INVENCIONES Y PATENTES - PORTAFOLIO DE EVIDENCIA ENERO · Convenio de París • Establece la...

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Invenciones y patentes M.A. ESTEBAN GUEVARA MONTIEL

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Invenciones y patentes

M.A. ESTEBAN GUEVARA MONTIEL

• Con el fin de proporcionar certeza jurídica a las personas físicas o morales en nuevas creaciones, el desarrollo, actualización a las leyes de propiedad industrial han

tenido un gran auge, la adhesión a tratados internacionales es con el fin de proporcionar a los nuevos

creadores protección en todos los países contratantes, con el que se trata de evitar el mal uso de sus

invenciones y proporcionar exclusividad por un periodo determinado.

Ley de propiedad industrial• Invención: Se considera invención toda creación

humana que permita transformar la materia o la energía que existe en la naturaleza, para su aprovechamiento por el hombre y satisfacer sus necesidades concretas.

• Patente: Documento expedido por el Estado para hacer constar el derecho exclusivo temporal que una persona física o jurídica tiene para explotar industrialmente un invento que reúna las exigencias legales.

Exclusiones de Ley• No se o to rga rá pa ten te , reg i s t ro o

autorización, ni se dará publicidad en la Gaceta, a n inguna de las f iguras o instituciones jurídicas que regula esta Ley, cuando sus contenidos o forma sean contrarios al orden público, a la moral y a las buenas costumbres o contravengan cualquier disposición legal.

Sujetos • Persona física o morales que tienen la capacidad de crear e

innovar, sus beneficios a cada titular es respecto al porcentaje establecido al registrar la patente.

Objeto •Establecer las bases para que, en las actividades industriales y comerciales del país, tenga lugar un sistema permanente de perfeccionamiento de sus procesos y productos •Favorecer la creatividad para el diseño y la presentación de productos nuevos y útiles •Proteger la propiedad industrial mediante la regulación y otorgamiento de patentes de invención; registros de modelos de utilidad, diseños industriales, marcas, y avisos comerciales; publicación de nombres comerciales; declaración de protección de denominaciones de origen, y regulación de secretos industriales.

Solicitud

• Para obtener una patente deberá presentarse solicitud escrita ante el Instituto, en la que se indicará; • el nombre y domicilio del inventor y del solicitante. • la nacionalidad de este último. • la denominación de la invención, y demás datos que

prevengan esta Ley y su reglamento. • pago de las tarifas correspondientes, incluidas las

relativas a los exámenes de forma y fondo.

Vigencia• 20 años improrrogables y los modelos de utilidad tienen

una vigencia de 10 años igualmente improrrogables

Exclusividad • Otorgada por el Estado a un inventor, para que por un

período determinado (20 años), explote su invento en su provecho, por sí, o por otros con su consentimiento

Prerrogativas• Un producto o un proceso, el derecho de

impedir a otras personas que fabriquen, usen, vendan, ofrezcan en venta o importen el producto patentado, sin su consentimiento

Son nulos • Se haya otorgado en contravención de las

disposiciones de la Ley o al momento de su registro. • La marca a registrar sea igual o idéntica a una ya

patentada en el país o en el extranjero. • Que se haya dado datos falsos. • Que se haya otorgado sin tener un análisis exacto, y

sea idéntica a una ya establecida • Cuando se haya registrado de mala fe por un

mandatario, agente o distribuidor.

Caducidad • Al vencimiento de su vigencia , • No cubrir las tarifas correspondientes. • Lo establecido en el articulo 73 LPI Que en un plazo de

dos años no comprueba su explotación. • La caducidad que opere por el transcurrir del tiempo no

será declarada administrativamente por el instituto.

Convenio de París• Establece la protección a todos sus integrantes respecto a

las patentes, marcas comerciales, diseños, logos, comerciales etc.

• El procedimiento y reconocimiento del registro de las marcas. • La independencia de las marcas;

• Donde fue solicitada y concedida por primera vez. • Establece el periodo de gracia para su registro. • Arreglo de Estrasburgo relativo a la Clasificación

Internacional de Patentes. • Acuerdo de Viena por el que se establece una Clasificación

Internacional de los Elementos Figurativos de las Marcas. • Arreglo de Locarno que establece una Clasificación

Internacional para los Dibujos y Modelos Industriales.

http://www.rtve.es/television/20141113/documentos-tv-guerra-patentes/1046703.shtml Video guerra de patentes

CONCLUSIÓN • Las patentes en México están protegidas con la

legislación nacional y los tratados, conforme a la investigación mi punto de vista es que concuerdo con los objetivos de las leyes, proteger las innovaciones, promover el

desarrollo, sana competencia nacional e internacional. La protección de las patentes

por un periodo determinado es justo, ya que 20 años son efectivos para un aprovechamiento

exclusivo.

Base bibliográfica • Daher, M. (1992) Aspectos legales de las marcas en

México. México: Ed. Sista. • Rangel, D. (1991) Derecho de la Propiedad Industrial e

Intelectual. México: UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas.

• Castrejón, E, Gabino. El derecho marcario y la propiedad industrial.

• www.google.com Cámara de diputados, ley de propiedad industrial.

• www.google.com Ley Federal del Derecho de Autor y su Reglamento México

• www.google.com imágenes patentes.