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Av. Pirules No. 71 Col. Ciudad Granja C.P. 45010 Conm. (33) 3777-1770 Fax. (33) 37771770 ext. 2106 Http://iit.jalisco.gob.mx - http://www.sieg.gob.mx INSTITUTO DE INFORMACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO DE JALISCO ITERRITORIAL Zapopan, Jalisco. Viernes 03 de junio de 2013 Nota técnica 012/2013 El uso de suelo industrial en Jalisco visto desde el Ordenamiento Ecológico Territorial El 0.02% de la superficie estatal tiene uso de suelo predominantemente industrial El uso de suelo industrial no está contemplado en el 80.88% de la superficie estatal. 61 municipios del estado contemplan la posibilidad de uso de suelo industrial. Resumen El Ordenamiento Ecológico Territorial de Jalisco es un instrumento de política ambiental donde se señalan los usos de suelo que se permiten o no en ciertas unidades territoriales, esto condiciona el tipo de actividades que se desempeñan en un territorio. Derivado de lo señalado por el ordenamiento se analizó la distribución de la clasificación de uso de suelo industrial en el estado de Jalisco. Nota ampliada La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA, 1996) en su artículo 3 fracción XXIII define al ordenamiento ecológico como “El instrumento de la política ambiental cuyo objetivo es regular o inducir el uso del suelo y las actividades productivas, con el fin de lograr la protección del medio ambiente y la preservación y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, a partir del análisis de las tendencias de deterioro y las potencialidades de aprovechamiento de los mismos”. En el artículo 17 de la LGEEPA se establece la obligatoriedad de la observancia de este instrumento en el esquema de planeación nacional del desarrollo, el estado de Jalisco, cumpliendo con esta normativa publica en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco” el 28 de julio de 2001 el Ordenamiento Ecológico Territorial de Jalisco (OETJ), modificado en una publicación en el mismo Periódico Oficial el 27 de julio de 2006. Todos los lineamientos y estrategias que se plantean en el OETJ se ven plasmadas en el territorio en una unidad mínima de manejo llamada unidad de gestión ambiental (UGA), en ellas se definen los criterios a detalle del manejo de los recursos y la política territorial. Las UGAs identifican unidades territoriales homogéneas enfocadas en relación a la planificación territorial y al desarrollo de actividades económicas, política de aprovechamiento y programas de conservación que apunten al manejo sustentable de los recursos naturales. En el OETJ las UGAs fueron identificadas a partir de la identificación de problemas ambientales comunes, tendencias afines de comportamiento y el uso actual del suelo. En la clave de la unidad ambiental se pueden identificar cuatro elementos importantes, el uso predominante, la fragilidad ambiental, el número de UGA y la política. La fragilidad ambiental se da en 5 clases: mínima, baja, media, alta y máxima; mientras que las políticas son: aprovechamiento, protección, conservación y restauración. Por otro lado, en relación a los usos del suelo, en las UGAs se definen los usos de suelo: - Predominante: el uso de suelo actual que predomina. - Compatible: sectores que presentan mayor aptitud que se pueden desarrollar sin generar conflictos ambientales. - Condicionado: sectores que se pueden desarrollar siempre y cuando se adapten a ciertos lineamientos y criterios. - Incompatible: sectores que presentan menor aptitud y que si se desarrollan generarán conflictos ambientales.

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Zapopan, Jalisco. Viernes 03 de junio de 2013 Nota técnica 012/2013

El uso de suelo industrial en Jalisco visto desde el Ordenamiento Ecológico Territorial

El 0.02% de la superficie estatal tiene uso de suelo predominantemente industrial El uso de suelo industrial no está contemplado en el 80.88% de la superficie estatal. 61 municipios del estado contemplan la posibilidad de uso de suelo industrial.

Resumen El Ordenamiento Ecológico Territorial de Jalisco es un instrumento de política ambiental donde se señalan los usos de suelo que se permiten o no en ciertas unidades territoriales, esto condiciona el tipo de actividades que se desempeñan en un territorio. Derivado de lo señalado por el ordenamiento se analizó la distribución de la clasificación de uso de suelo industrial en el estado de Jalisco. Nota ampliada La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA, 1996) en su artículo 3 fracción XXIII define al ordenamiento ecológico como “El instrumento de la política ambiental cuyo objetivo es regular o inducir el uso del suelo y las actividades productivas, con el fin de lograr la protección del medio ambiente y la preservación y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, a partir del análisis de las tendencias de deterioro y las potencialidades de aprovechamiento de los mismos”. En el artículo 17 de la LGEEPA se establece la obligatoriedad de la observancia de este instrumento en el esquema de planeación nacional del desarrollo, el estado de Jalisco, cumpliendo con esta normativa publica en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco” el 28 de julio de 2001 el Ordenamiento Ecológico Territorial de Jalisco (OETJ), modificado en una publicación en el mismo Periódico Oficial el 27 de julio de 2006. Todos los lineamientos y estrategias que se plantean en el OETJ se ven plasmadas en el territorio en una unidad mínima de manejo llamada unidad de gestión ambiental (UGA), en ellas se definen los criterios a detalle del manejo de los recursos y la política territorial. Las UGAs identifican unidades territoriales homogéneas enfocadas en relación a la planificación territorial y al desarrollo de actividades económicas, política de aprovechamiento y programas de conservación que apunten al manejo sustentable de los recursos naturales. En el OETJ las UGAs fueron identificadas a partir de la identificación de problemas ambientales comunes, tendencias afines de comportamiento y el uso actual del suelo. En la clave de la unidad ambiental se pueden identificar cuatro elementos importantes, el uso predominante, la fragilidad ambiental, el número de UGA y la política. La fragilidad ambiental se da en 5 clases: mínima, baja, media, alta y máxima; mientras que las políticas son: aprovechamiento, protección, conservación y restauración. Por otro lado, en relación a los usos del suelo, en las UGAs se definen los usos de suelo:

- Predominante: el uso de suelo actual que predomina. - Compatible: sectores que presentan mayor aptitud que se pueden desarrollar sin generar

conflictos ambientales. - Condicionado: sectores que se pueden desarrollar siempre y cuando se adapten a ciertos

lineamientos y criterios. - Incompatible: sectores que presentan menor aptitud y que si se desarrollan generarán

conflictos ambientales.

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En un análisis sobre la caracterización de usos de suelo descritos en las UGAs para el estado de Jalisco, encontramos que el uso industrial se encuentra contemplado en 24 UGAs en distintas regiones del estado, en el resto de las UGAs el uso industrial no se contempla. El OETJ considera el uso industrial desde el punto de vista de lo que señala la Agenda 21 de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, en ese sentido propone la producción limpia y que se busque la manera de aumentar la eficacia en la utilización de los recursos. Según el OETJ la producción industrial limpia implica: a) “Los gobiernos, el comercio y la industria, deben reforzar asociaciones para aplicar los

principios y criterios del desarrollo sostenible. b) Los gobiernos deben aplicar una combinación de instrumentos económicos, leyes y normas, en

consulta con el comercio y la industria, que fomenten la utilización de sistemas limpios de producción, con especial consideración para las empresas pequeñas y medianas.

c) Los gobiernos, el comercio y la industria, así como las instituciones docentes y las organizaciones internacionales, deben tratar de elaborar y aplicar conceptos y metodologías que permitan incorporar los costos para el medio ambiente en los mecanismos de contabilidad y fijación de precios.”

Fig. 1. Distribución del uso de suelo industrial en el estado de Jalisco.

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El uso predominante se encuentra presente en la UGA In 4 138 A, es decir industrial con fragilidad alta y con política de aprovechamiento, localizada en la zona centro del estado abarcando parte de los municipios de Guadalajara, Zapopan y Tlaquepaque, con una superficie de alrededor de 1,643 hectáreas. El uso industrial compatible se localiza en dos UGAs, Ah 2 191 A de uso predominante de asentamientos humanos y 795 hectáreas localizada en la región Norte en el municipio de Colotlán y la Ag 3 106 A de uso predominante agrícola, localizada en la región Valles en su mayoría con una extensión de 134,364 hectáreas aproximadamente. Es decir hay alrededor de 135,500 hectáreas en Jalisco compatibles con el uso de suelo industrial, apegándose a los criterios señalados en cada UGA. El uso industrial condicionado se localiza en 16 UGAs abarcando una superficie un poco mayor al 1’200,000 hectáreas en el estado, estas UGAs se encuentran principalmente en las regiones Altos Norte, Altos Sur, Ciénega y Centro, aunque también se encuentran en la región Valles, Sierra de Amula, Costa Sur, Sur y Sureste. Los usos predominantes de estas unidades son agrícolas, asentamientos humanos y pecuarios. Finalmente, el uso industrial es incompatible en 5 UGAs, las cuales tienen usos predominantes de flora y fauna o área natural, se localizan en las regiones Norte, Sierra Occidental, Costa Norte, Centro, Valles y Sur, con una superficie total de 196,890 hectáreas.

Fig. 2. Porcentaje de superficie de uso industrial

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LISTADO DE MUNICIPIOS QUE EN EL ORDENAMIENTO ECOLÓGICO TERRITORIAL DE JALISCO TIENEN ALGÚN USO INDUSTRIAL (SUPERFICIE EN HECTÁREAS)

MUNICIPIO USO

COMPATIBLEUSO

CONDICIONADOUSO

INCOMPATIBLEUSO

PREDOMINANTETOTAL

ACATLÁN DE JUÁREZ - 3.50 - - 3.50

AHUALULCO DE MERCADO 13,698.82 806.73 - - 14,505.55

AMACUECA - - 32.35 - 32.35

AMATITÁN - 10,638.08 - - 10,638.08

AMECA 34,431.78 - - - 34,431.78

ARANDAS - 49,693.40 - - 49,693.40

ATOTONILCO EL ALTO - 47,179.26 - - 47,179.26

ATOYAC - - 10,179.94 - 10,179.94

AUTLÁN DE NAVARRO - 20,986.57 - - 20,986.57

AYOTLÁN - 24,188.59 - - 24,188.59

BOLAÑOS - - 23,896.46 - 23,896.46

CAÑADAS DE OBREGÓN - 3,604.79 - - 3,604.79

CHAPALA - 159.87 - - 159.87

CHIMALTITÁN - - 14,711.88 - 14,711.88

COCULA 18,608.25 - - - 18,608.25

COLOTLÁN 795.40 - - - 795.40

DEGOLLADO - 2,594.64 - - 2,594.64

EJUTLA - 1,182.81 - - 1,182.81

EL ARENAL - 10,012.97 727.41 - 10,740.38

EL GRULLO - 9,310.36 - - 9,310.36

EL LIMÓN - 8,507.33 - - 8,507.33

EL SALTO - 4,602.51 - - 4,602.51

ENCARNACIÓN DE DÍAZ - 74,053.76 - - 74,053.76

ETZATLÁN 7,551.36 - - - 7,551.36

GUADALAJARA - 12,422.09 - 1,387.70 13,809.79

HOSTOTIPAQUILLO 820.71 - - - 820.71

IXTLAHUACÁN DE LOS MEMBRILLOS - 3,736.49 - - 3,736.49

JALOSTOTITLÁN - 41,085.75 - - 41,085.75

JAMAY - 11,097.07 - - 11,097.07

JESÚS MARÍA - 41,655.83 - - 41,655.83

JOCOTEPEC - 10,890.78 - - 10,890.78

LA BARCA - 39,143.35 - - 39,143.35

LAGOS DE MORENO - 29,750.05 - - 29,750.05

MAGDALENA 10,459.13 8,642.95 - - 19,102.07

MASCOTA - - 4,308.26 - 4,308.26

MEXTICACÁN - 4,120.59 - - 4,120.59

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LISTADO DE MUNICIPIOS QUE EN EL ORDENAMIENTO ECOLÓGICO TERRITORIAL DE JALISCO TIENEN ALGÚN USO INDUSTRIAL (SUPERFICIE EN HECTÁREAS)

MUNICIPIO USO

COMPATIBLEUSO

CONDICIONADOUSO

INCOMPATIBLEUSO

PREDOMINANTETOTAL

OCOTLÁN - 16,890.39 - - 16,890.39

OJUELOS DE JALISCO - 87,344.90 - - 87,344.90

PONCITLÁN - 20,342.17 - - 20,342.17

PUERTO VALLARTA - - 4,790.06 - 4,790.06

SAN DIEGO DE ALEJANDRÍA - 24,666.19 - - 24,666.19

SAN IGNACIO CERRO GORDO - 19,454.14 - - 19,454.14

SAN JUAN DE LOS LAGOS - 65,236.83 - - 65,236.83

SAN JUANITO DE ESCOBEDO 10,826.64 3,315.22 - - 14,141.86

SAN JULIÁN - 21,466.63 - - 21,466.63

SAN MARCOS 4,496.69 - - - 4,496.69

SAN MARTÍN DE BOLAÑOS - - 46,704.06 - 46,704.06

SAN MARTÍN HIDALGO 21,281.52 1,020.70 - - 22,302.22

SAN MIGUEL EL ALTO - 73,439.66 - - 73,439.66

SAN PEDRO TLAQUEPAQUE - 7,019.16 - 47.68 7,066.84

SAN SEBASTIÁN DEL OESTE - - 55,630.86 - 55,630.86

SAYULA - - 18.96 - 18.96

TALA 231.32 18,810.73 9,131.14 - 28,173.19

TAMAZULA DE GORDIANO - 13,771.07 - - 13,771.07

TECALITLÁN - 3,676.14 - - 3,676.14

TECHALUTA DE MONTENEGRO - - 44.73 - 44.73

TEOCALTICHE - 80,216.30 - - 80,216.30

TEOCUITATLÁN DE CORONA - - 1,964.03 - 1,964.03

TEPATITLÁN DE MORELOS - 12,175.53 - - 12,175.53

TEQUILA - 12,296.04 - - 12,296.04

TEUCHITLÁN 7,108.25 11,220.21 - - 18,328.46

TIZAPÁN EL ALTO - 6,659.61 - - 6,659.61

TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA - 30,943.61 1,606.88 - 32,550.49

TONALÁ - 2,544.38 - - 2,544.38

TONAYA - 121.86 - - 121.86

TOTOTLÁN - 22,280.25 - - 22,280.25

TUXCUECA - 2,067.98 - - 2,067.98

TUXPAN - 13,153.98 - - 13,153.98

UNIÓN DE SAN ANTONIO - 51,351.02 - - 51,351.02

VALLE DE GUADALUPE - 4,427.47 - - 4,427.47

VILLA CORONA 4,850.23 - - - 4,850.23

VILLA GUERRERO - - 4,385.10 - 4,385.10

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LISTADO DE MUNICIPIOS QUE EN EL ORDENAMIENTO ECOLÓGICO TERRITORIAL DE JALISCO TIENEN ALGÚN USO INDUSTRIAL (SUPERFICIE EN HECTÁREAS)

VILLA HIDALGO - 22,569.32 - - 22,569.32

ZACOALCO DE TORRES - - 362.01 - 362.01

ZAPOPAN - 34,816.41 16,534.17 207.93 51,558.51

ZAPOTILTIC - 11,488.75 - - 11,488.75

ZAPOTLÁN DEL REY - 19,919.71 - - 19,919.71

ZAPOTLÁN EL GRANDE - 2,208.02 - - 2,208.02

TOTAL 135,160.10 1,186,984.48 195,028.29 1,643.32 1,518,816.19 Referencias: SEMADET. http://siga.jalisco.gob.mx/moet/ SEMARNAT http://www.ine.gob.mx/ordecol