Ingresos de Fuente Ecuatoriana

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Ingresos de Fuente Ecuatoria Titulo gratuito Titulo Oneroso TRABAJO CAPITAL (negocio) Ambas fuentes (renta mixta)

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Ingresos de Fuente EcuatorianaTitulo gratuito Titulo Oneroso TRABAJOCAPITAL(negocio) Ambas fuentes(renta mixta)

Art 8.- Ingresos de fuente ecuatorianaN6.- Los provenientes de las exportaciones realizadas por personas naturales o sociedades, nacionales o extranjeras, con domicilio o establecimiento permanente en el Ecuador, sea que se efecten directamente o mediante agentes especiales, comisionistas, sucursales, filiales o representantes de cualquier naturaleza.

P.N o sociedades : Rentas en el exterior -> sometidas a imposicin en otro Estado Documentacin -> pago del impuesto en el exterior. (c.c art 10 Prrafo 4to RA-LORTI)N7 .- Los intereses y dems rendimientos financieros pagados o acreditados por personas naturales, nacionales o extranjeras, residentes en el Ecuador; o por sociedades, nacionales o extranjeras, con domicilio en el Ecuador, o por entidades u organismos del sector pblicoInteresesCuenta de ahorroCuenta corriente

Rendimientos financierosBolsa de acumulacin Bonosinversiones

Art 9 (Exenciones), N6 LORTI.- Los ingresos percibidos por personas naturales por sus depsitos de ahorro a la vista pagados por entidades del sistema financiero del pas N8.- Los provenientes de loteras, rifas, apuestas y similares, promovidas en el Ecuador

Art 9 (Exenciones), N10 LORTI.- Los provenientes de premios de loteras o sorteos auspiciado por la junta de beneficencia de Guayaquil y por Fe y AlegraLos organizadores (Junta de beneficencia y por Fe y Alegra ), pagar una tarifa prevista para sociedades sobre sus utilidades, todos los organizadores deben pagaran el 15% sobre el premio ganado (beneficiarios). Los organizadores actuaran como agentes de retencin de este impuesto y debern declarar y pagar este impuesto en el mes siguiente en el que se entreguen los premios.Art 36 C) LORTI y art 53 RA-LORTIN9.- Los provenientes de herencias, legados, donaciones y hallazgos de bienes situados en el Ecuador.

Herencia.- el cual una persona que fallece transmite sus bienes, derechos y obligaciones a otra u otras personas, que se denominan herederos.

Testada: Cuando el causante (fallecido) ha otorgado testamento legal y vlido.Intestada: Cuando el causante no otorg testamento alguno.Mixta: Cuando el causante ha dejado testamento, pero ste no abarca todos los bienes que tena. Por lo que aquellos bienes se sujetarn a las normas de la sucesin intestada.

legado o manda al acto a travs del cual una persona, en su testamento, decide repartir una parte muy concreta de sus bienes a otra persona determinada. El que lo ordena (Testamento)

El legatario (recibe)

El gravado (Entrega)Cuando el testador decide dar unos bienes concretos a un heredero, esto recibe el nombre de legado y el heredero sera un legatario.

Hallazgos.-acto de encontrar alguna cosa, porque se busca o solicita o porque la casualidad la ofreceSE EXCEPTUAN DEL PAGO: en caso de herencias ,legados y donaciones Los hijos del causante menores de edad

Los hijos con una discapacidad de al menos el 40% (CONADIS)

ART 36 literal d)Fraccin BsicaExceso hastaImpuesto sobre Fraccin Bsica% Impuesto sobre Fraccin exenta050.00000%50.000100.00005%100.000200.0002.50010%200.000300.00012.50015%300.000400.0002750020%400.000500.00047.50025%500.000600.00072.50030%600.000En adelante102.50035%Para el calculo del impuesto causado a la base imponible, se aplicara las tarifas establecidas por la LORTIArt 60El hecho generadorEn el caso de Herencias y Legados:Para efectos tributarios se produce en el momento que fallece la persona.

En el caso de Donaciones :es el otorgamiento de actos o contratos para el cual se transfiere el dominioArt 55 RA-LORTI

Sujetos Pasivos:Los Herederos, legatarios, donatarios.Tambin son responsables de este impuesto, cuando corresponda, los albaceas, los representantes legales, los tutores, apoderados o curadores.Art 56 RA-LORTIDeclaracin y pagoHerencias y LegadosDentro del plazo de 6 meses a partir de la fecha de fallecimiento.

DonacionesEn forma previa a la inscripcin de la escritura o contrato pertinente.Art 61 RA-LORTI

La declaracin se presentara aun en el caso de que no se haya causado impuesto.

N10.- Cualquier otro ingreso que perciban las sociedades y las personas naturales nacionales o extranjeras residentes en el Ecuador

Establecimiento permanentes de empresas extranjerasArt 9 RA-LORTI