Instructivo Al Reglamento de Presentacin y Aprobacin de Proyectos de Carreras de Grado y Postgrado...

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Reglamento

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    REPBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiN SUPERIOR

    PRESIDENCIA

    CONSEJO DE EDUCACiN SUPERIOR

    INSTRUCTIVO AL REGLAMENTO DE PRESENTACiN Y APROBACiN DE PROYECTOS DE CARRERAS Y PROGRAMAS

    DE GRADO Y POSTGRADO DE LAS UNIVERSIDADES Y ESCUELAS POLITCNICAS

    Enero de 2012

    Av. 9 de Octubre N22-64 V Ramlrez Dvalos, Sede Provisional del CES Telfonos: 2569898/2469899 hasta 902, bt.2049

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    REPBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiN SUPERIOR

    RESOLUCiN No. CES-PRES-002-2012

    REN RAMREZ GALLEGOS PRESIDENTE DEL CONSEJO DE EDUCACiN SUPERIOR

    Considerando:

    C!!,)CES

    Que el Art. 353 de la Constitucin de la Repblica del Ecuador establece que: "el sistema de educacin superior se regir por: Un organismo pblico de planificacin, regulacin y coordinacin interna del sistema y de la relacin entre sus distintos actores con la Funcin Ejecutiva; Un organismo pblico tcnico de acreditacin y aseguramiento de la calidad de insttuciones, carreras y programas, que no podr conformarse por representantes de las instituciones objeto de regulacin";

    Que el Art. 169 literal j) de la Ley Orgnica de Educacin Superior, establece que es atribucin del Consejo de Educacin Superior: "Aprobar la creacin de carreras y programas de grado y posgrado en las instituciones universitarias y politcnicas".

    Que en Sesin Ordinaria del Consejo de Educacin Superior N 01, de fecha 05 de septiembre del 2011, por la cual se instala el mencionado Consejo, el Pleno de este cuerpo colegiado eligi y posesion al economista Ren Ramrez Gallegos, Secretario Nacional de Educacin Superior, Ciencia, Tecnologa e Innovacin como Presidente del Consejo de Educacin Superior.

    Que el Pleno del Consejo de Educacin Superior en la Sesin Ordinaria No. 03, celebrada el 18 de enero de 2012, mediante Resolucin No. RPC- SO-03-N014-2012, expidi el Reglamento de Presentacin y Aprobacin de Proyectos de Carreras y Programas de Grado y Postgrado de las Universidades y Escuelas Politcnicas.

    Que el Pleno del Consejo de Educacin Superior en la Sesin Ordinaria No. 03, celebrada el 18 de enero de 2012, mediante Resolucin No. RPC- SO-03-N015-2012, resolvi facultar al Presidente del CES la expedicin del Instructivo al Reglamento de Presentacin y Aprobacin de Proyectos de Carreras y Programas de Grado y Postgrado de las Universidades y Escuelas Politcnicas.

    En ejercicio de las facultades previstas en el Art . 16 literal p) del Reglamento Interno del Consejo de Educacin Superior,

    Resuelve:

    Expedir el Instructivo al Reglamento de Presentacin y Aprobacin de Proyectos de Carreras y Programas de Grado y Postgrado de las Universidades y Escuelas Politcnicas.

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    REPBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiN SUPERIOR

    INSTRUCTIVO AL REGLAMENTO DE PRESENTACiN Y APROBACiN DE PROYECTOS DE CARRERAS Y PROGRAMAS DE GRADO Y POSTGRADO DE

    LAS UNIVERSIDADES Y ESCUELAS POLITCNICAS

    Art. 1.- Las universidades y escuelas politcnicas presentarn al Consejo de Educacin Superior (CES) las solicitudes de aprobacin de proyectos de creacin de carreras o programas a travs del portal electrnico del CES, disponible en http://www.ces.gob.ec

    La presentacin V envi de proyectos est permitido nicamente a travs del portal electrnico del CES

    Art. 2.- El Rector o Rectora de la institucin recibir una clave de acceso para la presentacin en linea de los proyectos de creacin de carreras o programas, previa suscripcin de un documento mediante el cual asume la responsabilidad sobre la veracidad y autenticidad de la informacin contenida en el formulario de presentacin de proyectos.

    PRESENTACiN DE PROYECTOS DE CARRERAS Y PROGRAMAS

    Art. 3.- Solo se tramitarn las solicitudes de aprobacin de proyectos de carreras o programas, completas y que se ajusten a los requerimientos establecidos en el Reglamento de Presentacin y Aprobacin de Proyectos de Carreras y Programas de Grado y Postgrado de las Universidades y Escuelas Politcnicas, en caso contrario los proyectos incompletos no podrn ser enviados a travs de la pgina web y los inconsistentes sern devueltos a las instituciones.

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    Art. 4.- Las universidades y escuelas politcnicas debern presentar los proyectos de creacin de carreras o programas, de acuerdo al siguiente procedimiento:

    1. DATOS GENERALES DE LA INSTITUCiN;

    Nombre completo de la institucin

    Misin de la institucin

    Campo obligatorio Seleccione el nombre de su institucin en el men emergente. Por ejemplo:

    Campo obligatorio

    2. DATOS GENERALES DE LA CARRERA O PROGRAMA:

    Nombre completo de la carrera o programa;

    Tipo de proyecto

    TipO de tramite

    Campo obligatorio' Escriba el nombre completo de la carrera o programa. En el caso de trmites de ampliacin de la vigencia, si el mximo rgano colegiado acadmico superior ha aprobado el cambio de nombre de la carrera o programa, escriba el nombre modificado tal y como fue aprobado. En el caso de trmites de regularizacin transcriba el nombre textual de la carrera o ro rama, tal como fue o es ofertado.

    Campo obligatorio' Seleccione segn corresponda si se trata de un proyecto de:

    Pr ama

    Campo obligatorio Seleccione segn corresponda si se trata de:

    Proyecto Nuevo AmpIjadn ~ III Vtgencll Rec;ularllaOn Otro es 'icar

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    Ttulo que alarga la carrera o programa;

    Mencin que otorga la carrera o programa (de ser el caso);

    rea del conocimiento de la carrera o programa;

    Sub-rea del conocimiento de la carrera o programa;

    Nivel de formacin

    Campo obligatorio Proyectos Nuevos. Escriba el nombre completo del titulo que otorga la carrera o programa de acuerdo al Reglamento de Nomenclatura de Ttulos y Grados Acadmicos. Hasta la expedicin de este Reglamento podr ingresar provisionalmente el nombre completo del ttulo tal como lue aprobado por el mximo rgano colegiado acadmico superior.

    Trmites de ampliacin de la vigencia, si el mximo rgano colegiado acadmico superior ha aprobado el cambio de nombre del ttulo de la carrera o programa, escriba el nombre modificado tal como fue aprobado.

    Tramites de regularizacin transcriba el nombre textual del o los ttulos que

    Campo Opcional Escriba el nombre completo de la mencin que otorga la carrera o

    Campo obligatorio Seleccione segn corresponda:

    AGRICl..l TLRA CIENCIAS CIENCIAS SOCIAlES, EDUCACIN COI""ERCIAl '( DERECHO EDUCACION

    '( ARTE INGENIERlA IMXJSTRIA Y CONSTRUCaON

    Campo obligatorio Seleccione segn corresponda:

    Campo obligatorio Seleccione segn corresponda:

    Terc.~ 1'\'eI Es~oahlKJn Mae-tria ProkSlOf\M15'1te Meestle de zaoOn Citflb"l.ce de Inves

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    Modalidad de estudios; Campo obligatorio' Seleccione segn corresponda:

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    Nmero mximo de Campo obligatorio paralelos: Ingrese el nmero de paralelos:

    I

    Nmero mximo d. Campo obligatorio'

    C!f) CES

    1-

    estudiantes d. primer Ingrese el nmero mximo de estudiantes de primer ao o su equivalente: ao o su equivalente por cada paralelo;

    Paralelo 11

    Paralelo 21 Aadir fi las

    Duracin de la carrera Campo obligatorio' (numero de crditos y Escriba el nmero de crditos y semestres o su equivalente incluyendo el nmero de semestres -incluido proceso d. proceso de titulacin: titulacin);

    Crditos: -Semestres o su equivalente: I

    Fecha de resolucin de Campo obligatorio' aprobacin del Seleccione segn corresponda: proyecto por parte del mximo rgano Da I . Me, l ' Ao l colegiado acadmico 1 :I~ . ~ . superior; 2 ! 3 115

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    Nmero de resolucin Campo obligatorio' de aprobacin del proyecto por parte del mximo rgano colegiado acadmico su eriar;

    Anexar la resolucin de Campo obligatorio' aprobacin del proyecto por parte del Archivo: mximo rgano colegiado academico superior;

    Tipo de sede en que se impartir la carrera o programa (matriz o extensin);

    Nombre de la sede-matriz o extensin en la que se impartir la carrefa o ro rama;

    Campo obligatorio' Seleccione segn corresponda:

    Campo obligatorio'

    Examinar_

    Arancel promedio 'Campo obligatorio Poslgrados, Particulares y Pblicas segunda o lercera (ponderado) cobrado al matrcula carreras hasta Tercer Nivel. estudiante (colegiatura)" ; S LI ___ .J

    Observaciones. Campo Opcional" Nmero mximo de caracteres ermitidos 800.

    3. DESCRIPCiN DE LA CARRERA O PROGRAMA:

    Objetivo general (mximo 100 palabras) Obietivos esoecificos (mximo 200 palabras) Perfil de ingreso del (mximo 200 palabras) estudiante

    Requisitos de ingreso (mximo 200 palabras) del estudiante

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    Perfil de egreso

    Requisitos oraduacin

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    (resultados del aprendizaje) I (mximo 200 palabras)

    de (mximo 200 palabras)

    Justificacin de la Describir la forma en la que el proyecto se articula con el principio de carrera o programa pertinencia evidenciando en forma clara y demostrable la vinculacin de

    la carrera o programa con la misin de la institucin, con los objetivos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo, con las necesidades de Desarrollo Regional y/o con la demanda del mercado laboral.

    I (mximo 1500 oalabras)

    4. DESCRIPCiN ADMINISTRATIVA V FINANCIERA DE LA CARRERA O PROGRAMA, LA CUAL CONTENDR LA SIGUIENTE INFORMACiN:

    4.1 Identificacin del equipo coordinador acadmico de la carrera o programa detallando:

    Equipo coordinador-acadmico o su equivalente

    APELLIDOS Y NUMERO DE NOMBRE DEL NOMBRES Ct:DULA DE TiTULO DE

    IDENTIDAD TERCER NIVEL

    -Anadlr fila

    Comit acadmico del programa o su equivalente

    APELLIDOS Y NUMERO DE NOMBRES Ct:DULA DE

    IDENTIDAD

    Aadir fi la

    Descripcin de la dependencia administrativa de la carrera o programa a la estructura intema de la universidad o escuela politcnica

    NOMBRE DEL TiTULO DE TERCER NIVEL

    TIEMPO DEDICACiN SEMANAL A CARRERA PROGRAMA

    TIEMPO DEDICACIN SEMANAL A CARRERA PROGRAMA

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    DE TIPO DE RELACiN

    LA CONTRACTUAL o

    DE TIPO DE RELACIN

    LA CONTRACTUAL o

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    REPBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiN SUPERIOR

    4.2 Proyeccin de la matrcula de Primer ao y Total (para una cohorte)

    I Primer ao I Tolal Matrcula

    Aadir filas

    4.3 Presupuesto anual de la carrera o programa, proyectado a la duracin de una promocin o cohorte, que demuestre que la institucin contar con los recursos suficientes para afrontar la adecuada implementacin del proyecto, segn plantilla que consta a continuacin:

    Gastos en Personal' AdmilistrativosJno docentes Profesores e investigadores'

    Bienes y Servicios de Consumo' Becas y ayudas financieras Gastos Financieros Otros Gastos Comeotes INVERSiN Infraestructura' Equipamiento (no computacional)" Equipamiento computacin" Bibliotecas TOTAL GENERAL'

    Campos obligatorios

    5. DESCRIPCiN DEL PLAN DE ESTUDIO DE LA CARRERA O PROGRAMA, CONTENDR:

    Planificacin curricular: nombre de la asignatura o su equivalente, contenidos mnimos, eje de formacin, nmero de ciclo o semestre en que se imparte la asignatura, nmero de crditos de la asignatura o su equivalente;

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    Malla curricular Campo obligatorio

    Archivo:

    Metodologa de (mximo 200 palabras) aprendizaje Sistema de evaluacin y (mximo 200 palabras) promocin de los estudiantes

    Sistema de evaluacin de (mximo 200 palabras) I profesores e investiaadores

    Examinar ...

    Componente de Carreras y programas de especializacin: Especificar las actividades investigacin, debidamente de investigacin directamente relacionadas con el proceso de motivado y justificado formacin acadmica y profesional y que propician el acercamiento

    del estudiante al quehacer investigalivo e innovacin tecnolgica; Maestra: Describir el plan de Investigacin

    I (mximo 1500 palabras)

    6. DESCRIPCiN DEL EQUIPO DE PROFESORES E INVESTIGADORES DE LA CARRERA O PROGRAMA:

    Detalle el perfil de los profesores que impartirn las asignaturas o su equivalente, conforme a la informacin requerida en la plantilla que consta a continuacin. Recuerde que el equipo de profesoras y profesores, deber reunir los requisitos para cada nivel de formacin determinados en la Ley Orgnica de Educacin Superior. La persona escogida para cualquier sustitucin de un profesor o profesora del equipo especificado, deber cumplir con el mismo perfil y nivel acadmico.

    Matriz para programas y para el primer ao de carrera:

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    Matriz para carreras a partir del segundo ao o su equivalente:

    Porcentaje de profesores a tiempo completo del programa

    GLOSARIO Arancel promedio (ponderado) cobrado al estudiante (colegiatura) .- Valor (precio) de la

    admisin, matrcula y colegiatura o su equivalente, de la carrera o programa acadmico cobrado al estudiante ponderado por el nmero de estudiantes.

    Areas del conoclmiento.- corresponde a las reas utilizadas por la UNESCO (2011) para la clasificacin de cada una de las carreras. Son los campos del saber caracterizados por la homogeneidad de su objeto de conocimiento, por una comn tradicin histrica y por la existencia de comunidades de investigacin.

    Articulos publicados en revistas Indexada S.- indica el nmero total de articulos publicados en revistas de investigacin de alta calidad y que han sido reconocidas como tal en alguna base de datos de consulta mundial. Entre las indexaciones ms conocidas destacan ISI (InstituteforScientificlnformation que avala la calidad de la revista) , Scielo (ScientificElectronic Library Online) , SCI Search, Pascal, INSPEC, COMPENDEX, ChemicalsAbstracts, MEDlINEllndex, Medicus, PsychologicalAbstracts, Psyclnfo/PsycLlT, Redinet, Psicodoc, Scopus, Oialnet, Latindex, Biosis y Redalyc, entre otras. stos pueden ser publicados de forma impresa o electrnica.

    Ayudas financieras.4 son ayudas econmicas o estipendios no reembolsable que reciben los estudiantes para facilitar la continuacin de sus estudios de tercer o cuarto nivel, pueden corresponder a ayudas de mantencin, alimentacin, transporte o materiales acadmicos, entre otros.

    Beca.4 aporte econmico, no reembolsable ni transferible, que recibe un estudiante para iniciar o continuar estudios de educacin superior; stas se pueden asignar de manera total o completa (100%) o parcial (menos del 100%), de acuerdo a los siguientes criterios u otros: excelencia acadmica, personas con discapacidad, nivel socio-econmico, minoras tnicas, extranjeros, otros. En ningn caso se podr devengar la beca con trabajo.

    Biblioteca.4 es el espacio fsico donde se encuentran todos los fondos documentales de la universidad o escuela politcnica.

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    bibliogrficos y

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  • REPBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiN SUPERIOR Carrera . conjunto de actividades educativas conducente al otorgamiento de un grado acadmico o de un ttulo profesional de tercer nivel, orientadas a la formacin en una disciplina, o al ejercicio de una profesin.

    Cohorte.- se refiere a un grupo de estudiantes con uno o ms factores en comn. Por ejemplo, la cohorte 2002 de la carrera de arquitectura, corresponde a todas las y los estudiantes que iniciaron sus estudios de arquitectura en el ao 2002, es decir, que se matricularon en primer ao, nivelo ciclo de la carrera en ese ao. Los estudios de cohorte generalmente estn orientados a determinar las transformaciones que experimenta un grupo de alumnos durante un perodo determinado, por ejemplo, desde el inicio hasta la finalizacin de la carrera o programa acadmico.

    Credito. es una unidad de tiempo de valoracin acadmica de los componentes educativos (asignaturas, mdulos, latieres, prcticas de laboratorio, otros), que reconoce el trabajo y resultado del aprendizaje de los estudiantes, y precisa los pesos especficos de dichos componentes (valoracin en crditos de cada componente). Los pesos especficos de los componentes educativos deben guardar congruencia con el objeto de estudio y los perfiles profesionales; y, adems, observar criterios de pertinencia, coherencia y calidad. Un crdito equivale al nmero de horas establecidas en el Reglamento de Rgimen Acadmico vigente.

    Modalidad presencial. un crdito corresponde a 16 horas presenciales efectivas y al menos 16 horas correspondientes al trabajo autnomo del estudiante. El tiempo de trabajo aulnomo del estudiante depender de las carreras, niveles de estudio y niveles de formacin, lo que se ver reflejado en la programacin del curso O syllabus, fundada en las competencias del perfil.

    Modalidad semi presencial. un crdito corresponde a B horas de tutoras presenciales en tiempo real y al menos 24 horas de trabajo autnomo del estudiante. El tiempo de trabajo autnomo del estudiante depender de las carreras, niveles de estudio y niveles de formacin, lo que se ver reflejado en la programacin del curso o syllabus, fundada en las competencias del perfil.

    Modalidad a distancia. un crdito corresponde a 3 horas de tutoras directas o mediadas en tiempo real, y al menos 29 horas de trabajo autnomo del estudiante. El tiempo de trabajo autnomo del estudiante depender de las carreras, niveles de estudio y niveles de formacin, que se ver reflejado en la programacin del curso O syllabus, fundada en las competencias del perfil.

    Estudiantes de primer ano o su equivalente.- se refiere al nmero total de estudiantes matriculados por primera vez en el primer ao equivalente de la carrera o programa acadmico. No incluir repitentes.

    Extensin.- es la unidad acadmica que funciona en un lugar diferente a la de la matriz o domicilio principal de las instituciones de educacin superior, en la cual se ofertan al menos dos carreras en la modalidad presencial o semipresencial, y est subordinada acadmica, administrativa y financieramente a la sede-matriz. En las extensiones se desarrollan las funciones de docencia, investigacin, vinculacin con la colectividad y gestin. Las extensiones deben ser creadas con criterios de: calidad acadmica y administrativa, de pertinencia y relevancia.

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    REPBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiN SUPERIOR Duracin de la carrera semestres. nmero de semestres en que se estructura el plan de estudios y se distribuyen los crditos que lo inlegran.

    Investigacion. trabajo creativo llevado a cabo de forma sistemtica para incrementar el volumen de los conocimientos humanos, culturales y sociales, y el uso de esos conocimientos para derivar nuevas aplicaciones.

    Matricula total.- nmero total de estudiantes matriculados en las carreras y programas acadmicos ofrecidos por la institucin.

    Mencin. caracterizacin sub disciplinar de una carrera o programa.

    Modalidad.- es la forma de organizacin academica de los programas ofertados por las instituciones de educacin superior en relacin a los procesos de enseanza, aprendizaje y evaluacin.

    Modalidad a distancia.- enseanza, aprendizaje y evaluacin se desarrollan prioritariamente a travs del trabajo autnomo del estudiante mediado por tecnologas de informacin y comunicacin, para compensar la separacin fsica entre el docente y el estudiante. La interaccin entre el estudiante y el docente es de al menos 3 horas por crdito.

    Modalidad presenciaL- es aquella en la que los procesos de enseanza, aprendizaje y evaluacin se desarrollan prioritariamente con la presencia fsica del docente y los estudiantes, en tiempo real. El tiempo real de interaccin entre el estudiante y el docente es de 16 horas por crdito.

    Modalidad semipresenciaL- los procesos de enseanza - aprendizaje y evaluacin conjugan las caractersticas y estrategias de funcionamiento tanto de la modalidad presencial como de la modalidad a distancia. El tiempo real de interaccin entre el estudiante y el docente es de 8 horas por crdito, que corresponden al 50 % de las horas definidas para la modalidad presencial.

    Niveles de formacin.- los niveles de formacin que imparten las instituciones del Sistema de Educacin Superior son;

    a) Nivel tcnico o tecnolg ico superior,. orientado al desarrollo de las habilidades y destrezas que permitan al estudiante potenciar el saber hacer. Corresponden a ste los ttulos profesionales de tcnico o tecnlogo superior, que otorguen los institutos superiores tcnicos, tecnolgicos, pedaggicos, de artes y los conservatorios superiores;

    b) Tercer nivel, de grado.- orientado a la formacin bsica en una disciplina o a la capacitacin para el ejercicio de una profesin. Corresponden a este nivel los grados acadmicos de licenciado y los ttulos profesionales universitarios o politcnicos, y sus equivalentes. Slo podrn expedir titulas de tercer nivel las universidades y escuelas politcnicas;

    e) Cuarto nivel , de postgrado.- est orientado al entrenamiento profesional avanzado o a la especializacin cientfica y de investigacin. Corresponden al cuarto nivel el ttulo profesional de especialista; y los grados acadmicos de maestra, Ph.O o su equivalente. (Art. 118, LOES, 2011).

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    REPBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiN SUPERIOR

    Especiatizacion.- La especializacin es el programa destinado a la capacitacin profesional avanzada en el nivel de posgrado.

    Maeslria.- Es el grado acadmico que busca ampliar, desarrollar y profundizar en una disciplina o rea especfica del conocimiento. Dota a la persona de las herramientas que la habilitan para profundizar terica e instrumentalmente en un campo del saber.

    Maestra profesionalizante. Orientada al desarrollo de competencias profesionales avanzadas. Los programas de este tipo se caracterizan por ser esencialmente tericos-prcticos.

    Maestra de especializacin cientfica y de investigacin. Orientada al desarrollo de competencias acadmicas e invesligalivas. Los programas de este tipo incluyen un componente de investigacin y se caracterizan por ser fundamentalmente tericos-investigativos.

    Doctorado.- Es el grado acadmico ms allo de cuarto nivel que alarga una universidad o escuela politcnica a un profesional con grado de maestra. Su formacin se centra en un rea profesional o cientfica, para contribuir al avance del conocimiento bsicamente a travs de la investigacin cientfica.

    Programa.- formacin de posgrado conducente al entrenamiento profesional avanzado o a la especializacin cientfica y de investigacin.

    Requisitos de ingreso a la carrera o programa.- obligaciones que deben cumplir los postulantes que deseen ingresar a la carrera (examen de ingreso a la institucin, examen especfico, entrevista, aprobacin del curso propedutico u otro).

    Sede-Matriz.- aquella establecida en el instrumento legal de creacin de la universidad y escuelas politcnica, y que rige el funcionamiento de las extensiones y centros de apoyo.

    Sistema de evaluacin de profesores e investigadores.- los profesores se sometern a una evaluacin peridica integral segn lo establecido en la presente Ley y el Reglamento de Carrera y Escalafn del Profesor e Investigador del Sistema de Educacin Superior y las normas estatutarias de cada institucin del Sistema de Educacin Superior, en ejercicio de su autonoma responsable. Se observar entre los parmetros de evaluacin la que realicen los estudiantes a sus docentes (Art. 151 , LOES, 2011).

    Sub-areas del conocimiento.- corresponde a una sub-clasificacin utilizada por la UNESCO (2011) para la clasificacin de cada una de las carreras.

    Tiempo de dedicacin semanal.- Nmero de horas semanales dedicadas a la carrera o programa por el profesor(a).

    Tiempo completo.- cuarenta horas semanales de dedicacin.

    Medio tiempo.- veinte horas semanales de dedicacin.

    Tiempo parcial.- menos de veinte horas semanales de dedicacin.

    Tipo de relacin contractual.- se refiere a la relacin de trabajo establecida entre una institucin y la persona que realiza diferentes actividades y trabajos en una determinada rea de la institucin.

    Av. 9 de Octubre N22-64 V Ramirez DvaJos, Sede Provisional del CES Telfonos: 2569898 / 2469899 hasta 902, Ext. 2049

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    REPBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiN SUPERIOR

    Contrato de prestacin de servicios profesionales.-se encuentran dentro de esta categora las personas que trabajan dentro de una institucin a partir de la firma de un documento que establece un compromiso laboral en el cual se especifican las funciones , tiempo y salarios. En esta modalidad no existe relacin de dependencia de la persona con la institucin.

    Nombramiento o relacin de dependencia.-eleccin o designacin de una persona para desempear un cargo o una funcin por un perodo indefinido de tiempo. En esta modalidad existe una relacin de dependencia del funcionario con la institucin.

    Titulo.- nombre oficial del tlulo o grado que otorga una carrera o programa acadmico, cuando el estudiante ha aprobado el plan de estudios y requisitos de titulacin o grado.

    Vinculacion con la sociedad.- comprende el conjunto de programas, actividades, cursos de educacin continua y servicios gratuitos que las instituciones del Sistema de Educacin Superior realizan en beneficio de la comunidad y que son guiados por el personal acadmico y en los cuales participan los estudiantes. Para ser estudiante de los mismos no har falta cumplir los requisitos del estudiante regular. Estos programas estn dirigidos a personas o grupos sociales que no son estudiantes, profesores, servidores o trabajadores de la institucin.

    Dado, en el Distr~o Metropolhano de San Francisco de Qu~o , a los 27 das del mes de enero del 2012.

    ZGALLEGOS DE EDUCACiN SUPERIOR

    _ft;M:P~ MARCELO CALO RON t lNTIMILLA

    SECRETARIO GENERAL DEL CONSEJO DE EDUCACiN SUPERIOR

    Av. 9 de Octubre N22-64 V Ramirez Ovalos. Sede Provisional del CES Telfonos: 2569898/2469899 hasta 902, Ex!. 2049

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