INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA...

70
AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 TEMARIO: NEGOCIACION COLECTIVA Y CONFLICTIVIDAD LABORAL MERCADO DE TRABAJO NORMATIVA Y JURISPRUDENCIA SINIESTRALIDAD LABORAL A R E A J U R I D I C A Y RELACIONES LABORALES

Transcript of INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA...

Page 1: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

INFORME SOCIOLABORAL

ANDALUCIA

SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016

TEMARIO: NEGOCIACION COLECTIVA Y CONFLICTIVIDAD LABORAL MERCADO DE TRABAJO NORMATIVA Y JURISPRUDENCIA SINIESTRALIDAD LABORAL

A

R

E

A

J

U

R

I

D

I

C

A

Y RELACIONES LABORALES

Page 2: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

Page 3: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

INDICE

I MI OPINION La indemnización de los contratos de interinidad 1 II NEGOCIACION COLECTIVA Convenios Colectivos firmados y ritmo de la negociación 4 Incremento Salarial 11 Jornada Laboral 14 Inaplicaciones 15 III CONFLICTIVIDAD LABORAL. DATOS SERCLA Datos Generales 19 IV MERCADO LABORAL Desempleo y Contratación. 24 Afiliación a la Seguridad Social 32 Expedientes de Regulación de Empleo 34 V ACTUALIDAD JURIDICA Normativa, Jurisprudencia, Circulares 38 VI SINIESTRALIDAD LABORAL Datos Siniestralidad 43 VII DOSSIER DE PRENSA SOCIOLABORAL 49

Page 4: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

Page 5: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

1 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

I. MI OPINION

LA INDEMNIZACION DE LOS CONTRATOS DE INTERINIDAD

La sentencia del Tribunal de Justicia Europeo publicada el pasado 14 de febrero de 2016, por la que entiende que la legislación española es discriminatoria con los trabajadores interinos por no tener prevista indemnización por finalización del contrato, ha convulsionado nuestro sistema jurídico laboral y está dando lugar a diferentes interpretaciones y opiniones sobre su incidencia en la legislación española y sus posibles consecuencias en el mercado de trabajo español. En este Boletín se recoge un amplio panel de opiniones al respecto.

Los hechos concretos sobre los que se pronuncia el Tribunal Europeo (a instancias del TSJ Madrid), se refieren a una trabajadora que mediante un contrato de interinidad (sustituyendo a un trabajador con derecho a reserva del puesto de trabajo) en el Ministerio de Defensa del Gobierno de España, con la misma formación y desempeñando las misma funciones durante más de siete años, al terminar el contrato por incorporación de la trabajadora sustituida se produce la extinción laboral sin indemnización alguna, de acuerdo con la legislación española.

El Tribunal de la Unión Europea entiende que el concepto de igualdad de

condiciones de trabajo entre trabajadores temporales y trabajadores fijos, que viene amparado por el Acuerdo Marco sobre Contratación Temporal de 1999 (suscrito por los agentes económicos y sociales europeos) incluye el derecho a indemnización que un empresario está obligado a abonar a un trabajador como consecuencia de la finalización de su contrato de duración determinada. Por tanto, se debe excluir cualquier tipo de discriminación entre trabajadores temporales y trabajadores fijos……siempre que se den las mismas condiciones de igualdad que puedan ser comparables.

La sentencia sostiene que el trabajador que haya prestado sus servicios en

virtud de un contrato de interinidad no puede ser una razón objetiva que permita justificar la negativa a que dicho trabajador tenga derecho a una indemnización.

La legislación española contempla para los contratos temporales una

cuantía indemnizatoria de entre 8 y 12 días de salario por extinción para los contratos de obra y servicio y los eventuales, al margen de los indefinidos, cuya indemnización por despido objetivo es de 20 días.

Pero para los contratos de interinidad no hay prevista indemnización

(tampoco la tienen otros contratos de duración determinada, como los de aprendizaje y los formativos). Y aquí es donde está la clave de la sentencia, pues entiende el Tribunal europeo que si un trabajador con este tipo de contrato ha realizado durante tanto tiempo las mismas funciones que un trabajador fijo, en condiciones equiparable, si al finalizar su relación laboral no se le indemniza en

Page 6: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

2 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

igual forma, puede resultar discriminatorio, teniendo en cuenta también que los otros tipos de contratos temporales sí tienen reconocida su correspondiente indemnización.

Realmente las consecuencias y efectos de la sentencia no están del todo

claras, pues, y en esto coinciden muchas opiniones, no es muy preciso el Tribunal si se está refiriendo a todos los contratos temporales, que deberían tener la misma indemnización que los contrato indefinidos, o si únicamente afecta esta igualdad indemnizatoria a los contratos de interinidad. Por otra parte, parece advertirse cierta confusión terminológica o conceptual, pues no es lo mismo hablar de indemnización por despido que por extinción de contrato. La indemnización por despido, ya se trate de un contrato temporal o indefinido en la legislación española es la misma para según cual sea la causa (20 días por despido objetivo, 33 días por despido improcedente o disciplinario).

Pero en cambio, el contrato de interinidad, a diferencia de los contratos de

duración determinada (obra y servicios y eventual), no tiene prevista indemnización alguna llegado el momento de extinción cuando concurre el hecho causante, es decir, la incorporación del trabajador sustituido. El Tribunal entiende que, habiendo una causa objetiva de extinción, el interino tiene que ser indemnizado, pero ¿en qué cuantía?, ¿igual que un contrato indefinido con 20 días?, o como ¿un trabajador temporal, con 12 días?

Si la conclusión es que hay que aplicar la primera opción, el TJUE está

incurriendo en el error conceptual al que antes me refería: indemnización por extinción e indemnización por despido. Hay que partir del hecho diferencial que determina la extinción de un contrato de interinidad y el contrato indefinido: el trabajador interino sabe que su contrato tiene fecha cierta de finalización, pero desconoce cuándo se va a producir (término cierto, fecha incierta); no así el trabajador fijo que no espera que su contrato vaya a extinguirse en el tiempo, pero no obstante, puede verse sorprendido por una causa sobrevenida (económica, productiva, técnica u organizativa), la causa objetiva que determina la ruptura inesperada de su relación laboral, que es la razón que justifica que deba ser indemnizado por ello.

Por tanto, cuando no concurren todos los elementos que nos lleven a una situación de absoluta equiparación, no solo de las funciones desarrolladas, sino también en la naturaleza y finalidad del contrato, difícilmente se pueden resolver de igual manera una que otra.

Como era de esperar, las reacciones desde distintos ámbitos políticos y

sindicales no han tardado en pronunciarse categóricamente hacia una interpretación absolutamente expansiva (y explosiva) de los efectos de esta sentencia: hay que aplicar la indemnización de 20 días a todos los contratos temporales, incluso con efectos retroactivos a los extinguidos en el plazo de un año.

Page 7: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

3 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

Sin embargo, la interpretación de la sentencia no puede ser tan simple para concluir que se debe equipar las indemnizaciones de todos los contratos temporales con la del contrato fijo. Se requiere un estudio detallado para salvar antes que nada la ambigüedad que encierra y las dudas interpretativas que genera. La sentencia se refiere a un caso concreto, una trabajadora con un contrato de interinidad que durante años ha desarrollado las mismas funciones y actividades que el trabajador con contrato fijo, por lo que no es extrapolable al resto de trabajadores. Respecto a los efectos que en nuestro mercado laboral puede producir una interpretación de la sentencia en la línea expansiva apuntada, está claro que estos serían muy negativos, ya que España cuenta con unos cuatro millones de trabajadores eventuales y una de las tasas de temporalidad más altas de la Unión Europea. La contratación temporal responde a decisiones estratégicas empresariales en aras de la mayor competitividad posible, y porque en ocasiones este recurso a la contratación temporal viene forzado por razones de inseguridad jurídica, inestabilidad económica o el propio encarecimiento de otras opciones, por lo que este factor de flexibilidad quedaría profundamente mermado y la creación de empleo muy penalizada, sobre todo en aquellos sectores más influenciados por factores de estacionalidad. Lo que sí está claro es que esta sentencia y otras del TJUE de estos últimos años (véase la referente al cómputo de plantilla en empresa y centro de trabajo para determinar el despido colectivo), están produciendo importantes descocidos en nuestro sistema jurídico laboral que requieren una revisión legislativa urgente que aclare y defina los conceptos jurídicos que el Tribunal Europeo ha puesto en entredicho, para no quedar al albur de las interpretaciones de nuestros tribunales y juzgados de lo social, entre cuyo colectivo algunas voces ya han manifestado en determinados foros cierta intención de seguir una línea interpretativa precisamente poco coincidente con las perspectivas económicas y empresariales más adecuadas. Si se pretende imponer por vía judicial la figura del contrato único homologando los costes de indemnización con independencia de la naturaleza contractual y de las necesidades operativas de las empresas, si además a esto añadimos que nuestro mercado de trabajo ya está suficientemente lastrado por unos costes laborales, especialmente en materia de seguridad social y por despido, más alto que en otros países de la Unión Europea, tendremos que lamentar repercusiones negativas en el empleo y la competitividad de las empresas. Así pues, esperemos estar pronto en condiciones de acometer las medidas legislativas más adecuadas para potenciar la economía y el mercado de trabajo y salvar tanta incertidumbre.

Manuel-Carlos Alba Tello

Director Área Juridica y Relaciones Laborales de CEA

Page 8: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

4 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

II. NEGOCIACION COLECTIVA. Datos sobre Convenios Colectivos firmados y ritmo de la negociación.

En Andalucía se encuentran vigentes en 2016 un total de 549 convenios

colectivos, con un ámbito de afectación de 875.109 trabajadores y 182.725 empresas, situándose el Incremento Salarial en el 0,94%.

DATOS TOTALES DE LA NEGOCIACION COLECTIVA EN ANDALUCIA

Provincia Convenios Trabajadores Empresas ISP Almería 32 15.600 2.890 0,94%

Cádiz 110 69.873 9.744 0,90% Córdoba 71 127.492 16.237 0,90% Granada 64 17.658 3.601 0,84% Huelva 34 47.168 5.417 0,83%

Jaén 39 120.935 47.315 0,58% Málaga 101 140.122 52.864 0,82% Sevilla 72 330.174 42.613 1,17%

Interprovincial 26 6.087 44 0,61% Total 549 875.109 182.725 0,94%

DISTRIBUCION PROVINCIAL CONVENIOS COLECTIVOS VIGENTES

Page 9: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

5 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

COMPARACIÓN 2015/2016.

Andalucía Convenios Trabajadores Empresas ISP

2015 610 1.070.338 181.354 0,86% 2016 549 875.109 182.725 0,94%

Respecto al pasado año, y en el mismo periodo de tiempo, se encuentran

vigentes un 10% menos de convenios. En cuanto al ámbito de afectación, hay un 0,76% más de empresas y un 18,24% menos de trabajadores.

A continuación podemos ver la evolución de la negociación colectiva andaluza en los últimos cinco años, en el mismo periodo de tiempo analizado.

Año 2012 2013 2014 2015 2016 Convenios 410 471 592 610 549

Trabajadores 630.117 700.210 972.546 1.070.338 875.109 Empresas 109.712 126.826 124.471 181.354 182.725

ISP 1,64% 0,61% 0,64% 0,86% 0,94% Convenios Originarios 99 187 175 125 160

Revisiones 311 284 417 485 389

EVOLUCION INTERANUAL DE LA NEGOCIACION COLECTIVA.

EVOLUCION TOTAL CONVENIOS VIGENTES

Page 10: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

6 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

EVOLUCION DE CONVENIOS ORIGINARIOS (PRIMEROS Y NUEVOS CONVENIOS)

Estructura de la Negociación colectiva

Del total de convenios vigentes, hay 160 convenios originarios, el 29,14% del total de la negociación colectiva, (94 nuevos convenios y 66 primeros convenios que se han suscrito en el año 2016, estos últimos todos de empresa). El resto, 389 convenios, son convenios revisados. El pasado año en este mismo periodo se habían suscrito 125 convenios originarios, de los que 48 eran primeros convenios.

Page 11: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

7 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

DISTRIBUCION PROVINCIAL CONVENIOS ORIGINARIOS

Convenios Originarios Provincia C E T ISP Almería 7 7 438 0,75%

Cádiz 41 850 11.392 0,65% Córdoba 20 20 5.605 0,42% Granada 15 15 619 1,16% Huelva 7 826 9.551 0,82%

Jaén 8 3.507 18.284 1,25% Málaga 27 11.526 31.293 0,71% Sevilla 27 5.220 26.817 1,41%

Interprovincial 8 8 1.960 0,71% Total 160 21.979 105.959 1%

DISTRIBUCION PROVINCIAL REVISIONES SALARIALES

Revisiones Salariales Provincia C E T ISP Almería 25 2.883 15.162 0,95%

Cádiz 69 8.894 58.481 0,95% Córdoba 51 16.217 121.887 0,90% Granada 49 3.586 17.039 0,84% Huelva 27 4.591 37.617 0,83%

Jaén 31 45.808 102.651 0,46% Málaga 74 41.338 108.829 0,85% Sevilla 45 37.393 303.357 1,15%

Interprovincial 18 36 4.127 0,58% Total 389 160.746 769.150 0,93%

Ámbito Personal Del total de trabajadores afectados por un convenio, el 12,1% de los

mismos se encuentra bajo el ámbito de un nuevo o primer convenio, mientras que el resto de los trabajadores se encuentra bajo el ámbito de un convenio revisado.

Page 12: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

8 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

Por otra parte, los convenios de ámbito sectorial recogen a la gran mayoría de los trabajadores, el 94,67% del total de trabajadores.

Page 13: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

9 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

Los convenios de sector con mayor número de trabajadores son Comercio

con el 15,07% del total de trabajadores y Agricultura con el 13,91% del total de trabajadores.

Ámbito Funcional Los convenios de empresa representan el 85,42% del total de la negociación colectiva en nuestra Comunidad, 469 convenios. Los de ámbito sectorial representan el 14,57%, con 80 convenios.

Page 14: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

10 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

DISTRIBUCION PROVINCIAL CONVENIOS DE EMPRESA / SECTOR

Convenios de Empresa

Provincia C E T ISP Almería 28 28 2.512 0,41%

Cádiz 92 92 7.308 0,80% Córdoba 63 63 7.759 0,75% Granada 59 59 3.958 0,93% Huelva 25 25 1.708 0,39%

Jaén 30 30 1.689 0,90% Málaga 93 93 6.737 0,41% Sevilla 54 54 9.637 0,64%

Interprovincial 25 25 5.287 0,71% Total 469 469 46.595 0,66%

Convenios de Sector

Provincia C E T ISP Almería 4 2.862 13.088 1,04%

Cádiz 18 9.652 62.565 0,91% Córdoba 8 16.174 119.733 0,90% Granada 5 3.542 13.700 0,82% Huelva 9 5.392 45.460 0,84%

Jaén 9 49.285 119.246 0,58% Málaga 8 52.771 133.385 0,84% Sevilla 18 42.559 320.537 1,18%

Interprovincial 1 19 800 0% Total 80 182.256 828.514 0,95%

Page 15: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

11 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

Incremento Salarial. El Incremento Salarial, ISP, está situado en el 0,94%. En los convenios de sector el incremento salarial alcanza el 0,95%, mientras que en los convenios de empresa se sitúa en el 0,66%. Si atendemos sólo a los nuevos convenios, el ISP es del 1%. En los convenios revisados, el ISP es del 0,93%.

ISP ANDALUCIA TOTAL 0,94%

CONVENIOS EMPRESA

0,66%

CONVENIOS DE SECTOR 0,95%

CONVENIOS REVISADOS

0,93%

NUEVOS CONVENIOS

1%

EMPRESA PRIVADA

0,67%

EMPRESA PUBLICA

0,66%

NUEVOS CONVENIOS

EMPRESA 0,79%

NUEVOS CONVENIOS DE SECTOR

1,03%

EMPRESA PRIVADA

0,79%

EMPRESA PUBLICA

0,78%

Page 16: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

12 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

EVOLUCION ANUAL INCREMENTO SALARIAL ANDALUCIA

Congelación salarial.

Un total de 206 convenios vigentes han pactado un incremento salarial

igual o inferior a cero, el 37,52% de los convenios vigentes. De ellos, 196 son convenios de empresa, (el 41,79% del total de convenios de empresa vigentes) y 10 convenios de sector, (el 12,5% del total de convenios de sector vigentes). El total de trabajadores afectados es de 57.858, el 6,61% del total de trabajadores con convenio vigente. Incremento salarial por tramos.

Analizando los acuerdos salariales por tramos, tenemos que el 62,32%

de los convenios fija su incremento salarial entre el 0% y menos del 1%, mientras que el 33,33% de los convenios fija su incremento salarial entre el 1% y menos del 2%. Solo el 4,34% de los convenios vigentes fijan un incremento salarial igual o superior al 2%.

Page 17: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

13 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

Si analizamos solo los convenios originarios de 2016, el 29,38% de los convenios fija su incremento salarial entre el 0% y menos del 1%, y el 26,88% fija su incremento salarial entre el 1% y menos del 2%.

Respecto a los trabajadores el 66,55% de los trabajadores tienen un

convenio con un incremento salarial entre el 0% y menos del 1%. Si solo atendemos a los trabajadores en los convenios originarios, comprobamos como el 40,27% de los trabajadores tienen un convenio con un incremento salarial entre el 0% y menos del 1%, y el 52,16% tiene un incremento superior o igual al 1% e inferior al 2%.

Page 18: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

14 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

Jornada Laboral Jornada semanal y jornada anual.

El 35,7% de los convenios fijan su jornada en cómputo semanal, mientras que el 25,32% la fijan en cómputo anual. El resto, 38,98%, en jornada mixta.

Jornada anualizada.

Se ha procedido a la unificación de la jornada en cómputo anual, por lo que se ha procedido a la transformación de la jornada semanal en anual, dando como resultado el promedio de jornada anualizada, que se sitúa en 1.772,23 horas.

Los convenios de sector tienen un promedio de jornada anualizada de

1.774,65 horas, mientras que los convenios de empresa reducen este promedio hasta 1.729,44 horas.

CUADRO JORNADA LABORAL

Jornada Anualizada

Total Convenios Jornada Semanal Total Convenios

Jornada Anual Total Convenios

Provincia 2015 2016 2015 2016 2015 2016 Almería 1.817,04 1.755,94 39,89 39,42 1.819,63 1.762,99

Cádiz 1.756,80 1.764,56 39,18 38,99 1.762,42 1.782,04 Córdoba 1.770,37 1.772,31 39,34 39,41 1.740,23 1.739,42 Granada 1.780,99 1.775,67 39,45 39,64 1.754,85 1.767,34 Huelva 1.776,00 1.787,77 39,70 39,71 1.777,87 1.790,06

Jaén 1.775,15 1.774,54 39,01 39,02 1.775,43 1.757,29 Málaga 1.775,86 1.768,09 39,75 39,92 1.774,32 1.767,28 Sevilla 1.766,71 1.689,03 38,92 38,51 1.766,35 1.705,64

Interprovi. 1.736,16 1.755,36 38,30 38,02 1.721,80 1.6786,64 Total 1.772,50 1.729,28 39,31 38,70 1.769,42 1.732,92

Page 19: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

15 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

Inaplicación de convenios colectivos.

Hasta el mes de agosto, se han presentado a la autoridad laboral 360 expedientes de inaplicaciones de condiciones de trabajo de convenios colectivos vigentes. A estos acuerdos están afectados una totalidad de 4.661 trabajadores. La anualidad del 2016 es superior al año 2016 en un 5,26% e inferior al 2014 en un 21,73%.

Solo se han presentado dos inaplicaciones en Convenios Colectivos de

Empresa, siendo el resto de ellas en Convenios Colectivos de Sector. En cuanto a los sectores de actividades afectados por la inaplicación de

condiciones laborales, el Comercio es el sector que sitúa en primer lugar con 104 inaplicaciones, seguido de la Hostelería con 56.

Page 20: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

16 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

En cuanto a número de trabajadores afectados por la inaplicación de

convenio en primer lugar se sitúa Hostelería con 1.011 trabajadores, seguido de Comercio con 982 trabajadores.

Respecto a los firmantes en los descuelgues de convenios, a través de

Representación Unitaria y sindical se han producido 44 inaplicaciones de convenios, mientras 315 acuerdos han sido adoptados por una comisión de representantes de los trabajadores de la empresa.

Page 21: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

17 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

Las inaplicaciones de convenios colectivos que se han producido en Andalucía afectan principalmente a empresas de menos de 6 trabajadores, 157 empresas, seguidas de las empresas de entre 6 y 10 trabajadores, 103 empresas.

Page 22: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

18 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

CONVENIOS COLECTIVOS VIGENTES EN LOS PRINCIPALES SECTORES PRODUCTIVOS ANDALUCES

AGROPECUARIO CONSTRUCCION

Provincia T E ISP V T E ISP V

Almería 7.538 1.752 0 2015/2016

Cádiz

Córdoba 70.000 8.000 0,88 2013/2016 32.380 1.578 0 2015/2016

Granada

Huelva 6.500 2.000 0,7 2015/2017

Jaén 80.000 40.000 0,4 2014/2018 10.000 1.400 0,9 2016/2016

Málaga 110.000 30.145 0 2012/2016

Sevilla 125.000 20.000 0,8 2012/2016 62.000 1.100 2,1 2016/2016

SIDEROMETALURGICA HOSTELERIA

Provincia T E ISP V T E ISP V

Almería 3.000 860 1,4 2015/2017

Cádiz 10.000 500 1,25 2012/2016 24.000 6.700 0,9 2015/2016

Córdoba 9.600 4.500 1,2 2014/2017

Granada 6.000 2.500 1,5 2014/2017

Huelva 12.500 9.000 0,6 2014/2017

Jaén 12.000 3.500 1,25 2016/2017

Málaga 8.130 1.500 0,80 2015/2018 70.000 30.000 1,25 2014/2017

Sevilla 48.000 3.356 0,90 2015/2017 21.000 7.000 1,30 2015/2016

TRANSPORTE DE MERCANCIAS TRANSPORTE DE VIAJEROS

Provincia T E ISP V T E ISP V

Almería 2.300 200 1 2014/2016

Cádiz

Córdoba 3.500 1.500 1,5 2014/2016 653 46 1 2014/2017

Granada 1.200 150 1,25 2015/2017 800 52 1,25 2014/2016

Huelva 7.200 781 1 2016/2016

Jaén 2.500 2.000 0 2014/2016 350 22 0,25 2014/2016

Málaga

Sevilla 4.475 1.097 1,5 2015/2017

T: Trabajadores. E: Empresas. ISP: Incremento Salarial Ponderado. V: Vigencia.

Page 23: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

19 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

III. CONFLICTIVIDAD LABORAL CONFLICTOS COLECTIVOS LABORALES. DATOS SERCLA.

Se han tramitado un total de 629 expedientes en el año 2016. El número de

conflictos colectivos interpuestos ante este Sistema es superior al registrado en 2015 en un 5,57%, y superior en un 3,79% en el mismo período de 2014.

COMPARATIVA INTERANUAL EXPEDIENTES PRESENTADOS

De ellos, han finalizado 465 expedientes con la actuación efectiva de la Comisión de Conciliación-Mediación, CCM, mientras que 129 expedientes finalizaron sin dicha actuación, (desistimiento, intentado sin efecto, no competencia del SERCLA). En estos momentos están pendientes de resolverse un total de 32 expedientes. Se han tramitado 2 arbitrajes. Los conflictos tramitados han afectado a 18.602 empresas y 326.572 trabajadores.

Page 24: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

20 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

DATOS GENERALES PROVINCIALES.

Provincia Total Tramitados

Tramitación No efectiva

Tramitación Efectiva

Con Avenencia

Sin Avenencia

Pend. Arb.

Almería 46 (7,3%) 9 36 12 (33,3%) 24 (66,6%) 1 0 Cádiz 110 (17,5%) 27 77 40 (51,9%) 37 (48,0%) 6 0

Córdoba 64 (10,2%) 15 44 14 (31,8%) 30 (68,1%) 5 0 Granada 50 (7,9%) 5 40 18 (45%) 22 (55%) 5 0 Huelva 37 (5,9%) 7 26 7 (26,92%) 19 (73,0%) 4 0

Jaén 38 (6%) 13 24 12 (50%) 12 (50%) 1 0 Málaga 109 (17,3%) 17 86 44 (51,1%) 42 (48,8%) 5 1 Sevilla 146 (23,2%) 30 110 40 (36,7%) 69 (63,3%) 5 1

Interprov. 29 (4,6%) 6 22 1 (4,55%) 21 (95,4%) 1 0 Total 629 129 465 188

40,52% 208

56,83% 32 2

Modalidad Procedimental.

En cuanto a la modalidad procedimental, se han tramitado un total de 391 expedientes previos a la vía judicial, el 62% del total, y 158 expedientes previos a la convocatoria de huelga, el 25% del total.

El resto, 80 procedimientos, el 13%, queda encuadrado en la categoría de otros procedimientos, (General conjunto, General de intereses, Determinación de servicios de seguridad y mantenimiento).

Resultados de las Tramitaciones Efectivas. De los expedientes finalizados con la intervención efectiva de la CCM, un total de 188 conflictos (40,52%) finalizaron con el acuerdo de las partes y 276 conflictos (59,48%) finalizaron sin avenencia.

Page 25: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

21 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

En el caso de los procedimientos previos a la convocatoria de huelga, han finalizado con el acuerdo de las partes el 48,72% de los conflictos, lo que ha evitado la pérdida de 817.888 horas de trabajo.

RESULTADOS POR MODALIDADES PROCEDIMENTALES

MODALIDADES PROCEDIMENTALES. CON AVENENCIA SIN AVENENCIA General 38 (65,52%) 20 (34,48%) Previo a Huelga 57 (48,72%) 60 (51,28%) Previo a Vía Judicial 93 (32,18%) 196 (67,82%) Total 188

40,52% 276

59,48%

Resultados de las Tramitaciones no efectivas.

De los 127 expedientes que finalizaron sin la tramitación efectiva ante la CCM, se intentaron sin efecto 59 conflictos, 53 desistimientos, 12 expedientes archivados y 4 expedientes no eran competencia del SERCLA.

El resultado de Intentado sin efecto significa el 9,37% del total de los conflictos presentados y el 46,45% de los conflictos no tramitados. Actividades Económicas Actividades Administrativas con el 13,83% y Transporte con el 13,35% son las actividades económicas que registran más expedientes. Motivos de los Expedientes

La aplicación e interpretación de convenios supuso el 41,76% de los expedientes presentados, seguido de la aplicación e interpretación de normas con el 26,63% de los expedientes.

MOTIVO EXPEDIENTES

Aplicación e interpretación de convenios 41,49% Aplicación e interpretación de normas 27,50%

Negociación de convenios 10,49% Impago de salarios 8,59%

Modificación condiciones de trabajo 5,56% Acuerdo SERCLA 2,54%

Despidos colectivos y plurales 2,38% Impugnación de Convenios Colectivos 0,79%

Descuelgue Salarial 0,64%

Page 26: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

22 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

CONFLICTOS INDIVIDUALES LABORALES. DATOS SERCLA

Se han presentado un total de 304 expedientes individuales, lo que significa un número similar respecto al pasado año.

DATOS GENERALES PROVINCIALES.

Provincia Expedientes Trabajadores Almería 16 16

Cádiz 67 88 Córdoba 0 0 Granada 23 26 Huelva 11 14

Jaén 5 5 Málaga 14 199 Sevilla 68 74 Total 304 422

Se han producido 71 intentados sin efecto, (23,35% sobre el total de

expedientes). En cuanto a los resultados se han producido 66 avenencias y 132 sin

avenencias: (33,33% de avenencias y 66,67% sin avenencias)

Page 27: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

23 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

RESULTADOS POR PROVINCIAS

Provincia Con Avenencia Sin Avenencia Almería 2 (25%) 6 (75%)

Cádiz 16 (31,35%) 35 (68,63%) Córdoba 0 0 Granada 6 (40%) 9 (60%) Huelva 4 (44,44%) 5 (55,56%)

Jaén 3 (60%) 2 (40%) Málaga 21 (30,43%) 48 (69,57%) Sevilla 14 (34,15%) 27 (65,85%) Total 66 (33,33%) 132 (66,67%)

MOTIVOS DE LOS EXPEDIENTES

MOTIVO EXPEDIENTES Modificación sustancial de condiciones 154

Clasificación profesional 55 Reducciones de jornada 38

Traslados y desplazamientos 11 Licencias y Permisos 9 Movilidad Funcional 8

Trabajo de superior e inferior categoría 7 Conciliación Vida familiar y laboral 8

Vacaciones 14

La gran mayoría de los conflictos individuales presentados tienen como

objeto la modificación sustancial de condiciones de trabajo, seguido a distancia de la clasificación profesional, y la reducción de jornada.

Page 28: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

24 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

IV. MERCADO LABORAL. DESEMPLEO.

Datos EPA Segundo Trimestre 2016

Los datos de la EPA en el segundo trimestre de 2016 en Andalucía sitúan el número de parados en 1.161.100 personas, con una tasa de paro del 29,07%. Estos datos suponen una disminución del 7,89% en el número de parados respecto al pasado año.

Distribución provincial de Parados EPA. Comparativa Interanual 2º T 2016 2º T 2015 Diferencia % Tasa Paro

Almería 74.700 99.200 -24,69% 22,45% Cádiz 207.100 217.100 -4,60% 35,31%

Córdoba 115.100 109.400 +5,21% 30,15% Granada 145.100 137.900 +5,22% 32,14% Huelva 64.600 68.800 -6,10% 26,62%

Jaén 101.900 103.100 -1,16% 34,85% Málaga 201.500 245.900 -18,05% 25,94% Sevilla 251.000 279.200 -10,10% 27,01%

Andalucía 1.161.100 1.260.500 -7,89% 29,07% España 4.574.700 5.149.000 -11,15% 20,00%

Por su parte, en España, el número de parados se sitúa en 4.574.700, un 11,15% menos de parados que hace un año. La tasa de paro queda fijada en el 20%.

COMPARACION ANUAL TASA PARO SEGUNDO TRIMESTRE

Page 29: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

25 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

Distribución provincial de Tasa de Paro EPA. Comparativa Interanual

2º T 2016 2º T 2015

Almería 22,45% 29,09% Cádiz 35,31% 37,32%

Córdoba 30,15% 29,15% Granada 32,14% 31,12% Huelva 26,62% 26,85%

Jaén 34,85% 34,56% Málaga 25,94% 29,95% Sevilla 27,01% 29,31%

Andalucía 29,07% 30,98% España 20,00% 22,37%

Datos SEPE Septiembre 2016. Respecto a los datos del SEPE, (Servicio Público de Empleo), en el mes de septiembre el paro se situó en Andalucía en 910.875 personas, suponiendo un aumento respecto a agosto de un 0,91%, 8.206 personas. Respecto al año pasado hay 86.486 parados menos, un 8,67%.

Variación intermensual e interanual

PROVINCIA PARO

SEPTIEMBRE VARIACION ABSOLUTA MENSUAL

VARIACION RELATIVA MENSUAL

VARIACION ABSOLUTA

ANUAL

VARIACION RELATIVA

ANUAL Almería 69.652 -786 -1,12 -10.410 -13

Cádiz 166.341 +6.458 +4,04 -15.318 -8,43 Córdoba 85.089 -308 -0,36 -7.342 -7,94 Granada 92.889 +1.765 +1,94 -8.999 -8,83 Huelva 54.679 +952 +1,77 -4.623 -7,80

Jaén 57.797 +651 +1,14 -8.108 -12,30 Málaga 163.201 +2.873 +1,79 -15.716 -8,78 Sevilla 221.227 -3.399 -1,51 -15.970 -6,73

ANDALUCIA 910.875 +8.206 +0,91 -86.486 -8,67 ESPAÑA 3.720.297 +22.801 +0,62 -373.745 -9,13

En España el SEPE fija la población desempleada en 3.720.297 personas, un 0,62% más que el mes pasado, 22.801 personas. Respecto a septiembre de 2015 el paro ha disminuido en España en 373.745 personas, un 9,13%.

Page 30: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

26 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

OCUPACION

En cuanto a la Ocupación, la EPA indica que en Andalucía el número de ocupados aumentaron en un 0,86% respecto al año anterior. La cifra de ocupación es de 2.832.700 personas.

Respecto a España, el número de ocupados aumentó en el último año un

2,43%, por lo que se sitúa en 18.301.000 el número de ocupados.

Distribución provincial de Ocupados EPA. Diferencia interanual

2º T 2016 2º T 2015 Diferencia %

Almería 258.100 241.800 6,74% Cádiz 379.400 364.500 4,08%

Córdoba 266.700 265.800 0,33% Granada 306.300 305.200 0,36% Huelva 178.200 187.400 -4,90%

Jaén 190.400 195.300 -2,50% Málaga 575.300 575.000 0,05% Sevilla 678.200 673.500 0,69%

Andalucía 2.832.700 2.808.500 0,86% España 18.301.000 17.866.500 2,43%

Page 31: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

27 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

CONTRATOS ESPAÑA

En el año 2016 se han firmado un total de 14.668.868 contratos, un

7,73% más de contratos que los firmados en el mismo periodo de tiempo del pasado año.

Año Contratos Porcentaje 2015/2016 2015 13.615.912 2016 14.668.868 +7,73%

Del total, se han firmado 1.269.284 contratos indefinidos, (el 8,65% del

total de contratos firmados). Además esto supone que se ha firmado un 13,65% de contratos indefinidos más que el pasado año.

Año Contratos Indefinidos Porcentaje 2015/2016 2015 1.116.788 2016 1.269.284 +13,65%

Page 32: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

28 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

Por último, se han suscrito un total de 13.399.584 contratos temporales en

España, (el 91,35% del total de contratos firmados). Esto supone que se ha firmado un 7,20% de contratos temporales más que el pasado año.

Año Contratos Temporales Porcentaje 2015/2016 2015 12.499.124 2016 13.399.584 +7,20%

Page 33: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

29 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

ANDALUCIA

Si pasamos a Andalucía, se han suscrito en 2016 un total de 3.316.895

contratos, un 7,46% más que el pasado año.

Año Contratos Porcentaje 2015/2016 2015 3.086.464 2016 3.316.895 +7,46%

Del total de contratos andaluces 128.959 contratos son indefinidos, (el 3,89% del total de contratos firmados), lo que supone un 8% más que el pasado año.

Año Contratos Indefinidos Porcentaje 2015/2016 2015 119.396 2016 128.959 +8%

Page 34: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

30 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

Durante 2016 se han firmado un total de 3.187.936 contratos temporales

en Andalucía, (el 96,11% del total de contratos firmados). Además esto supone que se ha firmado un 7,44% de contratos temporales más que el pasado año.

Año Contratos Temporales Porcentaje 2015/2016 2015 2.967.068 2016 3.187.936 +7,44%

Page 35: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

31 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

Temporalidad En cuanto a la tasa de temporalidad de los contratos, según la EPA, ha quedado fijada en España en el 25,7%, 0,7 puntos más que el trimestre anterior, y 0,6 puntos más que el pasado año.

En Andalucía se establece en el 35,6%, igual que el trimestre anterior, y

0,1puntos menos que el pasado año.

En el gráfico siguiente podemos observar la evolución de la tasa de temporalidad en el segundo trimestre del año, en el último lustro.

Page 36: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

32 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

AFILIACION A LA SEGURIDAD SOCIAL

Variación mensual e interanual. Septiembre 2016

Afiliados media septiembre

Variación mensual

Variación interanual

Almería 253.577 +1,20% +4,51% Cádiz 348.041 -3,01% +2,88%

Córdoba 274.304 +0,11% +1,67% Granada 304.612 -0,40% +2,52% Huelva 183.013 -1,99% +1,93%

Jaén 221.366 -0,60% +2,49% Málaga 562.110 -1,10% +4,21% Sevilla 673.882 +1,59% +1,77%

ANDALUCIA 2.820.904 -0,34% +2,77% ESPAÑA 17.712.021 +0,07% +3,04%

Andalucía incrementa los afiliados a la Seguridad Social en un 2,77% respecto al pasado año, lo que supone 75.964 más que en septiembre de 2015. En España se incrementa la afiliación en un 3,04% en el último año, 522.206 afiliados más que en septiembre de 2015.

En los gráficos siguientes vemos la evolución de la afiliación en el mes de septiembre tanto en Andalucía como en España.

Page 37: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

33 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

Page 38: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

34 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

EXPEDIENTES DE REGULACIÓN DE EMPLEO. España.

Según los datos publicados por Ministerio de Empleo y Seguridad Social, hasta el mes de julio se tramitaron en España 3.581 expedientes, lo que supone un 26,7% menos que en 2015. El 92,76% de los expedientes son pactados.

COMPARATIVA ANUAL TOTAL EXPEDIENTES ESPAÑA

Los trabajadores afectados suman un total de 55.869 trabajadores, lo que significa un 14,5% menos que en 2015.

COMPARATIVA ANUAL TOTAL TRABAJADORES ESPAÑA

Page 39: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

35 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

Los Trabajadores afectados por Expedientes de Extinción representan

en España el 30,41% del total frente al 9,9% de trabajadores afectados por expedientes de reducción y el 59,67% de trabajadores afectados por expedientes de suspensión.

Los trabajadores afectados por expediente de extinción suponen un 13,5% más que el pasado año, mientras que en el caso de los trabajadores afectados por un expediente de suspensión representan un 19% menos que el pasado año. Por último, los trabajadores afectados por un expediente de reducción representan un 39,9% menos que el pasado año.

Page 40: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

36 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

Andalucía

En Andalucía, según los datos publicados por Ministerio de Empleo y Seguridad Social, los expedientes tramitados en 2016 afectan a 4.503 trabajadores, un 13,7% más que el año anterior. Andalucía es la séptima Comunidad por número de afectados por los expedientes presentados en 2016.

El 29,18% de los trabajadores se encuentran en los expedientes de

extinción, el 58% en expedientes de suspensión, y el 12,81% en expedientes de reducción de jornada.

Page 41: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

37 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

En el siguiente gráfico reflejamos los trabajadores afectados según el tipo

de expediente. Los trabajadores afectados por expediente de extinción suponen un 30,6% más que el pasado año, mientras que en el caso de los trabajadores afectados por un expediente de suspensión representan un 37,5% más que el pasado año. Por último, los trabajadores afectados por un expediente de reducción representan un 45,3% menos que el pasado año.

Page 42: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

38 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

V ACTUALIDAD JURIDICA NORMATIVA

Orden ESS/1452/2016 de 10 jun. Modelo de diligencia de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (BOE nº220, 12 de Septiembre de 2016)

La nueva Ley de la Inspección eliminó la obligación de tener el libro de visitas, sustituyéndolo por la simple diligencia de los funcionarios actuantes, con efectos a la entrada en vigor de la Orden reguladora del modelo de diligencia, lo que ha tenido lugar mediante la Orden ESS/1452/2016, de 10 de junio, con efectos a partir del 13 de septiembre de 2016, si bien se mantiene la obligación para las empresas de conservar los libros y diligencias existentes a esa fecha durante 5 años.

Entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Al cumplirse un año de su publicación, el día 2 de octubre ha entrado en vigor la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de la que reseñamos su contenido más relevante. 1.- Objetivos Principales - Esta Ley regula las relaciones externas entre la Administración y los ciudadanos, con el objetivo de implantar una Administración totalmente electrónica, interconectada y transparente, mejorando la agilidad de los procedimientos administrativos y reduciendo los tiempos de tramitación. - Igualmente establece las bases para llevar a cabo iniciativas legislativas y regula la potestad reglamentaria de las Administraciones Públicas con el objeto de asegurar su ejercicio de acuerdo con los principios de buena regulación y la participación de los ciudadanos en la elaboración de las normas y lograr la predictibilidad y evaluación pública del ordenamiento, con el objetivo de acrecentar seguridad jurídica. - Se prevé la aplicación de lo previsto en esta Ley a todos los sujetos comprendidos en el concepto de Sector Público, mientras que para las Corporaciones de Derecho Público será de uso supletorio. 2.- Notas sobre el contenido de la Ley - En materia de representación ante la Administración, se incluyen nuevos medios para acreditarla en el ámbito exclusivo de las Administraciones Públicas y la obligación de cada Administración Pública de contar con un registro electrónico de

Page 43: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

39 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

apoderamientos. Asimismo, establece, con carácter básico, un conjunto mínimo de categorías de medios de identificación y firma a utilizar por todas las Administraciones y un régimen de validez y eficacia de las copias - Esta norma dispone la obligación de todas las Administraciones Públicas de contar con un registro electrónico general, o, en su caso, adherirse al de la Administración General del Estado. Así como la obligación de mantener un archivo electrónico único de los documentos que correspondan a procedimientos finalizados, y la obligación de conservar los expedientes en formato que permita garantizar la autenticidad, integridad y conservación del documento. - En cuanto a términos y plazos destaca como novedad la introducción del cómputo de plazos por horas y la declaración de los sábados como días inhábiles, unificando de este modo el cómputo de plazos en el ámbito judicial y el administrativo. - Merece una mención especial las novedades introducidas en materia de notificaciones electrónicas, que serán preferentes. Además la norma pretende incrementar la seguridad jurídica de los interesados estableciendo nuevas medidas que garanticen el conocimiento de la puesta a disposición de las notificaciones, así como el acceso a sus notificaciones a través del Punto de Acceso General Electrónico de la Administración. - La norma incorpora la posibilidad de una tramitación simplificada del procedimiento administrativo común, donde se establecen su ámbito objetivo de aplicación con plazo máximo de resolución de treinta días y los trámites de que constará. - Se admite la posibilidad de acordar la suspensión de una pluralidad de recursos administrativos hasta que recaiga pronunciamiento judicial sobre el acto administrativo recurrido. - En cuanto a la iniciativa legislativa y potestad normativa de las Administraciones Públicas, se incluye la necesidad de recabar, con carácter previo a la elaboración de la norma, la opinión de ciudadanos y empresas acerca de los problemas que se pretenden solucionar, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias. - Se establece la obligación de todas las Administraciones para divulgar un Plan Anual Normativo, en el que se recogerán todas las propuestas con rango de ley o de reglamento que vayan a ser elevadas para su aprobación el año siguiente. Al igual que se prescribe el deber de evaluar periódicamente la aplicación de las normas en vigor para comprobar si han cumplido los objetivos perseguidos y si el coste y cargas derivados de ellas estaba justificado y adecuadamente valorado. - Por último, la entrada en vigor del Registro electrónico de apoderamientos, Registro electrónico, Registro de empleados públicos habilitados, Punto de acceso

Page 44: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

40 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

general electrónico de la Administración y Archivo único electrónico se efectuará a los dos años de la entrada en vigor de la Ley. JURISPRUDENCIA

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 14 de septiembre de 2016

El Tribunal de Justicia Europeo ha dictado una sentencia por la que concluye que la legislación española es discriminatoria con los trabajadores interinos al no tener sus contratos una indemnización por despido, a diferencia del resto de contratos temporales, 12 días, y fijos, 20 días en el caso de despido procedente. La sentencia se refiere al caso concreto de una trabajadora, una secretaria con un contrato de interinidad, que durante 7 años ha estado llevando a cabo las mismas funciones y actividades que el trabajador con contrato fijo en el Ministerio de Defensa. La trabajadora exige una indemnización por la finalización de su contrato. Ante esta cuestión, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid plantea ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea una serie de cuestiones prejudiciales sobre si el concepto de condiciones de trabajo incluye la indemnización por finalización del contrato de trabajo y, de ser así, si los trabajadores con un contrato de trabajo en los que el final del mismo viene determinado por condiciones objetivas tales como una fecha concreta, la realización de una obra o servicio determinado o la producción de un hecho o acontecimiento determinado, han de percibir a la finalización del contrato la misma indemnización que correspondería a un trabajador con contrato de duración indefinida comparable, cuando el contrato de éste se extingue por causas objetivas. A consecuencia de una posible respuesta positiva sobre estas dos cuestiones, se plantea además si el Estatuto de los Trabajadores es discriminatorio a la hora de distinguir entre las condiciones de trabajo de los trabajadores interinos, no solo frente a las condiciones de los trabajadores indefinidos, sino también respecto de las de los demás trabajadores temporales. A raíz de estas peticiones prejudiciales, la sentencia interpreta la cláusula 4 del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada, de 18 de marzo de 1.999, que figura en el anexo de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada. Por una parte, el Tribunal de la Unión Europea entiende que el concepto de condiciones de trabajo incluye la indemnización que un empresario está

Page 45: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

41 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

obligado a abonar a un trabajador como consecuencia de la finalización de su contrato de duración determinada. La Jurisprudencia del Tribunal de la Unión Europea ha declarado que el criterio decisivo para determinar si una medida está incluida en este concepto de condiciones de trabajo es precisamente el del empleo, es decir, la relación laboral entre un trabajador y su empresario. Asimismo, están incluidos en el concepto los trienios, que constituyen uno de los elementos retributivos que deben concederse a un trabajador con contrato de duración determinada del mismo modo que a un trabajador con contrato de duración indefinida. Además, este concepto engloba también las normas relativas a la determinación del plazo de preaviso aplicable en caso de finalización de los contratos de duración determinada. Estas consideraciones pueden ser íntegramente traspuestas a una indemnización como la controvertida en el litigio principal. Comoquiera que la indemnización se concede al trabajador por razón de la finalización del contrato de trabajo que le vincula a su empresario, está por ende incluida en el concepto de condiciones de trabajo. Por otra parte, la cláusula 4 del Acuerdo marco referido anteriormente, en su apartado 1º, establece la prohibición, en lo que respecta a las condiciones de trabajo, de tratar a los trabajadores con contrato de duración determinada de manera menos favorable que a los trabajadores fijos comparables por el mero hecho de tener un contrato de duración determinada, a menos que se justifique un trato diferente por razones objetivas. Según reiterada jurisprudencia, el principio de no discriminación exige que no se traten de manera diferente situaciones comparables y que no se traten de manera idéntica situaciones diferentes, a no ser que dicho trato esté objetivamente justificado. La sentencia determina entonces la comparabilidad de las situaciones controvertidas en el litigio principal y la existencia de una posible justificación objetiva, para concluir, por una parte, que efectivamente la situación del trabajador con contrato de duración determinada en el litigio principal, la secretaria interina en el Ministerio de Defensa, era comparable a la de un trabajador fijo. Y por otra, ni la naturaleza temporal de la relación laboral ni la inexistencia de disposiciones en la normativa nacional relativas a la concesión de una indemnización por finalización de un contrato de trabajo de interinidad pueden constituir, por sí solas, tales razones objetivas. Por todo ello, la sentencia interpreta que el trabajador que haya prestado sus servicios en virtud de un contrato de interinidad no puede constituir una razón objetiva que permita justificar la negativa a que dicho trabajador tenga derecho a una indemnización. Por tanto, la cláusula 4 del Acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional, como la controvertida en el litigio principal, que deniega cualquier indemnización por finalización de contrato al trabajador con

Page 46: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

42 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

contrato de interinidad, mientras que permite la concesión de tal indemnización, en particular, a los trabajadores fijos comparables.

Page 47: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

43 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

VI SINIESTRALIDAD LABORAL Datos Siniestralidad Laboral.

De enero a agosto del año 2016, según los datos facilitados por la Dirección General de Seguridad y Salud Laboral de la Junta de Andalucía, se ha producido un total de 53.774 accidentes, un 6% más que en el pasado año. Los accidentes se han distribuido del siguiente modo: 53.176 de carácter leve (6% más que el año pasado), 544 graves (5% menos que el pasado año) y 54 con resultado mortal (6% más, 3 accidentes mortales más que el año pasado en el mismo periodo).

TOTAL ACCIDENTES 2016

PROVINCIA TOTAL ACCIDENTES 2016 %INCREMENTO 2015 ALMERIA 5.292 9%

CADIZ 7.578 5% CORDOBA 4.805 -1% GRANADA 4.269 2% HUELVA 4.503 6%

JAEN 3.791 24% MALAGA 10.516 6% SEVILLA 13.020 4%

ANDALUCIA 53.774 6%

Page 48: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

44 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

TOTAL ACCIDENTES LEVES 2016

PROVINCIA TOTAL ACCIDENTES LEVES 2016 %INCREMENTO 2015 ALMERIA 5.249 10%

CADIZ 7.515 5% CORDOBA 4.746 -1% GRANADA 4.213 2% HUELVA 4.464 6%

JAEN 3.726 24% MALAGA 10.386 6% SEVILLA 12.877 4%

ANDALUCIA 53.176 6%

Tan solo la provincia de Córdoba reduce sus datos de siniestralidad en este

año.

TOTAL ACCIDENTES GRAVES 2016

PROVINCIA TOTAL ACCIDENTES GRAVES 2016 %INCREMENTO 2015 ALMERIA 37 -3%

CADIZ 60 0 CORDOBA 55 -28% GRANADA 52 2% HUELVA 37 -35%

JAEN 55 12% MALAGA 119 -14% SEVILLA 129 22%

ANDALUCIA 544 -5%

Granada, Jaén y Sevilla son las provincias que sufren un aumento de la

accidentalidad grave en 2016.

TOTAL ACCIDENTES MORTALES 2016

PROVINCIA TOTAL ACCIDENTES MORTALES 2016 %INCREMENTO 2015 ALMERIA 6 20%

CADIZ 3 200% CORDOBA 4 -50% GRANADA 4 0 HUELVA 2 100%

JAEN 10 67% MALAGA 11 22% SEVILLA 14 -18%

ANDALUCIA 54 6%

Page 49: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

45 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

A continuación se reflejan gráficamente la evolución de los datos totales de siniestralidad alcanzados en Andalucía atendiendo al carácter del accidente producido.

Page 50: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

46 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

A continuación se recoge en distintos gráficos la comparativa de la

evolución de la accidentabilidad por sectores:

Todos los sectores han registrado un aumento de la accidentalidad, siendo el agrario el que porcentualmente más sube con un 8%, aunque en valores absolutos es el sector servicios con 1.957 accidentes más.

En el caso de los accidentes leves, los resultados son similares al anterior gráfico ya que todos los sectores han registrado un aumento de la accidentalidad leve.

Page 51: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

47 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

En cuanto a los accidentes graves se producen descensos en el sector de la Industria con 26 accidentes menos que el pasado año y Servicios con 18 accidentes menos.

El sector de la Cosntrucción y Servicos registran un aumento de la siniestralidad mortal.

Page 52: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

48 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

Page 53: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:

49 AREA JURIDICA Y RELACIONES LABORALES

VII DOSSIER DE PRENSA SOCIOLABORAL

Page 54: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:
Page 55: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:
Page 56: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:
Page 57: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:
Page 58: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:
Page 59: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:
Page 60: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:
Page 61: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:
Page 62: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:
Page 63: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:
Page 64: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:
Page 65: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:
Page 66: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:
Page 67: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:
Page 68: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:
Page 69: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO:
Page 70: INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBREextranet.cea.es/upload/documentos/2016/prl/Boletin_Sociolaboral_8... · INFORME SOCIOLABORAL ANDALUCIA SEPTIEMBRE AJYRL Nº8 2016 A TEMARIO: