INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL DIAGNÓSTICO DEL ...

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1 TRABAJO ESCRITO CORRESPONDIENTE A LA OPCIÓN DE TITULACIÓN POR ESCOLARIDAD, EN LA MODALIDAD DE: ESTANCIA INDUSTRIAL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL UNIDAD PROFESIONAL INTERDISCIPLINARIA DE BIOTECNOLOGÍA DIAGNÓSTICO DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVIDAD APLICABLE EN MATERIA DE SEGURIDAD E HIGIENE DE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL PARA LA EMPRESA ADAPTECH QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE INGENIERO AMBIENTAL PRESENTA: LAURA ANGÉLICA DUARTE PÉREZ México, D. F. a 16 de diciembre de 2015. DIRIGIDA POR: ING. MÓNICA MARTÍNEZ ZAMUDIO LIC. MONTSERRAT RAMÍREZ MACHADO

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TRABAJO ESCRITO CORRESPONDIENTE A LA OPCIÓN DE TITULACIÓN POR ESCOLARIDAD, EN LA MODALIDAD DE:

ESTANCIA INDUSTRIAL

INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL

UNIDAD PROFESIONAL INTERDISCIPLINARIA DE BIOTECNOLOGÍA

DIAGNÓSTICO DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVIDAD APLICABLE EN MATERIA DE SEGURIDAD E HIGIENE DE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL PARA LA EMPRESA ADAPTECH

QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE

INGENIERO AMBIENTAL

PRESENTA:

LAURA ANGÉLICA DUARTE PÉREZ

México, D. F. a 16 de diciembre de 2015.

DIRIGIDA POR:

ING. MÓNICA MARTÍNEZ ZAMUDIO

LIC. MONTSERRAT RAMÍREZ MACHADO

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CARTA DE CESIÓN DE DERECHOS

En la Ciudad de México el día 16 de Diciembre del 2015, el que suscribe Laura Angélica

Duarte Pérez, alumna del Programa Académico Ingeniería Ambiental con número de boleta

2011620434, de la Unidad Profesional Interdisciplinaria de Biotecnología, manifiesta que es

autor intelectual del presente trabajo escrito bajo la Dirección de la Ing. Mónica Martínez

Zamudio y la Lic. Montserrat Ramírez Machado y cede los derechos del trabajo titulado

“Diagnóstico del cumplimiento de la normatividad aplicable en materia de seguridad e

higiene de la secretaría del trabajo y previsión social para la empresa ADAPTECH” al

Instituto Politécnico Nacional, para su difusión con los fines académicos que desarrolla.

Los usuarios de la información no deben reproducir el contenido textual, gráficas o datos

del trabajo sin el permiso expreso del autor y/o director del trabajo. Este puede ser solicitado

en la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected]. Si el permiso se

otorga, el usuario deberá citar la fuente y dar el agradecimiento correspondiente.

________________________________________

Nombre y firma

INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL

UNIDAD PROFESIONAL INTERDISCIPLINARIA DE BIOTECNOLOGÍA

3

SUBDIRECCIÓN ACADÉMICA

ACTA DE TRABAJO ESCRITO

En la Ciudad de México el día 16 de diciembre del 2015, siendo las 11 hrs se reunieron los integrantes de la Comisión de Evaluación para Opción Curricular con el fin de revisar el trabajo escrito titulado: “Diagnóstico del cumplimiento de la normatividad aplicable en materia de seguridad e higiene de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para la empresa ADAPTECH” que presenta la alumna Laura Angélica Duarte Pérez con número de boleta 2011620434, aspirante a Ingeniería Ambiental.

Después de intercambiar opiniones los integrantes de la Comisión de Evaluación manifiestan APROBAR EL TRABAJO ESCRITO, en virtud de que satisface los requisitos señalados por las disposiciones reglamentarias vigentes para la opción curricular de titulación.

COMISIÓN REVISORA.

Lic. Montserrat Ramírez Machado Ing. Mónica Martínez Zamudio

M. en E. Erendira Ramos Rodríguez Ing. José Guadalupe Hernández

Flores

________________________________________

Biol. Sergio Enrique Nájera Esquivel Presidente (Jefe de carrera)

INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL

UNIDAD PROFESIONAL INTERDISCIPLINARIA DE BIOTECNOLOGÍA

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Índice de contenido

Agradecimientos ..................................................................................................................... 7

1. Resumen ......................................................................................................................... 8

2. Introducción ..................................................................................................................... 9

2.1. Seguridad e higiene a nivel mundial ......................................................................... 11

2.2. Seguridad e higiene en México ................................................................................. 14

2.3. Seguridad e higiene en la Industria Alimentaria ....................................................... 15

2.4. Descripción técnica y administrativa de la empresa ................................................. 16

3. Justificación ................................................................................................................... 17

4. Objetivos ........................................................................................................................ 18

4.1. Objetivo general ........................................................................................................ 18

4.2. Objetivos específicos................................................................................................. 18

5. Metodología ................................................................................................................... 19

6. Resultados y análisis .................................................................................................... 21

NOM-001-STPS-2008 Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo - Condiciones de seguridad. ............................................................................................. 29

NOM-002-STPS-2010 Condiciones de seguridad-Prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo. ................................................................................. 33

NOM-011-STPS-2001 Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido. ..................................................................................................... 48

NOM-017-STPS-2008, Equipo de protección personal-Selección, uso y manejo en los centros de trabajo. ............................................................................................................ 52

NOM-025-STPS-2008, Condiciones de iluminación en los centros de trabajo. .............. 54

NOM-026-STPS-2008, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluido conducidos en tuberías. ....................................................................... 57

7. Aportaciones a la empresa ........................................................................................... 61

8. Conclusiones ................................................................................................................. 63

9. Recomendaciones a futuro ........................................................................................... 64

10. Referencias ................................................................................................................ 65

11. Anexos ....................................................................................................................... 68

11.1. Preguntas y respuestas del Asistente para la Identificación de las Normas Oficiales Mexicanas de Seguridad y Salud en el Trabajo ................................................... 68

11.2. Respuestas a la Guía para la Evaluación del Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo .......................................................................................... 72

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Índice de tablas

Tabla 1. Normas de la STPS identificadas por el AINOMSST ............................................ 21 Tabla 2. Requisitos identificados por el AINOMSST de la NOM-001-STPS-2008 ............. 22 Tabla 3. Requisitos identificados por el AINOMSST de la NOM-002-STPS-2010 ............. 23 Tabla 4. Requisitos identificados por el AINOMSST de la NOM-011-STPS-2001 ............. 24 Tabla 5. Requisitos identificados por el AINOMSST de la NOM-017-STPS-2008 ............. 25 Tabla 6. Requisitos identificados por el AINOMSST de la NOM-025-STPS-2008 ............. 25 Tabla 7. Requisitos identificados por el AINOMSST de la NOM-026-STPS-2008 ............. 26 Tabla 8. Grado de cumplimiento de las normas seleccionadas .......................................... 27 Tabla 9. Inventarios de sustancias inflamables y combustibles. ......................................... 33 Tabla 10. Determinación de riesgo de incendio con base a la superficie construida y a los inventarios de sustancias inflamables y combustibles ........................................................ 34 Tabla 11. Límites máximos permisibles de exposición a ruido según la NOM-011-STPS-2001. ..................................................................................................................................... 51 Tabla 12. Niveles de iluminación según la NOM-025-STPS-2008. .................................... 56 Tabla 13. Requisitos cumplidos por norma en caso de ejecutar las recomendaciones. .... 60 Tabla 14. Guía para la Evaluación del Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo para la NOM-001-STPS-2008 ............................................................. 73 Tabla 15. Guía para la Evaluación del Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo para la NOM-002-STPS-2010 ............................................................. 80 Tabla 16. Guía para la Evaluación del Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo para la NOM-011-STPS-2001 ............................................................. 93 Tabla 17. Guía para la Evaluación del Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo para la NOM-017-STPS-2008 ........................................................... 100 Tabla 18. Guía para la Evaluación del Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo para la NOM-025-STPS-2008 ........................................................... 103 Tabla 19. Guía para la Evaluación del Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo para la NOM-026-STPS-2008 ........................................................... 108

Índice de ilustraciones

Ilustración 1. Relación trabajador y ambiente laboral. (Herrick, 1998) ............................... 10 Ilustración 5. Actividades desarrolladas en la empresa. ..................................................... 19 Ilustración 6. Grado de cumplimiento de las normas de mayor a menor porcentaje. ........ 28 Ilustración 7. Propuesta de bitácora como evidencia de la realización de mantenimiento preventivo y correctivo al sistema de ventilación artificial en la empresa. .......................... 29 Ilustración 8. Propuesta de remate o perfil para los peldaños de las escaleras. ................ 30 Ilustración 9. Señalización que debe colocarse cuando exista un cambio de nivel. En cumplimiento con las normas NOM-026-STPS-2008 y NOM-003-SEGOB-2011. ............. 31 Ilustración 10. A) Fotografía del estado actual de la escalera de bordes amarillos. B) Propuesta de escalera que se debe de adquirir. ................................................................. 32 Ilustración 11. Propuesta de bitácoras como evidencia de la realización de verificaciones oculares (rutinarias y después de eventos extraordinarios) en la compañía. ..................... 33 Ilustración 12. Propuesta de registro de la determinación del riesgo de incendio para la empresa. ............................................................................................................................... 36

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Ilustración 13. Señalización que se debe colocar por encima de los extintores. En cumplimiento con las normas NOM-026-STPS-2008 y NOM-003-SEGOB-2011. ............. 37 Ilustración 14. Señalización que se debe colocar a lo largo de toda la ruta de evacuación. En cumplimiento con las normas NOM-026-STPS-2008 y NOM-003-SEGOB-2011. ........ 38 Ilustración 15. Señalización que se debe colocar en la puerta de emergencia. En cumplimiento con las normas NOM-026-STPS-2008 y NOM-003-SEGOB-2011. ............. 39 Ilustración 16. Forma de difusión de instrucciones a seguir en caso de incendio. ............. 39 Ilustración 17. Ejemplo de señalamiento de prohibición de generación de llama o chispas. En cumplimiento con las normas NOM-026-STPS-2008 y NOM-003-SEGOB-2011. ........ 40 Ilustración 18. Propuesta de layout de la planta baja para la empresa. De conformidad con la NOM-002-2010. ................................................................................................................ 41 Ilustración 19. Propuesta de layout de la planta alta para la empresa. De conformidad con la NOM-002-2010. ................................................................................................................ 42 Ilustración 20. Propuesta de bitácora de resultados de revisión de los programas mencionados en la NOM-002-STPS-2010 .......................................................................... 44 Ilustración 21. Formato propuesto de la planeación de simulacros de incendio para la empresa. ............................................................................................................................... 45 Ilustración 22. Formato propuesto de los resultados de los simulacros de incendio. ........ 46 Ilustración 23. Señalización que se debe colocar en las áreas donde el nivel de ruido sea igual o mayor a 85dB. En cumplimiento con las normas NOM-026-STPS-2008 y NOM-003-SEGOB-2011. ............................................................................................................... 50 Ilustración 24. Registro del recorrido de reconocimiento de las condiciones de iluminación en la compañía. .................................................................................................................... 54 Ilustración 25. Propuesta de identificación de tuberías que conducen gas L. P. y agua de proceso. ................................................................................................................................ 59 Ilustración 26. A) Rombo de seguridad para el gas L. P. B) Rombo de seguridad para el agua de proceso. .................................................................................................................. 59 Ilustración 27. Señalización que se debe colocar adyacente a la tubería eléctrica. En cumplimiento con las normas NOM-026-STPS-2008 y NOM-003-SEGOB-2011. ............. 60 Ilustración 28 Remodelación de las instalaciones del área de producción. ........................ 62

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Agradecimientos

Quiero aprovechar este espacio para agradecer a todas las personas e instituciones que

me acompañaron a lo largo de toda mi trayectoria escolar y que junto conmigo me ayudaron

a conseguir muchos de los logros en mi vida.

A mis padres, Raymundo y Rosa Laura por siempre estar ahí ayudándome y motivándome

a alcanzar mis sueños y superarme cada día. Gracias por estudiar conmigo para los

exámenes, por ir los domingos en la noche a conseguir la tarea del día siguiente, por

protegerme y cuidarme en todo momento, por animarme a superar cualquier obstáculo y

por dedicarme un poco de tiempo de su vida.

A mis hermanos, Blanca, Alan y Rodrigo por las risas y por brindarme buenos momentos

de diversión y de peleas en cualquier momento del día, gracias.

A mis familiares, por brindarme su ayuda siempre que lo necesité y celebrar conmigo mis

logros. Agradezco que me hayan demostrado su apoyo y que nunca se molestaron después

de que falté a tantas reuniones familiares.

A mis amigos y compañeros de batalla, por estar lado a lado conmigo soportando las

desveladas para entregar los trabajos y tareas a tiempo, por dedicar nuestras “horas libres”

a adelantar proyectos y prácticas, por los interminables momentos de risas y diversión que

hicieron mi estadía en la escuela mucho más amena. Gracias Jorge, Vicente, David, Bruno

y Susana. Especialmente, gracias Richi por estar siempre a mi lado.

A mis maestras y maestros, que desde el kínder hasta la universidad que han sido una

fuente de inspiración para mí. Especialmente gracias a los siguientes profesores y

profesoras que además de saber tanto, también saben cómo transmitir ese conocimiento

dentro y fuera de las aulas: Arturo Quero Mota, Marina Olivia Franco Hernández, Ada Luz

Cartas Romero, Gloria López Jiménez, Mónica Martínez Zamudio, Jorge Luis Rosas

Mendoza y Edgar Salgado Manjarez.

Al Colegio del Tepeyac, por ser una institución de calidad y siempre buscar una educación

integral para sus alumnos. Al Instituto Politécnico Nacional por darme la oportunidad de ser

parte de ustedes y brindarme la increíble experiencia de estudiar en otro país. A la

Universidad del País Vasco, gracias por recibirme y hacerme sentir como en casa.

Laura.

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1. Resumen

En este trabajo se llevó a cabo un diagnóstico del cumplimiento de la normatividad aplicable

en materia de seguridad e higiene para una empresa de la industria alimentaria. La finalidad

de este proyecto fue brindar un panorama de cumplimiento del estado general de la

compañía en temas de seguridad e higiene laboral, tomando como referencia la

normatividad de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

Para realizar este proyecto se comenzó con la identificación de todas las normas de la

STPS que aplican a la compañía. Posteriormente, se revisaron las normas, así como cada

uno de sus requisitos, con el fin de corroborar que realmente aplicaran a la empresa.

Terminada la etapa de identificación, procedió la etapa de evaluación donde, dependiendo

del grado de implementación de cada requisito de cada norma, se obtuvo un porcentaje de

cumplimiento total por norma, con lo cual se pudieron encontrar las áreas de mejora que

presenta la compañía. Para el desarrollo de las dos primeras etapas de este proyecto se

utilizaron herramientas electrónicas proporcionadas por la STPS (Asistente para la

Identificación de las Normas Oficiales Mexicanas de Seguridad y Salud en el Trabajo y Guía

para la Evaluación del Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo)

con el fin de obtener información confiable y de conformidad con las disposiciones legales

en México.

Finalmente, en la tercera etapa se propusieron recomendaciones puntuales y detalladas

para asegurar el cumplimiento total de las normas evaluadas. Estas recomendaciones

incluyeron hacer estudios al centro de trabajo por parte de laboratorios acreditados y

aprobados por la STPS, elaboración de bitácoras y registros para evidenciar que se

cumplen los requisitos, realización de inventarios de sustancias que se encuentran dentro

de la empresa, ejecución de programas, proporcionar capacitaciones y aplicación de

señalamientos de seguridad, entre otros.

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2. Introducción

El trabajo es esencial para la vida, el desarrollo y la satisfacción personal (Herrick, 1998).

Sin embargo, la realización de estas actividades, procesos, operaciones y manejo de

materiales y sustancias implican peligros y riesgos tanto para la salud de los trabajadores

como para su entorno.

En México, un riesgo de trabajo es definido por la Ley Federal del Trabajo como todos los

accidentes y enfermedades a los que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con

motivo del trabajo (Secretaría del Trabajo y Previsión Social, 2015). Sin embargo, se debe

diferenciar un accidente de trabajo de una enfermedad de trabajo. Mientras el accidente se

refiere a una lesión orgánica o la muerte producida por motivo del trabajo, la enfermedad

de trabajo es un estado patológico cuya causa tiene su origen en el ambiente laboral en el

medio en que el trabajador presta sus servicios (Secretaría del Trabajo y Previsión Social,

2015).

Así, la mayoría de los accidentes y enfermedades de trabajo suceden debido a condiciones

peligrosas y actos inseguros (Instituto Mexicano del Seguro Social, 2015) que van desde el

mal funcionamiento de un equipo hasta la renuencia a utilizar el equipo de protección

personal proporcionado.

Desde este punto de vista, si solo se controlan los peligros y riesgos a los que están

expuestos los trabajadores, entonces se ocasiona un círculo vicioso debido a que se

soluciona el problema, pero no se ataca a la causa raíz por lo cual los trabajadores

continuarían enfermándose o accidentándose. Es por ello que se debe adoptar una cultura

de prevención basada en Seguridad y Salud en el Trabajo (todos aquellos aspectos

relacionados con la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo (Secretaría del

Trabajo y Previsión Social, 2014)) para romper este círculo vicioso como lo muestra la

Ilustración 1.

La prevención de los riesgos laborales busca promover la seguridad y salud de los

trabajadores mediante la identificación, evaluación y control de los peligros y riesgos

asociados a un proceso productivo, además de fomentar el desarrollo de actividades y

medidas necesarias para prevenir los riesgos derivados del trabajo (Cuevas, 2013). Incluso,

parte de las actividades de prevención es verificar las aptitudes físicas y mentales del

trabajador antes de la contratación o promoción.

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Para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores durante sus labores deben

considerar 3 elementos antes de manifestarse cualquier daño a la salud, incluso antes de

la exposición. Estos son:

Identificación: se refiere al reconocimiento de los factores ambientales y actividades

que influyen sobre la salud de los trabajadores (Falagán, Carga, Ferrer, &

Fernández, 2000).

Evaluación: estimar los riesgos tanto a corto como a largo plazo, ya sea través de

la medición directa o alguna técnica de muestreo para posteriormente realizar una

comparación con los valores límites (Falagán, Carga, Ferrer, & Fernández, 2000).

Control: a partir de los resultados de la identificación y evaluación, se controlan las

condiciones peligrosas y actos inseguros ya sea eliminando o reduciendo las causas

raíz del riesgo a límites soportables para el trabajador (Falagán, Carga, Ferrer, &

Fernández, 2000).

Ilustración 1. Relación trabajador y ambiente laboral. (Herrick, 1998)

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Una vez aplicados estos elementos, un aspecto importante a considerar es la difusión de

los conocimientos sobre los peligros y riesgos asociados para la seguridad y la salud de los

trabajadores y la forma de prevenirlos. Esta acción es considerada la herramienta más

poderosa y eficaz en la lucha contra los accidentes y las enfermedades derivadas del

trabajo (Organización Internacional del Trabajo, 1998).

2.1. Seguridad e higiene a nivel mundial

A lo largo de la historia, el ser humano ha estado expuesto a gran cantidad de peligros y

riesgos (contra los cuales ha tenido que enfrentarse) producto de sus actividades laborales

para obtener alimento y proveerse de medios para su subsistencia (Aguayo, 2015).

La historia de la seguridad e higiene laboral puede dividirse en dos etapas, antes de la

Revolución Industrial y después de ella.

Antes de la Revolución Industrial, el trabajo era principalmente agrícola y artesanal. Durante

esta amplia etapa histórica, la organización del trabajo estuvo basada en el sistema de

gremios, principalmente artesanales, agrupados por oficios (Cañada, y otros, 2011). El

objetivo principal de la protección a los trabajadores contra accidentes o enfermedades

laborales era correctivo, más no preventivo. Es decir, se reparaban los daños, pero no se

hacía nada para que estos no volvieran a ocurrir.

Se tienen diversos antecedentes que hacen referencia a esta temática antes de la

Revolución Industrial. En el siglo II a.C. Hipócrates reportó las primeras enfermedades

laborales, donde recomienda a los mineros tomar baños para evitar la saturación de plomo

(Ramírez, 2005). Más tarde en el siglo I d.C. Plinio “El viejo” hizo referencia a los peligros

por el manejo de zinc y azufre, además de que desarrolló un equipo de protección personal

respiratorio hecho con vejigas de animales para evitar la inhalación de polvos (Aguayo,

2015).

En la época del Renacimiento surgen las primeras leyes que protegen a los trabajadores.

En el marco de estas leyes, entre 1413 y 1417 se dictaminan las “Ordenanzas de Francia”

que velan por la seguridad de la clase trabajadora (Arias, 2012). Posteriormente, gracias a

la creación de la imprenta en 1450, en el año de 1473 Ulrich Ellenbaf publica el primer

documento impreso que trata acerca de enfermedades relacionadas con el ambiente de

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trabajo y cómo prevenirlos (Aguayo, 2015). Estos temas fueron retomados a mediados del

siglo XVI por George Agrícola y Aureolus Teophrastus Bombastus von Hohenheim en sus

publicaciones “De re metallica” y “Animatti bus subterranis”, respectivamente. Estas obras

se enfocan a las enfermedades profesionales y sus respectivos sistemas de protección

(Arias, 2012).

Bernardino Ramazi es considerado el padre de la salud ocupacional (Arias, 2012) debido a

la publicación en 1700 de “De morbis artificum diatriba”, donde escribió de manera

sistemática y ordenada las enfermedades relacionadas con los diferentes oficios que se

desarrollaban en aquella época (Aguayo, 2015).

A partir del siglo XVIII, con la llegada de la Revolución Industrial, se rompe el sistema de

trabajo gremial, extendiendo el número de trabajadores asalariados (Cañada, y otros,

2011). Sin embargo, la Revolución Industrial no llegó abruptamente, sino que se fue

introduciendo poco a poco con la invención de diversos equipos y maquinarias tales como

el telar, la bomba de agua y la lanzadera volante, entre otros. Y fue hasta que en 1776

cuando James Watt inventó la máquina de vapor que inicia el proceso de mecanización de

los sistemas de producción y el transporte (Arias, 2012).

Desde luego estos cambios repercutieron en la salud y bienestar de los trabajadores, los

accidentes de trabajo incrementaron su incidencia y aparecieron enfermedades hasta

entonces desconocidas, creadas por los nuevos agentes agresores utilizados durante los

procesos de trabajos (Aguayo, 2015).

Debido a la gran migración del campo a las ciudades las empresas se vieron rebasadas en

su capacidad por lo que las condiciones de seguridad y salud para los trabajadores eran

mínimas. Aunado a ello, la falta de cultura de seguridad tanto de los trabajadores como de

los patrones favoreció mucho esta situación.

Inglaterra y Francia fueron los países que lideraron la formalización de la salud y la

seguridad ocupacional en Europa, con diversas innovaciones (Arias, 2012). A finales del

siglo XVIII y a principios del siglo XIX se publicaron en ambos países diversas

reglamentaciones que fijaban condiciones de seguridad e higiene para los trabajadores. Y

no fue sino hasta 1841 y 1844 cuando, en Inglaterra, surgen la ley de trabajo para niños y

leyes que protegen a las mujeres, respectivamente (Arias, 2012).

Así como en Inglaterra, en Estados Unidos la implantación de la primera industria

algodonera en 1822 causó un deterioro en las condiciones de seguridad para los

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trabajadores, donde la mayoría eran mujeres y niños que provenían de granjas y laboraban

hasta 14 horas diarias (Arias, 2012).

En 1843 Frederic Engles escribió “Situación de las clases operarias en Inglaterra” y en 1844

junto con Karl Marx promovieron la sindicalización de los trabajadores por lo que se

mejoraron las condiciones de trabajo, incluyendo la seguridad (Arias, 2012).

Las teorías de administración que surgieron a finales del siglo XIX de la mano de Frederick

Winslow Taylor, Henry Fayol y Max Weber tenían una visión de la organización como una

máquina y permitieron la sistematización del trabajo y los sistemas de producción lo que

favoreció la limpieza, orden y seguridad en el ambiente laboral (Arias, 2012).

En el siglo XX, la seguridad industrial es ya una ciencia y una profesión, cuyos aportes a la

industria y el trabajo son valorados en tanto que se eliminan o minimizan los riesgos

ocupacionales, permitiendo reducir los costos económicos que afectan la producción (Arias,

2012). Así, la Organización Internacional del Trabajo fue creada en 1919, como parte del

Tratado de Versalles que terminó con la Primera Guerra Mundial (Organización

Internacional del Trabajo, 2015). En 1949 surge en Estados Unidos el concepto de

ergonomía, la cual estudia la relación entre los seres humanos y su ambiente laboral

teniendo como principal objetivo la productividad, calidad, seguridad y salud, satisfacción

con el trabajo y en el desarrollo personal (Laurig & Vedder, 1998).

En 1971 se creó la OSHA (Occupational, Safety and Health Administration) y con ello se

han reducido en un 50 por ciento y las lesiones y enfermedades ocupacionales han

disminuido en un 40 por ciento (Occupational Safety & Health Administration, 2015).

Cabe mencionar, que el progreso tecnológico no se ha detenido, al contrario, continúa su

marcha. Esto ha posibilitado el progreso social, mejorando la calidad de vida y las

condiciones de trabajo, eliminando riesgos, pero también dando lugar a la aparición de otros

nuevos (Cañada, y otros, 2011)

En la actualidad, la seguridad industrial ha estado generando gran interés de parte de los

empresarios, los trabajadores y los políticos. Tanto así, que los gobiernos han invertido

tiempo y dinero en la elaboración y difusión de normas de seguridad y en la inspección

periódica de empresas, fábricas e industrias a través de diversos organismos de control

(Arias, 2012).

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2.2. Seguridad e higiene en México

En nuestro país, se comienza formalmente con las regulaciones en materia de salud y

seguridad laboral a partir de la promulgación de la Constitución de 1857, esto debido a la

necesidad de proteger al trabajador de los daños acontecidos dentro de su ambiente

laboral. En este documento se establece la relación obrero-patrón con carácter de derecho

civil (un individuo arrienda sus servicios a otro) (Carranza & Belén, 2011). Sin embargo, la

responsabilidad del patrón frente a los accidentes de sus trabajadores no iba más allá de la

culpa.

A principios del siglo XX, se decretan las leyes locales de José Vicente Villada para el

Estado de México y de Bernardo Reyes para Nuevo León, en 1904 y 1906 respectivamente.

Estas leyes reconocen el accidente de trabajo y la responsabilidad patronal de la

indemnización por el mismo (Hernández, Malfavón, & Fernández, 2005).

En 1917 con la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

quedan plasmadas las bases referentes al trabajo en el artículo 123, como son, la duración

de la jornada laboral, la protección a mujeres embarazadas y niños, las obligaciones de los

patrones de proporcionar un ambiente laboral seguro e higiénico y el derecho a los seguros

de salud (Hernández, Malfavón, & Fernández, 2005). Cabe resaltar que la fracción XXIX

del artículo 123 de la Constitución de 1917 culmina en 1943 con la ley que crea el Instituto

Mexicano del Seguro Social.

Históricamente es muy común en México el uso de tecnología extranjera, lo que expone a

los trabajadores a muchos riesgos dado que la maquinaria o equipo no concuerda con los

requerimientos ergonómicos del país. Es por ello que los primeros esfuerzos para brindar

un ambiente seguro a los trabajadores se centraron en dispositivos mecánicos,

desafortunadamente, esta medida no solucionó el problema pues la causa raíz residía en

la ignorancia y descuido de los trabajadores (Carranza & Belén, 2011).

Posteriormente, el 1 de mayo de 1970 surge la Ley Federal del Trabajo donde se

especifican de manera más detallada los conceptos básicos de la seguridad e higiene como

riesgo de trabajo, enfermedad de trabajo, incapacidad y tipos de incapacidades, los

derechos y obligaciones del patrón y el trabajador (Carranza & Belén, 2011). Con esta ley

se dio el primer paso sólido para obtener mejores y más seguras condiciones de trabajo

(Aguayo, 2015).

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En 1978 se emitió el Reglamento General de Higiene y Seguridad en el trabajo en el cual

se dan los lineamientos detallados para proporcionar en áreas específicas un ambiente de

trabajo seguro y sano (Aguayo, 2015). Dicho reglamento fue abrogado en 1997 por el

Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, el cual a su vez

fue abrogado en 2014 por el Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, el

cual se encuentra vigente hasta la fecha.

Finalmente, a partir de 1993 cuando se emiten las primeras Normas Oficiales Mexicanas

aplicables a la Seguridad e Higiene Industrial.

De 1992 a 2002 se registraron 5 212 372 riesgos de trabajo en la población asegurada al

Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), de los cuales el 78.9 % fue por accidentes de

trabajo, 17.5 % debido a accidentes en trayecto, en 1.4 % se trató de recaídas y 0.9 % fue

por enfermedades debidas al entorno laboral (Instituto Mexicano del Seguro Social, 2004).

Se observa que tanto a nivel nacional como internacional la seguridad e higiene ha logrado

cimentarse como una parte muy importante de cualquier empresa. Esto se debe

principalmente a que se ha reconocido y entendido su importancia y utilidad para el buen

desempeño de las operaciones, por las tres partes directamente involucradas:

Trabajadores, Empresarios y Gobierno (Aguayo, 2015).

2.3. Seguridad e higiene en la Industria Alimentaria

La industria alimentaria abarca un gran conjunto de actividades dirigidas al tratamiento,

transformación, preparación, conservación y envasado de alimentos. Aunque los procesos

de fabricación varían incluso de una empresa a otra perteneciente a la misma industria,

éstos pueden agruparse en las siguientes categorías: la manipulación y el almacenamiento

de materias primas, la extracción, la elaboración, la conservación y el envasado (Malagié,

Jensen, Graham, & Smith, 1998).

De acuerdo a un estudio publicado en 2004 por el IMSS, del total de accidentes laborales

registrados en 2002, el 7.9% pertenece a la preparación, servicio y compraventa de

alimentos (Instituto Mexicano del Seguro Social, 2004).

Los accidentes en la industria alimentaria son por lo general comunes a otro tipo de industria

y principalmente son causadas por: uso inadecuado de la maquinaria y el equipo, mal

16

estado del suelo (desigual o resbaladizo), iluminación insuficiente, desconocimiento por

parte del patrón y de los trabajadores acerca de procedimientos de seguridad, falta de uso

del equipo de protección personal, etc.

En cuanto a las enfermedades, principalmente son infecciosas o parasitarias propagadas

por animales o los productos de desecho de estos; también son frecuentes la dermatitis de

contacto y las alergias de la piel o del sistema respiratorio provocadas por la inhalación de

polvos orgánicos o refrigerantes; auditivas por el excesivo ruido del ambiente laboral

(Malagié, Jensen, Graham, & Smith, 1998).

2.4. Descripción técnica y administrativa de la empresa

Por cuestiones de confidencialidad se omitió la descripción de este apartado.

17

3. Justificación

De cada 100 accidentes, 10 se deben a condiciones peligrosas, 88 a actos inseguros y 2 a

situaciones imprevistas (Arias, 2012). De esta afirmación se deducen 2 cosas: primero, es

posible prevenir el 98% de los accidentes y segundo, la mayoría de los accidentes son

ocasionados por actos inseguros por parte de los trabajadores.

Aunado a esto y debido a la preocupación de la empresa de resguardar los recursos

humanos y materiales de la compañía, así como por la necesidad de cumplir con la

normatividad aplicable en materia de seguridad e higiene laboral, se decidió realizar este

proyecto, cuyo desarrollo se origina por los nuevos riesgos laborales generados debido a

la implementación de la planta de producción en la empresa.

Estos nuevos peligros y riesgos son el resultado del uso de otro tipo de materiales,

sustancias y la realización de actividades como la carga y descarga de materiales,

manipulación de maquinaria y equipo para la producción, exposición a ruido y vibraciones

por el uso de equipo de limpieza, uso de sustancias químicas para la limpieza de las áreas

y los equipos de producción, entre otros. Por ello, se definió como prioridad implementar

las medidas preventivas necesarias para la operación de la empresa de forma que pueden

evitarse accidentes, enfermedades de trabajo y se contribuya a la conservación de la vida

de cada uno de los trabajadores, al cuidado de su salud e integridad física, así como

posibles deterioros del centro de trabajo.

18

4. Objetivos

4.1. Objetivo general

Diagnosticar el cumplimiento de la normatividad de la Secretaría del Trabajo y Previsión

Social dentro de la empresa.

4.2. Objetivos específicos Identificar las normas de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social que aplican

en la empresa.

Evaluar el grado de cumplimiento de los requisitos de la normatividad aplicable

seleccionada por la compañía.

Brindar recomendaciones para la organización con el fin de garantizar el

cumplimiento de los requisitos de la normatividad aplicable seleccionada.

19

5. Metodología

Para la realización de este proyecto se desarrollaron las actividades que se muestran en la

Ilustración 5.

Ilustración 2. Actividades desarrolladas en la empresa.

a) Se identificó la normatividad aplicable.

Esta actividad se realizó con la ayuda del programa Asistente para la Identificación de las

Normas Oficiales Mexicanas de Seguridad y Salud en el Trabajo (AINOMSST) de la

Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). El AINOMSST es una herramienta

informática que facilita la búsqueda de la normatividad aplicable en la materia, de acuerdo

con la actividad económica, escala y factores de riesgo asociados a los procesos de cada

centro de trabajo (Secretaría del Trabajo y Previsión Social, 2015).

A grandes, esta actividad consistió en llevar a cabo una recopilación de información y datos

necesarios acerca del giro y las actividades de la empresa (ver Anexo 11.1). Con esta

información se procedió a responder a una serie de preguntas proporcionadas por el

AINOMSST con el fin de conocer los diversos requerimientos de las normas oficiales

mexicanas de seguridad y salud en el trabajo.

b) Evaluación de los requisitos de la normatividad aplicable.

Una vez identificadas las normas y sus requisitos, la empresa seleccionó 6 normas a

evaluar para fines del alcance del presente trabajo. Estas 6 normas representan la primera

a) Identificación

• Asistente para la Identificación de las Normas Oficiales Mexicanas de Seguridad y Salud en el Trabajo.

b) Evaluación

• Guía para la Evaluación del Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo

c) Oportunidades de mejora

• Recomendaciones para dar cumplimiento a la normatividad aplicable.

20

etapa del proyecto de la compañía para la implementación de medidas correctivas y

preventivas de seguridad y salud para los trabajadores.

La evaluación de estas normas y sus requisitos se llevó a cabo con la Guía para la

Evaluación del Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo

(ECNSST) de la STPS. La guía es una herramienta que permite realizar una revisión

exhaustiva sobre la observancia de las diversas disposiciones en la materia que le son

aplicables al centro de trabajo, con las consiguientes medidas preventivas y correctivas por

ejecutar (Secretaría del Trabajo y Previsión Social, 2015).

Durante esta actividad, además de la evaluación de las normas y requisitos identificados

por el AINOMSST, también se corroboró que los requisitos de cada norma fueran aplicables

a la empresa.

Por cada requisito cumplido, cumplido parcialmente o incumplido se asignó un porcentaje

de acuerdo a la misma guía y con ello se logró conocer el porcentaje de cumplimiento total

de cada norma (ver Anexo 11.2).

c) Recomendaciones.

Finalmente, a partir de los resultados acerca del porcentaje de cumplimiento de cada

norma, se hicieron recomendaciones puntuales y detalladas para cumplir con los requisitos

incumplidos o parcialmente cumplidos en la empresa. Estas recomendaciones incluyeron

hacer estudios al centro de trabajo por parte de laboratorios acreditados y aprobados por la

STPS, elaboración de bitácoras y registros para evidenciar que se cumplen los requisitos,

realización de inventarios de sustancias que se encuentran dentro de la empresa, ejecución

de programas, proporcionar capacitaciones y aplicación de señalamientos de seguridad,

entre otros.

21

6. Resultados y análisis

Las normas que se identificaron con ayuda del AINOMSST son las que se muestran a

continuación:

Tabla 1. Normas de la STPS identificadas por el AINOMSST

NORMAS DE SEGURIDAD

NOM-001-STPS-2008 Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo - Condiciones de seguridad.

NOM-002-STPS-2010 Condiciones de seguridad - Prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo.

NOM-004-STPS-1999 Sistemas de protección y dispositivos de seguridad de la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo.

NOM-005-STPS-1998 Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas.

NOM-006-STPS-2000 Manejo y almacenamiento de materiales - Condiciones y procedimientos de seguridad.

NOM-020-STPS-2011 Recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas - Funcionamiento - Condiciones de Seguridad.

NOM-029-STPS-2011 Mantenimiento de las instalaciones eléctricas en los centros de trabajo - Condiciones de seguridad

NORMAS DE SALUD

NOM-010-STPS-1999* Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se manejen, transporten, procesen o almacenen sustancias químicas capaces de generar contaminación en el medio ambiente laboral.

NOM-011-STPS-2001 Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido.

NOM-013-STPS-1993 Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se generen radiaciones electromagnéticas no ionizantes.

NOM-024-STPS-2001 Vibraciones - Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo.

NOM-025-STPS-2008 Condiciones de iluminación en los centros de trabajo. NORMAS DE ORGANIZACIÓN

NOM-017-STPS-2008 Equipo de protección personal - Selección, uso y manejo en los centros de trabajo.

NOM-018-STPS-2000 Sistema para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo.

NOM-019-STPS-2011 Constitución, integración, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene.

22

NOM-021-STPS-1993 Relativa a los requerimientos y características de los informes de los riesgos de trabajo que ocurran, para integrar las estadísticas.

NOM-026-STPS-2008 Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías.

NOM-030-STPS-2009 Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo - Funciones y actividades.

*Esta norma no fue identificada por el AINOMSST, sin embargo, sí aplica a la empresa.

A continuación, se verificó que efectivamente estas normas sí aplicaran a la empresa,

observándose que el AINOMSST no identificó a la NOM-010-STPS-1999 que también

aplica a la empresa como consecuencia del uso y manejo de sustancias (aditivos

alimentarios) que pueden alterar la salud de los trabajadores.

De esta manera se identificaron un total de 18 normas, de las cuales 7 son normas de

seguridad, 5 son de salud y 6 son de organización.

Las normas (con sus respectivos requisitos) seleccionadas por la empresa se muestran en

las tablas 2 a 7.

Tabla 2. Requisitos identificados por el AINOMSST de la NOM-001-STPS-2008

NOM-001-STPS-2008

Obligaciones del patrón

Obligaciones de los trabajadores

Obligaciones generales

Disposiciones específicas a las características o

procesos del centro de trabajo

5.1 5.2 5.3 5.4 5.5 5.6

6.1 6.2 6.3

7.1 7.1.1 7.1.2 7.1.3 7.1.4 7.1.5 7.1.6 7.2 7.3 7.4

7.7.2***

7.5 7.5.1* 7.5.2

8 8.1 8.2 8.3

9.8***

*Requisito identificado por el AINOMSST que no aplica a la empresa. ***Requisito no identificado por el AINOMSST que sí aplica a la empresa.

23

Tabla 3. Requisitos identificados por el AINOMSST de la NOM-002-STPS-2010

NOM-002-STPS-2010

Obligaciones del patrón

Obligaciones de los trabajadores

Obligaciones generales

Disposiciones específicas a las características o

procesos del centro de trabajo

5 5.1 5.2 5.3 5.4 5.5 5.7 5.8 5.9 5.12

6 6.1 6.2 6.3 6.4 6.5 6.6 6.7 6.8 6.9

7.1 7.2 7.3 7.4 7.5

7.5.1 7.5.2 7.5.3 7.6

7.6.1 7.6.2 7.7 7.8 7.9* 7.10 7.11 7.12 7.13 7.14 7.15 7.16 7.17 7.18 7.19

8 10

10.1 10.2

10.3*** 11

11.1 11.2 11.5 101**

101.1** 101.1.1** 101.1.2** 101.1.3** 101.1.4** 101.1.5** 101.1.6**

5.10*** 5.10.1** 8.1*** 8.1.1**

24

101.2** *Requisito identificado por el AINOMSST que no aplica a la empresa. **Requisito identificado por el AINOMSST que no existe en la norma. ***Requisito no identificado por el AINOMSST que sí aplica a la empresa.

Tabla 4. Requisitos identificados por el AINOMSST de la NOM-011-STPS-2001

NOM-011-STPS-2001

Obligaciones del patrón

Obligaciones de los trabajadores

Obligaciones generales

Disposiciones específicas a las características o

procesos del centro de trabajo

5.1 5.2 5.3 5.4 5.5 5.6 5.7 5.8

6.1 6.2 6.3

7 7.1 7.2 7.3 8

8.1 8.2

8.2.1 8.2.2 8.3

8.3.1 8.4

8.4.1 8.4.2 8.4.3 8.4.4 8.5

8.5.1 8.5.2 8.6 8.7

8.7.1 8.7.2 8.7.3 8.7.4 8.8

8.8.1 8.8.2 8.8.3

9 9.1* 9.2 9.3

101**

*Requisito identificado por el AINOMSST que no aplica a la empresa. **Requisito identificado por el AINOMSST que no existe en la norma.

25

Tabla 5. Requisitos identificados por el AINOMSST de la NOM-017-STPS-2008

NOM-017-STPS-2008

Obligaciones del patrón

Obligaciones de los trabajadores

Obligaciones generales

Disposiciones específicas a las características o

procesos del centro de trabajo

5.1 5.2 5.3 5.4 5.5

5.5.1 5.5.2 5.6 5.7 5.8

6.1 6.2 6.3 6.4

7 7.1

Tabla 6. Requisitos identificados por el AINOMSST de la NOM-025-STPS-2008

NOM-025-STPS-2008

Obligaciones del patrón

Obligaciones de los trabajadores

Obligaciones generales

Disposiciones específicas a las características o

procesos del centro de trabajo

5.1 5.2 5.3 5.4 5.5 5.6 5.7 5.8 5.9 5.10 5.11

6.1 6.2 6.3 6.4

7 8

8.1 8.2 9

9.1 9.1.1 9.1.2

10 10.1 10.2 10.3 10.4 11 12

12.1

26

Tabla 7. Requisitos identificados por el AINOMSST de la NOM-026-STPS-2008

NOM-026-STPS-2008

Obligaciones del patrón

Obligaciones de los trabajadores

Obligaciones generales

Disposiciones específicas a las características o

procesos del centro de trabajo

5.1 5.2 5.3 5.4

6.1 6.2

7.1 7.2 8

8.1 8.2

8.2.1 8.2.2 8.2.3 8.2.4 8.2.5 8.3

8.3.1 8.3.2 8.4 8.5

8.5.1 8.5.2 8.5.3 8.6

9.1*** 9.1.1*** 9.1.2*** 9.1.3*** 9.1.4*** 9.2.1*** 9.2.2*** 9.2.3*** 9.2.4*** 9.2.5*** 9.2.7*** 9.3.1*** 9.3.2***

***Requisito no identificado por el AINOMSST que sí aplica a la empresa.

Antes de comenzar la evaluación de cada norma, se corroboró que los requisitos

detectados por el AINOMSST fueran correctos. Se encontraron 3 errores principalmente en

la identificación de requisitos aplicables:

a) Requisitos que no aplican a la empresa, pero que el AINOMSST los identificó como

aplicables. Esta situación se observó en las normas NOM-001-STPS-2008, NOM-002-

STPS-2010 y NOM-011-STPS-2001.

b) Requisitos que sí aplican a la empresa, pero que el AINOMSST no los identificó como

aplicables. Esta situación se observó en las normas NOM-001-STPS-2008 y NOM-002-

STPS-2010.

c) Requisitos identificados por el AINOMSST que no existen en la norma en cuestión. Esta

situación se observó en las normas NOM-002-STPS-2010 y NOM-011-STPS-2001.

Los errores identificados en los incisos a y b, son esperados considerando que las

preguntas del AINOMSST son más bien generales, por lo que los resultados tienden a ser

poco detallados para los diferentes centros de trabajo. Sin embargo, esto no significa que

27

la herramienta no funcione o no sea de utilidad, ya que la cantidad de requisitos correctos

constituye por lo menos un 75% del total de requisitos identificados por cada norma.

Para el caso específico de la NOM-026-STPS-2008, el AINOMSST no identificó como

aplicables a la empresa todos los requisitos de la sección 9 a causa de que, por falta de

información en el momento de hacer uso de esta herramienta, se omitió responder en la

última pregunta que también se utilizan tuberías, además de recipientes portátiles, para

transportar materiales como agua y gas L. P. (ver Anexo 11.1). De esta manera, esta

situación no es considerada como un error en el inciso b.

La situación particular que marca el inciso c es muy importante ya que estos requisitos no

existen en la normatividad vigente. Esto llevaría a pensar a que se trata de requisitos de las

mismas normas, pero en sus versiones no vigentes de años pasado. Sin embargo, después

de revisar las versiones anteriores de estas normas no se encontraron estos requisitos, por

lo que se deduce que esta situación es un error particular del propio software.

Los errores enlistados en los incisos a, b y c demuestran la importancia de corroborar los

resultados del AINOMSST para garantizar que al pasar a la siguiente etapa se evalúe solo

lo que aplica a la empresa.

De acuerdo a la evaluación realizada por ECNSST se obtuvieron los siguientes resultados

de cada norma:

Tabla 8. Grado de cumplimiento de las normas seleccionadas

Norma Grado de

cumplimiento (%) NOM-001-STPS-2008 47 NOM-002-STPS-2010 20 NOM-011-STPS-2001 0 NOM-017-STPS-2008 41 NOM-025-STPS-2008 17 NOM-026-STPS-2008 66

En la Tabla 8 se observa que 5 de las 6 normas seleccionadas tienen un grado de cumplimiento menor al 50%. Los resultados de la evaluación por sección de cada norma se encuentran en el Anexo 11.2.

De menor a mayor grado de cumplimiento las normas se acomodan como lo muestra la Ilustración 6.

28

Ilustración 3. Grado de cumplimiento de las normas de mayor a menor porcentaje.

Se observa una marcada diferencia en cuanto a grado de cumplimiento entre las primeras

tres normas y las últimas tres. Esto se debe principalmente a que las normas con los

resultados más bajos requieren de una mayor participación de servicios externos aprobados

por la STPS para su adecuada implementación, mientras que las normas con mayor grado

de cumplimiento requieren de una mayor participación por parte de la propia empresa para

su implementación. Por ejemplo, la NOM-011-STPS-2001, que tiene el resultado más bajo,

requiere para su correcta implementación un estudio completo de ruido en las instalaciones

por parte de un organismo aprobado y acreditado por la STPS; mientras que la NOM-026-

STPS-2008, que tiene el resultado más alto, requiere para su correcta implementación, que

el patrón cumpla ciertos requisitos de colores y dimensiones de señalamientos y tuberías

para identificar y comunicar los peligros y riesgos de la empresa.

Para dar solución a esta problemática, se propone una serie de recomendaciones a la

organización basadas en los requisitos faltantes por cumplir de acuerdo a la evaluación

realizada a cada norma. Las cuales, de llevarse a cabo, garantizarán el cumplimiento de

las normas seleccionadas.

66

47

41

2017

00

10

20

30

40

50

60

70

normas

Gra

do d

e cu

mpl

imie

nto

(%)

NOM 026 NOM 001 NOM 017 NOM 002 NOM 025 NOM 011

29

NOM-001-STPS-2008 Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo - Condiciones de seguridad.

Para dar cumplimiento a esta norma, se recomienda lo siguiente:

Cuando se instale el sistema de ventilación artificial en el área de producción, se

recomienda lo siguiente:

o Iniciar su operación antes de que ingresen los trabajadores al área.

o Dirigir el aire extraído a un lugar donde no contamine a otras áreas de la

empresa o edificios aledaños.

o Realizar un programa anual de mantenimiento preventivo y correctivo con el

fin de garantizar que el sistema esté en buenas condiciones de uso.

Conservar como evidencia el programa realizado por 1 año mínimo.

o Contar con una bitácora (Ilustración 7) donde se registren los resultados del

mantenimiento correctivo y preventivo y conservarlos por lo menos por un

año.

Ilustración 4. Propuesta de bitácora como evidencia de la realización de mantenimiento preventivo y correctivo al sistema de ventilación artificial en la empresa.

Pintar líneas amarillas en el piso de un ancho mínimo de 5 cm con el fin de delimitar

los espacios en:

o El almacén para que exista una zona donde pueda circular el personal.

o En producción para delimitar los equipos (mezcladora, molino coloidal,

molino de martillos y agitador mecánico).

Dar mantenimiento a las líneas amarillas que se encuentran en el área de

producción por motivo de que se encuentran despintadas en algunas zonas.

Colocar remates o perfiles en los peldaños de las escaleras que comunican la planta

baja con la planta alta a fin de que cumplan la doble función de ser antideslizante y

30

que den forma redondeada a las orillas de los escalones. Se muestra una

sugerencia en la Ilustración 8.

Ilustración 5. Propuesta de remate o perfil para los peldaños de las escaleras.

Establecer, y en caso de requerirse adecuar, un lugar en específico para que los

trabajadores puedan cambiarse al uniforme que utilizan durante las producciones.

Contar con una evaluación por parte de personal capacitado a los elementos

estructurales de la empresa para demostrar que:

o Soportan las cargas fijas y móviles tanto en condiciones normales de

operación como en condiciones extraordinarias.

o Soportan nuevas cargas y móviles en caso de realizar cambios de uso.

Colocar impermeabilizante y dar el mantenimiento necesario al techo de producción

para eliminar las goteras existentes.

Dar mantenimiento y limpieza a la coladera que se encuentra en el patio para evitar

estancamiento de agua.

Colocar un señalamiento de cambio de nivel (ver Ilustración 9) en los siguientes

accesos:

o Al área de producción desde el patio.

o A la recepción.

o Al laboratorio.

31

Ilustración 6. Señalización que debe colocarse cuando exista un cambio de nivel. En cumplimiento con las normas NOM-026-STPS-2008 y NOM-003-SEGOB-2011.

Además de los permisos de trabajo autorizados por el patrón para el acceso a la

cisterna, se debe contar con una barrera (barandal o cerca desmontable, cinta de

precaución o malla delimitadora) de una altura mínima de 90 cm y utilizarla cuando

se tenga que abrir la cisterna por cualquier motivo (mantenimiento, limpieza, análisis

de agua).

Dar limpieza a la escalera extensible de manera tal que se quiten los restos de

cemento que tiene en la mayoría de los peldaños. Para ello se sugiere utilizar

limpiadores a base de ácido fosfórico, acético o clorhídrico (como Crest Clean Obra,

SCALITE, removedor de concreto DIPROMEX o cualquier otro que la empresa

requiera).

Sustituir la escalera de tijera de bordes amarillos por una nueva (ver Ilustración 10)

que cumpla con las siguientes especificaciones:

o Ancho mínimo de 40 cm.

o Distancia mínima entre peldaños de 38 cm.

o Peldaños de material o forma que evite resbalones.

o Puntos de apoyo con material que evite su deslizamiento.

32

A) B)

Ilustración 7. A) Fotografía del estado actual de la escalera de bordes amarillos. B) Propuesta de escalera que se debe de adquirir.

Brindar a los trabajadores información acerca del uso y conservación de las áreas

de trabajo y de servicio.

Realizar verificaciones oculares:

o Por lo menos cada 3 meses a todas las áreas la empresa con el fin de

identificar condiciones inseguras.

o Después de suceder algún evento que genere daños a la infraestructura de

la empresa.

Contar con bitácoras (de preferencia electrónicas) para registrar los resultados de

las verificaciones oculares. Estas deben ser conservadas por lo menos por dos años

y contengan los siguientes datos: fecha, área revisada, tipo de evento, condición

insegura encontrada y acciones de solución. Se propone que las bitácoras sean

como se muestra a continuación:

33

Ilustración 8. Propuesta de bitácoras como evidencia de la realización de verificaciones oculares (rutinarias y después de eventos extraordinarios) en la compañía.

NOM-002-STPS-2010 Condiciones de seguridad-Prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo.

Antes de describir las recomendaciones para dar cumplimiento a la NOM-002-STPS-2010

se menciona la manera en cómo se debe calcular el riesgo de incendio (que también es un

requisito de la norma) ya que este análisis es necesario para establecer las obligaciones

del patrón y las condiciones que debe tener la empresa.

Como parte de las primeras preguntas del AINOMSST (ver Anexo 11.1), se realizó hacer el

cálculo de todos los inventarios, dando como resultado la Tabla 9.

Tabla 9. Inventarios de sustancias inflamables y combustibles.

Concepto Cantidad

Gases inflamables 210 L

Líquidos inflamables 25.9482 L

Líquidos combustibles 1.5867 L

Sólidos combustibles 2365.218 kg

Cabe mencionar que los inventarios no son representativos debido a que la NOM-002-

STPS-2010 pide que se elija al inventario máximo que se haya registrado en el transcurso

de un año y los datos de la Tabla 9 solo representan lo registrado en un mes. Sin embargo,

34

se toma como válido por motivo de que es el punto de partida para determinar la

clasificación de riesgo de incendio.

Debido a que la empresa maneja diferentes sustancias y materiales, se debe de utilizar la

ecuación que muestra el apéndice A de la NOM-002-STPS-2010:

3000

í 1400

í 2000

ó 15000

Resolviendo la ecuación da como resultado:

2103000

29.94821400

1.58672000

2365.21815000

0.25

La norma indica que con base a este resultado y a la superficie construida de la empresa

se debe determinar la clasificación del riesgo de incendio. A continuación, se muestra una

tabla que resume lo que indica la NOM-002-STPS-2010:

Tabla 10. Determinación de riesgo de incendio con base a la superficie construida y a los inventarios de sustancias inflamables y combustibles

Superficie construida (m2)

Menor a 3000 Mayor o igual

a 3000

Resultado de

la ecuación

Menor a 1 ORDINARIO ALTO

Mayor o igual a

1 ALTO ALTO

Tomando en cuenta que la superficie construida de la compañía es de 146.08 m2, entonces

se determina que el riesgo de incendio para el centro de trabajo es ordinario.

Considerando el riesgo de incendio ordinario, para dar cumplimiento a esta norma, se

recomienda lo siguiente:

35

Tener evidencia documental de que se ha realizado la clasificación del riesgo de

incendio (se muestra la propuesta en la Ilustración 12) que incluya:

o Nombre, denominación o razón social o identificación específica del centro

de trabajo.

o Domicilio completo del centro de trabajo.

o Descripción general del proceso productivo, así como los materiales y

cantidades que se emplean en dichos procesos.

o Número máximo de trabajadores.

o Número máximo estimado de personas externas al centro de trabajo que

concurren a éste, tales como contratistas y visitantes.

o Superficie construida en metros cuadrados.

o Inventario máximo que se haya registrado a lo largo de un año de: gases

inflamables, líquidos inflamables y combustibles y sólidos combustibles y

sustancias. Se hace hincapié en realizar y mantener los inventarios de

sustancias que no sean materias primas, como las sustancias que se utilizan

para la limpieza y las muestras y sustancias que guarda el laboratorio, ya

que estos forman parte de los inventarios antes mencionados.

o Cálculo desarrollado para la determinación final del riesgo de incendio.

o Fecha de realización.

o Tipo de riesgo de incendio.

o Nombre de los responsables de la clasificación realizada.

La clasificación del riesgo de incendio de la empresa debe realizarse de manera

anual.

En la compañía las clases de fuego que se pueden presentar son: A (por

combustible sólido de naturaleza orgánica), B (por líquidos combustibles e

inflamables y gases inflamables), C (por equipos, aparatos e instalaciones eléctricas

energizadas) y K (por grasas y aceites vegetales o animales). Es por ello que se

recomienda adquirir, por lo menos, los siguientes extintores de entre 6 y 9 kg de

acuerdo a lo mencionado en la Tabla VII.1 de la NOM-002-STPS-2010:

o 5 extintores a base de polvo químico seco, tipo ABC a base de fosfato

monoaminico al 75% (combate las clases de fuego A, B y C) para las áreas

de producción, recepción, ventas 2, sala de juntas, administración, dirección

general, almacén 2 y librería.

36

o 3 extintores con agente químico húmedo (combate las clases de fuegos A,

B y K) para las áreas de laboratorio, almacén y comedor.

o 1 extintor a base de CO2 (combate las clases de fuego B y C) para el área

de ventas debido a que en esta área hay gran cantidad de aparatos

electrónicos (principalmente el servidor de la compañía) que podrían

arruinarse en caso de utilizar otro tipo de agente extintor.

Ilustración 9. Propuesta de registro de la determinación del riesgo de incendio para la empresa.

Se recomienda adquirir los extintores con un prestador de servicios que esté

aprobado por la STPS y certificado por lo menos en la NOM-154-SCFI-2005.

Se propone que los extintores estén localizados como lo indican las ilustraciones 18

y 19. De esta manera se respetan las distancias máximas de recorrido establecidas

por la NOM-002-STPS-2010.

Al momento de instalar los extintores estos deben de cumplir las siguientes

condiciones:

37

11.2-44.7 cm

11.2-44.7 cm

o Estar colocados a una altura máxima de 1.5 m, medidos desde el nivel del

piso hasta la parte más alta del extintor.

o Señalizados (ver Ilustración 13).

Ilustración 10. Señalización que se debe colocar por encima de los extintores. En cumplimiento con las normas NOM-026-STPS-2008 y NOM-003-SEGOB-2011.

o Protegidos de las condiciones ambientales que puedan afectar su

funcionamiento.

Revisar los detectores de humo que actualmente ya están instalados en las áreas

de administración, ventas y dirección general, para asegurar que los detectores se

encuentren en buenas condiciones de operación.

Se recomienda que, además, se coloquen sistemas de detección de incendio en las

áreas de producción, almacén, almacén 2, laboratorio y librería que son las

principales áreas de la empresa donde se manejan y almacenan sustancias y

materiales inflamables y combustibles. La cantidad y tipo de detectores lo debe

determinar un prestador de servicios aprobado por la STPS.

Diseñar una ruta de evacuación que cumpla con las siguientes condiciones:

o Señalización a lo largo de toda la ruta y en los desniveles o escalones que

formen parte de la misma (ver Ilustración 14).

38

18-73 cm

9.1-36.5 cm

Ilustración 11. Señalización que se debe colocar a lo largo de toda la ruta de evacuación. En cumplimiento con las normas NOM-026-STPS-2008 y NOM-003-SEGOB-2011.

o Libre de obstáculos.

o Que cuente con iluminación en caso de que se interrumpa la energía

eléctrica o falte luz natural.

o La distancia por recorrer desde el punto más alejado (oficinas, laboratorio,

comedor y producción) del interior de las instalaciones de la organización a

la ruta de evacuación sea menor o igual a 40 metros.

o El tiempo máximo de evacuación sea de 3 minutos.

Se propone que la ruta de evacuación esté diseñada como lo muestran las

ilustraciones 18 y 19. De esta manera se respetan las distancias y tiempos de

recorrido establecidos por la NOM-002-STPS-2010.

Acondicionar la puerta de acceso a las instalaciones de la empresa como una salida

de emergencia. Para ello se deben realizar las siguientes actividades:

o Colocar un señalamiento al acceso que tenga la leyenda “SALIDA DE

EMERGENCIA” (ver Ilustración 15).

o Mantener el acceso libre de obstáculos, es decir, evitar almacenar materia

prima o producto terminado en el área contigua a este.

39

9.1-36.5 cm

18-73 cm

Ilustración 12. Señalización que se debe colocar en la puerta de emergencia. En cumplimiento con las normas NOM-026-STPS-2008 y NOM-003-SEGOB-2011.

Elaborar y difundir entre los trabajadores instrucciones a seguir para la prevención

y protección contra incendios. Se sugiere colocar señalamientos en las áreas

comunes como el que se muestra en la Ilustración 16.

Ilustración 13. Forma de difusión de instrucciones a seguir en caso de incendio.

Difundir el uso adecuado de los equipos y sistemas contra incendio, equipo de

protección personal y señalamientos, de manera tal que se evite el bloqueo, daño,

inutilización o uso inadecuado de estos.

40

12.6-50.5 cm

Controlar el acceso para los visitantes, contratistas y trabajadores que no

pertenecen a las áreas de almacén, producción, laboratorio y librería.

Asegurarse que todos los equipos y maquinaria que se tiene en la empresa estén

conectados a tierra.

Colocar señalamientos en las áreas de producción, almacén, laboratorio y librería

(como el que se muestra en la Ilustración 17) que prohíban a los trabajadores portar

objetos que puedan generar chispas, flama abierta o elevadas temperaturas

(cerillos, encendedores, velas y series de luces, entre otros).

Ilustración 14. Ejemplo de señalamiento de prohibición de generación de llama o chispas. En cumplimiento con las normas NOM-026-STPS-2008 y NOM-003-SEGOB-2011.

Asegurarse que el personal de almacén, producción y laboratorio vistan ropa de

algodón o de tejidos antiestáticos y que siempre porten su calzado de goma o de

suelas sintéticas (Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, 2000).

Elaborar un procedimiento para el uso adecuado de los dos hornos de microondas,

el horno de gas, las dos parrillas eléctricas y el horno tostador basándose en los

manuales de uso de las respectivas marcas de estos equipos y supervisar que se

sigan los procedimientos redactados en las áreas de laboratorio, comedor y sala de

juntas.

Contar con un layout actualizado de la empresa que contenga lo siguiente:

o Nombre de la empresa y su domicilio.

41

o Identificación de predios colindantes.

o Identificación de áreas dentro de la empresa con riesgo de incendio por

presencia de material combustible, inflamable o explosivo (producción,

almacén, laboratorio y librería).

o Ubicación de los medios de detección y sistemas contra incendio.

o Ubicación de materiales y equipo de primeros auxilios.

Colocar el layout de la compañía en la recepción, sala de juntas, comedor,

laboratorio y otras áreas de tránsito.

Se propone un layout que cumple con todos los requisitos antes mencionados y se

ejemplifica en las ilustraciones 18 y 19.

Ilustración 15. Propuesta de layout de la planta baja para la empresa. De conformidad con la NOM-002-2010.

42

Ilustración 16. Propuesta de layout de la planta alta para la empresa. De conformidad con la NOM-002-2010.

Realizar un programa anual de:

o Revisión mensual a los extintores que considere lo siguiente:

Se encuentren en la misma ubicación que indica el layout de la

organización.

Su ubicación sea en lugares visibles, de fácil acceso y libres de

obstáculos.

Se encuentren señalizados.

Cuenten con sello de garantía sin violar.

La aguja del manómetro se encuentre en la zona verde (operable) en

extintores presurizados.

Para los extintores con bióxido de carbono, que se mantenga la

capacidad nominal indicada por el fabricante.

No hayan sido activados.

Extintores en buen estado, sin corrosión, golpes, deformaciones,

roturas, desprendimientos protuberancias o perforaciones.

43

La etiqueta, placa o grabado se encuentre legible, sin alteraciones y

con información vigente. Esta debe contener los siguientes datos:

nombre, teléfono y domicilio del prestador de servicios; capacidad

nominal y agente extintor; instrucciones de operación breves y de

fácil comprensión; clase de fuego que combate; contraindicaciones

de uso; contraseña oficial de cumplimiento con la normatividad

vigente aplicable (NOM-154-SCFI-2005) de conformidad con la

NOM-106-SCFI-2005; mes y año del último mantenimiento y/o

recarga.

Para los extintores con polvo químico seco, se debe contar con un

collarín como lo establece la NOM-154-SCFI-2005.

o Revisión y pruebas a los medios de detección y equipos contra incendio.

o Revisión a las instalaciones eléctricas que considere tableros de distribución,

conductores, canalizaciones, cajas de conexiones, contactos, interruptores,

luminarias, protecciones, puesta a tierra de equipos y circuitos, así como,

puntos calientes de la instalación, aislamientos, conexiones rotas o

expuestas o quemadas, sobrecargas, alteraciones e improvisaciones.

o Revisión a las instalaciones de gas L.P. que considere la integridad de los

elementos que componen la instalación y que la tubería cuente con

señalización legible y visible de acuerdo a la NOM-026-STPS-2008.

o Capacitación teórico-práctico para los trabajadores en materia de prevención

de incendios y atención a emergencias.

Conservar por un año el registro de los resultados (se muestra la propuesta en la

Ilustración 20) de los primeros 4 programas del punto anterior que contenga los

siguientes datos:

o Nombre, denominación o razón social y domicilio completo de la compañía.

o Fecha de la revisión.

o Resultados de los/las áreas/extintores/instalaciones revisadas.

o Anomalías detectadas.

o Acciones correctivas y de seguimiento.

o Nombre y puesto o empresa que realiza la revisión.

El personal encargado de realizar las revisiones correspondientes debe estar

capacitado y ser autorizado por la Dirección General para realizar dichas

actividades.

44

Ilustración 17. Propuesta de bitácora de resultados de revisión de los programas mencionados en la NOM-002-STPS-2010

Si derivado de las revisiones se encuentra daño o deterioro en los extintores, medios

de detección, equipos contra incendio, instalaciones eléctricas y de gas L.P., se

debe dar mantenimiento a estos por personal capacitado para tal fin. Para ello se

sugiere contratar a un prestador de servicios aprobado por la STPS y contactarlo

cuando se requiera.

Para el caso específico de los extintores, estos deben ser puestos fuera de servicio

si presentan daño o deterioro. Además, deben ser sometidos a mantenimiento por

lo menos una vez al año y después de su uso (para su recarga), aunque no se hayan

detectado anomalías durante las revisiones.

Cuando un extintor se encuentre en mantenimiento, se debe sustituir por otro del

mismo tipo y capacidad y en su misma ubicación.

Ejecutar simulacros de emergencias por lo menos 1 vez al año debido a que las

instalaciones de la compañía tienen un riesgo de incendio ordinario.

Realizar por escrito la planeación de los simulacros de emergencias de incendio (se

muestra la propuesta en la Ilustración 21) que contenga lo siguiente:

o Nombre de los encargados de coordinar el simulacro y de establecer las

medidas de seguridad por adoptar durante el mismo.

o Fecha y hora de ejecución.

o Áreas incluidas en el simulacro.

o Tipo de escenarios de emergencia más críticos que se pudieran presentar.

45

o Acciones a realizar durante el simulacro.

o Participación de cuerpos especializados para la atención a la emergencia.

Ilustración 18. Formato propuesto de la planeación de simulacros de incendio para la empresa.

Los resultados de los simulacros son registros que deben conservarse por lo menos

un año (se muestra la propuesta en la Ilustración 22) y deben tener por lo menos los

siguientes datos:

o Nombre o razón social y domicilio de la empresa donde se desarrolló el

simulacro.

o Áreas del centro de trabajo que participaron en el simulacro.

o Número de personas que intervinieron.

o Recursos utilizados durante el simulacro.

o Desviaciones en las acciones planeadas.

o Recomendaciones para actualizar el plan de atención a emergencias de

incendio.

46

o Duración del simulacro.

o Nombres de los coordinadores del simulacro.

Redactar un plan de atención a emergencias de incendio que contemple lo

siguiente:

o Identificación y localización de áreas y equipos de proceso, destinados a

la fabricación, almacenamiento o manejo de materiales que impliquen

riesgo de incendio.

o Identificación de rutas de evacuación, salidas de emergencia, zonas de

menor riesgo y puntos de reunión.

Ilustración 19. Formato propuesto de los resultados de los simulacros de incendio.

47

o Procedimiento de alertamiento en caso de ocurrir una emergencia de

incendio.

o Procedimiento de evacuación para todo el personal que se encuentre dentro

de las instalaciones de la organización (trabajadores, patrones, contratistas

y visitantes), considerando a las personas con capacidades diferentes.

o Plan de ayuda mutua que se tenga con otros centros de trabajo.

o Procedimiento de solicitud de auxilio a cuerpos especializados para la

atención a la emergencia contra incendio. Contar con un directorio telefónico

de dichos cuerpos.

o Procedimiento para la identificación de daños después del incendio,

eliminación de riesgos y retorno a las actividades normales de operación.

o Frecuencia de los simulacros.

o Medios de difusión para los trabajadores sobre el contenido de este plan.

o Instrucciones para atender las emergencias de incendio.

Ejecutar el programa de capacitación teórico-práctico con ayuda de personal

experto y acreditado por la STPS que imparta a los trabajadores los siguientes

temas:

o Manejo de extintores

o Conocimiento del plan de atención a emergencias de incendio.

o Respuesta a una emergencia de incendio y acciones de prevención en lo

referente a instalaciones eléctricas, de gas, actos inseguros, orden y

limpieza.

o Participación en el plan de ayuda mutua.

o Identificación y combate de fuego incipiente.

o Activación del procedimiento de alertamiento.

o Evacuación de visitantes a lugares seguros durante un simulacro o

emergencia de incendio.

Brindar capacitación a los responsables de aplicar los programas anuales de

revisión a los extintores, medios de detección, equipos contra incendio,

instalaciones eléctricas y de gas L.P.

48

NOM-011-STPS-2001 Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido.

Para dar cumplimiento a esta norma, se recomienda lo siguiente:

Contratar a un laboratorio de pruebas para realizar los estudios de reconocimiento,

evaluación y determinación de:

o Nivel sonoro A (NSA) promedio o Nivel sonoro continuo equivalente A

(NSCEA,T).

o Nivel de exposición a ruido (NER).

o Nivel de presión acústica (NPÁ) en bandas de octava.

Para la realización de estos estudios se recomienda ponerse en contacto

laboratorios de pruebas aprobados por la STPS en su página web “Organismos

Privados para la Evaluación de la Conformidad de las NOM´s en Seguridad y Salud

en el Trabajo” (Secretaría del Trabajo y Previsión Social, 2012).

Asegurarse que el laboratorio entregue un reporte a la compañía al finalizar la

realización de los estudios correspondientes que cuente con la siguiente

información:

o Para el estudio de NSA, NSCEA,T y NER:

Informe descriptivo de las condiciones normales de operación bajo

las cuales se realizó la evaluación, incluyendo breve descripción del

proceso de fabricación, puestos de trabajo, número de trabajadores

expuestos por área y puesto.

Criterios utilizados para seleccionar el método de evaluación.

Plano de distribución del área evaluada donde se indiquen los puntos

de medición.

Hoja de registro del NSA o NSCEA,T, gráfica de los NSA por punto,

hoja de registro de evaluación personal.

Memoria de cálculo de los NSA, NSCEA,T y NER.

Copia de los documentos que avalen que sus instrumentos de

medición están calibrados por un laboratorio acreditado.

Nombre y firma del responsable del estudio.

o Para el estudio de NPA en bandas de octava:

49

Descripción del área, ubicación y características relevantes de la

exposición de los trabajadores.

Planos de distribución de las áreas donde existe ruido y la fuente

generadora.

Hojas de registro de los NPA por bandas de octava en cada punto de

medición y gráfico del espectro acústico.

Memoria de cálculo de los NPA.

Copia de los documentos que avalen que sus instrumentos de

medición están calibrados por un laboratorio acreditado.

Nombre, firma y cédula profesional del responsable del proyecto de

evaluación.

En caso de que los estudios demuestren que existen áreas dentro de la empresa

que presentan un nivel de ruido igual o mayor a 85 decibeles, se debe adquirir y

proporcionar equipo de protección personal auditiva al personal que lo requiera y

que mejor se adecue a sus necesidades.

El equipo de protección personal auditiva debe contar con:

o Certificación por parte del fabricante y/o garantía por parte del proveedor.

o Factor de reducción.

o Manual de uso, mantenimiento, limpieza, cuidados, reemplazo y

limitaciones.

Colocar señalamientos en las áreas donde se presenta un nivel de ruido igual o

mayor a 85 decibeles que indiquen el uso obligatorio de equipo de protección

personal auditiva (ver Ilustración 23).

Elaborar un procedimiento para:

o Selección técnica y médica del equipo de protección personal auditiva.

o Capacitación de los trabajadores en su uso, mantenimiento, limpieza,

cuidado, reemplazo y limitaciones.

o Supervisión del uso correcto del equipo de protección personal auditiva y en

las áreas donde se señale como obligatorio su uso.

50

9.1-36.5 cm

18-73 cm

Ilustración 20. Señalización que se debe colocar en las áreas donde el nivel de ruido sea igual o mayor a 85dB. En cumplimiento con las normas NOM-026-STPS-2008 y NOM-003-SEGOB-2011.

En caso de rebasar los límites máximos permisibles de la NOM-011-STPS-2001 que

se muestran en la Tabla 11, se deben adoptar ciertas medidas de control como:

o Sustituir o modificar el proceso productivo y/o la maquinaria o equipo fuente

de ruido.

o Instalación de barreras entre la fuente generadora de ruido y los receptores.

o Manejo de los tiempos de exposición.

o Programación de la producción con base al tiempo de exposición y nivel de

exposición de ruido

Realizar exámenes médicos anuales específicos a cada trabajador expuesto a un

nivel de ruido igual o mayor a 85 decibeles.

51

Tabla 11. Límites máximos permisibles de exposición a ruido según la NOM-011-STPS-2001.

NER Tiempo máximo permisible de

exposición

90 dB(A) 8 horas

93 dB(A) 4 horas

96 dB(A) 2 horas

99 dB(A) 1 hora

102 dB(A) 30 minutos

105 dB(A) 15 minutos

Proporcionar capacitación a los trabajadores expuestos a un nivel de ruido igual o

mayor a 80 decibeles acerca de:

Efectos a la salud por exposición a ruido.

Niveles máximos permisibles de exposición.

Medidas de protección.

Exámenes audiométricos.

Áreas de la empresa que presentan un nivel de ruido igual o mayor a

80 decibeles.

Elaborar un programa de conservación de la audición aplicable a todas las áreas de

la empresa que presenten un nivel de ruido igual o mayor a 85 decibeles. Este

programa se debe mantener actualizado y debe contener lo siguiente:

o Evaluación del Nivel sonoro A (NSA) promedio o Nivel sonoro continuo

equivalente A (NSCEA,T) y la determinación del Nivel de exposición a ruido

(NER).

o Evaluación del nivel de presión acústica (NPÁ) en bandas de octava.

o Equipo de protección personal auditiva.

o Capacitación y adiestramiento a los trabajadores que lo requieran.

o Vigilancia de la salud.

o Medidas de control tomadas en caso de ser necesario.

Elaborar un cronograma de actividades para la implementación del programa de

conservación de la audición.

Todos los documentos y registros derivados del programa deben conservarse por

un periodo mínimo de 5 años.

52

NOM-017-STPS-2008, Equipo de protección personal-Selección, uso y manejo en los centros de trabajo.

Para dar cumplimiento a esta norma, se recomienda lo siguiente:

Actualmente la empresa cuenta con equipo de protección personal para sus

trabajadores. El cual incluye cofia, cubrebocas, lentes de seguridad, respirador

contra partículas, uniforme de trabajo y botas de seguridad. Sin embargo, es

necesario realizar un estudio donde se identifiquen y analicen los riesgos de trabajo

a los que están expuestos los trabajadores por puesto y área donde laboran. Este

estudio debe considerar lo siguiente:

o Tipo de actividad que desarrolla el trabajador.

o Tipo de riesgo de trabajo identificado.

o Región anatómica por proteger.

o Puesto de trabajo.

o Equipo de protección personal (EPP) requerido.

Para la realización de este estudio se recomienda ponerse en contacto un

organismo aprobado por la STPS en su página web “Organismos Privados para la

Evaluación de la Conformidad de las NOM´s en Seguridad y Salud en el Trabajo”

(Secretaría del Trabajo y Previsión Social, 2012).

Mantener actualizado este estudio y volver a realizarlo cada que se modifiquen los

procesos, equipos y/o maquinaria de trabajo.

Adquirir y dotar de EPP a todos los trabajadores que lo requieran de acuerdo al

estudio realizado.

Asegurarse antes de comprar el EPP que cumpla con:

o Atenuar la exposición del trabajador con los agentes de riesgo.

o Ser exclusivamente de uso personal.

o Ser acorde a las características físicas de los trabajadores.

o Contar con un manual por parte del fabricante que incluya su forma de uso,

revisión, reposición, limpieza, limitaciones, mantenimiento, resguardo y

disposición final.

Colocar señalizaciones en las áreas donde sea obligatorio el uso de EPP.

53

Elaborar y difundir instrucciones para el uso, revisión, reposición, limpieza,

limitaciones, mantenimiento, resguardo y disposición final del EPP. Estas

instrucciones deben:

o Basarse en la información proporcionada por el proveedor.

o Contar con instrucciones para verificar su correcto funcionamiento.

o Identificar limitaciones de su uso.

o Incluir información que describa en qué condiciones no proporciona

protección o dónde no debe de usarse.

o Considerar el tiempo de vida útil.

o Indicar las medidas técnicas y/o administrativas a seguir para minimizar los

efectos que generen una respuesta adversa en el trabajador.

o Incluir acciones a realizar antes, durante y después de su uso.

o Indicar qué EPP se debe de utilizar cuando el trabajador esté en contacto

con agentes infecciosos.

o Establecer las actividades a seguir para reemplazar o reparar el EPP que

esté deteriorado o no esté en condiciones de óptimo funcionamiento.

o Informar que, si se requiere el reemplazo de una parte del EPP, las

refacciones deben ser de acuerdo a las recomendaciones del fabricante o

proveedor.

o Establecer lugares y formas de almacenar el EPP.

o Incluir medidas de seguridad para tratarlo como residuo sólido cuando el

EPP ya no cumpla con su función y/o esté contaminado por sustancias

químicas peligrosas.

Brindar capacitación a los trabajadores acerca de:

o Los riesgos a los que están expuestos con base al estudio de riesgos de

trabajo.

o Uso, revisión, reposición, limpieza, limitaciones, mantenimiento, resguardo y

disposición final del EPP

En caso de necesitar los servicios de un contratista, se le debe comunicar los riesgos

y las reglas que se aplican del área donde vaya a realizar sus actividades.

Verificar que el contratista se asegure que sus trabajadores utilicen el EPP

correspondiente y cumplan con las disposiciones de seguridad de la empresa.

54

NOM-025-STPS-2008, Condiciones de iluminación en los centros de trabajo.

Para dar cumplimiento a esta norma, se recomienda lo siguiente:

Realizar un recorrido por todas las áreas de las instalaciones de la empresa para

identificar aquellas donde exista una iluminación deficiente o exceso de iluminación.

La información recabada en el recorrido debe registrarse e incluir:

o Distribución de las áreas de trabajo, maquinaria, equipo y sistema de

iluminación (incluyendo número de luminarias).

o Potencia de las lámparas.

o Descripción del área iluminada: colores y tipo de superficies del inmueble.

o Descripción de las tareas visuales y áreas de trabajo.

o Descripción de los puestos de trabajo que requieren de iluminación

localizada.

o Percepción de las condiciones de iluminación por parte de los trabajadores.

En la Ilustración 24 se muestra el registro del reconocimiento de las condiciones de

iluminación realizado dentro de las instalaciones de la organización.

Ilustración 21. Registro del recorrido de reconocimiento de las condiciones de iluminación en la compañía.

55

Contratar a un laboratorio de pruebas para realizar la evaluación de los niveles de

iluminación y la determinación del factor de reflexión en condiciones normales de

operación, a partir de los registros de reconocimiento.

Para la realización de estos estudios se recomienda ponerse en contacto

laboratorios de pruebas aprobados por la STPS en su página web “Organismos

Privados para la Evaluación de la Conformidad de las NOM´s en Seguridad y Salud

en el Trabajo” (Secretaría del Trabajo y Previsión Social, 2012).

Realizar el recorrido de reconocimiento, la evaluación de los niveles de iluminación

y la determinación del factor de reflexión cada vez que se modifiquen las condiciones

de iluminación del centro de trabajo.

Solicitar al laboratorio de pruebas un informe de resultados de la evaluación de los

niveles de iluminación de todas las áreas de la empresa. Este informe debe ser

conservado mientras se mantengan las mismas condiciones de iluminación en que

se realizó la evaluación.

Elaborar un reporte del estudio que contenga lo siguiente:

o Informe descriptivo de las condiciones normales de operación donde se

realizó la evaluación de los niveles de iluminación (descripción del proceso,

instalaciones, puestos de trabajo y número de trabajadores expuestos).

o Distribución del área evaluada, indicando los puntos de medición.

o Resultados de la evaluación de los niveles de iluminación.

o Comparación e interpretación de los resultados.

o Hora en que se efectuaron las mediciones.

o Programa de mantenimiento.

o Copia del documento que avale que el luxómetro está calibrado por un

laboratorio de acreditado.

o Conclusión técnica del estudio.

o Medidas de control a desarrollar y programa de implementación.

o Nombre y firma del responsable del estudio.

o Los resultados de las evaluaciones hasta cumplir con los límites máximos

permisibles.

En caso de que los resultados de la evaluación demuestren que existe

deslumbramiento o que los niveles de iluminación están por debajo de los límites

máximos permisibles de la NOM-025-STPS-2008 que se muestran en la Tabla 12,

se deben implementar medidas de control como dar mantenimiento a las luminarias,

56

modificar el sistema de iluminación o su distribución, instalar iluminación

complementaria o cualquier otra actividad que solucione la situación.

Una vez seleccionadas las medidas de control se debe elaborar un programa de

medidas de control a implementar, seguido de una evaluación para verificar que las

nuevas condiciones de iluminación cumplan con lo establecido en la NOM-025-

STPS-2008.

Tabla 12. Niveles de iluminación según la NOM-025-STPS-2008.

Tarea visual del puesto de trabajo

Área de trabajo Nivel mínimo

de iluminación (lux)

En exteriores: distinguir el área de tránsito, desplazarse caminando, vigilancia, movimiento de vehículos.

Exteriores generales: patios estacionamientos.

20

En exteriores: distinguir el área de tránsito, desplazarse caminando, vigilancia, movimiento de vehículos.

Interiores generales: almacenes de poco movimiento, pasillos, escaleras, estacionamientos cubiertos, labores en minas subterráneas, iluminación de emergencia.

50

En interiores Áreas de circulación y pasillos; salas de espera; salas de descanso; cuartos de almacén; plataformas; cuartos de calderas.

100

Requerimiento visual simple: inspección visual, recuento de piezas, trabajo en banco y máquina.

Servicios al personal: almacenaje rudo, recepción y despacho, casetas de vigilancia, cuartos de compresores.

200

Distinción moderada de detalles. Ensamble simple, trabajo medio en banco y máquina, inspección simple, empaque y trabajos de oficinas.

Talleres: áreas de empaque y ensamble, aulas y oficinas.

300

Distinción clara de detalles: maquinado y acabados delicados, ensamble de inspección moderadamente difícil, captura y procesamiento de información, manejo de instrumentos y equipo de laboratorio.

Talleres de precisión: salas de cómputo, áreas de dibujo, laboratorios.

500

Distinción fina de detalles: maquinado de precisión, ensamble e inspección de trabajos delicados, manejo de instrumentos y equipo de

Talleres de alta precisión: de pintura y acabado de superficies y laboratorios de control de calidad.

750

57

precisión, manejo de piezas pequeñas. Alta exactitud en la distinción de detalles: ensamble, proceso e inspección de piezas pequeñas y complejas, acabado con pulidos finos.

Proceso de ensamble e inspección de piezas complejas y acabados con pulidos finos.

1000

Alto grado de especialización en la distinción de detalles.

Proceso de gran exactitud. Ejecución de tareas visuales: de bajo contraste y tamaño muy pequeño por periodos prolongados; exactas y muy prolongadas; muy especiales de extremadamente bajo contraste y pequeño tamaño.

2000

Realizar exámenes médicos anuales de agudeza visual, campimetría y de

percepción de colores a aquellos trabajadores que realicen sus labores bajo

iluminación especial.

Proporcionar capacitación a todos los trabajadores acerca de los riesgos que implica

el deslumbramiento o iluminación deficiente en sus áreas de trabajo.

Incluir a todas las luminarias de la empresa en el programa de mantenimiento y

asegurarse que este programa tome en cuenta:

o Limpieza.

o Ventilación.

o Reemplazo.

o Elementos que eviten el deslumbramiento.

o Elementos e pre-encendido o de calentamiento.

Instalar un sistema de iluminación de emergencia a lo largo de toda la ruta de

evacuación (como también lo menciona la NOM-002-STPS-2010). Se recomienda

que el sistema de iluminación sea solar y con lámparas led para evitar gastos

innecesarios por el uso de baterías convencionales.

NOM-026-STPS-2008, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluido conducidos en tuberías.

Para dar cumplimiento a esta norma, se recomienda lo siguiente:

58

Todos los señalamientos de la compañía cumplen con lo estipulado en esta norma,

sin embargo, también se debe considerar la realización de una verificación de las

condiciones de iluminación, es decir, que estos cuenten con un mínimo de

iluminación de 50 lux en condiciones normales de operación.

En la empresa existen 2 tipos de fluidos conducidos por tuberías: agua para el

proceso y gas L.P. Estas tuberías deben estar identificadas con un color de

seguridad (rojo para fluido de combate contra incendio, amarillo para fluidos

peligrosos y verde para fluidos no peligrosos), un color contrastante, información

complementaria y la indicación de la dirección del flujo (ver Ilustración 25).

Para la tubería de agua se propone que se pinte totalmente de color verde por

tratarse de un fluido no peligroso, mientras que para la tubería de gas L. P. se

recomienda que se pinte de color amarillo por tratarse de un fluido peligroso

altamente inflamable (PEMEX, 2007).

La información complementaria se sugiere de la siguiente manera:

o Para la tubería que conduce agua que tiene un diámetro de 2 cm, pintar con

letras blancas la leyenda “AGUA DE PROCESO”.

o Para la tubería que conduce gas L. P. que tiene un diámetro de 1.5 cm, pintar

con letras negras la leyenda “GAS LP”.

o La altura mínima de las letras de las leyendas debe ser de 1 cm y deben

estar ubicadas cada 10 m en tramos rectos de tubería.

o Para ambas tuberías, además de la leyenda, se debe colocar también un

rombo de seguridad a manera de placa colgada de la tubería. Las

dimensiones y la información del rombo se pueden observar en la Ilustración

26.

La dirección del flujo se debe indicar con flechas de color blanco sobre la tubería

que conduce agua y de color negro sobre la tubería que conduce el gas L. P. La

longitud de las flechas debe ser por lo menos de 1 cm.

Para la tubería eléctrica se recomienda colocar un señalamiento de advertencia de

riesgo eléctrico (ver Ilustración 27) que esté ubicado a un lado de la tubería.

Brindar capacitación a los trabajadores acerca de la correcta interpretación de los

colores y señales de seguridad en la compañía.

59

A) B)

AGUA DE PROCESO AGUA DE PROCESO

GAS LP GAS LP

Ilustración 22. Propuesta de identificación de tuberías que conducen gas L. P. y agua de proceso.

Ilustración 23. A) Rombo de seguridad para el gas L. P. B) Rombo de seguridad para el agua de proceso.

1 4

0 00

0

12.5 cm

6.2 cm

5 cm

60

Ilustración 24. Señalización que se debe colocar adyacente a la tubería eléctrica. En cumplimiento con las normas NOM-026-STPS-2008 y NOM-003-SEGOB-2011.

De implementarse todas las recomendaciones anteriormente descritas se cumpliría con los

siguientes requisitos de cada norma:

Tabla 13. Requisitos cumplidos por norma en caso de ejecutar las recomendaciones.

NORMA REQUISITOS

NOM-001-STPS-2008 5.1, 5.2, 5.3, 5.4, 5.5, 5.6, 7.1.1, 7.1.2, 7.1.3, 7.1.4, 7.1.6, 7.2,

7.4, 7.5, 7.7.2, 8.1, 8.2, 8.3.

NOM-002-STPS-2010

5.1, 5.2, 5.3, 5.5, 5.7, 5.8, 5.9, 5.10, 7.1, 7.2, 7.3, 7.4, 7.5, 7.5.1,

7.5.2, 7.5.3, 7.6, 7.6.1, 7.6.2, 7.7, 7.8, 7.10, 7.12, 7.13, 7.14,

7.15, 7.16, 7.17, 7.18, 7.19, 8.1, 10.1, 10.2, 10.3, 11.1, 11.2.

NOM-011-STPS-2001

5.2, 5.3, 5.4, 5.5, 5.6, 5.7, 5.8, 7.2, 7.3, 8, 8.1, 8.2.1, 8.2.2, 8.3.1,

8.4.1, 8.4.2, 8.4.3, 8.4.4, 8.5.1, 8.5.2, 8.6, 8.7.1, 8.7.2, 8.7.3,

8.7.4, 8.8.1, 8.8.2, 8.8.3, 9.2, 9.3.

NOM-017-STPS-2008 5.2, 5.3, 5.4, 5.5, 5.5.1, 5.5.2, 5.6, 5.7, 7.1.

NOM-025-STPS-2018 5.2, 5.3, 5.4, 5.5, 5.6, 5.7, 5.8, 5.9, 5.10, 5.11, 7, 8.1, 8.2, 9.1,

9.1.1, 9.1.1.2, 10.1, 10.2, 10.3, 10.4, 11, 12.1.

NOM-026-STPS-2008 5.2, 5.3, 8.3.2, 8.6, 9.1, 9.1.1, 9.1.2, 9.1.3, 9.1.4, 9.2.1, 9.2.2,

9.2.3, 9.2.4, 9.2.5, 9.2.7, 9.3.1, 9.3.2,

61

7. Aportaciones a la empresa

Con la realización de este proyecto se tuvo la oportunidad de brindar a la empresa un

panorama general del estado de la empresa en temas de seguridad e higiene laboral,

tomando como referencia la normatividad de la STPS. A causa del análisis realizado se

propusieron varias recomendaciones, con las cuales la empresa puede tomar las

decisiones necesarias para garantizar la seguridad y salud de sus trabajadores y con ello

cumplir con la normatividad aplicable a la compañía.

Aunado a las recomendaciones, se realizaron y proporcionaron diversos documentos y

actividades a la empresa, con el fin de adelantar y facilitar el trabajo de la compañía, las

cuales se mencionan a continuación:

a) Bitácora de mantenimiento al sistema de ventilación artificial.

b) Propuestas de señalización (conformes con la NOM-026-STPS-2008) de:

1. Cambio de nivel.

2. Localización de extintor.

3. Ruta de evacuación.

4. Salida de emergencia.

5. Prevención y protección contra incendios.

6. Prohibición de generación de llama y chispas.

7. Uso obligatorio de equipo de protección personal auditiva.

8. Riesgo eléctrico.

c) Bitácora de verificaciones oculares al centro de trabajo.

d) Cálculo y registro para la determinación del riesgo de incendio.

e) Determinación del tipo de fuego que puede presentarse en la compañía.

f) Cálculo de número y tipo, así como la distribución de los extintores con los que debe

contar la empresa.

g) Diseño de la ruta de evacuación.

h) Layout de las instalaciones de la organización con la ubicación de la ruta de

evacuación, salida de emergencia, extintores y principales zonas con riesgo de

incendio.

i) Bitácora para resultados de revisión a extintores, medios de detección, instalaciones

eléctricas y de gas L.P.

j) Formato para registrar la planeación de simulacros de incendio.

62

k) Formato para registrar los resultados de un simulacro de incendio.

l) Reconocimiento de las condiciones de iluminación en la compañía y su registro.

m) Propuesta para la identificación de las tuberías de agua de proceso y gas L. P.

conforme con la NOM-026-STPS-2008.

Finalmente, como resultado de la aplicación de la recomendación de “Colocar

impermeabilizante y dar el mantenimiento necesario al techo de producción para eliminar

las goteras existentes.” para dar cumplimiento a la NOM-001-STPS-2008, se mejoraron las

condiciones del techo, piso y paredes del área de producción como se muestra en las

fotografías de la Ilustración 28.

Ilustración 25 Remodelación de las instalaciones del área de producción.

63

8. Conclusiones

Se realizó un diagnóstico de cumplimiento de la normatividad de la Secretaría del Trabajo

y Previsión Social dentro de ADAPTECH, con el cual se logró identificar un total de 18

normas aplicables con ayuda de la herramienta de la STPS “Asistente para la Identificación

de las Normas Oficiales Mexicanas de Seguridad y Salud en el Trabajo”.

Por disposición de la empresa, de las 18 normas aplicables a la empresa, solo se evaluaron

6 (NOM-001-STPS-2008, NOM-002-STPS-2010, NOM-011-STPS-2001, NOM-017-STPS-

2008, NOM-025-STPS-2008 y NOM-026-STPS-2008) con ayuda de la herramienta de la

STPS “Evaluación del Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el

Trabajo”. De todas las normas evaluadas solo la NOM-026-STPS-2008 obtuvo un

porcentaje de cumplimiento mayor al 50%.

Se resalta la importancia de la solicitar los servicios de un organismo aprobado por la STPS

para asegurar el cumplimiento de las normas NOM-001-STPS-2008, NOM-002-STPS-2010

y NOM-011-STPS-2001 ya que presentaron los más bajos porcentajes de cumplimiento

debido a que requieren mayor participación de servicios externos. Esta situación no se

presentó en las normas restantes NOM-017-STPS-2008, NOM-025-STPS-2008 y NOM-

026-STPS-2008 ya que la participación de servicios externos no es fundamental para su

cumplimiento.

Con base a los resultados de la evaluación, se proporcionaron una serie de

recomendaciones a la compañía para dar solución a los requerimientos que faltaban por

cubrir de cada norma. Esto se realizó con la finalidad de que éstas se lleven a cabo y con

ello se consiga que en la empresa se adopte una cultura de la prevención para evitar

accidentes y riesgos laborales.

Finalmente, aunado a las recomendaciones, también se proporcionaron diversas

aportaciones a la empresa como la elaboración de bitácoras, registros, reconocimiento de

las condiciones de iluminación, así como el diseño de la ruta de evacuación y

señalamientos, entre otros.

64

9. Recomendaciones a futuro

Continuar con el proyecto, haciendo la evaluación de las 12 normas faltantes

aplicables a la compañía y sugiriendo, en caso de ser necesario, actividades a

realizar para lograr su cumplimiento total.

Elaborar un cronograma de trabajo para implementar las actividades recomendadas

en el punto 6 del presente trabajo, así como todas las actividades propuestas para

cumplir con las normas faltantes de evaluar aplicables a la empresa.

Brindar capacitación a los trabajadores en temas relacionados con la normatividad

identificada y aplicable a la empresa.

Contar con personal encargado de la seguridad y salud en la empresa con el fin

desarrollar en un futuro un área de seguridad e higiene laboral.

65

10. Referencias

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Secretaría del Trabajo y Previsión Social. (2008). NOM-017-STPS-2008, Equipo de protección personal-Selección, uso y manejo en los centros de trabajo. Diario Oficial de la Federación.

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67

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Secretaría del Trabajo y Previsión Social. (12 de junio de 2015). Ley Federal del Trabajo. Diario Oficial de la Federación, pág. 98.

68

11. Anexos

11.1. Preguntas y respuestas del Asistente para la Identificación de las Normas Oficiales Mexicanas de Seguridad y Salud en el Trabajo

Trabajadores: 17.

I. Superficie construida.

R: 146.08 m2, redondeado a 146.

II. Inventario de gases inflamables en litros.

R: 210 L.

1 tanque de 300 L de gas LP (PEMEX, 2007) llenado al 70%.

III. Inventario de líquidos inflamables en litros.

R: 25.9482 L, redondeado a 26.

IV. Inventario de líquidos combustibles en litros.

a. R: 1.5867 L, redondeado a 2.

V. Inventarios de sólidos combustibles, incluido el mobiliario del centro de trabajo en kilogramos.

R:2365.218 kg, redondeado a 2365.

Oficinas: 15 personas por 60 kg/persona, entonces se tiene un total de 900 kg.

Almacén: 1465.218 kg.

VI. ¿Tiene inventario de materiales pirofóricos o explosivos?

R: No.

VII. ¿Desarrolla sus actividades de producción, comercialización, transporte y almacenamiento o prestación de servicios en: edificios, locales, instalaciones y/o áreas exteriores, tales como pasillos, patios, techos, estacionamientos, áreas de circulación de vehículos, áreas de carga y descarga de materiales?

R: Sí.

VIII. Seleccione los elementos con que cuenta su centro de trabajo: escaleras, rampas, escalas, puentes y plataformas elevadas, áreas de tránsito de vehículos, espuelas de ferrocarril activas, sistema de ventilación artificial.

R: escaleras, sistema de ventilación artificial, escalas.

IX. ¿En su centro de trabajo se utiliza maquinaria o equipo?

69

R: Sí.

X. ¿En su centro de trabajo se levantan, bajan, jalan, empujan, trasladan y estiban materias primas, subproductos, productos terminados o residuos?

R: Sí.

XI. ¿Qué método utiliza en su centro de trabajo para la carga de materiales?

R: Ambas (maquinaria o equipo y manual).

XII. Seleccione la maquinaria y equipo utilizado para el manejo de materiales: polipastos y malacates; eslingas; grúas; montacargas; electroimanes; cargadores frontales; transportadores; carretillas, diablos o patines.

R: carretillas, diablos o patines.

XIII. ¿En su centro de trabajo se realizan actividades de mantenimiento, instalación, demolición, operación, reparación, limpieza, entre otras, a alturas mayores a 1.80 metros sobre el nivel de referencia, o existe el riesgo de caída en aberturas en las superficies de trabajo, tales como perforaciones, pozos, cubos y túneles verticales?

R: No.

XIV. ¿Hay en el centro de trabajo recipientes a presión?

R: No.

El filtro de agua (Aguatec, s.f.) tiene una presión de operación de 29.43 kPa, por lo tanto no se considera recipiente a presión (2.2 NOM-020-STPS-2011 inciso e).

XV. ¿En su centro de trabajo se utilizan recipientes criogénicos?

R: No.

XVI. ¿En su centro de trabajo están instalados generadores de vapor o calderas?

R: Sí.

1 boiler marca Calorex (CAL-O-REX, s.f.), modelo G-10 automático, carga térmica de 3 kW (LINIO, 2015), capacidad 38 L, presión con gas L.P. es 2.7 kPa +- 10%

XVII. Indique la(s) categoría(s) en la(s) se clasifica(n) el (los) generador(es) de vapor o caldera(s) instalado(s) en su centro de trabajo.

R: II

NOM-020-STPS-2011 indica que la categoría II es cuando la presión es menor o igual a 490.33 kPa y la capacidad térmica menor o igual a 1674.72 MJ/h (465.2 kW)

XVIII. ¿En los procesos que se realizan en el centro de trabajo se emplean materiales, sustancias o equipos capaces de almacenar o generar cargas eléctricas estáticas?

R: No.

70

XIX. ¿En su centro de trabajo se tiene maquinaria, equipos o procesos en los que existan materiales en rozamiento?

R: No.

XX. ¿En el centro de trabajo se realizan actividades de soldadura y corte?

R: No.

XXI. ¿En su centro de trabajo existen instalaciones eléctricas permanentes o provisionales?

R: Sí.

XXII. ¿En su centro de trabajo se desarrollan actividades de mantenimiento en las líneas eléctricas aéreas o subterráneas o energizadas?

R: No.

XXIII. ¿En su centro de trabajo, existe algún área donde los trabajadores estén expuestos a niveles de ruido superiores a 80 decibeles?

R: Sí.

XXIV. ¿En su centro de trabajo realiza actividades como radiografía industrial, radiografía médica, medición de espesores con ultrasonido, medición de niveles por rayos gamma, diagnóstico o tratamiento por medicina nuclear, irradiación médica o para investigación?

R: No.

XXV. ¿En su centro de trabajo se utiliza material radiactivo como Americio 241, Azufre 35, Carbono 14, Cerio 144, Cesio 137, Cobalto 57, Cobalto 60, Criptón 85, Estroncio 90, Fósforo 32, Iodo 125, Iodo 131, Iridio 192, Oro 198, Paladio 103, Polonio 210, Promecio 147, Radio 226, Rutenio 106, Selenio 75, Sodio 24, Talio 204, Tecnecio 99, Tritio, Uranio 238 o Ytrio 90?

R: No.

XXVI. ¿Los trabajadores realizan actividades en áreas próximas a instalaciones como subestaciones eléctricas, torres de telecomunicaciones o motores eléctricos con tensiones de alimentación de alto voltaje?

R: No.

XXVII. ¿En el centro de trabajo se utiliza equipo como plantas soldadoras de arco industrial, lámparas germicidas, lámparas industriales de luz ultravioleta, luminarias para bronceado de piel, reflectores para iluminación profesional o algún otro que produzca radiación electromagnética?

R: Sí.

XXVIII. Seleccione el tipo de radiación que se genera en su centro de trabajo por los procesos o actividades que realiza:

71

R: Visible.

XXIX. ¿Los trabajadores realizan actividades en tierra a alturas superiores a 3000 metros sobre el nivel del mar, es decir a presiones ambientales menores de 522 milímetros de mercurio?

R: No.

XXX. ¿Los trabajadores realizan actividades de buceo?

R: No.

XXXI. ¿En su centro de trabajo, los trabajadores están expuestos a instalaciones, equipos, productos o materiales que ocasionen que su temperatura corporal descienda a menos de 36 grados centígrados?

R: No.

XXXII. ¿Los trabajadores realizan actividades o están expuestos a instalaciones, equipos, productos o materiales que ocasionen que su temperatura corporal sea mayor a 38 grados centígrados?

R: No.

XXXIII. ¿En su centro de trabajo existen condiciones climáticas que pueden provocar que la temperatura corporal de los trabajadores sea inferior a 36 grados centígrados o mayor a 38 grados centígrados?

R: No.

XXXIV. ¿Los trabajadores están expuestos a vibraciones producidas por la operación de maquinaria, equipos o herramientas?

R: Sí.

XXXV. Seleccione qué partes del cuerpo están expuestas a las vibraciones:

R: Extremidades superiores.

XXXVI. ¿El centro de trabajo realiza trabajos de construcción?

R: No.

XXXVII. ¿En el centro de trabajo se manejan, transportan, procesan o almacenan sustancias químicas que, por sus propiedades, niveles de concentración y tiempo de exposición sean capaces de contaminar el medio ambiente laboral, alterar la salud de los trabajadores y/o dañar el centro de trabajo?

R: Sí.

XXXVIII. ¿Qué elementos utiliza para el manejo, transporte y almacenamiento de las sustancias químicas?

R: recipientes portátiles

72

11.2. Respuestas a la Guía para la Evaluación del Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo

Antes de colocar las tablas de evaluación de cada norma, se dará una breve explicación

acerca de cómo se llenó y qué significa cada apartado de la guía.

En las siguientes tablas de valuación se observan las siguientes columnas:

Indicador: pregunta que hace la guía referente a una sección específica de la

norma.

Cumplimiento: hace referencia a si el indicador se cumple o no se cumple. Las

abreviaturas N/A y N/E significan que ese indicador no aplica a la empresa o no

fue evaluado, respectivamente.

Acción preventiva: acciones a realizar que previenen accidentes o enfermedades

laborales.

Acción correctiva: acciones a realizar para corregir condiciones peligrosas y actos

inseguros.

Porcentaje de cumplimiento: asignado de acuerdo a las respuestas de las

columnas cumplimiento, acción preventiva y correctiva.

Cabe mencionar que lo que a continuación se muestra no es la guía completa

proporcionada por la STPS, sino que es un resumen de ella.

73

Tabla 14. Guía para la Evaluación del Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo para la NOM-001-STPS-2008

EDIFICIOS, LOCALES, INSTALACIONES Y ÁREAS DE LOS CENTROS DE TRABAJO. CONDICIONES DE SEGURIDAD

Indicador

Cum

plim

ient

o

Acción preventiva

Acción correctiva

Porcentaje de cumplimiento

Con

serv

ar

Mej

orar

Act

ualiz

ar

Co

mpl

em

enta

r

Cor

reg

ir

Rea

lizar

Sí No1 Programas Sección 8.3

1.1 ¿Cuenta con un programa anual de mantenimiento preventivo o correctivo del sistema de ventilación artificial, a fin de que esté en condiciones de uso?

N/E X

2 Medidas de seguridad 2.1 Medidas de seguridad generales Sección 5.1

2.1.1 ¿Se conservan las instalaciones del centro de trabajo en condiciones seguras para que no representen riesgos?

X X 60

Sección 7.1.2

2.1.2 ¿Se encuentran delimitadas con barandales, con cualquier elemento estructural, con franjas amarillas pintadas o adheridas al piso de al menos 5 centímetros de ancho, o por una distancia de separación física las áreas del centro de trabajo, de tal manera que se disponga de espacios seguros para la realización de las actividades en zonas de:

X 70

> Producción? X

> Mantenimiento? N/E

> Circulación de personas? X

> Circulación de vehículos? N/A

> Riesgo? X

74

> Almacenamiento? X

> Servicio para los trabajadores? X

Sección 7.1.3

2.1.3 ¿Se dispone en el centro de trabajo de instalaciones tales como puertas, vías de acceso y de circulación, escaleras, lugares de servicio y puestos de trabajo que faciliten las actividades y desplazamientos de los trabajadores discapacitados, en caso de que laboren en el centro de trabajo?

N/A

Sección 7.1.4

2.1.4 ¿Se mantienen las escaleras, rampas, escaleras manuales, puentes y plataformas elevadas en condiciones tales, que eviten que el trabajador resbale al usarlas?

X X 0

2.2 Medidas de seguridad de orden y limpieza Secciones 5.4 y 5.5 2.2.1 ¿Cuenta el centro de trabajo con: X 70

> Sanitarios, retretes, mingitorios y lavabos, limpios y seguros para el servicio de los trabajadores?

X

> Lugares reservados para el consumo de alimentos de los trabajadores, en su caso?

X

> regaderas y vestidores, de acuerdo con la actividad que se desarrolla en el centro de trabajo o cuando se requiere la descontaminación del trabajador?

X

2.2.2 ¿Se establecen por el patrón el tipo, las características y cantidad de los servicios de regaderas y vestidores, de acuerdo con la actividad que se desarrolla en el centro de trabajo y las necesidades de descontaminación del trabajador, en caso de contar con ellos?

X X 0

Sección 7.1.1

2.2.3 ¿Se mantienen con orden y limpieza permanentes, de acuerdo al tipo de actividad que se desarrolla:

X 70

> Las áreas de trabajo? X

> Los pasillos exteriores a los edificios? X

> Los estacionamientos y otras áreas comunes del centro de trabajo? X

2.3 Medidas de seguridad de áreas y elementos estructurales Sección 7.1.5

75

2.3.1 ¿Son utilizados para los fines que fueron destinados los elementos estructurales, tales como pisos, puentes o plataformas, entre otros, dispuestos para soportar cargas fijas o móviles?

X X 100

2.3.2 ¿Se evalúa si los elementos estructurales tienen la capacidad de soportar las nuevas cargas, de requerirse un cambio de uso y, en su caso, se hacen las adecuaciones necesarias para evitar riesgos de trabajo?

X X 0

Sección 7.1.6

2.3.3 ¿Soportan los edificios y elementos estructurales del centro de trabajo las cargas fijas o móviles, de acuerdo con la naturaleza de las actividades que en ellos se desarrollen, de tal manera que su resistencia evite posibles fallas estructurales y riesgos de impacto?

X X 0

2.3.4 ¿Se consideran para determinar el soporte de cargas fijas y móviles en los edificios y elementos estructurales del centro de trabajo, las condiciones normales de operación y los eventos tanto naturales como incidentales que puedan afectarlas?

X X 0

2.4 Medidas de seguridad para techos, paredes y pisos Sección 7.2 2.4.1 ¿Cumplen los techos del centro de trabajo con: X 90

> Ser de materiales tales que protejan de las condiciones ambientales externas? X

> Utilizarse para soportar cargas fijas o móviles, sólo si fueron diseñados o reconstruidos para estos fines?

X

> Permitir la salida de líquidos? X

> Soportar las condiciones normales de operación? X

Sección 7.3

2.4.2 ¿Cumplen las paredes del centros de trabajo con: X 100

> Mantenerse con colores que eviten la reflexión de la luz, cuando se trate de las caras interiores, para no afectar la visión del trabajador?

X

> Utilizarse para soportar cargas sólo si fueron destinadas para estos fines? X

> contar con medidas de seguridad, tales como protección y señalización de las zonas de riesgo, sobre todo cuando en ellas existan aberturas de más de dos metros de altura hacia el otro lado de la pared por las que haya peligro de caídas para el trabajador?

N/A

Sección 7.4

76

2.4.3 ¿Cumplen los pisos del centro de trabajo con: X 60 > Mantenerse en condiciones para no generar riesgos de trabajo, de acuerdo con

el tipo de actividades que se desarrollan? X

> Mantenerse de manera que los posibles estancamientos de líquidos no generen riesgos de caídas o resbalones?

X

> Ser llanos en las zonas para el tránsito de las personas? X

> contar con protecciones como cercas provisionales o barandales desmontables, de una altura mínima de 90 centímetros, u otro medio que proporcione protección, cuando tengan aberturas temporales de escotillas, conductos, pozos y trampas, durante el tiempo que se requiera la abertura?

X

> Contar con señalización donde existan riesgos tales como cambio de nivel, o por las características de la actividad o del proceso en el que se desarrollen?

X

2.5 Medidas de seguridad para escaleras Sección 7.5

2.5.1 ¿Cumplen las escaleras del centro de trabajo con: X 70 > Tener un ancho constante de al menos 56 centímetros en cada tramo recto y,

en ese caso, estar señalizadas para prohibir la circulación simultánea en contra flujo?

> tener los descansos al menos 56 centímetros las de tramos rectos utilizadas en un solo sentido de flujo a la vez, y al menos 90 centímetros para las de ancho superior?

> Tener las huellas de las escaleras rectas el mismo ancho y todos los peraltes la misma altura con una variación máxima de ± 0.5 centímetros?

> Tener las escaleras con cambios de dirección o en las denominadas de caracol el peralte siempre de la misma altura?

> tener las huellas de los escalones en sus tramos rectos una longitud mínima de 25 centímetros de área de contacto y no mayor a 23 centímetros el peralte?

> Tener redondeadas las orillas de los escalones de las escaleras (sección roma o nariz roma)?

> ser mayor a 200 centímetros la distancia libre medida desde la huella de cualquier escalón, contemplando los niveles inferior y superior de la escalera y el techo, o cualquier superficie superior?

77

> Contar las huellas de los escalones con materiales antiderrapantes? Sección 7.5.2 2.5.4 ¿Cumplen las escaleras del centro de trabajo que tienen barandales con espacios

abiertos por debajo de ellos con: X 100

> Tener al menos una baranda dispuesta paralelamente a la inclinación de la escalera?

N/A

> Estar los pasamanos a una altura de 90 centímetros, con una variación no mayor a ±10 centímetros?

X

> estar colocadas las barandas a una distancia intermedia entre el barandal y la paralela formada con la altura media del peralte de los escalones?

N/A

> Estar colocados los balaustres cada cuatro escalones, en caso de que exista baranda?

N/A

> Tener balaustres en cada escalón en caso de no contar con baranda? X

> Tener pasamanos continuos, lisos y pulidos? X

> tener pasamanos fijados por medio de anclas aseguradas en la parte inferior, en caso de que estén sujetos a la pared?

N/A

> tener las anclas empotradas en la pared y con longitud suficiente para que exista un espacio libre de por lo menos cuatro centímetros entre los pasamanos y la pared o cualquier saliente, sin interrumpir la continuidad de la cara superior y el costado del pasamanos, de tener pasamanos fijado por anclas?

N/A

> Contar con un barandal intermedio y uno en los extremos, en escaleras con un ancho de tres metros o mayor?

N/A

> Contar al menos con un pasamanos en escaleras cubiertas con muros en sus dos costados?

N/A

Sección 7.7.2

2.7.3 ¿Cumplen las escalas móviles o escaleras portátiles del centro de trabajo con:

X X

> Tener un ancho mínimo de 40 centímetros, una distancia entre peldaños no mayor a 38 centímetros y espacios libres de por lo menos 18 centímetros?

> Asegurar que éstas sean capaces de soportar las cargas máximas a las que serán sometidas y ser compatibles con la operación a la que se destinen, en caso de contar con correderas y guías para su desplazamiento?

78

> prever en su uso que la inclinación cumpla con que la separación del punto de apoyo de la escalera en su base con respecto a la vertical, corresponda a una distancia mínima equivalente de un peldaño por cada cuatro peldaños de altura?

> permitir su uso siempre y cuando existan condiciones de seguridad en su estructura, peldaños completos y fijos, libres de cualquier producto que los haga resbalosos y materiales antiderrapantes en los apoyos y peldaños?

> estar aisladas en sus apoyos y peldaños para la realización de trabajos eléctricos, en caso de ser de material metálico?

> Contar con elementos que eviten el deslizamiento de su punto de apoyo, o en su caso anclarse o sujetarse?

2.9 Medidas de seguridad para el funcionamiento de los sistemas de ventilación artificial Secciones 8.1 y 8.2

2.9.1 ¿Cumplen los sistemas de ventilación artificial con: N/E X > iniciar su operación antes de que ingresen los trabajadores para permitir la

purga de los contaminantes?

> Asegurar que el aire que se extrae no contamine otras áreas en donde se encuentren laborando otros trabajadores?

Sección 9.8

2.10.6 ¿Se cumple en las operaciones de carga y descarga de vehículos con: X 100

> Frenar y bloquear las ruedas de los vehículos, cuando éstos se encuentren detenidos?

X

> Bloquear por lo menos una de las llantas en ambos lados del vehículo y colocar un ya que para inmovilizarlo cuando estén siendo cargados o descargados trailers o auto tanques?

N/A

3 Capacitación e información Sección 5.6 3.1 ¿Se proporciona información a todos los trabajadores para el uso y conservación

de las áreas donde realizan sus actividades en el centro de trabajo, incluidas las destinadas para el servicio de los trabajadores?

X X 0

4 Registros administrativos Sección 5.2

79

4.1 ¿Se registran los resultados de las verificaciones oculares en bitácoras, medios magnéticos o en las actas de verificación de la Comisión de Seguridad e Higiene?

X X 0

4.2 ¿Contienen los resultados de las verificaciones oculares: X > Las fechas en que se realizaron? N/E > El nombre del área del centro de trabajo que fue revisada? N/E > En su caso, el tipo de condición insegura encontrada? N/E > En su caso, el tipo de reparación realizada? N/E

Sección 5.3

4.3 ¿Se registran en una bitácora los resultados de las verificaciones oculares realizadas posteriormente a la ocurrencia de un evento que pudiera generarle daños al centro de trabajo?

X X 0

4.4 ¿Contienen los registros de las acciones que se realizan derivadas de las verificaciones oculares realizadas posteriormente a la ocurrencia de un evento que pudiera generarle daños al centro de trabajo:

X

> El tipo de evento? N/E > Los resultados de las verificaciones realizadas? N/E > Las acciones correctivas realizadas? N/E

Sección 8.3

4.6 ¿Están registrados en bitácoras y se conservan por un año los resultados de la ejecución del programa de mantenimiento preventivo o correctivo del sistema de ventilación artificial?

N/E

X

80

Tabla 15. Guía para la Evaluación del Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo para la NOM-002-STPS-2010

PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS EN LOS CENTROS DE TRABAJO. CONDICIONES DE SEGURIDAD

Indicador

Cum

plim

ient

o

Acción preventiva

Acción correctiva

Porcentaje de cumplimiento

Con

serv

ar

Mej

orar

Act

ualiz

ar

Co

mpl

em

enta

r

Cor

reg

ir

Rea

lizar

Sí No1 Estudios Sección 5.1

1.1 ¿Se cuenta con la clasificación del riesgo de incendio del centro de trabajo o por áreas que lo integran, tales como plantas, edificios o niveles, de conformidad con lo establecido en el Apéndice A de la presente Norma?

X X 0

Secciones 5.1 y A.2.1 1.2 ¿La clasificación del riesgo de incendio, ya sea integral o por áreas del

centro de trabajo, cuenta al menos con los datos siguientes: X

> El nombre, denominación o razón social o identificación específica del centro de trabajo?

N/E

> El domicilio completo del centro de trabajo? N/E > La descripción general del proceso productivo, así como los materiales y

cantidades que se emplean en dichos procesos? N/E

> El número máximo de trabajadores por turnos de trabajo o, en su caso, los ubicados en locales, edificios o niveles del centro de trabajo?

N/E

> El número máximo estimado de personas externas al centro de trabajo que concurren a éste, tales como contratistas y visitantes?

N/E

> La superficie construida en metros cuadrados? N/E > el desglose del inventario máximo que se haya registrado en el

transcurso de un año, de los materiales, sustancias o productos que se almacenen, procesen y manejen en el centro de trabajo, y la clasificación correspondiente en cada caso, según lo establecido en la Tabla A.1?

N/E

> El cálculo desarrollado para la determinación final del riesgo de incendio? N/E > La fecha de realización de la determinación final del riesgo de incendio? N/E

81

> El tipo de riesgo de incendio (ordinario o alto)? N/E > El(los) nombre(s) de la(s) persona(s) responsable(s) de la clasificación

realizada? N/E

2 Programas 2.1 Programas de aplicación general Sección 7.2

2.1.1 ¿Se cuenta con un programa anual de revisión mensual a los extintores? X X 0 2.1.2 ¿El programa anual de revisión mensual a los extintores, al menos considera

que: X

> Se encuentren en la ubicación asignada en el croquis, plano o mapa general del centro de trabajo?

N/E

> Su ubicación sea en lugares visibles, de fácil acceso y libres de obstáculos? N/E > Se encuentren señalizados, de conformidad con lo que establece la NOM-

026-STPS-2008 o la NOM-003- SEGOB-2002, o las que las sustituyan? N/E

> Cuenten con el sello o fleje de garantía sin violar? N/E > la aguja del manómetro indique la presión en la zona verde (operable),

en el caso de extintores cuyo recipiente esté presurizado permanentemente y que contengan como agente extintor agua, agua con aditivos, espuma, polvo químico seco, halones, agentes limpios o químicos húmedos?

N/E

> mantengan la capacidad nominal indicada por el fabricante en la etiqueta, en el caso de extintores con bióxido de carbono como agente extintor?

N/E

> no hayan sido activados, de acuerdo con el dispositivo que el fabricante incluya en el extintor para detectar su activación, en el caso de extintores que contengan como agente extintor polvo químico seco, y que se presurizan al momento de operarlos, por medio de gas proveniente de cartuchos o cápsulas, internas o externas?

N/E

> Se verifiquen las condiciones de las ruedas de los extintores móviles? N/E > No existan daños físicos evidentes, tales como corrosión, escape de presión,

obstrucción, golpes o deformaciones? N/E

> No existan daños físicos, tales como roturas, desprendimientos, protuberancias o perforaciones, en mangueras, boquillas o palanca de accionamiento, que puedan propiciar su mal funcionamiento?

N/E

> La etiqueta, placa o grabado se encuentren legibles y sin alteraciones? N/E > La etiqueta cuente con información vigente, después de cada

mantenimiento? N/E

82

> Los extintores de polvo químico seco deberán contar además con el collarín que establece la NOM-154-SCFI- 2005, o las que la sustituyan?

N/E

Sección 7.4 2.1.3 ¿Se dispone de un programa anual de revisión y pruebas a los equipos contra

incendio, a los medios de detección y, en su caso, a las alarmas de incendio y sistemas fijos contra incendio?

X X 0

Sección 7.5 2.1.4 ¿Se ha establecido un programa anual de revisión a las instalaciones

eléctricas de las áreas del centro de trabajo, con énfasis en aquéllas clasificadas como de riesgo de incendio alto, a fin de identificar y corregir condiciones inseguras que puedan existir?

X X 0

2.1.5 ¿Considera el programa anual de revisión a las instalaciones eléctricas de las áreas del centro de trabajo, con énfasis en aquéllas clasificadas como de riesgo de incendio alto, al menos, los elementos siguientes:

X

> Tableros de distribución? N/E > Conductores? N/E > Canalizaciones, incluyendo los conductores y espacios libres en éstas? N/E > Cajas de conexiones? N/E > Contactos? N/E > Interruptores? N/E > Luminarias? N/E > Protecciones, incluyendo las de cortocircuito -fusibles, cuchillas

desconectadoras, interruptor automático, dispositivos termo-magnéticos, entre otros-, en circuitos alimentadores y derivados?

N/E

> Puesta a tierra de equipos y circuitos? N/E Sección 7.5.2 2.1.6 ¿Comprende el programa anual de revisión a las instalaciones eléctricas de

las áreas del centro de trabajo, entre aspectos a revisar: X

> Puntos calientes de la instalación? N/E > Aislamientos o conexiones rotas o flojas, expuestas o quemadas? N/E > Sobrecargas (varias cargas en un solo tomacorriente)? N/E > Alteraciones? N/E > Improvisaciones? N/E

Sección 7.6

83

2.1.7 ¿Se dispone de un programa anual de revisión a las instalaciones de gas licuado de petróleo y/o natural, a fin de identificar y corregir condiciones inseguras que puedan existir?

X X 0

2.1.8 ¿El programa anual de revisión a las instalaciones de gas licuado de petróleo y/o natural, a fin de identificar y corregir condiciones inseguras que puedan existir, considera al menos, los elementos siguientes:

X

> La integridad de los elementos que componen la instalación? N/E > La señalización de las tuberías de la instalación, conforme a lo establecido

por la NOM-026-STPS-2008, o las que la sustituyan, misma que deberá conservarse visible y legible?

N/E

Sección 5.8 2.1.9 ¿Se cuenta con un programa anual teórico-práctico, en materia de

prevención de incendios y atención de emergencias, para capacitar a los trabajadores y a los integrantes de las brigadas contra incendio?

X X 0

Sección 10.2 2.1.10 ¿Se hace constar por escrito y contiene la planeación de los simulacros de

emergencias de incendio, al menos lo siguiente: X

> Los nombres de los encargados de coordinar el simulacro y de establecer las medidas de seguridad por adoptar durante el mismo?

N/E

> La fecha y hora de ejecución? N/E > El alcance del simulacro: integral o por áreas del centro de trabajo, con o sin

previo aviso, personal involucrado, entre otros? N/E

> la determinación del tipo de escenarios de emergencia más críticos que se pudieran presentar, tomando en cuenta principalmente el tipo y cantidad de materiales inflamables o explosivos, las características, el riesgo de incendio y la naturaleza de las áreas del centro de trabajo, así como las funciones y actividades que realizará el personal involucrado?

N/E

> La secuencia de acciones por realizar durante el simulacro? N/E > la participación de los cuerpos especializados de la localidad para la

atención a la emergencia, de existir éstos, y si así lo prevé el tipo de escenario de emergencia planeado?

N/E

3 Procedimientos 3.1 Procedimientos de aplicación general Sección 5.2 3.1.1 ¿Dispone de un croquis, plano o mapa general del centro de trabajo, o por

áreas que lo integran, colocado en los principales lugares de entrada, X 60

84

tránsito, reunión o puntos comunes de estancia o servicios para los trabajadores, que contenga lo siguiente, según aplique: > El nombre, denominación o razón social del centro de trabajo y su domicilio? X > La identificación de los predios colindantes? X > la identificación de las principales áreas o zonas del centro de trabajo

con riesgo de incendio, debido a la presencia de material inflamable, combustible, pirofórico o explosivo, entre otros?

X

> La ubicación de los medios de detección de incendio, así como de los equipos y sistemas contra incendio?

X

> Las rutas de evacuación, incluyendo, al menos, la ruta de salida y la descarga de salida, además de las salidas de emergencia, escaleras de emergencia y lugares seguros?

X

> La ubicación del equipo de protección personal para los integrantes de las brigadas contra incendio?

X

> La ubicación de materiales y equipo para prestar los primeros auxilios? X 3.1.2 ¿Está actualizado el croquis, plano o mapa general del centro de trabajo, o por

áreas que lo integran? X X 100

Sección 7.1 3.1.3 ¿Cuenta con instrucciones de seguridad para la prevención y protección de

incendios aplicables en cada área del centro trabajo al alcance de los trabajadores, y se supervisa que éstas se cumplan?

X X 0

3.1.4 ¿Las instrucciones de seguridad para la prevención y protección de incendios aplicables en cada área del centro trabajo incluyen las relativas a la ejecución de trabajos en caliente en las áreas en las que se puedan presentar incendios?

N/A

Sección 5.5 3.1.5 ¿Dispone de un plan de atención a emergencias de incendio? X X 90 3.2 Procedimientos para centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio ordinario Sección 8.1

3.2.1 ¿Considera el plan de atención a emergencias de incendio, para centros de trabajo con riesgo de incendio ordinario, lo siguiente:

X

> La identificación y localización de áreas, locales o edificios y equipos de proceso, destinados a la fabricación, almacenamiento o manejo de materias primas, subproductos, productos, y desechos o residuos que impliquen riesgo de incendio?

N/E

> La identificación de rutas de evacuación, salidas y escaleras de emergencia, zonas de menor riesgo y puntos de reunión, entre otros?

N/E

85

> El procedimiento de alertamiento, en caso de ocurrir una emergencia de incendio, con base en el mecanismo de detección implantado?

N/E

> el procedimiento para la evacuación de los trabajadores, contratistas, patrones y visitantes, entre otros, considerando a las personas con capacidades diferentes?

N/E

> El plan de ayuda mutua que se tenga con otros centros de trabajo? N/E > El procedimiento de solicitud de auxilio a cuerpos especializados para la

atención a la emergencia contra incendios, considerando el directorio de dichos cuerpos especializados de la localidad?

N/E

> Los procedimientos para el retorno a actividades normales de operación, la eliminación de los riesgos después de la emergencia, así como la identificación de los daños?

N/E

> La periodicidad de los simulacros de emergencias de incendio por realizar? N/E > Los medios de difusión para todos los trabajadores sobre el contenido del

plan de atención a emergencias de incendio y de la manera en que ellos participarán en su ejecución?

N/E

> Las instrucciones para atender emergencias de incendio? N/E 4 Medidas de seguridad 4.1 De aplicación para todos los centros de trabajo 4.1.1 Medidas de seguridad de aplicación general Sección 7.10 4.1.1.1 ¿Se prohíbe y evita el bloqueo, daño, inutilización o uso inadecuado de los

equipos y sistemas contra incendio, los equipos de protección personal para la respuesta a emergencias, así como los señalamientos de evacuación, prevención y de equipos y sistemas contra incendio, entre otros?

X X 0

Sección 7.11 4.1.1.2 ¿Se establecen controles de acceso para los trabajadores y demás personas

que ingresen a las áreas donde se almacenen, procesen o manejen materiales inflamables o explosivos?

X X 0

Sección 7.12 4.1.1.3 ¿Se adoptan las medidas de seguridad para prevenir la generación y

acumulación de electricidad estática en las áreas donde se manejen materiales inflamables o explosivos, de conformidad con lo establecido en la NOM-022-STPS-2008, o las que la sustituyan?

X X 90

4.1.1.4 ¿Se controla el uso de herramientas, ropa, zapatos y objetos personales que puedan generar chispa, flama abierta o altas temperaturas, en las áreas donde se manejen materiales inflamables o explosivos?

X X 90

86

Sección 7.13 4.1.1.5 ¿Cuenta con las medidas o procedimientos de seguridad, para el uso de

equipos de calefacción, calentadores, hornos, parrillas u otras fuentes de calor, en las áreas donde existan materiales inflamables o explosivos?

X X 0

4.1.1.6 ¿Supervisa que se cumplan las medidas o procedimientos de seguridad, para el uso de equipos de calefacción, calentadores, hornos, parrillas u otras fuentes de calor, en las áreas donde existan materiales inflamables o explosivos?

N/E

Sección 7.14 4.1.1.7 ¿Se prohíbe y evita que se almacenen materiales o coloquen objetos que

obstruyan e interfieran el acceso al equipo contra incendio o a los dispositivos de alarma de incendio o activación manual de los sistemas fijos contra incendio?

X X

90

4.1.2 Medidas de seguridad para el mantenimiento de equipos, sistemas y medios de detección contra incendio Sección 7.4 4.1.2.1 ¿Se someten al mantenimiento correspondiente, por personal

capacitado, los equipos, sistemas y medios de detección contra incendio, si derivado de la revisión y pruebas, se encontrara que existe daño o deterioro?

N/E X

Sección 7.5.3 4.1.2.2 ¿Se someten al mantenimiento correspondiente, por personal capacitado, las

instalaciones eléctricas de conformidad con lo dispuesto por la NOM-029-STPS-2005, o las que la sustituyan, si derivado de la revisión, se encontrara que existe daño o deterioro?

N/E X

Sección 7.6.2 4.1.2.3 ¿Se someten al mantenimiento correspondiente, por personal capacitado, las

instalaciones de gas licuado de petróleo y/o natural si derivado de la revisión, se encontrara que existen daños o deterioro?

N/E X

4.1.3 Medidas de seguridad para la señalización Sección 7.8 4.1.3.1 ¿Se cuenta con la señalización que prohíba fumar, generar flama abierta o

chispas e introducir objetos incandescentes, cerillos, cigarrillos o, en su caso, utilizar teléfonos celulares, aparatos de radiocomunicación u otros que puedan provocar ignición por no ser intrínsecamente seguros, en las áreas en donde se produzcan, almacenen o manejen materiales inflamables o explosivos?

X X 0

4.1.3.2 ¿Cumple la señalización que prohíbe fumar, generar flama abierta o chispas e introducir objetos incandescentes, cerillos, cigarrillos o, en su caso, utilizar teléfonos celulares, aparatos de radiocomunicación u otros que puedan provocar ignición por no ser intrínsecamente seguros, en las áreas en

N/E X

87

donde se produzcan, almacenen o manejen materiales inflamables o explosivos, con lo establecido por la NOM-026- STPS-2008 o la NOM-003-SEGOB-2002, o las que las sustituyan?

4.1.4 Medidas de seguridad sobre evacuación y salidas normales Sección 7.15 4.1.4.1 ¿Se cuenta con rutas de evacuación que cumplan con las condiciones

siguientes: X 0

> que estén señalizadas en lugares visibles, de conformidad con lo dispuesto por la NOM-026-STPS- 2008 o la NOM-003-SEGOB-2002, o las que las sustituyan?

X

> Que se encuentren libres de obstáculos que impidan la circulación de los trabajadores y demás ocupantes?

X

> que dispongan de dispositivos de iluminación de emergencia que permitan percibir el piso y cualquier modificación en su superficie, cuando se interrumpa la energía eléctrica o falte iluminación natural?

X

> Que la distancia por recorrer desde el punto más alejado del interior de una edificación, hacia cualquier punto de la ruta de evacuación, no sea mayor de 40 metros. En caso contrario, el tiempo máximo de evacuación de los ocupantes a un lugar seguro deberá ser de tres minutos?

X

> Cuyas escaleras eléctricas sean consideradas parte de una ruta de evacuación, previo bloqueo de la energía que las alimenta y de su movimiento?

N/A

> Cuyos elevadores no sean considerados parte de una ruta de evacuación y no se usen en caso de incendio?

N/A

> cuyos desniveles o escalones en los pasillos y corredores de las rutas de evacuación estén señalizados, de conformidad con la NOM-026-STPS- 2008 o la NOM-003-SEGOB-2002, o las que las sustituyan?

X

> que en el recorrido de las escaleras de emergencia exteriores de los centros de trabajo de nueva creación, las ventanas, fachadas de vidrio o cualquier otro tipo de aberturas, no representen un factor de riesgo en su uso durante una situación de emergencia de incendio?

N/A

Sección 7.16 4.1.4.2 ¿Se cuenta con salidas normales y/o de emergencia que cumplan con las

condiciones siguientes: X 70

> que estén identificadas conforme a lo señalado en la NOM-026-STPS-2008 o la NOM-003-SEGOB-2002, o las que las sustituyan?

X

88

> Que comuniquen a un descanso, en caso de acceder a una escalera? N/A > Que en las salidas de emergencia, las puertas abran en el sentido del flujo,

salvo que sean automáticas y corredizas? N/A

> cuyas puertas sean de materiales resistentes al fuego y capaces de impedir el paso del humo entre áreas de trabajo, en caso de quedar clasificados el área o centro de trabajo como de riesgo de incendio alto, y se requiera impedir la propagación de un incendio hacia una ruta de evacuación o áreas contiguas por presencia de materiales inflamables o explosivos?

N/A

> Cuyas puertas de emergencia cuenten con un mecanismo que permita abrirlas desde el interior, mediante una operación simple de empuje?

N/A

> Cuyas puertas consideradas cómo salidas de emergencia estén libres de obstáculos, candados, picaportes o cerraduras con seguros puestos durante las horas laborales, que impidan su utilización en casos de emergencia?

X

> Que cuando sus puertas sean consideradas como salidas de emergencia, y funcionen en forma automática, o mediante dispositivos eléctricos o electrónicos, permitan la apertura manual, si llegara a interrumpirse la energía eléctrica en situaciones de emergencia?

X

4.1.5 Medidas de seguridad sobre extintores Secciones 7.2 b) y 7.17 4.1.5.1 ¿Tiene instalados extintores en las áreas del centro de trabajo, de

acuerdo con lo siguiente: X X 0

> Cuenta con extintores conforme a la clase de fuego que se pueda presentar? > Coloca al menos un extintor por cada 300 metros cuadrados de

superficie o fracción, si el grado de riesgo es ordinario? > Coloca al menos un extintor por cada 200 metros cuadrados de

superficie o fracción, si el grado de riesgo es alto? > Dispone de la mitad del número requerido de extintores, siempre y cuando

tengan una capacidad nominal de al menos seis kilogramos o nueve litros, en caso de contar con sistemas automáticos de supresión?

> No excede las distancias máximas de recorrido que se indican en la Tabla 1, por clase de fuego, para acceder a cualquier extintor, tomando en cuenta las vueltas y rodeos necesarios?

> coloca los extintores a una altura no mayor de 1.50 metros, medidos desde el nivel del piso hasta la parte más alta del extintor?

> Protege los extintores de daños y de las condiciones ambientales que puedan afectar su funcionamiento?

Sección 7.2 l)

89

4.1.5.2 ¿Cuentan las etiquetas de los extintores instalados en el centro de trabajo, con la información siguiente:

N/E

> El nombre, denominación o razón social, domicilio y teléfono del prestador de servicios?

> La capacidad nominal en kilogramos o litros, y agente extintor? > Las instrucciones de operación, breves y de fácil comprensión,

apoyadas mediante figuras o símbolos? > La clase de fuego a que está destinado el equipo? > Las contraindicaciones de uso, cuando aplique? > La contraseña oficial del cumplimiento con la normatividad

vigente aplicable, de conformidad con lo dispuesto por la Norma Oficial Mexicana NOM-106-SCFI- 2000, o las que la sustituyan, en su caso?

> El mes y año del último servicio de mantenimiento realizado? > la contraseña oficial de cumplimiento con la Norma NOM-

154-SCFI-2005, o las que la sustituyan, y número de dictamen de cumplimiento con la misma?

Sección 7.2 4.1.5.3 ¿Se pone fuera de servicio el extintor, cuando presenta daño que afecta su

operación, o dicho daño no pueda ser reparado, y es sustituido por otro de las mismas características y condiciones de operación?

N/E

Sección 7.18 4.1.5.4 ¿Se proporciona mantenimiento a los extintores como resultado de las

revisiones mensuales, conforme a lo establecido en la NOM-154-SCFI-2005, o las que la sustituyan, al menos una vez por año?

N/E

4.1.5.5 ¿Son reemplazados los extintores en su misma ubicación cuando se someten a mantenimiento, por otros cuando menos del mismo tipo y capacidad?

N/E

Sección 7.19 4.1.5.6 ¿Se proporciona la recarga a los extintores después de su uso y, en su caso,

como resultado del mantenimiento, de acuerdo con lo establecido en la NOM-154-SCFI-2005, o las que la sustituyan?

N/E

4.1.6 Medidas de seguridad sobre simulacros Secciones 5.7 y 10.1 4.1.6.1 ¿Se desarrollan simulacros de emergencias de incendio al menos una vez al

año, en el caso de centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio X X 0

90

ordinario, y al menos dos veces al año para aquellos con riesgo de incendio alto?

4.2 Medidas de seguridad para centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio ordinario Sección 5.10 4.2.1 ¿Cuenta en las áreas de los centros de trabajo clasificadas con riesgo de

incendio ordinario, con medios de detección y equipos contra incendio, mismos que deberán ser acordes con la clase de fuego que pueda presentarse?

X X 0

5 Equipo de protección personal Sección 5.9 5.1 ¿Se proporciona el equipo de protección personal a los integrantes de las

brigadas contra incendio, considerando para tal efecto las funciones y riesgos a que estarán expuestos, de conformidad con lo previsto en la NOM-017- STPS-2008, o las que la sustituyan?

N/A

6 Capacitación e información 6.1 Disposiciones generales Sección 5.3 6.1.1 ¿Se difunden entre los trabajadores, contratistas y visitantes, según

corresponda, las instrucciones de seguridad para la prevención de incendios aplicables en cada área del centro de trabajo?

X X 0

Secciones 5.8 y 11.1 6.1.2 ¿Son capacitados los trabajadores y los integrantes de las brigadas contra

incendio, con base en el programa de capacitación anual teórico-práctico en materia de prevención de incendios y atención de emergencias?

X X 0

Secciones 5.8 y 11.2 6.1.3 ¿Se proporciona a los trabajadores entrenamiento teórico- práctico, según

aplique, para: X X 0

> Manejar los extintores y/o sistemas fijos contra incendio? > Actuar conforme al plan de atención a emergencias de incendio? > Actuar y responder en casos de emergencia de incendio, así como para

prevenir riesgos de incendio en las áreas de trabajo donde se almacenen, procesen y manejen materiales inflamables o explosivos?

> Participar en el plan de ayuda mutua que se tenga con otros centros de trabajo?

> Identificar un fuego incipiente y combatirlo, así como activar el procedimiento de alertamiento?

> conducir a visitantes del centro de trabajo en simulacros o en casos de emergencia de incendios, a un lugar seguro?

91

6.1.4 ¿El entrenamiento sobre la prevención de los riesgos de incendio en las áreas de trabajo donde se almacenen, procesen y manejen materiales inflamables o explosivos, se refiere a:

X 60

> Instalaciones eléctricas? X > Instalaciones de aprovechamiento de gas licuado de petróleo o natural? X > Prevención de actos inseguros que puedan propiciar incendios? X > Medidas de prevención de incendios? X > Orden y limpieza? X

Secciones 7.4, 7.5.3 y 7.6.2 6.1.5 ¿Se capacita al personal que realiza el mantenimiento a los equipos, sistemas y

medios de detección contra incendio; a las instalaciones eléctricas, e instalaciones de gas licuado de petróleo y/o natural, en caso de realizar esta actividad con trabajadores del centro de trabajo?

N/A

Sección 7.5.1 6.1.6 ¿Se elabora y aplica el programa anual de revisión a las instalaciones

eléctricas de las áreas del centro de trabajo por personal previamente capacitado por el patrón?

X X 0

Sección 7.6.1 6.1.7 ¿ Se elabora y aplica el programa anual de revisión a las instalaciones de

gas licuado de petróleo y/o natural por personal previamente capacitado por el patrón?

X X 0

7 Autorizaciones Sección 7.5.1 7.1 ¿Se elabora y aplica el programa anual de revisión a las instalaciones

eléctricas de las áreas del centro de trabajo por personal previamente autorizado por el patrón?

X X 0

Sección 7.6.1 7.2 ¿Se elabora y aplica el programa anual de revisión a las instalaciones de

gas licuado de petróleo y/o natural es elaborado y aplicado por personal previamente autorizado por el patrón?

X X 0

8 Registros administrativos Sección 7.3 8.1 ¿Dispone del registro de los resultados de la revisión mensual a los

extintores, que al menos contenga: X 0

> La fecha de la revisión? N/E > El nombre o identificación del personal que realizó la revisión? N/E > Los resultados de la revisión mensual a los extintores? N/E

92

> Las anomalías identificadas? N/E > El seguimiento de las anomalías identificadas? N/E

Secciones 7.4, 7.5, 7.6 y 7.7 8.2 ¿Dispone de los registros de resultados de los programas anuales de: X 0

> Revisión y pruebas a los equipos contra incendio? X > Revisión a las instalaciones eléctricas de las áreas del centro de trabajo? X > Revisión a las instalaciones de gas licuado de petróleo y/o natural? X

8.3 ¿Incluyen los registros de resultados de los programas anuales de revisión y pruebas a los equipos contra incendio; de revisión a las instalaciones eléctricas de las áreas del centro de trabajo, y de revisión a las instalaciones de gas licuado de petróleo y/o natural, al menos los datos siguientes:

X

> El nombre, denominación o razón social y domicilio completo del centro de trabajo?

N/E

> La fecha de la revisión? N/E > Las áreas revisadas? N/E > Las anomalías detectadas y acciones determinadas para su corrección y

seguimiento? N/E

> El nombre y puesto de los responsables de la revisión? N/E Sección 10.3 8.4 ¿Consideran los registros de resultados de los simulacros de emergencias

de incendio, al menos la información siguiente:

> el nombre, denominación o razón social del centro de trabajo donde se desarrolló el simulacro, incluyendo el domicilio completo?

N/E

> Las áreas del centro de trabajo en las que se realizó el simulacro? N/E > El número de personas que intervinieron? N/E > Los recursos utilizados durante el simulacro? N/E > La detección de desviaciones en las acciones planeadas? N/E > Las recomendaciones para actualizar el plan de atención a emergencias de

incendio? N/E

> La duración del simulacro? N/E > Los nombres de los encargados de coordinarlo? N/E

93

Tabla 16. Guía para la Evaluación del Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo para la NOM-011-STPS-2001

RUIDO EN LOS CENTRO DE TRABAJO. CONDICIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE. 

Indicador

Cum

plim

ient

o

Acción preventiva

Acción correctiva

Porcentaje de cumplimiento

Con

serv

ar

Mej

orar

Act

ualiz

ar

Co

mpl

em

enta

r

Cor

reg

ir

Rea

lizar

Sí No1 Programas Sección 5.5 1.1 ¿Se cuenta con un programa de conservación de la audición aplicable a las áreas

del centro de trabajo donde se encuentren trabajadores expuestos a niveles de 85 decibeles (A) y mayores?

X X 0

Sección 5.6 1.2 ¿Se mantiene actualizado el programa de conservación de la audición,

necesario para el control y prevención de las alteraciones de la salud de los trabajadores?

N/E X

Sección 8 1.3 ¿Se tomaron en cuenta para la elaboración del programa de conservación de la

audición los elementos referentes a: X

> La naturaleza del trabajo? N/E> Las características de las fuentes emisoras (magnitud y componentes de

frecuencia del ruido)? N/E

> El tiempo y la frecuencia de exposición de los trabajadores? N/E> Las posibles alteraciones a la salud? N/E> Los métodos generales y específicos de prevención y control? N/E

Sección 8.1 1.4 ¿Se incluyen en el programa de conservación de la audición: X

> La evaluación del nivel sonoro (NSA promedio) o el nivel sonoro continuo equivalente (NSCEA,T) y la determinación del nivel de exposición a ruido (NER)?

N/E

> La evaluación del nivel de presión acústica (NPA), en bandas de octava? N/E

94

> El equipo de protección personal auditiva? N/E> La capacitación y el adiestramiento? N/E> La vigilancia a la salud? N/E> El control? N/E> La documentación correspondiente a cada uno de los elementos arriba

indicados? N/E

Sección 8.8.2 1.5 ¿Se elabora un cronograma de actividades para el desarrollo de la

implementación del programa de conservación de la audición? X X 0

2 Procedimientos Sección 8.4.3 2.1 ¿Cuenta con procedimientos respecto al equipo de protección personal

auditiva referentes a: X 0

> La selección técnica y médica? X> La capacitación de los trabajadores en su uso, mantenimiento, limpieza,

cuidado, reemplazo y limitaciones? X

> La supervisión de uso del equipo por parte de los trabajadores? X3 Medidas de seguridad Sección 5.3 y Apéndice A 3.1 ¿Se verifica que ningún trabajador se exponga a niveles de ruido mayores a los

límites máximos permisibles: X 0

> 90 decibeles para un periodo de exposición de ocho horas? X> 93 decibeles para un periodo de exposición de cuatro horas? X> 96 decibeles para un periodo de exposición de dos horas? X> 99 decibeles para un periodo de exposición de una hora? X> 102 decibeles para un periodo de exposición de media hora? X> 105 decibeles para un periodo de exposición de quince minutos? X

Sección 7.2 3.2 ¿Se cuenta con el cálculo del tiempo máximo permisible de exposición de los

trabajadores, para cuando el nivel de exposición al ruido (NER) está entre 90 y 105 decibeles?

X X 0

Sección 8.4.4 3.3 ¿Ingresa toda persona con equipo de protección personal a las áreas con

señalamientos de uso obligatorio? N/E X

Sección 8.7.4

95

3.4 ¿Se colocan señalamientos de uso obligatorio de equipo de protección personal auditiva en la entrada de las áreas donde los NSA sean iguales o superiores a 85 decibeles (A)?

X X 0

Sección 9.2 3.6 ¿Se planea cualquier modificación a un proceso en un centro de trabajo, de tal

manera que desde su instalación, organización y puesta en funcionamiento, la exposición a ruido de los trabajadores no exceda los límites máximos permisibles de exposición?

X X 0

4 Reconocimiento, evaluación y control 4.1 Reconocimiento Sección 5.2 4.1.1 ¿Se realiza el reconocimiento del ruido en todas las áreas del centro de trabajo

donde haya trabajadores expuestos a niveles sonoros iguales o superiores a 80 decibeles (A), incluyendo sus características y componentes de frecuencia?

X X 0

4.1.2 ¿Se consideran en el reconocimiento las características y componentes de frecuencia para medir el nivel de exposición al ruido y el nivel de presión acústica?

N/E X

Sección 8.2.1 4.1.3 ¿Se efectúa el reconocimiento del nivel sonoro (NSA)

promedio considerando en esta etapa: > La identificación de las áreas y fuentes emisoras, usando durante el recorrido

un sonómetro para conocer el NSA instantáneo? N/E

> La identificación de los trabajadores con exposición potencial a ruido? N/E> La selección del método para efectuar la evaluación de la exposición a ruido en

las áreas de trabajo? N/E

> La determinación de la instrumentación de acuerdo con el método seleccionado para efectuar la evaluación de la exposición a ruido en las áreas de trabajo?

N/E

Sección 8.3.1 4.1.4 ¿Se considera en el reconocimiento del nivel de presión acústica (NPA) en

bandas de octava: X

> La identificación de áreas con nivel sonoro (NSA) mayor o igual a 80 decibeles? N/E> La identificación de áreas en donde la exposición a ruido de los trabajadores

sea representativa? N/E

4.2 Evaluación Sección 5.2 4.2.1 ¿Se realiza la evaluación del ruido en todas las áreas del centro de trabajo

donde haya trabajadores expuestos a niveles sonoros iguales o superiores a 80 decibeles (A), incluyendo sus características y componentes de frecuencia?

X X 0

96

4.2.2 ¿Se considera en la evaluación las características y componentes de frecuencia para medir el nivel de exposición al ruido y el nivel de presión acústica?

N/E X

Sección 8.2.2 4.2.3 ¿Se efectúa la evaluación del nivel sonoro (NSA) promedio o del nivel sonoro

continuo equivalente (NSCEA,T) y la determinación del nivel de exposición a ruido (NER) considerando en esta etapa:

X

> El empleo de los métodos de evaluación e instrumentos de medición establecidos en el Apéndice B?

N/E

> La determinación de los niveles de exposición a ruido (NER) aplicando cualquiera de los métodos establecidos en el Apéndice B?

N/E

> El registro de los resultados en la documentación del programa de conservación de la audición?

N/E

> la repetición del reconocimiento y evaluación del NER cuando las exposiciones a ruido igualen o excedan 80 decibeles, cada dos años o dentro de los noventa días posteriores a un cambio de producción, procesos, equipos, controles u otros cambios, que puedan ocasionar variaciones en los resultados del estudio anterior?

N/E

Sección 8.3.1 4.2.4 ¿Se considera en la evaluación del nivel de presión acústica

(NPA) en bandas de octava: X

> El empleo de métodos de evaluación e instrumentos de medición señalados en el Apéndice C?

N/E

> La cuantificación de los niveles de presión acústica (NPA) y el registro de sus resultados en la documentación del programa?

N/E

> la repetición del reconocimiento y evaluación de los niveles de presión acústica (NPA) cada dos año o dentro de los noventa días posteriores a un cambio de producción, proceso, equipos, controles u otros cambios que puedan ocasionar variaciones en los resultados del estudio?

N/E

4.3 Control Secciones 7.3 y 8.7.1 4.3.1 ¿Se implementan medidas técnicas de control, cuando el nivel de exposición

al ruido (NER) es superior a 105 decibeles, como: X

> La realización de labores de mantenimiento preventivo y correctivo de las fuentes generadoras de ruido?

N/E

> La sustitución o modificación de equipos o procesos? N/E> La reducción de las fuerzas generadoras del ruido? N/E

97

> la modificación de los componentes de frecuencia con mayor posibilidad de daño a la salud de los trabajadores?

N/E

> La distribución planificada y adecuada, del equipo en la planta? N/E> El acondicionamiento acústico de las superficies interiores de los

recintos? N/E

> La instalación de cabinas, envolventes o barreras totales o parciales, interpuestas entre las fuentes sonoras y los receptores?

N/E

> el tratamiento de las trayectorias de propagación del ruido y de las vibraciones, por aislamientos de las máquinas y elementos?

N/E

Sección 8.7.1 4.3.2 ¿Se aplican medidas de control de tipo técnico o administrativo, cuando el nivel

de exposición al ruido (NER) supera los límites máximos permisibles que se señalan en la tabla A.1, a efecto de mantener la exposición de los trabajadores dentro de lo permisible?

N/E X

4.3.3 ¿Se aplican como medidas técnicas de control para mantener la exposición de los trabajadores dentro de los límites máximos permisibles:

X

> La ejecución de labores de mantenimiento preventivo y correctivo de las fuentes generadoras de ruido?

N/E

> La sustitución o modificación de equipos o procesos? N/E> La reducción de las fuerzas generadoras del ruido? N/E> la modificación de los componentes de frecuencia con mayor posibilidad de

daño a la salud de los trabajadores? N/E

> La distribución planificada y adecuada del equipo en la planta? N/E> El acondicionamiento acústico de las superficies interiores de los

recintos? N/E

> La instalación de cabinas, envolventes o barreras totales o parciales, interpuestas entre las fuentes sonoras y los receptores?

N/E

> el tratamiento de las trayectorias de propagación del ruido y de las vibraciones, por aislamientos de las máquinas y elementos?

N/E

4.3.4 ¿Se aplican como medidas administrativas de control para mantener la exposición de los trabajadores dentro de los límites máximos permisibles:

X

> El manejo de los tiempos de exposición? N/E> La programación de la producción? N/E> Otros métodos administrativos? N/E

Sección 8.7.2

98

4.3.5 ¿Se sustentan por escrito las medidas de control adoptadas en un análisis técnico para su implementación, así como en una evaluación que se practique dentro de los 30 días posteriores a su aplicación, para verificar su efectividad?

N/E X

Sección 8.7.3 4.3.6 ¿Se tiene especial cuidado de que las medidas de control que se adopten no

produzcan nuevos riesgos a los trabajadores? N/E X

Sección 9.3 4.3.7 ¿Están sustentadas por escrito las medidas de control relacionadas con los

centros de trabajo de nueva creación o con la modificación de procesos, en un análisis técnico para su implantación y en una evaluación posterior para verificar su efectividad?

N/E X

5 Seguimiento a la salud Sección 5.7 5.1 ¿Se vigila la salud de los trabajadores expuestos a ruido? X X 0Sección 8.6 5.2 ¿Se llevan a cabo exámenes médicos anuales específicos a cada trabajador

expuesto a niveles de ruido de 85 decibeles (A) y mayores? X X 0

6 Equipo de protección personal Sección 5.4 6.1 ¿Se proporciona el equipo de protección personal auditiva a todos los trabajadores

expuestos a niveles sonoros iguales o superiores a 85 decibeles? X X 0

Sección 8.4.1 6.2 ¿El equipo de protección personal auditiva: X

> considera el factor de reducción (R) o nivel de ruido efectivo en ponderación A (NRE)?

N/E

> Cuenta con la certificación otorgada por un organismo de certificación? N/E> Cuenta con la garantía del equipo, que establece el nivel de atenuación de ruido

expedida por el fabricante o proveedor del equipo de protección personal auditiva, en caso de no existir un organismo de certificación?

N/E

Sección 8.4.2 6.3 ¿Se determina el factor de reducción (R) o el nivel de ruido efectivo en

ponderación A(NRE), proporcionada por el equipo de protección personal auditiva, mediante:

X

> El modelo por bandas de octava? N/E> El modelo con mediciones de ruido en decibeles (A)? N/E

7 Capacitación e información Sección 5.7

99

7.1 ¿Se informa a cada trabajador sobre los resultados de la vigilancia a su salud? N/E XSección 5.8 7.2 ¿Se informa y orienta a los trabajadores sobre las posibles alteraciones a la salud

por la exposición a ruido, y sobre la forma de evitarlas o atenuarlas? X X 0

7.3 ¿Se informa y orienta a la Comisión de Seguridad e Higiene del centro de trabajo sobre las posibles alteraciones a la salud de los trabajadores por la exposición a ruido, y sobre la forma de evitarlas o atenuarlas?

N/E X

Sección 8.5.1 7.4 ¿Son instruidos los trabajadores expuestos a niveles de exposición a ruido

(NER) iguales o superiores a 80 decibeles (A) respecto de las medidas de control, mediante un programa de capacitación acerca de los efectos a la salud, niveles máximos permisibles de exposición, medidas de protección y de exámenes audiométricos, así como de los sitios de trabajo que presenten condiciones críticas de exposición?

X X 0

Sección 8.5.2 7.5 ¿Está actualizada la información proporcionada en el programa de capacitación,

incluyendo prácticas de trabajo y del uso, cuidado, mantenimiento, limpieza, reemplazo y limitaciones de los equipos de protección auditiva?

N/E X

8 Registros administrativos Sección 8.8.1 8.1 ¿Se conserva la documentación del programa de conservación de la audición, con

la información registrada durante los últimos cinco años? N/E X

Sección 8.8.3 8.2 Dispone de los registros administrativos relativos al programa de

conservación de la audición de los registros que a continuación se indican: X

> los estudios de reconocimiento, evaluación y determinación de nivel sonoro (NSA), nivel sonoro continuo equivalente (NSCEA,T), nivel de exposición a ruido (NER) y nivel de presión acústica (NPA)?

N/E

> El equipo de protección personal auditiva? N/E> El programa de capacitación y adiestramiento? N/E> La vigilancia a la salud? N/E> Las medidas técnicas y administrativas de control adoptadas? N/E> Las conclusiones? N/E> Los documentos que amparan el reconocimiento y evaluaciones donde haya

trabajadores expuestos al ruido? N/E

100

Tabla 17. Guía para la Evaluación del Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo para la NOM-017-STPS-2008

EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL. SELECCIÓN USO Y MANEJO EN LOS CENTROS DE TRABAJO 

Indicador

Cum

plim

ient

o

Acción preventiva

Acción correctiva

Porcentaje de cumplimiento

Co

nser

var

Mej

ora

r

Act

ual

izar

Com

ple

men

tar

Cor

regi

r

Rea

lizar

Sí No1 Estudios Sección 5.2

1.1 ¿Se identifican y analizan los riesgos de trabajo a los que están expuestos los trabajadores por cada puesto de trabajo y área del centro laboral?

X X 0 

1.2 ¿Se considera en la identificación y el análisis de riesgos de trabajo a los que están expuestos los trabajadores por cada puesto de trabajo y área del centro laboral:

X   

> El tipo de actividad que desarrolla el trabajador? N/E> El tipo de riesgo de trabajo identificado? N/E> La región anatómica por proteger? N/E> El puesto de trabajo? N/E> El equipo de protección personal requerido? N/E

2 Procedimientos Sección 7.1 2.1 ¿Incluyen al menos las indicaciones, instrucciones o procedimientos para el uso,

revisión, reposición, limpieza, limitaciones, mantenimiento, resguardo y disposición final del equipo de protección personal:

X   

> la información proporcionada por el proveedor, distribuidor o fabricante del equipo y la que el patrón considere conveniente adicionar?

N/E

101

> Las instrucciones para verificar su correcto funcionamiento, en su caso?

N/E

> Las limitaciones del equipo de protección personal e incluir la información sobre la capacidad o grado de protección que éste ofrece?

N/E

> La información que describa en qué condiciones no proporciona protección o donde no se debe usar?

N/E

> el tiempo de vida útil que el fabricante recomiende y las fallas o deterioros que el trabajador identifique, de tal forma que impida su óptimo funcionamiento?

N/E

> las medidas técnicas o administrativas que se deben adoptar para minimizar los efectos que generen o produzcan alguna respuesta o reacción adversa en el trabajador?

N/E

> las acciones que se deben realizar antes, durante y después de su uso, para comprobar que continúa proporcionando la protección para la cual fue diseñado?

N/E

> El equipo de protección personal que debe utilizar cuando el trabajador esté en contacto con posibles agentes infecciosos?

N/E

> El procedimiento para la descontaminación o desinfección del equipo de protección personal después de cada jornada de uso, de acuerdo con las instrucciones o recomendaciones del fabricante?

N/E

> las sustancias, condiciones o aditamentos si el equipo de protección personal se limpia en el centro de trabajo, ya sea por el trabajador usuario o por alguna otra persona designada por el patrón?

N/E

> El mecanismo a seguir para reemplazarse o repararse inmediatamente cuando derivado de su revisión muestre algún deterioro, que impidan su óptimo funcionamiento?

N/E

> El reemplazo en sus partes dañadas debe realizarse con refacciones de acuerdo con las recomendaciones del fabricante o proveedor?

N/E

> los lugares y formas de almacenarse en recipientes o contenedores especiales, si así lo establecen las recomendaciones del fabricante o proveedor para que no presenten daños o mal funcionamiento después de su uso?

N/E

> las medidas de seguridad para tratarlo como residuo sólido, de conformidad con un procedimiento que para tal efecto se establezca, cuando quede contaminado con sustancias químicas peligrosas y no sea posible su descontaminación, o se determine que ya no cumple con su función de protección?

N/E

102

Sección 7.1 n) 2.2 ¿Cuenta el centro de trabajo con el procedimiento para la disposición final del

equipo de protección personal como residuo sólido cuando quede contaminado con sustancias químicas peligrosas y no sea posible su descontaminación, o se determine que ya no cumple con su función de protección?

X X 90 

3 Medidas de seguridad Sección 5.5.2 3.1 ¿Se asegura que los contratistas den seguimiento a sus trabajadores para que

usen el equipo de protección personal y cumplan con las condiciones de la norma?

X X 0 

Sección 5.7 3.2 ¿Se supervisa que durante la jornada de trabajo los trabajadores

utilicen el equipo de protección personal, con base en la capacitación y adiestramiento proporcionados?

X X 90 

Sección 5.8 3.3 ¿Están identificadas y señalizadas las áreas en donde se requiere el uso

obligatorio de equipo de protección personal? X X 100 

4 Equipo de protección personal Sección 5.3 4.1 ¿Se dota el equipo de protección personal que deben utilizar los trabajadores, en

función de los riesgos de trabajo a los que están expuestos por las actividades que desarrollan o por las áreas en donde se encuentran?

X X 100 

4.2 ¿Se considera la ropa de trabajo con características de protección, como equipo de protección personal si derivado del análisis de riesgos de trabajo se establece la necesidad de su utilización?

N/E X   

Sección 5.4 4.3 ¿Se asegura que el equipo de protección personal cumpla con: X 70 

> Atenuar la exposición del trabajador con los agentes de riesgo? X> Ser de uso personal, en su caso? X> Ser acorde con las características físicas de los trabajadores? X> Contar con las indicaciones, instrucciones o procedimientos del fabricante para

su uso, revisión, reposición, limpieza, limitaciones, mantenimiento, resguardo y disposición final?

X

5 Capacitación e información Sección 5.5

103

5.1 ¿Se comunica a los trabajadores de los riesgos de trabajo a los que están expuestos por puesto de trabajo o área del centro laboral, con base en la identificación y análisis de riesgos a los que están expuestos?

X X 0 

Sección 5.5.1 5.2 ¿Se comunica al contratista de los riesgos y las reglas de seguridad del área en

donde desarrollarán sus actividades? X X 0 

Sección 5.6 5.3 ¿Se proporciona a los trabajadores la capacitación y adiestramiento para el uso,

revisión, reposición, limpieza, limitaciones, mantenimiento, resguardo y disposición final del equipo de protección personal, con base en las indicaciones, instrucciones o procedimientos del fabricante?

X X  0 

6 Registros administrativos Sección 5.2 6.1 ¿Se registra y mantiene actualizada la información derivada de la identificación y

análisis de los riesgos de trabajo a los que están expuestos los trabajadores por cada puesto de trabajo y área del centro laboral?

X X  0 

Tabla 18. Guía para la Evaluación del Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo para la NOM-025-STPS-2008

CONDICIONES DE ILUMINACIÓN EN LOS CENTROS DE TRABAJO 

104

Indicador

Cum

plim

ient

o

Acción preventiva

Acción correctiva

Porcentaje de cumplimiento

Co

nser

var

Mej

ora

r

Act

ual

iza

r

Com

ple

men

tar

Cor

regi

r

Rea

lizar

Sí No1 Estudios Sección 5.4

1.1 ¿Se cuenta con el informe de resultados de la evaluación de los niveles de iluminación de las áreas, actividades o puestos de trabajo y se conserva mientras se mantengan las condiciones que dieron origen a dicho resultado?

X X 0

Sección 5.7 1.2 ¿Cuenta con el reporte del estudio elaborado para las condiciones de

iluminación del centro de trabajo? X X 0

Sección 12.1 1.3 ¿Incluye el reporte del estudio elaborado sobre las condiciones de

iluminación del centro de trabajo: X

> El informe descriptivo de las condiciones normales de operación, junto con la descripción del proceso, instalaciones, puestos de trabajo y el número de trabajadores expuestos por área y puesto de trabajo?

N/E

> La distribución del área evaluada, en el que se indique la ubicación de los puntos de medición?

N/E

> Los resultados de la evaluación de los niveles de iluminación? N/E> La comparación e interpretación de los resultados obtenidos, con respecto a

los niveles mínimos de iluminación y los niveles máximos permisibles del factor de reflexión?

N/E

> La hora en que se efectuaron las mediciones? N/E> El programa de mantenimiento? N/E> la copia del documento que avale la calibración del luxómetro expedida

por un laboratorio acreditado y aprobado? N/E

> La conclusión técnica del estudio? N/E> Las medidas de control por desarrollar y programa de implantación? N/E> El nombre y firma del responsable del estudio? N/E

105

> Los resultados de las evaluaciones hasta cumplir con los niveles permisibles? N/E2 Programas Sección 5.10 2.1 ¿Cuenta el centro de trabajo con un programa de mantenimiento para las

luminarias, incluyendo los sistemas de iluminación de emergencia? X X 90

3 Medidas de seguridad Sección 5.2 3.1 ¿Cuenta con los niveles de iluminación en las áreas de trabajo o en las tareas

visuales? X X 0

Sección 5.11 3.2 ¿Están instalados sistemas de iluminación eléctrica de emergencia en aquellas

áreas del centro de trabajo donde la interrupción de la fuente de luz artificial representa un riesgo en la tarea visual del puesto de trabajo o en las áreas consideradas como ruta de evacuación que lo requieran?

X X 0

Sección 7 3.3 ¿Se asegura que ningún trabajador se exponga a niveles de iluminación menores

a los límites mínimos permisibles de: X X 50

> 20 luxes, en áreas exteriores generales para distinguir el área de tránsito, desplazarse caminando, vigilancia, movimiento de vehículos?

> 50 luxes, en áreas interiores para distinguir el área de tránsito, desplazarse caminando, vigilancia, movimiento de vehículos?

> 100 luxes, en áreas interiores de circulación y pasillos, sala de espera, salas de descanso, cuartos de almacén, plataformas y cuartos de calderas?

> 200 luxes, para actividades visuales simples, tales como inspección visual, recuento de piezas, trabajo en banco y máquina?

> 300 luxes, para actividades visuales con distinción moderada de detalles, tales como ensamble simple, trabajo medio en banco y máquina, inspección simple, empaque y trabajos de oficina?

> 500 luxes, para actividades visuales con distinción clara de detalles, tales como en labores de maquinado y acabados delicados, ensamble e inspección moderadamente difícil, captura y procesamiento de información, manejo de instrumentos y equipo de laboratorio?

> 750 luxes, para actividades visuales con distinción fina de detalles, tales como en actividades de maquinado de precisión, ensamble e inspección de trabajos delicados, manejo de instrumentos y equipo de precisión, y manejo de piezas pequeñas?

106

> 1000 luxes, para actividades visuales con alta exactitud en la distinción de detalles, tales como ensamble, proceso e inspección de piezas pequeñas y complejas y acabado con pulidos finos?

> 2000 luxes, para actividades visuales con alto grado de especialización en la distinción de detalles?

Sección 11 3.4 ¿Se toma en cuenta para el mantenimiento de las luminarias: X 90

> Su limpieza? X> Su ventilación? X> Su reemplazo, cuando dejan de funcionar o después de transcurrido el número

predeterminado de horas de funcionamiento establecido por el fabricante? X

> Los elementos que eviten el deslumbramiento directo y por reflexión, así como el efecto estroboscópico?

X

> Los elementos de preencendido o de calentamiento? X4 Reconocimiento, evaluación y control 4.1 Reconocimiento Sección 5.3 4.1.1 ¿Se efectúa el reconocimiento de las condiciones de iluminación de las

áreas y puestos de trabajo? X X 50

Sección 8.1 4.1.2 ¿Toma en cuenta los reportes de los trabajadores y recaba información técnica

para el reconocimiento de las condiciones de iluminación? X X 50

Sección 8.2 4.1.3 ¿Se recaba información del reconocimiento de las condiciones de iluminación

de las áreas de trabajo, así como de las áreas donde exista una iluminación deficiente o se presente deslumbramiento para determinar las áreas y tareas visuales de los puestos de trabajo?

X X 0

4.1.4 ¿Incluye la información del reconocimiento de las condiciones de iluminación de las áreas de trabajo:

X

> La distribución de las áreas de trabajo, del sistema de iluminación, de la maquinaria y del equipo de trabajo?

N/E

> La potencia de las lámparas? N/E> La descripción del área iluminada: colores y tipo de superficies del local o

edificio? N/E

> la descripción de las tareas visuales y de las áreas de trabajo, de acuerdo con los niveles mínimos de iluminación?

N/E

> La descripción de los puestos de trabajo que requieren iluminación localizada? N/E

107

> La información sobre la percepción de las condiciones de iluminación por parte del trabajador al patrón?

N/E

4.2 Evaluación Secciones 5.5 y 9.1 4.2.1 ¿Se realiza la evaluación de los niveles de iluminación en las áreas o puestos de

trabajo seleccionados a partir de los registros del reconocimiento? X X 0

Sección 8.2 4.2.2 ¿Se realiza la evaluación de los niveles de iluminación, cuando se modifican

las características de las luminarias o las condiciones de iluminación del área de trabajo?

X X 0

Sección 9.1.1 4.2.3 ¿Se determina el factor de reflexión en el plano de trabajo y paredes que por su

cercanía al trabajador afecten las condiciones de iluminación, según el método de evaluación del factor de reflexión, y se compara con los niveles máximos permisibles?

X X 0

Sección 9.1.2 4.2.4 ¿Se efectúa la evaluación de los niveles de iluminación en una jornada laboral bajo

condiciones normales de operación, por áreas o puestos de trabajo, o una combinación?

X X 0

Sección 10.4 4.2.5 ¿Se realiza una nueva evaluación para verificar que las nuevas condiciones

de iluminación cumplen con los niveles permisibles, una vez que se han implantado las medidas de control?

X X 0

4.3 Control Secciones 5.6 y 10.1 4.3.1 ¿Se aplican medidas de control, en caso de que en la evaluación se hayan

detectado áreas o puestos de trabajo que deslumbren a los trabajadores para evitar que esta situación los afecte?

N/E X

Secciones 5.6 y 10.2 4.3.2 ¿Se establecen como medidas de control cuando los niveles de iluminación están

por debajo de los niveles mínimos permisibles o los factores de reflexión se encuentran por encima de los niveles máximos permisibles, entre otros en:

X

> El mantenimiento a las luminarias? N/E> La modificación del sistema de iluminación o su distribución? N/E> La instalación de iluminación complementaria? N/E

4.3.3 ¿Se determinan como medidas de control en la instalación de iluminación complementaria:

X

108

> Evitar el deslumbramiento directo o por reflexión al trabajador? N/E> Seleccionar un fondo visual adecuado a las actividades de los trabajadores? N/E> Evitar bloquear la iluminación durante la realización de la actividad? N/E> Evitar las zonas donde existan cambios bruscos de iluminación? N/E

Secciones 5.6 y 10.3 4.3.4 Se elabora y cumple un programa de medidas de control, considerando al

menos: X X 0

> El mantenimiento a las luminarias? > La modificación del sistema de iluminación o su distribución? > La instalación de iluminación complementaria?

5 Seguimiento a la salud Sección 5.9 5.1 ¿Se practican exámenes con periodicidad anual de agudeza visual, campimetría y

de percepción de colores a los trabajadores que desarrollen sus actividades en áreas del centro de trabajo que cuenten con iluminación especial?

X X 0

6 Capacitación e información Sección 5.8 6.1 ¿Se informa a todos los trabajadores sobre los riesgos que pueden provocar el

deslumbramiento o un deficiente nivel de iluminación en sus áreas o puestos de trabajo?

X X 0

7 Registros administrativos Sección 8.2 7.1 ¿Se cuenta con el registro de la información del reconocimiento de las

condiciones de iluminación de las áreas de trabajo, así como de las áreas donde exista una iluminación deficiente o se presente deslumbramiento para determinar las áreas y tareas visuales de los puestos de trabajo?

X X 0 

Tabla 19. Guía para la Evaluación del Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo para la NOM-026-STPS-2008

COLORES Y SEÑALES DE SEGURIDAD E HIGIENE, E IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS POR FLUIDOS EN TUBERÍAS. 

109

Indicador

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Acción preventiva

Acción correctiva

Porcentaje de cumplimiento

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Sí No1 Medidas de seguridad 1.1 Señales de seguridad e higiene Sección 5.4

1.1.1 ¿Están ubicadas las señales de seguridad e higiene de tal manera que puedan ser observadas e interpretadas por los trabajadores a los que están destinadas y advierten oportunamente sobre:

X X 100

> La ubicación de equipos o instalaciones de emergencia? > La existencia de riesgos o peligros, en su caso? > La realización de una acción obligatoria? > La prohibición de un acto susceptible de causar un riesgo?

1.1.2 ¿Están libres de obstrucciones las señales de seguridad e higiene? X X 1001.1.3 ¿Se prevé que la eficacia de las señales de seguridad e higiene no se vea

disminuida por la saturación de avisos diferentes a la prevención de riesgos de trabajo?

X X 100

Sección 7.1 1.1.4 ¿Cumplen las señales de seguridad e higiene con los colores de acuerdo

con su significado, indicaciones y precisiones para su uso: X X 100

> Rojo: paro, prohibición, y material, equipo y sistemas para el combate de incendios?

> Amarillo: advertencia de peligro, delimitación de áreas y advertencia de peligro por radiaciones ionizantes?

> Verde: condición segura? > Azul: obligación?

Sección 7.2 1.1.5 ¿Tienen correspondencia con los colores de seguridad los colores

contrastantes utilizados en el centro de trabajo: X X 100

> Color de seguridad rojo: contrastante blanco?

110

> Color de seguridad amarillo: contrastante negro?

  > Color de seguridad amarillo: contrastante magenta, únicamente en el caso de

la señal utilizada para indicar la presencia de radiaciones ionizantes? > Color de seguridad verde: contrastante blanco? > Color de seguridad azul: contrastante blanco?

Sección 8.1 1.1.6 ¿Corresponden las formas geométricas utilizadas en las señales de

seguridad e higiene al significado establecido? X X 100

> Círculo con banda diametral oblicua a 45 grados: prohibición?

> Círculo: obligación? > Triángulo equilátero: precaución? > Cuadrado o rectángulo: información?

Sección 8.2 1.1.7 ¿Cumplen los símbolos utilizados en las señales de seguridad e

higiene con las siguientes características: X X 100

> Su color es el contrastante correspondiente a la señal de seguridad e higiene, excepto en las señales de prohibición?

> El contenido de imagen cumple con los lineamientos establecidos para señales de prohibición, obligación, precaución, información y, en su caso, de seguridad e higiene relativas a radiaciones ionizantes?

> Al menos una de las dimensiones del símbolo es mayor al 60% de la altura de la señal?

> en caso de tener diseños particulares para casos específicos no definidos en la norma, se establece la indicación por escrito para su utilización y su contenido de imagen asociado?

> En señales de obligación y precaución, en caso de utilizar un signo de admiración, se agrega un texto breve y concreto fuera de los límites de la señal?

Sección 8.4 1.1.8 ¿Cumplen las señales para distancias entre 5 y 50 metros, con tener las

dimensiones para que el área superficial y la distancia máxima de observación, cumplan con la relación: superficie mayor o igual al cuadrado de la distancia máxima de observación entre 2000 (S≥L2/2000)?

X X 100

1.1.9 ¿Se asegura de que en las señales para distancias mayores de 50 metros el área de las mismas sea de al menos 12,500 centímetros cuadrados?

N/A

111

1.1.10 ¿Se asegura de que en las señales para distancias menores de 5 metros el área de las mismas sea de al menos 125 centímetros cuadrados?

X X 100

Sección 8.5 1.1.11 ¿Se cumplen las siguientes disposiciones respecto a los colores en las

señales de seguridad e higiene: X X 100

> El color de seguridad cubre cuando menos el 50% de la superficie total de las señales de obligación, precaución e información?

> el color del fondo en las señales de prohibición es blanco, la banda transversal y la banda circular son de color rojo, el símbolo está centrado en el fondo y no obstruye la banda diametral?

> El color rojo cubre por lo menos el 35% de la superficie total de la señal de seguridad e higiene y el color del símbolo es negro, en el caso de las señales de prohibición?

> Se utiliza como color contrastante el amarillo verdoso, en lugar del color blanco, en el caso de utilizar señales de seguridad e higiene elaboradas con productos luminiscentes?

> El producto luminiscente se emplea en los contornos de la señal, del símbolo y de las bandas circular y diametral, en el caso de utilizar señales de prohibición elaboradas con productos luminiscentes?

Sección 8.6 1.1.12 ¿Existe una iluminación de 50 lux como mínimo en la superficie de la señal

de seguridad e higiene en condiciones normales? X X 90

1.2 Información complementaria de las señales de seguridad e higiene Secciones 8.3.1 y 8.3.2 1.2.1 ¿Cumplen los textos complementarios a las señales de seguridad e higiene, en

caso de utilizarse fuera de sus límites, con: X 100

> Ser un refuerzo a la información que proporciona la señal de seguridad e higiene?

X

> Tener una altura no mayor a la mitad de la altura de la señal de seguridad e higiene, incluyendo todos sus renglones?

X

> Tener un ancho de texto no mayor al ancho de la señal de seguridad e higiene?

X

> Estar ubicado abajo de la señal de seguridad e higiene? X> Ser breve y concreto? X> ser en color contrastante sobre el color de seguridad correspondiente a la

señal de seguridad e higiene que complementa, es decir texto en color negro sobre fondo blanco, o texto blanco sobre negro?

X

112

Sección 8.3.2 1.2.2 ¿Cumplen los textos complementarios a las señales de información

incluidos dentro de sus límites con: X

> Ser un refuerzo a la información que proporciona la señal? N/E> No dominar sobre los símbolos, para lo cual se limita la altura máxima de las

letras a la tercera parte de la altura del símbolo? N/E

> Ser breves y concretos, con un máximo de tres palabras? N/E> El color del texto es el mismo que el color contrastante correspondiente a la

señal de seguridad e higiene que complementa? N/E

1.3 Identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías Sección 5.3 1.3.1 ¿Se garantiza que la aplicación del color, la señalización y la identificación de las

tuberías estén sujetas a un mantenimiento que asegure en todo momento su visibilidad y legibilidad?

X X 0

Secciones 9.1 y 9.1.4 1.3.2 ¿Incluye el código de identificación para tuberías: X

> Color de seguridad? N/E> Color contrastante? N/E> Información complementaria? N/E> Indicación de la dirección del fluido con una flecha? N/E

Sección 9.1.1 1.3.3 ¿Están identificadas las tuberías con el color de seguridad establecido

respecto al tipo de fluido que transportan: X X 0

> Rojo: fluidos para el combate de incendio? > Amarillo: fluidos peligrosos? > Verde: fluidos de bajo riesgo?

1.3.4 ¿Se clasifican también como fluidos peligrosos: > los que están sometidos a condiciones extremas de temperatura: mayor de 50

grados centígrados o a baja temperatura que pueda causar lesión al contacto con éste?

N/A

> los que están sometidos a condiciones extremas de presión, cuando la presión manométrica del fluido sea de 686 kilopascales (kPa), equivalente a 7 kilogramos por centímetro cuadrado, o mayor?

N/A

1.3.5 ¿Se consultan las hojas de datos de seguridad para definir si un fluido es peligroso?

X X 0

113

Sección 9.1.2 1.3.6 ¿Se aplica el color de seguridad en alguna de las siguientes formas: X X 0

> pintando la tubería a todo lo largo y cubriendo toda la circunferencia con el color de seguridad correspondiente?

> Pintando la tubería con bandas de identificación de 100 milímetros de ancho como mínimo, cubriendo toda la circunferencia de la tubería?

> Colocando etiquetas indelebles que cubren toda la circunferencia de la tubería, con las dimensiones mínimas establecidas?

Sección 9.1.3 1.3.7 ¿Se cumple en el uso del color amarillo para la identificación de fluidos peligrosos

con las siguientes condiciones: N/E X

> Uso de bandas con franjas diagonales amarillas y negras a 45 grados, con dimensiones de acuerdo a la normatividad?

> Cubrir al menos el 50% de la superficie total de la banda de identificación? 1.3.8 ¿Cumple el ancho de las bandas de identificación con el mínimo establecido

en correlación con el diámetro exterior del tubo o recubrimiento: N/E X

> Diámetro exterior hasta 38 milímetros: ancho mínimo de 100 milímetros?

> Diámetro exterior de más de 38 y hasta 51 milímetros: ancho mínimo de 200 milímetros?

> Diámetro exterior de más de 51 y hasta 150 milímetros: ancho mínimo de 300 milímetros?

> Diámetro exterior de más de 150 y hasta 250 milímetros: ancho mínimo de 600 milímetros?

> Diámetro exterior de más de 250 milímetros: ancho mínimo de 800 milímetros?

Sección 9.1.4 1.3.9 ¿Cumple la identificación de los fluidos en las tuberías con: N/E X

> Ser visible desde cualquier punto en la zona o zonas en las que se ubica el sistema de tuberías y en la cercanía de válvulas?

> estar ubicada en tramos rectos a intervalos regulares no mayores de 10 metros de la tubería para un ancho de banda de color de seguridad de hasta 200 milímetros, y a intervalos no mayores a 15 metros para anchos de banda mayores a 200 milímetros?

Sección 9.2.4 1.3.10 ¿Se cumple cuando en la tubería se utilizan bandas de color de seguridad

mediante franjas diagonales amarillas y negras, con pintar en forma N/E X

114

adyacente a dichas bandas, en color blanco o negro, las leyendas de información complementaria, de forma que contrasten con el color de la tubería?

1.4 Información complementaria en la identificación de las tuberías Sección 9.2.1 1.4.1 ¿Se incluye información complementaria sobre la naturaleza, riesgo del fluido o

información del proceso? N/E X

1.4.2 ¿Se implementa la información complementaria, mediante: X> Las señales de seguridad e higiene de acuerdo con lo establecido? N/E> Las leyendas que indiquen el riesgo del fluido? N/E> La indicación de riesgos por sustancias químicas? N/E> El nombre completo de la sustancia? N/E> La información del proceso? N/E> Con cualquier combinación de los incisos anteriores? N/E

Sección 9.2.2 1.4.3 ¿Cumplen las señales en la tubería con las siguientes condiciones: N/E X

> El área mínima de la señal es de 125 centímetros cuadrados? > cuando la altura de la señal es mayor al 70% del diámetro de la

tubería, dicha señal se dispone a manera de placa colgada en la tubería, adyacente a las bandas de identificación?

> las señales cuya altura es igual o menor al 70% del diámetro de la tubería cumplen con lo establecido en la norma?

Secciones 9.2.3 y 9.2.4 1.4.4 ¿Cumple la información complementaria con las siguientes condiciones: N/E X

> estar ubicada de forma que es visible desde cualquier punto de la zona o zonas en que se ubica el sistema de tubería y en la cercanía de válvulas, en el caso de que la tubería esté pintada a todo lo largo con el color de seguridad?

> estar ubicada en tramos rectos de la tubería a intervalos regulares no mayores a 10 metros para diámetros de tubería de hasta 51 milímetros, y cada 15 metros para diámetros de tubería mayores a 51 milímetros?

> Ser del color contrastante al color de seguridad conforme a lo establecido en la normatividad?

Sección 9.2.4 1.4.5 ¿Cumplen los textos incluidos con información complementaria en tuberías con

las siguientes especificaciones: N/E X

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> tuberías con diámetros de hasta 300 milímetros: la altura de las letras y la longitud de las flechas cumplen con la ecuación H=d (π /6); la altura de las letras del texto y la altura de las flechas es igual al diámetro por pi entre 6?

> tuberías con diámetros mayores de 300 milímetros: la altura mínima de las letras es de 15 centímetros y la altura máxima es igual al valor obtenido de la ecuación H=d (π /6)?

> tuberías con diámetros menores a 25 milímetros: la altura mínima del texto es de 10 milímetros y se utiliza una placa con la información complementaria?

Sección 9.2.5 1.4.6 ¿Se indica cada factor de riesgo en la información complementaria en las

leyendas que identifican el riesgo del fluido, cuando dicho riesgo implica más de un factor, considerando la información asentada en las hojas de datos de seguridad correspondientes?

N/E X

Secciones 9.2.1 y 9.2.7 1.4.7 ¿Se incluye en la información complementaria el uso de leyendas que

indiquen el riesgo del fluido: tóxico, inflamable, explosivo, irritante, corrosivo, reactivo, riesgo biológico, alta temperatura, baja temperatura y alta presión, así como leyendas particulares que indiquen claramente el riesgo para los casos especiales no considerados en la clasificación mencionada?

N/E X

Secciones 9.3.1 y 9.3.2 1.4.9 ¿Se indica la dirección del flujo con una flecha con las siguientes

características: X X 0

> Es adyacente a las bandas de identificación o, cuando la tubería está totalmente pintada, es adyacente a la información complementaria?

> Apunta en ambas direcciones en las tuberías en las que existe flujo en ambos sentidos?

> Tiene una longitud igual o mayor a la altura de las letras de las leyendas en relación al diámetro de la tubería, de acuerdo con la ecuación: H=d (π /6)?

> está pintada directamente sobre la tubería, en color blanco o negro, y contrasta claramente con el color de ésta, o está integrada a las etiquetas, placas o letreros?

2 Capacitación Sección 5.2 2.1 ¿Están capacitados los trabajadores sobre la correcta interpretación de los

elementos de señalización? X X 0

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