportados hacia EE.UU. Los principales pases importadores son Alemania y los Pases Bajos. Los que menos importan de los pases europeos son Espaa, Reino Unido y Blgica.