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INFORME SITUACIÓN DE LA MUJER TRABAJADORA EN LA COMUNIDAD DE MADRID 8 de Marzo de 2012

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INFORME SITUACIÓN DE LA MUJER

TRABAJADORA EN LA COMUNIDAD DE

MADRID

8 de Marzo de 2012

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Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012

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INDICE:

1.- Introducción____________________________________________ Pág. 3

2.- Padrón Municipal en la Comunidad de Madrid_____________ Pág. 7

3.- Encuesta Afiliados /as a la Seguridad Social en la Comunidad de Madrid___________________________________Pág. 7

4.- Encuesta de Población Activa en la Comunidad de Madrid ___Pág. 8

5.- Contratación____________________________________________ Pág.11

5.1. Contratos en Madrid.______________________________ Pág. 11 5.2. Contratos Sector Público en Madrid.________________ Pág. 12 5.3. Contratos Sector Privado en Madrid.________________ Pág. 12

6.- Parcialidad en la contratación_____________________________ Pág. 13

6.1. Contratos Indefinidos a Tiempo Parcial en Madrid___ Pág. 13 6.2. Contratos Temporales a Tiempo Parcial en Madrid___ Pág. 14

7.- Jornada laboral en Madrid________________________________ Pág. 15

8.- Paro de larga duración___________________________________ Pág. 16

9.- Desigualdad salarial en la Comunidad de Madrid__________ Pág. 16

10.- Corresponsabilidad_____________________________________ Pág. 18

10.1. Permisos por Maternidad_________________________ Pág. 18 10.2. Permisos por Paternidad_________________________ Pág. 18 10.3. Usos del tiempo en actividades diarias_____________ Pág. 19

11.- Comparativa - Enero 2010/ 11/ 12__________________________Pág. 20

12.- Resultados del informe__________________________________Pág. 22

13.- Propuestas de UGT-Madrid______________________________ Pág. 29

14.- Políticas de recortes_____________________________________ Pág. 30

14.1. Recortes Sociales________________________________ Pág. 30 14.2. Reforma Laboral_________________________________ Pág. 31

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1.- INTRODUCCIÓN.

Desde la Secretaría de Igualdad de UGT-Madrid, y coincidiendo con la celebración

del Día Internacional de la Mujer Trabajadora, consideramos que es importante

realizar un Informe para analizar la situación laboral de la mujer en la Comunidad

de Madrid.

Los resultados de este Informe debemos enmarcarlos de nuevo en un año marcado

por la crisis económica y sus nefastos efectos para el empleo, con un incremento

alarmante del desempleo, cada vez más el femenino, y de brechas importantes de

desigualdad respecto a las prestaciones y subsidios por desempleo, porque es

precisamente la desigualdad laboral lo que convierte a las mujeres en personas más

vulnerables ante la situación de crisis económica.

Pero además este año estamos inmersos en una serie de reformas impuestas por el

Gobierno del Partido Popular que están recortando derechos laborales y protección

social a trabajadoras y trabajadores y están poniendo en grave riesgo el Estado de

Bienestar. Reformas que precarizan las condiciones de trabajo y evidencian el

fracaso de un modelo de crecimiento que ha producido desigualdad social y de

género. Una situación de retroceso económico y social, donde las mujeres han tenido

una participación activa en las movilizaciones sociales y sindicales, expresando su

rechazo a las políticas de recortes sociales y supresión de derechos laborales.

Asimismo estamos asistiendo a recortes en políticas públicas, sanidad, educación,

servicios sociales y dependencia, que están debilitando el Estado de Bienestar, y que

tiene un claro impacto en las políticas de igualdad afectando a la supresión de

organismos de igualdad, centros y casas de acogida para atención a mujeres

víctimas de violencia de género.

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En cuanto a la reforma laboral tenemos que decir que es particularmente agresiva

con la igualdad y con todas aquellas disposiciones del Estatuto de los Trabajadores

y de los convenios colectivos que la garantizaban. El nuevo contrato para

emprendedores, no es más que una forma de conseguir trabajadores temporales con

un contrato en apariencia indefinido (puesto que su periodo de prueba es de un

año), y tendrá particular incidencia en los colectivos bonificados (mujeres entre

ellos). La ruptura de la prohibición de realizar horas extraordinarias en el contrato a

tiempo parcial, sumará a la jornada y a las horas complementarias que pudieran

haberse pactado, las horas extraordinarias que, en el caso de que estén previstas en

el convenio colectivo, serán obligatorias, poniendo así en peligro la conciliación de la

vida laboral, personal y familiar. En este punto, es especialmente reseñable que se

modifica la regulación de la guarda legal y de la acumulación del permiso de

lactancia. Pero en realidad es que todos los permisos o licencias reconocidos en el

Estatuto o establecidos en convenio, pueden verse afectados, dada la posibilidad de

que la empresa modifique, unilateralmente y en algunos casos sin intervención de la

Administración, las condiciones de trabajo colocando a trabajadores y trabajadoras

en la tesitura de aceptar las condiciones o abandonar el empleo por imposibilidad de

cumplirlas. También se produce un retroceso en materia de igualdad en el

desempleo, con la más que previsible remisión a las agencias de colocación y a las

ETTs de mujeres, personas en exclusión, …, que serán alejados así de la atención de

los Servicios Públicos de Empleo.

Actualmente, y a pesar de la fuerte destrucción de empleo masculino, las mujeres

siguen teniendo una menor tasa de actividad y una mayor tasa de paro que los

hombres. Son también las mujeres, junto a las personas jóvenes e inmigrantes,

quienes soportan la mayor precariedad laboral y la desigualdad salarial,

percibiendo en consecuencia menores cuantías en las prestaciones por desempleo,

porque es precisamente la desigualdad laboral lo que convierte a las mujeres en

personas más vulnerables ante la situación de crisis económica.

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Desde UGT-Madrid exigimos cambios sustanciales en dicha reforma que no va a

crear empleo y que aumentará la temporalidad y la precariedad laboral, sobre todo

en las mujeres.

Después de tantos años de luchas, esfuerzos y avances por conseguir la igualdad,

todavía hoy tenemos que seguir insistiendo en algunos temas, que hacen que la

igualdad real no se visualice con claridad, desde UGT-MADRID, sindicato que ha

sido pionero en la lucha por la igualdad entre mujeres y hombres, tenemos que

seguir trabajando en las mayores dificultades de las mujeres para acceder al

empleo, en la brecha salarial, en la segregación ocupacional, en el techo de cristal, en

la mayor precariedad contractual (temporal y a tiempo parcial), …, y para que se

facilite la compatibilidad de los tiempos de vida y de trabajo.

Seguimos insistiendo en la necesaria corresponsabilidad entre mujeres y hombres,

por lo que lamentamos el aplazamiento de la ampliación a cuatro semanas del

permiso de paternidad previsto para el 2012.

Así mismo, en el actual contexto laboral, continuamos impulsando la negociación

de medidas y planes de igualdad en el marco de la negociación colectiva.

Es preciso reforzar las políticas de igualdad, promoviendo los necesarios cambios

en valores y actitudes sociales adjudicados a hombres y mujeres que contribuyan a

una mayor sensibilización e intervención en la prevención, tratamiento y

erradicación de todas las formas de violencia contra las mujeres, incluido el acoso

sexual y el acoso por razón de sexo en el ámbito laboral.

Desde UGT-Madrid lamentamos la escasa voluntad de algunos gobiernos en la

lucha contra la discriminación de las mujeres. En relación a la Comunidad de

Madrid seguimos considerando la supresión del Consejo de la Mujer como un

retroceso en cuanto a la participación de las mujeres en el establecimiento de las

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políticas de igualdad autonómicas y denunciamos la inexistencia de políticas de

igualdad de oportunidades y no discriminación en la Comunidad de Madrid.

Resulta imprescindible que se mantengan plenamente vigentes los contenidos de la

Ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo,

en los mismos términos en que fue aprobada en 2010, ya que su modificación

supondría un paso atrás en el derecho de las mujeres a decidir. También queremos

alertar sobre los riesgos que este retroceso legislativo supondría tanto para las

mujeres como para los profesionales, con la eliminación de garantías jurídicas y

tutela constitucional, volviendo a una situación de desprotección e inseguridad

jurídica, y exponiendo a un mayor riesgo la salud y la propia vida de las mujeres.

Avanzamos en igualdad, pero el avance tiene que ser en la igualdad real, el avance

en la conciliación de la vida laboral y familiar, la igualdad salarial, la superación de

la segregación vertical y horizontal, la representación de las mujeres en puestos de

decisión, contribuirán a superar el déficit en igualdad y, a conseguir una sociedad

más justa y cohesionada.

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2.- PADRÓN MUNICIPAL EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

PADRÓN

MUNICIPAL HOMBRES MUJERES TOTAL

MADRID 3.132.844 3.356.836 6.489.680

Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir del INE.

En la Comunidad de Madrid hay empadronadas un total de 6.489.680 personas,

siendo mayor el número de mujeres que el de hombres en un total de 223.992

ciudadanas.

3.- ENCUESTA AFILIADOS /AS A LA SEGURIDAD SOCIAL EN

LA COMUNIDAD DE MADRID EN EL IV TRIMESTRE DE

2010/2011.

Afiliados/as a la

Seguridad Social

IV TRIMESTRE.

2011 2010

Hombres Mujeres Hombres Mujeres

Diciembre 1.479.818 1.322.778 1.506.596 1.316.483

Noviembre 1.478.556 1.312.963 1.508.699 1.310.149

Octubre 1.478.200 1.304.892 1.506.499 1.303.830

Total 3 meses 4.436.574

52.96%

3.940.633

47.04%

4.521.794

53.49%

3.930.462

46.50%

Media 1.478.858 1.313.544 1.507.265 1.310.154

Total H-M 8.377.207 8.452.256

Media

IV Trimestre 2.792.402 2.817.419

Comparación

TOTAL 2010-11

75.049 afiliados/as menos en el IV trimestre del año 2011 en

comparación con el IV trimestre del año 2010

Comparativa IV

trimestre años

2010– 2011

hombres/mujeres

En el año 2011 hay 495.941

mujeres menos afiliadas que

hombres.

En el año 2010 hay 591.332

mujeres menos afiliadas que

hombres.

Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir del INE.

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En el año IV trimestre del año 2011 hay 85.220 hombres afiliados menos que en el

mismo periodo del año 2010, mientras que en el caso de las mujeres observamos

que hay 10.171 mujeres afiliadas más en el mismo periodo. La comparativa del año

2010 con el 2009 arrojaba que había 50.016 hombres afiliados menos y 9.504 mujeres

afiliadas menos en los mismos periodos. Estos datos muestran que sigue habiendo

una caída preocupante en los datos de afiliación a la Seguridad Social, aunque, en el

caso de las mujeres observamos que en el IV trimestre del 2011 se produce un

incremento importante en los datos de afiliación. En cualquier caso, e

independientemente de este incremento, el porcentaje de mujeres afiliadas a la

Seguridad Social sigue siendo menor que el de los hombres en un 5.92%.

4.- ENCUESTA DE POBLACIÓN ACTIVA EN LA

COMUNIDAD DE MADRID.

AÑO 2011.

IV trimestre Mujeres Hombres Total

Diferencia

mujeres/hombres

Ocupados 1.296.600

47.26%

1.446.800

52.74% 2.743.400

- 150.200

- 5.48%

Parados 283.900

45.55%

339.400

54.45% 623.300

- 55.500

- 8.9%

Activos 1.580.500

46.95%

1.786.200

53.05% 3.366.800

- 205.700

- 6.1%

Tasa de

actividad 57.30% 70.96% 63.82% - 13.66%

Tasa de paro 17.97% 19.00% 18.51% - 1.03%

Tasa de empleo 47% 57.48% 52% - 10.48%

Tasa

Temporalidad 19.21% 17.93% 18.56% + 1.28%

Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir del INE.

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AÑO 2010.

IV trimestre Mujeres Hombres Total

Diferencia

mujeres/hombres

Ocupados 1.361.000

46.96%

1.537.400

53.04% 2.898.400

-176.400

- 6.08%

Parados 262.500

48.43%

279.500

51.57% 542.000

-17.000

- 3.14%

Activos 1.623.500

47.19%

1.816.900

52.81% 3.440.400

- 193.400

– 5.62%

Tasa de

actividad 59.09% 72.08% 65.30% -12.99%

Tasa de paro 16.17% 15.38% 15.75% + 0.79%

Tasa de empleo 49.54% 60.99% 55.02% - 11.45%

Tasa

Temporalidad 18.18% 17.06% 17.61% +1.12%

Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir del INE.

Ocupación:

Los datos de ocupación nos dicen que han descendido los ocupados, tanto mujeres

como hombres. En el caso de las mujeres hay 64.400 ocupadas menos en 2011 que

en 2010, mientras que en el caso de los hombres la diferencia es de 90.600.

Independientemente de que el descenso sea mayor en los hombres, el porcentaje de

ocupación sigue siendo menor en las mujeres, en un 5.48%.

Otro dato a tener en cuenta es que la Tasa de Empleo es un 10.48% menor en las

mujeres que en los hombres.

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Paro:

En el año 2011 hay 21.400 mujeres paradas más que en 2010, mientras que del 2009

al 2010 el aumento fue de 30.900 mujeres.

En lo que se refiere a los hombres también se aprecia en el 2011 un aumento de

parados, en concreto hay 59.900 hombres parados más. El aumento de 2009 a 2010

fue de 12.600 parados más.

En el 2011 hay mayor número de parados que de paradas y la Tasa de paro es

ligeramente inferior en las mujeres, pero sigue siendo preocupante que la Tasa de

actividad siga siendo muy inferior.

Tasa de Actividad:

En cuanto a la tasa de actividad del año 2011 se aprecia una clara superioridad de

ésta en los hombres, con una diferencia del 13.66%. Además aumenta en

comparación con la diferencia del año 2010, que es del 12.99%.

Con respecto al 2010 tanto la Tasa de Actividad de las mujeres como la de los

hombres disminuye, un 1.12% en los hombres y un 1.79% en las mujeres.

Tasa de Temporalidad:

La Tasa de Temporalidad de las mujeres es mayor que la de los hombres en los

contratos acumulados en los dos trimestres, pero además la tasa de temporalidad

de las mujeres aumenta más que la de los hombres del 2010 al 2011. Otro dato

significativo es que la tasa de temporalidad, tanto de hombres como de mujeres, es

mayor en el 2010 que en el 2011.

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5.- CONTRATACIÓN.

5.1.- CONTRATOS EN LA COMUNIDAD DE MADRID. IV

TRIMESTRE 2011.

HOMBRES MUJERES

DIFERENCIA

MUJERES/

HOMBRES

TOTAL

CONTRATO

INDEFINIDO

1.007.600

51.12%

963.300

48.88%

- 44.300

- 2.24%

1.970.900

81.44%

CONTRATO

TEMPORAL

220.100

49%

229.100

51%

+9.000

+ 2%

449.200

18.56%

Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir de INE.

Se aprecian claras diferencias en cuanto a los tipos de contratos entre mujeres y

hombres.

Según estos datos podemos ver que se han hecho más contratos indefinidos a

hombres que a mujeres en la Comunidad de Madrid durante el año 2011, en

concreto 44.300 contratos más, es decir, un 2.24% más.

En lo referente a la temporalidad, la mujer sigue siendo víctima en mayor

medida de dicho tipo de contratación, en concreto un 2% más. Durante el año

2011 en Madrid se han hecho 9.000 contratos temporales más a mujeres respecto

a los hombres.

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5.2.- CONTRATOS SECTOR PÚBLICO EN LA COMUNIDAD DE

MADRID. IV TRIMESTRE 2011.

HOMBRES MUJERES

DIFERENCIA

MUJERES/

HOMBRES

TOTAL

CONTRATO

INDEFINIDO

186.700

47.35%

207.600

52.65%

+ 20.900

+ 5.3%

394.300

80.21%

CONTRATO

TEMPORAL

37.700

38.75%

59.600

61.25%

+21.900

+ 22.5%

97.300

19.79%

Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir del INE.

En el caso de la contratación en el Sector Público de la Comunidad de Madrid

observamos que se hacen más contratos indefinidos a mujeres que a hombres,

pero comprobamos que la temporalidad sigue recayendo de forma contundente

en las mujeres. Estas firman un 22.5% más de contratos temporales que los

hombres.

5.3.- CONTRATOS SECTOR PRIVADO EN LA COMUNIDAD

DE MADRID. IV TRIMESTRE 2011.

HOMBRES MUJERES

DIFERENCIA

MUJERES/

HOMBRES

TOTAL

CONTRATO

INDEFINIDO

820.900

52.07%

755.700

47.93%

- 65.200

- 4.14%

1.576.600

81.75%

CONTRATO

TEMPORAL

182.400

51.83%

169.500

48.17%

- 12.900

- 3.66%

351.900

18.25%

Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir del INE.

En cuanto al Sector Privado de la Comunidad de Madrid los datos nos arrojan

que se contrata menos a las mujeres, tanto si hablamos de contratación temporal

como indefinida

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6.- PARCIALIDAD EN LA CONTRATACIÓN.

6.1.- CONTRATOS INDEFINIDOS A TIEMPO PARCIAL EN LA

COMUNIDAD DE MADRID. IV TRIMESTRE 2011.

COMPARATIVA IV TRIMESTRE 2010.

IV TRIMESTRE

2011 HOMBRES MUJERES TOTAL

INDEFINIDO A

TIEMPO

PARCIAL

7.061

44.77%

8.711

55.23%

15.772

Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir de Comunidad de Madrid.

IV TRIMESTRE

2010 HOMBRES MUJERES TOTAL

INDEFINIDO A

TIEMPO

PARCIAL

6.033

33.34%

12.061

66.65%

18.094

Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir de Comunidad de Madrid.

Observamos que el número de contratos indefinidos a tiempo parcial firmados

por mujeres han disminuido considerablemente del año 2010 al 2011, mientras

que en el caso de los hombres han aumentado. Esto se debe, principalmente, a

que cada vez más los contratos indefinidos que se ofertan son a tiempo parcial.

Independientemente de esto, las mujeres siguen firmando más contratos

indefinidos a tiempo parcial, en concreto, 1.650 contratos más en el 2011, un

10.46% más.

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6.2.- CONTRATOS TEMPORALES A TIEMPO PARCIAL EN LA

COMUNIDAD DE MADRID. IV TRIMESTRE 2011.

COMPARATIVA IV TRIMESTRE 2010.

IV TRIMESTRE 2011 HOMBRES MUJERES TOTAL

TEMPORALES A

TIEMPO PARCIAL

64.623

40.98%

93.058

59.02%

157.681

Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir de Comunidad de Madrid.

IV TRIMESTRE 2010 HOMBRES MUJERES TOTAL

TEMPORALES A

TIEMPO PARCIAL

62.097

40.75%

90.276

59.24%

152.373

Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir de Comunidad de Madrid.

Las mujeres firman más contratos temporales a tiempo parcial que los hombres.

La comparativa 2010/2011 nos demuestra que en este caso los datos se

mantienen prácticamente igual. En la Comunidad de Madrid, en el 2011, las

mujeres firmaron 28.435 contratos temporales a tiempo parcial más, es decir, un

18.04% más.

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7.- JORNADA LABORAL EN LA COMUNIDAD DE

MADRID. IV TRIMESTRE 2011. COMPARATIVA IV

TRIMESTRE 2010.

JORNADA

LABORAL

IV TRIMESTRE

2011 2010

A TIEMPO

COMPLETO

A TIEMPO

PARCIAL

A TIEMPO

COMPLETO

A TIEMPO

PARCIAL

HOMBRES 1.371.400 75.500 1.448.600 88.800

% Hombres 56.52% 23.82% 56.70% 25.85%

MUJERES 1.055.200 241.400 1.106.300 254.700

% Mujeres 43.48% 76.18% 43.30% 74.15%

AMBOS SEXOS 2.426.600 316.900 2.554.900 343.500

Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir del INE.

Estos datos arrojan de nuevo que las jornadas a tiempo parcial siguen

recayendo fundamentalmente en las mujeres, con una diferencia abrumadora

de un 52.36% sobre los hombres en el 2011, incrementándose la diferencia del

2010 que fue de 48.3%.

En cuanto a las jornadas a tiempo completo la diferencia se mantiene

prácticamente igual del 2010 al 2011.

Estos datos inciden, comparándolos con los datos de contratación a tiempo

parcial, que los contratos que se ofertan actualmente son mayoritariamente a

tiempo parcial, ya que en los datos de jornada, que se analizan tanto los nuevos

contratos como los anteriores, la diferencia entre hombres y mujeres es mucho

mayor.

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8.- PARO DE LARGA DURACIÓN.

PARO DE LARGA

DURACIÓN IV

TRIMESTRE

2010 2011

SEXO HOMBRES MUJERES HOMBRES MUJERES

PARO 1-2 AÑOS 81.500 56.500 85.600 60.300

PARO 2 AÑOS O

MÁS 48.200 46.800 81.100 60.600

TOTAL 129.700 103.300 166.700 120.900

TOTAL H/M 233.000 287.600

DIFERENCIA AÑO

2010/2011

54.600 personas más en situación de desempleo de

larga duración en el año 2.011 que en 2010.

17.600 mujeres más en situación de paro de larga

duración en 2011 respecto al 2010.

37.000 hombres más que en el 2010 parados de larga

duración.

Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir del INE.

9.- DESIGUALDAD SALARIAL EN LA

COMUNIDAD DE MADRID.

La diferencia salarial entre hombres y mujeres en la Comunidad de Madrid,

según la ultima encuesta de estructura salarial, se sitúa en un 24.8%, siendo la

segunda comunidad autónoma en brecha salarial, únicamente por detrás de

Navarra.

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En la Comunidad de Madrid el salario medio de los hombres es de 29.333.06

euros anuales, mientras que el de las mujeres es de 22.048,25 euros. Lo que nos

da una diferencia de más de 7.000 euros anuales en las retribuciones medias

entre mujeres y hombres.

El 15,2% de las mujeres tienen ingresos salariales menores o iguales que el

Salario Mínimo Interprofesional (SMI), mientras que sólo el 5,6% de los

hombres se encuentran en ese intervalo.

Si se tienen en cuenta salarios más elevados, el 9,81% de los hombres presentan

unos ingresos cinco veces superiores al SMI, frente al 4,77% de las mujeres.

Las madrileñas cobran menos que los hombres en prestaciones por desempleo.

La cuantía de las prestaciones de desempleo que perciben las mujeres en la

Comunidad de Madrid es un 13,55% menos que las de los hombres. Las

mujeres perciben una prestación media por desempleo de 4.020 euros anuales

frente a los 4.650 euros que ingresan de media los hombres (datos de la

Agencia Tributaria 2010).

La mujer también mantiene una situación de desigualdad en materia de

pensiones.

Las pensionistas madrileñas, una vez finalizada su vida laboral, se encuentran

con una pensión de jubilación un 34,3% de media inferior a la del hombre. Es en

las pensiones donde se registran las mayores diferencias de género, entre

otras razones, porque para su cómputo se toma como referencia las bases de

cotización de los últimos quince años. Las mujeres perciben una pensión

media de 11.412 euros anuales frente a los 17.370 euros que ingresan de media

los hombres (datos de la Agencia Tributaria 2010).

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10.- CORRESPONSABILIDAD.

10.1.- PERMISOS POR MATERNIDAD EN LA

COMUNIDAD DE MADRID.

PERMISOS POR

MATERNIDAD AÑO 2011 AÑO 2010

Diferencia

2010/2011

HOMBRES 956 972 - 16

MUJERES 52.832 54.357 - 1.525

TOTAL

PERMISOS

MATERNIDAD.

53.788 55.329 - 1.541

Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir de la Tesorería General de la Seguridad Social.

En el año 2011 han disminuido los permisos por maternidad en la Comunidad

de Madrid en un total de 1.541 con respecto al 2010, lo que equivale a un 2.79%

menos. Estas cifras continúan con la tendencia del año 2009 al 2010 en el que

descendieron un total de 653 permisos. Las madres siguen siendo las que

disfrutan más de este derecho aunque se aprecia una disminución en el 2011 de

un 2.81%. Los hombres hacen menos uso de éste permiso y además observamos

que hay una reducción del 1.65% del 2010 al 2011.

10.2.- PERMISOS POR PATERNIDAD EN LA

COMUNIDAD DE MADRID.

PERMISOS POR

PATERNIDAD AÑO 2011 AÑO 2010

Diferencia

2010/2011.

TOTAL PERMISOS

PATERNIDAD 44.702 44.599 + 103

TOTAL 89.301

Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir de la Tesorería General de la Seguridad Social.

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Observamos como los permisos de paternidad en Madrid aumentan de forma

positiva en el 2011 en un total de 103 permisos, aunque en menor medida que el

aumento de 2009 a 2010 que fue de 352 permisos. Lo que quiere decir que,

aunque tímidamente, cada vez más padres hacen uso de este derecho.

10.3.- USOS DEL TIEMPO EN ACTIVIDADES DIARIAS.

La siguiente tabla nos indica el porcentaje de personas en la Comunidad de

Madrid que realizan determinadas actividades en el transcurso del día y la

duración media diaria dedicada a esas actividades.

MUJERES HOMBRES AMBOS SEXOS

ACTIVIDADES

PRINCIPALES

%

personas

Duración

media

diaria

%

personas

Duración

media

diaria

%

personas

Duración

media

diaria

Cuidados personales 100 11:05 100 11:09 100 11:07

Trabajo 29,1 7:02 44,6 8:31 36,5 7:54

Estudios 14,9 5:08 15,8 5:09 15,4 5:08

Hogar y familia 92,1 4:34 72,6 2:03 82,8 3:31

Trabajo voluntario y

reuniones 12,8 2:08 8,1 1:48 10,5 2:01

Vida social y diversión 60,9 2:05 59,2 2:18 60,1 2:11

Deportes y actividades

al aire libre 37,6 1:43 40,6 2:08 39 1:55

Aficiones y juegos 14,2 1:37 24,1 1:57 18,9 1:49

Medios de

comunicación 87,6 2:34 87,3 2:52 87,4 2:43

Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir del INE.

Si analizamos esta tabla podemos observar como todas aquellas actividades

relacionadas con el trabajo domestico siguen recayendo fundamentalmente en

manos de las mujeres y en aquellas relacionadas con el ocio los hombres

dedican más tiempo.

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11.- COMPARATIVA COMUNIDAD DE MADRID -

ENERO 2010/ 11/ 12

Enero año 2012

Mujeres Hombres Total Diferencia

mujeres/hombres Afiliados a la Seguridad Social

1.298.485 1.453.887 2.760.014 - 155.402

Contratos indefinidos en

Enero 7.228 9.917 17.145 - 2.689

Contratos temporales en

Enero 49.103 53.945 103.048 - 4.842

Convertidos indefinidos

2.576 3.039 5.615 - 463

Parados/as 258.213 253.252 511.465 + 4.961 Tasa

temporalidad 87.17% 84.47% 85.74% + 2.7%

Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir del INE, Comunidad de Madrid y Servicio

Público de Empleo Estatal.

Enero Año 2011

Mujeres Hombres Total Diferencia

mujeres/hombres Afiliados/as a la seguridad

social. 1.302.001 1.490.912 2.792.935 -188.911

Contratos indefinidos en

Enero 8.712 12.401 21.113 -3.689

Contratos temporales en

Enero 51.445 59.039 110.484 -7.594

Convertidos indefinidos.

3.347 4.256 7.603 -909

Parados/as 238.732 233.736 472.468 +4.996 Tasa

Temporalidad 85.52% 82.64% 83.96% + 2.88%

Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir del INE, Comunidad de Madrid y Servicio

Público de Empleo Estatal.

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Enero Año 2010

Mujeres Hombres Total Diferencia

mujeres/hombres Afiliados/as a la seguridad

social. 1.304.480 1.507.112 2.811.592 -202.632

Contratos indefinidos en

Enero 8.645 11.175 19.820 -2.530

Contratos temporales en

Enero 47.121 51.539 98.660 -4.418

Convertidos indefinidos.

3.020 3.595 6.615 -575

Parados/as 223.766 241.686 465.452 -17.920 Tasa

Temporalidad 84.50% 82.18% 83.27% + 2.32%

Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir del INE, Comunidad de Madrid y Servicio

Público de Empleo Estatal.

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Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012

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12.- RESULTADOS DEL INFORME.

Los resultados de este informe son muy acordes con la situación actual,

la crisis en la que seguimos sumergidos. Lo más característico sigue siendo el

progresivo aumento del paro.

La evolución de los datos del paro en 2010/2011 nos dicen que se esta

estabilizando el paro masculino, ya que se trata de un paro más coyuntural,

derivado de la mayor destrucción de empleo en determinados sectores más

masculinizados, mientras que el paro femenino esta aumentando y es más

preocupante ya que se trata de un paro estructural.

Así las cosas, encontramos en el año 2011 que el número de ocupadas

desciende menos que el número de ocupados, aunque los dos descienden. El

concepto de ocupación comprende a los asalariados que perciben un ingreso

por prestar sus servicios en los distintos procesos productivos de la sociedad.

Este menor disminución puede deberse al mayor acceso de la mujer a empleos

del sector servicios que son los que más se ofertan en tiempos de crisis, aunque

la situación no es alentadora porque suele tratarse de empleos con altas cotas de

precariedad.

En cuanto a la Tasa de Empleo es un 10.48% menor en mujeres que en

hombres en el 2011.

En relación a la tasa de actividad del año 2011 se aprecia una clara

superioridad de ésta en los hombres, con una diferencia del 13.66%. Además

aumenta en comparación con la diferencia del año 2010, que es del 12.99%.

La tasa de temporalidad, que se define como el número de personas de

la población asalariada que tiene un contrato con carácter temporal. En este

punto la mujer en la Comunidad de Madrid en el 2011 representa una

titularidad superior de este tipo de contratos con respecto a los hombres y con

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respecto al año 2010. Esta circunstancia se debe al aumento de los empleos en el

sector servicios donde se goza de un grado de precariedad elevado.

En este punto, es importante hablar de la conversión de contratos

firmados por mujeres temporales en indefinidos. Según lo últimos datos de los

que disponemos, de Enero 2012, podemos apreciar un descenso de los contratos

convertidos con respecto a datos del 2011, dándose 771 conversiones menos. Así

las cosas, siguen siendo los contratos temporales de los hombres lo que son

convertidos en indefinidos en mayor proporción que los de las mujeres.

En lo referente al paro de larga duración, concepto que comprende a las

personas demandantes de empleo de forma ininterrumpida durante un período

superior a un año, se aprecia un aumento muy elevado en relación al año 2010

tanto en mujeres como en hombres, pero en este son los hombres los más

afectados por esta circunstancia, consecuencia también de que, como hemos

explicado anteriormente, inicialmente fueron los sectores masculinizados los

más afectados por el desempleo.

En materia de retribución las mujeres madrileñas sufren actualmente

de una diferencia salarial del 24.8%, dato que se sitúa por encima de la media

nacional que es del 22%.

Pero diferencias salariales ha habido siempre lo cual se traduce en otro

efecto importante que se produce en nuestra sociedad, hay una clara situación

de desigualdad en materia de pensiones. Esto se debe a que para calcular las

pensiones se toma como referencia la base de cotización de los últimos 15 años

y, teniendo en cuenta la precariedad del empleo femenino, resulta inferior el

valor de las pensiones que reciben las mujeres.

Otro dato llamativo del informe viene a ser el referente a los permisos

por maternidad. Con respecto al 2010, en el 2011 en la Comunidad de Madrid

se produce una ligera disminución de mujeres que se acogen a este derecho.

Esto puede deberse fundamentalmente a que con los tiempos de crisis que

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corren menos mujeres se animan a ser madres. En lo que respecta a los

hombres, son muy pocos (956 padres) los que deciden disfrutar de este permiso,

incluso menos que en el 2010.

Con respecto a los permisos de paternidad, se aprecia como, aunque

tímidamente, cada vez más padres disfrutan de este derecho. En 2011, 44.702

padres se acogen a esta medida, 103 más que en el año 2010. Este dato resulta

positivo y se espera que siga aumentando con los años y la concienciación social

ya que cuantos más hombres disfruten de los permisos de paternidad, más

oportunidad se estará dando a la mujer para que se reincorpore al mercado de

trabajo después de ser madre lo que influirá en su desarrollo profesional y por

supuesto personal.

En cuanto a los datos de “usos del tiempo en actividades diarias”

observamos como todas aquellas actividades relacionadas con el trabajo

domestico siguen recayendo fundamentalmente en manos de las mujeres y en

aquellas actividades relacionadas con el ocio son los hombres los que dedican

más tiempo.

De esta manera estamos aboliendo, en parte, ese rol del que es esclava la

mujer, el rol de “cuidadora”, sustituyendo ese concepto por el de “padre y

madre cuidadores por igual”.

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Por lo tanto, tras el correspondiente estudio de la situación en la Comunidad de

Madrid, las conclusiones de UGT-Madrid son:

1. La mujer trabaja mayoritariamente en el sector de servicios, el

más precarizado.

Las posibilidades de empleo de la mujer en la Comunidad de Madrid están

vinculadas al sector servicios. Este sector es el que presenta los índices más

altos de precarización y las peores condiciones laborales, ya que está vinculado

a actividades -como comercio, hostelería, etc.- que mantienen un

comportamiento claramente estacional y, por tanto, una contratación más

eventual, con mayor rotación laboral y con un alto porcentaje de contratos a

tiempo parcial.

Esto explica el dato del aumento del número de mujeres ocupadas en Madrid.

Este dato se debe a que la oferta de empleo en Madrid está vinculada al sector

de los servicios en una gran mayoría, sector al que tienden a acceder las mujeres

con mayor facilidad.

2. La mujer sufre una mayor tasa de temporalidad.

Las mujeres madrileñas siguen siendo titulares en mayor proporción respecto

de los hombres de contratos de carácter temporal.

3. Se convierten menos contratos temporales de mujeres en

indefinidos.

De nuevo, este dato se debe a que las posibilidades de empleo de la mujer en

Madrid están fuertemente vinculadas el sector servicios, por tanto, sus

contratos son en mayor medida de carácter temporal sin dar opción a la

conversión en indefinidos por la eventualidad del sector.

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4. La mujer sufre una alta precariedad laboral.

La contratación se realiza en condiciones más precarias. No sólo la

temporalidad afecta en mayor medida a las mujeres, la contratación a tiempo

parcial se aplica mayoritariamente al colectivo femenino. Dos de cada tres

contratos a tiempo parcial están firmados por mujeres.

Observamos que el número de contratos indefinidos a tiempo parcial firmados

por mujeres han disminuido considerablemente del año 2010 al 2011, mientras

que en el caso de los hombres han aumentado. Esto se debe, principalmente, a

que cada vez más los contratos indefinidos que se ofertan son a tiempo parcial.

Independientemente de esto, las mujeres siguen firmando más contratos

indefinidos a tiempo parcial. En cuanto a los contratos temporales a tiempo

parcial siguen siendo firmados mayoritariamente por mujeres.

A pesar de que el contrato a tiempo parcial se ha “vendido” como una

modalidad que ayuda a la conciliación de la vida familiar y laboral, la realidad

es bien distinta. La aplicación actual del contrato a tiempo parcial desregula el

mercado de trabajo y flexibiliza al máximo las condiciones de trabajo. Este

contrato permite una distribución irregular de la jornada y de los días de

trabajo, por lo que imposibilita una organización estable de la vida personal y

familiar, dificultando su compatibilidad con cualquier otra actividad.

En el caso de la contratación en el Sector Público de la Comunidad de Madrid

observamos que se hacen más contratos indefinidos a mujeres que a hombres,

pero comprobamos que la temporalidad sigue recayendo de forma contundente

en las mujeres.

En cuanto al Sector Privado de la Comunidad de Madrid los datos nos arrojan

que se contrata menos a las mujeres, tanto si hablamos de contratación temporal

como indefinida

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La menor contratación, el mayor índice de temporalidad y rotación de

contratos, los largos periodos de permanencia en el paro y el mayor porcentaje

de contratos a tiempo parcial, además de reflejar la situación de desigualdad

que sufre la mujer en el mercado laboral, son factores que repercuten

directamente en su economía.

Influye, no sólo en el salario, sino también en las prestaciones sociales, ya sea

por desempleo o por jubilación, -ya que muchas veces no logran cotizar lo

suficiente- manteniendo de esta forma las desigualdades de género tanto en la

vida laboral, como una vez finalizada ésta.

5. Alto porcentaje de discriminación salarial de la que es víctima

la mujer.

Según los últimos datos, la mujer madrileña se encuentra sometida a una

diferencia salarial del 24.8%.

Las causas de esta discriminación retributiva hacia las mujeres son:

* Los roles y estereotipos que hay creados en la sociedad.

* La desvalorización del trabajo de las mujeres (escasa presencia en puestos de

responsabilidad, mentalidad anticuada de salario femenino en concepto de

“ayuda a la casa”, etc).

* La segregación del mercado de trabajo (segregación ocupacional vertical y

horizontal así como inserción laboral con mayores obstáculos).

*Nuevas formas de organización del trabajo (como por ejemplo el caso de la

externalización del trabajo para ahorrarse costes laborales).

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6. Las mujeres cobran menos prestaciones por desempleo.

Su cuantía con respecto a los hombres en Madrid es de un 13,55% menos según

datos de la Agencia Tributaria 2010.

7. Desigualdad para la mujer en materia de pensiones.

Esto se debe fundamentalmente a que para el cómputo de las pensiones se toma

como dato de referencia las bases de cotización de los últimos 15 años.

Por ello, resulta tan vital equilibrar los salarios entre hombres y mujeres ya que

la situación de las pensiones es consecuencia de la falta de cotización de éstas.

Se puede intuir que dicha situación va a ir empeorando progresivamente lo que

significa que deben ponerse en marcha medidas contra la discriminación

salarial de forma inmediata y efectiva, lo cual es uno de los objetivos

fundamentales de UGT-Madrid.

8. Son la mayoría de las mujeres las que disfrutan del permiso de

maternidad en su totalidad.

Son pocos los padres que se acogen a ésta medida ya que son la mayoría de las

madres las que disfrutan de las 16 semanas de permiso.

9. Cada vez más padres se acogen al permiso de paternidad.

Aunque tímidamente, cada vez más hombres en la Comunidad de Madrid,

disfrutan de éste derecho, lo cual influye de manera positiva en el asentamiento

del concepto de corresponsabilidad.

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13.- PROPUESTAS DE UGT-MADRID

Desde UGT-Madrid hacemos hincapié en la importancia que revisten la

negociación colectiva y por consiguiente los convenios colectivos, para la lucha

contra la discriminación laboral hacia las mujeres, en particular por lo que se

refiere al acceso al empleo, salarios, condiciones de trabajo, progresión en la

carrera y formación profesional.

Las distintas administraciones públicas deben tener presente esta desigualdad

y establecer políticas y acciones tendentes a solucionar esta discriminación. Es

muy importante el desarrollo de políticas específicas destinadas a la

conciliación de la vida laboral, personal y familiar.

En cuanto a la Comunidad de Madrid es necesaria la creación de una Ley de

Igualdad de ámbito autonómico que ataje, entre otros aspectos, la

discriminación laboral de la mujer.

Como UGT-Madrid planteamos la necesidad de, incluso en momentos de crisis

como el que nos encontramos, potenciar la negociación de los Planes de

Igualdad en las empresas.

En cuanto a la desigualdad salarial hay que tener presente los motivos que

generan esta brecha salarial, entre los que destacan que la mujer ocupa trabajos

de menor valor añadido (sector servicios), con contrataciones más precarias, con

mayor peso de la contratación a tiempo parcial y por discriminaciones salariales

en trabajos de igual valor que los hombres. Por lo tanto desde UGT-Madrid

tenemos claro que si queremos avanzar en la igualdad real, tenemos que

trabajar en todos estos aspectos.

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14.- POLÍTICAS DE RECORTES

14.1.- RECORTES SOCIALES.

Cada vez resulta más evidente que las mujeres están siendo perjudicadas

profundamente y en mayor medida que los hombres por las medidas que se

están adoptando.

Las políticas de contención salarial, la disminución de las rentas en los

hogares, el aumento del endeudamiento y el adelgazamiento del sector público,

fomentan, intensifican y profundizan las desigualdades.

El impacto de las rebajas generalizadas del estado de bienestar social, a

través de los recortes sociales y del gasto público en general, que se están

efectuando de forma drástica, devastadora, indiscriminada y de espaldas al

análisis del impacto de género, no tendrá el mismo efecto para las mujeres que

para los hombres.

Algunos sectores en los que las mujeres se emplean mayoritariamente,

como sanidad, educación y servicios sociales, se verán afectados por los recortes

del gasto público para cumplir con los objetivos de reducción del déficit,

disminuyendo su oferta y los puestos de trabajo a los que tradicionalmente

venían accediendo las mujeres, además del sector servicios. La caída del

consumo como consecuencia de la pérdida de ingresos y de poder adquisitivo,

también afectará previsiblemente al sector servicios en relación con la

destrucción de puestos de trabajo.

En la situación actual cualquier recorte en el gasto público que redunde

en una reducción o eliminación de servicios públicos dirigidos al cuidado y la

atención de menores y otras personas dependientes, supondrá un retroceso

para las mujeres que seguirán viéndose obligadas a continuar asumiendo el

difícil e impracticable doble papel de mujer trabajadora y cuidadora en muchos

casos.

La imposibilidad legal de refinanciación al crédito de los

Ayuntamientos, ha sido otra de las medidas de recorte, que conlleva que otros

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servicios relacionados con la Ley de Dependencia, como la ayuda a domicilio,

se vea seriamente afectada al no poder hacer frente al pago del personal que

desempeña estos servicios, mayoritariamente mujeres, en detrimento de la

atención de los destinatarios de dichos servicios, también fundamentalmente

mujeres.

Otra de las medidas dirigidas a la reducción del déficit público ha sido la

reducción de salarios en el sector público, lo que sin duda afecta de forma más

desventajosa a las mujeres. A la reducción del salario en 2010 se ha sumado la

congelación de sus salarios en 2011 y el aumento de su jornada laboral en dos

horas y media semanales a partir de 2012. El mayor peso del ajuste para

acelerar la reducción del déficit público recae en los bolsillos del personal de

todas las administraciones públicas.

Además también se ha congelado el Salario Mínimo Interprofesional,

para el 2012 cuya cuantía es de 641,40 €. El SMI supone un factor diferencial en

España entre sexos. Y es que, en este caso, el doble de mujeres que de hombres

cobra el SMI. Esto quiere decir que se congela el SMI al doble de mujeres que

hombres, disminuyendo en mayor medida, por tanto, el poder adquisitivo de la

mujeres que el de los hombres en este aspecto, lo que contribuye a un

incremento del empobrecimiento de las mujeres.

14.2.- REFORMA LABORAL.

Las medidas de reforma laboral adoptadas, no sirven para crear empleo,

ni ayudan a cambiar el modelo productivo, no reduce la dualidad en el

mercado de trabajo ni la temporalidad, no sólo abarata el despido sino que

además lo facilita, privatiza la gestión del desempleo, abre la vía de la

contratación de las ETT en sectores peligrosos y en el empleo público, rompe la

negociación colectiva, aumentando el poder de las empresas y las

desigualdades de género.

La reforma laboral flexibiliza el mercado de trabajo a favor del poder

empresarial y, sin duda, tendrá una repercusión distinta y más desventajosa

para las mujeres.

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Es obvio que este tipo de medidas afectarán negativamente a todos los

trabajadores, pero también que lo harán en mayor medida a aquellos que ya

venían teniendo una posición de desventaja en el mercado de trabajo, como es

el caso de las mujeres.

Las diferencias en las tasas de actividad, ocupación y paro, de

temporalidad y parcialidad, de segregación vertical y horizontal, de

retribuciones, de formación, experiencia y promoción, entre mujeres y hombres,

han seguido siendo un hecho como ponen de manifiesto los datos oficiales año

tras año. Las medidas adoptadas al margen de los análisis de impacto de

género, hacen previsible que las medidas de reforma laboral que se están

adoptando, agudicen la discriminación y las desigualdades de género en los

próximos años.

Las nuevas fórmulas de contratación precarizan aún más el empleo de

las mujeres. No abordan los problemas de inestabilidad y temporalidad de

nuestro mercado de trabajo. Al contrario, los fomenta aún más, no evitando el

encadenamiento de contratos con distintos trabajadores y trabajadoras para

cubrir un mismo puesto de trabajo, creando un nuevo contrato indefinido con

altas cuotas de temporalidad, eliminando las limitaciones del contrato de

formación y aprendizaje, desregularizando aún más el contrato a tiempo parcial

y fomentando la contratación temporal inicial por las innumerables ventajas de

su posible conversión posterior en contratos indefinidos más baratos. Los

destinatarios de estas fórmulas precarias de empleo son principalmente los

colectivos que se encuentran en peor posición en el mercado, y en especial las

mujeres, a cuya contratación se dirigen los incentivos y bonificaciones más altas

para las empresas.

• CONTRATO DE FORMACIÓN.

La reforma introduce novedades en los contratos de formación y

aprendizaje, precarizando aún más esta fórmula de contratación, que deja en un

segundo plano la formación del trabajador dando prioridad y valor al mismo

por su reducido coste económico para el empresario.

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Si además optan por transformar el contrato en indefinido en cualquier

momento de su vigencia, las empresas tendrán derecho a una reducción de

1500€ por año durante tres años, y si la contratación se realiza con mujeres de

1800€.

Resulta evidente que al empresario, puesto a realizar contratos de

formación, le interesa más contratar a una mujer que a un hombre bajo esta

modalidad.

Es obvio que este tipo de contrato, barato para el empresario y muy

precario para el trabajador puede afectar en mayor medida a las mujeres que a

los hombres, ya que el incentivo más alto se dirige a las primeras.

• EL NUEVO CONTRATO INDEFINIDO DE APOYO A

EMPRENDEDORES.

El nuevo contrato indefinido es la estrella del abaratamiento del despido,

y otro gran ejemplo de precarización del empleo; una forma de contratación

que se coloca en el terreno de lo fraudulento e ilegal al establecer en un año el

periodo de prueba, y que conlleva que en la práctica estemos ante un contrato

temporal encubierto de 364 días sin derechos frente al despido, abriéndose de

esta forma la puerta por primera vez al despido libre.

Este tipo de contrato, que podrán concertar las empresas de menos de 50

trabajadores, se dirige fundamentalmente a la contratación de menores de 30

años, y especialmente si son perceptores de prestaciones contributivas de

empleo, y a los mayores de 45 años que sean parados de larga duración y muy

especialmente si además son mujeres en un caso u otro.

En relación con las bonificaciones que se establecen en este contrato, se

prima la contratación de desempleados que estén percibiendo prestaciones de

desempleo, y especialmente si se trata de mujeres, por lo que se discrimina a los

trabajadores que no perciben estas prestaciones: en su mayoría en una posición

de mayor desventaja en el mercado de trabajo, como los jóvenes que no han

tenido aún la posibilidad de encontrar un primer empleo, las mujeres que han

trabajado intermitentemente, o parados que ya hayan agotado el paro.

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Así, la discriminación frente a las mujeres sería doble porque penalizaría

a las mujeres desempleadas que no estuviesen percibiendo prestaciones de

desempleo frente a las que sí lo estén cobrando. A lo que se podrían añadir

además las discriminaciones por ser jóvenes, por no haber tenido nunca un

empleo o por haber terminado el paro.

La regulación de incentivos fiscales y bonificaciones a la Seguridad Social

en este contrato, está diseñada para que resulte especialmente atractiva la

contratación de mujeres menores de 30 años, que se encuentren menos

representadas en el sector donde se realice la contratación y que sean

perceptoras de prestaciones de desempleo, (en cuyo caso a los sugerentes

incentivos fiscales pueden sumar las no menos despreciables bonificaciones de

la SS), por lo que se puede decir que se trata de otro nuevo contrato que

incrementa los niveles de precariedad en el empleo femenino, contribuyendo

también a la perpetuación de la precariedad, y al aumento de la desigualdad

laboral de las mujeres y de la discriminación indirecta (por el periodo de

prueba, sus efectos sobre la temporalidad y sobre el despido) a la que se van a

ver sometidas, ya que previsible y obviamente van resultar ser las más

afectadas por este tipo de contratación.

Esta fórmula de contratación, casi podríamos afirmar, “para las mujeres”,

podría convertirse en una vía de contratación que no generase empleo

indefinido realmente, sino bonificaciones indefinidas para el empresario por

contratar de forma temporal a sus víctimas laborales, y sin derechos para los

trabajadores, o mejor dicho, para las trabajadoras, en relación con la extinción

de la relación laboral.

• CONTRATO A TIEMPO PARCIAL.

Si tenemos en cuenta que son las mujeres las que mayoritariamente

firman los contratos a tiempo parcial, cualquier modificación en este sentido

afectara en mayor medida a las trabajadoras.

A la posibilidad de realizar horas complementarias, además de las

ordinarias, que ya se contemplaba antes de la última reforma laboral, se añade

ahora, con la nueva modificación de este contrato, la posibilidad de realizar

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horas extraordinarias, hasta ahora prohibidas, lo que supone un importante

incremento de la flexibilidad interna a favor de la empresa.

Con ello se amplía la disponibilidad que el trabajador o trabajadora

deberá tener para la empresa, lo que contribuye a dificultar todavía en mayor

medida la conciliación de la vida familiar y laboral para los trabajadores.

• DISTRIBUCIÓN IRREGULAR DE LA JORNADA DE TRABAJO.

Otra de las medidas adoptadas con la última reforma en pro de la

flexibilidad interna de las empresas y que tendrá una incidencia claramente

negativa para la conciliación de la vida laboral y familiar es la posibilidad que

tiene el empresario de distribuir a lo largo del año, de manera irregular, el 5%

de la jornada de trabajo. Afectará de forma desventajosa a todos los

trabajadores, pero su incidencia será especialmente negativa para las mujeres, al

ser éstas las que siguen asumiendo de forma mayoritaria las responsabilidades

familiares.

• MOVILIDAD GEOGRÁFICA Y MODIFICACIONES SUSTANCIALES

DE CONDICIONES DE TRABAJO.

La movilidad geográfica, reduciendo la garantía de derechos de los

trabajadores (intervención de la autoridad laboral y posibilidad de paralizar la

efectividad del traslado), es otra de las novedades de la reciente reforma

laboral, ya que la nueva regulación implica un menor control sobre los criterios

de selección de trabajadores y trabajadoras afectados, y si éstos constituyen una

discriminación directa o indirecta.

Desde la perspectiva de género hay que recordar que la movilidad

geográfica se ha utilizado tradicionalmente por parte de las empresas como

instrumento para expulsar de forma indirecta a las trabajadoras embarazadas o

durante el periodo de crianza, que se veían obligadas a abandonar su puesto de

trabajo ante un traslado.

Así mismo, en el caso de modificación sustancial de las condiciones de

trabajo, la posibilidad unilateral del empresario de modificar aspectos como la

jornada o el horario o la distribución del tiempo de trabajo, puede afectar a

derechos reconocidos, entre otros, en materia de conciliación de la vida

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personal y familiar y también a otros permisos o licencias reconocidos en el

Estatuto de los Trabajadores o en convenio colectivo.

El empresario también puede, unilateralmente, modificar el sistema de

remuneración y la cuantía salarial, así como el sistema de trabajo y rendimiento.

Esta modificación añade aún más posibilidades de incremento de

discriminación salarial.

• NEGOCIACIÓN COLECTIVA.

La reforma consolida la vía del descuelgue, o posibilidad de que las

empresas no apliquen determinadas cláusulas pactadas en los convenios

colectivos aplicables.

Este tipo de medidas son de difícil compatibilidad con los objetivos

marcados por la Ley de Igualdad y los instrumentos previstos por la misma: la

negociación colectiva, para eliminar las discriminaciones en el seno de la

empresa.

La reforma laboral rompe y debilita la negociación colectiva y aumenta el

poder empresarial. Si tenemos en cuenta que la Ley Orgánica para la Igualdad

efectiva de mujeres y hombres deja en manos de la negociación colectiva una

buena parte del desarrollo y concreción de numerosos derechos laborales

relativos a la igualdad de género, resulta evidente que este hecho no beneficiará

al avance de la igualdad por razón de sexo en el ámbito laboral.

• MODIFICACIÓN EN MATERIA DE CONCILIACIÓN.

En relación con la reforma del derecho a la reducción de jornada por

guarda legal, se ha incluido el matiz “diaria”. La consecuencia directa de la

introducción de este matiz es la imposibilidad de acumular la reducción de

jornada por guarda de menores en jornadas completas.

Por otra parte se añade al requisito formal de preavisar con 15 días de

antelación la reincorporación a la jornada ordinaria, la obligación de preavisar

también con precisión la fecha de inicio del permiso de lactancia o la reducción

de jornada. Se recoge expresamente también que el plazo de los 15 días puede

modificarse por convenio colectivo, en cuyo caso el preaviso se ajustara a lo

establecido en el mismo.

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• INTERMEDIACIÓN LABORAL.

Las empresas de Trabajo Temporal cuentan tras la última reforma con un

sistema privilegiado en su papel de agencias de colocación, con insuficientes

controles y falto de garantías para los/as trabajadores y trabajadoras

desempleados, especialmente los que se encuentran en una situación de

especial desventaja como ocurre con las mujeres.

La reforma encomienda a estas entidades privadas la misión de elaborar

planes específicos para los colectivos de especiales dificultades, por lo que,

previsiblemente, las ofertas de empleo más precarias se dirigirán a dichos

colectivos entre los que se encuentran las mujeres, contribuyendo aún más a su

precarización en el mercado de trabajo y sin garantías ni controles para el

cumplimiento de la efectiva igualdad de oportunidades y no discriminación.