Ingenieria - Ejemplo Estudio de Impacto Ambiental

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EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE MIJAS

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE MIJAS

JUNIO 2005

TALES-UR S.C.

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TABLA DE CONTENIDOS

pág: 443.C.3 Ordenación y Determinacionespág: 443.C.2 Actuaciones sectorialespág: 443.C.1 Actuaciones residenciales

3.C) ANÁLISIS Y JUSTIFICACIÓN EN SU CASO DE LAS ALTERACIONES ESTUDIA-DAS, EXPRESANDO SUS EFECTOS DIFERENCIALES SOBRE EL MEDIO AMBIENTE

pág: 423.B.3 Aumento de la red de infraestructuras y serviciospág: 413.B.2 Nuevo suelo No Urbanizable de Hábitat Rural pág: 413.B.1 Nuevo Suelo Urbanizable No sectorizadopág: 41

3.B) IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS IMPACTOS INDUCIDOS POR LASDETERMINACIONES DEL PLANEAMIENTO

pág: 393.A.3 ESPACIOS CON IMPACTOS AMBIENTALES EXISTENTESpág: 363.A.2 ESPACIOS CON CONDICIONANTES NATURALES (NO SON IMPACTOS AMBIENTALES)pág: 363.A.1 IMPACTOS AMBIENTALES EN EL TERRITORIO MUNICIPALpág: 36

3.A) IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES, ÁREAS SENSIBLES Y DERIESGO DE IMPACTO

3. IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS

pág: 342.D) INCIDENCIA EN EL ÁMBITO DEL PLANEAMIENTO DE LA NORMATIVA AMBIEN-TAL. LEGISLACIÓN SECTORIAL APLICABLE

pág: 322.C.4 ESPACIOS CON PROTECCIÓN REGLADApág: 322.C.3 ÁREAS SINGULARESpág: 302.C.2 ÁREAS DE ESPECIAL PROTECCIÓNpág: 292.C.1 ÁREAS RELEVANTES

2.C) DETERMINACIÓN DE ÁREAS RELEVANTES DESDE EL PUNTO DE VISTA DE:CONSERVACIÓN, FRAGILIDAD, SINGULARIDAD, O ESPECIAL PROTECCIÓN

pág: 272.B.2 Datos socioeconómicospág: 262.B.1 Los usos del suelo y los núcleos de población

2.B) DESCRIPCIÓN DE LOS USOS ACTUALES DEL SUELOpág: 15DESCRIPCIÓN DE UNIDADES AMBIENTALESpág: 14

2. A) DESCRIPCIÓN ESQUEMÁTICA DE LAS UNIDADES AMBIENTALES HOMOGÉ-NEAS DEL TERRITORIO.

2. ESTUDIO Y ANÁLISIS AMBIENTAL DEL TERRITORIO AFECTADO

pág: 131. D) DESCRIPCIÓN DE LA ALTERNATIVA CONSIDERADApág: 121.C. 6 Otras infraestructuraspág: 121.C.5 Recogida y tratamiento de residuos sólidospág: 111.C.4 Red eléctrica de transporte y distribuciónpág: 101.C.3 Sistema de saneamientopág: 71.C.2 Sistema de abastecimiento de agua potablepág: 51.C.1 El modelo de ocupación del territorio municipal

1.C) LOCALIZACIÓN SOBRE EL TERRITORIO DE LOS USOS GLOBALES EINFRAESTRUCTURAS

pág: 31.B.2 Criterios de planeamientopág: 21.B.1 Objetivos generalespág: 21. B) EXPOSICIÓN DE LOS OBJETIVOS DEL PLANEAMIENTOpág: 11. A) ÁMBITO DE ACTUACIÓN DEL PLANEAMIENTO

1. DESCRIPCIÓN ESQUEMÁTICA DE LAS DETERMINACIONESESTRUCTURALES

ALCANCE DE ESTE ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALintroducción

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DE LA REVISIÓN DEL P.G.O.U. DE MIJAS TALES-UR S.C.

TABLA DE CONTENIDO i

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Anejo 3Sobre determinados aspectos de protección hidrológica de los cauces fluviales de la Cuenca Hidro-gráfica del Sur

Anejo 2Plan Hidrológico de la Cuenca Sur. Orden de 6 de septiembre de 1999 (BOE 17/09/1999) por la quese dispone la publicación de las determinaciones de contenido normativo del Plan Hidrológico deCuenca Sur, aprobado por Real Decreto 1664/1998 de 24 de julio

Anejo 1Denominación taxonómica de las especies citadas en este estudio y catalogación de protección

pág: 625.B.2 Recomendaciones específicas sobre los procedimientos de prevención ambiental exigibles a las actuaciones de desarrollo del planeamiento

pág: 585.B.1 Medidas ambientales, protectoras y correctoras de aplicación directa, relativas a la ordenaciónpropuesta

5.B) RESUMEN DE LAS PRESCRIPCIONES DE CORRECCIÓN, CONTROL YDESARROLLO AMBIENTAL DEL PLANEAMIENTO

pág: 555.A.3 Localización sobre el territorio de los usos globales e infraestructuraspág: 545. A.2 Exposición de los objetivos del planeamientopág: 545. A.1 Ámbito de actuación del planeamientopág: 54

5.A) RESUMEN DE LOS CONTENIDOS DE LA PROPUESTA DE PLANEAMIENTO CONINCIDENCIA AMBIENTAL

5 SÍNTESIS

pág: 524.C.4 Nuevas líneas de transporte aéreo de energía eléctrica igual o superior a 66 Kv y sussubestaciones.

pág: 524.C.3 Puerto deportivo de La Cala de Mijaspág: 524.C.2 Desarrollo de Suelo Urbanizable sectorizado y suelo urbano.pág: 524.C.1 Desarrollo del Suelo Urbanizable No Sectorizado.

4.C) RECOMENDACIONES ESPECÍFICAS SOBRE LOS CONDICIONANTES Y SINGU-LARIDADES A CONSIDERAR EN LOS PROCEDIMIENTOS DE PREVENCIÓN AMBIEN-TAL EXIGIBLES A LAS ACTUACIONES DE DESARROLLO DEL PLANEAMIENTO

pág: 514.B) MEDIDAS DE CONTROL Y SEGUIMIENTOpág: 504.A.9 Vías Pecuariaspág: 494.A.8 Protección paisajística.pág: 494.A.7 Protección de cauces, riberas y márgenes.pág: 484.A.6 Protección de los caminos y estructura del medio rural.pág: 484.A.5 Protección de los montes públicos.pág: 484.A.4 Tratamiento de las aguas residuales.pág: 474.A.3 Prevención de la contaminación de acuíferos.pág: 47

4.A.2 Determinaciones estructurantes: Normativa del Suelo No Urbanizable de Especial Protección ydeterminaciones preceptivas para el Suelo No Urbanizable de Hábitat Rural y para el Suelo Urbani-zable No Sectorizado.

pág: 464.A.1 Clasificación del suelo del término municipal.pág: 46

4. A) MEDIDAS AMBIENTALES, PROTECTORAS Y CORRECTORAS DE APLICACIÓNDIRECTA, RELATIVAS A LA ORDENACIÓN PROPUESTA

4. PRESCRIPCIONES DE CORRECCIÓN, CONTROL Y DESARROLLO AMBIENTAL DEL PLANEAMIENTO

RELACIÓN DE MAPAS

MAPA Nº 1- UNIDADES AMBIENTALES y SUELOS CON SITUACIÓN URBANÍSTICA CONSOLIDADA

MAPA Nº 2- INCIDENCIA DE PROYECTOS, AFECCIONES AMBIENTALES Y CLASIFICACIÓN DELSUELO

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TABLA DE CONTENIDO ii

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introducción

Este Estudio de Impacto Ambiental forma parte de la documentación que conforma la Revisión delPlan General de Ordenación Urbanística del municipio de Mijas, contratado por el Excmo.Ayuntamiento a TALES-UR S.C; en el marco del pliego de condiciones que definen el contenido deltrabajo.

Los trabajos de redacción del Estudio dieron comienzo en la primavera de 2004 y han sidosimultáneos con otros trabajos sectoriales del PGOU. El inventario ambiental y otros datosrelativos de distintos temas territoriales se han recogido de la Información y Diagnóstico deldocumento de Planeamiento de 2003. Para este documento se han actualizado los datos y lasreferencias a la situación territorial presente, detectando los problemas ambientales actualesmediante un exhaustivo recorrido de campo y la precisión en la interpretación de las recientesortoimágenes a escala 1:10.000. Así, a partir del inventario ambiental elaborado y otros aspectos deanálisis y diagnóstico del medio físico, se han tenido en cuenta condicionantes ambientales y sehan efectuado propuestas que se han incorporado en los trabajos de planeamiento urbanístico queahora se presentan.

El Pleno municipal de 30 de junio de 2004, tomó el acuerdo de aprobar el Avance de Planeamientoy exponerlo a información pública. En paralelo de acuerdo con el artículo 31 del Decreto 292/1995,de 12 de diciembre, Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental, se inició el procedimientode evaluación de impacto ambiental de la Revisión del PGOU con la pertinente remisión delAvance de Planeamiento a la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente que, deacuerdo con el artículo 16 de dicho Decreto, efectuó las consultas previas.

Este documento tiene en cuenta, tanto las sugerencias de particulares que la corporación haestimado pertinente aceptar como las aportaciones de los organismos que han respondido a lasconsultas previas en la Evaluación de Impacto Ambiental de la Revisión del PGOU.

La redacción del presente documento como parte del PGOU de Mijas ha sido llevada a cabo,dentro de TALES-UR S.C., por Jaime Plaza Ebrero, licenciado en Ciencias Geológicas, junto con losredactores del Plan: Braulio García Suárez, Arquitecto y Sociólogo, Santiago Téllez Olmo,Arquitecto Urbanista y Raimundo Andrés de Castro, Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos.Han aportado su colaboración Concha León, Economista; José de la Paz, Sociólogo-demógrafo; José Cuesta y Diego J. Vera, Doctores en Derecho.

Durante el desarrollo de todos los trabajos relacionados con este estudio y en general en la revisióndel Plan General, se debe destacar, y no sólo por ser de obligada cortesía, la colaboración que hanprestado los técnicos municipales del Servicio de Medio Ambiente, la Oficina Técnica y el Serviciode Urbanismo, a la hora de aportar datos, detectar problemas y discutir criterios, comocorresponde a profesionales comprometidos con la gestión urbanística y ambiental de sumunicipio.

TALES-UR S.C. junio de 2005

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INTRODUCCIÓN

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ALCANCE DE ESTE ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

De acuerdo con el Anexo del Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba elReglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía,(BOJA 166/1995, de 28 de diciembre), que se refiere a las "Especificaciones relativas a lasactuaciones comprendidas en el Anexo Primero de la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de ProtecciónAmbiental", el punto 20 del mismo dice:

" 20. Planes Generales de Ordenación Urbana, Normas Complementarias y Subsidiarias dePlaneamiento, así como sus revisiones y modificaciones.

Se entenderán sujetos a este Reglamento los Planes Generales de Ordenación Urbana y las normassubsidiarias y las normas complementarias o las figuras urbanísticas que los sustituyan, así como susrevisiones y modificaciones, siempre que introduzcan elementos que afecten potencialmente al medioambiente y que no se hubiesen puesto de manifiesto anteriormente en figuras previas de planeamiento.

En este sentido, se consideran elementos que afectan potencialmente al medio ambiente los referidosa la clasificación del suelo, sistemas generales y suelo no urbanizable."

El planeamiento municipal actualmente en vigor, referido a los elementos citados en el punto 20del anexo citado se recogen en el mapa Nº1 de este estudio.

La propuesta de ordenación del PGOU, referida a los elementos que se ponen de manifiesto por lanueva clasificación de suelo, la asignación de sistemas generales y el régimen del suelo nourbanizable, éste último en sus condiciones de protección y su regulación específica con indudableafección potencial al medio ambiente, se representan en el mapa Nº 2.

La comparación entre ambas situaciones planificadoras señala un ámbito del territorio municipalen donde se ponen de manifiesto posibles afecciones al medio ambiente de una manera directa,por la regulación urbanística de los usos del suelo o su asignación en clases, o bien indirecta, pordemanda de recursos o generación de servidumbres, mediante actuaciones que deben serevaluadas ambientalmente, de acuerdo con el procedimiento de Prevención Ambiental.

El resto del ámbito municipal no considerado está afectado por elementos de planeamiento, casitodos referidos a suelos urbanos y urbanizables que mantienen su condición, y que han sidoaprobados definitivamente por el órgano sustantivo correspondiente a los efectos del artículo 20de la Ley 7/1994, de Protección Ambiental.

Mención expresa debe hacerse de la zona de dominio publico marítimo-terrestre, definidadetalladamente por la Ley de Costas, en el sentido de quedar excluida también de lasdeterminaciones de la propuesta del PGOU; pero no así sus zonas de servidumbre de protección einfluencia, en las que sí existe competencia urbanística municipal, si bien en Mijas estas zonascorresponden a suelos urbanos o urbanizables.

Por último señalar las determinaciones de la Ley de Aguas y en particular del Reglamento delDominio Público Hidráulico, cuya delimitación interactua con frecuencia en las delimitaciones declases de suelo, afectando a su régimen jurídico y de protección. En este sentido debe señalarse quese está ultimando el estudio Hidrológico del municipio de Mijas, encargado por el Ayuntamiento,complementario al estudio del medio natural que se ha efectuado para la redacción delplaneamiento y a este Estudio de Impacto Ambiental, que permitirá definir con detalle y precisiónlas cuestiones de este límite y sus implicaciones derivadas.

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INTRODUCCIÓN

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1. DESCRIPCIÓN ESQUEMÁTICA DE LAS DETERMINACIONESESTRUCTURALES

1. A) ÁMBITO DE ACTUACIÓN DEL PLANEAMIENTO

El ámbito de actuación del planeamiento es el término municipal de Mijas, ya que se trata de larevisión de su Plan General de Ordenación Urbanística.

El término municipal de Mijas tiene una superficie de 14.854,3Ha

La clasificación de suelo vigente por el Plan General actual (1999) es la siguiente:

Suelo urbanoSuelo urbanizableSuelo no urbanizable

no urbanizable comúnsimpleagrícola de regadíodiseminadodiseminado de baja densidad

con nivel de protección especialespacios forestalesprotección paisajísticayacimientos arqueológicos

Sistemas generales

El PGOU en vigor fue aprobado por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio yUrbanismo de Málaga con fecha 16 de diciembre de 1999, si bien quedó sin aprobación laRegulación del Suelo No Urbanizable a expensas de un expediente de cumplimiento que dictó laComisión. Con posterioridad y una vez cumplimentado dicho expediente se aprueba con fecha 12de abril de 2002.

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1. DESCRIPCIÓN ESQUEMÁTICA DE LAS DETERMINACIONES ESTRUCTURALES pág: 1

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1. B) EXPOSICIÓN DE LOS OBJETIVOS DEL PLANEAMIENTO

1.B.1 Objetivos generales

El objetivo genérico que inspira la Revisión del PGOU es dotar al municipio de Mijas de uninstrumento de planeamiento adecuado a la dinámica socio-urbanística actual, definiendo unmodelo de ordenación del territorio que posibilite la elevación de la calidad de vida y del nivel dedotaciones de sus habitantes, a partir tanto de la conservación y puesta en valor de los recursosmedioambientales del término, como de la extensión a las áreas urbanas de los beneficiosderivados de las transformaciones materiales y sociales, proyectadas o ya producidas, en el propiomunicipio y en el ámbito comarcal del que forma parte.

Se trata asimismo de incrementar la capacidad de atracción del municipio sobre actividadesturísticas, medioambientales y de ocio que hasta ahora se ha producido de forma inconexa y, enalgunos casos, menoscabando los excepcionales valores naturales y ambientales que posee elterritorio municipal.

Los objetivos así expuestos se pueden enmarcar en las previsiones y determinaciones que exponeel Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Occidental, figura de planeamientoterritorial de ámbito supramunicipal.

Aunque la presente Revisión no supone una ruptura total con el planeamiento vigente (semantienen a grandes rasgos las pautas de clasificación/calificación del suelo) sí que comporta lareconsideración de sus características en el sentido de profundizar en la necesidad de ajustar susdeterminaciones a la nueva realidad local, controlar la degradación del medio natural, primar lasolución de problemas concretos frente a la simple clasificación/calificación de suelo y considerarlas necesidades de gestión como un aspecto fundamental de la redacción del PGOU.

De forma resumida cabría señalar los siguientes objetivos generales como determinantes delmodelo de desarrollo urbano previsto:

Regular las distintas formas de utilización del territorio municipal para consolidar unaestructura territorial equilibrada, proteger aquellas áreas del territorio especialmente sensibles,impedir la formación de nuevos asentamientos no deseados y potenciar los valores naturales,paisajísticos y medioambientales existentes.

Proteger y poner en valor para el ocio y recreo de la población los elementos públicos,naturales y culturales de mayor interés del territorio.

Definir un modelo de gestión que permita resolver los problemas arrastrados por el PGOUvigente y evite la aparición de situaciones similares, concediendo a la administración municipalmayores posibilidades de encauzar el desarrollo urbano.

Preservar la identidad urbana del núcleo de Mijas-pueblo incentivando su rehabilitación físicay funcional y redactando unas ordenanzas de edificación adecuadas a las característicastradicionales, contemplando una cierta flexibilidad de usos para facilitar nuevasimplantaciones que regeneren la actividad urbana.

Perfeccionar las ordenanzas de la edificación para el resto del suelo urbano consolidado,ajustándolas a las exigencias actuales de cada zona.

Lograr una estructura territorial en la que los asentamientos tradicionales, los nuevosdesarrollos y el medio físico y paisaje circundantes se integren armónicamente, manteniendo laespecialización de la zona sur del término, con mejor accesibilidad desde las redes de carreterasy ferrocarril, como espacio en el que se concentran las actividades productivas.

Dimensionar la extensión de los desarrollos urbanos teniendo en cuenta la capacidad y calidaddel espacio natural circundante para ser soporte de nuevas actividades (residenciales,

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1. DESCRIPCIÓN ESQUEMÁTICA DE LAS DETERMINACIONES ESTRUCTURALES pág: 2

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industriales o de otro tipo), los costes de adecuación a las nuevas demandas de lasinfraestructuras existentes y los costes de implantación de nuevas infraestructuras generalesnecesarias para el correcto funcionamiento del conjunto urbanizado.

Lograr una red viaria básica que garantice la circulación general en el territorio municipalmediante vías que conecten y den continuidad a la incompleta e insuficiente red actual.Paralelamente introducir la infraestructura ferroviaria que facilite al territorio municipal laaccesibilidad que proporciona un medio de transporte público fundamental para su desarrolloturístico.

Reformar y ampliar los sistemas generales de infraestructuras territoriales para proporcionar lanecesaria cobertura a los nuevos desarrollos. En este sentido, la implantación de instalacionesnáuticas, como un Puerto Deportivo, constituye un objetivo para reestructurar y dinamizar laoferta turística del municipio.

Conseguir unos Sistemas Generales de dotaciones para el conjunto del municipio enconsonancia con las necesidades sentidas por la población, tanto en lo que se refiere a Espacioslibres como a Equipamientos colectivos, readecuando la dotación actual de éstos últimos a lanueva estructura demográfica y a las nuevas demandas sociales.

Promocionar un nuevo polígono de iniciativa pública para usos productivos, dirigidoespecialmente a atraer nuevas actividades económicas, con las características de los modernosParques Empresariales, con el fin de facilitar la reactivación y diversificación económica delmunicipio.

En resumen, se trata de dotar al municipio de las infraestructuras y servicios que va a requerir sucrecimiento a corto y medio plazo, con una localización equilibrada de suelos para dotacionespúblicas y para actividades productivas, residenciales y de ocio.

El nivel de consolidación alcanzado en la ocupación de buena parte del territorio municipal, elgrado de consolidación de derechos en otra buena parte del suelo clasificado, las determinacionessobre clasificación de suelo como no urbanizable y de soluciones adoptadas para la dotación desistemas generales en el Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Occidental hanconducido en la práctica a la improcedencia de considerar otras posibles alternativas sobre elmodelo de estructura general del territorio municipal.

El modelo de ordenación del territorio finalmente adoptado se ha limitado a ajustar aspectosparciales o sectoriales de un patrón de ocupación predeterminado por los condicionantesmencionados.

1.B.2 Criterios de planeamiento

La traducción operativa para alcanzar los objetivos generales enunciados pasa por la premisa deque la Revisión del PGOU debe adaptar la mayoría de las determinaciones del planeamientovigente a las exigencias de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, en consonanciacon las características propias del municipio y a las directrices del POT de la Costa del SolOccidental.

Los criterios de planeamiento aplicables para la obtención de los objetivos anteriormenteseñalados son los siguientes:

La clasificación del suelo del PGOU vigente debe revisarse en función de las previsiones deobtener las infraestructuras territoriales que sustenten las posibilidades de su desarrollo y deacuerdo con la necesidad de mantener los espacios de alta valoración ecológica o naturalísticaexistentes. Ello supone reconsiderar la programación de determinados suelos urbanizables obien de reducir la intensidad de su ocupación.

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El Ayuntamiento debe impulsar ante las instancias administrativas supramunicipales y lascompañías suministradoras la ejecución de los proyectos pendientes de mejora de las grandesinfraestructuras territoriales (redes viaria, ferroviaria, de abastecimiento de agua, desaneamiento, de energía) como complemento necesario de la ejecución de las infraestructurasde competencia municipal.

El mantenimiento de los valores naturales y paisajísticos del territorio municipal, contrastadosy catalogados, es condición necesaria para potenciar el atractivo de Mijas como destinointernacional de "turismo residencial" de calidad apoyado en la oferta de ocio deportivo .

La creación de espacios de oportunidad que eviten entrar en conflicto con el medio naturaldebe apoyarse en los rasgos geográficos conspicuos que ofrece el territorio municipal,poniendo en valor estos recursos ambientales y territoriales y creando una trama de usos delsuelo con una impronta actual, que partiendo de la realidad urbana existente incorpore lanueva lectura del medio natural. Por ejemplo, mediante la "instrumentación" del río Fuengirolacomo franja verde que conecte los espacios forestales de las sierras con las tierras bajas deposible transformación en campos de golf y resorts.

La ocupación de una buena parte del territorio por diseminados o urbanizaciones tradicionalesconsolidadas al margen de la legalidad urbanística, debe ser reconducida y normalizada.

El aumento de la calidad de vida de la población exige profundizar en la ampliación y mejorade la dotación a escala municipal de equipamientos sectoriales (docente, deportivo, de ocio,cultural, sanitario, social-asistencial, público-administrativo, etc.) junto con la introducción degrandes equipamientos de alcance supramunicipal.

La diversificación de la estructura económica municipal aconseja la creación de espaciosdestinados a albergar nuevos tipos de actividades económicas con características propias de losmodernos "parques empresariales".

La utilización de la playa, como recurso turístico básico, debe potenciarse con la recuperación yadecuación de los accesos a este espacio de uso y dominio público.

La necesidad de atender las necesidades de vivienda de los colectivos que tienen dificultades deacceder a ella en el mercado libre obliga a abordar una política decidida de obtención de suelopara la promoción y construcción de vivienda pública.

La introducción de los valores del desarrollo sostenible en el planeamiento debe orientar lasdeterminaciones del PGOU en el sentido de que, por ejemplo, conduzcan a fomentar el ahorroenergético mediante la introducción de tecnologías poco contaminantes (paneles solares, etc.),a impulsar las buenas prácticas medioambientales (control de la contaminación en la ejecuciónde obras, puntos limpios, reciclaje, vertido cero, etc), a incentivar el uso del transporte públicoy de medios no motorizados, etc

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1.C) LOCALIZACIÓN SOBRE EL TERRITORIO DE LOS USOS GLOBALES EINFRAESTRUCTURAS

La ordenación y determinaciones que contiene el PGOU de Mijas, objeto de este Estudio deImpacto Ambiental, recogen con precisión las directrices establecidas en el Plan de Ordenacióndel Territorio de la Costa del Sol Occidental, de acuerdo con lo previsto en la Ley 1/1994, de 11 deenero, de ordenación del territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La redacción de dicho POT coincide en el tiempo de redacción del nuevo planeamiento municipaly afecta, por incluirlo, al municipio de Mijas. De este modo la localización sobre el territorio de losusos globales y las infraestructuras vienen impuestas por las directrices que establece la figura deplaneamiento territorial.

Con todo existe una coincidencia general sobre el diagnóstico ambiental y territorial que ha sidoanalizada y expuesta en distintos estudios temáticos y generales que se han efectuado en elmunicipio mijeño, de modo que las propuestas urbanísticas y las determinaciones estructurantes yde desarrollo del planeamiento coinciden en gran medida, tanto en el POT de la Costa del SolOccidental, como en el PGOU que ahora se presenta.

1.C.1 El modelo de ocupación del territorio municipal

El modelo de ocupación del territorio que se propone, aunque no supone una drástica ruptura conel que se ha consolidado en los últimos decenios, si que trata de corregir los aspectos negativosmas evidentes detectados durante la elaboración del PGOU.

Con carácter general podemos decir que nos enfrentamos a un modelo actual de ocupación delterritorio polinuclear, difuso y carente de estructura que salpica casi toda la superficie municipal.Las infraestructuras se han ido generando de forma aislada para cada urbanización, o medianteactuaciones zonales. Ha faltado una visión global que conecte todos los elementos dispersos ocontiguos, produzca los sistemas estructuradores del territorio municipal y los contextualice en elmarco de las propuestas del POT de la Costa del Sol Occidental.

Frente a la degradación de espacios con altos valores ambientales y naturales, la intensivaocupación de determinadas áreas, los déficits de infraestructuras territoriales (especialmente de lared viaria) y la falta de algunos tipos de dotaciones generales, esta Revisión del PGOU plantea unareestructuración del territorio municipal mediante:

• la protección de las zonas cuyos valores naturales están sancionados por las instanciasadministrativas responsables y plenamente asumidos socialmente,

• la reducción de la intensidad de ocupación para los nuevos desarrollos urbanísticos,

• la introducción de una potente infraestructura de comunicaciones que lo vertebreinternamente y lo conecte adecuadamente con las redes viarias supramunicipales, y

• la reserva del suelo necesario para albergar los nuevos sistemas generales de dotaciones queequilibren los déficits actuales y permitan atender las exigencias futuras.

En relación con el primer aspecto, la salvaguarda de los espacios valiosos desde el punto de vistamedioambiental se traduce, básicamente, en la especial protección que se aplica a los espaciosforestales y naturales de los bordes norte y oeste del término, a los ejes fluviales de los ríosFuengirola, Ojén y Pasadas y a los espacios agrarios asociados a sus cursos altos.

En relación con el segundo aspecto y de acuerdo con los rasgos físicos distintivos del territoriomunicipal y las características actuales de su utilización, se plantea una gradación en laurbanización del territorio que, desde la baja intensidad de ocupación prevista para los nuevosdesarrollos en el tercio norte del municipio (10 viv/Ha.), puede ir aumentando paulatinamentehasta índices superiores (16 viv/Ha.) en el tercio meridional. Este patrón de ocupación de baja

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densidad (básicamente por usos residenciales y de ocio) que se plantea para la mayor parte delterritorio municipal contrasta con la concentración en el núcleo de Las Lagunas de la actividadurbana y, en consecuencia, con una intensidad edificatoria superior (30 viv/Ha en el suelourbanizable ya ordenado y 18 viv/Ha en el nuevo suelo urbanizable).

Mejorar el estado de las comunicaciones en el término pasa por incentivar el transporte públicocon actuaciones tales como la creación de tres estaciones de la prolongación del ferrocarrilMálaga-Fuengirola hasta Manilva (el tramo occidental del proyecto de "Corredor Ferroviario de laCosta del Sol"). Por lo que se refiere a la red viaria, la necesaria mejora de la red municipal secomplementa con actuaciones tales como la creación de nuevas conexiones sobre los dos ejesnacionales que atraviesan el término (AP-7 autopista de la Costa del Sol y autovía A-7), laampliación de las vías de servicio sobre la autovía A-7 o la conclusión de la Autovía delGuadalhorce (A-357) como itinerario alternativo de acceso a la Costa del Sol desde la zonaoccidental de Andalucía que, para que sirva adecuadamente al municipio, debe acompañarse conel acondicionamiento de las carreteras de la red comarcal de la zona, especialmente las querelacionan Mijas con Alhaurín el Grande y Coín.

Además de los sistemas generales de dotaciones que sirven a la población municipal, laintroducción de equipamientos de escala supramunicipal ayudan a proyectar hacia el exterior laimagen del municipio. Este es el caso, por ejemplo, del Hipódromo y en esta dirección se planteanlas propuestas de localizar en el término un Hospital y un Puerto Deportivo.

La estructura urbana-territorial del municipio se ha consolidado en los últimos años con los dosnúcleos de Mijas-pueblo en el Norte (con los desarrollos surgidos en su entorno) y Las Lagunas enel Este (como principal foco de actividad urbana), la banda litoral del Sur (en la que el núcleoprimitivo de La Cala ha quedado engullido en el continuo de urbanizaciones apoyadas en laN-340) y la banda central constituida por islotes de grandes urbanizaciones ligadas a campos degolf. Esta estructura se ha materializado con una impronta de ocupación indeleble por lo que elmodelo de ocupación del territorio que propone el PGOU no puede sino recogerla reconduciendosus características menos satisfactorias, en la medida de lo posible, de acuerdo con lo señalado enlos párrafos anteriores.

CUADRO RESUMEN COMPARATIVO DE LA CLASIFICACIÓN DEL SUELO (cifras en Ha.)

14.854,314.854,3TOTAL TERMINO MUNICIPAL-22,6%6.650,38.596,3TOTAL SUELO NO URBANIZABLE

+43,34%455,1317,6SISTEMAS EN SUELO NO URBANIZABLE - 86,0%630,94.516,3SIN PROTECCIÓN+ 47,9%5.567,13.762,4PROTEGIDOSUELO NO URBANIZABLE+ 33,7%5.925,64.431,9TOTAL SUELO URBANIZABLE+ 63,5%575,2351,8SISTEMAS GENERALES ADSCRITOS+ 31,1%5.350,44.080,1SUELO URBANIZABLE+ 24,6%2.275,61.826,1TOTAL SUELO URBANO+31,2%664,1505,8NO CONSOLIDADO+ 22,0%1.611,51.320,3CONSOLIDADOSUELO URBANO

VARIACIÓN nuevo PGOUPGOU de 1999ÁMBITO

La propuesta de clasificación de suelo urbano supone un apreciable incremento en superficie(24,6%) en relación con la del PGOU de 1999. Esta variación se explica porque una parte del suelourbano no consolidado del PGOU de 1999 ya ha alcanzado las características de consolidado(aumento en un 22% de esta categoría de suelo) mientras que paralelamente ha seguido avanzandoel proceso de nuevas edificaciones en suelo que el PGOU de 1999 no clasificaba como urbano. Elloha supuesto que, aunque en esta Revisión se han aplicado criterios más estrictos a la hora deconsiderar un suelo como urbano no consolidado, se ha producido de hecho un aumento del31,1% en la superficie de esta categoría.

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1. DESCRIPCIÓN ESQUEMÁTICA DE LAS DETERMINACIONES ESTRUCTURALES pág: 6

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La propuesta de clasificación del suelo urbanizable supone un incremento importante desuperficie (33,7%) aunque en buena parte se trata de suelo urbanizable ordenado (ya tiene PlanParcial aprobado y se encuentra en fase de ejecución, con los correspondientes instrumentos degestión y de ejecución generalmente aprobados definitivamente, encontrándose en algunos casosedificado en parte). Asimismo, el suelo urbanizable sectorizado ya estaba clasificado por el PGOUde 1999 por lo que el nuevo suelo que realmente se clasifica es el urbanizable no sectorizado y selocaliza básicamente en las zonas de Mijas Golf-Entrerríos y La Costa

Esta nueva clasificación tiene por objeto:

completar la estructura urbana del área ocupada por los desarrollos de La Cala Golf, Entrerríos,Lagar Martel y Finca Los Tejones, recogiendo suelos situados en un ámbito que constituye elembrión del futuro Valle del Golf, que han empezado a ser ocupados con edificaciones y en losque aún se está a tiempo de controlar ese proceso ordenándolo con planeamiento parcial dedesarrollo de iniciativa pública y creando las infraestructuras de servicios necesarias planteadasen el PEDI del Valle del río Alaminos.

rellenar los huecos existentes en el entorno de la urbanización de Mijas Golf, en el marco de laestructura territorial (viaria y del sistema general de espacios libres en el entorno del ríoFuengirola) propuesta para la zona, llegando hasta la autopista AP-7 por el este y hasta la nuevavía de acceso a Mijas pueblo por el oeste, y

posibilitar el desarrollo de un Parque Empresarial de iniciativa pública.

Se aumenta sustancialmente el suelo clasificado como sistemas generales nuevos adscritos al suelourbanizable que alcanzan una superficie total de 575,2 Ha. De esta superficie 24,3 Ha.corresponden a viario (vías estructurantes, vía de servicio sobre la A-7, conexión con la AP-7),equipamientos y servicios como las ampliaciones de las depuradoras de La Cala y deMijas-Fuengirola, los nuevos depósitos, las nuevas subestaciones eléctricas y los terrenosnecesarios para la construcción del nuevo Hospital justo en el límite con el término municipal deFuengirola. Otras 24,2 corresponden al ámbito destinado a acoger el Centro Logístico de Mijaspropuesto en el POT de la Costa del Sol Occidental. La dotación de nuevos parques del sistemageneral es de 497,8 Ha. que añadidos a la dotación actual de 278,1 Ha. se alcanza un total de 775,93Ha. clasificadas como sistema general de espacios libres. Aplicando el estándar del artículo 10 de laLOUA (entre 5 y 10 m2/hab.) se podría servir a una población de entre 1.551.880 y 775.940habitantes.

Finalmente, en relación con el suelo no urbanizable, debe destacarse el aumento considerable(47,9%) del suelo no urbanizable protegido. La drástica reducción del suelo no protegido se explicaporque ahora no se contempla esta categoría de suelo que, a efectos de comparación con el PGOUde 1999, se asimila al suelo no urbanizable de hábitat rural. En este sentido, frente a las 812,34 Has.que el PGOU de 1999 clasificaba como diseminados ahora esta consideración se aplica a 630,9hectáreas clasificadas como suelo no urbanizable de hábitat rural diseminado.

Este modelo se apoya en unos sistemas infraestructurales sin los cuales carecería de virtualidad porlo que, en los apartados siguientes, se contemplan las necesarias ampliaciones y mejoras de la redviaria así como de los sistemas generales de infraestructuras territoriales de abastecimiento deagua, saneamiento, energía eléctrica, distribución de gas, telecomunicaciones y residuos sólidosurbanos.

1.C.2 Sistema de abastecimiento de agua potable

Necesidad de ampliar los recursos existentes

El abastecimiento actual tiene como recursos principales el acuífero de Mijas en la zona de LaSierra (explotado por Mijagua) y las conducciones de Río Verde procedentes del embalse de laConcepción (explotadas por ACOSOL) en la zona de La Costa. Además hay urbanizaciones que

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1. DESCRIPCIÓN ESQUEMÁTICA DE LAS DETERMINACIONES ESTRUCTURALES pág: 7

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tienen recursos propios y en La Costa, en periodos de sequía, se utilizan captaciones de aguassubterráneas de peor calidad y poca capacidad. Puede decirse que, aproximadamente la mitad delagua suministrada se toma de las conducciones en alta de Río Verde. En conjunto, todos estosrecursos están funcionando al límite de su capacidad por lo que es necesario buscar nuevas fuentesde suministro dentro del término y en el marco de las propuestas del POT de la Costa del SolOccidental

En el primer ámbito, se plantea eliminar la dependencia del acuífero central de la Sierra de Mijas,con nuevas captaciones en los sectores oriental (Benalmádena) y noroccidental (Alhaurín):Cabañil, Arroyo Don Pedro y el Puerto (ampliación). Este es uno de los objetivos del Plan Directorde Infraestructura Hidráulica de Mijas que el PGOU programa.

En el segundo ámbito y de acuerdo con las propuestas del POT de la Costa del Sol Occidental, seprevén las actuaciones siguientes:

• acometer los embalses de los ríos Ojén (9 Hm3) y Alaminos (15 Hm3) incluidos en el PlanHidrológico Nacional.

• estudiar la viabilidad medioambiental de un embalse en Campo de Gibraltar o bien la de laampliación del embalse de la Concepción, con la ampliación, cualquiera que sea la solución quese adopte, de las conducciones de transporte en alta a los municipios abastecidos.

• construir la Estación de Tratamiento de Agua Potable prevista y las conducciones generales adepósitos reguladores.

Red básica del término

La red en servicio adolece de una serie de deficiencias, ya indicadas en los documentos deInformación Urbanística y de Diagnóstico de este PGOU, que se vienen arrastrando desde suejecución inicial y que deben resolverse dentro de una concepción unitaria de todo el sistema queintegre los elementos de las distintas zonas.

Las actuaciones principales que se proyectan, relacionadas en el plano SI-TA del PGOU son:

1 - Red interdepósitos: Cerrajón/La NoriaSe sustituye la arteria existente de fibrocemento por otra de fundición de 300 mm. quediscurre por la carretera para garantizar la conexión adecuada entre ambos depósitosy eliminar deficiencias y afecciones.

2 - Impulsión de pozos Cañada Barrio/Morena hasta CerrajónSe elimina el bombeo directo a la arteria entre depósitos y se consigue que el deCerrajón funcione como regulador y no en cola como sucede hoy.

3 - Conexión de las redes de Mijas y Las LagunasLa tubería existente es de fibrocemento, está obsoleta y funciona sólo por gravedad. Sesustituye por otra de fundición de 350 mm. que comunica las dos zonas en los dossentidos circulatorios.

4 - Red Alquería/CerrajónSe conecta la red con este depósito a través de un ramal de fundición de 150 mm.

5 - Red Alquería/Depósito Las LagunasSe conecta la red con este depósito a través de un ramal de fundición de 150 mm.

6 - Red Camino de CampanalesAumento de sección y reforma de la red

7 - Suministro a impulsión SC31Previsto por Mijagua

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1. DESCRIPCIÓN ESQUEMÁTICA DE LAS DETERMINACIONES ESTRUCTURALES pág: 8

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8 - Red de ValtocadoNueva arteria para esta zona, que conecta además el depósito de Cerrajón y el nuevode Valtocado. Es de fundición de 300 y 200 mm.

9 - Impulsión a nuevo depósito regulador de Las Lagunas desde depósito SC31Arteria de fundición de 250 mm. para alimentar el nuevo depósito de esta zona.

10 - Impulsión a nuevo depósito regulador de Las Lagunas desde la red de esta zonaArteria de fundición de 250 mm. para alimentar el nuevo depósito de esta zona.

11 - PEDIComprende la red proyectada para las urbanizaciones de Entrerríos/Mijas golf

12 - Franja costera de Las Lagunas/La CalaPara el abastecimiento de los nuevos desarrollos entre el litoral y la autopista AP-7 seproyectan dos depósitos generales en los puntos altos, unidos por un anillo de 350mm. que discurre por las vías proyectadas en esta zona (la capacidad prevista podríareducirse al tener en cuenta los depósitos de cada una de las urbanizaciones)

13 - Nueva red en OsunillasEstá redactado el proyecto

14 - Conexión de la red de La Alquería con arteria 3 de Mijas a Las LagunasPara cerrar esta red a una altura intermedia mediante arteria de fundición de 150 mm.

15 - Anillo inferior en Mijas puebloCierre de la red del núcleo de Mijas por su borde inferior a través de una arteria defundición de 150 mm.

16 - Desdoblamiento en Camino de CoínBy-pass de fundición de 200/250 mm.

17 - Conexión del PEDI con la red de La AlqueríaEnlace a una altura intermedia de estas redes, de fundición de 150 mm.

18 - Proyecto urbanización Cortijo ColoradoEstá en marcha la mejora de esta red

19 - Urbanizaciones en el entorno del HipódromoSe enlazan dos depósitos existentes con el anillo proyectado mediante una arteria de200 mm.

20 - Mallado en la zona inferior de Las LagunasPrevisto por Mijagua

21 - Franja entre las carreteras a Fuengirola y a Benalmádena:Se prevén dos depósitos reguladores de piso con anillos de distribución de 200 mm.que enlazan los nuevos desarrollos con los existentes

Estas actuaciones se completarán con las redes principales de los sectores urbanizables, que no sehan indicado en plano por depender del trazado viario.

Capacidad de almacenaje y regulación

En la actualidad los depósitos públicos en servicio tienen una capacidad de almacenaje de 11.380m3 distribuidos así:

• Cerrajón 3.500 m3

• La Noria 1.700 m3

• Tecny-Ges 1.000 m3

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1. DESCRIPCIÓN ESQUEMÁTICA DE LAS DETERMINACIONES ESTRUCTURALES pág: 9

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• Las Lagunas 5.000 m3

• Colegio San Sebastián 180 m3

Para estimar la demanda actual de agua se parte de una población "real" de 125.000 habitantes yuna dotación de 250 litros/habitante/día, de donde resulta un consumo medio diario de 31.250m3. Es decir, que la capacidad de almacenaje de la red pública es algo mas de 1/3 de la demandamedia diaria, con lo que, aunque se considerase la capacidad de las redes privadas difícilmente sellegaría al mínimo del consumo de un día, requisito básico de cualquier sistema de abastecimiento.

En el año horizonte del PGOI (2013) la población "real" proyectada es de 177.295 habitantes y ladotación prevista de 357 l/h/día (incluido un 30% de pérdidas). Ello supone un consumo mediodiario de 63.294,3 m3. Para estimar la capacidad de la regulación necesaria de los depósitos,consideramos por un lado un día punta de un consumo un 50% mayor y, por otro lado, que laocupación punta de las viviendas es del 66%, por lo que la media señalada no varía.

La capacidad de los nuevos depósitos reguladores por zonas que propone el PGOU es lasiguiente:

• Mijas Depósito A 5.000 m3

• Las Lagunas Depósito B 5.000 m3

• La Cala Depósito C 5.500 m3

• La Costa Depósito D 20.000 m3

• Valtocado Depósito F 3.500 m3

• Osunillas Depósito G 2.500 m3

• OS8 Depósito H 2.500 m3

TOTAL 44.000 m3

que sumados a la capacidad actual dan 55.380 m3, es decir el 87,5% de la demanda punta. Esta cifraes bastante razonable puesto que con las reservas privadas se supera el mínimo requerido.

1.C.3 Sistema de saneamiento

Con el Plan de Saneamiento Integral para los once municipios de la Costa del Sol Occidental de losSectores de Fuengirola y Marbella, puesto en marcha a partir de 1976, se canalizaron los vertidosde aguas fecales a estaciones depuradoras y posteriormente al mar por emisarios submarinos. Sinembargo, esta gran actuación está al límite de su capacidad ya que se ha producido un rápidocrecimiento por encima de las previsiones iniciales.

A partir de estos condicionantes y en el marco de las previsiones del POT de la Costa del SolOccidental se contemplan las siguientes actuaciones en el sistema general de saneamiento deaguas residuales (plano SI-TS, Red Principal de Saneamiento, a escala 1/20.000):

• Ampliación de las depuradoras de Fuengirola-Mijas y La Cala, especialmente ésta última, con laimplantación de una línea de tratamiento terciario de los efluentes para su reciclado para riegos(de campos de golf fundamentalmente).

• Plan Especial de Saneamiento del río Alaminos, para las urbanizaciones en esta zona, que seencuentra en fase de anteproyecto. En su versión definitiva deberán revisarse sus previsiones a laluz del PGOU, los caudales de aguas fecales se distribuirán entre las dos depuradoras indicadassegún el alcance de las ampliaciones y se definirán las fuentes de financiación privada ymecanismos de gestión.

En la zona de la Costa se plantean una serie de colectores generales de aguas fecales entre lasvías rápidas AP-7 y A-7, con el bombeo de los vertidos a la EDAR de la Cala. Se trata de unaampliación del Plan de Saneamiento Integral para los sectores urbanizables entre estas dos vías.Su trazado discurre por los cauces naturales y los nuevos ejes estructurantes hasta lasestaciones de bombeo y colectores a lo largo de la A-7 y después a la EDAR. Simultáneamente,

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1. DESCRIPCIÓN ESQUEMÁTICA DE LAS DETERMINACIONES ESTRUCTURALES pág: 10

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por un sistema separativo se conducirán las aguas pluviales de estos cauces hasta el mar.Además es preciso ampliar las estaciones de bombeo existentes.

En la zona de Las Lagunas se prevén nuevos colectores de fecales por el suelo urbanizable queconectan con la EDAR de Fuengirola-Mijas. Las aguas pluviales se conducirán aparte a loscauces públicos.

En la zona de la Sierra se proyectan nuevos colectores con trazado sensiblemente paralelo a loscauces por encima de la AP-7, en la zona Este y al otro lado de la carretera de Mijas aFuengirola.

Completan el sistema general las depuradoras privadas existentes y previstas cuyofuncionamiento deberá revisarse..

Se trata de un sistema que se extiende a todo el territorio de Mijas, desde la sierra a la costa,siguiendo las vaguadas de los cauces públicos hasta desembocar en las dos estaciones depuradoras.Es de tipo separativo ya que las aguas pluviales se desaguan hacia el mar.

Red de agua reciclada

Dentro del PEDI se crea una red de agua reciclada para el riego de los campos de golffundamentalmente. En este momento se han ejecutado, por la Confederación Hidrográfica delSur, las obras del depósito regulador de 10.000 m3 de capacidad que se suministrará de losefluentes de las dos depuradoras.

En el planteamiento inicial del PEDI la producción diaria de agua terciarizada (20.000 m3 en laEDAR de Fuengirola-Mijas y 7.500 m3 en la Cala), no cubre la demanda prevista de 42.883 m3.Por ello hay que reconsiderar la ampliación de esta última planta (la solicitud formulada porACOSOL al Ministerio de Fomento para 125.000 habitantes es insuficiente).

La red proyectada (plano SI-TR, Red Principal de Agua Reciclada, a escala 1/20.000) se componede pisos de presión de unos 90 metros de desnivel, con depósitos reguladores en cada uno. Puestoque las alturas de bombeo son muy elevadas, deberá estudiarse cuidadosamente el consumoenergético que resulta para su posible redefinición.

1.C.4 Red eléctrica de transporte y distribución

Para atender las futuras demandas se plantea, en coordinación con Sevillana-Endesa, laconstrucción del nuevo sistema básico de transporte integrado por:

• Línea aérea de 220 kilovoltios procedente de Alhaurín el Grande y que alimenta a la nuevaSubestación de Entrerríos

• Subestaciones de Entrerríos de 220/66 y 66/20 Kv• Subestación Sierra de Mijas de 66/20 Kv• Subestación Cerro del Águila de 66/20 Kv• Subestación Cortijo Colorado de 66/20 Kv• Líneas de alimentación de estas subestaciones de 66 Kv.

En el plano SI-TI, Red Principal de Alta Tensión, a escala 1/20.000 se indican los pasillos que seoriginan y que, a su paso por urbanizaciones existentes y sectores urbanizables, deberán enterrarselos tendidos.

La red de distribución existente se compone de líneas de media tensión de 20 kilovoltios y loscentros de transformación. Para mejorar su actual trazado ramificado se prevé una serie de cierrespara crear una malla de anillos cerrados que abarque todo el término mediante las conexionesexteriores a ejecutar por los sectores urbanizables.

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1. DESCRIPCIÓN ESQUEMÁTICA DE LAS DETERMINACIONES ESTRUCTURALES pág: 11

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1.C.5 Recogida y tratamiento de residuos sólidos

En el paraje del Colmenero se encuentra la planta de tratamiento de residuos sólidos urbanos. Seestima que el vertedero existente tiene capacidad para albergar los residuos de los próximos 7 u 8años. Una vez agotado se sellará y se continuará el tratamiento en una parcela contigua clasificadacomo sistema general.

Esta ampliación tiene el Estudio de Impacto Ambiental aprobado, y su horizonte de almacenaje,en la hipótesis de que se mantenga el incremento anual de residuos, es de unos 20 años.

La recogida de muebles, enseres, escombros de pequeño volumen y podas de jardines, se lleva a laplanta de reciclados de Mijas, privada en concierto con la Mancomunidad de Municipios de laCosta del Sol Occidental. Tiene terrenos para atender los incrementos previsibles en el futuro.

La recogida selectiva de envases, papel y vidrio, se transporta fuera del municipio a la planta deCasares de la Mancomunidad

1.C. 6 Otras infraestructuras

ENAGAS va a instalar próximamente la red de gas de alta presión (plano SI-TG, Red Principal deGas documento de PGOU), gasoducto Málaga-Estepona, con un ramal para Mijas-Fuengirola yotro para Alhaurín el Grande. La red de distribución urbana sólo tiene en servicio la zona delHipódromo y un ramal en Las Lagunas, pero la previsión es implantar el servicio en todos losnúcleos urbanos.

En la red de telecomunicaciones (plano SI-TF, Red Principal de Telefonía) no existen problemasde capacidad y cobertura territorial. En la ordenación de los sectores urbanizables se reservarásuelo para los armarios de interconexión que exija la compañía suministradora.

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1. DESCRIPCIÓN ESQUEMÁTICA DE LAS DETERMINACIONES ESTRUCTURALES pág: 12

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1. D) DESCRIPCIÓN DE LA ALTERNATIVA CONSIDERADA

La redacción del Plan General de Ordenación Urbanística se realiza de acuerdo con un escenarioen donde se contemplan aspectos de desarrollo socioeconómico, de mejora de la calidad urbana yde intención de desarrollo regional.

Con todo, desde la presentación del Avance del Planeamiento hasta este momento de presentaciónde este Estudio de Impacto Ambiental de Planificación Urbana, se han producido cambios en laestrategia territorial por parte de la Secretaria General de Ordenación del Territorio y Urbanismode la Junta de Andalucía, en el sentido de que ahora se cuenta con un POT de la Costa del SolOccidental. Dicho plan se encuentra en fecha de junio de 2005, en trámite de aprobación por elgobierno andaluz, de modo que la alternativa considerada viene en gran medida impuesta por estafigura de planeamiento supramunicipal.

El alcance de las determinaciones de dicho POT afectan por completo al PGOU de Mijas, de modoque normativamente tiene obligación de incorporar y desarrollar las directrices estructurantes ylas precisiones detalladas que para este municipio allí se exponen.

Es por esto que la propuesta de ordenación del territorio y la alternativa a considerar seencuentran fijadas y discutidas en el marco del POT de la Costa del Sol Occidental, por lo que a losefectos de este apartado debe considerarse única la propuesta de ordenación. Esto implica que elmargen de maniobra para elegir actuaciones y propuestas, algunas de indudable afección al medioambiente, como la clasificación de suelo no urbanizable de especial protección, entre otras, sesupedita a las directrices del citado POT.

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1. DESCRIPCIÓN ESQUEMÁTICA DE LAS DETERMINACIONES ESTRUCTURALES pág: 13

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2. ESTUDIO Y ANÁLISIS AMBIENTAL DEL TERRITORIO AFECTADO

2. A) DESCRIPCIÓN ESQUEMÁTICA DE LAS UNIDADES AMBIENTALES HOMOGÉNEASDEL TERRITORIO.

Los criterios empleados para la definición de unidades ambientales son clásicos en la metodologíade los estudios de medio físico, definiendo lands units (CHRISTIAN 1958) y elementos singularescon valor de conservación (RAMOS et al. 1979). En la práctica es una técnica mixta que se hamostrado eficaz en experiencias anteriores de redacción de planeamiento municipal por esteequipo técnico. En el desarrollo del trabajo se emplea un modelo de superposición de informacióntemática, comprobando los datos mediante recorridos de campo.

En la definición de las unidades ambientales se ha tenido en cuenta el uso del suelo como uno delos factores principales que caracterizan homogéneamente al territorio. Esta descripción de losusos del suelo se complementa con el estudio de otras variables del medio físico. Así se tienen encuenta aspectos tales como los paisajísticos, caracterizados principalmente por el clima, la litología,el relieve y la cubierta vegetal; los recursos, caracterizados por el tipo de suelos, los cultivos yaprovechamientos, la hidrología superficial y los acuíferos. También se contempla la existencia deriesgos geológicos y los puntos singulares de interés recreativo, cultural y didáctico.

Se hace una referencia directa, en el apartado del patrimonio histórico artístico, a los lugares deafección por interés arqueológico, que vienen recogidos en el plano T-3 “Clasificación del suelo yusos globales", del documento del P.G.O.U.

La definición de las unidades ambientales lleva consigo un análisis de sus valores e intereses antescitados, de su capacidad en cuanto a su aptitud y vulnerabilidad frente a los usos, actividades yaprovechamientos que de forma general se detectan en el territorio y los propuestos por elplaneamiento.

El análisis del territorio se ha efectuado mediante el empleo de ortoimágenes digitales con unaresolución de 50 cm/pixel apoyadas sobre una cartografía escala 1:5.000. La representación carto-gráfica de las unidades ambientales se muestra a escala 1:20.000 y constituyen el mapa Nº 1"Unidades Ambientales" de este documento.

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II. ESTUDIO Y ANÁLISIS AMBIENTAL DEL TERRITORIO AFECTADO pág: 14

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DESCRIPCIÓN DE UNIDADES AMBIENTALES

Nombre: VEGETACIÓN RIBEREÑA (Ra)DESCRIPCIÓN

Formaciones arbóreas, arbustivas y herbáceas que crecen en los márgenes fluviales, así como en los fondos de vaguadas y barran-cos. Casi siempre sobre fluvisoles en sedimentos aluviales y aluviocoluviales del cuaternario reciente. El relieve corresponde amárgenes fluviales y fondos de valle, algunas veces presentan cierto encajamiento por el contexto morfológico por donde discursele cauce fluvial.

En los arroyos la vegetación aparece más o menos densa en función del encajamiento y apertura del cauce. Mientras que en lazona de sierra predomina la aliseda sin llegar a constituir canutos, en los cursos bajos predomina la alameda despejada conretazos de lo que en su momento constituyó una formación de galería; en esta última situación es frecuente la presencia deespecies introducidas como el eucalipto (Eucalyptus camaldulensis), morera (Morus nigra) higueras, tarajes (Tamarix africana,Tamarix gallica), saucedas arbustivas (género Salix), algunos chopos (Populus alba), etc. En la proximidad a la costa desaparececasi toda la vegetación natural.

La fauna es muy variada, en especial las aves que utilizan la espesura como refugio y que comparten con otros vertebrados terres-tres, mamíferos principalmente. Los animales utilizan el medio ripario como corredores naturales. Presencia notoria de anfibios.

El principal rasgo hidrológico es la presencia de agua o la sencilla accesibilidad al subálveo y la relación directa que existe entreambos.

PAISAJE

Se trata de una unidad ambiental ligada a los ríos Ojén y Fuengi-rola. Tiene los bordes bien definidos por la dinámica fluvial y laactividad humana, siendo frecuente la intrusión de este dominiopor construcciones e instalaciones. Es un medio de conexiónentre otras diferentes unidades paisajísticas de la zona. No haycontinuidad completa de la vegetación de ribera, sí la hay enciertos tramos, ni destacan formaciones en galería; por el contra-rio son frecuentes en su margen los cultivos de aguacate y lasáreas urbanas.

En la imagen adjunta se aprecia el lecho pedregoso con brazos deagua divagantes debido a los arrastres y erosiones de las fuertestormentas.

En los tramos finales y medios del río de Ojén y de las Pasadas, esta unidad tiene buena identificación; por el contrario en lamayor parte de los arroyos afluentes y encajados de orden superior, por su contenida presentación y limitada sección del cauceno es posible separarla de las unidades limítrofes.

APROVECHAMIENTOS Y RECURSOS NATURALES

La presencia de agua por la existencia del curso fluvial proporciona el principal recurso natural que se traduce en una mayorriqueza y diversidad de especies animales. Recurso paisajístico compatible con usos recreativos respetuosos con el medio.

PATRIMONIO HISTÓRICO-ARTÍSTICO

No incluye polígonos de afección

CAPACIDAD DE USO: APTITUD Y VULNERABILIDAD

Unidad muy sensible a los procesos de degradación paisajística por acumulación de basuras y residuos, así como por exceso depresión recreativa, de actividades extractivas y de ocupación del dominio público hidráulico; al tiempo ofrece una buena capaci-dad de regeneración

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II. ESTUDIO Y ANÁLISIS AMBIENTAL DEL TERRITORIO AFECTADO pág: 15

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Nombre: FRUTALES EN REGADÍOS (La)DESCRIPCIÓN

Plantaciones de origen antrópico situadas en fértiles suelos de vega o en sus proximidades. Se desarrollan casi siempre sobresedimentos cuaternarios recientes, aluviones. Se incluyen los suelos en materiales arcillo-arenosos más antiguos pero removiliza-dos por las labores agrícolas que aparecen al pie de la sierra Bermeja y otras vaguadas del núcleo peridotítico central. El relieve secorresponde con llanuras fluviales y fondos de valle, pero también se da en áreas aterrazadas.

Los suelos son fluvisoles sobre sedimentos aluviales y aluviocoluviales recientes. La cubierta vegetal está formada mayoritaria-mente por cultivos de aguacate, en ocasiones cítricos y en menor proporción otros cultivos de huerta dedicados al consumodoméstico.

La fauna es escasa y muy homogénea, compuesta básicamente por especies generalistas, con cierto carácter antrópico: entre lasaves, miembros de las familias aláudidos, fringílidos, córvidos. Cierta presencia de reptiles, y escasos los anfibios y mamíferos.

Existe red de escorrentía superficial; el agua subterránea es poco frecuente y las captaciones están ligadas a los cauces o subálveosde los ríos; por el contrario son habituales las balsas para riego.

PAISAJE

El cultivo del aguacate ocupa la mayor parte del paisaje vegetal enlas cercanías de la vega del río Ojén y de las Pasadas, así como susafluentes. En la práctica se constituye en monocultivo debido a asu buena rentabilidad y fácil comercialización.

Es una unidad muy homogénea, de origen antrópico, siempre conbordes muy bien delimitados y de textura regular. No presentavariaciones visuales importantes, destaca por el peculiar colorverde del follaje y la insistente alineación de las plantaciones.

En algunos parcelas aisladas aparecen otros frutales, algunos cítri-cos e incluso huertas familiares.

Dentro de la matriz agrícola de los cultivos de aguacate, pueden aparecer pequeñas estructuras lineales (lindes con arbustos,algún algarrobo al borde del camino, o simplemente arbolado de sombra, ..) que confieren a la unidad un mínimo devariabilidad.

RECURSOS NATURALES

Constituyen los suelos de mayor productividad económica, debida tanto más a la comercialización del aguacate que a la natura-leza de la capa edáfica, más adecuada a los cultivos intensivos. La disponibilidad de agua se ha hecho imprescindible para estecultivo. En algunos zonas constituyen un paisaje agrario de características homogéneas y escasos rasgos diferenciales.

PATRIMONIO HISTÓRICO-ARTÍSTICO

No incluye polígonos de afección

CAPACIDAD DE USO: APTITUD Y VULNERABILIDAD

Unidad muy sensible a los procesos de ocupación del territorio, con riesgos de eliminación de suelos agrícolas porconstrucciones, ampliaciones de las existentes y también por abandono de las actividades tradicionales. Es una unidad en expan-sión, pues la rentabilidad del cultivo y las inexistentes limitaciones climáticas para el crecimiento de estos árboles hacen quecualquier lugar donde se disponga de agua para riego pueda ser objeto de acondicionamiento del terreno y posterior plantación.

Su mayor vulnerabilidad reside también en estos factores de oportunidad económica y de mercado, pues estos suelos se valoranen términos económicos y por tanto son susceptibles de un cambio de uso como soporte de actividades más rentables que lasagrícolas, pero que destruyen el recurso edáfico.

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II. ESTUDIO Y ANÁLISIS AMBIENTAL DEL TERRITORIO AFECTADO pág: 16

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Nombre: MOSAICO DE CULTIVOS Y FRUTALES EN VAGUADAS Y LOMAS (Lm)DESCRIPCIÓN

Cultivos diversos y frutales, con predominio del aguacate dentro de un marco paisajístico de lomas y vaguadas.

La composición litológica es diversa pues aparecen sobre distintos materiales, desde los depósitos pliocenos en lomas hasta laspizarras, calcofilitas y grauvacas del complejo maláguide que afloran en la zona central del término municipal, siendo en estoscasos más frecuente una disposición morfológica en vaguadas y vertientes con pendientes medias. Precisamente este condicio-nante de relieve permite el cultivo del olivar y los frutales frente a otros que necesitan de pendientes más tendidas y llanas.

Los suelos presentan un desarrollo variable, con una capa superficial de alteración de la roca del substrato que por su composi-ción aporta iones provenientes de la descomposición de silicatos básicos, lo que procura cierta fertilidad al suelo. Cambisolescálcicos y vérticos, luvisoles órticos sobre lomas y depresiones pliocenas y en ocasiones litosoles sobre grauvacas y neises sopor-tan, además de los cultivos y pequeñas huertas, un matorral espiniscente ocupando intersticios e incluso en lindes de fincas haypies aislados de algarrobos, acebuches y alguna encina .

La fauna es escasa, la más representativa es ornítica, de espacios abiertos y cultivares, familias aláudidos, fringílidos,...

La red de escorrentía superficial es de desarrollo medio y bien organizada. En muchas zonas el agua circula por arroyada laminarhasta su organización en cauces. La mayoría de esta red es de funcionamiento estacional. Materiales en general impermeables.

PAISAJE

Esta unidad presenta gran extensión en el sector central del término municipal de Mijas y en la proximidad del piedemonte de lassierras. La bondad de la temperie y la disponibilidad de agua permite la expansión de los cultivos subtropicales, especialmente deaguacate y la alternancia con algunas parcelas de cultivos leñosos, frutales, y otras variedades de herbáceos que otorgan algo dediversidad en cuanto a texturas y composiciones. Los bordes que la delimitan pueden o no estar definidos y la transición haciamatorrales y zonas mixtas puede ser muy frecuente.

La matriz agrícola de este tipo de cultivos incluye desde unidades ambientales más pequeñas en extensión hasta lindes y escarpesarbolados que aportan pequeños matices y otorgan cierta variabilidad al conjunto. Se tiene así una trama de corredores y parchesde vegetación natural, matorrales ligados a la red de caminos, o pequeñas galerías ligadas a la red hidrográfica, etc...

En la zona central de la imagen se muestra esta unidad, perotambién se observa la expansión de los suelos urbanos en unsegundo plano hasta el piedemonte de la Sierra de Mijas al fondo.El cambio paulatino de los suelos menos productivos o más próxi-mos a zonas urbanas se hace evidente.

En la imagen se pueden distinguir los aguacates en el extremoinferior izquierdo de la imagen frente a los olivos (centro) y losalmendros (a la derecha). Obsérvese una textura visual semejantepropiciada por el marco de plantación de los frutales. Las varia-ciones cromáticas sólo se aprecian en plantaciones de almendrosy otros prunus.

RECURSOS NATURALES

Usos agrícolas (aguacate en expansión a costa de otros frutales, abandono del olivo, etc.).

PATRIMONIO HISTÓRICO-ARTÍSTICO

No incluye polígonos de afección

CAPACIDAD DE USO: APTITUD Y VULNERABILIDAD

El uso agrícola debería ser dominante en es esta unidad, pero no lo es existiendo una tendencia al abandono y cambio de uso, yasea por la proximidad a resorts, complejos turísticos y campos de golf o por su condición intersticial entre otros suelos urbanos ygrandes infraestructuras. En algunos casos estos mosaicos de cultivos son suelos urbanizables programados, que mantienen eluso agrícola hasta su desarrollo urbanístico. Su situación en una zona con buenas oportunidades en cuanto a su accesibilidadacentúa el cambio de uso o fija su destino futuro. Es una unidad abocada a la transformación del uso del suelo.

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II. ESTUDIO Y ANÁLISIS AMBIENTAL DEL TERRITORIO AFECTADO pág: 17

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Nombre: ERGUENALES EN LADERAS Y VERTIENTES (Mcg)DESCRIPCIÓN

Matorral de composición diversa pero que se caracteriza por la presencia del erguén (Calicotome villosa) acompañado de bolina(genista umbellata), tomillo cabezón, esparto, palmito, jara, ... Según su proximidad a las sierras aumentan los pies de encina yalcornoque, pero también son frecuentes algún ejemplar disperso de algarrobo, acebuche, incluso pinos piñonero y carrasco. Elsubstrato geológico es de tipo silíceo y ultrabásico, los suelos en muchas ocasiones son litosoles y sólo en fondos de vaguada y enlugares de acumulación alcanzan alguna profundidad (luvisoles, cambisoles) que se detecta por la presencia de cultivos y peque-ñas huertas entre un relieve muy marcado por la red fluvial, con un desarrollo de tipo dendrítico e incisivo.

En pequeños barrancos es frecuente encontrar una cierta continuidad de arbustos y pies arbóreos. La existencia de algunosbarrancos con algo de humedad convierte a estas trazas en pasillos para el desplazamiento de mamíferos, sobre todo si están enconexión con la red de arroyos. En las vertientes desnudas de éstos es más frecuente la presencia de aves.

PAISAJE

Este matorral de campiña ocupa todos aquellos suelos que, por razones de relieve, dificultad de acceso, escasa fertilidad e inclusosituaciones históricas relativas a la propiedad y gestión de fincas, no han sido ocupadas por los cultivos agrícolas o son el resul-tado del abandono del viñedo y otros usos que en su momento fueron predominantes en estos terrenos.

Es una unidad muy extensa y ubicua en el término municipal, llamativa e identificable sobre todo en primavera, por presentaruna coloración destacada en la floración del erguén. Posteriormente no llama la atención.

Un aspecto destacable de esta unidad se refiere a su modeladomorfológico y a la textura resultante. Las rocas metamórficas yultrabásicas manifiestan una alteración sin aparentes resaltesdiferenciales debidos a la litología o disposición estratigráfica. Lacapa de alteración puede ser de algunos metros y el desarrollo deuna red fluvial de tipo dendrítico genera una superficie muymovida, con una sucesión de vaguadas y vallejos, con vertientes yladeras sin roturas de pendiente fuertes. Sobre estas se desarrollael matorral generando una superficie de textura homogénea quesuaviza las posibles irregularidades. Queda así un relieve con unasuperficie que, cuando carece de arbolado se muestra peculiar,como un tapiz o moqueta proyectado sobre el relieve subyacente.

RECURSOS NATURALES

Aprovechamientos agrícolas muy limitados. El aprovechamiento forestal es casi inexistente, ocasionalmente es utilizado porganado caprino.

PATRIMONIO HISTÓRICO-ARTÍSTICO

Incluye el polígono Nº 13. Castillo de Osunillas 30S355027/4051779.

CAPACIDAD DE USO: APTITUD Y VULNERABILIDAD

Unidad ambiental de gran importancia para la fauna, pues estos matorrales de mayor o menor cobertura, garantizan espaciosdonde la fauna silvestre se mantiene a pesar de la creciente presión de los diseminados residenciales. Existe un cierto riesgo deincendio ya que el pastizal de herbáceas y la condición espiniscente del matorral resultan molestos para otras actividadeshumanas y suelen ser objeto de quema ilegal para limpieza del monte.

En algunas zonas estos matorrales aparecen con encina, alcornoque, lentisco, acebuche, siempre muy dispersos o aislados, peroque denotan la situación serial y cierta riqueza en cuanto a diversidad de especies vegetales.

Como ocurre con otras unidades ambientales, ésta también es susceptible de propuestas de cambio de uso del suelo. En algunaszonas estos suelos permanecen a la expectativa de dicho cambio, sobre todo para actuaciones turísticas residenciales, y estaexpectativa a lo largo de tiempo es responsable del desarrollo de este matorral espiniscente.

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II. ESTUDIO Y ANÁLISIS AMBIENTAL DEL TERRITORIO AFECTADO pág: 18

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Nombre: ALCORNOCALES EN LADERAS (Qlm)DESCRIPCIÓN

Monte de alcornoque, encina y matorral con cobertura media, sobre laderas dominantes.

Materiales del substrato con predominio de neises, cuarcitas y micaesquistos del complejo alpujárride. Los materiales silíceospresentan alteración superficial con predominio de litosuelos. La pendiente y limitada extensión de la unidad no permite unaasignación de unidad taxonómica de suelos, pero en el entorno pueden asociarse a cambisoles no cálcicos.

El alcornoque se acompaña de encina y el matorral acompañante está constituido sobre todo por jara, erguén y en ocasionespastizal de herbáceas. Aloja una fauna similar a la de la unidad de erguenales, pues la presencia de las mismas especies en una uotra unidad depende de la actividad diaria o estacional, en cuanto a elección de zonas de estancia, alimentación o reproducción,etc. La presencia de cubierta arbórea favorece la presencia de aves, mientras que el matorral denso da cobertura a mamíferoscarnívoros, como la gineta, tejón, meloncillo, comadreja y hasta se ha citado zorro.

Las laderas poseen pendientes medias, de desarrollo alomado y formas suaves que ocasionalmente presentan roturas dependiente por algún resalte litológico o accidente fisiográfico. La red de escorrentía superficial tiene poco desarrollo, por coinci-dir con dominantes y divisorias de subcuenca. Materiales en general impermeables, ocasionalmente permeables por fisuración.

PAISAJE

Estos alcornocales por su localización en zona de ladera interme-dia presentan unos rasgos visuales de textura y disposición quedestacan entre el erguenal y pastizal adyacente. La unidad aportauna condición de naturalidad al paisaje de esta zona central deltérmino que se pone evidencia al desplazarse por la carreteraMA-426, sobre todo en sentido norte, pues establece un pasilloescénico desde estas zonas de media ladera hasta las elevacionesde las sierras de Mijas o Alpujata.

El potencial de vistas y la incidencia visual que posee la unidad esen ambos casos elevado, pues se localiza en un cordón o divisoriade cuencas que mantiene continuo ascenso de cota hasta elcollado que conecta las sierras antes citadas.

RECURSOS NATURALES

Interesante espacio de bosque mediterráneo que conecta los matorrales de la zona central del municipio con las estribacionesserranas. Esta situación representa un recurso natural de interés para el mantenimiento de la diversidad vegetal y faunística, puesel collado del Puerto de Pescadores, que es considerado corredor ecológico entre las sierras de Mijas y Alpujata-Canucha, prácti-camente tiene continuidad con el extremo norte de esta unidad, sobre todo para el desplazamiento de la fauna silvestre.

Como recurso compatible con esta situación puede citarse el aprovechamiento tradicional de la dehesa de alcornoque, pero en lapráctica esta actividad está en desuso, por lo que este monte debe ser considerado como recurso natural de tipo cultural o didácti-co, sobre todo con la finalidad de investigación ambiental o de enseñanza del medio.

PATRIMONIO HISTÓRICO-ARTÍSTICO

No incluye polígonos de afección. Resto de era y construcciones agrícolas tradicionales.

CAPACIDAD DE USO: APTITUD Y VULNERABILIDAD

Unidad muy sensible a los procesos de degradación por remoción de la cubierta vegetal, ya mermada al ubicar sobre ella la trazadel gasoducto. Por su situación dominante es muy sensible a actuaciones que modifiquen sus caracteres perceptuales.

Buenas aptitudes para uso naturalístico, didáctico, recreativo o turístico no consuntivo. El espacio que ocupa este monte es singu-lar por su situación en el término municipal. Representa un paisaje que refleja un modo compatible de aprovechamiento delmonte hoy en desuso.

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Nombre: VERTIENTES, VAGUADAS, BARRANCOS Y ZONAS MINERAS, INESTABLES (mvg)DESCRIPCIÓN

Vaguadas y barrancos que se desarrollan principalmente sobre peridotitas en donde son frecuentes los procesos de inestabilidadde laderas. Antiguas explotaciones abandonadas y otras activas.

Aunque la mayor parte de las unidades cartografiadas se corresponden con afloramientos de peridotitas de la sierra Bermeja,también se podían incluir aquí las canteras de mármol próximas a la población de Mijas.

En el caso de las peridotitas serranas se refiere a vertientes con muy escasa presencia de cubierta vegetal debido a diferentesfactores, desde afloramientos de roca madre cuya esquistosidad coincide con la pendiente hasta situaciones no infrecuentes dezonas afectadas por incendios, en los que los procesos erosivos dan lugar a arrastres. También se incluyen zonas en las que lacomposición litológica, fracturación de la roca y pendiente acusada se combinan para hacer posible este proceso de movilizaciónde material.

La cubierta vegetal es muy escasa y en el caso de zonas mineras y canteras es inexistente. Las características hidrológicas no sonsignificativas, pero en las proximidades del vertedero hay excavaciones que sobrepasan el nivel freático y aparecen lagunas artifi-ciales de pequeña extensión, lo que para la fauna puede tener un interés local.

PAISAJE

Esta unidad está ligada a las vertientes de fuerte pendiente y a lasexcavaciones en donde se producen procesos de erosión superfi-cial y pérdida de estabilidad de los materiales. Excepto en lascanteras y explotaciones mineras en donde la incidencia visual esconcluyente, en el resto los caracteres perceptuales se organizanen función de las cuencas visuales y los potenciales de vistas.

En todos los casos el movimiento de relieve más o menos aprecia-ble, la ausencia de cubierta vegetal consistente y una mayorpresencia de suelo desnudo, son los rasgos de paisaje más llamati-vos.

RECURSOS NATURALES

El interés minero de las explotaciones en su caso.

PATRIMONIO HISTÓRICO-ARTÍSTICO

No incluye polígonos de afección.

CAPACIDAD DE USO: APTITUD Y VULNERABILIDAD

Bajo condiciones naturales estos terrenos presentan cierto riesgo de inestabilidad. Bajo la acción del hombre esta situación deriesgo se convierte en ocurrencia cierta, especialmente cuando se produce la modificación de la cubierta vegetal o su pérdida porincendios forestales.

Si bien estos suelos no son recomendables para la edificación por sus deficientes condiciones geotécnicas, sí que son adecuadospara soportar otros usos relacionados actividades que necesariamente deben ubicarse fuera de suelos urbanos y por lo general enzonas sin valores ambientales que pudieran verse afectados. Tal es el caso de la ubicación de vertederos de RSU, estaciones detransferencia, almacenes de productos peligrosos, etc... En estos casos resultan compatibles con este tipo de instalaciones,tomando las precauciones técnicas y medidas tendentes a la estabilidad y garantía de las instalaciones o infraestructuras que aquíse pudieran implantar.

Es el caso de la planta de tratamiento de RSU y vertedero de Mijas. La delimitación del suelo como Sistema General que acogeesta planta y su zona de depósito coincide sensiblemente con esta zona de riesgo. El control permanente de esta actividad y lasmedidas correctoras minimizan esta vulnerabilidad y hacen apto este espacio para este uso especial.

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Nombre: PINAR DE SIERRA (Pvc)DESCRIPCIÓN

Pinar de pino carrasco sobre mármoles blancos de la Sierra de Mijas .

Sobre un substrato de mármoles masivos blancos, en ocasiones sacaroideos, en el que son frecuentes los litosuelos, se desarrollauna masa de pinar mayoritariamente formado por P. halepensis, que en los bordes más bajos de las laderas se entremezcla conejemplares de P. pinea y otras quercíneas (encina, algún quejigo). La cobertura es buena en muchos puntos, en otros debido alúltimo incendio del año 2001 muestra extensos claros.

El relieve se dispone en un desarrollo de vertientes simple, pero con pendientes elevadas y constantes a lo largo de la ladera. Enzonas culminantes son frecuentes las formas abruptas. La modulación de crestas está subordinada a fracturas tectónicas quecompartimentan esta sierra en bloques y a su vez éstos en barrancos, pero debido a la naturaleza tan permeable del mármol nose llegan a formar cursos de agua, predominando la escorrentía subterránea.

Presencia de aves, en especial las de ambientes forestales (águila calzada, águila-azor perdicera) y en menor medida de mamífe-ros. El sotobosque que acompaña al pinar tiene cierto interés botánico.

PAISAJE

Visualmente es una de las manchas de pinar más espectacularesque se pueden observar en esta zona de la costa del Sol ya quecoincide con un relieve de crestas y unas pendientes muyelevadas. El resultado es un fondo escénico de textura y color encontraste con los uniformes azules de cielo y mar. La línea nortede horizonte cercano para gran parte del municipio mijeño estáformada por esta combinación de fuertes relieves, verdes pinaresy crestas perfiladas.

Posee elementos de paisaje intrínseco, que están ligados a rasgosde geomorfología estructural y kárstica, pues es una zona de infil-tración de lluvia y recarga de acuíferos.

RECURSOS NATURALES

Recurso forestal y monte público. Pero el mejor recurso natural es sin duda su condición de acuífero que tradicionalmente hasuministrado agua a la población mijeña. Esta condición debe hacerse permanente y asegurarse ya que el agua es un recursoestratégico. Puede proponerse la limitación de acceso a lugares sensibles, como zonas de recarga y el entorno de captaciones ypozos de agua municipales que existen para el abastecimiento humano.

PATRIMONIO HISTÓRICO-ARTÍSTICO

No incluye polígonos de afección

CAPACIDAD DE USO: APTITUD Y VULNERABILIDAD

Excelentes aptitudes para usos naturalísticos y de recreo extensivo no consuntivo, compatible con actividades turísticas respetuo-sas con el medio natural. Con todo tiene vulnerabilidades que se refieren al riesgo de incendio, a la presión de actividadeshumanas propias de medios urbanos y comportamientos no acordes con el medio natural, como circulación de vehículos todoterreno (quad, motos), etc.

Toda la unidad es muy vulnerable a la contaminación del acuífero. Dado que el monte público está en la práctica dentro de lazona de recarga, la protección de éste y las determinaciones que los planes de ordenación de recursos forestales dispongandeberían establecer medidas para la eficaz protección del acuífero subyacente.

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Nombre: REPOBLACIÓN FORESTAL EN PERIDOTITAS (Rvk)DESCRIPCIÓN

Repoblaciones de pino y eucalipto sobre las vertientes mijeñas de la Sierra Alpujata y Bermeja.

Las peridotitas y otras rocas que forman parte de la unidad alpujárride, como neises, cuarcitas y micaesquistos, son el soportelitológico, en muchas ocasiones con extraordinaria evidencia, sobre el que intenta medrar un bosque de repoblación formado porpino carrasco y eucalipto rojo. También se regenera el pino resinero en algunos lugares de la sierra Alpujata, pero se citan inclu-siones de pino insigne, enebro, eucalipto blanco y brecina

Los litosoles son característicos en esta unidad, desde afloramientos de roca desnuda en las cimbres y crestas de la sierra hastacoluviones y acumulaciones de filitas alteradas en zonas deprimidas. En estas zonas más bajas y con un mayor desarrollo delhorizonte edáfico se localizan los mejores ejemplares de repoblación, un bosquete maduro de pino carrasco que contrasta con losejemplares que a media ladera vegetan después de haber sufrido algunos incendios.

Las pendientes son medias y elevadas, por lo que en estas condiciones y sin la fijación que aporta la cubierta vegetal son relativa-mente frecuentes fenómenos de inestabilidad (creeping) o erosión directa en caso de fuertes lluvias. Las vertientes de laderaacogen una red de escorrentía bien marcada que facilita el drenaje superficial , ya que las rocas son impermeables.

La amplia extensión de esta unidad junto con la condición de sierra que alcanza las mayores elevaciones del municipio permite laexistencia de una comunidad faunística que encuentra en estos lugares aislados cierto refugio y así se han citado herbívoros comola cabra montés, pero estas alturas pertenecen al dominio de las aves rapaces habiéndose citado el águila calzada, el águila azor-perdicera y observado el busardo ratonero.

PAISAJE

Esta unidad destaca por su energía de relieve, extraordinariaincidencia visual y fuerte cromatismo rojizo (bermejo) ocasio-nado por la oxidación de las peridotitas.

Su gran extensión permite el desarrollo de cuencas visualesinteriores que coinciden con las cuencas de recepción de losarroyos que modelan las vertientes. Los perfiles son rectos y dependiente homogénea en todo su desarrollo y sus frentes enalgunos casos son convexos, por lo que su incidencia visual esposible desde un amplio sector del territorio municipal..

RECURSOS NATURALES

Esta unidad es monte público y está considerado como recurso forestal. Además de esta consideración de aprovechamiento, launidad posee recursos paisajísticos y ambientales de especial interés, como puede ser la composición litológica de las rocas delsubstrato y la relación de las comunidades vegetales que se han adaptado a la peculiar composición de este suelo. Por último esun biotopo clave para el mantenimiento de la fauna y como corredor de comunicación entre esta sierra y la de Blanca, así comootras localizadas hacia el occidente de la comarca costera.

PATRIMONIO HISTÓRICO-ARTÍSTICO

No incluye polígonos de afección

CAPACIDAD DE USO: APTITUD Y VULNERABILIDAD

Unidad sensible a los incendios forestales. Su consideración de monte público la hace objeto de tratamiento y gestión por mediodel correspondiente Plan de Ordenación de Recursos Forestales.

Por otra parte la existencia de zonas mineras en su interior no resulta adecuada según criterios del POT de la Costa del SolOccidental, por lo que deberían recuperarse las zonas afectadas con el plan de labores anual y al término de la correspondienteconcesión.

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Nombre: ALCORNOCALES EN VERTIENTES COMPLEJAS (Qxk)DESCRIPCIÓN

Foresta de aceptable cobertura y desarrollo sobre vertientes y laderas de pendientes medias.

Las peridotitas y otras rocas del complejo ultrabásico forman el substrato sobre el que se desarrolla un relieve de fuertes pendien-tes, pero al pie de estas elevaciones, con una menor energía de relieve en donde es posible cierta acumulación de los materiales dealteración de éstos silicatos básicos se produce un suelo de desarrollo variable (alfisoles, inceptisoles), pero de carácter silíceo quees de la preferencia del alcornoque. Estos suelos acogen una de las comunidades más características de los bosques malagueños,pues el arcornocal está frecuentemente acompañado de encina (aquí en Mijas quizás por la existencia de suelos calcáreos ydolomíticos), acebuche, algarrobo, mirto, erguén, lentisco, palmito, jaguarzo y otras. Estas características del alcornocal en buenestado permiten la presencia de una comunidad faunística variada, sobre todo en el contacto con las zonas de sierra en donde seha citado tejón, comadreja, gineta entre mamíferos destacados; entre las aves el águila calzada, el busardo ratonero y el águilaperdicera.

La hidrología tiene un componente mayoritario de drenaje superficial, favorecido por la impermeabilidad del substrato.

PAISAJE

Esta unidad ofrece un buen ejemplo de bosque mediterráneo, ycomo rasgo a destacar debe señalarse su buen estado de conserva-ción y aspecto natural, a pesar de la relativa proximidad de la zonaturística costera y los cercanos complejos de los campos de golf.

El bosque tiene una cubierta aceptable, con cierto cromatismoprimaveral debido a la floración de las distintas especies delmatorral acompañante, y también durante el otoño.

Su incidencia visual es de tipo medio, pues no siempre se localizaen zonas conspicuas; en ocasiones presenta perfiles cóncavos amedia ladera.

RECURSOS NATURALES

Este bosque presenta uno de los mejores estados de conservación del municipio, con elementos valiosos en cuanto a la flora,fauna y geomorfología. Es un biotopo clave para el mantenimiento de la fauna y como corredor de comunicación entre las zonasde sierra y el curso medio del río Fuengirola..

PATRIMONIO HISTÓRICO-ARTÍSTICO

No incluye polígonos de afección

CAPACIDAD DE USO: APTITUD Y VULNERABILIDAD

Unidad muy sensible a los procesos de degradación paisajística por cambios de uso, especialmente por la extensión del cultivo delaguacate y por la presión de las actividades humanas, en especial por la apertura de pistas o carriles que traen posteriormente laimplantación de otras actividades, con el consiguiente perjuicio para el equilibrio y la estructura natural de este bosque. Es unexcelente recurso paisajístico con aprovechamiento para el ocio y turismo rural, senderismo y actividades relacionadas con laNaturaleza.

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Nombre: ALCORNOCAL Y ENCINAR ACLARADO EN LADERAS (qvk)DESCRIPCIÓN

Monte adehesado de alcornoque y encina en laderas de pendientes medias sobre suelos neísicos.

La composición silícea proviene de la alteración de neises que afloran en el sector meridional del río de Ojén. En estas zonas hayun aumento del carbonato cálcico proveniente de la alteración de feldespatos, de modo que no es raro encontrar cambisoles cálci-cos que atraen una cubierta vegetal afín, siendo un buen indicador de esta situación la mayor presencia de encina, en compara-ción con otros bosques de alcornoque sobre suelos de peridotitas.

Este bosque no alcanza el grado de cobertura que en la unidad de alcornocales en vertientes complejas, a pesar de contenerejemplares de buen porte y desarrollo. El matorral acompañante es diverso pero menos extenso y es frecuente encontrar suelosocupados por algún cultivo, frutales o claros con pastizal ralo. Este monte mediterráneo aclarado permite la presencia de unacomunidad faunística variada en donde se ha citado la presencia de comadreja y tejón entre los mamíferos. Entre las aves puededestacarse la presencia del águila calzada, el busardo ratonero y el águila perdicera. El hecho destacable es que esta presencia defauna se encuentre tan próxima a zonas intensamente urbanizadas y próximas a la costa.

La hidrología muestra una red superficial de arroyos bien marcada que drena por el norte hacia el río de Ojén y por el sur hacia elarroyo de La Cala del Moral.

PAISAJE

Esta unidad presenta un cierto contraste cromático y textural quevaría de acuerdo con las estaciones. Su posición hipsométricaintermedia y su disposición en cuenca visual compleja y coinci-dente con la del arroyo de La Cala del Moral y con la vertiente delrío de Ojén, con frecuentes divisiones en subcuencas menores,hacen que sus condiciones de intervisibilidad sean limitadas; noasí el potencial de vistas que se puede tener desde las divisorias dealgunos de sus interfluvios hacia Entrerríos y hacia las vistasserranas, siendo en estos casos muy elevado, circunstancia que esaprovechada para ubicar en estos puntos las edificaciones.

La presencia de alcornoques y el aspecto naturalizado de muchasde sus fincas otorgan una buena valoración de paisaje intrínseco.

RECURSOS NATURALES

Esta unidad extiende los valores faunísticos y paisajísticos de la zona de la sierra hacia las cotas más bajas y meridionales. El usocomo dehesa aclarada o la propiedad de las fincas permiten el mantenimiento de la cubierta arbórea y arbustiva, lo que resultaapropiado para evitar procesos erosivos. Es un biotopo clave para el mantenimiento de la fauna.

PATRIMONIO HISTÓRICO-ARTÍSTICO

No incluye polígonos de afección

CAPACIDAD DE USO: APTITUD Y VULNERABILIDAD

Unidad muy vulnerable a la transformación de parte de sus terrenos en cultivos de aguacate, o por introducción paulatina deotros usos no agrícolas o no ligados al medio. Debe mantener sus condiciones actuales y potenciar usos compatibles con laconservación de sus valores paisajísticos, como los usos naturalísticos y los turísticos y recreativos no consuntivos.

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Nombre: GARRIGA EN VERTIENTES SERRANAS (Mvs)DESCRIPCIÓN

Matorral mediterráneo sobre suelos carbonatados de la Sierra de Mijas.

En las zonas donde el pino carrasco no prospera o ha sido quemado tiempo atrás medra una garriga formada por especieshabituales sobre suelos calcáreos, con presencia de lentisco, coscoja, enebro, romero, jara blanca, romero macho, tomillocabezón, aulaga, etc,. Si el suelo aparece más descarnado, ya sea por la excesiva pendiente o por un predominio de los procesoskársticos, el matorral se transforma en tomillar con esparto o un lastonar.

Las condiciones de relieve, pendientes, substrato, fauna y las características hidrológicas y su condición de zonas de recarga delsistema acuífero son iguales que las descritas en la unidad Pinar de Sierra.

Ocasionalmente pueden aparecer pies aislados de encina, acebuche, pino carrasco y algún algarrobo en fondo de barranco.

PAISAJE

A diferencia de la unidad de pinar, aquí no aparece ningunacubierta arbórea significativa, y aún así la configuración delmatorral puede variar desde una garriga madura hasta un pastizalralo. En estos casos la percepción de las laderas y vertientes serra-nas es variable.

En todo caso el cromatismo estacional está asegurado por la flora-ción de las especies arbustivas, además de la permanencia delcolor gris proveniente de la pátina de disolución de los mármoles.

En la imagen puede verse una zona afectada por el incendio de2001 en donde sobreviven algunos pinos y la incipiente coloniza-ción de la ladera por herbáceos y fanerófitos.

RECURSOS NATURALES

Zona de recarga del acuífero de la Sierra de Mijas.

PATRIMONIO HISTÓRICO-ARTÍSTICO

No incluye polígonos de afección

CAPACIDAD DE USO: APTITUD Y VULNERABILIDAD

Posible recuperación cuando la garriga degradada es producto de un incendio, aunque este proceso es muy lento. En otros casosdebe esperarse la evolución natural de estas comunidades. En cualquier caso posee la condición de monte público.

Unidad vulnerable a la contaminación del acuífero subterráneo.

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II. ESTUDIO Y ANÁLISIS AMBIENTAL DEL TERRITORIO AFECTADO pág: 25

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2.B) DESCRIPCIÓN DE LOS USOS ACTUALES DEL SUELO

2.B.1 LOS USOS DEL SUELO Y LOS NÚCLEOS DE POBLACIÓN

El territorio municipal de Mijas es una realidad bien conocida y estudiada en el marco de losnumerosos análisis realizados sobre el sector occidental de la banda litoral de la provincia deMálaga, con la particularidad de que Mijas posee terrenos de franja costera (con unas característi-cas urbanísticas específicas) y terrenos intermedios y de piedemonte de las sierras litorales, conpaisaje y usos de suelo diversos, variados y complejos.

Los usos del suelo que soporta el territorio municipal inciden directamente en la situación actualdel medio natural, y así se da la circunstancia de que han desaparecido de la franja costera lapráctica totalidad de elementos de alta valoración "ecológica o naturalística" como la fauna silves-tre, el modelado litoral, la cubierta vegetal natural o el paisaje primitivo no transformado; sinembargo sí que se mantienen otros elementos del medio natural muy valorados, pero de difíciltraducción mercantil, como el buen clima, el sol, el paisaje, el acceso a las playas y al mar, etc.

En la zona de la sierra sí que se hacen presentes esos valores ambientales y paisajísticos, converti-dos en recursos gestionables y es precisamente esta valoración la que atrae determinada demandade urbanización y localización de asentamientos y actividades en las proximidades de estosespacios de gran calidad ambiental (en algunos casos en ellos mismos), con la consiguiente trans-formación de usos y pérdida irreversible de esos recursos.

El municipio de Mijas posee una diversidad de espacios que están en relación con el relieve y conla accesibilidad natural que poseen. Así, entre las zonas llanas de Las Lagunas y el casco urbano deMijas, a mitad de ladera de la sierra, se observa un territorio complejo y modulado por el desarro-llo de las vertientes de cada uno de los arroyos y vaguadas que configuran su fisonomía. Estemovimiento de relieve origina en un principio una disposición de los usos del suelo acorde con laaccesibilidad y la pendiente, de modo que en un caso los usos agrarios más intensivos se localizansobre las zonas llanas o de vega de los ríos, especialmente sobre la del río Fuengirola, y en otro semantienen los usos de la agricultura extensiva, o los frutales (aguacate), y de forma testimonial losusos pecuarios en las zonas de mayores pendientes. Los núcleos de población se ubican en lugaresestratégicos, ya sea por la existencia de manantiales, por facilidad de acceso a cultivos o explotacio-nes, y también por crecimiento de lugares señalados en el sistema de comunicaciones.

En la actualidad todos estos patrones de fijación de asentamientos urbanos o de ubicación de usosdel suelo quedan prácticamente difuminados por la gran actividad que ha soportado el territorioen los últimos tiempos, especialmente inducida por el crecimiento turístico durante más de treintaaños y que, con adaptaciones a la realidad actual, todavía se mantiene.

Conforme la distancia a la costa se hace mayor, el uso del suelo se adapta a las demandas producti-vas de los últimos años, siendo la construcción de viviendas, el turismo de ocio y recreo y enmenor medida la agricultura intensiva, por este orden, las actividades con mayor implantación enaquellos suelos del término municipal donde el planeamiento territorial y municipal así lo hapermitido.

La evolución que ha experimentado la estructura económica del municipio en los últimosdecenios, en los que se ha producido el gran vuelco desde una economía tradicional basada en elsector primario a la situación actual, en la que la economía local se asienta en el sector terciario yen la actividad inmobiliaria, ha tenido unas consecuencias evidentes en el patrón de ocupación delterritorio municipal, tanto en lo que se refiere a los usos del suelo como en lo que se refiere a losasentamientos de población.

La diferenciación entre los tres núcleos actuales es evidente no sólo desde el punto de vista históri-co, territorial o de tamaño, sino también desde el de su caracterización socioeconómica y urbanís-tica: frente a la actividad administrativa y turística que define al núcleo primitivo de Mijas-pueblo

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y a los usos turísticos y de ocio implantados de forma extensiva sobre la banda litoral en el entornode La Cala, Las Lagunas conserva en mayor grado sus anteriores características socioeconómicas yurbanísticas con el matiz de que las actividades productivas agrarias han dado paso a un impor-tante sector económico ligado a la actividad inmobiliaria y turística.

Además de estos procesos de ocupación del suelo hay que señalar el rasgo que define bien estesector de la Costa del Sol y que no es otro que la extensión de la ciudad en toda la franja costera amodo de continuo urbano. La funcionalidad de este espacio como soporte de actividades territo-riales sobrepasa los límites del municipio y este patrón se extiende a lo largo de decenas de kilóme-tros desde la ciudad de Málaga hacia el occidente.

Sobre esta base se asientan los análisis, diagnósticos y propuestas que hace el POT de la Costa delSol Occidental y por consiguiente las que se proponen en esta revisión del PGOU y en los puntossiguientes de este estudio.

2.B.2 Datos socioeconómicos

La población de Mijas a partir de datos del Padrón Municipal de Habitantes, referida a 29/04/2004,es de 55.445 residentes inscritos, con tendencia creciente en el número de residentes. También hayque destacar la notable presencia en el municipio de población de nacionalidad extranjera.

Fuente: INE 2004. Censos de Población y Viviendas 2001. Resultados definitivos.4.1144.7828.896Otras 6638501.513Actividades inmobiliarias y de alquiler; servicios empresariales1.1681.5812.749Hostelería1503.2093.359Construcción189Industrias extractivas22527Pesca51351402Agricultura, ganadería, caza y silvicultura6.15010.80616.956TOTALMUJERVARÓNTOTAL

POBLACIÓN OCUPADA, DE 16 AÑOS O MAS, CLASIFICADA POR SEXO Y ACTIVIDAD

El análisis de la tabla anterior pone de manifiesto la tendencia al cambio de uso del suelo y laespecialización turística y de servicios.

Proyección de los sectores productivos sobre el territorio

El sector agrícola también ha perdido el peso que tradicionalmente jugaba en la economía munici-pal: de las 14.850 Hectáreas de extensión del municipio de Mijas, unas 5.300 (35,8% del total)corresponden, de acuerdo a los datos del año 2002, a superficie no agrícola y constituyen el “uso”más frecuente de todos los definidos en el término municipal.

De acuerdo a los datos que expresan los aprovechamientos de la tierra, sólo la superficie dedicadaa cualquier variedad de monte (maderable, abierto o leñoso) se aproxima al anterior valor, alcan-zando un total de unas 5.000 Ha, de tal modo que la superficie labrada para cultivos agrícolasapenas ocupa unas 2.000 Ha. de las que algo más de la mitad de ellas se dedica a cultivos herbáceosy, el resto, a cultivos arbóreos. Es una magnitud prácticamente testimonial para un municipio que,hace tan sólo veinte años contaba con una superficie destinada a estos usos de más del doble delvalor actual y que, en la actualidad, ocupa a un escaso 2,4% de la población residente.

De acuerdo a los datos de 2002 los cultivos herbáceos de regadío con mayor superficie dedicadason: patata (130 Ha.); judía verde (75) y “otras gramíneas” (70). Con valores menores, aparecenverduras frescas: guisante verde, lechuga, tomate, cebolla y pimiento. Como herbáceos de secano,merecen destacar los siguientes, indicándose, entre paréntesis, junto a cada especie, la superficiededicada a su cultivo: cereales de invierno para forraje (150), veza para forraje (150), otras

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gramíneas (120) y, finalmente, haba, guisante, altramuz, alholva, algarroba y otros (75). La mayorsuperficie en el municipio se dedica, sin duda, a cultivos leñosos de regadío, especialmenteaguacate (475 Ha.) cultivo que observa un notable incremento en superficie dedicada respecto delos datos del año 1995, en que se registraban 380 Ha. pero también naranjo (30) y limonero (25)contando níspero y olivar para aceituna de aceite con valores meramente testimoniales. Entre loscultivos leñosos de secano pueden señalarse los de higuera, almendro y chumbera.

Estos datos agrarios y de actividades económicas se refieren a estadísticas y censos del municipio,pero no recogen las plantaciones, mayoritariamente de aguacate, ligados a las viviendas de losdiseminados rurales y a los huertos particulares y de autoconsumo, que en muchas zonas configu-ran una pauta de ocupación y usos del suelo que no se ajusta a los datos censales. Por otra parte lavelocidad de transformación del suelo agrario hacia otros usos de oportunidad residencial o turís-tica es extraordinariamente alta, habiéndose observado cambios intensos en los últimos dos añosen muchas zonas del término pero sobre todo en la zona central (Entrerríos - Valle del Golf).

El uso pecuario está prácticamente abandonado, de carácter extensivo y fundamentalmente capri-no, se restringe a pastizales en las zonas de sierra, en sotos y riberas de los cursos fluviales y enrastrojeras.

El uso forestal permanece ligado a los montes de Mijas, fundamentalmente a los Montes Públicosde Sierra Blanca y Bermeja, con una superficie de 3.269 Ha. El titular del monte es el Ayunta-miento de Mijas.

Los usos mineros se concentran en la existencia de dos canteras que explotan los mármoles en laSierra de Mijas, son las de El Puerto y Los Arenales. Otra explotacion minera está próxima a laplanta de tratamiento de RSU; el resto, como la de la fábrica de talco, no poseen incidencia territo-rial reseñable.

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2.C) DETERMINACIÓN DE ÁREAS RELEVANTES DESDE EL PUNTO DE VISTA DE:CONSERVACIÓN, FRAGILIDAD, SINGULARIDAD, O ESPECIAL PROTECCIÓN

2.C.1 ÁREAS RELEVANTES

Sierra Blanca-Canucha-Alpujata

Este área forma parte de lo que a nivel de planifica-ción regional en el POT tiene la denominación deGrandes Parques de la Sierra, como uno de loselementos base del paisaje territorial de la Costadel Sol, con una función clara de contrapunto alcorredor urbano costero para lograr un equilibriode sostenibilidad o equidad territorial.

Este área, por sí misma y con independencia delanálisis del POT citado, posee valores naturales,paisajísticos y de estructuración geográfica, quejustifican su relevancia.

Así pues este espacio serrano de 11.805 ha. se reparte entre los municipios de Istán, Monda, Coín,Mijas, Ojén y Marbella. En Mijas incluye los terrenos que ocupa la sierra Alpujata, que alcanzaaquí los 939 m de cota, con relieve abrupto y compartimentado, con fuerte incidencia de la redfluvial, muy encajada en barrancos y torrenteras.

Su cubierta vegetal es diversa, desde pinares de repoblación hasta matorrales xéricos en cumbres,con manchas de alcornoques, encinas y quejigos en zonas limitadas, como representantes de lavegetación climácica. Es una zona con presencia de endemismos florísticos y con especies faunísti-cas variadas, entre las que se encuentran algunas protegidas.

Tiene una relativa accesibilidad desde el paraje de Entreríos mediante pistas forestales y carreterashacia las explotaciones extractivas. Son precisamente éstas últimas y la creciente presión de activi-dades humanas las mayores amenazas para el mantenimiento de su paisaje y buenas condicionesnaturales. La nueva regulación de usos para este área debe hacerse desde la nueva perspectiva terri-torial que presenta la Costa del Sol y en cualquier caso debe poseer un nivel de protección elevado.Es una sierra con buenas aptitudes para el uso forestal y otros usos de tipo naturalístico y turísticono consuntivo, por el contrario tiene un riesgo de incendio alto.

Sierra de Mijas.

Al igual que el área anterior pertenece a lo que seha denominado Grandes Parques de la Sierra. Eneste caso su proyección es mayor por su proximi-dad al núcleo urbano de Mijas y la coexistencia enel mismo espacio de explotaciones mineras (cante-ras de mármol) al tiempo que es un área de recargay acuífero de notable importancia local.

La Sierra de Mijas con una superficie de 7.637 Ha.se extiende por los municipios de Alhaurín elGrande, Alhaurín de la Torre, Málaga, Benalmá-dena y Mijas.

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Es una sierra que alcanza una considerable altura si se tiene en cuenta su proximidad a la costa,llegando a los 1.150 m del vértice de Mijas. La vertiente meridional de la cuerda serrana corres-ponde al término de Mijas, y su relieve se caracteriza por unas fuertes pendientes, con grandesarrollo de barrancos por los que se encaja la red de drenaje poco funcional. En su composiciónlitológica hay un predominio casi completo de los mármoles, lo que da lugar a dos situaciones quedeben ser comentadas aquí. La primera se refiere a las canteras que explotan esta magnífica rocaornamental, cuya incidencia sobre el paisaje y el entorno es importante y bien conocida. Lasegunda es la gran permeabilidad que presentan estas formaciones rocosas, lo que les convierte enexcelentes almacenes acuíferos, que son objeto de explotación para abastecimiento de la población.

Esta sierra posee valores ambientales muy notables, por su vegetación, fauna y paisaje. Sinembargo la proximidad y presión de las actividades antrópicas inciden sobre este espacio, enocasiones de forma dramática, como en el incendio de julio de 2001. Los problemas de este espacioy sus aptitudes son semejantes a los descritos para la sierra Alpujata .

Espacio forestal de Viñas Viejas-Camorro

Es un espacio con el relieve compartimentado quese localiza al sur de la Sierra Alpujata, un conjuntode elevaciones cuyo lugar culminante se encuentraen el Alto de Camorro, si bien el espacio seextiende hacia el sur, recogiendo terrenos colin-dantes al río de Ojén.

Coincide en buena parte con los afloramientos deperidotitas, rocas duras responsables en parte delas formas de relieve acusadas. La cubierta vegetalestá dominada por el pino carrasco y piñonero, ytambién es frecuente el eucalipto, pero es unazona castigada por los incendios.

En zonas altas y cabeceras de arroyo se dan procesos de arroyada y erosión en caso de fuerteslluvias, siendo éste un factor de riesgo natural que se debe tener en cuenta. La alteración de la rocamadre da lugar a suelos rojos (bermejos) que tienen una buena aptitud para los usos forestales,siendo éste el uso predominante junto con algunas fincas de cultivos agrarios situadas en las cotasmás bajas y accesibles.

La proximidad de esta zona a suelos urbanos aumenta las expectativas de uso recreativo, al tiempo aumentan también los riesgos inducidos por las actividades humanas, siendo destacable en estecaso el riesgo de incendio.

2.C.2 ÁREAS DE ESPECIAL PROTECCIÓN

Alcornocales aclarados y mixtos

En el dominio de relieve intermedio entre las sierras y las zonas bajas próximas a la costa y encontinuidad con masas arbóreas serranas y apoyados en elementos hidrográficos, permanecen losbosques de quercíneas, especialmente de alcornoque, pues es el árbol característico del bosqueclímax correspondiente a este territorio. En realidad es una cubierta arbórea con una profundainteracción humana, que se traduce en que no son masas puras y con frecuentes claros. Ponen demanifiesto un carácter rural mediterráneo, con aprovechamiento mixto ganadero y agrícola, enmuchos casos desaparecidos quedando enclaves agrícolas puntuales.

Corresponde con las unidades ambientales citadas que poseen estos bosques, con independenciade su estado, adehesado o más denso; en cualquier caso son lugares que deben ser protegidos y

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detraídos del proceso de urbanización y de otros usos que afecten negativamente a la calidadambiental de su conjunto.

La importancia de estos espacios, como pasillos ycorredores faunísticos, así como receptáculos debiodiversidad queda fuera de toda duda.

Su disposición entre las sierras y los ríos tiene lafacultad de conectar los denominados por el POTde la Costa del Sol Grandes Parques de la Sierracon los Parques Transversales. Una conexión queambientalmente es más importante que la de éstosúltimos con el corredor costero, pues no sólo conparques públicos o "dedos" se logra el equilibrio yfuncionalidad perseguida.

El diagnóstico que hace el Mapa Forestal de España en la hoja de Algeciras sobre "La dehesa dealcornoque" es certero e ilustrativo de la situación de estos montes gaditanos y malagueños,concluyendo que, además de la figura de protección y una gestión sabia en busca del equilibrioperdido, será el tiempo quién marcará la tendencia de estos montes.

Laderas de transición y de frente de costa

Estos espacios poseen una función territorial detransición entre los usos del suelo polarizadosdesde la costa o desde la sierra. Durante muchotiempo han sido el espacio restante o "vacío" comoimpropiamente se les denomina. En realidadposeen una complejidad de relieve y una micro-compartimentación de espacios que posibilitanuna gran diversidad de usos del suelo, y desde unenfoque ambiental se comportan como ecotonospara muchas especies. Al tiempo constituyen elpaisaje rural menos alterado.

Las nuevas implantaciones residenciales, los complejos de los campos de golf y en general nuevasactuaciones sobre el territorio demandan estos espacios como el suelo preciso para su desarrollo.Esto es así porque el resto del territorio más adecuado para los procesos de urbanización, en lapráctica, ya ha sido ocupado, y por otra parte el catastro en estas zonas indica grandes superficies,motivo por el que en muchas ocasiones estas fincas han mantenido una gestión de uso unitaria, detipo rural que las ha preservado en buenas o aceptables condiciones ambientales.

Las unidades ambientales de matorral (erguenales) sobre laderas, y especialmente los que se locali-zan al pie de las sierras, muestran más valores ambientales, con preferencia en la cubierta vegetal yen el mantenimiento del paisaje rural, que los espacios más meridionales y próximos a la franjacostera y a las vías de comunicaciones, en donde la interacción de actividades no es tan favorablepara el medio ambiente.

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2.C.3 ÁREAS SINGULARES

Travertinos de Mijas pueblo

Formaciones singulares por su disposición en elnúcleo urbano al tiempo que constituyen unexcelente mirador del arco litoral.

Es un área de pequeña extensión superficial peroque posee indudable valor paisajístico y en ciertamedia cultural, pues es una manifestación claradel sistema hidrogeológico de la sierra de Mijas yde la existencia de manantiales y surgencias,circunstancia que en su momento fue origen delprimitivo asentamiento.

El suelo urbano ocupa buena parte de estas formaciones y hay que destacar la existencia de unparque público (Parque Botánico de La Muralla) en la zona superior que permite la estancia y elrecorrido por el borde de los depósitos de carbonatos. El cantil y su frente de ladera correspon-diente forma parte de este conjunto, posibilitando su percepción en el contexto de la población ycon el fondo escénico de las crestas de la Sierra. Sus valores paisajísticos quedan así determinados,por lo que debe ser objeto de especial protección.

2.C.4 ESPACIOS CON PROTECCIÓN REGLADA

1. La Red Natura 2000: Lugares de interés comunitario LIC

Río Fuengirola - LIC ES6170022. Se corresponde con los cursos fluviales del río de las Pasadas,desde la casa del Algarrobo, y del río de Ojén en todo su discurrir por el municipio de Mijas,hasta la confluencia de ellos dos, que forman el río Fuengirola. Desde aquí y en todo su cursohasta su límite con el término de Fuengirola. Como es el curso fluvial, toda la extensión de estazona LIC está dentro del dominio público hidráulico.

Fondos marinos de la costa de Calahonda - LIC ES6170030. Toda la zona propuesta pertenecea los fondos marinos y es por tanto zona de dominio público marítimo-terrestre. Este ámbito,por su situación en el fondo marino, queda completamente fuera de las competencias urbanís-ticas de los Planes Generales de Ordenación Urbanística.

2. Afección por legislación sectorial

Ley de Vías Pecuarias.

Las vías pecuarias que atraviesan el municipio son la Cañada Real de la Fuente de la Adelfa, consus descansaderos y abrevaderos, y el Cordel de Cesmo. No tienen en la actualidad el uso pecuariointensivo que tuvieron en tiempos pasados, sin embargo resultan muy interesantes como ejes decomunicación en sentido meridiano entre el piedemonte serrano y el borde costero.

Las vías pecuarias de Andalucía tienen la consideración de Suelo No Urbanizable de EspecialProtección y su relación con los instrumentos de planeamiento urbanístico municipal se regulamediante la Sección 2ª del Capítulo IV del Título I del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el quese aprueba el Reglamento de vías pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía y por laDisposición adicional segunda de la Ley 17/1999, de 28 de diciembre, por la que se apruebanmedidas fiscales y administrativas (Andalucía).

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Ley de Aguas

Delimitación del dominio público hidráulico. Imprescindible para la determinación de suelospúblicos y por tanto con incidencia directa en la ordenación urbanística de los suelos contiguos aéstos.

Debe señalarse que la definición jurídica de cauce no coincide en muchos casos con la delimita-ción geomorfológica o la situación hidrológica observable del curso fluvial, lo que puede ocasionardiferencias de interpretación de la línea de delimitación de la clasificación urbanística de suelo.

Ley de Costas

Establece la obligación de incluir en el planeamiento la línea que representa el deslinde deldominio público marítimo terrestre y la de servidumbre de protección. Su influencia sobre laplanificación urbanística en este municipio se limita prácticamente al suelo que en la actualidadestá clasificado como urbano o urbanizable programado, pues en la costa sólo existe un pequeñotramo de un sector clasificado en su momento como Urbanizable No Programado en donde es deaplicación la línea de servidumbre de protección. Esta incidencia se hace constar en la ficha dedesarrollo del sector.

3. Red de caminos públicos en medio rural.

La red de caminos en medio rural viene recogida en el nuevo mapa topográfico cuya realización esreciente (2005) y además se complementa con un mosaico de ortoimágenes digitales. El ayunta-miento dispone de un inventario municipal de caminos y carreteras.4. Yacimientos arqueológicos.

En todo el término municipal hay inventariados un total de 17 yacimientos, incluidos por laConsejería de Cultura en el Listado de Yacimientos Arqueológicos de Andalucía Ya se ha hechoreferencia a estos lugares en el capítulo correspondiente de la Memoria de la Revisión del PGOU ysus ámbitos se recogen en el plano "T-3 Clasificación del suelo y usos globales".

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2.D) INCIDENCIA EN EL ÁMBITO DEL PLANEAMIENTO DE LA NORMATIVA AMBIENTAL.LEGISLACIÓN SECTORIAL APLICABLE

Normas Generales

Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental de Andalucía. (Desarrollada en reglamen-tos sectoriales).

Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, Reglamento de Impacto Ambiental (Andalucía)

Decreto 153/1996, de 30 de abril, Reglamento de Informe Ambiental (Andalucía).

Decreto 297/1995, de 19 de diciembre, Reglamento de Calificación Ambiental. (Andalucía)

Ley 6/2001 de 8 de mayo, de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de evalua-ción de impacto ambiental. (legislación básica del estado)

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código penal. Artículos 319, 320, 325-340,348-350, 352-358. (estatal)

Ordenación del territorio

Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía

Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen del suelo y valoraciones. (estatal)

Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias

Decreto 155/1998, de 21 de julio, Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónomade Andalucía.

Aguas

R. Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, Texto Refundido de la Ley de Aguas. (estatal)

Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional.

Real Decreto Ley 2/2004, de 18 de junio, por el que se modifica la Ley 10/2001 , del PHN.

Espacios protegidos

Ley 1/1991, de 3 de julio, del Patrimonio Histórico de Andalucía.

Decreto 19/1995, de 7 de febrero, Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histó-rico de Andalucía.

Referencia al Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del Plan Especial de Protección delMedio Físico de la provincia de Málaga.

Riesgos naturales

Decreto 189/2002, de 2 de julio, por el que se aprueba el Plan de Prevención de avenidas einundaciones en cauces urbanos andaluces.

Ley 5/1999, de 29 de junio, de Prevención y lucha contra los incendios forestales (Andalucía).

Decreto 247/2001, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de Prevención yLucha contra los incendios forestales.

Bosques

Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes (Estatal)

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Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía

Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, Reglamento forestal de Andalucía.

Fauna y Flora

Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los espacios naturales y de la fauna y florasilvestre. (estatal).

Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y fauna silvestres (Andalucía)

Ley 41/1997, de 5 de noviembre, sobre la reforma de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conser-vación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestre. (estatal)

Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se crea el Catálogo Nacional de especiesAmenazadas (estatal)

Orden de 9 de julio de 1998 de Ministerio de Medio Ambiente de Catálogo Nacional deEspecies Amenazadas (estatal).

Atmósfera

Decreto 74/1996, de 20 de febrero, Reglamento de la Calidad del Aire (Andalucía)

Real Decreto 833/1975, de 6 de febrero, de Protección del ambiente atmosférico. (estatal).

Ruido

Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido (Estatal)

Decreto 326/2003, de 26 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Proteccióncontra la contaminación acústica en Andalucía.

Actividades económicas

industria

Real Decreto 886/1988, de 15 de julio, sobre prevención de accidentes mayores en determina-das actividades

minas

Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas. (estatal).

Real Decreto 2994/1982, de 15 de octubre, sobre Restauración del espacio natural afectado poractividades mineras. (estatal).

agricultura

Real Decreto 261/1996, de 16 de febrero, Relativo a la Protección contra la contaminaciónproducida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias. (estatal).

residuos

Decreto 283/1995, de 21 de noviembre, Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónomade Andalucía.

Decreto 218/1999, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Plan Director Territorial deGestión de residuos urbanos de Andalucía.

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3. IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS

3.A) IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES, ÁREAS SENSIBLES Y DE RIESGODE IMPACTO

3.A.1 IMPACTOS AMBIENTALES EN EL TERRITORIO MUNICIPAL

La asignación de usos del suelo prevista por el PGOU determina los puntos o lugares del territoriomunicipal en los que se ubican usos, actividades y aprovechamientos, o bien soportaninstalaciones o infraestructuras, que por sus características están localizadas habitualmente en elmedio rural y que suponen una interacción ambiental .

En la mayoría de los casos estas interacciones tienen una cobertura legal que hace posible ynecesaria su implantación en este tipo de suelo, como ocurre con la traza de la autovía, la red detransporte de electricidad en alta, la ubicación de depósitos o depuradoras de agua, etc.

En otros casos se han detectado situaciones que deben ser estudiadas con más detalle, como laubicación de vertederos de residuos, escombreras, canteras y explotaciones extractivas, basurerosincontrolados y otros tipos de instalaciones que aparecen en el suelo rústico, con notablealteración sobre elementos del medio natural.

Desde el punto de vista paisajístico llama la atención la existencia de canteras y explotacionesmineras en la zona de la sierra, tanto en la de Mijas, como en la de Alpujata, por presentar unaimpronta sobre el medio muy notable. Otras situaciones, como basureros y pequeñas escombrerasilegales, tienen menor incidencia y pueden ser controladas mediante la ordenanza de policía ybuen gobierno para la protección del medio ambiente.

En las áreas sensibles y para las zonas de riesgo o impacto no asumible el PGOU prohibe, regula ocondiciona los usos del suelo y la forma de administrar el territorio, en función de lascompetencias del instrumento planificador, para que el impacto ambiental no se produzca. Esto setraduce la mayor parte de los casos en la clasificación de suelo como de Especial Protección,detrayendo éste del proceso urbanizador y preservando sus valores o impidiendo la degradaciónde sus recursos, mediante la normativa urbanística de su competencia, y sobre todo mediante eldiseño en conjunto e imbricado de todo lo que constituye el PGOU.

3.A.2 ESPACIOS CON CONDICIONANTES NATURALES (NO SON IMPACTOS AMBIENTALES)

1 Riesgos sísmicos

El municipio de Mijas está incluido dentro de las áreas de peligrosidad sísmica, a los efectos de laDirectriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el riesgo sísmico1. Es una directrizplanificadora en la que se contemplan planes y acciones concretas en respuesta a los efectos que unsismo produce sobre la población, los bienes, las infraestructuras, los servicios y en general sobre elsistema territorial dañado por los efectos del sismo. Esta planificación trata de organizar yminimizar los efectos perjudiciales de este fenómeno telúrico.

No cabe diferenciar áreas del municipio en función del riesgo sísmico ya que se encuentra en sutotalidad en una de las zonas de la península con los niveles más altos. A los efectos deplanificación urbanística debe señalarse que serán de aplicación las Normas Técnicas deEdificación que en cada momento estén en vigor y que afectan a edificios y construccionesubicados en el municipio. (Norma de Construcción Sismorresistente. Parte General y EdificaciónNCSR-02. Real Decreto 997/2002, de 27 de septiembre.)

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1 Resolución de 5 de mayo de 1995, de la Secretaría de Estado de Interior, que dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministrosque aprueba la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el riesgo sísmico (B.O.E. de 25 de mayo de 1995).

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2 Erosión y movimientos de tierra

La composición litológica de los terrenos otorga cierta consistencia a los materiales que forman elsubstrato, con un dominio de rocas ultrabásicas de metamorfismo profundo, neises y mármolesmasivos. Estos materiales conforman los principales relieves del municipio y se extienden encontinuidad ocupando las dos terceras partes de su superficie. Al término de sus vertientes y haciala zona costera aparecen depósitos terciarios y cuaternarios de marcado carácter sedimentario, queaunque menos consistentes que los anteriores y potencialmente más movilizables, resultan másestables por ocupar los terrenos con menos pendiente. Precisamente el mayor desarrollo devertientes, barrancos y fuertes pendientes se produce en las sierras y en su piedemonte demorfología compleja, con la particularidad de que los materiales metamórficos se encuentranalterados superficialmente, perdiendo consistencia y convirtiéndose en rocas susceptibles deerosión.

Esta erosionabilidad o potencial de remoción depende de la pendiente, de la intensidad de laescorrentía, de la fracturación estructural de las rocas y de la existencia de un suelo vegetal quemantenga la capa superior del terreno.

Aquí debe señalarse que el factor cubierta vegetal-suelo y la intensidad y modo de la escorrentíasuperficial en caso de fuerte pluviometría, son los parámetros clave para evaluar el riesgo deerosión y movimientos de tierra en condiciones naturales. Con estos criterios se pueden señalaráreas de riesgo, que quedan grafiadas en el correspondiente plano del estudio de impactoambiental.

Además, y este es un punto clave, las actuaciones e interacciones humanas sobre el territoriomodifican el riesgo de erosión o de movimiento de tierras hacia valores altos, llegando el caso deproducirse estos fenómenos, como ocurrió con las primeras lluvias importantes después delincendio de 2001, ya que se perdió parte de la cubierta vegetal que mantenía el suelo y seprodujeron movilizaciones de material arrastrado por barrancos de la sierra de Mijas .

Los usos del suelo y actividades compatibles en estas áreas de riesgo son aquellos que tienen comofin la estabilización o disminución del riesgo, o bien aquellas que llevan incorporadas medidascorrectoras en su fase de funcionamiento. Entre las primeras se pueden señalar las actividadesculturales sobre el monte y las de corrección hidrológica-forestal; entre las segundas larecuperación de áreas afectadas por actividades mineras o el tratamiento del vertedero de RSU .

Situaciones similares podrían ocurrir en losmovimientos de tierra de las grandes obras deedificación, de infraestructuras, canteras, etc., sino se aplican las medidas preventivas ycorrectoras, que normalmente incluyen losproyectos técnicos de dichas obras.

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III. IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS pág: 37

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3. Riesgo de avenidas

El Plan de Prevención de Avenidas e Inundaciones en cauces urbanos andaluces (Decreto189/2002, de 2 de julio) señala dos puntos de riesgo en el municipio :

- Las Lagunas Río de Fuengirola Nivel de riesgo C- Mijas Cañada del Barrio Nivel de riesgo C

El punto de riesgo por inundación es la zona del terreno que se ve cubierta por las aguas durantelas avenidas o períodos de lluvias intensas.

El nivel de riesgo de tipo C se refiere a la frecuencia con que se producen daños a viviendas,equipamientos y servicios (al menos una vez cada diez años), a instalaciones industriales y redviaria (cada cinco años) o a otros usos (casi todos los años). Es un nivel de tipo probabilístico y enél influyen otros factores con un componente aleatorio grande, pero está definido a partir de datoshistóricos de sucesos en Andalucía. Al respecto no deben olvidarse la situación producida ennoviembre y diciembre de 1989 en la costa malagueña, de trágicos resultados .

Se han señalado algunas zonas con la letra A en elmapa Nº 2 de este Estudio, indicando los lugaresdonde el riesgo de avenidas puede provocardaños. Estas zonas coinciden con estrechamientosen los cauces, sobre todo en los puntos deconfluencia de arroyos de las cuencas tributariasal cauce principal, en las zonas de vega que seestrechan por ocupaciones varias, el paso bajo laautopista y otras situaciones de difícil drenaje.

En la imagen puede observarse en el pilote el nivel delrío Fuengirola en las últimas crecidas (data de la foto14-05-2004)

En cualquier caso son zonas de especial cuidado a la hora de permitir usos del territorio. Sudelimitación -la de éstas zonas, no así la del dominio público2- es posible aplicando criteriosgeológicos y de morfología fluvial. Su riesgo debe conocerse con más detalle, aplicando lacorrespondiente Instrucción de Drenaje, de modo que pueda estimarse los caudales de losdiferentes arroyos y del conjunto que drena en el río Fuengirola; para éste y otros cursos de aguase establecerán las oportunas determinaciones una vez concluya el Estudio Hidrológico delmunicipio de Mijas.

Las cuencas de los arroyos orientales, así como la del arroyo de La Cala y otros en el sector sur,vierten directamente al mar y su limitada extensión y condiciones hidráulicas no deben plantearproblemas de avenidas. No obstante debe comprobarse la funcionalidad del cauce en toda sulongitud, hasta su desembocadura, ya que las edificaciones de la franja costera puedencomprometer su buen funcionamiento.

4 Ondas de tormenta

Se denominan ondas de tormenta el fenómeno producido por la anormal y repentinasobreelevación del nivel medio del mar, que puede durar desde unas horas hasta más de unasemana, coincidiendo con una situación de bajas presiones atmosféricas y vientos fuertes(temporal), lo que provoca una extensa acumulación de masa de agua sobre la costa y sudesbordamiento sobre los terrenos de baja cota del litoral. Esta situación se complica si al tiempo

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2 La definición del dominio publico hidráulico corresponde al Organismo de Cuenca (Art. 240 y siguientes del Reglamento del DPH).

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se producen fuertes lluvias que generen avenidas, ya que la elevación del mar dificultará el desagüeen tierras bajas, dando lugar a inundaciones3.

La onda de tormenta puede ser especialmente dañina en zonas de playa abierta y borde costero siallí existen edificaciones o instalaciones cercanas al límite de pleamar y no estánconvenientemente defendidas.

3.A.3 ESPACIOS CON IMPACTOS AMBIENTALES EXISTENTES

Canteras

Mijas posee dos canteras en la zona de la sierrasobre los mármoles masivos blancos. El impactoambiental sobre el paisaje y cubierta vegetal esnotable. Los criterios de protección de Las Sierrasexpresados por el POT de la Costa del SolOccidental hacen incompatible el mantenimientode las concesiones de explotación mineras decualquier tipo. También se debe señalar aquí queno se ha podido observar las medidas deregeneración del espacio afectado porexplotaciones mineras, tal como establece el RealDecreto 2994/1982, de 15 de octubre.

La vigilancia y competencia en labores de control y autorización corresponde a la Administraciónminera.

Vertederos incontrolados

Situaciones algo frecuentes en las proximidades de los núcleos del término, ya sea en un cauce dearroyo o en un pequeño barranco, aunque en ocasiones se han observado vertidos de escombros ybasuras en la cuneta de la carretera.

En la imagen: vertidos de basuras en un borde decarretera próximo al paraje de Valtocado. No es elúnico ejemplo, pues es una situaciónrelativamente frecuente en otros puntos deltérmino municipal.

Es un problema con un componente de cultura yeducación quizás más importante que surelevancia ambiental. No obstante deben evitarseestas situaciones, habilitando un procedimientode depósito y recogida de estos tipos de residuos, eimpidiendo estas prácticas.

Ocupación del suelo rústico por viviendas y diseminados

La rapidez con que se ha desarrollado el fenómeno de ocupación del espacio rural con viviendasligadas o no a las actividades agrarias da lugar a una serie de problemas que se traducen en lassiguientes alteraciones ambientales por los efectos negativos que producen sobre el medio:

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3 En el mes de febrero de 2004 se produjo un episodio de este tipo que afectó a la costa malagueña con especial intensidad en la zona delRincón de la Victoria

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Carencia de elementos o sistemas de saneamiento y depuración o si los hay sonrudimentarios y con poca probabilidad de conexión hasta formar una red estructurada quepermita un tratamiento eficaz.

Movimiento de tierras excesivo en situaciones de ladera.

Apropiación del dominio público, especialmente de riberas y caminos con fuertesestrechamientos que dificultan o impiden el acceso de los servicios de emergencia.

Fuerte presión antrópica en detrimento de la fauna y biodiversidad del suelo rústico.

Deterioro paisajístico notable por la poca fortuna en la localización de los edificios yconstrucciones y por la introducción de elementos antiestéticos y no compatibles con elentorno a nivel perceptual.

Ejemplos de estas situaciones se recogen en las siguientes imágenes

cerramientos de parcela sobre el camino sin retranqueo de

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localización de edificaciones fuerte transformación del uso del suelo

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3.B) IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS IMPACTOS INDUCIDOS POR LASDETERMINACIONES DEL PLANEAMIENTO

Los tipos de alteración sobre el medio ambiente señalados por el P.G.O.U. son:

- las zonas de transformación extensa de la cubierta vegetal y cambio de aprovechamiento (camposde golf, grandes superficies de suelos a urbanizar y de forma contigua).

- los suelos adecuados para el cultivo agrícola que se transforman irreversiblemente como soportede otros usos, en especial los urbanos.

- los nuevos suelos urbanizables en laderas, en lomas con frentes convexos o con clara incidenciavisual y paisajística.

- la ocupación de pasillos y corredores para la instalación de redes e infraestructuras y losequipamientos anejos de las mismas 4

La planificación urbanística señala este riesgo de impacto ambiental en el espacio ocupado porestas zonas y propone en el ámbito de sus competencias medidas correctoras.

3.B.1 Nuevo Suelo Urbanizable No sectorizado

Supone un impacto ambiental tipificado como cambio de uso del suelo en áreas extensas.

En el contexto del POT de la Costa del Sol Occidental estos suelos se denominan "de transición",asignando el uso turístico de alta calidad medioambiental y exponiendo criterios para el desarrollourbanístico de los mismos. Se señala el impacto ambiental que supone este cambio en el uso delsuelo, pero al tiempo establece unas condiciones y obligaciones bastante detalladas y estrictas queno son sino medidas correctoras y directrices ambientales para su adecuado desarrollominimizando las alteraciones que puedan producir.

La revisión del PGOU hace suyas estas directrices del POT citado, pues propone SuelosUrbanizables No Sectorizados de este tipo, pero también prescribe el correspondiente Estudio deImpacto Ambiental, el Proyecto Paisajístico de Conjunto y el Proyecto de Reforestación del suelono intervenido. En el apartado 4.C se recogen con más detalle estas prescripciones.

La nueva superficie de Suelo Urbanizable No Sectorizado es de 1633 Ha.

La nueva superficie de Suelo Urbanizable Sectorizado y Ordenado es de 121 Ha, queprácticamente corresponden a suelos en desarrollo o provenientes de modificaciones de PlanGeneral posteriores a la fecha de aprobación del expediente de cumplimiento.

3.B.2 Nuevo suelo No Urbanizable de Hábitat Rural

En realidad no hay aumento de la superficie del nuevo suelo de hábitat rural si se compara con lasclases de suelo equivalentes del plan en vigor, pues dentro del Suelo No Urbanizable existen dosclases: Diseminado y Diseminado de baja densidad, que en conjunto suman una superficie de796,7 Ha, mientras que en la revisión que ahora se presenta hay 130,1 Ha de Suelo Urbano NoConsolidado que se clasifica desde el no urbanizable y 630,6 Ha de Suelo No urbanizable deHábitat Rural, que mayoritariamente coinciden con los Diseminados. La suma del sueloresidencial de estos dos tipos resulta 760,7 Ha, es decir 36 Ha menos. Considerando sólo ladisminución del suelo clasificado se infiere que esta medida del planeamiento no produce impactoambiental, al compararlo con la situación anterior.

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4 El punto 24 del anexo del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental señala que "En el caso de Planes decarácter horizontal, que contemplen la previsión de desarrollo de infraestructuras físicas y que el propio Planestablezca que deban ser incluidas en Planes o Programas específicos, se entiende que serán estos últimos lossometidos al Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental".

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En realidad habilitar el uso residencial para este suelo No Urbanizable supone reconocer unasituación existente de vivienda dispersa, que es la que hasta ahora viene generando un impactoambiental por la modificación que se produce en un suelo cuyas características no sonpropiamente urbanas. El tipo de impacto es leve pero difuso en amplias zonas. En la prácticasupone la incorporación de un modelo diseminado de ocupación del territorio que hasta hacepoco no era propio de estos lares y sin embargo bien frecuente en otros, como la cornisacantábrica.

El mayor riesgo que se prevé supone la desestructuración de los elementos rurales por la granvelocidad de transformación e implantación de edificaciones, sin tiempo para dotar deinfraestructuras básicas y un tejido de usos del suelo compatible con este hábitat .

La medida correctora está incluida en el propio proceso planificador, pues a partir del granesfuerzo efectuado por el Ayuntamiento, para inventariar y controlar las edificaciones y viviendasen el suelo no urbanizable, es posible mediante la ordenanza urbanística y el control y vigilancia delos actos edificatorios, reconducir esta situación dentro del modelo territorial que representa elnuevo PGOU, todo ello en el contexto que señala el POT de la Costa del Sol Occidental.

3.B.3 Aumento de la red de infraestructuras y servicios

Agua

De acuerdo con el Plan Hidrológico de la Cuenca Sur [Orden de 6 de septiembre de 1999 (BOE17/09/1999) por la que se dispone la publicación de las determinaciones de contenido normativodel Plan Hidrológico de Cuenca Sur, aprobado por Real Decreto 1664/1998 de 24 de julio, vid.Anejo 2], y las propuestas del PEDI para el municipio de Mijas en el marco del POT de la Costadel Sol Occidental, está prevista la instalación de nuevos depósitos de agua y las conducciones enalta necesarias para satisfacer las previsiones allí contempladas.

El impacto se refiere a la construcción de estas obras públicas y a la traza de territorio ocupada porla red de distribución.

En cualquier caso la construcción de los embalses del Río de Ojén y de la Pasadas, previstos en elAnejo II de la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, no se plantea en esteEstudio, pues es una propuesta de la Administración Hidráulica y no del PGOU de Mijas .

Saneamiento

El POT de la Costa del Sol Occidental y el PEDI citado plantean la ampliación de las depuradoras,en especial la de Fuengirola, con el fin de dar servicio al crecimiento urbano y poblacional previstopara esta conurbación municipal y con el compromiso de utilización del agua reciclada para elriego de los campos de golf, zonas verdes, etc,. La ampliación de las depuradoras no suponeningún tipo de impacto ambiental y además de estar contemplada en el POT de la Costa del SolOccidental están incluidas en el Anejo IV de actuaciones con carácter prioritario y urgente segúnestablece el Real Decreto Ley 2/2004, de 18 de junio, por el que se modifica la Ley 10/2001, de 5 dejulio, del Plan Hidrológico Nacional.

En el Anejo citado se incluye una actuación con incidencia ambiental que, como se ha citadoanteriormente, se concreta en el empleo de agua reciclada de los efluentes de las depuradoras. Estoimplica el establecimiento de pasillo de transporte de agua reciclada desde las depuradoras hastalos destinos, incluyendo los depósitos y las estaciones intermedias de bombeo, pues de algunamanera esto supone el recorrido inverso en altimetría desde las zonas bajas a las altas. Paraintegrar y disminuir el numero de pasillos el PEDI propone disponer las conducciones deabastecimiento y de agua reciclada por el mismo pasillo siempre que sea posible. Estadeterminación de planeamiento la recoge el PGOU en el sentido de señalar los suelos de reservanecesarios para esta infraestructura, pero tiene su origen en el PEDI y en consecuencia sudefinición concreta y posterior desarrollo.

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Energía eléctrica

De acuerdo con la propuesta del POT de la Costa del Sol Occidental va a ser preciso el tendido deun pasillo de infraestructuras eléctricas y de la instalación de subestaciones, con características detransporte superiores a 66 Kv. En este caso el PGOU recoge el pasillo de suelo que en principio vaa ser reservado para el tendido de estas líneas de transporte. Puede suponer un impacto ambientala evaluar si las líneas de transporte o la ubicación de las subestaciones se hacen sobre unidadesambientales de alto valor ecológico, como los alcornocales y los pinares de sierra.

Telecomunicaciones

En el caso de estar integradas en un plan de implantación de servicios de telecomunicaciones oprotocolo técnico de instalación de repetidores hertzianos se estará a lo dispuesto en dicho plan.

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3.C) ANÁLISIS Y JUSTIFICACIÓN EN SU CASO DE LAS ALTERACIONES ESTUDIADAS,EXPRESANDO SUS EFECTOS DIFERENCIALES SOBRE EL MEDIO AMBIENTE

En la matriz de la página siguiente se resumen los efectos diferenciales sobre cada una de lasvariables ambientales producen las propuestas del PGOU de Mijas. Las propuestas se agrupan entres grandes bloques:

Actuaciones residenciales.

Actuaciones sectoriales.

Ordenación del Suelo No Urbanizable y Determinaciones Urbanísticas.

3.C.1 Actuaciones residenciales

En la columna de Actuaciones residenciales se hace referencia a los suelos urbanizables asíclasificados por el Plan General, sean Sectorizados con ordenación o bien No Sectorizados, siendoestos últimos los más extensos, en los que el uso residencial es mayoritario, si bien la densidad devivienda y la posibilidad de acompañar usos turísticos y deportivos en estos suelos es unacaracterística importante de los mismos. Son objeto de análisis en este apartado por la granextensión que esta clasificación de suelo se pone de manifiesto por primera vez en la propuesta delPGOU.

Se incluye también una columna de referencia a los Suelos No Urbanizables de Hábitat Rural, yaque en estos se permite la vivienda residencial en determinadas condiciones, pero el motivo de suinclusión es la extensa superficie ocupada por este tipo de suelos en el término municipal, a la parque mantiene su condición de Suelo No Urbanizable.

3.C.2 Actuaciones sectoriales

La garantía de abastecimiento de agua, los nuevos depósitos y la optimización de recursos, asícomo la ampliación de las depuradoras y la nueva red de saneamiento, son propuestas de carácterinfraestructural que ya se han expuesto en el apartado 1.C) de este documento. Aquí se analizansus efectos y se refuerza la idea de que el cuidado ambiental del nuevo crecimiento urbano sólo esposible con un adecuado y eficaz sistema de infraestructuras .

Como complemento a estas actuaciones se hace referencia a la configuración de los suelos quebordean el río Fuengirola, observando una sucesión de suelos de Sistema General que acompañanel cauce fluvial y la zona LIC, de modo que forman una traza de zonas verdes y dominio público alo largo del río, como un corredor fluvial, que como dice el POT de la Costa del Sol Occidental esun "dedo" que conecta las zonas de sierra desde el borde de la costa.

3.C.3 Ordenación y Determinaciones

La clasificación de amplias zonas del municipio como Suelo No Urbanizable Protegido, poraplicación de las directrices del POT de la Costa del Sol Occidental, por protección de recursos opor existencia de riesgos o procesos naturales trae consigo efectos directos sobre las variablesambientales allí contenidas. Estos efectos se resumen en la matriz para comprobar la coherencia delas propuestas de protección formuladas y en general del modelo territorial que define el PGOU.

La Normativa específica y las ordenanzas urbanísticas tienen efectos directos sobre el territoriomunicipal y sobre cada una de las variables ambientales. En especial las normas recogidas en elcapítulo de Condiciones Generales de Protección y las del capítulo Condiciones Específicas paralas distintas categorías de suelo No Urbanizable, en el Título VII del documento de Normativa delPGOU.

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4. PRESCRIPCIONES DE CORRECCIÓN, CONTROL Y DESARROLLO AMBIENTAL DEL PLANEAMIENTO

4. A) MEDIDAS AMBIENTALES, PROTECTORAS Y CORRECTORAS DE APLICACIÓNDIRECTA, RELATIVAS A LA ORDENACIÓN PROPUESTA

4.A.1 Clasificación del suelo del término municipal.

Es la medida de aplicación directa con más incidencia ambiental, acompañada de la NormativaUrbanística sobre las distintas categorías de Suelo No Urbanizable.

De acuerdo con el artículo 46 de la LOUA, y en concordancia con las directrices del POT de laCosta del Sol Occidental, el suelo no urbanizable posee las siguientes categorías:

1. Suelo No Urbanizable de Especial Protección Ambiental

Este suelo de especial protección incluye los siguientes terrenos:

- los que poseen la condición de bienes de dominio público natural o están afectos por unrégimen jurídico que demande el mantenimiento de sus características. Se encuentran en estasituación los montes públicos (de dominio publico, o patrimoniales protectores). Recogiendoesta situación se da cumplimiento al artículo 27 de la Ley Forestal y al punto 3 del artículo 43de su Reglamento.

- los sujetos a algún régimen de protección por la correspondiente legislación administrativa.En esta situación se encuentra el correspondiente a la zona de especial conservación de la RedNatura 2000: LIC ES6170022 Río Fuengirola

- los merecedores de un régimen especial de protección, otorgado por el planeamientoterritorial, en función de la existencia de valores o recursos ambientales, naturales, paisajísticoso históricos.

2. Suelo No Urbanizable de Especial Protección Territorial

Este suelo de especial protección incluye aquellos terrenos en los que

- Es necesario preservar su carácter rural, por razón de sus valor y recurso, actual o potencial,de carácter ambiental, agrícola, ganadero, forestal, cinegético o análogo, teniendo en cuentarazones de sostenibilidad, racionalidad y las condiciones estructurales del municipio de Mijas .

- Se considera necesario mantener sus características para la protección de la integridad yfuncionalidad de infraestructuras, servicios, dotaciones o equipamientos públicos o de interéspúblico.

- Deben mantener su carácter no urbanizable por la existencia de actividades y usosgeneradores de riesgos de accidentes mayores o que medioambientalmente son incompatiblescon los usos a los que otorga soporte la urbanización.

3. Suelo No Urbanizable de hábitat rural. SNU-HR

Constituye el soporte físico de asentamientos y viviendas diseminadas, vinculadas a laactividad agropecuaria. Incluye aquellas zonas que por sus condicionantes físicos o parámetrosobjetivos de localización no resultan adecuadas para acoger viviendas rurales en núcleo urbanocompacto.

Se incluyen en esta categoría ámbitos que actualmente soportan asentamientos de este tipo asícomo aquellos otros ámbitos, localizados en torno a núcleos existentes de población, donde nose considera inadecuado que se produzcan nuevas implantaciones de viviendas siempre que seconecten a las redes de servicios existentes.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL P.G.O.U. DE MIJAS TALES-UR S.C.

IV. PRESCRIPCIONES DE CORRECCIÓN, CONTROL Y DESARROLLO AMBIENTAL DEL PLANEAMIENTO pág: 46

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4. Suelo No Urbanizable de especial protección Vías Pecuarias

En aplicación del artículo 39 del Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma deAndalucía, Decreto 155/1998, de 21 de julio.

Las vías pecuarias y lugares asociados existentes en el término municipal son:

Cañada Real de la Fuente de la Adelfa anchura legal 75,22 m

Cordel del Cesmo anchura legal 37,61 m.

Descansadero-abrevadero de la Fuente de la Adelfa, con área de 42.210 m 2

Descansadero del Ahogadero, con área de 18.090 m2

De todos ellos se dibuja su trazado en la documentación gráfica de la revisión del PGOU y enla de este estudio de impacto ambiental. En el ámbito de actuación de la revisión del PGOU nose propone ninguna modificación de trazado.

La delimitación del Suelo No Urbanizable se grafía en el plano T-3 del documento del PGOU:“Clasificación del suelo y usos globales del término” a escala 1/20.000.

Debe señalarse que los suelos que presentan riesgos geológicos, que los hacen incompatibles paraalgunos usos del territorio y que por esta condición se hacen merecedores de un grado deprotección específico, se localizan dentro de suelos de protección ambiental y territorial, de modoque el nivel de protección que se otorga a aquellos salvaguarda a éstos, y así no es preciso definiruna clase nueva de suelo protegido. En todo caso, en los planos de este Estudio de Impacto, seseñalan con grafía independiente las áreas del territorio municipal que presentan estos riesgosgeológicos.

4.A.2 Determinaciones estructurantes: Normativa del Suelo No Urbanizable de Especial Protección ydeterminaciones preceptivas para el Suelo No Urbanizable de Hábitat Rural y para el SueloUrbanizable No Sectorizado.

Véase el Título VI y el Título VII de la Normas Urbanísticas del PGOU.

4.A.3 Prevención de la contaminación de acuíferos.

La normas urbanísticas prescriben que se debe evitar cualquier vertido o instalación de vertederosde residuos o lugares de almacenamiento de materiales susceptibles de producir lixiviados queposteriormente se infiltren al terreno. Esta determinación del PGOU es válida para todo eltérmino municipal. No se plantea desde la ordenación urbanística la posibilidad de efectuarvertidos de ningún tipo. Toda actuación debe depurarse antes de fluir al exterior, a cauce, o quepueda ser objeto de infiltración en el terreno.

Debe recordarse que desde otras esferas de autorización administrativa, por ejemplo desde la Leyde Aguas, es posible el vertido de agentes contaminantes con autorización.

La zona objeto de protección especial corresponde a las áreas de la Sierra de Mijas y otras cuyasextracciones se utilizan para abastecimiento a la población.

Tanto la extracción de caudales, el establecimiento de los perímetros de protección de pozos asícomo las autorizaciones de vertidos y en general la policía de aguas son competencia exclusiva delOrganismo de cuenca, en aplicación de la legislación sectorial.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL P.G.O.U. DE MIJAS TALES-UR S.C.

IV. PRESCRIPCIONES DE CORRECCIÓN, CONTROL Y DESARROLLO AMBIENTAL DEL PLANEAMIENTO pág: 47

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Desde la revisión del PGOU se prescriben limitaciones para cualquier acción edificatoria,constructiva, de ubicación de instalaciones o infraestructuras que puedan afectar negativamente ala calidad del recurso acuífero. Sólo se otorgará licencia urbanística aquellas actuacionespreviamente autorizadas por el Organismo de cuenca, en aplicación del Título IV de la Ley deAguas y los artículos de la Sección 11 del Capítulo III del Título II del Reglamento del DominioPúblico Hidráulico.

4.A.4 Tratamiento de las aguas residuales.

Esta medida hace referencia a que todas las actividades, usos y aprovechamientos implantados enel municipio deben contar con o estar conectadas a un sistema de depuración de aguas residualesque garantice la inocuidad de los vertidos.

Esta es una de las medidas con más incidencia directa que se han incorporado dentro del PlanGeneral de Ordenación Urbanística. Los nuevos crecimientos urbanos previstos llevan parejos lainstalación de nuevas infraestructuras de saneamiento y mejora de las existentes, de modo que sinla ejecución previa de éstas no es posible el desarrollo de aquellos.

Para que esta medida sea eficaz, el territorio debe contar con un sistema de saneamiento queincluye la red principal de colectores y las estaciones de depuración o ampliación de las existentes.

4.A.5 Protección de los montes públicos.

La determinación urbanística sobre estas zonas es su declaración como Suelo No Urbanizable deEspecial Protección Ambiental, para que puedan ser efectivas las acciones competentes previstaspor la legislación sectorial de aplicación sobre los montes y zonas forestales. Ésta es unadeterminación estructural.

La delimitación del monte público a efectos urbanísticos queda señalada en los planos declasificación del Suelo No Urbanizable. A partir de esta delimitación se define la Zona deInfluencia Forestal (artículo 3 y 26.2 de la Ley 5/1999, de 29 de junio, de prevención y lucha contralos incendios forestales).

Como recomendación emanada de la Revisión del PGOU se puede citar la conservación sostenibledel arbolado existente, entendiendo por tal el formado por especies leñosas de monte, autóctonaso de repoblación, con sotobosque de matorral en mayor o menor grado.

Otra recomendación puede ser el fomento de la reforestación en todas las áreas que se muestrenidóneas para ello. Los suelos públicos o de titularidad institucional que no tienen cubierta arbóreao que poseen alguna susceptibilidad a la erosión, y en general aquellos suelos que por suscaracterísticas edáficas y de productividad así lo recomienden, deben ser objeto de forestaciónprioritaria. En este caso, así como en la recomendación anterior, la competencia planificadora parallevar a cabo estas acciones es de los Planes de Ordenación de Recursos Naturales o Forestales.

Esta revisión del PGOU mantiene la calificación de terrenos forestales a los montes catalogados oprotectores ubicados en el municipio y no propone otros usos distintos a los que les son propios, alos efectos del artículo 39 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes (Estado).

4.A.6 Protección de los caminos y estructura del medio rural.

Los caminos, carriles, sendas, las riberas practicables, los vados y las pistas de montes públicosmunicipales deben ser objeto de vigilancia y control, de acuerdo con lo establecido en la legislaciónsectorial aplicable y en la ordenanza municipal correspondiente.

Como determinación estructurante de la Revisión del PGOU estos suelos se clasifican comoSistema General Viario. [punto g) del apartado A) del artículo 9 de la LOUA].

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IV. PRESCRIPCIONES DE CORRECCIÓN, CONTROL Y DESARROLLO AMBIENTAL DEL PLANEAMIENTO pág: 48

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Es preciso evitar la pérdida, disminución o destrucción de estos elementos que estructuran elmedio rural, ya que son fundamentales para garantizar el acceso de los servicios y cuerpos deemergencias, de lucha contra incendios o de protección civil; igualmente deben permitir el accesode equipos y la evacuación necesaria en caso de catástrofes naturales o de otro tipo.

Al tiempo posibilitan el aprovechamiento de los recursos territoriales y facilitan la relación entre elmedio urbano y las actividades rurales, incluyendo usos turísticos y deportivos no consuntivosligados al medio natural.

4.A.7 Protección de cauces, riberas y márgenes.

La revisión del PGOU establece la correspondiente regulación del uso del suelo, incluso lapreservación del proceso de urbanización, de los terrenos colindantes con el dominio públiconatural. Esta determinación estructurante se concreta en la clasificación del determinados tramosde cauces y sus riberas como Suelo No Urbanizable de Especial Protección Ambiental ya quecoincide con la zona LIC del río Fuengirola. En otros casos los cauces y riberas están dentro de unámbito más extenso que goza de especial protección ambiental, por lo que sería redundanteseñalar esta condición.

Así pues en los suelos urbanizables no sectorizados y en los suelos de hábitat rural diseminadodebe señalarse su límite. La delimitación del dominio público, a efectos de protección yestablecimiento de limitaciones urbanísticas y de uso del suelo puede hacerse a partir de lasinstrucciones emanadas en el Plan Hidrológico de la Cuenca del Sur y desarrolladas en el estudioHidrológico del municipio de Mijas, cuyos resultados han de servir para efectuar el deslinde delDominio Público Hidráulico.

La definición del Dominio Público Hidráulico (apeo y deslinde) es competencia exclusiva delOrganismo de cuenca (artículo 95 de la Ley de Aguas).

El resto de los arroyos del municipio, sus riberas y márgenes deben ser objeto de protecciónmediante una vigilancia especial de acuerdo con las normas de policía de aguas y de intervenciónen las zonas de dominio público y de servidumbre. La protección, vigilancia y actuaciones estarána lo dispuesto en su normativa sectorial, que es competencia exclusiva de la Administraciónhidráulica (artículo 94 de la Ley de Aguas).

4.A.8 Protección paisajística.

Determinados rasgos y elementos paisajísticos especialmente valiosos ya se han protegido por supertenencia a zonas de sierra y otros espacios con valores naturales significativos incluidos en elSuelo No Urbanizable de Especial Protección Ambiental; otros se incluyen específicamente comoSuelo No Urbanizables de Especial Protección Territorial, por sus valores paisajísticos, comoocurre los frentes de ladera, cantiles y travertinos al pie de la población de Mijas.

La actual demanda de lugares con alto potencial de vistas, y por tanto merecedores de un nivel deprotección paisajística, para la instalación de antenas de telefonía móvil, repetidores hertzianos eincluso aerogeneradores eléctricos, plantea un conflicto cuya solución no debe proponerlaexclusivamente el planeamiento urbanístico, aunque sí debe llevarla a la práctica en lo que afecta asus competencias (normas urbanísticas, edificatorias, servidumbres de servicios, etc.), mediantesus determinaciones.

En suelos no urbanizables de Protección Ambiental deberían proscribirse de toda actuación quemodificase sus condiciones como espacio receptor de vistas, prohibiendo la instalación de antenas,repetidores y aerogeneradores de cualquier tipo. En el resto de los suelos protegidos es posible lainstalación de estos ingenios, ya que la justificación de su conveniencia y necesidad para la

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comunidad es obvia. Estas actuaciones están sometidas al requisito de Evaluación de ImpactoAmbiental en los términos que establece la Ley.

4.A.9 Vías Pecuarias

Cualquier actuación a realizar sobre las Vías Pecuarias requiere de autorización de la Consejería deMedio Ambiente.

La revisión del PGOU, como figura de planeamiento, se ciñe a las determinaciones expuestas en lasección 2ª del Capítulo IV del Título I del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se apruebael Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La revisión del PGOU no analiza ni establece procedimientos de desafectación en aquellos suelosurbanos o urbanizables en donde fuera previsto aplicar la disposición adicional segunda de la Ley17/1999, de 28 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas(Andalucía), pues las competencias para efectuar la desafectación de las Vías Pecuarias deAndalucía, así como otros actos de conservación y defensa, corresponden a la Consejería de MedioAmbiente (Artículo 8 del Capítulo I del Titulo I del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que seaprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía). En todocaso la revisión del PGOU aportará la información gráfica y la caracterización de suelo urbano ono, para la determinación física del terreno a desafectar, que necesita la Delegación Provincial deMedio Ambiente para la elaboración del informe de procedimiento administrativo para ladesafectación.

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4.B) MEDIDAS DE CONTROL Y SEGUIMIENTO

En todas las actuaciones que están recogidas por esta Revisión del PGOU y que por suscaracterísticas están comprendidas en el Anexo I de la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de ProtecciónAmbiental (Andalucía), las medidas de control y seguimiento serán las establecidas en su propioprocedimiento de Prevención Ambiental o en su Declaración de Impacto Ambientalcorrespondiente.

Para el resto de propuestas, las medidas de control y seguimiento de carácter ambiental seincorporan dentro del PGOU, por lo que el control y seguimiento de aquellas debe coincidir con elcontrol y seguimiento del propio Plan General.

En este sentido debe señalarse que el otorgamiento de licencia urbanística para las actuacionessobre el territorio municipal que lo necesitan, lleva implícito un control y seguimiento de lasprescripciones ambientales que el PGOU establece, ya sea indirectamente por la aplicación de lasNormas Urbanísticas o directamente por ser alguna actuación que está sometida al procedimientode Prevención Ambiental, en cuyo caso se hace referencia expresa a Estudios de Impacto, Informeo Expediente de Calificación ambiental.

Alguna de las propuestas y medidas correctoras tienen una ejecución y desarrollo temporal amedio plazo, de acuerdo con la ejecución de las previsiones del planeamiento. En estos casos elseguimiento de las medidas ambientales será parejo al control urbanístico de las actuaciones a lasque están ligadas.

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4.C) RECOMENDACIONES ESPECÍFICAS SOBRE LOS CONDICIONANTES YSINGULARIDADES A CONSIDERAR EN LOS PROCEDIMIENTOS DE PREVENCIÓNAMBIENTAL EXIGIBLES A LAS ACTUACIONES DE DESARROLLO DELPLANEAMIENTO

4.C.1 Desarrollo del Suelo Urbanizable No Sectorizado.

1. Elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental de Planificación Urbana para el ámbito delsector en el que está previsto el desarrollo del planeamiento, incluyendo los estudios sectorialesque a continuación se indican y cuyas prescripciones de corrección, control y desarrollo ambientaldel planeamiento serán de obligado cumplimiento y sus medidas se incorporarán en loscorrespondientes proyectos de urbanización, de infraestructuras o de cualquier otro que resulte enel proceso de creación de suelo urbano.

2. Estudios sectoriales:

- Estudio acústico en los términos y plazos que fija el decreto 326/2003, por el que se aprueba elreglamento de Protección contra la contaminación acústica.

- Certificación de suficiencia de agua para abastecimiento a viviendas e industrias compatiblesen suelos urbanos en los términos marcados por el Plan Hidrológico de la Cuenca del Sur.

- Justificación de la utilización de agua reciclada para usos que así se requiera, especialmentepara praderas de campos de golf, zonas ajardinadas de uso turístico u otros usos contempladosen el PHCS.

3. Redacción de un Proyecto Paisajístico de Conjunto, en donde se deberá consignar las franjas depermeabilidad paisajística y comunicación con suelos públicos.

4. En el caso de existir alguna Zona de Influencia Forestal: la elaboración de medidas preventivas ylas actuaciones regladas para reducir el peligro de incendio forestal y sus daños. Estas medidaspueden referirse a la delimitación de la Zona de Influencia Forestal, proyección de los planes deprotección civil sobre este suelo, la delimitación de áreas de concentración en caso de emergenciaso la definición de los caminos y vías de acceso y socorro, entre otras. Estas medidas debenrecogerse en las Normas Urbanísticas del Plan Parcial y se concretarán en el diseño y disposiciónde la calificación y uso del suelo resultante. (Artículo 26 de la Ley 5/ 1999, de 29 de junio, dePrevención y lucha contra los incendios forestales).

4.C.2 Desarrollo de Suelo Urbanizable sectorizado y suelo urbano.

En aquellos sectores limítrofes con suelos forestales, en el que se localicen viviendas, industrias,instalaciones o edificaciones deberán crear y mantener una faja de seguridad de quince (15)metros libre de residuos, matorral o brozas en los términos previstos en el artículo 24 delReglamento de prevención y lucha contra los incendios forestales (Decreto 247/ 2001, de 13 denoviembre).

4.C.3 Puerto deportivo de La Cala de Mijas

Elaboración de un estudio de Impacto Ambiental de Proyectos, en los términos y plazos que fija elReglamento de Evaluación de Impacto Ambiental.

4.C.4 Nuevas líneas de transporte aéreo de energía eléctrica igual o superior a 66 Kv y sussubestaciones.

Elaboración de un estudio de Impacto Ambiental de Infraestructuras físicas, en los términos yplazos que fija el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental.

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IV. PRESCRIPCIONES DE CORRECCIÓN, CONTROL Y DESARROLLO AMBIENTAL DEL PLANEAMIENTO pág: 52

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4.C.5 Medidas que no tienen que ver con los impactos ambientales y sí con la planificación territorial

Por último señalar la conveniencia de reservar o localizar espacios o lugares en el términomunicipal donde sea posible ejecutar las acciones previstas en los planes de protección civil, sobretodo en caso de sismos, ya que pueden afectar a las infraestructuras y comunicaciones, aislando asíalgunos ámbitos municipales que puedan necesitar ayudas. Esto puede hacerse extensivo a laubicación estratégica de depósitos de agua para abastecimiento, vías de evacuación rápida que hande encontrarse expeditas o lugares de concentración de población en condiciones de seguridad. ElP.G.O.U puede reservar suelos o compatibilizar usos sobre determinados espacios (feriales,equipamientos deportivos, etc...) para atender a estos requerimientos, y siempre debe garantizar lacomunicación mediante vías de acceso de todos los espacios asignados en dichos planes deprotección civil.

En cualquier caso deben conocerse los planes elaborados por la Junta de Andalucía y aplicar lasdirectrices en ellos expuestas.5

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IV. PRESCRIPCIONES DE CORRECCIÓN, CONTROL Y DESARROLLO AMBIENTAL DEL PLANEAMIENTO pág: 53

5 Véase el Informe de Riesgos Ambientales de la zona oriental de Andalucía, presentado a la prensa el pasado 4/02/2004.

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5 SÍNTESIS

5.A) RESUMEN DE LOS CONTENIDOS DE LA PROPUESTA DE PLANEAMIENTO CONINCIDENCIA AMBIENTAL

5. A.1 Ámbito de actuación del planeamiento

El término municipal de Mijas. El Plan General de Ordenación Urbana en vigor fue aprobado el 16de diciembre de 1999, con excepción del suelo no urbanizable que fue objeto de un expediente decumplimiento aprobado posteriormente el 12 de abril de 2002

5. A.2 Exposición de los objetivos del planeamiento

Los objetivos se pueden enmarcar en las previsiones y determinaciones que expone el Plan deOrdenación del Territorio de la Costa del Sol Occidental, figura de planeamiento territorial deámbito supramunicipal.

Aunque la presente Revisión no supone una ruptura total con el planeamiento vigente (semantienen a grandes rasgos las pautas de clasificación/calificación del suelo) sí que comporta lareconsideración de sus características en el sentido de profundizar en la necesidad de ajustar susdeterminaciones a la nueva realidad local, controlar la degradación del medio natural, primar lasolución de problemas concretos frente a la simple clasificación/calificación de suelo y considerarlas necesidades de gestión como un aspecto fundamental de la redacción del PGOU.

PROPUESTAS GENERALES DE ORDENACIÓN

Revisión del PGOU plantea una reestructuración del territorio municipal mediante:

• la protección de las zonas cuyos valores naturales están sancionados por las instanciasadministrativas responsables y plenamente asumidos socialmente,

• la reducción de la intensidad de ocupación para los nuevos desarrollos urbanísticos,

• la introducción de una potente infraestructura de comunicaciones que lo vertebreinternamente y lo conecte adecuadamente con las redes viarias supramunicipales, y

• la reserva del suelo necesario para albergar los nuevos sistemas generales de dotacionesque equilibren los déficits actuales y permitan atender las exigencias futuras.

En relación con el primer aspecto, la salvaguarda de los espacios valiosos desde el punto de vistamedioambiental se traduce, básicamente, en la especial protección que se aplica a los espaciosforestales y naturales de los bordes norte y oeste del término, a los ejes fluviales de los ríosFuengirola, Ojén y Pasadas y a los espacios agrarios asociados a sus cursos altos.

En relación con el segundo aspecto y de acuerdo con los rasgos físicos distintivos del territoriomunicipal y las características actuales de su utilización, se plantea una gradación en laurbanización del territorio que, desde la baja intensidad de ocupación prevista para los nuevosdesarrollos en el tercio norte del municipio (10 viv/Ha.), puede ir aumentando paulatinamentehasta índices superiores (16 viv/Ha.) en el tercio meridional. Este patrón de ocupación de bajadensidad (básicamente por usos residenciales y de ocio) que se plantea para la mayor parte delterritorio municipal contrasta con la concentración en el núcleo de Las Lagunas de la actividadurbana y, en consecuencia, con una intensidad edificatoria superior (30 viv/Ha en el suelourbanizable ya ordenado y 18 viv/Ha en el nuevo suelo urbanizable).

Además de los sistemas generales de dotaciones que sirven a la población municipal, laintroducción de equipamientos de escala supramunicipal ayudan a proyectar hacia el exterior laimagen del municipio. Este es el caso, por ejemplo, del Hipódromo y en esta dirección se planteanlas propuestas de localizar en el término un Hospital y un Puerto Deportivo.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL P.G.O.U. DE MIJAS TALES-UR S.C.

V. SÍNTESIS pág: 54

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La estructura urbana-territorial del municipio se ha consolidado en los últimos años con losdos núcleos de Mijas-pueblo en el Norte (con los desarrollos surgidos en su entorno) y LasLagunas en el Este (como principal foco de actividad urbana), la banda litoral del Sur (en laque el núcleo primitivo de La Cala ha quedado engullido en el continuo de urbanizacionesapoyadas en la N-340) y la banda central constituida por islotes de grandes urbanizacionesligadas a campos de golf. Esta estructura se ha materializado con una impronta de ocupaciónindeleble por lo que el modelo de ocupación del territorio que propone el PGOU no puedesino recogerla reconduciendo sus características menos satisfactorias, en la medida de loposible, de acuerdo con lo señalado en los párrafos anteriores.

CUADRO RESUMEN COMPARATIVO DE LA CLASIFICACIÓN DEL SUELO (cifras en Ha.)

14.854,314.854,3TOTAL TERMINO MUNICIPAL-22,6%6.650,38.596,3TOTAL SUELO NO URBANIZABLE

+43,34%455,1317,6SISTEMAS EN SUELO NO URBANIZABLE - 86,0%630,94.516,3SIN PROTECCIÓN+ 47,9%5.567,13.762,4PROTEGIDOSUELO NO URBANIZABLE+ 33,7%5.925,64.431,9TOTAL SUELO URBANIZABLE+ 63,5%575,2351,8SISTEMAS GENERALES ADSCRITOS+ 31,1%5.350,44.080,1SUELO URBANIZABLE+ 24,6%2.275,61.826,1TOTAL SUELO URBANO+31,2%664,1505,8NO CONSOLIDADO+ 22,0%1.611,51.320,3CONSOLIDADOSUELO URBANO

VARIACIÓN nuevo PGOUPGOU de 1999ÁMBITO

5.A.3 Localización sobre el territorio de los usos globales e infraestructuras

Sistema de abastecimiento de agua potable

- Necesidad de ampliar los recursos existentes

El abastecimiento actual tiene como recursos principales el acuífero de Mijas en la zona de LaSierra (explotado por Mijagua) y las conducciones de Río Verde procedentes del embalse de laConcepción (explotadas por ACOSOL) en la zona de La Costa. Además hay urbanizaciones quetienen recursos propios y en La Costa, en periodos de sequía, se utilizan captaciones de aguassubterráneas de peor calidad y poca capacidad.

Se plantea eliminar la dependencia del acuífero central de la Sierra de Mijas, con nuevascaptaciones en los sectores oriental (Benalmádena) y noroccidental (Alhaurín). Este es uno de losobjetivos del Plan Director de Infraestructura Hidráulica de Mijas que el PGOU programa.

Propuestas del POT de la Costa del Sol Occidental, que afectan a las propuestas del PGOU:

• acometer los embalses de los ríos Ojén (9 Hm3) y Alaminos (15 Hm3) incluidos en el PlanHidrológico Nacional.

• estudiar la viabilidad medioambiental de un embalse en Campo de Gibraltar o bien la de laampliación del embalse de la Concepción, con la ampliación, cualquiera que sea la soluciónque se adopte, de las conducciones de transporte en alta a los municipios abastecidos.

• construir la Estación de Tratamiento de Agua Potable prevista y las conducciones generales adepósitos reguladores.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL P.G.O.U. DE MIJAS TALES-UR S.C.

V. SÍNTESIS pág: 55

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- Red básica del término:

Se proponen un conjunto de 21 actuaciones de trazado y mejora de redes y conexiones en bajapara suministro a todos los ámbitos urbanos existentes y futuros.

Capacidad de almacenaje y regulación

Creación de siete nuevos depósitos con una capacidad de 44.000 m3

Sistema de saneamiento

En el marco de las previsiones del POT de la Costa del Sol Occidental se contemplan las siguientesactuaciones en el sistema general de saneamiento de aguas residuales:

• Ampliación de las depuradoras de Fuengirola-Mijas y La Cala, especialmente ésta última, conla implantación de una línea de tratamiento terciario de los efluentes para su reciclado parariegos (de campos de golf fundamentalmente).

• Plan Especial de Saneamiento del río Alaminos, para las urbanizaciones en esta zona, que seencuentra en fase de anteproyecto. En su versión definitiva deberán revisarse sus previsiones ala luz del PGOU, los caudales de aguas fecales se distribuirán entre las dos depuradorasindicadas según el alcance de las ampliaciones y se definirán las fuentes de financiaciónprivada y mecanismos de gestión.

En la zona de la Costa se plantean una serie de colectores generales de aguas fecales entre las víasrápidas AP-7 y A-7, con el bombeo de los vertidos a la EDAR de la Cala. Se trata de unaampliación del Plan de Saneamiento Integral para los sectores urbanizables entre estas dos vías. Sutrazado discurre en relación con los cauces naturales y los nuevos ejes estructurantes hasta lasestaciones de bombeo y colectores a lo largo de la A-7 y después a la EDAR. Simultáneamente porun sistema separativo se conducirán las aguas pluviales hasta el mar. Además es preciso ampliar lasestaciones de bombeo existentes.

En la zona de Las Lagunas se prevén nuevos colectores de fecales por el suelo urbanizable queconectan con la EDAR de Fuengirola-Mijas. Las aguas pluviales se conducirán aparte a los caucespúblicos.

En la zona de la Sierra se proyectan nuevos colectores con trazado sensiblemente paralelo a loscauces por encima de la AP-7, en la zona Este y al otro lado de la carretera de Mijas a Fuengirola.

Completan el sistema general las depuradoras privadas existentes y previstas cuyo funcionamientodeberá revisarse. Se trata de un sistema que se extiende a todo el territorio de Mijas, desde la sierraa la costa, siguiendo las vaguadas de los cauces públicos hasta desembocar en las dos estacionesdepuradoras.

Es de tipo separativo ya que las aguas pluviales se desaguan hacia el mar.

Red de agua reciclada

Dentro del PEDI se crea una red de agua reciclada para el riego de los campos de golffundamentalmente. En este momento se han ejecutado, por la Confederación Hidrográfica delSur, las obras del depósito regulador de 10.000 m3 de capacidad que se suministrará de losefluentes de las dos depuradoras.

En el planteamiento inicial del PEDI la producción diaria de agua terciarizada (20.000 m3 en laEDAR de Fuengirola-Mijas y 7.500 m3 en la Cala), no cubre la demanda prevista de 42.883 m3.Por ello hay que reconsiderar la ampliación de esta última planta (la solicitud formulada porACOSOL al Ministerio de Fomento para 125.000 habitantes es insuficiente).

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La red proyectada se compone de pisos de presión de unos 90 metros de desnivel, con depósitosreguladores en cada uno. Puesto que las alturas de bombeo son muy elevadas, deberá estudiarsecuidadosamente el consumo energético que resulta para su posible redefinición.

Red eléctrica de transporte y distribución

Para atender las futuras demandas se plantea, en coordinación con Sevillana-Endesa, laconstrucción del nuevo sistema básico de transporte integrado por:

• Línea aérea de 220 kilovoltios procedente de Alhaurín el Grande y que alimenta a la nuevaSubestación de Entrerríos

• Subestaciones de Entrerríos de 220/66 y 66/20 Kv

• Subestación Sierra de Mijas de 66/20 Kv

• Subestación Cerro del Águila de 66/20 Kv

• Subestación Cortijo Colorado de 66/20 Kv

• Líneas de alimentación de estas subestaciones de 66 Kv.

Recogida y tratamiento de residuos sólidos

En el paraje del Colmenero se encuentra la planta de tratamiento de residuos sólidos urbanos. Seestima que el vertedero existente tiene capacidad para albergar los residuos de los próximos 7 u 8años. Una vez agotado se sellará y se continuará el tratamiento en una parcela contigua clasificadacomo sistema general.

Esta ampliación tiene el Estudio de Impacto Ambiental aprobado, y su horizonte de almacenaje,en la hipótesis de que se mantenga el incremento anual de residuos, es de unos 20 años.

La recogida de muebles, enseres, escombros de pequeño volumen y podas de jardines, se lleva a laplanta de reciclados de Mijas, privada en concierto con la Mancomunidad de Municipios de laCosta del Sol Occidental. Tiene terrenos para atender los incrementos previsibles en el futuro.

La recogida selectiva de envases, papel y vidrio, se transporta fuera del municipio a la planta deCasares de la Mancomunidad

Otras infraestructuras

ENAGAS va a instalar próximamente la red de gas de alta presión, gasoducto Málaga-Estepona,con un ramal para Mijas-Fuengirola y otro para Alhaurín el Grande. La red de distribución urbanasólo tiene en servicio la zona del Hipódromo y un ramal en Las Lagunas, pero la previsión esimplantar el servicio en todos los núcleos urbanos.

En la red de telecomunicaciones no existen problemas de capacidad y cobertura territorial.

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5.B) RESUMEN DE LAS PRESCRIPCIONES DE CORRECCIÓN, CONTROL YDESARROLLO AMBIENTAL DEL PLANEAMIENTO

5.B.1 Medidas ambientales, protectoras y correctoras de aplicación directa, relativas a la ordenaciónpropuesta

Clasificación del suelo del término municipal.

Es la medida de aplicación directa con más incidencia ambiental, acompañada de la NormativaUrbanística sobre las distintas categorías de Suelo No Urbanizable.

De acuerdo con el artículo 46 de la LOUA, y en concordancia con las directrices del POT de laCosta del Sol Occidental, el suelo no urbanizable posee las siguientes categorías:1. Suelo No Urbanizable de Especial Protección Ambiental

Este suelo de especial protección incluye los siguientes terrenos:

- los que poseen la condición de bienes de dominio público natural o están afectos por un régimenjurídico que demande el mantenimiento de sus características. Se encuentran en esta situación losmontes públicos (de dominio publico, o patrimoniales protectores). Recogiendo esta situación seda cumplimiento al artículo 27 de la Ley Forestal y al punto 3 del artículo 43 de su Reglamento.

- los sujetos a algún régimen de protección por la correspondiente legislación administrativa. Enesta situación se encuentra el correspondiente a la zona de especial conservación de la Red Natura2000: LIC ES6170022 Río Fuengirola

- los merecedores de un régimen especial de protección, otorgado por el planeamiento territorial,en función de la existencia de valores o recursos ambientales, naturales, paisajísticos o históricos.2. Suelo No Urbanizable de Especial Protección Territorial

Este suelo de especial protección incluye aquellos terrenos en los que

- Es necesario preservar su carácter rural, por razón de sus valor y recurso, actual o potencial, decarácter ambiental, agrícola, ganadero, forestal, cinegético o análogo, teniendo en cuenta razonesde sostenibilidad, racionalidad y las condiciones estructurales del municipio de Mijas .

- Se considera necesario mantener sus características para la protección de la integridad yfuncionalidad de infraestructuras, servicios, dotaciones o equipamientos públicos o de interéspúblico.

- Deben mantener su carácter no urbanizable por la existencia de actividades y usos generadoresde riesgos de accidentes mayores o que medioambientalmente son incompatibles con los usos a losque otorga soporte la urbanización.3. Suelo No Urbanizable de hábitat rural. SNU-HR

Constituye el soporte físico de asentamientos y viviendas diseminadas, vinculadas a la actividadagropecuaria. Incluye aquellas zonas que por sus condicionantes físicos o parámetros objetivos delocalización no resultan adecuadas para acoger viviendas rurales en núcleo urbano compacto.

Se incluyen en esta categoría ámbitos que actualmente soportan asentamientos de este tipoasí como aquellos otros ámbitos, localizados en torno a núcleos existentes de población,donde no se considera inadecuado que se produzcan nuevas implantaciones de viviendassiempre que se conecten a las redes de servicios existentes.

4. Suelo No Urbanizable de especial protección Vías Pecuarias

Las vías pecuarias y lugares asociados existentes en el término municipal son:

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Cañada Real de la Fuente de la Adelfa anchura legal 75,22 m

Cordel del Cesmo anchura legal 37,61 m.

Descansadero-abrevadero de la Fuente de la Adelfa, con área de 42.210 m2

Descansadero del Ahogadero, con área de 18.090 m2

De todos ellos se dibuja su trazado en la documentación gráfica de la revisión del PGOU y en la deeste estudio de impacto ambiental. En el ámbito de actuación de la revisión del PGOU no sepropone ninguna modificación de trazado.

Debe señalarse que los suelos que presentan riesgos geológicos, que los hacen incompatibles paraalgunos usos del territorio y que por esta condición se hacen merecedores de un grado deprotección específico, se localizan dentro de suelos de protección ambiental y territorial, de modoque el nivel de protección que se otorga a aquellos salvaguarda a éstos, y así no es preciso definiruna clase nueva de suelo protegido. En todo caso, en los planos de este Estudio de Impacto, seseñalan con grafía independiente las áreas del territorio municipal que presentan estos riesgosgeológicos.

Determinaciones estructurantes: Normativa del Suelo No Urbanizable de Especial Protección ydeterminaciones preceptivas para el Suelo No Urbanizable de Hábitat Rural y para el SueloUrbanizable No Sectorizado.

Recogidas extensamente en los Títulos VI y VII de la Normas Urbanísticas del PGOU.

Prevención de la contaminación de acuíferos.

La normas urbanísticas prescriben que se debe evitar cualquier vertido o instalación de vertederosde residuos o lugares de almacenamiento de materiales susceptibles de producir lixiviados queposteriormente se infiltren al terreno. Esta determinación del PGOU es válida para todo eltérmino municipal. No se plantea desde la ordenación urbanística la posibilidad de efectuarvertidos de ningún tipo. Toda actuación debe depurarse antes de fluir al exterior, a cauce, o quepueda ser objeto de infiltración en el terreno.

La zona objeto de protección especial corresponde a las áreas de la Sierra de Mijas y otras cuyasextracciones se utilizan para abastecimiento a la población.

Tanto la extracción de caudales, el establecimiento de los perímetros de protección de pozos asícomo las autorizaciones de vertidos y en general la policía de aguas son competencia exclusiva delOrganismo de cuenca, en aplicación de la legislación sectorial.

Desde la revisión del PGOU se prescriben limitaciones para cualquier acción edificatoria,constructiva, de ubicación de instalaciones o infraestructuras que puedan afectar negativamente ala calidad del recurso acuífero. Sólo se otorgará licencia urbanística aquellas actuacionespreviamente autorizadas por el Organismo de cuenca, en aplicación del Título IV de la Ley deAguas y los artículos de la Sección 11 del Capítulo III del Título II del Reglamento del DominioPúblico Hidráulico.

Tratamiento de las aguas residuales.

Esta medida hace referencia a que todas las actividades, usos y aprovechamientos implantados enel municipio deben contar con o estar conectadas a un sistema de depuración de aguas residualesque garantice la inocuidad de los vertidos.

Esta es una de las medidas con más incidencia directa que se han incorporado dentro del PlanGeneral de Ordenación Urbanística. Los nuevos crecimientos urbanos previstos llevan parejos lainstalación de nuevas infraestructuras de saneamiento y mejora de las existentes, de modo que sinla ejecución previa de éstas no es posible el desarrollo de aquellos.

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Para que esta medida sea eficaz, el territorio debe contar con un sistema de saneamiento queincluye la red principal de colectores y las estaciones de depuración o ampliación de las existentes.

Protección de los montes públicos.

La determinación urbanística sobre estas zonas es su declaración como Suelo No Urbanizable deEspecial Protección Ambiental, para que puedan ser efectivas las acciones competentes previstaspor la legislación sectorial de aplicación sobre los montes y zonas forestales. Ésta es unadeterminación estructural.

La delimitación del monte público a efectos urbanísticos queda señalada en los planos declasificación del Suelo No Urbanizable. A partir de esta delimitación se define la Zona deInfluencia Forestal.

Como recomendación emanada de la Revisión del PGOU se puede citar la conservación sostenibledel arbolado existente, entendiendo por tal el formado por especies leñosas de monte, autóctonaso de repoblación, con sotobosque de matorral en mayor o menor grado.

Otra recomendación puede ser el fomento de la reforestación en todas las áreas que se muestrenidóneas para ello. Los suelos públicos o de titularidad institucional que no tienen cubierta arbóreao que poseen alguna susceptibilidad a la erosión, y en general aquellos suelos que por suscaracterísticas edáficas y de productividad así lo recomienden, deben ser objeto de forestaciónprioritaria. En este caso, así como en la recomendación anterior, la competencia planificadora parallevar a cabo estas acciones es de los Planes de Ordenación de Recursos Naturales o Forestales.

Esta revisión del PGOU mantiene la calificación de terrenos forestales a los montes catalogados oprotectores ubicados en el municipio y no propone otros usos distintos a los que les son propios, alos efectos del artículo 39 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes (Estado).

Protección de los caminos y estructura del medio rural.

Los caminos, carriles, sendas, las riberas practicables, los vados y las pistas de montes públicosmunicipales deben ser objeto de vigilancia y control, de acuerdo con lo establecido en la legislaciónsectorial aplicable y en la ordenanza municipal correspondiente.

Como determinación estructurante de la Revisión del PGOU estos suelos se clasifican comoSistema General Viario. Es preciso evitar la pérdida, disminución o destrucción de estos elementosque estructuran el medio rural, ya que son fundamentales para garantizar el acceso de los serviciosy cuerpos de emergencias, de lucha contra incendios o de protección civil; igualmente debenpermitir el acceso de equipos y la evacuación necesaria en caso de catástrofes naturales o de otrotipo.

Al tiempo posibilitan el aprovechamiento de los recursos territoriales y facilitan la relación entre elmedio urbano y las actividades rurales, incluyendo usos turísticos y deportivos no consuntivosligados al medio natural.

Protección de cauces, riberas y márgenes.

La revisión del PGOU establece la correspondiente regulación del uso del suelo, incluso lapreservación del proceso de urbanización, de los terrenos colindantes con el dominio públiconatural. Esta determinación estructurante se concreta en la clasificación del determinados tramosde cauces y sus riberas como Suelo No Urbanizable de Especial Protección Ambiental ya quecoincide con la zona LIC del río Fuengirola. En otros casos los cauces y riberas están dentro de unámbito más extenso que goza de especial protección ambiental, por lo que sería redundanteseñalar esta condición.

Así pues en los suelos urbanizables no sectorizados y en los suelos de hábitat rural diseminadodebe señalarse su límite. La delimitación del dominio público, a efectos de protección yestablecimiento de limitaciones urbanísticas y de uso del suelo puede hacerse a partir de las

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instrucciones emanadas en el Plan Hidrológico de la Cuenca del Sur y desarrolladas en el estudioHidrológico del municipio de Mijas, cuyos resultados han de servir para efectuar el deslinde delDominio Público Hidráulico.

El resto de los arroyos del municipio, sus riberas y márgenes deben ser objeto de protecciónmediante una vigilancia especial de acuerdo con las normas de policía de aguas y de intervenciónen las zonas de dominio público y de servidumbre. La protección, vigilancia y actuaciones estarána lo dispuesto en su normativa sectorial, que es competencia exclusiva de la Administraciónhidráulica (artículo 94 de la Ley de Aguas).

Protección paisajística.

Determinados rasgos y elementos paisajísticos especialmente valiosos ya se han protegido por supertenencia a zonas de sierra y otros espacios con valores naturales significativos incluidos en elSuelo No Urbanizable de Especial Protección Ambiental; otros se incluyen específicamente comoSuelo No Urbanizables de Especial Protección Territorial, por sus valores paisajísticos, comoocurre los frentes de ladera, cantiles y travertinos al pie de la población de Mijas.

La actual demanda de lugares con alto potencial de vistas, y por tanto merecedores de un nivel deprotección paisajística, para la instalación de antenas de telefonía móvil, repetidores hertzianos eincluso aerogeneradores eléctricos, plantea un conflicto cuya solución no debe proponerlaexclusivamente el planeamiento urbanístico, aunque sí debe llevarla a la práctica en lo que afecta asus competencias (normas urbanísticas, edificatorias, servidumbres de servicios, etc.), mediantesus determinaciones.

En suelos no urbanizables de Protección Ambiental deberían proscribirse de toda actuación quemodificase sus condiciones como espacio receptor de vistas, prohibiendo la instalación deantenas, repetidores y aerogeneradores de cualquier tipo. En el resto de los suelos protegidoses posible la instalación de estos ingenios, ya que la justificación de su conveniencia ynecesidad para la comunidad es obvia. Estas actuaciones están sometidas al requisito deEvaluación de Impacto Ambiental en los términos que establece la Ley.

Vías Pecuarias

Cualquier actuación a realizar sobre las Vías Pecuarias requiere de autorización de la Consejería deMedio Ambiente.

La revisión del PGOU, como figura de planeamiento, se ciñe a las determinaciones expuestas en lasección 2ª del Capítulo IV del Título I del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se apruebael Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La revisión del PGOU no analiza ni establece procedimientos de desafectación en aquellos suelosurbanos o urbanizables en donde fuera previsto aplicar la disposición adicional segunda de la Ley17/1999, de 28 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas(Andalucía), pues las competencias para efectuar la desafectación de las Vías Pecuarias deAndalucía, así como otros actos de conservación y defensa, corresponden a la Consejería de MedioAmbiente (Artículo 8 del Capítulo I del Titulo I del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que seaprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía). En todocaso la revisión del PGOU aportará la información gráfica y la caracterización de suelo urbano ono, para la determinación física del terreno a desafectar, que necesita la Delegación Provincial deMedio Ambiente para la elaboración del informe de procedimiento administrativo para ladesafectación.

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5.B.2 Recomendaciones específicas sobre los procedimientos de prevención ambiental exigibles a lasactuaciones de desarrollo del planeamiento

Desarrollo del Suelo Urbanizable No Sectorizado.

1. Elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental de Planificación Urbana para el ámbito delsector en el que está previsto el desarrollo del planeamiento, incluyendo los estudios sectorialesque a continuación se indican y cuyas prescripciones de corrección, control y desarrollo ambientaldel planeamiento serán de obligado cumplimiento y sus medidas se incorporarán en loscorrespondientes proyectos de urbanización, de infraestructuras o de cualquier otro que resulte enel proceso de creación de suelo urbano.

2. Estudios sectoriales:

- Estudio acústico en los términos y plazos que fija el decreto 326/2003, por el que se aprueba elreglamento de Protección contra la contaminación acústica.

- Certificación de suficiencia de agua para abastecimiento a viviendas e industrias compatibles ensuelos urbanos en los términos marcados por el Plan Hidrológico de la Cuenca del Sur.

- Justificación de la utilización de agua reciclada para usos que así se requiera, especialmente parapraderas de campos de golf, zonas ajardinadas de uso turístico u otros usos contemplados en elPHCS.

3. Redacción de un Proyecto Paisajístico de Conjunto, en donde se deberá consignar las franjas depermeabilidad paisajística y comunicación con suelos públicos.

4. En el caso de existir alguna Zona de Influencia Forestal: la elaboración de medidas preventivas ylas actuaciones regladas para reducir el peligro de incendio forestal y sus daños. Estas medidaspueden referirse a la delimitación de la Zona de Influencia Forestal, proyección de los planes deprotección civil sobre este suelo, la delimitación de áreas de concentración en caso de emergenciaso la definición de los caminos y vías de acceso y socorro, entre otras. Estas medidas debenrecogerse en las Normas Urbanísticas del Plan Parcial y se concretarán en el diseño y disposiciónde la calificación y uso del suelo resultante. (Artículo 26 de la Ley 5/ 1999, de 29 de junio, dePrevención y lucha contra los incendios forestales).

Desarrollo de Suelo Urbanizable sectorizado y suelo urbano.

En aquellos sectores limítrofes con suelos forestales, en el que se localicen viviendas, industrias,instalaciones o edificaciones deberán crear y mantener una faja de seguridad de quince (15)metros libre de residuos, matorral o brozas en los términos previstos en el artículo 24 delReglamento de prevención y lucha contra los incendios forestales (Decreto 247/ 2001, de 13 denoviembre).

Puerto deportivo de La Cala de Mijas

Elaboración de un estudio de Impacto Ambiental de Proyectos, en los términos y plazos que fija elReglamento de Evaluación de Impacto Ambiental.

Nuevas líneas de transporte aéreo de energía eléctrica igual o superior a 66 Kv y sussubestaciones.

Elaboración de un estudio de Impacto Ambiental de Infraestructuras físicas, en los términos yplazos que fija el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental.

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ANEJO 1

Denominación taxonómica de las especies citadas en este estudio y catalogación de protección

Vulpes vulpesZorroThymbra capitataTomillo cabezónMeles meles*Tejón Pinus pineaPino piñoneroPinus halepensisPino carrascoChamaerops humilisPalmitoMirtus communisMirtoHerpestes ichneumon*MeloncilloPistacea lentiscusLentiscoCistus ladaniferJaraCistus monspeliensisJaguarzoGenetta genetta*GinetaEucalyptus globulusEucalipto blancoEucalyptus camaldulensisEucalipto rojoStipa tenacissimaEspartoCalicotome villosaErguénQuercus ilexEncinaMustela nivalis*ComadrejaCapra pyrenaica hispanicaCabra montésButeo buteo *Busardo ratonero Erica terminalis *BrecinaGenista umbellataBolinaHieraaetus fasciatus **Águila-azor perdiceraCeratonia siliquaAlgarroboQuercus suberAlcornoque Hieraaetus pennatus*Águila calzadaOlea europaea sylvestrisAcebuche

* De interés especial, Catálogo Nacional de Especies Amenazadas

** Vulnerable a la extinción Libro rojo de Andalucía /Catálogo Nacional de Especies Amenazadas

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ANEJOS pág: 1

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ANEJO 2

Plan Hidrológico de la Cuenca Sur. Orden de 6 de septiembre de 1999 (BOE 17/09/1999) por la quese dispone la publicación de las determinaciones de contenido normativo del Plan Hidrológico deCuenca Sur, aprobado por Real Decreto 1664/1998 de 24 de julio,

Artículo 8º .- Usos de agua en función de su destino.

En función de su destino el agua puede ser utilizada en usos urbanos, industriales, regadío, caudales medio-ambientales,producción de energía eléctrica, acuicultura, usos recreativos y otros usos.

1º .- Estimación de la demanda para usos urbanos e industriales.

Para la estimación de la demanda para usos urbanos e industriales, incluidos en el abastecimiento, se tendrán en cuentalos diferentes parámetros que intervienen en su determinación (proyecciones demográficas, dotaciones, calidades,

garantías y retornos) y que se concretan en los artículos siguientes.

A.- Dotaciones.

a) Población residente: Las dotaciones para usos urbanos incluirán las necesarias para los usos domésticos, los usospúblicos y las industrias de poco consumo de agua situados en los núcleos de población y conectadas a la redmunicipal.

Un objetivo del Plan es conseguir que las dotaciones reales para abastecimiento se sitúen dentro de los intervalossiguientes, siendo el valor concreto en cada caso función de la actividad industrial y comercial de la población:

350-410330-410Mayor de 250.000

300-360280-350De 50.000 a 250.000

250-310240-300De 10.000 a 50.000

220-280210-270Menor de 10.000

2º Horizonte1er Horizonte

Litros/habit. x díaPoblación Habitantes

b) Población estacional: Las dotaciones máximas, en este caso son:

350Chalé

150Apartamento

240Hotel

120Camping

Dotación (litros, plaza y día)Establecimiento

Sólo en casos concretos, debidamente justificados con estudios específicos, se podrán establecer dotaciones superioresa las expresadas.

B.- Garantías y eficiencia de los sistemas de abastecimiento.

En la Cuenca del Sur serán de aplicación los criterios de garantía de la Instructa 79, que establecen que para la demandaa caudal constante, caso del abastecimiento de agua potable, se adopte una garantía alrededor del 0,96-0,98,computada, en una explotación mensual del sistema, como la no satisfacción del 80% de la demanda en cuatro-dosmeses por cada cien meses considerados.

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C.- Retornos.

Tal y como especifica el artículo 12 de la Orden de 24 de Septiembre de 1992, para la demanda urbana se fijarán losvolúmenes de retorno a partir de los datos reales, especificando su calidad. A falta de dichos datos reales, se consideraráun volumen de retorno del 80% del suministro.

D.- Usos industriales no incluidos en la demanda urbana

A falta de datos reales para la determinación de las demandas de este tipo, se adoptarán las dotaciones del Anexo nº6.

Los criterios de garantía a considerar para el servicio de las demandas industriales no conectadas a las redes urbanas,serán los utilizados para el servicio de demandas a caudal constante, que coinciden con los aplicados a las demandasurbanas.

En cuanto a los criterios para la determinación de los retornos, el Plan considera los del artículo 18 de la O.M. de 24 deSeptiembre de 1.992, en el que se expresa que, a falta de datos, se aplicará el 80% de la demanda brutacorrespondiente.

Agua para usos agrícolas

ANEXO 8 balance entre recursos y demandas consolidadas. Subsistema I-3

Del total de recursos de este subsistema, 47 hm3/año provienen de regulación en los embalses de Concepción yGuadaiza y 7 hm3/año de la regulación natural en los ríos. Los recursos subterráneos se cifran en 35 hm3/año.

Las demandas establecidas corresponden al abastecimiento urbano: 41 hm3/año, a los regadíos de Ojén, Mijas,Benalmádena, Estepona, Casares y Marbella, que ascienden en total a 46 hm3/año, y al riego de campos de golf: 19hm3/año.

La comparación entre recursos y demandas arroja un déficit de 17 hm3/año, que es debido, fundamentalmente, a lasobreexplotación del acuífero de Marbella-Estepona (9 hm3/año) y a infradotación de regadíos (8 hm3/año).

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ANEJO 3

Sobre determinados aspectos de protección hidrológica de los cauces fluviales de la CuencaHidrográfica del Sur

CAPITULO VI.

De la protección, conservación y recuperación del recurso y su entorno.

Artículo 23 .- Perímetros de protección de aguas subterráneas.

En el interior de cada perímetro se impondrán restricciones a las actividades que puedan afectar a la cantidad o a lacalidad del agua -según el objetivo de la protección y, en particular, a los vertidos líquidos o sólidos de poblaciones,industrias o instalaciones agropecuarias. Asimismo, se podrán imponer restricciones que afecten al volumen total deextracciones, a los caudales máximos puntuales y a los niveles dinámicos máximos, y serán de aplicación las normasestablecidas para las zonas de policía por el Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

Se incoarán de oficio, al menos, los expedientes para el establecimiento de los perímetros de protección de lascaptaciones para abastecimiento de poblaciones, los de los humedales y parajes naturales relacionados con el medioambiente hídrico, como se dispone en el art. 32 de esta Normativa, así como los de las unidades, subunidadeshidrogeológicas o acuíferos afectados por problemas de sobreexplotación o salinización.

Los perímetros de protección relativos a la calidad se establecerán individualmente para cada captación o grupo decaptaciones para abastecimiento urbano, según los criterios que se incorporen en coordinación con los organismosautonómicos competentes.

El orden de prioridad se establecerá en función de la población abastecida de acuerdo con el siguiente rango:

- Poblaciones de más de 15.000 habitantes.

- Poblaciones entre 15.000 y 2.000 habitantes.

- Poblaciones de menos de 2.000 habitantes.

.../...

Artículo 27 .- Criterios básicos para la protección de las aguas subterráneas.

Las aguas subterráneas serán objeto de protección tanto respecto a su cantidad como a su calidad.

La protección de las aguas subterráneas se apoyará en las medidas de carácter general que se establezcan -de acuerdoa la vulnerabilidad de las distintas unidades, subunidades hidrogeológicas y acuíferos- para la ordenación y control delos vertidos de residuos sólidos y líquidos, urbanos e industriales y para la protección frente a la contaminación difusa.

Dadas las características de la cuenca, el objetivo de calidad para todas sus unidades hidrogeológicas es, al menos, elfijado para acuíferos destinados a múltiples usos. Por consiguiente se establecerán en todas ellas medidas deconservación y protección de la calidad. Únicamente se exceptúan aquellas que por causas naturales presentancontenidos salinos no aptos para el abastecimiento urbano: Baja Guadalhorce (U.H. 37) en la zona más próxima a lacosta y algunos sectores de Carchuna-Castell de Ferro (U.H. 20).

Las medidas para la protección y conservación de las aguas subterráneas podrán ser globales, afectando a la totalidadde las unidades hidrogeológicas, y puntuales, de aplicación en los perímetros de protección que se establezcan.

En los acuíferos sobreexplotados o en riesgo de estarlo, las medidas de conservación y protección podrán incluir lalimitación y el control de los volúmenes máximos anuales extraídos por cada captación, la redistribución geográfica delas extracciones y, en su caso, la recarga artificial del acuífero con recursos hídricos de otra procedencia, de calidadadecuada a los usos a que se destine el agua subterránea.

.../...

Artículo 32 .- Objetivos en materia de protección frente a avenidas.

En materia de protección frente a avenidas el Plan Hidrológico de la cuenca se plantea los siguientes objetivos:

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1) Mejorar el conocimiento sobre la cuantía y frecuencia de los caudales máximos e hidrogramas de avenida quepueden presentarse en los puntos de interés de la cuenca; entendiendo por tales: estaciones de aforo, puntossingulares de la red hidrográfica, infraestructuras hidráulicas actuales y previstas, y enclaves o tramos con dañospotenciales de cierta entidad.

2) Evaluar los volúmenes a reservar para laminación, variables según la época del año, en los embalses deregulación, en función del régimen de avenidas previsible en los mismos y en los tramos situados aguas abajo.

3) Delimitar cartográficamente las áreas inundables en base a los riesgos que soportan y valorar económicamentelos daños potenciales, tanto frente a eventos naturales de distinta probabilidad, como frente a aquéllos producidospor fallos en las infraestructuras de regulación.

Artículo 33 .- Criterios para la delimitación y ordenación de zonas inundables.

En los tramos con riesgo potencial de padecer inundaciones provocadas por avenidas de origen natural, se procederá aevaluar los niveles alcanzados por las aguas para distintos niveles de probabilidad (desde la Avenida Ordinaria hasta laAvenida Máxima Probable), y se delimitarán cartográficamente las zonas inundables correspondientes.

La evaluación de los niveles alcanzados por las aguas, para cada periodo de retorno, se llevará a cabo con ayuda demodelos matemáticos de simulación hidráulica. Si las características del tramo así lo aconsejan, los análisiscontemplarán el régimen transitorio para la propagación de la onda de avenida.

La delimitación cartográfica de las superficies ocupadas por las aguas, para cada nivel de probabilidad, irá acompañadode un inventario de los bienes afectados y de su correspondiente valoración económica; información que será de granvalor para promover una propuesta de restricciones de usos del suelo en estas zonas, y para el estudio de implantaciónde un sistema obligatorio de seguros contra inundación.

De acuerdo con el artículo 87.3 del R.D. 927/1988, de 29 de Julio, el Organismo de cuenca remitirá a lasAdministraciones públicas competentes en materia de Ordenación del Territorio y Planeamiento Urbano y deProtección Civil las conclusiones de los distintos estudios a efectos de su conocimiento y consideración en susactuaciones.

En base a los resultados de los análisis precedentes, se elaborará una propuesta de ordenación de las zonas inundablesque atienda a criterios de seguridad de personas y bienes. Dicha propuesta, que se realizará en colaboración con lasAdministraciones competentes en Ordenación del Territorio, diferenciará tres zonas: de prohibición, de restricción y deprecaución; en función de su riesgo de inundación y de las limitaciones a imponer en los usos del suelo y actividades enellas permisibles.

Las limitaciones generales por zonas serán:

- Zona de prohibición: se prohibirán edificaciones y usos que conlleven un riesgo potencial de pérdida de vidashumanas.

- Zona de restricción: se reglamentarán las condiciones de proyecto y materiales de construcción de los edificiosque se construyan en su interior. Se prohibirán instalaciones destinadas a servicios públicos esenciales o queconlleven un alto nivel de riesgo en situación de avenida.

- Zona de precaución: se prohibirán instalaciones o actividades singulares como centrales nucleares,almacenamiento de residuos de alta toxicidad, o peligrosidad, y determinadas industrias.

En principio, y en tanto no se establezca de forma reglamentaria, la zona de prohibición corresponderá al área inundadapor la avenida de 50 años, la de restricción al área comprendida entre el límite de inundación para 50 años y el de 500años, y la zona de precaución a los terrenos situados entre el nivel ocupado por las aguas en la avenida de 500 años y elde la Avenida Máxima Probable.

Las limitaciones concretas a que deben estar sujetos los usos del suelo y actividades en cada una de las tres zonastendrán como finalidad garantizar la seguridad de personas y bienes, y formarán parte de una propuesta que serásometida, para su aprobación por Decreto, al Gobierno. Por su parte, la Junta de Andalucía podrá establecer, además,normas complementarias de dicha regulación.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL P.G.O.U. DE MIJAS TALES-UR S.C.

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