INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los...

28

Transcript of INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los...

Page 1: INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta Directivas
Page 2: INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta Directivas

INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC

Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta

Directivas del Banco de la Republica, que pueden realizar operaciones de compra

venta de dólares en el territorio Colombiano, compuesto por las operaciones

realizadas en el mercado cambiario y en el mercado libre.

Mercado Cambiario o Mercado

Regulado

Esta conformado por todas las

operaciones que se canalizan a través

de intermediarios autorizados para el

efecto denominados “Intermediarios del

Mercado Cambiario” (IMC) o a través del

mecanismo de compensación autorizado

por el Estatuto Cambiario.

Mercado Libre:

Comprende todas las demás

operaciones de cambio entre el

peso y el dólar.

Page 3: INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta Directivas

• Los Intermediarios del Mercado Cambiario (IMC) comprenden tres tipos

de entidades:

I. Los Establecimientos de Crédito (EC), que comprenden los bancos, corporaciones financieras, compañías de financiamiento comercial y cooperativas financieras, todos vigilados por la Superintendencia

Financiera.

II. Las Casas de Cambio vigiladas por la Superintendencia Financiera (CC), las cuales entraron en operación plena como IMC en septiembre de 2001.

III. Los Comisionistas de Bolsa (CB) vigilados por la Superintendencia Financiera.

INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC

Page 4: INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta Directivas

Importación y exportación de bienes.

Operaciones de endeudamiento externo celebradas por residentes

en el país, y costos financieros relacionados.

Inversiones de capital del exterior en el país, así como los

rendimientos asociados a las mismas.

Inversiones de capital colombiano en el exterior, así como los

rendimientos asociados a las mismas.

OPERACIONES OBLIGATORIAMENTE CANALIZABLES

Page 5: INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta Directivas

Inversiones financieras en títulos

emitidos y en activos radicados en

el exterior, así como los

rendimientos asociados a las

mismas, salvo cuando las

inversiones se efectúen con divisas

provenientes de operaciones que no

deban canalizarse a través del

mercado cambiario.

Avales y garantías en moneda

extranjera.

Operaciones de derivados.

OPERACIONES OBLIGATORIAMENTE CANALIZABLES

Page 6: INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta Directivas

• Operaciones de cambio del mercado no regulado: las

demás operaciones de cambio no incluidas en las

operaciones de cambio obligatoriamente canalizables

(por ejemplo: pagos por concepto de prestación de

servicios, suscripciones, donaciones, etc.) son

consideradas operaciones del mercado libre, o no

regulado, y no requieren ser transferidas o

negociadas a través del mercado cambiario.

• No obstante lo anterior, pueden ser voluntariamente

canalizadas por intermedio de dicho mercado, caso

en el cual se debe presentar la “Declaración de

cambio por servicios, transferencias y otros

conceptos” (Formulario Nº 5).

OPERACIONES LIBRES

Page 7: INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta Directivas

¿ CÓMO Y CUÁNDO DEBO REALIZAR EL REINTEGRO

DE LAS DIVISAS POR EXPORTACIÓN DE SERVICIOS?

Los exportadores cuando realizan los despachos de sus

bienes o servicios, reciben de sus compradores en el

exterior, cheques, transferencias o en algunos casos,

efectivo.

Estos recursos en moneda extranjera deben ser reintegrados

al país en cumplimiento de las normas cambiarías, es decir

se debe efectuar una monetización de dichas divisas para

acreditar la cuenta en moneda legal del cliente.

Existen tres tipos de mecanismos mediante los cuales se

puede realizar el reintegro:

Page 8: INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta Directivas

¿ CÓMO Y CUÁNDO DEBO REALIZAR EL REINTEGRO DE LAS DIVISAS

POR EXPORTACIÓN DE SERVICIOS?

.

• Si se trata de transferencias, estas se abonarán al cliente una vez se confirme que fueron acreditadas un banco corresponsal y el cliente cumpla con el requisito de presentación de la declaración de cambio.

Reintegro por Transferencia

• Para el caso de los cheques, el Banco a través de sus corresponsales, hace las gestiones de presentación para el pago de cheques.

Reintegro Mediante Cheque

• Dentro de la política establecida por el Banco para la recepción de divisas en efectivo se podrá recibir de clientes muy especiales las divisas para su monetización. (Depende de las políticas del banco).

Reintegro en Efectivo

Page 9: INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta Directivas

El Reintegro de divisas

se hace a través del

formulario N° 5 del

Banco de la República,

diligenciando el

numeral cambiario

correspondiente

¿ CÓMO Y CUÁNDO DEBO REALIZAR EL REINTEGRO DE LAS

DIVISAS POR EXPORTACIÓN DE SERVICIOS?

Page 10: INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta Directivas

1. Presentación:

DECLARACION DE CAMBIO POR EXPORTACIÓN DE SERVICIOS

.

La declaración de cambio deberá presentarse por quien realiza la operación, su representante legal, apoderado o mandatario especial aunque no sea abogado.

La presentación de la declaración de cambio deberá efectuarse ante los IMC en original y copia al momento de la compra o venta de las divisas.

La declaración de cambio se considera correctamente presentada cuando la información ha sido recibida o procesada por los IMC, o cuando la misma se encuentre incorporada en el sistema del Banco de la República como resultado de la transmisión electrónica que realizan los IMC.

Page 11: INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta Directivas

2. Diligenciamiento:

La declaración de cambio deberá diligenciarse en los formularios

disponibles en la página Web:

http://www.banrep.gov.co – opción “Servicios Electrónicos de

Cambios Internacionales”, “Formularios”

• o, en las páginas que para tal efecto dispongan los IMC.

DECLARACION DE CAMBIO POR EXPORTACIÓN DE SERVICIOS

Page 12: INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta Directivas

RESPONSABILIDAD DERIVADA DE LA PRESENTACIÓN

DE LAS DECLARACIONES DE CAMBIO.

• El residente o no residente que presente una declaración

de cambio será responsable de:

a) Su correcta presentación;

b) La veracidad de la información consignada, y

c) Conservarla en documento físico o electrónico de

conformidad con la Ley 527 de 1999 por el término

previsto en el artículo 3 de la R.E. 8/00 J.D. (período de

caducidad o prescripción de la acción sancionatoria por

infracción al régimen cambiario).

Page 13: INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta Directivas

Los datos de una declaración de cambio podrán ser modificados en

cualquier tiempo por parte del residente o no residente que presentó la

declaración.

No podrán ser objeto de modificación los siguientes datos:

a)NIT del IMC o código de la cuenta de compensación;

b)Fecha;

c)Periodo del Formulario No. 10

d)Número;

e)Valor;

f)Tipo de operación (ingreso o egreso).

Adicionado con el Boletín del Banco de la República: No. 006 (Feb. 14/2012) [CRE DCIN-83 Feb.13/2012]

MODIFICACIONES A LAS DECLARACIONES DE CAMBIO

Page 14: INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta Directivas

Las agencias de turismo y los hoteles podrán recibir divisas de sus

clientes turistas extranjeros (compradores de paquetes de viajes y turismo

o huéspedes) por concepto de la venta de bienes o la prestación de

servicios. Las mencionadas empresas serán responsables de conocer

adecuadamente al cliente de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 77 de

la R.E. 8/00 J.D.

Cuando las agencias de turismo y los hoteles vendan las divisas a los

IMC, el contador público o el revisor fiscal deberá expedir una certificación

referente al cumplimiento de las normas relativas al conocimiento del

cliente y de la conservación de la información. Dicha certificación no debe

discriminar cada transacción.

CASO 1. OPERACIONES DE LAS AGENCIAS DE TURISMO

Y DE LOS HOTELES

.

Page 15: INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta Directivas

• Los hoteles y agencias de turismo que reciban divisas de turistas

extranjeros con quienes realicen transacciones en moneda extranjera y

no identifiquen a los correspondientes turistas así como las

operaciones celebradas con ellos en los términos previstos por las

regulaciones cambiarias, serán sancionados con una multa equivalente

a cuarenta (40) Unidades de Valor Tributario (UVT) por cada

incumplimiento, sin exceder del equivalente a dos mil (2.000) Unidades

de Valor Tributario (UVT) por investigación cambiaria. DECRETO 2245

DE 2011.

• La misma sanción se impondrá por no conservar la información sobre

los turistas extranjeros o no presentar la certificación de contador

público o revisor fiscal en los términos ordenados por el régimen

cambiario.

INFRACCIONES CAMBIARIAS PARA AGENCIAS DE

TURISMO Y DE LOS HOTELES

Page 16: INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta Directivas

RESIDENTES Y NO RESIDENTES.

1. DEFINICIONES.

Residentes.

• una persona natural, nacional o extranjera persona natural, nacional o extranjera, se considera “Residente” para efectos fiscales, por su permanencia continua o discontinua en el país por más de seis (6) meses en el año o período gravable, o que se completen dentro de éste. Igualmente, se consideran residentes las personas naturales nacionales que permanecen en el exterior, que conserven la familia o el asiento principal de sus negocios en el país.

No residentes.

• Las personas naturales de Nacionalidad Colombiana y domiciliados en el exterior, o las personas naturales de Nacionalidad Extranjera, cuando no cumplan con el período de permanencia por más de 6 meses en forma continua o discontinua en el país.

Page 17: INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta Directivas

La Cuenta Corriente de Compensación como

instrumento del Régimen Cambiario

Colombiano, es una cuenta corriente abierta

en el exterior, por un residente en

Colombia*, a través de la cual se podrán

hacer tanto operaciones en divisas de

obligatoria canalización como aquellas que

no la requieren, sin necesidad de utilizar un

IMC.

Estas cuentas abiertas en el extranjero para

poder servir como “mecanismo de

compensación”, deben cumplir algunos

requisitos en Colombia, los cuales son:

CUENTAS DE COMPENSACIÓN.

1. DEFINICIÓN

Page 18: INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta Directivas

1. Registrar la cuenta ante el Banco de

la República a más tardar dentro del

mes siguiente a la fecha de su apertura

o de la realización de una operación de

obligatoria canalización.

2. Que el titular no haya sido

sancionado en Colombia por violación

del régimen cambiario, aduanero, lavado

de activos o suspendido el

reconocimiento del CERT (Certificado de

Reembolso Tributario).

CUENTAS DE COMPENSACIÓN.

2. REQUISITOS

Page 19: INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta Directivas

Una vez registrada y en funcionamiento la cuenta

genera una serie de obligaciones para su titular,

las cuales demandan un amplio conocimiento por

parte de este del derecho cambiario y todos sus

procedimientos.

Tales obligaciones se podrían agrupar así:

a). Suscribir por una vez con el Banco de la

República el Acuerdo para la Transmisión

Electrónica de Información, a más tardar dentro del

mes siguiente a la fecha de la realización de una

operación que deba canalizarse a través del

mercado cambiario

CUENTAS DE COMPENSACIÓN

3. OBLIGACIONES

Page 20: INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta Directivas

b) Transmitir al Banco de la República un

informe mensual con los movimientos

realizados a través de la cuenta durante el

mes inmediatamente anterior, a través del

formulario número 10 “Relación de

operaciones cuenta de compensación”

c). Conservar un archivo con las

Declaraciones de Cambio que sustentan las

operaciones realizadas a través de la cuenta.

CUENTAS DE COMPENSACIÓN

3. OBLIGACIONES

Page 21: INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta Directivas

• d). Transmitir electrónicamente aquellos

formularios que establece la legislación

cambiaria que deben ser transmitidos.

• e). Deberá presentarse el Formulario No.

9 "Registro de cuenta de compensación"

de manera física, cuando se realice por

primera vez.

CUENTAS DE COMPENSACIÓN

3. OBLIGACIONES

Page 22: INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta Directivas

• Las modificaciones a los datos consignados en el Formulario No. 9

“Registro de cuenta de compensación” se transmitirán vía

electrónica al BR con el mismo Formulario No. 9, marcando la

casilla “Modificación”.

• El registro de las cuentas de compensación que durante doce (12)

meses continuos no presenten movimientos (Formulario No. 10)

será cancelado por el BR. Dicha cancelación será notificada de

acuerdo con lo dispuesto en el Código Contencioso Administrativo.

CUENTAS DE COMPENSACIÓN

4. MODIFICACIÓN Y/O CANCELACIÓN

Page 23: INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta Directivas

CUENTAS DE COMPENSACIÓN

5. OPERACIONES QUE SE PUEDEN CANALIZAR

Ingresos

Egresos

Uso de los saldos disponibles. (Inversiones financieras).

Manejo de Recursos en Moneda Extranjera del Fondo Nacional del Café.

Cuentas de Compensación Especiales para Manejo de Operaciones Internas.

Page 24: INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta Directivas

a) Por no presentar o no transmitir al BR la

relación de operaciones efectuadas a través de

una cuenta de compensación o de una cuenta

de compensación especial teniendo la

obligación de hacerlo, incluso en el evento en

que la cuenta no haya tenido movimiento en el

periodo reportado, o por hacerlo en forma

incompleta o errónea, la multa será de

doscientas (200) Unidades de Valor Tributario

(UVT) por cada relación no presentada o no

transmitida, o presentada o transmitida en

forma incompleta o errónea.

CUENTAS DE COMPENSACIÓN

6. SANCIONES CAMBIARIAS APLICABLES

Page 25: INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta Directivas

b). No habrá infracción cambiaria en el caso de

investigarse errores o datos incompletos en el

reporte presentado o transmitido, cuando la

Entidad de Control pueda establecer con

fundamento en el análisis integral de las

declaraciones de cambio presentadas por el

titular de la cuenta y de la demás información

que sirva de soporte de las operaciones

efectuadas durante el periodo, que se trató de

errores en la consolidación de la información o

de errores de transcripción.

CUENTAS DE COMPENSACIÓN

6. SANCIONES CAMBIARIAS APLICABLES

Page 26: INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta Directivas

c). Por presentar o transmitir al BR en forma

extemporánea la relación de las operaciones

efectuadas a través de una cuenta de

compensación o de una cuenta de

compensación especial teniendo la obligación

de hacerlo, incluso en el evento en que la

cuenta no haya tenido movimiento en el

periodo reportado; así como por reportar por

fuera de la oportunidad legal la cancelación del

registro de una cuenta de compensación, la

multa será de veinticinco (25) Unidades de

Valor Tributario (UVT) por cada mes o fracción

de mes de retardo, sin exceder del equivalente

a ciento cincuenta (150) Unidades de Valor

Tributario (UVT).

CUENTAS DE COMPENSACIÓN

6. SANCIONES CAMBIARIAS APLICABLES

Page 27: INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta Directivas

d). Por utilizar la cuenta de compensación

especial para canalizar operaciones diferentes

a las autorizadas por el Régimen Cambiario, se

impondrá una multa del ciento por ciento

(100%) del valor de las operaciones

canalizadas en el mes auditado.

e). Por canalizar a través de la cuenta de

compensación operaciones diferentes a las del

titular de la cuenta, sin que dicha operación se

encuentre autorizada por el régimen cambiario,

se impondrá una multa del ciento por ciento

(100%) del valor canalizado.

CUENTAS DE COMPENSACIÓN

6. SANCIONES CAMBIARIAS APLICABLES

Page 28: INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMCMEN... · INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta Directivas

• Decreto 1805 de 2010

• Circular 022 de 2010. www.mincomercio.gov.co , normatividad,

circulares.

• Decreto 2245 de 2011. Régimen sancionatorio.

• Circular DCIN 83 del banco de la Republica. Temas cambiarios y

sancionatorios.

FUENTES DE CONSULTA