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Boletín del Voluntariado Social de la Facultad de Derecho de la UV Año 2, núm. 4. Junio-Agosto 2010 Xalapa, Veracruz, México DIRECTORIO ¿Sabías que...? Tener acceso a la educación, a la salud, contar con una vivienda digna, y tener un buen medio laboral; son derechos sociales que fueron reconocidos en nuestro país en la Constitución de 1917. Es por ello que a México, se le atribuye haber sido el primer Estado del mundo que buscaba ser un Estado Social de Derecho.-------- Los derechos sociales se encuentran establecidos en los artículos 3, 4, 27 y 123 de la Constitución Federal, éstos tienen como base el principio de solidaridad; sin embargo, con desfortuna, aún hoy día no hemos encontrado los medios idóneos para poder llevarlos de forma plena a la práctica. Un primer ejemplo de lo anterior, es que el acceso a la educación pública no es para todas las personas; de acuerdo con datos del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA), uno de cada tres mexicanos no ha concluido su educación básica o no sabe leer ni escribir, esto es, que 33 millones de mexicanos cuenta con un importante rezago educativo. ------------------------------------------------------------ ----------------------------------------------------------- Ahora bien, si nos vamos al sector salud, el cual está íntimamente ligado con el nivel socioeconómico de cada persona, es decir, si las personas cuentan con posibilidades económicas, pueden acceder al servicio de salud sin ningún problema; pero si no las tienen, entonces tendrán que limitarse a lo que puedan costear, o bien, a lo que el Estado les pueda proporcionar. Pertenecer a alguno de los programas sociales de salud es un apoyo que brinda el Estado con el objetivo de garantizar el derecho, aunque es evidente que no todos los mexicanos se benefician de este tipo de programas; razón por la que puede decirse que el derecho a la salud en nuestro país no se encuentra plenamente garantizado a todos los mexicanos.------------------------- Es necesario que las políticas públicas estén dirigidas para garantizar la efectividad de los derechos sociales y con esto lograr que cada mexicano acceda a ellos.----------------------------------------------------------------------------------- Por: María Elizabeth Solano Saldaña INSTITUCIONAL Dr. Raúl Arias Lovillo Rector Dr. Porfirio Carrillo Castilla Secretario Académico Dr. Miguel Ángel Casillas Alvarado Secretario del Área Académica de Humanidades Dr. Manlio Fabio Casarín León Director de la Facultad de Derecho Dra. Jaqueline Jongitud Zamora Coordinadora del Voluntariado Social DEL BOLETÍN Gloria Jessica Vázquez Rebolledo Directora María Elizabeth Solano Saldaña Editor en Jefe Imanol de la Flor Patiño Eva María Galicia García Coordinación de Divulgación Coordinación de Vinculación María Elena García Filobello María Teresa Ramírez Rosales Dra. Ana Matilde Chávez Mayo Dra. Erika Maldonado Méndez Mtro. Guillermo Sánchez Vaca Dra. Socorro Moncayo Rodríguez Mtro. Salvador Martínez y Martínez Asesores Académicos Teresa de Jesús Pucheta Pólito Martha Patricia Muñoz Delgado Jorge Alberto Oropeza Andrade Consejo de Edición Aketzali Atenco Sánchez Diseño Lic. Flor Arlette Mata Garcés Lic. Dora Luz Aguilar García Traducción al Francés Alberto Argüelles Avilés Encargado de la edición francesa Imanol de la Flor Patiño Traducción al inglés Lic. Anid Cathy Hernández Baruch Correctora de Estilo

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Boletín del Voluntariado Social de la Facultad de Derecho de la UV

Año 2, núm. 4. Junio-Agosto 2010 Xalapa, Veracruz, México

DIRECTORIO

¿Sabías que...?

Tener acceso a la educación, ala salud, contar con unavivienda digna, y tener un buenmedio laboral; son derechossociales que fueron reconocidosen nuestro país en laConstitución de 1917. Es porello que a México, se le atribuyehaber sido el primer Estado delmundo que buscaba ser unEstado Social de Derecho.--------

Los derechos sociales seencuentran establecidos en los artículos 3, 4, 27 y 123 de la ConstituciónFederal, éstos tienen como base el principio de solidaridad; sin embargo,con desfortuna, aún hoy día no hemos encontrado los medios idóneos parapoder llevarlos de forma plena a la práctica. Un primer ejemplo de lo anterior,es que el acceso a la educación pública no es para todas las personas; deacuerdo con datos del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos(INEA), uno de cada tres mexicanos no ha concluido su educación básica ono sabe leer ni escribir, esto es, que 33 millones de mexicanos cuenta conun importante rezago educativo.

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Ahora bien, si nos vamos al sector salud, el cual está íntimamente ligado conel nivel socioeconómico de cada persona, es decir, si las personas cuentancon posibilidades económicas, pueden acceder al servicio de salud sinningún problema; pero si no las tienen, entonces tendrán que limitarse a loque puedan costear, o bien, a lo que el Estado les pueda proporcionar.Pertenecer a alguno de los programas sociales de salud es un apoyo quebrinda el Estado con el objetivo de garantizar el derecho, aunque es evidenteque no todos los mexicanos se benefician de este tipo de programas; razónpor la que puede decirse que el derecho a la salud en nuestro país no seencuentra plenamente garantizado a todos los mexicanos.-------------------------

Es necesario que las políticas públicas estén dirigidas para garantizar laefectividad de los derechos sociales y con esto lograr que cada mexicanoacceda a ellos.-----------------------------------------------------------------------------------

Por: María Elizabeth Solano Saldaña

INSTITUCIONAL

Dr. Raúl Arias LovilloRector

Dr. Porfirio Carrillo CastillaSecretario Académico

Dr. Miguel Ángel Casillas AlvaradoSecretario del ÁreaAcadémica de Humanidades

Dr. Manlio Fabio Casarín LeónDirector de la Facultad de Derecho

Dra. Jaqueline Jongitud ZamoraCoordinadora del Voluntariado Social

DEL BOLETÍN

Gloria Jessica Vázquez RebolledoDirectora

María Elizabeth Solano SaldañaEditor en Jefe

Imanol de la Flor Patiño

Eva María Galicia García

Coordinación de Divulgación

Coordinación de Vinculación

María Elena García Filobello

María Teresa Ramírez Rosales

Dra. Ana Matilde Chávez MayoDra. Erika Maldonado MéndezMtro. Guillermo Sánchez VacaDra. Socorro Moncayo RodríguezMtro. Salvador Martínez y MartínezAsesores Académicos

Teresa de Jesús Pucheta PólitoMartha Patricia Muñoz DelgadoJorge Alberto Oropeza AndradeConsejo de Edición

Aketzali Atenco SánchezDiseño

Lic. Flor Arlette Mata GarcésLic. Dora Luz Aguilar GarcíaTraducción al Francés

Alberto Argüelles AvilésEncargado de la edición francesa

Imanol de la Flor PatiñoTraducción al inglés

Lic. Anid Cathy Hernández BaruchCorrectora de Estilo

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CONTENIDO

En portada: ¿Sabías qué...?Por: María Elizabeth Solano Saldaña.

ARTÍCULO. Argumentación, moral y derecho.Por: Gilberto C. Salazar Ceballos.

ARTÍCULO. Teoría del Garantismo Penal.Por: Carlos Ruz Saldívar y Alejandra Báez Jiménez.

CORAZÓN CONSCIENTE. Ese general de Rafael Alberti.Por: María Teresa Ramírez Rosales.

DIGIERE TU ECONOMÍA. Inversión extranjera en México.Su repercusión económica y social.Por: Aketzali Atenco Sánchez.

CHARLANDO CON: Entrevista a la Mtra. Margarita Herrera Ortiz, Académica de la Facultad de Derecho.Por: Jorge Alberto Oropeza Andrade y Jesús Antonio ToledoSantos.

DECISIONES RELEVANTES DE LA SCJNImposición del tratamiento psicológico por la comisión deldelito de violencia familiar.Por: María Arlette Pérez Villano y Ángel Andrés FuentesMartínez.

ARTÍCULO. Reflexión del actuar ético en la formación y elejercicio profesional.Por: Blanca Myrllan Contreras Rodríguez

Contraportada

Carpe Diem es una publicación trimestral del Voluntariado

Social de la Facultad de Derecho de la UV: ---------------------------

El Voluntariado Social es un programa avalado por Acta de 17

de julio del año 2008 del Consejo Técnico de la Facultad de

Derecho y coordinado por la Dra. Jaqueline Jongitud Zamora.---

Número de dictamen previo: 04-2009-052511312400-01.

Número de certificado de reserva de derechos: 04-2009-

072217050500-106.

ISSN: en trámite.

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La responsabilidad del contenido de los artículos corresponde

de forma exclusiva a sus autores. ---------------------------------------

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Argumentación, moral y derecho

Por: Gilberto C. Salazar Ceballos

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os grandes cambios sociales han estadodeterminados por los avances tecnológicosque han permitido al hombre alcanzar unmayor nivel de bienestar, sin embargo, estaconstante de cambio, observada en elentramado social ha sido mas acelerada apartir de la revolución industrial, movimientoque trastocó para siempre los paradigmas

imperantes en materia de producción y comercializaciónde bienes y productos, a la vez que propició la migraciónde la población del campo a los grandes centros urbanosde producción. Esta última circunstancia, aunada alsurgimiento de una nueva clase social -la burguesía-determinó el cambio de igual forma en el paradigma de lateoría del derecho; de manera que se comenzó a gestarla noción de ciencia del derecho.

Es menester recordar que en aquella época, la técnica yel cientificismo como toda novedad, eran la moneda decambio, y como consecuencia de las bondades que esteconocimiento trajo para la humanidad se procuróadecuar los modelos del pensamiento científico a otrasáreas del conocimiento que en principio no comparten lanaturaleza empírica de las ciencias; así se inició un largodebate, que dura hasta nuestros días, sobre la noción delderecho. Así pues, a partir del siglo XVIII se abandonó elpunto de referencia del pensamiento jurídico que habíaprevalecido hasta entonces, abandonándose el estudiodel “deber ser”, para ocuparse del “ser” del derecho, desu realidad objetiva, y se dejó a un lado la cuestión delcontenido al no ser ésta una variable verificable, sino porel contrario una consideración subjetiva del individuo.------

Fue así, como se comenzó a construir el positivismojurídico como teoría de la ciencia jurídica, concepción quesin duda alguna ha permitido una mejor aproximación alestudio del derecho como sistema normativo, que noobstante, no logra justificar la validez del mismo, puestoque, en el tránsito del viejo paradigma en el que el deberser era la condición que dotaba de validez una norma,hacia el nuevo paradigma en el que lo importante es laforma -el proceso de producción de la norma así como larelación jerárquica existente entre el orden jurídicofundamental y las normas secundarias- se abandonó endefinitiva, la cuestión relativa al contenido de las normas,de tal suerte que lo importante era la validez formal deéstas sin tomar en consideración que el contenido de lasmismas tuviera un valor intrínseco, escaso de carácterutilitario.------------------------------------------------------------

De esta forma, como consecuencia del cambio deparadigma, la forma de argumentar cambió de manera talque se abandonó el argumento moral para transitar hacia

PLATAS Pacheco, María del Carmen, “Del Argumento Moral al ArgumentoRetórico”, Memoria del Seminario de Argumentación Jurídica, SCJN, México2006, p. 17.-----------------------------------------------------------------------------------------

un argumento retórico. De hecho uno de los ejes sobrelos que se construyó el positivismo jurídico, fueprecisamente el procurar establecer categóricamente laincompatibilidad entre la moral y el derecho, puesto quedentro de esta concepción del derecho, la moral al estarreferida a normas y creencias relativas a un individuo ogrupo social determinado que sirven de guía a la acciónen un sentido determinado (bueno o malo desde la ópticamoral) no comparte la naturaleza de las normas jurídicas,toda vez que estas últimas son heterónomas ycoercitivas, mientras que las máximas morales son decarácter autónomo al emanar de la propia conciencia delindividuo, a la vez que no comparten el carácter coercitivode las normas jurídicas puesto que no traen aparejadasanción alguna -al menos no de manera evidente- por loque, desde la óptica positivista no pueden coexistir lamoral y el derecho puesto que están referidas acuestiones diferentes, pues si bien es cierto a la moraligualmente le interesa servir de guía a la conducta humana, esta dirección se surte a través de la virtud delas normas morales -y del ejercicio interno que realiza elindividuo- es decir al reconocimiento de bondad de tales ocuales conductas; mientras que para el positivismo estacalificación -de bueno o malo- está fuera de todadiscusión, para el positivismo jurídico tan sólo existe lolegal. ---------------------------------------------------------------------

No obstante en la concepción positivista, existe unadelgada línea que separa a la moral del derecho, de talsuerte que recurrentemente se acude a aquella parajustificar la inobservancia del orden jurídico positivo -puesen algunos casos el sometimiento al orden jurídicoconduce a la realización de injustos- en este sentido,María del Carmen Platas Pacheco en su ensayo, DelArgumento Moral al Argumento Retórico, cita la tragediade Sófocles, en la que Antígona se proponía enterrar a su

Ibídem., p. 12. Ibídem., p. 9.

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hermano, aún cuando esto significaba una violación a lalegalidad, porque la justicia es más amplia, más humana.--

La autora citada, señala que existe una formaargumentativa que pretende eludir la observancia de lanorma y que consiste en el argumento de la concienciaerrónea, en virtud del cual se parte de un juicio prácticopor el que se considera que no se debe ser sujeto de undeterminado ordenamiento jurídico, pues resulta unacarga excesivamente onerosa para el individuo.--------------

Este argumento de conciencia errónea, tiene una especialtrascendencia en nuestro país, puesto que continuamentese recurre a él, incluso sin saberlo, a efecto de pretenderjustificar la sustracción del régimen jurídico vigente; envirtud de este argumento, se considera que:-------------------

...las autoridades deberían conceder a los ciudadanos laposibilidad de no cumplir las leyes positivas, siempre quesiguieran el mandato de su conciencia, porque si lesabrieran los ojos de la responsabilidad y se les obligara acumplir las leyes que a todos obligan, no serían capaces desoportar las cargas de la ley, ni las obligaciones jurídicas ymorales que conllevan, de manera que los ciudadanos ...debían seguir un camino de acuerdo a su conciencia,gozando de bienes sociales y violando la ley. --------------------

Esta concepción desde luego significa un choque frontalcon la idea de Estado de Derecho en el cual el derechopositivo debe ser observado por todos por la simple razónde su validez formal; no obstante, esta consideraciónabsoluta significa una interrupción en el diálogo, latolerancia y el buen gobierno puesto que no se puedesoslayar que la aplicación de la ley no excluye lanecesidad de construir consensos; no obstante, esnecesario advertir que, bajo ninguna circunstancia eldiálogo y la negociación excluyen el cumplimiento de laley; de tal suerte que una forma de legitimar la aplicaciónde la ley es precisamente racionalizar dicho ejercicioheteroaplicativo a efecto de generar el menor grado deaversión en el individuo al ser sancionado encumplimiento a una norma; en otras palabras, se debeevitar aplicar la ley en frío, a efecto de que se justifique enla medida de lo posible la aplicación de la norma al casoconcreto a efecto de generar el mayor grado deaceptación social posible, sin que este llegue a significaruna disonancia cognoscitiva en virtud de la cual sepretenda justificar una conducta de la autoridadinjustificable en principio, situación que Umberto Ecodenomina retórica de la prevaricación, expresión que elpropio autor define en los siguientes términos: ---------------

Si, como define el diccionario, prevaricar significa “abusardel propio poder para obtener ventajas en contra del interésde la víctima” y “actuar contra la honestidad transgrediendolos límites de lo lícito”, a menudo quien prevarica, asabiendas de que prevarica, desea en cierto modo legitimarsu propio gesto e incluso, como sucede en los regímenesdictatoriales, obtener el consenso de quien es víctima de laprevaricación, o encontrar a alguien dispuesto a justificarla.Por consiguiente, se puede prevaricar y utilizar argumentosretóricos para justificar el propio abuso del poder. --------------

Ibídem., p. 22. Ibídem., p. 10. Ibídem., pp. 6 y 7. ECO, Umberto, El lobo y el cordero. Retórica de la prevaricación, a paso decangrejo, DEBATE, México 2007. ------------------------------------------------------------

Podemos concluir entonces, que el argumento de laconciencia errónea, impide al ciudadano obrar enjusticia, porque no comprende ni mucho menos compartela necesidad de vivir y respetar el orden jurídico que rigea todos.-------------------------------------------------------------------

Ahora bien, el hecho de que seamos testigos deldeterioro del orden jurídico y de las faltas de respeto delciudadano hacia la autoridad y viceversa es consecuenciade haber apartado la mirada de la conciencia moral quenecesariamente obliga, aunque no en los términos coercitivos de la norma positiva; en buena medida, esteagotamiento que observa el orden jurídico nacional y eldesgaste de las autoridades que cada día que transcurrepierde credibilidad y legitimidad, está determinado poruna “degradación de la educación en mera instrucciónpara el trabajo”, pues en las instituciones educativas denuestro país, tanto públicas como privadas se hadesdeñado sistemáticamente la reflexión por la técnica,se ha procurado equipar a los estudiantes de habilidadesque son capaces de realizar de manera eficaz sin embargo sin la capacidad de reflexionar sobre el porqué de su adiestramiento. Se ha abandonado el pensamiento por un pragmatismo irreflexivo que, aunado al deterioro de losniveles de calidad de vida que se han agudizado en losúltimos veinte años, ha traído consecuencias funestas ala sociedad donde se advierte un desvanecimiento delorden jurídico y desde luego moral.-------------------------------

Por otra parte, la percepción de impunidad imperante endiversos ámbitos de la sociedad mexicana alienta alciudadano a aventurarse en actividades quegeneralmente se encuentran al margen de la ley o bienen franca violación a ésta; no obstante, ante la falta devalidez -intrínseca al menos- del orden jurídico, y alresultarle ajeno al individuo, éste, como ya se señalólíneas arriba, considera que no está obligado a observar

PLATAS, Op.cit., p. 13.

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el orden imperante puesto que no le significa, nocomprende la trascendencia del mismo en el entramadosocial del que forma parte, puesto que el sistema jurídicoque coexiste con él de manera objetiva, en muchasocasiones no es inteligible, de tal suerte que no locomprende o en ocasiones ni siquiera lo conoce; enpalabras de Carlos María Cárcova: -------------------------------

Existe... una opacidad de lo jurídico. El derecho que actúacomo una lógica de vida social, como un libreto, como unapartitura, paradójicamente, no es conocido o no escomprendido por los actores en escena”; así pues dichoautor sentencia que los ciudadanos “cumplen ciertosrituales, imitan a algunas conductas, reproducen ciertosgestos, con escasa o nula percepción de sus significados yalcances. -------------------------------------------------------------------

Bajo esta perspectiva, el individuo no duda enaprovecharse de los vacíos y del agotamiento del sistemajurídico para evadir impuestos, o bien robar energíaeléctrica al considerar erróneamente que no está mal“colgarse” de la red eléctrica pues con sus impuestos seestá solventando el pago por dicho servicio, y no tieneporqué pagar dos veces por algo que en principio es suderecho. -----------------------------------------------------------------

Ahora bien, en un sistema jurídico como el nuestro, llenode simulaciones, la facultad racional del individuo senubla inevitablemente y como consecuencia, tanto lasinstituciones como la sociedad pierden la capacidad deordenar sus actos al cumplimiento de la ley que haceposible el bien común; en otras palabras, las prácticaspara-legales por no decir las que son evidentementeilegales, son una práctica tan común y tan arraigada, quepara el ciudadano común es imposible determinar cuál esel orden jurídico que norma la convivencia social ennuestro país, donde pareciera ser que la mordida, lacorrupción y la simulación son la regla, mientras que laaplicación irrestricta de la ley resulta ser el caso deexcepción. En este sentido, hemos caído en el extremode que una infracción de tránsito, entre otro tipo desanciones, la pagan los “menos hábiles”, puesto que

existe la creenciageneralizada deque “yo puedoviolentar la ley porq u e s o y m u yhábil”.

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De esta forma, hacambiado laconcepc ión de

ciudadanosrespecto delsistema jurídicomexicano, envirtud del cual,éstos procuranevitar involucarseen problemas deíndole jurídica, nopor un

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CARCOVA, Carlos María, La opacidad del derecho, Trotta, 2 ed. España,2006. |

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reconocimiento de la validez del sistema, sino porqueinvolucrarse en una controversia de esta naturalezaimplica el desprendimiento de dádivas de índoleeconómica si se quiere asegurar el éxito, pero hayocasiones en que el dinero invertido en mordidas ni siquiera resulta útil para esto, sino acaso para mitigar o

dilatar los efectos negativos que dicha situación puedetraer aparejada en nuestro patrimonio o persona. ---------

El extremo de este paradigma de incumplimiento de la leycada vez más arraigado en nuestro país, se observa delrecurso de la denuncia por la violación de derechoshumanos; en este sentido, es práctica común que cuandoun ciudadano se quiere sustraer del cumplimiento de unaobligación legal, acusa una supuesta violación a susderechos fundamentales a efecto de evitar o por lo menospostergar la aplicación de una norma jurídica en superjuicio; en este sentido se ha incurrido en un abuso dela noble figura del juicio de amparo, que en muchasocasiones se encuentra más al servicio de quienesviolentan sistemáticamente el orden jurídico que de losciudadanos que se someten al mismo de maneravoluntaria al reconocerle un valor, acaso instrumental;otro caso es el de algunos grupos minoritarios queenarbolando la bandera de alguna causa socialmentereconocida como justa, vulneran sistemáticamente losderechos de terceros. -----------------------------------------------

Como ya se ha advertido, el divorcio entre la concienciamoral y el derecho ha ocasionado más problemas en lapráctica que los que ha resuelto en el campo de ladoctrina, puesto que se ha desnaturalizado al derecho y alas normas jurídicas; de modo que en muchos casos,estas se han erigido como meras expresiones retóricascarentes de significado para la generalidad de losciudadanos. --------------------------------------------------------------

En este sentido, es menester señalar que el conceptocentral para enlazar a la autoridad y a la libertadciudadana es la verdad -justicia- de tal suerte que noexiste una verdad de la conciencia ciudadana y otra delorden jurídico que necesariamente entren en conflicto,sino que éstas nociones de verdad más bien se deben decomplementar mutuamente. -----------------------------------------

En este orden de ideas, la conciencia moral no puedeentenderse como la norma del sujeto frente a lapretensión de la autoridad (Estado) en “un mundo sinverdad, sino más bien se debe entender como laimperiosa necesidad de que la verdad del ciudadano y lade la autoridad que lo gobierna converjan en la justicia”,de tal suerte que la conciencia así entendida, “constituyeel punto donde entran en contacto la voluntad del hombre

Aún cuando dicho reconocimiento social no es pleno, y en muchasocasiones no se logra determinar tal situación de manera clara.---------------------

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...la sepación de la moral y el derecho han agudizado el

problema de la interpretación jurídica... el problema de la

argumentación jurídica y de la misma ciencia del derecho es

[en el fondo] un problema de comunicación...----------------------

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y la verdad objetiva. En otras palabras la moral y elderecho”. -- --------------------------------------------------------------

Así pues, a la luz de este punto de convergencia elciudadano es más proclive a observar el orden jurídico,toda vez que éste le significa, pues reconoce en él elcontenido de verdad que determina la validez de la normao del sistema normativo, por lo cual, podemos afirmarentonces que la moral se surte en una especie deconciencia que sirve de guía para construir argumentosasí como para determinar la validez de una norma. Eneste punto, conviene advertir que, siguiendo la exposiciónde María del Carmen Platas, un argumento es moral sí ysolo sí: a) respeta y promueva la naturaleza humana; y b)no se modifiquen los consensos del grupo, o lasexigencias del poder político o social en cada coyuntura; en otras palabras, cuando no contravenga el ordenjurídico generalmente aceptado; por lo que no es lícito

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más problemas que los que ha resuelto, podemos afirmarque en virtud de esta separación artificial se desnaturalizóal derecho y se le privó de sentido semántico verdadero,de tal suerte que el problema que la pos-posmodernidadnos ha dejado, es que el concepto de verdad -justicia- hasido abandonado y se le ha sustituido por el de progreso,en este orden de ideas, el punto de referencia delpensamiento jurídico a partir del siglo XVIII dejó de ser lodebido y se decantó en el criterio formal de validez propiodel iuspositivismo.-----------------------------------------------------

Bajo este paradigma, puede afirmarse que desde lacoincidencia de voluntades se determina lo que es loformalmente debido; es decir, lo que es legal, que nonecesariamente es lo justo, pues el contenido de lanorma es producto de un convencionalismo social logradoen un grupo reducido de individuos (representantespopulares). Esta concepción reduccionista del derecho,aunque ya con una clara tendencia sociológica, ha traídocomo consecuencia, como ya se ha apuntado en estaslíneas que, al desenraizar la noción de moral del derecho,quedó desnaturalizada la propia noción de éste, demanera que las normas han quedado vacías, y comoconsecuencia, en ellas todo cabe, incluso lo injusto y lo

PLATAS, Op. cit., p. 16. Ibídem., p. 16.

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inhumano, tal y como ocurrió en algunos regímenescontrarios a toda noción de derecho como el del TercerReich. Así pues, al estar vacía la norma, ningúnciudadano, ninguna autoridad puede establecerobjetivamente que es lo justo de manera concreta, puesen el mejor de los casos, tan sólo se puede identificar lolegal, pues no existe un referente adecuado paradeterminar esta circunstancia.-------------------------------------

Finalmente, el vacío de las normas jurídicas ha propiciadoel surgimiento de un sinnúmero de argumentos retóricosde cuestionable validez, problema que reside en buenamedida en la pérdida de los contenidos que nosconducen a un formalismo del juicio. Así las cosas, nocuentan ya los contenidos sino la fraseología retórica queasume el contenido del argumento, por lo que la habilidadde construir argumentos determinará en un caso concretoa quien asiste la razón, situación que se puede considerarnos conduce a un estado de barbarie sui géneris donde larazón del más fuerte es la que se impone, no obstanteesta ley del más fuerte no es impuesta en ejercicio deluso de la fuerza material, sino en el uso de la fuerza ysolidez de los argumentos utilizados; en suma, el poderse convierte en criterio supremo de validez.--------------------

Hasta aquí se ha advertido cómo la separación de lamoral y el derecho han agudizado el problema de lainterpretación jurídica, toda vez que, se advierte que elproblema de la argumentación jurídica y de la mismaciencia del derecho es un problema de comunicación, enel cual, el discurso es el eje fundamental, por lo que siconvenimos en considerar que el discurso no es sino lacolección de argumentos tendientes a demostrar unasituación de hecho o de derecho, resulta claro advertirque, al haberse removido el referente necesario paradeterminar la validez de las normas jurídicas en virtud dela concepción positivista, la retórica y en general la teoríade la argumentación jurídica cobran un especial interés,pues en virtud de estas herramientas se puedetransformar el sistema normativo al establecer nuevoscriterios de interpretación de una forma o un sistemanormativo. La argumentación jurídica viene entonces aintegrar a la norma general, o en términos de este trabajo,viene a dotar de contenido a ésta.--------------------------------

FUENTES DE CONSULTA

CÁRCOVA, Carlos María, La opacidad del derecho, Trotta, 2 ed. España, 2006.------ --------------------------------------------------------------

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ECO, Umberto, El lobo y el cordero. Retórica de la prevaricación, a paso de cangrejo, DEBATE, México 2007. ------ ------------------------ PLATAS Pacheco, María Del Carmen, “Del Argumento Moral al Argumento Retór ico” , Memoria del Seminar io de Argumentación Jurídica, SCJN, México 2006, p.17.

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que el individuo seprocure un bienestartraicionando la verdad-idea de justicia-

generalmentereconocida.---------

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En este puntosubyace el problemaque ocupa e lpresente ejercicioreflexivo, y es que siconvenimos enreconocer que laseparación entre lasnociones de derechoy moral ha causado

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omo señala Marina Gascón Abellán, en la actualidad hablarde garantismo, necesariamente nos remite a la obra “Derechoy razón” de Luigi Ferrajoli, siendo el principal autor de lallamada Teoría del Garantismo, teoría, que tiene porfundamento la tutela de las libertades individuales frente al

cejercicio arbitrario del poder, especialmente en el Derecho Penal; es unmodelo orientado a garantizar derechos subjetivos, y que normalmentedesignamos como garantías; Ferrajoli reconoce, que este garantismo no esexclusivo del derecho penal, que existe un garantismo patrimonial,garantismo social y el que nos interesa para este análisis: garantismo liberalo garantismo penal, y con este nombre, Ferrajoli designa a las técnicasestablecidas para la defensa de los derechos de libertad, pero sobre todo lamás importante, la libertad personal, frente a intervenciones policiales ojudiciales arbitrarias, que en México se han convertido en cosa común. Elgarantismo que postula Ferrajoli, está vinculado a la tradición clásica delpensamiento penal liberal y la exigencia de minimizar el poder punitivo delEstado, mediante el estricto sometimiento de las autoridades a la ley, enconcreto, a las normas constitucionales que regulan los procesos penales.Los límites del actuar de la autoridad que Ferrajoli sostiene son dos: lasgarantías penales sustanciales y las garantías procesales, las primeras seorientan a minimizar los delitos, es decir, a reducir al máximo lo que el poderlegislativo puede castigar; por su parte, las garantías procesales se orientana minimizar el poder judicial, a reducir al máximo el margen del arbitrio y ladiscrecionalidad en esta materia.---------------------------------------------------------

Tres son las tesis que postula esta teoría:

1. La primera, es que existe un nexo indisoluble entre garantías yjustificación externa del derecho penal, es decir, los fines que lo justifican,se orientan a regular y minimizar la violencia punitiva, las garantías son lasfuentes que justifican al derecho penal, como alternativa a la anarquía de lasreacciones de los ciudadanos que se produciría ante la ausencia del derechopenal. Según esta tesis, el derecho penal sólo se justifica si además deprevenir los delitos, logra minimizar la violencia de las reacciones al delito,por lo que debe convertirse en un instrumento de defensa y garantía de losciudadanos, pero también de la minoría que delinque. Este es un paradigmade tipo abolicionista de la teoría tradicional retribucionista de la pena, por loque persigue proteger al más débil, en el delito al sujeto pasivo, en elproceso al imputado y en la ejecución al reo.-------------------------------------------

2. La segunda, es que existe un nexo igualmente indisoluble entregarantías y legitimación interna de la jurisdicción, la pregunta toral paraentender esta tesis, es poder resolver la siguiente cuestión: ¿qué es lo quelas constituciones establecen como garantías a la mayoría?, la respuesta,según esta teoría, es que esencialmente ofrecen dos cosas:------------------------T

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GASCÓN Abellán Mariana, “La teoría general del garantismo, a propósito de la obra de L.Ferrajoli Derecho y razón”, Anuario del Departamento de Derecho de la UniversidadIberoamericana, núm. 31, 2001. Disponible en: http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/jurid/cont/31/pr/pr13.pdf, fecha de consulta 1 de mayo de 2009. Luigi Ferrajoli, nacido en Florencia el 6 de agosto de 1940, es un jurista italiano y uno de losprincipales teóricos del garantismo jurídico, teoría que desarrolló inicialmente en el derechopenal, pero que considera en general, un paradigma aplicable a la garantía de todos losderecho fundamentales. FERRAJOLI, Luigi, “Garantismo y Derecho Penal”, Anuario del Departamento de Derecho dela Universidad Iberoamericana, núm. 31, 2001. Disponible en: http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/jurid/cont/31/pr/pr11.pdf; fecha de consulta 1 de mayo de 2009.

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----a) La igualdad de los ciudadanos.

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b) La garantía de sus derechos fundamentales,ante todo la vida y la libertad personal, que nopueden ser sacrificados por voluntad de lamayoría, ni el interés general.

El fundamento de la legitimación de la jurisdicción, noes el consenso de la mayoría, sino la verdad de susdecisiones, que viene asegurado por garantíaspenales, especialmente por la estricta legalidad, o seala taxatividad y materialidad, y por otro lado, lasgarantías procesales de la carga de la prueba para laacusación y el derecho a refutar de la defensa. Lalegitimación interna, se entiende entonces como lacongruencia de hacer válidas las garantías en todomomento, que el ludex, se apegue a la verdad jurídicademostrada en el proceso, porque ninguna mayoríapor aplastante que sea, puede legitimar una condena ouna absolución; la labor judicial eminentemente es noconsensual, ni representa lo que la sociedad quiere,pues debe ser independiente al sentir de la mayoría ysólo tiene valor, cuando es fruto razonado de la verdadjurídica demostrada procesalmente; porque ante laduda, debe aplicarse el principio indubio pro reo. ---------

3. La tercera, es que el garantismo representa labase de una teoría crítica y al mismo tiempo unafilosofía política del derecho penal, y que segeneralizan, como filosofía política y teoría críticadel Estado constitucional de derecho. El garantismoes una filosofía utilitarista, sobre los fines yfundamentos del derecho penal y, al mismo tiempo,una teoría del derecho penal mínimo, que reproducelos principios de justicia y garantías. -------------------------

Como filosofía política, el garantismo es una teoríanormativa sobre el deber ser del derecho penal, desdeun punto de vista axiológico externo, es un sistema degarantías para todos: los que sufren los delitos, los quesufren los procesos y los que sufren las penas. Estafilosofía provee también, la crítica y la deslegitimaciónexterna, de los rasgos de injusticia de un derechopenal en cuando sea contrario a sus fines justificativos.-

Como teoría jurídica, el garantismo es una teoríaempírica, sobre el deber ser del derecho penal, comotal se identifica con el Constitucionalismo, regulando lacreación del derecho desde el propio derecho; peroademás también es una teoría proyectiva, paraintegrar las lagunas legales con garantías que estánpresentes en el nivel constitucional pero no en ellegislativo, pues identifica los rasgos de invalidez y deincoherencia de las normas y de la praxis judicial,comparadas con el modelo constitucional quegarantiza los principios de justicia. ----------------------------

En conclusión y en palabras del propio Ferrajoli:

Por garantismo se entenderá pues un modelo dederecho fundado sobre la rígida subordinación a la

ley de todos los poderes y sobre los vínculosimpuestos a éstos para garantía de los derechosconsagrados en las constituciones. En este sentido,el garantismo es sinónimo de “estado constitucionalde derecho”, o sea de un sistema que recoge elparadigma clásico de estado liberal, extendiéndoloen dos direcciones: de un lado, a todos los poderes,no sólo al judicial sino también al legislativo y alejecutivo, y no sólo a los poderes públicos sinotambién a los privados; de otro lado, a todos losderechos, no sólo a los de libertad sino también lossociales, con el consiguiente surgimiento de obligaciones, además de prohibiciones, para laesfera pública. -------------------------------------------------

En estas líneas se sintetiza la teoría del garantismopenal, que exige la subordinación a la ley. Paracomentar te invitamos a participar en elblog: http://crs-derecho.blogspot.com/; así comoconocer a Ferrajoli en una entrevista concedida aCarmela Grune que podrás ver en YouTube:www.youtube.com/watch?v=mwsbEV1tKvg. ------------------

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ConscienteESE GENERALRafael Alberti

¿Qué quiere el general?-Un caballo desea el general.

-Ya no existen caballos, general.

¿Qué quiere el general?-Un gran tonel de vino desea el general.

-Ya no hay tonel ni vino, general.

¿Qué quiere el general?-Un buen trozo de carne desea el general.

-Ya no existen ganados, general.

¿Qué quiere el general?-Comer yerbas desea el general.

-Ya no existen los pastos, general.

¿Qué quiere el general?-Beber agua desea el general.

-Ya no existe más agua general.

¿Qué quiere el general?-Dormir en una cama desea el general.

-Ya no hay cama ni sueño, general.

¿Qué quiere el general?-Perderse por la tierra desea el general.

-Ya no existe la tierra, general.

¿Qué quiere el general?¿Qué quiere el general?

¿Qué quiere el general?-Morirse como un perro desea el general.

-Ya no existen los perros, general.

Parece que está mudo el general.Parece que no existe el general.

Parece que se ha muerto el general.que ya, ni como un perro,se ha muerto el general,que el mundo destruido,

ya sin el general,va a empezar nuevamente, sin ese general.

Por: María Teresa Ramírez Rosales

Rafael Alberti poeta español miembro de la famosa generación del 27, a quien sus amigos le decían: “delgadopintorcillo medio tuberculoso que distrae sus horas haciendo versos”. Quien en un principio dedicaba su poesíaa sí mismo y a unos pocos, descubre que la poesía se ha convertido en una forma de cambiar el mundo, en unarma necesaria para el combate, con la cual podía sacudir la conciencia de su país, el cual se encontraba en elepisodio sangriento de la Guerra Civil. Por ello, la poesía de Alberti cobra así un tono irónico y desgarrador.----------

De su obra Ese General podemos encontrar diversas interpretaciones, sobre las que gira el pasado, el presente y elfuturo, de todo aquello que podemos vivir como persona o sociedad; porque como dice Alberti en sus líneas,podemos pedir al mundo, hasta cierto punto exigirle, que satisfaga nuestros placeres, pero si éste no decidecomplacernos seguirá adelante, sin importar si existe o no el individuo, el mundo continuará. Si nosotros nosempeñados en destruirlo o provocando guerras y acabar con nuestra naturaleza, sólo hay que recordar que élseguirá y seguirá. Y tal vez nosotros sólo quedaremos muertos como el general.----------------------------------------------

Otro sentido que podemos encontrar en tan magnífica obra es la crítica al individualismo y a la centralizacióndel poder. El cómo la simple decisión de un hombre por tener el poder, puede desatar la destrucción detodo lo que tenemos y de todo lo que amamos. Ese es el capricho en el que caen los hombres con aquel apetitoinsaciable y el feroz egoísmo de satisfacerse así mismo o a unos cuentos sin importar todo lo demás. Pero sitomamos la decisión de unirnos y hacer algo todos juntos por nuestra sociedad, podremos caminar con nuestromundo esperando tiempos mejores con o sin la presencia de estos hombres. ---------------------------------------------------

¿Qué quiere el general?-Otra batalla quiere el general.

-Ya no existen batallas, general.

¿Qué quiere el general?-Una amante desea el general

-Ya no existen amantes, general.

-Aquí está el general.¿Qué quiere el general?

-Una espada desea el general.-Ya no existen espadas, general.

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especulativa, produjo en el país una devastadora crisis en cadena con lospaíses que tenían inversiones en México. Una crisis globalizada.-----------------

Esta inversión requiere que a través del mercado de valores, se adquierantítulos financieros como, entre otros, los CETES, BONDES y TESOBONOS(instrumentos de financiamiento de corto plazo) con el respaldo de tasas deinterés altas basándose en el porcentaje de intereses de cada país asícomo los cambios de su moneda. Lo atractivo de este modelo es que esmás flexible y no implica un compromiso de largo plazo con el inversionista.En otras palabras: la IEI no implica un apoyo o un beneficio real a lascadenas productivas del país y está sujeta mucho más al interés delinversionista que a las necesidades del país que la recibe y de su población.

A la IED han recurrido muchospaíses puesto que ofrece unagama de beneficios a losinteresados en invertir parapropiciar el “desarrollo” y porqueasimila una idea de beneficioeconómico para los Estadosreceptores. La adopción de estaactividad económica en casi todoel mundo ha sido el parteaguas dela Globalización, la altacompetencia se disipó por todaslas rutas continentales,específicamente en AméricaLatina que con un rostro genuinode bienvenida a EmpresasTransnacionales frente a unareducida participación del Estadono ha tenido una completaretribución positiva y, para últimas fechas los países en vías de desarrollo yen general de economía centralmente planificada se han visto en lanecesidad de modificar su protección jurídica interna; también la ComunidadInternacional a contribuido a la seguridad de los inversionistas creandosistemas internacionales de garantía. ---------------------------------------------------

En opinión de diversos investigadores la IED no ha sido creada para eldesarrollo integral (económico, social, educativo y tecnológico) de países envías de desarrollo o de los más pobres, sino que ésta ha sido instaurada porintereses de Transnacionales de progreso emergente con una políticaeconómica adecuada para funcionalidad, basta recurrir a la historia y a latemporalidad para entender el progreso paulatino que se tiene en AméricaLatina y el Caribe quienes han sido los más golpeados en este proceso deadecuaciones financieras extranjeras. ----------------------------------------------------

La economía de México ha tenido significativos cambios que hanrepercutido en la sociedad y en la cultura. Específicamente hablando de lasesperanzas que se fijaron en el libre comercio puede decirse que lasfacilidades dadas a los inversionistas no se han traducido en una mejora dela calidad de vida de los mexicanos, en este sentido, la realidad queatraviesan las micro, pequeñas y medianas empresas frente a las grandesempresas transnacionales ha sido la de una competencia desleal que haacarreado colapsos de capital, viéndose obligadas a la quiebra por no tenerel recurso para poder sostenerse ante la competencia desequilibrada de un

Por ejemplo: MIGA (Multilateral Investment Guarantee Agency) y CIADI (Centro Internacional deInversiones), el Acuerdo Multilateral de Inversiones (AMI) de la OCDE y específicamente para México loscapítulos respectivos dentro de los Tratados Libre Comercio de los cuales es parte. ---------------------------------

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mercado ya acaparado. Adiferencia de ello, empresas“promotoras de empleo” ofrecenvacantes temporales que nogarantizan derechos laborales asus trabajadores y dejan a laexpectativa a familias quesubsisten detrás de losdesempleados. Repercusionessociales como la criminalidad,piratería y el narcotráfico quedanen la mira de quien no puedecubrir las necesidades normalesde un jefe de familia en el ordenmaterial, social y cultural o paraproveer educación a los hijos. ----

La pobreza es vista como folcloreque se explota en días festivos ovisitas diplomáticas. El arte, laciencia y el deporte se dejan delado si no se ganareconocimiento o medallas queenorgullezcan a México sin quecueste demasiado. -------------------

El país vive bajo la inestabilidad,y el Libre Comercio ha sido másideológico que realista. Lasinversiones en el país no hantraído un beneficio igualitario,tenemos al hombre más rico delmundo y al mismo tiempo, porejemplo en la Sierra deZongolica, comunidades enextrema pobreza. ---------------------

Si bien la Inversión Extranjeranos ha traído “progreso” el país ymás especialmente millones demexicanos siguen siendo pobres.-

FUENTES DE CONSULTA

ANTONIO, Alonso, El Movimiento Ferrocarrilero en México 1958-1959 De la Conciliación a la Lucha de Clases, Ediciones Era, México, 1979. ------ CORDERA, Rolando, Desarrollo y Crisis de la Economía Mexicana, Ensayos de Interpretación Histórica, Ed. FCE. México 1981. --------------------------- STANLEY J, La Herencia Colonial de América Latina, Ed. Siglo XXI, México, 1982. ------------------------------------

WIONCZEK, Miguel, El nacionalismo mexicano y la inversión extranjera. El Mundo del Hombre, Ed. Akal, Madrid, 1973. ------------------------------------ WITKER Velázquez, Jorge, Introducción al Derecho Económico, Ed Mc Graw Hill, México, 2008. -----------------

ABREVIATURAS UTILIZADAS

CETES: Certificados de la Tesorería de laFederación, instrumentos de financiamientode corto plazo del gobierno federal. -----------

BONDES: Bonos de Desarrollo delGobierno Federal. Títulos de créditonominativos denominados en monedanacional, negociables y a cargo delGobierno Federal, que se emiten a un plazono inferior a un año. ---------------------------------

TESOBONOS: Bonos de la Tesorería de laFederación Títulos de Crédito negociablesdenominados en moneda extranjera ypagadera en moneda nacional. ------------------

OCDE: Organización para laCooperación y el DesarrolloEconómico ---------------------------------------------

GATT: Acuerdo general sobre comercio yaranceles, por sus siglas en inglés. ------------

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Jorge: Maestra, ¿Por qué decidió estudiar la carrerade Derecho? -------------------------------------------------------

Mtra. Margarita: Bueno, sin saberlo, a mí siempre me

gusto la rama de humanidades, entonces de esta área,

en la que veía más posibilidades en realizarme en

todos los aspectos fue la de Derecho, porque tiene un

amplísimo espectro para poder realizar muchísimas

actividades: sociales, culturales, eso fue lo que me

llevo elegir sin conocer nada de nada. ---------------------

Jorge: ¿Cómo surge su interés por los Derechos

Humanos? ----------------------------------------------------------

Mtra. Margarita: Ah, ese es un rollo aparte, la base

del derecho desde mi personal punto de vista, es que

la justicia, tiene como base el respeto a la dignidad, y

por otro lado, en los Derechos Humanos, uno no sólo

puede denunciar, sino también ver y sentir las

necesidades de todos los seres humanos, y ayudar

por una sola razón: no todos tenemos la suerte de vivir

en buenas condiciones, hay mucha injusticia y

desigualdad, y al amparar los derechos fundamentales

de los seres humanos, es donde se puede trabajar con

los estratos socioeconómicos que más requieren

atención y ayuda de todo tipo; no solamente

económica, sino moral y social. ------------------------------

Jorge: ¿De su época de estudiante qué es lo queextraña más? ------------------------------------------------------

Licenciada en Derecho por la Universidad Veracruzana, Maestra en Ciencias Penales por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad

Veracruzana, Doctora en Derechos Humanos por la UNED de España, Doctora en Filosofía por la Universidad Veracruzana, catedrática de la

Facultad de Derecho desde 1974 a la fecha; Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Veracruz de 1993 al 2001; cuenta con

una amplisíma trayectoria y experiencia en la administración pública local, y dentro de sus obras destacan: Derechos Contemporáneos de los

Pueblos Indios, Justicia y Derechos Étnicos en México y Manual de Derechos Humanos, publicados por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de

la UNAM y Editorial Porrúa respectivamente. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

SÍNTESIS CURRICULAR

Por: Jorge Alberto Oropeza Andrade y Jesús Antonio Toledo Santos

Charlando con...

La Maestra Margarita Herrera OrtizAcadémica de la Facultad de Derecho

Mtra. Margarita: Nada, yo soy muy feliz, creo que

cada quien pasa etapas, aun me llevo con mis

compañeros contemporáneos, no extraño nada, creo

que la vida sigue; disfrute mi etapa de estudiante. Me

llevaba bien con todos mis compañeros, no era

excesivamente pachanguera, no era tan noviera

gracias a Dios, y sin tropiezos, he incursionado en

todas las ramas menos en la laboral, ya que no me

gusta mucho, y eso que comencé a trabajar en tercer

año. ------------------------------------------------------------------

Jorge: ¿Algún maestro que recuerde con mucho

cariño? --------------------------------------------------------------

Mtra. Margarita: A muchos, pero fundamentalmente

un matrimonio, Julio y María Elena Zapata, ella me dio

en primer año Derecho Civil, y me hice su amiga,

después su esposo me dio amparo, y porque era

consentida de su esposa, me las hacía ver negras,

pero aprendí mucho con él, ya después le empecé a

caer bien, porque los primeros trabajos me los impuso

él, me mandó a la secretaría del juzgado de Coatepec.

Hasta la fecha sigo manteniendo contacto con ellos. --

Jorge: ¿Cuál ha sido su más grande satisfacción en

su vida profesional? ---------------------------------------------

Mtra. Margarita: Como maestra he tenido miles de

satisfacciones. Dentro de la vida en el litigio, siempre

he pensado que uno debe ayudar a gente que no tiene

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con que pagar, ellos merecen ayuda, yo creo que he

tenido una vida muy rica, muy satisfactoria. ----------------

Jorge: ¿Qué opina del comentario que hace el

sociólogo Zavaleta de que usted Institucionalizó la

comisión de los derechos humanos y a su salida se

desinstitucionalizó? ------------------------------------------------

Mtra. Margarita: Me da mucho gusto saberlo porque

yo no conocía al señor; Yo no puedo hablar de mí

misma, cuando uno pasa por el litigio te conocen los

jueces, secretarios, ellos van formando un criterio de ti;

malo, bueno o regular; cuando eres maestro, los

alumnos son tus jueces, ellos van diciendo si eres

bueno o malo, cuando tu tratas con tus hermanos, con

tu familia, con tus amigos tienen una opinión de ti,

y cuando eres servidor público, yo pienso que si uno

se entrega, se apasiona, valiéndote gorro lo que te

pueda pasar después, hay mucha gente beneficiada;

ya que todo el personal formamos un equipo

extraordinario, trabajamos parejos, inclusive si nos

quedábamos parados en la carretera, todos, hasta yo,

acarreábamos cosas, andábamos en la talacha, fue

una época grandiosa, cuando salgo a la calle, todavía

hay gente que piensa que yo sigo ahí, y eso es muy

gratificante. ----------------------------------------------------------

Jorge: Cuando estuvo como presidenta en la

Comisión. ¿Alguna anécdota importante que haya

vivido? ----------------------------------------------------------------

Mtra. Margarita: Fueron muchísimas, cuando estuve

en la comisión me iba a las comunidades más

apartadas, nosotros tenemos unos derechos

estupendos, pero la gente no los conoce, entonces lo

La maestra Margarita Herrera Ortiz con Jorge y Antonio

(Entrevistadores de Carpe Diem)

que hicimos fue ilustrar a la gente sobre sus derechos,

mucha propaganda escrita en folletos, pusimos una

línea telefónica, que fue la primera comisión a nivel

nacional; me preocupé por los indígenas, para que

tuvieran información e su idioma, en el aspecto

carcelario sacamos gente, pudimos hacer labor con los

internos y con sus familiares, tuvimos direcciones de

asuntos penitenciarios, asuntos indígenas, de mujeres

y ancianos, hicimos muchísimo, llegamos a cumplir

con un 98%; teníamos prohibido recibir dádivas, así

que fue un servicio totalmente gratuito. ---------------------

Recuerdo mucho el caso de una muchacha

embarazada que tenía anemia, cuando la trajimos al

hospital civil y nos llamaron urgentemente porque tenía

1% de hemoglobina, obviamente se murió pero ahí

tuvimos otra experiencia, ya que tuvimos un pleito

cansado con seguridad pública; yo tenía contacto con

el comandante de policías que necesitaba ayuda en el

hospital civil, entonces llegaron una cuartilla de

policias a donar sangre, pero desafortunadamente a

esta muchacha la regresamos muerta con su fetito. -----

Jorge: ¿Usted qué opina de la condición de los

derechos indígenas en Veracruz? ----------------------------

Mtra. Margarita: Ahorita desconozco le soy sincera,

en nuestra época hicimos muchísimas cosas, además

de las representaciones formábamos un equipo

también con los médicos tradicionales indígenas

porque ellos se quejaban mucho de que cuando salían

a curar, los policías les quitaban las hierbitas que ellos

usaban para sus curaciones, porque creían que era

marihuana, entonces les dábamos credenciales para

identificar que iban de nuestra parte; les dimos

también predios, casas para elaborar sus

medicamentos, los que eran anticonceptivos naturales,

un sinfín de cosas pero pues ahorita no se cual sea la

situación que tengan. --------------------------------------------

Jorge: ¿Qué opina de la implementación de los juicios

orales? --------------------------------------------------------------

Mtra. Margarita: Los juicios orales van a tener

enormes ventajas, una de las mas grandes que yo veo

es que como van a ser públicos, y como van a llegar

casos fuertes el público, y la prensa va a estar

presente para darse cuenta de muchas cuestiones que

se van a tener que ventilar ahí, sobre todo porque la

defensa va a tener que ser muy hábil, el problema que

yo estoy viendo para los juicios orales es que las

generaciones que están saliendo no están preparadas,

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y para esto en primer lugar la oralidad tiene varios

recovecos, debe de haber cuestiones de pensamiento,

estar educados para oratoria, retórica, de todo tipo de

técnicas del pensamiento, lógica, en fin, una gran

carga filosófica, aprender a hablar en público para

desenvolverse, hacer los juicios bien ordenados,

claridad de pensamiento, hay un montón de cosas que

se deben implementar, para que la gente salga

educada para los juicios orales. -------------------------------

Jorge: ¿Cuál es su opinión sobre el matrimonio y la

adopción entre personas del mismo sexo? -----------------

Mtra. Margarita: Las personas que se casen y hagan

lo que quieran, para mí eso no importa, pero la

adopción para mi es algo sumamente delicado, yo creo

que todos los seres humanos debemos tener la

posibilidad de elección, y esta se reduce cuando se es

educado por una pareja del mismo sexo, porque todos

vamos formando nuestro criterio de acuerdo a lo que

vamos viviendo, y para los niños que están con

parejas del mismo sexo, es lo único que va existir para

ellos, entonces pueden ser muy buenas personas no

dudo de su bondad, de sus cualidades, lo que sí creo,

es que de entrada, a los niños se les está privando de

vivir una vida tradicional y con una pareja integrada por

personas de diferente sexo, y bueno los que hemos

vivido en hogar tradicional sabemos que papá y mamá

son diferentes, entonces pueden casarse, pero en la

adopción, desde mi personal punto de vista deben vivir

en un hogar tradicionalista. --------------------------------------

Jorge: Por último, ¿Qué consejo nos daría a los

estudiantes de la carrera de Derecho? ----------------------

Mtra. Margarita: En primer lugar que se preparen, yo

estoy viendo que cada día como que les va dando

menos por prepararse, por integrar realmente

cuestiones de tipo cultural, por enterarse de todo lo

que pasa en la actualidad, yo platico muchas veces

con mis grupos de lo que sale en los noticieros, de lo

que está vinculado con la materia que estamos viendo,

por ejemplo, y muchas veces veo con desconcierto

que no saben ni que onda, que no han leído, que no

han oído de casos famosísimos de los que todo el

mundo estaba enterado, ¡vamos!, que los muchachos

casi no leen periódicos, pero en el internet hay todo

tipo de noticias entonces, y ya que están tan

adentrados ahí, que se metan también a lo que pasa

estatal, nacional e internacionalmente, porque uno

debe estar consciente de su entorno, y eso es lo que

yo veo muy grave, y la otra cuestión es que no me

explico, es qué es lo que está sucediendo con los

exámenes de selección, para la selección que hay

ahora el estudiante debería tener un nivel mucho más

alto y no lo veo, les falta mucha curiosidad, son muy

apáticos como que el maestro puede ir, decir, dejar de

decir y a veces no preguntan, hay que estar

incitándolos constantemente para la intervención en

clase, entonces a mí eso me parece que les falta, les

falta mayor interés en lo que está sucediendo y

haciendo, por otro lado desde mi personal punto de

vista, yo pieso que a partir del quinto semestre

deberían a empezar a trabajar todos, porque eso da

otra panorámica diferente a la vida de estudiante. -------

De izquierda a derecha: Antonio, Martha, Teresa y Jorge(Entrevistadores de Carpe Diem)

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Fue en los años setentas donde se establecieronnormas que regularon ésta situación, ya que uno desus principales motivos fue la reivindicación de los derechos de la mujer quien es la principal receptora detodo tipo de violencia. ---------------------------------------------

Por lo que se reformó nuestra Constitución Federal ensu artículo cuarto estableciendo el principio deigualdad para hombres y mujeres, protegiendo de éstamanera la organización y desarrollo de la familia,garantizando así a la pareja la libre decisión,reponsable e informada del número y espaciamientode los hijos. ----------------------------------------------------------

Nuestro país cuenta con la Ley de Asistencia yPrevención de la Violencia Familiar, donde establecede manera general que todo acto u omisiónintencional, recurrente o cíclico, en el que se pretendadominar, controlar o agredir ya sea física, verbal,psicoemocional o sexualmente a algún integrante de lafamilia que tenga cualquier tipo de parentesco con laparte agraviada, sea o no dentro del domicilio, y quetenga por efecto causar algún daño, se consideraráViolencia Familiar. -------------------------------------------------

De ésta manera, el Poder Judicial de la Federación hadefinido a la violencia familiar de la siguiente manera: --

Dentro de la contradicción de criterios queinterpretaron respecto de la legislación civil del DF,establecieron en el Código Civil, en su artículo 323Quáter (antes de la reforma del 17 de Enero de 2007mediante la Gaceta Oficial del Distrito Federal) lossiguientes conceptos: --------------------------------------------

- Violencia Física: todo acto intencional en el que se utilice alguna parte del cuerpo, algún objeto, arma o sustancia para sujetar, inmovilizar o causar daño a la integridad física del otro. ------------------------------------

... no debe limitarse a conceptuar como tal soloaquellos hechos a través de los cuales sematerializan las agresiones físicas o verbales haciauno o varios miembros de la familia, ya que laintención del legislador es hacer referencia a lafuerza moral o a la omisión grave que se ejerce sobreuno de ellos, por lo que propone una connotaciónmás profunda sobre el tema, que válidamente llega aconcluir que la violencia familiar es todo estado devida constitutivo por un continuo sometimiento,dominio, control o agresión física, verbal, emocional osexual dirigido por un miembro de la familia a otro uotros, a través de actos concatenados y sucesivosque se van dando en el seno familiar y que con eltranscurso del tiempo van mermando tanto la saludfísica como mental de los receptores así como elambiente hostil y de inseguridad que les provoca,lesionando de esta manera la psique de lossometidos, cuya integridad se encuentra protegida. ------

Dentro de los grandes temas en controversia que existen en la actualidad, seencuentra el de violencia familiar. Éste no es un fenómeno social que apareciórecientemente, sin embargo, este problema se ha destacado desde hace no muchosaños, debido a que en nuestros días es una de las principales causas dedesintegración familiar. -------------------------------------------------------------------------------------

El impacto que ha tenido este conflicto trasciende diversas esferas: políticas, culturales,económicas pero sobre todo sociales. Por lo que ha sido motivo de preocupación ycompromiso por parte del gobierno para tratar de dar una solución que realmente seaefectiva. --------------------------------------------------------------------------------------------------------

Pero ¿A qué se debe esto? primeramente cabe señalar que la Familia es el gruposocial primario y fundamental, donde se establecen todo tipo de vínculos(sentimentales, morales, económicos, etc.) ya que es el lugar donde nos formamos,nos inculcan valores, nos educan, y donde a través de estos vínculos y valores, sellega a un desarrollo, tanto individual como social. -------------------------------------------------

Sin embargo, por la concepción de privacidad que implicaba el término familia y hogar,se retrasó el análisis de los fenómenos que afectan a las relaciones entre los individuosque la componen. --------------------------------------------------------------------------------------------

IMPOSICIÓN DEL TRATAMIENTO PSICOLÓGICO POR LACOMISIÓN DEL DELITO DE VIOLENCIA FAMILIAR

Por: María Arlette Pérez VillanoÁngel Andrés Fuentes Martínez

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- Violencia Psicoemocioanal: todo acto u omisión

- Violencia Económica: los actos que impliquen

- Violencia Sexual: los actos u omisiones y cuyas

Es importante destacar que la violencia familiar atiendea una calidad especifica de sujetos, es decir, a los quepertenecen a un núcleo familiar, aunque esto no sólodebe ser por lazos de parentesco ya que tambiénpueden ser personas que están vinculadas a lafamilia por funciones decustodia, guarda,protección, educación o

delicado, ya que por sunaturaleza puede tenerconsecuencias tanto enmateria penal como en

Por una parte, en el ámbito penal se encuentratipificado como delito, y las diversas legislacionesestablecen la punibilidad de dicho ilícito desde los tresmeses como mínimo hasta los siete años como

En cambio, en el ámbito civil se sanciona con el pagode los daños y perjuicios ocasionados por dichaconducta. Cabe señalar que se han establecidodiversas medidas de seguridad que deberá pronunciarla autoridad competente con la finalidad desalvaguardar la integridad y la seguridad de la parte

Tal es el caso, que en materia penal cuando sesanciona a la parte activa por el delito de violenciafamiliar se fija una penalidad de acuerdo al grado de

peligrosidad, que a criterio del juez se ha hechomerecedora, asimismo se establece el pago de lareparación del daño. ---------------------------------------------

Al imponerse el tratamiento psicológico se señala entérminos del año que haya ocasionado sobre lavíctima, siempre y cuando el tratamiento no exceda deltérmino de duración al de la pena impuesta. --------------

Pero, ¿realmente es justo el tratamiento? Después delas sesiones con el especialista, ¿la vida de la víctimavuelve a ser como antes? Y finalmente ¿se debecondicionar la duración del tratamiento al tiempo límitepara la pena? Pues hay casos en los que la pena esde poco tiempo (y aun cuando sea un tiempoprolongado) en el que no es suficiente pues el dañopsicológico es más grande. ------------------------------------

El 9 de Febrero de 2006, ante el Presidente de laPrimera Sala de la SCJN, el Magistrado Presidente delNoveno Tribunal Colegiado en materia Penal delPrimer Circuito estableció la posible contradicción detesis entre los criterios sostenidos por el Tribunaladscrito, al resolver los amparos directos 3669/2005 y3799/2005, y el criterio sostenido por el QuintoTribunal Colegiado en la materia, ante la sentenciadictada al amparo 2025/2005. ---------------------------------

Al revisar los expedientes, el 15 de Febrero de 2006 sesolicitó a los presidentes de los Tribunalesinvolucrados que remitieran los expedientes en los quehubieran sostenido criterios similares. De ésta manera,se le dio vista al Procurador General de la Repúblicapara que expusiera su parecer y turnó los autos alMinistro Sergio A. Valls Hernández para la formulacióndel proyecto de resolución. -------------------------------------

El Procurador General de la República respondió que:si existía la contradicción de tesis y que debíaprevalecer el criterio dictado para imponer la pena detratamiento psicológico especializado, ya que así loprevé la legislación penal del DF en el delito deviolencia familiar. --------------------------------------------------

La Primera Sala del Alto Tribunal se reconoció comocompetente para resolver dicha contradicción de tesisdenunciada conforme a lo establecido en los artículos107 fracción XIII de la Constitución Federal; 197-A dela Ley de Amparo; 21 fracción VIII de la Ley Orgánicadel Poder Judicial de la Federación en relación con elpunto segundo del acuerdo 5/2001 emitido por elPleno de la SCJN, esto a que la denuncia decontradicción era en materia penal y por lo tanto es decompetencia exclusiva. Asimismo su procedencia eslegítima en términos del artículo 197-A de la Ley deAmparo. -------------------------------------------------------------

La Sala determinó que si existía contradicción de tesisentre los criterios sostenidos por los Tribunales

La primera Sala del Alto Tribunal alanalizar los preceptos en su conjuntoconcluyó que el tratamientopsicológico especializado al que sesomete el sujeto activo más que unapena debe de entenderse como unamedida de seguridad. Por lo tantodebe ser impuesta de maneraOBLIGATORIA por la autoridad

consistentes en prohibiciones, coacciones,condicionamientos, intimidaciones, insultos,amenazas, celotipia, abandono o actitudesdevaluatorias, que provoquen en quien las recibealteración cognitiva y valorativa que integran suautoestima o alteraciones en alguna esfera o área dela estructura psíquica de esa persona. --------------------

control sobre los ingresos, el apoderamiento debienes propiedad de la otra parte, la retención,menoscabo, destrucción o desaparición de objetos,documentos personales, bienes, derechos, orecursos económicos de la pareja o integrante de lafamilia. Así como también el incumplimiento de lasobligaciones alimentarias para con quien tiene la

formas de expresión puedan ser la de inducir a larealización de prácticas sexuales no deseadas o quegeneren dolor, practicar la celotipia para el control,manipulación o dominio de la pareja y que generenun daño.

obligación de cubrirlas.

cuidado.

civil.

máximo así como al pago de la reparación del daño.

agraviada.

jurisdiccional de la causa.

Este tema es muy

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Colegiados en cuestión, ya que analizaron los mismospreceptos y llegaron a conclusiones distintas. -------------

A fin de resolver la contradicción de criterios,determinó que la divergencia consistía en establecer siel Juez ANTES de imponer al sentenciado por el delitode violencia familiar, debía o no contar con loselementos probatorios que pusieran de manifesto lanecesidad de tal sujeción para someter a tratamientopsicológico en términos del artículo 200 del NuevoCódigo Penal del DF. ---------------------------------------------

Para resolver la discrepancia, la Primera Sala iniciócon la interpretación teleológica del artículo 200 delCódigo Penal del DF (vigente al 15 de Abril de 2005),acudiendo a la exposición de motivos. -----------------------

Por lo tanto, la Sala dedujo queel legislador quiso expedir laprocuración y administración dejusticia que atendiera a lasnecesidades sociales actuales,estableciendo medidas en el delito de violencia familiar a finde coadyuvar en la readaptaciónsocial, a la prevención del delitoy a la protección de la sociedad,procurando de está manera laarmonía y normal desarrollo delos integrantes de la familia. -------

Cabe destacar que dichoartículo tiene íntima relación conlos artículos 31 y 60 del mismoCódigo, ya que ahí se establecetodo un catálogo de medidas deseguridad así como los casosde aplicación y su duración. -------

La primera Sala del AltoTribunal al analizar lospreceptos en su conjunto concluyó que el tratamientopsicológico especializado al que se somete el sujetoactivo más que una pena debe de entenderse comouna medida de seguridad. Por lo tanto, debe serimpuesta de manera OBLIGATORIA por la autoridadjurisdiccional de la causa. ---------------------------------------

Así también, la Sala estableció la temporalidadmáxima del tratamiento psicológico al que deberásometerse al sentenciado por el delito de violenciafamiliar, en términos del artículo 200 del Nuevo CódigoPenal del DF; esta no podrá exceder del tiempoimpuesto por la pena de prisión pero tampocoestablece un tiempo mínimo; por lo que la autoridad enatención al desarrollo del tratamiento informará al Juezde la causa acerca de dicha medida de seguridad. ------

La Primera Sala de la SCJN de conformidad a laresolución por unanimidad de cinco votos determinóque prevalece la siguiente jurisprudencia: -----------------

Tratamiento psicológico especializado,como medida de seguridad, a que serefiere el artículo 200 del nuevo CódigoPenal para el Distrito Federal. Debeimponerla el Juez de la causa alsentenciado por el delito de violenciafamiliar. ---------------------------------------------

Dicha jurisprudencia destaca que el delito de violenciafamiliar se sanciona con pena privativa de libertad peroa su vez, deberá someterse a tratamiento psicológicoal sentenciado. Esto debido a que en la exposición demotivos uno de los propósitos es proteger la armonía y

normal desarrollo de la familia,así mismo tomar las medidas de seguridad para el sentenciadocon el fin de lograr surehabilitación y reincorporarlo ala sociedad y a su núcleofamiliar. -------------------------------

La extensión del problema, hahecho que se contemple a laviolencia familiar como unproblema de salud pública, porlo que se han establecidomedidas para prevenirla ycorregirla tanto en el campo civilcomo en el penal. La tarea en lalucha contra la violencia familiarno sólo es cuestión de loslegisladores sino también de laparticipación de la sociedad,ayudemos fomentando losvalores en nuestra Familia yponiéndolos en práctica. --------

FUENTES DE CONSULTA

PLANIOL, Marcel, RIPERT Georges, Derecho Civil, primera serie,vol. 8, Biblioteca clásicos del Derecho, Editorial OxfordUniversity Press, México, 2003. ---------------------------------

ROJINA VILLEGAS Rafael, Compendio de Derecho Civil,introducción, personas y familia, 25 .edición, Tomo I,editorial Porrúa, México 1991. ------------------------------------

Tesis jurisprudenciales: VI.2o.J/86; 1.7o.C.53C; 1.5o.P52P;I.11o.C.129C; 1.9o.P56 P; 1 /J. 41/2006. --------------------

VALDÉS SANTIAGO Rosario, “Panorama de la violencia doméstica.México, antecedentes y perspectivas”, ViolenciaDoméstica, México, CIDHAL, PRODEC, Centro deDocumentación Beatriz Hollants, 1998. ----------------------

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Reflexión del actuar ético en la formación y el

ejercicio profesional

Blanca Myrllan Contreras Rodríguez

uestro mundo es cada día más complejo debido a una serie defenómenos que han hecho cambiar ala sociedad, menciono “cambiar”porque dudo en utilizar la palabra quealgunos autores manejan, es decir;“evolucionar” ya que “evolucionar”

no distinguiendo en el tiempo, ni el espacio, son losvalores ¿Dónde ha quedado la honradez, el respeto, latolerancia, la justicia y muchos otros valores de igualimportancia? Nos hemos encargado de irdestruyéndolos y como consecuencia también hemosterminado con la confianza entre nosotros mismos. ------N

implica avanzar y mejorar, y esos dos aspectos no sehan observado, desde mi punto de vista. ----------------------

La globalización, el Estado capitalista, la lucha deintereses y la pelea por el poder son algunos de losfenómenos más destacados de la realidad en quevivimos, precisamente este tipo de fenómenos lo quehan arrojado es una convivencia de poca armoníaentre nosotros los ciudadanos. ------------------------------------

Si recurrimos a un análisis comparativo de nuestrasociedad y la de hace apenas 20 años encontraremosque hemos caído en una crisis de valores, los jóveneseran educados con otro tipo de principios morales, losladrones tenían la apariencia de serlo y ellos robabanpor necesidad; comer, sobrevivir. Los padres, tíos,abuelos y demás adultos, eran personas de respeto yera una falta a la moral responder maleducadamente aalguna autoridad ya fuera un maestro, policía, familiar,por mencionar algunos. Las personas confiaban en lagente y en cierta medida también en las instituciones. ------

Lo difícil es intentar hacer un cambio,

comenzando por nosotros mismos y

contagiando a los que están cerca con la

visión de que es posible ser una persona

de respeto, totalmente integra y con

carácter para salir adelante y sobrevivir en

esta sociedad tan compleja. ---------------------

Es lamentable observar como todas estas situacionesse han transformado. Actualmente los jóvenescrecemos en un mundo totalmente distinto a pesar deque realmente son pocos los años transcurridos. Loprimero y tal vez lo más importante en toda sociedad,

Hablo en términosgenerales,

incluyendo a mipersona porque enalgún momentoperdí la confianzaen la sociedad, enlas instituciones, enlos funcionariospúblicos, jueces,abogados y hastaen lo eclesiásticoya que losrepresentantes deculto se hanencargado de ello,en fin en elfuncionamiento de todo.

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Me encontraba platicando con una amiga que tieneuna perspectiva distinta de la que los abogados tienensobre la sociedad porque estudia psicología. El temaera acerca de las autoridades y en la forma en quepracticamos la democracia a través del voto. Uno desus comentarios fue “no vale la pena votar, porquenuestra decisión es lo último que cuenta, no podemosseguir confiando en las autoridades y mi simple votono hará el cambio” -------------------------------------------------

Estas palabras me hicieron entrar en conflicto con ella,porque se encontraba en una postura apática y endonde generalizaba a las autoridades sin darse cuentade que existe todo tipo de personas en los altospuestos, tanto gente corrupta e ineficiente como genteque tiene valores muy asentados y saben desempeñarcorrectamente su función. ---------------------------------------

Analicé cuidadosamente sus palabras y comprendíque en ocasiones llegué a tener la misma actitud que

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ella y la mayoría de los ciudadanos con respecto a elcomportamiento recto e integro de la gente y denosotros mismos “en mi no está el cambio”, ¿De quésirve que lo haga yo, si los demás no lo van hacer? -------

Claro, era muy fácil resignarme a vivir en una sociedaddecreciente de valores, llena de corrupción, donde sólomanda el más poderoso, donde la gente rica es laúnica con posibilidades de ser más rica, donde existenpersonas marginadas y que muy lejos de apoyo,reciben rechazo. Lo difícil es intentar hacer un cambio,comenzando por nosotros mismos y contagiando a losque están cerca con la visión de que es posible seruna persona de respeto, totalmente integra y concarácter para salir adelante y sobrevivir en estasociedad tan compleja. ---------------------------------------------

El actuar ético nosbeneficia a todos, yes muy importanteen nuestraformación comoabogados; lo que elmundo necesita noes más gente que lemienta, que lesprometa y nocumpla. Esnecesario siempreactuar de acuerdo ala ética porque de

ese modo, más personas se verán obligadas a actuarde esta manera y es así como lograremos un cambiosignificativo en nuestro país. Los funcionarios públicosno son los únicos que deben mostrar señales de ética,nosotros mismos también. -----------------------------------------

Para los abogados que piensen que el actuarcorrectamente, siguiendo nuestro código de ética, nonos dejará triunfar en esta sociedad, los invito aanalizar lo bueno que les trae el actuar antitético, porque así podrán descubrir que los logros de formaindebida no dejarán una satisfacción personal tangrande como la que obtiene alguien que actúaintegramente. ---------------------------------------------------------

El pasado 25 de mayo los jóvenes Imanol de la Flor

Patiño y Jesús Antonio Toledo Santos (en las

fotos), estudiantes de la Facultad de Derecho de la

Universidad Veracruzana y miembros del

Voluntariado Social de la misma Entidad Académica

ofrecieron una charla en la preparatoria Antonio

María de Rivera relativa a los derechos humanos de

los jóvenes. -----------------------------------------------------

Una concurrencia nutrida y parcipativa enmarcó los

trabajos realizados por los estudiantes de la

Licenciatura en Derecho, los cuales se prepararon

durante un mes para cumplir dignamente con la

labor encomendada. -----------------------------------------

Los asistentes al evento se mostraron interesados

en la exposición y quisieron profundizar en quiénes

son aquellos que pueden violentar sus derechos

humanos, así como recibir información sobre la

formación jurídica que ofrece la Universidad

Veracruzana. Cabe destacar que la invitación al

evento fue gestionada por el Mtro. Rafael Mora

Ortega, docente de la misma Facultad de Derecho. -

Jesús Antonio Toledo Santos

Imanol De la Flor Patiño

El Voluntariado en la EscuelaPreparatoria Antonio María de Rivera

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4 .SEMANA DE EMPODERAMIENTO: MECANISMOS NACIONALES DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOSa

ABRIL

Actividades académicas del Voluntariado

Mtro. Arturo Hernández Segovia

El Amparo como medio de protección jurisdiccional delos derechos humanos en México

Mtro. David del Ángel Moreno

El juicio de protección de los derecho humanos en Veracruz

Mtra. Margarita Herrera Ortiz

Mecanismo no jurisdiccionales de protección delos derechos humanos en México

Mtra. Edna G. Pérez García

Las tareas de la CEDHV como protectora de losderechos humanos en Veracruz

5 .SEMANA DE EMPODERAMIENTO: MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOSa

MAYO

Lic. María de los Ángeles Aguilar Tenchipe

Sistema interamericano de protección de los derechoshumanos

Dra. Judith Aguirre Moreno

Sistema europeo y africano de protección de los derechoshumanos

Dra. Rebeca Elizabeth Contreras López

Corte Penal Internacional

Mtro. Christopher Alexis Servin Rodríguez

Corte Internacional de Justicia

6 . SEMANA DE EMPODERAMIENTO: TRAMITACIÓN DE ACTAS DE NACIMIENTO PARA ADULTOS MAYORES - CON POSIBLE PRÁCTICA DE CAMPO-a

Mtra. Bertha Alicia Ramírez Arce

Del 12 al 16 y del 19 al 23 de julio de 2010

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