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LICITACIÓN PÚBLICA 277355/1 PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES QUE REGIRÁ EN EL LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE EQUIPOS DE BACHEO CON SUMINISTRO DE MEZCLA ASFÁLTICA PARA LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO INTENDENCIA DE MONTEVIDEO DEPARTAMENTO DE MOVILIDAD DIVISION VIALIDAD SERVICIO DE ESTUDIOS Y PROYECTOS VIALES OBRA Nº 3538 CONTRATO N o 1723 CONTRATACIÓN DE EQUIPOS DE BACHEO CON SUMINISTRO DE MEZCLA ASFÁLTICA

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LICITACIÓN PÚBLICA Nº 277355/1

PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES QUE REGIRÁ ENEL LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA PARA LACONTRATACIÓN DE EQUIPOS DE BACHEO CONSUMINISTRO DE MEZCLA ASFÁLTICA PARA LAINTENDENCIA DE MONTEVIDEO

INTENDENCIA DE MONTEVIDEO

DEPARTAMENTO DE MOVILIDADDIVISION VIALIDAD

SERVICIO DE ESTUDIOS Y PROYECTOS VIALES

OBRA Nº 3538

CONTRATO No 1723

CONTRATACIÓN DE EQUIPOS DE BACHEO CONSUMINISTRO DE MEZCLA ASFÁLTICA

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INDICE

DISPOSICIONES GENERALES Objeto.....................................................................................................Nómina de elementos que componen este proyecto..............................Definiciones...........................................................................................Ejecución de los trabajos…...................................................................Cartelera.................................................................................................Consultas y aclaraciones........................................................................

FORMA DE PRESENTACIONPropuesta y Documentación..................................................................Antecedentes……..................................................................................Precio……………..................................................................................Imprevistos ............................................................................................Monto de la mano de obra imponible.....................................................Ampliación del contrato.........................................................................Disposiciones Laborales........................................................................Representante Técnico….......................................................................

COMPARACION DE PROPUESTASMetrajes …………………………….....................................................Comparación de propuestas …………...................................................Criterios de Evaluación..........................................................................Aceptación y rechazo de ofertas............................................................

GARANTIAS Y PLAZOSGarantía de mantenimiento de oferta.....................................................Plazo de mantenimiento de oferta..........................................................Garantía de fiel cumplimiento…….......................................................Garantía de conservación………...........................................................Plazo……………………………...........................................................Recepción definitiva..................................................................................

LIQUIDACION Y FORMA DE PAGOLiquidación de pagos.............................................................................Forma de pago........................................................................................Interés de mora.......................................................................................Otros casos.............................................................................................Fórmulas paramétricas de ajuste de precios...........................................Lista de materiales para la aplicación de la fórmula paramétrica..........Lista de materiales ……………………………………………............

MULTASMultas....................................................................................................

OTRAS DISPOSICIONES

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Riesgo y responsabilidad ……..............................................................Cerfificado Único Municipal….............................................................

EXIGENCIAS VARIASEquipos y Maquinarias exigibles .........................................................Suministro de teléfono celular...............................................................

PRESCRIPCIONES GENERALESEquipos de bacheo.................................................................................Requisitos de los camiones....................................................................Requisitos de las camionetas.................................................................Instrumental técnico…………………………………………………...Personal de los equipos..........................................................................Ordenación de los trabajos.....................................................................Mezcla Asfáltica....................................................................................Emulsión Asfáltica.................................................................................Cuadro de Requisitos para emulsiones asfálticas..................................Requerimientos para el Certificado de Capacidad para Ofertar del MTOP

FORMULARIO PROPUESTA Formulario propuesta ............................................................................Metrajes.................................................................................................

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DISPOSICIONES GENERALES

ObjetoArt. 1 - El presente pliego tiene por objeto establecer los procedimientos y condicionesque regirán para la contratación del suministro de mezcla asfáltica y la prestación deservicios de bacheo de acuerdo a lo especificado en el Art. 47 y siguientes.

Nómina de elementos que componen este proyecto.Art. 2 - Este llamado se regirá por:- Pliego de Condiciones Generales para la Construcción de Obras, en todo aquello quesea aplicable, (en adelante PCGCO).- Pliego Particular para la Ejecución de Obras. (Set. 2001), (en adelante PPEO).- Pliego General de Condiciones para la Ejecución de Mezclas Asfálticas enCaliente. (Ago 88), (en adelante PGCEMAC).- El presente Pliego de Condiciones Particulares.- Decretos y Resoluciones, en particular las Resoluciones N° 1821/12 y 1423/13, deSeñalización en la vía Pública.- Normas UNIT 1114, 1115 y 1125.

Cuando no exista una estricta correspondencia entre las disposiciones de uno y otroPliego, se estará a lo que se establece en estas Condiciones Particulares de Contrato,considerándose modificadas las estipulaciones del Pliego de Condiciones Generales.

DefinicionesArt. 3 - Se entiende por:Día o día calendario: Son todos los días del año, incluyendo Sábados, Domingos yferiados.Día laborable: Son los días de lunes a viernes inclusive. Para las empresas que trabajanlos días Sábado, se tomará a este como día laborable. No se incluyen feriados nolaborables, ni la licencia de la construcción.Día hábil: Son los días de lunes a viernes inclusive. No incluye feriados (laborables y nolaborables).

Ejecución de los TrabajosArt. 4 - La Intendencia de Montevideo indicará el orden en que deban repararse lascalles. El incumplimiento de esta exigencia podrá aparejar la rescisión del Contrato conpérdida de garantía de fiel cumplimiento de contrato.

CarteleraArt. 5 - Modificase el Art.14 del Pliego Particular para la Ejecución de Obras,estableciéndose que el contratista no tendrá obligación de colocar cartelera alguna.

Consultas , aclaraciones y prórrogasArt. 6 - Solo los adquirentes del pliego podrán realizar consultas, solicitar aclaracionessobre el texto de este pliego o solicitar prórroga, mediante comunicación escrita, hastadiez (10) días hábiles antes del plazo fijado para la apertura de las ofertas.Estas se harán por escrito y se presentarán personalmente en el Servicio de Compras,Sector Santiago de Chile del Edificio Sede, con acceso sobre la Avenida 18 de Julio, enel horario de 10:15 a 15:30 hs., o por mail a [email protected] o

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vía FAX 1950 1915, no considerándose las realizadas con posterioridad al plazoseñalado.Tales preguntas y sus correspondientes respuestas tendrán carácter vinculante y porende, pasarán a formar parte de las bases de este llamado.La Intendencia de Montevideo responderá las solicitudes que reciba y enviará copiaescrita de sus respuestas a todas los interesados que hayan abonado el pliego,incluyendo la pregunta sin identificar su origen. Las consultas y respuestas podrán serconsultadas además, en la página web de la Intendencia de Montevideo(www.montevideo.gub.uy entrar en Compras - Publicación de cartelera de licitaciones ybuscar el número de la licitación)La Intendencia de Montevideo podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones con respectoa sus ofertas.El mismo plazo y de la misma forma indicada para las consultas, los adquirentes delpliego podrán solicitar prórroga de fecha de apertura de ofertas.

FORMA DE PRESENTACION

Propuesta y DocumentaciónArt. 7 - Los oferentes deberán presentar su propuesta en estricto acuerdo al formulariotipo que acompaña estos recaudos. La misma comprenderá un original, una copia papel y una copia en CD.Se destaca especialmente la declaración del valor imponible de la mano de obra de lapropuesta.La documentación necesaria para la presentación de la oferta, así como también laoferta en sobre cerrado, deberá ser entregada hasta el día y hora fijados para laconvocatoria, en el Servicio de Compras, ubicado en el Sector Santiago de Chile delEdificio Sede, con acceso sobre Avenida 18 de Julio, no siendo de recibo si llegaren conposterioridad a la hora fijada para el acto de apertura de ofertas.

Documentos integrantes de la oferta:

i) Recibo de compra de pliego.

ii) Requisito no obligatorio: Si el oferente opta por garantizar el mantenimiento de suoferta, deberá presentar el recibo de depósito de la Garantía de Mantenimiento deOferta, expedido por Tesorería de la I.M.- El recibo debe estar a nombre del oferente ycuando se postule un consorcio o proyecto de consorcio, en el recibo debe figurar comomínimo el nombre de uno de los consorciados.

iii) Certificado de capacidad para ofertar de la empresa expedido por el RegistroNacional de Empresas que funciona en la órbita del MTOP, que acredite capacidadlibre para ofertar suficiente para la obra licitada (original y fotocopia para agregar alexpediente).

iv) Certificado que acredite el cumplimiento del Art.61 de la Ley Nro. 16.074 BSE(Seguro sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales), (fotocopia paraagregar al expediente).

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v) Lista de equipo disponible y de personal responsable. (Art. 5 del Pliego Particularpara la Ejecución de Obras), (se agrega al expediente).

vi) Listado de trabajos realizados (Art. 8: Antecedentes)

Documentación a presentar por el adjudicatario de acuerdo al Art. 48 Tocaf:

a) Constancia de inscripción en el Registro de Empresas Contratistas de Obras en la VíaPública (IM - 2do. piso - División Vialidad), (fotocopia para agregar al expediente).

b) Notarial: El oferente que resulte adjudicatario, en caso de ser una persona jurídica,deberá presentar, en caso de no haberlo hecho conjuntamente con la oferta, uncertificado notarial que acredite que el firmante de la oferta tiene facultades suficientespara representar a la empresa en esta clase de actos. El Escribano certificará además, laexistencia, vigencia de la sociedad, el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 17.904art. 13 en caso de corresponder, y quienes son los directores o administradores, a losefectos de lo previsto en el artículo 3º de la Ley 18.244 (deudores alimentarios).Si se trata de una persona jurídica extranjera deberá presentar la documentación queacredite la personería jurídica y vigencia, debidamente legalizada y traducida en sucaso, y acreditar domicilio en Montevideo. Asimismo, podrán hacerlo por sí orepresentados por personas autorizadas, mediante poder correspondiente.Si el oferente es una persona física, deberá adjuntar fotocopia de su cédula de identidad.

c) Consorcios: Se admitirá la presentación de consorcios ya constituidos o aconstituirse con una carta intención.Frente a la I.M todas las empresas que integren el consorcio serán solidariamenteresponsables.En este último caso, si su propuesta fuera seleccionada como la más conveniente, antesde dictada la resolución de adjudicación los oferentes deberán cumplir con los requisitosestablecidos por la ley N° 16.060 y presentar el contrato de consorcio debidamenteinscripto y publicado, en un plazo de sesenta (60) días corridos contados desde lanotificación de la resolución de adjudicación.

Si la propuesta es presentada por dos o más empresas formando un consorcio, sinperjuicio de cumplir con las disposiciones anteriores, deberán establecer un domicilioúnico que será el domicilio legal del consorcio y unificar la representación por medio depoder con facultades suficientes para actuar en nombre de aquél. Las notificaciones quese realicen al mandatario se considerarán válidamente hechas al consorcio. Lasempresas que integran el consorcio o asociación asumen la responsabilidad solidaria ymancomunada por todas y cada una de las obligaciones emergentes del contrato,debiendo incluir en la propuesta una declaración suscrita por todos los miembros delconsorcio asumiendo tal responsabilidad.

Se aclara que en caso de consorcios, cada firma que forma parte del mismo deberácumplir los requisitos exigidos a las personas jurídicas individualmente y ladocumentación deberá presentarla en conjunto bajo el nombre del consorcio, peroindicando el nombre de la firma consorciada. A los efectos de la evaluación seconsiderarán los antecedentes en la proporción de la participación de cada empresaconstituyente.

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c) Toda otra documentación requerida en el presenta pliego particular de condiciones yque no fuera incluida en la oferta

AntecedentesArt. 8 – La empresa licitante deberá poseer antecedentes en la realización de obrassimilares desempeñadas en organismos públicos o en empresas particulares en losúltimos cinco años.

A estos efectos se deberá presentar listado de trabajos realizados, detallando lossiguientes datos, de acuerdo al formato adjunto:1 - Empresa o lugar donde se realizó el trabajo,2 - Fecha de la obra, monto y plazo de ejecución3 - Teléfono para verificar las referencias y persona de contacto.

Presentación de antecedentes .

Obra Breve descripción Monto Plazo de

Ejecución

Telefono Referencias Año

En caso de no presentar el listado con los datos solicitados, o de constatarse datoserróneos o falsos, se desestimará la oferta, independientemente de otras acciones quepuedan realizar la Administración.

PrecioArt. 9 – El oferente establecerá en su propuesta los precios unitarios en monedanacional de los rubros que se indican en las planillas al final de éste Pliego Particular deCondiciones. Se deberá establecer por separado el precio, IVA y monto de mano deobra imponible, según formulario propuesta.

ImprevistosArt. 10 – La cantidad presupuestada calculada para la ejecución de los trabajosproyectados se incrementará en un 15% (quince por ciento) de la misma, de lo queresultará el monto total de la propuesta, de acuerdo a lo establecido en el art.7 del PliegoParticular para la ejecución de la Obra.

Monto de la mano de obra imponibleArt. 11 - En función de la resolución 2255/93 del 28 de junio de 1993 se establece quede acuerdo al régimen de unificación de aportes patronales y obreros de la Industria dela Construcción, establecidas por la Ley Nº 14.411 los aportes al Banco de PrevisiónSocial quedarán a cargo de la Intendencia de Montevideo.Los pagos de leyes sociales por la Intendencia de Montevideo, se realizarán en base alas planillas de aportes que presente la empresa contratista mensualmente. Dichos pagospor cuenta de la Intendencia de Montevideo se harán hasta el tope indicado por laempresa en su propuesta, superado el tope antes establecido, los siguientes pagos los

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realizará la Intendencia de Montevideo mediante la retención del importe quecorresponda del certificado respectivo. A los efectos de la adjudicación y para el estudio y cotejo de las ofertas, se tendrán encuenta los aportes calculados por la Empresa y declarados en la propuesta. Para lo cual,los oferentes deberán declarar el monto de mano de obra imponible para cada rubro yla sumatoria total.

De acuerdo al art.7 lit. a) del Decreto Ley 14.411 del 7/8/75:"Cuando las planillas presentadas por el contratista o subcontratista, superan los jornalesdeterminados por paramétrica, o los reconocidos por el Organismo Contratante, ladiferencia injustificada, será abonada por los empresarios, contratistas o subcontratistas,quienes serán sujetos pasivos por deuda propia."

La liquidación, a los efectos del pago al B.P.S., se realizará mensualmente según elmonto declarado en la planilla del personal presentada por la empresa.

La Intendencia de Montevideo, no reconocerá como deuda al B.P.S., todas aquellasplanillas que no estén firmadas y selladas por la Dirección de la Obra.

Las empresas que realicen obras para la Intendencia de Montevideo, a partir del mes deoctubre de 1997, dispondrán de un plazo máximo de ocho días hábiles siguientes a lafecha de vencimiento fijada por el B.P.S. mensualmente, para presentar copias de lasplanillas de sus obras, ante la Intendencia de Montevideo. Las mismas deberán estarSELLADAS por el B.P.S. y serán presentadas en Contaduría General, SectorLiquidación y Pago a Acreedores, dentro del plazo señalado, de no hacerlo en tiempo yforma, serán de cargo de dichas empresas los importes por concepto de MULTAS YRECARGOS que fije el B.P.S. y serán descontados de las liquidaciones subsiguientes.

En caso de NO HABER PRESENTADO planillas en el mes, por alguna de las obras,deberá comunicarse a Liquidación y Pago a Acreedores, por escrito. Por consultasdirigirse a Contaduría General de la Intendencia de Montevideo, Sector Liquidación yPago a Acreedores, 1er.Piso Sector Ejido.

El registro de la Obra ante el B.P.S. lo hará la empresa contratista previo control y firmade los formularios 1 y 2 (Obra Pública) por el Director de la Obra, dicho registro deberáhacerse en el transcurso del mes de inicio de la obra y deberá remitirse inmediatamentecopia del formulario de inscripción con número de obra, al Sector Liquidación y Pago aAcreedores de Contaduría General.

El cierre de la Obra ante el B.P.S. lo hará la empresa contratista, previo control delSector Liquidación y Pago a Acreedores de Contaduría General, y firma de losformularios correspondientes por el Director de la Obra, dicho cierre deberá hacersedentro de los treinta días de terminada la obra.

Las multas que puedan surgir por atrasos en los plazos para el registro y cierre de laobra, serán de cargo de la empresa contratista, al igual que las que se generen porpresentar la planilla mensual fuera de plazo.

Ampliación del ContratoArt. 12 - No rigen los Arts. 80 y 83 del PCGCO y el Art. 3 del Pliego Particular para laEjecución de Obras. La Intendencia de Montevideo podrá ampliar el contrato hasta un

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100% (cien por ciento), del monto total del contrato original, de acuerdo al artículo 74del Tocaf.Dichos trabajos reunirán las características de los incluidos en el llamado original, ypara ellos valdrán todas las condiciones del mismo.

Disposiciones LaboralesArt. 13 -a) Ley 18.098.La parte contratante se obliga a cumplir las disposiciones de los laudos y convenioscolectivos vigentes para la rama de esta actividad laboral ( convenio colectivo suscritoel 17 de agosto del 2005), en materia de salarios, categorías de labor, pago ysuplementos por horas extraordinarias, primas por nocturnidad, incentivos porasistencia, viáticos y en general, todas las asignaciones y beneficios que mejoren lascondiciones establecidas por la legislación laboral común, así como las demás normasde trabajo vigentes, contenidas en los Convenios Internacionales y susreglamentaciones. En caso que los laudos vigentes queden sin efecto la remuneraciónmínima será un Salario Mínimo Nacional.La Intendencia de Montevideo, en oportunidad de la selección de ofertas y con relacióna la adjudicataria, durante el plazo contractual y en su caso la prórroga, tendráespecialmente en cuenta el cumplimiento estricto de esta disposición.En ese sentido, en oportunidad del estudio de las propuestas serán rechazadas aquellasen las que se pueda constatar que algún oferente no cumpliera con lo exigido. Si dichoincumplimiento se verificara con posterioridad a la celebración del contrato, laIntendencia de Montevideo se reserva el derecho de rescindirlo en la forma ycondiciones previstas en este pliego.La Intendencia de Montevideo se reserva el derecho de exigir a la empresa contratada ladocumentación que acredite estar al día en el pago de salarios y demás rubrosemergentes de la relación laboral, así como los comprobantes que justifiquen que está aldía en el pago de la póliza contra accidentes de trabajo y de las contribuciones a laseguridad social, como requisito previo al pago de los servicios prestados.En caso que la Intendencia de Montevideo lo solicite, las empresas adjudicatariasdeberán informarle los datos personales de los trabajadores afectados a la prestación delservicio, con la finalidad de efectuar los controles correspondientes.La Intendencia de Montevideo tiene la potestad de retener, de los pagos debidos envirtud del contrato, los créditos laborales a los que tengan derecho los trabajadores de laempresa contratada.El incumplimiento, por parte de una empresa adjudicataria en el pago de lasretribuciones a los trabajadores asignados al cumplimiento de las tareas contratadas serácausal de rescisión del contrato por responsabilidad imputable al adjudicatario.

b) Ley 18.099 y Ley 18.251.La adjudicataria está obligada a cumplir con todas las obligaciones con los organismosprevisionales o fiscales originadas por su vínculo con los trabajadores asignados alservicio contratado y que se generen como consecuencia de la prestación del servicioadjudicado.La adjudicataria queda obligada a resarcir e indemnizar a la Intendencia de Montevideopor cualquier responsabilidad, pérdida, daño, honorarios de abogados, costas o gastosadministrativos o judiciales relacionado con reclamaciones de terceros por cobro desalarios, impuestos, contribuciones a la seguridad social, seguros de accidentes detrabajo, daños y perjuicios ocasionados a terceros.

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Los antes referidos gastos serán reembolsados a la Intendencia de Montevideo ajustadospor el Indice de Precios al Consumo.

c) De acuerdo con la Resolución del Intendente de Montevideo Nº 2518 de fecha22/06/2009, las empresas contratantes deberán incluir en las planillas de trabajo unmínimo equivalente al 5 % (cinco por ciento) del personal afectado a tareas de peones osimilares, a personas liberadas que se encuentren registradas en la Bolsa de Trabajodel Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados.

d) Registro Nacional de Obras y su Trazabilidad - El Decreto 481/09 dispone lainscripción obligatoria de todas aquellas obras de construcción cuya ejecución superelas treinta jornadas de trabajo en el Registro Nacional de Obras de construcción y suTrazabilidad.Quiénes estén comprendidos en la obligación de registrarse y no hayan cumplidodebidamente con dicha condición, serán pasibles de clausura por parte de la InspecciónGeneral del Trabajo y de la Seguridad Social (IGTSS) del MTSS.

e) VOLQUETAS Y CUALQUIER OTRO TIPO DE ELEMENTO QUE SIRVAPARA EL ACOPIO Y TRANSPORTE DE RESIDUOS:Las empresas adjudicatarias de licitaciones de obra solo podrán utilizar para eltransporte de residuos (residuos de obras civiles, excavaciones, demoliciones,construcciones, etc.) volquetas registradas y/o pertenecientes a empresas inscriptas yhabilitadas por el Registro Unico Obligatorio de Empresas Transportadoras deResiduos Sólidos, acorde a la normativa departamental vigente (capitulo II.1. Titulo IXdel Volumen V del Digesto Municipal, D. 1928.1 a 1928.14 y R. 424.110.1 a424.110.19). Por mas información dirigirse al Sector Contralor de los Servicios de Volqueta,División Limpieza, Departamento de Desarrollo Ambiental, Piso 6, Unidad deContratos, tels. 1950 3135 – 1950 3136.

Representante TécnicoArt. 14 - Los oferentes designarán en sus propuestas un Representante Técnico de laempresa, de profesión Ingeniero Civil, que se encargará de la organización y control dela obra debiendo tener permanente y estricta vigilancia sobre la misma y que seconstituirá en el interlocutor válido ante el Director de la Obra. En la propuesta laempresa oferente consignará su nombre, y el profesional deberá suscribir la misma enseñal de aceptación.

COMPARACION DE PROPUESTAS

MetrajesArt. 15 - Los metrajes indicados son inalterables a los efectos de la comparación depropuestas. La Intendencia de Montevideo pagará la obra efectivamente realizada y sereserva el derecho de modificar los metrajes indicados en cualquier proporción e inclusosuprimir alguno de ellos, sin que el Contratista tenga derecho a reclamación alguna,manteniéndose únicamente el monto contractual.

Comparación de Propuestas

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Art. 16 - La comparación de propuestas se realizará considerando los precios básicos enla situación prevista por el Pliego de Condiciones Generales para la Construcción deobras, sin bonificación ni recargo por pagos en plazos distintos de los previstos en elpresente pliego.Asimismo se sumará al monto básico de la oferta incrementado por el IVA, los aportessociales calculados en base al monto imponible declarado por la empresa.

Criterios de EvaluaciónArt. 17 - Antes de proceder a la evaluación detallada, la Intendencia determinará si cadaoferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación. Para los fines de estacláusula, se considera que una oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de lalicitación cuando satisfaga todas las condiciones estipuladas en dichos documentos.Será rechazada la oferta que no se ajuste sustancialmente a los documentos de lalicitación, no admitiéndose correcciones posteriores que modifiquen la misma.Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable, se podrá corregirel error o solicitar que, en un plazo breve, el oferente suministre la información faltante.Cumplida esta etapa, se evaluará la totalidad de las ofertas que se ajusten a losdocumentos de la licitación, de acuerdo al criterio de menor Precio ofertado, sinconsiderar descuento pronto pago.

Aceptación y Rechazo de ofertas – Mejora y Negociación de ofertasArt. 18 – La Intendencia de Montevideo se reserva el derecho de aceptar o rechazarcualquier oferta, así como de anular el proceso de licitación y de rechazar todas lasofertas en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación, sin que por elloincurra en responsabilidad alguna frente a los oferentes. La Intendencia de Montevideopodrá aplicar los institutos de mejora de oferta y de negociaciones, según lo dispuestopor el Art. 66 del TOCAF.

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GARANTIAS Y PLAZOS

Garantía de Mantenimiento de OfertaArt. 19 - Antes de la fecha prevista para la apertura de propuestas los interesadospodrán depositar como garantía de mantenimiento de propuesta un monto de $ 339.831(pesos uruguayos trescientos treinta y nueve mil ochocientos treinta y uno), de acuerdocon lo establecido por el artículo 64 del T.O.C.A.F., requisito no obligatorio.

Esta garantía podrá constituirse: mediante depósito en efectivo en pesos uruguayos,valores públicos, fianza a aval bancario, o póliza de seguro de fianza y se depositará enTesorería General (art. 10 del Pliego Único de Bases y Condiciones). Si se quiere hacerefectiva la garantía mediante cheque (pesos uruguayos o dólares estadounidenses) elmismo deberá estar certificado por la entidad bancaria correspondiente.

Para hacer efectivo el depósito en garantía de mantenimiento de oferta en TesoreríaGeneral, el oferente deberá estar inscripto como proveedor en la Intendencia deMontevideo por lo que se recomienda a aquellos interesados a participar en estalicitación que no lo estén, pasar por la Unidad de Atención a Proveedores del Serviciode Compras con anticipación a la fecha prevista para la apertura de dicha licitación,evitando de este modo inconvenientes de último momento.En caso de haber optado por realizar el depósito de mantenimiento de oferta, el mismono podrá realizarse con posterioridad a la fecha de apertura

En caso de no presentar la garantía de mantenimiento de oferta, el incumplimiento en elmantenimiento de la oferta se sancionará con una multa equivalente al 5% (cinco porciento) del monto máximo de su oferta. El acto administrativo o resolución queimponga la multa será título ejecutivo, sin perjuicio del resarcimiento de los eventualesdaños y perjuicios que dicho incumplimiento pueda haber causado a la Administracióny la comunicación del hecho al Registro Único de Proveedores del Estado.

Plazo de mantenimiento de OfertasArt. 20 – Las ofertas deberán mantenerse por un plazo mínimo de 90 días hábilescontados a partir del siguiente al acto de apertura de ofertas, de acuerdo a lo establecidoen el art. 14 del Pliego de Condiciones Generales para la Construcción de Obras.

Garantía de Fiel Cumplimiento de ContratoArt. 21 - En caso de adjudicaciones por importes superiores al previsto por el artículo64 del TOCAF, se deberá presentar garantía de fiel cumplimiento del contrato. Eladjudicatario ya notificado, dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles para realizarel referido depósito. El mismo ascenderá al 5% (cinco por ciento) del monto totaladjudicado. Si el depósito se realiza mediante cheque, el mismo deberá estar certificadopor la entidad bancaria correspondiente.La garantía deberá estar vigente durante todo el plazo de la obra y hasta la extincióndefinitiva de todas y cada una de las obligaciones emergentes del contrato. Si seestableciere un plazo, deberá preverse la renovación automática del mismo por periodossucesivos, salvo manifestación en contrario de la Administración mediante la entregadel documento al adjudicatario.Cuando se constate el cese de actividades o la suspensión de la habilitación oautorización para funcionar otorgada por el Banco Central de las empresas deintermediación financiera y/o aseguradoras que fueron otorgantes de la garantía, el

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Adjudicatario deberá sustituir la misma, en un plazo perentorio de treinta (30) díascalendarios, quedando suspendidos todos los derechos que pudieran corresponderlehasta tanto ello suceda.Su incumplimiento podrá dar lugar a las sanciones previstas en el presente pliego.La garantía no podrá ser devuelta hasta que ambas partes otorguen en documentoapropiado que nada más tienen que reclamarse con relación a esta licitación.

Garantía de ConservaciónArt. 22 – De cada pago que la Administración realice se retendrá un monto equivalenteal cinco por ciento (5%) como Garantía de Conservación de acuerdo a lo establecidoen el PCGCO.

PlazoArt. 23 - Los equipos deberán ponerse a disposición del servicio de Mantenimiento Vialdentro del plazo de 15 (quince) días calendario a partir de la fecha de la firma delcontrato. El Contrato tendrá una duración de 9 (nueve) meses de trabajo por equipo.

Recepción definitivaArt. 24 - La recepción definitiva se realizará una vez finalizadas todas las obras. Noexiste período de conservación alguno.

LIQUIDACION Y FORMA DE PAGO

Liquidación de PagosArt. 25 - A) El pago de los trabajos se efectuará por avance mensual; para laliquidación del mismo se deberá presentar: 1) Detalle de la liquidación a precio básico. Necesariamente se deberá facturar elavance de obra por el mes de cargo en que se presente la planilla. 2) Copia de las planillas de declaración de personal del B.P.S. del mes de los trabajosque se facturan, con una liquidación de la mano de obra imponible a fecha de contrato ysu ajuste por aumentos.

B) Para el caso de los trabajos imprevistos se procederá del mismo modo,agregando el monto imponible que corresponde a los trabajos imprevistos realizados.

C) Los ajustes paramétricos deberán presentarse en factura independiente delbásico con detalle de la liquidación, junto con el certificado a precio básico de lostrabajos, tanto para los presupuestados como para trabajos imprevistos.

D) La última cuota se hará efectiva una vez que los trabajos esténcompletamente terminados y recibidos provisionalmente.

E) No se pagarán ajustes paramétricos más allá de los plazos establecidos en elcorrespondiente llamado, o de las prórrogas expresamente autorizadas por la Direcciónde Obra; salvo que no se cumpla con dichos plazos por causas no imputables a laempresa y debidamente documentadas en tiempo y forma.

F) La Intendencia de Montevideo podrá optar, en el momento de hacer efectivoel pago, por la financiación del mismo, mediante la entrega de Documentos de Pago,que tendrán las siguientes características:

* Contendrán la cantidad líquida y exigible en correspondencia con loscertificados de obra presentados y aprobados, expresada en moneda nacional o dólaresde los Estados Unidos según el caso. Si se convirtiera la deuda a dólares USA, la misma

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se realizará a la cotización del dólar interbancario tipo vendedor vigente a la fecha de laliquidación.

* Serán endosables, sin recurso y sin costo adicional para el contratista.* No tendrán vinculación con los procedimientos de ejecución de la obra y

su cronograma de cumplimiento.* La Intendencia de Montevideo se reserva el derecho de rescatar

anticipadamente los documentos de pago, abonando los intereses devengados, o abonarlos intereses sin cancelar la obligación principal hasta el final de la operación.

* Se establecerá en los Documentos de Pago la tasa de interéscorrespondiente asi como la oportunidad del pago de los intereses devengados.

* Los Documentos de Pago tendrán su vencimiento con un plazo mínimo de30 días, desde su otorgamiento y un plazo máximo que no excederá la finalización delmandato del presente período de gobierno. En caso que la financión sea en monedanacional, el plazo además no será superior a un año.

G) La Intendencia de Montevideo podrá también efectuar el pago con cheques de PagoDiferido, acordándose en su momento, con el adjudicatario, las condiciones del mismo.

Forma de PagoArt. 26 - La Intendencia abonará en un plazo de cuarenta y cinco (45) días calendario,a partir de la presentación del certificado de avance de obra, debidamente conformadoen la Contaduría General.Se modifica el art. 90 del PCGCO de acuerdo a lo establecido a continuación:

Imputación a la pagaSe modifica el art.90 literal d) del PCGCO, el segundo y tercer párrafo queda redactadocomo sigue:“A los efectos de la liquidación de los intereses se aplicará el criterio de imputación dela paga en primer lugar al capital. Asimismo, la tasa de interés establecida seconsiderará como tasa de interés simple.”Se modifica el art.90 literal e) del PCGCO, a partir del tercer párrafo queda como sigue:“La actualización del monto de esa diferencia se calculará con arreglo a los preciosresultantes del día inmediato posterior al vencimiento de los ciento veinte (120) días,debiendo efectuarse su pago dentro de los cuarenta y cinco (45) días calendariosiguientes a la fecha de solicitud de liquidación.”

DESCUENTO PRONTO PAGO: En el formulario de propuesta se establecerá labonificación que se ofrece si el pago se realiza dentro de los quince (15) días calendariode presentada la factura en Contaduría General de la I.M., y la bonificación que seofrece si dicho pago se realiza entre los dieciséis (16) y los treinta (30) días calendariode presentada la factura en Contaduría General de la I.M., la que será evaluada por elDepartamento de Recursos Financieros.

Interés de MoraArt. 27 - El interés por mora a que se refiere el artículo 90, literal c) del PCGCO quedafijado en el 50% de la tasa media de interés trimestral para empresas, para operacionesactivas con plazos menores a un año, publicada por el Banco Central del Uruguay (Art.15 Ley 14.095 – Circular 1695) en el mes inmediato anterior al vencimiento,modificándose en tal sentido el artículo 28 del PPEO.

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Otros casosArt. 28 - Los días laborables no trabajados por lluvias se pagarán de acuerdo al rubroNo. 3, denominado "Unidad de bacheo a disponibilidad A". Este carácter de"disponibilidad A" se entiende exclusivamente para el camión y la plancha vibratoria.Para la camioneta se pagará de acuerdo al rubro N° 4, "Camioneta a disponibilidad A".

Art. 29 - Los días en que el comienzo de la jornada sea con lluvia, el Servicio deMantenimiento Vial dispondrá de un máximo de 2 (dos) horas para determinar si ese díase trabaja o no, esas dos horas se pagarán según los rubros N° 5 y N° 6, "unidad debacheo a disponibilidad B" y "camioneta a disponibilidad B" y el resto, si no setrabajara, según el rubro N° 3 "Unidad de bacheo a disponibilidad A" y el rubro N° 4"Camioneta a disponibilidad A".

Art. 30 - Los días en que el comienzo de jornada sea sin lluvia pero en el transcurso dela misma comience a llover debiendo suspenderse las tareas, se pagará la alícuotatrabajada según el rubro correspondiente y la complementaria según el rubro N° 3"Unidad de bacheo a disponibilidad A" y el rubro N° 4 "Camioneta a disponibilidad A".

Art. 31 - En caso de interrupción de los trabajos, por causas no imputables a la empresacontratista (no se incluye entre ellas la lluvia), se pagará la alícuota trabajada según elrubro correspondiente y la complementaria según el rubro N° 5 "Unidad de bacheo adisponibilidad B" y el rubro N° 6 "Camioneta a disponibilidad B".

Art. 32 - En caso de interrupción de los trabajos, por causas que sean deresponsabilidad exclusiva de la empresa contratista (por ejemplo, incapacidad decumplir con el suministro de mezcla asfáltica), se pagará la alícuota trabajada según elrubro correspondiente y el resto no será abonado.

Fórmulas paramétricas de ajuste de preciosArt. 33 - Los precios se reajustarán mensualmente. Para la aplicación de la fórmulaparamétrica del Art. 91 del PCGCO se tomarán los valores de j, v, m y d, que acontinuación se indican:

Rubro No. 1 – Unidad de Bacheo

j = 0,40 v = 0,15 m = 0,32 d= 0,13

y para los valores de M y Mo: 0,030 m3 de emulsión asfáltica y 80 lt. de gas-oil.

Rubro No. 2 - Camioneta

j = 0,32 v = 0,18 m = 0,35 d = 0,15

y para los valores de M y Mo: 1 lt de gas oil.

Rubros No. 3 y 4 – Disponibilidad A

j = 0,00 v = 0,50 m = 0,00 d = 0,50

Rubro No. 5 y 6 – Disponibilidad B

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j = 0,40 v = 0,30 m = 0,00 d = 0,30

Rubros No. 7 – Mezcla Asfáltica

j = 0,10 v = 0,37 m = 0,39 d = 0,14

y para los valores de M y Mo: 3 Kg de cemento portland gris en bolsa (AncapMontevideo), 0,050 m3 de pedregullo granítico de 0 a 50 mm (en cantera); 0,030 m3 dearena gruesa Carrasco (arenera), 8 Kg de cemento asfáltico, 2 lt de gas-oil.

Rubro No. 8 - Pesada

j = 0,16 v = 0,60 m = 0,00 d = 0,24

Se modifica el Art. 91 del PCGCO, en lo relativo a la determinación de los jornales y elArt. 21 del PPEO, de tal forma que los valores de J, Jo, V, Vo, D y Do se definen comose indica a continuación:

J y Jo, Indice Medio de Salarios de la Construcción, Grupo 9, Sub-Grupo 01 (Industriade la Construcción-Dto.105/005 M.T.S.S.) calculado mediante la evolución delCoeficiente de Traslado de Precios en el momento de finalización de los trabajos que seliquidan y diez días antes a la fecha de apertura de la licitación.En caso de no existir laudo se regirá por la variación de la B.P.C. (Base dePrestaciones y Contribuciones).Cuando a la fecha de apertura, no haya sido homologado el incremento del jornalen los Consejos de Salarios, y por tanto, puedan derivar aumentos en formaretroactiva y con vigencia al momento cero de la licitación; se considerará esteúltimo valor a los efectos de definir el Jo.

V y Vo, Indice de Costo de Vida vigente al mes anterior que corresponde el reajuste y almes anterior a la fecha de apertura de la licitación.

D y Do, Cotización promedial mensual del dólar Interbancario BCU, tipo (vendedor),fijado por el Banco Central del Uruguay correspondiente al mes anterior de ejecución delas obras que se liquidan y al mes anterior de la apertura de la Licitación.

Lista de materiales para la aplicación de la fórmula paramétricaArt. 34 - De acuerdo a la Resolución de la Intendencia de Montevideo No. 3649/91 del22 de Julio de 1991, para la determinación de los valores de M y Mo, de la fórmulaparamétrica indicada en el Art. 91 del PCGCO, se tendrá en cuenta la Lista Oficial deprecios de la Dirección Nacional de Arquitectura, Valores base para la aplicación de lafórmula paramétrica de la Dirección Nacional de Vialidad y el Boletín de precios de laCámara de la Construcción, correspondientes al mes de ejecución de los trabajos y lavigente 10 (diez) días antes de la fecha de la licitación, respectivamente. Se entiende porvigente 10 días antes de la fecha de licitación al precio a esa fecha y por tanto el boletínque contenga ese precio, esté o no publicado. Los precios de los materiales se tomaránde una u otra lista de acuerdo a lo establecido en la Lista de materiales para laaplicación de la fórmula paramétrica, que se adjunta.

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En todos los casos se deberá tomar el valor de los materiales sin incluir el IVA. Elprecio de los materiales será considerado como puesto en obra, la incidencia de losfletes se supondrá reflejada en el parámetro “M” de la fórmula paramétrica.

LOS SIGUIENTES MATERIALES SE ACTUALIZARAN DE ACUERDO CON: 1) ARIDOS

Arena gruesa CARRASCO (arenera) DNAPedregullo granítico, 0 a 50 mm (en cantera) DNA2) CEMENTOS

Cemento portland gris ANCAP (Montevideo, en bolsa) DNACemento asfáltico DNVEmulsiones asfálticas DNV

3) COMBUSTIBLES

Combustible Gas-Oil DNA

ABREVIATURAS

DNA = Lista oficial de precios de la Dirección Nacional deArquitectura

DNV = Valores base para la aplicación de la fórmulaparamétrica de la Dirección Nacional de Vialidad

BPCC = Boletin de precios de la Cámara de la Construcción

MULTAS

M u l t a sArt. 35 - Si el Contratista no pusiera los equipos a disposición dentro del plazoestablecido, la Intendencia de Montevideo podrá aplicarle una multa equivalente a 10U.R. (diez Unidades Reajustables) por cada día hábil de atraso, pudiendo asimismodeclarar rescindido el Contrato con pérdida de la garantía por parte del Contratista.

Art. 36 - Si el Contratista no cumpliera con las órdenes impartidas por la Dirección dela Obra, se le aplicará una multa de 20 U.R. (veinte Unidades Reajustables) por cada díahábil de mora.La multa a aplicar le será descontada del primer pago que deba realizarse al Contratista.Si acaso llegara a 5 (cinco) días hábiles, se podrá rescindir el contrato con pérdida de lagarantía de fiel cumplimiento. La mora operará automáticamente de pleno derecho, porel no cumplimiento de las órdenes impartidas.

Art. 37 - Si cualquiera de las cuadrillas no cumpliese con lo establecido en el Art.39, ajuicio del Ing.Director de Obra, la misma podrá ser suspendida, no pagándose elimporte de las horas no trabajadas de acuerdo al Rubro No.1. No obstante, el contratistadeberá sustituir dicha cuadrilla por otra con el rendimiento adecuado en un plazo de 10(diez) días hábiles. El no cumplimiento de lo anterior implicará la aplicación de unamulta equivalente a 5 U.R. (cinco Unidades Reajustables) por cada día de atraso.

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Art. 38 - Si se constatara que alguna de las cuadrillas se hubiese presentado a realizarsus tareas sin la totalidad del instrumental técnico o materiales necesarios, el Ing.Director de Obra podrá suspender la cuadrilla por el día, no pagándose el importe de lashoras trabajadas en forma inadecuada de acuerdo al Rubro No.1. Podrá asimismo,aplicarle una multa de 3 (tres) unidades reajustables.

Art. 39 - Ninguna cuadrilla podrá trabajar sin la presencia permanente de su encargado.Si se constatara que alguna de las cuadrillas se hubiese presentado a realizar sus tareassin la totalidad del personal, quedará a juicio del Ing. Director de Obra suspender lacuadrilla por el día, o permitirle seguir trabajando, pagándose las horas trabajadas como:

(6 - No. de obreros faltantes) --------------------------------- x (precio rubro No. 1) 6

SancionesArt. 40 - La falta de cumplimiento de cualesquiera de las obligaciones contraídas porlos proponentes o adjudicatarias, habilitará a la Intendencia de Montevideo a proceder ala anulación de la adjudicación o rescisión del contrato en su caso, sin perjuicio de lassanciones genéricas que podrá aplicar, en razón de los daños causados o losantecedentes del proveedor, y que podrán ser desde un apercibimiento hasta laeliminación del Registro de Proveedores.

OTRAS DISPOSICIONES

Riesgo y responsabilidadArt. 41 - Es de exclusivo cargo del contratista todo riesgo y responsabilidad derivadosdel contrato, ya sea como consecuencia de daños causados a terceros, a laAdministración, o a sus empleados y equipos, en los casos que sufriere o causare losmismos. También serán de su cargo todos los gastos de funcionamiento, tales comocombustibles, emulsión asfáltica, patentes, repuestos, jornales, seguros, etc.

Art. 42 - El Servicio de Mantenimiento Vial, se reserva el derecho en los casos en quelo juzgue necesario o conveniente, de suspender parte o la totalidad del serviciodispuesto hasta por un término de 5 (cinco) dias hábiles o feriados laborables; y que nopodrán superar los 10 (diez) días (hábiles o feriados laborables) en la totalidad delcontrato.En los feriados laborables no se incluye la semana de turismo.

Certificado Único MunicipalArt. 43 – La Intendencia de Montevideo, exigirá a toda persona física o jurídica que conella haya contratado, en el momento de hacer efectivo los haberes que se le adeude, laexhibición del Certificado Único Municipal expedido a su nombre y en el que consteque dicho proveedor no tiene deudas tributarias con la Intendencia de Montevideo.Dicho certificado será expedido en forma gratuita por el Servicio Gestión deContribuyentes, Piso 1 y ½ del Palacio Municipal (Art. 24 del Decreto 27.803 de laJunta Departamental).

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Registro de ProveedoresArt. 44 - Para ser adjudicatarios, los oferentes deberán estar inscriptos en el Registro deProveedores de la Intendencia de Montevideo. De no hallarse registrados al momento dela presentación de las ofertas, se les adjudicará un número de registro provisorio. Encaso de ser adjudicatario deberá concurrir a Atención a Proveedores con ladocumentación necesaria a los efectos de obtener la inscripción definitiva en dichoRegistro.

Recepción y apertura de propuestas:La recepción y apertura de propuestas se realizará en el local del Servicio de Comprasubicado en el sector Santiago de Chile del Edificio Sede con acceso sobre la Avenida 18de Julio, en la fecha y hora establecidos en la hoja de invitación.

EXIGENCIAS VARIAS

Equipos y Maquinarias exigiblesArt. 45 - En relación al equipo para producir mezcla asfáltica, se deja sin efecto paraesta licitación, los items (g) y (h) del art. 61 del PGCEMAC.

Suministro de teléfono celularArt. 46 - Desde la iniciación de las obras y hasta su finalización (última recepciónprovisoria), el contratista suministrará un teléfono celular para la Dirección de la Obra.Los gastos generados, por todo concepto, por dicho teléfono, hasta un máximo de 3(tres) U.R. por mes, serán cargo del contratista. Los gastos que superen este tope, seránde cuenta del usuario de dicho teléfono.

PRESCRIPCIONES GENERALES

Equipos de BacheoArt. 47 - Se contratarán hasta 2 equipos compuestos cada uno por: a) dos unidades de bacheo consistentes cada una en un camión con cuadrilla,instrumental técnico y emulsión asfáltica. b) una camioneta con chofer. Dichos equipos trabajarán a las órdenes del Servicio de Mantenimiento Vial durante800 (ochocientas) horas, a razón de 10 horas por día hábil.

Requisitos de los camionesArt. 48 - Los camiones (con conductor) serán con volcadora, con medio toldo y asientopara el personal. La caja tendrá una capacidad mínima de 6 (seis) metros cúbicos.Dicho vehículo, que deberá ser, previamente, aprobado por el Ingeniero Director de lasObras, tendrá una antigüedad máxima de 20 (veinte) años. Deberá cumplir asimismocon lo establecido en la resolución Nº 2.516/92.

Requisitos de las camionetasArt. 49 - El Contratista suministrará, por cada dos unidades de bacheo, una camionetacon conductor durante los días y horarios de ejecución de los trabajos, para la Direcciónde Obra. Dicho vehículo, que deberá ser, previamente, aprobado por el IngenieroDirector de las Obras, tendrá una antigüedad máxima de 5 (cinco) años y una capacidad

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mínima de 3 (tres) pasajeros incluído el conductor. Deberá cumplir asimismo con loestablecido en la resolución Nº 2.516/92.

Instrumental técnicoArt. 50 - Cada camión estará equipado con el Instrumental Técnico necesario para larealización de tareas de bacheo, a saber: una plancha vibratoria, picos, palas, cepillos,rastrillos, regaderas para la emulsión, etc.

Personal de los equiposArt. 51 - El personal de una unidad de bacheo estará integrado por un conductor delcamión y una cuadrilla integrada como mínimo por un encargado y cinco operarios, delos cuales uno será el operador de la plancha vibratoria.El Contratista deberá dar cumplimiento a toda la normativa laboral vigente. LaDirección de la obra podrá disponer la sustitución de alguno o de la totalidad de losintegrantes de la cuadrilla, ya sea por bajo rendimiento, falta de idoneidad técnica paraejecutar las tareas o mala conducta.

Ordenación de los trabajosArt. 52 - Las cuadrillas ejecutarán los trabajos de acuerdo a los planes parciales yórdenes de trabajo que se le entreguen por parte del Ingeniero Director de la Obra. Elhorario de trabajo será determinado por el Director de la Obra y se considera como horade comienzo de las tareas, el momento en que el camión cargado con la mezcla asfálticay con el instrumental técnico sale con el personal del cantón de la empresa contratista.

Mezcla AsfálticaArt. 53 - Los oferentes cotizarán, en el Rubro N° 7, el precio por el suministro demezcla asfáltica Tipo B, para bacheo, de granulometría fina, de acuerdo al PliegoGeneral de Condiciones para la Ejecución de Mezclas Asfálticas en Caliente. Losmismos detallarán en sus propuestas, las características del material ofrecido, agregandotodo dato que juzguen de interés para ilustrar las ofertas.Se sobreentenderá que todos los datos de esta manera suministrados tendrán el carácterde compromiso, es decir que la Intendencia de Montevideo exigirá una estrictacorrespondencia entre lo establecido en la propuesta y el material entregado.

Art. 54 - Se efectúan las siguientes modificaciones a los incisos que se mencionan en elArt. 44 del PGCEMAC :Inciso a) - se suprime el texto existente.Inciso b) - se suprime la exigencia de que la arena de trituración a emplear provenga dela trituración de un árido resultante de un precribado que separe los áridos 20-30.

Art. 55 - Se cotizará una mezcla fina, que tendrá un 100% (cien por ciento) pasante porel tamiz UNIT 19.040, y un retenido en el tamiz UNIT 13.440 de un 10% (diez porciento) como máximo.

Art. 56 - El Servicio podrá designar un sobrestante que supervisará la ejecución de lamezcla en la planta del contratista y la elaboración de probetas al pie de planta, a efectosde lo cual el contratista deberá disponer de los elementos adecuados para el moldeo ycompactación de las mismas, dichos elementos deberán estar en concordancia con loestablecido en la Norma ASTM D 1559 y serán sometidos a la aprobación de la

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Dirección de Obra. Asimismo el contratista deberá destinar personal para la extraccióny elaboración de las probetas.

Art. 57 - Se extraerá una muestra por cada día de trabajo. Con cada muestra seelaborarán 5 (cinco) probetas en las condiciones del Art. anterior. Dichas probetas serántrasladadas al Laboratorio de Suelos, del Servicio de Estudios y Proyectos Viales, aefectos de ser ensayadas de acuerdo al PGCEMAC.

Art. 58 - Si el ensayo de una muestra arrojase resultados que no se ajustan a lo exigidoen el Art. 44 inciso g del PGCEMAC y esta muestra fuera la única del día, la mezclacorrespondiente a ese día será rechazada y por lo tanto no será abonada. Si en el díaaludido se hubiese extraído más de una muestra, se dividirá la cantidad total entregadaen tantas partes iguales como muestras fueron extraídas y se rechazarán tantas partescomo muestras con resultados no admisibles resulten.Si los resultados de los ensayos llegaren a conocimiento de la Dirección de Obra conposterioridad al pago de las mezclas correspondientes, se descontarán cantidadesequivalentes del próximo pago a efectuarse o en su defecto de la garantía de fielcumplimiento.

Art. 59 - A efectos del pago de la mezcla asfáltica suministrada, se establece laobligación de pesar todos los camiones que transporten el material. El importe de estaspesadas estará a cargo del contratista .El mismo deberá entregar al Servicio previamentea la presentación del certificado correspondiente a cada mes, la documentación expedidapor la balanza de todas las pesadas del mes. Esta documentación deberá realizarse enpapel membretado de la firma propietaria de la balanza , incluyendo nombre y ubicaciónde la misma, fecha, matrícula del camión, tara del mismo, peso bruto y peso neto de lamezcla. Se establece la obligación de tarar los camiones antes del comienzo de tareas,una vez por día .La Administración podrá disponer la utilización de la balanza de la Planta AsfálticaMunicipal, en cuyo caso no se harán efectivas las obligaciones antedichasdescontándose al Contratista en ese caso el costo de las pesadas, a cuyo efecto losoferentes deberán cotizar su valor (Rubro N° 8)Si por alguna razón algún camión no fuera pesado como se ha establecido, se pagará lamezcla correspondiente evaluando la cantidad a través del número de canchadasentregadas, y del peso por canchada que surja de la globalidad de las entregas.

Emulsión AsfálticaArt. 60 - Las emulsiones asfálticas serán homogéneas y después de revolverla bien, noacusarán separación del asfalto base, a menos que esta sea causada por congelación.Además cumplirán los requisitos especificados en el cuadro siguiente:

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CUADRO DE REQUISITOS PARA EMULSIONES ASFALTICAS

DESIGNACION

Tipo ROTURA RAPIDA ROTURA LENTA Métodode ensayoASTM

Grado RS-1 RS-2 SS-1 SS-1 hMín Máx Mín Máx Mín Máx Mín Máx

Ensayos sobre la emulsión :Viscosidad, Saybolt Furol a 25ºC , S 20,00 100,00 ---- ---- 20,00 100,00 20,00 100,00 D244

Viscosidad, Saybolt Furol a 50ºC , S ---- ---- 75,00 400,00 ---- ---- ---- ----

Estabilidad para almacenamiento, 24 Hs, % ---- 1,00 ---- 1,00 ---- 1,00 ---- 1,00

Desemulsibilidad, 35 ml, 0,02N de CaCl2 , % 60,00 ---- 60,00 ---- ---- ---- ---- ----

Mezcla con cemento, % ---- ---- ---- ---- ---- 2,00 ---- 2,00

Ensayo de tamizado, % ---- 0,10 ---- 0,10 ---- 0,10 ---- 0,10

Residuo de destilación, % 55,00 ---- 63,00 ---- 57,00 ---- 57,00 ----

Ensayos sobre el residuo de la destilación :Penetración, 25ºC , 5s 100,00 200,00 100,00 200,00 100,00 200,00 40,00 90,00 D5Ductilidad, 25ºC , 5 cm/min , cm 40,00 ---- 40,00 ---- 40,00 ---- 40,00 ---- D113Solubilidad en tricloroetileno, % 97,50 ---- 97,50 ---- 97,50 ---- 97,50 ---- D2042

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Requerimientos para el Certificado de Capacidad para Ofertar del MTOP

ORGANISMO LICITANTE: INTENDENCIA DE MONTEVIDEO

LICITACIÓN PUBLICA Nº 277355/1CONTRATO No 1723 OBRA 3538

OBRA: “CONTRATACIÓN DE EQUIPOS DE BACHEO CONSUMINISTRO DE MEZCLA ASFALTICA”

EMPRESAS CONSTRUCTORAS:

Deben estar calificadas, en el Registro Nacional de Empresas de Obras Públicas, delMinisterio de Transporte y Obras Públicas, para OFERTAR obras comprendidas en lassiguientes categorías, especialidades y por el monto que se indica:

CATEGORIA II: INGENIERIA

ESPECIALIDADES DE INGENIERIA: B.

PRESUPUESTO ESTIMATIVO $ 20.000.000 (sin Imprevistos, sin IVA ysin Aportes Sociales)

PLAZO: 9 MESES

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CONTRATO N° 1723

CONTRATACIÓN DE EQUIPOS DE BACHEOCON SUMINISTRO DE MEZCLA ASFALTICA

F O R M U L A R I O P R O P U E S T A

Y

M E T R A J E S

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LICITACIÓN PÚBLICA Nº 277355/1

CONTRATO N° 1723

CONTRATACIÓN DE EQUIPOS DE BACHEOCON SUMINISTRO DE MEZCLA ASFALTICA

F O R M U L A R I O P R O P U E S T A

Montevideo,........................ de 20......

El que suscribe ................................, domiciliado a los efectos legales en la calle...................... No........, se compromete a ejecutar todos los trabajos y obras de laLICITACIÓN PÚBLICA Nº 277355/1, OBRA Nº 3538, CONTRATO No 1723denominado “CONTRATACION DE EQUIPOS DE BACHEO CONSUMINISTRO DE MEZCLA ASFALTICA”, de acuerdo con los Pliegos deCondiciones y planos que ha tenido a la vista, por los precios unitarios, sin incluir elImpuesto al Valor Agregado (IVA) y el monto imponible de mano de obra que seindican a continuación.A los efectos de los aportes establecidos de la Ley No 14.411, se declara que el montototal imponible de mano de obra asciende a $ ........................Se compromete a someterse a las leyes y tribunales del país con exclusión de todo otrorecurso.Los precios unitarios están expresados con letras y números, y en caso de discordancia,se declararán válidos los escritos con letras.

Firma ........................................

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METRAJES - CONTRATO No 1723

R U B R O S METRAJE UNIDADPRECIOUNITARIO

PRECIOTOTAL

MdeO

N° 1 - Suministro de una unidad de bacheo completa 4.800 hs. $ $ $

N° 2 - Suministro de una camioneta para la Dirección de Obra 2.400 hs. $ $ $

N° 3 - Unidad de bacheo a disponibilidad A 960 hs. $ $ $

N° 4 - Camioneta a disponibilidad A 480 hs. $ $ $

N° 5 - Unidad de bacheo a disponibilidad B 960 hs. $ $ $

N° 6 - Camioneta a disponibilidad B 480 hs. $ $ $

N° 7 - Sum. de mezcla asfáltica fina en caliente, tipo B, parabacheo

1000 ton $ $ $

N° 8 – Pesada de camión. 1 unidad $ $ $

BASICO $ $

IVA (22% ) $

SUBTOTAL $

IMPREVISTOS (15%) $ $

APORTES SOCIALES (70%) $

TOTAL SIN APORTES $

TOTAL CON APORTES $ $