INSTRUCTIVO -Matriculas -201415 Abri Julio2015

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Instructivo matrículas Página 1/22 201510 VICERRECTORADO DE DOCENCIA UNIDAD DE ADMISIÓN Y REGISTRO Sangolquí, 03 de marzo de 2015-ESPE- UAR INSTRUCTIVO ACADÉMICO N.- 001 PARA EL PROCESO DE REGISTRO DE MATRÍCULAS, PERIODO ACADEMICO 201510 ABRIL – AGOSTO 2015 PARA ESTUDIANTES DE LAS CARRERAS DE PREGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS “ESPE” Y 201505 PARA EL INSTITUTO DE IDIOMAS. 1. ANTECEDENTES: A partir de la vigencia de la Ley Orgánica de Educación Superior LOES, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 298 de 12 de octubre de 2010, en la Disposición Transitoria Vigésima Segunda, se dispone que a partir de la vigencia de la LOES, se integrarán la Escuela Politécnica del Ejército ESPE, la Universidad Naval Comandante Rafael Moran Valverde – UNINAV y el Instituto Tecnológico Superior Aeronáutico – ITSA, para conformar la Universidad de las Fuerzas Armadas ESPE, para lo cual formulará el estatuto de la universidad, de acuerdo con sus fines y objetivos específicos, conforme a las políticas que defina el Ministerio de Defensa Nacional. Mediante resolución RPC-SO-24-No.248-2013, adoptada en la Vigésima Cuarta Sesión Ordinaria del Pleno del Consejo de Educación Superior, desarrollada el 26 de junio del 2013, aprueba el Estatuto de la Universidad de las Fuerzas Armadas ESPE. La Universidad de las Fuerzas Amadas ESPE, es una institución de educación superior, con personería jurídica, de derecho público, y sin fines de lucro, con autonomía académica, administrativa, financiera, orgánica y patrimonio propio. Como institución de educación superior de la Fuerzas Armadas es dependiente del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas en: política institucional en el ámbito de educación superior, designación de autoridades ejecutivas; y asignación de personal militar necesario para el funcionamiento de la Universidad, conforme al presente estatuto. El domicilio de la Universidad está en Quito y la Matriz principal en el Campus de Sangolquí, con extensiones en Latacunga, Salinas, Guayaquil, Santo Domingo de los Tsáchilas y Galápagos; se rige por la Constitución de la República del Ecuador, la Ley Orgánica de Educación Superior y su Reglamento, Ley Orgánica de Servicio Público, el Código de Trabajo, la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas y otras leyes conexas, el presente Estatuto, los reglamentos expedidos de acuerdo con la Ley y Normas emitidas por sus órganos de administración y autoridades. En el Reglamento Interno de Régimen Académico y de Estudiantes de la Universidad de las Fuerzas Armadas ESPE, aprobado por el pleno del Consejo de Educación Superior mediante Resolución RPC-SE-A3-No.051-2013 de veintiuno de noviembre del dos mil trece, en el Art. 8 trata del período académico ordinario y en su tercer inciso consta: En las Instituciones de Educación Superior IES, el inicio de las actividades de cada período académico ordinario a nivel nacional, se realizará en los meses de abril o mayo, y de

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    VICERRECTORADO DE DOCENCIA

    UNIDAD DE ADMISIN Y REGISTRO

    Sangolqu, 03 de marzo de 2015-ESPE- UAR

    INSTRUCTIVO ACADMICO N.- 001 PARA EL PROCESO DE REGISTRO DE MATRCULAS, PERIODO ACADEMICO 201510 ABRIL AGOSTO 2015 PARA ESTUDIANTES DE LAS CARRERAS DE PREGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS ESPE Y 201505 PARA EL INSTITUTO DE IDIOMAS. 1. ANTECEDENTES: A partir de la vigencia de la Ley Orgnica de Educacin Superior LOES, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 298 de 12 de octubre de 2010, en la Disposicin Transitoria Vigsima Segunda, se dispone que a partir de la vigencia de la LOES, se integrarn la Escuela Politcnica del Ejrcito ESPE, la Universidad Naval Comandante Rafael Moran Valverde UNINAV y el Instituto Tecnolgico Superior Aeronutico ITSA, para conformar la Universidad de las Fuerzas Armadas ESPE, para lo cual formular el estatuto de la universidad, de acuerdo con sus fines y objetivos especficos, conforme a las polticas que defina el Ministerio de Defensa Nacional. Mediante resolucin RPC-SO-24-No.248-2013, adoptada en la Vigsima Cuarta Sesin Ordinaria del Pleno del Consejo de Educacin Superior, desarrollada el 26 de junio del 2013, aprueba el Estatuto de la Universidad de las Fuerzas Armadas ESPE. La Universidad de las Fuerzas Amadas ESPE, es una institucin de educacin superior, con personera jurdica, de derecho pblico, y sin fines de lucro, con autonoma acadmica, administrativa, financiera, orgnica y patrimonio propio. Como institucin de educacin superior de la Fuerzas Armadas es dependiente del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas en: poltica institucional en el mbito de educacin superior, designacin de autoridades ejecutivas; y asignacin de personal militar necesario para el funcionamiento de la Universidad, conforme al presente estatuto. El domicilio de la Universidad est en Quito y la Matriz principal en el Campus de Sangolqu, con extensiones en Latacunga, Salinas, Guayaquil, Santo Domingo de los Tschilas y Galpagos; se rige por la Constitucin de la Repblica del Ecuador, la Ley Orgnica de Educacin Superior y su Reglamento, Ley Orgnica de Servicio Pblico, el Cdigo de Trabajo, la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas y otras leyes conexas, el presente Estatuto, los reglamentos expedidos de acuerdo con la Ley y Normas emitidas por sus rganos de administracin y autoridades. En el Reglamento Interno de Rgimen Acadmico y de Estudiantes de la Universidad de las Fuerzas Armadas ESPE, aprobado por el pleno del Consejo de Educacin Superior mediante Resolucin RPC-SE-A3-No.051-2013 de veintiuno de noviembre del dos mil trece, en el Art. 8 trata del perodo acadmico ordinario y en su tercer inciso consta: En las Instituciones de Educacin Superior IES, el inicio de las actividades de cada perodo acadmico ordinario a nivel nacional, se realizar en los meses de abril o mayo, y de

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    septiembre u octubre. En el Art.33 de este mismo Reglamento se prev el proceso de matriculacin y consta: La matrcula es el acto de carcter acadmico-administrativo, mediante el cual una persona adquiere la condicin de estudiante, a travs del registro de las asignaturas, cursos o sus equivalencias, en un periodo acadmico determinado y conforme a los procedimientos internos de una IES. La condicin de estudiante se mantendr hasta el inicio del nuevo perodo acadmico ordinario o hasta su titulacin. NOTA: No se eliminarn registros de matrculas, salvo que se cuente con la autorizacin de la autoridad acadmica correspondiente de acuerdo a la normativa vigente. El Vicerrectorado de Docencia, en coordinacin con la Unidad de Admisin y Registro conscientes de aplicar las normativas en este proceso de Registro de Matrculas para el periodo acadmico 201510 abril agosto 2015, establece las siguientes polticas:

    2. POLTICAS GENERALES PARA EL PROCESO REGISTRO DE MATRCULAS DEL

    VICERRECTORADO DE DOCENCIA

    a. A partir del I nivel, los estudiantes de las carreras de la modalidad presencial y distancia, debern registrar su matrcula a travs de la pgina WEB, MIESPE. En todos los casos, debern observar el cronograma que se encuentra en este instructivo y que ser publicado en el micrositio de la Unidad de Admisin y Registro (UAR), SERVICIOS UNIDAD ADMISIN Y REGISTRO, en la pgina WEB, ESPE.

    b. Los estudiantes que cursan una Carrera y adems la suficiencia en un idioma extranjero, en el Instituto de Idiomas de la Universidad de las Fuerzas Armadas ESPE; deben matricularse primero en la Carrera y luego en Idiomas, siempre y cuando no afecte al plazo de perodo ordinario de matrculas.

    c. Los trmites de reingreso y de cambio de carrera para las carreras de Ingeniera y Tecnologa, de la Modalidad de Educacin a Distancia, que se encuentran cerradas, se realizarn conforme al Plan de Contingencia correspondiente; mismo que ser socializado por el Vicerrectorado de Docencia.

    3. NORMATIVA DE GRATUIDAD DE LA EDUCACIN SUPERIOR PBLICA.

    Reglamento para garantizar el cumplimiento de la gratuidad de la Educacin superior Pblica, aprobado por el Consejo de Educacin Superior, el 02 de Julio de 2014; vigente desde la fecha de su aprobacin. Art. 4.- De los Aranceles y Matrculas.- Para efectos del establecimiento del valor que las instituciones de educacin superior pblica deben cobrar por concepto de prdida temporal o definitiva del derecho a la gratuidad, se aplicar lo siguiente:

    a) Valor del Arancel.- Es el valor que las instituciones de educacin superior

    pblica cobrarn al estudiante, en concordancia con lo establecido en la

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    Disposicin General Primera del presente Reglamento; adems, este valor tendr relacin con el nmero de horas de los cursos y asignaturas, o sus equivalentes, del correspondiente perodo en el que el estudiante ha reprobado; en este caso el valor a pagar ser el valor del crdito (Presencial $38.50; Distancia y Semipresencial: $22.50) por el nmero de crditos reprobados y por el cincuenta por ciento (50%).

    b) Valor de la Matrcula.- Es el valor que las instituciones de educacin superior

    pblica cobrarn al estudiante una sola vez en cada perodo acadmico, por concepto de gastos administrativos y servicios generales. Este valor no exceder del diez por ciento (10%) del valor total del arancel del respectivo perodo acadmico.

    En todos los casos se observar el principio de igualdad de oportunidades y el indicado valor se cobrar en cualquier tipo de matrcula, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Rgimen Acadmico.

    Art. 5.- Criterios y mbitos de la gratuidad.- De conformidad con el artculo 80 de la Ley Orgnica de Educacin Superior, la gratuidad se vincula a la responsabilidad acadmica de los estudiantes, de acuerdo con los siguientes criterios:

    1) La gratuidad cubrir a quienes se inscriban en los niveles preuniversitario,

    prepolitcnicoy sus equivalentes, de conformidad con los parmetros del Sistema Nacional de Nivelacin y Admisin, as como a los estudiantes regulares que se encuentren cursando carreras de nivel tcnico, tecnolgico o sus equivalentes, y de grado, en los perodos acadmicos ordinario o extraordinario.

    2) La gratuidad se vincula a la responsabilidad acadmica de los estudiantes, la misma que se cumplir por los estudiantes regulares que aprueben las asignaturas, cursos o sus equivalentes, del periodo acadmico correspondiente, en el tiempo y en las condiciones establecidas para la respectiva carrera por la institucin de educacin superior.

    3) Por concepto de gratuidad se cubrir una sola carrera por estudiante. Tambin

    sern beneficiarios de este derecho, por una sola vez, los estudiantes que cambien de carrera siempre que hayan aprobado una o varias asignaturas, cursos o sus equivalentes, dentro de los perodos acadmicos ordinario y extraordinario cursados de carcter obligatorio, que puedan ser homologados de acuerdo a las normas del Reglamento de Rgimen Acadmico.

    4) La gratuidad cubrir todas las asignaturas, cursos o sus equivalentes de la respectiva carrera hasta la obtencin del ttulo.

    5) La gratuidad cubrir los rubros correspondientes a la primera matrcula y escolaridad

    en una misma carrera conforme al presente Reglamento, as como los costos requeridos para la aprobacin de la unidad de titulacin o la elaboracin y aprobacin del trabajo de titulacin, segn sea el caso, en los trminos dispuestos en la Ley Orgnica de educacin Superior, su Reglamento General, el Reglamento de Rgimen acadmico y el presente Reglamento.

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    La gratuidad no cubrir los rubros correspondientes a segundas y terceras matrculas en las respectivas asignaturas, cursos o sus equivalentes.

    Tampoco cubrir los rubros correspondientes a matrculas que tengan carcter extraordinario o especial, salvo circunstancias de caso fortuito u fuerza mayor debidamente documentadas, as como las contempladas en el presente Reglamento. Art. 6.- Para efectos de aplicacin del presente Reglamento, el rubro que los estudiantes paguen cuando haya prdida parcial y temporal o definitiva en un perodo acadmico, constar de una parte variable, correspondiente al arancel, dependiente del nmero de horas correspondientes a las asignaturas, cursos o sus equivalentes en los que el estudiante solicite matrcula en el correspondiente perodo acadmico; y, de una parte fija, correspondiente a la matrcula, que le da derecho a ser estudiante de la institucin de educacin superior, en el marco de lo establecido en el presente Reglamento. Art. 7.- Estudiantes regulares de las instituciones de educacin superior pblicas.- Son estudiantes regulares de las instituciones del Sistema de Educacin Superior aquellos que se encuentran matriculados en al menos el 60% de las asignaturas, cursos o sus equivalentes, que permite su plan de estudios en el perodo acadmico ordinario correspondiente. Tambin se consideran estudiantes regulares aquellos que se encuentran cursando el perodo acadmico de culminacin de estudios; es decir, aquel en el que el estudiante se matricul en todas las actividades acadmicas que requiere aprobar para concluir su carrera. DISPOSICIN GENERAL PRIMERA.- En caso de prdida temporal o definitiva de la gratuidad, las instituciones de educacin superior sujetas al presente Reglamento podrn cobrar por concepto de matrcula y aranceles entre el diez por ciento (10%) y cincuenta por ciento (50%) del valor recibido por la institucin de educacin superior por cada estudiante en funcin del costo ptimo por tipo de carrera y modalidad de aprendizaje, en el ao inmediato anterior a la matrcula, considerando obligatoriamente la situacin socio-econmica del estudiante y su hogar. La informacin relativa al costo ptimo ser suministrada por la SENESCYT a las instituciones de educacin superior.

    4. DEVOLUCIN DE ARANCELES.

    Reglamento Interno del Rgimen Acadmico).- Art. 82.-Devolucin de aranceles.- Se autoriza la devolucin de los aranceles por crditos para los estudiantes que no cumplan con los criterios de responsabilidad acadmica, de la siguiente manera: a. El director de carrera, en la totalidad de lo pagado cunado no se abra un curso o las

    asignaturas en las que se haya matriculado en cuyo caso no se afectars la gratuidad del estudiante. Para este caso comunicar a la Unidad de Admisin y Registro.

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    b. El consejo de carrera en el 100% del pago por los crditos de las asignaturas en que se hubiere matriculado, cuando apruebe la solicitud de retiro, conforme lo estipulado en el Art. 132. En este caso no se afectar la gratuidad del estudiante.

    c. El Honorable Consejo Universitario, cuando resuelva la anulacin de matrcula en una o ms asignaturas, en el 100% del pago por los crditos de las asignaturas anuladas. En este caso si se afectar la gratuidad del estudiante, cuando corresponda.

    5. ANULACIN DE MATRICULA Y RETIRO DE UNA ASIGNATURA.

    Reglamento Interno de Rgimen Acadmico y de Estudiantes de la Universidad de las Fuerzas Armadas ESPE:

    Art. 35.- De la anulacin de matrcula.- El rgano colegiado acadmico superior podr declarar nula una matrcula cuando sta haya sido realizada violando la ley y la normativa pertinente. Art. 36.- Retiro de una asignatura.- Un estudiante, voluntariamente, podr retirarse de una o varias asignaturas en un periodo acadmico en un plazo de hasta 30 das contados a partir de la fecha la presentacin de la solicitud ser de 30 das contados a partir de la fecha de inicio de las actividades acadmicas. En situaciones caso fortuito o fuerza mayor, enfermedad, embarazo o situaciones similares, debidamente documentados, que le impidan continuar sus estudios, estos casos sern conocidos y aprobados por la instancia correspondiente en cada IES. En caso de retiro voluntario y caso fortuito o fuerza mayor, la matrcula correspondiente a estas asignaturas quedar sin efecto y no se contabilizar para la aplicacin de lo establecido en el artculo 84 de la LOES.

    6. PLANIFICACIN DEL REGISTRO DE MATRCULAS

    Las fechas programadas para trmites de reingreso, cambio de carrera de la misma u otra Institucin de Educacin Superior y matrculas, en las carreras de las Modalidades de Educacin Presencial y a Distancia, para los estudiantes de I a IX Nivel, son las siguientes: a. Carreras de las modalidades presencial y a distancia:

    ACTIVIDADES FECHAS RESPONSABLE/S REINGRESOS: Si un estudiante no finaliza su carrera o programa y se retira, podr reingresar a la misma Carrera o programa en el tiempo mximo de 5 aos contados a partir de la fecha de su retiro. Si no estuviere aplicando el mismo plan de estudios deber completar todos los requisitos establecidos en el plan de

    Del 18 de febrero al 18 de marzo de 2015.

    DIRECTOR DE CARRERA UAR ESTUDIANTE

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    ACTIVIDADES FECHAS RESPONSABLE/S estudios vigente a la fecha de su reingreso. Cumplido este plazo mximo para el referido reingreso, deber reiniciar sus estudios en una Carrera o Programa Vigente. En este caso el estudiante podr homologar asignaturas, cursos o sus equivalentes en una carrera o Programa vigente, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Rgimen Acadmico, disposicin general quinta. Se debe observar adems lo establecido en el Art. 37 literal d) del Estatuto de la Universidad de las Fuerzas Armadas-ESPE y en concordancia con los Art. 188, 189 y 190 del Reglamento Interno de Rgimen Acadmico y de Estudiantes de las Fuerzas Armadas ESPE, respecto a la asignacin de cupo, requisitos y del procedimiento. Ver Procedimiento. CAMBIOS DE CARRERA: Respecto a la asignacin de cupo se observar lo establecido en los Arts. 34.- del Sistema Nacional de Nivelacin y Admisin; 37 literal d) del Estatuto de la Universidad de las Fuerzas Armadas-ESPE 94 al 98 de la reglamentacin de estudiantes vigente en lo referente a Cambio de carrera. Art. 34.- del Sistema Nacional de Nivelacin y Admisin: Cambios de Carrera para las y los estudiantes matriculados en las Instituciones de Educacin Superior (IES).- Las solicitudes de cambio de carrera para las y los estudiantes que hayan aprobado el proceso del Sistema Nacional de Nivelacin y Admisin, y sean estudiantes regulares en las distintas instituciones de educacin superior del pas, se tramitarn por cada institucin de educacin superior, conforme al Reglamento de Rgimen Acadmico, verificando que la o el estudiante haya obtenido en el Examen Nacional para la Educacin Superior (ENES), el puntaje mnimo con el que cerr la carrera para dicha convocatoria, para la carrera a la que desea aplicar. Art. 94.- Reglamento Interno Rgimen Acadmico y de Estudiantes de la Universidad de las Fuerzas Armadas ESPE. De los cambios de carrera.- Los estudiantes de la Universidad de las Fuerzas Armadas-ESPE o los provenientes de otras instituciones de educacin superior del pas o del exterior, podrn solicitar el cambio de carrera o cursar una segunda carrera, siempre que haya cupos disponibles, con el reconocimiento de asignaturas, conforme se establece en este captulo. Los estudiantes de la Universidad de las Fuerzas Armadas - ESPE, podrn solicitar cambio de carrera, campus sujetndose a lo establecido en este reglamento. Art. 95.- De la asignacin de cupos.- Los directores de carrera determinarn si existen cupos disponibles para los diferentes niveles referenciales de cada carrera y remitirn al Vicerrectorado de Docencia con 45 das de anticipacin a la fecha de inicio de un perodo acadmico, un informe en el que conste la proyeccin del nmero de estudiantes por nivel referencial y los cupos disponibles por nivel. El Director de Carrera resolver sobre las solicitudes de cambio

    Del 18 de febrero al 18 de marzo de 2015

    DIRECTOR DE CARRERA UAR ESTUDIANTE

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    ACTIVIDADES FECHAS RESPONSABLE/S de carrera presentadas por los estudiantes a la que requiere realizar el cambio. Todos los estudiantes que iniciaron sus estudios en esta Universidad desde febrero del 2012, presentarn la solicitud adjuntando el examen del ENES; para los anteriores a esta fecha, el Director de Carrera har el anlisis respectivo con el Record acadmico y un certificado de no tener impedimentos en la Universidad; en caso de que no conste el ltimo perodo cursado, solicitar la cartilla de calificaciones. El Director de Carrera remitir a la UAR la documentacin para el registro de la nueva curricula en el sistema acadmico. Ver procedimiento art. 98 TRANSFERENCIAS: Art. 34.- Cambios de carrera para las y los estudiantes matriculados en las instituciones de educacin superior (IES).- Las solicitudes de cambio de carrera para las y los estudiantes que hayan aprobado el proceso del Sistema Nacional de Nivelacin y Admisin (SNNA), y sean estudiantes regulares en las distintas Instituciones de educacin superior del pas, se tramitarn por cada institucin de educacin superior, conforme el Reglamento de Rgimen Acadmico, verificando que la o el estudiante haya obtenido en el Examen de Nivelacin para la Educacin Superior (ENES), el puntaje mnimo con el que cerr la carrera para dicha convocatoria, para la carrera a la que desea aplicar. a) Documento de asignacin del cupo para el nivel referencial de la carrera, emitido por el director de carrera correspondiente; b) Solicitud para el trmite de reconocimiento en el formulario correspondiente, dentro de los plazos que se determine para cada periodo acadmico (45 das antes del inicio del perodo, Art. 98 Reg. Int. Reg. Acad. Y de Estu.). c) Copia a color de la cdula de ciudadana y papeleta de votacin; d) Original del rcord acadmico, debidamente legalizado, donde conste la carrera de procedencia, con las asignaturas aprobadas y reprobadas, calificaciones obtenidas, nmero de crditos y el sistema de evaluacin con la escala de calificacin. e) Original del plan de estudios y programas certificados con la carga horaria de las asignaturas cursadas en que debern constar las asignaturas aprobadas y reprobadas; f) Para el caso de estudios de educacin superior cursadas en el exterior, certificacin y constancia fehaciente de que la institucin, que hubiere otorgado los certificados de estudio, sea reconocida oficialmente como institucin de educacin superior por el organismo correspondiente. g) Comprobante de haber pagado los derechos correspondientes; h) Los extranjeros presentaran adems, el permiso domiciliario definitivo o el pasaporte con la visa de estudiante; y, i) En el caso de extranjeros o respecto de estudios realizados en el exterior, toda la documentacin deber presentarse traducida al castellano, cuando hubiese lugar a ello, apostillada o en los pases no suscriptores al convenio de postilla, autenticada y legalizada por la cancillera del pas de origen o equivalente. Adems presentarn el puntaje obtenido en el Examen del ENES

    Del 18 de febrero al 12 de marzo de 2015

    DIRECTOR DE CARRERA UAR ESTUDIANTE

  • Instructivo matrculas Pgina 8/22 201510

    ACTIVIDADES FECHAS RESPONSABLE/S de la convocatoria y una certificacin de la institucin de educacin superior de origen, indicando que el estudiante no tenga ningn impedimento, para continuar sus estudios en dicha institucin; este certificado deber especificar que el estudiante no registra impedimento acadmico por haber reprobado segunda o tercera ocasin en una o ms asignaturas en la universidad de la que proviene. El Director de Carrera, observar que el puntaje obtenido en el Examen del ENES sea igual o superior al que se exige para ingreso de la respectiva carrera y lo establecido en el Art. 37 literal d) del Estatuto de la Universidad de las Fuerzas Armadas-ESPE y del Art. 95 del Reglamento Interno de Rgimen Acadmico y de Estudiantes de la Universidad de las Fuerzas Armadas ESPE en vigencia, respecto a la asignacin de cupo y en lo referente a Cambio de carrera, luego de haber finalizado el trmite de reconocimiento de asignaturas y de su aprobacin en el Consejo de Carrera remitir el trmite a la UAR. La secretara acadmica de la UAR registrar la transferencia, de las asignaturas homologadas de todas aquellas personas que hubieren presentado su documentacin hasta la fecha sealada en este instructivo.

    MATRCULAS ORDINARIAS: a) Para estudiantes de segundo a noveno nivel: El registro de matrcula (as como el de actualizacin de datos personales) se realizar a travs de: www.espe.edu.ec en el link Servicios UAR / Matrculas /Portal MI ESPE. El cronograma de registro de matrcula se habilitar de acuerdo al nmero de crditos aprobados en el historial acadmico, de mayor a menor y se publicar en el micro sitio UAR. Se dar prioridad a los estudiantes que no tengan reprobada ninguna asignatura en su historial acadmico. Los estudiantes podrn modificar el registro de su matrcula, sin requerir autorizacin alguna, a travs de la WEB del Portal MI ESPE. Solo el da que le corresponde su matrcula. b) Para estudiantes nuevos de primer nivel. Los estudiantes nuevos y repetidores de primer nivel realizarn su matrcula a travs de la WEB del Portal Mi ESPE. MIGRACIN DE REGISTROS DE MATRCULAS AL BANCO PARA PAGO: La direccin Financiera migrar la informacin de los registros de matrculas con valores a pagar por concepto de prdida de gratuidad. PAGO DE ARANCELES Y MATRCULAS POR PARTE DE LOS ESTUDIANTES QUE PIERDEN GRATUIDAD: Los estudiantes deben acercarse a las agencias del Banco del Pichincha a nivel nacional en las siguientes fechas.

    Del 23 de marzo al 5 de abril de 2015 registro de matrcula por WEB. De acuerdo al cronograma de matrculas por nmero de crditos aprobados en el historial acadmico. Del 04 al 5 de abril de 2015 Del 13 al 22 de abril de 2015.

    DIRECTORES DE DEPARTAMENTO UAR UTIC ESTUDIANTE UTIC TESORERIA UTIC TESORERIA ESTUDIANTES

    http://www.espe.edu.ec/http://uar.espe.edu.ec/wp-content/uploads/2015/03/CRONOGRAMA_-DE_-MATRI_-201510.pdfhttp://uar.espe.edu.ec/wp-content/uploads/2015/03/CRONOGRAMA_-DE_-MATRI_-201510.pdfhttp://uar.espe.edu.ec/wp-content/uploads/2015/03/CRONOGRAMA_-DE_-MATRI_-201510.pdfhttp://uar.espe.edu.ec/wp-content/uploads/2015/03/CRONOGRAMA_-DE_-MATRI_-201510.pdfhttp://uar.espe.edu.ec/wp-content/uploads/2015/03/CRONOGRAMA_-DE_-MATRI_-201510.pdfhttp://uar.espe.edu.ec/wp-content/uploads/2015/03/CRONOGRAMA_-DE_-MATRI_-201510.pdf

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    ACTIVIDADES FECHAS RESPONSABLE/S Confirmar con U

    Financiera MATRCULAS EXTRAORDINARIAS Y ESPECIALES Para estudiantes de primero a noveno nivel de todas las carreras de las modalidades presencial y a distancia que no hubieren registrado ninguna asignatura en el perodo de matrculas ordinarias: a) Matriculas extraordinarias: Las matrculas extraordinarias son las que se realizan en el plazo mximo de 15 das posteriores a la culminacin del periodo de matrcula ordinaria. (Art. 34 lit. b del Reglamento de Rgimen Acadmico). PROCEDIMIENTO: El estudiante debe presentar una solicitud al Director de Carrera, en la que deber constar sus datos personales, los NRCs, el justificativo y la documentacin de respaldo para que, en un plazo no mayor a 48 horas verifique la existencia de cupos; remitir, con la sumilla y sello de la Direccin, al Vicerrector de Docencia quien en un plazo no mayor a 48 horas autorizar con o sin valores a cancelar, segn corresponda y remitir a la UAR para el registro en el sistema acadmico. Tesorera informar al estudiante el valor a cancelar, si corresponde. PAGOS: El estudiante cancelar este rubro en la agencia del banco Rumiahui de la Universidad de las Fuerzas Armadas ESPE y se acercar con el comprobante del pago a Tesorera para su registro. Art. 10 Reglamento de Gratuidad: Prohibiciones de cobros en las instituciones de educacin pblica: 1. Primeras matrculas ordinarias, extraordinarias y especiales,

    conforme a lo establecido en el Art. 34 del Reglamento de Rgimen Acadmico.

    b) Matriculas especiales: Es aquella que, en casos individuales excepcionales, otorga el rgano colegiado acadmico superior de las universidades y escuelas politcnicas, as como el organismo de gobierno de los institutos y conservatorios superiores, para quien, por circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor debidamente documentadas, no se haya matriculado de manera ordinaria o extraordinaria.(Art. 34 lit. c del Reglamento de Rgimen Acadmico). Esta matrcula se podr realizar hasta dentro de los 15 das posteriores a la culminacin del periodo de matrcula extraordinaria. Art. 10 Reglamento de Gratuidad: Prohibiciones de cobros

    Del 06 al 10 de abril de 2015, registro manual de matrculas. Del 13 al 22 de abril de 2015, registro manual de matrculas. Del 13 al 20 de abril de 2015, registro manual de matrculas.

    VICERRECTOR DE DOCENCIA DIRECTORES DE DEPARTAMENTO DIRECTOR DE CARRERA. UAR ESTUDIANTES UTIC TESORERIA ESTUDIANTES HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO RECTOR VICERRECTOR DE DOCENCIA DIRECTORES DE DEPARTAMENTO DIRECTOR DE CARRERA. UAR ESTUDIANTE

  • Instructivo matrculas Pgina 10/22 201510

    ACTIVIDADES FECHAS RESPONSABLE/S en las instituciones de educacin pblica: 1. Primeras matrculas ordinarias, extraordinarias y

    especiales, conforme a lo establecido en el Art. 34 del Reglamento de Rgimen Acadmico.

    PROCEDIMIENTO: El estudiante debe presentar una solicitud al Director de Carrera, en la que deber constar sus datos personales, los NRCs, el justificativo y la documentacin de respaldo para que, en un plazo no mayor a 48 horas verifique la existencia de cupos remitir, con la sumilla y sello de la Direccin al Vicerrector de Docencia quien en un plazo no mayor a 24 horas, tomar conocimiento remitir al Rectorado para que se someta a consideracin y resolucin del Honorable Consejo Universitario, quien decidir, si autoriza con o sin valores a cancelar, segn corresponda y remitir a la UAR para el registro en el sistema acadmico. Tesorera informar al estudiante el valor a cancelar, si corresponde. PAGOS: El estudiante cancelar este rubro en la agencia del Banco General Rumiahui y se acercar con el comprobante original del pago a Tesorera para su registro. Art. 10 Reglamento de Gratuidad: Prohibiciones de cobros en las instituciones de educacin pblica: 1. Primeras matrculas ordinarias, extraordinarias y especiales,

    conforme a lo establecido en el Art. 34 del Reglamento de Rgimen Acadmico.

    MODIFICACIN AUTORIZADA DE REGISTRO DE MATRCULA: PARA PROCESO DE MODIFICACION DE MATRICULA INDIVIDUAL POR ESTUDIANTE El PROCEDIEMIENTO SE VA A REALIZAR A TRAVES DE UN WORFLOW El Director de Carrera autorizar la modificacin de la matrcula de estudiantes de su carrera por causas justificadas como: el cierre o divisin de un NRC, cambio de horarios u otros por convenir a la planificacin de la Carrera; en caso de ser necesario, coordinar con el Director del Departamento de la asignatura a ser modificada y el proceso es manual a travs de la UAR, para el tramite respectivo. La modificacin se registrar en la Unidad de Admisin y Registro del respectivo Campus; para el Centro de Apoyo No. 50 (modalidad a distancia), el Campus ser Sangolqu; los dems centros de apoyo debern remitir los datos al respectivo Director de Carrera, quien a su vez enviar el trmite a Secretaria Acadmica en la UAR. Modalidad de Educacin a Distancia, el Director de la Carrera

    Del 13 al 22 de abril de 2015, registro manual de matrculas. Del 13 al 17 de abril 2015.

    UTIC TESORERIA ESTUDIANTES

  • Instructivo matrculas Pgina 11/22 201510

    ACTIVIDADES FECHAS RESPONSABLE/S deber comunicar a Educacin Virtual para que se le actualice el registro de matrcula en las aulas virtuales. INICIO DE CLASES: Estudiantes del I al IX Nivel:

    El 13 de abril de 2015.

    VICERRECTOR DE DOCENCIA DIRECTORES: DEPARTAMENTO CARRERAS

    ENTREGA DE DOCUMENTOS: Los estudiantes nuevos de primer nivel y los que hubieren aprobado el examen de exoneracin del curso de nivelacin para cursar su carrera en la modalidad presencial, entregaran su documentacin, de acuerdo a lo que exige el reglamento vigente, en la Secretara Acadmica de la UAR del campo al que corresponda; los estudiantes que van a cursar su carrera en la modalidad a distancia en los Centros de apoyo; para el Centro de Apoyo No. 50, se entregar en la UAR del campus Sangolqu, de acuerdo al siguiente Calendario Revise aqu la lista de documentos a ser entregados

    Del 20 de abril al 10 de mayo de 2015

    ESTUDIANTE UAR

    CARNETIZACIN: Estudiantes nuevos de las carreras de modalidad presencial y a distancia.

    De acuerdo al cronograma que publicar la Unidad de Seguridad Fsica.

    UNIDAD DE SEGURIDAD FSICA UTIC

    b. Suficiencia en Idiomas

    ACTIVIDADES FECHAS RESPONSABLE INSCRIPCIN: Los estudiantes nuevos que NO cursan carreras en la ESPE y que van a cursar idiomas en las modalidades presencial y a distancia y los estudiantes antiguos de Carrera de las modalidades presencial y a distancia, de todos los campus, que vayan a tomar por primera vez un idioma extranjero, registrarn su inscripcin en el perodo 201505 a travs de la pgina www.espe.edu.ec en link Servicios UAR / Inscripcin / Idiomas (Portal MI ESPE) NOTA: Verificacin de la inscripcin:El estudiante podr verificar si realiz correctamente su inscripcin en el listado de estudiantes inscritos, que se publicar en la pg. Web-ESPEen el mismo sitio donde realiz la inscripcin.

    Del 14 de enero al 08 de marzo de 2015

    INSTITUTO DE IDIOMAS UAR UTIC

    REINGRESOS: Cuando el estudiante haya suspendido sus estudios por uno o dos periodos acadmicos, deber presentar una solicitud en papel politcnico dirigida al Director del Programa de Suficiencia, para luego con la autorizacin dirigirse a la Secretara Acadmica de la UAR del campus en el que va a cursar el idioma para el registro en el sistema acadmico.

    Del 18 de febrero al 18 de marzo de 2015

    INSTITUTO DE IDIOMAS UAR

    CAMBIODE CAMPUS Y/O MODALIDAD:

    http://www.espe.edu.ec/

  • Instructivo matrculas Pgina 12/22 201510

    ACTIVIDADES FECHAS RESPONSABLE El estudiante presentar una solicitud en papel politcnico dirigida al Director del Programa de Suficiencia, de la modalidad a la que requiere realizar el cambio, haciendo constar el campus y adjuntando el record acadmico, en caso de que no conste el ltimo perodo cursado, solicitar la cartilla de calificaciones; haciendo constar el campus en el que cursar sus estudios; con la autorizacin correspondiente acudir a la Secretaria Acadmica de la UAR del campus donde cursar sus estudios, para el registro en el sistema acadmico. Los estudiantes de carrera de la Universidad que se matriculen en un curso de la suficiencia de idiomas, mantendrn los criterios de gratuidad en dicha matrcula, siempre que cumplan con lo establecido en el Art. 80 de la LOES. NOTA: A partir de octubre de 2010, la gratuidad cubre un solo idioma de suficiencia.

    Del 18 de febrero al 18 de marzo de 2015

    INSTITUTO DEIDIOMAS UAR

    PARA RENDIR EXMENES DE UBICACIN: Para aquellos estudiantes que en la inscripcin seleccionaron la opcin para rendir un examen de ubicacin (en los idiomas ingls y chino mandarn), seguirn el siguiente procedimiento:

    Modalidad Presencial

    Modalidad a Distancia

    Del 16 al 19 marzo de 2015 Del 12 de marzo de 2015

    DIRECTORES DE LOS PROGRAMAS DESUFICIENCIA INSTITUTO DE IDIOMAS ESTUDIANTE

    Publicacin de listas de estudiantes que rendirn exmenes de ubicacin de idiomas: De los estudiantes que rendirn el examen de ubicacin.

    23 de marzo de 2015

    INSTITUTO DEIDIOMAS

    Publicacin de resultados de exmenes de ubicacin de idiomas: De los estudiantes que rindieron el examen de ubicacin.

    IDIOMAS 23 de marzo de 2015

    INSTITUTO DEIDIOMAS

    REGISTRO DE MATRCULAS DE ESTUDIANTES: Los estudiantes nuevos y antiguos de la suficiencia en idiomas realizarn su matrcula en las fechas establecidas en este instructivo; a travs de: www.espe.edu.ec en el link Servicios UAR /Matrculas / Portal MI ESPE.

    23 de marzo al 5 de abril de 2015

    UAR ESTUDIANTE

    Pago de matrculas para estudiantes sin gratuidad y que no son de carrera: Los estudiantes deben acercarse a las agencias del Banco del Pichincha a nivel nacional en las siguientes fechas.

    Del 13 al 22 de abril de 2015

    ESTUDIANTE

    INICIO DE CLASES:

    13 abril de 2015.

    DIRECTOR INSTITUTO DE IDIOMAS

    http://www.espe.edu.ec/

  • Instructivo matrculas Pgina 13/22 201510

    ACTIVIDADES FECHAS RESPONSABLE MODIFICACIN DE REGISTRO DE MATRICULA: PARA PROCESO DE MODIFICACION DE MATRICULA INDIVIDUAL POR ESTUDIANTE El PROCEDIEMIENTO SE VA A REALIZAR A TRAVES DE UN WORFLOW El Director del programa de suficiencia analizar y autorizar la modificacin de la matrcula de estudiantes de su programa por causas justificadas como: el cierre o divisin de un NRC, cambio de horarios u otros por convenir a la planificacin del Instituto de Idiomas, para ello utilizar el respectivo formulario de registro de matrcula manual.

    Del 13 al 17 de abril 2015.

    DIRECTORES DE LOS PROGRAMAS DE SUFICIENCIA INSTITUTO DE IDIOMAS UAR ESTUDIANTE

    7. RESPONSABILIDADES a. EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO

    Tramitar las solicitudes de matrculas especiales, remitidas por los Directores de Carrera a travs del Vicerrectorado de Docencia.

    b. EL VICERRECTORADO DE DOCENCIA

    Tramitar las solicitudes de matrculas extraordinarias remitidas por los directores de

    Carrera quien verificar la existencia de cupos, las cuales deben contener los datos de identificacin del estudiante, los NRCs y la sumilla y sello de Director de carrera.

    Autorizar solicitudes de reingreso y cambios de Carrera fuera de plazo, con el informe justificativo de los Directores de Carrera, debiendo observar que si la autorizacin se concede como matrculas extraordinarias o especiales; y si los estudiantes cancelarn el valor de los crditos por concepto de prdida de gratuidad.

    c. LA UNIDAD DE ADMISIN Y REGISTRO

    Realizar la planificacin, ejecucin y supervisin del proceso de matrcula.

    Crear los perodos 201510 para las Carreras de los niveles de formacin: tercer

    nivel y tecnolgico superior; y 201505 para los programas de suficiencia en Idiomas.

    Hasta el viernes 6 de febrero de 2015, se publicar en el micro sitio de la UAR, el instructivo y cronograma para el registro de matrcula de los estudiantes, en los periodos acadmicos 201510 y 201505.

    Los Secretarios Acadmicos de cada una de las carreras verificarn que la documentacin requerida en el Reglamento de Estudiantes vigente se encuentre completa en los expedientes que receptarn a los estudiantes nuevos de primer nivel, para el perodo 201510; y, luego de 15 das laborables contados desde el 20 abril de 2015, es decir del 20 de abril al 10 de mayo de 2015, entregarn los

  • Instructivo matrculas Pgina 14/22 201510

    expedientes al encargado de archivo. De existir expedientes incompletos o que no hayan sido entregados, debern notificar a los estudiantes para que entreguen la documentacin hasta el 5 de junio del 2015.

    De requerir principalizar la currcula, por cambio de Carrera (homologacin), o activar

    la misma por reingreso, los Secretarios Acadmicos, realizarn la modificacin requerida previa verificacin de: impedimentos acadmicos o econmicos y de que se encuentre completa la documentacin de respaldo, con la respectiva autorizacin del Director de Carrera; y marcarn el periodo de catlogo correspondiente; verificacin de las cohortes del estudiante con la informacin que se encuentre en la malla curricular a la que pertenece; posteriormente archivar la documentacin en fsico y magntico en el expediente del estudiante.

    d. LAS UNIDADES DE EDUCACIN PRESENCIAL Y A DISTANCIA Se replicar la distribucin de aulas de los Departamentos en la Matriz de la

    Universidad de las Fuerzas Armadas ESPE; en la extensin-Latacunga y en las Unidades Descentralizadas, esta responsabilidad le corresponde al Director de la Unidad de Estudios Presenciales.

    La Unidad de Educacin a Distancia remitir el presente instructivo a los

    Administradores de los Centros de Apoyo. Disponer a la UTIC las fechas y el procedimiento de acuerdo a la reglamentacin

    vigente con que se debern marcar los impedimentos acadmicos al cierre del perodo 201420 (septiembre 2014 febrero 15).

    Levantar los impedimentos acadmicos bajo el procedimiento establecido en la

    reglamentacin vigente.

    Publicar las mallas curriculares de las carreras de la modalidad a distancia, con los cdigos de asignatura que constan en el catlogo del sistema acadmico Banner, mismas que deben ser remitidas por los Directores de Carrera, en el micrositio de la Unidad de Estudios a Distancia, hasta el 12 de febrero de 2015.

    e. LOS DIRECTORES DE DEPARTAMENTO Hasta el 12 de febrero de 2015 crearn los NRC de sus respectivas reas de

    conocimiento correspondientes a la planificacin acadmica para los perodos acadmicos 201510 (grado) y 201505 (idiomas), considerando, la planificacin acadmica, a nivel de catlogo y verificando su correspondencia a nivel de NRC con la respectiva asignacin de aulas, cupos y docentes para todas las modalidades considerando todas las mallas curriculares vigentes de las carreras que contengan asignaturas ofertadas por el Departamento.

    Con base al anlisis del nmero de estudiantes que cursaron asignaturas de prerrequisito y de la tasa de aprobacin, debern, estimar el nmero de estudiantes por asignatura, para que sumados al nmero de repetidores se tenga un estimado de

  • Instructivo matrculas Pgina 15/22 201510

    estudiantes por asignatura.

    Crearn los NRCs del primer nivel en coordinacin con los Directores de Carrera quienes organizarn los horarios por bloques, que deben asignar a los estudiantes nuevos y repetidores de primer nivel para su matrcula, hasta el 16 de febrero de 2015 y remitirn a la UAR, adjuntando los listados de los NRC.

    Colocar en cero los cupos para las asignaturas de primer nivel de todas las

    carreras y habilitar los mismos a partir del 04 - 05 de abril de 2015. De acuerdo al cronograma establecido, verificarn en el sistema acadmico BANNER

    que se encuentre completa la configuracin para todos los campus de la planificacin acadmica a nivel de catlogo y NRC: revisin de asignaturas y cdigos de acuerdo al catlogo y codificacin de las mallas curriculares vigentes en las carreras, equivalencias, prerrequisitos, correquisitos, restricciones de campus, campo de estudio, entre otras; considerando la oferta acadmica de todos las carreras de las modalidades existentes a los que presta servicio. Las equivalencias y prerrequisitos de nivel de catlogo y NRC; no se deben eliminar para que en el futuro se replique dicha planificacin.

    Para dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 46 del Reglamento de Rgimen Acadmico se deber marcar restricciones de campus en todos los NRCs de modalidad presencial y de modalidad a distancia para que los estudiantes no puedan registrar su matrcula en una modalidad distinta a la que pertenecen.

    Verificar que no se creen NRCs innecesarios y que tampoco se dividan sin razn

    alguna. Se deber utilizar la capacidad mxima por aula- laboratorio; el mnimo permitido es

    de 12 estudiantes por aula- laboratorio, siempre que se justifique y lo autorice el Vicerrectorado de Docencia.

    Verificar que las asignaturas de primer nivel se encuentren con los prerrequisitos de

    las asignaturas que deben ser aprobadas en el SNNA, antes de crear los NRCs para primer nivel en coordinacin con los Directores de las Carreras y el Departamento de Ciencias Exactas.

    Asistir a la reunin en el Vicerrectorado de Docenciapara evaluar la configuracin de la

    planificacin acadmica en el sistema Banner, de acuerdo al cronograma que se establecer para el efecto.

    Al finalizar el perodo de matrculas ordinarias, con el reporte de auditora de matrcula

    (RZSM0032), revisarn el total de estudiantes matriculados en los diferentes NRCs, analizarn los resultados y el cumplimiento de las polticas difundidas por el Vicerrectorado de Docencia;en caso de que no se complete el cupo mnimo (12 estudiantes) para abrir un paralelo (NRC) reasignarn, previa oportuna comunicacin, a los estudiantes a otro NRC o tramitarn la eliminacin del NRC del registro de matrcula dentro de los plazos establecidos en este instructivo; mediante comunicacin

  • Instructivo matrculas Pgina 16/22 201510

    al respectivo Director de Carrera y a la UAR.

    Para asignaturas institucionales de la modalidad a distancia, en el caso de existir NRCs que tengan menos de la capacidad asignada, se redistribuir a los estudiantes en los NRC hasta un mximo extremo de 66 estudiantes, en ningn caso se incrementar un estudiante al nmero indicado porque modificar la carga horaria del Docente.

    El flujo ESPEPLANIF, quedar en modo de consulta a partir del 14 de marzo y el flujo

    ESPECURSO a partir del 20 de abril de 2015. En caso de requerir modificaciones, en fechas posteriores, solicitarn la autorizacin al Vicerrector de Docencia, quien coordinar los cambios con la Ing. Amparito Navas.

    Hasta el 13 de marzo de 2015 los NRC, se deben haber asignado e ingresado al

    sistema acadmico los horarios (modalidad presencial), las aulas y los docentes. Para asignaturas de la modalidad a distancia que tienen un rango de estudiantes entre

    70 y 100, se debe sumar todos los estudiantes y luego dividir en dos NRC y distribuir los estudiantes en el sistema Banner, de la manera ms adecuada, es decir, que cumpla las condiciones bsicas: carga horaria parano sobrepasar de la carga horaria establecida, generar siempre NRC necesarios y bajo ninguna circunstanciacrear un solo NRC para todos los estudiantes.

    En caso de que, al momento de las matrculas se presenten problemas de errores de

    configuracin de equivalencias, de campo de estudio, de campus, de prerrequisitos, de cupos u otros; debern atender a la brevedad posible las solicitudes de los estudiantes, en coordinacin con los Directores de Carrera.

    f. LOS DIRECTORES DE CARRERA Solicitar a los Departamentos correspondientes los NRCs para I nivel y organizar los

    horarios por bloques compactos para estudiantes nuevos, remitir a la UAR para los NRCS por bloque para que puedan subir a la WEB hasta el 13 de marzo de 2015.

    En coordinacin con los departamentos, revisar que los NRC creados, correspondan a los cdigos de las mallas curriculares vigentes en las carreras.Las equivalencias y prerrequisitos de nivel de catlogo y NRC; no se deben eliminar, para en el futuro se pueda replicar dicha planificacin.

    Hasta el 13 de marzo de 2015, los Directores de Carrera de todos los campus y

    modalidades publicarn en el micro sitio de cada una de las carreras las mallas curriculares vigentes de la oferta acadmica del perodo acadmico abril - agosto 2015 (201510), con los cdigos de asignatura que constan en el catlogo del sistema acadmico Banner y dems informacin relacionada con el proceso de matrcula. Las mallas curriculares de las carreras de la modalidad a distancia debern ser remitidas al Director de la Unidad de Estudios a Distancia para la publicacin en el micrositio de la Unidad de Estudios a Distancia, hasta el 13 de marzo de 2015.

    Tramitarn la autorizacin o levantamiento de impedimentos a travs de las

  • Instructivo matrculas Pgina 17/22 201510

    respectivas Direcciones de Unidades de Educacin Presencial y a Distancia segn corresponda, con los respectivos justificativos de acuerdo a la normativa vigente,para estos trmitesdebern utilizar el rcord acadmicoe historial acadmico, debidamente legalizado.

    Tramitar al Vicerrectorado de Docencia las solicitudes de matrculas extraordinarias y

    especiales de los estudiantes que en el periodo de matrculas ordinarias no registraron ninguna asignatura, en un plazo no mayor a 48 horas, haciendo constar en la respectiva autorizacin los datos de identificacin del estudiante, los NRCs y la verificacin de existencia de cupo; adjuntando la documentacin de respaldo en caso de existir justificativo.

    De encontrar inconsistencias en el record acadmico de banner del estudiante, deber

    reportar al Departamento al que pertenecen las asignaturas para que la correccin se realice en las equivalencias, prerrequisitos y en el caso de que se trate de configuracin del CAPP, debern actualizar el CAPP correspondiente.

    Remitir a la UAR la modificacin de la matrcula (cambio o eliminacin de uno o ms

    NRC), por causas debidamente justificadas; como cierre de NRC, cambio de horarios, divisin de NRC, u otros, autorizados por el Director de Departamento o su delegado al que pertenece el NRC, dentro de los plazos establecidos en este instructivo; detallando los datos de la asignatura a ser modificada, en el formulario de registro de matrcula manual; en caso de que la modificacin involucre asignaturas de la Modalidad de Educacin a Distancia, el Director de la Carrera deber comunicar a Educacin Virtual para que se le actualice el registro de matrcula. El formulario para registro de matrcula manual, se encuentra en el anexo 1de este instructivo.

    En caso de que la modificacin involucre asignaturas de la Modalidad de Educacin a Distancia, el Director de la Carrera deber comunicar al Director de la MED para que disponga la actualizacin de las aulas virtuales, de acuerdo al registro de matrcula.

    Autorizar con firma, pie de firma y sello; y remitir a la UAR el trmite de principalizacin

    de currcula por: cambio de Carrera (homologacin), cambio de campus o reingreso; conforme al procedimiento establecido para el trmite y a la normativa vigente.

    Al finalizar el perodo de matrculas ordinarias, realizarn una auditora del registro de

    matrcula de la informacin que se puede obtener del reporte que para el efecto gener la UTIC con la finalidad de detectar los casos en que el estudiante hubiere registrado su matrcula en la modalidad, campo o rea de conocimiento que no corresponda a la malla curricular (ej. Algebra CHUM por Algebra CADM), o sin haber aprobado los prerrequisitos y adems para verificar que los estudiantes que tengan asignaturas reprobadas, se hayan matriculado en aquellas. Las novedades encontradas sern reportadas con un informe al Vicerrectorado de Docencia para que se dispongan las acciones correctivas que correspondan. Analizar y tramitar solicitudes de estudiantes matriculados en 16 crditos o menos, de acuerdo al Art. 7 del Reglamento de Gratuidad que establece: Estudiantes regulares de las institucionesde educacin superior pblicas.- Son estudiantes regulares del Sistema de Educacin Superior aquellos que se encuentran matriculados en al menos el 60% de las asignaturas, cursos o sus equivalentes, que permite su plan

  • Instructivo matrculas Pgina 18/22 201510

    de estudios en el perodo acadmico ordinario correspondiente. Tambin se considerarn estudiantes regulares aquellos que se encuentren cursando el perodo acadmico de culminacin de estudios; es decir, aquel en el que el estudiante se matricul en todas las actividades acadmicas que requiere aprobar para concluir su carrera. Verificar el cumplimiento del puntaje obtenido en el ENES, para los estudiantes que solicitan cambio de carrera internos o de otras universidades y remitir a la UAR la documentacin y la resolucin de Consejo de Carrera si corresponde a transferencia de conocimientos de estudiantes de otras universidades.

    g. ADMINISTRADORES DE CENTRO DE APOYO Brindar la informacin respecto al proceso de matrcula establecida en este instructivo. Remitir a los Directores de Carrera, a travs de la Coordinacin de Centros de Apoyo

    para seguimiento y control, las solicitudes de reingreso o cambios de Carrera, modalidad, campus entre otras.

    Hasta el da 29 de mayo de 2015, remitirn, a travs de la logstica de la Unidad de

    Estudios a Distancia, a la UAR del campus Sangolqu de la Universidad, la documentacin de los estudiantes nuevos de primer nivel.

    h. LA UNIDAD DE TECNOLOGA DE INFORMACIN Y COMUNICACIN: Garantizar durante todo el perodo de matrculas que los estudiantes tengan acceso

    desde los campus de la Universidad y desde fuera de ellos para que puedan registrar sus matrculas a travs de la WEB.

    Brindar el soporte necesario para que el sistema se encuentre funcionando durante el perodo de matrculas y respaldar la informacin del registro de matrculas diario a fin de garantizar que no se pierda por ninguna causa dicha informacin.

    Mantener la configuracin en el sistema acadmico,a nivel de catlogo,una repeticin

    por asignatura, de tal forma que permita mximo 2 matrculas por asignatura. Marcar los impedimentos (restricciones) econmicos, acadmicos y otros que fueren

    solicitados por las unidades de la Universidad, considerando la reglamentacin vigente.

    Asignar la Carrera (currcula), el perodo de catlogo, la cohorte y el nivel UG a los

    estudiantes que hubieren aprobado el sistema de nivelacin y admisin (SNNA), el curso especial GAR o el examen de exoneracin.

    Habilitar la opcin de planificacin acadmica desde el 20 de abril de 2015, para los

    Directores de Departamento o sus delegados ESPEPLANIF y ESPECURSO, dejar en modo de consulta a partir del 20 de abril y el flujo ESPECURSO a partir del 27 de abril de 2015, respectivamente.

  • Instructivo matrculas Pgina 19/22 201510

    Colocar un control dentro de MIESPE, para que el estudiante no pase al registro de

    matrcula, sin antes haber actualizado sus datos personales, de acuerdo al formato de datos solicitado por el SNIESE.

    Habilitar en el PORTAL MIESPE, la opcin para el registro de matrcula por Web, para

    los estudiantes de las carreras y de la suficiencia del idioma extranjero; de acuerdo a las fechas establecidas en el detalle que se muestra a continuacin:

    CRONOGRAMA DE MATRCULAS ORDINARIAS POR WEB PARA ESTUDIANTES DE II A NOVENO NIVEL, DE ACUERDO AL NMERO DE

    CRDITOS APROBADOS EN EL HISTORIAL ACADEMICO CON NIVEL UG.

    Nmero de crditos aprobados en historia acadmica con nivel

    de formacin: tecnolgico superior y tercer nivel (UG)

    Fecha de Inicio

    Detalle

    Mayor o igual a 150 crditos

    23 de marzo de 2015 Registro de matrcula por WEB de Estudiantes que no tengan reprobada ni anulada ninguna asignatura en historia acadmica.

    De 22 a 149 crditos 24 de marzo de 2015

    Mayores a 260 crditos 25 de marzo de 2015 Registro de matrcula por WEB de todos los estudiantes antiguos, de acuerdo al nmero de crditos aprobados en historia acadmica

    De 235 a 259 crditos 26 de marzo de 2015 De 210 a 234 crditos 27 de marzo de 2015 De 185 a 209 crditos 28 de marzo de 2015 De160 a 184 crditos 29 de marzo de 2015 De 135 a 159 crditos 30 de marzo de 2015 De100 a 134 crditos 31 de marzo de 2015 De 60 a 99 crditos 01 de abril de 2015 De 40 a 59 crditos 02 de abril de 2015 De 22 a 39 crditos 03 de abril de 2015 De 0 a 22 crditos 04 05 de abril 2015 POR WEB

    NOTA: Los estudiantes nuevos de primer nivel y repetidores de primer nivel del

    04 al 05 de abril de 2015, registrarn su matrcula a travs de la WEB PORTAL MI ESPE.

    Configurar una opcin de bsqueda de NRC por campus y modalidad en el sitio de

    registro de matrcula; los NRC debern detallar el nmero de cupos existentes y esta informacin deber estar actualizada en lnea de tal forma que los NRC que ya no tengan cupos no se puedan visualizar. Generar una bsqueda para modalidad presencial y otra para la modalidad a distancia, la cual debe ser publicada para que los estudiantes sin ingresar a Mi ESPE puedan realizar la consulta.

    Asignar el acceso al sistema BANNER al personal de Secretarios Acadmicos y a las formas que fueren necesarias para llevar a cabo el proceso de matriculacin de estudiantes; de acuerdo a los requerimientos de la UAR.

    i. LA UNIDAD DE BIENESTAR ESTUDIANTIL

  • Instructivo matrculas Pgina 20/22 201510

    Proporcionar a los estudiantes, por todos los medios de comunicacin de la Universidad y conforme la normativa vigente, la informacin relacionada con becas acadmicas y ayudas socioeconmicas.

    Ingresar al sistema BANNER, hasta el 13 de marzo de 2015, las becas acadmicas y ayudas socioeconmicas de los estudiantes que hubieren obtenido dicho beneficio.

    j. LA UNIDAD DE COMUNICACIN SOCIAL Proporcionar a los estudiantes y pblico en general a nivel nacional, a travs de los

    medios de comunicacin disponibles, toda la informacin relacionada con el proceso de inscripcin para la suficiencia en un idioma extranjero, exmenes de ubicacin, matrculas para estudiantes de Carrera e Idiomas.

    K. SISTEMA INTEGRADO DE SALUD DE LA ESPE Proporcionar a los estudiantes toda la informacin relacionada con los exmenes

    mdicos: fechas y horarios de atencin, tipo de exmenes, entre otros. Emitir una certificacin relacionada con la presentacin de exmenes mdicos de

    acuerdo a la reglamentacin de estudiantes vigente, en los casos en que los estudiantes soliciten.

    l. DIRECCIN FINANCIERA Publicar hasta el da 13 de marzo de 2015 la informacin de valores de aranceles y

    matrcula, formas y sitios de pago en el micro sitio de la Direccin Financiera, con la finalidad de que la UAR coloque un enlace desde su micro sitio.

    Configurar las reglas de cobro en el sistema acadmico para que al momento de

    registrar una matrcula por parte de un estudiante que haya perdido la gratuidad, se generen automticamente los recargos correspondientes de acuerdo a todas las causales establecidas en la LOES, el reglamento de la LOES y el Reglamento de Gratuidad.

    Remitir a la UAR, antes del inicio de matrculas, la tabla con los atributos diferenciados que deben colocar por prdida de gratuidad, para los distintos trmites individualizados de: cambios de carrera, convalidaciones, matrculas de segunda carrera, entre otros; observando el Reglamento de Gratuidad vigente.

    Tramitar solicitudes de levantamiento de impedimentos econmicos presentados por

    los estudiantes.

    m. UNIDAD DE SEGURIDAD FSICA

    Publicar y socializar a travs de la unidad de Comunicacin social el cronograma de carnetizacin.

  • Instructivo matrculas Pgina 21/22 201510

    Realizar la carnetizacin para todos los estudiantes nuevos que no hayan sido carnetizados anteriormente, de las carreras de la modalidad presencial y a distancia, de acuerdo a la planificacin y publicacin micro sitio de relacione pblicas.

    Realizar las coordinaciones con la UTIC para el proceso de carnetizacin en todas las sedes y centros de apoyo as como brindar el soporte tcnico que se requiera.

    Los Administradores de los Centros de apoyo, hasta el da jueves 30 de abril de 2015, remitirn, a travs de la logstica de la Unidad de Estudios a Distancia a la Unidad de Seguridad Fsica, del campus Sangolqu de la Universidad, la documentacin de los estudiantes nuevos de primer nivel para que se emitan y enven los carnets, previa verificacin de cumplimiento de todas las obligaciones acadmicas y financieras.

    ACTUALIZADO POR:

    Ab. Vinicio Zabala J. SECRETARIO ACADMICO DE LA UAR

    REVISADO POR: APROBADO POR: ___________________________ ___________________________ Crnl. (S.P.) Ing. Carlos Procel S.. CPNV. Nelson Noboa F. DIRECTOR DE UAR VICERRECTOR DE DOCENCIA DISTRIBUCIN: Ejemplar N.- 1 Rectorado Ejemplar N.- 2 Vicerrectorado Acadmico General Ejemplar N.- 3 Vicerrectorado de Docencia Ejemplar N.- 4 Direccin de ESPE-LATACUNGA Ejemplar N.- 5 Direccin de Hroes del Cenepa Ejemplar N.- 6 Direccin de IASA I Ejemplar N.- 7 Direccin de IASA II Ejemplar N.- 8 Direccin de Idiomas Ejemplar N.- 9 Gerencia Administrativa Financiera Ejemplar N.- 10 Unidad de Educacin Presencial Ejemplar N.- 11 Unidad de Educacin a Distancia Ejemplar N.- 12 Unidad de Admisin y Registro Ejemplar N.- 13 Unidad de Bienestar Estudiantil

  • Instructivo matrculas Pgina 22/22 201510

    Ejemplar N.- 14 Unidad de UTICS Ejemplar N.- 15 Unidad de Finanzas Ejemplar N.- 16 Unidad de Relaciones de Cooperacin Interinstitucional Ejemplar N.- 17 Unidad de Comunicacin Social Ejemplar N.- 18 Unidad de Marketing Ejemplar N.- 19 Unidad de Talento Humano Ejemplar N.- 20 Unidad de Servicios Universitarios Ejemplar N.- 21 Directores de Departamentos, Matriz y ESPEL Ejemplar N.- 22 Directores de Carrera, Matriz y Extensin Latacunga Ejemplar N.- 23 Director de Desarrollo Fsico Ejemplar N.- 24 Sistema Integrado de Salud Ejemplar N.- 2 5 rea de Seguridad Integral