INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL ESCUELA SUPERIOR DE...
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INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO Y ADMINISTRACIÓN
UNIDAD TEPEPAN
SEMINARIO DE TITULACIÓN:
“PRINCIPALES AUDITORIAS QUE REALIZA EL CONTADOR PÚBLICO”
TEMA: “AUDITORÍA GUBERNAMENTAL”
INFORME FINAL QUE PARA OBTERNER EL TITULO DE CONTADOR PÚBLICO PRESENTAN:
LILIAN NOEMI RIOS MIRELES LUIS ENRIQUE VILLEDA GUERRERO MARIA GUADALUPE MACHUCA ESTRADA NORA AGUILAR POSEROS VIRIDIANA MAVIL ARCHUNDIA
CONDUCTOR DEL SEMINARIO:
C.P.C. CARLOS ALARCÓN FLORES
México, D. F. a 10 de Marzo del 2007.
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AGRADECIMIENTOS AL I. P. N. Por ser la institución que nos abrió la puerta para poder desarrollarnos profesional y
personalmente, permitiéndonos estudiar en una de sus instituciones para que en un mundo futuro pudiéramos
vivir mejor, ya que no solo nos inculcaron conocimientos, sino valores que nos ayudaron a desenvolvernos en
el ambiente laboral.
A LA ESCA. Por habernos brindado la oportunidad de estudiar una carrera para que en un mundo futuro la
pudiéramos ejercer, por enseñarnos a enfrentar y solucionar los problemas y de está manera pudiéramos
desarrollarnos mejor. Gracias porque debido a sus planes y programas de estudio y prestigio que tiene; a
nosotros nos brindaron la oportunidad de crecer en el ambiente laboral.
A LOS PROFESORES. Por que todos sin excepción alguna nos dejaron un legado el cuál es invaluable, los
conocimientos y los consejos que nos dieron durante cuatro años.
Gracias al I. P. N., a la ESCA y a los Profesores por brindarnos está oportunidad y porque ahora podemos
decir orgullosamente: “Somos Politécnicos por Convicción y no por Circunstancia”.
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ÍNDICE
AGRADECIMIENTOS.........................................................................................................................- 2 -
INTRODUCCIÓN .................................................................................................................................- 5 -
1.1 CAPÍTULO I GOBIERNO............................................................................................................- 8 -
1.1.1. CONCEPTO DE GOBIERNO.................................................................................................. - 8 -
1.1.2 ESTRUCTURA DEL GOBIERNO EN MÉXICO .................................................................... - 9 -
1.1.3 DIVISIÓN DE PODERES....................................................................................................... - 10 -
1.2 CAPÍTULO II AUDITORIAS PÚBLICAS EN LAS INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES
...............................................................................................................................................................- 10 -
1.2.1 ANTECEDENTES DE LA AUDITORÍA............................................................................... - 10 -
1.2.2 DEFINICIÓN Y OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA ............................................................. - 13 -
1.2.2.1 Auditoría Gubernamental ................................................................................................... - 15 -
1.2.2.2 Clasificación de la Auditoría y de la Auditoría Gubernamental ......................................... - 16 -
1.2.3 TÉCNICAS, NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA ...................................... - 20 -
1.2.3.1 Técnicas de Auditoría ......................................................................................................... - 20 -
1.2.3.2 Normas de auditoría............................................................................................................ - 25 -
1.2.3.3 Normas de auditoría Gubernamental .................................................................................. - 27 -
1.2.4 PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA ............................................................................... - 57 -
1.2.5 LA AUDITORÍA EN LOS ORGANISMOS DEL SECTOR PÚBLICO DEL GOBIERNO DEL
DISTRITO FEDERAL............................................................................................................ - 58 -
1.2.6 CONTROL EXTERNO DE LAS ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL GOBIERNO DEL
DISTRITO FEDERAL............................................................................................................ - 72 -
1.2.7 CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA ........................................................................... - 74 -
1.2.7.1 Antecedentes De La Contaduría Mayor De Hacienda ........................................................ - 74 -
1.2.7.2 Auditoría Superior de la Federación ................................................................................... - 77 -
1.2.7.3 Funcionamiento de la Auditoría Superior........................................................................... - 77 -
1.2.8 TIPOS DE AUDITORÍA QUE REALIZA LA CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA DE LA
ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL ................................................. - 78 -
1.3. CAPÍTULO III CUENTA PÚBLICA.........................................................................................- 81 -
1.3.1. CONCEPTOS ESENCIALES................................................................................................. - 81 -
1.3.2 FUNCIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA. ............................................................................... - 83 -
1.3.2.1 Principales Objetivos. ......................................................................................................... - 84 -
1.3.2.2 Estructura e Integración ...................................................................................................... - 84 -
1.3.3. CONTROL DE LA CUENTA PÚBLICA. ............................................................................. - 90 -
1.3.3.1 Implementación de Sistemas de Control de la Cuenta Pública........................................... - 90 -
1.3.3.2 Control de Carácter Legislativo. ......................................................................................... - 91 -
- 4 -
1.3.4. ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA.................................. - 92 -
1.3.5 REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA ............................................................................... - 94 -
1.3.5.1 Antecedentes....................................................................................................................... - 94 -
1.3.5.2 Revisión y Fiscalización de la Cuenta Pública ................................................................... - 95 -
1.3.6. CONTROL EXTERNO DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA DEL GOBIERNO DEL
DISTRITO FEDERAL............................................................................................................ - 99 -
1.3.7. EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO.................................................................................... - 101 -
1.3.8. APROBACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA ..................................................................... - 103 -
1.4 CAPÍTULO IV EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO..................... - 104 -
1.4.1. ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO................................................ - 104 -
1.4.2 DEFINICIÓN Y ELEMENTOS DE LA ESTRUCTURA DEL CONTROL INTERNO...... - 106 -
1.4.3 FACTORES DEL AMBIENTE DE CONTROL INTERNO................................................. - 109 -
1.4.4. EL PROCESAMIENTO ELECTRÓNICO DE DATOS AL EVALUAR LA ESTRUCTURA DEL
CONTROL INTERNO.......................................................................................................... - 114 -
1.4.5. EL PROCESAMIENTO ....................................................................................................... - 116 -
1.4.6. FORMA Y CONTENIDO DEL INFORME......................................................................... - 117 -
1.5. CASO PRÁCTICO..................................................................................................................... - 121 -
CONCLUSIONES ............................................................................................................................. - 152 -
ANEXOS............................................................................................................................................. - 155 -
ANEXO 1 PROGRAMA DE TRABAJO....................................................................................... - 155 -
ANEXO 2 OFICIO DE PRESENTACIÓN .................................................................................... - 157 -
ANEXO 3 REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN................................................................... - 159 -
ANEXO 4 MARCO CONCEPTUAL............................................................................................. - 161 -
ANEXO 5 CÉDULAS DE ANÁLISIS........................................................................................... - 164 -
ANEXO 6 CÈDULAS DE MARCAS. ........................................................................................... - 166 -
ANEXO 7 CEDULA DE ACCIÓN DE MEJORA......................................................................... - 168 -
ANEXO 8 INFORME DE RESULTADOS.................................................................................... - 171 -
(Cargo).......................................................................................................................................... - 171 -
ANEXO 9 INFORME DE RESULTADOS DE SEGUIMIENTO ................................................. - 175 -
(Cargo).......................................................................................................................................... - 175 -
ANEXO 10 ACUERDO DE CONTROL ....................................................................................... - 178 -
ANEXO 11 CEDULA DE SEGUIMIENTO DE ACCIONES DE MEJORA................................ - 181 -
ANEXO 12 POLITICAS DE ACTUACION.................................................................................. - 184 -
RESPONSABILIDADES DEL ANALISTA DE CONTROL. .................................................... - 184 -
GLOSARIO........................................................................................................................................ - 190 -
BIBLIOGRAFIA ............................................................................................................................... - 195 -
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INTRODUCCIÓN
La sociedad exige, a través de sus representantes, que los recursos públicos sean manejados de
manera transparente y a su vez que los responsables de su aplicación rindan cuentas claras y detalladas del
destino de los mismos.
La rendición de cuentas del manejo de los recursos públicos es un tema que en la actualidad ha
tomado importancia en todos los sectores de la población, ya que históricamente se ha dado y se seguirán
presentando manifestaciones, de corrupción siendo más sensibles en la Administración Pública.
Los profesionistas en Administración Pública que se dedican a la Función Pública y los que se
encuentran en las aulas, deben conocer la importancia de la responsabilidad que se asume cuando se acepta un
cargo público, por ende deben aplicar correctamente la legislación correspondiente a cada función, ya que en
el Estado de Derecho todo gira alrededor de leyes, reglamentos, normas y políticas y serán responsables de
omisiones normativas y en su caso se lleven a cabo auditorias serán sancionados, ya sea para la enmienda del
error, o en consecuencia para la separación del daño y en mayor grado manera penal.
Las reformas políticas en México y que han dado lugar a la transformación del Distrito Federal, que
pasa de ser a partir de 1997 en un Departamento Administrativo a una Entidad Federativa, conlleva a la
creación de un órgano fiscalizador denominado Contaduría Mayor de Hacienda que depende directamente de
la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, entiéndase está Cámara de Diputados Local.
La Auditoría Gubernamental es una demanda social para la transparencia en la aplicación de los
recursos, en consecuencia la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
debería actuar como un órgano autónomo que no dependa de alguna instancia política administrativa, ya que
los resultados que se obtengan pueden ser usados en algunas ocasiones, como táctica política contra enemigos
políticos, por lo que no asegura que mejore la Administración Pública.
La Contaduría Mayor de Hacienda no es algo nuevo, si no que es una extracción de lo que se
conocía como la Contaduría Mayor de Hacienda de la Cámara de Diputados, hoy denominada Auditoría
Superior de la Federación.
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La Contaduría Mayor de Hacienda como órgano fiscalizador reviste un carácter coercitivo al
momento de efectuar una auditoría, ejerciendo un carácter coercitivo, que impide una mejor utilización de sus
recomendaciones para eficientar la Administración Pública, por lo que considera conveniente modificar sus
criterios de evaluación y en consecuencia determinar alternativas de solución en la toma de decisiones.
La Auditoría o Entidad Superior de la Fiscalización constituye un esfuerzo visionario que con el
correr de los años vera reflejados sus frutos, no solo en el sector financiero sino en todos los aspectos sociales.
Un ejemplo de ello se percibe con su participación inminente ante los embates comerciales de la
globalización, que día con día reporta nuevos ingresos y sus respectivos gastos de implementación en un
Estado, de ahí que para vernos beneficiados y no rebasados deba practicarse una política estricta de control
que reporte siempre un saldo a favor en nuestras transacciones comerciales internacionales.
Desde una perspectiva interior, resulta indispensable su actuación, debido a que no solo garantiza el
justo desempeño de las funciones públicas de cada institución, sino que las obliga a mantenerse dentro de
ciertos parámetros de eficiencia que deben reflejar además en su manejo presupuestario o financiero. A través
de su participación en el control legislativo o político apoya los esfuerzos de la Cámara de Diputados como la
encargada constitucionalmente hablando, de practicar la revisión y el control de los estados financieros
constitutivos de la Cuenta Pública Federal.
No hay que perder de vista lo que dio impulso al desarrollo económico mundial, fue la Revolución
Industrial aunada a las invenciones y descubrimientos que se generaron y que en la actualidad llegaron a ser
parte de una globalización mundial, tanto del poder económico acumulado como el desarrollo inimaginable
de la tecnología y de los modelos actuales de la producción y de la división del trabajo que trajo consigo la
necesidad más a detalle los efectos de la corrupción.
El siguiente trabajo esta basado en la importancia que tiene la concepción de la Auditoria
Gubernamental, que es la que se funda en determinar la presunción, por parte del auditor, de la Comisión del
delito por parte del funcionario público y que se deriva en primera instancia de los resultados establecidos en
la información contenida en el documento denominado Cuenta Pública.
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Debemos de entender primero lo que es Cuenta Publica la cual se realiza un análisis comparativo
de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos con lo realmente aplicado y ejercido, así como una
relación de todas las operaciones por conceptos y por partidas presupuéstales.
Con respecto al caso practico es presentado conforme a una institución de gobierno y solo para
efectos prácticos se realizo el cambio de la entidad ya que dicho ejercicio es verídico, el caso practico nos
muestra el análisis de la Cuenta Publica 2005 de CONMEX, verificando los ingresos y egresos con los que
cuenta, todos sus gastos y en que entidades están estas erogaciones o ingresos, así mismo quienes los aportan.
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1.1 CAPÍTULO I GOBIERNO
1.1.1. CONCEPTO DE GOBIERNO
El concepto de Gobierno viene ligado al de Estado, ya que sin uno, no existe el otro, “La
organización a través de la cuál el Estado expresa su voluntad, da fuerza a sus leyes y administra; está
formado por el conjunto de instrumentos que permiten actuar al Estado”.
El Gobierno proviene también del orden constitucional, de la forma como se han de aplicar los
ordenamientos que rigen la vida cotidiana de la sociedad, el respeto a sus costumbres y formas de vida, así
como el desarrollo de las naciones. “En el ejercicio del poder, la función gubernamental se encuentra
sometida a un orden normativo que regula las relaciones de los particulares entre sí y las que existen entre
estos y el gobierno para evitar conflictos y garantizar sus derechos. Sus funciones pueden clasificarse en:
políticas, las que implican toma de decisiones, manejo y conservación del poder, y administrativas, aquellas
encausadas a la recaudación, prestación de servicios públicos, producción de bienes y manejo de recursos
estratégicos”.
El gobierno es la manifestación de garantía del cumplimiento de las demandas de la sociedad, así
cómo de mantener el orden normativo interno de la Nación, es por ello que “un gobierno tiene por principal
objeto difundir y conservar la nacionalidad e independencia de un país, mantener inviolables sus instituciones
políticas y proteger al pueblo en el goce de sus derechos”.
El Estado aliado con el gobierno es una manifestación de organización para mantener las garantías
individuales de las personas, es por ello que también la división de poderes existe como criterio de orden y de
desconcentración del poder político. “El Estado esta organizado teóricamente, en los países occidentales, de
acuerdo con un criterio pluralista de poder, que se manifiesta en la división de las funciones legislativas,
ejecutivas y judiciales las cuáles se asignan a diferentes órganos, de suerte que: a) el poder u órgano
legislativo trabaje en el ámbito del orden moral, de las normas constitucionales y de las exigencias del bien
común, b) el poder u órgano ejecutivo aplique las leyes con prudencia, con conocimiento, con serenidad y
tome iniciativas y c) el poder judicial administre justicia con imparcialidad y se flexibilice frente a presiones.”
La separación de poderes constituye un principio dogmático del Estado Constitucional Liberal, ya
que tiene que asegurar la libertad de los ciudadanos, como factor limitante del poder político, asigna a
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distintos órganos expresión de instituciones diferentes el ejercicio de cada función de estado, de modo tal, que
ni el mismo individuo, ni un mismo grupo de ellos, ni a una asamblea pueda sancionar y aplicar la ley, ya sea
administrativa o judicialmente.
1.1.2 ESTRUCTURA DEL GOBIERNO EN MÉXICO
Desde el siglo XVIII se pretendió tanto teórica como prácticamente la estructuración orgánico-
constitucional del Estado, partiendo de la distinción de funciones. El creador de la doctrina de la separación
de poderes, Montesquieu, resume su pensamiento al respecto en el siguiente párrafo del Espíritu de las leyes:
“En cada Estado hay tres clases de poderes: la potestad legislativa, la potestad ejecutiva de las cosas relativas
a derechos de gentes y la potestad ejecutiva de las cosas que dependen del derecho civil. Mediante la primera,
el príncipe o magistrado hace las leyes temporales o definitivas y modifica o deroga las ya existentes,
mediante el segundo, hace la paz o la guerra, envía o recibe embajadores, establece la seguridad, previene las
invasiones; mediante el tercero castiga los delitos y juzga las diferencias entre particulares.”
“En México, su estructura de gobierno no esta alejada de las transformaciones históricas de la
sociedad, a través de sus constituciones, siempre se ha buscado la manera de garantizar el status del Estado,
así como la manifestación de preservar a los ciudadanos, garantizándoles pleno orden y respeto a su vida
individual y colectiva”.1
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la forma como se ha de aplicar la
soberanía nacional y la forma de gobierno se citan en los siguientes artículos:
Artículo 39. La soberanía Nacional reside esencial y originalmente en el pueblo. Todo poder
público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de este. El pueblo tiene, en todo tiempo, el inalienable
derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.
Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una república representativa,
democrática, federal, compuesta de estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior;
pero unidos en una Federación establecida según los principios de esta ley fundamental.
1 J. P. Mayer, Trayectoria del pensamiento político, México, p153
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Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los poderes de la Unión, en caso de la
competencia de éstos, y por lo de los estados, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos
respectivamente establecidos por la Presente Constitución Federal y las particulares de los estados, las que
en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del Pacto Federal.
1.1.3 DIVISIÓN DE PODERES
Artículo 49. El supremo Poder de la Federación se divide, para su ejercicio, en Legislativo,
Ejecutivo y Judicial.2
La separación de Poderes impone la distribución de funciones diferentes entre cada uno de los
Poderes; de tal manera, que el Poder Legislativo tenga atribuido exclusivamente la función legislativa, el
Poder Judicial, la función judicial y el Poder Ejecutivo, la administrativa.
La descripción de las funciones de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa
del Distrito Federal, corresponde a la necesidad de ubicar las tareas específicas que realiza cada área que
compone la institución, con el objeto de comprender el que hacer y el cumplimiento de la revisión de la
cuenta pública del Gobierno del Distrito Federal.
“Es de suma importancia ubicar en este apartado, que las funciones están encaminadas a practicar
auditorías, lo cuál asume la responsabilidad de señalar cuáles han sido las deficiencias que se han tenido en el
que hacer de la administración pública”.3
1.2 CAPÍTULO II AUDITORÍAS PÚBLICAS EN LAS INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES
1.2.1 ANTECEDENTES DE LA AUDITORÍA
La vida del hombre está sujeta a necesidades primordiales para su conservación y sobre vivencia,
con el uso de actividad corporal y de su inteligencia, se relaciona con los hombres estableciendo lasos de
cooperación en búsqueda del bien común con él.
2 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Título Tercero Capítulo I de la División de Poderes, Capitulo II Del Poder Legislativo; Capítulo III Del Poder Ejecutivo, Capítulo IV Del Poder Judicial 3 Fraga, Gabino, Derecho Administrativo, México, 42 edición, 2002, pp. 28-29
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La fuente original de la que el hombre obtiene los bienes necesarios para su vida es la tierra, al
tratar de adquirir sus recursos ha creado las condiciones materiales de su existencia. El trabajo, la propiedad,
la riqueza y las relaciones sociales de convivencia: la autoridad, la justicia, la ley y la moral.
Los antecedentes históricos del intercambio comercial bajo la forma que conocemos se remontan al
renacimiento, en aquella época la actividad del campo predominaba sobre la urbana, pues los castillos
señoriales estaban en la campiña donde vivía la nobleza, en tanto que las ciudades sólo eran habitadas por
artesanos y comerciantes en condiciones de insalubridad y pobreza.
La vida entonces, se caracterizaba por el aislamiento de las regiones y el estancamiento casi total
del comercio. La única fuente de riqueza era la agricultura, los siervos trabajaban la tierra para su señor y le
entregaban la cosecha. Sólo había una pequeña industria doméstica, que se desarrollaba débilmente en las
ciudades y en los castillos señoriales.
Por otra, parte la escasez de dinero era notable. En cada feudo el señor mandaba acuñar su propia
moneda, la cual sólo tenía valor en los territorios de su soberanía, y no había posibilidades para el intercambio
comercial.
Desde mediados del siglo X la ciudad de Bizancio logró consolidar su desarrollo industrial y
comercial y retuvo la supremacía mercantil hasta fines del siglo XII. Conservaba abiertas las rutas
comerciales con el Extremo Oriente al mismo tiempo que mantenía activas las relaciones mercantiles con el
Occidente, convirtiéndose así en el emporio de los negocios europeos asiáticos.
Durante la historia de la humanidad se utilizaron métodos rudimentarios que satisfacían las
necesidades de subsistencia y que no fueron modificadas hasta fines del siglo XVII, cuando comenzó la época
de las máquinas y fábricas, dando origen a la Revolución Industrial y a la expansión del capitalismo. Hay que
tomar en cuenta que los orígenes de la Revolución Industrial se basan en la ciencia moderna del siglo XII, con
sus métodos y sus principales instrumentos de trabajo. Los progresos de la ciencia sólo fueron posibles
gracias al empleo combinado del razonamiento matemático, la observación y la experimentación.
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En el siglo XVII se inventaron, entro otros, los primeros instrumentos que permitieron hacer
observaciones relativamente precisas: el telescopio, el microscopio, el barómetro y la máquina neumática,
también se caracterizó por los progresos que se realizaron en el campo de las matemáticas.
Los progresos científicos y una serie de inventos revolucionaron cada una de las ramas de la
industria y transformaron la vida del mundo occidental como la conocemos hoy.
Desde el siglo XVII se formó una nueva clase de hombres de empresa, que tenían capital suficiente
para comprar materias primas en cantidad, haciendo inversiones para montar grandes fábricas con maquinaria
muy costosa, por lo que sus producciones aumentaron para dar pasó a la expansión del capitalismo. Fue
entonces cuando los empresarios vieron la necesidad de contar con profesionales que les dieran una visión a
sus negocios y que registraran sus operaciones con el fin de valuar el estado de sus bienes, si en un momento
estaba recuperando su inversión o si se encontraban fuera de la realidad; es así como se fue desarrollando la
contaduría pública.
Como consecuencia de la Revolución Industrial, las empresas europeas tuvieron que ampliar sus
campos de acción hacia el Continente Americano; de este modo la contaduría como profesión fue introducida
en esta parte del mundo por los británicos en la segunda mitad del siglo XIX, por lo que los contadores
americanos adoptaron de los británicos el modelo de informe de auditoría y sus procedimientos de análisis.
Antes de 1900, el principal objetivo de la auditoría era el descubrimiento de fraudes. Casi después
de cincuenta años de la Revolución Industrial que las industrias habían alcanzado un crecimiento notable y
contaban con un mayor número de accionistas, muchos de los cuales empezaron a recibir informes de
auditores sin comprender la labor de los mismos, pues ya se tenía la creencia de que el dictamen del auditor
era una garantía de la exactitud de los estados financieros.
En la actualidad, existe un creciente reconocimiento de la interrelación entre los diferentes campos
del conocimiento. La auditoría ha tomado de otros campos lo que necesita para elaborar sus métodos y llevar
a cabo su función. Sin embargo, con el fin de validar a los estados financieros de una empresa o entidad ante
terceras personas, fue indispensable contar con servicios adicionales cuya finalidad fue dar razonabilidad a las
cifras que se presentan de ellos, lo que permitió el desarrollo de la auditoría de los estadios financieros
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De lo anterior podemos desprender que desde el establecimiento de los actos comerciales, cuando
se tienen que crear los órganos de vigilancia y control del registro de operaciones; éstos no nacen con el
surgimiento de los métodos de registro, sino después de que fueron implantados y que se han visto los
primeros resultados; es a partir de que se tienen los suficientes parámetros para evaluar si su implementación
y funcionamiento cumplen con el objetivo previsto inicialmente.
1.2.2 DEFINICIÓN Y OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA
La auditoría concebida como una actividad en el ámbito profesional ha sido reconocida como uno
de los mecanismos de mayor trascendencia que coadyuva al logro de una administración eficiente.
En la actualidad la auditoría está dirigida a examinar cualquier actividad y operación dándole
énfasis dentro del sector público a aspectos de tipo financiero, operacional, resultado de programas y
cumplimiento legal. Sin embargo, la auditoría profesional aplicada en el sector público no es diferente a la
realizada en el sector privado, ya que en realidad la auditoría gubernamental ha evolucionado de dicha
actividad, de la cual ha obtenido y utilizado casi la totalidad de su filosofía.
Algunas de las definiciones más representativas de la auditoría son las siguientes:
"Es el examen crítico que realiza un Licenciado en Contaduría o un Contador Público
independiente de los libros y registros de una entidad, basado en técnicas específicas con la finalidad de
opinar sobre la razonabilidad de la Información Financiera”.4
"Es el examen de los libros de contabilidad, de los registros, documentación y comprobación
correspondientes a una empresa, de un fideicomisario: de una sociedad, de una asociación, de una oficina
pública, de una copropiedad, de un negocio cualquiera y llevarlo a cabo con el objeto de determinar la
exactitud de las cuentas respectivas e informar y dictaminar acerca de ellos.”5
4 Osorio Sánchez, Israel, Auditoría I, México, Ediciones Contables y Administrativas, 1977, p. 23. 5 Mancera Hermanos, Terminología del Contador, Citado por Sánchez Alarcón Francisco j., Programas de Auditoría, México ECAFSA, 2001. p- 17
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"Es una revisión de exploración crítica que ejecuta el Contador Público de los controles internos
fundamentales y de los libros de contabilidad de una empresa y otra unidad económica y con ello poder
expresar una opinión sobre la situación de los estados financieros".6
"Auditoría es el examen en los libros de contabilidad, comprobantes y demás registros de un
organismo público, institución y firma con el objeto de averiguar la corrección e incorrección de los registros
y expresar su opinión sobre los documentos examinados a los diversos interesados".7
"Auditoría, en su acepción más amplía, significa verificar que la información financiera,
operacional y administrativa que se presenta es confiable, veraz y oportuna. Es revisar que los hechos,
fenómenos y operaciones se den en la forma como fueron planeados; que las políticas y lineamientos
establecidos han sido observados y respetados, que se cumple con obligaciones fiscales, jurídicas y
reglamentarias en general. Es evaluar la forma como se administra y opera tendiendo al máximo de
aprovechamiento de los recursos."8
La auditoría aplicada a las instituciones públicas la definimos como, la revisión del quehacer de la
administración pública, entendiéndose como la reexaminación de los resultados que se obtienen en la
aplicación de recursos, humanos materiales y financieros, la revisión de programas de gobierno, la aplicación
de leyes y normas que rigen a las instituciones, así como la atención de las necesidades que tienen
encomendados los gobiernos.
De los conceptos anteriormente expuestos podemos concluir que el concepto de auditoría es
generalmente aplicado a toda organización ya sea pública o privada, que se lleva a cabo con el objeto de
evaluar la correcta aplicación de los recursos con los que se cuenta para el logro de los objetivos planteados.
La Administración Pública como parte de la función del Ejecutivo, podemos entender que la
auditoría gubernamental esta encaminada a examinar los estados financieros que se rinden en la Cuenta
Pública, que presenta el Jefe de Gobierno del Distrito Federal a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal,
con la razón de que se evalué el ejercicio del presupuesto otorgado, así como si ha aplicado correctamente las
disposiciones jurídicas que regulan el que hacer del gobierno.
6 Kohler Eric, Auditoría, México, ECAFSA. 1988. p. 32. 7 Instituto Americano de Contadores Públicos, Normas de Auditoría, México, ECAFSA, 1999, p. 18. 8 Santillana González, Juan Ramón, Auditoría I, México, ECAFSA, tercera edición, 2002, p. 15.
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"El objetivo de una auditoría de estados financieros es hacer posible el expresar su opinión sobre si
los estados financieros están preparados, respecto de todo lo sustancial, de acuerdo a un marco de referencia
para reportes financieros identificado a otros criterios. Las frases usadas para expresar la opinión del auditor
son "dar un punto de vista verdadero y justo" o "presentar en forma apropiada, en todos los aspectos
sustanciales, que son términos equivalentes."9
Los objetivos fundamentales de la auditoría son los siguientes:
1. El control interno coadyuva a la obtención de información financiera confiable, oportuna y útil para
la adecuada toma de decisiones, así como el cumplimiento de las Normas de Información Financiera.
2. La dependencia o entidad ha cumplido en tiempo, lugar y calidad con los objetivos y metas
establecidos en sus programas, de acuerdo con los recursos asignados.
3. La eficiencia obtenida por la dependencia o entidad en la asignación y utilización de sus recursos
corresponde a criterios de funcionalidad.
4. Se cumple con las disposiciones legales, normas y políticas aplicables a la dependencia o entidad.
5. El cumplimiento de los Normas de Información Financiera verifica la realidad de las cuentas.
6. Las observaciones y recomendaciones son tendientes a mejorar la operación de la dependencia o
entidad y corregir las desviaciones y diferencias encontradas.
1.2.2.1 Auditoría Gubernamental
"Objetivo: Revisión de los aspectos financieros, operacionales y administrativos en las
dependencias y entidades públicas, así como el resultado de los programas bajo su encargo y el cumplimiento
de disposiciones legales que enmarcan su responsabilidad, funciones y actividades."10
La auditoría gubernamental nació y se ha desarrollado como una necesidad más de vigilar el
ejercicio de la actividad pública por medio de órganos de control expresa y formalmente establecidos para el
efecto. Se ejerce en dos vertientes fundamentales:
1) A través de grupos de auditoría o de control interno, integrados a la organización a vigilar o controlar,
normados por un órgano supremo de control: y
9 Instituto Mexicano de Contadores Públicos, Normas Internacionales de Auditoría, Emitidos por el Comité Internacional de Prácticas de Auditoría, México, p. 18. 10 Santillana González, Auditoría I, op. Cit. P. 48.
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2) Directamente por este órgano de control, mismo que es creado y facultado por los cuerpos legislativos
correspondientes para cumplir esta función, como ejemplo de éstos la Contaduría Mayor de Hacienda
de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y la Contraloría General del Gobierno del Distrito
Federal.
La auditoría permitirá mediante la revisión y el análisis de las operaciones de las dependencias y
entidades, coadyuvar con los responsables de la ejecución de los programas, al proporcionarles información
sobre la eficiencia, eficacia y congruencia con la que se han utilizado los recursos en el logro de los objetivos
y metas establecidos, a fin de promover oportunamente las medidas de mejora o ajuste necesarias.
En atención a los objetivos que persigue la auditoría y debido a la naturaleza propia de sus
actividades, el examen que se realice deberá ser posterior a la ejecución de las operaciones o situaciones.
La importancia, heterogeneidad y complejidad de las acciones del sector público, aunadas al
aumento de las operaciones que éste realiza ha provocado el fortalecimiento de los mecanismos de evaluación
y control por ello, el alcance de la auditoría en la actualidad ha orientado su normatividad y forma de
ejecución hacia aspectos no sólo de tipo financiero; además, comprende las revisiones respecto al
cumplimiento de los programas, el funcionamiento de los sistemas operacionales y la legalidad de las
operaciones, originando la necesidad de fortalecer, homogeneizar y regular su práctica para unificar criterios
en los órganos de auditoría interna de las dependencias y entidades.
De esta manera, coadyuva a que los responsables de la ejecución de los programas conozcan la
eficiencia, eficacia y congruencia con la que se utilizan los recursos en el logro de los objetivos y metas
establecidas, permitiéndoles de esta manera que se promuevan con oportunidad medidas de mejora o ajustes
necesarios.
1.2.2.2 Clasificación de la Auditoría y de la Auditoría Gubernamental
a) Auditoría interna.- Es la auditoría que realiza el personal adscrito a la propia dependencia o
entidad. Su importancia radica en que se constituye en el instrumento de control interno que revisa, analiza,
diagnostica y evalúa el funcionamiento de otros controles, proporcionando a los responsables de la dirección
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y operación, información coadyuvante sobre el resultado de su gestión y propiciando en su caso, la adopción
de medidas que tiendan a mejorar la eficiencia en la administración de los recursos, así como la eficacia en el
logro de las metas y objetivos asignados.
La desarrollan personas que dependen del negocio y actúan revisando, las más de las veces,
aspectos que interesan particularmente a la administración, aunque pueden efectuarse revisiones programadas
sobre todos los aspectos operativos y registros de empresas.
b) Auditoría externa.- Esta auditoría es la practicada por contadores públicos independientes a la
dependencia o entidad, con objeto de emitir una opinión sobre la situación que guarda el área auditada. El
enfoque que tiene este tipo de auditorías es emitir dictámenes sobre la razonabilidad de los estados financieros
de las empresas del gobierno y órganos Autónomos, (a esta actividad se le denomina auditoría a los estados
financieros y sólo podrá ser realizada por contadores públicos, bajo las normas y pronunciamientos emitidos
por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos).
Conocida también como Auditoría Independientes, la efectúan profesionistas que no dependen de
la empresa, ni económicamente ni bajo cualquier otro concepto y a los que se reconoce un juicio imparcial
merecedor de la confianza de terceros. El objeto de su trabajo es la emisión de un dictamen. Esta clase de
auditorias, es la actividad más característica del Contador Público.
Por su naturaleza, la auditoría gubernamental se clasifica en:
Financiera.
Operacional.
Administrativa.
Sistemas.
Legal.
Evaluación de Programas.
Obras Públicas.
Auditoría Financiera.- Es aquélla que comprende el examen de las transacciones, operaciones y
registros financieros con el objeto de determinar si la información financiera que se produce es confiable,
oportuna y útil.
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Auditoría Operacional.- Este tipo de auditoría comprende el examen de la eficiencia obtenida en
la asignación y utilización de los recursos financieros, humanos y materiales, mediante el análisis de la
estructura organizacional, los sistemas de operación y los sistemas de información. Consiste en evaluar los
controles existentes en las actividades de las empresas o entidades en su operación y verificar que los
documentos que las acreditan satisfagan los requisitos legales y administrativos que los legitiman.
Los aspectos fundamentales de esta auditoría son determinar si:
La estructura organizacional de la dependencia o entidad reúne los requisitos, elementos y
mecanismos necesarios para cumplir con los objetivos y metas que se tienen asignados.
Los recursos con que cuenta la dependencia o entidad son suficientes y apropiados para el logro de
sus objetivos.
Los sistemas operativos contienen los procedimientos para el desarrollo de las actividades
encomendadas.
En la ejecución de los programas se utilizan los recursos en la cantidad y calidad requerida al menor
costo posible.
El sistema de información es oportuno, confiable y útil para la adecuada toma de decisiones.
El sistema de información refleja el efecto físico y financiero de la aplicación de los recursos.
Auditoría Administrativa.- Acción utilizada para verificar, evaluar y promover el cumplimiento y
apego a los factores o elementos del proceso administrativo instaurados a seguir en las entidades que
conforman el sector gubernamental. Es la revisión y evaluación del sistema administrativo (planeación,
organización, dirección y control) y de sus recursos humanos y físicos.
Auditoría de Sistemas.- Tienen como propósito evaluar el conjunto de los sistemas y
procedimientos establecidos en las empresas o entidades, los cuales se menciona a continuación:
Contable.
Adquisiciones y almacenes.
Control presupuestal.
Archivo contable.
Control de inventarios de bienes muebles.
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Auditoría Legal.- Este tipo de auditoría tienen como finalidad revisar si la dependencia o entidad,
en el desarrollo de sus actividades ha observado el cumplimiento de disposiciones legales que le sean
aplicables (leyes, reglamentos, decretos, circulares, etc.). Debido a que en todas las dependencias y entidades
concurren situaciones y hechos de carácter legal se han desarrollado programas de auditoría en esta área, la
cual se lleva a cabo en forma paralela a la auditoría financiera, con el apoyo y asesoría de las áreas jurídicas
de los órganos fiscalizadores.
Auditoría de Evaluación de Programas.- Esta auditoría analiza la eficacia y congruencia
alcanzada en el logro de los objetivos y metas establecidos, en relación con el avance presupuestal. El análisis
de la eficacia se obtendrá revisando que efectivamente se alcanzaron las metas establecidas en el tiempo,
lugar, cantidad y calidad requeridos. La congruencia se determinará al examinar la relación lógica que existe
entre el logro de las metas y objetivos de los programas y el avance del ejercicio presupuestal. De acuerdo con
el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, los planes nacionales sectoriales e institucionales y la congruencia
entre ellos, se evalúan selectivamente los principales programas y subprogramas de los Presupuestos Federal
y del Gobierno del Distrito Federal para determinar su razonabilidad en el cumplimiento de sus objetivos y
estas.
Auditoría de Obras Públicas.- Debido a que gran parte del Presupuesto de Egresos del Gobierno
del Distrito Federal (para el año 2000 se destina el 17.33 % que equivale a $10,354,027 (miles de pesos) del
presupuesto autorizado para este año) se canaliza a los programas de inversión de obras, esta revisión se
practica a las obras realizadas por algunas dependencias y entidades del Ejecutivo Local y a los Organismos
Desconcentrados, Paraestatales y Autónomos; y comprende la verificación y confirmación de los aspectos
fundamentales de la ejecución de las obras.
De los tipos de auditoría analizados con anterioridad se podría desprender que únicamente los
profesionistas que tienen la atribución de hacer auditorías son los Contadores Públicos, pues desde mi punto
de vista y de acuerdo a los textos bibliográficos son los que utilizan las técnicas y procedimientos
generalmente aceptados, pero los que ocupan un factor importante para el desarrollo de una auditoría
gubernamental, por la naturaleza de las operaciones que se realizan en la Administración Pública esta
actividad se vuelve multidisciplinaria por ejemplo en la auditoría de obra pública se auxilian de ingenieros,
técnicos o especialistas.
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1.2.3 TÉCNICAS, NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA
1.2.3.1 Técnicas de Auditoría
“Las técnicas de auditoría son los métodos prácticos de investigación y prueba que el auditor utiliza
para lograr la información y comprobación necesaria para poder emitir su opinión profesional. Son las
herramientas de trabajo que el auditor debe considerar para emitir una opinión profesional sobre la situación
financiera de una empresa o entidad.
Por lo que se refiere a la auditoría gubernamental, el auditor debe mejorar y adecuar las técnicas a
las condiciones especificas de la unidad, programa o actividad sujeta a revisión.
Las técnicas de auditoría marcan la pauta general para el desarrollo del trabajo del auditor y no
pueden considerarse limitativas, ya que la aplicación de estas puede ampliarse de acuerdo con los
requerimientos de la revisión y, en su caso, deberán incluirse las técnicas que vayan desarrollando con el
tiempo.
Técnicas documentales:
Estudio general.
Análisis.
Confirmación.
Declaración o certificación.
Conciliación.
Revisión selectiva.
Cálculo.
Técnicas verbales:
Entrevista.
Técnicas visuales:
Inspección.
Observación.
Comparación.
Rastreo.
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A continuación se presenta una breve explicación sobre cada una de estas técnicas:
Estudio general. “Es la apreciación y juicio de las características generales de la empresa, las
cuentas o las operaciones, a través de elementos mas significativos, para concluir si se ha de profundizar en su
estudio la forma en que ha de hacerse”. Es la obtención de los datos básicos que le permiten al auditor tener
un panorama general sobre la fisonomía o características generales de la empresa o dependencia sujeta a
examen, sus estados financieros y las partes importantes, significativas o extraordinarias.
Los aspectos que deben considerarse en el estudio general son:
Estructura orgánica.
Fundamento legal.
Objetivos y metas.
Políticas, sistemas y procedimientos.
El estudio general es el inicio de la auditoría que tiene por objetivo orientar y fundamentar la
aplicación de las otras técnicas.
Análisis. “Esta técnica se aplica concretamente al estudio de las cuentas o rubros genéricos de los
estados financieros, bien sea, de sus saldos o de sus movimientos”. Consiste en separar las operaciones y
situaciones a examinar en los elementos o partes que la integran, con el objeto de estudiar cada uno de sus
componentes y conocer con mayor claridad y comprensión, los aspectos sujetos a revisión.
El análisis generalmente se aplica a cuentas o rubros de los estados financieros para conocer su
integración y se clasifica en dos:
1) Análisis de saldos
Existen cuentas en las que los distintos movimientos que se registran en ellas son compensaciones
unos de otros.
2) Análisis de movimientos
En otras ocasiones los saldos de las cuentas no corresponden a compensación de partidas, sino a la
acumulación de ellas. Esta técnica puede aplicarse a los aspectos financieros, operacionales, resultados de
programas y legales.
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En materia financiera el análisis se aplica a las cuentas o rubros genéricos que integran los estados
financieros. Con relación al aspecto operacional, el análisis se enfoca a la estructura organizacional, los
sistemas operativos y de información, al dividir el proceso en sus elementos para identificar los puntos
específicos que los forman.
Por lo que se refiere al resultado de programas, el análisis se efectúa sobre la eficacia y congruencia
alcanzada en el avance financiero y en el logro de las metas y objetivos establecidos, separando sus elementos
para comprender cada uno de los procesos que lo integran. En lo concerniente al aspecto de legalidad, el
análisis se realiza a la luz de las disposiciones jurídicas, normas y políticas aplicables a la unidad, programa o
actividad sujeta a revisión, y se comprueba el efecto que cada uno de estos ordenamientos tiene.
Confirmación. “Es la ratificación, por parte de una empresa ajena a esta, de la autenticidad de un
saldo, hecho u operación, en la que participó y por lo cual está en condiciones de informar validamente sobre
ella”. Consiste en obtener constancia escrita sobre la autenticidad de las transacciones, operaciones, hechos y
circunstancias del aspecto auditado mediante fuentes independientes que lo conocen y tienen relación con
ello.
De cuerdo con sus características esta técnica se puede dividir en confirmación positiva y
confirmación negativa.
En la confirmación positiva se pide al confirmante que conteste si esta de acuerdo con los datos
requeridos. Este tipo de confirmación se divide en directa o indirecta. Es directa cuando en la solicitud de
confirmación se suministran los datos pertinentes a fin de que estos se verifiquen, y es indirecta cuando no se
proporciona ningún dato.
La confirmación es negativa cuando en la solicitud se pide al confirmante conteste únicamente en
el caso de no estar de acuerdo con los datos que se le envían.
Declaración o certificación. “Es la formalización de la técnica de investigación, cuando por su
importancia, resulta conveniente que las afirmaciones recibidas deban quedar escritas (declaraciones) y en
algunas ocasiones certificadas por una autoridad (certificaciones)”. Con base en la importancia de los datos
recabados, se prepara un escrito del resultado de la investigación en memorandums, actas, cuestionarios,
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resúmenes, etcétera, firmando de conformidad las personas que participaron directa o indirectamente en el
área auditada, validando de esta manera la información expuesta.
Esta técnica es importante en la labor de la Auditoría Gubernamental, ya que otorga una base valida
de los acontecimientos detectados en la revisión.
Conciliación. Establece la concordancia de dos conjuntos de datos separados, siempre y cuando las
fuentes de información se originen de una misma base. La conciliación se efectúa en una fecha o periodo
determinado, dependiendo del objetivo particular de la auditoría.
Revisión selectiva. Consiste en un examen selectivo conforme a los objetivos y alcances
propuestos, dependiendo del volumen de operaciones y transacciones que maneja el área a revisar.
El grado de revisión por las pruebas selectivas empleadas en el desarrollo de la auditoría deber ser
suficiente para que los resultados obtenidos satisfagan la labor del auditor.
La selección comúnmente esta basada en la elección de una muestra al azar, puede aumentarse o
disminuirse de acuerdo con el criterio del auditor y los resultados que se van obteniendo.
Comprobación. “Consiste en verificar que una transacción u operación este debidamente apoyada
por todos los elementos que la integran y que cuentan con la suficiente autoridad, legalidad, propiedad,
certidumbre, etc.”. Es importante evaluar si las operaciones fueron previamente autorizadas y realizadas por el
área auditada en función de sus objetivos.
Cálculo. “Es la verificación de la corrección aritmética de aquellas cuentas u operaciones que se
determinan fundamentalmente para cálculos sobre bases especificas (intereses pagados o cobrados,
depreciaciones, etc.)”. Consiste en verificar la exactitud de los datos numéricos o cálculos realizados para
asegurarse de que las operaciones sean efectuadas correctamente.
Es necesario puntualizar que esta técnica solamente prueba la exactitud aritmética, por lo que se
requieren técnicas adicionales que determinen la validez de las cifras sujetas a examen.
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Técnica verbal:
Entrevista. Por medio de esta se obtiene información complementaria que sirva más de apoyo que
de evidencia directa del examen que se realiza; su aplicación se efectúa mediante entrevistas formales o
informales con el personal que labora en el área auditada.
Esta técnica es de gran utilidad por la flexibilidad que tiene en su aplicación. Sin embargo debe
tenerse especial cuidado de que la opinión recibida sea veraz y significativa de acuerdo con lo que acontece
en el área auditada.
Técnicas visuales:
Inspección. “Es la verificación física de los elementos materiales en que se tradujeron las
operaciones, se aplica al estudio de las cuentas cuyo saldo tienen un representación material”. Se refiere a la
realización del examen físico y visual de bienes materiales o de documentos con el objeto de verificar la
autenticidad de un activo o de una operación registrada en la contabilidad y presentada en los estados
financieros.
En diversas ocasiones, especialmente en saldos del activo, los datos de la contabilidad están
representados por bienes materiales, títulos de crédito y otra clase de documentos que constituyen la
materialización del dato registrado en la contabilidad.
Observación. “Es una manera de inspección menos formal, y se aplica generalmente a operaciones
para verificar como se realiza en la practica”. Es el examen de ciertos hechos y circunstancias, principalmente
los relacionados con la forma de realización de las operaciones sujetas a revisión. Por medio de esta técnica,
el auditor puede darse cuenta de manera abierta o discreta como desarrolla sus funciones el personal del área
auditada.
Esta técnica se considera la más general dentro de la auditoría y su aplicación es de gran utilidad en
casi todas las fases del examen.
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Comparación. Establece la relación que existe entre dos o más conceptos, determinando su
similitud o diferencia. Este tipo de técnica permite confrontar diferentes aspectos con el fin de determinar el
grado de semejanza o de variación existente.
Rastreo. Consiste en seguir una operación o transacción desde su inicio hasta su culminación,
pasando por cada una de las fases de auditoría.
1.2.3.2 Normas de auditoría
Las normas de auditoría son los requerimientos mínimos de calidad relativos a la personalidad del
auditor, el trabajo que desempeña y a la información que rinde como resultado de su trabajo, derivado de la
naturaleza profesional de la actividad de revisión y de sus características especificas. Por lo tanto, el trabajo
de auditoría tiene una finalidad y un objetivo que no dependen de la voluntad personal de la empresa o
dependencia, sino que se desprende de la misma naturaleza de la actividad profesional de la auditoría.
Las normas de auditoría son las siguientes:
Normas personales.
Normas de ejecución del trabajo.
Normas de información.
Normas personales. Se refieren a las cualidades que el auditor debe tener para sumir el trabajo de
este tipo dentro de las exigencias que le impone el carácter profesional de la auditoría. Dentro de estas normas
existen cualidades que el auditor debe adquirir y mantener en el desarrollo de su actividad profesional.
En las normas personales existen tres elementos fundamentales que son: entrenamiento técnico y
capacidad profesional, cuidado y diligencia profesional e independencia.
Entrenamiento técnico y capacidad profesional. El trabajo de auditoría, cuya finalidad es la de
rendir una opinión personal independiente, debe desempeñarse por personas que, teniendo titulo profesional
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legalmente expedido y reconocido, cuenten con un entrenamiento técnico adecuado y capacidad profesional
como auditores.
Cuidado y diligencia profesional. El auditor esta obligado a tener cuidado y diligencia razonables
en la realización de su examen y preparación de su dictamen o informe.
Independencia. El auditor esta obligado a mantener una actitud de independencia mental en todos
los asuntos relativos a su trabajo profesional.
Normas de ejecución del trabajo. En las normas personales el auditor esta obligado a ejecutar su
trabajo con cuidado y diligencia, aun cuando es difícil definir lo que en cada tarea pueden representar estas
dos características, existen varios elementos que por su importancia deben ser cumplidos y que son
fundamentales en la ejecución del trabajo debido a que constituyen la especificación particular, al mínimo
indispensable de la exigencia de cuidado y diligencia. Dichos elementos son los siguientes: planeación y
supervisión, estudio y evaluación del control interno y obtención de evidencia pertinente, suficiente y
competente.
Planeación y supervisión. El trabajo de auditoría debe ser planeado adecuadamente, si se cuenta
con el apoyo de ayudantes, estos deben ser supervisados en forma apropiada.
Estudio y evaluación del control interno. El auditor debe efectuar un estudio y evaluación
adecuados del control interno existente que le sirvan de base para determinar el grado de confianza que va a
depositar en el y que le permitan determinar la naturaleza, extensión y oportunidad de los procedimientos de
auditoría que aplicaran en la revisión.
Obtención de evidencia pertinente, suficiente y competente. Mediante los procedimientos de
revisión el auditor debe obtener evidencia suficiente y competente en el grado que requiera para suministrar
una base objetiva para su opinión.
El resultado final del trabajo del auditor es su dictamen o informe. Mediante él comunica a las
personas interesadas de los resultados de su trabajo y la opinión que se ha formado mediante su examen. El
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dictamen o informe del auditor es la base en la que se sustenta la confianza de los interesados para conocer la
situación financiera y los resultados de las operaciones de la empresa o dependencia. Por ultimo, mediante el
informe o dictamen, el público y el cliente conocen el trabajo del auditor, en muchos casos, el informe o
dictamen es la única parte del trabajo de revisión que queda a su alcance.
La importancia que tiene el informe o dictamen para el auditor, su cliente y los interesados que van
a apoyarse en el, hace necesario el establecimiento de normas que regulen la calidad y requisitos mínimos del
informe o dictamen correspondiente, las cuales se clasifican como normas de dictamen o información,
mismas que se detallan a continuación:
En todos lo casos en que el nombre de un Contador Público quede asociado con estados o
información financiera, se deberá expresar de manera clara e inequívoca la naturaleza de su relación con dicha
información, su opinión sobre la misma y en su caso, las limitaciones importantes que haya tenido su examen,
las salvedades que se deriven de ellas o todas las razones de importancia por las cuales expresa una opinión
adversa o no puede emitir una opinión profesional, a pesar de haber efectuado una revisión de acuerdo con las
normas de auditoría.
Al opinar sobre los estados financieros, el auditor debe observar que:
Hayan sido elaborados de acuerdo con las normas de información financiera.
Dichas normas se hayan aplicado sobre bases consistentes.
La información presentada en los mismos y en las notas relativas sea adecuada y suficiente para su
razonable interpretación.
Por lo tanto, en caso de que existan excepciones de lo anterior, el auditor debe aclarar en que
consisten las desviaciones y su efecto cuantificado sobre los estados financieros.
1.2.3.3 Normas de Auditoría Gubernamental
Las Normas de Auditoría Gubernamental se presentan clasificadas en cuatro grupos:
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1. Normas Generales: Entrenamiento técnico y capacidad profesional, independencia, cuidado y
esmero profesional, confidencialidad, participación de profesionales y/o especialistas, y control de calidad.
2. Normas relativas a la Planificación de la Auditoría Gubernamental: Planificación general,
planificación específica, programas de auditoría y archivo permanente.
3. Normas relativas a la Ejecución de la Auditoría Gubernamental: Estudio y evaluación del control
interno, evaluación del cumplimiento de disposiciones legales y reglamentarias, supervisión del trabajo de
auditoría, evidencia suficiente, competente y relevante, papeles de trabajo, comunicación de observaciones y
carta de representación.
4. Normas relativas al Informe de Auditoría Gubernamental: Forma escrita, oportunidad del
informe, presentación del informe, contenido del informe e informe especial.
1.2.3.3.1 NAGU. 1. Normas Generales
Las normas que conforman este grupo se relacionan con las cualidades y calificaciones del auditor
y la calidad de su trabajo.
Estas normas que se aplican también para la ejecución del trabajo y la preparación del informe, se
refieren al entrenamiento técnico y capacidad profesional, independencia, cuidado y esmero profesional,
confidencialidad, participación de profesionales y/o especialistas, y control de calidad.
NAGU. 1.10 Entrenamiento técnico y capacidad profesional
El auditor gubernamental debe poseer un adecuado entrenamiento técnico, la experiencia y
competencia profesional necesarios para la ejecución de su trabajo.
El entrenamiento técnico constituye la preparación en las técnicas de auditoría y la constante
actualización profesional, así como el desarrollo de habilidades necesarias para asegurar la calidad del trabajo
de auditoría.
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A fin de lograr el cumplimiento de esta Norma, los Órganos conformantes del Sistema Nacional de
Control, deben promover y realizar programas de capacitación en técnicas necesarias para garantizar la
capacidad e idoneidad profesional del personal que participa en el proceso de la auditoría gubernamental.
La competencia profesional es la cualidad que caracteriza al auditor por el nivel de idoneidad y
habilidad profesional que ostenta para efectuar su labor acorde con los requerimientos y exigencias que
demanda el trabajo de auditoría.
NAGU. 1.20 Independencia
El auditor debe adoptar una actitud de independencia de criterio respecto de la entidad examinada y
se mantendrá libre de cualquier situación que pudiera señalarse como incompatible con su integridad y
objetividad.
La independencia de criterio es la cualidad que permite apreciar que los juicios formulados por el
auditor estén fundados en elementos objetivos de los aspectos examinados. El auditor deberá considerar no
solamente si es independiente y si sus actitudes y actividades le permiten proceder de acuerdo a ello, sino
también si existe motivo que pudiera dar lugar a que otros cuestionaran su independencia.
Deberá abstenerse de participar en la realización de una auditoría en caso de incompatibilidad o
conflictos de interés manifiestos. El auditor estará libre de impedimentos personales y profesionales para
garantizar una labor imparcial y objetiva en la entidad examinada. Se halla impedido de participar en la
ejecución de acciones de control en la entidad donde haya laborado anteriormente y que comprendan áreas
y/o aspectos en los cuales intervino o participó directa o indirectamente.
El auditor gubernamental se encuentra impedido de recibir beneficios en cualquier forma, para sí o
para otro, proveniente de personas naturales o jurídicas vinculadas a la entidad en la cual se efectúa la acción
de control. Tampoco deberá realizar actividad política partidaria durante el ejercicio funcional del cargo ni
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emitir opinión, intervenir o participar en actos de decisión, gestión o administración de la entidad donde
realice su examen.
En los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control se establecerán los mecanismos
adecuados que cautelen debidamente la independencia del auditor, que incluyan la presentación de una
manifestación personal de independencia.
NAGU. 1.30 Cuidado y Esmero Profesional
El auditor debe actuar con el debido cuidado profesional a efectos de cumplir con las normas de
auditoría durante la ejecución de su trabajo y en la elaboración del informe.
El debido cuidado y esmero profesional significa emplear correctamente el criterio para determinar
el alcance de la auditoría y para seleccionar los métodos, técnicas y procedimientos de auditoría que habrán
de aplicarse en ella. Implica también que basándose en su buen juicio, aplique correctamente las pruebas y
demás procedimientos de auditoría y evalúe los resultados para la preparación del informe correspondiente.
El auditor adquiere la capacidad, madurez de juicio y habilidad necesaria a base de la práctica
constante, bajo supervisión adecuada y entrenamiento permanente. Los niveles jerárquicos superiores
cautelarán que el personal a su cargo mantenga un desempeño y conducta funcional acorde con las normas
que rigen el Sistema Nacional de Control. En caso de apreciar un incumplimiento o trasgresión deberán
informar a los funcionarios competentes sobre dichos actos a fin que se apliquen las correspondientes medidas
correctivas.
NAGU. 1.40 Confidencialidad
El auditor gubernamental debe mantener absoluta reserva respecto a la información que conozca en
el transcurso de su trabajo.
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La confidencialidad conlleva mantener estricta reserva respecto al proceso y los resultados de la
auditoría, no revelando los hechos, datos y situaciones que sean de conocimiento del auditor por el ejercicio
de su actividad profesional. Sólo podrá acceder a la información relacionada con el examen, el personal
vinculado directamente con la dirección y ejecución del trabajo de auditoría.
En los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control se establecerán políticas orientadas a
asegurar la debida confidencialidad. Esta obligación subsistirá aún después de cesar en sus funciones. El
auditor gubernamental debe desarrollar sus actividades profesionales de acuerdo a los correspondientes
Códigos de Ética Profesional.
NAGU. 1.50 Participación de Profesionales y/o Especialistas
Integrarán el equipo de auditoría, en calidad de apoyo, los profesionales y/o especialistas que
ejercen sus actividades en campos diferentes a la auditoría gubernamental, cuando sus servicios se consideren
necesarios para el desarrollo del examen. De ser pertinente, los resultados de sus labores se incluirán en el
Informe o como anexos al mismo.
Los profesionales y/o especialistas, son personas naturales o jurídicas, que poseen idoneidad,
conocimiento y experiencia en determinado campo técnico distinto al ejercicio de la auditoría gubernamental,
cuyos servicios podrán ser utilizados de acuerdo a los objetivos y alcance del examen. Cuando se requiera el
trabajo del indicado personal de apoyo especializado, el auditor, previamente a su incorporación, debe
cerciorarse de su competencia y habilidad en sus respectivas especialidades.
Ejercerán su labor bajo la dirección del auditor encargado, estando obligados, bajo responsabilidad,
a sujetar su accionar a las normas de auditoría gubernamental en lo que resulte aplicable. Periódicamente
presentarán avances de su trabajo, debiendo al término del mismo alcanzar un Informe documentado, que
incluya las respectivas conclusiones, observaciones y recomendaciones, en concordancia con los objetivos del
examen y la normativa vigente.
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NAGU. 1.60 Control de Calidad
La Contraloría General de la República, los Órganos de Auditoría Interna conformantes del Sistema
Nacional de Control y las Sociedades de Auditoría designadas, deben establecer y mantener un adecuado
sistema interno de control de calidad que permita ofrecer seguridad razonable de que la auditoría se ejecuta en
concordancia con los objetivos, políticas, normas y procedimientos de auditoría gubernamental.
El control de calidad es el conjunto de políticas y procedimientos, así como los recursos técnicos
especializados para cerciorarse que las auditorías se realizan de acuerdo con las normas de auditoría
gubernamental.
Un apropiado sistema interno de control de calidad debe permitir obtener una razonable seguridad
de que:
Se cumplen las normas de auditoría gubernamental.
Se han establecido políticas y procedimientos de auditoría adecuados.
Se cumplen con requisitos de calidad profesional y.
Se lleva a cabo una capacitación y supervisión documentada.
Un sistema interno de control de calidad comprende el establecimiento de políticas y
procedimientos respecto a:
a) Controles generales de calidad, relativos al desarrollo de instrumentos técnicos normativos
básicos para la ejecución de la auditoría gubernamental; selección, capacitación y entrenamiento de los
auditores; y cualidades personales.
b) Controles durante el desarrollo de la auditoría, relativos a la supervisión sobre el trabajo
delegado en personal idóneo; dirección sobre el equipo de trabajo, con instrucciones adecuadas; e inspección
respecto al grado de aplicación de los procedimientos diseñados para mantener la calidad de los trabajos de
auditoría.
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c) Controles después de culminada la auditoría, relativos al establecimiento de políticas y
procedimientos para confirmar que los procedimientos de control de calidad han funcionado en forma
satisfactoria y asegurar la calidad de los informes.
1.2.3.3.2 NAGU. 2. Normas Relativas a la Planificación de la Auditoria Gubernamental
Este grupo de normas tiene por objeto establecer los criterios técnicos generales que permitan una
apropiada planificación de la auditoría en entidades sujetas al Sistema Nacional de Control, a fin de alcanzar
los objetivos propuestos.
Las normas que se presentan en los acápites siguientes, se refieren a: Planificación general,
planificación específica, programas de auditoría y archivo permanente.
NAGU. 2.10 Planificación General
La Contraloría General de la República y los Órganos de Auditoría Interna conformantes del
Sistema Nacional de Control, planificarán sus actividades de auditoría a través de sus Planes Anuales,
aplicando criterios de materialidad, economía, objetividad y oportunidad, y evaluarán periódicamente la
ejecución de sus planes.
El Plan Anual de Auditoría Gubernamental, es el documento que contiene el conjunto de
actividades de auditoría y el universo de entidades y/o áreas, según corresponda, a examinar durante el
período de un año y será elaborado en concordancia con las políticas y disposiciones establecidas por la
Contraloría General de la República.
El citado Plan es de naturaleza reservada, para cuyo efecto los niveles pertinentes adoptarán
medidas cautelatorias siendo obligación del personal vinculado con las acciones de auditoría, mantener una
absoluta confidencialidad de su contenido.
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El Contralor General, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley del Sistema Nacional de
Control, dicta los lineamientos de política que rigen la planificación de la Auditoría Gubernamental en
armonía con los Planes y Programas de Desarrollo Nacional y aprueba los Planes Anuales de Auditoría de las
entidades sujetas al Sistema.
En la Contraloría General cada unidad orgánica de línea planificará anualmente sus acciones. En el
caso de las entidades sujetas al Sistema lo efectuará el Jefe del Órgano de Auditoría Interna, de acuerdo a las
prioridades establecidas para el logro de los objetivos y metas institucionales o sectoriales según sea el caso.
Los Planes Anuales de Auditoría serán flexibles a fin de permitir cambios que previa autorización se
considere necesario efectuar de acuerdo a las circunstancias.
Los citados planes serán objeto de consolidación en el denominado Plan Nacional Anual de
Auditoría Gubernamental y serán elaborados de conformidad con los Objetivos y Lineamientos de Política
Institucional aprobados por la Contraloría General. La estructura del contenido de los planes, guardará
armonía con los objetivos y lineamientos de Política Institucional del Plan Nacional que apruebe la
Contraloría General de la República.
La Contraloría General y los Órganos de Auditoría Interna conformantes del Sistema evaluarán
periódicamente la ejecución de los Planes Anuales de Auditoría, formulando el correspondiente Informe.
Limitaciones al Alcance
Las Sociedades de Auditoría están exceptuadas del cumplimiento de la presente norma debido a la
naturaleza de su designación por la Contraloría General de la República.
NAGU. 2.2O Planificación Específica
El trabajo del auditor debe ser adecuadamente planificado a fin de asegurar la realización de una
auditoría de alta calidad y debe estar basado tanto en el conocimiento de la actividad que desarrolla la entidad
a examinar como de las disposiciones legales que la afectan.
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La planificación de una auditoría implica desarrollar una estrategia general para su conducción a fin
de asegurar que el auditor tenga un cabal conocimiento y comprensión de las actividades, sistemas de control
e información y disposiciones legales aplicables a la entidad; que le permitan evaluar el nivel de riesgo de
auditoría así como determinar y programar la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos a
aplicar.
La planificación de la auditoría debe incluir la evaluación de los resultados de la gestión de la
entidad a examinar, en relación a los objetivos, metas y programas previstos.
La información que necesita el auditor para planificar la auditoría varía de acuerdo con los
objetivos de la misma y con la entidad sujeta a examen. En determinados casos se puede realizar un estudio
preliminar de la entidad antes de preparar el plan para ejecutar el trabajo de campo. El estudio preliminar
constituye un método de apoyo eficaz para seleccionar las áreas específicas donde se va a practicar la
auditoría y para obtener información que habrá de utilizarse en la planificación. Es un proceso que permite
conseguir rápidamente información sobre la organización, programas, actividades y funciones de la entidad,
aunque sin someterla a una verificación detallada.
Al concluir la recolección y estudio de información el auditor documentará su trabajo mediante:
a. Descripción de las actividades de la entidad, resumidas en los papeles de trabajo, sustentadas con
la documentación obtenida de la entidad, como flujogramas sobre los procedimientos de las áreas más
significativas, etc.
b. Emisión de un Memorándum de Planificación cuya estructura básica contendrá:
Objetivos del examen, son los resultados que se espera alcanzar.
Alcance del examen, grado de extensión de las labores de auditoría que incluye áreas, aspectos y
períodos a examinar.
Descripción de las actividades de la entidad.
Normativas aplicables a la entidad, especialmente relacionadas con las áreas materia de evaluación.
Informes a emitir y fechas de entrega.
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Identificación de áreas críticas definiendo el tipo de pruebas a aplicar. Se efectúa en los casos de
objetivos predeterminados.
Puntos de atención, situaciones importantes a tener en cuenta durante la conducción del examen,
incluyendo denuncias que se hubieran recibido.
Personal, nombre y categoría de los auditores que conforman el equipo de auditoría. Asimismo, las
tareas asignadas a cada uno, de acuerdo a su capacidad y experiencia.
Funcionarios de la entidad a examinar.
Presupuesto de tiempo, por categorías, áreas y visitas.
Participación de otros profesionales y/o especialistas, de acuerdo a las áreas materia de evaluación.
Aspectos denunciados, referidos a hechos de importancia relacionados con la entidad a examinar.
La responsabilidad por la preparación del Memorándum de Planificación corresponde al auditor
encargado y al supervisor; la revisión y aprobación a los niveles gerenciales competentes.
En el caso de las entidades sujetas al Sistema, el Jefe del Órgano de Auditoría Interna aprobará el
Memorándum de Planificación.
NAGU. 2.30. Programas de Auditoría
Para cada auditoría gubernamental deben prepararse programas específicos que incluyan objetivos,
alcance de la muestra, procedimientos detallados y oportunidad de su aplicación; así como el personal
encargado de su desarrollo.
Los programas de auditoría comprenden una relación ordenada de procedimientos a ser aplicados
en el proceso de la auditoría, que permitan obtener las evidencias competentes y suficientes para alcanzar el
logro de los objetivos establecidos.
Se desarrollan a partir del conocimiento de la entidad y sus sistemas. El auditor se apoya en este
conocimiento para establecer la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos a aplicar. Su
flexibilidad debe permitir modificaciones, mejoras y ajustes que a juicio del auditor encargado y supervisor se
consideren pertinentes durante el curso de la auditoría.
- 37 -
Los programas de auditoría guían la acción del auditor y sirven como elemento para el control de la
labor realizada. Deben también permitir la evaluación del avance del examen y la correcta aplicación de los
procedimientos, cautelando que la consecución de los resultados esté de acuerdo con los objetivos propuestos.
El programa de auditoría debe ser lo suficientemente detallado de manera que sirva de guía y como medio
para controlar la adecuada ejecución del trabajo. La responsabilidad de la elaboración de los respectivos
programas corresponde al auditor encargado y supervisor.
NAGU. 2.40 Archivo Permanente
Para cada entidad sujeta a control se debe implantar, organizar y mantener actualizado el archivo
permanente.
El Archivo Permanente está conformado por un conjunto orgánico de documentos que contienen
copias y/o extractos de información de interés, de utilización continúa o necesaria para futuros exámenes,
básicamente relacionada con:
Orgánica de la entidad y normas legales que regulan su funcionamiento.
Ley Organigrama aprobado.
Reglamento de Organización y Funciones - ROF aprobado.
Manual de Organización y Funciones - MOF aprobado.
Manual de Procedimientos aprobado.
Flujo gramas de las principales actividades de la entidad .
Plan Operativo Institucional.
Presupuesto institucional, incluyendo modificaciones y evaluaciones.
Estados financieros.
Informes de auditoría.
Denuncias.
Plan Anual de Control, incluyendo reprogramaciones.
Informe de evaluación del Plan Anual.
Resumen de las decisiones más importantes adoptadas por la Alta Dirección.
Resoluciones y Directivas emitidas por la entidad.
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Convenios y Contratos trascendentes. Se actualizará periódicamente a fin de permitir su fácil
utilización, especialmente en la fase de planificación de las auditorías.
La responsabilidad de organizar el Archivo Permanente corresponde:
a) A las Gerencias de Línea de la Contraloría General.
b) A las Jefaturas de los Órganos de Auditoría Interna de las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control
Limitaciones al Alcance
El cumplimiento de esta norma no es de aplicación a las Sociedades de Auditoría debido a que sus
exámenes se supeditan a la designación de la Contraloría General, debiendo limitarse a mantener el archivo
correspondiente a las auditorías que hayan realizado en armonía con la normativa vigente.
1.2.3.3.3 NAGU 3. Normas Relativas a la Ejecución de la Auditoría Gubernamental
Este grupo está integrado esencialmente por normas utilizadas en la realización de la auditoría,
tienen el propósito que las pruebas y demás procedimientos que se seleccionen, según el criterio profesional
del auditor, sean apropiados en las circunstancias para cumplir los objetivos de cada auditoría.
Las normas que se establecen a continuación, están referidas a: Estudio y evaluación del control
interno, evaluación del cumplimiento de disposiciones legales y reglamentarias, supervisión del trabajo de
auditoría, evidencia suficiente, competente y relevante, papeles de trabajo, comunicación de observaciones y
carta de representación.
NAGU. 3.10 Estudio y Evaluación del Control Interno
Se debe efectuar un apropiado estudio y evaluación del control interno para identificar las áreas
críticas que requieren un examen profundo, determinar su grado de confiabilidad a fin de establecer la
naturaleza, alcance, oportunidad y selectividad de la aplicación de procedimientos de auditoría.
El sistema de control interno comprende el plan de organización, los métodos, procedimientos y la
función de auditoría interna establecidos dentro de una entidad pública, para salvaguardar su patrimonio
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contra el malgasto, pérdida y uso indebido, verificar la exactitud y veracidad de la información financiera y
administrativa, promover la eficiencia en las operaciones y, comprobar el cumplimiento de los objetivos y
políticas institucionales, así como de la normativa aplicable. Un apropiado sistema de control interno, también
permite detectar posibles deficiencias y aquellos aspectos relacionados con la existencia de delitos, de ser el
caso.
La administración de la entidad es responsable de implantar y mantener un sistema eficaz de
control interno, cuya estructura comprende:
a) Ambiente de control, que se refiere a la disposición general, actitud vigilante y acciones
adoptadas por parte de la administración con respecto al control y su importancia para la entidad.
b) Sistemas de información y registro, consiste en los métodos y registros establecidos para
identificar, reunir, analizar, clasificar, registrar e informar las transacciones de una entidad.
c) Procedimientos de control, consisten en las políticas y procedimientos adicionales establecidos
por la administración para lograr una razonable seguridad de que los objetivos específicos de la entidad serán
alcanzados.
El estudio y evaluación del sistema de control interno tiene por objeto conocer con mayor precisión
aquellos aspectos de importancia de la organización y funcionamiento de la entidad, así como, efectuar los
ajustes de los programas y la aplicación detallada de procedimientos de auditoría, especialmente en las áreas
críticas, que servirán como base para el establecimiento de los objetivos y alcance de la auditoría, la
formulación de recomendaciones a considerarse en el informe y la determinación del grado de confianza de
los controles implantados por la entidad.
El estudio y evaluación del sistema de control interno debe ser llevado a cabo de acuerdo al tipo de
auditoría que se ejecute, sea financiera, de gestión o se trate de exámenes especiales. Los auditores podrán
evaluar, hasta donde sea necesario para cumplir los objetivos de la auditoría, aquellas políticas,
procedimientos, prácticas y controles que sean aplicables a los programas, funciones y actividades que sean
materia de la auditoría.
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El relevamiento de información del sistema de control interno debe documentarse adecuadamente,
teniendo en cuenta la forma en que se presente la información y, el criterio del auditor.
La evaluación del sistema de control interno comprende dos etapas:
1. Obtención de información acerca de su funcionamiento.
2. Comprobación de que los controles identificados funcionan efectivamente y logran sus objetivos.
En caso de encontrarse computarizados los sistemas de información y registro, el auditor debe
establecer si los controles internos están funcionando apropiadamente, a fin de brindarle confianza respecto a
la integridad de los datos procesados mediante medios informáticos. Al término de ésta evaluación el auditor
emitirá el documento denominado Memorándum de Control Interno, el cual estará dirigido al titular de la
entidad.
NAGU. 3.20 Evaluación del Cumplimiento de Disposiciones Legales y Reglamentarias
En la ejecución de la auditoría gubernamental debe evaluarse el cumplimiento de las leyes y
reglamentos aplicables cuando sea necesario para los objetivos de la auditoría.
En el desarrollo de la auditoría gubernamental, la evaluación del cumplimiento de las leyes y
reglamentos es también importante debido a que los organismos, programas, servicios, actividades y
funciones gubernamentales se crean generalmente por ley y están sujetos a disposiciones legales y
reglamentarias más específicas que las que rigen en el sector privado. Dicha normativa establece, entre otros
aspectos, qué debe hacerse, quién debe hacerlo, las metas y objetivos por alcanzar, la población que se va a
beneficiar, cuánto y en qué deberá gastarse.
Las fuentes de información sobre las disposiciones legales son diversas. Una adecuada fuente
primaria constituye la entidad auditada, dado que conoce la legislación aplicable. Cuando la citada entidad
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reciba financiamiento de otro nivel gubernamental y se conozca su fuente, los auditores podrán recurrir a la
organización que suministre los fondos para obtener y/o verificar información relacionada con las normas
pertinentes.
Cuando sea necesario evaluar el cumplimiento de las leyes y reglamentos aplicables, el auditor
debe planificar la auditoría en tal forma que tenga una razonable seguridad de que se descubrirán posibles
abusos o actos ilícitos que puedan influir significativamente en los resultados de la auditoría.
El auditor no necesariamente está capacitado para investigar actos ilícitos de ciertos tipos que por
su especialización o complejidad competen a las autoridades responsables de investigar esa clase de hechos o
de aplicar las leyes correspondientes. No obstante, está obligado a conocer las características y tipos de los
riesgos potenciales del área auditada y de los actos ilícitos que puedan ocurrir en ella, para que esté en
posibilidad de identificar los indicios de que esos actos puedan haber ocurrido.
La ejecución de una auditoría de conformidad con las normas de auditoría gubernamental no será
garantía que habrán de descubrirse todos los abusos o actos ilícitos. El descubrimiento posterior de tales actos
ocurridos durante el período que haya sido objeto de la auditoría, tampoco significará, necesariamente, que el
desempeño del auditor fue inadecuado, a condición de que la auditoría se haya efectuado de acuerdo con las
normas de auditoría gubernamental establecidas.
NAGU. 3.30 Supervisión del Trabajo de Auditoría
El trabajo de auditoría debe ser apropiadamente supervisado para mejorar su calidad y cumplir los
objetivos propuestos. La supervisión es un proceso técnico que consiste en dirigir y controlar la auditoría
desde su inicio hasta la aprobación del informe por el nivel competente.
En la auditoría gubernamental, la supervisión será ejercida por el auditor encargado, el supervisor y
los niveles inmediatos superiores vinculados directamente con el proceso del examen.
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La supervisión se aplicará al planificar, ejecutar y elaborar el correspondiente informe de auditoría.
Se debe dejar evidencia de la labor de supervisión que permita establecer la oportunidad y el aporte técnico al
trabajo de auditoría.La cantidad de trabajos de auditoría a supervisar dependerá de los objetivos y alcance de
la auditoría, complejidad del trabajo, y condiciones externas, como la distancia de las entidades a examinar.
NAGU. 3.40 Evidencia Suficiente, Competente y Relevante
El auditor debe obtener evidencia suficiente, competente y relevante mediante la aplicación de
pruebas de control y procedimientos sustantivos que le permitan fundamentar razonablemente los juicios y
conclusiones que formule respecto al organismo, programa, actividad o función que sea objeto de la auditoría.
La evidencia deberá someterse a prueba para asegurarse que cumpla los requisitos básicos de
suficiencia, competencia y relevancia. Los papeles de trabajo deberán mostrar los detalles de la evidencia y
revelar la forma en que se obtuvo.
Características de la Evidencia
a. Suficiencia
Es suficiente la evidencia objetiva y convincente que basta para sustentar los hallazgos,
conclusiones y recomendaciones del auditor. La evidencia será suficiente cuando por los resultados de la
aplicación de una o varias pruebas, el auditor podrá adquirir certeza razonable que los hechos revelados se
encuentran satisfactoriamente comprobados. Para determinar si la evidencia es suficiente se requiere aplicar el
criterio profesional. Cuando sea conveniente, se podrá emplear métodos estadísticos con ese propósito.
b. Competencia
Para que sea competente, la evidencia debe ser válida y confiable. A fin de evaluar la competencia
de la evidencia, el auditor deberá considerar cuidadosamente si existen razones para dudar de su validez o de
su integridad. De ser así, deberá obtener evidencia adicional o revelar esa situación en su informe.
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Los siguientes supuestos constituyen criterios útiles para juzgar si la evidencia es competente, si
bien no deberán considerarse suficientes para determinar la competencia. La evidencia que se obtiene de
fuentes independientes es más confiable que la obtenida del propio organismo auditado. La evidencia que se
obtiene cuando se ha establecido un sistema de control interno apropiado es más confiable que aquélla que se
obtiene cuando el sistema de control interno es deficiente, no es satisfactorio o no se ha establecido. La
evidencia que se obtiene físicamente mediante un examen, observación, cálculo o inspección es más confiable
que la que se obtiene en forma indirecta. Los documentos originales son más confiables que sus copias. La
evidencia testimonial que se obtiene en circunstancias que permite a los informantes expresarse libremente
merece más crédito que aquélla que se obtiene en circunstancias comprometedoras (por ejemplo, cuando los
informantes pueden sentirse intimidados).
c. Relevancia
Se refiere a la relación que existe entre la evidencia y su uso. La información que se utilice para
demostrar o refutar un hecho será relevante si guarda una relación lógica y patente con ese hecho. Si no lo
hace, será irrelevante y, por consiguiente, no deberá incluirse como evidencia.
Cuando lo estimen conveniente, el auditor deberá obtener de los funcionarios de la entidad auditada
declaraciones por escrito respecto a la relevancia y competencia de la evidencia que haya obtenido.
Clasificación de la Evidencia
a. Evidencia física
Se obtiene mediante inspección u observación directa de actividades, bienes o sucesos. La
evidencia de esta naturaleza puede presentarse en forma de memorándum (donde se resumen los resultados de
la inspección o de la observación), fotografías, gráficos, mapas o muestras materiales.
b. Evidencia documental
Consiste en información elaborada, como la contenida en cartas, contratos, registros de
contabilidad, facturas y documentos de la administración relacionados con su desempeño.
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c. Evidencia testimonial
Se obtiene de otras personas en forma de declaraciones hechas en el curso de investigaciones o
entrevistas. Las declaraciones que sean importantes para la auditoría deberán corroborarse, siempre que sea
posible, mediante evidencia adicional. También será necesario evaluar la evidencia testimonial para
cerciorarse que los informantes no hayan estado influidos por prejuicios o tuvieran sólo un conocimiento
parcial del área auditada.
d. Evidencia analítica
Comprende cálculos, comparaciones, razonamiento y separación de la información en sus
componentes.
Confiabilidad de la Evidencia Proveniente de Sistemas Computarizados
Cuando la información procesada por medios electrónicos constituya una parte importante o
integral de la auditoría y su confiabilidad sea esencial para cumplir los objetivos del examen, el auditor deberá
cerciorarse de la relevancia y de la confiabilidad de esa información.
Para determinar la confiabilidad de la información, el auditor:
a) Podrá efectuar una revisión de los controles generales de los sistemas computarizados y de los
relacionados específicamente con sus aplicaciones, que incluya todas las pruebas que sean permitidas; o
b) Si no revisa los controles generales y los relacionados con las aplicaciones o comprueba que esos
controles no son confiables, podrá practicar pruebas adicionales o emplear otros procedimientos.
Cuando el auditor utilice datos procesados por medios electrónicos o los incluya en su informe a
manera de antecedentes o con fines informativos, por no ser significativos para los resultados de la auditoría,
bastará generalmente que en el informe se cite la fuente de esos datos para cumplir las normas relacionadas
con la exactitud e integridad de su informe.
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NAGU. 3.50 Papeles de Trabajo
El auditor gubernamental debe organizar un registro completo y detallado de la labor efectuada y
las conclusiones alcanzadas, en forma de papeles de trabajo. Los papeles de trabajo constituyen el vínculo
entre el trabajo de planeamiento y ejecución, y el informe de auditoría. Por tanto, deberán contener la
evidencia necesaria para fundamentar los hallazgos, opiniones y conclusiones que se presenten en el informe.
Podrán incluir cintas, fotos, películas y discos.
No hay nada que sustituya a una comprensión adecuada de los objetivos de la auditoría, las razones
por las cuales se emprenderá determinada tarea y la forma en que esa tarea contribuirá al cumplimiento de los
objetivos. Esa comprensión se logra cuando el auditor dispone de papeles de trabajo debidamente planificados
y organizados y, reciben instrucciones idóneas de sus supervisores. La práctica de indicar claramente en los
papeles de trabajo los fines que se persigan será muy útil para asegurarse que la información obtenida estará
relacionada directamente con los objetivos de la auditoría y del informe correspondiente.
Propósito
a. Contribuir a la planificación y realización de la auditoría.
b. Proporcionar el principal sustento del informe del auditor.
c. Permitir una adecuada ejecución, revisión y supervisión del trabajo de auditoría.
d. Constituir la evidencia del trabajo realizado y el soporte de las conclusiones, comentarios y
recomendaciones incluidas en el informe.
e. Permitir las revisiones de calidad de la auditoría.
Requisitos
a. Ser completos y exactos, con objeto de que permitan sustentar debidamente los hallazgos,
opiniones y conclusiones y demostrar la naturaleza y el alcance del trabajo realizado. La concisión es
importante, pero no deberá sacrificarse la claridad y la integridad con el único fin de ahorrar tiempo o papel.
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b. Deben ser lo suficientemente claros, comprensibles y detallados para que un auditor
experimentado, que no haya mantenido una relación directa con la auditoría, esté en capacidad de
fundamentar las conclusiones y recomendaciones, mediante su revisión. No deben requerir de explicaciones
orales.
c. Ser legibles y ordenados, pues de lo contrario podrían perder su valor como evidencia.
d. Deben contener información relevante, esto es, limitarse a los asuntos que sean pertinentes e
importantes para cumplir los objetivos del trabajo encomendado.
Contenido
La forma y contenido de los papeles de trabajo se ven afectados por factores tales como:
a. La naturaleza de la auditoría.
b. El tipo de informe a emitir.
c. La naturaleza y complejidad de la actividad de la entidad.
Como regla general, los papeles de trabajo deben contener:
a. El Memorándum de Planificación y los Programas de Auditoría, que deben estar debidamente
referenciados a los papeles de trabajo.
b. Objetivos, alcance y metodología, incluyendo los criterios usados para la selección de las
muestras.
c. Indicación de la manera como se ha obtenido la información, con referencia a los documentos
base y las personas que la facilitaron (fuentes).
d. Documentación del trabajo que sustente las conclusiones y juicios significativos.
e. Índices, referencias, cédulas y resúmenes adecuados.
f. Conclusiones sobre cada uno de los componentes en que se divida el examen.
g. Fecha y firma de la persona que los preparó.
h. Evidencia de las revisiones efectuadas al supervisar el trabajo realizado.
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Propiedad y Custodia de los Papeles de Trabajo
Los papeles de trabajo son propiedad de los órganos conformantes del Sistema Nacional de
Control, y de las Sociedades de Auditoría cuyos exámenes practicados contaron con la autorización de la
Contraloría General.
El auditor cautelará la integridad de los papeles de trabajo, debiendo asegurar en todo momento y
bajo cualquier circunstancia, el carácter secreto de la información contenida en los mismos.
NAGU. 3.60 Comunicación de Observaciones
Durante el proceso de la auditoría, el auditor encargado debe comunicar oportunamente las
observaciones a los funcionarios y servidores de la entidad examinada comprendidos en los hechos
observados, a fin que en un plazo perentorio establecido, presenten sus descargos sustentados
documentariamente, para su oportuna evaluación y consideración en el informe correspondiente.
Las observaciones se refieren a los hallazgos determinados como resultado de la aplicación de los
procedimientos de auditoría en armonía con los objetivos establecidos, y constituyen las deficiencias o
irregularidades evidenciadas técnicamente en la entidad auditada.
Las observaciones fundamentan las conclusiones y recomendaciones del informe, y deben cumplir
los siguientes requisitos:
a. Estar basadas en hechos y respaldadas con evidencias.
b. Ser objetivas.
c. Estar fundamentadas en una labor suficiente que sirva de soporte para las conclusiones y
recomendaciones.
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El auditor gubernamental debe desarrollar sus hallazgos y constarán en los papeles de trabajo,
debidamente referenciados y documentados. Para revelar completa y claramente los hallazgos, éstos contarán
necesariamente con los atributos de: Condición, Criterio, Causa y Efecto
La comunicación de observaciones es el proceso mediante el cual el auditor, una vez evidenciados
los hallazgos, cumple en forma inmediata con darlos a conocer a los funcionarios y servidores de la entidad
examinada comprendidos en los hechos, para que presenten sus respectivos descargos documentados. El
auditor encargado debe comunicar las observaciones a fin de otorgar el ejercicio del derecho de defensa de las
personas comprendidas en las mismas, en observancia a las disposiciones legales vigentes. La comunicación
se efectúa por escrito en forma reservada y directa, debiendo acreditarse su recepción.
La referida acción permite al auditor contar con los elementos de juicio que sustenten de manera
suficiente y competente los comentarios, conclusiones y recomendaciones del Informe de Auditoría. La
alusión a los funcionarios y servidores a que se refiere la norma, se extiende también a las personas que ya no
se encuentren laborando en la entidad examinada. El auditor encargado y supervisor son responsables de
elaborar la comunicación de observaciones.
La observación a ser comunicada estará referida a hechos que revistan materialidad de acuerdo a lo
previsto en el Memorándum de Planificación. El plazo para la entrega de los descargos es perentorio y será
establecido a criterio del auditor encargado, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.
En caso de no ser ubicados los funcionarios y servidores comprendidos en los hechos observados
serán notificados en el diario oficial u otro de mayor circulación en la que se encuentre la entidad auditada. La
no presentación de los descargos por parte del servidor o funcionario público dentro del plazo previsto debe
revelarse en el informe, así como los hechos materia de la observación. El auditor encargado y el supervisor
son responsables de la oportuna evaluación de los descargos recibidos, los cuales serán archivados en los
papeles de trabajo y referenciados adecuadamente. Se consignará un párrafo sobre el cumplimiento de la
comunicación de observaciones en la Introducción del Informe.
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NAGU. 3.70 Carta de Representación
El auditor debe obtener una carta de representación del titular y/o del nivel gerencial competente de
la entidad auditada. La carta de representación es el documento por el cual el titular y/o nivel gerencial
competente de la entidad auditada reconoce haber puesto a disposición del auditor la información requerida,
así como cualquier hecho significativo ocurrido durante el período bajo examen y hasta la fecha de
terminación del trabajo de campo. Si el titular y/o niveles gerenciales se rehusaran a proporcionar al auditor el
citado requerimiento, dicha situación se revelará en el informe de auditoría.
1.2.3.3.4 NAGU. 4. Normas Relativas al Informe de Auditoría Gubernamental
Este grupo de normas establecen los criterios técnicos para el contenido, elaboración y presentación
del Informe de Auditoría Gubernamental relacionado con la auditoría de gestión y exámenes especiales. Las
Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas - NAGA y las Normas Internacionales de Auditoría - NIA, que
rigen a la profesión contable en el país, son aplicables a todos los aspectos de contenido, elaboración y
presentación del Informe de Auditoría Financiera Gubernamental.
Las normas agrupadas en el presente acápite también pueden ser aplicables a algunas auditorías
financieras. Las normas que se mencionan a continuación regulan la formulación del informe, estableciendo
la forma escrita, la oportunidad, presentación y contenido del informe; y el informe especial.
NAGU 4.10 Forma Escrita
Los auditores deben preparar informes de auditoría por escrito para comunicar los resultados de
cada examen.
No es propósito de esta norma limitar o evitar la discusión de los hallazgos, juicios, conclusiones y
recomendaciones con personas responsables de la entidad o del área auditada. Por el contrario, se recomienda
ampliamente las discusiones de esa naturaleza. Sin embargo, deberá prepararse un informe por escrito
independientemente de que se hayan llevado a cabo esas discusiones.
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Los informes por escrito son necesarios para:
a. Comunicar los resultados de las auditorías a funcionarios de los niveles apropiados de gobierno.
b. Reducir el riesgo de los resultados sean erróneamente interpretados.
c. Poner a disposición de las autoridades pertinentes los resultados del examen.
d. Facilitar el seguimiento de los hallazgos y recomendaciones para verificar que se hayan adoptado
las medidas correctivas apropiadas.
NAGU. 4.20 Oportunidad del Informe
Los informes de auditoría deben emitirse lo más pronto posible a fin que su información pueda ser
utilizada oportunamente por el titular de la entidad examinada y/o funcionarios de los niveles apropiados del
gobierno.
A fin de que sea de la mayor utilidad posible, el informe debe ser oportuno para lo cual es
importante el cumplimiento de las fechas programadas para las distintas fases de la auditoría. Un informe
preparado cuidadosamente puede ser de escaso valor para quienes se encarguen de tomar las decisiones si se
recibe demasiado tarde. El auditor debe prever la emisión oportuna del informe y tener presente ese propósito
al ejecutar la auditoría.
NAGU. 4.30 Presentación del Informe
El informe debe ser preparado en lenguaje sencillo y fácilmente entendible, tratando los asuntos en
forma concreta y concisa, los que deben coincidir de manera exacta y objetiva con los hechos observados.
El auditor no debe suponer que el usuario del informe posee conocimientos detallados sobre los
temas incluidos en el mismo. Para que un informe sea conciso no debe ser más extenso de lo necesario para
transmitir su mensaje, por tanto requiere:
a. Un adecuado uso de las palabras, según su significado, excluyendo las innecesarias;
b. La inclusión de detalles específicos cuando fuere necesario a juicio del auditor.
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En el informe no deben omitirse asuntos importantes, ni utilizarse palabras ni conceptos superfluos
que lleven a interpretaciones erradas. Es importante que el auditor tenga en cuenta que un exceso de detalles
puede confundir al usuario e incluso ocultar el objetivo principal del informe.
La exactitud requiere que la evidencia presentada sea verdadera y que los hallazgos sean
correctamente expuestos. Se basa en la necesidad de asegurarse que la información que se presente sea
confiable a fin de evitar errores que podrían restar credibilidad y generar el cuestionamiento y validez
sustancial del informe.
Los hechos deben ser presentados de manera objetiva y ponderada, es decir, con la suficiente
información que permita al usuario una adecuada interpretación de los asuntos mencionados.
NAGU. 4.40 Contenido del Informe
Al finalizar el trabajo, el auditor debe elaborar un informe en el cual expondrá apropiadamente los
resultados del examen, señalando que se realizó de acuerdo a las normas de auditoría gubernamental. Esta
norma tiene por finalidad regular el contenido de los informes de auditoría financiera (informe largo), de
gestión y de otros tipos que se deriven de las mismas, tales como exámenes especiales, asegurando la
uniformidad en su denominación y estructura, así como una exposición clara y precisa de los resultados del
examen.
Adicionalmente, se emitirá una Síntesis Gerencial del Informe.
Contenido Del Informe
El informe deberá presentar la siguiente estructura:
I. Introducción
Comprenderá la información general concerniente al examen y a la entidad examinada.
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A. Información Relativa al Examen
1. Motivo del examen
Estará referido a las causas que originan la acción de control, así como la referencia al documento
de acreditación. Deberán exponerse las razones por las cuales se llevó a cabo la auditoría.
2. Naturaleza y Objetivos
En este rubro se precisará la naturaleza o tipo de examen a efectuar, ya sea que se trate de una
Auditoría de Gestión, Financiera o Examen Especial. Los objetivos están referidos a lo que espera lograrse
como resultado del examen. Al exponerlos se darán a conocer los límites de la auditoría, a fin de evitar
interpretaciones erróneas en los casos en que los objetivos hayan sido particularmente limitados o puntuales
sobre determinados aspectos de la gestión.
3. Alcance
Se dejará constancia que el trabajo se realizó de acuerdo con las Normas de Auditoría
Generalmente Aceptadas y las Normas de Auditoría Gubernamental. Deberá indicarse claramente la cobertura
y profundidad del trabajo que se haya realizado para cumplir los objetivos de la auditoría, precisándose el
período examinado, el ámbito geográfico donde se haya practicado la auditoría y las áreas materia de examen.
De ser el caso, el auditor revelará las limitaciones al alcance que se presenten en el proceso del
trabajo. Si se emplean datos que no hayan sido verificados, ese hecho deberá manifestarse. También deberán
revelarse las modificaciones efectuadas al enfoque de la auditoría, como consecuencia de las limitaciones de
la información o del alcance de la auditoría.
4. Comunicación de Observaciones
Se dará a conocer el cumplimiento de la comunicación de observaciones efectuada a los
funcionarios de la entidad comprendidos en las mismas.
B. Información Relativa a la Entidad Examinada
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1. Antecedentes y Base Legal
Se deberá hacer una breve referencia en torno a la creación de la entidad, su estructura organizativa,
las principales actividades que desarrolla y al área examinada. En la base legal se precisará la referencia a las
disposiciones legales que la regulan.
2. Relación de las personas comprendidas en las observaciones
Está referido al personal de la entidad auditada comprendido en las observaciones, el cual se
consignará en un anexo del informe, con indicación de nombres y apellidos, cargo, período de gestión,
condición laboral y dirección domiciliaria.
3. Posición financiera, económica y presupuestaria
Teniendo en cuenta el tipo de examen que se realice, a criterio del auditor, se incluirán el balance
general, estado de pérdidas y ganancias, balance de ejecución presupuestal u otros, según corresponda.
II. Conclusiones
En este rubro el auditor deberá expresar sus conclusiones, que son juicios de carácter profesional
basados en las observaciones resultantes del examen efectuado. Las conclusiones estarán referidas a la
evaluación de los resultados de gestión de la entidad examinada, en cuanto al logro de los objetivos, metas y
programas, así como a la utilización de los recursos públicos, en términos de economía, eficiencia y eficacia.
Asimismo, en las conclusiones se deberá indicar la determinación de la naturaleza de la responsabilidad en la
que incurran los funcionarios o servidores públicos, sea administrativa, civil o penal. De acuerdo a la
competencia funcional de los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control, cuando la
responsabilidad es de carácter penal, ésta debe ser revelada en términos de presunción de delito. Al final de
cada conclusión se hará referencia al número correspondiente a la observación en la cual se expone el hecho
con todos los detalles.
III. Observaciones
En esta parte del informe, se debe revelar:
Toda aquella información que a juicio del auditor, permita conocer hechos o circunstancias que
incidan significativamente en la gestión de la entidad auditada, tales como el reconocimiento de las
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dificultades o circunstancias en las que se desenvolvieron los responsables de dicha gestión, en los supuestos
en que esto suceda, sin perjuicio de la observancia de los requisitos de objetividad e imparcialidad que deben
guiar al auditor en la elaboración de su informe. Las observaciones derivadas del examen.
Los aspectos principales que deben tenerse en cuenta al redactar las observaciones serán:
1. Las observaciones estarán referidas a asuntos significativos e incluirán información suficiente y
competente relacionada con los resultados de la evaluación efectuada a la gestión de la entidad examinada, así
como el uso de los recursos públicos, en términos de economía, eficiencia y eficacia.
2. Igualmente deberá incluir la información necesaria respecto a los antecedentes a fin de facilitar la
comprensión de las observaciones.
3. El término observación está referido a cualquier situación deficiente y relevante que se determine
de la aplicación de procedimientos de auditoría y estará estructurada de acuerdo con los atributos (condición,
criterio, causa y efecto) que se considere de interés para la entidad examinada.
Cada observación deberá redactarse en forma narrativa, teniendo en cuenta para su presentación los
aspectos siguientes:
a. Sumilla.- Se refiere al título que utiliza el hecho observado.
b. Condición.- Este término se refiere a la descripción de la situación irregular o deficiencia
hallada, cuyo grado de desviación debe ser demostrada.
c. Criterio.- Son las normas transgredidas de carácter legal, operativo o de control que regulan el
accionar de la entidad examinada. El desarrollo del criterio en la presentación de la observación debe citar
específicamente la normativa pertinente y el texto aplicable de la misma.
d. Causa.- Es la razón fundamental por la cual ocurrió la condición, o el motivo por el que no se
cumplió el criterio o norma. Su identificación requiere de la habilidad y juicio profesional del auditor y es
necesaria para el desarrollo de una recomendación constructiva que prevenga la recurrencia de la condición.
e. Efecto.- Es la consecuencia real o potencial, cuantitativa o cualitativa, que ocasiona el hallazgo,
indispensable para establecer su importancia y recomendar a la Administración que tome las acciones
requeridas para corregir la condición. Siempre y cuando sea posible, el auditor debe revelar en su informe la
cuantificación del efecto.
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4. Al término del desarrollo de cada observación, se indicarán de modo sucinto los descargos que
presenten las personas comprendidas en la misma, así como la opinión del auditor después de evaluar los
hechos observados y los descargos recibidos.
5. Si durante el examen el auditor aprecia logros notables en la entidad auditada y que tengan
relación con el alcance y objetivos de la auditoría, a su juicio podrá decidir su inclusión en los comentarios
del informe.
6. Tratándose de la existencia de posibles delitos el auditor debe deslindar y determinar el tipo de
responsabilidad que corresponda a los presuntos implicados, contando para ello con una adecuada
coordinación con la asesoría legal.
IV. Recomendaciones
Las recomendaciones constituyen las medidas sugeridas a la Administración de la entidad
examinada, orientadas a promover la superación de las observaciones o hallazgos emergentes de la evaluación
de la gestión. Serán dirigidas a los funcionarios públicos que tengan competencia para disponer su aplicación.
El informe debe contener recomendaciones constructivas que, fundamentadas en los hallazgos y
conclusiones correspondientes, propicien la adopción de correctivos que posibiliten mejorar
significativamente la gestión y/o el desempeño de los funcionarios y servidores públicos, con énfasis en el
logro de los objetivos, metas y programas de la entidad auditada dentro de parámetros de economía, eficiencia
y eficacia. Las recomendaciones deben estar encaminadas a superar las causas de los problemas observados,
se referirán a acciones específicas y estarán dirigidas a quienes corresponde emprender esas acciones.
Además, es necesario que las medidas que se recomienden sean factibles de implantar y que su costo
corresponda a los beneficios esperados.
Las recomendaciones deberán contener la descripción de cursos de acción para optimizar el
cumplimiento de metas y objetivos institucionales, sectoriales y nacionales. Al formular las recomendaciones
se enfatizará en precisar las medidas necesarias para la acción correctiva, aplicando criterios de oportunidad,
de acuerdo a la naturaleza de las observaciones. Se incluirán recomendaciones para que se cumplan las leyes
y reglamentos aplicables y se mejoren los controles internos cuando sean significativos los casos de
incumplimiento y las deficiencias de control observadas. También se deberán incluir en este rubro las
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recomendaciones significativas determinadas en auditorías anteriores que no se hayan corregido y estén
relacionadas con los objetivos del examen.
Anexos
A fin de lograr el máximo de concisión y claridad en el informe, se utilizarán los anexos
indispensables que complementen o amplíen la información de importancia contenida en el mismo. Pueden
estar referidos, entre otros aspectos, a los fundamentos de los descargos presentados por las personas
comprendidas en los hechos observados, a los informes técnicos y legales, según la naturaleza de los
hallazgos, y a los estados financieros consolidados, en caso de no haber sido auditados.
Firma
El informe deberá ser firmado por el auditor encargado, el supervisor y el nivel gerencial
correspondiente de la Contraloría General de la República. En el caso de los órganos de auditoría interna del
Sistema Nacional de Control, por el auditor encargado, el supervisor y el jefe del respectivo órgano. De
ameritarlo, el informe también será suscrito por el asesor legal u otro profesional y/o especialista.
NAGU. 4.50 Informe Especial
Cuando en la ejecución del trabajo de auditoría, se evidencien indicios razonables de comisión de
delito, en cautela de los intereses del Estado, el auditor, sin perjuicio de la continuidad del respectivo examen,
debe emitir con la celeridad del caso, un Informe Especial con el respectivo sustento técnico y legal, para que
se efectúen las acciones pertinentes en forma inmediata en las instancias correspondientes.
La aplicación de esta norma permitirá al auditor que con base en su juicio profesional y en
observancia de las normas legales aplicables, ejerza su labor en los casos de evidenciarse indicios razonables
de comisión de delito durante el desarrollo de su trabajo en la entidad auditada. La instancia correspondiente
será la Procuraduría, en el caso que la auditoría sea realizada por la Contraloría General de la República; las
Fiscalías, y/o Procuraduría adscrita al sector respectivo, cuando los exámenes sean efectuados por los órganos
de auditoría interna conformantes del Sistema y Sociedades de Auditoría designadas.
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En la misma fecha de iniciados los trámites en la Procuraduría y/o Fiscalía, según corresponda, los
citados órganos de auditoría y las Sociedades de Auditoría, remitirán un ejemplar del informe especial a la
Contraloría General y, a juicio del auditor, al titular de la entidad, siempre que éste último no se encuentre
comprendido en los indicios razonables de comisión de delito.
La emisión del informe especial, no exime al auditor de su obligación de recomendar medidas
inmediatas, en cautela de la recuperación del patrimonio del Estado. En la preparación del informe especial se
tendrá en cuenta básicamente la estructura que tiene el informe de auditoría gubernamental.
1.2.4 PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA
Mediante la aplicación aislada de una técnica de auditoría no es posible obtener el conocimiento y
los elementos de juicio para tener la certeza necesaria de apoyar las conclusiones y recomendaciones
derivadas de la revisión practicada; esto se logra por medio de la aplicación concurrente de varias pruebas
diferentes a la misma partida o al grupo de hechos o circunstancias.
Los procedimientos de auditoría constituyen el conjunto de técnicas que utiliza el auditor para
realizar su examen a una o varias partidas de los estados financieros de una empresa o dependencia y
fundamentar las bases principales para emitir una opinión objetiva y profesional sobre el trabajo desarrollado.
Debido a que generalmente el auditor no puede obtener el conocimiento suficiente para
fundamentar su opinión en una sola prueba, es necesario examinar cada partida o conjunto de hechos
mediante varias técnicas de aplicación simultánea o sucesiva.
Los diferentes sistemas de organización, control, contabilidad y en general, los detalles de
operación de las empresas o dependencias impiden establecer sistemas rígidos de pruebas para el examen de
los estados financieros. Por esta razón, con base en su criterio profesional el auditor deberá elegir la técnica o
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procedimientos de auditoría que aplicaran en cada caso para obtener la certeza moral que fundamente una
opinión objetiva y profesional.
La extensión o alcance de los procedimientos de auditoría obedecen al hecho de que muchas de las
operaciones de una empresa o entidad son repetitivas y forman cantidades numerosas de operaciones
individuales, por lo que no es posible efectuar un examen detallado de todas las partidas individuales que
forman una partida global. Por esta razón, al cumplir con los requisitos de multiplicidad de partidas y
similitud entre ellas, se examina una muestra representativa de las partidas individuales para obtener del
resultado del examen de esa muestra una opción general sobre la partida global. Este procedimiento no es
exclusivo de la auditoría, ya que es aplicable a otras disciplinas, se le conoce con el nombre de pruebas
selectivas.
A la relación de las partidas examinadas con el total de las partidas individuales que forman el
universo, se le conoce como extensión o alcance de los procedimientos de auditoría y su determinación es uno
de los elementos más importantes en la planeación de la revisión.
Al período en que se aplican los procedimientos de auditoría se le llama oportunidad.
Una prueba de auditoría puede ser adecuada en un caso, pero no en otro. Es por eso que los
procedimientos de auditoría deben ser congruentes con las características de la empresa o entidad en revisión
y específicamente con la partida o conjunto de partidas sujetas a examen.
El juicio, la experiencia y el criterio profesional del auditor son elementos que determinan la
combinación de técnicas o pruebas mas adecuadas para lograr la evidencia pertinente, suficiente y competente
que le de la certeza moral necesaria para fundamentar sus observaciones y recomendaciones. Con esto lograra
que sus informes de auditoría sean claros, objetivos, precisos y constructivos
1.2.5 LA AUDITORÍA EN LOS ORGANISMOS DEL SECTOR PÚBLICO DEL GOBIERNO DEL
DISTRITO FEDERAL
Como el objeto del presente estudio se enfoca a una entidad federativa, en este caso al Gobierno del
Distrito Federal, nos permitimos hacer una descripción detallada de la composición orgánica de la
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administración pública local, para correlacionarla con la revisión de la cuenta pública misma que abarca la
estructura orgánica del Gobierno del Distrito Federal y se integran por las dependencias de administración
pública centralizada, desconcentrada, entidades y órganos Autónomos.
La Composición de la Administración Pública se rige de acuerdo al artículo 15 de la Ley Orgánica
de la Administración Pública del Distrito Federal el cual cita lo siguiente: “El jefe de Gobierno se auxiliará
en el ejercicio de sus atribuciones, que comprende el estudio, planeación y despacho de los negocios del
orden administrativo, en los términos de esta ley, de las siguientes dependencias: 11
I. Secretaría de Gobierno.
II. Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.
III. Secretaría de Desarrollo Económico.
IV. Secretaría del Medio Ambiente.
V. Secretaría de Obras y Servicios.
VI. Secretaría de Desarrollo Social.
VII. Secretaría de Salud.
VIII. Secretaría de Finanzas.
IX. Secretaría de Transporte y Vialidad.
X. Secretaría de Seguridad Pública.
XI. Secretaría de Turismo.
XII. Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.
XIII. Oficialía Mayor.
XIV. Contraloría General del Distrito Federal.
XV. Consejería Jurídica y de Servicios Legales.
De acuerdo a la necesidad de organización y funcionamiento del Gobierno del Distrito Federal y
para atender la administración pública a continuación se describe la competencia de cada una de ellas. 12
Secretaría de Gobierno, corresponde el despacho de la materia relativa al gobierno; relaciones con
los estados y municipios, la coordinación metropolitana; trabajo y previsión social; seguimiento de funciones
11 Este artículo se relaciona con la atención de necesidades básicas de los habitantes de la Ciudad, ya que se señala que la Administración Pública del Distrito Federal tendrá a su cargo los servicios públicos que la Ley establezca. 12 Competencias establecidas en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, Capítulo II de la Competencia de las Secretarias, de la Oficialía Mayor, de la Contraloría General del Distrito Federal y de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales.
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desconcentradas de las Delegaciones del Distrito Federal; reclusorios y centros de readaptación social;
protección civil, regularización de la tenencia de la tierra y acción cívica.
Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, compete el despacho de las materias relativas a la
reordenación y desarrollo urbano, así como la promoción inmobiliaria.
Secretaría de Desarrollo Económico, toca el despacho de las materias relativas al desarrollo y
regulación de las actividades económicas en los sectores agropecuarios, industrial, comercial y de servicios.
Secretaría del Medio Ambiente, tiene a su cuidado la formulación, ejecución y evaluación de la
política del Distrito Federal en materia ambiental y de recursos naturales.
Secretaría de Obras y Servicios, elabora el despacho de las materias relativas a la normatividad
de obras públicas y servicios urbanos, la construcción y operación hidráulica; los proyectos y construcciones
de las obras del sistema de transporte colectivo; los proyectos de construcción de obras públicas, así como
proponer la política de tarifas y prestar el servicio de agua potable.
Secretaría de Desarrollo Social, trabaja en el despacho de las materias relativas a: desarrollo
social, alimentación, educación, promoción de la equidad, cultura, recreación, deporte, administración de
zoológicos, información social y servicios sociales comunitarios.
Secretaría de Salud, atiende el despacho de las materias relativas a la formulación, ejecución,
operación y evaluación de las políticas de salud del Distrito Federal.
Secretaría de Finanzas, corresponde el despacho de las materias relativas al desarrollo de las
políticas de ingresos y administración tributaria, la programación, presupuesto y evaluación del gasto público
del Distrito Federal, así como representar el interés del Distrito Federal en controversias fiscales y en toda
clase de procedimientos administrativos ante los tribunales en los que se controvierta el interés fiscal de la
Entidad.
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Secretaría de Transporte y Vialidad, compete el despacho de las materias relativas al desarrollo
integral del transporte, control de auto transporte urbano, así como la planeación y operación de las
vialidades.
Secretaría de Turismo, toca el despacho de las materias relativas al desarrollo y regulación de la
actividad económica en el sector turismo en el ámbito del Distrito Federal.
Oficialía Mayor, compete el despacho de las materias relativas a la administración y desarrollo del
personal; al servicio público de carrera; a la modernización y simplificación administrativa, los recursos
materiales; los servicios generales; el patrimonio inmobiliario; y en general, la administración interna del
Distrito Federal.
Contraloría General del Distrito Federal, se ocupa el despacho de las materias relativas al
control y evaluación de la gestión pública de las dependencias, órganos Desconcentrados y entidades
Paraestatales del Distrito Federal.
Consejería Jurídica y de Servicios Legales, corresponde el despacho de las materias relativas a
las funciones de orientación, asistencia, publicación oficial y coordinación de asuntos jurídicos; revisión y
elaboración de los proyectos de las iniciativas de leyes y decretos que presente el Jefe de Gobierno a la
Asamblea Legislativa; revisión y elaboración de los proyectos de reglamentos, decretos, acuerdos y demás
instrumentos jurídicos y administrativos que se sometan a consideración del Jefe de Gobierno de los servicios
relacionados con el Registro Civil, el Registro Público de la Propiedad y del Comercio y del Archivo General
de Notarias.
La Estructura Administrativa del Gobierno del Distrito Federal por Sector, se entenderá como la
agrupación de dependencias que tienen fines comunes y son coordinados por una cabeza, se encuentran
integrados en la administración pública del Gobierno del Distrito Federal por las siguientes unidades
administrativas:
Sector Jefatura del Gobierno del Distrito Federal
Oficina del C. Jefe de Gobierno.
Dirección General de Comunicación Social.
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Sector Gobierno
Oficina del C. Secretaria de Gobierno.
Subsecretaría de Gobierno.
Dirección General de Gobierno.
Dirección General de Prevención y Readaptación Social del Distrito Federal.
Dirección General de Regularización Territorial.
Dirección General de Participación Ciudadana y Gestión Social.
Dirección General de Protección Civil.
Dirección General de Participación Ciudadana para la Prevención del Delito.
Subsecretaría de Trabajo y Previsión Social.
Dirección General de Trabajo no asalariado.
Dirección General de Empleo y Capacitación.
Procuraduría de la Defensa del Trabajo.
Coordinación General de Programas Delegacionales y Metropolitanos.
Instituto de la Mujer del Distrito Federal.
Comisión de Asuntos Agrarios del Distrito Federal.
Delegación Álvaro Obregón.
Delegación Azcapotzalco.
Delegación Benito Juárez.
Delegación Coyoacán.
Delegación Cuajimalpa de Morelos.
Delegación Cuauhtémoc.
Delegación Gustavo A. Madero.
Delegación Iztacalco.
Delegación Iztapalapa.
Delegación Magdalena Contreras.
Delegación Miguel Hidalgo.
Delegación Milpa Alta.
Delegación Tláhuac.
Delegación Tlalpan.
Delegación Venustiano Carranza.
Delegación Xochimilco.
Sector Desarrollo Urbano y Vivienda
Oficina del C. Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda.
Dirección General de Desarrollo Urbano.
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Dirección General de Administración Urbana.
Dirección General de Equipamiento Urbano y Proyectos.
Fideicomiso Programa Casa Propia.
Fideicomiso de Recuperación Crediticia de la Vivienda Popular.
Fideicomiso de Vivienda, Desarrollo Social y Urbano.
Instituto de Vivienda del Distrito Federal.
Sector Desarrollo Económico
Oficina del C. Secretario de Desarrollo Económico.
Dirección General de Políticas y Normatividad Económica.
Dirección General de Promociones e Inversiones.
Dirección General de Operación y Control de Proyectos.
Dirección General de Abasto, Comercio y Distribución.
Dirección General de Desarrollo Rural.
Fondo de Desarrollo Económico del Distrito Federal.
Sector Turismo
Oficina del C. Secretario de Turismo.
Dirección General de Planeación y Desarrollo Turístico.
Dirección General de Servicios Turísticos.
Instituto de Promoción Turística del Distrito Federal.
Sector Medio Ambiente
Oficina del C. Secretario del Medio Ambiente.
Dirección General de Prevención y Control de la Contaminación.
Dirección General de Planeación y Política Ambiental.
Comisión de Recursos Naturales y Desarrollo Rural.
Unidad de Bosques Urbanos del Distrito Federal.
Sector Obras y Servicio
Oficina del C. Secretario de Obras y Servicios.
Dirección General de Obras Públicas.
Dirección Genera de Servicios Urbanos.
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Dirección General de Construcción y Operación Hidráulica.
Dirección General de Construcción de Obras del Sistema de Transporte Colectivo.
Planta de Asfalto.
Comisión de Aguas del Distrito Federal.
Fideicomiso para el Ahorro de Energía del Distrito Federal.
Sector Desarrollo Social
Oficina del C. Secretario de Desarrollo Social.
Dirección General de Equidad y Desarrollo Social.
Dirección General de Política Social.
Dirección General de Zoológicos de la Ciudad de México.
Servicio Público de Localización Telefónica.
Instituto del Deporte de Distrito Federal.
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal (DIF-DF).
Instituto de Cultura de la Ciudad de México.
Fideicomiso de Institutos para los Niños de la Calle y las Adicciones.
Fideicomiso Programa Integral Parques Zoológicos.
Sector Finanzas
Oficina del C. Secretario de Finanzas.
Tesorería del Distrito Federal.
Dirección General de Administración Financiera.
Procuraduría Fiscal del Distrito Federal.
Subsecretaria de Egresos.
Dirección General de Avalúos de Bienes.
Sector Transporte y Vialidad
Oficina del C. Secretario de Transporte y Vialidad.
Dirección General de Planeación y Vialidad.
Dirección General de Regulación al Transporte.
Dirección General de Transporte.
Instituto del Taxi del Distrito Federal.
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Auto transporte Urbanos de Pasajeros Ruta 100 (Consejo de Incautación).
Sistema de Transporte Colectivo.
Servicios de Transporte Eléctricos del Distrito Federal.
Red de Transporte de Pasajeros del Distrito Federal.
Sector Seguridad Pública
Oficina del C. Secretario de Seguridad Pública.
Dirección General de Control Metropolitano.
Dirección General de Control Regional.
Dirección General de Servicios de Apoyo.
Instituto Técnico de Formación Policial.
Policía Auxiliar del Distrito Federal.
Policía Bancaria e Industrial.
Sector Oficialía Mayor
Oficina del C. Oficial Mayor.
Dirección General de Administración, Desarrollo de Personal y Servicio Público de Carrera.
Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales.
Dirección General de Modernización Administrativa.
Dirección General de Patrimonio Inmobiliario.
Caja de Previsión de Trabajadores a Lista de Raya del Distrito Federal.
Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal.
Corporación Mexicana de Impresión, S.A. de C.V.
Servicios Metropolitanos S.A. de C.V.
Fideicomisos de Estudios Estratégicos sobre la Ciudad de México.
Sector Contraloría General del Distrito Federal
Oficina del C. Contralor General.
Dirección General de Auditoría.
Dirección General de Legalidad y Responsabilidades.
Dirección General de Evaluación y Diagnóstico.
Dirección General de Comisarios.
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Sector Consejería Jurídica y de Servicios Legales
Oficina del C. Consejero Jurídico y de Servicios Legales.
Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos.
Dirección General de Servicios Legales.
Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de Comercio.
Sector Salud
Oficina del C. Secretario de Salud.
Servicios de Salud Pública del Distrito Federal.
Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
Procuraduría Social del Distrito Federal
Órganos de Gobierno y Autónomos
Legislativo
Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
Justicia
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.
Consejo de la Judicatura del Distrito Federal.
Tribunal de lo Contencioso Administrativo.
Junta Local de Conciliación y Arbitraje.
• Derechos Humanos
Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.
Electorales
Instituto Electoral del Distrito Federal.
Tribunal Electoral del Distrito Federal.
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Como podemos denotar la Administración Pública del Distrito Federal es sumamente amplia y
compleja ya que por mandato Constitucional en su artículo 44 señala lo siguiente: “La Ciudad de México es
el Distrito Federal, sede de los poderes de la Unión y de la Capital de los Estados Unidos Mexicanos…” es
por ello que la reforma que se hizo a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos al artículo
122, en el año de 1997 se considera al Distrito Federal como una Entidad Federativa; lo que antes de
diciembre de 1997 se consideraba como un Departamento Administrativo, por lo que estaba supeditado a las
decisiones de la Federación o mejor dicho a las decisiones presidenciales.
El Estatuto de Gobierno del Distrito Federal en su artículo 2° señala: “La Ciudad de México es el
Distrito Federal, sede de los Poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos. El Distrito
Federal es una entidad federativa con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena capacidad para
adquirir y poseer toda clase de bienes que le sean necesarios para la prestación de los servicios públicos a su
cargo, y en general, para el desarrollo de sus propias actividades y funciones. Las características del
patrimonio de la Ciudad y su régimen jurídico estarán determinados por la ley que en la materia expida la
Asamblea Legislativa.”
La organización administrativa y estructural del Gobierno del Distrito Federal se señala en el
artículo 12 del referido estatuto y que a la letra dice: “La organización política y administrativa del Distrito
Federal atenderá los siguientes principios estratégicos:
I. La legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia y eficacia que deben observarse en el
desempeño de los empleos, cargos o comisiones del servicio público y en la administración de los
recursos económicos de que disponga el Gobierno de la Ciudad;
II. La existencia, integración, estructura y funcionamiento de órganos, unidades, dependencias
centrales y entidades Paraestatales, con ámbito de actuación en el conjunto de la Ciudad;
III. El establecimiento en cada demarcación territorial de un órgano político-administrativo, con
autonomía funcional para ejercer las competencias que les otorga este Estatuto y las leyes;
IV. La previsión de la actuación gubernamental con criterios de unidad, autonomía, funcionalidad,
eficacia, coordinación e imparcialidad;
V. La planeación y ordenamiento del desarrollo territorial, económico y social de la ciudad, que
considere la optima integral de la capital con las peculiaridades de las demarcaciones territoriales
que se establezcan para la división territorial;
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VI. La simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia e
imparcialidad en los procedimientos y actos administrativos en general;
VII. La cobertura amplia, oportuna, ágil y especializada de los servicios de seguridad pública y de
impartición y procuración de justicia para la protección de las personas, sus familias y sus bienes;
VIII. La observancia, respeto y atención de recomendaciones por las autoridades y en general servidores
públicos que ejerzan jurisdicción local en el Distrito Federal, respeto de los derechos humanos que
establece el orden jurídico mexicano.
IX. La formulación de políticas y programas de desarrollo económico, considerando las
particularidades de la Ciudad y la congruencia de aquéllas con la planeación nacional del
desarrollo;
X. La conjugación de acciones de desarrollo con políticas y normas de seguridad y de protección a los
elementos del medio ambiente;
XI. La definición de las políticas sobre finanzas públicas para asegurar la estabilidad financiera y
solidez fiscal de la entidad, la equidad de la carga tributaria, la seguridad jurídica de los
contribuyentes y la atención prioritaria de las necesidades sociales;
XII. La juridicidad de los actos de gobierno, la revisión y adecuación de la organización de la
administración, la programación de su gasto y el control de su ejercicio;
XIII. La participación ciudadana para canalizar y conciliar la multiplicidad de intereses que se dan en
la Ciudad;
XIV. La participación de los ciudadanos en los asuntos públicos de la Ciudad, en los términos que
disponga este estatuto y las leyes; y
XV. La rectoría del desarrollo nacional en los términos del artículo 25 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Una vez analizados y fundamentados el quehacer de la Administración Publica del Distrito
Federal, es necesario dejar en claro que dentro o fuera de las actividades que se realicen debe de emitir una
vigilancia del gasto y la inversión que se maneja, ya que no hay que olvidar que los recursos financieros con
los que cuenta el Gobierno del Distrito Federal son en gran parte aportados por el pueblo, mediante el pago de
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contribuciones en diferentes especies, situación que obliga a la necesidad de vigilar su correcto
aprovechamiento y utilización, ya que de lo contrario estarán a lo dispuesto del Artículo 108 Constitucional y
la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
La vigilancia de las acciones de la administración pública del Distrito Federal además de los
órganos internos de vigilancia y control (Contralorías internas), existe la Contaduría Mayor de Hacienda de la
Asamblea Legislativa del Distrito Federal, misma que estará para vigilar el cumplimiento de la aplicación de
los presupuestos y programas anuales de operación, así como la utilización de los recursos financieros
provenientes de fuentes internas y externas a la entidad, la revisión, análisis y dictaminación de la
información de la Cuenta Pública que emita el Jefe de Gobierno del Distrito Federal.
La vigilancia y aplicación correcta de los recursos se derivan de las siguientes disposiciones
legales:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
Decreto de Presupuesto de Egresos del Gobierno del Distrito Federal.
Decreto de Presupuesto de Ingresos del Gobierno del Distrito Federal.
Código Financiero del Distrito Federal.
Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
Ley Orgánica de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal.
Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal
Manual de Normas y Procedimientos para el Ejercicio del Gasto
Normatividad en Materia de Administración de Recursos
Las disposiciones anteriores no son todas las que se aplican en la administración pública del
Distrito Federal, pero son las más representativas para normar la utilización de los mecanismos
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presupuéstales, financieros, humanos y materiales, así como el orden administrativo en general que integra la
operación de cada una de las áreas que utilizan los recursos públicos.
La labor de vigilancia y control es ejercida por las unidades de auditoría interna y externa de las
entidades del sector correspondiente, así como la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa
del Distrito Federal.
Las auditorias interna y externa se llevan a cabo como a continuación se mencionan:
Auditoría Interna: Se realiza por medio de unidades dependientes de los organismos que integran
la Administración Pública del Distrito Federal y tiene por objetivo vigilar y evaluar el Gasto Público de cada
Secretaría y sus dependencias, así como supervisar el buen manejo de los presupuestos y programas asignados
a las Instituciones Gubernamentales. Su importancia radica en que es un instrumento de control interno que
revisa, analiza, diagnostica y evalúa el funcionamiento de otros controles, al proporcionar a los responsables
de la dirección y operación la información coadyuvante sobre el resultado de la gestión y propiciando, en su
caso, la adopción de medidas tendientes a mejorar la eficacia en la administración de los recursos y a la
eficacia en el logro de las metas y objetivos asignados.
La auditoría interna debe analizar y evaluar los procesos de administración, aprobación,
contabilización y, en general, los que den origen a la toma de decisiones, sin intervenir en la ejecución de
ellos, en el caso de que participen en actividades especificas, como por ejemplo la toma de inventarios físicos,
entrega-recepción de funcionarios, remates, bajas y otros actos similares, su acción se debe limitar a testificar
u observar.
La auditoría interna debe tener acceso a cualquier operación o actividad que amerite un examen, es
necesario que dependa directamente de la máxima autoridad de la dependencia o entidad, a fin de satisfacer el
ordenamiento legal aplicable, para contar con la suficiente independencia de acción y apoyo necesario.
Auditoría Externa. Es la practicada por contadores públicos independientes a la dependencia o
entidad, con objeto de emitir un juicio sobre la situación que guarda el área auditada.
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El enfoque de este tipo de revisiones de los estados financieros de las entidades del sector
Desconcentrado, Paraestatal y autónomo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 80 F- V del Código
Financiero del Distrito Federal que a la letra dice: “Están obligadas a dictaminar el cumplimiento de sus
obligaciones fiscales, en los términos de este Código y de las reglas de carácter general que publique la
Secretaría, dentro de los dos meses siguientes al ejercicio que se dictaminará, las personas físicas y morales,
que se encuentren en alguno de los supuestos siguientes y únicamente por cada uno de ellos: los que están
constituidos como organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria y fideicomisos
públicos conforme a la ley de la materia.
Las personas físicas y morales que no se encuentren en alguno de los supuestos señalados en las
fracciones de este artículo, tendrán la opción de hacer dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones
fiscales.”
La finalidad de la auditoría en los organismos del sector público se realiza para dar a conocer el
empleo de los recursos económicos y financieros con los que cuenta una dependencia y con ello emitir una
opinión sobre el correcto o inadecuado funcionamiento de la misma, además de plantear sugerencias o
recomendaciones para ayudar a mejorar el manejo de las dependencias de la Administración Pública del
Distrito Federal.
En la planeación para realizar la auditoría, se destacan los siguientes puntos:
1. Elaborar programa anual de las auditorías financieras, de sistemas, de legalidad y operación para
someterlo a la aprobación de autoridades superiores.
2. Ejecutar auditorías especiales por cualquier indicio del que pudieran derivarse irregularidades en
perjuicio de los bienes del sector público.
3. Revisar total o selectivamente las operaciones de las dependencias para poder emitir un informe y
dar una opinión de la razonabilidad de los estados financieros de las dependencias del sector público.
4. Verificar que el ejercicio del presupuesto asignado a cada dependencia se realice conforme a las
disposiciones legales vigentes.
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La forma como se presenta el contexto histórico de la auditoría, que es la manera de establecer
controles para la toma de decisiones en el gobierno, nos lleva a reflexionar sobre la necesidad de fomentar
más esta actividad, ya que así se ha demostrado que la auditoría es un aspecto necesario para eficientar el
cumplimiento de las obligaciones que se adquieren en el poder.
Es muy importante entender el concepto de auditoría como examinación de los aspectos
financieros, operacionales y de programas entre otros, ya que en el Gobierno del Distrito Federal, por su gran
tamaño es muy compleja, es por eso que debemos de entender que la Auditoría Gubernamental está
encaminada a demostrar a la sociedad cuales son los resultados obtenidos, en donde se han aplicado los
recursos que se aportan a través de la recaudación de impuestos en sus diferentes modalidades.
Para un profesionista en Administración Pública, es de mucha ayuda saber en que consiste la
Auditoría Gubernamental, su clasificación en interna y externa, así como en que consiste la evaluación de los
aspectos financieros, operacionales, administrativa, sistemas, legalidad evaluación de programas y obra
pública, entendiendo estas fases se puede mejorar la forma de administrar ya que eso ayuda a retomar las
decisiones que en su momento pudieron ser equivocadas.
El sector público del Gobierno del Distrito Federal, es tan amplio como grande es la ciudad, tal y
como se determina en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, recayendo la
responsabilidad de la toma de decisiones en el Jefe de Gobierno en turno, es por ello que para entender la
organización de la administración pública local, se describa sus instituciones que la integran.
1.2.6 CONTROL EXTERNO DE LAS ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL GOBIERNO DEL
DISTRITO FEDERAL
El Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, establece la facultad para revisar la Cuenta Pública del
Gobierno del Distrito Federal, con objeto de conocer los resultados de la gestión financiera y comprobar si se
han ajustado a los criterios señalados en el Decreto de Presupuestos de Egresos, la ley de Ingresos y si se han
cumplido los objetivos contenidos en los programas.
La labor de fiscalización externa por parte del Órgano Legislativo Local lo lleva a cabo la
Asamblea Legislativa mediante examen, discusión y aprobación anual del Presupuesto de Egresos, previa
discusión de las contribuciones que deben decretarse para cubrirlos.
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Por su carácter externo y posterior, este control se distingue del autocontrol que ejerce el propio
Ejecutivo Local, ya que por sus atribuciones la Contaduría Mayor de Hacienda es responsable de examinar los
resultados obtenidos por la administración pública, tanto de carácter financiero como programático en
funciones de los previstos; en cambio, el control interno tiende a vigilar el cumplimiento de las normas y
disposiciones aplicables a la administración gubernamental.
El control externo que compete al órgano Legislativo Local, no esta divorciado del control interno,
ambos son complementarios entre sí, ya que mientras el interno permite al jefe del ejecutivo local garantizar
su correcta administración, el externo tiene como propósito dar fe de la gestión gubernamental ante la
sociedad, en su conjunto ambos contribuyen al mejoramiento de la gestión pública.
Para la revisión de la Cuenta Pública, la Asamblea Legislativa dispondrá de un órgano técnico
denominado Contaduría Mayor de Hacienda, que se regirá por su propia Ley Orgánica. La vigilancia del
cumplimiento de sus funciones estará a cargo de la comisión respectiva que señale la Ley Orgánica de la
Asamblea Legislativa.
La revisión de la Cuenta Pública tendrá por objeto conocer los resultados de la gestión financiera,
comprobar si se ha ajustado a los criterios señalados por el presupuesto y el cumplimiento de los objetivos
contenidos en los programas.
Si del examen que realizó la Contaduría Mayor de Hacienda aparecieran discrepancias entre las
cantidades gastadas y las partidas respectivas del presupuesto o no existen exactitud o justificación en los
gastos hechos, se determinará las responsabilidades de acuerdo con la Ley.
La Cuenta Pública del año anterior deberá ser presentada por el Jefe de Gobierno del Distrito
Federal a la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa dentro de los diez primeros días del mes de
junio. Este plazo solamente podrá ser empleado cuando se formule una solicitud del ejecutivo del Distrito
Federal suficientemente justificada a juicio de la asamblea.
El Estatuto del Gobierno del Distrito Federal en su artículo 42 establece:
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“La Asamblea Legislativa tiene facultad para: …frac. XIX. Revisar la Cuenta Pública del año
anterior que le remita el Jefe de Gobierno del Distrito Federal a la Comisión de Gobierno de
la Asamblea Legislativa dentro de los diez primeros días del mes de junio.
Sección II. “De las facultades y obligaciones del Jefe de Gobierno del Distrito Federal son;
enviar a la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa la Cuenta Pública del año
anterior.”
En relación al tema tratado el artículo 483 del CFDF indica:
“Con base en los estados financieros y demás información financiera, presupuestal y contable
que emane de los registros del Tribunal Contencioso, de las dependencias, Órganos
Desconcentrados y entidades comprendidas en el presupuesto de egresos del Distrito Federal.
La Secretaria de Finanzas del Distrito Federal formulará la cuenta pública y la someterá a la
consideración del Jefe de Gobierno del D.F. para su presentación en los términos de la
Constitución y del Estatuto”.
La Asamblea Legislativa del Distrito Federal tiene la facultad completa de examinar de manera
exhaustiva la Cuenta Pública por medio de la Contaduría Mayor de Hacienda en cumplimiento de esa facultad
que está fundamentada en la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa
del Distrito Federal.
La Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal define las atribuciones del órgano técnico de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y establece
la disposición de revisar la Cuenta Pública con el propósito de fiscalizar los ingresos y egresos del Distrito
Federal, así como definir y vigilar las normas, procedimientos, métodos y sistemas de auditoría, con objeto de
uniformar los criterios en materia de contabilidad gubernamental.
1.2.7 CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA
1.2.7.1 Antecedentes De La Contaduría Mayor De Hacienda
El comienzo de nuestra vida como país independiente, marcó un momento importante en lo que se
refiere a la organización y control de la Hacienda Pública, pues en la fracción VIII del Artículo 50 de la
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Constitución de 1824. Se contempla como facultad exclusiva del Congreso, “fijar los gastos generales,
establecer las contribuciones necesarias para cubrirlos, arreglare su recaudación, determinar su inversión y
tomar anualmente cuentas al gobierno”13
En tal virtud, el mismo Congreso constituyente expidió, el 16 de noviembre de ese año, la Ley
sobre el Arreglo de la Administración de la Hacienda Pública, cuya finalidad era reglamentar dicho artículo
50 Constitucional14.
La importancia de esta Ley radica, en que con ella se suprimió el Tribunal Mayor de Cuentas y se
abrió paso para que surgiera la Contaduría Mayor de Hacienda, dependiente de la Cámara de Diputados, cuya
función principal sería la de practicar el examen y glosa de las cuentas que anualmente debía presentar el
Secretario del Despacho de Hacienda y Crédito Público.
Los puntos principales de dicha Ley consistían en: “Poner en manos del Secretario del ramo, la
dirección y administración de las rentas públicas, suprimiendo las Direcciones y Contadurías Generales de las
distintas rentas entonces existentes, concretar todas las operaciones en el Ministerio de Hacienda para que
hubiera sistema de unidad de acción; y llevar la contabilidad en la Secretaría de Hacienda por cuentas
originales, para que este examen de las cuentas parciales, permitiera al Secretario, vigilar las operaciones de
las oficinas que le estaban subordinadas”15.
La administración y dirección de la Hacienda Pública se centralizo en la Secretaría de Hacienda de
acuerdo con lo planeado en la citada Ley sobre el Arreglo de la Administración de la Hacienda Pública,
creándose entonces tres organismos: el Departamento de Cuenta y Razón, La Tesorería General de la
Federación y la Contaduría Mayor de Hacienda; los dos primeros como unidades administrativas
dependientes directamente de la Secretaría de Hacienda y la última, dependiente de la Cámara de Diputados.
La Contaduría Mayor de Hacienda se encontraba dividida en dos secciones: la de Hacienda y la de
Crédito Público, la primera se encargaba de realizar la memoria sobre las cuentas de la Tesorería General, las
13 www.juridicas.unam.mx/infjur/leg/conshist 14 Cfr. DUBLAN, Manuel y José Ma. Lozano. Legislación Mexicana o Colección Completa de las Disposiciones Legislativas expedidas desde la Independencia de la República, edición oficial. Imprenta del Comercio a cargo de Dúblan y Lozano e hijos. México, 1876. Tomo I pp. 740 y 743, citado por Lanz. Cárdenas, José Trinidad op. cit. Pág.85 15 Lanz Cárdenas, José Trinidad, op. cit. pág.85
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comisarías y las administraciones de rentas, y la segunda se encargaba de revisar el estado de la deuda
nacional.
Gracias a la reforma de su texto original, fue que se le facultó exclusivamente a la Cámara de
Diputados para revisar la cuenta pública anual.
En este orden de ideas, encontramos que, en la fracción II y IV del artículo 74 Constitucional, se
encuentran plasmadas las facultades de la Cámara de Diputados en lo que se refiere al control que ejerce
sobre la Contaduría Mayor y sobre la Hacienda Pública, al establecer que,
“Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados:
II.- Coordinar y evaluar, sin perjuicio de su autonomía técnica y de gestión, el desempeño de las
funciones de la entidad de fiscalización superior de la federación, en los términos que disponga
la ley;
IV.- Aprobar anualmente el presupuesto de egresos de la federación, previo examen, discusión
y, en su caso, modificación del proyecto enviado por el ejecutivo federal, una vez aprobadas las
contribuciones que, a su juicio, deben decretarse para cubrirlo, así como revisar la cuenta
publica del año anterior.”16
El 18 de diciembre de 1978, se expidió una nueva Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de
Hacienda, que estuvo vigente hasta diciembre del año 2000.
Dicha Ley disponía, en su artículo 1ro., que la Contaduría Mayor de Hacienda era un órgano de
carácter técnico dependiente de la Cámara de Diputados y cuya función era la revisión de la Cuenta Pública
del Gobierno Federal y la del Departamento del Distrito Federal, asimismo establecía que estaba subordinada
a la Comisión de Vigilancia nombrada por la Cámara de Diputados. Su objetivo primordial consistía en
vigilar escrupulosamente el manejo de los fondos públicos, lo cual constituye, hasta el día de hoy, una de las
más reclamadas demandas de nuestra sociedad.
16 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Título tercero, Capítulo II Del Poder Legislativo, Sección III De las Facultades del Congreso.
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La Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, ha surgido de
La necesidad de fiscalizar los recursos públicos, a través del Órgano Legislativo.
De la revisión que se realiza al gobierno, la información proviene de un documento que rinde el
Jefe de Gobierno del Distrito Federal año tras año que se denomina cuenta pública, es a través de ella que la
organización de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, asume sus
atribuciones y su organización, para que se faculte de pleno poder para poder determinar el grado de
cumplimiento en la aplicación de los recursos, con todos los aspectos legales y normativos que rigen a las
instituciones.
1.2.7.2 Auditoría Superior de la Federación
El origen de la Auditoría Superior de la Federación como una Entidad Superior de Fiscalización de
la Federación y no sólo como una Institución de carácter técnico dedicada exclusivamente a revisar el Gasto
Público, lo podemos encontrar en le Plan Nacional de Desarrollo para el periodo 1995-2000 presentado por el
entonces Presidente de la República Ernesto Zedillo Ponce de León.
En efecto, en dicha parte introductoria el Titular del Ejecutivo Federal manifestaba que:
“El Plan Nacional de Desarrollo asume que la corrupción es un motivo de desaliento colectivo y de
encono social. Por eso propone actualizar el marco jurídico para detectar y sancionar conductas indebidas y
actos ilegales en el desempeño del servicio público; propone una reforma profunda de los órganos de control
interno y externo de la gestión gubernamental y la conformación de este último en una auténtica y moderna
entidad superior de la fiscalización, profesional y autónoma…”17
1.2.7.3 Funcionamiento de la Auditoría Superior
Las funciones que habrá de desempeñar la Auditoría Superior de la Federación son las de auditar en
forma minuciosa los estados financieros y demás documentos constitutivos de la Cuenta Pública Anual, para
informar veraz y oportunamente a la Cámara de Diputados.
17 http://uninet.mty.itesm.mx/ligas/pnd/T2-C3-S4#T2-C3-S4.
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Sus funciones van más allá de la simple fiscalización, ya que no sólo se limitan a controlar los
recursos económicos o financieros de que dispongan los entes públicos federales, sino que analizan en forma
integral el actuar de los mismos e inclusive pueden fincarles responsabilidades cuando así sea requerido.
1.2.8 TIPOS DE AUDITORÍA QUE REALIZA LA CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA DE LA
ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
De acuerdo a los criterios más avanzados en materia de fiscalización y control gubernamental, la
Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aplica en sus auditorias dos
enfoques: el de regularidad y el operacional.
En el primer enfoque se determina el grado en que las operaciones financieras y la información
correspondiente se ajustaron a la legislación y normatividad aplicables.
En el segundo se verifica si las operaciones se efectuaron con la debida economía, eficiencia y
eficacia; es decir, se trata de comprobar si los bienes y servicios necesarios para la operación se adquirieron
en las mejores condiciones posibles en cuanto a precio, oportunidad, cantidad y calidad; si los bienes y
servicios correspondieron a los recursos empleados en su producción y si se cumplieron los objetivos y metas
de los programas aprobados.
Ambos enfoques se conjugan en la auditoría integral, que es un tipo de revisión en el cual ha
incursionado la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea legislativa del Distrito Federal.
Sus objetivos se clasifican en: Financiera, operacional, administrativa, de sistemas, de legalidad, de
evaluación de programas, de obras públicas, y especiales. A continuación se define cada una de ellas:
Auditoría Financiera.- Comprende el examen de las transacciones, operaciones y registros
financieros para determinar si los estados contables de una empresa o entidad se apegan a los principios y
prácticas aplicables, a fin de que la información financiera que se produce sea confiable, oportuna y útil.
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Auditoría Operacional.- Comprende la evaluación de los controles existentes en las actividades
de las empresas o entidades en su operación y que los documentos que las acreditan satisfagan los requisitos
legales y administrativos que los legitiman.
Auditoría Administrativa.- Es la evaluación y revisión del sistema administrativo (planeación,
organización, dirección y control) y de los recursos humanos y físicos.
Auditoría de Sistemas.- Tiene como propósito evaluar el conjunto de los sistemas y
procedimientos establecidos en las empresas o entidades, siendo los principales los siguientes:
Contable.
Adquisiciones y almacenes.
Control presupuestal.
Archivo contable.
Control de inventarios de bienes muebles.
Auditoría de legalidad.- Considerando que todas las dependencias y entidades concurren
situaciones y hechos de carácter legal, se ha estimado conveniente desarrollar programas de auditoría en esta
área, la cual se lleva a cabo en forma paralela a la auditoría financiera, con el apoyo y asesoría de las áreas
jurídicas de los órganos fiscalizadores.
Auditoría de Evaluación y Programas.- Con base en el programa general de desarrollo del
Gobierno del Distrito Federal, los planes sectoriales e institucionales y la congruencia entre ellos, los
principales programas y subprogramas del Presupuesto del Gobierno del Distrito Federal se evalúan
selectivamente para determinar la razonabilidad o no en el cumplimiento de sus objetivos y metas.
Auditoría de Obras Públicas.- Comprende la verificación y confirmación de aspectos
fundamentales de la ejecución de las obras.
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Auditorías Especiales.- Son aquellas que realizan a solicitud expresa de la Asamblea Legislativa
del Distrito Federal, por conducto de su comisión de vigilancia y pueden incluir uno o más tipos de auditorías
y revisiones de procesos específicos.
Con relación a este tipo de auditorías, las fases de auditoría utilizadas por la Contaduría Mayor de
Hacienda para su desarrollo son las siguientes:
Planeación.
Ejecución.
Informes.
En cualquiera de los dos casos se debe procurar que el informe sea razonable, confiable y
balanceado. Dentro de su estructura orgánica abarcan todos los conceptos y actividades en que realiza su
función el Gobierno del Distrito0 Federal, es por ello que en los resultados obtenidos en las revisiones, casi
siempre, salen observaciones por incumplimiento a las a las disposiciones legales y administrativas.
Políticamente podemos determinar, que como la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal, depende directamente de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, los
diputados que no están de acuerdo con la forma de Gobierno, ni la forma de administrar utilizan la
información proporcionada por otros tintes, en donde quieren hacer énfasis de un mal gobierno.
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1.3. CAPÍTULO III CUENTA PÚBLICA
1.3.1. CONCEPTOS ESENCIALES
Concepto de Cuenta.-
Es aquella operación aritmética que al expresarse en forma escrita contiene una razón formada de
diversas partidas que finalmente se suman o se restan confirmando si existe un beneficio o adeudo en los
ingresos o egresos de alguna entidad corpórea.
Es el cálculo de los ingresos o egresos en las partidas constitutivas del patrimonio de alguna
persona, ya sea física o jurídica.
Concepto de Cuenta Pública.-
La Cuenta Pública consiste en un informe contable que rinde anualmente el Presidente de la
República a la Cámara de Diputados, en el que se hace una relación detallada tanto de los ingresos como de
los egresos habidos durante un ejercicio fiscal y cuya finalidad es la de justificar ante el Poder Legislativo los
gastos públicos realizados en cumplimiento de los programas contenidos en el presupuesto18
Legalmente, encontramos la definición de Cuenta Pública en la fracción VIII del artículo 2 de la
Ley de Fiscalización Superior de la Federación, que textualmente dispone:
Para efectos de la presente Ley, se entenderá por:
Cuenta Pública: El informe que los Poderes de la Unión y los entes públicos federales rinden de
manera consolidada a través del Ejecutivo Federal, a la Cámara sobre su gestión financiera, a efecto de
comprobar que la recaudación, administración, manejo, custodia y aplicación de los ingresos y egresos
federales durante un ejercicio fiscal comprendido del 1ro de enero al 31 de diciembre de cada año, se
18 Cfr. RINCÓN GALLARDO, Gilberto (Coordinador). El Control de las Finanzas Públicas. Centro de estudios para la Reforma del Estado, A.C., p.243. Y ROBERT GALVEZ Marco Antonio y Alejandro Prieto Llorante. Contabilidad de la Hacienda Pública. 1ra edición. Editorial Blanca y Comercio S.A. México, 1990, p 59
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ejercieron en los términos de las disposiciones legales y administrativas aplicables, conforme a los criterios y
con base en los programas aprobados;”19
Un acto emanado de una institución pública que se materializa como un informe contable de las
partes ejercidas en un año fiscal de acuerdo al Presupuesto de Egresos aprobado y los planes de gobierno.
“La Cuenta Pública puede concebirse como el estado financiero y contable de los poderes de
gobierno cuyo control corresponde en exclusiva a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión
tratándose de la cuenta federal y del Distrito Federal en México”.20
La Cuenta Pública es un concepto que es aplicable tanto para el ámbito Federal como para los
Estados y el Distrito Federal, en lo referente a la rendición de cuentas, por ello los autores que consultamos
hacen referencia a la Cuenta Publica Federal.
“Cuenta Pública Federal es el informe que rinde anualmente a la Cámara de Diputados el Titular
del Poder Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre las acciones
realizadas en el Ejercicio de su encargo durante un año, de la aplicación de la Ley de Ingresos, del ejercicio
del Presupuesto de Egresos de la Federación y, en su caso, de las variaciones existentes en relación con lo
autorizado; incluye los alcances que ha tenido la acción rectora del Gobierno Federal en el desarrollo
económico del país."21
"Es un documento de carácter evaluatorio que contiene información contable, financiera,
presupuesta!, programática y económica relativa a la gestión anual del gobierno con base en las partidas
autorizadas en el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente al ejercicio fiscal inmediato
anterior y que el Ejecutivo Federal rinde a la H. Cámara de Diputados, a través de la Comisión Permanente,
dentro de los primeros diez días del mes de junio del año siguiente al que corresponda, en los términos del
Artículo 74, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos."22
19 www.diputados.gob.mx/comisiones/vigilanc/. Febrero de 2004 20 BERLIN VALENZULEA, Francisco Diccionario Universal de Términos Parlamentarios, Vol., Tomo I. Serie II, Editorial Instituto de Investigaciones Legislativas / Cámara de Diputados, México, DF, Pág. 309. 21 Santillana González, Juan Ramón, Auditoría VI, México ECAFSA, Pág. 75. 22 Instituto Mexicano de Contadores Públicos, Esquema General de la Contabilidad Gubernamental, México, ECAFSA, Pág. 130.
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Es el documento que anualmente prepara el Ejecutivo para ser presentado a la Asamblea
Legislativa, mediante el cual comunica la forma y destino de los recursos humanos y materiales que
estuvieron bajo su administración y la situación que guardan a la terminación de cada ejercicio, lo anterior
implica la consolidación y presentación de información financiera, contable, programática y presupuestal de
las acciones del gobierno en el período de referencia.
La revisión y auditoría de los informes y de las Cuentas Públicas está a cargo del Congreso, el cual
se apoya para tales efectos en la Auditoría General del Estado.
La Auditoría General del Estado, tiene por objeto el control y fiscalización superior de la
administración hacendaría pública, para analizar los resultados de la gestión financiera, el cumplimiento de
los criterios establecidos en los presupuestos de ingresos y egresos, así como el logro de los objetivos de los
programas respectivos, y así lograr una mayor eficiencia y transparencia en el ejercicio de la gestión pública
por parte de los gobernantes, para rendir cuentas claras a la ciudadanía, y son bases jurídicas se encuentran
previstas en los artículos 47 fracción XXXIV, 106 y 107 de la Constitución Política
La Cuentas Públicas se presentan a consideración de Comisión Permanente de la Asamblea
Legislativa para su recepción y estudio.
La principal característica de la cuenta pública es la siguiente:
Es un informe mediante el cual el Ejecutivo Federal comunica al pueblo cómo, cuándo y en qué
fueron erogado los recursos financieros bajo su administración; es decir, cómo fue ejercido el gasto público.
La información que presenta la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal se incluye en el
tomo de resultados generales resume la información que integra la Administración Pública del Distrito
Federal y los poderes Legislativo y Judicial.23
1.3.2 FUNCIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA.
La función de dicha cuenta es llevar a cabo un control sobre los recursos asignados a sus
gobernantes, mediante el organismo de la Contaduría Mayor de Hacienda dependiente de la Cámara de
23 Gobierno del Distrito Federal, Secretaria de Finanzas, Glosario de Términos Programático Presupuéstales, Pág. 51.
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Diputados, que se ocuparía de fiscalizar los recursos del Erario Público, a convertirse, en la actual Auditoría
Superior de la Federación.
1.3.2.1 Principales Objetivos.
El objetivo prioritario consiste en llegar a ser el informe por el cual el Ejecutivo Federal comunique
al pueblo cómo, cuándo y en qué fueron erogados los recursos financieros bajo su administración, así mismo
convertirse en una herramienta fundamental para que la representación popular a cargo de la Cámara de
Diputados controle el gasto gubernamental, ya que de su examen y revisión puede derivar la solicitud de la
documentación comprobatoria que la misma institución juzgue pertinente e incluso llevar a cabo visitas,
inspecciones y practicar auditorias, a las entidades que considere lo ameritan.
1.3.2.2 Estructura e Integración
La Ley de Fiscalización Superior de la Federación establece en el artículo 7 del Título Segundo
“De la Cuenta Pública, su Revisión y Fiscalización Superior” todo aquello que integra la cuenta pública:
“Para los efectos de esta Ley, la cuenta pública estará constituida por:
a) Los estados contables, financieros, presupuestarios, económicos y programáticos:
b) La información que muestre el registro de las operaciones derivadas de la aplicación de la
Ley de Ingresos y del ejercicio del Presupuesto de Egresos de la Federación:
c) Los efectos o consecuencias de las mismas operaciones y de otras cuentas en el activo y
pasivo totales de la Hacienda Pública Federal y en su patrimonio neto, incluyendo el
origen y aplicación de los recursos, y
d) El resultado de las operaciones de los Poderes de la Unión y entes públicos federales,
además de los estados detallados de la deuda pública federal.”24
24 Ley de Fiscalización Superior de la Federación, Titulo Segundo De la Cuenta Pública, su revisión y Fiscalización Superior, Capítulo I De la Cuenta Pública.
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Se integra también por los estados presupuéstales y financieros que comprenden el del origen y
aplicación de los recursos y el de resultados obtenidos en el ejercicio por las operaciones de los organismos
Públicos o Paraestatal.
El contenido específico de la Cuenta Pública se integra a partir de dos grandes rubros:
1) Exposición de Motivos
Consiste en un documento que muestra el análisis de los estados presupuestarios que conforman la
Cuenta Pública y un breve estudio del comportamiento de la economía en su conjunto respecto al desarrollo
del país, incluyendo indicadores económicos que orienten con relación a las distintas tasas de desarrollo.
Se estructura de la siguiente:
a) Análisis de ingresos.- Estudio de a recaudación de la Ley de Ingresos de la Federación.
b) Análisis de Egresos.- Estudio del Presupuesto de Egresos en tres clasificaciones:
administrativa, o total por dependencia; económica, o por objeto del gasto corriente y de
capital; y funcional, o por función económica.
c) Deuda Publica.- Se estudia atendiendo a la institución intermediaria, al origen, a los
instrumentos de captación o amortización de deuda y al saldo del año de que se trate.
d) Clasificación Sectorial.- Estudio de la política sectorial del Ejecutivo Federal, distribuida en
los once sectores considerados como los mas significativos de la actividad gubernamental
2) Estados Financieros y Presupuestarios.
Se encuentran divididos en los cuatro grupos siguientes:
a) Hacienda Pública.- Se traduce en un aspecto contable que se integra por siete estados, entre
los que destacan: el Balance General de la Hacienda Pública, el Estado de Ingresos y Gastos
y el Estado de-la Deuda Pública titulada y consolidada.
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b) Gobierno Federal, Organismos y Empresas Abarca ocho estados que muestran la
consolidación de las "operaciones presupuestarias de estas entidades, sobresaliendo las
clasificaciones económicas en cuenta doble, es decir, el Estado General de Egresos
Presupuéstales y el Complementario del Ejercicio Total del Presupuesto.
c) Gobierno Federal.- Esta referido a los estados presupuestarios y económicos del Sector
Central.
d) Organismos y Empresas- Se concentra en los estados presupuestarios y económicos del
Sector Paraestatal.
Las Cuentas Públicas que el Poder Ejecutivo del Estado y los Ayuntamientos presentan al Congreso
y a la Auditoría General del Estado, respectivamente, son integradas de acuerdo con la normatividad prevista
en los manuales vigentes, que anualmente les son entregados por la Auditoría.
Los Ayuntamientos del Estado, remiten a la Auditoría General del Estado toda la documentación
comprobatoria de la Cuenta Pública, la Secretaría de Finanzas y Administración, conserva en custodia y a
disposición de la Auditoría General del Estado la documentación comprobatoria del Poder Ejecutivo del
Estado y los Organismos Públicos Descentralizados son depositarios de su documentación comprobatoria.
Uno de los documentos que actualmente destacan entre los componentes de la Cuenta Pública es el
Informe de Avance de Gestión Financiera, el que al presentarse a más tardar el día 31 de agosto del año en
que sea ejercido el presupuesto respectivo, permitirá a los Poderes de la Unión y les Entes Públicos Federales,
informar a la Auditoría Superior de la Federación los resultados físicos y financieros de los programas a su
cargo, por el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio del ejercicio fiscal en curso.
Su contenido estará restringido a los programas que hubiesen sido encomendados a los Poderes de
la Unión, así como a los Entes Públicos Federales para conocer el grado de cumplimiento de los objetivos,
metas y satisfacción de necesidades en ellos proyectados.
Este documento contendrá:
I.- El flujo contable de ingresos y egresos al 30 de junio del año en que se ejerza el presupuesto;
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II.- El avance del cumplimiento de los programas con base en los indicadores estratégicos
aprobados en el presupuesto, y
III.- Los procesos concluidos
La Cámara de Diputados se exige como la única facultada en participar de la revisión integral y
minuciosa que sobre la Cuenta Pública ha de efectuarse año con año; pero además le permite supervisar la
composición que de la misma hacen los organismos pertenecientes al Poder Ejecutivo. Las dependencias del
Poder Ejecutivo son las que directamente se ocupan de integrar el documento que contiene la Cuenta Pública
Federal, ya que recopilan todos los estados financieros y demás documentos que muestren los gastos hechos
por cada institución, para después remitirlos a la Cámara quien deberá, proceder a su aprobación.
La composición de la Cuenta Pública es netamente exclusiva de las Secretarías de Estado y demás
entes y organismos componentes de la Estructura del Poder Ejecutivo, mientras que la revisión de la misma
sólo compete a la Cámara de Diputados por estarle así reconocida en la Carta Magna.
La Cámara de Diputados es la única facultada para examinar los documentos que constituyen la
Cuenta Pública.
El plazo de presentación se encuentra incluido en el artículo 8° de la Ley Superior de Fiscalización
de la Federación, el cual ha dispuesto que la Cuenta Pública del año anterior deberá ser presentada por el
Ejecutivo Federal a la Cámara de Diputados o en sus recesos a la Comisión Permanente, dentro de los diez
primeros días del mes de junio. No obstante ese plazo podrá ampliarse hasta por cuarenta y cinco días
naturales, mediante solicitud del Ejecutivo lo suficientemente justificada a juicio de la Cámara o de la
Comisión, debiendo comparecer en todo caso el Secretario del Despacho correspondiente para que informe de
las razones que lo motiven.
Los poderes de la Unión y los Entes Públicos Federales rendirán a la Auditoría Superior de la
Federación, a más tardar el 31 de agosto del año en que se ejerza el presupuesto respectivo, el Informe de
Avance de Gestión Financiera sobre los resultados físicos y financieros de los programas a su cargo, por el
periodo comprendido del 1° de enero al 30 de junio del ejercicio fiscal en curso. Para lograr su consolidación
ese informe deberá ser remitido por el Ejecutivo a través de su Secretaría de Hacienda y Crédito Publico.
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Las Entidades Fiscalizadas son: el Poder Ejecutivo del Estado, las Entidades de la Administración
Pública Estatal, el Poder Judicial, el Consejo Estatal Electoral, el Tribunal Estatal Electoral, la Comisión
Estatal para la Defensa de los Derechos Humanos, todo órgano de carácter autónomo, el Poder Legislativo del
Estado, los Ayuntamientos y sus Entes Públicos.
La presentación de las cuentas publicas por parte de las Entidades Fiscalizadas, es de manera
cuatrimestral y dicha obligación se encuentra prevista por los artículos 102 primer párrafo y 106 de la
Constitución Política Local, 30, 31, 32 y 33 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado.
El calendario de entrega de las cuentas públicas es el siguiente:
Primer cuatrimestre, que abarca los meses de Enero-Abril, se presenta en la segunda quincena del
mes de mayo;
Segundo cuatrimestre, que abarca los meses de Mayo-Agosto, se presenta en la segunda quincena
del mes de septiembre; y
Tercer cuatrimestre, que abarca los meses de Septiembre-Diciembre, se presenta en la segunda
quincena del mes de enero del siguiente año.
A continuación se presenta un diagrama de flujo del ciclo presupuestal que incluye las distintas
etapas por las que pasa.
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1.3.3. CONTROL DE LA CUENTA PÚBLICA.
1.3.3.1 Implementación de Sistemas de Control de la Cuenta Pública
Los métodos y sistemas de control de los diferentes actos u operaciones que contribuyen a la
ejecución del Presupuesto de Egresos son:
a) La naturaleza del organismo encargado de practicar el pertinente control.
b) La oportunidad en que este realizado.
Dentro de la naturaleza del organismo, los controles pueden clasificarse en:
a) Administrativo.
b) Jurisdiccional.
c) Parlamentario.
d) Político.
1) Control Administrativo
Se caracteriza por la participación de órganos dependientes del Poder Ejecutivo a los que se les
encomienda vigilar los actos que indican en la ejecución del Presupuesto y en su paliación material.
Aquí se practica un control desde el interior del sector público por lo que también se le conoce
como control interno.
2) Control Jurisdiccional
En este sistema se instituye un organismo dependiente del mismo Ejecutivo que goza de cierta
autonomía de acción que le permite desempeñar una supervisión desde el exterior de la administración
pública.
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3) Control Parlamentario
Se origina en el seno del Poder Legislativo que determina la creación del Presupuesto y que por ese
simple hecho también goza de la facultad para verificar su cumplimiento.
Su efectiva ejecución se verifica con la creación de un órgano que auxilie al Poder Legislativo
mediante la revisión de la exacta aplicación del presupuesto.
4) Control Político
Es el control que se realiza antes de que se lleve a cabo la actividad a controlar y se caracteriza por
el establecimiento de criterios y normas que sirvan de base a la realización posterior de otro tipo de control.
5) Control Posterior o Definitivo
Depende igualmente del momento en que se hubiere confirmado la terminación del acto, dándose
paso así al control ex post. Se trata de aquellos mecanismos que se realizan una vez ejercido el Presupuesto a
fin de corregir las deficiencias de su integración y aplicación.
1.3.3.2 Control de Carácter Legislativo.
La Unidad General de Administración es el área encargada de administrar los recursos financieros,
humanos y materiales de la Auditoría Superior de la Federación de conformidad con las disposiciones legales
y reglamentarias que la rijan y con las políticas y normas emitidas por el Auditor Superior de la Federación.
Es responsable del presupuesto anual de la Auditoría Superior de la Federación, ejercer y glosar el
ejercicio del presupuesto autorizado y elaborar la cuenca comprobada de su aplicación, así como implantar y
mantener un sistema de contabilidad de la institución que permita registrar el conjunto de operaciones que
requiera.
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1.3.4. ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
La Secretaria de Hacienda y Crédito Publico tiene la obligación de presentar a la Auditoría
Superior de la Federación, a más tardar el 31 de agosto del año en que se ejerce el presupuesto, el Informe de
Avance de Gestión Financiera que contiene el resultado de los procesos concluidos hasta el 30 de junio del
mismo año, es decir, los resultados obtenidos durante el primer semestre del año.
Con fundamento en lo dispuesto en el sexto párrafo de la fracción IV del Artículo 74
Constitucional, la cuenta pública del año en que se ejerció el presupuesto deberá ser presentada a la Cámara
de Diputados dentro de los diez primeros días del mes de junio del año siguiente, sin embargo, precisamente
en ese lapso de tiempo la Cámara se encuentra en receso y únicamente esta en funciones la Comisión
Permanente del Congreso de la Unión.
No obstante lo anterior, en la practica efectivamente la Secretaria de Hacienda presenta la cuenta
pública a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión apoyándose en lo que establece el Artículo 8 de
la Ley de Fiscalización Superior de la Federación: “…la cuenta pública del año anterior deberá ser presentada
por el Ejecutivo Federal a la Cámara, y en sus recesos, si es el caso, a la Comisión Permanente del Congreso
de la Unión, dentro de los primeros diez días del mes de junio…”.
Mas adelante establece el propio Artículo que ese plazo podrá ser ampliado hasta 45 días naturales
siempre y cuando exista una solicitud justificada por parte del titular del Ejecutivo, esto es, se podrá prorrogar
la presentación de la cuenta pública hasta el 25 de julio, y de cualquier forma sigue en receso la Cámara.
El Artículo 78 de nuestra Ley Fundamental establece las facultades de la Comisión Permanente del
Congreso de la Unión, dentro de las cuales se encuentra, y en la que se podrían basar, tanto la Secretaria de
Hacienda para remitir la cuenta como la propia Comisión Permanente para recibirla, en la fracción III, la de
recibir durante los recesos del Congreso de la Unión las iniciativas de la ley y a proposiciones dirigidas, a
fin de que se despachen en el inmediato periodo de sesiones.
La Cuenta Pública es un informe contable que debe rendir anualmente el Presidente de la
República, a través de la Secretaría de Hacienda, a la Cámara de Diputados, en el que se hace una relación
detallada de la gestión financiera efectuada durante un ejercicio fiscal y cuya finalidad es la de justificar ante
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el Poder Legislativo los gastos públicos realizados en cumplimiento de los programas contenidos en el
presupuesto.
Al ser la cuenta pública un informe financiero de la actividad realizada por el Estado en un periodo
determinado, y no una iniciativa de ley o una proposición dirigida a una de las Cámaras que conforman el
Congreso de la Unión, dicha fracción III del Artículo 78 Constitucional resulta inaplicable al caso concreto y,
en consecuencia, constitucionalmente la Comisión Permanente del Congreso de la Unión no esta facultada
para recibir la cuenta pública que debe rendir el Ejecutivo Federal.
De todo lo anterior, podemos concluir diciendo que, de la forma en que están redactados los
ordenamientos legales aplicables, resulta imposible dar cumplimiento a lo ordenado por la Constitución; la
cuenta pública no puede presentarse a la Cámara de Diputados por no encontrarse reunida durante los
primeros diez días de junio de cada año y, por otra parte , la Comisión Permanente no esta facultada para
recibir dicho documento pues la propia Constitución obliga expresamente a remitirlo a la Cámara de
Diputados.
La elaboración de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal le compete a la Secretaría
de Finanzas del propio Gobierno, en apego a lo estipulado en los artículos 122 Apartado C, Base Primera,
fracción V, inciso c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX, 43,
último párrafo y 67, fracción XIII del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 483 del Código Financiero
del Distrito Federal; y 44, fracción XIV de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
Al respecto, las dependencias y entidades que integran la Administración Pública del Distrito
Federal tienen la obligación de efectuar el cierre de sus operaciones y consecuentemente, de sus registros
contables y presupuéstales a más tardar el día último del mes de febrero del año siguiente a que corresponda
la Cuenta Pública.
La Secretaría de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal tiene encomendada la elaboración y
presentación al Jefe de Gobierno del Distrito Federal la Cuenta Pública, por lo cual año tras año elabora y
envía a todas las unidades administrativas que integran la Administración Pública del Distrito Federal la guía
denominada "Informe de Cuenta Pública" que tiene como propósito captar información referente a la
aplicación de la Ley de Ingresos y de la ejecución del Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, para el
ejercicio de referencia, a fin de cumplir con lo establecido en los Artículos 43 y 67, fracción XIII del Estatuto
- 94 -
de Gobierno del Distrito Federal, en el que se señala la obligación del Titular de la Jefatura de Gobierno de
presentar a la H. Asamblea Legislativa la Cuenta Pública del año anterior, en los primeros diez días del mes
de junio del ejercicio.
En ese sentido, y con objeto de asegurar la congruencia de la información que integro la Cuenta
Pública en determinado año, se presenta en el formato denominado "Resultados generales", mismo que
incluye un análisis de los principales resultados alcanzados a nivel Gobierno del Distrito Federal en materia
de ingresos, gasto y deuda, principalmente. Adicionalmente, con la documentación remitida, la Subsecretaría
de Egresos integrará un Banco de Información, que contiene tanto los aspectos cualitativos como cuantitativos
que sustentan dicha Cuenta Pública y que formará parte de la documentación que se presenta a la
consideración de la Asamblea Legislativa.
1.3.5 REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
La Auditoría Gubernamental tiene como objetivo la revisión de aspectos financieros, operacionales
y administrativos en las dependencias y entidades públicas, así como el resultado de programas bajo su
encargo y el cumplimiento de disposiciones legales que enmarcan su responsabilidad, funciones y actividades.
En cumplimiento a las atribuciones conferidas a la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal, y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 122, Base Primera,
fracción V, inciso C, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como del artículo 42,
fracción XIX, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, somete a Consideración del Pleno el Dictamen
relativo a la revisión de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal correspondiente al determinado
ejercicio presupuestal.
1.3.5.1 Antecedentes
En cumplimiento de lo establecido por el Artículo 29 de la Ley que la rige, la Contaduría Mayor de
Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal emitió el correspondiente Informe Previo relativo a
la revisión de la Cuenta Pública, mismo que conforme a lo establecido en el artículo 19, fracción IV, del
mismo ordenamiento fue turnado a esta Comisión por la Comisión de Vigilancia.
- 95 -
Tal y como se establece el artículo 29 citado, el Informe Previo constituye un examen preliminar
del cumplimiento de los principios de contabilidad gubernamental y demás disposiciones contenidas en el
Código Financiero del Distrito Federal; de los resultados de la gestión financiera del Gobierno del distrito
Federal; dé la comprobación de que dependencias, órganos Desconcentrados y entidades se ajustaron a los
criterios señalados en el Código, la Ley de ingresos y el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal y de las
demás disposiciones aplicables en la materia; del cumplimiento de los Objetivos y Metas de los principales
programas y subprogramas aprobados, de las desviaciones presupuestarias y de las medidas preventivas y
correctivas que deben adoptar.
1.3.5.2 Revisión y Fiscalización de la Cuenta Pública
La creación de la Auditoría Superior de la Federación responde a la necesidad de auxiliar a la
Cámara de Diputados en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales relativas a la Revisión de la Cuenta
Pública Federal con el objeto de conocer los resultados de la gestión financiera, comprobar si esta se ajusto a
los lineamientos señalados por el Presupuesto de Egresos y constatar la consecución de los objetivos y las
metas contenidas en los programas de gobierno.
Podrá establecer los criterios auditorias, procedimiento, métodos y sistemas necesarios en la
revisión y fiscalización de la Cuenta Pública y del Informe de Avance de Gestión Financiera.
Podrá establecer las normas, procedimientos, métodos y sistemas de contabilidad y de archivo, de
los libros y documentos justificativos y comprobatorios del ingreso y del gasto público.
La evaluación del Informe de Avance de Gestión Financiera respecto de los avances físico y
financieros de los programas autorizados y sobre procesos concluidos, así como la del cumplimiento final de
los objetivos y metas fijadas en los programas federales.
Una vez integrada la Cuenta Publica, mediante los documentos aportados por los entes públicos
federales a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, es sometida a la consideración del Presidente de la
República, quien en su carácter de rector de toda la Administración Federal, la aprueba y remite a la Cámara
de Diputados.
- 96 -
La Cámara de Diputados recibirá ese Informe por medio de la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público para que discuta la situación financiera del Erario Público Federal y emita las acciones,
correspondientes.
Respecto de dicho Informe la Auditoría Superior de la Federación podrá realizar observaciones,
disponiendo los Poderes de la Unión y los entes públicos federales de 45 días para formular los comentarios
procedentes.
El Informe de Revisión de la Cuenta Pública contendrá los resultados arrojados por la fiscalización
de los recursos, ya sea que se, traduzcan en beneficios o irregularidades, pudiendo determinar las
responsabilidades en que incurran los servidores públicos y finalmente abriendo el paso a la aprobación del
documento final.
Investigación y Seguimiento.
La Auditoría Superior de la Federación podrá valerse de mecanismos de investigación que le
permitan accesar a las fuentes documentales originales para corroborar la veracidad de sus contenidos
Desarrollo de Visitas Domiciliarias.
Uno de los principales medios de investigación y seguimiento lo contribuyen las visitas
domiciliarias, como aquellos procedimientos que permiten conocer lo que acontece al interior de la entidad
sujeta a un proceso de fiscalización.
Una vez integrada la cuenta pública con los informes y documentos que presentan los entes
públicos federales a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, esta dependencia la somete a consideración
del Presidente de la Republica quien, como titular del Poder Ejecutivo Federal, la aprueba y la remite a la
Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para su posterior revisión, de acuerdo con lo establecido en la
fracción IV del Artículo 74 Constitucional.
Dicha cuenta debe ser proporcionada dentro de los primeros diez días del mes de junio siguiente al
año en que se ejerció el presupuesto, esto es, cinco meses y diez días después de ejercido el gasto público.
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Una vez en la Cámara, esta la remite (de hecho es la Comisión Permanente la encargada de
remitirla), por conducto de la Comisión de Vigilancia, a la Auditoría Superior de la Federación quien como ya
se ha mencionado, es el órgano técnico encargado de realizar dicha revisión y fiscalización.
Conforme al calendario descrito en el apartado referente al Ciclo Presupuestario de esta
investigación, y con fundamento en los artículos 79 fracción II de la Carta Magna y 30 de la Ley de
Fiscalización Superior de la Federación, la Auditoría Superior deberá entregar el informe del resultado de
revisión a la cuenta publica a mas tardar el 31 de marzo del año siguiente a aquel que se haya rendido la
cuenta, es decir, quince meses después de ejercido el presupuesto (dentro del cuarto año del ciclo
presupuestario ya analizado o dentro del tercer año del calendario de rendición de la cuenta pública).
Dicho informe deberá contener como mínimo los dictámenes de la revisión de la cuenta pública, el
apartado correspondiente a la fiscalización y verificación del cumplimiento de los programas, los resultados
de la gestión financiera, la comprobación de que los Poderes de la Unión y los entes públicos federales se
ajustaron a lo dispuesto en la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos de la Federación, el análisis de las
desviaciones presupuestarias, en su caso y por ultimo, los comentarios y observaciones de los auditados.
El objeto primordial de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación consiste en regular la
revisión y fiscalización de la cuenta pública. Lo anterior se logra determinando, por la Auditoría Superior de
la Federación, lo siguiente:
1. Si los programas y su ejecución se ajustan a los términos y montos aprobados.
2. Si las cantidades correspondientes a los ingresos egresos se ajustan o corresponden a los
conceptos y partidas respectivas.
3. El desempeño, eficacia, eficiencia y economía en el cumplimiento de los programas.
4. Si los recursos provenientes de financiamiento se obtuvieran en los términos autorizados y
se aplicaron con la periodicidad y forma establecidas por las leyes y demás disposiciones
aplicables y si se cumplieron los compromisos adquiridos.
5. El resultado de la gestión financiera de los Poderes de la Unión y los entes públicos
federales.
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6. Si en la gestión financiera se cumple con las leyes, decretos, reglamentos y demás
disposiciones aplicables en materia de sistema de registro y contabilidad gubernamental.
7. Si la recaudación, administración, manejo y aplicación de recursos federales, así como
todos los actos y operaciones que realicen las entidades fiscalizadas se ajustan a la legalidad
y si no causan daños o perjuicios en contra del Estado.
8. Las responsabilidades a que haya lugar; y por ultimo.
9. La imposición de sanciones resarcitorias correspondientes.
Otra de sus funciones consiste en evaluar tanto el Informe de Avance de Gestión Financiera
respecto de los avances físicos y financieros de los programas autorizados y sobre procesos concluidos como
el cumplimiento de los objetivos y metas fijadas en los programas federales, conforme a los indicadores
aprobados en el presupuesto.
Resulta importante destacar que, dentro de sus atribuciones se encuentra la de investigar, en el
ámbito de su competencia, los actos u omisiones que impliquen alguna irregularidad en el ingreso, egreso,
manejo, custodia y aplicación de recursos federales.
Como consecuencia de lo anterior, la Auditoría también puede determinar los daños y perjuicios
que afectan la Hacienda Pública Federal o al patrimonio de los entes públicos federales y fincar las
responsabilidades e imponer las sanciones correspondientes a los responsables.
El hecho de que los entes públicos federales se sometan a una auditoría especializada y minuciosa
por parte de un organismo creado exclusivamente para tal fin, tiene como objetivo principal que dichos entes
y sobre todo, los servidores públicos que laboran en los mismos y que manejan recursos que provienen de la
sociedad, rindan cuentas a la misma sobre el desempeño de sus funciones.
Consecuentemente, esta rendición de cuentas debe ser clara y transparente, además de darse en el
lapso de tiempo más corto que sea posible ya que, a los gobernados, no nos sirve de nada saber que los
recursos públicos que se gastaron hace dos o más años, efectivamente se utilizaron para lo que fueron
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destinados o, en otras palabras, entre mas pronto se tenga el resultado de la revisión de la cuenta, se podrán
fincar las responsabilidades e imponer las sanciones resarcitorias correspondientes con mucha mayor certeza.
1.3.6. CONTROL EXTERNO DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
El Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, establece la facultad para revisar la Cuenta Pública del
Gobierno del Distrito Federal, con objeto de conocer los resultados de la gestión financiera y comprobar si se
han ajustado a los criterios señalados en el Decreto de Presupuestos de Egresos, la ley de Ingresos y si se han
cumplido los objetivos contenidos en los programas.
La labor de fiscalización externa por parte del Órgano Legislativo Local lo lleva a cabo la
Asamblea Legislativa mediante examen, discusión y aprobación anual del Presupuesto de Egresos, previa
discusión de las contribuciones que deben decretarse para cubrirlos.
Por su carácter externo y posterior, este control se distingue del autocontrol que ejerce el propio
Ejecutivo Local, ya que por sus atribuciones la Contaduría Mayor de Hacienda es responsable de examinar los
resultados obtenidos por la administración pública, tanto de carácter financiero como programático en
funciones de los previstos; en cambio, el control interno tiende a vigilar el cumplimiento de las normas y
disposiciones aplicables a la administración gubernamental.
El control externo que compete al órgano Legislativo Local, no esta divorciado del control interno,
ambos son complementarios entre sí, ya que mientras el interno permite al jefe del ejecutivo local garantizar
su correcta administración, el externo tiene como propósito dar fe de la gestión gubernamental ante la
sociedad, en su conjunto ambos contribuyen al mejoramiento de la gestión pública.
En el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal en su artículo 42 establece que; la Asamblea
Legislativa tiene la facultad para revisar la Cuenta Pública del año anterior que le remita el Jefe de
Gobierno del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables. Para la revisión de la Cuenta Pública, la
Asamblea Legislativa dispondrá de un órgano técnico denominado Contaduría Mayor de Hacienda, que se
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regirá por su propia Ley Orgánica. La vigilancia del cumplimiento de sus funciones estará a cargo de la
comisión respectiva que señale la Ley orgánica de la Asamblea Legislativa.
La revisión de la Cuenta Pública tendrá por objeto conocer los resultados de la gestión financiera,
comprobar si se ha ajustado a los criterios señalados por el presupuesto y el cumplimiento de los objetivos
contenidos en los programas.
Si del examen que realice la Contaduría Mayor de Hacienda aparecieran discrepancias entre las
cantidades gastadas y las partidas respectivas del presupuesto o no existen exactitud o justificación en los
gastos hechos, se determinará las responsabilidades de acuerdo con la Ley.
La Cuenta Pública del año anterior deberá ser presentada por el Jefe de Gobierno del Distrito
Federal a la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa dentro de los diez primeros días del mes de
junio. Este plazo solamente podrá ser empleado cuando se formule una solicitud del ejecutivo del Distrito
Federal suficientemente justificada a juicio de la asamblea.
Estatuto del Gobierno del Distrito Federal artículo 42.- “La Asamblea Legislativa tiene facultad
para: fracción XIX. Revisar la Cuenta Pública del año anterior que le remita el Jefe de Gobierno del Distrito
Federal a la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa dentro de los diez primeros días del mes de
junio.
Sección II. “De las facultades y obligaciones del Jefe de Gobierno del Distrito Federal son; enviar
a la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa la Cuenta Pública del año anterior.”
Art. 483 CFDF. “Con base en los estados financieros y demás información financiera,
presupuestal y contable que emane de los registros del Tribunal Contencioso, de las dependencias, órganos
desconcentrados y entidades comprendidas en el presupuesto de egresos del Distrito Federal. La Secretaria
de Finanzas del Distrito Federal formulará la cuenta pública y la someterá a la consideración del Jefe de
Gobierno del D. F para su presentación en los términos de la Constitución y del Estatuto”.
La Asamblea Legislativa del Distrito Federal tiene la facultad completa de examinar de manera
exhaustiva la Cuenta Pública por medio de la Contaduría Mayor de Hacienda en cumplimiento de esa facultad
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que está fundamentada en la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa
del Distrito Federal, que a su vez necesita para su ejecución del apoyo de las siguientes leyes.
La ley orgánica de la contaduría mayor de hacienda de la asamblea legislativa del Distrito Federal
define las atribuciones del órgano técnico de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y establece la
disposición de revisar la Cuenta Pública con el propósito de fiscalizar los ingresos y egresos del Distrito
Federal, así como definir y vigilar las normas, procedimientos, métodos y sistemas de auditoria, con objeto de
uniformar los criterios en materia de contabilidad gubernamental.
La Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, ha surgido de
La necesidad de fiscalizar los recursos públicos, a través del órgano legislativo.
De la revisión que se realiza al gobierno, la información proviene de un documento que rinde el
Jefe de Gobierno del Distrito Federal año tras año que se denomina cuenta pública, es a través de ella que la
organización de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, asume sus
atribuciones y su organización, para que se faculte de pleno poder para poder determinar el grado de
cumplimiento en la aplicación de los recursos, con todos los aspectos legales y normativos que rigen a las
instituciones.
1.3.7. EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO
En sentido amplio el presupuesto, es el conjunto de actos reglamentados cuya finalidad es lograr la
recaudación de recursos para más tarde ejecutar los gastos o inversiones contenidos en el mismo; es decir, se
puede considerar al presupuesto, como la planificación de la actividad financiera del Estado.
Podemos identificar esta actividad de acuerdo con lo antes expuesto, con aquellas acciones
orientadas a la administración, manejo y aplicación de los recursos económicos que realizan las diferentes
entidades siempre con el propósito de cumplir con lo trazado en el Presupuesto de Egresos con sus metas y/o
programas.
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Desde un punto de vista técnico, el presupuesto se ejecuta a través de cuatro grandes fases, a saber:
compromiso, liquidación, ordenamiento y entero o pago.
El fundamento constitucional de la primera de estas cuatro fases, el compromiso, lo encontramos
en el Artículo 126 de la Carta Magna que establece que no podrá hacerse pago alguno que no este
comprendido en el presupuesto o determinado por ley posterior.
Esto es, se deben comprometer los pagos que habrán de realizarse a lo estrictamente establecido en
el presupuesto de egresos o en ley posterior.
El Artículo 25 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público, establece en su segundo
párrafo que “el gasto público federal debe ajustarse al monto autorizado para los programas y partidas
presupuéstales, salvo que se trate de las partidas que se señalen como de aplicación automática en los
presupuestos, para aquellas erogaciones cuyo monto no sea posible prever”.
Una vez comprometido un gasto a determinado programa o actividad, se debe realizar un acto
administrativo-contable cuyo propósito es calcular el importe de ese gasto; dicho acto recibe el nombre de
liquidación y constituye la segunda fase de la ejecución presupuestal. En esta fase lo que se pretende es hacer
liquida la obligación contraída por el gobierno en la fase anterior.
La tercera fase, ordenamiento, recibe su nombre del documento que emite la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público al momento de autorizar el pago de alguna cantidad ya comprometida y liquidada.
En efecto, dicho documento recibe el nombre de “orden de pago” y es con este, que la Secretaría de
Hacienda autoriza la erogación de determinada suma de dinero contra el presupuesto, siempre a cargo de
algún acreedor del propio Estado.
Políticamente, el presupuesto debe ser capaz de adaptarse a las condiciones económicas del país
que siempre son variables; además de ello los cambios que el Ejecutivo Federal hace en materia
presupuestaria, reflejan su tendencia política lo que implica dejar de obtener ciertos recursos y, en
consecuencia, cortar el gasto a determinados programas previamente autorizados por el Legislativo, o bien
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brindar mayor apoyo a ciertos programas que el jefe del Ejecutivo considere necesarios para fortalecer su
imagen política.
1.3.8. APROBACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
Una vez llevado a cabo el minucioso análisis de los documentos constitutivos de la Cuenta Pública
Federal se integra el informe del Resultado de la Revisión de la misma, para presentarlo ante la Comisión de
Vigilancia de la Cámara de Diputados, la que a su vez habrá de remitido a la Comisión de Presupuesto y
Cuenta Pública de la misma institución.
La Mesa Directiva de la Cámara la encargada de citar al Auditor Superior de la Federación para
entablar un dialogo enteramente respetuoso, con relación al contenido especifico del mencionado Informe.
El documento final junto con su Informe habrán de darse a conocer a todos los miembros de la
institución, para después proceder a su conservación en los anales de su archivo mayor, para que pueda ser
consultada más adelante si la oportunidad vuelve a presentarse.
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1.4 CAPÍTULO IV EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
1.4.1. ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO
Una vez determinada la misión y la visión de una organización de cualquier entidad o dependencia
pública tiene como primera tarea precisar los objetivos de la misma, los cuales expresan propósitos más
amplios para ser llevados a cabo. Su establecimiento antecede a la selección de programas y al diseño,
instrumentación y mantenimiento de las áreas y sistemas que permitirán la adecuada conducción de las
operaciones, a fin de estar en posibilidades de alcanzar las metas y objetivos fijados a la organización. Todas
estas actividades son parte de un proceso administrativo que determinara el rumbo a seguir de la institución.
La estructura de organización de una entidad proporciona el marco general para planear, dirigir y
controlar las operaciones. Una estructura adecuada incluye la forma y naturaleza de las áreas de la entidad,
incluyendo el procesamiento de datos y las relaciones jerárquicas respectivas. Además, deberá asignar de
manera adecuada la autoridad y responsabilidad dentro de la entidad.
El estudio y evaluación del control interno se efectúa con el objeto de cumplir con la norma de
ejecución del trabajo que requiere que: "El auditor debe efectuar un estudio y evaluación adecuado del control
interno existente, que te sirva de base para determinar el grado de confianza que va a depositar en él y le
permita determinar la naturaleza, extensión y oportunidad que va a dar a los procedimientos de auditoría”.
El conocimiento y evaluación del control interno deben permitir al auditor establecer una relación
específica entre la calidad del control interno de la entidad y el alcance, oportunidad y naturaleza de las
pruebas de auditoria. Por otra parte, el auditor deberá comunicar las debilidades o desviaciones al control
interno del cliente que son definidas en este boletín como "situaciones a informar.
El examen y evaluación del los sistemas de control interno es la investigación, análisis y prueba
que realiza el auditor al sistema de control implementado en la organización para formarse un juicio de su
suficiencia y efectividad.
El auditor debe comprender los sistemas del control interno de la dependencia, entidad, proyecto,
programa o recursos sujeto a revisión. Con base en la suficiencia o insuficiencia de los mecanismos de control
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encontrados, determina el grado de confianza que debe depositar en los mismos y de esta manera establece el
alcance, la profanidad y la oportunidad que requieren sus pruebas de auditoria.
Los objetivos del examen y evaluación del sistema de control interno, así como el enfoque que
tendrá, varían de acuerdo con los objetivos de la auditoria.
De manera general son los siguientes:
Verificar que las operaciones se realizan con criterios de economía, eficiencia, y que se cumple con
los objetivos específicos de control.
Verificar que los sistemas de control son suficientes y efectivos.
Verificar que el sistema de control funciona de acuerdo con lo establecido.
Definir la naturaleza, alcance y oportunidad que se darán a las pruebas de auditoria.
Dentro de la metodología de la auditoria pública se contempla el examen y evaluación de los
sistemas de control interno como parte de la planeación especifica.
Como ya se menciono el objetivo de la revisión varia de acuerdo a diversas circunstancias. En
cualquiera de los casos citados, es necesario precisar las acciones que habrán de seguirse para dicho examen
proporcione un diagnostico completo y objetivo sobre el estado que guarda el sistema de control interno en el
área que será sometida a revisión.
La metodología propuesta se compone de las siguientes etapas:
Recopilación y análisis de la información general del área.
Identificación de los riesgos del procedimiento y de los objetivos específicos de control.
Investigación del procedimiento y de los controles establecidos sobre el mismo.
Registro de la información en papeles de trabajo.
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1.4.2 DEFINICIÓN Y ELEMENTOS DE LA ESTRUCTURA DEL CONTROL INTERNO
La estructura de control interno de una entidad consiste en las políticas y procedimientos
establecidos para proporcionar una seguridad razonable de poder lograr los objetivos específicos de la
entidad. Dicha estructura consiste de los siguientes elementos:
El ambiente de control.
El sistema contable.
Los procedimientos de control.
A) Ambiente de control
El ambiente de control representa la combinación de factores que afectan las políticas y
procedimientos de una entidad, fortaleciendo o debilitando sus controles. Estos factores son los siguientes:
Actitud de la administración hacia los controles internos establecidos.
Estructura de organización de la entidad.
Funcionamiento del consejo de administración y sus comités.
Métodos para asignar autoridad y responsabilidad.
Métodos de control administrativo para supervisar y dar seguimiento al cumplimiento de las
políticas y procedimientos incluyendo la función de auditor interno.
Políticas y prácticas de personal.
Influencias externas que afectan las operaciones y practicas de la entidad.
La calidad del ambiente de control es una clara indicación de la importancia que la administración
de la entidad le da a los controles establecidos.
B) Sistema Contable
El sistema contable consiste en los métodos y registros establecidos para identificar, reunir,
analizar, clasificar, registrar y producir información cuantitativa de las operaciones que realiza una entidad
económica.
Para que su sistema contable sea útil y contable, debe contar con métodos y registros que:
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Identifiquen y registren únicamente las transacciones reales que reúnan los criterios establecidos por
la administración.
Describan oportunamente todas las transacciones en el detalle necesario que permita su adecuada
clasificación.
Cuantifiquen el valor de las operaciones en unidades monetarias.
Registren las transacciones en el periodo correspondiente.
Presenten y revelen adecuadamente dichas transacciones en los estados financieros.
C) Procedimientos de control
Los procedimientos y políticas adicionales al ambiente de control y al sistema contable, que
establece la administración para proporción a una seguridad razonable de lograr los objetivos específicos de la
entidad, constituyen los procedimientos de control. El hecho de que existan formalmente políticas o
procedimientos de control, no necesariamente significa que éstos estén operando efectivamente. El auditor
debe determinar la manera en que la entidad ha aplicado las políticas y procedimientos, su uniformidad de
aplicación y qué persona las ha llevado a cabo, para concluir que efectivamente está operando.
Los procedimientos de control persiguen diferentes objetivos y se aplican en distintos niveles de
organización y del procesamiento de las transacciones. También pueden estar integrados por componentes
específicos del ambiente de control y del sistema contable.
Los procedimientos de carácter preventivo son establecidos para' evitar errores durante el desarrollo
de las transacciones.
Los procedimientos de control de carácter detectivo tienen como finalidad detectar los errores o las
desviaciones que durante el desarrollo de las transacciones, no hubieran sido identificados por los
procedimientos de control preventivos.
Los procedimientos de control están dirigidos a cumplir con los siguientes objetivos:
a) Debida autorización de transacciones y actividades.
b) Adecuada segregación de funciones y responsabilidades.
c) Diseño y uso de documentos y registros apropiados que aseguren el correcto registro de las operaciones.
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d) Establecimiento de dispositivos de seguridad que protejan los activos.
e) Verificaciones independientes de la actuación de otros y adecuada evaluación de las operaciones
registradas.
Los factores específicos del ambiente de control, el sistema contable y los procedimientos de
control de una entidad, deben considerar los siguientes aspectos:
Tamaño de la entidad.
Características de la industria en la que opera.
Organización de la entidad.
Naturaleza del sistema de contabilidad y de las técnicas de control establecidos.
Problemas específicos del negocio.
Requisitos legales aplicables.
La efectividad de la estructura de control interno, está sujeta a limitaciones inherentes, tales como
malos entendidos de instrucciones, errores de juicio, descuido, distracción o fatiga personales, colusión entre
personas dentro y fuera de la entidad y si la gerencia hace caso de ciertas políticas y procedimientos.
Para tener una mejor comprensión de las políticas y procedimientos, el auditor deberá obtener
conocimiento suficiente sobre cada uno de los elementos de la estructura de control interno, a través de
experiencias anteriores con la entidad y de averiguaciones con el personal apropiado, inspección de
documentos y registros y observación de las actividades y operaciones. La naturaleza y alcance de los
procedimientos, suele variar de una entidad a otra y se ven afectados por el tamaño y complejidad de la
misma, experiencias anteriores, naturaleza de la política o procedimiento en particular y la documentación
existente.
El auditor deberá documentar su conocimiento y comprensión de la estructura de control interno,
como parte del proceso de planeación de la auditoria. La forma y alcance de esta documentación se verán
distribuidos por el tamaño y complejidad de la entidad y la naturaleza de la estructura de control interno de la
industria. Por ejemplo, la documentación de una empresa grande y compleja, podrá incluir diagramas de flujo,
cuestionarlos o árboles de decisiones. En cambio en una entidad pequeña, la documentación en forma de
memorando, podrá ser suficiente.
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1.4.3 FACTORES DEL AMBIENTE DE CONTROL INTERNO
Los factores del ambiente de control interno son los siguientes:
Actitud de la Administración hacia los Controles Internos Establecidos
Las operaciones de la administración, incluyen una gran diversidad de características entre otras,
las siguientes enfoque para asumir y vigilar los riesgos de negocios, actitudes y acciones con respecto a la
información financiera, incluyendo el énfasis en el cumplimiento de presupuestos, logro de utilidades y otros
aspectos financieros y operativos.
Estas características influyen sustancialmente en el ambiente de control, sobre todo cuando unas
cuantas personas dominan la administración, independientemente de las consideraciones que se den a otros
factores del propio ambiente de control.
Estructura de Organización de la Entidad
La estructura de organización de una entidad proporciona el marco general para planear, dirigir, y
controlar las operaciones.
Una estructura adecuada incluye la forma y naturaleza de las áreas de la entidad, incluyendo el
procedimiento de datos y las relaciones jerárquicas respectivas.
Además, deberá asignar de manera adecuada la autoridad y responsabilidad dentro de la entidad.
Funcionamiento de Organización de la Entidad
Los comités de auditoria son nombrados por el Consejo de Administración y tienen papel
fundamental en vigilar el cumplimiento de las políticas y practicas contables y de información financiera de la
entidad.
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El comité debe apoyar al Consejo de Administración en sus responsabilidades y ayudar a mantener
una comunicación directa entre el Consejo y los auditores externos.
Métodos para asignar Autoridad y Responsabilidad
Estos métodos afectan la comprensión de las relaciones jerárquicas y las responsabilidades
establecidas dentro de la entidad.
Los métodos para asignar autoridad y responsabilidad incluyen entre otros aspectos, los siguientes:
Políticas sobre asuntos tales como prácticas de negocios, conflictos de interés y código de conducta.
Asignación de responsabilidades y delegación de autoridad para tratar asuntos tales como metas y
objetivos de la organización, funciones operativas y requisitos legales.
Descripción de puestos de los empleados, delineando funciones especificas, relaciones jerárquicas y
restricciones.
Documentación de los sistemas de cómputo, indicando los procedimientos para autorizar
transacciones y aprobar cambios a los sistemas existentes.
Métodos De Control Administrativo Para Supervisar Y Dar Seguimiento Al Cumplimiento De Las
Políticas Y Procedimientos, Incluyendo La Función De Auditoria Interna
Estos métodos afectan el control directo de la administración, sobre la autoridad delegada a otros,
así como su capacidad para supervisar efectivamente las actividades de la entidad en general.
Los métodos de control administrativo incluyen entre otros:
Establecimientos de sistemas de planeación y reporte de información, que establezcan los objetivos
de la administración y los resultados del desempeño real.
Tales sistemas podrán incluir planeación estratégica, presupuestos, pronósticos, planeación de
utilidades y contabilidad por área de responsabilidad.
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Establecimiento de métodos que identifiquen al desempeño real y las excepciones al desempeño
planeado, así como la comunicación a los niveles administrativos apropiados.
Utilización de métodos apropiados para investigar desviaciones a las expectativas y tomar acciones
correctivas oportunas y adecuadas.
Establecimiento y vigilancia de políticas para desarrollar y modificar los sistemas contables y los
procedimientos de control, incluyendo el desarrollo, modificación y uso de programas cómputo y
archivos de datos relacionados.
La función de auditoria interna efectiva debe contar con relaciones de autoridad e información
adecuada, personal capacitado y recursos suficientes para llevar a cabo su función.
Políticas y Practicas de Personal
Estas políticas y prácticas afectan la capacidad de una entidad para emplear personal competente
que le permita lograr sus metas y objetivos.
Incluyen los procedimientos y políticas para contratar, capacitar, evaluar, promover y compensar a
los empleados, así como para proporcionarles los recursos necesarios para que puedan cumplir con sus
responsabilidades asignadas.
Influencias Externas que afecten las Operaciones y Practicas de la Entidad
Están representadas por factores ajenos a la entidad, que afectan las operaciones y practica de la
misma.
Incluyen los requisitos de vigilancia y cumplimiento establecidos por organismos regulados y la
evaluación afectada por terceros, de las acciones de la entidad.
Aunque las influencias externas suelen estar fuera de control de la entidad, podrán aumentar la
conciencia y actitud de la administración, hacia la conducción e información de las operaciones y hacer que se
establezcan procedimientos o políticas especificas de control interno al respecto.
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La calidad del ambiente de control interno es una clara indicación de la importancia que la
administración de la entidad le da a los controles establecidos.
Sistema Contable
El sistema contable consiste en los métodos y registros establecidos para identificar, reunir,
analizar, clasificar registrar y producir información cuantitativa de las operaciones que realiza una entidad
económica.
Métodos y Registros del Sistema Contable
Se debe contar con los siguientes métodos y registros para que un sistema contable sea útil y
confiable:
1. Identificar y registrar únicamente las transacciones reales que reúnen los criterios establecidos por la
administración:
2. Describir oportunamente todas las transacciones con el detalle necesario que permitan su adecuada
clasificación.
3. Cuantificar el valor de las operaciones en unidades monetarias.
4. Registrar las transacciones en el periodo correspondiente.
5. Presentar y revelar adecuadamente dichas transacciones en los estados financieros.
Factores Específicos del Ambiente de Control, el Sistema Contable y los Procedimientos de Control.
Los factores que deben considerarse de una empresa o entidad son los siguientes:
1. Tamaño de la entidad.
2. Características de la industria en la que opera.
3. Organización de la entidad.
4. Naturaleza del sistema de contabilidad y de las técnicas de control establecidas.
5. Problemas específicos del negocio.
- 113 -
6. Requisitos legales aplicables.
El establecimiento y mantenimiento de toda una estructura de control interno representa una gran
responsabilidad de la administración, para proporcionar una seguridad razonable de que se logran los
objetivos de una entidad.
Por lo tanto la gerencia debe vigilar en forma constante la estructura de control interno, con la
finalidad de ver si opera en forma eficaz o si se debe modificar de acuerdo a las condiciones existente dentro
de la empresa.
Toda estructura de control interno se puede ver afectada en su efectividad por varias causas, tales
como errores de juicio, descuido, malos entendidos en las instrucciones, descuidos fatigas del personal, el
caso omiso por parte de la gerencia, entre otras.
En una auditoria, el auditor deberá documentar su conocimiento y comprensión de la estructura del
control interno, como parte del proceso de plantación. La forma y alcance de la documentación sé vera
afectada por el tamaño y complejidad de la entidad y la naturaleza de la estructura del control interno.
Evaluación preliminar
En esta etapa, el auditor efectúa un análisis general del riesgo implícito en el trabajo que va a
realizar, con objeto de considerarlo en el diseño de sus programas de trabajo de auditoria y para identificar
gradualmente las actividades y características específicas de la entidad. El boletín 3030, "importancia relativa
y riesgo de auditoría" de esta comisión, define los tipos de riesgo y el efecto que tienen éstos en la planeación
y desarrollo de una auditoría de estados financieros.
Aún cuando en esta etapa no se han probado los controles internos y por lo tanto, aunque cualquier
decisión es preliminar, el auditor deberá primeramente:
a) Comprender el ambiente de control establecido por la administración para detectar errores potenciales.
- 114 -
b) Describir y verificar su comprensión de los procedimientos de control de la administración.
c) Evaluar el diseño de los sistemas de control, para determinar sí es probable que sean eficaces para prevenir
o detectar y corregir los errores potenciales identificados.
d) Formarse un juicio sobre la confianza que podrá depositarse en el control que será probado.
Una vez que el auditor ha adquirido un conocimiento general de la estructura de control interno,
estará capacitado para decidir el grado de confianza que depositará en los controles existentes, para la
prevención y detección de errores potenciales importantes o bien si directamente los objetivos de auditoria se
pueden alcanzar de manera más eficiente y efectiva a través de la aplicación de pruebas sustantivas.
La evaluación final de los procedimientos de control seleccionados, se hará después de llevar a
cabo las pruebas de cumplimiento de dichos controles.
Es importante reiterar que en este análisis se deberá de centrar en los riesgos del procedimiento y
las acciones que están implantadas para su administración.
1.4.4. EL PROCESAMIENTO ELECTRÓNICO DE DATOS AL EVALUAR LA ESTRUCTURA DEL CONTROL INTERNO
Por la importancia que han adquirido los sistemas de PED en la información contable, así como el
volumen de operaciones procesadas en ellos, la pérdida de huellas visibles y concentración de funciones
contables que frecuentemente se dan en un ambiente de este tipo, el auditor debe conocer, evaluar y en su
caso, probar el sistema de PED, como parte fundamental del estudio y evaluación del control interno y
documentar adecuadamente sus conclusiones sobre su efecto en la información financiera y el grado de
confianza que depositará en los controles.
Procedimientos de la Revisión Preliminar del Ped
Los procedimientos de la revisión del proceso de datos que realiza el auditor suelen incluir los
siguientes asuntos:
- 115 -
Obtener y preparar un organigrama actualizado del departamento o funciones del proceso electrónico
de dato.
Entrevistar al personal competente del proceso electrónico de datos y obtener información y
descripciones del procesador central, periféricos, software de aplicación y cambios previstos en el
hardware del departamento.
Obtener copias de los informes de las revisiones realizadas por terceros si se dispone de ellos, si el
cliente utiliza los servicios de un centro de cálculo.
Formarse una opinión global de las aplicaciones financieras del centro de proceso de datos que
tienen importancia para la auditoria y preparar unas descripciones breves de aquellas que podrían
afectar significativamente a la naturaleza, oportunidad o amplitud de los procedimientos de auditoria
que se han de realizar.
Los factores que se han de considerar incluyen el grado de utilización del centro de proceso de
datos en aplicaciones de los controles de contabilidad importantes, la estructura básica de los controles de
contabilidad de la entidad, el flujo de transacciones, los documentos justificativos de la mismas, la existencia
de otras auditorias y la información referente a otros puntos de control.
Pruebas de cumplimiento y evaluación final
La finalidad de las pruebas de cumplimiento es reunir evidencia suficiente para concluir si los
sistemas de control establecidos por la administración, prevendrán o detectarán y corregirán errores
potenciales que pudieran tener un efecto importante en los estados financieros. Esta conclusión permite
confiar en el control como fuente de seguridad general de auditoria y disminuir el alcance de las pruebas
sustantivas.
Las pruebas de cumplimiento están diseñadas para respaldar la evaluación de la aparente
contabilidad de procedimientos específicos de control. La evaluación se hará determinando si los
procedimientos de control están funcionando de manera efectiva, según se diseñaron, durante todo el periodo.
Estas pruebas pueden implicar el examen de documentación de transacciones para buscar la presencia o
ausencia de atributos específicos (controles detectivos).
- 116 -
Al efectuar una prueba de cumplimiento en una muestra de transacciones seleccionadas, se puede
determinar una tasa máxima estimada de desviaciones y así llegar a una conclusión sobre la eficacia de los
procedimientos de control durante el periodo examinado.
Además de las pruebas que se describen, es necesario establecer, por indagación y observación e
inspección de documentación, la forma en que la administración se ha asegurado de que el sistema de control
continúa operando efectivamente, a pesar de posibles cambios en el medio ambiente.
Los procedimientos de auditoria podrían variar si corno resultado de las pruebas de cumplimiento,
se detectan debilidades o desviaciones a los procedimientos de control.
1.4.5. EL PROCESAMIENTO COMUNICACIÓN DE SITUACIONES A INFORMAR
En virtud de que las expectativas de los usuarios con respecto a la responsabilidad del auditor para
informar por escrito sobre debilidades o desviaciones relacionadas con la estructura del control interno se han
incrementado, ha sido necesario definir las situaciones a informar, así como la forma y contenido de dicho
informe.
Durante el curso de su trabajo, el auditor debe estar al tanto de los asuntos relacionados con el
control interno, que puedan ser de interés para el cliente, los cuales se identifican como "Situaciones a
Informar". Estas situaciones son asuntos que llaman la atención del auditor y que en su opinión deben
comunicarse al cliente, ya que representan deficiencias importantes en el diseño u operación de la estructura
de control interno, que podrían afectar negativamente la capacidad de la organización para registrar, procesar,
resumir y reportar información financiera uniforme con las afinaciones de la administración en los estados
financieros. Tales deficiencias pueden incluir diferentes aspectos del control interno.
El objetivo del auditor en una auditoria, es formarse una opinión sobre los estados financieros de la
entidad, por lo que no tiene la obligación de investigar y encontrar situaciones a informar. Sin embargo, debe
estar al tanto de ellas, a través de la evaluación de los elementos de la estructura del control interno, de la
aplicación de procedimientos de auditoria sobre saldos o transacciones o de alguna otra manera dentro del
curso de la revisión.
- 117 -
El juicio del auditor con respecto a las situaciones a informar, varía en cada trabajo y está
influenciado por la naturaleza y extensión de los procedimientos de auditoria y otros factores, tales como el
tamaño de la entidad, su complejidad y la naturaleza y diversificación de sus actividades.
Esta comunicación se debe hacer con personas de alto nivel de autoridad y responsabilidad, tales
como el Consejo de Administración, el dueño de la empresa o con quienes hayan contratado al auditor.
Como parte de su trabajo, el auditor debe además, proporcionar sugerencias que permitan mejorar
la estructura de control interno existente.
El auditor también podrá identificar asuntos que a su juicio no sean estrictamente situaciones a
informar o bien sean poco importantes y tendrá que decidir si comunica o no estos asuntos en beneficio de la
administración.
1.4.6. FORMA Y CONTENIDO DEL INFORME
El informe debe contener:
La indicación de que el propósito de la auditoria es el de emitir una opinión sobre los estados
financieros y no el de proporcionar una seguridad del funcionamiento de la estructura del control
interno.
Los aspectos considerados como "Situaciones a informar".
Las restricciones establecidas para la distribución de tal comunicación.
Dado el riesgo de interpretaciones erróneas con respecto al grado limitado de seguridad, al afirmar
que no se identificaron "Situaciones a Informar" durante la auditoria, el auditor deberá evaluar cuidadosa-
mente esta situación antes de incluir tal aseveración en su informe.
El auditor deberá considerar si debe comunicar los asuntos importantes durante el curso de la
auditoria o al concluirla, en función de la urgencia de una acción correctivo inmediata.
- 118 -
El contenido de este boletín no limita al auditor de la posibilidad de comunicar a su cliente
situaciones y sugerencias con respecto a actividades que van más allá de los asuntos relacionados con la
estructura del control interno.
Influencias externas
Están representadas por factores ajenos a la entidad, que afectan las operaciones y prácticas de la
misma. Incluyen los requisitos de vigilancia y cumplimiento establecidos por organismos reguladores y la
evaluación efectuada por terceros, de las acciones de la entidad. Aunque las influencias externas suelen estar
fuera del control de la entidad, podrán aumentar la conciencia y actitud de la administración ' hacia la
conducción e infamación de las operaciones y hacer que se establezcan procedimientos o políticas específicas
de control interno al respecto.
Deficiencia en el diseño de la estructura del control interno
Diseño inadecuado de la estructura del control interno en general.
Ausencia de una adecuada segregación de funciones, acorde con los objetivos de control
establecidos.
Falta de revisión y aprobación adecuada de las transacciones, pólizas contables o reportes emitidos.
Procedimientos inadecuados para la evaluación y aplicación adecuada de principios de contabilidad.
Medidas deficientes para la protección de los activos.
Ausencia de técnicas de control adecuadas para el tipo de transacciones efectuadas.
Fallas en el diseño del sistema para suministrar información completa y correcta, congruente con los
objetivos y necesidades de la entidad.
Deficiencia en la operación de la estructura del control interno
Deficiencias en los controles establecidos para la prevención y detección de omisiones en la
información contable.
Fallas en el suministro de información completa y correcta de acuerdo con los objetivos de la
entidad, como consecuencia de omisiones en la aplicación de los procedimientos de control.
Violación intencional de los controles establecidos, por parte de personal de alto nivel jerárquico.
Fallas en la protección de los activos, contra pérdidas, daños o uso indebido de los mismos.
Fallas en la ejecución de funciones que son parte de la estructura del control interno, tales como
preparación o revisión oportuna de conciliaciones.
- 119 -
Aplicación indebida de principios de contabilidad con la intención de distorsionar la información
financiera.
Falta de adhesión a las políticas y procedimientos establecidos por la Administración.
EJEMPLO DE UNA CARTA INTRODUCTORA AL INFORME SOBRE ASUNTOS RELACIONADOS
CON LA ESTRUCTURA DE CONTROL INTERNO.
Al consejo de administración
De Blam Eléctrica S.A. de CV,
En relación con nuestro examen de los estados financieros de la empresa Blam Eléctrica S.A. de CTV. Por el
año terminado el 31 de Diciembre de 1997, hemos evaluado la estructura del control interno de la compañía,
únicamente hasta el grado que consideramos necesario para tener una base sobre la cual determinar la
naturaleza extensión y oportunidad de las pruebas de auditoria. Aplicando en nuestro examen de los estados
financieros de la compañía. Nuestra evaluación de la estructura de control interno no comprendió un estudio y
evaluación detallada de ninguno de sus elementos y no fue ejecutada con el propósito de desarrollar
recomendaciones detalladas o evaluar la eficiencia con la cual la estructura de control interno de la compañía
permite prevenir o detectar todos los errores o irregularidades que pudieran ocurrir. Los asuntos tratados aquí
fueron considerados durante nuestro examen y no modifican nuestra opinión fechada el 29 de Marzo de 1998
sobre dichos estados financieros. El informe adjunto también incluye comentarios y sugerencias con respecto
a otros asuntos financieros y administrativos, los cuales notaremos durante el curso de nuestro examen de los
estados financieros.
Todos estos comentarios se presentan como sugerencias constructivas para la consideración de la
Administración; como parte del proceso continúo de modificación y mejoramiento de la estructura de control
interno existente y de otras prácticas y procedimientos administrativos financieros.
Este informe es para uso exclusivo de la Administración de la compañía y no debe ser utilizado con ningún
otro fin.
- 120 -
Deseamos expresar nuestro agradecimiento por la cortesía y cooperación extendida a nuestros representantes
durante el curso de su trabajo. Nos agradaría discutir estas recomendaciones en mayor detalle, de ser
necesario y asimismo, proporcionar la ayuda necesaria para su implantación.
Muy atentamente
Auditores, S.A. de CV
CONCLUSIONES
De acuerdo al estudio realizado es muy importante que se lleve a cabo un estudio y evaluación del control
interno antes de que se prepare o planee el programa de auditoria, esto con la finalidad de adquirir un
conocimiento general de la estructura del control interno.
Es fundamental realizar un estudio y evaluación del control interno ya que a través de ello el auditor va poder
determinar la confianza que va depositar en el control interno y saber si debe o no aplicar las pruebas de
auditoria.
Si una empresa tiene un buen control interno en las áreas de su contabilidad y se están llevando a cabo en
forma eficaz podemos concluir que se puede tener confianza en el control interno de la empresa, pero esto
debe ser verificado por el auditor revisando que las políticas y los procedimientos se hayan aplicado
uniformemente.
También es necesario que la gerencia tenga una actitud positiva en los controles internos verificando que se
estén llevando en forma adecuada las políticas y los procedimientos de la entidad con la finalidad de ver si se
opera eficientemente o si deben cambiar las políticas o los procedimientos existentes.
- 121 -
1.5. CASO PRÁCTICO
El siguiente caso práctico esta enfocado a la revisión de la Cuenta Pública de una entidad
gubernamental, es decir el estudio de los ingresos y egresos que fueron recibidos por parte de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público para así determinar el cumplimiento de las distintas disposiciones aplicables.
- 122 -
CONMEX
Comisión Nacional Mexicana
Cuenta Pública 2005
Enero-Diciembre Dirección General de Planeación
- 123 -
OFICIALIA MAYOR MAYOR DIRECCION GENERAL DE RECURSOS FINANCIEROS
México, D. F,, a 30 de noviembre
de 2005. Anexo del oficio 346.-
1038
Formatos a requisitar por la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (COND USEF)
FORMATO N°.
FECHA DE ENTREGA
DESCRIPCIÓN
C2AP255
15/03/06
Inversión física ejercida de las entidades paraestatales de control presupuestario indirecto en flujo de efectivo por estructura f inanciera y entidades federativas
G2AP265
15/03/06
Inversión física ejercida por concepto de aportaciones federales, gasto federal reasignado y subsid ios a. Las entidades federativas y municip ios por estructura financiera
C2IF300
15/03/06
Ingresos de flujo de efectivo, entidades paraestatales de control presupuestario indirecto. No financieras (original, modificado y obtenido)
C2IF305
1 5/03/06
Egresos de flujo de efectivo, entidades paraestatales de control presupuestario indirecto. No financieras (original, modificado y ejercido
C2IF310
1 5/03/06
Conciliación de los slibs. Y transf. Otorgados a entidades paraestatales de control presupuestario indirecto
G3AP400 15/03/06 /
Ejercicio funcional programático económico f inanciero del gasto programable devengado. Entidades paraestata les de control presupuestar io indirecto
G3AP405 _1/ 15/03/06 Análisis del cumplimiento de las metas presupuestarias
G3AP415
1 5/03/06
Clasificación administrativa. Del gasto programable de entidades paraestatales de control presupuestario indirecto
G3AP420 1 5/03/06 Progra mas y proyectos de inversión de entidades paraestatales de control presupuestario indirecto
G3AP430 _1/ 1 5/03/06 Análisis del e jercicio del presupuesto programático devengado
_1/ Formatos que deberá requisitar la Entidad, tanto para la Dependencia,
únicamente con recursos fiscales como el de la Entidad, contemplando los recursos
propios.
Nota: para el llenado del formato G3AP420 Programas y Proyectos de Inversión se
requiere se remita el registro de
cartera en el PIPP.
Formatos a requisitar por la Comisión Nacional Mexicana (CONMEX)
- 124 -
27/03/2006 12:33
G3AP415
AÑO NG SECTOR ENTIDAD GF FN SF PG AI AP CG TG FF ORIGINAL MODIFICADO EJERCIDO
2005 1 ´ 06 G3A 1 3 ´06 13 ´001 A001 4301 1 1 7,611,759 7,611,759 7,611,759 2005 1 ´ 06 G3A 1 3 ´06 13 ´002 A001 4301 1 1 27,566,892 27,566,892 27,566,892 2005 1 ´ 06 G3A 1 3 ´06 13 ´004 A001 4301 1 1 249,464,515 246,696,124 246,696,124 2005 1 ´ 06 G3A 1 3 ´06 13 ´001 A001 4302 1 1 104,000 104,000 104,000 2005 1 ´ 06 G3A 1 3 ´06 13 ´002 A001 4302 1 1 476,000 476,000 476,000 2005 1 ´ 06 G3A 1 3 ´06 13 ´004 A001 4302 1 1 3,920,000 3,896,930 3,896,930 2005 1 ´ 06 G3A 1 3 ´06 13 ´001 A001 4303 1 1 1,118,390 1,118,390 1,118,390 2005 1 ´ 06 G3A 1 3 ´06 13 ´002 A001 4303 1 1 2,443,495 2,443,495 2,443,495 2005 1 ´ 06 G3A 1 3 ´06 13 ´004 A001 4303 1 1 51,119,385 51,252,871 51,252,871 2005 1 ´ 06 G3A 1 3 ´06 13 ´004 A001 4303 1 2 4,000,000 4,000,000 3,152,235 2005 1 ´ 06 G3A 1 3 ´06 13 ´004 A001 4304 2 1 4,000,000 3,833,572 3,833,572 2005 1 ´ 06 G3A 1 3 ´06 13 ´001 A001 4312 1 1 61,930 61,930 61,930 2005 1 ´ 06 G3A 1 3 ´06 13 ´002 A001 4312 1 1 598,234 598,234 598,234 2005 1 ´ 06 G3A 1 3 ´06 13 ´004 A001 4312 1 1 3,250,477 3,124,928 3,124,928 2005 1 ´ 06 G3A 1 3 ´06 13 ´004 A001 4313 1 1 1,557,330 2005 1 ´ 06 G3A 1 3 ´06 13 ´004 A001 4322 1 1 43,152,000 43,152,000 43,152,000 2005 1 ´ 06 G3A 1 3 ´06 13 ´001 A001 4323 1 1 39,584 39,584 39,584 2005 1 ´ 06 G3A 1 3 ´06 13 ´002 A001 4323 1 1 381,018 381,018 381,018 2005 1 ´ 06 G3A 1 3 ´06 13 ´004 A001 4323 1 1 2,079,009 1,998,683 1,998,683 2005 1 ´ 06 G3A 1 3 ´06 13 ´004 A001 4324 1 1 81,400 2005 1 ´ 06 G3A 1 3 ´06 13 ´004 A001 4325 1 1 52,170 2005 1 ´ 06 G3A 1 3 ´06 13 ´004 A001 4329 1 1 6,782,003
PRESUPUESTO PROGRAMABLE
CLASIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL GASTO PROGRAMABLECOMISIÓN NACIONAL MEXICANA
(Pesos)
CLAVESPROGRAMATICAS PRESUPUESTARIAS
CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL DE 2005
- 125 -
27/03/200612:34
G3AP415
AÑONG SECTOR ENTIDAD GF FN SF PG AI AP CG TG FF ORIGINAL MODIFICADO EJERCIDO
2005 1 ´06 G3A 1 3 ´06 13 ´001 A001 1000 1 1 7,713,273 7,713,273 7,713,273 2005 1 ´06 G3A 1 3 ´06 13 ´002 A001 1000 1 1 28,546,144 28,546,144 28,546,144 2005 1 ´06 G3A 1 3 ´06 13 ´004 A001 1000 1 1 306,418,904 294,971,735 294,971,735 2005 1 ´06 G3A 1 3 ´06 13 ´001 A001 2000 1 1 104,000 104,000 104,000 2005 1 ´06 G3A 1 3 ´06 13 ´002 A001 2000 1 1 476,000 476,000 476,000 2005 1 ´06 G3A 1 3 ´06 13 ´004 A001 2000 1 1 3,920,000 3,896,930 3,896,930 2005 1 ´06 G3A 1 3 ´06 13 ´001 A001 3000 1 1 1,118,390 1,118,390 1,118,390 2005 1 ´06 G3A 1 3 ´06 13 ´002 A001 3000 1 1 2,443,495 2,443,495 2,443,495 2005 1 ´06 G3A 1 3 ´06 13 ´004 A001 3000 1 1 51,119,385 51,252,871 51,252,871 2005 1 ´06 G3A 1 3 ´06 13 ´004 A001 3000 1 2 4,000,000 4,000,000 3,152,235 2005 1 ´06 G3A 1 3 ´06 13 ´004 A001 5000 2 1 4,000,000 3,833,572 3,833,572
PRESUPUESTO PROGRAMABLE
CLASIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL GASTO PROGRAMABLECOMISIÓN NACIONAL MEXICANA
(Pesos)
CLAVESPROGRAMATICAS PRESUPUESTARIAS
CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL DE 2005
- 126 -
G3AP430€
CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL DE 2005
ANÁLISIS DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO PROGRAMATICO DEVENGADO
COMISIÓN NACIONAL MEXICANA
Para el cumplimiento de los objetivos, en el ejercicio 2005, la Comisión Nacional Mexicana
(CONMEX) se le autorizó un presupuesto original de 409 859.6 miles de pesos, el cual estaba conformado de
405 859.6 miles de pesos por subsidios y transferencias, y de 4 000.0 miles de pesos de recursos propios. Al
cierre del ejercicio fiscal el presupuesto ejercido ascendió a 397 508.6 miles de pesos, cantidad menor en 3.0
por ciento respecto al monto original asignado; de los recursos erogados 394 356.4 miles de pesos
correspondieron a subsidios y transferencias cantidad inferior en 2.8 por ciento en relación a la asignación
original, y 3 152.2 miles de pesos son aplicados con recursos propios cantidad que resultó inferior en 21.2 por
ciento a la autorización original.
Considerando la naturaleza del gasto, del presupuesto total ejercido por la Comisión Nacional
Mexicana en 2005, el 99.0 por ciento se orientó a gasto corriente y el 1.0 por ciento a gasto de capital.
La participación del gasto corriente dentro del ejercido total de la Entidad ascendió a 393 675.0
miles de pesos, monto inferior en 3.0 por ciento con respecto al presupuesto original de 405 859.6 miles de
pesos. Del total de gasto corriente, el ejercido con recursos de subsidios y transferencias fue de 390 522.8
miles de pesos y el de recursos propios se ubicó en 3 152.2 miles de pesos, montos inferiores en 2.8 y 21.2
por ciento, de su presupuesto original respectivamente. A nivel de capítulo el comportamiento del gasto
corriente es el siguiente:
Los recursos erogados dentro del capítulo de gasto Servicios Personales reportaron una
disminución del 3.3 por ciento del presupuesto original, derivado principalmente por:
Reducción presupuestal por 6 768.8 miles de pesos, representando el 1.9 por ciento del presupuesto
original del capítulo que ascendió a la cantidad de 342 678.3 miles de pesos; reducción que permitió
regularizar la cancelación de 30 plazas incorporadas al Programa de Separación Voluntaria 2003. Dichos
- 127 -
recursos se transfirieron por lineamiento al Ramo 23.
Reducción presupuestal por 598.4 miles de pesos, en cumplimiento con las Disposiciones en
Materia de Restitución del Remanente del Paquete Salarial.
Afectación presupuestal por 1 331.8 miles de pesos para cumplir con las Disposiciones para el
Control y Concentración de las Plazas Vacantes y sus Recursos Asociados.
En cumplimiento a los Lineamientos que Regulan la Conclusión, en forma definitiva, de las
Liquidaciones Derivadas de los Juicios Laborales Promovidos en Contra de la CONMEX, se realizó
reducción presupuestal por 2 735.0 miles de pesos.
El total ejercido en servicios personales ascendió a 331 231.1 miles pesos, cifra inferior en 3.3 por
ciento respecto a la asignación original que fue de 342 678.3 miles de pesos, destacando que al 31 de
diciembre de 2004, el personal de estructura autorizado fue de 432 plazas, mismo número de plazas de
estructura autorizados al 31 de diciembre de 2005.
En el capítulo de gasto de Materiales y Suministros se registró un menor ejercicio presupuestario en
0.5 por ciento, en comparación con su presupuesto original, debido primordialmente a los siguientes factores:
Atención mínima necesaria de las necesidades de materiales y suministros.
Aplicación de medidas de ahorro.
El gasto total en Materiales y Suministros ascendió a 4 476.9 miles de pesos, cifra inferior en 0.5
por ciento respecto a la asignación original de 4 500.0 miles de pesos.
En el capítulo de gasto Servicios Generales se tuvo un menor ejercicio presupuestario en 1.2 por
ciento con relación al presupuesto original, producto principalmente de:
Adecuación presupuestal para el cumplimiento de las Disposiciones que en Materia de
Comunicación Social se Establecen en el Artículo 29 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el
Ejercicio Fiscal 2005.
- 128 -
Aprobación de recursos adicionales por 7 800.0 miles de pesos que se destinaron para cubrir el
déficit que se tenía en la contratación de servicios básicos.
Aplicación de los Lineamientos que Regulan la Conclusión, en forma definitiva, de las
Liquidaciones Derivadas de los Juicios Laborales Promovidos en Contra de la CONMEX, ascendieron a la
cantidad de 3 171.6 miles de pesos, que represento el 5.4 por ciento del presupuesto original correspondiente.
Reducción presupuestal derivada de economías por 4 309.3 miles de pesos, que significaron una
disminución del 7.3 por ciento del presupuesto original del capítulo.
El monto total ejercido en Servicios Generales fue de 57 967.0 miles de pesos, que implica un
menor ejercicio presupuestario del 1.2 por ciento con respecto al presupuesto original de 58 681.3 miles de
pesos: es preciso señalar que del presupuesto ejercido en este capítulo de gasto 54 814.8 miles de pesos
corresponden a subsidios y transferencias y 3 152.2 miles de pesos a recursos propios.
- 129 -
ConceptoOriginal Modificado Ejercido Ejer./Org. Ejer./Modif. Original Modificado Ejercido
TOTAL 409,859,591 398,356,410 397,508,645 99.8 99.8 100.0 100.0 100.0 Recursos Propios 4,000,000 4,000,000 3,152,235 78.8 78.8 1.0 1.0 0.8 Subsidios y Transferencias 405,859,591 394,356,410 394,356,410 97.2 100.0 99.0 99.0 99.2 GASTO CORRIENTE 405,859,591 394,522,838 393,675,073 97.0 99.8 99.0 99.0 99.0 Recursos Propios 4,000,000 4,000,000 3,152,235 78.8 78.8 1.0 1.0 0.8 Subsidios y Transferencias 401,859,591 390,522,838 390,522,838 97.2 100.0 98.0 98.0 98.2 Servicios Personales 342,678,321 331,231,152 331,231,152 96.7 100.0 83.6 83.1 83.3 Recursos PropiosSubsidios y Transferencias 342,678,321 331,231,152 331,231,152 96.7 100.0 83.6 83.1 83.3 Materiales y Suministros 4,500,000 4,476,930 4,476,930 99.5 100.0 1.1 1.1 1.1 Recursos PropiosSubsidios y Transferencias 4,500,000 4,476,930 4,476,930 99.5 100.06 1.1 1.1 1.1 Servicios Generales 58,681,270 58,814,756 57,966,991 98.8 98.6 14.3 14.8 14.6 Recursos Propios 4,000,000 4,000,000 3,152,235 78.8 78.8 1.0 1.0 0.8 Subsidios y Transferencias 54,681,270 54,814,756 54,814,756 100.2 100.0 13.3 13.8 13.8 Otros de CorrientesRecursos PropiosSubsidios y Transferencias
GASTO DE CAPITAL 4,000,000 3,833,572 3,833,572 95.8 100.0 1.0 1.0 1.0Recursos PropiosSubsidios y Transferencias 4,000,000 3,833,572 3,833,572 95.8 100.0 1.0 1.0 1.0Inversión Física 4,000,000 3,833,572 3,833,572 95.8 100.0 1.0 1.0 1.0Recursos PropiosSubsidios y Transferencias 4,000,000 3,833,572 3,833,572 95.8 100.0 1.0 1.0 1.0Bienes Muebles e Inmuebles 4,000,000 3,833,572 3,833,572 95.8 100.0 1.0 1.0 1.0Recursos PropiosSubsidios y Transferencias 4,000,000 3,833,572 3,833,572 95.8 100.0 1.0 1.0 1.0Obra PublicaRecursos PropiosSubsidios y TransferenciasOtros de Inversión FísicaRecursos PropiosSubsidios y TransferenciasInversión FinancieraRecursos PropiosSubsidios y TransferenciasOtros de CapitalRecursos PropiosSubsidios y Transferencias
Fuente: Comisión Nacional Mexicana
Presupuesto Variación Porcentual Estructura Porcentual
CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL DE 2005COMISIÓN NACIONAL MEXICANA
GASTO PROGRAMABLE DEVENGADO POR CLASIFICACIÓN ECONÓMICA(Pesos)
- 130 -
El gasto de capital fue de 3 833.6 miles de pesos, cifra que representó un menor ejercicio
presupuestario de 4.2 por ciento, respecto a los 4 000.0 miles de pesos asignados originalmente. La evolución
de este gasto solamente se canalizo al concepto de bienes muebles, y las erogaciones obedecen a lo siguiente:
En materia de Inversión Física el menor ejercicio presupuestario de 4.2 por ciento con respecto a la
asignación original, esta determinado fundamentalmente a una reducción en el ejercicio presupuestario de
bienes muebles e inmuebles:
La disminución de 4.2 por ciento en Bienes Muebles e Inmuebles, se debió principalmente a:
La adquisición de determinado equipo de administración y bienes informáticos, los recursos
respectivos no fueron utilizados por retrasos en el procesos de licitación correspondiente.
La existencia de economías, por razón de que los costos de adquisición de equipo de administración,
maquinaria y equipo industrial y bienes informáticos fueron menores a lo programado.
El ejercicio del gasto de la CONMEX por clasificación funcional y por programas se desarrollo
considerando actividades relacionadas con la atención de las demandas de los usuarios de servicios
financieros, resaltando de manera importante las siguientes categorías programáticas:
El presupuesto total ejercido por 397 508.6 miles de pesos se agruparon en su totalidad en las
siguientes categorías programáticas:
Grupo funcional- Gobierno.
Función- Hacienda
Subfunción -Servicios financieros
Programa-Programa nacional de financiamiento para el desarrollo.
- 131 -
Concepto
Original Ejercido Original Ejercido Original Ejercido Total Corriente Capital Original Ejercido
TOTAL 409,859,591 397,508,645 409,859,591 393,675,073 4,000,000 3,833,572 3.0 - 3.0 - 4.2 - 100.0 100.0
GF FN SF Por grupos funcionales, funciones y subfunciones
1 Gobierno 409,859,591 397,508,645 409,859,591 393,675,073 4,000,000 3,833,572 3.0 - 3.0 - 4.2 - 100.0 100.0
3 Hacienda 409,859,591 397,508,645 409,859,591 393,675,073 4,000,000 3,833,572 3.0 - 3.0 - 4.2 - 100.0 100.0
´06 Servicios Financieros 409,859,591 397,508,645 409,859,591 393,675,073 4,000,000 3,833,572 3.0 - 3.0 - 4.2 - 100.0 100.0
Por Programas
13 Programa Nacional de Financiamiento para el Desarrollo 409,859,591 397,508,645 409,859,591 393,675,073 4,000,000 3,833,572 3.0 - 3.0 - 4.2 - 100.0 100.0
n.a. No aplicable
Fuente: Comisión Nacional Mexicana
CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL DE 2005GASTO PROGRAMABLE DEVENGADO POR GRUPOS FUNCIONALES, FUNCIONES, SUBFUNCIONES Y PROGRAMAS
COMISIÓN NACIONAL MEXICANA(Pesos)
PG
PresupuestoVariación Porcentual
Ejercido/Original Estructura PorcentualCapitalCorrienteTotalCategoría Programática
- 132 -
CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL DE 2005
ANÀLISIS DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO PROGRAMATICO DEVENGADO
COMISIÓN NACIONAL MEXICANA
Para el cumplimiento de los objetivos, en el ejercicio 2005, la Comisión Nacional Mexicana
(CONMEX) se le autorizó un presupuesto original de 409 859.6 miles de pesos, el cual estaba conformado de
405 859.6 miles de pesos por subsidios y transferencias. Al cierre del ejercicio fiscal el presupuesto ejercido
ascendió a 394 356.4 miles de pesos, cantidad menor en 2.8 por ciento respecto al monto original asignado; de
los recursos erogados 394 356.4 miles de pesos correspondieron a subsidios y transferencias en un 100.0 por
ciento.
Considerando la naturaleza del gasto, del presupuesto total ejercido por la Comisión Nacional
Mexicana en 2005, el 99.0 por ciento se orientó a gasto corriente y el 1.0 por ciento a gasto de capital.
La participación del gasto corriente dentro del ejercido total de la Entidad ascendió a 390 522.8
miles de pesos, monto inferior en 2.8 por ciento con respecto al presupuesto original de 401 859.6 miles de
pesos. Del total del gasto corriente, el ejercido se realizó con recursos de subsidios y transferencias A nivel de
capítulo el comportamiento del gasto corriente es el siguiente:
Los recursos erogados dentro del capítulo de gasto Servicios Personales reportaron una disminución
del 3.3 por ciento del presupuesto original, derivado principalmente por:
Reducción presupuestal por 6 768.8 miles de pesos, representando el 1.9 por ciento del presupuesto
original del capítulo que ascendió a la cantidad de 342 678.3 miles de pesos; reducción que permitió
regularizar la cancelación de 30 plazas incorporadas al Programa de Separación Voluntaria 2003.
Dichos recursos se transfirieron por lineamientos al Ramo 23.
Reducción presupuestal por 598.4 miles de pesos, en cumplimiento con las Disposiciones en Materia
de Restitución del Remanente del Paquete Salarial.
Afectación presupuestal por 1 331.8 miles de pesos para cumplir con las Disposiciones para el
Control y Concentración de las Plazas Vacantes y sus Recursos Asociados.
En cumplimiento a los Lineamientos que Regulan la Conclusión, en forma definitiva, de las
Liquidaciones Derivadas de los Juicios Laborales Promovidos en Contra de la CONMEX, se realizó
reducción presupuestal por 2 735.0 miles de pesos.
El total ejercido en servicios personales ascendió a 331 231.1 miles pesos, cifra inferior en 3.3 por
ciento respecto a la asignación original que fue de 342 678.3 miles de pesos, destacando que al 31 de
- 133 -
diciembre de 2004, el personal de estructura autorizado fue de 432 plazas, mismo número de plazas
de estructura autorizados al 31 de diciembre de 2005.
En el capítulo de gasto de Materiales y Suministros se registró un menor ejercicio presupuestario en
0.5 por ciento, en comparación con su presupuesto original, debido primordialmente a los siguientes factores:
Atención mínima necesaria de las necesidades de materiales y suministros.
Aplicación de medidas de ahorro.
El gasto total en Materiales y Suministros ascendió a 4 476.9 miles de pesos, cifra inferior en 0.5 por
ciento respecto a la asignación original de 4 500.0 miles de pesos.
En el capítulo de gasto Servicios Generales se tuvo un menor ejercicio presupuestario en 1.2 por
ciento con relación al presupuesto original, producto principalmente de:
Adecuación presupuestal para el cumplimiento de las Disposiciones que en Materia de
Comunicación Social se Establecen en el Artículo 29 del Presupuesto de Egresos de la Federación
para el Ejercicio Fiscal 2005.
Aprobación de recursos adicionales por 7 800.0 miles de pesos que se destinaron para cubrir el
déficit que se tenía en la contratación de servicios básicos.
Aplicación de los Lineamientos que Regulan la Conclusión, en forma definitiva, de las
Liquidaciones Derivadas de los Juicios Laborales Promovidos en Contra de la CONMEX,
ascendieron a la cantidad de 3 171.6 miles de pesos, que represento el 5.4 por ciento del presupuesto
original correspondiente.
Reducción presupuestal derivada de economías por 4 309.3 miles de pesos, que significaron una
disminución del 7.3 por ciento del presupuesto original del capítulo.
El monto total ejercido en Servicios Generales fue de 54 814.8 miles de pesos, que implica un mayor
ejercicio presupuestario del 0.2 por ciento con respecto al presupuesto original de 54 681.3 miles de
pesos; es preciso señalar que el presupuesto ejercido en este capítulo de gasto 54 814.8 miles de
pesos corresponde a subsidios y transferencias.
- 134 -
ConceptoOriginal Modificado Ejercido Ejer./Org. Ejer./Modif. Original Modificado Ejercido
TOTAL 405,859,591 394,356,410 394,356,410 97.2 100.0 100.0 100.0 100.0 Recursos PropiosSubsidios y Transferencias 405,859,591 394,356,410 394,356,410 97.2 100.0 99.0 100.0 100.0 GASTO CORRIENTE 401,859,591 390,522,838 390,522,838 97.0 100.0 99.0 99.0 99.0 Recursos PropiosSubsidios y Transferencias 401,859,591 390,522,838 390,522,838 97.2 100.0 99.0 99.0 99.0 Servicios Personales 342,678,321 331,231,152 331,231,152 96.7 100.0 84.4 84.0 84.0 Recursos PropiosSubsidios y Transferencias 342,678,321 331,231,152 331,231,152 96.7 100.0 84.4 84.0 84.0 Materiales y Suministros 4,500,000 4,476,930 4,476,930 99.5 100.0 1.1 1.1 1.1 Recursos PropiosSubsidios y Transferencias 4,500,000 4,476,930 4,476,930 99.5 100 1.1 1.1 1.1 Servicios Generales 54,681,270 54,814,756 54,814,756 100.2 100.0 13.5 13.9 13.9 Recursos PropiosSubsidios y Transferencias 54,681,270 54,814,756 54,814,756 100.2 100.0 13.5 13.9 13.9 Otros de CorrientesRecursos PropiosSubsidios y Transferencias
GASTO DE CAPITAL 4,000,000 3,833,572 3,833,572 95.8 100.0 1.0 1.0 1.0Recursos PropiosSubsidios y Transferencias 4,000,000 3,833,572 3,833,572 95.8 100.0 1.0 1.0 1.0Inversión Física 4,000,000 3,833,572 3,833,572 95.8 100.0 1.0 1.0 1.0Recursos PropiosSubsidios y Transferencias 4,000,000 3,833,572 3,833,572 95.8 100.0 1.0 1.0 1.0Bienes Muebles e Inmuebles 4,000,000 3,833,572 3,833,572 95.8 100.0 1.0 1.0 1.0Recursos PropiosSubsidios y Transferencias 4,000,000 3,833,572 3,833,572 95.8 100.0 1.0 1.0 1.0Obra PublicaRecursos PropiosSubsidios y TransferenciasOtros de Inversión FísicaRecursos PropiosSubsidios y TransferenciasInversión FinancieraRecursos PropiosSubsidios y TransferenciasOtros de CapitalRecursos PropiosSubsidios y Transferencias
Fuente: Comisión Nacional Mexicana
Presupuesto Variación Porcentual Estructura Porcentual
CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL DE 2005COMISIÓN NACIONAL MEXICANA
GASTO PROGRAMABLE DEVENGADO POR CLASIFICACIÓN ECONÓMICA(Pesos)
- 135 -
El gasto de capital fue de 3 833.6 miles de pesos, cifra que representó un menor ejercicio
presupuestario de 4.2 por ciento, respecto a los 4 000.00 miles de pesos asignados originalmente. La
evolución de este gasto solamente se canalizaron al concepto de bienes muebles, y las erogaciones obedecen a
lo siguiente:
En materia de Inversión Física el menor ejercicio presupuestario de 4.2 por ciento con respecto a la
asignación original, esta determinado fundamentalmente a una reducción en el ejercicio
presupuestario de bienes muebles e inmuebles:
La disminución de 4.2 por ciento en Bienes Muebles e Inmuebles, se debió principalmente a:
La adquisición de determinado equipo de administración y bienes informáticos, los recursos
respectivos no fueron utilizados por retrasos en el procesos de licitación correspondiente.
La existencia de economías, por razón de que los costos de adquisición de equipo de administración,
maquinaria y equipo industrial y bienes informáticos fueron menores a lo programado.
El ejercicio del gasto de la CONMEX por clasificación funcional y por programas se desarrollo
considerando actividades relacionadas con la atención de las demandas de los usuarios de servicios
financieros, resaltando de manera importante las siguientes categorías programáticas:
El presupuesto total ejercido por 394 356.4 miles de pesos se agruparon en su totalidad en las
siguientes categorías programáticas:
• Grupo funcional-Gobierno.
• Función- Hacienda
• Subfunción -Servicios financieros
• Programa-Programa nacional de financiamiento para el desarrollo.
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ConceptoOriginal Ejercido Original Ejercido Original Ejercido Total Corriente Capital Original Ejercido
TOTAL 409,859,591 394,356,410 401,859,591 390,522,838 4,000,000 3,833,572 2.8 - 2.8 - 4.2 - 100.0 100.0
GF FN SFPor grupos funcionales, funciones y subfunciones
1 Gobierno 409,859,591 394,356,410 401,859,591 390,522,838 4,000,000 3,833,572 2.8 - 2.8 - 4.2 - 100.0 100.03 Hacienda 409,859,591 394,356,410 401,859,591 390,522,838 4,000,000 3,833,572 2.8 - 2.8 - 4.2 - 100.0 100.0
´06 Servicios Financieros 409,859,591 394,356,410 401,859,591 390,522,838 4,000,000 3,833,572 2.8 - 2.8 - 4.2 - 100.0 100.0Por Programas
13
Programa Nacional de Financiamiento para el Desarrollo 409,859,591 394,356,410 401,859,591 390,522,838 4,000,000 3,833,572 2.8 - 2.8 - 4.2 - 100.0 100.0
n.a. No aplicableFuente: Comisión Nacional Mexicana
Corriente Capital
PG
CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL DE 2005GASTO PROGRAMABLE DEVENGADO POR GRUPOS FUNCIONALES, FUNCIONES, SUBFUNCIONES Y PROGRAMAS
COMISIÓN NACIONAL MEXICANA
Presupuesto Variación Porcentual Ejercido/Original Estructura PorcentualCategoría Programática Total
- 137 -
C2AP255
COORDINADORA SECTORIAL: CLAVE: ´06 DENOMINACIÓN: Secretaria de Hacienda y Crédito PublicoENTIDAD: CLAVE: G3A DENOMINACIÓN: Comisión Nacional Mexicana
CONCEPTO INVERSIÓN 2005 CLAVE DENOMINACIÓN INVERSIÓN 2005
RECURSOS DENTRO DE PRESUPUESTO ´01 Aguascalientes´02 Baja California
Fiscales 3,833,572 ´03 Baja California Sur´04 Campeche
OFIS ´05 Coahuila´06 Colima
Contraparte Nacional 0 ´07 Chiapas´08 Chihuahua
Crédito Interno 0 ´09 Distrito Federal 3,833,572 ´10 Durango´11 Guanajuato
RECURSOS FUERA DE PRESUPUESTO 0 ´12 Guerrero´13 Hidalgo
Propios 0 ´14 Jalisco´15 México
Créditos ´16 Michoacán Internos 0 ´17 Morelos Externos 0 ´18 Nayarit
´19 Nuevo LeónCooperaciones 0 ´20 Oaxaca
´21 Puebla´22 Querétaro´23 Quintana Roo´24 San Luis Potosí´25 Sinaloa´26 Sonora´27 Tabasco´28 Tamaulipas´29 Tlaxcala´30 Veracruz´31 Yucatán´32 Zacatecas
33 En el Extranjero
34No Distribuible Geográficamente
TOTAL 3,833,572 TOTAL 3,833,572
TELÉFONO: 5448-7126 CORREO ELECTRONICO: [email protected] FECHA DE ELABORACION: 10 Marzo 2006,
(Pesos)
ESTRUCTURA FINANCIERA ENTIDADES FEDERATIVAS NOTAS
RESPONSABLE DE ELABORAR LA INFORMACIÓN
EN FLUJO DE EFECTIVO POR ESTRUCTURA FINANCIERA Y ENTIDADES FEDERATIVAS
CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL DE 2005
NOMBRE Y CARGO: LIC. JOSÉ ANTONIO MONTEHO ESCARTINDOMICILIO: INSURGENTES SUR 762 COL. DEL VALLE
INVERSIÓN FÍSICA EJERCIDA DE LAS ENTIDADES PARAESTATLES DE CONTROL PRESUPUESTARIO INDIRECTO
- 138 -
(x) 1 ORIGINAL( ) 2 MODIFICADO( ) 3 OBTENIDO
C2IF3001F
CONCEPTOS
G3A COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS
USUARIOS FINANCIEROSCLAVE Y NOMBRE
DE LA ENTIDAD
CLAVE Y NOMBRE DE LA
ENTIDAD
CLAVE Y NOMBRE DE LA
ENTIDAD TOTAL
DISPONIBILIDAD INICIALRecursos PropiosCon Subsidios y Transferencias
CORRIENTES Y DE CAPITAL 4,000,000 4,000,000 VENTA DE BIENESInternasExternas
VENTA DE SERVICIOSInternasExternas
INGRESOS DIVERSOS 4,000,000 4,000,000 Productos FinancierosOtros 4,000,000 4,000,000
VENTA DE INVERSIÓNRecuperación de activos físicosRecuperación de activos financieros
INGRESOS POR OPERACIONES AJENASPor cuenta de tercerosErogaciones Recuperables
SUBSIDIOS Y TRANSFERENCIAS DEL GOBIERNO FEDERAL 405,859,591 405,859,591 SUBSIDIOS CorrientesDe CapitalTRASFERENCIAS 405,859,591 405,859,591 Corrientes 401,859,591 401,859,591 Servicios Personales 342,678,321 342,678,321 Otros 59,181,270 59,181,270 Inversión Física 4,000,000 4,000,000 Intereses, Comisiones y Gastos de la deudaInversión FinancieraAmortización de Pasivos
SUMA DE INGRESOS DEL AÑO 409,859,591 409,859,591
Endeudamiento (o Desendeudamiento) NetoInternoExterno
TOTAL DE RECURSOS 409,859,591 409,859,591
RESPONSABLE DE CONSOLIDAR LA INFORMACIÓNNOMBRE: LIC JOSÉ ANTONIO MONTEJO ESCARTINCARGO: DIRECTOR DE PROGRAMACIÓN INSTITUCIONALCORREO ELECTRONICO:[email protected]ÉFONO: 54487126 FIRMA TELÉFONO: 54487046 FIRMA
CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL DE 2005INGRESOS DE FLUJO DE EFECTIVO DE ENTIDADES DE CONTROL PRESUPUESTARIO INDIRECTO NO FINANCIERAS
SECTOR. 06 HACIENDA Y CREDITO PUBLICO(Pesos)
VoBo. REPRESENTANTE ANTE LA SHCPNOMBRE: ING. RAFAEL MORALES VARGASCARGO: DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIONCORREO ELECTRONICO:[email protected]
- 139 -
( ) 1 ORIGINAL(X) 2 MODIFICADO( ) 3 OBTENIDO
C2IF3002F
CONCEPTOS
G3A COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS
USUARIOS FINANCIEROSCLAVE Y NOMBRE
DE LA ENTIDAD
CLAVE Y NOMBRE DE LA
ENTIDAD
CLAVE Y NOMBRE DE LA
ENTIDAD TOTAL
DISPONIBILIDAD INICIALRecursos PropiosCon Subsidios y Transferencias
CORRIENTES Y DE CAPITAL 4,000,000 4,000,000 VENTA DE BIENESInternasExternas
VENTA DE SERVICIOSInternasExternas
INGRESOS DIVERSOS 4,000,000 4,000,000 Productos FinancierosOtros 4,000,000 4,000,000
VENTA DE INVERSIONESRecuperación de activos físicosRecuperación de activos financieros
INGRESOS POR OPERACIONES AJENASPor cuenta de tercerosErogaciones Recuperables
SUBSIDIOS Y TRANSFERENCIAS DEL GOBIERNO FEDERAL 394,356,410 394,356,410 SUBSIDIOS CorrientesDe CapitalTRASFERENCIAS 394,356,410 394,356,410 Corrientes 390,522,838 390,522,838 Servicios Personales 331,231,152 331,231,152 Otros 59,291,686 59,291,686 Inversión Física 3,833,572 3,833,572 Intereses, Comisiones y Gastos de la deudaInversión FinancieraAmortización de Pasivos
SUMA DE INGRESOS DEL AÑO 398,356,410 398,356,410
Endeudamiento (o Desendeudamiento) NetoInternoExterno
TOTAL DE RECURSOS 398,356,410 398,356,410
RESPONSABLE DE CONSOLIDAR LA INFORMACIÓNNOMBRE: LIC JOSÉ ANTONIO MONTEJO ESCARTINCARGO: DIRECTOR DE PROGRAMACIÓN INSTITUCIONALCORREO ELECTRONICO:[email protected]ÉFONO: 54487126 FIRMA TELÉFONO: 54487046 FIRMA
CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL DE 2005INGRESOS DE FLUJO DE EFECTIVO DE ENTIDADES DE CONTROL PRESUPUESTARIO INDIRECTO NO FINANCIERAS
SECTOR. 06 HACIENDA Y CREDITO PUBLICO(Pesos)
VoBo. REPRESENTANTE ANTE LA SHCPNOMBRE: ING. RAFAEL MORALES VARGASCARGO: DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIONCORREO ELECTRONICO:[email protected]
- 140 -
( ) 1 ORIGINAL( ) 2 MODIFICADO(X) 3 OBTENIDO
C2IF3003F
CONCEPTOS
G3A COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS
USUARIOS FINANCIEROSCLAVE Y NOMBRE
DE LA ENTIDAD
CLAVE Y NOMBRE DE LA
ENTIDAD
CLAVE Y NOMBRE DE LA
ENTIDAD TOTAL
DISPONIBILIDAD INICIAL 27,324,418 27,324,418 Recursos PropiosCon Subsidios y Transferencias 27,324,418 27,324,418
CORRIENTES Y DE CAPITAL 4,126,475 4,126,475 VENTA DE BIENESInternasExternas
VENTA DE SERVICIOSInternasExternas
INGRESOS DIVERSOS 3,152,235 3,152,235 Productos FinancierosOtros 3,152,235 3,152,235
VENTA DE INVERSIONESRecuperación de activos físicosRecuperación de activos financieros
INGRESOS POR OPERACIONES AJENAS 974,240 974,240 Por cuenta de tercerosErogaciones Recuperables 974,240 974,240
SUBSIDIOS Y TRANSFERENCIAS DEL GOBIERNO FEDERAL 394,356,410 394,356,410 SUBSIDIOS CorrientesDe CapitalTRASFERENCIAS 394,356,410 394,356,410 Corrientes 390,522,838 390,522,838 Servicios Personales 331,231,152 331,231,152 Otros 59,291,686 59,291,686 Inversión Física 3,833,572 3,833,572 Intereses, Comisiones y Gastos de la deudaInversión FinancieraAmortización de Pasivos
SUMA DE INGRESOS DEL AÑO 425,807,303 425,807,303
Endeudamiento (o Desendeudamiento) NetoInternoExterno
TOTAL DE RECURSOS 425,807,303 425,807,303
RESPONSABLE DE CONSOLIDAR LA INFORMACIÓNNOMBRE: LIC JOSÉ ANTONIO MONTEJO ESCARTINCARGO: DIRECTOR DE PROGRAMACIÓN INSTITUCIONALCORREO ELECTRONICO:[email protected]ÉFONO: 54487126 FIRMA TELÉFONO: 54487046 FIRMA
CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL DE 2005INGRESOS DE FLUJO DE EFECTIVO DE ENTIDADES DE CONTROL PRESUPUESTARIO INDIRECTO NO FINANCIERAS
SECTOR. 06 HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO(Pesos)
VoBo. REPRESENTANTE ANTE LA SHCPNOMBRE: ING. RAFAEL MORALES VARGASCARGO: DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIONCORREO ELECTRONICO:[email protected]
- 141 -
(X) 1 ORIGINAL( ) 2 MODIFICADO( ) 3 EJERCIDO
C2IF3051F
CONCEPTOS
Recursos PropiosCon Subsidios y Transferencias Suma
Recursos Propios
Con Subsidios y Transferencias Suma
Recursos Propios
Con Subsidios y Transferencias Suma
Recursos Propios
Con Subsidios y Transferencias Suma
GASTO CORRIENTE 4,000,000 401,859,591 405,859,591 405,859,591 SERVICIOS PERSONALESMATERIALES Y SUMINISTROS 342,678,321 342,678,321 342,678,321 SERVICIOS GENERALES 4,500,000 4,500,000 4,500,000 PENSIONES Y JUBILACIONES 4,000,000 54,681,270 58,681,270 58,681,270 OTRAS EROGACIONES
COSTO FINANCIEROINTERESES, COMISIONES Y GASTOS DE LA DEUDAInternosExternos
INVERSIÓN FINANCIERA 4,000,000 4,000,000 4,000,000 4,000,000 4,000,000 4,000,000
EGRESOS POR OPERACIONES AJENASPOR CUENTA DE TERCEROSEROGACIONES RECUPERABLES
SUMA DE EGRESOS DEL AÑO 4,000,000 4,000,000 4,000,000 4,000,000
ENTEROS A LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓNORDINARIOSEXTRAORDINARIOS
DISPONIBILIDAD FINAL
TOTAL DE RECURSOS 4,000,000 4,000,000 4,000,000 4,000,000
RESPONSABLE DE CONSOLIDAR LA INFORMACIÓN VoBo. REPRESENTANTE ANTE LA SHCPNOMBRE: LIC JOSÉ ANTONIO MONTEJO ESCARTINCARGO: DIRECTOR DE PROGRAMACIÓN INSTITUCIONALCORREO ELECTRONICO:[email protected] CORREO ELECTRONICO:[email protected]ÉFONO: 54487126 FIRMA TELÉFONO: 54487046 FIRMA
NOMBRE: ING. RAFAEL MORALES VARGASCARGO: DIRECTOR GENERAL DE PLANEACION
CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL DE 2005EGRESOS DE FLUJO DE ENTIDADES PARAESTATALES DE CONTROL PRESUPUESTARIO INDIRECTO NO FINANCIERAS
SECTOR 06 SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO(Pesos)
G3A COMISIÓN NACIONAL MEXICANA CLAVE Y NOMBRE DE LA ENTIDAD CLAVE Y NOMBRE DE LA ENTIDAD TOTALES
- 142 -
( ) 1 ORIGINAL(X) 2 MODIFICADO( ) 3 EJERCIDO
C2IF3052F
CONCEPTOS
Recursos PropiosCon Subsidios y Transferencias Suma
Recursos Propios
Con Subsidios y Transferencias Suma
Recursos Propios
Con Subsidios y Transferencias Suma
Recursos Propios
Con Subsidios y Transferencias Suma
GASTO CORRIENTE 4,000,000 390,522,838 394,522,838 394,522,838 SERVICIOS PERSONALESMATERIALES Y SUMINISTROS 331,231,152 331,231,152 331,231,152 SERVICIOS GENERALES 4,476,930 4,476,930 4,476,930 PENSIONES Y JUBILACIONES 4,000,000 54,681,270 58,681,270 58,681,270 OTRAS EROGACIONES
COSTO FINANCIEROINTERESES, COMISIONES Y GASTOS DE LA DEUDAInternosExternos
INVERSIÓN FINANCIERA 3,833,572 3,833,572 3,833,572 3,833,572 3,833,572 3,833,572
EGRESOS POR OPERACIONES AJENASPOR CUENTA DE TERCEROSEROGACIONES RECUPERABLES
SUMA DE EGRESOS DEL AÑO 4,000,000 394,356,410 398,356,410 398,356,410
ENTEROS A LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓNORDINARIOSEXTRAORDINARIOS
DISPONIBILIDAD FINAL
TOTAL DE RECURSOS 4,000,000 394,356,410 394,356,410 394,356,410
RESPONSABLE DE CONSOLIDAR LA INFORMACIÓN VoBo. REPRESENTANTE ANTE LA SHCPNOMBRE: LIC JOSÉ ANTONIO MONTEJO ESCARTINCARGO: DIRECTOR DE PROGRAMACIÓN INSTITUCIONALCORREO ELECTRONICO:[email protected] CORREO ELECTRONICO:[email protected]ÉFONO: 54487126 FIRMA TELÉFONO: 54487046 FIRMA
NOMBRE: ING. RAFAEL MORALES VARGASCARGO: DIRECTOR GENERAL DE PLANEACION
CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL DE 2005EGRESOS DE FLUJO DE ENTIDADES PARAESTATALES DE CONTROL PRESUPUESTARIO INDIRECTO NO FINANCIERAS
SECTOR 06 SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO(Pesos)
G3A COMISIÓN NACIONAL MEXICANA CLAVE Y NOMBRE DE LA ENTIDAD CLAVE Y NOMBRE DE LA ENTIDAD TOTALES
- 143 -
( ) 1 ORIGINAL( ) 2 MODIFICADO(X) 3 EJERCIDO
C2IF3053F
CONCEPTOS
Recursos PropiosCon Subsidios y Transferencias Suma
Recursos Propios
Con Subsidios y Transferencias Suma
Recursos Propios
Con Subsidios y Transferencias Suma
Recursos Propios
Con Subsidios y Transferencias Suma
GASTO CORRIENTE 3,152,235 390,522,838 393,675,073 393,675,073 SERVICIOS PERSONALESMATERIALES Y SUMINISTROS 331,231,152 331,231,152 331,231,152 SERVICIOS GENERALES 4,476,930 4,476,930 4,476,930 PENSIONES Y JUBILACIONES 3,152,235 54,814,756 57,966,991 57,966,991 OTRAS EROGACIONES
COSTO FINANCIEROINTERESES, COMISIONES Y GASTOS DE LA DEUDAInternosExternos
INVERSIÓN FINANCIERA 3,833,572 3,833,572 3,833,572 3,833,572 3,833,572 3,833,572
EGRESOS POR OPERACIONES AJENASPOR CUENTA DE TERCEROSEROGACIONES RECUPERABLES
SUMA DE EGRESOS DEL AÑO 3,152,235 395,549,787 398,702,022 398,702,022
ENTEROS A LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓNORDINARIOSEXTRAORDINARIOS
DISPONIBILIDAD FINAL 27,105,281 27,105,281
TOTAL DE RECURSOS 3,152,235 422,655,068 425,807,303 425,807,303
RESPONSABLE DE CONSOLIDAR LA INFORMACIÓN VoBo. REPRESENTANTE ANTE LA SHCPNOMBRE: LIC JOSÉ ANTONIO MONTEJO ESCARTINCARGO: DIRECTOR DE PROGRAMACIÓN INSTITUCIONALCORREO ELECTRONICO:[email protected] CORREO ELECTRONICO:[email protected]ÉFONO: 54487126 FIRMA TELÉFONO: 54487046 FIRMA
NOMBRE: ING. RAFAEL MORALES VARGASCARGO: DIRECTOR GENERAL DE PLANEACION
CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL DE 2005EGRESOS DE FLUJO DE ENTIDADES PARAESTATALES DE CONTROL PRESUPUESTARIO INDIRECTO NO FINANCIERAS
SECTOR 06 SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO(Pesos)
G3A COMISIÓN NACIONAL MEXICANA CLAVE Y NOMBRE DE LA ENTIDAD CLAVE Y NOMBRE DE LA ENTIDAD TOTALES
- 144 -
C2IF310
CONCEPTO
ENTIDAD FLUJO DE EFECTIVO
DEPENDENCIA COORDINADORA
SECTORIAL DIFERENCIA
ENTIDAD FLUJO DE EFECTIVO
DEPENDENCIA COORDINADORA
SECTORIAL DIFERENCIA
ENTIDAD FLUJO DE EFECTIVO
DEPENDENCIA COORDINADORA
SECTORIAL DIFERENCIA
ENTIDAD FLUJO DE EFECTIVO
DEPENDENCIA COORDINADORA
SECTORIAL DIFERENCIA
SUBSIDIOS Y TRANSFERENCIAS DEL GOBIERNO FEDERAL 394,356,410 394,356,410
SUBSIDIOSCorrientesDe Capital
TRASFERENCIAS 394,356,410 394,356,410 Corrientes 390,522,838 390,522,838 Servicios Personales 331,231,152 331,231,152 Otros 59,291,686 59,291,686 Intereses, Comisiones y Gastos de la Deuda
CAPITAL 3,833,572 3,833,572 Inversión Física 3,833,572 3,833,572 Inversión FinancieraAmortización de Pasivos
RESPONSABLE DE CONSOLIDAR LA INFORMACIÓN
CORREO ELECTRONICO:[email protected]
CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL DE 2005CONCILIACIÓN DE LOS SUBSIDIOS Y TRANSFERENCIAS OTORGADOS A ENTIDADES DE CONTROL PRESUPUESTARIO INDIRECTO
SECTOR 06 SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO(Pesos)
TELÉFONO: 54487046 FIRMA
NOMBRE: LIC JOSÉ ANTONIO MONTEJO ESCARTINCARGO: DIRECTOR DE PROGRAMACIÓN INSTITUCIONALCORREO ELECTRONICO:[email protected]ÉFONO: 54487126 FIRMA
NOMBRE: ING. RAFAEL MORALES VARGASCARGO: DIRECTOR GENERAL DE PLANEACION
VoBo. REPRESENTANTE ANTE LA SHCP
G3A COMISIÓN NACIONAL MEXICANA CLAVE Y NOMBRE DE LA ENTIDAD CLAVE Y NOMBRE DE LA ENTIDAD CLAVE Y NOMBRE DE LA ENTIDAD
- 145 -
G3AP400
GF FN SF PG AI AP DENOMINACIÓN Servicios PersonalesMateriales y Suministros
Servicios Generales
Otros de Corriente Suma Inversión Física
Inversión Financiera Suma Total
Corriente De capital
TOTAL ORIGINAL 342,678,321 4,500,000 58,681,270 405,859,591 4,000,000 4,000,000 409,859,591 99.0 1.0 TOTAL MODIFICADO 331,231,152 4,476,930 58,814,756 394,522,838 3,833,572 3,833,572 398,356,410 99.0 1.0 TOTAL EJERCIDO 331,213,152 4,476,930 57,966,991 393,657,073 3,833,572 3,833,572 397,490,645 99.0 1.0 PORCENTAJE DE EJERCICIO EJER/ORIG. 96.7 99.5 98.8 97.0 95.8 95.8 97.0 PORCENTAJE DE EJERCICIO EJER/MODIF 100.0 100.0 98.6 99.8 100.0 100.0 99.8
1 GOBIERNOOriginal 342,678,321 4,500,000 58,681,270 405,859,591 4,000,000 4,000,000 409,859,591 99.0 1.0 Modificado 331,231,152 4,476,930 58,814,756 394,522,838 3,833,572 3,833,572 398,356,410 99.0 1.0 Ejercido 331,231,152 4,476,930 57,966,991 393,675,073 3,833,572 3,833,572 397,508,645 99.0 1.0 Porcentaje de Ejercicio Ejer/Orig. 96.7 99.5 98.8 97.0 95.8 95.8 97.0 Porcentaje de Ejercicio Ejer/Modif 100.0 100.0 98.6 99.8 100.0 100.0 99.8
3 HACIENDAOriginal 342,678,321 4,500,000 58,681,270 405,859,591 4,000,000 4,000,000 409,859,591 99.0 1.0 Modificado 331,231,152 4,476,930 58,814,756 394,522,838 3,833,572 3,833,572 398,356,410 99.0 1.0 Ejercido 331,231,152 4,476,930 57,966,991 393,675,073 3,833,572 3,833,572 397,508,645 99.0 1.0 Porcentaje de Ejercicio Ejer/Orig. 96.7 99.5 98.8 97.0 95.8 95.8 97.0 Porcentaje de Ejercicio Ejer/Modif 100.0 100.0 98.6 99.8 100.0 100.0 99.8
´06 SERVICIOS FINANCIEROSOriginal 342,678,321 4,500,000 58,681,270 405,859,591 4,000,000 4,000,000 409,859,591 99.0 1.0 Modificado 331,231,152 4,476,930 58,814,756 394,522,838 3,833,572 3,833,572 398,356,410 99.0 1.0 Ejercido 331,231,152 4,476,930 57,966,991 393,675,073 3,833,572 3,833,572 397,508,645 99.0 1.0 Porcentaje de Ejercicio Ejer/Orig. 96.7 99.5 98.8 97.0 95.8 95.8 97.0 Porcentaje de Ejercicio Ejer/Modif 100.0 100.0 98.6 99.8 100.0 100.0 99.8
13PROGRAMA NACIONAL DE FINANCIAMIENTO PARA EL DESARROLLOOriginal 342,678,321 4,500,000 58,681,270 405,859,591 4,000,000 4,000,000 409,859,591 99.0 1.0 Modificado 331,231,152 4,476,930 58,814,756 394,522,838 3,833,572 3,833,572 398,356,410 99.0 1.0 Ejercido 331,231,152 4,476,930 57,966,991 393,675,073 3,833,572 3,833,572 397,508,645 99.0 1.0 Porcentaje de Ejercicio Ejer/Orig. 96.7 99.5 98.8 97.0 95.8 95.8 97.0 Porcentaje de Ejercicio Ejer/Modif 100.0 100.0 98.6 99.8 100.0 100.0 99.8
GASTO PROGRAMABLE
Estructura Porcentual
CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL DE 2005EJERCICIO FUNCIONAL PROGRAMÁTICO ECONÓMICO FINANCIERO DEL GASTO PROGRAMABLE DEVENGADO
COMISIÓN NACIONAL MEXICANA
CATEGORÍAS PROGRAMÁTICAS GASTO CORRIENTE GASTOS DE CAPITAL
- 146 -
GF FN SF PG AI AP DENOMINACIÓN Servicios PersonalesMateriales y Suministros
Servicios Generales
Otros de Corriente Suma Inversión Física
Inversión Financiera Suma Total
Corriente De capital
´001APOYO A LA FUNCIÓN PUBLICA Y BUEN GOBIERNO Original 7,713,273 104,000 1,118,390 8,935,663 - 8,935,663 100.0 Modificado 7,713,273 104,000 1,118,390 8,935,663 - 8,935,663 100.0 Ejercido 7,713,273 104,000 1,118,390 8,935,663 - 8,935,663 100.0 Porcentaje de Ejercicio Ejer/Orig. 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0 Porcentaje de Ejercicio Ejer/Modif 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0
A001 OTRAS ACTIVIDADESOriginal 7,713,273 104,000 1,118,390 8,935,663 - 8,935,663 100.0 Modificado 7,713,273 104,000 1,118,390 8,935,663 - 8,935,663 100.0 Ejercido 7,713,273 104,000 1,118,390 8,935,663 - 8,935,663 100.0 Porcentaje de Ejercicio Ejer/Orig. 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0 Porcentaje de Ejercicio Ejer/Modif 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0
´002 SERVICIOS DE APOYO ADMINISTRATIVOOriginal 28,546,144 476,000 2,773,495 31,795,639 - 31,795,639 100.0 Modificado 28,546,144 476,000 2,443,495 31,465,639 - 31,465,639 100.0 Ejercido 28,546,144 476,000 2,443,495 31,465,639 - 31,465,639 100.0 Porcentaje de Ejercicio Ejer/Orig. 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0 Porcentaje de Ejercicio Ejer/Modif 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0
A001 OTRAS ACTIVIDADESOriginal 28,546,144 476,000 2,773,495 31,795,639 - 31,795,639 100.0 Modificado 28,546,144 476,000 2,443,495 31,465,639 - 31,465,639 100.0 Ejercido 28,546,144 476,000 2,443,495 31,465,639 - 31,465,639 100.0 Porcentaje de Ejercicio Ejer/Orig. 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0 Porcentaje de Ejercicio Ejer/Modif 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0
´004
PROPONER E INSTRUMENTAR POLÍTICA Y ESQUEMAS DE PROMOCIÓN, REGULACIÓN, NORMATIVIDAD Y SUPERVISIÓN DEL SISTEMA FINANCIEROOriginal 306,418,904 3,920,000 55,119,385 365,458,289 4,000,000 4,000,000 369,458,289 98.9 1.1Modificado 294,971,735 3,896,930 55,252,871 354,121,536 3,833,572 3,833,572 357,955,108 98.9 1.1Ejercido 294,971,735 3,896,930 54,405,106 353,273,771 3,833,572 3,833,572 357,107,343 98.9 1.1Porcentaje de Ejercicio Ejer/Orig. 96.3 99.4 98.7 96.7 95.8 95.8 96.7Porcentaje de Ejercicio Ejer/Modif 100.0 100.0 98.5 99.8 100.0 100.0 99.8
A001 OTRAS ACTIVIDADESOriginal 306,418,904 3,920,000 55,119,385 365,458,289 4,000,000 4,000,000 369,458,289 98.9 1.1Modificado 294,971,735 3,896,930 55,252,871 354,121,536 3,833,572 3,833,572 357,955,108 98.9 1.1Ejercido 294,971,735 3,896,930 54,405,106 353,273,771 3,833,572 3,833,572 357,107,343 98.9 1.1Porcentaje de Ejercicio Ejer/Orig. 96.3 99.4 98.7 96.7 95.8 95.8 96.7Porcentaje de Ejercicio Ejer/Modif 100.0 100.0 98.5 99.8 100.0 100.0 99.8
Estructura Porcentual
CATEGORÍAS PROGRAMÁTICAS GASTO CORRIENTE GASTOS DE CAPITAL GASTO PROGRAMABLE
- 147 -
COORDINADORA SECTORIAL: CLAVE: ´06 DENOMINACIÓN: Secretaria de Hacienda y Crédito PublicoENTIDAD: CLAVE: G3A DENOMINACIÓN: Comisión Nacional Mexicana G2AP265
CONCEPTO INVERSIÓN 2005 CLAVE DENOMINACIÓN INVERSIÓN 2005
RECURSOS DENTRO DE PRESUPUESTO ´01 Aguascalientes´02 Baja California
Fiscales 0 ´03 Baja California Sur´04 Campeche
Propios 0 ´05 Coahuila´06 Colima´07 Chiapas´08 Chihuahua´09 Distrito Federal 3,833,572 ´10 Durango´11 Guanajuato´12 Guerrero´13 Hidalgo´14 Jalisco´15 México´16 Michoacán´17 Morelos´18 Nayarit´19 Nuevo León´20 Oaxaca´21 Puebla´22 Querétaro´23 Quintana Roo´24 San Luis Potosí´25 Sinaloa´26 Sonora´27 Tabasco´28 Tamaulipas´29 Tlaxcala´30 Veracruz´31 Yucatán´32 Zacatecas
33 En el Extranjero
34No Distribuible Geográficamente
TOTAL - TOTAL -
RESPONSABLE DE ELABORAR LA INFORMACIÓNNOMBRE Y CARGO: LIC. JOSÉ ANTONIO MONTEJO ESCARTIN
DOMICILIO: INSURGENTES SUR 762 COL. DEL VALLETELÉFONO: 5448-7126 CORREO ELECTRÓNICO: [email protected] FECHA DE ELABORACIÓN: 10 Marzo 2006,
S I N M O V I M I E N T O S
CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL DE 2005INVERSIÓN FÍSICA EJERCIDA POR CONCEPTO DE APORTACIONES FEDERALES, GASTO FEDERAL REASIGNADO Y SUBSIDIOS
(Pesos)
ESTRUCTURA FINANCIERA ENTIDADES FEDERATIVAS NOTAS
A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS POR ESTRUCTURA FINANCIERA
- 148 -
27/03/200612:38
G3AP405
AI UR DENOMINACIÓN Original Modificado Ejercido
Absoluta PorcentualAbsoluta Porcentual Ejer/Orig Ejer/Modif
TOTAL DE LA ENTIDAD 405,859,591 394,356,410 394,356,410 97.2 100.0
TOTAL DE ACTIVIDADES INSTITUCIONALES NO ASOCIADAS A 405,859,591 40,401,302 40,401,302 100 100.0
TOTAL DE ACTIVIDADES INSTITUCIONALES ASOCIADAS A METAS 405,859,591 353,955,108 353,955,108 96.9 100.0
´004PROPONER E INSTRUMENTAR POLÍTICAS. ESTRATEGIAS Y ESQUEMAS DE PROMOCIÓN. REGULACIÓN. NORMATIVIDAD Y SUPERVISIÓN DEL SISTEMA 405,859,591 353,955,108 353,955,108 96.9 100.0
• El apoyo otorgado a las actividades que contribuyen al (omento de ta cultura financiera
• Las reducciones presupuestales del ejercicio ascendieron a 19 303,2 miles d epesoso que significan el 4,7 por ciento respecto del presupuesto original e incidieron en las actividades que realiza la CONMEX
• En relación con las reducciones presupuéstales las más significativas fueron las afectaciones por la incorporación de plazas al programa de separación iluntana. y por las liquidaciones derivadas de los juicios laborales promovidos en contra de la CONMEX que significaron el 1.7 y 1.5 por ciento del presupuesto original autorizado
El presupuesto ejercido en la actividad institucional 004 (sustantiva de la Entidad) representó el 100.0 por ciento del total de los recursos erogados en las actividades institucionales asociadas a metas, y el 89,8 por ciento del total ejercido por el Organismo
Con el establecimiento y desarrollo de esta actividad institucional se planteó lograr los objetivos plasmados en la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros y que están relacionados con el fortalecimiento de la confianza en las operaciones entre los usuarios y las instituciones financieras, y con secciones que promueven el fomento de la cultura financiera a nivel nacional
En el cumplimiento de dichos objetivos la CONMEX tuvo un ejercicio presupuestario de 96 9 por ciento respecto a la asignación original. Este porcentaje esta determinado por los siguientes factores
• Los recursos erogados en e! ejercicio estuvieron canalizados para apoyar el adecuado funcionamiento del sistema financiero, en el que además de impu sar la oferta de mejores productos y servicios se proporcione una atención de calidad a los usuarios
CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL DE 2005ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DE LAS METAS PRESUPUESTARIAS
COMISIÓN NACIONAL MEXICANA(Cifras Presupuéstales en términos de gastos devengados)
Porcentaje de Ejercido
PRESUPUESTO (Pesos)
Porcentaje de Cumplimiento
1/ Alc./Orig.
CLAVE
UNIVERSO DE
COBERTURA
UNIDAD DE
MEDIDA
METAS ANUALES
Original Alcanzada
- 149 -
AI UR DENOMINACIÓN Original Modificado Ejercido
Absoluta PorcentualAbsoluta Porcentual Ejer/Orig Ejer/Modif
• Respecto de las ampliaciones presupuéstales por 7 800.0 miles de pesos fueronde importancia en el apoyo para la operación óptima del Organismo.
OBJETIVO Realizar acciones que coadyuven a fortalecer el Sistema FinancieroMexicano y generar condiciones para el desarrollo económico
META Cumplimiento de la regulación financiera
1 INDICADOR DE RESULTADOS Atención de casos 302,500 Caso 302,500 100.0 390,019 128.9 128.9
FÓRMULA Número de casos atendidos/ Número de casos programados'100
EXPLICACIÓN AL COMPORTAMIENTO DE LAS METAS
1/ Se refiere al porcentaje de cumplimiento de la meta expresada en términos absolutos
PRESUPUESTO (Pesos)
Original AlcanzadaPorcentaje de Cumplimiento 1/ Alc./Orig.
Porcentaje de Ejercido
CLAVE
UNIVERSO DE
COBERTURA
UNIDAD DE
MEDIDA
METAS ANUALES
Durante el ejercicio presupuestario 2005 la CONMEX ha cumplido con la meta anual establecida, esto se deriva del análisis de las estadísticas ya que se atendieron un total de 309 019 casos lo que significa un 126.9 por ciento del universo de cobertura y de la meta original del 2005 El comportamiento de la meta alcanzada se explica por los siguientes elementos
La consolidación y modernización del Programa Itinerante, en las Delegaciones Estatales y Metropolitanas, ha permitido la atención y agilización de las respuestas a las reclamaciones presentadas por los usuarios incrementándose !a cobertura geográfica
Las reformas a las Leyes relacionadas con el funcionamiento de! Sistema Financiero Nacional otorga un mayor alcance a las necesidades de la sociedad
La comunicación permanente con las Unidades Especializadas de Atención a Usuarios de tas diversas Instituciones Financieras ha logrado prevenir controversias a partir de operaciones entre usuarios e instituciones.
La construcción de un mejor sistema financiero esta apoyado con el establecimiento de diversos convenios de colaboración entre la CONMEX y las instituciones privadas, gobiernos estatales, municipales, instituciones educativas, etc.
Para la promoción de una cultura financiera la CONMEX ha implementado una serie de acciones que le facilitan información y permiten a los usuarios conocer las ventajas y desventajas en la utilización de los productos y servicios financieros ofertados en el mercado nacional.
Las reformas a la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros ha permitido soluciones más eficaces y equitativas de las distintas controversias simplificando procedimientos Incrementándose la confianza entre usuarios e instituciones.
L a nueva Ley ha sido factor determinante para la capacitación y especialización del personal de la CONMEX con funciones sustantivas para el otorgamiento de servicios con mayor calidad que ofrece el Organismo.
- 150 -
27/03/200612:38
G3AP405
AI URDENOMINACIÓN Original Modificado Ejercido
Absoluta Porcentual Absoluta Porcentual Ejer/Orig Ejer/Modif
TOTAL DE LA ENTIDAD 409,859,591 398,356,410 397,508,645 97.0 100.0
TOTAL DE ACTIVIDADES INSTITUCIONALES NO ASOCIADAS A 40,401,302 40,401,302 40,401,302 100.0 100.0
TOTAL DE ACTIVIDADES INSTITUCIONALES ASOCIADAS A METAS 369,458,289 357,955,108 357,107,343 96.7 100.0
´004
PROPONER E INSTRUMENTAR POLÍTICAS. ESTRATEGIAS Y ESQUEMAS DE PROMOCIÓN. REGULACIÓN. NORMATIVIDAD Y SUPERVISIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO
369,458,289 357,955,108 357,107,343 96.7 100.0
META: Cumplimiento de la regulación financiera.
En el cumplimiento de dichos objetivos la CONMEX tuvo un e ejercicio presupuestario de 96.7 por ciento respecto a la asignación original Este porcentaje esta determinado por los siguientes factores
Los recursos erogados en el ejercicio estuvieron canalizados para apoyar el adecuado funcionamiento del sistema financiero, en el además de impulsar la oferta de mejores productos y servicios se proporcione una atención de calidad a los usuarios.
• El apoyo otorgado a las actividades que contribuyen al fomento de la cultura financiera.
OBJETIVO. Realizar acciones que coadyuven a fortalecer el Sistema Financiero Mexicano y generar condiciones para el desarrollo económico
* Las recaudación presupuéstales del ejercicio ascendió a 19,303,2 miles de pesos que significaron 4,7 por ciento del presupuesto original e incidieron en las actividades que realiza la CONMEX
En relación con las reducciones presupuéstales ¡as más significativas fueron las afectaciones por la incorporación de plazas al programa de separación voluntaria, y por las liquidaciones derivadas de los juicios laborales promovidos en contra de a CONMEX que significaron el 1 ,7 y 1 .5 por ciento del presupuesto original autorizado
• Respecto de las ampliaciones presupuéstales por 7 800 0 miles de pesos fueron de importanc a en el apoyo para la operación optima del Organismo
UNIVERSO DE
COBERTURA
UNIDAD DE
MEDIDA
METAS ANUALES
Original Alcanzada
Con el establecimiento y desarrollo de esta actividad institucional se planteó lograr los objetivos plasmados en a Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros y que están relacionados con el fortalecimiento de la confianza en las operaciones entre los usuarios y las instituciones financieras, v con acciones que promueven el fomento de la cultura financiera a nivel nacional
CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL DE 2005ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DE LAS METAS PRESUPUESTARIAS
COMISIÓN NACIONAL MEXICANA(Cifras Presupuéstales en términos de gastos devengados)
Porcentaje de Ejercido
PRESUPUESTO (Pesos)Porcentaje
de Cumplimie
nto 1/ Alc./Orig.
El presupuesto ejercido en la actividad institucional 004 (sustantiva de la Entidad) representó e 100.0 por ciento del total de os recursos erogados en las actividades institucionales asociadas a metas, y el 89.8 por ciento del total ejercido por el Organismo.
CLAVE
- 151 -
AI URDENOMINACIÓN Original Modificado Ejercido
Absoluta Porcentual Absoluta Porcentual Ejer/Orig Ejer/Modif
1 INDICADOR DE RESULTADOS: Atención de casos 302,500 Caso 302,500 100.0 390,019 128.9 128.9
PRESUPUESTO (Pesos)
Original AlcanzadaPorcentaje
de Cumplimie
nto 1/ Alc./Orig.
Porcentaje de Ejercido
CLAVE
UNIVERSO DE
COBERTURA
UNIDAD DE
MEDIDA
METAS ANUALES
Las reformas a las Leyes relacionadas con el funcionamiento del Sistema Financiero Nacional otorga un mayor alcance a las necesidades de la sociedad
La consolidación y modernización del Programa Itinerante, en las Delegaciones Estatales y Metropolitanas, ha permitido la atención y agilización de las respuestas a las reclamaciones presentadas por los usuarios incrementándose la cobertura geográfica.
La comunicación permanente con las Unidades Especializadas de Atención a Usuarios de las diversas instituciones Financieras ha logrado prevenir controversias a partir de operaciones entre usuarios e instituciones.
1/ Se refiere al porcentaje de cumplimiento de la meta expresada en términos absolutos
La construcción de un mejor sistema financiero esta apoyado con el establecimiento de diversos convenios de colaboración entre la CONMEX y las instituciones privadas, gobiernos estatales, municipales, instituciones educativas, etc.
Para la promoción de una cultura financiera la CONMEX ha implementado una serie de acciones que le facilitan información y permiten a los usuarios conocer las ventajas y desventajas en la utilización de los productos y servicios financieros ofertados en el mercado nacional.
Las reformas a la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros ha permitido soluciones más eficaces y equitativas de las distintas controversias simplificando procedimientos. Incrementándose la confianza entre usuarios e instituciones.
L a nueva Ley ha sido factor determinante para la capacitación y especialización del personal de la CONMEX con funciones sustantivas para el otorgamiento de servicios con mayor calidad que ofrece el Organismo
FORMULA: Numero de casos atendidos/ Numero de casos programados *100
EXPLICACIÓN AL COMPORTAMIENTO DE LAS METAS
Durante el ejercicio presupuestario 2005 la CONMEX ha cumplido con la meta anual establecida, esto se deriva del análisis de las estadísticas ya que se atendieron un total de 309 019 casos lo que significa un 128.9 por ciento del universo de cobertura y de la meta original del 2005. El comportamiento de la meta alcanzada se explica por los siguientes elementos:
- 152 -
CONCLUSIONES
Tanto personas físicas como morales, contribuyen al crecimiento del país a través de las
contribuciones que paga al Estado; y este a su vez realiza su presupuesto de egresos e ingresos, con el fin de
pronosticar los recursos que va a obtener en un periodo y en que los va a ocupar, pero todo este proceso debe
de estar vigilado a través de la auditoría a instituciones gubernamentales y la revisión de la cuenta pública, la
cuál fue analizada en el presente trabajo-
A continuación presentamos los puntos a destacar de este tema:
Para que un Estado pueda mantener una economía firme y sana requiere practicar una política
financiera responsable que no solo se límite a imponer tributos, si no que además se ocupe de vigilar el uso
correcto de los mismos.
El Estado necesita recursos económicos para satisfacer las necesidades públicas mediante la
presentación de servicios públicos.
En consecuencia, es su obligación rendir cuentas a los gobernados, pues somos precisamente
nosotros quienes aportamos los recursos económicos necesarios para integrar su patrimonio y satisfacer esas
necesidades públicas.
La Constitución de 1824 sentó las bases de la organización política y financiera de nuestro país
como nación independiente y marcó el camino que siguieron las subsecuentes Leyes fundamentales en el
ámbito del control financiero.
La Contaduría Mayor de Hacienda, con el fin de no rezagarse en la constante evolución social, ha
visto la necesidad de irse adaptando, modificando sus funciones hasta convertirse en la actual entidad de
Fiscalización Superior de la Federación (o Auditoria Superior de la Federación) con facultades y atribuciones
mucho más amplias.
- 153 -
Dentro de las facultades de la Auditoría Superior de la Federación se encuentra la de revisar no solo
la gestión financiera de aquellas entidades que compone el Estado (ya sea que forme parte del Poder
Ejecutivo, Legislativo o Judicial) o incluso cualquier entidad ya sea público o privado, persona física o moral,
que maneje recursos públicos federales, si no que también debe tomar en consideración la eficacia, la
eficiencia y el beneficio que reporte dicha gestión.
Resulta indispensable que exista un control sobre la ejecución del gasto público de tal suerte que
permita comprobar, mediante la rendición de la Cuenta Pública, que la actividad financiera que realiza el
estado se encuentra apegada a derecho y de esta forma evitar, en la medida de lo posible, abusos que
fomenten la corrupción o desvío de recursos durante el ejercicio de esta actividad.
El objetivo primordial de la Cuenta Pública consiste en comprobar que la utilización de los recursos
públicos se haga conforme a lo dispuesto en los ordenamientos legales aplicables.
Este control que se ejerce sobre el gasto público se clasifica en dos grandes grupos: interno o a
priori y externo o aa. El control interno o a priori lo ejerce la propia administración pública mientras que el
control de tipo externo o aa es ejercido por el poder Legislativo Federal.
En la Cuenta Pública se debe rendir el Titular del Ejecutivo Federal a la Cámara de Diputados del
Congreso de la Unión, debe haber una coincidencia entre los ingresos recaudados mediante la Ley de Ingresos
y las erogaciones realizadas de acuerdo con el decreto de presupuesto de Egresos.
Al ajustarse al calendario en el que debe rendir cuentas el Poder Ejecutivo Federal, se estará en
condiciones de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Fracción IV del artículo 74 Constitucional en el sentido
que se deberá entregar dicho informe a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
Con un ciclo presupuestario tan holgado como el que actualmente está contemplado en la Ley en
nuestro país, los servidores públicos cuentan con más facilidades para obtener beneficios personales pues no
es sino hasta dentro del segundo ejercicio fiscal posterior a aquel en que se ejerció el presupuesto, cuando se
les pueda fincar las responsabilidades pertinentes.
- 154 -
Es decir entre más pronto se tenga el resultado de la revisión de la Cuenta pública, se podrá fincar
las responsabilidades e imponer las sanciones resarcitorias correspondientes con mucha certeza.
Las entidades fiscalizadoras de países poderoso como Japón, estados Unidos o Alemania cuentan
con un procedimiento de fiscalización más flexible y más reducido que el de México y dentro de sus ámbitos
de competencia se encuentra no solo la revisión de la gestión financiera si no que también puede proponer
cambios en la administración pública que contribuyan a mejorar su actuación.
La Auditoría Superior de la Federación debe concebirse como aquel organismo de control que por
su renovada estructura garantice la estabilidad financiera del Estado y en consecuencia el bienestar común
para todo ciudadano.
La Auditoría o Entidad Superior de Fiscalización constituye un esfuerzo visionario que con el
transcurso de los años vera reflejado sus frutos, no solo en el sector financiero, sino en todos los aspectos
sociales.
- 155 -
ANEXOS
ANEXO 1 PROGRAMA DE TRABAJO
No. de Revisión de Control : _______________ Tipo de Revisión de Control:_______________________________________________ Área/ Unidad Administrativa: ___________________________ Rubro o aspecto a revisar o evaluar______________________________
Hoja No. ______ de ________ Fecha: ______________________
Objetivo (s) de la Revisión: Descripción de la Revisión:
FECHA PROGRAMADA
NÚM
.
DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES A DESARROLLAR
INICIO
DÍA/MES/AÑO
TÉRMINO DÍA/MES/A
ÑO
TOTAL
DE DÍAS
RESPONSABLE
OBSERVACIONES
__________________________________________ _________________________________________
Supervisor (cargo, nombre y firma) Titular del OIC (nombre y firma)
2 3
4 5
6 7
8
9
10
11 12
13 14 15 1617
18 19
- 156 -
INSTRUCCIONES (ANEXO 1)
1. Anotar el nombre de la Dependencia, Órgano Desconcentrado, Entidad Paraestatal o Procuraduría
General de la República, donde se encuentra el Órgano Interno de Control.
2. Señalar el número de revisión de control programada o adicional, y registrada en el Programa Anual de
Trabajo 2004.
3. Anotar el nombre del tipo de revisión de control programada o adicional, de acuerdo a los Lineamientos
Generales para la Elaboración y Presentación del Programa Anual de Trabajo del Órgano Interno de
Control.
4. Mencionar el Área o Unidad Administrativa involucrada en la revisión de control.
5. Citar el nombre del rubro o aspecto a revisar o evaluar.
6. Anotar el número de página que corresponde al documento.
7. Señalar el número total de páginas que integran el documento.
8. Anotar la fecha de elaboración del Programa de Trabajo (día/mes/año).
9. Mencionar el (los) objetivo (s) de la revisión de control, se describirán de acuerdo al (los) definido (s)
inicialmente en el PAT 2004, así como al establecido en la revisión de control adicional que corresponda.
10. Presentar la descripción de la revisión de control, de acuerdo a lo considerado inicialmente en el PAT
2004 (incluir el alcance de la revisión), así como al establecido en las revisiones de control adicionales
correspondientes.
11. Anotar el número consecutivo que le corresponde a cada actividad a desarrollar.
12. Describir brevemente las actividades a desarrollar durante la revisión de control correspondiente.
13. Indicar la fecha programada de inicio de la actividad a desarrollar (día/mes/año).
14. Anotar la fecha programada de conclusión de la actividad a desarrollar (día/mes/año).
15. Indicar el total de días programados a utilizar en cada actividad a desarrollar.
16. Anotar el nombre del responsable de ejecutar cada actividad.
17. Describir brevemente las situaciones enfrentadas en el desarrollo de la revisión de control.
18. Señalar el nombre, cargo y firma del Supervisor responsable de dirigir al grupo de personas que realizará
la revisión de control.
19. Anotar el nombre y firma del Titular del OIC.
- 157 -
ANEXO 2.- OFICIO DE PRESENTACIÓN
Oficio No. ____________________________
México, D.F. a _______________________
Asunto: Inicio de Revisión de Control.
(Nombre)
(Cargo)
P r e s e n t e.
De acuerdo con el enfoque de prevención y de mejora del Órgano Interno de Control y con el fin de apoyar a
las áreas o unidades administrativas en el fortalecimiento de su sistema de control interno, y con fundamento
en lo dispuesto por los Artículos 37, fracciones I, II y III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal; 132, fracción III, y 148 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público
Federal; 59, fracción IX y 62, fracción III de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales (no aplica en el
caso de Dependencias, Órganos Desconcentrados y P.G.R.); 63, fracciones V, VI y XI y 64, fracción II,
inciso b, numerales 1, 2, 3, 4, 5, 8, 9 y 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; en
los Lineamientos Generales para la Elaboración y Presentación del Programa Anual de Trabajo del Órgano
Interno de Control PAT 2004; y en cumplimiento del Programa Anual de Trabajo de este OIC, me permito
informarle que se llevará a cabo en (el Área o Unidad Administrativa) a su digno cargo, la Revisión de
Control No. __________________, con clave y nombre de Programa _______________________, en el
período comprendido del _____________ al ____________, misma que tiene por objetivo: _____________
Para tal efecto, le agradeceré se sirva proporcionar a los CC. __________ los registros, archivos, documentos
e información que integra el (nombre del proceso, programa, operación o rubro) que se va evaluar.
Adicionalmente, le solicito atentamente girar sus instrucciones a quien corresponda, a efecto de que el
personal comisionado tenga acceso a las instalaciones de esa área y se le brinden las facilidades necesarias
para la realización de sus funciones, las cuales redundarán en acciones de mejora que fortalecerán los
controles internos en esta (Dependencia, Órgano Desconcentrado, Entidad o P.G.R.).
(Nombre y Firma)
A T E N T A M E N T E.
EL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL
c.c.p. ________________
4
5 6
7 8 9
10
11
12
3
- 158 -
INSTRUCTIVO (ANEXO 2)
1. Anotar el nombre de la Dependencia, Órgano Desconcentrado, Entidad Paraestatal o Procuraduría
General de la República, donde se encuentra el Órgano Interno de Control.
2. Señalar el número del oficio que corresponda, según el OIC de que se trate.
3. Indicar la fecha de emisión del oficio (día/mes/año).
4. Citar el nombre y cargo del servidor público de mayor jerarquía responsable del Área o Unidad
Administrativa involucrada en la revisión de control.
5. Anotar el número de la revisión de control que será realizada de acuerdo con el Programa Anual de
Trabajo del OIC.
6. Señalar la clave y nombre del programa de la revisión de control sea programada o adicional.
7. Anotar la fecha de inicio de la revisión de control (día/mes/año).
8. Anotar la fecha de término de la revisión de control (día/mes/año).
9. Mencionar el objetivo de la revisión de control.
10. Describir los nombres del personal del Órgano Interno de Control que participará en la revisión de
control.
11. Anotar el nombre y firma del Titular del Órgano Interno de Control.
12. Marcar copia al Director General de la Entidad y a cualquier otro nivel de la misma que el Titular del
O.I.C. estime pertinente. En el caso de Dependencias, Órganos Desconcentrado y P.G.R., al nivel de
Director General según corresponda.
- 159 -
ANEXO 3. REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN
Ref.: ____________. México, D.F., a ___________________. Asunto: Requerimiento de Información.
(Nombre) (Cargo) P r e s e n t e. En alcance a la revisión de control No. ________ con clave de programa No. _______, denominada “____________” del Programa Anual de Trabajo 2004, que se llevará a cabo en esa área o unidad administrativa, me permito solicitar a usted gire sus apreciables instrucciones a quien corresponda, a efecto de que le sea proporcionada al personal comisionado en dicha revisión la siguiente información:
Manuales de organización, políticas y procedimientos. Reglas de operación de programas especiales. Manual de planeación. Normatividad interna y externa. Manuales administrativos y operativos. Leyes y Reglamentos aplicables a la Dependencia o Entidad. Programas de Trabajo. Diagramas de flujo. Estudios previos de rediseño de procesos. Informes de resultados y Reportes operativos. Estudios de riesgos. Estudios previos de evaluación del control interno. Indicadores estratégicos y de desempeño. Estándares de calidad y productividad.
Con la finalidad de dar cabal cumplimiento a los plazos convenidos para el desarrollo de la presente revisión de control, dicha información se requiere para el _____________. Agradeciendo de antemano la atención brindada a la presente, le envío un cordial saludo.
A T E N T A M E N T E
______________________________________
Nombre, cargo y firma del representante del OIC
Nota: No considerar como un requerimiento único de información, ya que durante la revisión de control, se
solicitará constantemente información al Área o Unidad Administrativa.
3
4
5
7
10
8
9
6
- 160 -
INSTRUCTIVO (ANEXO 3)
1. Anotar el nombre de la Dependencia, Órgano Desconcentrado, Entidad Paraestatal o Procuraduría
General de la República, donde se encuentra el Órgano Interno de Control.
2. Indicar el No. de control interno asignado al documento por el OIC.
3. Señalar la fecha de emisión del documento (día/mes/año).
4. Citar el nombre y cargo del servidor público de mayor jerarquía responsable del Área o Unidad
Administrativa involucrada en la revisión.
5. Anotar el número de la revisión de control sea programada o adicional.
6. Indicar el número de clave de programa de la revisión de control sea programada o adicional.
7. Señalar la denominación de la revisión de control sea programada o adicional, de acuerdo a los tipos de
revisiones de control establecidos en los Lineamientos Generales para la Elaboración y Presentación del
Programa Anual de Trabajo del Órgano Interno de Control.
8. Enumerar de manera específica la documentación que requiere el O.I.C. de acuerdo al tipo de revisión de
control que realizará.
9. Indicar la fecha límite para la entrega de la información requerida (día/mes/año).
10. Anotar el nombre, cargo y firma del representante del O.I.C. que solicita la información.
- 161 -
ANEXO 4 MARCO CONCEPTUAL
No. de Revisión de Control:
Área, Proceso o Programa a evaluar: Fecha:
Tipo de Revisión de Control:
Analista:
Aspecto a evaluar:
Objetivo de la Revisión de Control:
Universo:
Alcance:
Procedimientos:
Conclusión:
6
5
4 2
3
7
8
9
10
11
12
- 162 -
INSTRUCTIVO (ANEXO 4)
1. Anotar el nombre de la Dependencia, Órgano Desconcentrado, Entidad Paraestatal o Procuraduría
General de la República, según corresponda.
2. Indicar el número de la revisión de control de acuerdo con el Programa Anual de Trabajo del OIC.
3. Mencionar el tipo de revisión de control que se practica, considerando lo establecido en los
Lineamientos Generales para la Elaboración y Presentación del Programa Anual de Trabajo del
Órgano Interno de Control.
4. Señalar el área, programa o proceso a la cual se aplica la revisión de control.
5. .Anotar la fecha de elaboración del Marco Conceptual (día/mes/año).
6. Señalar las iniciales del analista de control que elaboró el Marco Conceptual.
7. El aspecto a evaluar, se refiere a la operación, rubro, sistema o etapa específica de un proceso, asignado
al analista de control para su revisión. Por ejemplo: los controles a revisar son en el proceso de
Adquisiciones, área en donde se practica la revisión es Recursos Materiales. La planeación general
arrojó como etapa o subproceso susceptible de evaluación o análisis “licitaciones públicas”, por lo que el
analista de control podrá incluir cualquiera de las operaciones que lleva a cabo éste.
8. Aquí se describe en forma clara, concisa, medible y alcanzable la finalidad que se persigue al analizar el
aspecto seleccionado para la revisión de control.
9. En este espacio se hará referencia a los datos globales en los cuales se encuentran inmersos los aspectos
a evaluar. Por ejemplo: cantidad de tapas o subprocesos registrados en un proceso, cantidad de
programas sustantivos o especiales que tiene a su cargo la institución pública, cifras registradas en el
- 163 -
sistema de nóminas, adquisiciones o contabilidad sujetas de monitoreo, cantidad de paquetes de software
incorporados a tecnologías de información, entre otros.
10. En este apartado se indicarán los criterios utilizados para determinar la profundidad del análisis de los
aspectos a evaluar o revisar.
11. En este espacio se mencionan las técnicas específicas a desarrollar y los procedimientos que llevará a
cabo el analista de control para cumplir con su objetivo. El desglose de los procedimientos debe tener un
orden cronológico y ser congruente con los aspectos a evaluar. Se desagregarán tantos procedimientos
como profundidad se dé al rubro o aspecto por revisar.
12. Una vez concluido el análisis de las operaciones, en este apartado se incluirán los hallazgos del trabajo
ejecutado, en forma resumida.
- 164 -
ANEXO 5.- CÉDULAS DE ANÁLISIS
No. de Revisión de Control: Tipo de Revisión de Control:
Rubro o aspecto revisado: Fecha:
Área / Unidad Administrativa: Elaboró:
Nombre específico de la cédula: Revisó:
CUERPO DE LA CÉDULA
Notas:
Marcas:
Fuentes:
2
7
8
9
5
4
6
3
10
11
12
13
- 165 -
INSTRUCTIVO (ANEXO 5)
1. Anotar el nombre de la Dependencia, Órgano Desconcentrado, Entidad Paraestatal o Procuraduría
General de la República, donde se encuentra el Órgano Interno de Control.
2. Indicar el número de la revisión de control programada o adicional, registrado en el Programa Anual de
Trabajo del Órgano Interno de Control (PAT).
3. Describir el tipo de revisión de control programada o adicional, según el Programa Anual de Trabajo del
OIC y los Lineamientos Generales para la Elaboración y Presentación del Programa Anual de Trabajo
del Órgano Interno de Control.
4. Indicar el rubro o aspecto revisado o evaluado.
5. Citar el Área o Unidad Administrativa involucrada en la revisión de control.
6. Anotar el nombre específico de la cédula, el cual debe estar totalmente relacionado con el procedimiento
que se está aplicando y aspectos que se están analizando.
7. Indicar la fecha en que fue elaborada la cédula (día/mes/año).
8. Anotar las iniciales del analista de control que elaboró la cédula y ante firma.
9. Anotar iniciales y rúbrica del analista de control que supervisó la cédula.
10. El cuerpo de la cédula debe identificar claramente los datos ahí asentados, haciendo uso de conectadores,
marcas y cruces para dar mayor claridad al contenido, en caso de ser necesario.
11. Al calce de la cédula se incluyen las notas aclaratorias que procedan.
12. Al calce de la cédula se define el significado de las marcas utilizadas.
13. Al calce se menciona la fuente documental de los datos plasmados en la cédula.
Nota: Las cédulas deben estar firmadas por el analista de control que las elaboró y por quien
efectuó la supervisión.
- 166 -
ANEXO 6.- CÈDULAS DE MARCAS.
Las marcas para revisiones de control son signos que utilizará el analista de control para señalar el
tipo de procedimiento que está aplicando, simplificando con ello su papel de trabajo.
A continuación se presentan las marcas más comunes que se utilizarán en el trabajo de una revisión
de control; sin embargo, pueden ser utilizadas otras marcas, mismas que deberán ser definidas al calce de la
cédula o en una “cédula de marcas” al final del expediente, que permita su fácil consulta.
MARCA SIGNIFICADO
* Documento examinado que no cumple con requisitos.
Punto pendiente por aclarar, revisar o localizar.
Punto pendiente que fue aclarado, verificado o
comprobado.
NOTA: Estas dos marcas de “pendiente” sólo son
temporales. De hecho, no deben existir puntos pendientes
de verificar, solicitar o revisar en los papeles de trabajo,
pues éstos deben ser completos.
Confrontado contra registro.
Confrontado contra documento original.
Confrontado contra evidencia física.
SIT. Referencia de alguna situación encontrada, hallazgo u
oportunidad de mejora en el papel de trabajo, que
- 167 -
MARCA SIGNIFICADO
posteriormente se describirá en una Cédula de Acciones de
Mejora.
Se identifica un riesgo no cubierto por un control.
Se identifica un punto de control.
Adicionalmente a las marcas descritas, existe el uso de conectores y notas que permiten al analista de
control referenciar y comentar la información contenida en sus papeles de trabajo:
CONECTORES NOTAS
Los conectores son números arábigos encerrados en círculo con una flecha que indica la dirección
donde se encuentra el conectador correspondiente y se utiliza para identificar datos, elementos o términos en
una cédula que dependen uno de otro, haciendo referencia en todos los casos al mismo dato, elemento o
término, pero con diferentes niveles de desagregación.
Por su parte, las notas son referencias alfabéticas dentro del papel de trabajo, que son explicadas al
calce de la cédula. Se utilizan para ampliar, explicar o hacer alguna acotación sobre un concepto, término o
elemento incluido en la cédula.
1 1 22
PC
- 168 -
ANEXO 7.- CEDULA DE ACCIÓN DE MEJORA.
No. de Revisión de Control:____________ Tipo de Revisión de Control:______________________________________________________ Rubro o aspecto a evaluar: ______________________________ Área / Unidad Administrativa: ________________________________________
Hoja No. ______ de _______ Fecha: _____________________
SITUACIÓN, DEBILIDAD DE CONTROL
U OPORTUNIDAD DE MEJORA ENCONTRADA CAUSAS Y/O RIESGOS
ACCIÓN DE MEJORA CONCERTADA RESPONSABLE (Nombre, área y firma)
FECHA COMPROMISO
1.-
2.-
3.-
Responsable de la Revisión de Control (OIC). Titular del Área de Control y Evaluación (OIC).
Nombre: _____________________________________ Cargo: ________________________________________ Firma:________________________________________ Fecha:________________________________________
Nombre: ____________________________________ Firma:_______________________________________ Fecha:_______________________________________
2 3
4 5
6 7
8
12 9 10 11
14 13
- 169 -
INSTRUCTIVO (ANEXO 7)
1. Anotar el nombre de la Dependencia, Órgano Desconcentrado, Entidad Paraestatal o Procuraduría
General de la República, donde se encuentra el Órgano Interno de Control.
2. Indicar el número de la revisión de control programada o adicional, registrado en el Programa Anual de
Trabajo del OIC (PAT).
3. Describir el tipo de revisión de control programada o adicional, según el Programa Anual de Trabajo del
OIC y los Lineamientos Generales para la Elaboración y Presentación del Programa Anual de Trabajo
del Órgano Interno de Control.
4. Indicar el rubro o aspecto a revisar o evaluar.
5. Citar el Área o Unidad Administrativa involucrada en la revisión de control.
6. Señalar el número de página que corresponde al documento.
7. Anotar el número total de páginas que integran el documento.
8. Marcar la fecha de elaboración de la Cédula de Acciones de Mejora (día / mes / año).
9. Describir brevemente la situación, debilidad de control u oportunidad de mejora encontrada por cada
acción de mejora, señalando el área donde se suscitó, así como las causas reales que la provocaron y/o el
riesgo o repercusión potencial que se pudiera generar de persistir la situación o debilidad de control
encontrada.
10. Describir cada una de las acciones de mejora concertadas, entre el área operativa y el OIC que deben
orientarse o hacer énfasis en el aspecto preventivo y de control interno.
11. Anotar el nombre y firma del responsable de llevar a cabo la acción de mejora y el área a la que
pertenece.
12. Indicar la fecha compromiso para concluir la adopción de la acción de mejora por parte del área
responsable.
- 170 -
13. Señalar el nombre, cargo y firma del Responsable de la revisión de control (la fecha se refiere al día en
que firma la cédula).
14. Anotar el nombre y firma del Titular del Área de Control y Evaluación del OIC (la fecha se refiere al día
en que firma la cédula). El Titular del Área de Control y Evaluación también puede fungir como
responsable de la revisión de control.
- 171 -
ANEXO 8.- INFORME DE RESULTADOS
INFORME DE RESULTADOS ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN:____________________________________________________________________________________
No. de Revisión de Control:_______________ Tipo de Revisión de Control: _____________________________________ Rubro o Aspecto Evaluado: ___________________________ Área / Unidad Administrativa: _______ Fecha de Inicio: __________________ Fecha de Conclusión: ____________________ Período Evaluado: ________
Hoja No. ______ de ________ Ref. ________________________ Fecha: ______________________
(Nombre)
(Cargo)
P R E S E N T E.
Como resultado de la revisión de control a (MENCIONAR EL ÁREA, OPERACIÓN, PROCESO, PROGRAMA O RUBRO EVALUADO) al
amparo y en cumplimiento del Programa Anual de Trabajo 2004 y del aviso de revisión de control No. (ANOTAR EL NÚMERO DEL OFICIO DE
PRESENTACIÓN) de fecha (MENCIONAR LA FECHA DE EMISIÓN DEL OFICIO DE PRESENTACIÓN), se presenta el informe de resultados, así
como los hallazgos y acciones de mejora determinadas, mismas que fueron comentadas por los analistas de control que participaron en la revisión de
control con los servidores públicos superiores y de mandos medios responsables de atenderlas, de acuerdo con los siguientes aspectos:
Descripción y Alcance de la Revisión:
Objetivo (s) de la Revisión:
1
2 3 4
5 9
7 11 6 12 8
1
14
15
13
- 172 -
Resultados de la Revisión: (Situaciones encontradas/ Debilidades de control identificadas/ Oportunidad de Mejora detectada y Acciones de Mejora
concertadas entre el Área o Unidad Administrativa y el OIC, para el Fortalecimiento del Control Interno)
Conclusión General:
A T E N T A M E N T E
El TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL
(NOMBRE Y FIRMA)
c.c.p. (ANOTAR LAS INSTANCIAS A LAS CUALES SE TURNARÁ COPIA DEL INFORME)
16
17
- 173 -
INSTRUCTIVO (ANEXO 8)
1. Indicar el nombre de la Dependencia, Órgano Desconcentrado, Entidad Paraestatal o Procuraduría
General de la República, donde se encuentra el Órgano Interno de Control.
2. Anotar el número de revisión de control programada o adicional realizada.
3. Describir el nombre del tipo de revisión de control programada o adicional realizada.
4. Indicar el nombre del rubro o aspecto evaluado en la revisión de control.
5. Citar el Área o Unidad Administrativa involucrada en la revisión de control realizada.
6. Anotar la fecha en que se inició la revisión de control (día/mes/año).
7. Anotar la fecha en que se concluyó la revisión de control (día/mes/año).
8. Señalar (cuando proceda) el año, trimestre, bimestre, mes o semana analizado.
9. Indicar el número de página que corresponda al documento.
10. Anotar el número total de páginas que integran el documento.
11. No. de control asignado por OIC al documento.
12. Señalar la fecha de elaboración del Informe (día/mes/año).
13. Citar el nombre y cargo del Titular de la Dependencia, Órgano Desconcentrado, Entidad Paraestatal o
Procuraduría General de la República, según corresponda.
14. Describir los límites que marcan el inicio y el fin de los aspectos analizados y su proporción porcentual
respecto a los universos particulares del área, operación, proceso, programa o rubro evaluado. El alcance
de la revisión de control deberá tener congruencia con el planteado inicialmente en el PAT 2003.
15. Describir el (los) Objetivo (s) de la revisión de control, de acuerdo al (los) definido (s) inicialmente en el
PAT 2003 o, en su caso, los establecidos en las intervenciones de control adicionales.
- 174 -
16. Describir las situaciones encontradas, debilidades de control identificadas u oportunidades de mejora
detectadas y las acciones de mejora concertadas entre la Unidad Administrativa y el OIC, haciendo
alusión a la incorporación en el anexo de las Cédulas de Acciones de Mejora para conocer en detalle cada
una de ellas.
17. Dar a conocer la opinión que como resultado de la revisión de control realizada se tiene sobre los
aspectos evaluados, así como hacer énfasis en la importancia de instrumentar las acciones de mejora para
evitar riesgos y mejorar el control interno.
- 175 -
ANEXO 9.- INFORME DE RESULTADOS DE SEGUIMIENTO
INFORME DE RESULTADOS DE SEGUIMIENTO ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN: _____________________________________________________
No. de Revisión de Control:_______________ Tipo de Revisión de Control: ___________________________________________ Fecha de Inicio: __________________ Fecha de Conclusión: ____________________
Hoja No. ______ de __________________ Ref. ___________________________ Fecha: _________________________
(Nombre)
(Cargo) P R E S E N T E. Como resultado de la revisión de control de seguimiento de acciones de mejora al amparo y en cumplimiento del Programa Anual de Trabajo 2004, se presenta el informe de resultados, que indica el grado de instrumentación de las acciones de mejora acordadas en la (s) revisión (es) de control No. (MENCIONAR EL O LOS NÚMEROS DE LAS REVISIONES DE CONTROL EN DONDE FUERON DETERMINADAS LAS ACCIONES DE MEJORA SUJETAS DEL SEGUIMIENTO). Dicho resultado fue comentado por los analistas de control correspondientes, con los servidores públicos superiores y de mandos medios responsables de cumplirlas, llevándose a cabo el seguimiento de acuerdo con los siguientes aspectos: Objetivo de la Revisión: Alcance de la Revisión: Resultados de la Revisión: El avance determinado en la instrumentación de las acciones de mejora fue del (PORCENTAJE QUE REPRESENTAN LAS ACCIONES DE MEJORA CUMPLIDAS, CON RELACIÓN CON AL TOTAL DE ACCIONES DE MEJORA A LAS QUE SE DIO SEGUIMIENTO), como se muestra a continuación:
8
2 3
4 5
6
9
7
1
10
1
1
- 176 -
ACCIONES DE MEJORA SUJETAS DE
SEGUIMIENTO % ACCIONES DE MEJORA
CONCLUIDAS % ACCIONES DE MEJORA EN PROCESO %
De las acciones de mejora que a la fecha están en proceso de conclusión, destacan por su importancia las siguientes: (CITAR DE MANERA CONCRETA LAS ACCIONES DE MEJORA DE MAYOR TRASCENDENCIA PARA EL ÁREA, OPERACIÓN PROCESO, PROGRAMA O RUBRO EVALUADO, QUE NO HAN SIDO CUMPLIDAS)
A T E N T A M E N T E El TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL
(NOMBRE Y FIRMA)
c.c.p. (ANOTAR LAS INSTANCIAS A LAS CUALES SE TURNARÁ COPIA DEL INFORME)
- 177 -
INSTRUCTIVO (ANEXO 9)
1. Indicar el nombre de la Dependencia, Órgano Desconcentrado, Entidad Paraestatal o Procuraduría
General de la República, donde se encuentra el Órgano Interno de Control.
2. Anotar el número de revisión de control de seguimiento programada o adicional realizada.
3. Señalar que la revisión de control es de “Seguimiento de Acciones de Mejora”.
4. Anotar la fecha en que se inició la revisión de control de seguimiento (día/mes/año).
5. Anotar la fecha en que se concluyó la revisión de control de seguimiento (día/mes/año).
6. Indicar el número de página que corresponde al documento.
7. Anotar el número total de páginas que integran el documento.
8. No. de control asignado por el OIC al documento.
9. Señalar la fecha de elaboración del Informe (día/mes/año).
10. Citar el nombre y cargo del Titular de la Dependencia, Órgano Desconcentrado, Entidad Paraestatal
o Procuraduría General de la República, a quien se dirige el informe, según corresponda.
11. Describir el Objetivo de la revisión de control de seguimiento, de acuerdo al definido inicialmente en
el PAT 2004 ó, en su caso, los establecidos en las revisiones de control de seguimiento adicionales.
12. Indicar la cantidad de acciones de mejora a las que se dio seguimiento, así como el ejercicio al cual
corresponden.
- 178 -
ANEXO 10.- ACUERDO DE CONTROL
ACUERDO DE CONTROL
QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA (S) (ÁREA O UNIDAD ADMINISTRATIVA) EN (NOMBRE
DE LA INSTITUCIÓN), REPRESENTADA (S) POR EL (LOS) C. (NOMBRE DEL TITULAR DEL ÁREA
O UNIDAD ADMINISTRATIVA) EN SU CARÁCTER DE TITULAR (ES), Y POR LA OTRA EL
ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN LA INSTITUCIÓN, REPRESENTADO POR SU TITULAR C.
(NOMBRE DEL TITULAR DEL OIC), A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ “LA
INSTITUCIÓN” Y “EL OIC” RESPECTIVAMENTE, CON OBJETO DE IMPLEMENTAR ACCIONES
DE MEJORA PARA FORTALECER EL SISTEMA DE CONTROL INTERNO, DERIVADAS DE LA
REVISIÓN DE CONTROL No. (NÚMERO DE REVISIÓN) EN (RUBRO Y NOMBRE DEL PROCESO
REVISADO O SUBPROCESO, PROGRAMA, SISTEMA, ETC.), EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE
FORTALECIMIENTO DE CONTROL INTERNO EN “LA INSTITUCIÓN”, AL TENOR DE LOS
SIGUIENTES ANTECEDENTES Y PUNTOS DE ACUERDO:
A N T E C E D E N T E S
El fortalecimiento de control interno, es una iniciativa impulsada por la Presidencia de la República y
contenida en el Plan Nacional de Desarrollo, dentro del capítulo “Orden y Respeto”, destacando como uno de
sus objetivos rectores: el combate a la corrupción, el fomento de la transparencia y desarrollo administrativo.
Para el cumplimiento cabal de dicho objetivo se han definido diversas estrategias en la Secretaría de la
Función Pública, entre las que destaca la necesidad de transformar a los Órganos Internos de Control de las
Dependencias y Entidades, privilegiando un enfoque preventivo de las funciones que desarrollan, que centre
la atención en el mejoramiento continuo del sistema de control gubernamental. Mediante revisiones de control
con enfoque preventivo y de mejora, y en colaboración con las instituciones, se establecen acciones de mejora
orientadas al fortalecimiento de los controles internos en los procesos, áreas, programas y sistemas,
mejorando la gestión gubernamental, la evaluación y administración de riesgos, la adopción de mejores
prácticas, la revisión de control interno a la tecnología de información, la promoción de un ambiente ético y
una adecuada cultura de control, entre otros aspectos.
- 179 -
Estas revisiones promueven, de acuerdo al nuevo enfoque de los Órganos Internos de Control, la disminución
de la problemática recurrente, previenen la materialización de riesgos que pueden afectar el cumplimiento de
metas y objetivos institucionales, estimulan el autocontrol y la autoevaluación.
PUNTOS DE ACUERDO
PRIMERO.- El Acuerdo de Control tiene por objetivo asegurar la implementación de las acciones de mejora
al sistema de control interno, derivadas de la Revisión de Control No. (NÚMERO DE REVISIÓN) realizada
por “EL OIC” en “LA INSTITUCIÓN”, las cuales están contenidas en Cédula anexa, misma que pasa a
formar parte integrante del presente documento.
SEGUNDO.- Las acciones de mejora a que se refiere el punto anterior, se desarrollarán conforme a las fechas
comprometidas en la Cédula anexa.
TERCERO.- Para el cumplimiento del objetivo, “EL OIC” en “LA INSTITUCIÓN” se compromete a:
I. Establecer un programa de seguimiento en atención a las fechas acordadas, sobre el cumplimiento de los
compromisos asumidos por “LA INSTITUCIÓN”, mismo que será reportado trimestralmente a la
Secretaria de la Función Pública (SFP), a través del Sistema de Información Periódica (SIP).
II. Evaluar la efectividad y evidencia de los resultados del cumplimiento de las acciones de mejoramiento
del control interno establecidas en el presente Acuerdo, de manera conjunta con las unidades
administrativas o áreas responsables en “LA INSTITUCIÓN”.
III. Dentro del marco de sus facultades, “EL OIC” proporcionará a “LA INSTITUCIÓN”, la asesoría
necesaria para la adecuada implementación de las acciones de mejora.
CUARTO.- Por su parte, “LA INSTITUCIÓN”, se compromete a:
I. Establecer y llevar a cabo las actividades necesarias para implementar las acciones de mejora al sistema
de control interno establecidas en la Cédula anexa, considerando los plazos previstos al efecto.
- 180 -
II. Informar a la SFP, por conducto de “EL OIC” y a través del SIP, de los avances logrados respecto a la
ejecución de dichas acciones de mejora.
QUINTO.- En las sesiones periódicas del (COMITÉ DE CONTROL Y AUDITORÍA O COMITÉ DE
CONTROL INTERNO) “EL OIC” y “LA INSTITUCIÓN”, por conducto de sus áreas o unidades
administrativas responsables, informarán acerca del avance en el cumplimiento del presente Acuerdo de
Control.
SEXTO.- La vigencia del presente Acuerdo de Control será a partir de la fecha de su suscripción y hasta el
cumplimiento de la totalidad de las acciones de mejora contenidas en la Cédula anexa.
SÉPTIMO.- Las partes convienen en que el presente documento podrá ser modificado o adicionado de
común acuerdo; las modificaciones o adiciones respectivas surtirán efecto a partir de la fecha en que se
suscriba el documento correspondiente.
Leído que fue el presente Acuerdo de Control por las partes que en él intervienen, y enteradas de su
contenido, lo firman por duplicado, en (LUGAR), a los (DÍA) días del mes de (MES) de (AÑO).
POR “LA INSTITUCIÓN”,
Titular (es) del (las) área (s) o unidad (es)
administrativa (s)
NOMBRE *
POR “EL OIC”
Titular del Órgano Interno de Control
NOMBRE**
* Abrir los espacios correspondientes para la firma de cada uno de los titulares de las áreas o unidades
administrativas involucradas.
** Incluir por el OIC al Titular del Área de Auditoria de Control y Evaluación y apoyo al Buen Gobierno.
- 181 -
ANEXO 11.- CEDULA DE SEGUIMIENTO DE ACCIONES DE MEJORA
ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN:______________________________________________________________________
No. de Revisión de Control:____________ Tipo de Revisión de Control________________________________________________ No. de Revisión de Control original: _________ Área / Unidad Administrativa: __________________________________________ No. de Acción de Mejora: _________Instrumentada: __________ No Instrumentada: _________ % de Avance: ____________
Hoja No. ______ de ________ Fecha: ____________________
ACCIÓN DE MEJORA CONCERTADA SITUACIÓN ACTUAL REPLANTEAMIENTO FECHA COMPROMISO
SITUACIÓN ENCONTRADA/ DEBILIDAD DE CONTROL IDENTIFICADA/ OPORTUNIDAD DE MEJORA DETECTADA ORIGINAL: ACCIÓN DE MEJORA CONCERTADA ORIGINAL:
Responsable del Seguimiento: Nombre: ____________________________________ Cargo: ______________________________________ Firma:____________________________________
1
2 3
4 5
7 8
9
11
12 6
10
16 15 14 13
17
- 182 -
INSTRUCTIVO (ANEXO 11)
1. Anotar el nombre de la Dependencia, Órgano Desconcentrado, Entidad Paraestatal o Procuraduría
General de la República, donde se ubica el Órgano Interno de Control.
2. Indicar el número de la revisión de control programada o adicional de seguimiento, registrado en el
Programa Anual de Trabajo 2004 (PAT).
3. Señalar que es una revisión de control programada o adicional de Seguimiento de Acciones de Mejora.
4. Anotar el número y año de la revisión de control en donde originalmente fue determinada la acción de
mejora.
5. Citar el Área o Unidad Administrativa de la Dependencia, Órgano Desconcentrado, Entidad Paraestatal
o Procuraduría General de la República, en donde se llevó a cabo la implantación de la acción de mejora.
6. Indicar el número de la acción de mejora sujeta del seguimiento.
7. Anotar una “X” si derivado del análisis practicado se determina que la acción de mejora fue
instrumentada en los términos y plazos acordados.
8. Anotar una “X” si derivado del análisis practicado se determina que la acción de mejora no fue
instrumentada en los términos y plazos acordados.
9. Anotar el porcentaje de avance que el analista de control considera ha logrado el área responsable en la
instrumentación de la acción de mejora acordada.
10. Señalar el número de página que corresponde al documento.
11. Anotar el total de páginas que integran el documento.
12. Marcar la fecha de elaboración de la Cédula de Seguimiento de Acciones de Mejora (día/mes/año).
13. Transcribir la situación encontrada, debilidad de control identificada u oportunidad de mejora detectada
originalmente, así como la acción de mejora acordada sujeta del seguimiento, tal y como fue presentada
en la Cédula de Acciones de Mejora.
- 183 -
No incluir las causas o riesgos determinados.
14. Hacer un breve resumen de las actividades llevadas a cabo por las áreas responsables para concluir la
instrumentación de las acciones de mejora concertadas o, en su caso, las circunstancias que han retrasado
su implantación. También se deberán indicar las causas por las cuales el analista de control considera
dar o no como instrumentada la acción de mejora.
15. Describir los aspectos o situaciones que no permiten la conclusión de la acción de mejora originalmente
acordada y plasmar su replanteamiento para atender las situaciones encontradas.
16. Anotar la fecha compromiso que asume el área responsable para concluir la adopción de la acción de
mejora replanteada. También, se deberá asentar el nombre y cargo del servidor público de dar
cumplimiento a la acción de mejora y la firma del mismo.
17. Señalar el nombre, cargo y firma del responsable del seguimiento de la acción de mejora.
- 184 -
ANEXO 12.- POLITICAS DE ACTUACION.
POLITICAS DE ACTUACION
RESPONSABILIDADES DEL ANALISTA DE CONTROL.
1. Actuar con la eficacia y eficiencia en las revisiones de control que le sean encomendadas, absteniéndose
de realizar cualquier acto, conducta u omisión que cause deficiencia en el trabajo y en consecuencia
suspensión del mismo o implique abuso o ejercicio indebido del empleo, cargo o comisión.
Por la importancia que reviste el analista de control en el servicio público es necesario que en su trabajo
fije el cuidado y esmero necesarios para su mejor desarrollo, así como actuar con la máxima
responsabilidad profesional, apegándose a las presentes políticas.
2. Encauzar las facultades atribuidas, la información y todo tipo de recurso asignado, exclusivamente para
los fines del servicio en el desempeño de sus funciones, por lo tanto deberá:
2.1 Abstenerse de aceptar de los servidores públicos de las áreas evaluadas cualquier invitación
(comidas, eventos sociales, favores, etc.) y de solicitar, aceptar o recibir, por sí o por interpósita
persona, cualquier tipo de favor o atención que pueda constituir o presuponer un conflicto de
intereses y afecte o haga suponer que se afecta la independencia de juicio que debe mantener.
NOTA: En caso de duda en situaciones específicas relativas a esta política, se deberá consultar con
el Titular del Órgano Interno de Control.
2.2 Desempeñar una revisión de control sin pretender obtener beneficios adicionales a la
contraprestación que su función le otorga.
2.2 Usar la información obtenida en el desarrollo de su trabajo con toda integridad profesional, no
ocultando ni deformando los hechos o la información con el propósito de obtener algún beneficio
- 185 -
personal o beneficiar a terceros. Asimismo, es responsable de mantener absoluta reserva y
confidencialidad con respecto de los informes, datos y hechos obtenidos como consecuencia de sus
labores.
3. Tratar con respeto, diligencia, imparcialidad y rectitud a las personas con las que tenga relación con
motivo de la revisión de control que realice.
4. Observar en la dirección y supervisión de los subordinados, adecuadas reglas de trato y abstenerse de
incurrir en agravio, desviación y abuso de autoridad.
5. Observar respeto y subordinación legítimos para con los superiores, cumpliendo con las disposiciones
por ellos dictadas en el ejercicio de sus atribuciones.
6. Abstenerse de autorizar a un subordinado a no asistir a sus labores. Así como de otorgar licencias y
permisos, lo cual sólo podrá ser autorizado por el Titular del Órgano Interno de Control con la debida
justificación.
7. Abstenerse de desempeñar algún otro empleo, cargo o comisión oficial de otra naturaleza durante el
desempeño de su función, que resultaren incompatibles con ésta.
8. Abstenerse de coaccionar por sí o por interpósita persona a los servidores públicos de las unidades
administrativas evaluadas para obtener a su favor, de un familiar o de terceras personas, resoluciones
favorables sin cumplir con los requisitos que señalan las leyes respectivas y servicios a precios
notoriamente desproporcionados conforme al mercado.
9. Abstenerse de promover y gestionar por sí o por interpósita persona la tramitación y resolución ilícita de
negocios ajenos a las responsabilidades inherentes a su empleo, cargo o comisión.
10. Abstenerse de participar indebidamente en la selección, nombramiento, designación, contratación,
promoción, suspensión, remoción, cese o sanción de cualquier servidor público o prestador de servicios,
cuando exista interés o pueda derivar alguna ventaja y beneficio personal, familiar o de negocios.
- 186 -
11. Informar al Titular del Órgano Interno de Control de todo acto u omisión de los servidores públicos
adscritos al propio órgano fiscalizador que pueda implicar inobservancia a los puntos anteriores.
POLÍTICAS DE CARÁCTER PARTICULAR.
12. Previamente al inicio de cualquier revisión de control se deberá formular la planeación, la cual
contempla la elaboración del Programa de Trabajo y el marco conceptual. La planeación deberá
formularse conjuntamente por el responsable del área de control y evaluación y el jefe de grupo
encargado de la revisión de control. Todos los integrantes del grupo responsable de la revisión deben
conocer y comprender el plan, particularmente en aquellos aspectos que les sean asignados para su
desahogo.
13. El jefe de grupo a cargo de cualquier comisión invariablemente deberá permanecer tiempo completo en
la misma y ejercer su responsabilidad y función en forma adecuada, a fin de vigilar el avance del trabajo
establecido en la planeación.
14. El Titular del Área de Auditoría de Control y Evaluación y Apoyo al Buen Gobierno (o quien éste
designe), o en su caso, el Titular del Área de Auditoría Interna serán responsables de ejercer una
adecuada supervisión, estableciendo una revisión constante y una estrecha comunicación con los
analistas de control para evaluar su rendimiento, oportunidad y profundidad en el análisis, así como estar
dispuesto en todo momento para la atención y solución de los problemas que se susciten.
15. El jefe de grupo y el propio analista de control, en el desarrollo de la revisión de control, deberán
cerciorarse de haber obtenido la evidencia suficiente, relevante, pertinente y competente que sustente la
opinión que se emite. En este sentido deberá encauzar a los analistas de control para que realicen su
trabajo con sentido crítico y profesional, asegurándose que sus cédulas, papeles de trabajo, oficios y
notas informativas estén completos.
16. Se deberá evitar el extravío de los papeles de trabajo y de la documentación que le sea suministrada; por
lo que durante su estancia en las áreas evaluadas deberá mantenerlos bajo su estricto control, debiendo
documentar mediante recibos los expedientes que le sean entregados así como conservar la constancia de
su devolución.
- 187 -
17. El Titular del Área de Auditoría de Control y Evaluación y Apoyo al Buen Gobierno deberá distribuir el
trabajo entre los analistas de control de acuerdo con la capacidad y experiencia de cada uno de ellos,
cuidándose que lleve implícita una responsabilidad mayor a su actual experiencia, apoyándolos con una
supervisión adecuada, con el objeto de incrementar la productividad de la revisión de control y mejorar
los procesos de la evaluación.
18. El Titular del Órgano Interno de Control fomentará la actualización y desarrollo personal de los analistas
de control transmitiéndoles los manuales, guías, circulares técnicas y experiencias de manera oportuna;
además de los cursos de capacitación que conforme al diagnóstico de detección de necesidades se
programen.
Por su parte, los analistas de control deben asimilar y aplicar los conocimientos e instrucciones que se
les transmitan, así como participar con propuestas y sugerencias que permitan una mayor eficiencia de la
operación.
POLÍTICAS RELATIVAS AL DESEMPEÑO DE COMISIONES FORÁNEAS.
19. El personal asignado para realizar la revisión de control debe poseer en conjunto la disposición,
preparación técnica, experiencia y capacitación necesarias para el eficiente desarrollo de sus actividades
con el mínimo de supervisión.
20. Las consultas y solicitudes que presenten los analistas de control comisionados deberán hacerse de
manera planeada y concreta a fin de reducir el tiempo y número de llamadas de larga distancia.
21. El Titular del Área de Auditoría de Control y Evaluación y Apoyo al Buen Gobierno deberá programar
los viajes, de tal forma que la salida sea por la mañana y el regreso en las noches. En caso de que el
traslado sea por vía terrestre, se deberá hacer el esfuerzo de viajar en las horas en que menos se afecte la
actividad sustantiva y lograr, en consecuencia, un mayor tiempo para el desarrollo de la revisión de
control.
22. El jefe de grupo de la revisión de control deberá reforzar las acciones de planeación de tal manera que se
logre eficientar el desarrollo de las revisiones en el menor tiempo evitando que el analista de control
- 188 -
tenga que regresar al sitio de la comisión para obtener información complementaria o solicitarla cuando
éste ya se encuentre en oficinas centrales.
23. El jefe de grupo deberá mantener una estrecha coordinación y comunicación con los superiores
jerárquicos, observando lo establecido en el numeral 22 de las presentes políticas, a fin de mantenerlos
informados del avance de la revisión.
Por lo tanto, al inicio de la revisión de control inmediatamente después de instalarse, deberán informar
los números telefónicos donde puedan ser localizados (oficina y hotel) y establecer un día para reportar
el avance de la revisión. Lo anterior independientemente de que en el caso de situaciones relevantes o
urgentes se establezca la comunicación inmediata y oportuna.
24. En el momento en que se determinen hechos que diesen lugar a una ampliación del tiempo de la
comisión, deberán comunicarlo oportunamente por vía telefónica y posteriormente vía fax, a fin de
autorizarse y tramitarse los viáticos correspondientes y ajustar el Programa de Trabajo.
25. Los viáticos asignados deberán erogarse bajo criterios de economía, racionalidad y disciplina
presupuestaria, cuidando que los documentos comprobatorios que se recaben, reúnan los requisitos
legales y fiscales requeridos por la normatividad vigente.
26. Los analistas de control comisionados en revisiones de control foráneas deberán efectuar la
comprobación de los viáticos y pasajes conforme a la normatividad establecida.
POLÍTICAS DE SUPERACIÓN, EFICIENCIA Y ECONOMÍA.
27. Con base en la eficiencia probada por los analistas de control durante el desempeño de su función, el jefe
inmediato poseerá los elementos necesarios para efectuar una evaluación individual del personal que
permita precisar su actuación, situación que quedará plasmada en el formato de evaluación diseñado ex
profeso y que se requisitará invariablemente al final de cada revisión.
- 189 -
Estas evaluaciones, conjuntamente con el nivel de estudios, antigüedad en el puesto y antigüedad en la
Dependencia, Órgano Desconcentrado, Entidad o Procuraduría General de la República, serán la base
para promociones, estímulos y recompensas que puedan otorgarse.
28. Los servidores públicos superiores y de mandos medios del Órgano Interno de Control deberán fomentar
en el personal la lealtad a la institución.
29. Todo el personal del Órgano Interno de Control deberá tomar plena conciencia de las medidas de
racionalidad y austeridad y ser, a la vez, promotores de las mismas y ejemplo a seguir para el resto del
personal de la Dependencia, Órgano Desconcentrado, Entidad o Procuraduría General de la República,
cuidando los materiales y equipos asignados para el desarrollo de su labor.
30. El equipo encargado de cada actividad o revisión, deberá hacer su mejor esfuerzo para llevar a cabo un
trabajo a nivel de excelencia, en el menor número de días factibles.
31. Los analistas de control deben tener plena conciencia de que el elemento más importante de su labor lo
constituye el informe de resultados, el cual reflejará imparcialmente el resultado de las pruebas, análisis
realizados y los hallazgos que en él se consignen, además debe estar debidamente soportado con la
evidencia suficiente, competente, relevante y pertinente.
Asimismo, para que los objetivos de la revisión de control se cumplan total y oportunamente, el informe
de resultados deberá emitirse a más tardar al quinto día hábil de concluido el plazo programado de la
revisión, de esto es responsable solidario el encargado del área de auditoría de control y evaluación y
apoyo al buen gobierno.
Se entiende por emitido, el que esté firmado por el Titular del Órgano Interno de Control, o por quien
éste designe, y esté en posibilidad de realizarse su distribución a las diferentes instancias.
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GLOSARIO
ADMINISTRACION PUBLICA.- Es una organización que el Estado utiliza para canalizar adecuadamente
demandas sociales y satisfacerlas, a través de la transformación de recursos públicos en acciones
modificadoras de la realidad, mediante la producción de bienes, servicios y regulaciones.
AUDITORIA.- Proceso sistemático de obtener y analizar objetivamente la evidencia acerca de las
afirmaciones relacionadas con actos o acontecimientos económicos, a fin de evaluar tales declaraciones a la
luz de criterios establecidos y comunicar el resultado a las partes interesadas.
AUDITORIA GUBERNAMENTAL.- La Auditoría Gubernamental comprende el examen de las operaciones
cualquiera que sea su naturaleza de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, con
el objeto de opinar si los estados financieros presentan razonablemente la situación financiera, si los objetivos
y metas efectivamente han sido alcanzados, si los recursos han sido administrados de manera eficiente y si se
ha cumplido con las disposiciones legales aplicables.
CAMARA DE DIPUTADOS.- Es una de las dos cámaras que integran el Honorable Congreso de la Unión.
Se compone por representantes electos en su totalidad cada 3 años. Por cada Diputado propietario se elige un
suplente.
CONTABILIDAD MUNICIPAL.- Es la técnica que permite registrar en forma ordenada, completa y
detallada los ingresos y gastos, con el fin de poder determinar en cualquier momento la situación financiera de
la hacienda municipal.
CONTADURIA MAYOR DE HACIENDA.- Es el órgano técnico de la Cámara de Diputados, que tiene a su
cargo la revisión de la Cuenta Pública del Gobierno Federal y de la del Departamento del Distrito Federal.
CONTRATO.- Es acuerdo entre dos partes que se someten voluntariamente al respecto. Se dice que el
contrato es consensual por que se perfecciona por acuerdo de las partes, es conmutativo por que concierta una
prestación de servicios a cambio de una remuneración que se percibe como contraprestación y también es un
trato sucesivo por que sus efectos se prolongan en el tiempo.
CONTROL.- Conjunto de principios y normas que garantizan la adecuación entre datos, proceso e
información, a fin de que los informes obtenidos reúnan las características demandadas por sus usuarios.
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CONTROL INTERNO.- Proceso a través del cual se desarrolla un conjunto de actividades de verificación,
comparación y validación de cifras, procedimientos, políticas, programas y resultados con el fin de garantizar
que la entidad pueda alcanzar las metas y objetivos previstos.
CUENTA.- es el registro que se lleva de los aumentos y disminuciones que sufren los recursos del municipio,
como consecuencia de las operaciones financieras realizadas por el ayuntamiento, relativas a una misma
clasificación.
CUENTA PUBLICA.- Es un documento de carácter evaluatorio que contiene información contable,
financiera, presupuestaria, programática y económica relativa a la gestión anual del Gobierno con base en las
partidas autorizadas en el Presupuesto de Egresos de la Federación, correspondiente al ejercicio fiscal
inmediato anterior y que el Ejecutivo Federal rinde a la H. Cámara de Diputados, a través de la Comisión
Permanente, dentro de los primeros diez días del mes de junio del año siguiente al que corresponda, en los
términos del artículo 74, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
CUENTAS DE PATRIMONIO.- Son aquellas cuentas en las que se registra el valor del patrimonio
municipal, es decir, los bienes muebles e inmuebles propiedad del municipio. En este grupo no existen
subgrupos y sólo hay dos cuentas.
DECRETO.- Disposición emanada de la Rama Ejecutiva del Poder Público, con el objeto de desarrollar y
cumplir con los deberes y obligaciones asignadas a esta y, especialmente para la ejecución y aplicación de la
ley.
DEUDA.- Es la obligación que uno tiene de pagar, satisfacer o reintegrar a otro algo, por lo común dinero, o
de cumplir un deber,
DESCONCENTRACION.- Es una técnica administrativa que consiste en el traspaso de la titularidad y el
ejercicio de una competencia que las normas le atribuyan como propia a un órgano administrativo en otro
órgano de la misma administración pública jerárquicamente dependiente.
ESTADOS FINANCIEROS.- Conjunto de documentos preparados por un contador profesional, en acuerdo
con los principios aceptados de contabilidad, que reflejen la condición financiera y la historia de transacciones
de una persona o entidad en un periodo de tiempo determinado.
ESTADO.- Es el conjunto de instituciones que poseen la autoridad para establecer las normas que regulan una
sociedad, teniendo soberanía interna y externa sobre un territorio definido.
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ESTATUTOS.- Normas constitutivas o reglas por la que se rigen en su régimen interno las personas morales.
ESTRATEGIAS.- Son un conjunto de actividades definidas por los ejecutivos de la organización con el fin de
facilitar al máximo el logro de los objetivos corporativos, por lo tanto las estrategias corporativas se derivan
de los objetivos globales corporativos y deben ser concordantes con la misión y las razón de ser de la
Empresa.
GARANTIAS INDIVIDUALES.- Son medios sustantivos constitucionales para asegurar los derechos del
hombre.
GASTO.- El gasto es aquel flujos que configura el componente negativo del resultado económico-
patrimonial, producidos a lo largo del ejercicio por las operaciones conocidas de naturaleza presupuestaria o
no presupuestaria, como consecuencia de la variación de activos o el surgimiento de obligaciones, que
implican un decremento en los fondos propios.
GASTO PUBLICO.- Es el gasto que realizan los gobiernos a través de inversiones públicas
GESTION PÙBLICA.- Es el conjunto de acciones mediante las cuales las entidades tienden al logro de sus
fines, objetivos y metas, los que están enmarcados por las políticas gubernamentales establecidas por el Poder
Ejecutivo
GOBIERNO.- El gobierno es un grupo de organismos que ejercen la actividad estática. Entre los órganos del
Estado hay dos grupos, los superiores, llamados gobernantes y los inferiores llamados agentes. Los agentes o
funcionarios, están sometidos a las órdenes de los gobernantes, controlados por ellos y responsables ante
ellos.
GRUPO DE CUENTAS.- Es el registro ordenado de las operaciones financieras que realiza el ayuntamiento.
Cada grupo se integra de acuerdo a la similitud del movimiento financiero que se deba realizar con él.
INGRESOS.- Dinero, o cualquier otra ganancia o rendimiento de naturaleza económica, obtenido durante
cierto periodo de tiempo. El ingreso puede referirse a un individuo, a una entidad, a una corporación o un
gobierno.
LEY.- Es una declaración de la voluntad soberana, dictada por el Congreso de la República, por medio de la
cual se ordena, permite o prohíbe una cosa.
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LEY ORGÀNICA.- Son aquellas que tienen por objeto precisar las bases de organización y funcionamiento
de una institución determinada.
MANUAL.- Documento que contiene información válida y clasificada sobre una determinada materia de la
organización. Es un compendio, una colección de textos seleccionados y fácilmente localizables.
NORMAS.- Conjunto de leyes, decretos, directivas, códigos, ordenanzas y acuerdos, que rigen el
funcionamiento institucional.
OFICIALIA MAYOR.-A la Oficialía Mayor corresponde el despacho de las materias relativas a la
administración y desarrollo de personal; al servicio público de carrera; a la modernización y simplificación
administrativa; los recursos materiales; los servicios generales; el patrimonio inmobiliario; y, en general, la
administración de un Estado.
ORDENAMIENTO JURIDICO.- Es el conjunto de normas globales que rigen en una determinada época y en
un lugar determinado. En el caso de los estados democráticos, el ordenamiento jurídico está formado por la
Constitución del Estado, que se edifica como la norma suprema.
PLAN.- Es el conjunto coordinado de metas, directrices, acciones y disposiciones que, relacionadas con las
estrategias y tácticas requeridas para el desarrollo de un determinado modelo económico-social, instrumenta
un proceso para alcanzar objetivos predeterminados.
POLITICAS.- Son grandes directrices formuladas por la Alta Dirección para orientar y facilitar el
cumplimiento de la misión y el desarrollo de la visión. Son reglas o guías que expresan los límites dentro de
los que debe ocurrir la acción. Las políticas conforman el marco de acción en el que se deben resolver los
conflictos que resulten en desarrollo de las operaciones de la empresa.
PRESUPUESTO.- Plan financiero para administrar el gasto y el ahorro del dinero.
RECAUDACION. Proceso propio de la Ejecución de Ingresos mediante el cual, el Estado percibe Recursos
Públicos por concepto de Impuestos, sin generar ningún tipo de contraprestación por parte de éste.
RECURSOS.- Son las riquezas con las que cuentan las Nacionalidades y el Estado para su funcionamiento y
desarrollo. Estos recursos son humanos, naturales y financieros.
REGLAMENTO.- es una Norma jurídica de carácter general dictada por el poder ejecutivo. Su rango en el
orden jerárquico es inmediatamente inferior a la ley y generalmente la desarrolla.
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SECRETARIA DE FINANZAS.- La Secretaría de Finanzas es la Dependencia responsable de la
administración financiera y tributaria de la Hacienda Pública del Estado, para asegurar la eficaz, honesta
obtención y aplicación de recursos, en un marco de legalidad y justicia, con la participación y conocimiento
de la sociedad, a fin de hacer viables los programas de gobierno para el desarrollo económico, social, político
y cultural del estado.
TECNICAS.- Sucesión ordenada de acciones que se dirigen a un fin concreto, conocido y que conduce a unos
resultados precisos.
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